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Presentación de PowerPoint - delitosfinancieros.org · Honduras Ecuador Bahamas ... Programa EACA:...
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Panel General No. 3Análisis de las más recientes novedades y desafíos de DELITOS FINANCIEROS para las organizaciones
que deben protegerse del LAVADO DE DINERO y de las sanciones regulatorias
René M Castro V
Vice-Presidente RICS Management
Colombia
Percepción Mundial de Corrupción
FUENTE: http://www.transparency.org/cpi2016/results
Transparencia Internacional, 2016
Indice de Corrupción 2016 – Transparencia Internacional
Rank Country CPI 2016
1 New Zealand 90
1 Denmark 90
3 Finland 89
21 Uruguay 71
24 Chile 66
41 Costa Rica 58
60 Cuba 47
79 Brazil 40
87 Panama 38
90 Colombia 37
145 Nicaragua 26
166 Venezuela 17
176 Somalia 10
FUENTE: http://www.transparency.org/cpi2016/results
United States International Narcotics Control Strategy Report
Money Laundering and Financial Crimes (Marzo 2017)
Países más lavadores de dinero en 2016
United States International Narcotics Control Strategy Report
Money Laundering and Financial Crimes (Marzo 2017)
Países más lavadores de dinero en 2016
NORTEAMERICA CENTRO AMERICA SURAMERICA CARIBE
Canadá Belize Argentina Aruba
Estados Unidos Costa Rica Brasil Antigua
Mexico Guatemala Colombia Barbados
Honduras Ecuador Bahamas
Nicaragua Guyana Islas Virgenes Britanicas
El Salvador Surinam Islas Cayman
Panamá Bolivia Cuba
Paraguay Curazao
Peru Dominica
Uruguay Republica Dominicana
Venezuela Granada
Haiti
Jamaica
Saint Maarten
Santa Lucia
Saint Vincent & Granadina
Trinidad & Tobago
Colombia - Indice de Competitividad 2016 – World Economic Forum
Reporte a las Naciones sobre el Fraude
Estudio Mundial de Fraude 2016
Asociación de Examinadores de Fraude Certificados (ACFE)
➢ El estudio encontró que la organización típica pierde 5% de sus ingresos anuales como consecuencia
del fraude.
➢ La pérdida total causada por los casos de nuestro estudio supera los USD6.300 millones; la pérdida
promedio por caso es de USD 2.7 millones.
➢ Cuanto más duró un fraude, mayores pérdidas financieras provocó. La duración promedio de los
fraudes fue de 18 meses, y las pérdidas aumentaron a mayor duración. Los esquemas que duraron
más de cinco años causaron una pérdida promedio de USD 850,000.
➢ En 94.5% de los casos, el defraudador intentó ocultar el fraude. Los métodos de ocultamiento más
comunes fueron la generación de documentos falsos y la alteración de documentos existentes.
➢ Los fraudes descubiertos por métodos activos de detección (como vigilancia, supervisión o
conciliaciones de cuentas) tuvieron una duración y pérdidas promedio menores, frente a esquemas
detectados por métodos pasivos (como el aviso de la policía o el descubrimiento por accidente).
FUENTE: http://www.transparency.org/cpi2016/results
Reporte a las Naciones sobre el Fraude
Estudio Mundial de Fraude 2016
Asociación de Examinadores de Fraude Certificados (ACFE)
FUENTE: http://www.transparency.org/cpi2016/results
Foreign Corrupt Practices Act - FCPA
Las diez multas más grandes por violaciones a la FCPA
1. Siemens (Germany): US$800 millones en 2008.
2. Alstom (France): US$772 millones en 2014.
3. KBR / Halliburton (USA): US$579 millones en 2009.
4. Teva Pharmaceutical (Israel): US$519 millones en 2016
5. Och-Ziff (USA): US$412 millones en 2016
6. BAE (UK): US$400 millones en 2010.
7. Total SA (France) US$398 millones en 2013.
8. VimpelCom (Holland) US$397.6 millones en 2016.
9. Alcoa (U.S.) US$384 millones en 2014.
10.Snamprogetti Netherlands B.V. / ENI S.p.A $365 million in2010.
Sujetos ObligadosAUTORIDAD REGULACIÓN
ALA-CFT
NORMAS
Circular Externa 026 de 2008
Circular Externa 29 de 2014
Circular Básica Jurídica de 2015
Circular Externa 004 de 2016
Circular Externa 004 de 2017
Circular Externa 011 de 2011
Resolución 074854 de 2016
Circular Externa 003 de 2009
Circular Externa 008 de 2011 Blindadoras
Circular Externa 100-004 de 2009
Circular Externa 304-001 de 2014
Circular Externa 100-005 de 2014
Circular Básica Jurídica No. 100-000005 de
2015
Circular Externa 100-006 de 2016
Circular Externa No. 1536 de 2013
Instrucción Administrativa No. 17 de 2016
7.-SUPERSALUD SARLAFT Circular Externa 09 de 2016
8.-SUPERINDUSTRIA
9.-SUPERSUBSIDIO
10.-SUPERSERVICIOS
SIPLA Circular Externa 170 de 2002
SARLAFTCircular Externa 28 de 2011 Profesionales
del Cambio
Decreto 390 de 2016 (Estatuto Aduanero)
12. MINTICs REPORTES Resolución 2564 de 2016
Circular Externa 010 de 2011
Circular Externa No. 05 de 2016
14. CNJSA-COLJUEGOS SIPLAFTAcuerdo 317 de 2016 – Acuerdo 237 de
2015
11. DIAN
13. COLDEPORTES SIPLAFT
4.-SUPERVIGILANCIA SARLAFT
5.-SUPERSOCIEDADESRECOMENDACIONES
- SAGRLAFT
6.-SUPERNOTARIADO REPORTES
1.-SUPERFINANCIERA SARLAFT
2.-SUPERSOLIDARIA SIPLAFT-IPLAFT
3.-SUPERPUERTOS SIPLAFT
Circular Externa No. 100-000006 de 2016
Superintendencia de SociedadesSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES DE COLOMBIA
SUJETOS OBLIGADOS
Circular Externa No. 100-000006 del 19 de Agosto de 2016
Sector Vigilancia y Control
Superintendencia de Sociedades
Actividad Economica (CIIU 4 A.C)*
Salarios Minimos Mensuales Legales
Vigentes (SMMLV)**
Valor ingresos totales a 31 de Diciembre de 2016
Plazo para implementar el SARLAFT
Inmobiliario Si L6810
60.000 $ 41.367.300.000,00 31 de Diciembre de 2017 L6820
Explotación de minas y canteras Si
B05
60.000 $ 41.367.300.000,00 31 de Diciembre de 2017 B07
B08
Servicios Juridicos Si M6910 30.000 $ 20.683.650.000,00 31 de Diciembre de 2017
Servicios contables, de cobranza y/o calificación crediticia
Si
N8291
30.000 $ 20.683.650.000,00 31 de Diciembre de 2017
M6920
Comercio de vehiculos, sus partes, piezas y accesorios
Si
G4511
130.000 $ 89.629.150.000,00 31 de Diciembre de 2017 G4512
G4530
G4541
Construccion de edificios Si F4111
100.000 $ 68.945.500.000,00 31 de Diciembre de 2017 F4112
Cualquier otro sector Si 160.000 $ 110.312.800.000,00 31 de Diciembre de 2017
* Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) Revisión 4 Adaptada para Colombia (A.C.)
** Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) a 31 de Diciembre de 2016: $689.455,00
Ley 1778 de 2016 - Ley Antisoborno
Resolución No. 100-02657 de 2016 de la Superintendencia de Sociedades
Circular Externa No. 100-000003 de 2016 de la Superintendencia de Sociedades
El artículo 23 de la Ley 1778 estableció:
“Artículo 23. Programas de ética empresarial. La Superintendencia de
Sociedades promoverá en las personas jurídicas sujetas a su
vigilancia la adopción de programas de transparencia y ética
empresarial, de mecanismos internos anticorrupción, de mecanismos y
normas internas de auditoría, promoción de la transparencia y de
mecanismos de prevención de las conductas señaladas en el artículo 2°
de la presente ley.
La Superintendencia determinará las personas jurídicas sujetas a este
régimen, teniendo en cuenta criterios tales como el monto de sus activos,
sus ingresos, el número de empleados y objeto social.”
Ley Antisoborno
Resolución No. 100-02657 de 2016 de la Superintendencia de Sociedades
Circular Externa No. 100-000003 de 2016 de la Superintendencia de Sociedades
SOCIEDADES QUE DEBEN ADOPTAR LOS PROGRAMAS DE ETICA EMPRESARIAL
Datos a 31 de Diciembre de 2016 *
SECTOR INGRESOS BRUTOS ACTIVOS TOTALES PLANTA DE PERSONAL
FARMACEUTICO75.000 SMMLV 75.000 SMMLV
2.000 Empleados Directos
$ 51.709.125.000,00 $ 51.709.125.000,00
INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCION150.000 SMMLV 150.000 SMMLV
2.000 Empleados Directos
$ 103.418.250.000,00 $ 103.418.250.000,00
MANUFACTURERO150.000 SMMLV 150.000 SMMLV
2.000 Empleados Directos
$ 103.418.250.000,00 $ 103.418.250.000,00
MINERO ENERGETICO150.000 SMMLV 150.000 SMMLV
2.000 Empleados Directos
$ 103.418.250.000,00 $ 103.418.250.000,00
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES 500.000 SMMLV 500.000 SMMLV
1.000 Empleados Directos
$ 344.727.500.000,00 $ 344.727.500.000,00
* $ 689.455,00 Salario Minimo Mensual Legal Vigente a 31 de Diciembre de 2016
Mitos de las empresas al gestionar sus riesgos
➢ Ignorar los riesgos, no es una opción.
➢ Considerar las medidas como un gasto y no como una
inversión.
➢ Copiar Manuales, matrices de riesgo, procedimientos.
➢ Creer que su modelo es perfecto y no monitorearlo
continuamente.
➢ Pensar que sus empleados son inmunes al fraude.
➢ No establecer procedimientos de debida diligencia porque
no están obligadas según la regulación.
FUENTE: http://www.transparency.org/cpi2016/results
Estándares Nacionales e Internacionales
Gobierno Colombiano: Programa EACA: Empresas Activas en Cumplimiento Anticorrupción
El propósito de atraer e incentivar una cultura de cumplimiento enanticorrupción para las empresas que operan en Colombia, es un ejeimportante dentro de la estrategia Nacional de la Política PúblicaIntegral Anticorrupción, en relación con el fomento a la cultura de lalegalidad cuyos pilares principales se refieren precisamente a:
(i) Integración de los programas existentes entre sector público yprivado contra la corrupción y
(ii) Fomentar la confianza entre el público, actores del sector privado yla sociedad civil que contribuyan a la mejora y la competitividad delos negocios entre el sector privado y le gobierno.
Gobierno Colombiano: Programa EACA: Empresas Activas en Cumplimiento Anticorrupción
Crear y promover un sistema de Registro de Empresas Activas enCumplimiento Anticorrupción en Colombia, constituye un referente muyimportante a nivel nacional, que construido con base en estándaresinternacionales y experiencias similares reconocidas a nivel mundial,aportará a la competitividad del país, de su sector empresarial y a losrequisitos de acceso a la OCDE.
La iniciativa es de carácter voluntario y se encuentra enmarcada enel ámbito de prevención de riesgos de corrupción del sectorempresarial que contribuye a la creación de relaciones de confianzaentre empresa-sector público y empresa-sociedad, mediante laevaluación y difusión de un listado de empresas que integran a sugestión de negocios la implementación de programas de cumplimientoanticorrupción.
Gobierno Colombiano: Programa EACA: Empresas Activas en Cumplimiento Anticorrupción
Empresas participantes en el programa: 43
Empresas que se retiraron: 10
Empresas certificadas: 1
ISO 37001 – Sistema de AdministraciónAntisoborno
• ISO 37001 es un estándar del sistema de gestión contra el soborno publicado en octubre de 2016.
• Está diseñado para ayudar a una organización a establecer, implementar, mantener y mejorar un programa de cumplimiento contra el soborno.
• Incluye una serie de medidas y controles que representan las buenas prácticas globales anti-soborno.
ISO 19600 Sistema de Gestión de Cumplimiento
¿Por qué es importante?
➢ Es una herramienta que facilita el CUMPLIMIENTO LEGAL Y
REGULATORIO.
➢ Evita daños en la REPUTACIÓN corporativa.
➢ Evita o atenúa sanciones por INCUMPLIMIENTOS.
➢ Reduce RIESGOS por escándalos, fraude, corrupción, etc.
➢ Se basa en los principios del BUEN GOBIERNO,
PROPORCIONALIDAD, TRANSPARENCIA y
SOSTENIBILIDAD.
ISO 31000:2009
Multas y Sanciones
Ley Colombiana Antisoborno No. 1778 (2016)
➢ El artículo 3 de la Ley 1778 establece:
“Artículo 3°. Competencia. Las conductas descritas en el artículo 2°de esta ley serán investigadas y sancionadas por la Superintendenciade Sociedades.
La Superintendencia tendrá competencia sobre las conductascometidas en territorio extranjero, siempre que la persona jurídica o lasucursal de sociedad extranjera presuntamente responsable estédomiciliada en Colombia.”
➢ El valor de la máxima multa vigente para 2017 es de$147.543.400.000,00 (200.000 SMMLV por $737.717,00salario mínimo vigente para 2017) USD$ 51.680.940,42(TRM 18/04/17, $2.854,89).
Circular Externa No. 100-000006 de 2016
Superintendencia de Sociedades
➢ La sanción es la establecida en el numeral 3 del artículo86 de la Ley 222 de 1995 de hasta doscientos (200)salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV)por $737.717,00 salario mínimo vigente para 2017 queequivale a $147.543.400,00 por el incumplimiento en loestablecido por esta Circular Externa.
Riesgo Reputacional
De acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia:
El Riesgo Reputacional se define como:
“La posibilidad de pérdida en que incurre una compañía pordesprestigio, mala imagen, publicidad negativa, cierta o no,respecto de la institución y sus prácticas de negocios, que causepérdida de clientes, disminución de ingresos o procesosjudiciales.”
Importancia del Riesgo Reputacional
Fuente: http://www.eisneramper.com/uploadedFiles/Resource_Center/Articles/Articles/Concerns-2014.pdf