Protocolo de actuación en caso de agresión

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AGRESIÓN AL PROFESORADO, EQUIPO DIRECTIVO O AL PERSONAL NO DOCENTE Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún asistente de la educación y/o alumnos sea objeto de alguna agresión física, con resultado de lesión grave, realizada por alumnos, apoderados y/o familiares de este, en el interior de la escuela, o bien esta conducta se produzca fuera del Liceo como consecuencia del desarrollo de su actividad profesional. Se llamará a la fuerza pública (Carabineros) en los siguientes casos: - Cuando ingrese al establecimiento educacional una persona ajena a este e incite a pelear a algún miembro del establecimiento. - Cuando haya uso de amenaza o de una arma concreta. - Cuando una persona cometa una acción destructiva contra el establecimiento (daño grave a la infraestructura). Procedimiento: 1) El agredido o el testigo presencial deberá informar a Dirección o miembro del equipo directivo de la institución lo antes posible quién o quienes informarán a los miembros del comité de convivencia escolar la situación y dejar por escrito en el libro de clases el hecho. 2) La secretaria o la dirección deberá llamar a Carabineros de Chile o Policía de investigaciones para que se presente en el establecimiento y realizar la denuncia del hecho. Además deberá comunicarse con algún familiar de la o el agredido y agresor. 3) La secretaria o dirección llamará a la ambulancia si las lesiones fuesen de carácter grave, de lo contrario él o la agredida deberá acudir en forma particular acompañada de un familiar o de un profesional que la dirección designe, a un servicio de Urgencias para constatar lesiones y recibir la atención médica pertinente. 4) El agredido queda en libertad de realizar la denuncia al organismo pertinente. 5) El establecimiento educativo realizará una investigación para esclarecer los hechos tomando declaración a todos los implicados y testigos. 6) La dirección le ofrecerá apoyo psicológico al agredido. 7) La dirección del establecimiento informará al Departamento de Educación Municipal.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AGRESIÓN

AL PROFESORADO, EQUIPO DIRECTIVO O AL PERSONAL NO DOCENTE

Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún asistente de la educación y/o alumnos sea objeto de alguna agresión física, con resultado de lesión grave, realizada por alumnos, apoderados y/o familiares de este, en el interior de la escuela, o bien esta conducta se produzca fuera del Liceo como consecuencia del desarrollo de su actividad profesional. Se llamará a la fuerza pública (Carabineros) en los siguientes casos:

- Cuando ingrese al establecimiento educacional una persona ajena a este e incite a pelear a algún miembro del establecimiento.

- Cuando haya uso de amenaza o de una arma concreta.- Cuando una persona cometa una acción destructiva contra el establecimiento (daño

grave a la infraestructura).

Procedimiento:

1) El agredido o el testigo presencial deberá informar a Dirección o miembro del equipo directivo de la institución lo antes posible quién o quienes informarán a los miembros del comité de convivencia escolar la situación y dejar por escrito en el libro de clases el hecho.

2) La secretaria o la dirección deberá llamar a Carabineros de Chile o Policía de investigaciones para que se presente en el establecimiento y realizar la denuncia del hecho. Además deberá comunicarse con algún familiar de la o el agredido y agresor.

3) La secretaria o dirección llamará a la ambulancia si las lesiones fuesen de carácter grave, de lo contrario él o la agredida deberá acudir en forma particular acompañada de un familiar o de un profesional que la dirección designe, a un servicio de Urgencias para constatar lesiones y recibir la atención médica pertinente.

4) El agredido queda en libertad de realizar la denuncia al organismo pertinente.5) El establecimiento educativo realizará una investigación para esclarecer los hechos

tomando declaración a todos los implicados y testigos.6) La dirección le ofrecerá apoyo psicológico al agredido.7) La dirección del establecimiento informará al Departamento de Educación

Municipal.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CONSUMO O PORTE DE DROGAS LICITAS E ILICITAS EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

En caso de que un alumno/a es sorprendido consumiendo o bajo los efectos de una droga licita o ilícita.- Cuando haya riesgo a terceros, en situación descontrolada (Bebidos o drogados).- En caso de excitación por drogas o sobredosis.

Procedimiento:1) En caso de detección del consumo de estas sustancias, la persona testigo del hecho,

debe comunicarse con la dirección del establecimiento 2) Se deberá dejar registro escrito en dirección de la situación, siendo ésta la encargada

de comenzar la investigación interna de inmediato, la cual se iniciará con el retiro del alumno de la sala de clases hasta que hayan cesado los efectos de la droga.

3) La dirección citará a los padres del o los alumnos y a carabineros en forma inmediata, con el fin de informarlos de la situación y de las sanciones a que se expone de acuerdo al reglamento interno y las leyes nacionales.

4) Es responsabilidad del profesor jefe derivar al alumno al equipo psicosocial del establecimiento para su intervención.

5) Todo el proceso de seguimiento al alumno, será responsabilidad del equipo psicosocial del establecimiento (orientadora, psicólogo y técnico de asistente social).

En caso de porte de sustancias ilícitas y/o micro tráfico dentro del establecimiento educacional.

Procedimiento:1) El miembro de la comunidad educativa (testigo del hecho), deberá informar de

forma inmediata a la dirección y registrar en el libro de clases la situación.2) En secretaría se procurará custodiar al menor y en caso que esta no estuviera, la

custodia la realizará un miembro del equipo directivo del establecimiento.3) Dirección llamará a las fuerzas de orden pública, Carabineros de Chile o Policía de

Investigaciones, que se harán cargo de la sustancia, redactando un acta de entrega en donde figure lugar, hora, fecha y nombre de la persona que entrega la sustancia y otras observaciones importantes para la investigación de la situación.

4) La dirección citará a los padres del alumno y a carabineros en forma inmediata, con el fin de informarlos de la situación y de las sanciones a que se expone de acuerdo al reglamento interno y las leyes nacionales.

5) En ningún caso el profesor u otro miembro de la comunidad educativa podrá registrar las pertenencias o al propio alumno/a.

6) En el caso de que no se pueda recoger muestras debido a que el infractor hace desaparecer la sustancia en el acto, se levantará un acta por consumo, en vez de tenencia, para una posterior investigación del caso.

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7) El acta deberá identificar el autor del hecho, la persona testigo del hecho y los funcionarios policiales actuantes. El alumno reafirma lo estipulado en el acta con su firma.