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Profesor: Mg. Felipe E. Iannacone Silva Universidad de San Martin de Porres Facultad de Derecho Derecho Tributario II 2010

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Profesor:

Mg. Felipe E. Iannacone Silva

Universidad de San Martin de PorresFacultad de Derecho

Derecho Tributario II

2010

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IMPUESTO A LA RENTA

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FUNDAMENTOS GENERALES DEL IMPUESTO A LA RENTA

Contenido:

-Noción preliminar de “Renta”...

-El circuito de la riqueza y la “renta”.

-Sistemas de imposición sobre la Renta

-La equidad o inequidad de la imposición.

- Construcciones determinativas del impuesto.

-Características.

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El circuito de la riqueza

Objeto económico de los impuesto.

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Ganancia Ingresos

Rendimiento BeneficioUtilidadesRenta RemuneraciónRéditos Premios  

AhorroCapital

“Patrimonio” Actos de consumoVentasComprasPermutasAdquisiciones Usos

          

De FUENTES ORIGINARIASSE OBTIENE

Marco general: el circuito de la riqueza

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Ganancia Ingresos

Rendimiento BeneficioUtilidadesRenta RemuneraciónRéditos Premios  

AhorroCapital

“Patrimonio”

Actos de consumoVentasComprasPermutasAdquisiciones Usos

          

De FUENTES ORIGINARIASSE OBTIENE

Marco general: el circuito de la riqueza

Una parte de ella será considerada como renta gravable por el legislador...ya lo veremos más adelante...

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN SOBRE LA RENTA

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SISTEMAS DE IMPOSICIÓN

CEDULARINDICIARIO,

PRESUNTIVO e

INDIRECTO

GLOBAL MIXTO

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Cada cédula identifica una fuente de renta

Los resultados de cada cédula son independientes entre sí. No cabe compensación.

Grava operación por operación. Suele tener tasas bajas.

Es sencillo de aplicar, permite discriminar el peso fiscal de cada tipo de cédula (en función de la renta allí contenida), permite aplicar régimen de retención en la fuente.

Problema: es imperfecto para cumplir criterios de equidad.

CEDULAR O ANALÍTICO

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Ejemplo...cedular... Rentas de predios 100

Pagará Impuesto cedular sobre 100

Rentas empresariales (300)

No paga Impuesto en esta cédula.

Rentas de un oficio 200

Pagará Impuesto sobre esta cédula sobre 200.

Esta persona con el pago de impuestos sobre100 y sobre 200 ahora sí pasará a estar

“en situación deficitaria”.

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Síntesis total de rentas (positivas o negativas) a nivel de sujeto pasivo.

Todas las rentas se atribuyen a las personas físicas o naturales.

Permite aplicar la progresividad de la alícuota en su integridad.

Permite considerar la situación personal del sujeto pasivo o contribuyente.

Acumula rentas de distintas fuentes, reconoce mínimos no imponibles y tiene usualmente tasas altas.

GLOBAL O SINTÉTICO

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Ejemplo...sistema global...

Rentas de predios 100 Rentas empresariales (300) Rentas de un oficio 200

Renta Global 0Impuesto 0

Si hubiera renta positiva se aplicará la escala progresiva, se permite deducir por ejemplo cargas de familia, gastos de salud, etc.

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Elementos globales y cedulares al mismo tiempo

Es la forma generalmente adoptada por las legislaciones que no adoptan formas puras.

Impuestos cedulares a los que se sobrepone un impuesto global o también la determinación de rentas netas de modo cedular y posterior globalización en la determinación final del impuesto.

MIXTO

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Ejemplo....sistema mixto...1ra. CAT: PREDIOS Renta Bruta - d = Renta Neta (+ ó -)

2da. CAT: OTROS CAPITALES RB - d = Renta Neta (+)

3ra. CAT: COMERCIO/INDUSTRIA/SIM RB - d = Renta Neta (+ ó -)

4ta. CAT: TRABAJO INDEPENDIENTE RB - d = Renta Neta (+ ó -)

5ta. CAT: TRABAJO DEPENDIENTE RB - d = Renta Neta (+)

RR. FTE. EXTRANJERA __ Renta Neta (+)

RNG

Luego sobre esta base imponible se aplica un impuesto progresivo con la posibilidad de tener créditos que sobre la base de la situación personal del deudor...

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Sistemas de imposición

Indiciario, presuntivo e indirecto

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INDICIARIO

Veamos un antecedente histórico:

El Impuesto francés a las ventanas.

En la actualidad:

El sistema de módulo español.

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PRESUNTIVO

Determinación cierta vs. presunta. El sistema presuntivo es un mecanismo SUPLEMENTARIO al

momento de definir RENTA. Funciona como una forma de determinación alternativa del impuesto a

la renta... Presunción legal a favor de la Administración Tributaria.

Ejemplo...Artículo 65 del Código Tributario...La Administración Tributaria podrá practicar la determinación en base, entre otras, a las siguientes presunciones: 1. Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de ventas o libro de ingresos, o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no se exhiba dicho registro y/o libro. 2. Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de compras, o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no se exhiba dicho registro. 3. Presunción de ingresos omitidos por ventas, servicios u operaciones gravadas, por diferencia entre los montos registrados o declarados por el contribuyente y los estimados por la Administración Tributaria por control directo. .......(...)

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INDIRECTO

Determinación directa vs. indirecta. La estimación directa: a través de las DDJJ y

documentación del contribuyente o de terceros. La estimación Indirecta en el IMPUESTO A LA

RENTA: Por excelencia el INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO

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CARACTERES DEL IMPUESTO A LA RENTA

DIRECTO (NO TRASLADABLE desde el punto de vista jurídico) vs. Impuesto asumido por un 3ro. (art. 47 LIR).

EQUITATIVO y PROGRESIVO.

En principio GLOBAL, PERSONAL Y SUBJETIVO.

Carácter PERIÓDICO.

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Veamos un ejemplo ...

Escala progresiva

Escala IR 2008...para la Renta Neta Global..

Si ganas hasta 100 Pagas 10%

Si ganas desde 101 a 300 Pagas 25%

Desde 301 Pagas 30 %

TASA

Por el exceso de 27 UIT (S/. 94,500)

y hasta 54 UIT (S/. 189,000)

Por el exceso de 54 UIT (S/. 189,000) 30%

RENTA NETA GLOBAL ANUAL

21%

27 UIT 15%Hasta RENTA IMPONIBLE DE TRABAJO YFUENTE EXTRANJERATASA . Para el 200927 UIT (S/. 95,850)54 UIT (S/. 191,700)

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EL IMPUESTO A LA RENTA EN EL PERÚ

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El Impuesto a la Renta en el Perú

IMPUESTOS CEDULARES Y COMPLEMENTARIOS

Impuesto a las utilidades industriales o comerciales Impuesto a las utilidades no distribuidas Impuesto a las rentas inmobiliarias Impuesto a los intereses (renta de capital) Impuesto a los sueldos y salarios Impuesto a las ganancias de capital Impuesto complementario de tasa fija Impuesto complementario de tasa variable

1ER. PERIODO: 1934 - 1967

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El Impuesto a la Renta en el Perú

MIXTO, GLOBAL Y CEDULAR

TRES REGÍMENES:

1. PERSONA NATURAL IMPUESTO DOMICILIADA MIXTO

2. PERSONA JURIDICA IMPUESTO DOMICILIADAGLOBAL

3. PERSONA NO CEDULAR PARA DOMICILIADA RENTAS DE

FUENTE PERUANA

2DO. PERIODO: 1967 - 1993

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El Impuesto a la Renta en el Perú

GLOBALIDAD DEL IMPUESTO CADA VEZ MÁS AFECTADA

TRES REGÍMENES:

1. PERSONA NATURAL - SemiGLOBAL:RTAS.1ERA-2DA-4TA-5TA.

DOMICILIADA-RNG - CEDULAR: RTAS 3ERA.

2. PERSONA JURIDICA IMPUESTO GLOBALDOMICILIADA

3. PERSONA NO CEDULAR PARA RENTAS DEDOMICILIADA FUENTE PERUANA

3ER. PERIODO: 1994 – 2002

Más Rtas.Fte. Extranjera

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El Impuesto a la Renta en el Perú

INCLINACIÓN A CEDULARIZAR CIERTAS RENTAS

TRES REGÍMENES:

1. PERSONA NATURAL - SemiGLOBAL: RTAS.1ERA-2DA-4TA-5TA.

DOMICILIADA - CEDULAR: RTAS. 3RA.RNG - CEDULAR: DIVIDENDOS

2. PERSONA JURIDICA IMPUESTO GLOBALDOMICILIADA

3. PERSONA NO CEDULAR PARA RENTAS DEDOMICILIADA FUENTE PERUANA

4TO. PERIODO: 2003 – 2008

Más Rtas.Fte. Extranjera

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El Impuesto a la Renta en el Perú

Rentas de las Personas Naturales Domiciliadas

A partir del 1 de enero de 2009:

- Impuesto a la Renta Cedular.

- “Semiglobal” en rentas de trabajo.

5TO. PERIODO: 2009…

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El Impuesto a la Renta en el Perú

Rentas de las Personas Naturales Domiciliadas

5TO. PERIODO: 2009

Tipo Renta Comprende TasaRentas netas del capital

1ra. y 2da.Categoría

6.25%Dividendos 4.1%

Rentas netas del trabajo

4ta. y 5ta.Categoria

Progresiva:15% 21% y 30%

Rentasempresariales

3ra.Categoría

30%

“Global” en esta parte

“Global” en esta parte

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Veamos el siguiente caso y analicemos los efectos del cambio...2008 al régimen actual....

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Régimen 2008

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El Impuesto a la Renta en el Perú

Rentas de las Personas Naturales Domiciliadas

Sigue la línea de lo establecido para el 2009.

Sin embargo el impuesto a las ganancias de capital -GK en valores mobiliarios permite que se compensen pérdidas y reconoce un mínimo no imponible (5UITs).

La tasa baja de 5% en dicha GK también se aplicará a inversionistas no domiciliados. Sin embargo las empresas domiciliadas quedan con 30%.

6TO. PERIODO: 2010

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ESQUEMA LEGAL DEL IMPUESTO A LA RENTA:

Determinación del Impuesto

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ESQUEMA LEGAL DEL IMPUESTO EJERCICIO GRAVABLE 1994

EXISTENCIA DE 3 REGIMENES DE DETERMINACION DEL IMPUESTO:

1) IMPUESTO SOBRE LA RENTA NETA GLOBAL (personas naturales domiciliadas).

2) IMPUESTO SOBRE LAS RENTAS DE TERCERA CATEGORIA

3) IMPUESTO SOBRE LAS RENTAS DE NO DOMICILIADOS

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ESQUEMA LEGAL DEL IMPUESTO EJERCICIO GRAVABLE 1995 (hasta 2008)

1) IMPUESTO SOBRE LA RENTA NETA GLOBAL

2) IMPUESTO SOBRE LAS RENTAS DE TERCERA CATEGORIA:

2.1) Régimen General 2.2) Régimen Especial del Impuesto a la Renta -RER

3) IMPUESTO SOBRE LAS RENTAS DE NO DOMICILIADOS

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RER Podrán acogerse al Régimen Especial las personas naturales, sociedades

conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas en el país, que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las siguientes actividades:

a. Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo.....  

b. Actividades de servicios, ... salvo las excluidas.

No estarán comprendidos:

(i) Cuando en el ejercicio gravable el monto de sus ingresos netos superen los S/. 525,000.00.

(ii) El valor de los activos fijos afectados a la actividad, con excepción de los predios y vehículos, supere los S/. 126,000.00.

(iii) Cuando en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus adquisiciones afectadas a la actividad acumuladas supere los S/. 525,000.00.

(iv) Se trate de alguna actividad excluída (constructoras, casinos, promotoras de espectáculos...)

(v) Personal no mayor a 10 personas.

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Nota:Las personas naturales y sucesiones indivisas pueden optar además por el Nuevo RUS

Decreto Legislativo No.937...ingresos inferiores a S/.360,000 (entre otros requisitos)

El Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS, comprende a:a. Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que

exclusivamente obtengan rentas por la realización de actividades empresariales. 

b. Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios.

Los sujetos de este Régimen pueden realizar conjuntamente actividades empresariales y actividades de oficios. Tratándose de sociedades conyugales, los ingresos provenientes de las actividades comprendidas en este Régimen que perciban cualquiera de los cónyuges, serán consideradas en forma independiente por cada uno de ellos.

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Impuesto sobre la Renta Neta Global – Hasta el

ejercicio 2008

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IMPUESTO SOBRE LA R.N.G.

1ra CAT: ARRENDAMIENTO SUBARRENDAMIENTOCESION DE BIENES RB - d = RN(+)

2da CAT: OTROS CAPITALES RB - d = RN(+)

4ta CAT: TRABAJO RB - d = RN INDEPENDIENTE Preliminar

5ta CAT: TRABAJO DEPENDIENTE YCASO ESPECIAL DE SERVICIO REGULADO POR LA LEY CIVIL RB

-----------------

-d

RN +

Renta Neta Global de Fuente Peruana (no dividendos) XXXXX

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RNGFP(-) DEDUCCIONES

a) Pérdida extraordinariapor bienes arrendados (XXX)

b) Pérdida ejerciciosanteriores vinculada (XXX)

c) Especial (XXX)d) ITF (tope:RNG-5taCat)2004 (XXX)e) Gastos por donaciones2003 (XXX)

-tope 10% RNG anual luego de a) y f)f) Pérdida de capital(inmuebles)(XXX)2004

(+) RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA RN (+)

------------RENTA NETA GLOBAL ANUAL o IMPONIBLE XXXX

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------------

RENTA NETA GLOBAL IMPONIBLE XXXX=======

% DEL IMPUESTO IMPUESTO (Aplicación de la Escala)

Renta Neta Global Tasa

Hasta 27 UIT 15%

Por el exceso de 27 UIT y hasta 54 UIT 21%

Por el exceso de 54 UIT 30%

Desde 2003

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Determinación del Impuesto a Regularizar

% DEL IMPUESTO % DEL IMPUESTO IMPUESTOIMPUESTO

(Aplicación de la Escala)(Aplicación de la Escala) CALCULADOCALCULADO

(-) Crédito sin derecho a devolución por I.R. de Fuente Extranjera ( XXX)

----------------------------

Sub TotalSub Total X ó = 0

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Sub TotalSub Total X ó = 0(-) (-)

Créditos con Derecho Créditos con Derecho

a Devolucióna Devolución (( XXX )XXX )

(todos)(todos)

------------------------------Saldo por Regularizar XXX

(A favor del contribuyente o a favor del fisco)

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CONCEPTO DE RENTAAspecto material del tributo

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Primero recordemos el escenario económico

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OBJETO ECONÓMICO DEL IMPUESTO:

UNA MANIFESTACIÓN DE RIQUEZA

EXCEPCIONES:

   - TRIBUTOS CENSALES

   - ALGUNOS TRIBUTOS DE FIN EXTRAFISCAL

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Ganancia Ingresos

Rendimiento BeneficioUtilidadesRenta RemuneraciónRéditos Premios  

AhorroCapital

“Patrimonio” Actos de consumoVentasComprasPermutasAdquisiciones Usos

          

De FUENTES ORIGINARIASSE OBTIENE

Marco general: el circuito de la riqueza

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EN UN DETERMINADO PERÍODO:

1.- RENTA = “CAPITAL” +

“CONSUMO”

 2.- SI NO SE CONOCE LA RENTA:

LA PUEDO BUSCAR POR EL “CAPITAL” 0 POR EL “CONSUMO”

 

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DEFINICIÓN DE RENTA (Ámbito de aplicación)

Concepto Económico(RENTA EXTENSIVA O AMPLIA)

CONSUMO DEL PERIODO (C)+

PATRIMONIO AL FINAL DEL PERIODO(KF)-

PATRIMONIO AL INICIO DEL PERIODO(KI)

Recordemos que

estamos

desarrollando el

concepto

económico

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Notas al concepto económico:= INCREMENTO DE

PATRIMONIO.

ALGUNOS LODENOMINAN

GANANCIA DE CAPITAL

(PLUSVALÍAS) 

KF - KI

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Evaluación de competencias y conocimiento adquiridos

La determinación del impuesto a la renta.

Diferencia entre los sistemas cedulares y globales de imposición.

Utilidad y vigencia de cada uno de los sistemas.

Diferencia entre sistemas indirectos de determinación y sistemas presuntivos.

Sistemas de imposición que adopta nuestra legislación.

Diferencia entre impuestos con tasa progresiva y tasa proporcional.

Valoración del sistema de imposición vigente.

Concepto económico de renta.

Rentas del capital y rentas del trabajo. Nociones diferenciadoras.

Características de la imposición sobre la renta.

El circuito de la riqueza y el objeto económico de los tributos.

Noción de incremento patrimonial no justificado.

El desbalance patrimonial. Aspectos éticos.

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Concepto tributario de “renta” en la Ley del Impuesto a la Renta (art. 1°)

CONCEPTO DE RENTA EN LA LEY

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Ganancia Ingresos

Rendimiento BeneficioUtilidadesRenta RemuneraciónRéditos Premios  

AhorroCapital

“Patrimonio”

Actos de consumoVentasComprasPermutasAdquisiciones Usos

          

De FUENTES ORIGINARIASSE OBTIENE

Marco general: el circuito de la riqueza

Una parte de ella o toda ella (dependiendo de determinadas circunstancias)será considerada como renta gravable por el legislador...

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Ganancia Ingresos

Rendimiento BeneficioUtilidadesRenta RemuneraciónRéditos Premios  

AhorroCapital

“Patrimonio”

Actos de consumoVentasComprasPermutasAdquisiciones Usos

          

De FUENTES ORIGINARIASSE OBTIENE

Marco general: el circuito de la riqueza

Una parte de ella o toda ella (dependiendo de determinadas circunstancias)será considerada como renta gravable por el legislador...

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CONCEPTO legal de RENTA

Ámbito de aplicación

Renta producto

Flujo de riqueza

Consumo más incremento patrimonial

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Concepto tributario de “renta” en la Ley del Impuesto a la Renta (art. 1°)

CONCEPTO DE RENTA EN LA LEY

1) Renta producto (inc. a)

3) Flujo de riqueza (inc. c)

4) Rentas imputadas (inc. d) MAS variaciones patrimoniales del art. 52

2) Ganancias de capital (inc. b)

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Concepto tributario de “renta” en la Ley del Impuesto a la Renta (art. 1°)

CONCEPTO DE RENTA EN LA LEY

1)Renta producto (inc. a)

3) Flujo de riqueza (inc. c)

4) Rentas imputadas (inc. d) MAS variaciones patrimoniales del art. 52

2) Ganancias de capital (inc. b)

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CONCEPTO DE RENTA

Son rentas los enriquecimientos que cumplan los siguientes requisitos:

-Debe ser un producto.

-Provenga de una fuente durable, susceptible de generar en el futuro más rentas.

-Ser periódicos (o potencialmente periódicos).

-La fuente haya sido puesta en explotación.

-La renta debe estar realizada.

Teoría de la Renta Producto

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La Renta Producto en el PerúArt. 1 inciso a) de la LIR

El IRTA. grava las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos, entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos

Concepto legal de Renta

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ÁMBITO DE APLICACIÓN

Renta Producto:

Ejemplos:

FUENTE Instrumento o actividad RENTA

CAPITAL DEPOSITOS BANCARIOS INTERESES

TRABAJO TRABAJO DEPENDIENTE REMUNERACIÓN

EMPRESA SERVICIOS DE TRANSPORTE PRECIO o RETRIBUCIÓN

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Art. 1 último párrafo - LIRExpresamente incluidas en esta teoría:

1) Regalías.2) Resultados de enajenación de

bienes destinados al comercio.

La Renta Producto en el Perú

Concepto legal de Renta

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ÁMBITO DE APLICACIÓN

* “Se entiende por enajenación: la venta, permuta, cesión definitiva, expropiación, aporte a sociedades y, en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso ”.

Artículo 5° de la LIR.

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ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 3° del Código de Comercio:

Presunción legal del ejercicio del comercio:

“Existirá la presunción legal del ejercicio habitual del comercio, desde que la persona que se proponga ejercerlo anunciare por circulares, periódicos, carteles, rótulos expuestos al público, o de otro modo cualquiera, un establecimiento que tenga por objeto alguna operación mercantil”.

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Art. 1 último párrafo - LIRExpresamente incluidas en este concepto:

3) Resultados de la venta, cambio o disposición HABITUAL de bienes.

La Renta Producto en el Perú

Concepto legal de Renta

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En personas naturales:

Renta producto: habitual.

Enajenaciones no habituales: no gravada por regla general, salvo las ganancias de capital.

Ganancia de capital: no interesa la habitualidad. Va gravada en tanto califique como tal. Si es persona natural tributará por rentas de la Segunda Categoría.

La ganancia de capital (no habitual) puede pasar a habitual y tributar por rentas de la Tercera Categoría.

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Habitualidad en la enajenación de

valores. Art. 4° LIR

- Hasta el 31.12.09, era habitual aquél contribuyente que efectuaba más de 10 compras y más de 10 ventas en el ejercicio.

- A partir del 01.01.10 (Ley 29492), se ha producido la eliminación del cómputo para la presunción de habitualidad en el caso de valores mobiliarios.

Habitualidad en la enajenación de inmuebles. ART. 4° LIR y ART.17° REGLAMENTO

- Se configura a partir de la tercera enajenación, inclusive, que se produzca en el ejercicio gravable.

- Alcanzada la condición habitualidad en un ejercicio, ésta continuará durante los 2 ejercicios siguientes. Además si en alguno de los 2 años se adquiere nuevamente esa misma condición, la habitualidad se extenderá por los dos 2 ejercicios siguientes. (A partir del 01.01.10)

- En ningún caso, la enajenación de la casa habitación se computará para efectos de determinar la existencia de un negocio habitual.

- La LIR excluye del cómputo de la habitualidad la enajenación de inmuebles destinados exclusivamente a estacionamiento y depósito. (A partir del 01.01.10).

AMBITO DE APLICACIONAMBITO DE APLICACIONRenta Producto – Supuestos de “habitualidad”Renta Producto – Supuestos de “habitualidad”

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Para el caso de inmuebles, NO se considerarán operaciones habituales ni serán computables para determinar habitualidad:

  Las transferencias fiduciarias que conforme a la LIR no

constituyen enajenaciones.

Las enajenaciones de inmuebles efectuadas a través de Fondos de Inversión y Patrimonios Fideicometidos de Sociedades Titulizadoras y de Fideicomisos Bancarios, sin perjuicio de la categoría de renta que sean atribuidas por dichas enajenaciones.

Las enajenaciones de bienes adquiridos por causa de muerte.

La enajenación de la casa habitación de la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal.

AMBITO DE APLICACIONAMBITO DE APLICACIONRenta Producto – Supuestos de “habitualidad”Renta Producto – Supuestos de “habitualidad”

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Art. 1 - LIRExpresamente incluidos en este concepto:

- Los resultados de la enajenación de terrenos rústicos o urbanos por el sistema de urbanización o lotización..

- Los resultados de la enajenación de inmuebles, comprendidos o no en el régimen horizontal, cuando hubieren sido adquiridos o edificados para enajenarlos.

La Renta Producto en el Perú

Concepto legal de Renta

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Concepto tributario de “renta” en la Ley del Impuesto a la Renta (art. 1°)

CONCEPTO DE RENTA EN LA LEY

1) Renta producto (inc. a)

3) Flujo de riqueza (inc. c)

4) Rentas imputadas (inc. d) MÁS variaciones patrimoniales del art. 52

2) Ganancias de capital (inc. b)

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CONCEPTO DE RENTA

Teoría de la Flujo de Riqueza

Considera a la totalidad de ingresos provenientes de terceros hacia el contribuyente.

Engloba a todas las rentas categorizables como renta producto, pero al no exigir que provengan de una fuente durable, ni importar su periodicidad, comprendería a una serie más de ingresos.

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CONCEPTO DE RENTA

Teoría de la Flujo de Riqueza

Comprende:

Rendimientos regulares de fuentes permanentes más:a) Ganancias de capital realizadasb) Ingresos por actividades accidentalesc) Ingresos eventualesd) Ingresos a título gratuito

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Enajenación(no requiere habitualidad)

Ganancia de capital

Enajenación habitual

Rentas de tercera categoría

Bienes de

Capital

Bienes de

Cambio

Concepto de FLUJO DE RIQUEZAGANANCIAS DE CAPITAL – Ámbito económico

Conce

pto

legal de R

enta

El legislador decide el tratamiento.

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Concepto de FLUJO DE RIQUEZAGANANCIAS DE CAPITAL

Constituye ganancia de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital. 

Se entiende por bienes de capital a aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio o de empresa. 

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Concepto de FLUJO DE RIQUEZAGANANCIAS DE CAPITAL

Entre las operaciones que generan ganancias de capital, de acuerdo a la Ley, se encuentran:

 a) La enajenación, redención o rescate, según sea el caso, de acciones y participaciones representativas del capital, acciones de inversión, certificados, títulos, bonos y papeles comerciales, valores representativos de cédulas hipotecarias, obligaciones al portador u otros valores al portador y otros valores mobiliarios.

“Redención y rescate”

La adquisición de acciones de propia emisión por debajo o por encima del valor nominal para fines de reducción de capital no tiene incidencia en el Impuesto a la Renta para la empresa adquirente.

 Tratándose de la redención o rescate de acciones por la sociedad emisora, para fines de reducción de capital social, los beneficios obtenidos por los accionistas disidentes por la diferencia entre el monto percibido y el valor nominal de sus acciones califica como un dividendo u otra forma de distribución de utilidades.

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Concepto de FLUJO DE RIQUEZAGANANCIAS DE CAPITAL

Entre las operaciones que generan ganancias de capital, de acuerdo a la Ley, se encuentran: 

b)      La enajenación de: 

1)   Bienes adquiridos en pago de operaciones habituales o para cancelar créditos provenientes de las mismas.

2)      Bienes muebles cuya depreciación o amortización admite esta Ley.

3)      Derechos de llave, marcas y similares.

4)     Bienes de cualquier naturaleza que constituyan activos de personas jurídicas o empresas constituidas en el país, de las empresas unipersonales domiciliadas a que se refiere el tercer párrafo del Artículo 14º o de sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior que desarrollen actividades generadoras de rentas de la tercera categoría.

5)      Negocios o empresas.

6)      Denuncios y concesiones. 

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Concepto de FLUJO DE RIQUEZAGANANCIAS DE CAPITAL

Entre las operaciones que generan ganancias de capital, de acuerdo a la Ley, se encuentran:

 C) Los resultados de la enajenación de bienes que, al cese de las actividades desarrolladas por determinadas empresas, hubieran quedado en poder del titular de dichas empresas, siempre que la enajenación tenga lugar dentro de los 2 años contados desde la fecha en que se produjo el cese de actividades.

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Ganancias de capital en el caso de personas naturales (y sucesiones indivisas y sociedades conyugales)

que no generan rentas de 3ra Cat

No constituye ganancia de capital gravable, el resultado de la enajenación de los siguientes bienes:

i) Inmuebles ocupados como casa habitación del enajenante.

ii) Bienes muebles, distintos a los valores mobiliarios.

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El flujo de Riqueza en el Perú, algunas regulaciones: Ganancias de Capital (art. 2 últ. Pf)

PERSONAS NATURALES sin actividad empresarial

INMUEBLES VALORES MOBILIARIOS

OTROS BIENES

GANANCIA

DE

CAPITAL

A partir PRIMERA

Operación

EXCEPTO: CASA

HABITACIÓN

Todas las operaciones

SALVO monto mínimo

EXONERADO

NO EXISTE GANANCIA DE

CAPITAL

PERDIDA

DE

CAPITAL

No aplicable

desde el ejercicio gravable 2009

No aplicableSe compensan contra la renta neta anual de los citados bienes. Dichas pérdidas se compensan en el ejercicio y no se pueden utilizar en los ejercicios siguientes.

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El flujo de Riqueza en el Perú, algunas regulaciones: Ganancias de Capital (art. 2 inc. a, b y c)

PERSONAS JURÍDICAS o empresas

INMUEBLES VALORES MOBILIARIOS

OTROS BIENES

GANANCIA

DE

CAPITAL

Todas las operaciones

Todas las operaciones

No hay exoneración. Todas las operaciones

PERDIDA

DE

CAPITAL

Regla general de

arrastre de pérdidas

Regla general de

arrastre de pérdidas

Regla general de arrastre de

pérdidas

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El flujo de Riqueza en el Perú: Otros ingresos que provienen de terceros

PERSONAS JURIDICAS (O PNAT. CON NEGOCIO) Art. 3 LIR:

Indemnizaciones a favor de empresas por seguros de su personal y aquellas que no impliquen la reparación de un daño.Indemnizaciones destinadas a reponer total o parcialmente un bien del activo de la empresa, en la parte que exceda el costo computable.Otros ingresos que provengan de “operaciones” con 3ros.

Con

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Concepto tributario de “renta” en la Ley del Impuesto a la Renta (art. 1°)

CONCEPTO DE RENTA EN LA LEY

1) Renta producto (inc. a)

3) Flujo de riqueza (inc. c)

4) Rentas imputadas (inc. d) MAS variaciones patrimoniales del art. 52

2) Ganancias de capital (inc. b)

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concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO

1. Engloba a la teoría renta-producto y flujo de riqueza

2. La capacidad contributiva se mide en función de las satisfacciones del individuo (traducidas en consumos o incrementos del patrimonio)

3. La renta se mide en un periodo determinado de tiempo: se requiere un “antes” y un “después” para poder operar.

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concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO

PERÍODO DE TIEMPO

Inicio Fin

Satisfacciones

Consumo

Variacionespatrimoniales

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Manifestaciones de esta teoría:

A. VARIACIONES PATRIMONIALESPuede provenir de: acumulación de ahorro de ingresos o aumento del valor de los bienes poseídos al comienzo del periodo. No todo ello se tiene que gravar con el IR.

concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO

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B. CONSUMOS* Consumo: Empleo de bienes y servicios para satisfacer necesidades.* Al consumir se destruyen bienes económicos previamente adquiridos* Formas de consumo:

Uso de bienes adquiridos en el periodo

Uso de bienes durables: RENTAS IMPUTADAS (otro sujeto)

concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO

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concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO en el Perú

CONSUMOS: “Son rentas gravables las rentas imputadas,

incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta ley.” (art. 1 inc. d) LIR)

RENTA FICTA DE 1RA. CATEGORIARenta ficta por predios que han sido cedidos gratuitamente o a precio no determinado. La renta ficta será el 6% del valor del

autoavalúo. (art. 23 LIR)

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concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO en el Perú

VARIACIONES PATRIMONIALES:Art. 52° LIR

“Se presume que los incrementos patrimoniales cuyo origen no pueda ser justificado por el DEUDOR TRIBUTARIO, constituyen renta neta no declarada por éste.

(….)

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CONSUMO DEL PERIODO (C)+

PATRIMONIO AL FINAL DEL PERIODO(PF)

-PATRIMONIO AL INICIO DEL

PERIODO(PI)

concepto de RENTA como VARIACION PATRIMONIAL MAS CONSUMO

C + (PF – PI)

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Los incrementos patrimoniales NO podrán ser justificados:

1. Con donaciones que no consten de escritura pública o de otro documento fehaciente;

2. Con utilidades derivadas de _ “actividades ilícitas”.

INCREMENTOS PATRIMONIALES:

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Renta por actividades ilícitas

Posiciones contrarias en la Doctrina:- Se encuentran gravadas. En EEUU forma parte de la renta gravada los ingresos por extorsión, fraude, contrabando de bebidas alcohólicas, etc. aun cuando se obligue a su reembolso o restitución cuando se descubra- No se gravan. Jurisprudencia Italiana las excluye del gravamen porque tales ingresos no pueden reconducirse en el ámbito legal del IMP.RENTA.

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Tarea

¿En el Perú los ingresos por actividades ilícitas DIRECTAMENTE tributan el Impuesto a la Renta?.

Si opinan negativamente ¿también respecto a los ilícitos civiles?.

Si opinan que sí ¿a valor de mercado?

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Los incrementos patrimoniales NO podrán ser justificados:

3. Ingreso al país de moneda extranjera cuyo origen no esté debidamente sustentado

INCREMENTOS PATRIMONIALES:

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Los incrementos patrimoniales NO podrán ser justificados:

4. Ingresos percibidos que estuvieren a disposición del deudor pero que no los hubiere cobrado o dispuesto; saldos bancarios disponibles no retirados.

5. Otros ingresos, como los provenientes de PRESTAMOS, que no reúnen requisitos del reglamento (o bancarización).

INCREMENTOS PATRIMONIALES:

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Seguimos con los sujetos del impuesto a la renta