Presentación...
Transcript of Presentación...
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Presentación General
1
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Equipo de Inclusión Educativa en el Nivel Medio
Introducción:
La Dirección de Educación Especial conformó en el año 2009 el
Equipo de Inclusión Educativa en el Nivel Me dio a fin de implementar el
cumplimiento de las normativas señaladas a continuación y de dar respuesta a
las demandas de inclusión escolar de alumnos con barreras en el aprendizaje
que impliquen desfasajes y / o desajustes ante las demandas de la escuela
media. Estas acciones se realizarán en las escuelas medias que lo requieran.
Este Equipo tiene por objetivos asesorar y acompañar el desarrollo de
proyectos de inclusión en instituciones escolares de Nivel Medio y promover los
procesos de inclusión escolar de jóvenes con barreras para el aprendizaje y la
participación.
Los fundamentos y orientaciones generales están expresados en este
documento.
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en su artículo. 23
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la
libertad, ética y solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en
una sociedad justa y democrática. Asegura la igualdad de oportunidades y
posibilidades para el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema
educativo. Respecto al derecho individual de los educandos, de los padres o
tutores, a la elección de la orientación educativa según sus convicciones y
preferencias. Promueve el más alto nivel de calidad de la enseñanza y asegura
2
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
políticas sociales complementarias que posibiliten el efectivo ejercicio de
aquellos derechos.
En su artículo. 24 asume la responsabilidad indelegable de asegurar y
financiar la educación pública, estatal, laica, gratuita en todos los niveles y
modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel
superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez
años de escolaridad, o el período mayor que la legislación determine (…)
Garantiza el derecho de las personas con necesidades especiales a educarse y
ejercer tareas docentes, promoviendo su integración en todos los niveles y
modalidades del sistema.
Ley de Educación Nacional
La Ley Nº 26206 de Educación Nacional establece en su artículo 2 que
la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y
social garantizados por el Estado. En su artículo 3 considera la educación
como una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para
construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional,
profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos
humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico –
social de la Nación. En su artículo 4, son el Estado Nacional, las Provincias y
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las que tienen la responsabilidad
principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de
calidad para todos/as los/las habitantes de la Nación, garantizando la igualdad,
gratuidad y equidad en el ejercicio de ese derecho con la participación de las
organizaciones sociales y familias.
En el artículo 11 se fijan entre sus fines y objetivos para la política
educativa nacional, los siguientes puntos: e) garantizar la inclusión educativa a
través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de
3
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la
sociedad (…) f) Asegurar condiciones de igualdad respetando las diferencias
entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.
g) Garantizar en el ámbito educativo el respeto a los derechos de los/las
niños/as y adolescentes establecidos en la Ley 26061(…) n) Brindar a las
personas con discapacidades temporales o permanentes, una propuesta
pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus posibilidades la
integración y el pleno ejercicio de sus derechos. En su artículo 16 establece la
obligatoriedad escolar en todo el país desde la edad de cinco años hasta la
finalización del nivel de la Educación Secundaria. El Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales competentes
asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los
requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones
que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en
todas las situaciones sociales.
Declaración de Salamanca. (1994)
La República Argentina adhiere a esta Declaración que:
3. Apela a todos los gobiernos y les instamos a:
• Dar la más alta prioridad política y presupuestaria al mejoramiento de su
sistema educativo para que puedan incluir a todos los niños y niñas, con
independencia de sus diferencias o dificultades individuales (...)
• Adoptar con carácter de ley o como política el principio de la Educación
Integrada, que permita matricularse a todos los niños en escuelas
ordinarias, a no ser que existan razones de peso para lo contrario. (...)
• Garantizar que, en un contexto de cambio sistemático, los programas de
formación del profesorado, tanto inicial como contínua, estén orientados a
4
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
atender a las necesidades educativas especiales en las escuelas
integradoras. Acuerdo Marco para la Educación Especial.
Señala:
II La educación Especial tiene las siguientes funciones:
• Proveer a los alumnos con necesidades educativas especiales de las
prestaciones necesarias para hacerles posible el acceso al currículum,
contribuyendo a que logren el máximo de su desarrollo personal y social,
desde que estas necesidades son detectadas, y en tanto la persona realice
alguna actividad educativa o de capacitación en cualquier momento de su
vida (...)
• Promover y sostener estrategias de Integración y participación de las
personas con necesidades educativas especiales en los ámbitos educativo,
social y laboral.
• Extender estos recursos y apoyos a todos los sectores de la comunidad
educativa, a fin de mejorar la calidad de la oferta pedagógica, potenciando
la inclusividad de las instituciones, o sea su capacidad para educar
adecuadamente a sus alumnos, independientemente de sus condiciones
personales o de otro tipo. (...)
VIII. La formación y la capacitación docente.
La transformación del Sistema de Formación Docente en Educación
Especial deberá estar articulada (...) Existirán temáticas a desarrollarse en
espacios curriculares comunes a toda la formación docente (atención a la
diversidad y necesidades educativas especiales) y otros específicos para la
educación especial.
5
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
En este sentido deberá trabajarse sobre la estructura curricular en los
siguientes aspectos:
• Introducir con carácter de obligatorio el estudio de la atención a la
diversidad y a las necesidades educativas especiales dentro de la
estructura curricular de la formación del docente de nivel inicial, EGB 1 y 2,
EGB3 y Educación Polimodal.
• Desarrollar estructuras curriculares específicas para las diferentes carreras
vinculadas con la educación especial.
• Programar cursos para graduados, en temas propios de la Educación
especial. (...)
Entonces, respetando la normativa enunciada y en función de la
implementación de la obligatoriedad del Nivel de Educación Media se
instaura la necesidad de promover instituciones inclusivas de Nivel Medio
que den respuesta a aquellos jóvenes que a pesar de su problemática
educativa se encuentran en condiciones de escolarización.
Este proyecto se fundamenta en la asunción de una perspectiva
contextualista o situacional que realiza una revisión crítica del formato
escolar moderno y sus supuestos, al postular la ampliación de las unidades
de análisis tradicionalmente consideradas en el abordaje de la problemática
del fracaso escolar. Las explicaciones atribuidas al fracaso escolar se han
centrado clásicamente en la atribución, de déficits de diversa naturaleza al
alumno. Así, tal como señala Baquero “Se juzga su educabilidad como
capacidad individual de ser educado y no como una potencialidad de las
situaciones educativas de promover desarrollo. En verdad, la educabilidad,
a partir del giro propuesto, como se verá, puede ser entendida como una
propiedad más de las situaciones que de los sujetos a título sólo individual.
(…) La situación no opera como un contexto externo que decora,
condiciona, acelera o enlentece un proceso de desarrollo que es atributo
6
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
del individuo sino que el desarrollo, como el aprendizaje, es algo que se
produce en situación y es la situación la que lo explica, aunque sus efectos,
por supuesto, puedan constatarse localmente también en los sujetos”. 1 En
este sentido, el contexto escolar tiene un papel inherente en la promoción
de los aprendizajes haciendo que las barreras se amplifiquen o por el
contrario, a partir de propuestas educativas inclusivas, estas barreras
puedan ser compensadas.
Antecedentes:
El Equipo de Intérpretes de Lengua de Señas Argentina de la Dirección
de Educación Especial, a partir de su desempeño en el aula y sus intercambios
con las instituciones observa que en todos los casos y, en todas las
asignaturas, a excepción de materias técnicas como dibujo o modelado, los
alumnos requieren acompañamiento pedagógico como condición para su
permanencia escolar y efectiva integración a consecuencia de que presentan
dificultades lectoras importantes que suponen escasa o mínima autonomía
lectora, tanto en textos generales como específicos y manifiestan profundas
dificultades para producir autónomamente un texto escrito. Además se observa
una participación social restringida, competencia curricular insuficiente y
competencia lingüística en LSA heterogénea.
Según datos obtenidos en el trabajo conjunto con los Equipos que
intervienen en el nivel medio (UAPE) es de nuestro interés señalar los
siguientes motivos de demanda relevados en el primer semestre de 2008: 17%
problemas de rendimiento académico, 16% problemas salud mental, 15%
problemas salud física y 1% problemas de autoagresión.
1 Baquero, R. (2002) “Del experimento escolar a la experiencia educativa. La “transmisión” educativa desde una perspectiva psicológica situacional” Perfiles Educativos, Tercera Época, Volumen XXIV, Números 97-98, pp. 57- 75, México.
7
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
A partir de lo anterior surge la necesidad de poner en funcionamiento
estrategias tendientes a la escolarización de estos alumnos que encuentran
dificultades para progresar en sus aprendizajes en las instituciones escolares
dadas su actual configuración de transición hacia un paradigma educativo
inclusivo.
Objetivos generales:
� Asesorar, apoyar y acompañar el proceso de construcción de proyectos
de integración en instituciones escolares inclusivas de nivel Medio.
� Promover los procesos de inclusión escolar de jóvenes con barreras
para el aprendizaje y la participación.
Objetivos específicos:
� Articular con las Direcciones de Nivel Medio y Supervisiones.
� Orientar a los Equipos de Conducción, asesores pedagógicos, docentes
y familias en el proceso de inclusión educativa.
� Apoyar la reorganización de espacios, tiempos y recursos tendientes a
activar la transformación necesaria para dar cabida a la diversidad.
� Orientar y acompañar a los equipos docentes de las escuelas en
el diseño de proyectos educativos específicos que, de ser
necesario, incluyan adecuaciones curriculares para los alumnos
comprendidos como destinatarios.
� Colaborar en la identificación de necesidades y apoyos protésicos y
tecnológicos específicos permanentes o transitorios.
� Aportar al diseño de propuestas de capacitación docente que posibiliten
el desarrollo de las tareas inclusivas en las escuelas de nivel medio
� Monitorear y articular la evaluación del proceso de inclusión.
8
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Destinatarios:
� Escuelas Medias con alumnos matriculados provenientes de escuelas
de educación especial (alumnos de escuelas de recuperación, alumnos
con discapacidades sensoriales y motoras).
� Escuelas Medias con alumnos matriculados que hayan finalizado sus
estudios en escuelas primarias comunes con adecuaciones curriculares
u otros dispositivos de integración.
Fundamentación Pedagógica
Fomentar la universalización de la escuela secundaria produce nuevos
problemas y desafíos. La obligatoriedad de la misma produce una serie de
transformaciones en las instituciones escolares tanto en su forma como en su
significado. La escuela media hoy debe responder a la demanda de nuevos
contingentes de ingresantes.
Para que esto sea posible es necesario revisar visiones naturalizadas
sobre las prácticas pedagógicas y sobre los alumnos/as, que centran las
posibilidades de desarrollar la enseñanza exclusivamente en las características
de los alumnos/as.
Por ello es necesario considerar que las posibilidades de aprendizaje de
un alumno/a no están definidas sólo por sus características particulares sino
por la relación entre el alumno/a con las modalidades de enseñanza y el
sistema de expectativas escolares. Así la condición de educabilidad de los
alumnos depende no tanto de capacidades o atributos que portan los sujetos
sino que se basa decisivamente en las condiciones y alcances de las acciones
educativas.
Los alumnos deberían realizar su trayectoria educativa en ambientes
escolares menos restrictivos a fin de potenciar su desarrollo.
9
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Antecedentes Institucionales
Existen proyectos institucionales circunscriptos a alumnos con
necesidades educativas especiales particulares cuya experiencia será
considerada por este Equipo de Inclusión. Por ejemplo, Escuela de Comercio
N° 16 “Gabriela Mistral”, designada sede del proyecto establecido por la
ordenanza N° 460.507:”Créase en el ámbito de la Ciu dad de Buenos Aires la
enseñanza secundaria de comercio destinada a niños sordos e hipoacúsicos”.
Posteriormente se extendió a la Escuela de Comercio N° 11.
Actualmente se están desarrollando otros Proyectos, tales como el
“Proyecto para la inclusión educativa en la educación técnico profesional”
implementado, a partir del actual ciclo lectivo, en la Escuela Técnica 31 del
Distrito Escolar 4 con el objetivo de ofrecer escolaridad media técnica a los
alumnos provenientes de trayectos educativos de educación especial. Y el
Servicio Educativo de Atención Domiciliaria – Hospitalaria de Nivel Medio que,
desde el año 2005, brinda escolaridad domiciliaria a aquellos alumnos que por
razones de salud no puedan concurrir a la escuela. A partir del 2008 también
ofrece escolaridad a aquellos alumnos que se encuentran internados en los
hospitales de niños de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Hospital
Gutiérrez, Garrahan y Pedro Elizalde.
Modalidad de Intervención
Se proponen acciones enmarcadas en un dispositivo general que contempla
la posibilidad de incluir aspectos específicos en función de optimizar las
condiciones de escolarización, a partir de las necesidades y potencialidades
que presentan alumnos con barreras para el aprendizaje por los cuales las
escuelas medias demanden asistencia.
10
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Este dispositivo supone un significativo proceso de transformación y
reacomodación institucional que implica necesariamente la revisión de los
fundamentos y objetivos del Proyecto Escuela.
La escuela que inicia un proceso de transformación hacia un paradigma
inclusivo inicia también un proceso de mejora de la enseñanza para todos sus
alumnos. Este proceso requiere que la institución escolar reflexione y redefina
las experiencias educativas que propone a partir del marco que le ofrece el
Diseño Curricular y de la revisión de la jerarquización e integración de los
contenidos y de la diversificación, flexibilización de estrategias, actividades,
organización de los tiempos y espacios escolares.
Dispositivos e Instrumentos Generales para la inclu sión
En función de orientar y consensuar una agenda de tra bajo
compartida con la escuela que solicita la participación del equipo de EIM, a fin
de iniciar un proceso de inclusión entendido como un proyecto de mejora de la
enseñanza, en primer término se realizarán reuniones con el Equipo de
Conducción de la escuela. En ellas se diseñará una agenda de trabajo , y se
definirá el equipo de profesores de nivel medio del EIM que participa de este
proceso y un referente escolar para la integración y para los docentes de la
escuela.
En encuentros entre el equipo de trabajo creado ad hoc, los docentes de
la escuela construyen la Planificación del Aula. Esta acción implica repensar
institucionalmente los objetivos y fundamentos del Proyecto Escuela y un
rediseño de contenidos, estrategias y recursos.
El equipo conformado entre la institución solicitante y EIM, realizan en el
contexto del aula, la Evaluación Pedagógica Diagnóstica del curso y del/los
alumno/as que requieran estrategias educativas específicas. El EIM colabora
11
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
específicamente en la identificación de posibles necesidades y apoyos
específicos.
A partir de la evaluación, el equipo de la escuela constituido en función
del desarrollo del proyecto de inclusión elabora un Proyecto Pedagógico
Individual , conforme la planificación del aula. Para ello se realizan entrevistas
entre el equipo ad hoc y los equipos de Escuela Primaria y/o Educación
Especial que intervinieron previamente y se pueden proponer consultas,
intercambios, entrevistas con equipos de las áreas de salud, educación,
psicología, lenguaje, tecnologías, etc.
Si en el Proyecto Pedagógico Individual se determina la necesidad de un
acompañamiento tutorial, se organizará un espacio de Tutoría Académico en
el que el alumno pueda recibir un apoyo personalizado en aquellos contenidos
en los que presenta mayor dificultad. El espacio tutorial implica reorganizar
espacios y tiempos institucionales. En este espacio podrán participarán los
profesores del EIM. Periódicamente, en plazos acordados, el EIM y el equipo
de la escuela realizan evaluaciones del Proyecto pedagógico individual, que
permitan modificar el diseño establecido y así realizar rediseños puntuales.
Dispositivos específicos
La inclusión de alumnos con NEE requiere de dispositivos específicos
que se agregan al dispositivo general.
• Alumnos con problemáticas sensoriales:
o Alumnos con baja visión y ciegos : se crean estrategias
específicas con la Coordinación de INTEC-Red Inclusiva y, se
articula con escuelas de la especialidad de la Dirección de
12
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Educación Especial , fundamentalmente en la solicitud de
diagnósticos y/o apoyos específicos
o Alumnos hipoacúsicos y sordos : las particularidades
lingüísticas que plantean requieren:
� intermediación lingüística de intérprete de lengua de señas
en caso de ser usuario de esta lengua en caso que sean
usuarios de Lengua de Señas Argentina.
� realización de adaptaciones curriculares que consideren la
singularidad del proceso de adquisición del lenguaje del
alumno, en articulación con escuelas de la especialidad de
la Dirección de Educación Especial.
� Participación del intérprete de lengua de señas argentina
en el espacio de tutoría pedagógica.
� Reuniones informativas con equipos escolares con eje en
las particularidades de los procesos lingüísticos de los
alumnos y en la finalidad y funcionalidad de las prótesis
auditivas.
� Apoyos tecnológicos: pertinencia del uso de FM en el aula,
apoyo de INTEC-Red Inclusiva.
• Alumnos con restricciones cognitivas: las particularidades que
plantean requieren:
� Realización de adaptaciones curriculares que consideren la
singularidad del proceso de aprendizaje del alumno, a
cargo de los docentes del curso con la orientación del EIM.
� Participación en espacios de tutorías
13
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
� Reuniones de intercambio con los equipos escolares a fin
de profundizar en las condiciones de realización de la
enseñanza y de potenciar las capacidades creativas,
analíticas y prácticas de los docentes que les permita
identificar las modalidades de aprendizaje de los alumnos,
buscar los métodos, medios y apoyos necesarios y así
planificar la forma de implementar el proyecto de inclusión.
• Alumnos con barreras en la relación con los otros:
� Desde el EIM se colabora con los equipos escolares en la
evaluación pedagógica
� Articulación con escuelas de escalafón B y/o C para
apoyos específicos
Equipos:
� Equipo Educativo de Inclusión a Escuela Media:
o Coordinadores Pedagógicos
o Profesores de nivel medio
o Psicopedagogos
� Equipo de la Escuela:
o Referente de Equipo de Conducción y /o Asesor Pedagógico
o Coordinadores de Áreas y tutores
o Docentes
o Referentes para Inclusión: Auxiliar de Asesor Pedagógico Seguimiento y evaluación
Los equipos intervinientes desarrollarán reuniones periódicas con el
objetivo de evaluar el desarrollo de los proyectos pedagógicos implementados
14
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
para los alumnos en proceso de inclusión, realizar rediseños puntuales y
monitorear la adaptación y evolución de los alumnos mencionados.
El EIM finalizará su intervención en cada escuela al consolidarse
institucionalmente la dinámica de trabajo inclusiva.
15
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Bibliografía de Consulta:
� Baquero, R. Tenti Fanfani, E. Terigi, F. (2004). "Educabilidad en tiempos
de crisis. Condiciones sociales y pedagógicas para el aprendizaje escolar", en Nuevos paradigmas. Educabilidad en tiempos de crisis. Bs As. Ed. Novedades Educativas. Año 16. Nro. 168.
� Baquero, R. (2002) “Del experimento escolar a la experiencia
educativa. La “transmisión” educativa desde una perspectiva psicológica situacional” Perfiles Educativos, Tercera Época, Volumen XXIV, Números 97-98, pp. 57- 75, México.
� Baquero R. (2003) “De Comenius a Vigotsky o la educabilidad
bajo sospecha”, en Frigerio, G. Y Dicker, G. (comp.) Infancias y adolescencias. Teorías y experiencias en el borde. La educación discútela noción de destino. Bs As. CEM- Noveduc
� Chaiklin S. y Lave J. (comps.) Estudiar las prácticas, perspectivas sobre
actividad y contexto. Buenos Aires: Amorrortu
� Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
� Declaración de Salamanca (1994)
� Faro del Silencio, Nº 140 ,1994. “Declaración de la Federación Mundial de Sordos”.
� Krichesky, M. (comp.) (2006)Adolescentes e inclusión educativa. Un
derecho en cuestión” Ediciones Noveduc
� Ley Nº 26206 de Educación Nacional
� Lus M. A. (1995): De la integración escolar a la escuela integradora, Buenos Aires, Paidós
� Narodowski, M. (1999) "El lento camino de la desinfantilización",
en Después de clase. Desencantos y desafíos de la escuela actual. Colección Educausa, Buenos Aires, Novedades Educativas
16
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
ANEXO : Esquema del dispositivo general
Equipo de Inclusión Dispositivo General Dispositivos
Específicos Articula con las Direcciones de Nivel Medio y Supervisiones. Aporta al diseño de propuestas de capacitación docente.
Reuniones periódicas
Orienta a los Equipos de Conducción, asesores pedagógicos y docentes.
Reunión con el Equipo de Conducción de la escuela. Definición de Agenda de Trabajo y de Equipo de la Escuela
Reunión con el Equipo de la escuela. Planificación del Aula
Orienta y acompaña a los equipos docentes de las escuelas en el diseño de proyectos educativos específicos que, de ser necesario, incluyan adecuaciones curriculares para los alumnos comprendidos como destinatarios. Colabora en la identificación de necesidades y apoyos protésicos y tecnológicos específicos permanentes o transitorios.
Evaluación Pedagógica Diagnóstica del curso y del/los alumno/as que requieran estrategias educativas específicas.
Identificación de Necesidades y Apoyos específicos
Apoya la reorganización de espacios, tiempos y recursos. Colabora en la realización de Adecuaciones Curriculares y apoyos
Colaboración en el diseño del Proyecto Pedagógico Individual
Puesta en funcionamiento de apoyos específicos.
17
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
específicos. Apoya la reorganización de espacios, tiempos y recursos
Espacio de Tutorías Académicas
Con apoyos específicos
Monitorea y articula Evaluaciones Periódicas
Con apoyos específicos
18
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
Buenos Aires,
Visto las Resoluciones Nº 1484/SED/00 y 1274/00 que establecen los principios de la Integración Educativa, la disposición Nº 1/SED/07 en la que se señala que toda vez que sea posible la integración en Educación Común será necesario trabajar interdisciplinariamente entre los profesionales de Educación Especial, Educación Común y los Equipos Técnicos así como con los Profesionales que atienden al niño, y la disposición conjunta 93707 DGE y DGES en la que se aprueban los procedimientos para la inscripción de los alumnos con NEE en todos los niveles y modalidades y,
CONSIDERANDO
Que es necesario unificar y ordenar
los procedimientos para hacer posible la inclusión de niños y jóvenes en la escolaridad común en todos sus niveles y modalidades de manera cooperativa inter áreas/ modalidades y,
Que la inclusión educativa es un proceso que debe gestionarse en una red de acuerdos e intervenciones en beneficio de los destinatarios.
Por ello
LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL
DISPONE Art. 1º.- Toda vez que sea necesario solicitar un Asistente Celador para
Discapacitados Motores -en adelante ACDM-, el pedido será realizado por el Equipo de Orientación Escolar-en adelante EOE o por el Programa de Asistencia Socioeducativo de Escuelas Medias –en adelante ASE- dependientes de la Unidad de Apoyo al Proyecto Escuela- a la Coordinación de ACDM dependiente de la Dirección de Educación Especial mediante una nota en la que se adjuntará certificado médico con el diagnóstico que amerita el pedido siguiendo las vía jerárquicas correspondientes.
Art. 2º.- Cuando sea necesario solicitar un/a Maestro/a de apoyo Psicológico (MAP) para alumnos de nivel primario o inicial (de acuerdo a la Resolución 46/07) el procedimiento debe ser solicitado por la Supervisión de Educación Primaria o Inicial a la Supervisión del Escalafón “B” del cual dependen las MAP. Los EOE asesorarán y
19
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100
acompañarán a los directivos de las escuelas comunes, en relación a dicho pedido, considerando que los destinatarios de dicho recurso son alumnos cuya escolaridad es la educación común y requieren de manera temporaria y provisora la presencia de un profesional para acompañar su adaptación a la vida escolar.
Art. 3º.- En los casos en los cuales las escuelas de nivel primario o inicial
reconozcan dificultades para plantear los procesos de enseñanza con niños que, por manifestar dificultades en la adaptación a la vida escolar, presentan fracaso escolar la orientación es la siguiente: a) Intervención pedagógica de el /la docente de recuperación de la escuela común solicitada por la Dirección de la Escuela común. En caso de que dicha intervención resulte insuficiente b) Intervendrá pedagógicamente la vicedirectora de la Escuela de Recuperación o del Centro de Recursos Interdisciplinarios-en adelante CERI- en colaboración con los equipos interdisciplinarios de las escuelas/servicios correspondiente al Distrito Escolar de pertenencia. c) De requerirse la necesidad de un recurso de maestro/a de apoyo a la integración para un/a alumno/a de la escuela de recuperación, el pedido del mismo será solicitado través del Supervisor de Educación Común a la Supervisión correspondiente de Educación Especial -Escalafón B o C según necesidad del alumno y orientación del EOE- iniciado por el informe de este equipo quien acordará con las escuelas que provean el recurso de maestro/a de apoyo a la integración de acuerdo a su especificidad/necesidad.
Art. 4º.- Cuando no haya acuerdo acerca de qué recursos o apoyos de
Educación Especial deberán disponerse para la atención y la inclusión de un/a alumno/a, serán las Supervisiones de Educación Especial en acuerdo con la evaluación realizada por el Gabinete Central quienes lo determinen. Para ello el EOE deberá solicitar un turno al Gabinete Central correspondiente al distrito escolar para la presentación del caso, al cual acudirán con la mayor información y material pertinente. El Gabinete Central dará un turno para la familia, siendo el EOE quien se lo informará a la misma. Una vez definida la estrategia de inclusión o modalidad escolar recomendada, el Gabinete Central se lo comunicará a la familia y al EOE. Luego la Supervisión de Educación Especial correspondiente gestionará el recurso o apoyo necesario. Mientras tanto se defina el/la alumno/a continuará asistiendo a la escuela común con el seguimiento del EOE y otros actores que vengan interviniendo (art 3 inc. a y b).
20
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100 Art. 5º.- En caso de que los EOE consideren necesaria la opinión, evaluación, y
orientación del Gabinete Central para disponer de los recursos de Educación Especial, se solicitará su intervención. El procedimiento para solicitar la orientación es el expresado en el artículo 4
Art. 6º.- Cuando el EOE y el docente de apoyo a la integración o MAP
interviniente, consideren que los/as niños/as o jóvenes deben cambiar de modalidad educativa común para asistir transitoriamente a una escuela dependiente de la Dirección de Educación Especial, el procedimiento deberá incluir la evaluación del Gabinete Central y en este caso, el niño o joven, debe haber recibido apoyo previo de los recursos de la DEE u orientación del EOE y a pesar de ello los procesos y resultados no variaron.
Art. 7º.- Aquellos alumnos para cuya definición de tipo de escolaridad a recibir
se requiera evaluación, esta será realizada por el Gabinete Central o, de haber sido atendidos por los CPAPIS (Centros de Atención y Prevención de la primera Infancia), es válida la orientación y derivación de este servicio (DISP 03de la DEE/09). Se adjunta dicha disposición.
Art. 8º.- Cuando un alumno matriculado solamente en una escuela dependiente
de la DEE es evaluado por el Gabinete Escolar de la escuela de origen y éste determinara, en acuerdo con la conducción de la escuela, que puede incluirse en escolaridad común con apoyo de Maestra/o de Apoyo a la Integración, dicha inclusión debe articularse con la Supervisión y la Dirección de la Escuela Común correspondiente y el EOE, quienes deberán facilitar el ingreso de dicho alumno. Una vez planteada la estrategia de inclusión, se debe realizar una reunión con todos los actores pertinentes a fin de suscribir un acta que explicite los acuerdos pedagógicos, selección de estrategias, líneas de acción e intervención. Si el alumno dejará de requerir el apoyo de Educación Especial, el EOE realizará el seguimiento y la posible articulación con Educación Especial si fuera necesario
Art. 9 º.- En relación a la solicitud de permanencias de niños en el Nivel Inicial,
los EOE acordarán con las direcciones de las escuelas y supervisiones correspondientes junto a los padres de los niños dicha decisión. En el caso de que requieran evaluación y orientación del Gabinete Central, los EOE solicitarán dicha intervención de acuerdo al procedimiento expresado en el artículo 4. La solicitud debe realizarse procurando no extenderse del 30 de septiembre de cada año lectivo.
21
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL
EEQQUUII PPOO DDEE II NNCCLL UUSSII ÓÓNN EEDDUUCCAATTII VVAA DDEE NNII VVEELL MM EEDDII OO
22001100 Art 10º: Cuando las conducciones de las Escuelas de Nivel Medio cuenten en
su matrícula con alumnos que manifiesten dificultades para el aprendizaje de contenidos académicos y posean diagnósticos que avalen dichas dificultades, acordarán con el ASE, o el EOE de Nivel Medio dependientes de la UAPE, quien solicitará al Servicio Educativo de Inclusión en Escuelas de Nivel Medio dependiente de la Dirección de Educación Especial, la intervención de los profesionales de apoyo a través de una nota iniciada por los equipos –ASE u EOE- acompañada de la documentación diagnóstica con la que se cuente al momento del pedido. Si los equipos solicitantes requirieran de la evaluación u orientación del Gabinete Central deben solicitarlo vía jerárquica a través de la Dirección de Educación Especial mediante nota y documentación que acompañe.
Art 11º: Se establecen como obligatorias reuniones distritales mensuales entre las supervisiones de primaria común, inicial, especial (escalafón B y C si hubiera en el D.E.), el EOE y el Gabinete Central (si fuera necesario) a fin de consensuar y articular acciones, realizar seguimientos y planificar proyectos con miras a la inclusión a nivel distrital.
Art 12º: La solicitud recursos de Educación Especial se renuevan anualmente,
a fin de ajustar los apoyos a las necesidades del/la alumno/a, siguiendo los circuitos de solicitud explicitados anteriormente para cada caso. Esta indicación se realiza sin perjuicio de que se realicen revisiones durante el ciclo lectivo en base a acuerdos entre los actores intervinientes
Art.13º.-Comuníquese a la Dirección Educación de Especial, Primaria, Inicial,
Media, Técnica, Adultos y Adolescentes, Artística, Formación Docente y la UAPE.
22