POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR Departamento de Defensa ...

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR Departamento de Defensa Institucional “Lineamientos para la labor policial definidos bajo la Ley Orgánica Reformatoria al Código Integral Penal” Publicada el 24 de diciembre del 2019, en el Registro Oficial Suplemento Nº 107.

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

Departamento de Defensa Institucional

“Lineamientos para la labor policial definidos bajo la

Ley Orgánica Reformatoria al Código Integral Penal”

Publicada el 24 de diciembre del 2019, en el Registro Oficial Suplemento Nº 107.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

HONOR, COMPROMISO, SEGURIDAD, RESPONSABILIDAD,

ORDEN, RESPETO Y LIBERTAD

La convivencia pacífica y la seguridad

ciudadana son valores permanentes de

la sociedad, y bienes necesarios para el

desarrollo de las actividades sociales,

económicas, culturales, religiosas y

otras.

El policía actúa en cumplimiento del

deber legal en necesidad de preservar

las condiciones de paz y seguridad

requeridos para el desarrollo de las

actividades sociales y lograr el progreso

de la sociedad.

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

PRESENTACIÓN

Nos encontramos ante una serie de acontecimientos de características únicas,

desencadenadas por una crisis sanitaria y económica de grandes proporciones, que ha llegado

a afectar al mundo en su totalidad. Tanto en su capacidad de crecimiento económico, como

propiciando calamidades de orden económico y de seguridad ciudadana, resultantes de los

obligatorios confinamientos que detuvieron la producción, el comercio, a los sectores

exportadores, sector turístico, sector de la construcción, así como todas las actividades propias

de la cotidianeidad ciudadana.

A pesar de los inmensos esfuerzos de la Institución Policial por salvaguardar la integridad

ciudadana, se han tenido que contrarrestar los embates de la delincuencia y el crimen

organizado. Destacando delitos como el narcotráfico y el tráfico de migrantes que cada vez

tienen mayor presencia dentro del territorio ecuatoriano.

Dentro de todo este escenario y con un nivel y compromiso dignos de exaltar, la Policía

Nacional del Ecuador ha contribuido firmemente para garantizar el estado de derecho de

nuestra Patria, así como el regreso progresivo al devenir natural de la sociedad en todos sus

aspectos. Se destacan labores orientadas al cuidado de la salud de los ecuatorianos, vigilando

que se cumplan los protocolos de bioseguridad.

En este contexto, la Ley Orgánica Reformatoria al Código Integral Penal, constituye un sólido

respaldo jurídico a la misión policial y al accionar de todas las Instituciones comprometidas con

las tareas de prevención e interdicción del delito. TRP.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

MARCO JURÍDICO DEL USO DE LA FUERZA

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Constitución de la República del

Ecuador.

Código Orgánico Integral Penal.

Código Orgánico de las Entida-

des de Seguridad.

Reglamento del Uso Legal

Adecuado y Proporcional De LaFuerza A.M 4472

Modelo del uso de la fuerzaConvención Americana de

Derechos Humanos.

Código de Conducta para los

FEHCL.

Manual de Derechos Humanos

aplicados a la función policialsegunda edición año 2009

Reglamento para El porte y uso de

armas, tecnologías y munición noletales; y, equipos de autoprotección.

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1

LEGALIDAD

4

OPORTUNIDAD

3

PROPORCIONALIDAD

5

RACIONALIDAD

NECESIDAD

PRINCIPIOS

BÁSICOS DELUSO DE LA

FUERZA

ACUERDO MINIST. 4472

El uso progresivo de la fuerza debe estar

limitado por cuatro principios: Legalidad,

absoluta necesidad, proporcionalidad en la quese considerará: 1. La intensidad y peligrosidad

de la amenaza; 2. La forma de proceder del

individuo; 3. Las condiciones del entorno; y, 4.

Los medios de los que disponga el funcionario

para abordar una situación específica, así comoel principio de humanidad esto es limitar el

principio de necesidad, al prohibir las medidas

de violencia que no son necesarias Corte

Constitucional del Ecuador. Caso No. 33-20-IN

MISIÓN DE LA INSTITUCIÓN

Proporcionar servicios de seguridad ciudadana y orden

públicos con calidad, ética y compromiso, en el marco de laley, respetando la dignidad humana y sus derechos.

Garantizando a todos los actores sociales una convivencia

de paz y el ejercicio de su plena libertad.

VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN

La Policía Nacional del Ecuador se constituirá en una

Institución de elevado honor, sólida, confiable, efectiva y

eficiente al servicio de la ciudadanía. Sustentada siempre

en principios morales éticos y jurídicos, cuyos miembros se

capacitarán permanentemente, incorporando tecnología devanguardia en infraestructuras idóneas para la formación

de un recurso humano altamente calificado y comprometido

con los intereses nacionales y de su comunidad, siendo unfactor determinante en el desarrollo integral del País.

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

DESARROLLO NORMATIVO DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

REFORMAS AL CÓDIGO INTEGRAL PENAL

1. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA

ANTIJURIDICIDAD

Circunstancias en las que una acción o

hecho del ejercicio del deber policial es

permitido por la ley.

1. ESTADO DE NECESIDAD

ANTE PELIGRO O AMENAZA A UN MIEMBRO

DE LA SOCIEDAD O A ELLA EN SU CONJUNTO

2. LEGÍTIMA DEFENSA

DE LA INTEGRIDAD DE UN MIEMBRO DE LA

INSTITUCIÓN

3. DEBER LEGAL

PARA PROTEGER DE UNAAMENAZA O RIESGO

INMINENTE A TERCEROS, AL SUYO PROPIO O A UN

BIEN JURÍDICO

3.1. ACTO DE SERVICIO

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

3. NO SE ESTABLECE PRISIÓN

PREVENTIVA PARA LOS

SIGUIENTES INFRACTORES

2. ATAQUE Y RESISITENCIA

SE MEJORA EL TEXTO

Reconocimiento jurídico pleno de la respuesta

del servidor policial y de las demás entidades

que contribuyen a la seguridad ciudadana ante el

ataque y resistencia del infractor .

1. MUJERES EMBARAZADAS

2. PERSONAS MAYORES A 65 AÑOS

3. PERSONAS CON ENFERMEDAD

INCURABLE

4. SERVIDORES POLICIALES

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

4. REGISTROS

En afán de garantizar la seguridad ciudadana y

el orden público se ejecutarán preventivamente

y cuando sea menester .

1. RETIRO DE ARMAS BLANCAS

2. RETIRO DE ARMAS DE FUEGO

5. USO DE LA FUERZA

Ante la agresión o peligro inminente a un

ciudadano, o a su propia persona o a un bien

jurídico, el uso de la fuerza y su incremento

será racional y progresivo.

1. USO PROGRESIVO O RACIONAL DE LA FUERZA

2. NIVELES DEL USO PROGRESIVO O RACIONAL

DE LA FUERZA

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CÓDIGO INTEGRAL

PENAL Art. 30

Artículo 30.- Causas de exclusión de la antijuridicidad.- No

existe infracción penal en:

- Estado de necesidad

- Legítima defensa

Cumplimiento del deber legal de acuerdo a la Reforma del

Código Integral Penal

Cuando el servidor policial y de seguridad penitenciaria, al amparo

de su misión constitucional, actúa en protección de un derecho

propio o ajeno y como resultado de ello, llegara a causar lesión,

daño o muerte de otra persona.

REFORMA AL CÓDIGO

INTEGRAL PENAL

"Artículo 30.1.-

Se origina como mandato de la misión constitucional y cumplimiento

del deber legal del servidor policial y de seguridad penitenciaria.-

……siempre y cuando se reúnan los siguientes requisitos:

1. Que se realice en actos de servicio o como consecuencia del mismo;

2. En el procedimiento profesional, se observe el uso progresivo,

proporcional y racional de la fuerza

3. Que exista amenaza o riesgo inminente a la vida de terceros, a la suya

propia o para proteger un bien jurídico.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

CUMPLIMIENTO DEL DEBER LEGAL

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

Existe cumplimiento del deber legal cuando

la o el servidor de la Policía Nacional… ,al

amparo de su misión constitucional, en

protección de su derecho propio o ajeno

cause lesión, daño o muerte a otra persona.

Siempre y cuando se cumplan los siguientes

requisitos:

Que se realice en acto de servicio o como

consecuencia del mismo.

Que en el procedimiento profesional se

observe el uso progresivo, proporcional y

racional de la fuerza.

Que exista amenaza o riesgo inminente a

su propia vida o de terceros o para

proteger un bien jurídico.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

ACTO DE SERVICIO DE LOS SERVIDORES POLICIALES

El acto de servicio lo constituyen todas las

acciones previas, simultáneas y posteriores,

ejecutadas por la o el servidor policial en

cumplimiento de su misión constitucional y el

deber legal encomendado. Este incluye el

desplazamiento de los servidores policiales

desde su domicilio hasta su lugar de trabajo y

viceversa.

Se considera también un acto de servicio cuando

las acciones del servidor o servidora policial, se

realizan fuera del horario de trabajo, en

cumplimiento de su misión constitucional,

observando el riesgo latente, la eficacia de la

acción y la urgencia de proteger un bien jurídico.

(Siendo el bien jurídico todos aquellos bienes

tanto materiales como inmateriales que son

protegidos por el derecho, como la salud y la

vida. Se incluyen además situaciones o

relaciones protegidas por el derecho).

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ATAQUE O RESISTENCIA

POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

CÓDIGO INTEGRAL

PENAL

Artículo 283.- Ataque o resistencia.- La persona que

ataque o se resista con violencias o amenazas a los

empleados públicos, a los depositarios o agentes de la

fuerza pública, a los comisionados para la percepción de los

impuestos y contribuciones, a los ejecutores de los decretos

y fallos judiciales, a los guardas de las aduanas y oficinas de

recaudación y a los agentes de policía, cuando obran en

ejecución de las leyes, o de las órdenes o reglamentos de la

autoridad pública, serán sancionadas con pena privativa de

libertad de seis meses a dos años.

REFORMA AL CÓDIGO

INTEGRAL PENAL

El infractor ciudadano será sancionado ante:

“Artículo 283.- Ataque o resistencia.- La persona que ataque

o se resista, […] a los agentes de policía, de seguridad

penitenciaria y a las y los servidores de las entidades

complementarias de seguridad de los gobiernos autónomos

descentralizados municipales y metropolitanos, cuando…."

Han sido incorporados los servidores de las demás

entidades que contribuyen a la seguridad ciudadana.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

universitaria; excepto utensilios

domésticos y herramientas de trabajo

empacadas……

CÓDIGO INTEGRALArt. 478.- Registros.- Los

registros se realizarán de

acuerdo con las siguientes

reglas:

REFORMA AL CÓDIGO

INTEGRAL PENAL

El servidor policial podrá ejecutarlos para

salvaguardar la seguridad ciudadana y el

orden público, cuando sea menester.

"La Fuerza Pública podrá retirar las armas

blancas encontradas durante este tipo de

registros realizados en espacios públicos,

en lugares de concentración pública,

espectáculos públicos, escenarios

deportivos o de concurrencia masiva; en

el servicio público de transporte, en las

instituciones educativas de todos los

niveles, respetando la autonomía

Elementos cortantes,

punzantes, corto

punzantes y corto

contundentes.

Cuchillos, navajas,

puñales, machetes,

sables, etc.

Otros utilizados para

amenazar, lesionar o

quitar una vida.

REGISTROS

ARMAS BLANCAS

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POLICIAL

POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

REFORMA AL CÓDIGO

INTEGRAL PENAL

4. Cuando el procesado sea miembro activo de la

Policía Nacional y de seguridad penitenciaria y el

hecho investigado tenga relación con una circunstancia

suscitada en el cumplimiento de su deber legal".

Ocurre cuando el servidor policial ha actuado bajo una falsa percepción

de la realidad y así cree que las acciones que tomará son legítimas,

amparándole el cumplimiento del deber legal. Por ejemplo confundir un

ataque con un arma de juguete en lugar de una real, creyendo el servidor

por su apariencia y otras circunstancias que es un arma letal.

PRISIÓN PREVENTIVA

CÓDIGO INTEGRAL PENAL

Art. 537.- Casos especiales.- Sin perjuicio de la pena con la que se

sancione la infracción, la prisión preventiva podrá ser sustituida

por el arresto domiciliario y el uso del dispositivo de

vigilancia electrónica, en los siguientes casos:

1. Cuando la procesada es una mujer embarazada….

2. El infractor es mayor de sesenta y cinco años de edad.

3. El infractor padece de una enfermedad incurable en etapa

terminal, de una discapacidad severa o de una enfermedad

catastrófica, de alta complejidad, rara o huérfana…

CÓDIGO INTEGRAL PENAL

ERROR DE PROHIBICIÓN INVENCIBLE

Este acontece cuando la persona o servidor policial por error o

ignorancia invencibles, no puede prever que sus acciones resulten

ilícitas o no permitidas. Este tipo de error o prohibición invencible

determina que no haya responsabilidad penal por parte del servidor

policial ya que quedará excluido el cuarto elemento del delito que es la

culpabilidad.

SERVIDOR SUSTITUCIÓNde la prisión

preventiva

Pueda ejercer suderecho

constitucional a ladefensa en

LIBERTAD

RESPALDO

jurídico al servidorpolicial en el

cumplimiento deldeber legal.

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LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO

INTEGRAL PENAL

En el artículo 125 de la Ley Orgánica Reformatoria al

Código Integral Penal, se dispone la incorporación en el

Código de Entidades de Seguridad Ciudadana y

Orden Público, algunas disposiciones generales, ….

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

USO PROGRESIVO, PROPORCIONAL Y RACIONAL DE LA FUERZA

El servidor policial en cumplimiento de su deber legal y de la misión constitucional que le ha sido encomendada en su

actuación profesional guardará el uso progresivo, proporcional y racional de la fuerza.

REFORMAS AL CÓDIGO DE ENTIDADES

DE SEGURIDAD CIUDADANA Y

ORDEN PÚBLICO

El uso progresivo o racional de la fuerza por

parte de los servidores policiales …, se

aplicará de acuerdo a la amenaza o riesgo

por parte del infractor hacia el servidor

policial, así como al nivel de ataque y/o

resistencia presentado, observando los

siguientes principios:

Legalidad,

Necesidad

Proporcionalidad.

En todos los casos que la o el servidor

policial… actúe en cumplimiento de su misión

constitucional, deberá recibir patrocinio y

asesoría jurídica especializada y oportuna

por parte del Estado, a través de la Policía

Nacional…”

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POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

MODELO DE USO DE LA FUERZA DEL ACCIONAR POLICIAL Y DE

EL SERVIDOR DE SEGURIDAD PENITENCIARIA

La puesta en práctica de este modelo por parte del servidor policial se ejecutará de acuerdo al accionar del infractor, que

puede manifestarse en cualquiera de los grados del modelo e ir creciendo o decreciendo en sus acciones. Por ello elpersonal policial o de seguridad penitenciaria accionará racional, progresiva y proporcionalmente. Demostrando suautoridad, probidad, capacidad de disuasión, así como de ser menester de contundente respuesta en salvaguarda dela vida y seguridad de terceros, así como la suya propia y de bienes jurídicos.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA

NIVELES DEL USO PROGRESIVO O RACIONAL DE LA FUERZA

Los niveles del uso progresivo o racional

de la fuerza del personal policial … son:

1. Presencia policial,

2. Verbalización,

3. Control físico,

4. Técnicas defensivas no letales

5. Fuerza potencial letal

El nivel del uso progresivo o racional de la fuerza

del personal policial,…. dependerá de la actuación

del presunto infractor, que puede iniciarse en

cualquier nivel e incrementarse o reducirse

gradual o repentinamente.

La o el servidor que, como resultado del uso

progresivo o racional de la fuerza, haga uso del

arma de fuego con munición letal y cause lesión o

muerte en actos de servicio, será asistido de

forma inmediata por un profesional para su

evaluación y tratamiento médico y

psicológico.

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“No existe un amor más grande que el de un amigo que da su vida por su otro amigo” San

Juan 15: 13

Amigo Policía. Compromiso y amor a la Patria, su vida, su seguridad y su progreso.