Procuraduría de la defensa del contribuyente
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PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL
CONTRIBUYENTE
PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
En el mes de abril del presente año, de una terna propuesta por el Titular del Ejecutivo Federal fue electa por el Senado de la República, como Procuradora de la Defensa del Contribuyente la licenciada Diana Bernal Ladrón de Guevara, por un primer período de 4 años.
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MISIÓNGARANTIZAR EL ACCESO DE LOS CONTRIBUYENTES A LA JUSTICIA EN MATERIA FISCAL EN EL ORDEN FEDERAL, VELANDO POR EL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE SUS DERECHOS.
PARA ELLO:
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PROTEGE A LOS CONTRIBUYENTES DE ACTOS ILEGALES Y CONDUCTAS EXCESIVAS DE LAS AUTORIDADES FISCALES FEDERALES (SAT, IMSS, INFONAVIT, COORDINADAS)
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A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE VEN AFECTADOS CON CRÉDITOS FISCALES DE HASTA 30 VECES EL SALARIO MÍNIMO DEL DISTRITO FEDERAL ELEVADO AL AÑO.
DEFIENDE
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LAS CONDUCTAS, ACTOS Y PRÁCTICAS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA A EFECTO DE TRANSPARENTARLAS PARA LOGRAR SU CORRECCIÓN Y MEJORA EN BENEFICIO DEL CONTRIBUYENTE.
OBSERVA
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Se integrará por seis consejeros independientes designados por el Presidente de la República. Los consejeros durarán en su encargo 4 años y sus principales funciones serán:
◊Aprobar el proyecto de presupuesto
◊Aprobar los lineamientos, políticas y programas anuales de actividades
◊Proveer el fomento de una nueva cultura contributiva
Órgano de Gobierno
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Facultades de la Procuraduría
(Artículo 5 de la Ley Orgánica)
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DEFENSOR DE OFICIO
a)En asuntos cuyo monto no exceda de treinta veces el salario mínimo del Distrito Federal elevado al año ($655,029.00).
b)La interposición de todos los recursos o juicios necesarios hasta la resolución final de la controversia.
c) Prestará el servicio de defensa a través de asesores jurídicos con experiencia acreditada en materia fiscal.
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OBSERVA Y EMITE RECOMENDACIONES PÚBLICAS
Emisión de
recomendaciones
Específicas A través de la presentación de
quejas y reclamaciones por cualquier tipo de contribuyente afectado por actos de autoridad
fiscal.
GeneralesMediante la identificación de
problemas de carácter sistémicoque ocasionen perjuicios a los
contribuyentes.
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Plazo:
En cualquier tiempo o dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta
efectos la notificación del acto o resolución si se pretende impugnar
el acto a través de cualquier medio (Artículo 18).
Presentación:
Por escrito
A través de la página web de la Procuraduría sujeto a
ratificación, o
Por cualquier otro medio de comunicación en casos urgentes (Artículos 16 y
17).
Quejas y reclamaciones procedimiento
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Procedimiento sumario Plazo de TRES días para:
Admitir la queja o apercibir al quejoso en aquellos casos en que no se precise el acto materia de la queja.
Para que la autoridad responsable rinda informe sobre los hechos materia de la queja.
Para que la autoridad acepte o no la recomendación emitida por la PRODECON.
Plazo de CINCO días para:
Resolver la queja mediante un acuerdo de no responsabilidad o una Recomendación pública no vinculatoria.
Plazo de DIEZ días (prorrogable por una sola vez ) para que la
autoridad acredite mediante la exhibición de las pruebas correspondientes el cumplimiento a la recomendación.
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OBSERVA E IDENTIFICA LOS PROBLEMAS SISTÉMICOS DE LOS CONTRIBUYENTES
Planteados por los contribuyentes, detectados por la Procuraduría, o bien, como resultado de reuniones periódicas con autoridades fiscales, síndicos, colegios profesionales, sindicatos, cámaras empresariales, confederaciones y en general, grupos de contribuyentes legalmente constituidos.
Propone al Servicio de Administración Tributaria las modificaciones a su normatividad interna. Proponer a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, modificaciones a las disposiciones fiscales;
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La Prodecon Fungirá como interlocutor entre las autoridades fiscales y las cámaras y confederaciones empresariales:
En la convocatoria y realización de reuniones periódicas
En la identificación de problemáticas fiscales y de seguridad social propias del sector empresarial
Elaborando recomendaciones y sugerencias a las autoridades fiscales para corregir esas problemáticas
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Organización Territorial
Contará con 20 Delegaciones Regionales en las localidades donde se encuentren Sedes de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa. (Art. 4 LOPDC)
Cada Delegación contará con un Delegado Regional y el número de asesores jurídicos necesarios para que pueda prestar eficientemente sus funciones.
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Las Delegaciones Regionales llevarán a cabo los mismos servicios de la Oficina Central, como son:
Trámite de queja
o reclamación
Defensoría
de Oficio
Asesoría y consulta
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Los Delegados Regionales propondrán a la Procuradora:
Recomendaciones públicas no vinculatorias
Modificaciones a las normas tributarias que consideren
pertinentes.
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Órgano Técnico Especializado Consultor
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Licenciada Diana Bernal Ladrón de GuevaraProcuradora de la Defensa del Contribuyente
E-mail: [email protected]
Página web: www.prodecon.gob.mxNuevo león No. 250 Colonia Condesa,
Del. Cuauhtémoc, cp. 06140Teléfonos: 36882620 y 26 36 60-62