Preguntas Frecuentes Cotizacion Obras

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Preguntas Frecuentes 1. ¿Cuál es el monto establecido para realizar un proceso de cotización de obras? El monto para la ejecución de la obra debe oscilar entre 0,000007 y 0,00003 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico que para el año 2014 se refiere a montos entre $ 240.104,46 y $ 1’029.019,11 dólares. 2. ¿El contrato suscrito por la adquisición de obras realizadas a través de un procedimiento de cotización, pueden sujetarse a reajuste de precios? Todo proceso de obras está ligado a precios unitarios, lo que implica que necesariamente existirá reajuste de precios. 3. Bajo qué criterio o justificación una Entidad Contratante, puede declarar desierto un procedimiento de cotización, si el resultado de la misma no fuese conveniente para los intereses nacionales o institucionales? Cuando existan justificaciones debidamente sustentadas en la parte técnica, legal y económica, observando lo estipulado en el Art. 33 de la LOSNCP 4. Los modelos de pliegos propuestos por el SERCOP, para los procesos de cotización, pueden ser modificados? Los modelos de pliegos son de carácter obligatorio, sin embargo si la Entidad contratante desea realizar cambios, puede realizarlos bajo su responsabilidad. 5. En un procedimiento de cotización de obras, en la conformación de las Comisiones Técnicas, podrán intervenir el Director financiero y jurídico con voz pero sin voto? La conformación de las comisiones técnicas está claramente definida en el Art. 18 del Reglamento de la LOSNCP, sin embargo si se requiere la intervención de ellos para esclarecer una situación, pueden ser convocados, ya que los mismos en un proceso de cotización no son requeridos en la nómina principal de la comisión técnica.

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Preguntas Frecuentes

1. ¿Cuál es el monto establecido para realizar un proceso de cotización de obras? El monto para la ejecución de la obra debe oscilar entre 0,000007 y 0,00003 del

Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico que para el

año 2014 se refiere a montos entre $ 240.104,46 y $ 1’029.019,11 dólares.

2. ¿El contrato suscrito por la adquisición de obras realizadas a través de un

procedimiento de cotización, pueden sujetarse a reajuste de precios?

Todo proceso de obras está ligado a precios unitarios, lo que implica que

necesariamente existirá reajuste de precios.

3. Bajo qué criterio o justificación una Entidad Contratante, puede declarar desierto un

procedimiento de cotización, si el resultado de la misma no fuese conveniente para

los intereses nacionales o institucionales?

Cuando existan justificaciones debidamente sustentadas en la parte técnica, legal y

económica, observando lo estipulado en el Art. 33 de la LOSNCP

4. Los modelos de pliegos propuestos por el SERCOP, para los procesos de cotización,

pueden ser modificados?

Los modelos de pliegos son de carácter obligatorio, sin embargo si la Entidad

contratante desea realizar cambios, puede realizarlos bajo su responsabilidad.

5. En un procedimiento de cotización de obras, en la conformación de las Comisiones

Técnicas, podrán intervenir el Director financiero y jurídico con voz pero sin voto?

La conformación de las comisiones técnicas está claramente definida en el Art. 18 del

Reglamento de la LOSNCP, sin embargo si se requiere la intervención de ellos para

esclarecer una situación, pueden ser convocados, ya que los mismos en un proceso de

cotización no son requeridos en la nómina principal de la comisión técnica.