Posturas de La Iglesia ante el aborto eutanasia y homosexualidad (sintesis)

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Síntesis de algunas posturas de la Iglesia ante el tema de la homosexualidad, aborto y eutanasia HOMOSEXUALIDAD .- ¿Qué dice la Sagrada Escritura y el Magisterio? a.- Sagrada Escritura En la Biblia abundan testimonios que consideran las prácticas homosexuales como pecado (Gén 19, 191-29; Jue 19, 22-30; Dt 23, 18-19; 1 Re 14, 24; Lev 18, 22 y 20, 13; ). Hay leyes de pena de muerte, y si esas leyes existían “es porque se trataba de un peligro real y se valoraba de forma negativa”. En el Nuevo Testamento, hay varios textos que se refieren al castigo de Sodoma (cf. Mt 10, 15; 11, 23-24; Lc 10-12; 2 Pe 2, 6- 8; Jds 6-7). 1 Cor 6, 9-10 menciona la sodomía entre los pecados que excluyen del reino de Dios. El texto más clásico es Rom 1, 18-32. ¿Qué decir de estos textos? “Por una parte, es verdad que los autores sagrados no podían conocer todas las diferentes distinciones que a nosotros nos han hecho accesibles las ciencias modernas. Por otra parte, empero, hemos de decir que los textos bíblicos no intentan emitir un juicio sobre las personas individuales, sino más bien sobre el fenómeno moral correspondiente, desde la perspectiva de la solidaridad de perdición y de salvación” b.- Magisterio En el número 8 de la “Declaración sobre algunas cuestiones de ética sexual” (29 de diciembre de 1975), de la Congregación para la Doctrina de la Fe podemos destacar esta ideas: La indulgencia y excusa completa de las relaciones homosexuales están en contraste con la doctrina constante del Magisterio y con el sentido moral del pueblo cristiano. Se hace una distinción entre los homosexuales, cuya tendencia, proviene de una educación falsa u otros factores (considerada transitoria o, al menos menos, no incurable), y

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Breve sintesis de la postura de la Iglesia sobre estos temas

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Síntesis de algunas posturas de la Iglesia ante el tema de la homosexualidad, aborto y eutanasia

HOMOSEXUALIDAD

.- ¿Qué dice la Sagrada Escritura y el Magisterio?

a.- Sagrada Escritura

En la Biblia abundan testimonios que consideran las prácticas homosexuales como pecado (Gén 19, 191-29; Jue 19, 22-30; Dt 23, 18-19; 1 Re 14, 24; Lev 18, 22 y 20, 13; ). Hay leyes de pena de muerte, y si esas leyes existían “es porque se trataba de un peligro real y se valoraba de forma negativa”.

En el Nuevo Testamento, hay varios textos que se refieren al castigo de Sodoma (cf. Mt 10, 15; 11, 23-24; Lc 10-12; 2 Pe 2, 6-8; Jds 6-7). 1 Cor 6, 9-10 menciona la sodomía entre los pecados que excluyen del reino de Dios. El texto más clásico es Rom 1, 18-32.

¿Qué decir de estos textos? “Por una parte, es verdad que los autores sagrados no podían conocer todas las diferentes distinciones que a nosotros nos han hecho accesibles las ciencias modernas. Por otra parte, empero, hemos de decir que los textos bíblicos no intentan emitir un juicio sobre las personas individuales, sino más bien sobre el fenómeno moral correspondiente, desde la perspectiva de la solidaridad de perdición y de salvación”

b.- Magisterio

En el número 8 de la “Declaración sobre algunas cuestiones de ética sexual” (29 de diciembre de 1975), de la Congregación para la Doctrina de la Fe podemos destacar esta ideas:

La indulgencia y excusa completa de las relaciones homosexuales están en contraste con la doctrina constante del Magisterio y con el sentido moral del pueblo cristiano.

Se hace una distinción entre los homosexuales, cuya tendencia, proviene de una educación falsa u otros factores (considerada transitoria o, al menos menos, no incurable), y aquellos otros homosexuales que son irremediablemente tales por una especie de instinto innato o de constitución patológica que se tiene por incurable.

Se señala respecto de estos últimos que algunos piensan que su tendencia es natural hasta tal punto que debe ser considerada en ellos como justificativa de relaciones homosexuales en una sincera comunión de vida y amor análoga al matrimonio, mientras se sientan incapaces de soportar una vida solitaria.

Se habla de dar acogida en la acción pastoral, con comprensión y deben ser sostenidas en la esperanza de superar sus dificultades personales y su inadaptación social. También su culpabilidad debe ser juzgada con prudencia. Pero no se puede emplear ningún método pastoral que reconozca una justificación moral a estos actos, por considerarlos conformes a la condición de esas personas. En la Sagrada Escritura están condenados como graves depravaciones e incluso presentados como la triste consecuencia de una repulsa de Dios. Este juicio de la Escritura no permite concluir que todos los que padecen de esta anomalía son del todo responsables, personalmente, de sus manifestaciones; pero atestigua que los

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actos homosexuales son intrínsecamente desordenados y que no pueden recibir aprobación en ningún caso.

EL ABORTO

Biblia, tradición y Magisterio de la Iglesia

a.- Biblia: Tenemos el quinto mandamiento: “No matarás”. En el A.T. tenemos: Ex 21, 22-23; Am 1, 13. En el N.T.: polémica en torno a la condena de los pharmakeia (Gál 5, 20). Ciertamente estos nos son textos en los que se condene explícitamente el aborto. Pero “habría que hacer aquí referencia a los muchos textos bíblicos que expresan el señorío de Dios sobre la vida del hombre, la condena del derramamiento de sangre del inocente, el valor del débil e indefenso a los ojos de Dios, y especialmente, varios textos veterotestamentarios en los que se presenta un cuidado y una providencia especial de Dios sobre la vida que se está gestando” (Salmo 139).

b.- Tradición de la Iglesia: Textos en donde se narra la vida de Jesús y Juan el Bautista antes de su nacimiento influyen en

la ética cristiana frente al aborto. Didajé: Arranca tradición de defensa de la vida. Tertuliano: “También es hombre el que lo va a ser, igualmente que todo el fruto ya está

contenido en la semilla” Reflexiones teológicas sobre la recepción del alma: tesis de la animación retardada (VII-

XVII): Santo Tomás: recepción del alma racional acontece después de que el feto había adquirido forma humana (otros defensores: san Alfonso Ma. de Ligorio, Rosmini, Tomás Sánchez). Tesis de la animación inmediata (Capadocios, Tertuliano), que “se hizo la teoría común porque se presenta, en caso de duda, como la teoría más cierta”.

c.- Magisterio:

c.1.- Pío XII:

Discurso “Vegliare con sollecitudine”, a la Sociedad Católica Italiana de Comadronas (29-X-1951)

Se afirma el derecho a la vida del niño en el seno materno. Ese derecho le viene de Dios y no de los padres ni de clase alguna de sociedad o autoridad humana (n.8).

Ninguna indicación es válida para una deliberada disposición directa sobre la vida humana inocente (ibid).

En contra del aborto directo: es bueno salvar a la madre, pero la muerte directa del niño como medio para este fin no es lícita (ibid).

La vida de un inocente es intangible y cualquier atentando contra ella es la violación de una de las leyes fundamentales, sin las cuales no es posible una segura convivencia humana (ibid).

Se rechaza toda maniobra preventiva y todo atentado directo a la vida y al desarrollo del germen (n. 26).

c.2.- GS 27 y 51:

27 Basada en el derecho a la vida y respeto a la dignidad de la persona humana rechazan

los delitos que se oponen a la misma vida (menciona el aborto, la eutanasia, el suicidio voluntario). También menciona otras acciones que van en contra de la dignidad humana, y por tanto contra la vida.

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Ante los problemas que presenta la vida moderna a la familia, hay quienes se adelantan a dar soluciones deshonrosas, como matar a la prole.

La vida, desde su misma concepción debe ser protegida. El aborto y el infanticidio son crímenes nefandos.

En contra de algunos métodos que regulen la procreación.

c.3.- Pablo VI:

Humanae Vitae (25-VII-1968)

Después de haber presentado algunos principios fundamentales de la visión humana y cristiana del matrimonio, se indica que hay que excluir como vía lícita para la regulación de los nacimientos la interrupción directa del proceso generador ya iniciado, y sobre todo el aborto directamente querido y procurado, aunque sea por razones terapéuticas (n. 14).

Declaración “De aborto procurato” de la Congregación para la Doctrina de la Fe (18-XI-1974)

Exposición de la doctrina (nn. 5-7): Se defiende la vida, siempre se ha condenado el aborto.

El derecho a la vida para toda persona. Este derecho, también como deber, se impone desde que comienza el proceso de la generación (fecundación). No llegaría a ser humano si no lo fuese ya en aquel momento (13).

La ley divina y la razón natural excluyen todo derecho a matar directamente a un hombre inocente. Nada justifica que haya derecho para disponer de la vida de los demás, ni siquiera en sus comienzos. Y en lo que se refiere al futuro desdichado del niño, ni siquiera el padre o la madre, puede ponerse en su lugar para preferir en su nombre la muerte a la vida (14).

El uso de técnicas modernas para el aborto precoz no cambia el juicio moral (n. 17). Termina el documento exhortando a tratar el problema del aborto desde la raíz: desde

la ley de la caridad, que implica actuar con justicia, no se puede aceptar el aborto, lo que hace necesario actuar sobre las costumbres, trabajar a favor de todo lo que puede ayudar a las familias, a las madres, a los niños. Se invita siempre a la paternidad responsable y a la generosidad (nn. 26-27).

c.4.- Juan Pablo II:

Instrucción “Donum vitae” de la Congregación para la Doctrina de la Fe (22-II-1987)

Ante el uso de las técnicas que se dan de la investigación científica la Iglesia pone como criterios el respeto, la defensa y la promoción del hombre, su “derecho primario y fundamental” a la vida y su dignidad de persona dotada de alma espiritual, de responsabilidad moral y llamada a la comunión beatífica de Dios (1)

En ese sentido, la vida de todo ser humano ha de ser respetada de modo absoluto desde el momento mismo de la concepción, porque el hombre es la única criatura en la tierra que Dios ha “querido por sí misma”, y el alma espiritual de cada hombre es “inmediatamente creada por Dios”; todo ser lleva grabada la imagen del Creador (5)

Se recuerda lo que ha dicho el concilio en GS 51: que la vida ya concebida ha de ser salvaguardada con extremos cuidados desde el momento de la concepción(I.1).

Declaración de una presencia personal: los conocimientos científicos sobre el embrión humano ofrecen una indicación preciosa para discernir una presencia personal desde este primer surgir de la vida humana. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el primer instante de su concepción y, por eso, a partir de ese momento se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida( Ibid).

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Sobre la licitud del diagnóstico prenatal y las intervenciones terapéuticas sobre el embrión humano se afirma que sí son lícitas, siempre y cuando se respete la vida e integridad tanto del embrión como de la madre (II 2-3).

Encíclica “Evangelium vitae” (25-III-1995)

Eufemismo del aborto: “interrupción del aborto”. Esto tiende a ocultar y a atenuar su gravedad. El aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano, en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento (n.58).

El aborto es un homicidio, de ahí su gravedad moral. Además de que se asesina a un inocente, a un débil, a alguien confiado a la protección de una mujer (Ibid). Nada justifica la eliminación deliberada de un ser humano inocente.

Pero el problema no es sólo de la mujer, intervienen otras personas (el hombre, familiares, amigos, médicos, legisladores, instituciones, etc.) (n. 59).

Se dice que el fruto de la concepción, al menos hasta cierto número de días, no es vida humana personal. Pero no, con la fecundación inicia la aventura de una vida humana, cuyas capacidades requieren un tiempo para desarrollarse y poder actuar (n. 60).

Se afirma nuevamente el carácter sagrado e inviolable de la vida humana en cada momento de su existencia (Cf. Sal 139). (n. 61).

El número 62 menciona algunos documentos y papas que han condenado el aborto (Pío XII, Juan XXIII, Pablo VI). En fin, se subraya la línea magisterial en torno al aborto.

Se rechaza la destrucción de los embriones (in vitro) y su uso como “material biológico” para ser utilizado, sea como abastecedores de órganos o tejidos para trasplantar en el tratamiento de algunas enfermedades. La eliminación de criaturas inocentes, aun cuando beneficie a otras, constituye un acto absolutamente inaceptable (n. 63).

No se acepta y se condena una mentalidad eugenésica, que acoge el aborto selectivo para impedir el nacimiento de niños afectados por varias anomalías (Ibid).

EUTANASIA

Magisterio y eutanasia

No hay duda que el Magisterio se ha opuesto a todo lo que atente contra la vida humana. Sus planteamientos sobre la eutanasia nos llevan a considerar que se hace una opción por un “dejar morir”, de manera digna (ortotanasia).

1.- La Congregación para la Doctrina de la fe: La Declaración “Iura et bona” sobre la eutanasia (5 de mayo de 1980):

Se define la eutanasia como “la acción o una omisión que por naturaleza, o en la intención, causa la muerte con el fin de eliminar cualquier dolor” (n. 14).

Plantea la necesidad de un cuido humano del enfermo: “Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas con expresión de una verdadera voluntad de la eutanasia; estás en efecto, son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto” (n. 16).

Invita a ver en el dolor de una enfermedad una participación en la pasión de Cristo, lo cual no ha de entenderse como prohibición al uso de medicinas paliativas, más bien las recomienda (n. 20). No obstante la opinión cambia ante aquellos analgésicos que producen la pérdida de la conciencia, a menos que haya grave motivo (n. 21).

Llama la atención sobre la importancia de proteger en el momento de la muerte la dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que corre el riesgo de hacerse abusivo (n. 23). De ahí que dice que “ante la inminencia de una muerte inevitable a pesar de los medios empleados, es lícito en conciencia tomar la

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decisión de renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente un prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir, sin embargo, las curas normales debidas al enfermo en casos similares”.

2.- Encíclica “Evangelium Vitae” (25 de marzo de 1995), de Juan Pablo II:

N. 64: Rechazo del dolor y el sufrimiento en la vida (entendida como placer y bienestar). Esto lleva

a considerar la muerte como una “liberación reivindicativa” cuando se considera que la existencia carece de sentido y por estar sumergida en el dolor.

El hombre al olvidar su relación con Dios cree ser criterio y norma de sí mismo. La eutanasia aparece como ese “adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado”.

Esto es síntoma de lo que Juan Pablo II ha llamado “cultura de la muerte”, producto de una sociedad del bienestar.

N. 65:

Cita la definición hecha en “Iura et bona”. Se rechaza el uso de medios desproporcionados a la situación real del enfermo. De ahí que se

afirma nuevamente el poder renunciar a esos medios, sin olvidar que han de procurarse las curas normales.

Esta renuncia no equivale al suicidio o a la eutanasia; expresa más bien la aceptación de la condición humana ante la muerte.

Indica el uso de los analgésicos, expresando la reserva prudente sobre aquellos que lleven a la inconciencia, ya que “los hombres deben estar en condiciones de poder cumplir sus obligaciones morales y familiares y, sobre todo, deben preparar con plena conciencia al encuentro definitivo con Dios”.

Se expresa que la eutanasia es una grave violación de la ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana.

3.- El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Alemana formuló el contenido de este derecho básico del siguiente modo:

“Al afrontar un problema tan fundamental es necesario, primero, mantener firme un punto: que toda persona tiene derecho a una muerte humana. La muerte es el último acontecimiento importante de la vida, y nadie puede privar de él al ser humano, sino más bien debe ayudarle en dicho momento.

Esto significa, ante todo, aliviar los sufrimientos del enfermo, eventualmente incluso con el suministro de analgésicos, de forma tal que pueda superar humanamente la última fase de su vida. Ello significa que es necesario darle la mejor asistencia posible.

Y esta no consiste solamente en los cuidados médicos sino, sobre todo, en prestar atención a los aspectos humanos de la asistencia, a fin de crear en torno al moribundo una atmósfera de confianza y de calor humano en el que él sienta el reconocimiento y la alta consideración hacia su humana existencia.

Forma parte de esta asistencia también el que al enfermo no se le deje solo en su necesidad de encontrar una respuesta al problema del origen y del fin de la vida, ya que son éstos los últimos problemas religiosos que no se pueden eliminar ni rechazar. En tales momentos, la fe constituye una ayuda eficaz para resistir y hasta superar el temor a la muerte, ya que da al moribundo una sólida esperanza”.

D.- Respuesta cristiana a la eutanasia

La respuesta cristiana ha de estar en una línea de optar por una muerte digna y en paz. De ahí que los lineamientos del Magisterio perfectamente pueden iluminar toda decisión en el momento de la muerte. En el plano moral el cristiano ha de declararse a favor al derecho de morir en paz, lo cual, como se puede ver, no es lo mismo que la eutanasia, que ha de ser rechazada en todo momento ¿Cómo? A

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partir del propio testimonio persona que proclama una buena noticia, y que defiende el significado de cualquier vida, un testimonio basado en la caridad y comprensión.

Vidal nos ofrece en los tres momentos del VER-JUZGAR-ACTUAR la forma en que el cristiano puede entrarle al debate ético sobre el morir humano:

VER: La nueva sensibilidad ética ante el morir, que puede ser de oscurecimiento al valorar toda vida humana, pero también puede ser de gran sensibilidad a humanizar el morir.

JUZGAR: Iluminación desde la fe, en donde: se justifique siempre el valor de la vida (aun en la precariedad biológica); se desarrolle de forma coherente el significado del postulado ético de “humanizar el morir” (integrando el morir en un proyecto de vida en que dominen los valores de la concienciación, la libertad y la solidaridad); se reformule la relación entre vida y libertad desde la cosmovisión cristiana de la gratuidad.

ACTUAR: la praxis cristiana como servicio a la vida que culmina en el morir: servicio de la verdad (no a la eutanasia, a la muerte libremente elegida, a los medios desproporcionados; sí a la ortonasia); servicio de la caridad; servicio de la cultura (propiciando desde la fe una “nueva cultura” para el morir humano).

CLONACION

.- Iluminación del tema desde el Magisterio de la Iglesia

El documento antes citado de la Conferencia Episcopal Mexicana nos presenta los siguientes puntos, los cuales se inspiran en documentos como la “Donum Vitae” (1987) y “Evangelium Vitae” (1995):

N. 16:

La clonación querida con fines reproductivos es contraria a la dignidad de la persona humana, pues despersonaliza el acto de la generación, vacía de significado humano la procreación humana y sustituye el diálogo y donación esponsal por una técnica. El hijo no es querido por sí mismo, sino tan sólo como medio para saciar los deseos de los padres. Se somete a la persona humana a un dominio despótico de otros seres humanos, quienes determinarían arbitrariamente incluso su identidad biológica y los fines de su existencia, con lo cual se lesionan sus derechos humanos fundamentales.

Además valen para este caso, todos los juicios morales negativos a la aplicación de las técnicas de fecundación extracorpórea, y las condenas a sus derivaciones, como son la maternidad subrrogada, la crioconservación de embriones, la destrucción de embriones, etc.

N. 17:

La clonación querida con fines terapéuticos, es también contraria a la dignidad de la persona, pues además de lo que tiene en común con la clonación reproductiva, tiene el agravante de concebir una persona humana con la intención deliberada de manipularlo, utilizándolo como residuo biológico para suministro de órganos y tejidos de repuesto. La finalidad aparentemente “humanista” de la clonación no es coherente con el medio usado: manipular a un ser humano en sus primeras fases vitales a fin de obtener material biológico necesario para la experimentación de nuevas terapias, llegando así a matar a ese ser humano, contradice abiertamente el fin que se busca: salvar una vida (o curar enfermedades) de otros seres humanos.

N. 18:

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Debemos resaltar que la clonación, independientemente de las finalidades que se persigan, ya sean reproductivas, terapéuticas o experimentales, siempre implica la generación de individuos humanos destinados a ser destruidos. Se trata, pues, de una acción deliberada que implica un homicidio voluntario.

DECLARAMOS QUE LA CLONACIÓN DE SERES HUMANOS QUERIDA CON UNA FINALIDAD REPRODUCTIVA, TERAPÉUTICA O MERAMENTE DE INVESTIGACIÓN, ES SIEMPRE OBJETIVA, INTRÍNSECA Y GRAVEMENTE INMORAL, PORQUE ATENTA CONTRA LA DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA QUE ES ÚNICA E IRREPETIBLE, QUE HA DE SER QUERIDA COMO FIN EN SÍ MISMA, Y A LA CUAL SE HA DE RECONOCER UN VALOR ABSOLUTO Y SE HA DE ACOGER COMO UN DON CUYO PRIMER Y FUNDAMENTAL DERECHO ES A SU PROPIA VIDA.

Se puede concluir que la clonación como tal no tiene ningún problema, siempre y cuando no

entre en contradicción con el mismo bienestar que se quiere procurar a la humanidad. En ese

sentido, jugar con la condición personal de cada individuo no se puede permitir con la excusa

de una supuesta búsqueda de la óptimo y la perfección de ser humano.