PROYECTO CONSERVACIÓN DE BOSQUES Y SOSTENIBILIDAD EN...

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1 PROYECTO CONSERVACIÓN DE BOSQUES Y SOSTENIBILIDAD EN EL CORAZÓN DE LA AMAZONÍA (P144271) GEF-Banco Mundial Marco de procedimiento para el manejo de restricciones involuntarias en el acceso a los recursos naturales en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia 1 ENTIDADES EJECUTORAS Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNNC) Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas (SINCHI) Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) Patrimonio Natural - Fondo para la Biodiversidad y Áreas Protegidas (FPN) Bogotá, agosto de 2014 1 Este documento fue elaborado por la Coordinación del proceso de preparación del proyecto, en cabeza de Doris Ochoa, con la colaboración de María Cristina Pacheco y Francisco López, profesionales de la Dirección Territorial Amazonia de Parques Nacionales Naturales de Colombia y Patricia Falla y Deyanira Vanegas, consultoras. Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized

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PROYECTO CONSERVACIÓN DE BOSQUES Y SOSTENIBILIDAD EN EL

CORAZÓN DE LA AMAZONÍA (P144271)

GEF-Banco Mundial

Marco de procedimiento para el manejo de restricciones involuntarias en el acceso a

los recursos naturales en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia1

ENTIDADES EJECUTORAS

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS)

Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNNC)

Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas (SINCHI)

Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM)

Patrimonio Natural - Fondo para la Biodiversidad y Áreas Protegidas (FPN)

Bogotá, agosto de 2014

1 Este documento fue elaborado por la Coordinación del proceso de preparación del proyecto, en cabeza de

Doris Ochoa, con la colaboración de María Cristina Pacheco y Francisco López, profesionales de la Dirección

Territorial Amazonia de Parques Nacionales Naturales de Colombia y Patricia Falla y Deyanira Vanegas,

consultoras.

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Marco de procedimiento para el manejo de restricciones en el acceso a los recursos

naturales en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia

Tabla de contenidos

1. Introducción

2. Descripción general del proyecto

3. Definición de áreas a las que aplica el Marco de Procedimiento

4. Actividades del proyecto asociadas al ordenamiento de usos y manejo de recursos

naturales

4.1 Descripción del proceso de determinación de las áreas con función amortiguadora

del Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete

4.2 Descripción del proceso de sub-zonificación de áreas tipo A de Reserva Forestal de

la Amazonia, importantes para el mantenimiento de la conectividad y la

funcionalidad ecosistémica regional – diseño de nuevas áreas protegidas del orden

regional

4.3 Impactos potenciales

5. Evaluación social

5.1 Departamento del Guaviare

5.2 Departamento del Caquetá

6. Principios que orientan el manejo de las restricciones involuntarias de acceso a

recursos naturales en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia

6.1 Principios generales

6.2 Principios específicos para el manejo de restricciones involuntarias de acceso a

recursos naturales en el proceso de delimitación y zonificación de las áreas con

función amortiguadora

6.3 Principios específicos para el manejo de restrciciones involuntarias de acceso a

recursos naturales en el proceso de diseño de nuevas áreas protegidas del orden

regional

7. Procedimiento

8. Arreglos Institucionales

9. Divulgación

10. Gestión de peticiones y reclamos y resolución de conflictos

11. Anexos

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Conservación de bosques y sostenibilidad en el Corazón de la Amazonia

Marco de procedimiento para el manejo de restricciones involuntarias en el acceso a

los recursos naturales en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia

1. Introducción

Este documento presenta el Marco de Procedimiento para el Manejo de Restricciones

Involuntarias en el Acceso a los Recursos Naturales en Áreas de Reserva Forestal de la

Amazonia (MP), para el Proyecto “Conservación de los Bosques y Sostenibilidad en el

Corazón de la Amazonia Colombiana”.

De acuerdo con las políticas operacionales del Banco Mundial, es necesario preparar un

conjunto de normas de procedimiento cuando un proyecto podría provocar “la restricción

involuntaria del acceso a zonas calificadas por la ley como parques o zonas protegidas, con

los consiguientes efectos adversos para la subsistencia de las personas”. Dadas estas

circunstancias, la política prevé que “estas personas deberán recibir asistencia en sus

esfuerzos por mejorar o restablecer sus medios de subsistencia en una forma que mantenga

la sustentabilidad de los parques y las zonas protegidas”. Además, se entiende que “la

restricción involuntaria de acceso comprende las restricciones del uso de los recursos

impuestas a las personas que viven fuera del parque o zona protegida”2.

El ámbito de aplicación de este Marco de Procedimiento es el proceso de planeación y

diseño de la zona de amortiguación del Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete y

de las nuevas áreas protegidas de carácter regional necesarias para el mantenimiento de la

conectividad Andes-Amazonia y la funcionalidad ecosistémica regional. Estas son las

únicas actividades financiadas por el Proyecto. El proceso de planeación en mención no

dará lugar a restricciones de acceso a los recursos naturales ni tendrá impactos sobre los

medios de vida o los activos físicos de la población.

La declaración formal de las áreas, la adopción de las reglamentaciones de uso y manejo y

la implementación de las correspondientes estrategias de manejo, son actividades que no

serán financiadas con recursos del Proyecto, pues se desarrollarán con posterioridad al

mismo. En este sentido, el proyecto “Conservación de bosques y sostenibilidad en el

Corazón de la Amazonia” no provocará menoscabo de los medios de subsistencia. Pero sí

le corresponde formular una serie de recomendaciones, a modo de plan de acción, que las

autoridades competentes podrán adoptar en el momento de declarar las áreas, reglamentar

sus usos y formular y poner en marcha los respectivos planes de manejo.

En consecuencia, el MP tiene por objeto establecer el proceso mediante el cual los

miembros de las comunidades participarán en (i) el desarrollo de las rutas definidas en el

proyecto para la planificación (delimitación y zonificación) de las áreas con función de

amortiguación, así como para el diseño y planeación de las áreas protegidas del orden

regional; (ii) la identificación y evaluación social de los impactos que pueden generar las

2 Banco Mundial, Manual de Operaciones. Políticas Operacionales. Reasentamiento involuntario, OP 4.12,

diciembre de 2001.

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actividades mencionadas, incluida la definición de los pobladores que podrían verse

afectados; y (iii) la definición de las recomendaciones sobre las medidas de asistencia que

se podrían proponer a las autoridades competentes para mejorar los medios de vida y elevar

la sostenibilidad ambiental del territorio.

El MP se apoya en instrumentos estandarizados de gestión de las áreas protegidas en el país

que han sido desarrollados en el marco de la Política de Participación Social en la

Conservación por Parques Nacionales Naturales de Colombia y se ajustan a la normatividad

del país.

2. Descripción general del proyecto

El objetivo general del proyecto es mejorar la gobernanza y promover la gestión sostenible

de paisajes para reducir la deforestación y conservar la biodiversidad en los bosques de la

Amazonia Colombiana.

El proyecto se estructura en 4 componentes: (i) Áreas Protegidas. (ii) Mejor gobernanza,

manejo y monitoreo de los bosques. (iii) Programas sectoriales para el manejo sostenible

del paisaje. (iv) Coordinación, monitoreo y evaluación (M&E).

Componente 1: Áreas protegidas. Este componente busca: (a) mejor efectividad de

manejo en el Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete y las áreas circundantes que

cumplen la función de amortiguación; y (b) incremento de la financiación disponible para

cubrir el costo total de manejo de 2.7 millones de hectáreas de áreas protegidas. La

implementación de este componente está cargo de PNN y FPN.

Componente 2: Mejor gobernanza, manejo y monitoreo de los bosques. Este

componente incluye (a) incremento de la capacidad institucional de las autoridades

ambientales del orden nacional, regional y local, así como de las autoridades indígenas,

incluida la sostenibilidad financiera, para el manejo sostenible del paisaje, el monitoreo y la

gobernanza de la frontera de la selva de la Amazonia; (b) incremento en la capacidad

institucional para el monitoreo de la reducción de emisiones de GEI, en concordancia con

el Sistema Nacional de Monitoreo de Bosques y Carbono (SNMBYC); c) disponibilidad de

información pública validada sobre reducción de la deforestación en el área del proyecto,

comparada con el nivel de referencia de emisiones sub-nacional de la Amazonia, incluidas

las estimaciones de carbono en bosques naturales realizadas para el área del proyecto; y (d)

garantía de conservación de por lo menos 95% de las reservas de carbono, en el área del

proyecto, por la vida del mismo. Este componente será implementado por IDEAM, PNN,

MADS and PNF, de conformidad con sus competencias

Componente 3: Programas sectoriales para la sostenibilidad y el manejo del paisaje.

Este componente busca: (a) mejor coordinación intersectorial y mayor coherencia entre

políticas públicas en sectores críticos, para lograr reducciones de largo plazo en la

deforestación (p.e. agricultura, hidrocarburos y vías) y acordar las categorías de manejo de

áreas de Reserva Forestal de la Amazonia; (b) adopción de programas sectoriales de

mejores prácticas en sectores críticos que reduzcan las presiones sobre los bosques y la

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biodiversidad, restauren los ecosistemas y reduzcan las emisiones GEI; y (c) estímulo de

prácticas de manejo de la tierra y de otros recursos naturales que controlen los principales

motores y causas de la deforestación y contribuyan a la restauración de las coberturas en

áreas prioritarias identificadas, a la vez que se mejoran los medios de vida de la población

local. PNN, MADS y FPN serán los responsables de varios de los aspectos de la

implementación de los ítems (a) y (b), según sus competencias. SINCHI será responsable

de la implementación de los arreglos productivos agroforestales prevista bajo el ítem (c),

junto con las organizaciones y familias campesinas de los municipios de San José del

Guaviare, Calamar y Cartagena del Chairá.

Componente 4: Coordinación y administración del proyecto, monitoreo y evaluación.

Este componente busca asegurar la coordinación efectiva de las entidades socias, mediante

el establecimiento de canales apropiados de comunicación y la creación de espacios de

discusión y retroalimentación. De igual modo, tiene como propósito promover la

cooperación y la vinculación de actores sociales e institucionales del nivel nacional,

regional y local (incluyendo los ministerios y agencias nacionales, los gobiernos

departamentales y municipales, y las organizaciones sociales) al desarrollo y seguimiento

de las actividades del proyecto. La coordinación de las actividades de los componentes del

Proyecto, el monitoreo global de los indicadores de los resultados intermedios y de los

objetivos de desarrollo del Proyecto, el cumplimiento de las salvaguardas, la producción de

informes de avance y la divulgación de información sobre el Proyecto y sus resultados son

actividades constitutivas de este componente. De igual modo, lo son el establecimiento de

canales efectivos de comunicación entre las cinco entidades ejecutoras y el desarrollo de

mecanismos de participación ciudadana y retroalimentación. La administración del

proyecto, incluida la administración financiera y de adquisiciones, se llevará a cabo bajo

este componente. FPN estará a cargo de la conducción del componente, bajo la orientación

del Comité Ejecutivo (CE) y con el apoyo de Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP).

Este MP aplica en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia. En estas áreas no se conocen

experiencias o proyectos comunitarios de base campesina en los que se hayan acordado

restricciones al acceso y uso de los recursos naturales, que limiten la aplicación del presente

MP, de acuerdo con la OP 4. 12.

3. Definición de áreas a las que aplica el Marco de Procedimiento

En el área de intervención directa del proyecto “Conservación de bosques y sostenibilidad

de la Amazonia colombiana” se hallan dos tipos de áreas en las que procedería

teóricamente la política operacional de reasentamiento involuntario: Parque Nacional

Natural Serranía de Chiribiquete y Reserva Forestal de la Amazonia.

La Reserva Forestal de la Amazonia fue establecida por la Ley 2 de 1959 para la protección

de los suelos, las aguas y la vida silvestre y el desarrollo de la economía forestal, con

carácter de “Zonas Forestales Protectoras” y “Bosques de Interés General”. Salvedad hecha

de la tierras que han salido del dominio público y se hallan en manos de entidades públicas

o particulares, estas son tierras de la Nación, denominadas baldíos.

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De conformidad con el Código Civil, los ocupantes de tierras baldías, por ese solo hecho,

no tienen la calidad de poseedores y frente a la adjudicación por el Estado sólo existe una

mera expectativa3. En otras palabras, los ocupantes carecen de un derecho legal o una

pretensión reconocible respecto de la tierra que ocupan4. Esta circunstancia no los exime de

dar cumplimiento a las normas de uso y manejo de los recursos naturales.

Las áreas de Reserva Forestal de la Amazonía disponen de una zonificación y un

ordenamiento que fue el resultado de un amplio proceso de diálogo y retroalimentación con

actores sociales e institucionales del nivel local, regional y nacional. Dicha zonificación

constituye un elemento orientador para el diseño y la planeación de las actividades del

Proyecto.

En particular, en el área del Proyecto se encuentran dos tipos de zona: A y B. Las zonas

tipo A son aquellas que garantizan “el mantenimiento de los procesos ecológicos básicos

necesarios para mantener la oferta de servicios ecosistémicos, relacionados principalmente

con la regulación hídrica y climática; la asimilación de contaminantes del aire y del agua; la

formación y protección del suelo; la protección de paisajes singulares y de patrimonio

cultural; y el soporte a la diversidad biológica”5. En esta zona se pueden desarrollar las

siguientes actividades6:

Fomentar la investigación científica sobre restauración ecológica, biodiversidad,

servicios ecosistémicos y manejo forestal sostenible.

Implementar acciones de restauración de coberturas naturales para regular la oferta de

servicios ecosistémicos.

Incentivar la reconversión de la producción agropecuaria hacia esquemas de

producción sostenible.

Implementar el Certificado de Incentivo Forestal con fines de conservación.

Desarrollar actividades de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación

– REDD, otros mecanismos de mercado de carbono y otros esquemas de distribución

de beneficios por servicios ecosistémicos.

Incentivar el aprovechamiento sostenible de fauna, la agricultura ecológica y la

biotecnología, según las normas vigentes.

Impulsar la estrategia de emprendimiento de Negocios Verdes y el ecoturismo,

siempre y cuando sean compatibles con las aptitudes del suelo y las características de

este tipo de zona.

Las zonas tipo B se caracterizan por tener coberturas favorables para un manejo sostenible

del recurso forestal mediante un enfoque de ordenación forestal integral y la gestión

3 Ley 160 de 1994, por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural

Campesino, se establece un subsidio para la adquisición de tierras, se reforma el Instituto Colombiano de la

Reforma Agraria y se dictan otras disposiciones, artículo 65 4 De acuerdo con la política operacional, estas personas reciben asistencia y no compensación por las tierras

que ocupan. Sólo reciben compensación por la pérdida de activos distintos de las tierras. 5 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Resolución, 1925 de 2013, por la cual se adopta la

zonificación y el ordenamiento de la Reserva Forestal de la Amazonía, establecida en la Ley 2ª de 1959, en

los departamentos de Caquetá, Guaviare y Huila y se toman otras determinaciones, artículo 2 6 Ibid, artículo 6.

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integral de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos. Para este tipo de zonas se

deberá7:

* Propender a la ordenación forestal integral y fomentar actividades relacionadas con la

producción forestal sostenible, el mantenimiento de la calidad del aire, la regulación

del clima y del recurso hídrico, así como el control de la erosión.

* Estimular la investigación científica aplicada prioritariamente a la restauración

ecológica y a la generación de información sobre el manejo forestal de fuentes de

productos maderables y no maderables, diversidad biológica y servicios

ecosistémicos, de acuerdo con la normatividad vigente.

* Promover el establecimiento de plantaciones forestales comerciales en áreas que por

sus condiciones permitan el desarrollo de estas actividades, teniendo en cuenta la

evaluación del riesgo.

* Incentivar la reconversión de la producción agrícola y pecuaria existentes hacia

esquemas de producción sostenibles, que sean compatibles con las características del

tipo de zona.

* Implementar procesos de restauración ecológica, rehabilitación y recuperación de

acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional de Restauración, con el objeto de

proteger las cuencas hídricas para el abastecimiento de agua a las poblaciones y a las

actividades económicas.

* Promover la implementación del Certificado de Incentivo Forestal para plantaciones

comerciales y para la conservación de que trata la Ley 139 de 1994 y el parágrafo del

artículo 250 de la Ley 223 de 1995.

* Los proyectos relacionados con alianzas productivas u otras estrategias, se podrán

desarrollar en predios privados, siempre que no implique la ampliación de la frontera

agrícola, se evite la reducción de las áreas de bosque natural, cuenten con un

componente forestal, no se afecte el recurso hídrico y se ejecuten implementando

buenas prácticas.

* Propender por el desarrollo de actividades de desarrollo de bajo carbono, incluyendo

las de la Estrategia Nacional para la Reducción de Emisiones por Deforestación y

Degradación (REDD), Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) y otros mecanismos

de mercado de carbono, así como otros esquemas de reconocimiento por servicios

ambientales.

* Impulsar las líneas establecidas en la Estrategia de Emprendimiento de Negocios

Verdes, incluida en la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible, y los

programas que la implementen, siempre y cuando sean compatibles con las aptitudes

del suelo y las características de este tipo de zona.

El Parque Nacional no se encuentra habitado. Razón por la cual no habrá restricciones

involuntarias de acceso a los recursos naturales. En las zonas tipo A de Reserva Forestal de

la Amazonia tampoco hay asentamientos identificados. Aunque no hay una total certeza

sobre el particular. En las zonas tipo B de Reserva Forestal de la Amazonia sí se registra

ocupación. Por lo tanto, este marco de procedimiento sólo es procedente para las áreas de

Reserva Forestal de la Amazonia.

7 Ibid em

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4. Actividades del proyecto asociadas al ordenamiento de usos y manejo de

recursos naturales

En términos de los componentes del proyecto, el componente 1 “Áreas protegidas” y el

componente 3” Programas sectoriales para el manejo sostenible del paisaje” desarrollan

actividades directas en las áreas de Reserva Forestal de la Amazonia antes descritas, que

pueden acarrear eventuales restricciones involuntarias de acceso a los recursos naturales.

Dichas actividades son, por un lado, la determinación de las áreas con función

amortiguadora del Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete, en el componente 1.

Por otro lado, el componente 3 involucra la subzonificación de áreas tipo A de Reserva

Forestal de la Amazonia, importantes para el mantenimiento de la conectividad y la

funcionalidad ecosistémica regional, mediante el diseño de nuevas áreas protegidas del

orden regional.

4.1 Descripción del proceso de sub-zonificación de áreas tipo A de Reserva Forestal

de la Amazonia, importantes para el mantenimiento de la conectividad y la

funcionalidad ecosistémica regional – diseño de nuevas áreas protegidas del

orden regional

Como se aprecia en la Figura 1, la ruta de creación de nuevas áreas involucra dos fases.

Una fase de aprestamiento, en la cual se lleva a cabo la fundamentación técnica y social del

área protegida. Y una fase de declaración en la cual se adelanta el conjunto de actuaciones

administrativas necesarias para llevar a buen término la creación del área protegida.

Figura 1

Esquema general de la fase de aprestamiento de la ruta de declaratoria y ampliación

de nuevas áreas protegidas del Sistema Nacional de Areas Protegidas - SINAP

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El Proyecto sólo contempla la ejecución de la primera fase. Dada la necesidad de asegurar

el mantenimiento de la conectividad Andes-Amazonia y la funcionalidad ecosistémica a

escala regional, el Proyecto apunta a la planificación de varias áreas protegidas con

objetivos complementarios que podrán dar lugar a diferentes categorías de manejo. Los

productos que se generarán son unos polígonos, una síntesis de la justificación para la

designación, unas categorías específicas o acuerdos previos de manejo y unas

recomendaciones para la planificación y administración del área. Algunas de estas áreas

podrán cumplir, a su vez, la función de amortiguación. Por esta razón, la ruta para el diseño

de nuevas áreas protegidas del orden regional, primará sobre la ruta para la delimitación y

zonificación de áreas con función de amortiguación.

De conformidad con la “Ruta para la Declaratoria de Nuevas Áreas y Ampliaciones en el

Sistema Nacional de Areas Protegidas” definida por Parques Nacionales Naturales de

Colombia (Anexo 1), la fase de aprestamiento involucra cuatro etapas: construcción

colectiva con actores, definición de una agenda conjunta, elaboración de las bases técnicas

con información secundaria y primaria, diseño y delimitación del área.

La construcción colectiva con actores tiene como propósito generar una apropiación por

parte de los actores locales de la propuesta de creación de áreas protegidas que contribuya

con el conocimiento del área y su conservación a largo plazo. Estas áreas “deben hacer

parte de la visión de ordenamiento institucional y comunitario y de las perspectivas de

desarrollo de los diferentes sectores productivos de la región en la que se encuentra

inmersa”8.

Supone la identificación y convocatoria de los distintos actores relacionados con el área, la

determinación de sus intereses en torno a la conservación de la misma y el establecimiento

de mecanismos que aporten a la construcción de una visión integral del territorio (mesas de

trabajo, cartografía social, recorridos de campo). En términos generales, los actores con los

cuales se deberá interactuar son los siguientes:

Pobladores y usuarios de las áreas que contienen los valores biológicos que se deben

conservar y de sus zonas vecinas. Los pobladores son los actores que habitan

permanentemente el área objeto de análisis y los usuarios son los actores que están en

relación permanente con el área a través del uso de los recursos naturales y los

beneficios que genere.

Instituciones públicas relacionadas con la conservación, o que se superponen con las

áreas protegidas y sus zonas de influencia, desde el punto de vista territorial y de las

competencias en la determinación de usos del suelo: alcaldías municipales,

gobernaciones departamentales, agencias nacionales responsables de las políticas

públicas en materia de minería e hidrocarburos, desarrollo rural, infraestructura vial.

Organizaciones privadas relacionadas con la conservación de las áreas protegidas

Otros grupos asociados al área, tengan o no reconocimiento legal.

8. Pérez, A y Zambrano, H. Ruta para la declaratoria de para la Declaratoria de Nuevas Áreas y Ampliaciones

en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Bogotá: Parques Nacionales Naturales de Colombia-WWF, 2009

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Una vez realizados los acercamientos con los actores identificados y garantizada su

vinculación activa al proceso, se debe avanzar en la construcción de acuerdos sobre el plan

de trabajo a seguir para el diseño del área protegida, así como en el establecimiento de las

instancias de participación y coordinación necesarias para el desarrollo de dicho plan.

Además de los aspectos técnicos y operativos, temas como la identificación de quiénes y

cómo se podrían ver afectados por la creación del área protegida y la definición de las

medidas que se deberían adoptar en caso de registrarse restricciones involuntarias de

acceso, deberán ser parte de esta agenda de trabajo.

El propósito de la tercera fase es generar las bases técnicas, es decir el conjunto de

argumentos que justifican la necesidad e importancia del área en términos de los objetivos

de conservación del orden nacional y regional. Implica, por un lado, la revisión y el análisis

de información secundaria sobre: el estado de conservación del área y las oportunidades y

limitantes para su protección; las dinámicas socioeconómicas y culturales que definen la

ocupación humana; y las oportunidades y riesgos que encierra la gestión pública. Por otro

lado, demanda la recopilación de fuentes primarias de información que permitan acceder a

nuevos conocimientos o precisar los existentes.

Por último la fase de diseño y delimitación del área está orientada a integrar los valores

naturales únicos con las perspectivas de ordenamiento regional planteadas para el área por

los diferentes sectores comunitarios e institucionales.

Incluye: (i) la formulación de los objetivos de conservación; (ii) el trazado del polígono de

conformidad con criterios biofísicos, culturales y socio-económicos; (iii) la definición de

las categorías de manejo; (iv) la identificación preliminar de estrategias para el manejo y

administración posterior del área protegida y de sus zonas aledañas; y (v) la construcción de

un Plan de Acción con las estrategias y los mecanismos recomendados para la aplicación de

las medidas de mitigación o compensación de los impactos que se llegasen a identificar por

restricciones involuntarias en el acceso a recursos naturales, una vez se declaren las áreas y

se avance en la consolidación de los respectivos planes de manejo, con posterioridad al

proyecto. Se formularán tantos Planes de Acción como áreas protegidas se diseñen.

4.2 Descripción del proceso de determinación de las áreas con función

amortiguadora del Parque Nacional Natural Serranía de Chiribiquete

Se entiende por función amortiguadora el conjunto de “estrategias, tratamientos,

concertaciones y reglas aplicados en la vecindad de un área protegida, dirigidos a prevenir,

mitigar, corregir y compensar las perturbaciones sobre los valores de conservación de ésta,

a armonizar la ocupación y transformación del territorio con los objetivos de la misma y a

conservar los elementos biofísicos, los procesos ecológicos y los servicios ambientales que

la conectan al mosaico de ecosistemas de la región”9.

9 Parques Nacionales Naturales de Colombia. Lineamientos técnicos para la declaratoria y gestión en zonas

amortiguadoras. Colección Lineamientos para la gestión en Parques Nacionales Naturales. Bogotá:

Panamericana Formas e Impresos S.A, 2005

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En el contexto del proyecto el proceso de determinación de las áreas con función

amortiguadora abarca cinco momentos, de conformidad con los “Lineamientos técnicos

para la declaratoria y gestión en zonas amortiguadoras” (Anexo 2) y “Manual para la

delimitación y zonificación de zonas amortiguadoras (Anexo 3). Dichos momentos o etapas

son: aprestamiento, diagnóstico, definición de objetivos, delimitación, zonificación. La

reglamentación, es decir la elevación de la zonificación de manejo a acto administrativo

que regula los usos y puede generar afectaciones o limitaciones, constituye un momento

posterior al proyecto.

Durante el aprestamiento se acuerdan los términos de cooperación entre los participantes,

las áreas prioritarias para la función de amortiguación, el plan de trabajo y los insumos

requeridos para el desarrollo del mismo. Es el momento de comunicar a las autoridades

departamentales de Guaviare y Caquetá, como a las autoridades municipales de Calamar y

Cartagena del Chairá la intención de adelantar la determinación de las áreas con función de

amortiguación y las implicaciones que ello tiene para el desarrollo territorial y

socioeconómico. También es el momento de identificar a los actores sociales e

institucionales interesados y de vincularlos al proceso, a través de los mecanismos de

participación, concertación y coordinación que se convengan con las autoridades

ambientales y territoriales.

El diagnóstico tiene por objeto generar la información clave para delimitar la zona de

amortiguación y luego dividirla en zonas de manejo que implicarán un conjunto de

estrategias para administrar los tensionantes10

sobre el área protegida, así como sobre su

conectividad regional, y encauzar u orientar las dinámicas de ocupación, transformación y

expansión territorial.

Los objetivos suponen expresiones precisas sobre el manejo que se quiere dar a ciertos

elementos ecológicos y socioeconómicos, en localizaciones específicas, para lograr unos

cambios o estados finales. Los objetivos son fundamentales para la delimitación y la

zonificación, como también para la futura gestión. De manera ideal, se deben establecer

objetivos en tres ámbitos: amortiguación de tensionantes del área protegida, desarrollo

sostenible y promoción de la conservación.

La delimitación de las áreas con función amortiguadora es una decisión de política

ambiental que resulta de un acuerdo entre varios actores institucionales y sociales, con base

en un conjunto de principios y criterios asociados a los objetivos antes mencionados. Por

su parte, la zonificación comprende la subdivisión del área delimitada en zonas internas a

las cuales se atribuyen unas actividades de manejo y un régimen de usos o actividades

permitidas. Al igual que la delimitación, esta zonificación también debe ser objeto de

concertación entre los actores interesados, sobre la base de unos principios y unos criterios.

Es este el momento en el cual se determinará la existencia o no de restricciones

involuntarias de acceso a los recursos naturales, se establecerán los impactos potenciales y

se formularán los Planes de Acción con las recomendaciones respecto de las medidas de

mitigación, su alcance y las estrategias y mecanismos propuestos para su aplicación, una

10

Se define como un factor ajeno a los ciclos biológicos de las poblaciones nativas que determina una

pérdida de elementos y organización del ecosistema; por ejemplo, fuego, tala, caza, vertimientos

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vez se convenga y adopte el plan de manejo de estas áreas, con posterioridad al Proyecto.

Se formulará un Plan de Acción para cada una de las jurisdicciones municipales que se

vean involucradas en las áreas priorizadas para la función de amortiguación.

Las zonas de manejo empleadas en el ordenamiento interno de las áreas con función

amortiguadora son: desarrollo sostenible, compensación, mitigación y contención, y

protección. Dichas zonas o compartimientos pueden corresponder a una o varias figuras de

ordenamiento o categorías de manejo o conservación. Entre ellas, las áreas protegidas del

orden regional.

En la Figura 2 se pueden apreciar las áreas que se han priorizado para el desarrollo de los

procesos de (i) diseño de nuevas áreas protegidas del orden regional (zonas amarillas) y (ii)

delimitación y zonificación de áreas con función de amortiguación (zonas punteadas color

violeta).

Figura 2

Ámbitos de aplicación del Marco de Procedimiento

para el Manejo de Restricciones Involuntarias en el Acceso a los Recursos Naturales

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4.3 Impactos potenciales

Tabla 1

Impactos potenciales de las actividades que pueden generar restricciones

involuntarias de acceso a los recursos naturales

5. Evaluación social

11

5.1 Departamento del Guaviare

En el departamento de Guaviare, se pudo establecer que en la Reserva Forestal de la

Amazonia habitaban 18.772 habitantes, en 2010. En los municipios de San José del

Guaviare y Calamar, 8,9% y 35,8% de la población total se encuentran dentro de la

Reserva, en su orden. En Calamar una de cada tres personas se encuentra dentro de la

Reserva, mientras que la proporción es mas baja para San José del Guaviare, donde una de

cada once ocupa la Reserva.

11

Esta sección presenta una caracterización socio-económica específica de las áreas de Reserva Forestal de la

Amazonia (complementaria de la que se ofrece en el Marco de Gestión Ambiental y Social). Para mayor

ilustración, consultar: Caracterización y diagnóstico ambiental (Guaviare / Caquetá). Zonificación ambiental y

ordenamiento de la reserva forestal de la Amazonía, creada mediante la Ley 2ª de 1959, Volumen 3.

Convenio Especial de Cooperación Científica y Tecnológica No. 047/09 suscrito entre el Ministerio de

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios ambientales

–IDEAM- y el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas –SINCHI.

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En términos demográficos se registran dos hechos de interés. De una parte, la pirámide

poblacional presenta un angostamiento en su base (disminución de la población menor de 5

años), cuando se compara con el total de la población y con la población que se halla fuera

de la Reserva. De otra parte, es relevante la disminución de hombres y mujeres entre los 15

y 30 años, debido a dos fenómenos migratorios: la migración de las mujeres a la zona

urbana, en especial a San José del Guaviare, por razones económicas o educativas, y la

migración masculina, por causa del conflicto.

Las condiciones de servicios públicos, vivienda, educación e ingresos son muy precarias.

Algunos servicios básicos son inexistentes y la presencia estatal tan solo se registra en una

de cada tres veredas. Los servicios sociales (salud y educación) se concentran en el casco

urbano San José del Guaviare, que por ser cabecera municipal y capital departamental,

también centraliza los servicios culturales, económicos e institucionales. Casi la mitad de

los hogares debe conseguir el agua fuera del lote de la vivienda y 78,6% de las viviendas,

en la zona rural dispersa, no tiene inodoros ni letrinas.

La razón de dependencia, o sea la proporción de personas que dependen de otras para su

manutención, es de 37,1% son dependientes. Es decir, por cada dos personas que están en

edad productiva, algo más que una depende de ellas, sea menor de 15 años o mayor de 55

años.

La organización social reposa en las Juntas de Acción Comunal, JAC. En forma

complementaria éstas se han organizado en núcleos interveredales, en cuyos espacios se

analizan los programas y proyectos de desarrollo municipal y veredal.

Existen dos grandes ejes de accesibilidad que a su vez son los motores del poblamiento: eje

vial San José-El Retorno-Calamar; y los ríos y caños navegables, con especial interés el río

Guaviare (con sus aportantes Ariari-Guayabero), Itilla-Unilla, Vaupés e Inírida.

El uso del suelo, según el análisis de coberturas y uso, indica que el mayor número de

hectáreas se encuentra en cobertura natural, seguido por pastos y cultivos y rastrojos. En las

veredas ubicadas en la Reserva Forestal se cultiva exclusivamente para el autoconsumo. Se

dedican entre 0,5 y 2,0 hectáreas a cultivos de pan-coger, como maíz, plátano, yuca, arroz,

y en menor medida, frutales tradicionales.

Se observa un acelerado proceso de praderización, es decir, un incremento del área de

pastos cultivados en las zonas que antes eran bosques naturales, bosques fragmentados o

arbustales. Este proceso no necesariamente se traduce en un incremento de la actividad

ganadera. Por lo regular los colonos hacen mejoras a su fundo con la finalidad de vender su

propiedad a un gran propietario. Con esta ganancia migran a la “despensa” de tierras de

“baldíos” (como son llamados por los mismos colonos) para nuevamente hacer mejoras.

Respecto de la tenencia de la tierra, se estableció que en San José del Guaviare hay 2.129

predios. De ellos, 30,5% son minifundios, con tamaños entre menos de 1 hectárea y 50 ha;

39% son pequeña propiedad con un área entre 50.1 a 100 hectáreas; 30%, mediana

propiedad, con un rango de tamaño entre 100.1 y 500 ha; y 0,5% gran propiedad, es decir

mayores a 500 ha. Por su parte, Calamar tiene 1.278 predios, los cuales se distribuyen

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mayoritariamente en pequeña propiedad. El municipio con mayor concentración de la

tierra, dentro de la reserva forestal, es el municipio de San José del Guaviare, en tanto que

en Calamar, el índice de concentración de la propiedad es bajo.

5.2 Departamento del Caquetá

En los municipios de San Vicente del Caguán, Cartagena del Chairá y Solano, en las áreas

rurales que constituyen Reserva Forestal de la Amazonia, se encuentran asentados 5.750,

2.631 y 2.875 habitantes, respectivamente.

La prestación de servicios básicos de agua potable y saneamiento básico, así como energía

eléctrica y telecomunicaciones es bastante precaria. Situación que se encuentra asociada a

los procesos desordenados de colonización que facilitaron el surgimiento de asentamientos

sin ningún tipo de planeación y los cuales han generado dificultades para la instalación de

redes de servicios públicos. A esto se suma la poca presencia institucional y la presencia de

fuerzas insurgentes han propiciado la baja cobertura.”

Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, el Índice de Necesidades

Básicas Insatisfechas, NBI, supera a más de la mitad de la población y presenta la siguiente

situación: Cartagena del Chairá (51,57%), San Vicente del Caguán (53,98%). En Solano no

se cuenta con información suficiente para su estimación.

Un hecho significativo es la numerosa cantidad de viviendas desocupadas, debido a los

procesos de migración y desplazamiento de la población, ya sea por búsqueda de nuevas

oportunidades, o como consecuencia del conflicto armado.

En términos de organización social, los núcleos veredales constituyen, como en Guaviare,

los espacios de discusión y debate de los asuntos que conciernen a las veredas. A ellos

asisten representantes de los gobiernos departamental y municipal. Las Juntas de Acción

Comunal son la instancia de organización y representación veredal frente a las entidades

del Estado.

El número estimado de predios en la Reserva Forestal de la Amazonia son: Cartagena del

Chaira: 440, San Vicente del Caguán: 1123. La concentración, según el índice de Gini, es

alta: 0,84 en Cartagena del Chairá y 0,67 en San Vicente del Caguán. La tenencia de la

tierra se sustenta mediante carta de compraventa.

Respecto al uso del suelo, predominan las coberturas naturales (90%), seguidas de la

ganadería (7%). La producción agrícola es precaria y está orientada en su mayoría al

autoconsumo. No hay asistencia técnica continuada y se adelanta con bajos niveles

tecnológicos. Hay una baja capacidad de carga de ganado bovino, que no alcanza a una

cabeza por hectárea. Esta producción se orienta a la cría y levante, para continuar el

proceso de engorde en el área sustraída de la reserva forestal. La cría de especies menores

se orienta a satisfacer nichos de mercado locales como alternativa para generar ingresos y al

autoconsumo.

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El nivel de accesibilidad, medido como las distancias a las cabeceras municipales y los

accesos fluviales y viales existentes en el territorio, es muy bajo. Los medios más

utilizados son moto, carro, caballo, canoas con motor, lanchas de carga y voladoras.

6. Principios que orientan el manejo de las restricciones involuntarias de acceso a

recursos naturales en áreas de Reserva Forestal de la Amazonia

Para el manejo de las restricciones involuntarias de acceso a recursos naturales en áreas de

Reserva Forestal de la Amazonia, en el Proyecto se distinguen unos principios de

aplicación general y unos principios de aplicación específica, según se trate del diseño de

nuevas áreas protegidas del orden regional o de la delimitación de las áreas con función de

amortiguación.

6.1 Principios generales

Cumplimiento de la normatividad vigente. En primera instancia, todas las actividades

del Proyecto atienden las directrices de uso y manejo de la zonificación y

ordenamiento de la Reserva Forestal de la Amazonia, establecida mediante la

Resolución 1925 de 2013.

Verificación de la presencia de comunidades o asentamientos dispersos en las áreas

objeto de ordenamiento y evaluación de sus condiciones sociales y económicas.

Participación de las comunidades locales y de las organizaciones sociales en los

procesos de ordenamiento ambiental del territorio

Armonización de la conservación del Parque Nacional Natural Serranía de

Chiribiquete y su entorno con las expectativas y procesos del desarrollo

socioeconómico regional y de las comunidades locales.

Promoción de mejores medios de vida y de la sostenibilidad ambiental del territorio.

Acuerdos socio-ambientales con familas a nivel predial y veredal, como estrategia

para organizar y regular el uso y manejo sostenible en áreas de Reserva Forestal.

Consolidación territorial de áreas manejados adecuadamente por las comunidades

Desarrollo de modelos de uso sostenible en sectores con conflictos de uso.

Sostenibilidad de los modos y la calidad de vida de las comunidades locales, a través

del sostenimiento de la base de bienes y servicios ambientales y la asistencia al

manejo cuando sea necesaria

Promoción de prácticas que reduzcan las presiones sobre la biodiversidad y los

bosques y contribuyan a la restauración de los ecosistemas, a la vez que aportan

significativamente al mejoramiento de las condiciones de vida de la población local.

Coordinación intersectorial e intergubernamental. El Proyecto propiciará los espacios

necesarios para garantizar la armonización de intereses sectoriales y la coordinación

entre niveles de gobierno en el proceso de definición de escenarios de zonificación.

Divulgación e información para la participación efectiva.

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6.1 Principios específicos para el manejo de restricciones involuntarias de acceso a

recursos naturales en el proceso de diseño de nuevas áreas protegidas del orden

regional

Definición de las categorías de manejo de las áreas protegidas atendiendo la

ocupación. Las categorías que imponen restricciones de uso y aprovechamiento de

recursos naturales (Parque Natural Regional, Reserva Forestal Protectora) no se

establecerán allí donde se registren asentamientos de población. En estas áreas se

optará por categorías de manejo que no afecten los medios de vida y, por el contrario,

promuevan un mayor bienestar de la población.

6.2 Principios específicos para el manejo de restricciones involuntarias de acceso a

recursos naturales en el proceso de delimitación y zonificación de las áreas con

función amortiguadora

Definición participativa del escenario posible para el cumplimiento de la función

amortiguadora en el marco del ordenamiento territorial.

Definición participativa de las áreas aledañas al área protegida que contribuyan a

mantener la oferta y uso de beneficios ambientales para el desarrollo sostenible

de sus habitantes.

7. Procedimiento

El procedimiento para el manejo de restricciones involuntarias de acceso a los recursos

naturales contempla tres etapas.

Identificación y vinculación de los actores interesados a los procesos de diseño de

nuevas áreas protegidas en las zonas tipo A de la Reserva Forestal de la Amazonia y

determinación de las zonas de amortiguación del Parque Nacional Naturral Serranía

de Chiribiquete.

Identificación y evaluación social de los impactos potenciales que pueden generar las

actividades mencionadas, incluida la definición de los pobladores que podrían verse

afectados

Construcción del Plan de Acción para cada una de las nuevas áreas diseñadas, o para

cada uno de los municipios involucrados en la determinación de zonas de

amortiguación

Identificación y vinculación de los actores interesados

Tal y como lo prevén la “Ruta para la declaratoria de nuevas áreas en el Sistema Nacional

de Áreas Protegidas”, los “Lineamientos técnicos para la declaratoria y gestión en zonas

amortiguadoras” y el “Manual para la delimitación y zonificación de las zonas

amortiguadoras”, el reconocimiento de los pobladores y usuarios, la identificación de las

distintas formas de ocupación-transformación presentes en las áreas y la vinculación del

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conjunto de organizaciones sociales que tienen relación con estos territorios, son

consustanciales a los procesos en mención.

Para facilitar la identificación de los pobladores y usuarios de las distintas áreas, el

Proyecto se apoyará en las alcaldías municipales y en los instrumentos locales que emplean

las distintas dependencias (gobierno, salud, educación) para canalizar los servicios

públicos.

A su vez, se promoverá la vinculación de los distintos actores de modo tal que participen en

todas las etapas de los procesos. Para tal fin, se conformarán mesas de trabajo con las

autoridades ambientales y territoriales y con las agencias gubernamentales que respaldan

cambios en el uso del suelo. De la misma manera, se programarán y llevarán a cabo

ejercicios de intercambio de información y concertación con las organizaciones sociales

que poseen estrecha relación con los territorios vinculados, de conformidad con lo

estipulado en los procedimientos definidos por Parques Nacionales Naturales. Los

mecanismos específicos serán convenidos con las autoridades territoriales y ambientales.

Identificación y evaluación social de los impactos potenciales

Tanto en el diseño de nuevas áreas protegidas, como en la determinación de zonas de

amortiguación, el momento de identificación y evaluación de impactos se llevará a cabo en

la última etapa. Es decir, en el momento en el cual se definen los polígonos y se acuerdan

las categorías de manejo de las nuevas áreas, o la zonificación interna de las áreas con

función de amortiguación. Para ello, se instituirá un espacio específico de trabajo, cuyo

lugar, fecha y metodología serán definidos de común acuerdo con las comunidades locales.

De llegar a identificar casos de afectación, se propiciará la organización de un espacio

adicional de trabajo, solo con los pobladores y usuarios potencialmente afectados, de modo

que se pueda efectuar una mejor caracterización de sus medios de vida y de las afectaciones

potenciales.

En este punto, se calificará la magnitud de las afectaciones para determinar si es o no

necesario ajustar las categorías de manejo de las nuevas áreas protegidas o la zonificación

interna de la zona de amortiguación, de modo que se evite al máximo la futura aplicación

de restricciones involuntarias de acceso.

Construcción del Plan de Acción

El Plan de Acción es uno de los resultados de la ruta de declaración de nuevas áreas

protegidas del orden regional y de la determinación de las zonas de amortiguación. Procede

exclusivamente para aquellos casos en los cuales se prevea que el diseño final de las áreas

dará lugar a restricciones involuntarias inevitables.

La implementación del Plan de Acción es posterior a la terminación del proyecto. Tendrá

lugar una vez se declaren las áreas y se avance en la consolidación de los respectivos planes

de manejo. El Proyecto sólo cubre el desarrollo de este Marco de Procedimiento; es decir,

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la identificación y vinculación de las comunidades locales, la identificación y evaluación

social de los impactos y la identificación preliminar de las medidas de mitigación.

El plan de acción incluirá:

Descripción de las áreas en las cuales se aplicarán restricciones involuntarias de

acceso

Definición de los criterios y mecanismos propuestos para la verificación de los

pobladores y usuarios afectados

Formulación de las medidas de mitigación que se recomiendan

Identificación de las estrategias y los mecanismos propuestos para la refrendación y

aplicación de las medidas de mitigación y de los ámbitos de articulación con las

estrategias de manejo de las nuevas áreas protegidas o de las zonas de amortiguación

Descripción de los arreglos institucionales propuestos para la implementación del

Plan.

La formulación y aprobación del Plan de Acción se efectuarán en los espacios de

participación convenidos para el desarrollo de las rutas de planificiación de nuevas áreas

protegidas y determinación de zonas de amortiguación.

8. Arreglos Institucionales

FPN, a través de la Unidad de Coordinación del Proyecto y bajo la orientación del Comité

Ejecutivo, es la responsable de divulgar, realizar la capacitación del equipo del proyecto

para asegurar su cabal aplicación12

, poner en marcha y hacer seguimiento a la

implementación y al cumplimiento de las normas y de las rutas establecidas el manejo de

las restricciones involuntarias de acceso a recursos naturales.

En la UCP tendrán asiento expertos en áreas protegidas que cuentan con una amplia

experiencia en la implementación de la Política de Participación Social en la Conservación

y de sus instrumentos.

Para la implementación de este Marco, FPN y PNN hicieron las previsiones necesarias en

el presupuesto de modo que está asegurada la financiación del procedimiento requerido, en

el marco de las rutas definidas por PNN para el diseño y planificación de las áreas con

función de amortiguación y de las nuevas áreas protegidas de carácter regional, necesarias

para el mantenimiento de la conectividad y la funcionalidad ecosistémica regional.

Las medidas de mitigación de los eventuales efectos adversos se deberán hacer efectivas

con posterioridad al proyecto, una vez se declaren las nuevas áreas protegidas. FPN y PNN

12 En el proceso de capacitación se desarrollarán los siguientes contenidos: (i) Qué es el Marco de

procedimiento para la prevención de restricciones en el acceso a los recursos naturales en las áreas de Reserva

Forestal de la Amazonia. (ii) Para qué sirve. (iii) Quiénes tienen derecho a participar. (iv) En qué

circunstancias se aplica (v) Cómo se articula con los componentes y actividades del proyecto.

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adelantarán las gestiones pertinentes con las autoridades responsables13

para facilitar y

promover su aplicación.

9. Divulgación

Este marco se encuentra disponible en las páginas de internet de FPN, PNN y SINCHI. El

documento también se les suministró a las autoridades ambientales y territoriales. El

documento se actualizará en la medida en que sea necesario o cuando se identifiquen

nuevas circunstancias que así lo ameriten.

10. Gestión de peticiones y reclamos y resolución de conflictos

El procedimiento de gestión de solicitudes, quejas y reclamos, SQR, será el mismo definido

en el Marco de Gestión Ambiental y Social. Este procedimiento tiene por objeto asegurar la

atención debida a los requerimientos elevados por los interesados, en general, y por las

comunidades vinculadas al proyecto, en particular, y promover la mejora continua de los

procedimientos establecidos para el desarrollo de las actividades.

El procedimiento SQR se rige por un conjunto de criterios operativos. Primero, se dispone

de múltiples canales de acceso, los cuales serán difundidos entre los interesados (persona a

persona, teléfono, correo electrónico, página web). Segundo, cuenta con procedimientos

claros y plazos para dar respuesta a los interesados y respeta la confidencialidad cuando sea

necesario. Tercero, reconoce y se apoya en los mecanismos tradicionales legítimos de

aclaración de inconformidades y resolución de conflictos, para las actuaciones en las

veredas y los resguardos indígenas. Y por último, produce informes periódicos sobre el

desempeño de los mecanismos establecidos y sus resultados y los comparte con las

entidades, organizaciones y comunidades participantes.

El procedimiento se activa con la radicación, verbal o escrita, de una solicitud14

, queja15

o

reclamo ante alguna de las entidades socias del proyecto, por medios electrónicos,

correspondencia física, o persona a persona con el equipo en campo.

Para facilitar la solución de posibles controversias y atender reclamos, el proyecto tendrá

los siguientes mecanismos:

13

En caso de ser necesarias, las principales autoridades responsables de la aplicación de las medidas de

mitigación son la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Nororiente Amazónico (CDA) y la

Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia (CORPOAMAZONIA), en coordinación

con las alcaldías municipales de Calamar y Cartagena del Chairá. 14

Comunicación verbal o escrita en la que se solicita información o se eleva una consulta sobre aspectos del

proyecto o de las entidades socias del mismo y/o se solicita adelantar una gestión. Las solicitudes formuladas

en ejercicio del derecho que consagra el artículo 23 de la Constitución Nacional, se denominan peticiones y se

responderán en los términos fijados por el Código Contencioso Administrativo. 15

Manifestación de inconformidad, descontento o censura por inoportuna o indebida ejecución de los

compromisos en cabeza de las entidades socias

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a. Acceso de primera instancia. FPN, a través de la UCP, tendrá a su cargo el cumplimiento

de salvaguardas. Es la primera instancia de atención de SQR. Como responsable del

seguimiento del proyecto, la UCP contará con información actualizada que facilitará la

atención de SQR. En los resguardos indígenas, la primera instancia de atención de SQR,

será el Comité de Seguimiento. En todo caso, éste informará a la UCP de las SQR que

reciba y del trámite dado a las mismas.

b. Instancia de conocimiento por tipo de SQR. En caso de SQR relacionados con la

programación o la ejecución de las actividades del proyecto, el interesado podrá contactar

directamente, en cualquier momento, a cualquiera de los miembros de las entidades socias

integrantes de la Unidad de Coordinación del Proyecto, quienes recibirán y tramitarán la

solicitud. En los resguardos indígenas, contactarán a los miembros del Comité de

Seguimiento que éste designe. En todos los casos, es de obligatorio cumplimiento informar

lo correspondiente a la Coordinación del Proyecto, para asegurar la consolidación de la

información, efectuar el seguimiento y retroalimentar la ejecución del proyecto. Para ello,

el integrante de la UCP efectuará el registro de la solicitud o reclamo y de la respuesta o

solución dada, en la plantilla diseñada para tal fin.

Si el reclamo está relacionado con la falta de coordinación interinstitucional, el integrante

de la UCP que reciba la inquietud, la llevará a la Unidad de Coordinación del Proyecto. El

(la) Coordinador(a) informará a los directores de las entidades correspondientes.

Si el reclamo está relacionado con el manejo administrativo y de recursos del proyecto y la

UCP no puede resolverlo, el(la) Coordinador(a) de la UCP lo presentará al CE.

Por último, si el reclamo está relacionado con la Coordinación, éste podrá presentarse

directamente al Director de Patrimonio Natural. Este expondrá el caso en el CE e informará

al peticionario o reclamante la solución dada.

c. Procedimientos. Las SQR deberán quedar documentadas, inclusive en aquellos casos en

los cuales se presentan de manera verbal. Para el primer y segundo caso antes descritos, los

integrantes de la UCP tendrán un plazo máximo de cinco días hábiles para dar respuesta a

las SQR. En los dos últimos casos, dicho término se ampliará a diez días hábiles. En caso

de que la complejidad del asunto lo amerite, podrá ampliarse dicho término, lo cual se

comunicará por escrito al respectivo peticionario. La respuesta se deberá comunicar al

peticionario a través de los medios que él mismo hubiese puesto a disposición

(comparecencia personal, remisión por servicio postal, correo electrónico, etc)

La Coordinación General llevará una bitácora de las SQR. El estatus de los reclamos y

peticiones será presentado en las sesiones ordinarias de la UCP. De igual modo, la

Coordinación del Proyecto pondrá en conocimiento de los mismos al Comité Ejecutivo, en

sus sesiones ordinarias.

La descripción del procedimiento a seguir, con los contactos a los cuales dirigir los

reclamos, estarán contenidos en el Manual de Operaciones, el cual estará disponible en la

página de internet del proyecto, en Patrimonio Natural.

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En las reuniones y talleres de programación y seguimiento que se realicen con las

entidades, organizaciones y comunidades, la UCP informará a los participantes de los

mecanismos y procedimientos de gestión de SQR y de las actuaciones adelantadas en este

terreno. De igual modo, consultará el nivel de satisfacción de los distintos actores

interesados, a través del mecanismo que se convenga por y entre las entidades socias y

documentará los resultados. Lo propio efectuará el Comité de Seguimiento en los

resguardos indígenas. En los talleres semestrales de evaluación y programación, la UCP

analizará el consolidado de SQR y los resultados de las consultas sobre satisfacción. Este

análisis se incluirá en los informes del proyecto en la sección de salvaguardas. De ellos

tendrá conocimiento el CE, a través de la Coordinación General.

d. Prevención de conflictos. Para prevenir posibles conflictos, el proyecto contará con una

estrategia de monitoreo y evaluación de las actividades. El resultado de este monitoreo

estará contenido en los reportes semestrales de la UCP, los cuales tendrán una sección

específica sobre la ejecución del MGAS, PPI y MP. La UCP presentará los reportes al CE

antes de su envío al Banco Mundial. Durante la evaluación de medio término del proyecto,

el Banco Mundial efectuará una evaluación de los mecanismos de quejas para efectuar los

ajustes que sean necesarios.

e. Mecanismos de mediación. El CE, integrado por las cinco entidades socias actuará como

mediador, en aquellos casos que lo requieran. En asuntos de gravedad, definirá el trámite a

seguir y canalizará el asunto hacia las entidades competentes.

En los asentamientos campesinos y en los resguardos indígenas se reconocerán los espacios

y los mecanismos propios de solución de conflictos internos (p. e, asambleas de las juntas

de acción comunal, Comité de Seguimiento de los acuerdos de consulta previa). La UCP

apoyará el fortalecimiento de las comunidades en resolución de conflictos. En el caso de

que se presenten conflictos relacionados con la restricción en el acceso a los recursos

naturales o con la implementación de los PPI o del MP, éstos deberán resolverse en primera

instancia en el CE.

11. Anexos

Anexo 1 Ruta para la Declaratoria de Nuevas Áreas y Ampliaciones en el Sistema

Nacional de Áreas Protegidas

Anexo 2 Lineamientos técnicos para la declaratoria y gestión en zonas

amortiguadoras

Anexo 3 Manual para la delimitación y zonificación de zonas amortiguadoras