Preguntas Dadas en Clase

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Materia: LOGICA Y ARGUMENTACION JURIDICA Estudiante: Armando Froilán Rivera Tinizhañay APUNTES DE PREGUNTAS DADAS EN CLASES Diferencia entre la aplicación y realización del Derecho Cuando de Aplicación del Derecho hablamos nos estamos refiriendo a como transformamos un hecho social cualquiera en un hecho jurídico, y como encajamos el Derecho en un caso determinado, el, derecho en general y abstracto en un caso concreto y singular. Pues bien, la realización de esta norma jurídica expondría la aplicación del Derecho. Sin embargo, la existencia y validez de una norma está contenida, por así decirlo, en un principio: “la pretensión de que la vida social y la realidad social se ajusten a ella: que el mandato o el imperativo sea obedecido; que el deber-ser contenido en la regla sea cumplido; que los litigios que se susciten sean resueltos o decididos de acuerdo con ella. Es la vida social, o esta realidad social que tiene que encajar, encuadrarse en lo que sea norma jurídica, independientemente de lo que por ella se entienda. Cuando esto se da recién hay “aplicación del derecho”, presuponen algunos autores. Este encuadramiento de la vida social, la realidad social en la norma jurídica es llamado técnica “la subsunción”. Y esta se produce por la necesidad del Derecho de “hacerse real”. La aplicación o realización del Derecho dentro del sistema de las relaciones sociales puede realizarse en estos dos niveles: El del cumplimiento espontáneo por parte de los sujetos obligados, y

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lógica y argumentación jurídica

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUILFACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICASESCUELA DE DERECHOMateria: LOGICA Y ARGUMENTACION JURIDICAEstudiante: Armando Froiln Rivera TinizhaayAPUNTES DE PREGUNTAS DADAS EN CLASESDiferencia entre la aplicacin y realizacin del DerechoCuando de Aplicacin del Derecho hablamos nos estamos refiriendo a como transformamos un hecho social cualquiera en un hecho jurdico, y como encajamos el Derecho en un caso determinado, el, derecho en general y abstracto en un caso concreto y singular.Pues bien, la realizacin de esta norma jurdica expondra la aplicacin del Derecho. Sin embargo, la existencia y validez de una norma est contenida, por as decirlo, en un principio: la pretensin de que la vida social y la realidad social se ajusten a ella: que el mandato o el imperativo sea obedecido; que el deber-ser contenido en la regla sea cumplido; que los litigios que se susciten sean resueltos o decididos de acuerdo con ella.Es la vida social, o esta realidad social que tiene que encajar, encuadrarse en lo que sea norma jurdica, independientemente de lo que por ella se entienda. Cuando esto se da recin hay aplicacin del derecho, presuponen algunos autores. Este encuadramiento de la vida social, la realidad social en la norma jurdica es llamado tcnica la subsuncin. Y esta se produce por la necesidad del Derecho de hacerse real.La aplicacin o realizacin del Derecho dentro del sistema de las relaciones sociales puede realizarse en estos dos niveles: El del cumplimiento espontneo por parte de los sujetos obligados, y El del cumplimiento forzoso que terminan imponiendo de forma coactiva los respectivos rganos jurisdiccionales. Este recibe el nombre de ejecucin o, ms simplemente, aplicacin judicial. - Cmo se aplica el derecho?Luis Diez Picazo define lo que por Aplicacin del Derecho en sentido tradicional seentiende, y escribe:Desde el punto de vista tradicional, el conjunto de operaciones o actividades llevadas a cabo para ajustar la realidad y la vida social a los dictados de las normas jurdicas se configura y se defino como aplicacin del derecho

Cules son las formas de aplicacin del derecho?Aplicacin Judicial.Dos tipos de aplicacin del Derecho: la aplicacin judicial y la aplicacin no-judicial. Se produce una aplicacin no-judicial del Derecho cuando los actos de concrecin o ejecucin de lo regulado con carcter general en la norma jurdica vienen realizados por autoridades u rganos administrativos, es decir, por rganos que actan en nombre del Poder Ejecutivo. Se da, en cambio, una aplicacin judicial del Derecho cuando la concrecin de las normas jurdicas generales es realizada por los jueces. Aplicacin del derecho en sentido estrictoLa que son las autoridades y rganos competentes los que proyectan o concretan la regla de conducta contenida en los preceptos generales sobre los casos concretos de la vida real, llegando a imponer a los obligados (incluso por la fuerza si fuese necesario), la conducta considerada como exigidaEl derecho se aplica de modo pacifico, por cuanto los ciudadanos cumplen, en principio, lo que es justo al menos, lo justo en su grado inicial (normalmente no matar, no robar, etc.)

Qu tipo de aplicacin de norma existe en el ordenamiento jurdico ecuatoriano?Constitucin de la Repblica del Ecuador, 2008Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regir por los siguientes principios:3. Los derechos y garantas establecidos en la Constitucin y en los instrumentos internacionales de derechos humanos sern de directa e inmediata aplicacin por y ante cualquier servidora o servidor pblico, administrativo o judicial, de oficio o a peticin de parte.Las consecuencias de la calidad de norma jurdica son varias, una de ellas es que los preceptos constitucionales son de aplicacin directa e inmediata.Que son de aplicacin directa, significa que de ellas derivan derechos y obligaciones para sus destinatarios, e inmediata quiere decir que no es necesaria la mediacin de una ley que los desarrolle para que la persona demande el respeto a los derechos y garantas que le corresponde o la reparacin de los perjuicios causados por su violacin

Qu sera ms loable afirmar, interpretacin de la norma jurdica o la interpretacin del derecho? ngel Latorre con pocas palabras, pero muy claramente, se limita a decir que la Interpretacin es ... determinar el sentido exacto de la norma.Interpretacin de la norma jurdica. Toda norma jurdica, y en especial aquellas que presentan una estructura de principio, se pueden presentar como criterio interpretativo (en concreto, las normas superiores a aquella que se interpreta). En efecto, quien interpreta una norma jurdica sabe que el significado que va a atribuir a esa disposicin, para ser vlido, no puede estar en contradiccin con el que ha sido otorgado a normas superiores. Incluso, es posible afirmar tambin que el significado de las normas superiores sirve de gua de la interpretacin de las inferiores.La interpretacin del Derecho se produce en relacin con enunciados o con signos normativos. No obstante, es posible destacar otra proyeccin que va ms all de las normas. Se trata de la interpretacin de los hechos. El anlisis de este tipo de interpretacin suele ser llevado a cabo al hilo del estudio de la decisin judicial. Baste en todo caso con sealar como, la interpretacin de los hechos, es una tarea que se lleva a cabo con materiales tanto jurdicos como extrajurdicos.La interpretacin dentro del mbito del Derecho, conviene recordar que las normas jurdicas nacen para la regulacin de las relaciones intrasubjetivas en una determinada estructura social y poltica. De acuerdo con ello, la vida de tales normas se justifica en su aplicacin cotidiana y, en este sentido, se ha de advertir que toda aplicacin normativa implica una operacin interpretativa de sus propios trminos, alcance, contenido y finalidad.