Presentación 545 mrl san lorenzo
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MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
Las personas extranjeras que se encuentren en el
territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos
y deberes que las ecuatorianas, de acuerdo con la
Constitución.
DERECHOS Y DEBERES
Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No
se identificará ni se considerará a ningún ser
humano como ilegal por su condición migratoria.
ACUERDO 118
Personas que tengan calidad de refugiados
otorgada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores ya no requerirán la autorización
provisional de trabajo, por parte del
Ministerio de Relaciones Laborales.
AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE
TRABAJO PARA REFUGIADOS
ANTES
Quienes poseen condición de Refugiados necesitaban
DECRETO EJECUTIVO 1182 (2012)
Art. 35 Mientras el Certificado Provisional
de Solicitante mantenga su validez,
permitirá a su titular realizar actividades
económicas licitas, independientes o bajo
relación de dependencia.
AHORA
CASO REFUGIOSe reconoce los derechos de asilo y refugio, de acuerdo con la Ley
y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
CAN
OBJETIVO DE LA CAN
Alcanzar un desarrollo integral,
equilibrado y autónomo
mediante la integración, que se
traduzca en acciones concretas
para la formación de un
mercado común y el
mejoramiento de las condiciones
de vida de los habitantes de la
Subregión.
DECISIÓN 545INSTRUMENTO ANDINO DE MIGRACIÓN
LABORAL
¿Cuál es el propósito de la Decisión? Permitir que trabajadores de los países andinos (Ecuador,
Perú, Colombia y Bolivia) circulen libremente en la región con fines laborales.
El presente Instrumento tiene como objetivo:
El establecimiento de normas que permitan de manera
progresiva y gradual la libre circulación.
Permanencia de los nacionales andinos en la Subregión
con fines laborales bajo relación de dependencia.
Entró en vigencia el 25 de junio de 2003
Trabajadores Migrantes Andinos
La Decisión 545 no se aplica para trabajar en la Administración Pública.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Indispensable para la aplicación de la Decisión, que el extranjero registre su ingreso por un puesto migratorio autorizado. (SELLO INGRESO)
Las personas que hayan ingresado al territorio
ecuatoriano irregularmente, y que mantengan esa
condición, no podrán acogerse a la decisión.
SELLO DE INGRESO
DOCUMENTOS DE VIAJE Los extranjeros miembros de la comunidad
andina, que se acojan a la decisión, deberán portar los documentos de viaje reconocidos por esta, y los estados miembros darán todas las facilidades.Estos son:
DNI
Cédula de identidad
Pasaporte
Tarjeta Andina
PASAPORTE TARJETA ANDINA
¿Quiénes pueden acogerse? 1) Trabajador con desplazamiento
individual; (Trabajador que ha suscrito un contrato de
trabajo bajo relación de dependencia, contrato a plazo fijo mínimo 1 año y máximo 2 u oferta de empleo).
2) Trabajador de empresa; (Trabajador que laborará por disposición de la empresa para la cual trabaja en el país de origen sea que la misma ya esté instalada, tenga en curso legal un proyecto para establecerse o realice un proyecto especial en el Ecuador); contrato plazo fijo 1-2 años.
3) Trabajador de temporada ( máximo 180 días dentro de los 365 días del año, trabajos continuos o discontinuos). Se deberá garantizar la libre movilidad; ejecuta labores cíclicas o estacionales.
Laborales de carácter agrario (siembra, plantación, cultivo, cosecha.Actividad pecuniariaProcesos temporales actividad forestalOtras actividades reguladas por el régimen de trabajo.
4) Trabajador fronterizo (con domicilio en el país de origen, máximo 180 días dentro del año). Aquel que mantiene su domicilio habitual en un país miembro se traslada continuamente al ámbito fronterizo laboral de otro país miembro, Ejm. Tulcán.
REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA
DECISIÓN 545
REQUISITOSSolicitud y formularios
que se encuentran disponibles en la página
web www.relacioneslaborales.g
ob.ec; -Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses o- Tarjeta Andina
Registro de ingreso por un
puesto migratorio autorizado
Contrato debidamente legalizado
-RUC o - Cédula del
Empleador
Deben ser firmados por el solicitante y el empleador o Representante legal
ante Inspector del trabajo
copia a color
copia a color
Dirección de Migración
1.-PROCESO EN LÍNEA
PARA
OBTENER EL FORMULARIO DE SOLICITUD
DAR CLIC EN LA PESTAÑA
DIGITAR www.relacioneslaborales.gob.ec
REGISTRARSE
LEER MANUAL
DE USUARIO
LLENAR DATOS ABRIR CORREO PERSONAL
GUARDAR
DIGITAR USUARIO Y CONTRASEÑA
SOLICITAR TRÁMITE IMPRIMIR FORMULARIO
2.- COPIA A COLOR DEL PASAPORTE
3. REGISTRO DE INGRESO COPIA A COLOR
4.- CONTRATO REGISTRADO EN EL MRL, EN EL QUE CONTENGA LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:
Identificación del trabajador: nombres y apellidos, nacionalidad
y número de pasaporte.
Ocupación (cargo) que va a desempeñar el extranjero,
claramente especificado.
• Cláusula de detalle de funciones.
Remuneración que percibirá el trabajador extranjero.
Cláusula de exclusividad.-Obligación del extranjero de
laborar exclusivamente para el empleador que lo contrata,
mientras no obtenga Aprobación Laboral y Carné Ocupacional
para otro empleador.
Plazo de vigencia del contrato será de 1 año o 2 años, en el
caso de trabajador de temporada máximo 180 días.
Detalle de horarios y jornadas diarias de trabajo.
5. RUC O CÉDULA DEL EMPLEADOR COPIA A COLOR
1. ¿Qué
tipo de trabajador soy?
2. Visito al Servicio de Migración3. Visito el
Ministerio de Relaciones Laborales
4.Visito al Ministerio de Relaciones Exteriores
Obtener sello de entrada
1.Trabajador Individual2.Trabajador de Empresa3.Trabajador de Temporada4. Trabajador Fronterizo
Presentar requisitos- obtengo carné ocupacional
Para los casos 1y2Obtengo VISA al presentar carné ocupacional
TRÁMITE
EN 13 DÍAS LABORABLES EL NACIONAL ANDINO OBTIENE POR PARTE DE MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
AUTORIZACIÓN LABORAL
CARNÉ OCUPACIONAL
Obtención de la visa de trabajo por la Decisión 545 casos 1 y 2
Una vez que se ha permitido el ingreso del extranjero Andino en cualquier punto de control migratorio este deberá obtener su carné ocupacional para posteriormente solicitar su visa 12 VI, en el MRREE.
La duración de esta visa será la del tiempo de suscripción del contrato de trabajo, una vez concluido esta visa quedará sin efecto y deberá ser renovada.