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23/05/2018
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Responsabilidades y Sanciones desde la base hasta el Consejo de Administración, según la Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos
CONTENIDO
Responsabilidades y Sanciones
1. Contexto Internacional
5. Sanciones
2. Sistema de Prevención LD/FT
3. Responsabilidades
4. Señales de Alerta y Tipologías
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Responsabilidades y Sanciones
1. Contexto Internacional
5. Sanciones
2. Sistema de Prevención LD/FT
3. Responsabilidades
4. Señales de Alerta y Tipologías
PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DEL LD/FT
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Es un organismo cuyos fines son desarrollar y promover estándares internacionales para combatir el lavado de
dinero, financiamiento del terrorismo y de la proliferación. GAFI
• Recomendaciones del GAFI (40), febrero 2012.
• Metodología de Evaluación, febrero 2013.
Estándares Internacionales sobre la lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y da
la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva
Componentes
Identificación de riesgos, políticas y coordinación nacional Medidas preventivas para el sector financiero y APNFD Autoridades y medidas institucionales Transparencia y beneficiario final de personas y estructuras jurídicas Cooperación internacional
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA -GAFI-
Rec. 9
MEDIDAS PREVENTIVAS DEL LD/FT Y SANCIONES
Medidas ALD/CFT
Rec. 1*/
Rec 14
Evaluación de Riesgos y aplicación de un EBR
Servicios de transferencia de dinero o valores
Secreto Bancario
ALD/CFT
Rec. 10*/ Debida Diligencia del Cliente
Rec 11*/
Rec 12*/
Mantenimiento de registros
Personas Expuestas Políticamente
Rec 13 Banca corresponsal
Rec. 16
Rec. 15*/
Rec. 21**/
Nuevas tecnologías
Revelación (tipping-off) y confidencialidad
Transferencias electrónicas
Rec. 17*/ Dependencia en terceros
Rec 18**/
Rec 19**/
Controles internos y sucursales y filiales extranjeras
Países de mayor riesgo
Rec 20**/ Reporte de operaciones sospechosas
*/ Rec. 22 DDC -APNFD- **/ Rec. 23 Otras Medidas -APNFD-.
Rec. 35 - Sanciones
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Responsabilidades y Sanciones
1. Contexto Internacional
5. Sanciones
2. Sistema de Prevención LD/FT
3. Responsabilidades
4. Señales de Alerta y Tipologías
Prevenir, controlar, vigilar y sancionar el lavado de dinero u otros activos procedentes de la comisión de “cualquier delito”.
Establecer las normas que para este efecto deberán observar las personas obligadas a que se refiere el artículo 18 de esta ley.
PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DEL LD/FT
Art. 1, Decreto 67-2001.
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Población Captación Colocación
Identificación de Clientes
Conocimiento del Empleado
Programas Anti-Lavado
Sistema Financiero
Admón. Basada en Riesgos
APNFD
PROTECCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO Y SECTOR REAL
El Manual de Cumplimiento constituye el pilar en el Sistema de Prevención de LD/FT en las personas obligadas, derivado que el mismo se establece o se compilan los programas, políticas, normas, procedimientos y controles internos relacionados con la prevención de LD/FT y evitar el uso indebido de sus productos y servicios.
Los mismos debe ser acordes a los productos y servicios que ofrece; así como, a la actividad que desarrolla la Persona Obligada.
Controles Anti-Lavado
Clientes
PO
Oficial de Cumplimiento
Monitoreo
Control y Capacitación Empleados Mecanismos de Auditoria
SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL LD/FT EN LAS PO
Art. 19, primer párrafo, Decreto 67-2001.
Involucramiento de la Administración
Transacciones Inusuales/Sospechas
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Los funcionarios y empleados de las personas obligadas deberán dar cumplimiento a los programas, normas y procedimientos implementados por éstas, en lo que les corresponda.
SISTEMA DE PREVENCIÓN DEL LD/FT EN LAS PO
Art. 19, Decreto 67-2001 y Art. 23 de su Reglamento.
Responsabilidades y Sanciones
1. Contexto Internacional
5. Sanciones
2. Sistema de Prevención LD/FT
3. Responsabilidades
4. Señales de Alerta y Tipologías
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NEGOCIOS, CAPTACIONES, VENTAS O SERVICIO AL CLIENTE M
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Art. 19, Decreto 67-2001 y Art. 23 de su Reglamento.
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TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
Art. 19, Decreto 67-2001 y Art. 23 de su Reglamento.
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OTRAS ÁREAS, DEPENDENCIAS O FUNCIONES
RECURSOS HUMANOS
PROCESOS
Procedimientos de contratación, control, sanción y desvinculación.
Creación, actualización, documentación y validación del expediente del empleado
y su perfil económico-financiero.
Programa anual de capacitación: • Nuevo ingreso, permanente,
fortalecimiento, específica, entre otros.
Procedimientos de capacitación: • Controles, detección de necesidades,
canales, registro y evaluación.
Informe Semestral de Capacitación, observar los plazos, para evitar incumplimientos.
Inventario y automatización.
Riesgo Operativo LD/FT.
Implementación y mejora continua.
Auditoria y mecanismo de control.
Publicación y socialización.
Art. 19, Decreto 67-2001 y Art. 23 de su Reglamento.
OTRAS ÁREAS, DEPENDENCIAS O FUNCIONES
AUDITORÍA INTERNA
JURÍDICO
Programa y plan anual de evaluación del Sistema de Prevención del LD/FT.
Informes de resultados.
Presentación de resultados al Órgano de Administración Superior.
Validar contrato de auditoría externa.
Evaluar Gestión del Oficial de Cumplimiento.
Validar presentación de reportes e informes periódicos, requerimientos de información, en forma y plazo.
Revisión del Manual de Cumplimiento.
Inventario marco normativo LD/FT.
Revisión del Manual de Cumplimiento, que contenta todo el marco normativo LD/FT.
Riesgo LD/FT - Legal y Reputacional Sanciones legales y administrativas.
Validar contrato con auditoría externa.
Políticas de contratación, control y desvinculación de empleados.
Art. 19, Decreto 67-2001 y Art. 23 de su Reglamento.
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OFICIALÍA DE CUMPLIMIENTO
El Oficial de Cumplimiento debe velar por el cumplimiento y efectivo funcionamiento del sistema de prevención de LD/FT, de ser el caso, estará a cargo de la Unidad de Cumplimiento, quien o quienes dependerán del Órgano de Administración Superior.
Art. 19, segundo párrafo, Decreto 67-2001 y 22 de su Reglamento.
COORDINACIÓN O COMITÉ DE CUMPLIMIENTO
Art. 19, Decreto 67-2001 y Arts. 22 y 23 de su Reglamento.
Apoyar al Oficial de Cumplimiento en el desarrollo y mejora continua de los programas, normas, procedimientos y controles internos.
Apoyar al Oficial de Cumplimiento en la detección de necesidades y obtención de recurso humano, tecnológico y financiero, para el cumplimiento y fortalecimiento del Sistema de Prevención de LD/FT.
Analizar los informes de auditoría interna, auditoría externa y ente regulador, a fin de establecer las medidas a implementar para subsanar las deficiencias detectadas.
Velar porque las diferentes áreas o funciones y sus respectivos colaboradores, cumplan, implementen y ejecuten los programas, normas, procedimientos y controles internos.
Miembro del Órgano de Administración Superior
Oficial de Cumplimiento
Auditor Interno / Mecanismo de Control
Gerentes de área o responsables de funciones, tales como: negocios, jurídico, tecnología, internacional y operaciones
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ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN SUPERIOR
Art. 19, segundo párrafo, Decreto 67-2001 y 22 de su Reglamento.
INVOLUCRAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN
Es el responsable de velar por la implementación y ejecución del sistema
de prevención y detección del LD/FT
Ente Regulador
Gestión OC / Informes Trimestrales
Auditoría Interna / Mecanismo Control
Auditoría Externa
Art. 19, Decreto 67-2001 y Arts. 9 y 23 de su Reglamento.
Medidas
ALD/CFT
Aprobar el manual de cumplimiento, régimen disciplinario, programa de capacitación y la metodología de administración del riesgo, entre otros.
Nombrar al Oficial de Cumplimiento titular y suplente; y, velar por su jerarquía, autoridad e independencia; así como, su relación de dependencia y exclusividad de funciones (según el tipo de PO y cuando aplique).
Dar seguimiento y asignar los recursos necesarios para la implementación, ejecución, control, coordinación y mejora continua del sistema de prevención del LD/FT.
Conocer y dar seguimiento los informes trimestrales del Oficial de Cumplimiento y los informes de auditoría interna, auditoría externa y el ente regulador.
Responsabilidades y Sanciones
1. Contexto Internacional
5. Sanciones
2. Sistema de Prevención LD/FT
3. Responsabilidades
4. Señales de Alerta y Tipologías
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SEÑALES DE ALERTA DE EMPLEADOS
Estilo de vida no acorde sus ingresos o perfil económico-financiero.
Emplea su domicilio para recibir documentación de los clientes.
Incremento imprevisto en el número de operaciones o transacciones que se encuentran a cargo del trabajador.
Permanentemente realiza reuniones con clientes fuera de la oficina o fuera del horario de laboral.
Continuamente evita salir de vacaciones.
Realiza frecuentemente operaciones con excepciones de un determinado cliente.
Oculta u omite comunicar información relativa al cambio en el comportamiento de clientes que atiende.
Relacionado con personas jurídicas sin fines de lucro.
TIPOLOGÍA DE EMPLEADOS
Jefe RRHH Tecnología Procesos
Auditoría / Mecanismo de Control Empleado
Personas Obligadas
Sanción
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Responsabilidades y Sanciones
1. Contexto Internacional
5. Sanciones
2. Sistema de Prevención LD/FT
3. Responsabilidades
4. Señales de Alerta y Tipologías
Los países deben asegurar que exista
una gama de sanciones
proporcionales y disuasivas, sean
estas penales, civiles o administrativas.
Por incumplimiento a los requisitos
ALA/CFT
Las sanciones deben ser aplicables no solo
a las instituciones financieras y APNFD sino también a sus directores y altos
gerentes
Recomendación 35
RECOMENDACIONES DEL GAFI
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ARTICULO 31 .- Procedimiento y sanciones.
“Las personas obligadas a que se refiere el artículo 18 de la presente ley serán responsables por el incumplimiento de las obligaciones que ésta les impone y serán sancionadas por la autoridad administrativa competente con multa de diez mil dólares (EUA$10,000.00) a cincuenta mil dólares (EUA$50,000.00) de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, atendiendo a la gravedad del hecho; además, de tener que cumplir con la obligación omitida que hubiere dado lugar a la sanción en el plazo fijado por la autoridad competente, y sin perjuicio de las responsabilidades penales en que hubiere incurrido.”
SANCIONES
Decreto 67-2001
Invierta
Convierta
Transfiera Realice
Adquiera
Posea
Administre
Tenga
Oculte
Utilice
Impida
Cualquier transacción financiera con
bienes o dinero
Bienes o dinero
La determinación de la verdadera naturaleza,
origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad
bienes o dinero
Sabiendo, o que por razón de su cargo, empleo, oficio o profesión esté obligado a saber, que los bienes o dinero son producto, proceden o se originan de la comisión de un delito.
¿QUIÉN COMENTE DELITO DE LAVADO DE DINERO?
Art. 2, Decreto 67-2001.
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Nombramiento del Oficial de Cumplimiento. Art. 19 de la Ley.
Conocimiento e identificación de clientes.
Art. 19, 21 2º. párrafo y 22 de la Ley.
US$25,000
Comunicación de transacciones que deben reportarse como sospechosas. Art. 26 de la Ley.
Registro diario a que se refiere el artículo 24 de la Ley.
No conservar los registros a que se refiere el artículo 23 de la Ley.
Registros - Formularios
Primer párrafo artículo 21 de la Ley.
US$20,000
A cualquier requerimiento de información IVE. Art. 28 de la Ley (forma y plazo)
Conocimiento Empleado, Capacitación y Auditoría, del artículo 19 de la Ley.
No actualizar registros a que se refiere el artículo 23 de la Ley.
Cualquier otro incumplimiento no considerado en el Régimen Sancionatorio.
US$10,000
Art. 31, Decreto 67-2001 y Régimen Sancionatorio - Acuerdo 43-202.
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Personas Jurídicas
Multa de US$10 mil a US$ 625 mil.
Cancelación de personalidad jurídica (reincidencia).
Comiso, pérdida o destrucción.
Pago de costas y gastos procesales.
Publicación de sentencia en dos medios de comunicación.
Personas Individuales
Prisión (de 6 a 20 años).
Multa (igual al valor de los bienes objeto del delito).
Comiso, pérdida o destrucción.
Pago de costas y gastos procesales.
Publicación de sentencia en dos medios de comunicación.
SANCIONES PENALES
Art. 4 Decreto 67-2001 y Art. 2 Decreto 58-2005. Art. 5 Decreto 67-2001 y Art. 7 Decreto 58-2005.
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“LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE DINERO ES UN TEMA DE PAÍS Y POR
TANTO RESPONSABILIDAD DE TODOS”