PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

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PROCESO DE FORMACIÓN A PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES DEPARTAMENTALES Módulo II Módulo II Gestión Legislativa con Enfoque de Gestión Legislativa con Enfoque de Género Género Facilitadora: Jenny Ybarnegaray Ortiz Facilitadora: Jenny Ybarnegaray Ortiz Bolivia, septiembre de 2011 Bolivia, septiembre de 2011

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PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES. Módulo II Gestión Legislativa con Enfoque de Género Facilitadora: Jenny Ybarnegaray Ortiz Bolivia, septiembre de 2011. Módulo II Gestión Legislativa con Enfoque de Género. Presentación Nº 3: - PowerPoint PPT Presentation

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PROCESO DE FORMACIÓN A PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS MUJERES ASAMBLEISTAS

DEPARTAMENTALES DEPARTAMENTALES

Módulo IIMódulo II

Gestión Legislativa con Enfoque de Gestión Legislativa con Enfoque de GéneroGénero

Facilitadora: Jenny Ybarnegaray OrtizFacilitadora: Jenny Ybarnegaray Ortiz

Bolivia, septiembre de 2011Bolivia, septiembre de 2011

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MÓDULO IIMÓDULO IIGESTIÓN LEGISLATIVA CON GESTIÓN LEGISLATIVA CON ENFOQUE DE GÉNEROENFOQUE DE GÉNERO

Presentación Nº 3: Presentación Nº 3:

Tema 2: Normativa internacional y Tema 2: Normativa internacional y nacional a favor de las mujeresnacional a favor de las mujeres

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Movimientos feministas precursores de Movimientos feministas precursores de los derechos de las mujereslos derechos de las mujeres

Debemos reconocer a los movimientos feministas Debemos reconocer a los movimientos feministas que vienen reivindicando los derechos de las que vienen reivindicando los derechos de las mujeres desde fines del siglo XIX como los mujeres desde fines del siglo XIX como los precursores de la normativa internacional a favor precursores de la normativa internacional a favor de las mujeres.de las mujeres.

Hoy se reconoce tres “olas” de feministas:Hoy se reconoce tres “olas” de feministas: Movimientos feministas “primera ola” (1880-1930): Movimientos feministas “primera ola” (1880-1930):

reconocimiento de la ciudadaníareconocimiento de la ciudadanía Movimientos feministas de “segunda ola” (1940-1990): Movimientos feministas de “segunda ola” (1940-1990):

liberación femeninaliberación femenina Movimientos feministas “tercera ola” (1990 Movimientos feministas “tercera ola” (1990 en curso): en curso):

reconocimiento de la diversidadreconocimiento de la diversidad

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Respuesta de la comunidad Respuesta de la comunidad internacional (ONU)internacional (ONU)

Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer (México, 1975) Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer (México, 1975) “Década de las Naciones Unidas para la Mujer” (1976-1985). “Década de las Naciones Unidas para la Mujer” (1976-1985).

Segunda Conferencia Mundial sobre la Mujer (Copenhague, Segunda Conferencia Mundial sobre la Mujer (Copenhague, 1980) 1980) Examen del alcance de las metas establecidas en México Examen del alcance de las metas establecidas en México señales de disparidad entre los derechos garantizados y la señales de disparidad entre los derechos garantizados y la capacidad de la mujer para ejercer esos derechos.capacidad de la mujer para ejercer esos derechos.

Tercera Conferencia Mundial sobre la Mujer (Nairobi, 1985) Tercera Conferencia Mundial sobre la Mujer (Nairobi, 1985) Examen y la Evaluación de los Logros del Decenio de las Examen y la Evaluación de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz el el movimiento en favor de la igualdad entre los géneros había movimiento en favor de la igualdad entre los géneros había alcanzado un reconocimiento verdaderamente mundial.alcanzado un reconocimiento verdaderamente mundial.

Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) Traslada el centro de la atención de la mujer al concepto de género Traslada el centro de la atención de la mujer al concepto de género Plataforma de Acción Mundial (12 esferas prioritarias de atención Plataforma de Acción Mundial (12 esferas prioritarias de atención mundial)mundial)

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Programa de Acción Mundial (Beijing, Programa de Acción Mundial (Beijing, 1995)1995)

Las 12 esferas prioritarias de atención mundial son:Las 12 esferas prioritarias de atención mundial son:A.A. La mujer y la pobrezaLa mujer y la pobreza

B.B. Educación y capacitación de la mujerEducación y capacitación de la mujer

C.C. La mujer y la saludLa mujer y la salud

D.D. La violencia contra la mujerLa violencia contra la mujer

E.E. La mujer y los conflictos armadosLa mujer y los conflictos armados

F.F. La mujer y la economíaLa mujer y la economía

G.G. La mujer en el ejercicio del poder y la adopción de La mujer en el ejercicio del poder y la adopción de decisionesdecisiones

H.H. Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujerMecanismos institucionales para el adelanto de la mujer

I.I. Los derechos humanos de la mujerLos derechos humanos de la mujer

J.J. La mujer y los medios de difusiónLa mujer y los medios de difusión

K.K. La mujer y el medio ambienteLa mujer y el medio ambiente

L.L. La niñaLa niña

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Normativa internacional a favor de las Normativa internacional a favor de las mujeres reconocida y ratificada por mujeres reconocida y ratificada por

BoliviaBolivia

Acuerdos internacionales ratificados mediante leyes de la República (ahora Estado Plurinacional) de Bolivia

Norma Disposición Ratificatoria

Fecha

“Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW)

Ley Nº 1100 15/09/89

“Convención Americana sobre Derechos Humanos” o “Pacto de San José de Costa Rica”

Ley Nº 1430 11/02/93

“Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (Belem do Pará)

Ley Nº 1599 18/08/94

“Protocolo Facultativo de la CEDAW” Ley Nº 2103 20/06/00 “Convención sobre los Derechos Políticos de las Mujeres”

Ley Nº 2117 11/09/00

“Protocolo Facultativo del Pacto de Derechos Civiles y Políticos”

Ley Nº 2119 11/09/00

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Importancia de la CEDAWImportancia de la CEDAW

La Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de La Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) fue adoptada y abierta a la firma y ratificación o inglés) fue adoptada y abierta a la firma y ratificación o adhesión por la Asamblea General de las Naciones Unidas adhesión por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 (resolución 34/180) y entró en el 18 de diciembre de 1979 (resolución 34/180) y entró en vigor el 3 de septiembre de 1981.vigor el 3 de septiembre de 1981.

Esta convención, que ha sido denominada Esta convención, que ha sido denominada "la carta de los "la carta de los derechos humanos de la mujer"derechos humanos de la mujer", vincula jurídicamente a , vincula jurídicamente a 186 estados miembros y es el documento base sobre el que 186 estados miembros y es el documento base sobre el que se construyó la normativa internacional y nacional referida se construyó la normativa internacional y nacional referida a losderechos de las mujeres.a losderechos de las mujeres.

Bolivia suscribió la convención y la ratificó mediante Ley Nº Bolivia suscribió la convención y la ratificó mediante Ley Nº 1100 de 15/09/1989 1100 de 15/09/1989 (en Bolivia tiene rango del LEY).(en Bolivia tiene rango del LEY).

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Contenido de la CEDAWContenido de la CEDAW

Contiene 15 considerandos y 30 artículosContiene 15 considerandos y 30 artículos Definición:Definición:

A los efectos de la presente Convención, la expresión A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" "discriminación contra la mujer" denotará toda denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera (Artículo 1).otra esfera (Artículo 1).

Incorpora acuerdos referidos a:Incorpora acuerdos referidos a:

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Participación política (Artículo 7)Participación política (Artículo 7)

Los Estados Partes tomarán Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida contra la mujer en la vida política y pública del país y, en política y pública del país y, en particular, garantizarán a las particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de mujeres, en igualdad de condiciones con los hombrescondiciones con los hombres

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Educación (Artículo 10)Educación (Artículo 10)

Los Estados Partes adoptarán Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas todas las medidas apropiadas para eliminar la para eliminar la discriminación contra la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la hombre en la esfera de la educacióneducación

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Ámbito Laboral (Artículo 11)Ámbito Laboral (Artículo 11)

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechoshombres, los mismos derechos

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Salud (Artículo 12)Salud (Artículo 12)

1.1. Los Estados Partes adoptarán todas las Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de los que se refieren a la planificación de la familia. la familia.

2.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra, los Estados Partes párrafo 1 supra, los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.embarazo y la lactancia.

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Ámbito Económico (Artículo 13)Ámbito Económico (Artículo 13)

… … a)a) El derecho a El derecho a

prestaciones familiares; prestaciones familiares;

b)b) El derecho a obtener El derecho a obtener préstamos bancarios, préstamos bancarios, hipotecas y otras formas hipotecas y otras formas de crédito financiero; de crédito financiero;

c)c) El derecho a participar El derecho a participar en actividades de en actividades de esparcimiento, deportes esparcimiento, deportes y en todos los aspectos y en todos los aspectos de la vida cultural.de la vida cultural.

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Mujer Rural (Artículo 14)Mujer Rural (Artículo 14)

…… Los Estados Partes adoptarán Los Estados Partes adoptarán

todas las medidas todas las medidas apropiadas para eliminar la apropiadas para eliminar la discriminación contra la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en fin de asegurar en condiciones de igualdad condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo participación en el desarrollo rural y en sus beneficios…rural y en sus beneficios…

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Protocolo Facultativo de la CEDAWProtocolo Facultativo de la CEDAW

Adoptado por la Asamblea General en su resolución Adoptado por la Asamblea General en su resolución A/54/4 de 6 de octubre de 1999.A/54/4 de 6 de octubre de 1999.

Suscrito y ratificado por Bolivia mediante Ley Nº Suscrito y ratificado por Bolivia mediante Ley Nº 2103 de 20/06/002103 de 20/06/00

Básicamente, reconoce la competencia del Básicamente, reconoce la competencia del Comité Comité para la Eliminación de la Discriminación contra para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer la Mujer para recibir y considerar las para recibir y considerar las comunicaciones por personas o grupos de personas comunicaciones por personas o grupos de personas que se hallen bajo la jurisdicción del Estado Parte y que se hallen bajo la jurisdicción del Estado Parte y que aleguen ser víctimas de una violación por ese que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado Parte de cualquiera de los derechos Estado Parte de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención, o en nombre de esas enunciados en la Convención, o en nombre de esas personas o grupos de personas. personas o grupos de personas.

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““Convención de Belem do Pará”Convención de Belem do Pará”

La “Convención interamericana para prevenir, La “Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (Belem do Pará) (Belem do Pará) suscrita en el XXIV Período Ordinario de Sesiones de la suscrita en el XXIV Período Ordinario de Sesiones de la

Asamblea General de la OEA, Asamblea General de la OEA, en Belém do Pará, Brasil, 6 al10 junio de 1994 en Belém do Pará, Brasil, 6 al10 junio de 1994 ratificada mediante Ley Nº 1599 de 18 de agosto de ratificada mediante Ley Nº 1599 de 18 de agosto de

1994 por Bolivia, 1994 por Bolivia, ees el instrumento específico más importante para s el instrumento específico más importante para

la lucha contra la violencia hacia las mujeres la lucha contra la violencia hacia las mujeres basada en género.basada en género.

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““Convención de Belem do Pará”Convención de Belem do Pará”

Los Estados – Parte se comprometen a Los Estados – Parte se comprometen a (Artículo (Artículo 7)7):: Abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia Abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia

contra la mujer …; contra la mujer …; Actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar Actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar

y sancionar la violencia contra la mujer; y sancionar la violencia contra la mujer; Incluir en su legislación interna normas penales, civiles y Incluir en su legislación interna normas penales, civiles y

administrativas… para prevenir, sancionar y erradicar la administrativas… para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso; administrativas apropiadas que sean del caso;

Adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a Adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su que atente contra su integridad o perjudique su propiedad; propiedad;

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““Convención de Belem do Pará”Convención de Belem do Pará”

Tomar todas las medidas apropiadas… para modificar o Tomar todas las medidas apropiadas… para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer; mujer;

Establecer procedimientos legales justos y eficaces para Establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia...; la mujer que haya sido sometida a violencia...;

Establecer los mecanismos judiciales y administrativos Establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer objeto de necesarios para asegurar que la mujer objeto de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces, y justos y eficaces, y

Adoptar las disposiciones legislativas o de otra índole Adoptar las disposiciones legislativas o de otra índole que sean necesarias para hacer efectiva esta que sean necesarias para hacer efectiva esta convención.convención.

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¿Preguntas?

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2. Normativa Nacional2. Normativa Nacional

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2.1. Movimientos y organizaciones de 2.1. Movimientos y organizaciones de mujeres bolivianasmujeres bolivianas

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Movimientos feministas precursores de Movimientos feministas precursores de los derechos de las mujeres bolivianaslos derechos de las mujeres bolivianas

Así como reconocemos a los movimientos Así como reconocemos a los movimientos feministas como precursores de los derechos feministas como precursores de los derechos reconocidos a las mujeres en el ámbito reconocidos a las mujeres en el ámbito internacional, en Bolivia también se debe internacional, en Bolivia también se debe reconocer a los movimientos y organizaciones reconocer a los movimientos y organizaciones sociales de mujeres como los precursores de los sociales de mujeres como los precursores de los derechos hoy reconocidos en la nueva CPE.derechos hoy reconocidos en la nueva CPE.

Ninguna norma, ninguna acción estatal a favor de Ninguna norma, ninguna acción estatal a favor de las mujeres bolivianas ha sido concesión gratuita las mujeres bolivianas ha sido concesión gratuita de gobierno alguno a lo largo de la historia.de gobierno alguno a lo largo de la historia.

Todos los logros alcanzados han estado precedidos Todos los logros alcanzados han estado precedidos por acciones y movilizaciones de las propias por acciones y movilizaciones de las propias mujeres bolivianas. mujeres bolivianas.

““Nada le debemos al poder constituido”Nada le debemos al poder constituido”

Page 30: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

En Bolivia: En Bolivia: Dos vertientes y varias corrientesDos vertientes y varias corrientes

Movimientos y organizaciones de Movimientos y organizaciones de mujeres de clases alta y mediamujeres de clases alta y media

Movimientos y organizaciones Movimientos y organizaciones de mujeres “populares” de mujeres “populares”

Page 31: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

Dos vertientes y varias corrientesDos vertientes y varias corrientes

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Dos vertientes y varias corrientesDos vertientes y varias corrientes

Page 33: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

Diversas pero igualmente luchadorasDiversas pero igualmente luchadoras

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2.2. Normas y políticas previas a la CPE2.2. Normas y políticas previas a la CPE

Page 35: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

Normativa nacionalNormativa nacional

Los logros alcanzados en la CPE no podrían Los logros alcanzados en la CPE no podrían explicarse sin el proceso de acumulación logrado explicarse sin el proceso de acumulación logrado entre los años 1985 y 2005.entre los años 1985 y 2005.

En este periodo se destaca:En este periodo se destaca: La creación del mecanismo público para el avance de las La creación del mecanismo público para el avance de las

mujeresmujeres La promulgación de diversas leyes de protección a los La promulgación de diversas leyes de protección a los

derechos de las mujeresderechos de las mujeres La formulación de políticas públicas (planes nacionales) La formulación de políticas públicas (planes nacionales)

orientados a reducir las brechas de inequidad basadas orientados a reducir las brechas de inequidad basadas en géneroen género

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Normativa nacional referida a derechos Normativa nacional referida a derechos específicos de las mujeresespecíficos de las mujeres

Materia Disposición Fecha Referencia

Familia

Ley Nº 996 04/04/88 Código de Familia Ley Nº 1674 13/12/95 Ley de Violencia contra la Familia o Doméstica DS Nº 25087 06/07/98 Reglamento de la Ley de Violencia en la Familia y Doméstica

Penal Ley Nº 1768 18/03/97 Código Penal Modificado Ley Nº 2033 20/10/99 Ley de Protección a las Víctimas de Delitos Contra la Libertad Sexual

Salud

Ley Nº 975 2/05/88 Inmovilidad funcionaria de mujeres embarazadas Ley Nº 1732 29/10/96 Código de Salud de Pensiones Ley Nº 2426 21/11/02 Seguro Universal Materno Infantil (SUMI)

Ley Nº 3729 08/08/07 Para la prevención del VIH-Sida, protección de los derechos humanos y asistencia integral multidisciplinaria para la personas que viven con el VIH-Sida

Ley Nº 3250 5/12/06 Amplía las prestaciones del Seguro Universal Materno Infantil (SUMI)

Participación política

Ley Nº 1983 25/06/99 Ley de Partidos Políticos Ley Nº 1984 25/06/99 Código Electoral Ley Nº 2771 07/07/04 Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas

Educación Ley Nº 1565 07/04/94 Ley de Reforma Educativa

Laboral

DS Nº 21637 25/06/87 Asignaciones Familiares

Ley Nº 975 2/05/88 Inamovilidad de la Trabajadora Embarazada Ley Nº 2450 03/04/03 Ley de la Trabajadora del Hogar o Ley de Regulación del Trabajo Asalariado del Hogar

Agraria Ley Nº 1715 18/10/96 Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria Ley Nº 3545 28/11/06 Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria, modificatoria de la Ley Nº 1715

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Políticas públicas nacionales para el Políticas públicas nacionales para el avance de las mujeresavance de las mujeres

Periodo Entidad Responsable Plan Observación

1993 – 1997

Ministerio de Desarrollo Humano / Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales / Subsecretaría de Asuntos de Género

Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia contra la Mujer

Plan de Seguimiento a las Recomendaciones de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing

1997 – 2002

Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación / Viceministerio de Asuntos de Género Generacionales y Familia/ Dirección de Género

Plan Nacional de Equidad de Género (2001-2003) Programa de Reducción de la Pobreza Relativa de la Mujer Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia

DS N° 26350 (11/10/01) Los 3 documentos aplican el DS N° 24864 (10/10/97)

2002 – 2003 Ministerio de Asuntos Campesinos, Indígenas, de Género y Generacionales / Viceministerio de Asuntos de la Mujer

Plan “Mujer Ciudadana” No se alcanzó a implementar

2003 – 2006 Ministerio de Desarrollo Sostenible / Viceministerio de la Mujer

Políticas Públicas de Género No se alcanzó a implementar

Plan Nacional de Políticas Públicas para el Ejercicio Pleno de los Derechos de las Mujeres

Aprobado mediante DS N° 28035

(Implementación parcial)

2006 – 2008

Ministerio de Justicia / Viceministerio de Género y Asuntos Generacionales / Dirección General de Género y Asuntos Generacionales / Unidad de Género

Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades. “Mujeres Construyendo la Nueva Bolivia Para Vivir Bien”

Aprobado mediante DS N° 29850

(Vigente)

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2.3. Constitución Política del Estado2.3. Constitución Política del Estado

Page 39: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

Derechos reconocidos a las mujeres en Derechos reconocidos a las mujeres en la nueva CPEla nueva CPE

La La libertad de culto libertad de culto y la declaración de independencia del estado y la declaración de independencia del estado respecto de la(s) religión(es), que es una de las demandas que las mujeres respecto de la(s) religión(es), que es una de las demandas que las mujeres han enarbolado como condición necesaria para garantizar sus derechos sin han enarbolado como condición necesaria para garantizar sus derechos sin que en ello medien principios religiosos que en ello medien principios religiosos (Art. 4).(Art. 4).

La La equidad de géneroequidad de género, como , como valor del estado (Art. 8).valor del estado (Art. 8).

La La equidad de género equidad de género como principio del como principio del sistema de gobierno (Art. sistema de gobierno (Art. 11).11).

La La no discriminación no discriminación como principio fundamental del estado y la sanción como principio fundamental del estado y la sanción a todas las formas de discriminación a todas las formas de discriminación (Art. 14)(Art. 14)..

El derecho a El derecho a vivir sin violenciavivir sin violencia, como primer derecho fundamental, con , como primer derecho fundamental, con mención explícita a que es un derecho de las mujeres mención explícita a que es un derecho de las mujeres (Art. 15).(Art. 15).

La La equidad de género equidad de género en la en la participación política participación política ((Art. 26Art. 26).).

Page 40: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

El derecho a una El derecho a una maternidad segura (Art. 45).maternidad segura (Art. 45).

El principio de El principio de igual salario por igual trabajo igual salario por igual trabajo –aplicación del principio de –aplicación del principio de no discriminación– y la inamovilidad laboral de mujeres embarazadas no discriminación– y la inamovilidad laboral de mujeres embarazadas (Art. (Art. 48).48).

La La igualdad de derechos y deberes de los cónyuges igualdad de derechos y deberes de los cónyuges y el y el reconocimiento de las uniones libres reconocimiento de las uniones libres en igualdad de derechos que las en igualdad de derechos que las establecidas para el matrimonio civil establecidas para el matrimonio civil (Art. 63).(Art. 63).

Igualdad de derechos de Igualdad de derechos de hijas e hijos hijas e hijos nacidos dentro o fuera del nacidos dentro o fuera del matrimonio matrimonio (Art. 64).(Art. 64).

La La presunción de filiación presunción de filiación que favorece sobre todo a las mujeres cuyas que favorece sobre todo a las mujeres cuyas parejas niegan la paternidad de sus hijos para soslayar responsabilidades parejas niegan la paternidad de sus hijos para soslayar responsabilidades consecuentes a ésta consecuentes a ésta (Art. 65).(Art. 65).

El reconocimiento de los El reconocimiento de los derechos sexuales y los derechos derechos sexuales y los derechos reproductivos reproductivos para mujeres y hombres para mujeres y hombres (Art. 66).(Art. 66).

Derechos reconocidos a las mujeres en Derechos reconocidos a las mujeres en la nueva CPEla nueva CPE

Page 41: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

La La equidad de género equidad de género como como valor de la educación (Art. 79valor de la educación (Art. 79) y la ) y la igualdad de géneroigualdad de género en el acceso a la educación en el acceso a la educación (Art. 82).(Art. 82).

La La ciudadaníaciudadanía, sea por elección o por matrimonio, en igualdad de , sea por elección o por matrimonio, en igualdad de condiciones para mujeres y hombres condiciones para mujeres y hombres (Art. 142 y 143).(Art. 142 y 143).

Participación paritaria Participación paritaria en elecciones de asambleístas plurinacionales en elecciones de asambleístas plurinacionales (Art. 147).(Art. 147).

En En la conformación de todos los órganos del Estadola conformación de todos los órganos del Estado, empezando por , empezando por el Ejecutivo y la primera magistratura, se explicita ambos sexos (principio el Ejecutivo y la primera magistratura, se explicita ambos sexos (principio de lenguaje no sexista) de lenguaje no sexista) (Art. 165).(Art. 165).

Equidad de género en Equidad de género en designación de ministros/as (Art. 172).designación de ministros/as (Art. 172).

Postulación de candidatas/os a cargos elegibles Postulación de candidatas/os a cargos elegibles en igualdad de en igualdad de condiciones para mujeres y hombrescondiciones para mujeres y hombres (Art. 209). (Art. 209).

Derechos reconocidos a las mujeres en Derechos reconocidos a las mujeres en la nueva CPEla nueva CPE

Page 42: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

Democracia interna y Democracia interna y equidad de género en organizaciones políticas equidad de género en organizaciones políticas (partidos y agrupaciones ciudadanas). Los pueblos indígenas pueden (partidos y agrupaciones ciudadanas). Los pueblos indígenas pueden hacerlo según sus propias normas hacerlo según sus propias normas (Art. 210).(Art. 210).

Los Los tratados internacionales tratados internacionales tienen rango de Ley (aplicable a la CEDAW, tienen rango de Ley (aplicable a la CEDAW, Belem do Pará y otros), Belem do Pará y otros), (Art. 256 y 257).(Art. 256 y 257).

Igualdad de oportunidades Igualdad de oportunidades como principio de la como principio de la política financiera política financiera (Art. 330).(Art. 330).

Reconocimiento del trabajo del hogar como fuente de riqueza (Art. Reconocimiento del trabajo del hogar como fuente de riqueza (Art. 338).338).

Acceso de las mujeres a la tierra (Art. 395) Acceso de las mujeres a la tierra (Art. 395) y obligatoriedad del y obligatoriedad del estado de desarrollar políticas para eliminar todas las formas de estado de desarrollar políticas para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres en el acceso a la tierra discriminación contra las mujeres en el acceso a la tierra (Art. 402).(Art. 402).

Derechos reconocidos a las mujeres en Derechos reconocidos a las mujeres en la nueva CPEla nueva CPE

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¿Preguntas?

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Trabajo de gruposTrabajo de gruposDerechos de las mujeres en la nueva Derechos de las mujeres en la nueva

CPECPE Instrucciones para el trabajo de grupos:Instrucciones para el trabajo de grupos:

1.1. Vamos a conformar 6 grupos (uno por departamento)Vamos a conformar 6 grupos (uno por departamento)

2.2. Cada grupo debe proponer Cada grupo debe proponer tres acciones legislativas tres acciones legislativas destinadas a poner en práctica los preceptos destinadas a poner en práctica los preceptos constitucionales en el marco de las competencias constitucionales en el marco de las competencias departamentales.departamentales.

3.3. Se recomienda tener muy en cuenta lo aprendido en el Módulo I Se recomienda tener muy en cuenta lo aprendido en el Módulo I (competencias departamentales, funciones y atribuciones (competencias departamentales, funciones y atribuciones legislativas)legislativas)

4.4. Cada grupo elige a su relatora.Cada grupo elige a su relatora.

Instrucciones para la plenaria:Instrucciones para la plenaria:1.1. Cada relatora presenta las propuestas de su grupo, explicando Cada relatora presenta las propuestas de su grupo, explicando por por

qué consideran esas las acciones legislativas prioritarias qué consideran esas las acciones legislativas prioritarias para su departamento.para su departamento.

2.2. La plenaria aporta con La plenaria aporta con ideas para ampliar/ mejorar ideas para ampliar/ mejorar las las propuestas del grupo (enseguida de la presentación de cada propuestas del grupo (enseguida de la presentación de cada grupo).grupo).

3.3. La facilitadora aporta con sugerenciasLa facilitadora aporta con sugerencias

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2.3. Normativa Secundaria 2.3. Normativa Secundaria (Leyes Estructurales)(Leyes Estructurales)

LEY Nº 031: “LEY MARCO DE

AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN

“ANDRÉS IBÁÑEZ”

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Mandato Constitucional:Mandato Constitucional:“Disposiciones Transitorias”“Disposiciones Transitorias”

SegundaSegunda La Asamblea Legislativa Plurinacional sancionará, La Asamblea Legislativa Plurinacional sancionará,

en el plazo máximo de ciento ochenta días a en el plazo máximo de ciento ochenta días a partir de su instalación:partir de su instalación: la Ley del Órgano Electoral Plurinacionalla Ley del Órgano Electoral Plurinacional la Ley del Régimen Electoralla Ley del Régimen Electoral la Ley del Órgano Judicial,la Ley del Órgano Judicial, la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.

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Leyes OrgánicasLeyes Orgánicas

En cumplimiento a esa disposición, las cinco primeras leyes En cumplimiento a esa disposición, las cinco primeras leyes orgánicas, fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa orgánicas, fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional hasta el 19 de julio de 2010.Plurinacional hasta el 19 de julio de 2010.

Las cinco leyes incorporan importantes avances para la Las cinco leyes incorporan importantes avances para la igualdad y equidad de género fruto del trabajo de igualdad y equidad de género fruto del trabajo de representantes de organizaciones de mujeres de todo el representantes de organizaciones de mujeres de todo el país quienes desarrollaron propuestas y acciones de país quienes desarrollaron propuestas y acciones de vigilancia para la inclusión de la perspectiva de género y vigilancia para la inclusión de la perspectiva de género y derechos de las mujeres en la nueva normativa. derechos de las mujeres en la nueva normativa.

Las nuevas leyes orgánicas incorporan entre sus principios Las nuevas leyes orgánicas incorporan entre sus principios la equidad de género, la paridad y la alternancia e incluyen la equidad de género, la paridad y la alternancia e incluyen artículos específicos para precautelar las garantías para el artículos específicos para precautelar las garantías para el ejercicio de los derechos específicos de las mujeres, ejercicio de los derechos específicos de las mujeres, establecidos en la Constitución Política del Estado.establecidos en la Constitución Política del Estado.

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Leyes OrgánicasLeyes Orgánicas

Estas 5 leyes son:Estas 5 leyes son: Nº 025 Nº 025 Ley del Órgano JudicialLey del Órgano Judicial Nº 018 Nº 018 Ley del Órgano Electoral PlurinacionalLey del Órgano Electoral Plurinacional Nº 026 Nº 026 Ley del Régimen ElectoralLey del Régimen Electoral Nº 027 Nº 027 Ley del Tribunal Constitucional PlurinacionalLey del Tribunal Constitucional Plurinacional Nº 031 Nº 031 Ley Marco de Autonomías y Ley Marco de Autonomías y

Descentralización Descentralización “Andrés Ibáñez”.“Andrés Ibáñez”. En el “Módulo I” ustedes ya vieron estas leyes y no En el “Módulo I” ustedes ya vieron estas leyes y no

vamos a volver a mirarlas en detalle.vamos a volver a mirarlas en detalle. Sólo vamos a identificar los contenidos referidos a Sólo vamos a identificar los contenidos referidos a

equidad de género.equidad de género. Para ello, la Coordinadora de la Mujer ha preparado Para ello, la Coordinadora de la Mujer ha preparado

una cartilla explicativa que tienen en sus carpetasuna cartilla explicativa que tienen en sus carpetas

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Leyes OrgánicasLeyes Orgánicas

Page 50: PROCESO DE FORMACIÓN A MUJERES ASAMBLEISTAS DEPARTAMENTALES

Trabajo de gruposTrabajo de gruposEquidad de género en 5 leyes Equidad de género en 5 leyes

estructuralesestructurales Instrucciones para el trabajo de grupos:Instrucciones para el trabajo de grupos:

Se conforma Se conforma 5 grupos 5 grupos (interdepartamentales), (interdepartamentales), cada uno debe cada uno debe revisar revisar una de las leyes una de las leyes orgánicas utilizando orgánicas utilizando como instrumento la cartilla señalada.como instrumento la cartilla señalada.

Si tienen dudas o quieren ampliar información al Si tienen dudas o quieren ampliar información al respecto, revisen también las leyes que tienen respecto, revisen también las leyes que tienen en sus carpetasen sus carpetas

Cada grupo deberá responder a dos preguntas: Cada grupo deberá responder a dos preguntas: ¿Qué avances hacia la equidad de género ¿Qué avances hacia la equidad de género

contiene la Ley (analizada por el grupo)? contiene la Ley (analizada por el grupo)? ¿Qué implicaciones tienen esos avances para el ¿Qué implicaciones tienen esos avances para el

trabajo de las asambleístas departamentales?trabajo de las asambleístas departamentales? Cada grupo elige su relatora.Cada grupo elige su relatora.

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PlenariaPlenariaEquidad de género en 5 leyes Equidad de género en 5 leyes

estructuralesestructurales

Instrucciones para la plenaria:Instrucciones para la plenaria:1.1. Cada relatora presenta las conclusiones de su grupo, Cada relatora presenta las conclusiones de su grupo,

explicando explicando por qué se considera que esos artículos representan por qué se considera que esos artículos representan

avances hacia la equidad de género.avances hacia la equidad de género. Cómo pueden aprovechar las asambleístas Cómo pueden aprovechar las asambleístas

departamentales el contenido de esos artículos en su departamentales el contenido de esos artículos en su labor legislativalabor legislativa

2.2. La plenaria aporta con La plenaria aporta con ideas para ampliar/ mejorar ideas para ampliar/ mejorar las conclusiones del grupo (enseguida de la las conclusiones del grupo (enseguida de la presentación de cada grupo).presentación de cada grupo).

3.3. La facilitadora aporta con sugerencias, sintetiza y La facilitadora aporta con sugerencias, sintetiza y cierra el temacierra el tema

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¿Preguntas?