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    Reforma Procesal Penal Principios y Garantías

    • Hay una serie de clasificaciones. Nosotros seguiremos a Sabas Chauan Sarrás. Así hay:

    1. - Principios Constitucionales.

    2. - Principios de los Tratados Internacionales.3. - Principios y Garantías que están en el Código Procesal Penal.

    1. – Principios y Garantías Constitucionales• En general todos ellos vienen deldebido proceso. Con el tiempo se ha producido

    una constitucionalización de las instituciones del derecho. Los tratadosinternacionales han adquirido fuerza por los derechos humanos. A través deldebido proceso, se pueden tomar 3 sentidos.

    1. -Ejercer y proteger las garantías penales de carácter material o sustantivo.

    2. -Servir de limite al ius puniendo estatal.

    3. -Servir como legitimidad del estado de derecho.

    a) Debido Proceso o un Juicio Justo

    •  Art. 19 N° 3 inciso 5° de la Constitución. Es la garantía de las garantías. “Toda

    sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un

     proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador

    establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación

    racionales y justos.”

    • La expresión “sentencia” no es la judicial. Este inciso asegura:

    1. - Proceso previo legalmente tramitado.

    2. -Bilateralidad.

    3. -Juez Competente.

    4. -Derecho a Defensa.

    • En definitiva lo que se protege o garantiza es un Procedimiento y una

    investigación racional y justo. Será el juez quien vele por la aplicación de estanormativa, y el legislador el encargado de resguardarla. Concorde con el ello es el

    art. 10 del Código Procesal Penal que regula lacautela de las garantías porparte del Juez de Garantía.

    Contenido de la Garantía

    •  Tiende a asegurar mínimamente al imputado frente a la acusación. Ellas son:

    1. -Existencia de un Juez Natural. Que lo juzgue un tribunal competente y no porcomisiones especiales.

    2. -Que el juez sea independiente externamente e imparcial. Que no esté sujeto aninguna potestad de ningún órgano del estado que lo pueda obligar a fallar deuna determinada manera. Expresamente lo dice el C.P.P.1 

    3. -Que el proceso sea efectivamente contradictorio. Se debe poder contradecir

    las pruebas presentadas.

    1 En adelante el C.P.P. será el Código Procesal Penal y el C.P.P. de 1906 el antiguo

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    4. -Que exista igualdad entre la acusación y la defensa. No como en el sumario

    penal.

    5. - Publicidad del Procedimiento. Legitima mucho más el procedimiento.

    6. -La solución del proceso en un plazo razonable. Entendiendo por solución eltermino del procedimiento. El 281 del C.P.P., nos dice que la investigación nopuede durar más allá de 2 años. El plazo lo fija el Juez de Garantía.

    7. - Presunción de Inocencia. Nunca se presumirá ni de derecho ni legalmente la

    responsabilidad.

    b) Derecho a Defensa

     Art. 19 N° 3 inc. 2: “Toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la

     forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir,

    restringir o perturbar la debida intervención del letrado, si hubiere sido

    requerida. Tratándose de los integrantes de las FF.AA. y de Orden y

    Seguridad Pública, este derecho se regirá en lo concerniente a lo

    administrativo y disciplinario, por las normas pertinentes de sus

    respectivos estatutos.”•  Todas estas garantías además, de estar referidas al procedimiento mismo, se

    abarca lainvestigación.

    • El antiguo y mal proceso, cambia en cuanto a ala defensa, con laDefensoría

     Penal Pública. La defensa debe serdebida es decir, una actuación pertinente yrespetuosa, conforme a la ley.

    • La defensa debe seradecuada, según el art. 10. El art. 102 establece el derecho

    a elegir libremente a un defensor, no es obligación que sea el del turno. Es más siquiere puede defenderse personalmente. Pero la defensa debe estar, ya que si no

    está en las audiencias, ésta falta acarreará lanulidad de la actuación. Art.

    103.• El art. 373 establece que una de las causales del recurso de nulidad es justamente la infracción a una garantía constitucional.

    c) Principio de la Igualdad

    •  Art. 19 N° 2 inc. 1: “La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni

    grupos privilegiados...” el N° 3 del art. 19 establece otra igualdad: “La igual

     protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.” Es una garantía procesal.

    • Esta garantía implica que toda persona que recurra a los tribunales debe seratendido por éstos de acuerdo a las leyes comunes para todos y bajo unprocedimiento igual y fijo.

    d) Derecho al Tribunal Común u Ordinario Preestablecido por la Ley o Juez Natural•  Art. 19 N° 3 inc. 4: “Nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino

     por el tribunal que le señale la ley y que se halle establecido con

    anterioridad por ésta.” Debe ser:

    1. -Independiente. De agentes externos. No es un principio expresamente dicho el dela independencia, pero se manifiesta en la inavocabilidad, establecida en el art.73. La independencia está dada por los tratados internacionales.

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    2. -Imparcial. No está en la Constitución, pero si en el C.P.P. en el art. 1.Es una

    prohibición y en los contenidos tenemos:a) Las personas tienen derecho a que su causa sea conocida y resuelta por un

    tribunal. b) Tribunal preestablecido por la ley, es decir, constituido con anterioridad al

    inicio del proceso.e) Otras Garantías

    1. -La prohibición de presumir de derecho la responsabilidad penal. Art. 19 N°3 inc. 6°. En realidad, la presunción de inocencia, debería excluir incluso lapresunción de responsabilidad legal. Art. 4 del C.P.P.

    2. - Art. 19 N° 7° letra f). Es la prohibición de autoinculparse ni ser obligado adeclarar en contra de sus cónyuge, ascendiente, descendiente y demás personas.La declaración del inculpado no es obligatoria y solo se da si quiere. Ladeclaración del imputado tiene la validez de un testigos. Se considera como unmedio de defensa.

    2. – Garantías Procesales establecidas en Tratados Internacionales

    • El art. 5 de la constitución es básico. Es deber del estado respetar y promover losDD.HH. garantizados por la constitución, así como los establecidos por los

     Tratados Internacionales ratificados por Chile. Hay 2 tratados básicos:1. - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.2. -Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos, artículo 141. -Igualdad ante la justicia. Establece el derecho a ser oído públicamente, al

    tribunal imparcial e independiente, establecido por ley. La sentencia será publica,salvo en el caso de menores de edad, o causas matrimoniales o de tutela.

    2. - Presunción de Inocencia. Toda persona acusada de un delito, no es culpable

    sino hasta que se pruebe su culpabilidad.

    3. -Garantías Mínimas.a) Derecho a la información de la naturaleza y causas de la acusación en su

    contra, en su idioma. b) Derecho a una defensa oportuna.

    c) A ser juzgada sin dilaciones indebidas;d) Estar presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistido por

    un defensor. Todo gratis.e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la

    comparecencia de los testigos de descargo.f) A ser asistida gratuitamente por un interprete, si no comprende o no habla

    el idioma empleado en el tribunal;g) A no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable.

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    4. - Derechos en cuanto a los menores. Se debe procurar su readaptación social.

    5. - Derecho a la consulta. Las sentencias condenatorias deberán ser consultadas.

    6. - Derecho a la Indemnización. Si un condenado es encontrado posteriormenteafectado de un error judicial, deberá ser indemnizado, a menos que se demuestreque le es imputable el no haberse revelado el hecho desconocido a tiempo.

    7. - Nos bis in idem. Nadie puede ser juzgado 2 veces por un mismo hecho.Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 8

    1. -Derecho a un justo y debido proceso.

    2. - Presunción de inocencia.a) Derecho del imputado a ser asistido gratuitamente.

     b) Comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada.c) Concesión al inculpado del tiempo y de los medios adecuados para la

    preparación de su defensa;d) Derecho del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un

    defensor de su elección.e) Derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el

    Estado, remunerado o no.

    f) Derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal yde obtener la comparecencia.

    g) Derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararseculpable, y

    h) Derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.3. -La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de

    ninguna naturaleza.4. -El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.

    5. -El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar

    los intereses de la justicia.

    3. – Garantías del Nuevo Código Procesal Penal• El Titulo I, del Libro I del nuevo Código Procesal Penal, artículos, 1 al 13, contiene

    los principios básicos del código.•

    1. -Juicio Previo o Principio del Debido Proceso. Art. 1 del C.P.P. Nadie puede sercondenada o penada ni sometida a las medidas de seguridad del código, sino en

     virtud de un juicio debido. Art. 19 N° 3 inc. 5. El contenido es:a) Solo una sentencia fundada puede condenar y absolver o someter a medidas

    de seguridad. b) Un tribunal que debe ser imparcial e independiente.

    c) Derecho para el imputado:Tiene el derecho a un Juicio Oral y Público.

    Es un derecho. Se cuestiona que los acuerdos reparatorios y la suspensióncondicional del procedimiento sean una infracción a este derecho. No soninfracciones, ya que es un derecho que puede ser renunciado o cambiado

    siemprepor voluntad del imputado.

    2. -Única Persecución. Se refiere al principio delnon bis in ídem. Art. 1 inc. 2.

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    3. -Juez Natural. Art. 2 del C.P.P. y 19 N° 3 inc. 4 de la Constitución. Hay una

    pequeña diferencia en la redacción, ya que el C.P.P. habla de que eltribunal debeestar establecido con anterioridad a la perpetración del hecho y la constituciónhabla de queel tribunal debe estar establecido con anterioridad a ésta, no es claro

     y algunos dice que con anterioridad al juicio, lo cual no es obviamente el sentido

    de la norma, sino queanterior a la perpetración del hecho.

    4. - Exclusividad de la Investigación Penal. Art. 3. Esta exclusividad la tiene elMinisterio Público, solo él podrá investigar. En cuanto a las policías, éstas estánsubordinadas en todo lo referente a la investigación, a la decisión del fiscal. Elfiscal elige si investiga con Investigaciones o Carabineros, Pero por ley primeroestá investigaciones. Art. 77. El art. 80 A de la constitución, recoge también esteprincipio de la exclusividad en la investigación.

    5. - Presunción de Inocencia del Imputado. Art. 4. La norma dice que no se podrá presumir ni de derecho ni legalmente la responsabilidad penal, pero es más, ni

    siquiera debe sertratada como tal, es decir, debe dársele trato de inocente. Poresta garantía, se ha criticado al código de ser muy garantista, pero es la eternalucha.

    Características de la presunción de Inocencia

    a) Es un concepto fundamental del moderno Derecho Procesal Penal. Lasautoridades estatales y judiciales deben tratarlo como inocente al imputado

     y su culpabilidad solo se prueba en el Juicio Oral. Es el Ministerio Públicoquien tiene la carga de la prueba, salvo ciertas pruebas preconstituidas.

     b) Es una presunción “iuris tantum”. Es decir, la presunción puededesvirtuarse.

    Consecuencias de la presunción de inocencia

    a) El respeto del estado de inocencia. Por ello, el imputado puede ejercer

    una serie de derechos desde el inicio de la investigación. El art. 7 inc. 2

    establece cuando es elinicio de la investigación: cualquier diligencia ogestión, sea de investigación, cautelar u otra, que se realice por o ante eltribunal, el M.P. o la policía.

     b) La declaración del imputado. No es obligatoria y a diferencia del antiguo,es considerado un medio de defensa.

    c) Convicción para condenar. La duda de los jueces, debe beneficiar al

    imputado absolviéndolo. Art. 340. La ley contempla que para condenar debeexistir una certeza mas allá de toda duda razonable. Esto no debeconfundirse con el Principio In Dubio Pro Reo.

    d) En cuanto a las medidas cautelares. Están bien restringidas. El art. 122

    establece el principio general, ya que se aplicarán cuando seaabsolutamente indispensable y mientras subsista la necesidad.

    e) La investigación tiene un plazo limitado. Una investigación muy

    extendida puede afectar todo, por ello, el plazo lo fijará el Juez de Garantía,plazo que no puede exceder de 2 años. Si la investigación es muy larga, enrealidad, la carga de la prueba, se traslada al imputado, ya

    que en realidad será el quien termina demostrando su inocencia.

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    f) Derechos del imputado. Tanto el imputado libre, como el imputado privado

    de libertad, en los arts. 93 y 94. Estos artículos establecen la lista de losderechos y garantías del imputado.

    6. - Principio de la Legalidad de las Medidas Privativas o Restrictivas de

    libertad. Art. 5 (122 y sgtes.) No se puede someter a ninguna persona a una

    medida de restricción de libertad y otros rwwderechos, resguardándolo de 3formas:

    a) Prohibición de aplicar estas medida cautelares, sino en la forma quelo establece la Constitución y las Leyes.

     b) La interpretación de las medidas que autoricen estas medidas

    cautelares, será Restrictiva. Siempre se aplica la más favorable alimputado. Ej., si se le cita, no se le puede detener.

    c) Se prohíbe la aplicación de las medidas restrictivas de libertad o

    derechos por analogía. No se puede aplicar al aforismo,donde existe la

    misma razón, existe la misma disposición.

    7. - Principio de la Protección a la Víctima. Art. 6. es un deber que se le encarga alM.P. y el Juez de Garantía deberá velar por la vigencia de sus derechos durantetodo el procedimiento. En el antiguo proceso, nadie se preocupaba de la victima.

     Ahora, el Ministerio Público para poder garantizar esta preocupación, debe:a) Promover acuerdos patrimoniales. Puede que se solucione el problema con

    solo la devolución de la especie, etc. b) Medidas cautelares.c) Otros mecanismos que facilitan la reparación del daño causado. Este deber no

    importará el ejercicio de las acciones civiles que pudieren corresponderle ala víctima, por el fiscal no es representante del demandante.

    • El art. 108 establece el concepto de víctima:es victima el ofendido por el

    delito. En su inciso 2° se amplia el concepto para casos de muerte de la victima, etc.

    8. -Calidad del Imputado. Arts. 7 y 8.¿Desde cuando es imputado?. La respuesta

    está en el art. 7:desde la primera actuación en el procedimiento y ya vimos cualera.• En cuanto a la defensa el art. 8 dice que la defensa es un derecho que se

    tiene desde la primera actuación en el procedimiento dirigida en contra deun imputado. La defensa deberá hacerla un letrado.

    9. -Cautela de las Garantías. Art. 10. El Juez de Garantía deberá velar losderechos del imputado. El juez deberá velar porqueefectivamente las garantías

     judiciales del imputado se respeten. Estas garantías pueden encontrarse:a) La Constitución Política.

     b) Tratados Internacionales.

    c) La Ley.

    • El Juez de Garantía viene a ser un tribunal que ejerce la funciónconservadora de los tribunales de justicia. El Juez puede adoptar estasmedidas cautelares sea:

    a) De Oficio.

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     b) A petición de parte.

    • Es mas, si esas medidas no fueron suficientes, podrá incluso:suspender el

     procedimiento y en este caso, el juez llamará a las partes a una audienciaen la cual decidirá si:

    a) Se sobresee la causa temporalmente.

     b) Se continua la investigación.

    • Esta actividad el juez puede ejercerla en cualquier etapa del procedimiento.• El art. 9, establece la obligación que solicitar una autorización previa del

     Juez de Garantía, en caso de que prive, restringa o perturbe al imputado

    o a un tercero del ejercicio de los derechos que la constitución

    asegure. En caso de urgencia, la autorización puede ser dada por un medioidóneo como teléfono, faz, e-mail, etc.

    10. - Aplicación de la Ley Procesal Penal en el tiempo. Art. 11. La ley procesal seaplicará en los procedimientos ya iniciados, salvo cuando la nueva ley tengaefectos más favorables al imputado. Esto a juicio del tribunal. Se diferencia de loque dice el art. 24 de la ley de efectos retroactivos.

    11. -Intervinientes. Art. 12. Son intervinientes el fiscal, el imputado, el defensor, la victima y el querellante, desde que realicen cualquier actuación procesal o desdeque las leyes le permitan ejercer ciertas facultades. Ya no el actor civil.

    12. -Efecto en Chile de las sentencias penales de Tribunales Extranjeros. Art.13. Las sentencias penales extranjeras tendrán valor en Chile. Así, en Chile por elnon bis in idem, no pueden volver a ser juzgados,

    salvo:

    a) Cuando el juzgamiento en dicho país hubiere obedecido al propósito

    de sustraer al individuo de su responsabilidad penal por delitos de

    competencia de los tribunales nacionales. Se burla, es un chiste el

     juicio. b) Cuando el imputado lo solicitare expresamente, si el proceso no

    respetó el debido proceso o lo hubiere sido en términos que revelaren

     falta de intención de juzgarle seriamente.

    • En tales casos, la pena que el sujeto hubiere cumplido en el país extranjerose le imputará a la que debiere cumplir en Chile, si también resultarecondenado. La ejecución de las sentencias penales extranjeras se sujetará alo que dispusieren los tratados internacionales ratificados por Chile y que seencontraren vigentes.

     Actividad ProcesalLos Plazos

    1. - Días y horas hábiles. Art. 14. Todos los días y horas serán hábiles y no sesuspende por los feriados. Pero si vence en feriado se entiende ampliado hasta las24 horas del día siguiente hábil.

    2. -Cómputo de plazos de horas. Art. 15. Los plazos de horas comienzan a correrinmediatamente después de ocurrido el hecho que fije su iniciación,sininterrupción. Se cuentan horas y minutos.

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    3. - Plazos fatales e improrrogables. Art. 16. Los plazos son fatales e

    improrrogables, salvo que se indicare expresamente lo contrario. Ahora, los plazosque establece el Código Procesal Penal son plazos legales.

    4. -Nuevo plazo o Entorpecimiento. Art. 17 Si por un hecho no imputable a uninterviniente, no pudiere ejercer un derecho o desarrollar una actividad dentro deun plazo, puede pedirse un nuevo plazo, siempre que el impedimento sea:a) Defecto en la notificación;

     b) Por fuerza mayor o;c) Por caso fortuito,• La solicitud debe hacerse dentro de los 5 días siguiente de cesado el

    impedimento. El nuevo será por igual cantidad.

    5. -Renuncia de plazos. Art. 18. Se diferencia:

    a) Plazos Individuales. Los intervinientes podrán renunciar, total oparcialmente, por manifestación expresa.

     b) Plazos Comunes. La abreviación o la renuncia requerirán:i) El consentimiento de todos los intervinientes;ii) La aprobación del tribunal e;

    iii) Igualmente es expresa.

    Comunicaciones entre Autoridades y el Ministerio Público

    1. -Requerimientos de información, entre Autoridades y Órganos del Estado.

     Art.19. Deberá proporcionar la información y realizar las diligencias,sin demora.En cuanto a la formalidad de la información contendrá:a) La fecha y lugar de expedición;

     b) Los antecedentes necesarios para su cumplimiento;

    c) El plazo que se otorgare para que se llevare a efecto y;d) La determinación del fiscal o tribunal requirente.

    • Con todo, tratándose de informaciones o documentos queen virtud de la

    ley tuvieren carácter secreto, deberá:

    a) Si hay ley que regule el secreto. Se observará las prescripciones dela ley respectiva. Ej., secreto bancario.

     b) Si no hay ley que lo regule. Se adoptarán las precauciones queaseguraren que la información no será divulgada.

    • Si hayretardo o negativa de la autoridad, so pretexto de haber secreto y el

    fiscal estima que es indispensable, remitirá los antecedentes alFiscal

    Regional quien si comparte la opinión del fiscal, remitirá los antecedentes ala Corte para que resuelva en cuenta. Si es el Juez de Garantía quienrequirió la información directamente enviará los antecedentes a la Corte de

     Apelaciones.• Si la razón de la demora fuere que su publicidad pudiere afectar la

    seguridad nacional, la cuestión deberá ser resuelta por la Corte Suprema.

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    • Si la corte comparte el criterio de la autoridad (negativa), podrá autorizarigualmente que se entreguen los datos necesario para la adopción de ladecisión relativa a la investigación o pronunciamiento de resolución judicial.

    • La resolución emitida por la Corte, no es causal para inhabilitarlos. El art.209 concorde con esto establece que para la entrada y registro de ciertosrecintos que afecte la seguridad nacional, se requerirá autorización de laCorte Suprema. Si no se cumple con la orden, se comete el delito de

    desacato.2. -Solicitudes entre tribunales. Art. 20. Si un tribunal quiere realizar una

    actuación en el territorio jurisdiccional de otro, remitirá los antecedentes al otrotribunal. Son los antiguos exhortos. Si se demora, se puede dirigir ante elsuperior jerárquico, para que se agilice o gestione directamente la petición.

    3. -Forma de realizar las comunicaciones. Art. 21. Pueden realizarse porcualquier medio idóneo, sin perjuicio del envío posterior de la documentación. Esdecir, pueden realizarse por teléfono, fax, etc.

    Comunicaciones y Citaciones del Ministerio Público

    1. -Comunicaciones. Art. 22. Las notificaciones que deba hacer el M.P. las hará bajo

    su responsabilidad por cualquier medio queresulte eficaz. Debe ser un mediorazonable. Será el M.P. quien acredite que las hizo.

    • Si alguien probare que la comunicación fuedeficiente y se vio impedido de

    ejercer un derecho o desarrollar una actividad dentro de plazo, puedepedirse nuevo plazo, concedido según el art. 17.

    2. -Citación. Art. 23. Si el fiscal requiere la comparecencia de una persona, podrácitarla por cualquier medio idóneo. Si no comparece, el fiscal puede pedirle al juez

    para que lo autorice a llevarlo compulsivamente.• Sin embargo, las personas indicadas en el art. 300 no pueden ser

    compelidas a comparecer. Pero si su testimonio es esencial, declaran segúnel 301, es decir, en suhogar o por medio deinforme.

    Notificaciones y Citaciones Judiciales¿Qué se notifica?

    • Las resoluciones dictadas por los tribunales de justicia, y para determinar lanotificación se distingue:

    1. -Notificaciones de las resoluciones en las audiencias judiciales. Art. 30. Lasresoluciones que se dicten en las audiencias judiciales, se entienden notificadas alos intervinientes que:a) Hubieren asistido o;

     b) Debieron asistir a las mismas. Esto es una novedad importante.• Las notificaciones constarán en un estado diario y su omisión no invalida

    nada. Los interesados pueden pedir copia de los registros donde constan lasresoluciones. El registro está en el art. 39.

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    2. -Notificaciones de resoluciones judiciales fuera del juicio. Art. 25. Incluirá

    copia integra de la resolución de que se trate, con la identificación del proceso,salvo que:a) La ley expresamente ordenare agregar otros antecedentes

     b) Que el juez lo estimare necesario para la debida información del notificado(agregar más antecedentes) o;

    c) Para el adecuado ejercicio de sus derechos (agregar más antecedentes).• Esto implica que hay que escriturar la resolución.

    Funcionarios Habilitados

    • Las realizarán los funcionarios del tribunal que hubiere expedido la resolución. Elpresidente del comité de jueces, los nombrará, a propuesta del administrador deltribunal. Art. 24. No es un receptor ad-hoc.

    • Las resoluciones podrán notificarse por otros funcionarios:1. - Otro ministro de fe o; podría ser un receptor judicial.2. - En casos calificados y por resolución fundada, por un agente de la policía.

    ¿Dónde se efectúa la notificación?

    1. -Ministerio Público. Art. 27. El M.P. será notificado en sus oficinas y para ello,debe indicar su domicilio dentro de los limites urbanos de la ciudad dondefuncionare el tribunal.

    2. -Imputado privado de libertad. Art. 29.Se le notificará en el establecimiento orecinto en que esté, aunque esté fuera del territorio jurisdiccional del tribunal. Lanotificación la hará un funcionario del establecimientobajo la responsabilidad desu jefe. Las resoluciones y otros antecedentes, se les remitirán por cualquiermedio idóneo.

    • Si la persona a notificar no supiere o no pudiere, se le leerá la resolución.• Excepcionalmente el tribunal podrá ordenar que ciertas resoluciones se le

    notifican en el tribunal.

    3. -Demás Intervinientes. Se lesnotificará en el domicilio que deban señalar

    dentro de los limites urbanos de la ciudad donde funcione el tribunal. Art. 26. Asimismo deberán comunicar su cambio de domicilio.

    • Si se omite indicarlo o avisar de un cambio, las resoluciones se les

    notificarán porestado diario. Para ello se les deberá advertir. Igual

    apercibimiento se le hará al imputado libre, salvo que esté libre por:a) Un sobreseimiento definitivo o;

     b) De una sentencia absolutoria ejecutoriados.

    Caso en que tenga mandatario el interviniente

    • Si un intervinientes tiene mandatario, las notificaciones se le hacen solamente almandatario, salvo que la ley o tribunal estimen que es necesario notificarle alinterviniente. Art. 28

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    Tipos de Notificaciones

    • En lo no previsto en el C.P.P. se aplicará el Titulo Vi del Libro I del C.P.C. Pero ojo,no se trata de que se aplicarán todas las notificaciones, sino todo aquellos quesegún la naturaleza del procedimiento sean aplicables. Entonces:

    1. - Conforme a lo establece el C.P.P. El código establecerá que se practique una

    notificación de una determinada forma.

    2. -Conforme a lo establece este párrafo 4°.

    3. -Conforme a lo establecen las normas del Código de Procedimiento Civil. Artículo 32.

    • Pero el art. 31, permite que cualquier interviniente puede proponer que se efectúeun tipo de notificación, cualquiera sea su forma, con tal de que el tribunalencuentre que es suficientemente eficaz y no causen indefensión.

    Citaciones Judiciales

    •  Art. 33. Si el juez llama a un interviniente a su presencia, se le avisará ordenandosu comparecencia. Se les informa de:

    1. -El tribunal ante el cual debieren comparecer y su domicilio;2. -La fecha y hora de la audiencia;

    3. -La identificación del proceso de que se tratare y;4. -El motivo de su comparecencia.

    • Si no comparece,injustificadamente, por la fuerza pública será traído y quedaránobligados al pago de las costas que causen, sin perjuicio de aplicarles otrassanciones.

    • Si no comparece por unimpedimento, deberá comunicarlo y justificarse ante eltribunal, antes de la audiencia.

    •  Veamos:

    1. -El tribunal podrá ordenar que el imputado que no compareciereinjustificadamente sea detenido o sometido a prisión preventiva hasta larealización de la actuación respectiva.

    2. -Tratándose de lostestigos, peritos u otras personas cuya presencia se

    requiriere, podrán ser arrestados hasta la realización de la actuación por un

    máximo de 24 horas e imponérseles, además, una multa de hasta 15 U.T.M.

    3. -Si es eldefensor o el fiscal, quien no comparece se le aplicará lo dispuesto en el

    art. 287. Si falta al juicio oral,será sancionado hasta con la suspensión del

    ejercicio de su profesión, hasta por 2 meses.

    Resoluciones y otras Actuaciones Judiciales

    • Los tribunales gozan de imperio y sus decisiones son coercitivas. El art. 34 diceque los tribunales podrán:

    1. -Ordenar directamente la intervención de la fuerza pública y;

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    2. -Disponer las medidas para el cumplimiento de las actuaciones que ordenare y laejecución de las resoluciones.

    Delegación de Facultades: prohibición y sanción

    • El juez no puede delegar y si lo hacees nula la actuación. Art. 35. (chao

    actuarios)Fundamentación de las Resoluciones

    • Las resoluciones serán fundadas, salvo las demero trámite (curso progresivo a losautos)La fundamentación expresará brevemente, pero precisamente los

    motivos de hecho y derecho. Art. 36. La mera mención de los medios de pruebao solicitudes no sustituirá en caso alguno la fundamentación.

    Requisitos de las Resoluciones

    1. -Firma. Art. 37. Serán firmadas por el juez o jueces. Si uno no pudiere firmar se

    deja constancia. Pero bastará el registro de la audiencia respecto de lasresoluciones que se dictaren en ella.

    2. -Fundamentaciones de hecho y derecho.

    3. -La resolución del asunto sometido a decisión.4. -La fecha y lugar de expedición.

    5. -Dentro de plazo. Artículo 38. Se diferencia:a) Dentro de las audiencias. Las cuestiones debatidas en una audiencia

    deberán ser resueltas en ella. b) Fuera de las audiencias. Las presentaciones escritas serán resueltas por el

    tribunal antes de las 24 horas siguientes a su recepción.

    Registro de las Actuaciones Judiciales

    • De las actuaciones realizadas ente un Juez de Garantía o un Tribunal Oral se

    levantará un registro. Art. 39. Las sentencias y demás resoluciones será

    registradas en su integridad.

    • El registro contendrá:

    1. -Se efectuará por cualquier medio apto para producir fe.2. -Que permita garantizar la conservación y;3. -La reproducción de su contenido.¿Cómo se hace el registro?

    1. -Registro de actuaciones ante juez de garantía. Art. 40. Contendrá una

    relación resumida de la actuación, de modo que refleje fielmente la parte

    esencial de lo actuado y describa las circunstancias esenciales. Los

    intervinientes, pueden pedir que se deje constancia de ciertasobservacionesespeciales.

    • En la Audiencia de Preparación del Juicio Oral se registrarátoda la

    audiencia. Art. 41.

    12

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    2. -Registro del juicio oral. Art. 41. Deberá ser registrado en forma íntegra, por

    cualquier medio que asegure fidelidad.

    Valor del registro

    • El registro del juicio oral demostrará:1. -El modo en que se hubiere desarrollado la audiencia;2. -La observancia de las formalidades previstas para ella;

    3. -Las personas que hubieren intervenido y;4. -Los actos que se hubieren llevado a cabo. Art. 42. en relación y sin perjuicio del

    art. 359.• La omisión de las formalidades del registrosolo le priva de valor cuando no

    puedan ser suplidas con certeza, sobre la base de otros elementos u otrosantecedentes confiables.

    Conservación de los registros

    • Se mantendrán mientras dure la investigación o el proceso. Los Juez de Garantía y el Tribunal Oral los guardarán. Art. 43.

    • Si se daña el soporte material, afectando su contenido,el tribunal loreemplazará por unacopia fiel, que obtendrá de quien la tenga si no la tuviere

    directamente. Si no hay copia fiel, se dictará de nuevo la resolución y para elloreunirá todos los antecedentes necesarios y las actuaciones se repetirán con lasformalidades previstas para cada caso.

     Acceso a los Registros

    1. -Intervinientes. Siempre tendrán acceso, salvo ciertas excepciones legales. Art.

    44. Ej. De excepción, el secreto (182)

    2. -Terceros. Igualmente pueden ser consultados por terceros. Pero el tribunal igual

    puede restringir su acceso.• En todo caso, los registros serán públicos transcurridos 5 años desde la

    realización de las actuaciones.• Siempre se puede pedir copia fiel de los registros o de parte de ellos, en lo

    pertinente.

    CostasOportunidad y Clasificación

    •  Toda resolución deberá pronunciarse sobre el pago de las costas. Art. 45. Lascostas comprenderán tanto las procesales como las personales. Art. 46.

    ¿De quien son cargo las costas?

     A.Si hay condenados

    1. -Las costas seránde cargo del condenado.

    2. -Lavíctima que abandonare la acción civil soportará las costas que suintervención como parte civil hubiere causado.

    3. -También lassoportará el querellante que abandonare la querella.

    • El tribunal podrá eximir del pago de las costas a quien debiere soportarlas. Art. 47

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    B.Hay sobreseídos o absueltos

    • En este caso el M.P. será condenado al pago de las costas, salvo cuando

    hubiese sido obligado a deducir acusación (462 inc. 2) En este caso el

    querellante también será condenado, salvo que el tribunal lo exima total oparcial, fundadamente.

     Personas Exentas

    • Los fiscales, abogados y mandatarios de los intervinientes no podrán ser

    condenados al pago, salvo enciertos casos:1. -Notorio desconocimiento del derecho o;2. -De grave negligencia en el desempeño de sus funciones.• En estos casos, conforme al art. 10, podrá ser cambiado rápidamente el fiscal o el

    defensor.

    Distribución de costas

    • Si son varios intervinientes, el tribunal fijará la parte que corresponde a cada unode ellos. Art. 49.

    Gastos

    • Si hubiere que realizar un gasto, el tribunal estimará su gasto y dispondrá supago anticipado. En todo caso, el estado soportará los gastos de los intervinientesque gozaren del privilegio de pobreza.

    Normas Supletorias

    • Supletoriamente serán aplicables las reglas delLibro I del C.P.C. Art. 52.

     Acciones Penales y Acciones Civiles

     Acción Penal1. -Acción Penal Pública.2. -Acción Penal Privada.

     A. Acción Penal Pública

    •  Art. 53 y 166. Su ejercicio corresponde al M.P. el que la ejercerá de oficio.

     Tratándose demenores de edad, siempre hay acción penal pública. Pero tambiénpuede ser ejercida por lavictima y las personas del 108 inc. 2.

    • Debemos distinguir entre dos clases de acción penal pública:

    1. - Acción Penal Publica Propiamente tal. Es la que hemos estado analizando.Puede ser ejercida por:a) El Ministerio Público.

     b) La victima y las personas del artículo 108 inciso 2.

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    2. - Acción Penal Pública Previa Instancia Particular. Son las establecidas en el

    artículo 54. Acción pública previa instancia particular. Art. 166 inc. 3 y 54.

    • En estos delitos,no puede procederse de oficio, sin quela victima hubiere

    denunciado el hecho a:1. -La justicia. Es el Juez de Garantía.2. -Al ministerio público.

    3. -A la policía.• No se puede iniciar el procedimiento, salvo para realizar actos urgentes de

    investigación o los absolutamente necesarios para impedir o interrumpir lacomisión del delito. Autores dicen que no es acción penal mixta, pero... Estosdelitos son:

    a) Las lesiones previstas en los artículos 399 y 494, número 5º, del CódigoPenal;

     b) La violación de domicilio;

    c) La violación de secretos prevista en los artículos 231 y 247, incisosegundo, del Código Penal;

    d) Las amenazas previstas en los artículos 296 y 297 del Código Penal; e) Los previstos en la ley N° 19.039, Privilegios industriales y protección

    de losderechos de propiedad industrial;

    f) La comunicación fraudulenta de secretos de la fábrica en que el

    imputado hubiere estado o estuviere empleado, y

    g) Los que otras leyes señalaren en forma expresa. Esto hace que no sea

    taxativa la enumeración.• En todo caso, las personas indicadas en el art. 108, también podrán denunciar.

    Siempre el Ministerio Público en el caso de que estas personas estén

    imposibilitadas o estén implicados en el hecho.

    • Entonces:1. -El ofendido por el delito.2. - A falta de ellos, por las personas indicadas en el inciso 2° del artículo 108.3. - A falta de ellos, por el Ministerio Público de oficio.• Iniciado el procedimiento, éste se tramitará según las normas generales relativas

    a los delitos de acción pública.

     Acción Penal Privada

    •  Art. 55. No pueden ser ejercidas sino que por la victima. Los delitos que danlugar a este tipo de acción son:

    1. -La calumnia y la injuria;2. -La falta descrita en el número 11 del artículo 496 del Código Penal;3. -La provocación a duelo y el denuesto o descrédito público por no haberlo

    aceptado, y4. -El matrimonio del menor llevado a efecto sin el consentimiento de las personas

    designadas por la ley y celebrado de acuerdo con el funcionario llamado aautorizarlo. 

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    Renuncia de las Acciones Penales

    • Si pueden renunciarse, pero no producen efecto. No confundir la renuncia, con elabandono y el desistimiento.

    1. - Acción Penal Pública. La acción penal públicano se extingue por la renunciade la persona ofendida.

    2. - Acción Penal Pública ejercida previa denuncia. Larenuncia es antes, así quesi se extingue, salvo que el delito sea contra menores o que la investigación la

    haya iniciado el Ministerio Público.• Lo que si se extingue es la Acción Penal Privada y la Acción Civil. El Ministerio

    Público nunca puede renunciar.

    Efectos de la renuncia

    • Solo afecta al renunciante y a sus sucesores. Art. 57.

    Responsabilidad Penal

    • Fuere pública o privada no puede entablarse sino contra las personasresponsables del delito. La responsabilidad penal solo puede hacerse efectiva enpersonas naturales y por las personas jurídicas responden sus representantes.

     Art. 58.

     Acción Civil1. -Acciones Civiles Restitutorias.2. -Acciones Civiles Reparatorias o Indemnizatorias.

     Acción Civil Restitutoria

    • Se interpondrá siempre en el respectivo procedimiento penal, según el 189. Art.

    59.Se interpone ante el Juez de Garantía y se tramita como incidente. Laresolución del Juez de Garantía, solodeclarará el derecho del reclamante sobrelos objetos, pero no se devuelven sino hasta que concluya el juicio, salvo que seainnecesaria su conservación.

    • Pero si las cosas son hurtadas, robadas o estafadas, se entregarán a sudueño en

    cualquier estado del juicio, comprobado su dominio y valor. Pero siempre sedejará constancia de ellas por fotografías u otros medios, para efectos de tenerevidencia en el juicio oral.

     Acción Civil Reparatoria o Indemnizatoria

    • La victima puede impetrar en contra del imputadotodas las demás acciones

    destinadas a perseguir su responsabilidad civil, derivada del hecho punible. Se leda preferencia alquerellante y a la victima. Estas acciones puedeinterponerlas:a) En el mismo procedimiento penal.

     b) Ante el juez civil.

    • Siotras personas quisieren alegar la responsabilidad civil del imputado, podránhacerlo directamente ante el juez civil.

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      Estas otras personas pueden ser:1. -Personas distintas de la víctima, o;2. -Se dirigieren contra personas diferentes del imputado.

    • Sise interpone la acción civil en el procedimiento penal, no se puede

    intentar la acción en el tribunal civil.

    Oportunidad

    • Según el 261, es15 días antes de la audiencia de preparación del juicio

    oral.

    Requisitos de la Demanda Civil1. -Por escrito.

    2. -Cumpliendo con los requisitos exigidos por elartículo 254 del Código de

     Procedimiento Civil.

    3. -Debe tener patrocinio y poder, ya que el fiscal, no tiene la representación

     judicial de la victima.

    4. -La demanda civil deberá contener la indicaciónexpresade los medios de prueba,art. 259:

    a) Testigos. Deberá presentar una lista, con nombre, apellidos, profesión y

    domicilio o residencia, salvo en el caso previsto en el inciso segundo del art.307, y señalando, además, los puntos de la declaración.

     b) Peritos. Se deberá individualizar, de igual modo, al perito o los peritos cuyacomparecencia solicitare, indicando sus títulos o calidades

    5. -La demanda civil del querellante deberá deducirse conjuntamente con su

    escrito de adhesión o acusación.

     Preparación de la Demanda Civil

    •  Art. 61. Luego de la formalización de la investigación, la victima puede pedir la

    práctica de diligencias para esclarecer los hechos que serán objeto de sudemanda, aplicándose los arts. 183 y 184. Igual se pueden pedir las medidas del157.

    • La preparación de la demanda civil, interrumpe la prescripción.

     Actitud del Imputado o Demandado

    • Solo el imputado puede ser demandado. Éste podrá oponer las excepciones quecorresponda y contestar la demanda en la oportunidad del 263. Art. 62. Se

    pueden oponer lasexcepcionesdilatorias y perentorias. La oportunidad es:

    1. - Por escrito. Hasta las vísperasdel inicio de la audiencia de preparación del juiciooral ante el Juez de Garantía.

    2. -Verbalmente. En el inicio de la audiencia de preparación del juicio oral.

    • Podrá también alegar los vicios formales de la demanda, como ortografía, etc.

    • La contestación de la demanda deberá ser:

    1. -Ser por escrito o verbal.

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    2. -Deberá indicar cuáles serán los medios probatorios de que pensare valerse,del modo previsto en el artículo 259.

    3. -Todas las excepciones deben interponerse conjuntamente.

    Incidentes en la demanda

    •  Todos losincidentes y excepciones dilatorias originados por al demanda o su

    contestación, seresuelven en la audiencia de Preparación del Juicio Oral, sin

    perjuicio del 270.• El 270 nos dice que si en dicha audiencia el juez nota vicios en los escritos

    de demanda, contestación, etc., ordenará que sea subsanadossin suspender la

    audiencia, si fuere posible. Si no se puede, se suspenderá por el plazo necesariono mayor 5 días; si no se subsana se tiene por no presentada.

    Desistimiento y Abandono de la Acción Civil

    1. -Desistimiento. La víctima podrá desistirse de su acción en cualquier estado delprocedimiento. Art. 64 inc.1°.

    2. - Abandono de la Acción. Se considerará abandonada, cuando lavíctima no

    compareciere, sin justificación, a:

    a) La audiencia de preparación del juicio oral o; b) A la audiencia del juicio oral. Artículo 64 inciso 2°.

    Efectos de la Extinción de la Acción Civil

    • Extinguida la acción civil, no se entiende extinguida la acción penal. Art. 65. Perosi la acción penal es privada si. Art. 66 inc. 1. Para estos efectos, el solo hecho depreparar la demanda no constituyehaber ejercido la acción.

    Independencia de la acción civil respecto de la acción penal

    • Por el hecho de dictarsesentencia absolutoria en el juicio penal, no influirá en laresolución del juicio civil, es decir, no impide a que se pueda condenar aindemnizar perjuicios o a restituir. Art. 67.

    Terminación del Juicio Penal Anticipado

    • Si antes de comenzar el juicio oral, terminare o tomare otro rumbo (juicio

    abreviado),la prescripción seguirá interrumpidasiempre que la victima presentedemanda ante el tribunal civil dentro de60 días a la resolución ejecutoriada quedispusiere la suspensión o terminación del procedimiento.

    • Esta resolución que suspende o termine el juicio, se notifica por cédula y el juiciocivil, se tramita como juicio sumario. Si no se interpone dentro del plazo de 60días, se entiende que nunca se ha interrumpido la prescripción.

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    • Si en el juicio penal existen medidas cautelares para garantizar la demanda civil,éstas se mantendrán vigentes por el plazo para presentar la demanda (60 días) yluego quedarán sin efecto, si no las mantiene el juez civil.

    • Si el tribunal oral (juicio oral) en lo penal sobreseyere el juicio, deberá seguirconociendo dela cuestión civil.

     Prueba de las Acciones Civiles

    • Se sujeta a las normas civilessolo en cuanto a la carga de la prueba. Encuanto a laoportunidad, forma y apreciación de su fuerza probatoria se

    sujetaal C.P.P. Estas disposiciones se aplican a la prueba de las cuestionesprejudiciales civiles, del art. 173 del C.O.T.. Art. 324.

    Sujetos Procesales

    I. - Ministerio Público

    Orígenes, desarrollo y significación en el nuevo proceso• El M.P., es relativamente nuevo en su historia. Nace en Francia, en 1789, con la

    codificación napoleónica. Este M.P. es consustancial al sistema acusatorio. Elquiebre que se produjo en Francia, buscó separar la función acusadora de la de

     juzgamiento (lo que pasaba en Chile). Con un sistema acusatorio se aseguró laimparcialidad y objetividad.

    • El M.P. nació con escaso poder en el procedimiento. El poder lo tenía el Juez

    Instructor. Pero siempre ha tenido la obligación de velar por la objetividad. ElM.P.

    tiene dos características en Europa Continental:

    a) Su organización unitaria y jerarquizada. b) Su dependencia del Poder Ejecutivo. Esto es lo más desconcertante, ya

    que pareciera que lo lógico es que fuera independiente del gobierno y nodependiente.

    • En el Common Law, el asunto de la persecución penal es complicadísimo, ya queexistían una serie de órganos encargados de ejercer la acción penal. Solo a finesdel siglo XIX es posible encontrar la figura de un Acusador Estatal.

    • En 1879 se creó unDirector de Persecuciones Públicas que solo tenía funcionesconsultivas, pero fue el antecedente del M.P. Solo en 1908 se le dan facultades deM.P.

    • En 1985 se crea elCrown Prosecution Service, con el cual se da origen al M.P.

    • En EE.UU. junto a los fiscales federales, rigen 2 principios básicos:a) El monopolio estatal de la acción penal pública.

     b) La discrecionalidad en su ejercicio. Se formula por la jurisprudencia en1806.

    Establecimiento y regulación del Ministerio Público en el ordenamiento

     jurídico chileno

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    • El M.P. fue introducido en la Constitución por la Ley 19.519, agregándose elcapítulo VI-A, arts., 80A a 80I. Luego se dictó la Ley Orgánica Constitucional delMinisterio Público N° 19.640.

    •  Antiguamente el D.F.L. 426 había derogado a los Abogados Promotores Fiscalesentregándose sus facultades al juez.En el año 1927 se estableció en Chile unsistema con concentración de las funciones de investigar, acusar y juzgar. 

    • Pero con el art. 80A implicó un cambio incluso, en el concepto de Jurisdicción, ya que antiguamente el art. 73 de la constitución dentro del concepto deconocerabarcaba la investigación, lo que ahora queda radicado en el M.P.

    • En las bases constituciones del M.P. se establece que es una institución

    autónoma y jerarquizada. Hay 2 problemas:1. - Su ubicación constitución dentro de la organización general del estado y sus

    relaciones con los demás poderes.2. - La organización interna del mismo y sus principios.

    Bases Constitucionales y Legales de la Organización del Ministerio

     Público

     A. - Ubicación institucional del Ministerio Público y sus relaciones con otros poderes del

    estado

    •  Art. 80A constitución y 1° L.O.C. M.P. establecen la AUTONOMIAdel M.P. en

    relación con las funciones públicas. Hay varias posiciones al respecto:

    1. -Dependencia Institucional del Poder Judicial. El M.P. sería un órganoscolaborador de la jurisdicción que debe ceñir sus actuación a los principios delegalidad, imparcialidad y objetividad con respeto a las garantías del debido

    proceso. Esta dependencia haríainoficiosa las funciones de investigar y juzgar pordiferentes órganos. También se imposibilita formular una política de persecuciónpenal.

    2. -Dependencia institucional del Poder Legislativo. Es teórico. Nombrado por elparlamento y responsable ante él. Tiene muchas ventajas, pero habría una faltade homogeneidad política y quedaría sujeto a luchas políticas inoficiosas.

    3. -Dependencia institucional del Poder Ejecutivo. Es el más utilizado en Europa yEE.UU. Es útil, para efectos de coherencia institución, unidad, indivisibilidad delórgano y subordinación jerárquica. Pero presenta la dificultad de conciliar dos

     valores:la legalidad y la igual protección de los derechos ciudadanos. Elproblema está cuando la legalidad de ciertos actos está sujeta a un control

    político-administrativo.

    4.- Autonomía institucional del Ministerio Público. Aquí el M.P. no depende de

    nadie. Es un órgano deextrapoder, donde se trata de evitar los peligros de la

     judicializacion de otros modelos. La gran critica gira en torno a que hay falta de

    democracia en su composición. El diseño constitucional, está dado en 3dimensiones:a) En el control que ejercen otros poderes del estado (control político)

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     b) En el control que se ejerce dentro del procedimiento penal (control procesal).c) En el control que se ejerce internamente, en virtud del principio de jerarquía

    (control jerárquico, disciplinario).

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    Controles del Ministerio Público1. - Control Político. (Responsabilidad Política). El fiscal nacional y regionales solo

    pueden ser removidos por la Corte Suprema, a requerimiento de;a) El Presidente de la República;

     b) El Presidente de la Cámara de Diputados o;c) Por el voto de diez de sus miembros.d) El Fiscal Nacional respecto de los fiscales regionales. Art. 53 L.O.C.M.P.• Las causales son por incapacidad, mal comportamiento o negligencia

    manifiesta en el ejercicio de sus funciones. La solicitud indicará la causal ylos medios de prueba; si no cumple estos requisitos, se declararáinadmisible.

    •  Admitida a tramitación, el Presidente de la C.S. dará traslado al fiscalinculpado el que dentro de 8 días hábiles deberá evacuarlo. Evacuado eltramite o en su rebeldía, el Presidente de la corte citará a una audienciadonde se recibirá la prueba y se designa el ministro ante el cual deberárendirse.

    • Para acordar su remoción, se requiere 4/7 de los votos de los miembros en

    ejercicio.2. -Control Procesal. Son pequeños mecanismos procesales en el C.P.P. Ver

    ejemplos. En todo caso, un control importante se realiza a través de la llamada

    acción popular en ciertos delitos de corrupción, del art. 11.

    3. -Control Jerárquico. El M.P. está organizado jerárquicamente. Art. 45 L.O.C.M.P.

    (Responsabilidad Disciplinaria). Art. 7 L.O.C.M.P. Las autoridades del M.P.ejercerán un control jerárquico. Este control se extiende a laeficiencia y a laeficacia en los fines y objetivos establecidos para su cumplimiento. Hay 2hipótesis:a) La fiscalización de los objetivos de las unidades administrativas del M.P..

     Art. 17 a) b) Respeto de los principios de legalidad y objetividad y el cumplimientooportuno de las actuaciones procesales.

    • El art. 33 de la L.O.C.M.P. establece los mecanismos para hacer efectiva laresponsabilidad disciplinaria. El procedimiento está en los arts. 48 al 51 de

    la ley y las sanciones van desdeamonestación privada a remoción. Porotro lado hay incentivos para el cumplimiento, art. 77 inc. 3 de la ley. 

    4. -El control ciudadano. Es de suma importancia. Hay varias manifestaciones:a) Las autoridades superiores del M.P. deben rendir cuenta en audiencia

    pública. Arts. 21 y 36 de la ley.

     b) Los fiscales deben cumplir con el principio de transparencia de la función pública y sus actuaciones. Art. 8.

    Principios de Organización del Ministerio Público

    1. - Principio de Unidad. El M.P. se organizaUnitaria y Jerárquicamente. Cada fiscalrepresenta al M.P. Art. 2 inc. 1.

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    2. - Principio Jerárquico. La autoridades superiores ejercen este principio a través

    de lasInstrucciones Generales del Fiscal Nacional. Art. 17 a), d) inc.2 de la ley. Alos fiscales regionales se les aplica igualmente. Art. 32 a) de la ley.

    • Sin embargo, la subordinación no esabsoluta. Art. 2 inc. 2. Los fiscales dirigiránla investigación y ejercerán la acción penal con independencia, autonomía y

    responsabilidad. Por otro ladoel fiscal nacional, no puede impartir ordenes

     particulares y forzar la realización de ciertas actuaciones establecidas en

    el art. 18.• El fiscal nacional podráexcepcionalmente dirigir la investigación de ciertos

    casos, cuando la investidura de los involucrados (imputados o victimas) lo hicierenecesario para garantizar que dichas tareas se cumplirán con independencia yautonomía. No es una excepción, en rigor.

    • Pero los fiscales regionales si pueden impartir instrucciones particulares a losfiscales adjuntos, sin perjuicio de la facultad de objetarlas cuando se estimenecesario hacerlo. Art. 44 inc. 2.El procedimiento está en los arts., 35 y 44.

    Bases Constitucionales y Legales del Funcionamiento del Ministerio

     Público

    •  Art. 80A constitución y art.1 de la L.O.C.M.P. Las bases constitucionales son:1. -Se encuentra a cargo de la dirección exclusiva de la investigación de los hechos

    constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los queacrediten la inocencia del un imputado.

    2. -El ejercicio, en su caso, de la acción penal pública en la forma prevista por la ley;3. -La adopción de medidas de protección de víctimas y testigos.

    . - Dirección Exclusiva de la investigación de los delitos

    • No tan solo le dieron la dirección exclusiva en la investigación, sino que de laparticipación y de los hechos y circunstancias que acrediten la inocencia del

    imputado.Es el principio de objetividad.

    • Se habla de la investigación de loshechos constitutivos de delito, pero abarca a

    los crímenes, simples delitos y faltas. En cuanto a las faltas se discutió respecto aque solo se investigan las faltas del C.P., pero con la dictación de la ley 19.806 seadecuaron casi 55 leyes dentro del ordenamiento jurídico chileno.

    •  Además de la investigación,el M.P. tiene ladirección de la misma, la que se

    materializa en manos de la Policía de Investigaciones y Carabineros. Ellos deben

    cumplir las ordenes que imparte el fiscal, sin calificar su contenido, oportunidad, justicia o legalidad, salvo requerir laexhibición de la autorización judicial previa.

    B. – Función de ejercer, en su caso, la acción penal publica

    • El estado tiene elmonopolio en el ejercicio de la acción penal pública, estoes, formular la acusación. Pero el art. 80A inc.1, dice que la ejerceráen su caso.Por ello, deberá reunir los antecedentes del caso, para poder acusar.

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    C. – Función de dar protección a las victimas y testigos

    • Esta función está enel art. 6 del C.P.P. Se manifiesta en 3 ordenes en el art. 78de la ley.

    1. -Entregarle información acerca del curso y resultado del procedimiento, de susderechos y de las actividades que debiere realizar para ejercerlos.

    2. -Ordenar por sí mismos o solicitar al tribunal, en su caso, las medidas destinadasa la protección de la víctima y su familia frente a probables hostigamientos,

    amenazas o atentados.3. -Informarle sobre su eventual derecho a indemnización y la forma de impetrarlo.4. -Escuchar a la víctima antes de solicitar o resolver la suspensión del

    procedimiento o su terminación

    Principios Orientadores de la Actividad del Ministerio Público

    1. - Principio de Oficialidad. El estado tiene el ejercicio privativo de la acción penalpública. Pero hay limitaciones:

    a) La existencia de delitos de acción penal publicaprevia instancia particular. Art. 54 C.P.P.

     b) La existencia de delitos para cuya persecución se exige el cumplimiento deuna condición objetiva de procesabilidad, como en el caso de delitos

    tributarios por ejemplo.Salvo 2 excepciones:i) Delitos de acción penal privada, del artículo 55 del Código Procesal

    Penal.ii) La facultad del Juez de Garantía acceda al forzamiento de la acusación

    a instancia de un particular.

    2. - Principio de Legalidad. Iniciada la persecución de un hecho constitutivo de

    delito, el M.P., deberá investigarlosi hay fundamento suficiente para acusar. Art. 166.El principio opuesto es el Principio de Oportunidad.

    3. - Principio de Objetividad. Art. 3. Los fiscales deben velar por la correcta

    aplicación de la ley.Deben investigar con igual celo, no solo los hechos ycircunstancias que funde la responsabilidad del imputado, sino que también los

    hechos que lo eximan, extinga o atenúen de ella. Art. 77 de la constitución. Se lecritica ya que es un ficción típica inquisitiva. Esto simplemente restringe la acciónpenal.

    4. - Principio de Eficiencia. Art. 6 L.O.C.M.P. La eficiencia está dada en dosámbitos:a) Enla administración de los recursos y bienes públicos y;

     b) En el cumplimiento o desempeño de sus funciones.• La ley orgánica usa reiteradamente el concepto de eficiencia. Junto a este

    principio está laobligación de propender a la unidad y coordinación de las

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    acciones. Art. 40. Por ultimo el art. 6 inc. 3 establece que los procedimientos

    del M.P. deberán serágiles y expeditos, sin mas formalidades que las

    legales.

    5. - Principio de la Transparencia y Probidad. Art. 8. La función publica seejercerá con transparencia ycada procedimiento deberá ser publico. El principiode probidad está igualmente en el inc. 1 del art. 8.

    • El art. 9 inc. 1 establece ladeclaración de intereses. Todos los fiscales

    deberán dentro de 30 días desde que asuman su cargo, efectuar unadeclaración jurada de intereses ante un notario de la ciudad donde ejerzansus funciones o ante el oficial del registro civil donde no haya notario.

    • Una copia de la declaración será protocolizada y una copia de ella remitida ala oficina de la Fiscalía Nacional y de la respectiva fiscalía regional.Cualquier persona puede obtener copia a su costa.

    • La declaración deberá ser actualizada cada vez que sea cambiado de cargo, odentro de los 30 días siguientes al cumplimiento de 4 años en el cargo. Laomisión, será sancionada en la forma establecida en la ley.

    • En cuanto a la transparencia que se manifiesta en la publicidad hay ciertos

    documentos que no serán publico por varias razones, como elsecreto,entorpecimiento de la investigación, cuando se afecte a terceros o cuando

    afecte la seguridad nacional.

    6. - Principio de Responsabilidad. Art. 2 inc. 2 de la ley. El art.53 establece laresponsabilidad política, pero el art. 45 establece que los fiscales tienenresponsabilidadcivil, disciplinaria y penal , por sus actos en ejercicio de susfunciones.

    a) Responsabilidad Penal. Hay dos situaciones:i) Art. 46 inc. final. El fiscal a cargo deducirá la querella de capítulos, de

    los arts., 424 y siguientes.ii) La comisión de delitos en ejercicio de la función.

     b) Responsabilidad Administrativa. Art. 11.Es para infracciones específicas

     y proviene de la jerarquía. Las sanciones administrativas son las que seimpone a cualquier ciudadano. Ej., la no presentación de la declaración deintereses, será sancionada con multa impuesta administrativamente por elfiscal nacional. Art. 47.

    c) Responsabilidad Política. Se concretiza en la remoción y, por ende, puedeafectar a todos los fiscales.

    d) Responsabilidad Civil. El estado es civilmente responsable por las

    conductas injustificadas o arbitrarias del M.P.. Art. 5. La acción prescribe en4 años contados de la actuación dañina. Ver art. 38 constitución y 4 de la18.575

    e) Responsabilidad Disciplinaria. Arts. 48 al 52 de la L.O.C.M.P. Puedehacerse efectiva por la autoridad superior, según el procedimiento reguladoen los arts. siguientes. Art. 48. El art. 49 establece las sanciones.

    7. - Principio de Interdicción de funciones jurisdiccionales. Art. 80A de laconstitución y art. 4 parte final de la ley. El M.P. no puede ejercer funciones

     jurisdiccionales, las que son privativas de los tribunales. Ver art. 10 C.P.P.25

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    8. - Principio de igualdad de acceso. Art. 10 LOC. Todas las personas que cumplan

    con los requisitos establecidos en la ley tendrán derecho a postular con igualdadde condiciones a los empleos del M.P.

    Estructura General del Ministerio Público ChilenoLa Fiscalía Nacional

    • Está integrada por:1. -El Fiscal Nacional;2. -Por unidades especializadas para colaborar con los fiscales. Art. 22 LOC, hay 2

    hasta ahora.a) Sobre delitos tipificados en la ley 19.366. Artículo 22 inciso 2° de la ley.

     b) Sobre delitos funcionarios contra la probidad y delitos económicos.3. -Por 6 unidades administrativas de determinados delitos, y por 6 unidades

    administrativas a cargo de un Jefe.1. - El Fiscal Nacional

    • Es el jefe superior del M.P. y responsable de su funcionamiento. Art. 20 LOC.Ejercerá sus funciones personalmente o a través de los diferentes órganos de la

    institución. Su sede está en Santiago. Art. 13 LOC. Toda la parte orgánica está enlos libros, sobretodo el nombramiento, duración y atribuciones.

    Consejo General

    • Integrado por el Fiscal Nacional, quien lo presidirá. Art. 24 LOC. Sus funcionesestán en el art. 25 LOC.El Consejo General estará integrado por el Fiscal Nacional, quien lo presidirá, y

    por los fiscales regionales. Artículo 24.2. - Fiscalías Regionales

    • Obedecen a una estructura descentralizada y desconcentrada de la persecuciónpenal pública, con importantes niveles de autonomía ante la Fiscalía Nacional. A

    la cabeza está el fiscal regional.• Los arts. 80D inc. 3 de la constitución; 31 de la LOC establecen los requisitos. El

    nombramiento está en 80D inc. 2 de la constitución y el procedimiento está en elart. 19 LOC.

    • La duración está en el art. 80D inc. 3 constitución y 31 LOC. Sus atribuciones enel art. 32 LOC.

    Fiscalías Locales

    • Son unidades operativas de las fiscalías regionales para la investigación, ejerciciode la acción penal pública y protección de victimas y testigos. Las fiscalías locales

    están a cargo de un fiscal adjunto designados por el Fiscal Nacional a propuestadel fiscal regional. Si hay 2 o mas, uno de ellos será el fiscal adjunto jefe. Art. 38LOC.

    • Cada fiscal adjunto ejerce directamente las funciones del M.P. y siempre deberáncumplir con las instrucciones del Fiscal Regional y Fiscal Nacional. En todo caso

    si las instrucciones sonmanifiestamente arbitrarias o atentan contra la ley,

    o ética profesional, podrán representárselo.

    • Sus requisitos están en el art. 80F de la constitución y 42 de la LOC.

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    5. - Necesidad de control sobre la actividad policial. El control sobre la policía esindispensable, para evitar abusos y violaciones a derechos de los ciudadanos.Precisamente el M.P. es una instancia de control de las policías. No hay normasclaras en el C.P.P. pero hay una en especial importante:• El art. 84 del C.P.P. regula la información. Recibida una denuncia, la policía

    informará inmediatamente al M.P., sin perjuicio de realizar las actuacionesprevistas en el art. 83 donde no requiere instrucción. Por otro lado en

    cuanto a la detención, efectuada ésta, se le debeinformar al M.P. dentro deun plazo de 12 horas.

    • El art. 82, regula laimposibilidad en el cumplimiento de una orden del M.P. odel tribunal por parte de la policía. En este caso, se le informaráinmediatamente a la institución que la emitió y de su superior jerárquico.

    • El art. 88 regula lasolicitud de registros de actuación. El M.P. en cualquiermomento puede requerir de las policías los registros de actuación que ellosposean.

    6. - Obligación de Informar. El C.P.P. regula la comunicación entre la Policía y el M.P. Art. 81. Se harán enla forma y por lo medios más expeditos posibles. Pero el art.

    92 establece que la policía y sus funcionariosno podrán informar a losmediosde comunicación social sobre laidentidadde detenidos, imputados, victimas,testigos, etc.

    III. – Los Tribunales con Competencia en lo Penal

    • El proceso penal nuevo es adversarial. Nacen 2 tribunales nuevos: por una lado el

    Juez de Garantía quien será el juez que velará por la legalidad de la

    investigación del M.P. especialmente aquellas diligencias que vulneren derechosgarantidos por la constitución, la ley y tratados internacionales. Tienecompetencia hasta elauto de apertura del juicio oral.

    •  Junto a ellos, está elTribunal Oral en lo Penal el cual conocerá y juzgará en

    única instancia las causas por crimen o simple delito. Tribunales colegiados,compuestos por a lo menos 3 jueces donde ninguno de ellos, debe haberparticipado en las etapas anteriores. Solo juzgarán por las pruebas e informaciónproducida en el juicio oral.

    Reglas Procesales y Orgánicas de los nuevos Tribunales

     Juzgados de Garantía

    Es un órgano jurisdiccional, unipersonal y letrado, con

    competencia para ejercer las atribuciones que la ley le ha reconocido desde el

    inicio de la etapa de investigación preparatoria hasta la dictación del auto de

    apertura del juicio oral que da termino al procedimiento intermedio.Numero y Clases

    • Son 93 inicialmente con 355 jueces nuevos y 58 jueces antiguos con competencia

    mixta, esto por economía.Conformación y Funcionamiento

    • Sonunipersonales, pero en cada juzgado habrán 2 ó mas. Art. 14 C.O.T. Ladistribución entre ellos se hará por un procedimientoobjetivo aprobado por elcomité de jueces. Art. 15 C.O.T.

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    • En los juzgados con 3 ó más jueces, habrá unComité de Jueces que tendrá

    funciones deGestión y Administración. Donde haya menos de 3 jueces, dichaatribución le corresponde al presidente de la corte o del tribunal.

    •  Además del Administrador existirá un Subadmistrador y 4 Unidades Administrativas.

    Competencia

    1. -Competencia Material. Artículo 14 del Código Orgánico de Tribunales.

    a) Asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes en el proceso penal, de acuerdo a la ley procesal penal. También: art. 70 y 9 del CódigoProcesal Penal, artículo 80 A inciso 3° de la Constitución Política.

     b) Dirigir personalmente las audiencias que procedan, de conformidad a la ley procesal penal. Hay varias.

    c) Dictar sentencia, cuando corresponda, en el procedimiento abreviado quecontemple la ley procesal penal.

    d) Conocer y fallar las faltas penales de conformidad con el procedimientocontenido en la ley procesal penal.

    e) Conocer y fallar, las faltas e infracciones contempladas en la Ley de

     Alcoholes, cualquiera sea la pena.f) Hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas de seguridad, y

    resolver las solicitudes y reclamos relativos a dicha ejecución, de conformidad

    a la ley procesal penal.g) Conocer y resolver todas las cuestiones y asuntos que este Código y la ley procesal penal les encomienden

    2. - Competencia Territorial. Art. 16 C.O.T. Serán competentes para conocer de los

    hechos constitutivos de delito si se hubieren dado comienzo a su ejecución,dentro de su territorio jurisdiccional. Art. 157 C.O.T. y 70 inc. 2 C.P.P.• Si hayconflicto de competencia entre ellos, cada uno de ellos dará las

    autorizaciones mientras se dirima. Art. 72 C.P.P y 157 inc. 4 C.O.T. Lalibertad de los imputados será resuelta por el tribunal en donde estén.• Si en la audiencia de preparación del juicio oral hayconflicto de competencia

    se resolverán antes. Art. 264 a) y 74 inc. 2 del C.P.P. Lascontiendas decompetencia se resuelven como dice el 190 y siguientes del C.O.T.

    •  Todas las actuaciones hechas ante un juez incompetente son validas, sinnecesidad de ratificación. Art. 73 C.P.P.

     Agrupación y separación de investigaciones

    • El fiscal no puede investigar separadamente cada delito. Pero si puede investigardos o mas delitos juntos, pero podrá siempre separa la investigación. Y si dos omás fiscales investigan a un mismo imputado por los mismo hechos y se afectesus derechos, el imputado puede pedir al superior de los fiscales que investigueuno solo. Art. 185 C.P.P.

    • El 159 del C.O.T. agrega que si un fiscal decide investigar 2 ó más hechosconstitutivos de delito, en dos territorios jurisdiccionales diferentes, conocerá decada uno de ellos el juez donde se dio comienzo a la ejecución de cada uno. Para

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    Las Cortes de Apelaciones1. -En única instancia.

    a) Los recursos de nulidad contra las sentencias definitivas dictadas por un juez criminal cuando C.P.P.

     b) De la extradición activa. Art. 63 N° 1 letra d) C.O.T. y 431 y siguientes delC.P.P.

    c) La solicitud para declarar si concurren o no las circunstancias que habilitanpara negarse a informar, siempre que la razón no fuere que la publicidadpudiere afectar la seguridad nacional. Art. 63 N° 1 letra e) del C.O.T.

    2. - En primera instancia.a) De los desafueros. Artículo 63 N° 2 letra a) del Código Orgánico de Tribunales.

     b) Los recursos de amparo. Art. 21 de la Constitución, 95 inc. 3° del C.P.P. y 63N° 2 letra b) del C.O.T.

    c) La querella de capítulos. Art. 63 N° 2 letra d) C.O.T. y artículos 424 ysiguientes del C.P.P.

    3. - En segunda instancia.• Las apelaciones interpuestas en contra de las resoluciones dictadas por un Juez de Garantía. Art. 63 N° 3 letra b) C.O.T. El 370 del C.P.P. establece lasresoluciones apelables.

    La Corte Suprema1. - De los recursos de nulidad. Art. 98 N° 3 del C.O.T. y 376 del C.P.P.2. -Las apelaciones deducidas contra las sentencias dictadas por las C.A. en los

    recursos de amparo y de protección. 98 N° 43. -De los recursos de revisión. Artículo 98 N° 5 C.O.T. y 473 y siguientes del C.P.P.

    4. -Las apelaciones deducidas contra las resoluciones que recaigan sobre lasquerellas de capítulos. 98 N° 8 y 424 C.P.P.

    5. -La solicitud para declarar si una autoridad puede negarse a entregar informaciónu oponerse a la entrada de recintos de autoridades públicas, o recintos militareso policiales. 98 N° 9 C.O.T. y 209 del C.P.P.kkk

    6. -De los recursos de apelación y nulidad interpuestos en contra de las sentenciasdictadas en causas de extradición pasiva.

    La nueva Organización y Gestión Administrativa de los Tribunales• La reforma trae importantes cambios en los tribunales. Por ej., el art. 312 bis del

    C.O.T. dice que los jueces del tribunal oral en lo penal tendrán la obligación deasistir a su despacho 44 horas semanales. Los jueces de garantías deberánimplementar sistemas que permitan que ellos estén todo el tiempo disponibles.

     A. Comité de Jueces

    • Los jueces de garantía y los tribunales orales en lo penal, tendrán un comité de jueces. Art. 22 del C.O.T.

    Integración

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    1. -En los juzgados o tribunales compuestos por 5 jueces o menos, el comité de jueces conformará por todos ellos.

    2. -En lo juzgados o tribunales conformados por más de 5 jueces, el comité secompondrá los 5 jueces que sean elegidos por la mayoría del tribunal, cada 2años.

    • Los acuerdos del comité se tomarán por mayoría de votos. Si hay empate decide elpresidente. Art. 22 inc. 6.

    Funciones• Están en el art. 23 del C.O.T.El Juez Presidente

    • Está en el art. 24 del C.O.T. En los J.G. donde haya un solo juez, éste tendrátodas sus atribuciones, salvo la de las letras a y c. Las atribuciones de las letrash y j, las ejercerá el presidente de la C.A.

    B. El Administrador del Tribunal

    • Es un funcionario auxiliar, profesional o técnico, de la administración de

     justicia, encargado de organizar y controlar la gestión administrativa del

    respectivo juzgado de garantía o tribunal de juicio oral en lo penal. (389 AC.O.T.)

    • Sus funciones están en el artículo 389 B del Código Orgánico de Tribunales.C. Las Unidades Administrativas

    • Cada una de ellas es dirigida por un Jefe de Unidad, quien es un profesional otécnico en la materia, y está integrada por un conjunto variable de funcionariostécnicos o administrativos. Ellas son:

    1. -Sala, que consistirá en la organización y asistencia a la realización de lasaudiencias.

    2. - Atención de público, destinada a otorgar una adecuada atención, orientación e

    información al público3. -Servicios, que reunirá las labores de soporte técnico de la red computacional del

     juzgado o tribunal, de contabilidad y de apoyo a la actividad administrativa del juzgado o tribunal, y la coordinación y abastecimiento de todas las necesidadesfísicas y materiales para la realización de las audiencias.

    4. - Administración de causas, que consistirá en desarrollar toda la labor relativa almanejo de causas y registros del proceso penal en el juzgado o tribunal, etc.

    5. - Apoyo a testigos y peritos, destinada a brindar adecuada y rápida atención,información y orientación a los testigos y peritos citados a declarar en eltranscurso de un juicio oral. Existirá solo en el tribunal oral. Art. 26 del C.O.T.

    El Imputado y el Defensor

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    1.- Calidad del Imputado

    • Es aquel interviniente contra el cual se dirige la pretensión punitiva del estado.Esta calidad se obtiene desde la primera actuación en el procedimiento en sucontra, hasta la completa ejecución de la sentencia. Art. +7. El inc. 2 establececuando se entiende que es primera actuación, lo que ya vimos.

    • Mas en lo formal, la ley exige al M.P. que formalicela investigación, pero desde la

    primera diligencia es imputado ya.2. - Posición del Imputador dentro del Proceso

    • La ley le entrega al imputado una serie de derechos y garantías. Las puede hacer valer desde que se le atribuya participación en un hecho punible. Por eso ahora elimputado tiene derecho a guardar silencio y ladeclaración indagatoria es underecho de defensa (art. 93 letra g y 98).

    • Sin embargo el imputado igual debe soportar el procedimiento penal y el poderdel estado en su contra.

    3. - Derecho a Defensa

    • Es la facultad del imputado de intervenir en el procedimiento en su contra, para

    poner en evidencia su inocencia o circunstancia que atenúe o extinga suresponsabilidad penal. Genéricamente son varios derechos:

    1. -El derecho a ser oído. Debe conocer los cargos que se le imputan y los

    antecedentes en que se funda para poder alegar.

    2. -El derecho a controlar y controvertir la prueba de cargo. Es lógico en unsistema contradictorio.

    3. -El derecho a probar los hechos que él mismo invoca para excluir o atenuar la

    reacción penal.

    4. -El derecho de valorar la prueba producida y exponer las razones, fácticas y jurídicas para obtener del tribunal una sentencia favorable.

    5. -El derecho a defenderse personalmente o elegir un defensor personalmente.• Estos derechos están tanto en la constitución, tratados internacionales y el C.P.P. y su no respeto puede anular todo. Ahora, existen dos tipos de defensa que tieneel imputado:a) Defensa Material. Es el ejercicio de los derechos y garantías que la

    constitución, tratados y el código le confieren. Incluso el código permite laauto defensa, salvo cuando sea perjudicial para el imputado. Art. 102 inc. 4.En caso contrario podrá designar libremente a un defensor y si no tiene auno de la Defensoría Penal Pública.

     b) Defensa Técnica. Es el derecho a ser asistido por un letrado desde la 1°

    actuación en el procedimiento. Radica en que se pretende garantizar lo másposible los derechos del imputado.El Derecho de Defensa Material

    •  Art. 8 inc. 2. El imputado puede formular planteamientos y alegacionesoportunos así como intervenir en todas las actuaciones judiciales y en otras,salvas las excepciones legales. Igualmente hay limites a la actividad de losórganos estatales que intervienen. Así los arts. 93 y 94 contemplan un catálogode derechos del imputado.

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    • Se clasifican en:

    1. - Derecho de Información. Presupuesto necesario para ser oído en la audiencia y

    defenderse de los cargos imputados:a) Derecho a ser informado claramente acerca de los hechos que se le imputan y

    sobre sus derechos. Si está en libertad, se cumplirá cuando prestedeclaración ante el fiscal o en la audiencia de formalización. Art. 194 inc. 1

     y 229. b) El imputado preso, tiene derecho a que se le informe el motivo de su privación

    de libertad y a que se le exhiba la orden de detención, salvo el delito

     flagrante. En este derecho:i) El funcionario que detiene, debe informarle los derechos del art. 93

    letras a), b) y g) y 94 letras f) y g)

    ii) En el lugar de detención, puede pedir que se le informe a un familiar opersona que indique que está detenido.iii) Por ultimo posee el derecho a entrevistarse privadamente con su

    abogado.• Si no puede entregársele toda la información, se le entregará en el

    recinto policial al cual fuere conducido. En el libro de guardia se dejaconstancia de que informó, de quien informó y de quien presenció. Art.135

    •  Tratándose de personas acogidas a lalegítima defensa privilegiada, ladetención podrá efectuarse en su residencia o la residencia que indiquedentro del territorio jurisdiccional del tribunal. Art. 138.

    • La información puede darse por escrito (si sabe leer) o verbalmente. Entodo recinto policial, juzgados, tribunales orales, lugares de detención,M.P. y defensoría, deberá exhibirse un cuadro contodos los derechos ygarantías de las victimas y a los detenidos. Art. 137.

    2. -Derechos de Intervención. Es una manifestación del derecho a ser oído. Así, elimputado puede:a) Pedir a los fiscales la realización de diligencias, para desvirtuar las

    imputaciones hechas en su contra. Art. 93 c). Si en la declaración delimputado, pidiere las diligencias el juez podrá recomendar al M.P. la

    realización de las mismas, cuando sean necesarias para ladefensa y

    respeto del principio de objetividad. Art. 98. b) Pedir una audiencia para prestar declaración, con o sin abogado. Art. 93 d)c) Pedir que se active la investigación y conocerla si se ha decretado el secreto. Art. 93 e)

    d) Solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa y recurrir contra la resoluciónque lo rechazare. Art. 93 f).

    • Los tratados permiten que el imputadocontra interrogue a los testigos de

    cargo. Consideraciones:

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    i) Este derecho se ejercerá en el Juicio Oral, para garantizar la presenciade todos los intervinientes.

    ii) Puede ofrecer prueba de descargo la que excepcionalmente puede serexcluida en la etapa intermedia.

    iii) Puede valorar la prueba en los alegatos de apertura y de cierre del juicio oral.

    iv) Si es condenado, que la sentencia sea revisada por un tribunal

    superior. Art. 284.3. -Derechos que imponen el deber de abstención por parte de los órganos que

    enjuician. Los órganos que enjuician, no deben afectar los derechos delimputado. Estos son:

    a) A guardar silencio o, en caso de consentir en prestar declaración, a no

    hacerlo bajo juramento. Art. 93 g) C.P.P. y 19 N° 7 f) de la constitución. Vale para cualquier interrogatorio. Arts 97, 135, 136, 137, 138 entre otros.

    • Están prohibido los metidos que menoscaben la libertad del imputadoa declarar. No puede ser sometido a coacción, amenaza o promesa.Solo se admite la promesa de una ventaja admitida en el código. Art.

    195.• Está prohibido el tormento o tortura, violencia corporal o psíquica, las

    amenaza, el juramento, el engaño (preguntas capciosas o sugestivas) oincluso el cansancio (196). La hipnollsis, psicofármacos, etc.

    • Las prohibiciones previstas rigen aun para el evento de que elimputado consintiere en la utilización de alguno de los métodos

     vedados.

     b) No ser sometido a tortura ni a otros tratos crueles, inhumanos o

    degradantes. Art. 93 h)

    c) No ser juzgado en ausencia, sin perjuicio de las responsabilidades que

     para él derivaren. Art. 93 i). Se garantiza únicamente en el juicio oral y seregula a través de la rebeldía. Las causales de rebeldía son:a) Cuando, decretada judicialmente su detención o prisión preventiva, no

    fuere habido, o b) Cuando, formalizada la investigación el imputado esté en el extranjero,

    no fuere posible obtener su extradición.• La rebeldía la declara el tribunal ante el cual debió comparecer. Art.

    100. Para los efectos se diferencia:i) Si se declara durante la investigación preparatorio el

    procedimiento continuará hasta la audiencia de preparación del juicio oral, oportunidad donde podrá decretarse (252 letra b).

    ii) Si, en cambio, la rebeldía se produce durante la etapa del juiciooral, se sobreseerá temporalmente hasta que el imputadocomparezca o sea habido. Artículo 101 inciso 2°.

    • Efectos de la Rebeldía. Las resoluciones dictadas en el juicio se

    tienen por jj• notificadas personalmente en la misma fecha en que se pronuncien. No

    se suspende la investigación, sino en la audiencia de preparación

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    donde se sobreseerá, hasta que comparezcllla. El imputado habido,pagará todas las costas.

    d) Prohibición de exceder, en la sentencia, del contenido de la acusación

    (principio de congruencia). Art. 342 y 374 f). También en el caso de laacusación solo puede referirse a los hechos y personas indicadas en laformalización, pero si puede cambiar la calificación jurídica. No acarreanulidad, pero hay que subsanar.•  Arts.341 inc. 2° y 270. Si los jueces, deciden dar una calificación

    diferente a los hechos, de que no hubiere sido objeto de discusión,deberán abrir un nuevo debate sobre ellos. Art. 341 inc. 3.

    e) Prohibición de reformatio in peius. Si una sentencia es conocida por untribunal superior, éste no puede modificarla en perjuicio de quien recurre.

     Art. 360 inc. 3. Esto con excepción de 2 casos:i) Si hay varios imputados y uno solo recurre, la resolución favorable

    afecta los demás, salvo que los fundamentos sean estrictamentepersonales del recurrente. Art. 360 inc.2.

    ii) Interpuesto el recurso de nulidad, no se pueden alegar nuevas

    causales, salvo que la corte de oficio lo acoja por una causal diferente,siempre que sea de aquellos del 374. Art. 379 inc.2

    Derecho a Defensa Técnica

    • La constitución establece la defensa jurídica de un letrado. Ordena allegislador a arbitrar los medios para que la objjj

    • tenga. Art. 19 N° 3 inc. 2 y 3. El C.P.P. garantiza esta defensa desde la primeraactuación, hasta la ejecución de la sentencia. Art. 8 inc.1, 93 b) y 102. Si no latiene el M.P. la solicitará.

    • Con todo, la designación de un defensor se hará antes de la realización de laprimera audiencia del imputado. Si está preso, podrá entrevistarse privadamentecon su defensor. Art. 94 f).

    La Autodefensa Técnica

    • El código la autoriza. Pero está limitado a que esta defensano perjudique la

    eficacia de la defensa. Art. 102. En este caso, el juez deberá designarle y undefensor o el imputado nombrar a uno. Esto ratifica el principio de que la defensa

    correspondealimputado y solo asu lado habrá un defensor y noen sulugar.

    • Por ello, el imputado podrá siempre prestar declaración como medio de defensa,lo que hace solo. Art. 98 inc.1.En la audiencia de formalización y luego deformulados los cargos, puede manifestar lo que quiera. Art. 232 inc.1.

    • En el juicio oral, hay que instruir al acusado de sus derechos establecidos en elart. 8. Art. 326. Es más, el defensor puede ejercer todos los derechos delimputadosiempre que éste no se los haya reservado. Art. 104.

    Designación y Sustitución del defensor

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    • El imputado puede designar a un defensor de su confianza. Si no lo tiene puedepedírselo al M.P. o al juez. Si está preso, cualquier persona puede pedir que sedesigne uno. El juez ordenará que el imputado sea quien acepte al defensor. Art.102.

    • La ley 19.718 creó ladefensoría penal publica. El art. 52 de la ley, dice que elimputado puede elegir de una nomina al defensor, siempre que esté disponible.Por el solo hecho de elegirlo tendrá el patrocinio y el poder, con todas las

    facultades del art. 7 del C.P.C. Art. 54 ley.• El imputado puede pedir el cambio de defensor, petición sobre la cual se

    pronunciará el Defensor Regional. Art. 53. La elección