PREGUNTAS FRECUENTES

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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PATROCINIO O CONTRATO DE APRENDIZAJE

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ETAPA PRODUCTIVA: CONTRATO DE APRENDIZAJE Y PATROCINIO

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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PATROCINIO O CONTRATO DE

APRENDIZAJE

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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PATROCINIO O CONTRATO DE APRENDIZAJE

• Esta guía pretende orientarte con respecto a los aspectos básicos del contrato de aprendizaje o patrocinio.

• La claridad que tengas en cuanto a este tema y en cuanto al perfil ocupacional de tu programa de formación, marcarán el éxito que tengas en la búsqueda de este apoyo para adelantar tu formación profesional.

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ETAPAS DE FORMACIÓN

LECTIVA: Períodos en los que el aprendiz recibe formaciónprofesional integral en las aulas, laboratorios,talleres y campos de la entidad de formación.

PRÁCTICA:Períodos en los que el Aprendiz complementa suproceso de aprendizaje mediante las prácticas en laempresa.

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DUALIDAD Y ALTERNANCIA EN LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN

• Según lo preceptuado en el articulo 1 del acuerdo 15 de 2003, la alternancia de las dos fases es permitida, siempre y cuando este prevista en el respectivo programa curricular; podrá realizar 4 horas en formación y 4 horas en etapa practica, sin exceder las 8 horas diarias y las 48 semanales. Solamente podrán realizar sus practicas bajo alternancia los aprendices que ya tengan aprobado como mínimo el 50% de su formación.

Ingrese el área de trabajo

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LA FORMACIÓN TITULADA SE DEBE PRESENTAR BAJO LA SIGUIENTE DISTRIBUCIÓN.

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OPERARIOS O AUXILRIARES. 6 A 9 MESES

TÉCNICOS12 MESES

TECNÓLOGO24 MESES

ESPECIALIZACIONES TÉCNICAS Y

TECNOLOGÍAS 3 A 6 MESES

ETAPA LECTIVA : 3 MESESETAPA

PRODUCTIVA: 3 a 6 MESES

ETAPA LECTIVA: 6 a 9 MESES

ETAPA PRODUCTIVA: 6 a 9 MESES

ETAPA LECTIVA: 18 MESES

ETAPA PRODUCTIVA:6 a 12 MESES

ETAPA LECTIVA: 3 a 6 MESES

ETAPA PRODUCTIVA:No requiere, ni es objeto

de contrato de aprendizaje

El tiempo de la formación entre lectiva y práctica no debe superar el tiempo de duración de el programa de formación.

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¿QUÉ ES UN CONTRATO DE APRENDIZAJE?

• El contrato de aprendizaje o patrocinio es un acuerdo entre una empresa y un aprendiz, a través del cual, la empresa se compromete a apoyar económicamente al aprendiz y garantizarle un campo de práctica, mientras éste se forma para desempeñarse en un oficio determinado. (ley 789 )

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¿QUÉ EMPRESAS ME PUEDEN PATROCINAR?

• Las empresas privadas, desarrolladas por personasnaturales o jurídicas, que realicen cualquier actividadeconómica diferente de la construcción, que ocupenun número de trabajadores no inferior a quince (15).tenga relación con su área de formación

• Las empresas industriales y comerciales del estado ylas de economía mixta del orden nacional,departamental, distrital y municipal.

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¿A QUÉ TENGO DERECHO CUANDO ME

PATROCINAN?• A recibir como apoyo económico mensual el

50% del salario mínimo($267.800) mientras esté estudiando (lectiva)

• A recibir el 75% del salario mínimo ($401.700) mientras esté en la empresa (práctica)

• A ser afiliado a una EPS y a una ARP

• A tener un campo de práctica acorde al programa en el cual me formé.

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¿QUÉ DEBERES TENGO CUANDO FIRMO UN PATROCINIO?

• Asistir puntualmente a las clases durante las etapas deenseñanza.

• Cumplir los reglamentos y normas establecidas por elrespectivo centro de aprendizaje del SENA.

• Presentar un excelente rendimiento académico ydisciplinario

• Asistir puntualmente al lugar asignado por la empresapara desarrollar la formación y las practicas. Cualquierfalta grave al reglamento interno de la empresa puedeser causal de la terminación del contrato deaprendizaje (inasistencia injustificada al puesto detrabajo, falta disciplinaria o de comportamiento, bajorendimiento)

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¿SI YA TUVE UN CONTRATO DE APRENDIZAJE ANTERIORMENTE, PUEDO

VOLVER A TENER?

El contrato de aprendizaje se puede tener una sola vezen la vida. Solo se admite un segundo contrato cuandose adelante una formación de la misma área de laanterior y de un nivel académico superior. Por ejemplo:hiciste una técnica en Cocina y ahora estas haciendouna tecnología en Gastronomía.

Si fuiste patrocinado en un programa totalmentediferente al actual, no puedes firmar un segundocontrato y debes realizar tus practicas por tu propiacuenta.

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¿SI FIRMÉ UN CONTRATO DE APRENDIZAJE EN UNA EMPRESA Y LUEGO ME QUIERO PASAR

PARA OTRA, PUEDO RENUNCIAR?

NO. Cuando firmas un contrato de aprendizaje con una empresa, debes respetar este acuerdo y permanecer allí. Si renuncias sin justa causa a un contrato de aprendizaje, se considera falta grave al reglamento y se te cancela la matricula en el Sena. (articulo 30 reglamento de alumnos)

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ALTERNATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LA ETAPA

PRODUCTIVALa etapa práctica que desarrollen los aprendices en cualquier programa de formación debe permitirles aplicar en la resolución de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión.

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Los aprendices podrán realizar su etapa práctica, acogiéndose a alguna

de las siguientes opciones: Desempeño en una empresa a través de contrato de aprendizaje,

en las diferentes empresas obligadas, o con cuotas voluntarias,incluyendo el SENA

Apoyo a una unidad productiva familiar (famiempresas), donde elaprendiz pueda aplicar las competencias adquiridas durante suproceso de formación. En este caso el aprendiz hace su propiaconcertación con la unidad productiva sobre las condiciones deestadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie.

Apoyo a una institución estatal, municipal o veredal, o una ONG,para el desempeño de actividades prácticas asociadas a suprograma de formación. El aprendiz hace su propia concertacióncon la institución sobre las condiciones de estadía. Esto, es pago dealgún auxilio económico o en especie.

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• Monitorias: el desarrollo de monitorias por parte de losaprendices SENA en las especialidades que son afinestecnológicamente a su programa de formación, sea en unCentro de Formación del SENA, en otra institución educativa(por ejemplo, colegios en el marco del programa deintegración con la media) o en un Tecno parque, seráncontempladas como alternativa para la etapa práctica.

• Participación en un proyecto productivo: SENA — Empresa,SENA proveedor SENA o Producción de Centros

• Desempeño a través de vinculación laboral: o contractual enactividades relacionadas con el programa de formación

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PYMES: Aplica especialmente, no exclusivamente , para losaprendices que son beneficiarios de apoyo desostenimiento ,de cualquier programa de formación , parael apoyo en los temas de comercio, electrónico, logística ygestión de talento humano, los aprendices de tituladasdeben inscribirse en el centro de formación para lograr elapoyo de sostenimiento.

Servicio Militar: Los aprendices técnicos o tecnólogos queterminen la etapa lectiva y no cuenten con contrato deaprendizaje o no tengan definido su proyecto productivo ,podrán incorporarse al ejercito a prestar su servicio militarrealizando la etapa practica en actividades afines alprograma de formación si y solo si existe la posibilidad y elservicio militar lo permite.

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Cualquiera sea la alternativa con la cual se cumpla la etapa productiva, el aprendiz debe tener un supervisor asignado por la entidad

donde se desempeña, así como recibir seguimiento por parte del Sena.

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¿QUÉ DEBO HACER SI LA EMPRESA NO ESTÁ CUMPLIENDO CON LAS

OBLIGACIONES COMO PATROCINADORA?

Si la empresa está incumpliendo con el apoyo económicomensual, con las afiliaciones a salud o con la designación de uncampo de práctica adecuado; en primer lugar deben comunicarsu inquietud al área de recursos humanos de la empresa, ensegundo lugar, notificar al Sena esta situación para tomar lasmedidas correspondientes.Siempre haciendo las reclamaciones mediadas por el respeto y lacordialidad.

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CAUSALES DE TERMINACIÓN DE CONTRATO DE APRENDIZAJE

Por mutuo acuerdo entre las partes. Por el vencimiento del término de duración del

contrato. La cancelación de la matrícula por parte del

SENA de acuerdo con el reglamento previstopara los Alumnos.

El bajo rendimiento o las faltas disciplinariascometidas en los períodos de FormaciónProfesional Integral en el SENA o en laEMPRESA, cuando a pesar de losrequerimientos de la Empresa o del SENA, no secorrijan en un plazo razonable.

El incumplimiento de las obligaciones previstaspara cada una de las partes.

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¿CÓMO HAGO PARA BUSCAR UN PATROCINIO?

La responsabilidad de la búsqueda de patrocinio es directamente del aprendiz.

El SENA acompaña este proceso con asesoría, mercadeo y control.

Contactar telefónicamente empresas relacionadas con el área de formación y ofrecer su hoja de vida .

El SENA tiene dispuesta una página para la búsqueda de patrocinios. Debes inscribirte estar consultando constantemente las empresas que requieran aprendices de tu área de formación:

http://caprendizaje.sena.edu.co

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ELEGIDO EL APRENDIZ..... QUÉ SIGUE?

1. Hacer el contrato de aprendizaje: Los contratos son válidos desde la fecha de su firma. Realizar las afiliaciones y pagos correspondientes.

2. Informar al SENA la contratación del aprendiz o terminaciones imprevistas a través del proceso establecido por el SENA. No es periódico, cada vez que haya novedades.

3. El aprendiz entregara copia del contrato de aprendizaje que firmó, en la oficina de contratos de aprendizaje.

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CAUSALES DE SUSPENSIÓNArt. 5 Acuerdo 15 de 2003•Licencia de Maternidad.•Incapacidades debidamente certificadas.•Caso fortuito o fuerza mayor.•Vacaciones colectivas por parte de el empleador (sólo

si el aprendiz está en fase práctica).Trámite ante el SENA: Informar la nueva fecha de

terminación del contrato y la causal de suspensión.

La empresa sólo está obligada a mantener la cotización del aprendiz en la EPS. No aplica apoyo de sostenimiento ni riesgos profesionales (Art. 5 del Acuerdo 15 de 2003)

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• Luz Adriana Rincón Agudelo – IP: 42070 [email protected]

• Martha Cecilia Gallo Arias – IP: 42113

[email protected]

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Centro de Servicios y Gestión Empresarial.Responsables: