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Ing. Agr. Hernán Alonso Director General de Evaluación Técnica – APrA La Evaluación de Impacto Ambiental en la Ciudad de Buenos Aires 24-10-2012 UTN

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Ing. Agr. Hernán Alonso

Director General de Evaluación Técnica – APrA

La Evaluación de Impacto Ambiental en la Ciudad de Buenos Aires

24-10-2012 UTN

Ley de Evaluación de

Impacto Ambiental Nº 123 (1998)

Ley de Residuos

Patogénicos Nº 154 (1999)

Ley de Control de

Contaminación Acústica Nº 1540 (2004)

Ley de Calidad Atmosférica Nº

1356 (2004)

Ley de PCBs Nº 760 (2005)

Ley de Tintorerías Nº 1727 (2005)

Ley de Residuos

Peligrosos Nº 2214 (2006)

Ley de Lavadero de

Ropa Hospitalaria Nº

2203 (2006)

Ley de Gestión Ambiental del Agua Nº 3295

(2009)

Ley de AVUs Nº 3166 (2009)

Resolución Conjunta 1-SSPLAN-

APRA/2008 Antenas

DNU Nº 2/2010 Espectáculos

Públicos

Resolución Nº 299-

APRA/2011 Radiaciones

No Ionizantes

Ley de Evaluación de

Impacto Ambiental Nº 123 (1998)

Ley Nº 4118 modif. Por Ley Nº 2936 de Publicidad

Ley Nº 123 de EIA Normativa aplicable

Normativa aplicable para la categorización de Actividades y la correspondiente emisión del Certificado de Aptitud Ambiental

• Ley Nº 449 Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Bs. As., modificada por la Ley Nº 2216

• Ley Nº 123 de EIA, modificada por Leyes Nº 452 y Nº 1733 • Resolución Conjunta Nº 1/APRA/SSPLAN/08. • Decreto Nº 220/GCBA/2007, Comisión Interfuncional de

Habilitación Ambiental CIHA • Decreto reglamentario Nº 222/2012 y Disposición

117/DGTALAPRA/2012

Ley Nº 123 de EIA Categorización de la Actividad

Sin Relevante Efecto (sin condiciones), Anexo V

Sin Relevante Efecto, con condiciones (pre-establecidas) Anexo VI a / n

Sujeto a Categorización

Con Relevante Efecto

denominación SRE SRE c/c s/C CRE

validez Sin plazo

vencimiento Sin plazo

vencimiento 4 años

Sin Relevante Efecto, con condiciones (a establecer)

SRE c/c

6 años

Condición adicional

Audiencia Pública

Ley Nº 123 de EIA Categorización de la Actividad

Trípode de la categorización

Superficie del establecimiento

zonificación

actividad

Cuadro de Usos Decreto 222/2012

Categorización

Ley Nº 123 de EIA Tramitación del Certificado de Aptitud Ambiental

Inicio: siempre vía Web

SRE

SRE c/c

s/C

CRE

El sistema Web otorga el CAA en forma automática

Una vez completada información en sistema Web, continuar trámite en APrA

CAA SRE sin condiciones

CAA SRE con condiciones

CAA SRE con condiciones ó CRE

CAA CRE

Ley Nº 123 de EIA Art. 13, activ. Presuntas Con Relevante Efecto

• a) Las autopistas, autovías y líneas de ferrocarril y subterráneas y sus estaciones.

• b) Los puertos comerciales y deportivos y los sistemas de recepción, manejo y/o control de los desechos de los barcos.

• c) Los aeropuertos y helipuertos. • d) Los supermercados totales, supertiendas, centros de

compras. • e) Los mercados concentradores en funcionamiento. • f) Las obras proyectadas sobre parcelas de más de 2.500

metros cuadrados que requieran el dictado de normas urbanísticas particulares.

• g) Las centrales de producción de energía eléctrica y redes de transporte de las mismas.

• h) Los depósitos y expendedores de petróleo y sus derivados en gran escala y las estaciones de servicio de despacho o expendio de combustibles líquidos y/o gaseosos inflamables y fraccionadoras de gas envasado.

• i) Las plantas siderúrgicas, elaboradoras y/o fraccionadoras de productos químicos, depósitos y molinos de cereales, parques industriales, incluidos los proyectos de su correspondiente infraestructura, y fabricación de cemento, cal, yeso y hormigón.

• j) La ocupación o modificación de la costa y de las formaciones insulares que acrecieren, natural o artificialmente, en la porción del Río de la Plata de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Riachuelo.

• k) Las obras relevantes de infraestructura que desarrollen entes públicos o privados que presten servicios públicos.

• l) Las plantas de tratamiento de aguas servidas. Las plantas destinadas al tratamiento, manipuleo, transporte y disposición final de residuos domiciliarios, patogénicos, patológicos, quimioterápicos, peligrosos y de los radiactivos provenientes de actividad medicinal, cualquiera sea el sistema empleado.

• m) Las actividades o usos a desarrollar en áreas ambientalmente críticas, según lo establezca la reglamentación.

• n) Las obras que demanden la deforestación relevante de terrenos públicos o privados y la disminución del terreno absorbente, según surja de la reglamentación de la presente.

• o) Las ferias, centros deportivos, salas de juego y lugares de diversión, según surja de la reglamentación de la presente.

• p) Los grandes emprendimientos que por su magnitud impliquen superar la capacidad de la infraestructura vial o de servicios existentes. (Artículo modificado por la Ley Nº 452).

Ley Nº 123 de EIA Con Relevante Efecto

Presentación EsIA en APRA

-Análisis técnico y legal -Interconsultas otros org. -Informe técnico preliminar -1er. Dictamen Comisión Interfuncional -Notificación Dictamen Técnico al titular -Resolución convoca AP

30-40 días

Convocatoria a Audiencia

Pública

50-60 días 30 días

Entrega de Certificado

-Publicación en medios -Apertura del Registro de Participantes (unos 30 días) -Audiencia Pública -Transcripción de versión taquigráfica

-Análisis de observaciones de AP -Interconsultas -Informe técnico -2do. Dictamen Comisión Interfuncional -Resolución otorgamiento CAA

Audiencia Pública

Caso obra pública

Ley Nº 123 de EIA caso Metrobus Juan B Justo

Ley Nº 123 de EIA caso Plan Director Saneamiento Obras Básicas ACuMaR

Actual

Expansión

Ley Nº 123 de EIA caso proyecto Relleno Isla Demarchi

Ley Nº 123 de EIA caso proyecto Distrito Gubernamental

Ley Nº 2214 de Residuos Peligrosos caso contaminación Acha y Mendoza

Ley Nº 2214 de Residuos Peligrosos caso recolección pilas domiciliarias

Ley Nº 1540 de Contaminación Sonora caso vibraciones por espectáculo público

Acumar caso contaminación del Riachuelo

Res. Conj. 1-SSPLAN-APRA/2008 Antenas Res. Nº 299-APRA/2011 Rad. No Ionizantes

FM autorizadas

HF

TV

VHF – UHF Microondas

Telefonía Celular

Todas

La Evaluación de Impacto Ambiental es una herramienta al servicio del decisor, no la decisión en si misma.

Debe ponderar los efectos positivos, los efectos negativos, e identificar posibles medidas de mitigación a implementar en caso de desarrollarse el proyecto u actividad.