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Lunes 12 de diciembre de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 58 la competitividad, el proceso de industrialización y el acceso universal a los servicios públicos, asegurándose el mantenimiento del desarrollo económico de todos los argentinos. Que la búsqueda de equidad social, competitividad y pleno empleo forman parte del mo- delo instaurado desde el 2003 a la fecha, razón por la cual las medidas que se propician, procuran la consecución del bienestar social, abarcando a toda la población en su conjunto y teniendo como finalidad hacer que los distintos sectores, que se encuentran en condicio- nes de hacerlo, realicen esfuerzos mancomunadamente. Que en este marco, y en atención al informe técnico elaborado en el ámbito del MINIS- TERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, mediante la Disposición Conjunta Nº 218 y 799 de estas Subsecretarías de fecha 24 de noviembre de 2011, se recomendó la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usuarios residenciales comprendidos en los Barrios de Puerto Madero y Barrio Parque de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a los usuarios residenciales comprendidos en Countries, Barrios Cerrados, Clubes de Campo y Clubes de Chacras, a nivel nacional, entendiendo como tales a aquellas urba- nizaciones o predios cerrados o semicerrados no integrados al ejido urbano y que cuenten con servicios comunes y de seguridad privada. Que a fin de avanzar con la implementación de las medidas necesarias para la consecución de una mayor equidad en la aplicación de los subsidios por parte del ESTADO NACIONAL, resulta indispensable continuar aplicando las medidas propuestas a aquellos usuarios que, por su ubicación geográfica y conforme al informe referido, se encontrarían en condiciones de afrontar el pago del precio pleno del servicios públicos de gas natural, energía eléctrica y agua potable. Que en este sentido se entiende, asimismo, que dentro de los usuarios residenciales en condiciones de afrontar la quita de subsidios se encuentran aquellos comprendidos en edificios tipo torres siempre que los mismos cuenten con los servicios de salón de usos múltiples, pileta, gimnasio y espacios deportivos o de esparcimiento adicionales y se en- cuentren ubicados en las zonas cuyo coeficiente de tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES sea 1,50; 1,75 ó 2, conforme el Anexo de la Ley Nº 2568/07. Que asimismo se recomienda la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales, según corresponda, a las de- pendencias públicas pertenecientes al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, sobre el Alumbrado Público existente en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a la empresa concesionaria de la red de autopistas y vías interconectadas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Que por otra parte, a través de la Disposición Conjunta Nº 216 y 733 de estas Subsecreta- rías de fecha 22 de noviembre de 2011 se aprobaron el Formulario de “Renuncia Voluntaria al Subsidio”; el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio”; el modelo de Nota de finalización del trámite de Renuncia y el modelo de factura de servicio. Que en procura de una mejor eficiencia en las medidas adoptadas, resulta necesario esta- blecer una metodología de aplicación para los instrumentos aprobados por la Disposición antes citadas, utilizando como criterio el establecido en el Anexo de la Ley Nº 2568/07 por el cual se determina un coeficiente mediante el cual se establece el aumento del Alumbra- do, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Que en este sentido se recomienda que el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” y el modelo de factura del servicio aprobados por este Grupo de Trabajo, sean enviados, en una primera instancia, a aquellos barrios cuyo coeficiente sea de 1,50 ó 1,75 y dentro del Barrio de PALERMO a las zonas con coeficiente 2. Que el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” establece que pasados TREINTA (30) días de recepcionado el mismo, sin recibir respuesta, se procederá a la quita del subsidio que se aplica sobre la factura. Que en procura de una mayor seguridad para el usuario, y sin que implique una modifica- ción al sistema implementado, corresponde establecer una instancia adicional a la prevista en el considerando precedente, que consiste en un envío de una nueva notificación por parte de las licenciatarias, una vez concluidos los TREINTA (30) días sin que se haya con- testado la necesidad del mantenimiento del subsidio, por un período de CINCO (5) días hábiles, garantizándose de esta forma, una doble instancia previa a la quita del subsidio. Que a tal fin y para fijar criterios uniformes se aprueba por la presente el modelo de nota respectivo. Que la medida que se propicia redundará en una aplicación justa y equitativa de los subsi- dios otorgados por el ESTADO NACIONAL. Que asimismo, se sugiere que la medida propuesta entre en vigencia a partir del 1º de enero de 2012. Que los Señores Ministros han instruido a estas Subsecretarías para que comuniquen y recomienden a las autoridades con competencia primaria sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales la adopción de las medidas conducentes a hacer efectivo lo dispuesto por la presente. Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PU- BLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011. Por ello, EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION Y EL SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO DISPONEN: Artículo 1º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usua- rios residenciales, incluyendo a los inmuebles destinados a oficinas comerciales y/o profesionales DISPOSICIONES #I4289575I# Ministerio de Economía y Finanzas Públicas PRESUPUESTO Resolución 842/2011 Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de una empresa. Bs. As., 5/12/2011 VISTO el Expediente Nº 256.244/2011 del Regis- tro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONO- MIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita la aprobación del Plan de Ac- ción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por la ADMINISTRACION FE- DERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Públi- co Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fon- dos Fiduciarios y Entes Públicos no compren- didos en la Administración Nacional. Que obra en el expediente señalado, el in- forme favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUES- TO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HA- CIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, por el cual se aprueba el Reglamen- to de la Ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVE: Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de la ADMI- NISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLI- COS, entidad autárquica en el ámbito del MINIS- TERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución. Art. 2º — Estímanse en la suma de PE- SOS CATORCE MIL CINCUENTA Y TRES MILLONES ($ 14.053.000.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL ($ 13.755.770.000) los gastos corrien- tes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SIE- TE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL ($ 297.230.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución. Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES ($ 107.000.000) los in- gresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA MIL ($ 379.030.000) los gastos de capi- tal, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico (AHORRO) estable- cido en el Artículo 2º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2012 en PESOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 25.200.000), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución. Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- se. — Amado Boudou. NOTA: Los Anexos no se publican. La docu- mentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar #F4289575F# #I4289636I# Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión y Subsecretaría de Presupuesto SUBSIDIOS Disposición Conjunta 229/2011 y 810/2011 Renuncia Voluntaria al Subsidio. Bs. As., 2/12/2011 VISTO el Expediente S01:0464205/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDE- RAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTE- RIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución Conjunta citada en el Visto se creó el Grupo de Trabajo para el aná- lisis y estudio de la incidencia en los distintos sectores de los subsidios establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, integrado por la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI- CAS y por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINIS- TERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. Que se le encomendó al Grupo de Trabajo que con los Organismos Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales vinculados a la regulación, control y seguimiento de la presta- ción de estos servicios, y junto al sector privado, las Cámaras de los distintos sectores de la Economía, Asociaciones representativas, se lleve adelante un profundo análisis de los indicadores, parámetros y toda información necesaria y suficiente para la revisión y ade- cuación de los subsidios de cada una de las áreas de la misma. Que el estudio sobre los distintos sectores económicos y de la población, se realiza teniendo en cuenta el crecimiento sostenido de la economía, el incremento en las inversiones y el desarrollo de los recursos productivos, a efectos de instrumentar las políticas adecuadas para garantizar

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Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 58la competitividad, el proceso de industrialización y el acceso universal a los servicios públicos, asegurándose el mantenimiento del desarrollo económico de todos los argentinos.

Que la búsqueda de equidad social, competitividad y pleno empleo forman parte del mo-delo instaurado desde el 2003 a la fecha, razón por la cual las medidas que se propician, procuran la consecución del bienestar social, abarcando a toda la población en su conjunto y teniendo como finalidad hacer que los distintos sectores, que se encuentran en condicio-nes de hacerlo, realicen esfuerzos mancomunadamente.

Que en este marco, y en atención al informe técnico elaborado en el ámbito del MINIS-TERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, mediante la Disposición Conjunta Nº 218 y 799 de estas Subsecretarías de fecha 24 de noviembre de 2011, se recomendó la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usuarios residenciales comprendidos en los Barrios de Puerto Madero y Barrio Parque de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a los usuarios residenciales comprendidos en Countries, Barrios Cerrados, Clubes de Campo y Clubes de Chacras, a nivel nacional, entendiendo como tales a aquellas urba-nizaciones o predios cerrados o semicerrados no integrados al ejido urbano y que cuenten con servicios comunes y de seguridad privada.

Que a fin de avanzar con la implementación de las medidas necesarias para la consecución de una mayor equidad en la aplicación de los subsidios por parte del ESTADO NACIONAL, resulta indispensable continuar aplicando las medidas propuestas a aquellos usuarios que, por su ubicación geográfica y conforme al informe referido, se encontrarían en condiciones de afrontar el pago del precio pleno del servicios públicos de gas natural, energía eléctrica y agua potable.

Que en este sentido se entiende, asimismo, que dentro de los usuarios residenciales en condiciones de afrontar la quita de subsidios se encuentran aquellos comprendidos en edificios tipo torres siempre que los mismos cuenten con los servicios de salón de usos múltiples, pileta, gimnasio y espacios deportivos o de esparcimiento adicionales y se en-cuentren ubicados en las zonas cuyo coeficiente de tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES sea 1,50; 1,75 ó 2, conforme el Anexo de la Ley Nº 2568/07.

Que asimismo se recomienda la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales, según corresponda, a las de-pendencias públicas pertenecientes al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, sobre el Alumbrado Público existente en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a la empresa concesionaria de la red de autopistas y vías interconectadas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que por otra parte, a través de la Disposición Conjunta Nº 216 y 733 de estas Subsecreta-rías de fecha 22 de noviembre de 2011 se aprobaron el Formulario de “Renuncia Voluntaria al Subsidio”; el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio”; el modelo de Nota de finalización del trámite de Renuncia y el modelo de factura de servicio.

Que en procura de una mejor eficiencia en las medidas adoptadas, resulta necesario esta-blecer una metodología de aplicación para los instrumentos aprobados por la Disposición antes citadas, utilizando como criterio el establecido en el Anexo de la Ley Nº 2568/07 por el cual se determina un coeficiente mediante el cual se establece el aumento del Alumbra-do, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que en este sentido se recomienda que el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” y el modelo de factura del servicio aprobados por este Grupo de Trabajo, sean enviados, en una primera instancia, a aquellos barrios cuyo coeficiente sea de 1,50 ó 1,75 y dentro del Barrio de PALERMO a las zonas con coeficiente 2.

Que el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” establece que pasados TREINTA (30) días de recepcionado el mismo, sin recibir respuesta, se procederá a la quita del subsidio que se aplica sobre la factura.

Que en procura de una mayor seguridad para el usuario, y sin que implique una modifica-ción al sistema implementado, corresponde establecer una instancia adicional a la prevista en el considerando precedente, que consiste en un envío de una nueva notificación por parte de las licenciatarias, una vez concluidos los TREINTA (30) días sin que se haya con-testado la necesidad del mantenimiento del subsidio, por un período de CINCO (5) días hábiles, garantizándose de esta forma, una doble instancia previa a la quita del subsidio.

Que a tal fin y para fijar criterios uniformes se aprueba por la presente el modelo de nota respectivo.

Que la medida que se propicia redundará en una aplicación justa y equitativa de los subsi-dios otorgados por el ESTADO NACIONAL.

Que asimismo, se sugiere que la medida propuesta entre en vigencia a partir del 1º de enero de 2012.

Que los Señores Ministros han instruido a estas Subsecretarías para que comuniquen y recomienden a las autoridades con competencia primaria sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales la adopción de las medidas conducentes a hacer efectivo lo dispuesto por la presente.

Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PU-BLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011.

Por ello,

EL SUBSECRETARIODE COORDINACION Y CONTROL DE GESTIONYEL SUBSECRETARIODE PRESUPUESTODISPONEN:

Artículo 1º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usua-rios residenciales, incluyendo a los inmuebles destinados a oficinas comerciales y/o profesionales

DISPOSICIONES

#I4289575I#Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 842/2011

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de una empresa.

Bs. As., 5/12/2011

VISTO el Expediente Nº 256.244/2011 del Regis-tro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONO-MIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita la aprobación del Plan de Ac-ción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por la ADMINISTRACION FE-DERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Públi-co Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fon-dos Fiduciarios y Entes Públicos no compren-didos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el in-forme favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUES-TO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HA-CIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, por el cual se aprueba el Reglamen-to de la Ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de la ADMI-NISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLI-COS, entidad autárquica en el ámbito del MINIS-TERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PE-SOS CATORCE MIL CINCUENTA Y TRES MILLONES ($  14.053.000.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL ($  13.755.770.000) los gastos corrien-tes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SIE-TE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL ($ 297.230.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES ($ 107.000.000) los in-gresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA MIL ($ 379.030.000) los gastos de capi-tal, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico (AHORRO) estable-cido en el Artículo 2º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2012 en PESOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 25.200.000), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Amado Boudou.

NOTA: Los Anexos no se publican. La docu-mentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar

#F4289575F#

#I4289636I#Subsecretaría de Coordinación y Control de GestiónySubsecretaría de Presupuesto

SUBSIDIOS

Disposición Conjunta 229/2011 y 810/2011

Renuncia Voluntaria al Subsidio.

Bs. As., 2/12/2011

VISTO el Expediente S01:0464205/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDE-RAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTE-RIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta citada en el Visto se creó el Grupo de Trabajo para el aná-lisis y estudio de la incidencia en los distintos sectores de los subsidios establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, integrado por la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI-CAS y por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINIS-TERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que se le encomendó al Grupo de Trabajo que con los Organismos Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales vinculados a la regulación, control y seguimiento de la presta-ción de estos servicios, y junto al sector privado, las Cámaras de los distintos sectores de la Economía, Asociaciones representativas, se lleve adelante un profundo análisis de los indicadores, parámetros y toda información necesaria y suficiente para la revisión y ade-cuación de los subsidios de cada una de las áreas de la misma.

Que el estudio sobre los distintos sectores económicos y de la población, se realiza teniendo en cuenta el crecimiento sostenido de la economía, el incremento en las inversiones y el desarrollo de los recursos productivos, a efectos de instrumentar las políticas adecuadas para garantizar

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Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 59sean corporativas o en propiedad horizontal que previamente se determinen, comprendidos en las zonas geográficas establecidas en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.

Art. 2º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usuarios residencia-les comprendidos en edificios tipo torres siempre que los mismos cuenten con los servicios de salón de usos múltiples, pileta, gimnasio y espacios deportivos o de esparcimiento adicionales y se encuentren ubicados en las zonas cuyo coeficiente de tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTO-NOMA DE BUENOS AIRES sea 1,50; 1,75 ó 2, conforme el Anexo de la Ley Nº 2568/07.

Art. 3º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, la eliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagües cloacales, según corresponda, a las dependencias públicas pertenecientes al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, sobre el Alumbrado Público existente en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a la empresa concesionaria de la red de autopistas y vías interconectadas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Art. 4º — Recomiéndase el envío del Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” y el modelo de factura del servicio aprobados en el ANEXO II y IV de la Disposi-ción Conjunta Nº 216 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 733 de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 22 noviembre de 2011, a los usuarios residenciales, incluyendo a los inmuebles destinados a oficinas comerciales y/o profesionales sean corporativas o en propiedad horizontal que previamente se determinen, comprendidos en las zonas geográficas establecidas en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente.

Art. 5º — Apruébase el modelo de notificación a remitir a los usuarios ante la falta de respuesta del Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio”, que como ANEXO III forma parte integrante de la presente.

Art. 6º — Comuníquese y recomiéndase la adopción de la medida propuesta a la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PU-BLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 7º — Elévase la presente a los Señores Ministros de Economía y Finanzas Públicas y de Planificación Federal, inversión Pública y Servicios, para su conocimiento.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Roberto Baratta. — Raul E. Rigo.

ANEXO I

BELGRANO R(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Virrey del Pino, Av. Forest, La Pampa, Dr. Rómulo Naón, Juramento.

CORREDOR DE AV. DEL LIBERTADOR(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada por: Av. Del Libertador desde el 3500 al 5700.

RETIRO - PLAZA SAN MARTIN - ZONA KAVANAGH(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Arroyo desde Carlos Pellegrini hasta Esmeralda, Esmeralda desde Li-bertador hasta Santa Fe, Juncal desde Pellegrini hasta Maipú, Basavilbaso desde Libertador hasta Arenales, Suipacha desde Libertador hasta Juncal, Maipú desde Arenales hasta Juncal, Arenales desde Maipú hasta Esmeralda. Manzana entre Reconquista, Florida, Ricardo Rojas. Manzana entre Florida, Corina Kavanagh y San Martín.

ALTO RECOLETA(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Alvear ambas manos desde Cerrito hasta Plaza Torcuato de Alvear. Cerrito desde Av. del Libertador hasta Arroyo. Arroyo desde Cerrito hasta Libertad, Libertad desde Arroyo hasta Alvear, Av. del Libertador desde Cerrito hasta Alvear sin lotes frentistas de Av. del Libertador.

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Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 60TORRES CATALINAS

(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Av. Leandro N. Alem, Florida, San Martín, Eduardo Madero, Lavalle, Bouchard y Av. Córdoba.

LA HORQUETA(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Panamericana, Cañalejas, Blanco Encalada, José Ingenieros, Acceso Tigre.

BARRANCAS DE SAN ISIDRO(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Uruguay, Vías Tren de la Costa, Av. Paraná, Av. Del Libertador.

PUNTA CHICA, VICTORIA(PARTIDO DE SAN FERNANDO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Lanusse, Gral. Arias, Uruguay, Av. Del Libertador.

ANEXO II

NUÑEZ(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Gral Paz, Av. Lugones, Av. Udaondo, Av. Del Libertador, Av. Congreso y Av. Cabildo.

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Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 61BELGRANO

(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Lugones, Av. de los Ombúes, Olleros, Av. Del Libertador, Zabala, Av. Cabildo, Av. Congreso, Av. Del Libertador y Udaondo.

A excepción de la manzana de La Pampa, Domingo Romero, Husares y Sucre y la manzana de La Pampa, Miñones, Valentín Alsina hasta la altura de Cazadores.

RECOLETA(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Santa Fe, Av. Coronel Díaz, Las Heras, Austria, Av. Figue-roa Alcorta, Salguero, Juez Tedin, Facundo Quiroga, Av. Del Libertador, Montevideo y Uruguay.

Con excepción de las zonas marcadas en atención a lo previsto en el Anexo I de la presente y por la Disposición Conjunta Nº 218/779/2011.

RETIRO(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Córdoba, Uruguay, Montevideo, Av. Del Libertador y Leandro N. Alem

Con excepción de las zonas marcadas en atención a lo previsto en el Anexo I de la presente y por la Disposición Conjunta Nº 218/779/2011.

BOTANICO(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Pueyrredón, Av. Las Heras, Av. Sarmiento y Av. Del Libertador.

Con excepción de las zonas marcadas en atención a lo previsto en la Disposición Conjunta Nº 218/779/2011.

SAN ISIDRO - BARRIO CASI(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Eduardo Costa, R. Saenz Peña, Av. Del Libertador y Perú.

Page 5: Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32 · Que en este sentido se recomienda que el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” y el modelo de factura

Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 62CORREDOR AV. DEL LIBERTADOR, OLIVOS

(PARTIDO DE VICENTE LOPEZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Av. Del Libertador, Río de La Plata, entre Roma y Gral. Paz.

CORREDOR OLIVOS(PARTIDO DE VICENTE LOPEZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Paraná, Av. Libertador, Roma, Tomás Espora, Alte Brown, Ramseyer.

SAN ISIDRO HIPODROMO(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Av. Márquez, Av. Rolón, Moreno, Laprida.

SAN ISIDRO JOCKEY CLUB(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Av. Márquez, San José, Alsina, Bergallo, Don Bosco, Madame Curie, Jacinto Díaz, Isabel la Católica, Avellaneda, Lynch. Tomkinson, Rábida, Francia, Sucre, Don Bosco, Segundo Fernandez.

BARRIO SANTA RITA, SAN ISIDRO(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Santa Rita, Cap. Juan de San Martín, Sucre, Colectora Panamericana.

ANEXO III

Modelo de notificación a ser enviado por las distribuidoras para comunicar la falta de recepción de la DDJJ de necesidad de subsidio.

Logo de Empresa

Estimado Usuario:

Por medio de la presente informamos a Usted que han transcurrido los 30 (treinta) días del envío a su domicilio del Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio, y no se ha recibido respuesta alguna sobre el mismo.

En tal sentido, notificamos a Usted que de no recibir en los próximos 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la presente respuesta al formulario enviado oportunamente, se procederá a la quita del subsidio sobre sus servicios.

En caso de notar alguna irregularidad respecto de lo consignado en la presente, solicitamos co-municarse a la brevedad a nuestro 0800-XXX-XXXX (número de la distribuidora) o al 0800-888-8765 a efectos de solucionar el inconveniente.

Sin más, lo saludamos atentamente.

______________________(Firma del responsable

Aclaración y cargo del Gerente de la empresa distribuidora)

Importante:

Esta nota deberá ser enviada por correo por carta certificada con aviso de retorno.

#F4289636F#

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Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 63#I4289655I#

Subsecretaría de Coordinación y Control de GestiónySubsecretaría de Presupuesto

SUBSIDIOS

Disposición Conjunta 216/2011 y 733/2011

Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio. Formularios.

Bs. As., 22/11/2011

VISTO, el Expediente Nº S01:0441937/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FE-DERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, la Disposición Conjunta Nº 209 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MI-NISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 770 de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición Conjunta mencionada en el Visto, se recomendó la creación en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, del ENTE NACIONAL RE-GULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA y de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SE-CRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, todos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de un “Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio”, para todos aquellos usuarios de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y provisión de agua potable que así lo soliciten en forma expresa y voluntaria, conforme la reglamentación que se dicte al efecto.

Que a los fines centralizar y unificar la información, este GRUPO DE TRABAJO entiende necesario consolidar la base de datos del “Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio” en el ámbito de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSE-CRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFI-CACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que asimismo, y para utilizar criterios uniformes y homogéneos en la instrumentación de la renuncia que efectúen los usuarios, corresponde establecer instrumentos unificados a ser puestos a disposición de todos los usuarios por parte de las empresas prestadoras de los servicios.

Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PU-BLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011.

Por ello,

EL SUBSECRETARIODE COORDINACIONY CONTROL DE GESTIONYEL SUBSECRETARIODE PRESUPUESTODISPONEN:

Artículo 1º — Establécese que el “Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio” funcionará en el ámbito de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 2º — Apruébase el Formulario de “Renuncia Voluntaria al Subsidio” que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Disposición; el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Disposición; el modelo de Nota de finalización del trámite de Renuncia que como ANEXO III forma parte integrante de la presente Disposición y el modelo de factura de servicio que como ANEXO IV forma parte inte-grante de la presente Disposición.

Los instrumentos que se aprueban por la presente, deberán estar a disposición de los usuarios por parte de las prestadoras de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y provisión de agua potable y desagües cloacales, en cada oficina comercial y/o sucursal y mediante su página Web.

Art. 3º — Solicítase a la SECRETARIA DE ENERGIA, al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA, a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, todos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y al CONSEJO FEDERAL DE ENERGIA ELECTRICA el dictado de las normas pertinentes, para que por sí o a través las distintas empresas distribuidoras o prestadoras de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y agua potable, adopten las medidas necesarias para la implementación e instrumenta-ción de lo establecido por la presente.

Art. 4º — Elévase la presente a los Señores Ministros de Economía y Finanzas Públicas y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para su conocimiento.

Art. 5º — Comuníquese, notifíquese y archívese. — Roberto Baratta. — Raul E. Rigo.

ANEXO I

ANEXO II

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Lunes12dediciembrede2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.293 64

ANEXO III

Modelo de nota a ser enviada por las distribuidoras para comunicar la recepción del trámite de renuncia al subsidio.

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Estimado Usuario:

Hemos recibido satisfactoriamente su renuncia al subsidio del Estado Nacional.

En caso de notar alguna irregularidad respecto a la presente renuncia, solicitarnos comunicarse en un plazo de 72 horas a nuestro 0800-XXX-XXXX (número de la distribuidora) o al 0800-888-8765 a efectos de solucionar el inconveniente, de lo contrario daremos por cumplida su aceptación.

Cabe consignar que durante la realización del trámite usted puede conocer cualquier informa-ción en relación al subsidio al que está renunciando, realizando la consulta telefónicamente a los números antes consignados, en nuestras oficinas comerciales.

Agradecemos su confianza.

Sin más, lo saludamos atentamente.

_____________________(Firma del responsable

(Aclaración y cargo del Gerente de la empresa distribuidora)

Importante:

Esta nota deberá ser enviada por correo por carta certificada con aviso de retorno.

ANEXO IV

#F4289655F#