Promueve Regulacion de Honorarios

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Juzgado Laboral N° 4 Expte 101667/2014 PROMUEVE REGULACION DE HONORARIOS SEÑOR JUEZ: Sánchez Lorena Natalia, Abogada por mis propios derechos en los autos caratulados: “LEAL GUSTAVO SERGIO C/ HAMBURGUESERIA EL PIBE DE ORO DEL CENTRO Y/U OTRO Y/O Q.R.R. S/ INDEMNIZACION”, Expte 101667/2014, ante V.S comparezco y como mejor proceda en derecho, digo: I-OBJETO: Que vengo por este acto a promover la regulación de honorarios profesionales por la suma de $17.444 (diecisiete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro), y lo que en mas o en menos resulte de las probanzas en autos con más los intereses y costas, contra el Sr Víctor Fabián Cabrera, D.N.I 32.405.396 con domicilio en Mendoza 1042/44 de esta ciudad. La obligación que se exige surge de las actuaciones realizadas en el presente expediente y que fueran ordenadas por el Sr Cabrera, con poder apud presentado oportunamente, y teniendo en cuenta que la actividad profesional de los abogados y procuradores se presume de carácter oneroso ( Art 3º ley 5822), es razonablemente fundada la pretensión solicitada y Atento al carácter alimentario, de los honorarios profesionales, los cuales constituyen un medio para satisfacer necesidades vitales propias y de la familia del profesional, como reiteradamente ha manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia, es que solicitamos se regulen los honorarios correspondientes.

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Juzgado Laboral N° 4Expte 101667/2014

PROMUEVE REGULACION DE HONORARIOS

SEÑOR JUEZ:

Sánchez Lorena Natalia, Abogada por mis propios derechos en los autos

caratulados: “LEAL GUSTAVO SERGIO C/ HAMBURGUESERIA EL PIBE DE ORO DEL CENTRO

Y/U OTRO Y/O Q.R.R. S/ INDEMNIZACION”, Expte 101667/2014, ante V.S comparezco y como

mejor proceda en derecho, digo:

I-OBJETO: Que vengo por este acto a promover la regulación de honorarios

profesionales por la suma de $17.444 (diecisiete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro), y lo que

en mas o en menos resulte de las probanzas en autos con más los intereses y costas, contra el

Sr Víctor Fabián Cabrera, D.N.I 32.405.396 con domicilio en Mendoza 1042/44 de esta ciudad.

La obligación que se exige surge de las actuaciones realizadas en el presente

expediente y que fueran ordenadas por el Sr Cabrera, con poder apud presentado

oportunamente, y teniendo en cuenta que la actividad profesional de los abogados y

procuradores se presume de carácter oneroso ( Art 3º ley 5822), es razonablemente fundada

la pretensión solicitada y Atento al carácter alimentario, de los honorarios profesionales, los

cuales constituyen un medio para satisfacer necesidades vitales propias y de la familia del

profesional, como reiteradamente ha manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia, es

que solicitamos se regulen los honorarios correspondientes.

A fin de cumplimentar con lo dispuesto por el Art 9 de la ley 5822 procedo a

informar mi carácter de monotributista, C.U.I.L 27-30294649-9.

II-DERECHO: Fundo el derecho de mi parte en los Arts 6, 52, 56 y Conc de la Ley

5822 de Honorarios profesionales.

III- RESERVA DEL CASO FEDERAL: Para el hipotético e improbable caso de que V.S

rechace esta pretensión, se hace reserva del caso federal( Art 14 ley 48) para que por la vía de

la instancia extraordinaria la Corte Suprema de Justicia de la Nación remedie la violación a mi

derecho de propiedad y demás garantías constitucionales que pudieran ser violadas.

IV- PETITORIO: Por todo lo expuesto solicito:

1) Se tenga por promovido el formal incidente de regulación de honorarios.

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2) Se fijen los honorarios profesionales correspondientes a mi actuación en la presenta

causa, por la suma reclamada y lo que en mas o en menos corresponda en derecho.

3) Oportunamente se dicte auto regulatorio de honorarios y se ordene su notificación.

PROVEER DE CONFORMIDAD SERA JUSTICIA