Proyecto de acuerdo tránsito

4

Click here to load reader

description

Proyecto de acuerdo Tránsito del municipio de El Bagre, para la creación de tres nuevos cargos en el Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte.

Transcript of Proyecto de acuerdo tránsito

Page 1: Proyecto de acuerdo tránsito

ALCALDIA DE EL BAGRE

NIT.890984221-2

DE LA MANO CON EL PUEBLO

DESPACHO ALCALDE Centro Administrativo Municipal (CAM) - Cra 49ª No 48ª 55 – Barrio Bijao – Tel: 837 24 29- Ext. 101- Fax: 837 24 29- 102

Correo Electrónico: alcaldí[email protected]; Página Web www.elbagre-antioquia.gov.co

ACUERDO ( )

“POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL DE EL BAGRE ANTIOQUIA PARA CREAR TRES CARGOS DEL

CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO Y TRANSPORTE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES DE ACUERDO A LA LEY 769 DE 2002 Y LA LEY 1310 DE

2009”.

El Honorable Concejo Municipal de El Bagre Antioquia, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, especialmente las previstas en el artículo 313 de la Constitución Política de 1991 y en los artículos 31 al 83 de la ley 136 de 1994, y

CONSIDERANDO

1. Que la ley 1310 del 26 de julio de 2009, ha unificado las normas sobre agentes de tránsito, transporte y grupos de control vial de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones.

2. Que debido al aumento del flujo vehicular en el municipio de El Bagre Antioquia, se hace necesario el aumento de la eficiencia de las actuales autoridades de tránsito y transporte, con el fin de crear un grupo humano especializado, uniformado, no armado con dedicación y atribución permanente a la actividad de tránsito y transporte del municipio.

3. Que de acuerdo al incremento de la población que se ha asentado en el municipio en los últimos años, debido al desarrollo en los recursos naturales que tenemos, el tránsito de vehículos y peatones, el crecimiento comercial en los barrios exige aumento en las necesidades de movilización, un mejor servicio de transporte, mejor ordenamiento del tránsito, medio ambiente, seguridad y cultura vial.

4. Que debido al alto grado de accidentalidad que presenta el municipio de El Bagre, es necesaria el apoyo a la actual Agente de Tránsito y Transporte en todo lo concerniente a sus funciones, toda vez que un solo agente de

Page 2: Proyecto de acuerdo tránsito

ALCALDIA DE EL BAGRE

NIT.890984221-2

DE LA MANO CON EL PUEBLO

DESPACHO ALCALDE Centro Administrativo Municipal (CAM) - Cra 49ª No 48ª 55 – Barrio Bijao – Tel: 837 24 29- Ext. 101- Fax: 837 24 29- 102

Correo Electrónico: alcaldí[email protected]; Página Web www.elbagre-antioquia.gov.co

Tránsito y Transporte no es suficiente para controlar y vigilar la cantidad de habitantes del municipio.

5. Que el artículo 3º de la ley 769 de 2000 define quiénes son las autoridades de tránsito.

6. Que la actividad de agentes de tránsito y transporte es una profesión donde recibirán formación académica integral acorde, que permita una promoción profesional cultural y social.

7. Que las funciones generales se encuentran establecidas en la norma unificada en la ley 1310 de 2009 y que son funciones esenciales del Estado la regulación del transporte en los términos previstos en los artículos 333 y 334 de la Constitución Política y mediante autoridades competentes exigirán y verificarán las condiciones de seguridad, comodidad y accesibilidad requeridas para garantizar a los habitantes la eficiente prestación del servicio básico.

8. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 de la Constitución Nacional, corresponde a los Concejos Municipales determinar la estructura de la administración y las funciones de las dependencias.

9. Que el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones constitucionales y

legales y con base en los considerandos anteriores,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar facultades al alcalde municipal de El Bagre Antioquia, para que de conformidad con la Constitución Nacional y la ley ajuste la planta de cargos de la Secretaría de Gobierno, creando dentro de esta dependencia tres cargos de guardas de Tránsito y Transporte, bajo los lineamientos de la Ley 1310 de 2009, donde se evalúe la factibilidad, conveniencia y oportunidad de los mismos. PARÁGRAFO ÚNICO: Se faculta al alcalde municipal para realizar las respectivas apropiaciones presupuestales para el cubrimiento de la planta ampliada de personal en el municipio de El Bagre Antioquia.

Page 3: Proyecto de acuerdo tránsito

ALCALDIA DE EL BAGRE

NIT.890984221-2

DE LA MANO CON EL PUEBLO

DESPACHO ALCALDE Centro Administrativo Municipal (CAM) - Cra 49ª No 48ª 55 – Barrio Bijao – Tel: 837 24 29- Ext. 101- Fax: 837 24 29- 102

Correo Electrónico: alcaldí[email protected]; Página Web www.elbagre-antioquia.gov.co

ARTÍCULO SEGUNDO: Las funciones, requisitos, remuneración salarial y demás especificaciones de los cargos a crear, serán realizadas conforme a la ley 909 de 2004, el Decreto ley 785 de 2005 y la ley 1310 de 2009. ARTÍCULO TERCERO: Los agentes de la policía nacional serán unidades de enlace y apoyo institucional en seguridad y no de transito programando operativos Conjuntos, salvo que exista acto administrativo que los faculte. ARTÍCULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y deroga todas las disposiciones y acuerdos anteriores que le sean contrarios. Dado en El Bagre Antioquia, a los trece ( ) días del mes de Agosto del año dos mil doce (2012). LUIS GABRIEL MONTERO RODRÍGUEZ Alcalde (E)

Page 4: Proyecto de acuerdo tránsito

ALCALDIA DE EL BAGRE

NIT.890984221-2

DE LA MANO CON EL PUEBLO

DESPACHO ALCALDE Centro Administrativo Municipal (CAM) - Cra 49ª No 48ª 55 – Barrio Bijao – Tel: 837 24 29- Ext. 101- Fax: 837 24 29- 102

Correo Electrónico: alcaldí[email protected]; Página Web www.elbagre-antioquia.gov.co

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La administración municipal de El Bagre Antioquia debe iniciar un proceso de sensibilización y comunicación con la comunidad construyendo una cultura direccionada al uso racional y humanizante de los espacios públicos, orientando a los usuarios de la vía el respeto a las normas, evitando que continúen en un escenario de caos urbano para el cual no habría diseño geométrico y de movilidad que fuera capaz de garantizar su eficiencia, si no contamos con un grupo de vigilancia de infracciones y de accidentes. Con ello es necesario construir cultura en el transporte y transito con respecto a los espacios públicos. Así las cosas, la Secretaría de Gobierno del municipio, necesita de un equipo humano especializado, eficaz y eficiente capaz de cumplir la demanda del servicio, como el aumento del parque automotor, regulación del tráfico, seguridad en el tránsito, cultura al peatón y a la ciudadanía, que son a la fecha las falencias existentes y que piden de manera urgente la creación del grupo de control vial optimizando de esta manera recursos económicos, logísticos y técnicos existentes para la prestación de un servicio óptimo con todas las garantías constitucionales y legales. LUIS GABRIEL MONTERO RODRÍGUEZ Alcalde (E)