Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los...

45
TIEMPOS EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA A propósito de una mirada integral del Decreto 1850 de 2002, la Directiva 02 de 2012 y la Directiva 16 de 2013 Abril de 2016

Transcript of Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los...

Page 1: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

TIEMPOS EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

A propósito de una mirada integral del

Decreto 1850 de 2002, la Directiva 02 de 2012 y la Directiva 16 de 2013

Abril de 2016

Page 2: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

EXORDIO

“... Como individuos y como ciudadanos tenemos perfecto derecho a verlo todo del color característico de la mayor parte de las hormigas y de gran número de teléfonos antiguos, es decir, muy negro. Pero en cuanto educadores no nos queda más remedio que ser optimistas, ¡ay! Y es que la enseñanza presupone el optimismo tal como la natación exige un medio líquido para ejercitarse. Quien no quiera mojarse, debe abandonar la natación; quien sienta repugnancia ante el optimismo, que deje la enseñanza y no pretenda pensar en qué consiste la educación. Porque educar es creer en la perfectibilidad humana, en la capacidad innata de aprender y en el deseo de saber qué la anima, en que hay cosas (símbolos, técnicas, valores, memorias, hechos...) que pueden ser sabidos y que merecen serlo, en que los hombres podemos mejorarnos unos a otros por medio del conocimiento, De todas estas creencias optimistas puede uno muy bien descreer en privado, pero en cuanto intenta educar o entender en qué consiste la educación, no queda más remedio que aceptarlas. Con verdadero pesimismo puede escribirse contra la educación, pero el optimismo es imprescindible para estudiarla.... y para ejercerla. Los pesimistas pueden ser buenos domadores pero no buenos maestros”

Fernando Savater (El valor de educar)

Page 3: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

TEMAS

1. Antecedentes

2. Resultados de una Encuesta

3. Criterios orientadores

4. Tiempos EN la Institución

5. Jornada Escolar de los Estudiantes

6. Jornada Laboral de los Educadores

7. Permisos Ordinarios de los Educadores

Page 4: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

1 Antecedentes

a. Decreto 179 del 22 de enero de 1982

b. Decreto 1235 de 3 de mayo de 1982

c. Decreto 1002 del 24 de abril de 1984

d. Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994

e. Decreto 1850 del 13 de agosto de 2002

Page 5: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Decreto 179/82 Jo

rnad

a L

abo

ral

Artículo 3. Es el tiempo que deben dedicar a las labores específicas de administración; al cumplimiento

del calendario y desarrollo del currículo escolar; a la atención y preparación de su asignación

académica; a la investigación de asuntos pedagógicos; a las labores de orientación, disciplina y

formación de los alumnos, todo de acuerdo con los reglamentos y órdenes de las autoridades

educativas competentes.

Los docentes directivos y docentes deberán permanecer en la institución durante toda la jornada diaria

de trabajo, la cual estará determinada por los planes de estudio vigentes.

Parágrafo. Los directivos docentes bajo cuya responsabilidad se encuentre la atención de dos jornadas

escolares distribuirán racionalmente su permanencia dentro de tales jornadas, en tal forma que

dediquen a la correcta y eficiente administración del mismo un tiempo mínimo de ocho (8) horas diarias.

Co

mp

eten

cias

del

Rec

tor

Artículo 4. Al Rector de cada establecimiento educativo le compete distribuir el personal bajo su

dirección, de acuerdo con las características, necesidades, funciones propias de sus cargos y

disposiciones legales pertinentes.

Artículo 5. Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se

distribuirán racionalmente por el Rector en cada uno de los cinco (5) días de la semana.

Parágrafo 2. Cada una de las horas de clase semanales previstas en esta norma tendrán una duración

de 45 minutos.

Page 6: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Decreto 179/82 O

blig

acio

nes

Aca

dém

icas

Cargo Horas semanales

de clase

Directores de escuela y directores de preescolar hasta 5 grupos 30

Docentes de aula preescolar y primaria 30

Rectores o coordinadores hasta 1.000 estudiantes hasta 6

Coordinadores hasta 1.000 estudiantes hasta 10

Jefe de departamento si tiene entre 10 y 20 profesores hasta 12

Jefe de departamento si tiene entre 21 y 30 profesores hasta 8

Jefe de departamento si tiene más de 30 profesores hasta 5

Profesores de secundaria y media, sin dirección de grupo, 24

Profesores de secundaria y media, con dirección de grupo 20

Docentes encargados de los talleres de modalidad industrial a asignados al

área agropecuaria y de promoción social 20

Docentes asignados a las áreas de vocacionales o técnicas <Art. 2 del Decreto 1235

de 1982> 24

Capellanes 14

Docentes que desempeñen funciones de coordinación de internos 8

Los docentes que desempeñen funciones de consejería y orientación 10

Page 7: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Decreto 1002/84 In

ten

sid

ades

Aca

dém

icas

Artículo 11. Básica primaria: 25 horas netas de 60 minutos

semanales = 1.000 anuales.

Básica secundaria y media: 30 horas netas de 60 minutos semanales

= 1.200 anuales.

Parágrafo 1. Preescolar 20 horas netas de 60 minutos semanales =

800 anuales.

Parágrafo 2. Se distribuyen en unidades didácticas cuya duración

debía adecuarse a las exigencias pedagógicas del alumno y del área

Parágrafos 3. Para los centros educativos de Educación Básica

Secundaria y Media Vocacional que al momento de la aplicación de

este Plan de Estudios estén autorizados para laborar en tres jornadas,

el total mínimo semanal será de 25 horas netas de 60 minutos.

Page 8: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Decreto 1860/94 S

eman

a

Lec

tiva

Artículo 57. La semana lectiva tendrá una duración promedio mínima en

actividades pedagógicas relacionadas con el desarrollo de asignaturas y proyectos

pedagógicos, así: 25 horas efectivas en básica primaria; 30 horas efectivas en

básica secundaria y media.

Tota

l

An

ual

Artículo 57. El total anual de horas efectivas de actividad pedagógica no será

inferior a 1.000 horas en básica primaria y a 1.200 horas en básica secundaria y

media.

Otr

as

Act

ivid

ades

Artículo 57. Además del tiempo prescrito para las actividades pedagógicas, se

deberá establecer en el PEI uno dedicado a actividades lúdicas, culturales,

deportivas y sociales de contenido educativo orientadas por pautas curriculares,

según el interés del estudiante. Este tiempo no podrá ser inferior a 10 horas

semanales.

Pro

gra

mac

ión

Artículo 57. Las actividades pedagógicas se programarán con la intensidad horaria

semanal y diaria que determine el plan de estudios, pero intercalando las pausas

aconsejables, según la edad de los alumnos

Page 9: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Preescolar

Decreto 179 de 1982 Decreto 1002 de 1984 Decreto 1850 de 2002

Artículo 5. 30 horas de

clases semanales y

cumplirán las demás

actividades

programadas por la

institución y propias de

su cargo = horas de

clase de 45', distribuidas

durante los 5 días [= 900 horas efectivas

anuales]

Artículo 11. Parágrafo 1.

20 horas netas de 60

minutos semanales = 800

anuales.

Parágrafo 2. Se

distribuyen en unidades

didácticas cuya duración

debía adecuarse a las

exigencias pedagógicas

del alumno y del área

Artículo2. Parágrafo 2. La

intensidad horaria para el nivel

preescolar será como mínimo

de 20 horas semanales

efectivas de trabajo con

estudiantes, las cuales serán

fijadas y distribuidas por el

rector o director del

establecimiento educativo

Artículo 5. La asignación

académica de los docentes de

preescolar será igual a la

jornada escolar de preescolar

(hoy 20 horas)

Page 10: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Primaria

Decreto 179 de 1982 Decreto 1002 de 1984 Decreto 1860 de 1994 Decreto 1850 de 2002

Artículo. 5. 30 horas

de clases semanales

y cumplirán las

demás actividades

programadas por la

institución y propias

de su cargo =

horas de clase de

45', distribuidas

durante los 5 día [= 900 horas efectivas

anuales]

Artículo 11. 25 horas

netas de 60 minutos

semanales = 1.000

anuales.

Parágrafo 2. Se

distribuyen en

unidades didácticas

cuya duración debía

adecuarse a las

exigencias

pedagógicas del

alumno y del área

Artículo 57. La

semana lectiva tendrá

una duración promedio

mínima de 25 horas

efectivas de trabajo, en

actividades

pedagógicas

relacionadas con el

desarrollo de

asignaturas y proyectos

pedagógicos

Año = 1.000 horas

efectivas

Artículo 2 La intensidad

para el nivel primaria será

como mínimo de 25 horas

semanales y 1.000 anuales

efectivas de trabajo con

estudiantes, las cuales serán

fijadas y distribuidas por el

rector o director del

establecimiento educativo

Artículo 5. La asignación

académica de los docentes

de primaria será igual a la

jornada escolar de primaria

(hoy 25 horas efectivas

semanales)

Page 11: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

a. Secundaria y

Media Decreto 179 de 1982 Decreto 1002 de 1984 Decreto 1860 de 1994 Decreto 1850 de 2002

Artículo. 5. Profesores sin

dirección de grupo = 24

horas de clase semanales

de clase de 45', distribuidas

durante los 5 días

Profesores con dirección de

grupo = 20 horas de clase

semanales de 45',

distribuidas durante los 5

días,

Todos en e el tiempo

restante cumplirán las

demás funciones del cargo,

según las exigencias del

plan de estudios y los

manuales respectivos

Artículo 11. 30 horas netas de

60 minutos semanales = 1.200

anuales.

Parágrafo 2. Se distribuyen en

unidades didácticas cuya

duración debía adecuarse a las

exigencias pedagógicas del

alumno y del área

Parágrafos 3. Para los centros

educativos de Educación

Básica Secundaria y Media

Vocacional que al momento de

la aplicación de este Plan de

Estudios estén autorizados

para laborar en tres jornadas,

el total mínimo semanal será

de 25 horas netas de 60

minutos.

Artículo 57. La

semana lectiva tendrá

una duración promedio

mínima de treinta

horas efectivas de

trabajo, en actividades

pedagógicas

relacionadas con el

desarrollo de

asignaturas y

proyectos

pedagógicos.

Año = 1.200 horas

efectivas

Artículo 2. La intensidad para el

nivel primaria será como mínimo

de 30 horas semanales y 1.2000

anuales efectivas de trabajo con

estudiantes, las cuales serán

fijadas y distribuidas por el rector

o director del establecimiento

educativo

Artículo 5. Parágrafo. la

asignación académica semanal

de cada docente de educación

básica secundaria y educación

media, será de 22 horas

efectivas de 60 minutos, las

cuales serán distribuidas por el

rector o director en períodos de

clase de acuerdo con el plan de

estudios

Page 12: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

2. Resultados de una encuesta

La organización del tiempo en la

jornada y la distribución del tiempo de

los docentes, le permite:

Total Parcial Nada

Cumplir con las exigencias básicas de

las áreas obligatorias y fundamentales 70% 30% 0%

Desarrollar proyectos pedagógicos 25% 68% 7%

Desarrollar áreas optativas 28% 48% 23%

Realizar actividades lúdicas, culturales 18% 73% 8%

Atender los requerimientos de los

estudiantes 42% 55% 3%

Atender a los padres de familia 53% 47% 0%

Desarrollar proyectos de atención a la

comunidad 20% 58% 22%

Total 37% 54% 9%

Page 13: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

3. Criterios

Orientadores

Establecer un marco conceptual claro y preciso.

Precisar el alcance de la autonomía de la Institución.

Romper con la conectividad entre “hora clase”, "período de clase" y "carga

académica" de los docentes

Distinguir o separar conceptualmente la asignación académica de las

actividades curriculares complementarias de los docentes

Hacer más real la vieja aspiración de unas intensidades mínimas semanales y

anuales que se ofrecen a los estudiantes, a través de asignaturas y proyectos

pedagógicos.

Reconocer las realidades institucionales, locales, regionales y nacionales para

el logro de los nuevos criterios del Decreto.

Establecer límites para la definición y modificación de las fechas del calendario

académico..

Page 14: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

4. Tiempos EN

la Institución

DE LOS ESTUDIANTES DE LOS EDUCADORES DE LA INSTITUCIÓN

Jornada Escolar Jornada Laboral Calendario Académico

Intensidades Mínimas en áreas

de conocimimento expresadas

en horas clase que recibe el

estudiante en unidades de

tiempo llamados período clase

Asignación académica en áreas

de conocimimento expresadas

en horas efectivas que el

docente ofrece a sus estudiantes

en unidades de tiempo llamados

períodos clase

Educadores:

40 semanas: actividad académica

5 semanas: planeación institucional

7 semanas: vacaciones

+ + y

Otras actividades curriculares

(recreo)

Actividades curriculares

complementarias

(recreo)

Estudiantes:

40 semanas: actividad académica

12 semanas: receso estudiantil

TRES (3) TIEMPOS EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Page 15: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

5. Jornada Escolar

Se refiere al tiempo de los estudiantes en la institución para recibir el servicio público educativo de acuerdo con el calendario y el plan de estudios.

Debe permitir alcanzar las intensidades mínimas expresadas en horas semanales y anuales de 60‟, de actividades pedagógicas relacionadas con áreas obligatorias o fundamentales y optativas y otras actividades definidas en el PEI.

Las intensidades se ofrecen en períodos de clase (asignaturas o proyectos pedagógicos),

El horario de la jornada escolar lo define el rector al comienzo de cada año escolar, de conformidad con las normas vigentes (Ley 115 de

1994, Decreto 1075 de 2015), el proyecto educativo institucional y el plan de estudios.

Page 16: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Intensidades Mínimas de

Actividad Académica

semanales anuales

Básica primaria 25 h 1.000 h

Básica secundaria y media 30 h 1.200 h

Preescolar 20 h 800 h

Para Básica y Media

Nota 1: mínimo 80% para áreas obligatorias o fundamentales, quedando un máximo de 20% para lo optativo

Nota 2: las áreas obligatorias o fundamentales y las optativas se desarrollan por asignaturas o proyectos pedagógicos (Decreto 1860 de 1994)

Page 17: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Período de Clase

El período de clase es una unidad de tiempo en que se divide la jornada escolar para realizar las actividades académicas propias del desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales y de las

asignaturas optativas contempladas en el plan de estudios.

El período de clase lo define el rector al comienzo de cada año escolar y puede tener duraciones diferentes de acuerdo con el plan de estudios aprobado en el PEI por el Consejo Directivo.

En todo caso la sumatoria de períodos de clase debe permitir siempre el cumplimiento de total semanal y anual de intensidades mínimas, contabilizadas en horas efectivas.

∑ X(„pc) = 30 horas semanales = 1.200 horas anuales = secundaria

∑ X(„pc) = 25 horas semanales = 1.000 horas anueles = primaria

Page 18: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 02

2. Definir el horario de la jornada escolar, o sea el tiempo de permanencia de los

estudiantes en la institución educativa, al comienzo de cada año lectivo, de

conformidad con las normas vigentes. (art. 2.4.3.1.2 Decreto 1075 de 2015) El

horario de la jornada escolar deberá permitir el cumplimiento de las

intensidades mínimas previstas en la normatividad vigente y los periodos de

recreo (art 2.4.3.2.1 Decreto 1075 de 2015)

9. Realizar un control efectivo sobre el cumplimiento de la jornada escolar, para

lo cual los informes periódicos de evaluación que el establecimiento educativo

oficial entregue durante el año escolar a los padres de familia, incluirán la

relación del total de horas efectivas desarrolladas en cada una de las áreas

obligatorias y fundamentales, establecidas por la Ley General de Educación.

El rector o director enviará esta información a la respectiva Secretaría de

Educación, encargada del ejercicio de inspección y vigilancia. Con este fin, el

Ministerio de Educación Nacional dispondrá del instrumento correspondiente.

(Artículo 144 de la Ley 1450 de 2011)

Page 19: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 16

La determinación de la jornada escolar de los estudiantes tomará en cuenta

los siguientes referentes:

a. El Proyecto Educativo Institucional, el Plan de Estudios y las estrategias

pedagógicas para desarrollar las áreas obligatorias, fundamentales y

optativas.

b. Las 40 semanas lectivas adoptadas por el calendario académico

establecido por la entidad territorial certificada en educación.

c. El cumplimiento de las intensidades académicas mínimas 20 horas en

Preescolar, 25 horas en Primaria y 30 horas en Básica Secundaria y

Media.

d. La inclusión del descanso pedagógico o recreo diario como una

actividad curricular complementaria, por fuera de las intensidades

académicas mínimas relacionadas en el literal anterior.

Page 20: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Intensidades Mínimas y

Períodos de Clase

Intensidad mínima semanal de básica

primaria:

25 horas clase = 1.500 minutos

Período de clase de 30 minutos 50 períodos = 1500 minutos

Período de clase de 50 minutos 30 períodos = 1.500 minutos

Período de clase de 60 minutos 25 períodos = 1.500 minutos

Período de clase de 100 minutos 15 períodos = 1.500 minutos

Intensidad mínima semanal de básica

secundaria y media:

30 horas clase = 1.800 minutos

Período de clase de 30 minutos 60 períodos = 1.800 minutos

Período de clase de 40 minutos 45 períodos = 1.800 minutos

Período de clase de 45 minutos 40 períodos = 1.800 minutos

Período de clase de 50 minutos 36 períodos = 1.800 minutos

Período de clase de 60 minutos 30 períodos = 1.800 minutos

Período de clase de 90 minutos 20 períodos = 1.800 minutos

Page 21: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Cambios en

Preescolar

Los estudiantes tendrán mínimo 20 horas efectivas de actividades, o sea 4 horas/día o 1.200 minutos/semana

Se esperaba que ganaran 300 minutos/semana de clase = 12.000 minutos/año = 200 horas efectivas/año = 40 días/año

Los docentes tendrán mínimo 6 horas diarias dentro de la institución y 2 fuera o dentro.

Las actividades complementarias se realizarán en tiempo diferente al tiempo de clase con los niños.

Facilita la transformación de única jornada a jornada única

La doble jornada no afecta estos propósitos

Page 22: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Cambios en

Primaria Los estudiantes tienen más tiempo efectivo de clase, o

sea 5 horas/día o 1.500 minutos/semana.

Se esperaba que ganaran 375 minutos/semana de clase = 15.000 minutos/año = 250 horas efectivas/año = 50 días/año

Los docentes tienen mínimo 6 horas diarias dentro de la institución y 2 fuera o dentro.

Las actividades complementarias se realizarán en tiempo diferente al tiempo de clase con los niños

Facilita la transformación de única jornada a jornada única

La doble jornada no afecta estos propósitos

Page 23: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Cambios en Secundaria y Media

Los estudiantes tienen más tiempo efectivo de clase, o sea 6 horas/día o 1.800 minutos / semana. Se esperaba que ganaran 450 minutos/semana de clase = 18.000

minutos/año = 300 horas efectivas/año = 50 días/año

Los docentes tienen mínimo 6 horas diarias dentro de la institución y 2 fuera o dentro. .

Las actividades complementarias se realizarán en tiempo diferente al tiempo de clase con los niños

Es viable la transformación de única jornada a jornada única

La doble jornada afecta estos propósitos. La triple jornada resulta casi imposible.

El rector debe ser más creativo e innovador con apoyo autoridades locales para buscar otros espacios diferentes al institución, inclusive se podría concertar otros tiempos.

Page 24: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Doble o Triple

Jornada Escolar

Las instituciones de doble o triple jornada definirán y desarrollarán, con el apoyo de las entidades territoriales certificadas, estrategias o actividades para cumplir con las treinta (30) horas semanales y las mil doscientos (1.200) horas anuales definidas para la educación básica secundaria y media, las cuales distribuirá el rector a los docentes de la institución, al comienzo de cada año lectivo en forma diaria o semanal, dentro o fuera de los mismos establecimientos educativos

Esta disposición tiene una concepción subyacente fundamental para las instituciones de doble o triple jornada: ha llegado el momento en que se aplique en estricto sentido los artículos 2.3.3.1.6.1, 2.3.3.1.6.2 y 2.3.3.1.6.3 del Decreto 1075 de 2015 (34,

35 y 36 del Decreto 1860 de 1994), que indican que las áreas obligatorias o fundamentales y las asignaturas optativas se pueden desarrollar de dos formas:

a. por asignaturas, y

b. por proyectos pedagógicos.

Page 25: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Doble o Triple

Jornada Escolar Así surge una ruptura con lo que, tradicionalmente, se ha concebido

como asignación académica: se cree que sólo se desarrollan las áreas de conocimiento si el docente dicta la asignatura en el salón de clase. Son muy contados los casos en donde la institución ofrezca el desarrollo de las áreas por proyectos pedagógicos. En este sentido, para instituciones de doble o triple jornada la recomendación es que los planes de estudio sean desarrollados por asignaturas y proyectos pedagógicos, lo cual implica que la asignación académica también sea dada a los docentes de la misma manera .

Si se trabaja por proyectos educativos, se requiere “saber cuáles son los

conceptos fundamentales a los que se apunta desde un proyecto de aula” A la vez, este trabajo por proyectos, supone que la institución educativa debe “considerar el mundo de afuera, sobre todo hoy, cuando esa otra escuela –la de afuera: sea la calle, la casa, el café internet, el campo deportivo, la televisión, etc.,

es más potente que la escuela formal” (*)

(*) Jurado Valencia, Fabio. La educación por proyectos: una pedagogía para la conjetura. En: Revista Magisterio. Educación y Pedagogía. No 002. Abril-Mayo 2002

Page 26: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Doble o Triple

Jornada Escolar Por lo tanto resulta necesario dar este salto cualitativo y demostrar que la

asignación académica no es sólo “dictar clase” en su sentido tradicional. Mucha de las argumentaciones en torno a la imposibilidad de aplicar el Decreto 1850 de 2002 en las instituciones, de doble o triple jornada, está mediada por:

a. Poca creatividad para buscar soluciones que están inmersas en las normas legales que rigen la planeación curricular; y

b. La mirada tradicional de desarrollo de los planes de estudio.

Si se sigue con esta visión es casi imposible que se encuentren soluciones a horarios de instituciones educativas de doble y triple jornada.

Por lo anterior implica, se hace necesario un cambio de actitud de los directivos y docentes; una puesta en juego de creatividad, innovación y capacidades profesionales; un pacto social por mejorar la calidad de la educación y un mayor compromiso con la comunidad educativa, en especial con los niños, niñas y jóvenes. Este es el sentido de la redacción del artículo 2.4.3.1.4 del Decreto 1075 de 2015 (4 del Decreto

1850.

Page 27: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Criterios sobre Jornada Escolar

El rector debería tomar como referencia lo siguientes criterios:

a. El proyecto educativo institucional y el plan de estudios aprobado por el Consejo

Directivo.

b. Las semanas lectivas adoptadas por el calendario académico

c. El cumplimiento de las intensidades mínimas semanales, distribuidas por las

intensidades por área de conocimiento adoptadas en el plan de estudios.

d. La inclusión del descanso pedagógico como una actividad por fuera de las

intensidades mínimas.

e. Las estrategias pedagógicas para desarrollar las áreas obligatorias o fundamentales,

como las optativas, ya sea por asignaturas o por proyectos pedagógicos.

f. Entregar un informe bimestral en reunión de padres de familia sobre el cumplimiento

de la jornada escolar y las intensidades mínimas ofrecidas a sus estudiantes

g. Incluir en los aplicativos respectivos el cumplimiento de la jornada escolar

Page 28: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

6. Jornada Laboral

Se refiere al tiempo diario de los educadores en la institución, el cual es de 8 horas diarias, para desarrollar la asignación académica y las actividades curriculares complementarias.

La jornada laboral la define el rector aplicando los siguientes criterios:

Durante las 40 semanas lectivas: para los docentes de aula definirá su horario diario donde se detalle el tiempo de asignación académica + tiempo de actividades curriculares complementarias; 6 horas obligatorias dentro de la institución; las 2 horas diarias restantes pueden ser dentro o fuera de la institución.

Durante las 5 semanas de actividades de desarrollo institucional, todos deben laborar la jornada completa.

Page 29: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 02

1. Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes,

directivos docentes y administrativos, de conformidad con las normas sobre

la materia (Artículo 10 numeral 9 de la Ley 715 de 2001).

4. Distribuir las funciones de los docentes para cada día de la semana (8

horas), para lo cual fijará el horario de cada docente (tiempo de asignación

académica y tiempo de actividades curriculares complementarias que

completan las 8 horas dentro o fuera del establecimiento educativo. La

permanencia mínima diaria de cada docente en la institución educativa debe

ser de 6 horas (Artículos 2.4.3.2.3 y 2.4.3.3.3 Decreto 1075 de 2015).

Los rectores y directores rurales están facultados para definir el tiempo de

desempeño de los docentes dentro del establecimiento educativo, a partir de

las seis (6) horas mínimas reglamentarias y hasta las ocho (8) horas totales

(exigencias del PEI; necesidades de los estudiantes; modalidad del

establecimiento; contexto institucional y demás factores que puedan

demandar un mayor tiempo de desempeño del docente en el plantel.

Page 30: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

La asignación de funciones a coordinadores y orientadores debe

hacerse teniendo en cuenta que deben permanecer las ocho (8)

horas diarias en el establecimiento educativo. (Parágrafos 1 y 2, Artículo

2.4.3.3.3 del Decreto 1075 de 2015)

Esta asignación y distribución de funciones, con sus respectivos

horarios, debe hacerse para cada educador estatal mediante acto

administrativo expedido por el rector o director rural

6. Publicar en lugares visibles del establecimiento educativo, los

docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la asignación

académica y comunicarlo por escrito a los padres de familia. (Artículo 10, numeral 17 de la Ley 715 de 2001)

Directiva 02

Page 31: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Para la definición de la jornada laboral de los educadores tendrá en cuenta los

siguientes criterios:

a. La permanencia obligatoria de los docentes en todos los establecimientos

educativos será de 30 horas semanales incluido el descanso o recreo que se

defina en uso de la autonomía escolar.

b. La asignación académica de los docentes de básica secundaria y media es de 22

horas de clase. En aquellos establecimientos educativos donde exista más de

una jornada escolar, la asignación académica de los docentes se establecerá en

una sola jornada escolar, salvo que el docente acuerde con el rector otra

distribución.

c. La determinación de actividades curriculares complementarias de cada docente

hasta completar las 30 horas semanales de permanencia en el establecimiento, en

las cuales está incluido el periodo diario de descanso; el rector podrá adoptar

horarios flexibles de la jornada laboral de los docentes de tal manera que cada

uno pueda cumplir las 30 horas semanales de permanencia sin que deba iniciar o

terminar su jornada a la misma hora cada día.

Directiva 16

Page 32: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Asignación

Académica

Es el tiempo que dedica el docente a la atención directa de sus

estudiantes en actividades pedagógicas correspondientes a las áreas

obligatorias y fundamentales y a las asignaturas optativas, de

conformidad con el plan de estudios.

horas/minutos semanales

Preescolar 20 h x 60‟ = 1.200‟

Básica primaria 25 h x 60‟ = 1.500‟

Básica secundaria 22 h x 60‟ = 1.320‟

y media

El tiempo de la asignación académica se expresa en períodos de

clase

Page 33: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

3. Definir la asignación académica de cada docente, la cual será en horas

efectivas de trabajo con los estudiantes de acuerdo con los siguientes

parámetros: 20 horas para los docentes de preescolar, 25 horas para los

docentes de básica primaria y 22 horas para los docentes de básica

secundaria y media, distribuidos en periodos de clase. (Artículos 2.4.3.3.3 y

2.4.3.2.1 del Decreto 1075 de 2015).

La duración de cada período de clase puede variar de un establecimiento

educativo a otro; sin embargo, lo importante es que el docente de secundaria y

media complete 1320 minutos semanales desarrollando con los estudiantes el

proceso enseñanza aprendizaje del área o asignatura respectiva. En el evento

de que los periodos sean de 55 minutos se le asignan 24 periodos y si son de

60 minutos se le asignan 22 periodos. Para el caso de preescolar y primaria se

deben. completar 1200 y 1500 minutos respectivamente.

Directiva 02

Page 34: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Asignación Académica

según

Períodos de Clase

Período de clase: Asignación Académica: 25 h x 60’ =1500’

De 30 minutos 50 períodos = 30‟ x 50 p = 1.500‟ = 25 h

De 50 minutos 30 períodos = 50‟ x 30 p = 1.500 = 25 h

De 60 minutos 25 períodos = 60‟ x 25 p = 1.500‟ = 25 h

De 100 minutos 15 períodos = 100‟ x 15 p = 1.500 = 25 h

Período de clase: Asignación Académica 22 h x 60’ = 1.320’

De 30 minutos 44 períodos = 30‟ x 44 p = 1.320‟ = 22 h

De 40 minutos 33 períodos = 40‟ x 40 p = 1.320‟ = 22h

De 55 minutos 24 períodos = 55‟ x 24 p = 1.320‟ = 22h

De 60 minutos 22 períodos = 60‟ x 22 p = 1.320‟ = 22h

Básica Primaria

Básica Secundaria y Media

Page 35: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Actividades

Complementarias

Administración del proceso educativo;

Preparación de su tarea académica;

Evaluación, la calificación, planeación, disciplina y formación de

los alumnos;

Reuniones de profesores generales o por área;

Dirección de grupo y servicio de orientación estudiantil;

Atención de la comunidad, en especial de los padres de familia;

Actividades formativas, culturales y deportivas contempladas en el

PEI

Page 36: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Criterios sobre Jornada Laboral

Para la definición de la jornada laboral, el Rector debería tomar en cuenta los

siguientes criterios:

a. Comunicar por escrito a cada docente de aula la asignación académica y

actividades curriculares complementarias, señalando expresamente para

cada una de ellas el tiempo que tiene para ejecutarlas dentro o fuera de la

institución, pero en todo caso donde se establezca obligatoriamente seis (6)

horas dentro de la institución educativa. Para cumplir esta función, el Rector

debe tomar como marco de referencia el PEI adoptado por el Consejo

Directivo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 1075 de 2015.

Page 37: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Criterios sobre Jornada Laboral

b) Definir la asignación académica semanal de cada docente, la cual será en

horas efectivas de trabajo, independiente del tiempo de período de clase, de

acuerdo con los siguientes parámetros:

i. 20 horas efectivas para los docentes de preescolar,

ii. 25 horas efectivas para los docentes de básica primaria y

iii. 22 horas efectivas para los docentes de básica secundaria y media, distribuidos

en periodos de clase.

En los anteriores tiempos de asignación académica, no está incluido el

descanso pedagógico o recreo, el cual debe ser mínimo de 30 minutos

diarios.

Nota: Acuerdo Secretaría de Boyacá con Sindicatos.

No obstante, el descanso pedagógico o recreo sí hace parte de las seis (6) horas obligatorias de la

jornada laboral diaria que el docente debe permanecer en la institución y, por lo tanto, el educador debe

estar presente y controlar las actividades que desarrollan los estudiantes durante el mismo, de acuerdo

con lo definido por el Rector

Page 38: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Criterios sobre Jornada Laboral

c. Comunicar por escrito a los orientadores las funciones de orientación

estudiantil que debe desarrollar durante sus ocho (8) horas de jornada

laboral, de conformidad con los dispuesto por el artículo 92 de la Ley

115 de 1994, los artículos 2.3.3.1.6.5 (40 del decreto 1860 de 1994) y

2.4.6.1.2.5 (12 del decreto 3020 de 2002) del Decreto 1075 de 2015 y el

Acuerdo de convocatoria que definió su perfil y competencias

laborales

d. Publicar en cartelera o en lugares visibles del establecimiento

educativo, los horarios, la asignación académica y actividades

curriculares complementarias de cada docente o directivo. Además

comunicarlo por escrito a los padres de familia, sin que en ningún caso

sea en un plazo superior a la celebración de la primera reunión de

padres de familia. (Artículo 10, numeral 17 de la Ley 715 de 2001)

Page 39: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

7. Calendario

Académico

Para docentes y directivos 40 semanas de trabajo académico con estudiantes, distribuido en dos

períodos semestrales

5 semanas de actividades de desarrollo institucional

7 semanas de vacaciones

Para estudiantes 40 semanas de trabajo académico, distribuido en dos periodos

semestrales

12 semanas de receso estudiantil

Nota: las fechas las fija la entidad territorial certificada cada año y por una sola vez; luego pierde competencia salvo por situaciones de orden público

Page 40: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 02

7. Conceder o negar permisos remunerados por causa justificada

hasta por tres (3) días hábiles. Dichos permisos deben

solicitarse y concederse siempre por escrito. (Artículo 65 del

Decreto 2277 de 1979 y Artículo 57 del Decreto 1278 de 2002)

El rector o director del establecimiento educativo debe

establecer los criterios para conceder los permisos a los

docentes teniendo en cuenta que estas ausencias no afecten el

normal desarrollo de las clases de los estudiantes y garanticen

la prestación del servicio educativo

8. Permisos Remunerados

Page 41: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 16

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 65 del Decreto 2277 de 1979 y el

artículo 57 del Decreto 1278 de 2002, el rector al ejercer su competencia legal de

otorgar o negar los permisos remunerados debe tener en cuenta:

a) Que el educador tiene derecho a un permiso laboral remunerado hasta por tres

(3) días hábiles consecutivos en un mes, siempre que medie una causa

justificada;

b) Que la solicitud y el otorgamiento del permiso debe estar fundamentado en

principios de imparcialidad, objetividad, oportunidad, racionalidad y

solidaridad;

c) El permiso debe solicitarse y concederse siempre por escrito;

7. Permisos Remunerados

Page 42: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 16

d) Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se ausenta un docente, éste tiene la

obligación de legalizarlo justificando su ausencia con los debidos soportes, dentro

de los dos (2) días hábiles siguientes a su reintegro;

e) El permiso no generan vacante temporal ni definitiva del empleo del beneficiario y,

por ende, no dará lugar ni a encargo, ni a nombramiento provisional, ni a dejar

reemplazo por parte del educador, ni a recuperar el tiempo del mismo; en este

sentido el rector, de acuerdo con el PEI, adoptarán estrategias que garanticen la

prestación del servicio educativo cuando se presente esta situación administrativa.

En concordancia con el artículo 2.4.3.3.4 del Decreto 1075 de 2015 (12 del decreto 1850 de

2002), los permisos remunerados de los rectores o directores se solicitan ante el

superior inmediato, sea el gobernador o alcalde de la entidad territorial certificada, o

ante quien estas autoridades hayan determinado

7. Permisos Remunerados

Page 43: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 2

Por ser normas fijadas de manera taxativa al Rector o Director de establecimiento

educativo, son de su exclusiva competencia y no son delegables, sin perjuicio que

para ello pueda de manera optativa solicitar algún tipo de concepto o apoyo al

Consejo Directivo, Consejo Académico u otros servidores.

La Directiva invita a Gobernadores, Alcaldes, Secretarios de Educación, Jefes de

Control Interno Disciplinario y Representantes de Organismos de Control a

acompañar a los rectores y directores de establecimientos educativos oficiales

para que puedan ejercer con plena responsabilidad y autoridad sus competencias.

Consideración Final

Page 44: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Directiva 16

El Ministerio de Educación Nacional en su calidad de máxima autoridad del

sector educativo, en la búsqueda de garantizar el derecho a la educación de

los niños, y con el fin de armonizar la aplicación de las normas de la

organización escolar y administración de personal, garantizando los

derechos laborales y profesionales del magisterio, procede a precisar

algunos criterios con el fin de orientar el funcionamiento de los

establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y

media.

En la búsqueda del fortalecimiento del Gobierno Escolar, el Ministerio de

Educación exhorta a que las decisiones relacionadas con la definición de las

jornada escolar de los estudiantes y la jornada laboral de los docentes, así

como las definiciones en torno al desarrollo de los planes de estudio, sean

tomadas por el Rector con el acompañamiento del Consejo Directivo o

Académico según el caso.

Consideración Inicial

Page 45: Presentación de PowerPoint - ColegiosOnline...Parágrafo 1. Las horas de clase asignadas a los docentes en la presente norma, se distribuirán racionalmente por el Rector en cada

Gracias!!!

BUEN VIENTO Y BUENA MAR