PROTEGER PARA CONSERVAR. CONSERVAR PARA DIFUNDIR. LA GESTIÓN DEL ARTE RUPESTRE EN...

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CUADERNOS DE ESTUDIOS MANCHEGOS, 39 PP. 177-190, 2014 ISSN: 0526-2623 PROTEGER PARA CONSERVAR. CONSERVAR PARA DIFUNDIR. LA GESTIÓN DEL ARTE RUPESTRE EN CASTILLA-LA MANCHA FRANCISCO JAVIER MORALES HERVÁS* MARÍA PERLINES BENITO** PATRICIA HEVIA GÓMEZ*** Resumen Se analiza la situación de la gestión del arte rupestre en Castilla-La Mancha a la luz de la ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, tras su entrada en vigor. Se plantean las nuevas estrategias de acción sobre los bienes del arte rupestre en todos los ámbitos, desde la documentación y protección pasando por la conservación y hasta la difusión y divulgación de este patrimonio. La nueva norma abre las posibilidades de actuación a condición de que todos los aspectos queden mejor definidos y concretados. La Dirección General de Cultura de Castilla-La Mancha está impulsando diversos trabajos y estudios que servirán de modelo para abordar todos estos aspectos, generando protocolos de actuación. La tarea se plantea como un objetivo común a diversos agentes y administraciones, corresponsables en la gestión del territorio. Palabras clave Patrimonio, conservar, difundir, protección, arte rupestre. Abstract The situation of rock art's management in Castilla-La Mancha is analyzed according to the 4/2013 law, in the sixteenth of May, of Castilla-La Mancha's Cultural Heritage, after having taken effect. The new action strategies which are involved with rock art's goods are planned in every field, starting with the documentation and protection and finshing with the diffusion and circulation of this heritage, without forgetting the preservation. The new rule shows posibilities of action so that every side side of this question can be clarified and specified in a better way. The State Culture Office in Castilla-La Mancha is promoting several works and studies which will be an example so that all these aspects can be worked on, creating action protocols. This work should be the common objective of several agents and managements, because both of them are responsible in relation to territory's management. Key words Heritage, Finshing, Diffusion, Protection, Rock Art`s. * Arqueólogo. Doctor en Historia. ** Arqueóloga. Licenciada en Geografía e Historia. *** Arqueóloga. Licenciada en Geografía e Historia.

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M.ª Ángeles Rodríguez Domenech

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española, n.º 815, pp. 143-154 Miguel PANADERO et al. (2003): Aeropuerto de carga La Roda-Albacete. Un proyecto de

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Félix PILLET CAPDEPÓN (2005): “Ciudad Real: cambios en el espacio público y en la vida colectiva con la llegada del AVE a la ciudad”. En GUTIÉRREZ, O. (coord.): La ciudad y el miedo, VII Coloquio de Geografía Urbana, Barcelona 2004, Asociación de Geógrafos Españoles y Univ. de Girona, pp. 325-334. pp. 325.

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Recibido: 11 de octubre de 2014 Aceptado: 20 de octubre de 2014

CUADERNOS DE ESTUDIOS MANCHEGOS, 39 PP. 177-190, 2014 ISSN: 0526-2623

PROTEGER PARA CONSERVAR. CONSERVAR PARA DIFUNDIR. LA GESTIÓN DEL ARTE RUPESTRE EN CASTILLA-LA MANCHA

FRANCISCO JAVIER MORALES HERVÁS*

MARÍA PERLINES BENITO** PATRICIA HEVIA GÓMEZ***

Resumen Se analiza la situación de la gestión del arte rupestre en Castilla-La Mancha a la luz de la ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, tras su entrada en vigor. Se plantean las nuevas estrategias de acción sobre los bienes del arte rupestre en todos los ámbitos, desde la documentación y protección pasando por la conservación y hasta la difusión y divulgación de este patrimonio. La nueva norma abre las posibilidades de actuación a condición de que todos los aspectos queden mejor definidos y concretados. La Dirección General de Cultura de Castilla-La Mancha está impulsando diversos trabajos y estudios que servirán de modelo para abordar todos estos aspectos, generando protocolos de actuación. La tarea se plantea como un objetivo común a diversos agentes y administraciones, corresponsables en la gestión del territorio. Palabras clave Patrimonio, conservar, difundir, protección, arte rupestre. Abstract The situation of rock art's management in Castilla-La Mancha is analyzed according to the 4/2013 law, in the sixteenth of May, of Castilla-La Mancha's Cultural Heritage, after having taken effect. The new action strategies which are involved with rock art's goods are planned in every field, starting with the documentation and protection and finshing with the diffusion and circulation of this heritage, without forgetting the preservation. The new rule shows posibilities of action so that every side side of this question can be clarified and specified in a better way. The State Culture Office in Castilla-La Mancha is promoting several works and studies which will be an example so that all these aspects can be worked on, creating action protocols. This work should be the common objective of several agents and managements, because both of them are responsible in relation to territory's management.

Key words Heritage, Finshing, Diffusion, Protection, Rock Art`s.

* Arqueólogo. Doctor en Historia. ** Arqueóloga. Licenciada en Geografía e Historia. *** Arqueóloga. Licenciada en Geografía e Historia.

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INTRODUCCIÓN El marco conceptual en el que se debe insertar la gestión del arte rupestre y la normativa sobre patrimonio cultural, en general, debe tener como principal premisa el principio de que el patrimonio cultural debe ser entendido como aquel patrimonio que los ciudadanos consideran suyo, formando parte de su identidad como sociedad, bien por su recorrido histórico, por reflejar una particular manera de resolver cuestiones frente al medio natural, por alcanzar vivencias colectivas o por reflejar la capacidad de análisis y raciocinio del ser humano.

Por tanto, cuando las administraciones competentes concluyen un proceso por el cual se ponen a disposición pública diversos bienes culturales, lo que realmente llevan a cabo es devolver a la sociedad aquello con lo que se siente identificada e implicada, pues ya tiene un especial significado para ella.

La valoración del arte rupestre, mucho antes de cualquier interpretación histórica y científica, debe partir del establecimiento de una conexión entre el pensamiento del ser humano actual con el pensamiento de la humanidad en tiempos remotos, reflejando intereses y preocupaciones muy humanas sobre la vida, sobre la propia existencia, el entorno en el que se desarrolla y sobre la manera de controlarlo y explicarlo.

Esta fascinación, esta emoción sentida, es la que se canaliza a través de un proceso complejo que nos acerca a la interpretación histórica del hecho cultural a través de la difusión y divulgación del conocimiento adquirido con metodología científica.

Este proceso de adquisición de conocimiento pasa por el registro, documentación, análisis y reconstrucción histórica. Se han de valorar el contexto social en el que se produjeron estas manifestaciones y el contexto económico en el que el medio ambiente es fuente primordial de recursos, así como otras manifestaciones semejantes realizadas en contextos parecidos. Todo ello ayudará a la construcción de una interpretación histórica, que será siempre una aproximación, una explicación no estática del pensamiento y de las sensaciones que produjeron unas manifestaciones rupestres en concreto.

Es importante tener muy presente lo anterior porque en la fase de divulgación no es conveniente ahorrar al ciudadano estas explicaciones. Obviamente habrá que adaptar el lenguaje según el público, pero es imprescindible que se entienda que la interpretación histórica es reflejo de un proceso científico que tiene sus métodos y sus reglas, como las matemáticas, que nadie discute.

El arte rupestre es aquella manifestación gráfica realizada mediante pintura, dibujo o grabado sobre soportes rocosos fijos, ya sea en el interior de cuevas o al aire libre en abrigos, paredes, rocas sueltas o estructuras megalíticas, así como el arte mueble asociado. Pero debemos tener muy presente que no nos encontramos ante simples representaciones, sino que también se trata de evidencias que nos ayudan a conocer el desarrollo social de la humanidad, ya que pinturas, grabados y esculturas son el reflejo del mundo simbólico, primero de grupos cazadores y productores y, posteriormente, de metalúrgicos (Bueno y Balbín 2009: 66).

Dentro de este conjunto de representaciones, que algunos autores vienen denominando arte postglacial (Bueno y Balbín 2008), podemos establecer tres grandes grupos: el arte rupestre paleolítico, el arte rupestre levantino y el arte esquemático. En el caso del territorio Castilla-La Mancha, se ha realizado una revisión y puesta al día de los datos sobre los mismos dentro de un estudio general de la Prehistoria y Protohistoria de esta Región (Chapa 2007, Sánchez-Chiquito 2007 y Fernández Rodríguez 2007). Por otra parte, en el

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INTRODUCCIÓN El marco conceptual en el que se debe insertar la gestión del arte rupestre y la normativa sobre patrimonio cultural, en general, debe tener como principal premisa el principio de que el patrimonio cultural debe ser entendido como aquel patrimonio que los ciudadanos consideran suyo, formando parte de su identidad como sociedad, bien por su recorrido histórico, por reflejar una particular manera de resolver cuestiones frente al medio natural, por alcanzar vivencias colectivas o por reflejar la capacidad de análisis y raciocinio del ser humano.

Por tanto, cuando las administraciones competentes concluyen un proceso por el cual se ponen a disposición pública diversos bienes culturales, lo que realmente llevan a cabo es devolver a la sociedad aquello con lo que se siente identificada e implicada, pues ya tiene un especial significado para ella.

La valoración del arte rupestre, mucho antes de cualquier interpretación histórica y científica, debe partir del establecimiento de una conexión entre el pensamiento del ser humano actual con el pensamiento de la humanidad en tiempos remotos, reflejando intereses y preocupaciones muy humanas sobre la vida, sobre la propia existencia, el entorno en el que se desarrolla y sobre la manera de controlarlo y explicarlo.

Esta fascinación, esta emoción sentida, es la que se canaliza a través de un proceso complejo que nos acerca a la interpretación histórica del hecho cultural a través de la difusión y divulgación del conocimiento adquirido con metodología científica.

Este proceso de adquisición de conocimiento pasa por el registro, documentación, análisis y reconstrucción histórica. Se han de valorar el contexto social en el que se produjeron estas manifestaciones y el contexto económico en el que el medio ambiente es fuente primordial de recursos, así como otras manifestaciones semejantes realizadas en contextos parecidos. Todo ello ayudará a la construcción de una interpretación histórica, que será siempre una aproximación, una explicación no estática del pensamiento y de las sensaciones que produjeron unas manifestaciones rupestres en concreto.

Es importante tener muy presente lo anterior porque en la fase de divulgación no es conveniente ahorrar al ciudadano estas explicaciones. Obviamente habrá que adaptar el lenguaje según el público, pero es imprescindible que se entienda que la interpretación histórica es reflejo de un proceso científico que tiene sus métodos y sus reglas, como las matemáticas, que nadie discute.

El arte rupestre es aquella manifestación gráfica realizada mediante pintura, dibujo o grabado sobre soportes rocosos fijos, ya sea en el interior de cuevas o al aire libre en abrigos, paredes, rocas sueltas o estructuras megalíticas, así como el arte mueble asociado. Pero debemos tener muy presente que no nos encontramos ante simples representaciones, sino que también se trata de evidencias que nos ayudan a conocer el desarrollo social de la humanidad, ya que pinturas, grabados y esculturas son el reflejo del mundo simbólico, primero de grupos cazadores y productores y, posteriormente, de metalúrgicos (Bueno y Balbín 2009: 66).

Dentro de este conjunto de representaciones, que algunos autores vienen denominando arte postglacial (Bueno y Balbín 2008), podemos establecer tres grandes grupos: el arte rupestre paleolítico, el arte rupestre levantino y el arte esquemático. En el caso del territorio Castilla-La Mancha, se ha realizado una revisión y puesta al día de los datos sobre los mismos dentro de un estudio general de la Prehistoria y Protohistoria de esta Región (Chapa 2007, Sánchez-Chiquito 2007 y Fernández Rodríguez 2007). Por otra parte, en el

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año 2007, la entonces Dirección General de Patrimonio y Museos encargó la redacción del Plan Regional de Arte Rupestre de Castilla-La Mancha (Caballero Klink, A.; Ortiz del Cueto, J.R. y Oliver Fernández, D. 2007, inédito, archivo de la Dirección General de Cultura).

Arte rupestre paleolítico en Castilla-La Mancha

Es preciso destacar la relevancia que presentan los enclaves con representaciones artísticas correspondientes al paleolítico en las provincias de Guadalajara y Albacete, sobre todo porque las manifestaciones paleolíticas en el territorio castellanomanchego han sido eclipsadas en la historiografía por otras de mayor calado como las que se desarrollan en el norte peninsular, hecho al que debemos unir la idea generalizada de la escasa actividad humana en el centro de la Península debido a las duras condiciones climáticas correspondientes a los momentos finales de la glaciación Würm.

El conjunto más numeroso se localiza en Guadalajara y, en concreto en las cuevas de La Hoz (Santa María del Espino, Cifuentes), Los Casares (Riba de Saelices), El Reno (Valdesotos), El Cojo y Las Ovejas, en las que se desarrollan pinturas y grabados que comienzan en el Gravetiense avanzado (20.000 a.C.) hasta el Magdaleniense medio (11.000 a.C.). Cerca de las dos últimas se localiza la cavidad de Jarama II, en cuyas excavaciones se localizó una pieza de arte mueble, la figura de un glotón realizada sobre marfil fechada en momentos del Paleolítico Superior Final (Chapa 2007: 46). También se han localizado otras piezas de arte mueble, pizarras con grabados, en la Cueva de El Reno.

La Cueva de los Casares es seguramente el yacimiento más interesante, debido a la abundancia de representaciones y a su complejidad. Fue descubierta en 1928 por Rufo Ramírez, maestro de Riba de Saelices, y su hermano Claudio. Será años más tarde cuando Juan Cabré y su hija Mª Encarnación Cabré realicen los primeros trabajos de investigación, publicados en 1934 y 1940. La cueva cuenta con cerca de 200 representaciones paleolíticas, la mayoría grabados, entre las que encontramos, fundamentalmente, caballos, cérvidos, bóvidos y representaciones antropomorfas.

En la provincia de Albacete nos encontramos con la Cueva del Niño (Ayna). Este yacimiento se sitúa al sur de la región en una zona de transición entre la Meseta y Andalucía en el valle del Río Mundo. Descubierta en los años ’70 del siglo XX, en la cueva aparecen representados animales realizados con pintura roja, entre los que destacan cérvidos y cápridos. Cronológicamente debe encuadrarse en el periodo Magdaleniense. En la parte frontal de la cueva, se localizan también representaciones de arte rupestre levantino. Arte rupestre levantino en Castilla-La Mancha

La pintura rupestre levantina se distribuye por la zona oriental de la región castellano- manchega, concretamente en las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara.

Castilla-La Mancha posee numerosas muestras de este arte rupestre en su territorio y disfruta de algunos de los conjuntos y abrigos más singulares de toda la península. Las principales concentraciones se localizan en la Sierra del Segura (Albacete) y en la Sierra de las Cuerdas (Cuenca). Como enclaves más importantes encontramos, en la provincia de Albacete, el Torcal de las Bojadillas y Solana de las Covachas en Nerpio, el Abrigo Grande de Minateda en Hellín o la Cueva de la Vieja y Cueva del Queso en Alpera, y en la provincia de Cuenca, Peña del Escrito y Selva Pascuala en Villar del Humo y la Cueva del Tío Modesto en Henarejos. No existe una cronología precisa para los abrigos levantinos.

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Tradicionalmente se ha considerado un arte de época neolítica, pero algunos autores consideran que algunos de estos yacimientos podrían ser anteriores y por lo tanto habrían sido realizados en el Epipaleolítico. En definitiva, podemos señalar que el arte levantino se movería en el arco cronológico que abarca desde el 10.000 hasta el 6.000 antes del presente.

Hasta el momento, se conocen 93 estaciones con arte rupestre levantino en Castilla-La Mancha, que han obtenido el reconocimiento internacional con su inclusión en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, junto con otras de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Cataluña, Murcia y Comunidad Valenciana, en el año 1998 bajo el epígrafe de Arte rupestre del Arco del Mediterráneo de la Península Ibérica1.

Arte rupestre esquemático en Castilla-La Mancha El término arte esquemático en referencia a este tipo de manifestación pictórica sobre soporte pétreo, se ha generalizado a partir de las publicaciones de las obras de H. Breuil (1924 y 1933), documentos que todavía hoy siguen siendo de obligada referencia para su estudio.

Sin duda, es este arte el que presenta una mayor dispersión geográfica. Lo encontramos en todas las provincias de la Región, aunque tiene una mayor presencia en la provincia de Ciudad Real. En las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara aparece, en muchas ocasiones, compartiendo abrigo o territorio con el arte levantino. En las provincias de Ciudad Real, Toledo y el oeste de Guadalajara va a documentarse en territorios aislados de otros tipos de arte.

El sur de la provincia de Ciudad Real posee una de las concentraciones más importantes y mayores del arte esquemático peninsular, donde se localizan abrigos emblemáticos como Peña Escrita y La Batanera, ambos en el término municipal de Fuencaliente, que tienen el honor de ser los enclaves rupestres de los que se disponen noticias más tempranas, al ser descubiertos en 1783. El abrigo de Peña Escrita se muestra también como uno de los más importantes por su contenido y por el increíble estado de conservación de sus pinturas.

En este sentido, son los enclaves del suroeste de la provincia de Ciudad Real en las Sierras de Alcudia y Madrona y términos aledaños, donde se ha realizado una investigación y catalogación más intensa de estas representaciones artísticas. A comienzos de los años ’80 del siglo XX la publicación de la tesis doctoral de A. Caballero Klink (1983) supuso un hito en el estudio del arte esquemático de la zona. A partir de este estudio de conjunto se han generado, además, publicaciones de divulgación como la de M. Fernández Rodríguez (2001), promocionadas por los Centros de Desarrollo Rural o estudios zonales como el de D. Oliver Fernández sobre la Sierra de la Cerrata (Oliver 2009), subvencionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dispersión del Arte rupestre en Castilla-La Mancha La provincia de Albacete cuenta con 125 yacimientos, el 31,56 % del registro total de arte rupestre de la comunidad y un 69,66 % del de pintura levantina.

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http://eu.www.mcu.es/patrimonio/MC/PatrimonioMundial/BienesDec/ListadoBienes/ArteRupestre.html#

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Tradicionalmente se ha considerado un arte de época neolítica, pero algunos autores consideran que algunos de estos yacimientos podrían ser anteriores y por lo tanto habrían sido realizados en el Epipaleolítico. En definitiva, podemos señalar que el arte levantino se movería en el arco cronológico que abarca desde el 10.000 hasta el 6.000 antes del presente.

Hasta el momento, se conocen 93 estaciones con arte rupestre levantino en Castilla-La Mancha, que han obtenido el reconocimiento internacional con su inclusión en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, junto con otras de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Cataluña, Murcia y Comunidad Valenciana, en el año 1998 bajo el epígrafe de Arte rupestre del Arco del Mediterráneo de la Península Ibérica1.

Arte rupestre esquemático en Castilla-La Mancha El término arte esquemático en referencia a este tipo de manifestación pictórica sobre soporte pétreo, se ha generalizado a partir de las publicaciones de las obras de H. Breuil (1924 y 1933), documentos que todavía hoy siguen siendo de obligada referencia para su estudio.

Sin duda, es este arte el que presenta una mayor dispersión geográfica. Lo encontramos en todas las provincias de la Región, aunque tiene una mayor presencia en la provincia de Ciudad Real. En las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara aparece, en muchas ocasiones, compartiendo abrigo o territorio con el arte levantino. En las provincias de Ciudad Real, Toledo y el oeste de Guadalajara va a documentarse en territorios aislados de otros tipos de arte.

El sur de la provincia de Ciudad Real posee una de las concentraciones más importantes y mayores del arte esquemático peninsular, donde se localizan abrigos emblemáticos como Peña Escrita y La Batanera, ambos en el término municipal de Fuencaliente, que tienen el honor de ser los enclaves rupestres de los que se disponen noticias más tempranas, al ser descubiertos en 1783. El abrigo de Peña Escrita se muestra también como uno de los más importantes por su contenido y por el increíble estado de conservación de sus pinturas.

En este sentido, son los enclaves del suroeste de la provincia de Ciudad Real en las Sierras de Alcudia y Madrona y términos aledaños, donde se ha realizado una investigación y catalogación más intensa de estas representaciones artísticas. A comienzos de los años ’80 del siglo XX la publicación de la tesis doctoral de A. Caballero Klink (1983) supuso un hito en el estudio del arte esquemático de la zona. A partir de este estudio de conjunto se han generado, además, publicaciones de divulgación como la de M. Fernández Rodríguez (2001), promocionadas por los Centros de Desarrollo Rural o estudios zonales como el de D. Oliver Fernández sobre la Sierra de la Cerrata (Oliver 2009), subvencionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dispersión del Arte rupestre en Castilla-La Mancha La provincia de Albacete cuenta con 125 yacimientos, el 31,56 % del registro total de arte rupestre de la comunidad y un 69,66 % del de pintura levantina.

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En la provincia de Ciudad Real todo el registro localizado pertenece al arte rupestre esquemático. Los 175 yacimientos suponen el 49,19 % del registro total de arte rupestre de la comunidad y el 57% del de pintura esquemática.

La provincia de Cuenca cuenta con un número menor de yacimientos que las provincias de Albacete y Ciudad Real, recogiéndose 51 yacimientos que representan el 12,88% del registro de la región, de la que la mayoría pertenecen al arte levantino.

Los 37 yacimientos localizados en la provincia de Guadalajara suponen tan solo el 9,34% del total del registro documentado, pero entre ellos se encuentra el 75% del arte paleolítico de Castilla-La Mancha.

La provincia de Toledo con 8 yacimientos presenta el menor registro de arte rupestre de la región, tan solo el 2,02 %.

La investigación actual del arte rupestre en Castilla-La Mancha

El estudio del arte rupestre y su contexto en Castilla-La Mancha presenta hoy una vitalidad importante. Equipos de diversas universidades y centros de investigación vuelcan sus esfuerzos en el conocimiento de enclaves ya estudiados o en yacimientos nuevos, aplicando nuevas técnicas de investigación que los sitúan en la punta de lanza de la investigación prehistórica peninsular. Así, podemos señalar que se encuentran en curso proyectos de investigación y reestudio del seno dos de la Cueva de los Casares por J. J. Alcolea y R. Balbín (Universidad de Alcalá de Henares); un proyecto de monitorización y valoración del estado de conservación de sitios con arte rupestre al aire libre en Castilla-La Mancha liderado por J. F. Ruiz López (Universidad de Castilla-La Mancha) y subvencionado por la Dirección General de Cultura; la excavación y estudio del territorio de varios enclaves con arte rupestre con cronologías transicionales ente el Epipaleolítico y el Neolítico en el término municipal de Hellín desarrollado por el equipo de A. Mingo (Universidad Nacional de Educación a Distancia) y F. J. López Precioso (Museo de Hellín) o las investigaciones sobre análisis de pigmentos, soportes pétreos y pátinas del Abrigo Grande de Minateda llevados a cabo por el equipo de M. Más Cornellá (Universidad Nacional de Educación a Distancia) recientemente publicados en revistas de impacto (Mas Cornellá et alii 2013).

PROTEGER PARA CONSERVAR La protección del arte rupestre es una obligación que compete a todos los ciudadanos y a las administraciones, tal y como se establece en la ley de patrimonio histórico español de 1985. Es una obligación que debe ser asumida aunque no se conozca ni siquiera la propia existencia de la ley. Esta protección podría entenderse con el fin básico de evitar su deterioro, pérdida o destrucción. La manera en que cada uno pone en práctica este mandato depende, obviamente, de los mecanismos con los que cuenta para ello.

A pesar de los principios expresados en esta ley estatal, la protección del arte rupestre en nuestro país ha sido muy deficiente, en general. Precisamente por tratarse de un mandato genérico que afecta a cualquier manifestación rupestre, conocida o desconocida2, ha dado lugar a una ausencia de normativa y reglamentación específica que aborde los problemas concretos que implica la protección de estos bienes.

2 Artículo 40.2. “Quedan declarados Bienes de Interés Cultural por ministerio de esta Ley las

cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre.” Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español. (B.O.E. 155 de 29-06-85).

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Es por esta razón por la que el planteamiento de la nueva ley de patrimonio cultural de Castilla-La Mancha ha evitado cualquier declaración genérica. Desde luego, continúa vigente la protección genérica establecida por la ley nacional. Pero teniendo en cuenta los años transcurridos desde su promulgación, debemos destacar que nuestra nueva ley autonómica aboga por abordar cada caso de forma concreta a través de las declaraciones individualizadas de cada bien, en cuyo anexo, además de recogerse la descripción de los bienes, deberán reflejarse las medidas de salvaguarda y conservación de dichos bienes de forma específica.

Se establecerá, además, un entorno de protección que diferenciará entre manifestación rupestre, yacimiento, entorno, paisaje y territorio. Por sorprendente que pueda parecer, en Castilla-La Mancha, donde hay documentados más de 400 sitios, no se ha declarado hasta ahora ningún entorno de un bien de arte rupestre. En este sentido, debemos señalar que se encuentra en elaboración un protocolo para determinar el procedimiento de declaración de entorno, que será específico y razonado en cada caso. Contendrá, además, la zonificación del espacio en función del tipo de afección que pueda implicar para el bien y las medidas preventivas para impedir o minimizar estas afecciones. Esto ayudará también a la gestión del suelo en los términos municipales correspondientes dado que esta información se incorpora a los planes de ordenación municipal.

CONSERVAR PARA DIFUNDIR En relación con las medidas de conservación, la declaración deberá contener obligatoriamente, además de la descripción de los bienes, su estado de conservación y las medidas de salvaguarda y conservación de dichos bienes de forma específica.

El espíritu de la ley recoge también en este aspecto la necesidad de concretar y definir actuaciones. También cuando se refiere a cualquier intervención que se realice sobre un bien. Es necesario abordar cada caso de forma concreta y por ello se concede gran importancia a los proyectos e informes que se presentan en relación con cada actuación. Esta cuestión presenta gran interés porque cuando se analizan estos documentos no se hace de forma meramente administrativa sino realizando un análisis técnico real. Es este el contenido de los artículos 27 y 28 de la nueva norma regional. La ley 4/2013 insiste en la necesidad de que cada aspecto del trabajo debe ser realizado por el profesional adecuado de forma que su labor contenga un compromiso con los resultados. Además, se concretan los criterios de intervención sobre los bienes. Resultaba imprescindible reconocer los métodos y técnicas actuales, la multidisciplinariedad de la actividad sobre el patrimonio, el reconocimiento de la conservación preventiva y la conservación activa.

La descripción de los procedimientos de declaración de bienes, el registro en un Catálogo, la información preceptiva de actuaciones que pueden tener consecuencias sobre el patrimonio, la gestión a través de un inventario, incrementan las garantías jurídicas de los ciudadanos en su relación con el patrimonio, sea ésta de la naturaleza que sea3.

Además de lo señalado, la nueva ley de patrimonio cultural concede gran importancia a que la declaración del bien contenga, como dice el artículo 14, los criterios que deberán regir las intervenciones que se realicen en este sentido y la inclusión, conforme al artículo 27, del programa de mantenimiento y conservación del bien objeto de cualquier intervención. Estas dos cuestiones son una novedad absoluta dentro del panorama

3 Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha (D.O.C.M. nº 100 de

24-05-2013).

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Es por esta razón por la que el planteamiento de la nueva ley de patrimonio cultural de Castilla-La Mancha ha evitado cualquier declaración genérica. Desde luego, continúa vigente la protección genérica establecida por la ley nacional. Pero teniendo en cuenta los años transcurridos desde su promulgación, debemos destacar que nuestra nueva ley autonómica aboga por abordar cada caso de forma concreta a través de las declaraciones individualizadas de cada bien, en cuyo anexo, además de recogerse la descripción de los bienes, deberán reflejarse las medidas de salvaguarda y conservación de dichos bienes de forma específica.

Se establecerá, además, un entorno de protección que diferenciará entre manifestación rupestre, yacimiento, entorno, paisaje y territorio. Por sorprendente que pueda parecer, en Castilla-La Mancha, donde hay documentados más de 400 sitios, no se ha declarado hasta ahora ningún entorno de un bien de arte rupestre. En este sentido, debemos señalar que se encuentra en elaboración un protocolo para determinar el procedimiento de declaración de entorno, que será específico y razonado en cada caso. Contendrá, además, la zonificación del espacio en función del tipo de afección que pueda implicar para el bien y las medidas preventivas para impedir o minimizar estas afecciones. Esto ayudará también a la gestión del suelo en los términos municipales correspondientes dado que esta información se incorpora a los planes de ordenación municipal.

CONSERVAR PARA DIFUNDIR En relación con las medidas de conservación, la declaración deberá contener obligatoriamente, además de la descripción de los bienes, su estado de conservación y las medidas de salvaguarda y conservación de dichos bienes de forma específica.

El espíritu de la ley recoge también en este aspecto la necesidad de concretar y definir actuaciones. También cuando se refiere a cualquier intervención que se realice sobre un bien. Es necesario abordar cada caso de forma concreta y por ello se concede gran importancia a los proyectos e informes que se presentan en relación con cada actuación. Esta cuestión presenta gran interés porque cuando se analizan estos documentos no se hace de forma meramente administrativa sino realizando un análisis técnico real. Es este el contenido de los artículos 27 y 28 de la nueva norma regional. La ley 4/2013 insiste en la necesidad de que cada aspecto del trabajo debe ser realizado por el profesional adecuado de forma que su labor contenga un compromiso con los resultados. Además, se concretan los criterios de intervención sobre los bienes. Resultaba imprescindible reconocer los métodos y técnicas actuales, la multidisciplinariedad de la actividad sobre el patrimonio, el reconocimiento de la conservación preventiva y la conservación activa.

La descripción de los procedimientos de declaración de bienes, el registro en un Catálogo, la información preceptiva de actuaciones que pueden tener consecuencias sobre el patrimonio, la gestión a través de un inventario, incrementan las garantías jurídicas de los ciudadanos en su relación con el patrimonio, sea ésta de la naturaleza que sea3.

Además de lo señalado, la nueva ley de patrimonio cultural concede gran importancia a que la declaración del bien contenga, como dice el artículo 14, los criterios que deberán regir las intervenciones que se realicen en este sentido y la inclusión, conforme al artículo 27, del programa de mantenimiento y conservación del bien objeto de cualquier intervención. Estas dos cuestiones son una novedad absoluta dentro del panorama

3 Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha (D.O.C.M. nº 100 de

24-05-2013).

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normativo relativo al patrimonio cultural y creemos fundamental enfatizar su importancia. La conservación activa es imprescindible para la preservación de los bienes a largo plazo y constituye un compromiso de todas las partes implicadas, desde el promotor de una intervención o actividad hasta la administración competente que debe contrastar su cumplimiento. Es una tarea que nos concierne a todos.

La conservación del arte rupestre es un tema complicado y no exento de polémica. A pesar de la prolija investigación que se ha realizado sobre distintos tipos de actuaciones e intervenciones, pocas directrices generales se pueden dar. El deterioro del arte rupestre depende de la incidencia de factores a varios niveles como son la propia manifestación, el soporte sobre el que se ubica y las condiciones ambientales a las que se encuentra sometida.

La conservación de los bienes se favorece desde el momento en que se reconoce su valor cultural con una declaración expresa. A partir de entonces entran en juego otro tipo de acciones como son la protección física de los bienes y las actuaciones de conservación activa.

En este sentido, la Dirección General de Cultura ha impulsado y apoyado diversos trabajos de investigación que buscan contrastar métodos de trabajo que permitan establecer protocolos de actuación. No hace falta señalar que el análisis inicial debe abordar las causas del deterioro y que cualquier actuación debe regirse por el criterio de la mínima intervención. Es imprescindible también evaluar el resultado de los procedimientos aplicados.

Siguiendo esta línea de trabajo, por ejemplo se ha realizado la investigación desarrollada en la Cueva de los Casares en Guadalajara. El estudio del estado de conservación de los grabados ha incluido una evaluación a lo largo de varios años de las condiciones medioambientales al interior de la cueva a través de un sistema de sensores de temperatura, humedad y CO2, alimentados por paneles solares, que ha permitido conocer y controlar la incidencia de las visitas públicas y cuyas conclusiones han dado lugar a la regulación del flujo de las mismas4.

En el Abrigo Grande de Minateda en Albacete, se ha realizado una intervención de limpieza del panel en dos fases con una diferencia de varios años5, de manera que ha sido posible comprobar la adecuación del método.

Más recientemente se han realizado varios trabajos que incorporan el uso de nuevas tecnologías para documentar gráficamente en alta resolución las manifestaciones rupestres y el propio soporte6. La georreferenciación de estas imágenes permitirá usarlas para realizar un seguimiento regular del estado de conservación dado que también se reflejan las patologías que les afectan.

4 Estos trabajos han quedado recogidos en los diversos informes presentados y custodiados en el

archivo de la Dirección General de Cultura por sus autores bajo la dirección y coordinación de Ernesto García-Soto Mateos. Ver también GARCÍA, M., SARRÓ, I., GARCÍA-SOTO, E. “Incidencia de las visitas en la dinámica ambiental de la Cueva de los Casares (Riba de Saelices, Guadalajara): bases para un diseño de gestión.” En J.J. Durán y L. López-Martínez (Eds.) (2009): Cuevas turísticas, cuevas vivas. Asociación de Cuevas Turísticas Españolas, pp 103-117.

5 Trabajos dirigidos y realizados por Eudald Guillamet. 6 Proyecto de investigación dirigido por Juan Francisco Ruiz López.

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DIFUSIÓN, RECURSO CULTURAL Y RECURSO TURÍSTICO Estos criterios son igualmente válidos para las actuaciones de musealización y puesta en valor. Hay que decidir qué se musealiza, cuándo, cómo y por qué. Es importante señalar que no todo es musealizable. Porque no se entiende, porque no es accesible, porque puede resultar repetitivo. Debemos centrar los esfuerzos en aquellas manifestaciones que aporten un valor añadido a la difusión y divulgación de un patrimonio que bien gestionado puede ser una fuente de conocimiento, investigación y desarrollo sostenible.

La difusión del arte rupestre debe ser entendida desde un concepto global, en el que la visita a la manifestación artística sea el eje central de una experiencia que también incluya otro tipo de actividades complementarias que ayuden a comprender mejor su valor patrimonial al enmarcarlo en su entorno natural y, a la vez, contribuyan a desarrollar un modelo de visita más atractivo y variado, que contribuya a dinamizar la economía de la comarca, que, de este modo, se sentirá más involucrada en el fomento de la protección y difusión del bien patrimonial.

La difusión se entiende como la apreciación, comprensión y disfrute del bien cultural por parte de los ciudadanos. Sin una adecuada protección y conservación de los bienes su difusión no resulta fácil y, probablemente, no resultaría adecuado intentarlo.

La labor de los agentes locales en la parte final de este proceso de reversión del bien patrimonial al ciudadano es extraordinariamente importante. En primer lugar, porque su capacidad de acceso y control de los bienes es superior a la de cualquier otro agente. En segundo lugar, porque su interés por la valoración de los bienes forma parte de su vinculación con el territorio.

La difusión de los bienes culturales y la divulgación científica se pueden realizar de muy diversas maneras. En el contexto del arte rupestre se trata de acercar al ciudadano un contenido cultural vinculado al medio natural y aprovechar las cualidades del paisaje como reclamo turístico para propiciar el desarrollo económico de la zona, sustentado en el respeto y la sostenibilidad de sus valores.

La acción de los agentes locales debe dirigirse en varios sentidos, pero podríamos destacar dos fundamentales. Por un lado, en la conversión de un recurso cultural en un recurso turístico que sirva para la dinamización económica de un territorio dentro del concepto de desarrollo sostenible. Debemos tener muy presente que un recurso cultural no es en sí mismo un recurso turístico. No basta por sí sólo para facilitar la llegada de visitantes que generen beneficios económicos.

Es imprescindible diseñar una estrategia donde se establezcan unos objetivos que se alcanzarán a través de la puesta en marcha de acciones adecuadamente planificadas y sujetas a los criterios de intervención ya señalados. Pero lo más interesante es establecer mecanismos de evaluación de los resultados. De esta manera se puede ir reajustando el producto a la demanda. Es necesario valorar la capacidad de carga, el público potencial y los públicos objetivos. Hay que ordenar las acciones para establecer una priorización entre ellas.

Los beneficios económicos y sociales sobre el territorio, por otra parte, deben colocarse en el platillo opuesto de la balanza del que se colocan los efectos nocivos sobre el medio ambiente y los propios bienes culturales. Y hay que estar pendientes del fiel de la balanza. Incluso hay que prever estrategias para aminorar estos efectos nocivos. Hay que fijar el umbral de sostenibilidad del sistema.

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DIFUSIÓN, RECURSO CULTURAL Y RECURSO TURÍSTICO Estos criterios son igualmente válidos para las actuaciones de musealización y puesta en valor. Hay que decidir qué se musealiza, cuándo, cómo y por qué. Es importante señalar que no todo es musealizable. Porque no se entiende, porque no es accesible, porque puede resultar repetitivo. Debemos centrar los esfuerzos en aquellas manifestaciones que aporten un valor añadido a la difusión y divulgación de un patrimonio que bien gestionado puede ser una fuente de conocimiento, investigación y desarrollo sostenible.

La difusión del arte rupestre debe ser entendida desde un concepto global, en el que la visita a la manifestación artística sea el eje central de una experiencia que también incluya otro tipo de actividades complementarias que ayuden a comprender mejor su valor patrimonial al enmarcarlo en su entorno natural y, a la vez, contribuyan a desarrollar un modelo de visita más atractivo y variado, que contribuya a dinamizar la economía de la comarca, que, de este modo, se sentirá más involucrada en el fomento de la protección y difusión del bien patrimonial.

La difusión se entiende como la apreciación, comprensión y disfrute del bien cultural por parte de los ciudadanos. Sin una adecuada protección y conservación de los bienes su difusión no resulta fácil y, probablemente, no resultaría adecuado intentarlo.

La labor de los agentes locales en la parte final de este proceso de reversión del bien patrimonial al ciudadano es extraordinariamente importante. En primer lugar, porque su capacidad de acceso y control de los bienes es superior a la de cualquier otro agente. En segundo lugar, porque su interés por la valoración de los bienes forma parte de su vinculación con el territorio.

La difusión de los bienes culturales y la divulgación científica se pueden realizar de muy diversas maneras. En el contexto del arte rupestre se trata de acercar al ciudadano un contenido cultural vinculado al medio natural y aprovechar las cualidades del paisaje como reclamo turístico para propiciar el desarrollo económico de la zona, sustentado en el respeto y la sostenibilidad de sus valores.

La acción de los agentes locales debe dirigirse en varios sentidos, pero podríamos destacar dos fundamentales. Por un lado, en la conversión de un recurso cultural en un recurso turístico que sirva para la dinamización económica de un territorio dentro del concepto de desarrollo sostenible. Debemos tener muy presente que un recurso cultural no es en sí mismo un recurso turístico. No basta por sí sólo para facilitar la llegada de visitantes que generen beneficios económicos.

Es imprescindible diseñar una estrategia donde se establezcan unos objetivos que se alcanzarán a través de la puesta en marcha de acciones adecuadamente planificadas y sujetas a los criterios de intervención ya señalados. Pero lo más interesante es establecer mecanismos de evaluación de los resultados. De esta manera se puede ir reajustando el producto a la demanda. Es necesario valorar la capacidad de carga, el público potencial y los públicos objetivos. Hay que ordenar las acciones para establecer una priorización entre ellas.

Los beneficios económicos y sociales sobre el territorio, por otra parte, deben colocarse en el platillo opuesto de la balanza del que se colocan los efectos nocivos sobre el medio ambiente y los propios bienes culturales. Y hay que estar pendientes del fiel de la balanza. Incluso hay que prever estrategias para aminorar estos efectos nocivos. Hay que fijar el umbral de sostenibilidad del sistema.

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Desde el ámbito de la cultura podemos acompañar el proceso. Debemos hacerlo. Al igual que desde el ámbito del medio ambiente. Pero no debemos olvidar que nuestra función se circunscribe a la protección, conservación, investigación y en esta fase, a la tutela de la transmisión del conocimiento científico. No obstante, aunque la difusión es, en primera instancia, la transmisión de contenidos, de ese conocimiento adquirido científicamente, en contextos lúdicos y de ocio debe ser además un acto ameno en el que se integren ideas, emociones y sensaciones. La difusión de un recurso cultural requiere la aplicación de métodos didácticos apropiados y diferenciados que faciliten a los diversos tipos de visitantes la comprensión y aprehensión de los conceptos básicos que describen, caracterizan e identifican los principios fundamentales del recurso cultural y su entorno.

Es en este otro aspecto donde la acción de los agentes locales es fundamental: en la tarea de formación de guías e intérpretes de patrimonio. A todos los niveles. Sólo con un conocimiento consciente y razonado se valora adecuadamente el bien y se asegura el éxito de las acciones que generan el recurso turístico. La sensibilización de la población local es fundamental tanto para hacer entender que la puesta en marcha de estos recursos genera unas plusvalías sobre otros sectores que aconsejan una retroalimentación del recurso como porque los beneficios obtenidos deben redundar en el mantenimiento del bien, precisamente para que siga incrementando su valor añadido.

Pero hay también que evaluar otros aspectos más allá de los cuantitativos. La capacitación de los profesionales responsables de mediar entre el arte rupestre y los visitantes es importante tal y como demuestran los estudios de público realizados en algunos sitios como en el propio Museo de Altamira. Se ha constatado la preferencia del público por los guías como recurso primordial. Necesitamos perfiles de divulgadores con capacitación suficiente que sean capaces de convertir una visita a un recurso patrimonial en una experiencia única e inolvidable.

La Dirección General de Cultura de Castilla-La Mancha, consciente de la necesidad de la implicación por parte de los agentes locales, está trabajando en una doble dirección. Por un lado, se están desarrollando convenios de colaboración con entidades locales como ayuntamientos y diputaciones para facilitar que colaboren en la gestión del recurso cultural en su aspecto más lúdico que asegure un importante retorno económico. Así, se han firmado convenios para la explotación de las actividades de difusión y de ocio de los parques arqueológicos de Segóbriga, Carranque, Alarcos y Recópolis, del castillo de Calatrava la Nueva y de los yacimientos de Calatrava la Vieja y la Motilla del Azuer. Y por otra parte, se ha licitando en concurso público la gestión de yacimientos como Ercávica, El Ceremeño, Monasterio de Monsalud y Cueva de los Casares. El interés de los entornos locales por estos bienes se ha puesto de manifiesto precisamente durante los meses que muchos de estos sitios permanecieron cerrados al público mientras se modificaba el sistema de gestión anterior.

En el caso del arte rupestre, en Castilla-La Mancha tan sólo se pueden visitar actualmente cinco o seis sitios. Todos ellos están bajo la responsabilidad directa de los ayuntamientos en cuyo término se ubican. Estas visitas son guiadas en algunos casos, a veces se pagan, pueden ser acompañadas de recursos museográficos o no. No son visitas regulares, no se programan actividades periódicas: no existe un plan de gestión. Es decir, realmente no constituyen recursos turísticos, aunque tengan un enorme potencial para llegar a serlo.

En este sentido, la Asociación para el Desarrollo Sostenible del Valle de Alcudia representa un ejemplo pionero en Castilla-La Mancha. La asociación trabaja en el desarrollo del territorio aunando esfuerzos de administraciones y sociedad civil con el fin

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de favorecer un desarrollo económico sostenible de la comarca, basado en sus ricos recursos culturales y naturales7, que con una adecuada gestión pueden llegara a constituirse en un eje que dinamice la economía de una comarca que necesita generar fuentes de desarrollo complementarias a las actividades tradicionales. Aunque este proyecto aún se encuentra en una fase inicial, entendemos que se trata de un interesante proceso, cuyo modelo sería perfectamente exportable a otros ámbitos de nuestra comunidad autónoma con recursos similares y parecidas circunstancias sociales y económicas.

Una adecuada política de protección y conservación del patrimonio unida a una apropiada labor de difusión y divulgación y a una gestión moderna y respetuosa de los recursos patrimoniales puede constituir, sin duda, un elemento básico para el desarrollo social, cultural y económico de buena parte de nuestro territorio regional.

ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1. Glotón de la Cueva de los Casares (Riba de Saelices, Guadalajara). Fotografía de

Ángel M. Sánchez. Archivo de la Dirección General de Cultura. Figura 2. Detalle del abrigo de Selva Pascuala (Villar del Humo, Cuenca). Figura 3. Detalle del abrigo de Peña Escrita (Fuencaliente, Ciudad Real). Figura 4. Paisaje desde la boca de la Cueva del Niño (Ayna, Albacete). Figura 5. Esquema de la estrategia para la puesta en marcha del sistema de recurso cultural

a recurso turístico. Figura 6. Umbral de sostenibilidad del sistema.

Figura 1

7 www.valledealcudia.net

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de favorecer un desarrollo económico sostenible de la comarca, basado en sus ricos recursos culturales y naturales7, que con una adecuada gestión pueden llegara a constituirse en un eje que dinamice la economía de una comarca que necesita generar fuentes de desarrollo complementarias a las actividades tradicionales. Aunque este proyecto aún se encuentra en una fase inicial, entendemos que se trata de un interesante proceso, cuyo modelo sería perfectamente exportable a otros ámbitos de nuestra comunidad autónoma con recursos similares y parecidas circunstancias sociales y económicas.

Una adecuada política de protección y conservación del patrimonio unida a una apropiada labor de difusión y divulgación y a una gestión moderna y respetuosa de los recursos patrimoniales puede constituir, sin duda, un elemento básico para el desarrollo social, cultural y económico de buena parte de nuestro territorio regional.

ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1. Glotón de la Cueva de los Casares (Riba de Saelices, Guadalajara). Fotografía de

Ángel M. Sánchez. Archivo de la Dirección General de Cultura. Figura 2. Detalle del abrigo de Selva Pascuala (Villar del Humo, Cuenca). Figura 3. Detalle del abrigo de Peña Escrita (Fuencaliente, Ciudad Real). Figura 4. Paisaje desde la boca de la Cueva del Niño (Ayna, Albacete). Figura 5. Esquema de la estrategia para la puesta en marcha del sistema de recurso cultural

a recurso turístico. Figura 6. Umbral de sostenibilidad del sistema.

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Recibido: 15 de octubre de 2014 Aceptado: 21 de octubre de 2014