Presentación pa 313 de 2015

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PROYECTO DE ACUERDO No.313 DE 2015 "Por el cual se deroga el Acuerdo Municipal 19 de 2006, Acuerdo Municipal 43 de 1995, Acuerdo Municipal 36 de 1996, se adecua la denominación de los niveles y empleos de la planta de personal del Concejo de Medellín, se ajusta el manual de funciones y competencias laborales, así como el sistema de nomenclatura y clasificación general de los empleos”. PROPONENTE: FABIO HUMBERTO RIVERA RIVERA PONENTES: RAMON EMILIO ACEVEDO CARDONA - Coordinador JOHN JAIME MONCADA OSPINA JAIME ROBERTO CUARTAS OCHOA CARLOS MARIO MEJIA MÚNERA

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PROYECTO DE ACUERDO No.313 DE 2015

"Por el cual se deroga el Acuerdo Municipal 19 de 2006, Acuerdo Municipal 43 de 1995, Acuerdo Municipal 36 de 1996, se adecua la denominación de los niveles y empleos de

la planta de personal del Concejo de Medellín, se ajusta el manual de funciones y competencias laborales, así como el sistema de nomenclatura y clasificación general de

los empleos”.

PROPONENTE:

 

FABIO HUMBERTO RIVERA RIVERA

PONENTES:

RAMON EMILIO ACEVEDO CARDONA - Coordinador

JOHN JAIME MONCADA OSPINA

JAIME ROBERTO CUARTAS OCHOA

CARLOS MARIO MEJIA MÚNERA

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¿DE DÓNDE NACE LA NECESIDAD DE AJUSTAR EL MANUAL DE FUNCIONES DEL CONCEJO DE MEDELLÍN?

La necesidad de ajustar el Manual de Funciones del Concejo de Medellín y por ende, de radicar por parte del Presidente de la Corporación el Proyecto de Acuerdo 313 de 2015, surge de la expedición por parte del Gobierno Nacional del Decreto 2484 del 2 de diciembre de 2014 que reglamentó el Decreto Ley 785 de 2005

 

El Decreto 2484 del 2 de diciembre de 2014 establece los requisitos para que un ciudadano pueda ejercer  un  cargo público  del  orden  territorial  y  señala  que  para  la  determinación de  las  disciplinas académicas de los empleos, las entidades y organismos del orden territorial identificarán en el manual específico de funciones y de competencias laborales los Núcleos Básicos del Conocimiento   que  contengan  las  disciplinas  académicas  o  profesiones,  de  acuerdo  con  la clasificación establecida en el Sistema Nacional de  Información de  la Educación Superior –SNIES, cuya formación habilita a su poseedor para desempeñarse en un determinado empleo. 

La norma concedió un plazo de 6 meses siguientes a la publicación del Decreto para ajustar los manuales  específicos  de  funciones  y  de  competencias  laborales,  en  los  términos  que  indica  el referido Decreto, plazo que expira el 2 de junio de 2014. 

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¿DE DÓNDE NACE LA NECESIDAD DE AJUSTAR EL MANUAL DE FUNCIONES DEL CONCEJO DE MEDELLÍN?

En el Decreto 2484 de 2014 hay unas novedades respecto a lo que se venía manejando  tradicionalmente en  los manuales específicos de  funciones,  y por tanto en el Manual de Funciones del Concejo de Medellín, el  cual  está dado por el Acuerdo 19 de 2006 

 

Los  cambios  radican principalmente en el señalamiento de las titulaciones académicas para el desempeño de un empleo. Con este decreto se pasa del señalamiento de disciplinas académicas al señalamiento de núcleos básicos del conocimiento. Ello no  implica  la afectación de  los  requisitos ya acreditados para las personas que hoy se encuentran vinculadas a las plantas de personal. 

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OBJETO DEL PROYECTO

El Proyecto de Acuerdo No. 313 de 2015 tiene por objeto adecuar los niveles y denominación del empleo, adoptar el sistema de nomenclatura y clasificación y fijar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Concejo de Medellín

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Qué es lo que NO trae el Proyecto de Acuerdo?

El proyecto de Acuerdo 313 de 2015:

•NO modifica la estructura

•NO crea, ni suprime cargos

•NO aumenta ni disminuye asignaciones salariales

•NO cambia jefes inmediatos

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¿QUÉ CONTIENE LA PROPUESTA DE MANUAL DE FUNCIONES DEL CONCEJO DE MEDELLÍN?

El manual específico de funciones y de competencias laborales del Concejo de Medellín contempla:

1. Identificación y ubicación del empleo

2. Contenido funcional: que comprende el propósito y la descripción de funciones esenciales del empleo

3. Conocimientos básicos o esenciales

4. Requisitos de formación académica y experiencia (Éste último ya no se limita al señalamiento de disciplinas académicas, sino que contempla los núcleos básicos del conocimiento, exigido por el Decreto 2484 del 2 de diciembre de 2014).

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SUSTENTACIÓN TÉCNICA

El Concejo de Medellín, para la presentación de esta iniciativa, contrató acompañamiento técnico para adelantar este proceso.

El diagnóstico sobre el proyecto de Acuerdo para ajustar el Manual de Funciones y Competencias Laborales, partió de revisar el Acuerdo Municipal Nro. 19 de 2006 – Actual Manual de Funciones, el Decreto 2484 de 2014 (Que es el que debemos cumplir antes del 2 de junio de 2015 y las demás normas legales aplicables.

Adicionalmente también llevó a cabo una revisión al Sistema de Gestión Corporativo del Concejo (Procesos y procedimientos y estructura organizacional).

Como resultado del diagnóstico y revisión se presentó el concepto técnico y legal, con base en el cual se realizan los cambios que se exponen a continuación.

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PRINCIPAL CAMBIO RESPECTO AL MANUAL ANTERIOR

En cumplimiento del Decreto 2484 de 2014, en cuanto a los requisitos de formación académica y experiencia se cambia el término “estudios” y se incluyen los NBC (Núcleos Básicos de Conocimiento) definidos en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES, de acuerdo con las funciones de cada cargo.

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CAMBIOS GENERALES RESPECTO AL MANUAL ANTERIOR PROPUESTOS COMO RESULTADO DEL DIAGNÓSTICO TÉCNICO

Y LEGAL

• El Acuerdo 19 de 2006, aumentaba los requisitos para desempeñar el cargo de Secretario General del Concejo Municipal, lo cual no se puede hacer por expresa prohibición normativa; la propuesta es ajustarlo a lo establecido en la Ley 136 de 1994, artículo 37, esto es, título profesional sin experiencia.

• Se ajusta la denominación de título universitario por título profesional, ya que título universitario va desde técnico profesional, tecnólogo, especialista, magíster, doctor y para este caso el título si es universitario se debe especificar que es en el nivel profesional.

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CAMBIOS GENERALES RESPECTO AL MANUAL ANTERIOR PROPUESTOS COMO RESULTADO DEL DIAGNÓSTICO TÉCNICO

Y LEGAL

• Se ajusta la redacción del tiempo de experiencia que estaba en años y se coloca en meses ya que técnicamente se ajusta más para poder evaluar los grados salariales.

• Se ajustan las secuencias de los grados salariales de acuerdo al salario actual, se organiza secuencia lógica.

• Se cambia la denominación plaza por cargo, ya que el nombre técnico de acuerdo a la Guía para ajustar el Manual Específico de Funciones y competencias laborales del DAFP lo establece como cargos y no plazas

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CAMBIOS GENERALES RESPECTO AL MANUAL ANTERIOR PROPUESTOS COMO RESULTADO DEL DIAGNÓSTICO TÉCNICO

Y LEGAL

• Se ajustan las contribuciones individuales de los cargos teniendo en cuenta su redacción de manera que sean más tangibles y medibles, para lograr una mayor eficiencia y eficacia en la gestión.

• Se agregan en los conocimientos básicos o esenciales: Código Único disciplinario, Sistema de Control Interno, Sistema de Gestión de Calidad y Sistema de Gestión Documental.

• Se incluyen los ajustes para dar cumplimiento a los topes salariales fijados por el gobierno Nacional mediante Decretos anuales

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CAMBIOS GENERALES RESPECTO AL MANUAL ANTERIOR PROPUESTOS COMO RESULTADO DEL DIAGNÓSTICO TÉCNICO

Y LEGAL

• Se incluye la obligación de la tarjeta profesional para dar cumplimiento al Decreto 785 de 2005, en los cargos que se exige.

• Se adoptan las equivalencias de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley 785 de 2005, “artículo 8°. Equivalencias entre estudio y experiencia

• Así mismo, se realizaron cambios en algunos cargos en particular, para dar cumplimiento determinadas normas, los cuales están debidamente numerados y detallados en el informe de ponencia que se enviará para primer y segundo debate a los honorables concejales