PODER JUDICIAL DE LA t; $ . ' ' SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ...

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; •-' º º' "' e, PODER JUDICIAL DE LA $ . ... SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN t; ' ' 1; JOSE MARIA PINO SUAREZ. Ne 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC 06060, o r i i R f C DIRECCIÓN GENERAL DI:: RECURSOS MATERI ALES BOLIVAR No 30. 40 PISO e COL CENfRO, C P C6000 MEXICO O F TELS 4113-1 000 EXT 5704.5710 5305 5705 FAX 5130-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO l.ARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTlA, C. P 09100 MEXICO. O.F TELS 5701 2096 y 5763 7883 CONTRATO SIMPLIFICADO 4515000188 E:N SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 ,, ____ \PROVEEDOR: ALBERTO HINOJOSA NAVA I BOULEVARO SANTA ELENA 6, FRACC. DE SANTA ELENA. SAN MATEO ATENGO, 52100 I 00000000, 00000000 I i FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 21/01 /2015 A CONTRAENTREGA 1 FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA ENERO-NOVIEMBRE 2015 Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion 10 1 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA ENERO ¡ OBSERVACIONES 1 1. lmparticíón de tall er de baile para el Programa de Pensionados de la Casa de la Cultura Jurídica en Toluca. Estado de México, considerado en el PAN 2015. Vigencia: enero a noviembre de 2015. Importe mensual $3,990. 40 (11 MESES) Importe anual (total del contrato) S43,894.40 - Forma de p1190: Pago en una sola exhibición a entera satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica en Toluca, Estado de México. 2. La presente contratación se realizó mediante el procedimiento de ad¡ud1caclón directa:. la contratación se clasifica como mínima. 3. El contrato símphficado se emite conforme al punto de acuerdo de fecha 02 de ene.ro de 2015, autorizado por el Director de la Casa de la Cultura Jur ídica en Toluca, Estado de México, ba jo su estricta responsab!lidad en el marco de las atribuciones que le confiere el Acuerdo General de Administración Vll/2008 del Comité de Gobierno y Administración. 4. El gasto de este servicio es con cargo al gasto corriente en la posición presupuesta! 44101 , a la unidad re sponsable 11 38801-CCJ Toluca, Estado de México y centro de coste 050. 5. La adjudicación se efectúa al proveedor que cumple con los requeri mientos solicitados y con base al análisis y evaluación . ' P.Unitario Importe Total 3,440.00 3.440.00 . CONTINU A - DE RECURSOS MATERI ALES Página 1 dl'lt, 3 ( .... o en

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DIRECCIÓN GENERAL DI:: RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No 30. 40 PISO

e COL CENfRO, C P C6000 MEXICO O F TELS 4113-1000 EXT 5704.57 10 5305 5705 FAX 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO l.ARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTlA, C.P 09100 MEXICO. O.F TELS 5701 2096 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515000188 E:N SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S00 1 ,, ____ \PROVEEDOR: JOS~ ALBERTO HINOJOSA NAVA I BOULEVARO SANTA ELENA 6, FRACC. DE SANTA ELENA. SAN MATEO ATENGO, 52100 I 00000000, 00000000 I i

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 21/01 /2015 A CONTRAENTREGA 1

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA ENERO-NOVIEMBRE 2015

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion

10 1 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA ENERO ¡ OBSERVACIONES 1 1. lmparticíón de taller de baile para el Programa de Pensionados de

la Casa de la Cultura Jurídica en Toluca. Estado de México, considerado en el PAN 2015.

Vigencia: enero a noviembre de 2015.

Importe mensual $3,990.40 (11 MESES) Importe anual (total del contrato) S43,894.40

-Forma de p1190: Pago en una sola exhibición a entera satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica en Toluca, Estado de México.

2. La presente contratación se realizó mediante e l procedimiento de ad¡ud1caclón directa:. la contratación se clasifica como mínima.

3. El contrato símphficado se emite conforme al punto de acuerdo de fecha 02 de ene.ro de 2015, autorizado por el Director de la Casa de la Cultura Jurídica en Toluca, Estado de México, bajo su estricta responsab!lidad en el marco de las atribuciones que le confiere el Acuerdo General de Administración Vll/2008 del Comité de Gobierno y Administración.

4. El gasto de este servicio es con cargo al gasto corriente en la posición presupuesta! 44101 , a la unidad responsable 1138801-CCJ Toluca, Estado de México y centro de coste 050.

5. La adjudicación se efectúa al proveedor que cumple con los requerimientos solicitados y con base al análisis y evaluación

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P.Unitario Importe Total

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CONTRATO SIMPLIFlCAOO • • La Suprema Corte de Justicia da la Nación, en lo :iuceslvo "Suprema Corta• por canduGto de su representanta para los efectos d11 esta Instrumento manlflesta que:

.1.· Ea el máxima órgano d,epo!llario del Poder Judldal da la Federación, en térmlncs de lo dlspuesta en los artlC1Jlas 94 da la ConsUtudón Palluca de les Estados Unidas Maxlcanos y 1 •, fracción I, de la Ley, Orgánica del Poder Judlclal de la Federación. · .2.-La presente contrafac!ón rue autorizada por el Director de la Casa de I• Cull!Jn Jurídica da la Suprema Corta da JuaUcla da la NaclOn, mediante el procedimiento de 1djudlcaclón directa, de conformidad con lo prevista en el Acuerdo General de Admlhlslraclón VIJ200B, del velnUclm;a da sepllembre ds dos mil ocno, del comité de Gobierno y \dmlnlstreclón da la Suprema Carie da JusUcla da la Nación por el qua se regulan les proced'.m!antos para la 11dqulslal611, aclmlnlstract6n y ~eslnccrporadón do bienes y la contratación 1e obras, 11sos y seNlctos reque~dcs por esls Trlbunal, y can lo previsto en el Acuerdo General de Administración VIU2008, del nueve de diciembre da dos mil echo, del Comité de 3clilerno y Admlnlstracl6n. • · . · · . · • . . 3.· La Directora ~eneral da Recurscs Materiales está racultada para suac:riblr el pment& 1ns1rumento, de conformidad con fo dispuesto an et articulo 10 piinafo segundo, dal Acuerdo 3eneral de Admlnlslraclón Vl/2001!, para dar.cumplimiento a lo solldtada en la declarac16n l.:Z. precedente. . · ·· . 4.• Para todo lo rula.clonado con el presanla contrato, setlala tomo slJ domlcUlo el ubicado en la Calla de José Maria Pino suaraz número 2, colonia Centro de 111. ciudad !!a México, jefegacl6n Cuauhtémcc, cOdlgo ptlS!al 06060, en la ciudad de México, Dlsllllo ~l!daral · 1 .• El "Prestador de Servicios" por conduelo de sú repr11sentanta legal m·antnesta bajp protesta d1 decir vetd1d que: . . · l. t.· Cuenta can personal OJO la suffclente experiencia '/ catlffcaclón para ejecutar los servicios requertdoa pc¡J la Suprema Corte, aal como con tes elsmenlcs lécnlccs y copacldad ~ccnómlca necesaria ¡:iara tal fln. · . • · · · ·: • • 11.'2:'=' No desempe/la un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus aoclca, aa:!cnlsta,, repres11ntante1 lsgalu Q ltpaderadoa ne se encuenlran servidores públlcoa dal Poder Judicial de la Fede111dén, · • . · • ' · , • · · · · 11.3.· No se encuentra lnhabllllada para desempei'lar uri empleo, cargo o coml516n en el servfcfo pUbUco. · !l.4,- Conoce y ;icepta súJelllrse a lo previsto en el Acuerdo General da Administración ~v20oa. del velnddnai da sepUembra da aes mU ocho, del Comllé da Gobierno y Administración de la Suprema Cattll de Jusllcla ds la NáclOn por el que se regulan los procedlmlentos p3i3 la adqulalc:!ón, admlnlstradOn y deelncorpomcl6n de blenet y la contratación da obras. usos '/ servicios requeridos Por este Alto Tribunal, y e.I Acuerdo General de Admlnlstrict6o Vlll2008, del.nueva de dfclembre de dos mll ocho, del Comité de Gobierno y Administración. ILS.· Para todo lc.rl!!lacionado con el presen!e contrato, seftala como su domlclUo el Indicado en la carátJJla del presente lnstrumen!o, en el apartado denominado •proveedol'. , 111.· La •suprvma Corte" y el "Pres!adDt de Servlr:los" d11cl,rilll que: · '. · · . · · lll.1.· Reconor:en mutuamente la petsonaJldad Jurfdlca con la que comparecen a ta celebraclan del presenta Instrumente y mañ111estan qua todas tas aimunlcaclones que se realicen l!l1trll ellaa se dirigirán a los domtcillos lndJcadcs en les antecodentos 1.4 y 11.8 da este lrnstrumento. · · · • 111.2.· El acuerdo de vol\lntades plasmado en esta tnstrumenlo contractual se rtga por lo dlspuestn en la Constt!uclón PollUca da los Estados Unidos Mexicanos. la L.ey OrgAnlca del Poder Judicial de la Federación, el ACuardo General da Admlnlstra.clón Vl/2008, del velnttctnc:o da sepUembre da do!I mll ocho, dlll Comll4 da Gobierno y Admln.lstrad6n d11 la Suprema Cbrle de Juslfcla da la Nscllln y d11 manera suplellltla el Códlgo CM! Federal, el Código Federal de Procedlrnlentcs CMles, la Ley Fedt!ral da Presupues\Q y ResponsablUdad Har:endarla, la. Ley F~deral de. Respcnsabltlda~es Admlnl.straUvu de. los Servldore;i púb)leos y lll ley Federal del Procedimiento Admlnls!ratlvo en lo condu.cente, al 1enor da las siguientes: . · ·. . · . · 1 • , • • •

., . . . '. CLÁUSULAS Primera. Objeto. Presiadón da los S'l!rvlclos des:cótos en el anverso del pn;=sanla instrumento, llfl los lénnlncs pactados en las propuestas léallca v económica del participante ganador, las cuales rorman parte del prasenl1 ln~tnJmenlc como al a la letra se Insertasen. . · . , A Segunda. Condh:lonee Genenstes. El 'Prestador de Servlclos• se ccmpromeiel a respe\lír en ledo momento al prado, plazo 'f amdlc!onea dti pego $t!ñ.aladois en la re!&rlda caratula, W durante y hasta el cumpllml6Illo tobll dol objeto da este acuerdo 6a voluntades. . . . . El pago senalado en la presenta cláusula, Clibra el total del s.ervlclo cbntratado, por lo cual 'la Suprema Corta• no llana obl!gac!on de generarnlngün Importa adicional Teresra. Pena Convenr:lonaL En caso de lpl:umpllmlen\o a é&Jalqulera da ll!a obllgaclonq padadu en si prasenlll cantnilD slmpllllclldo, la Suprema Corte de Justicia de I• Nación podrá aplicar una pena convendonaJ tiaslll por un 10% del monto total contratado. · . .. . · · · • En caso da lncumpllmlento por parte del proveedlJf al plazo de entrega da loll bienes previsto 111 el presenlá ccntmo, se 111 aplicara una pena convencional por atrasos que le sean Imputables, equivalente al mento qua resulta da apllcar el 10 al millar dlarlo ten dlae nalurales) a la cantidad qua Importan los sarvicloa pendientaa d.a entrega, y no podrá eia::edan del 10º/• del mento rtrtal de contrato; en su i:as{I dicha pena, se pbclr.\ descontar da los pagos pendletrtea de cubrir, o de ser necesario de les subsecuentes, o bien se podrá realizar el pago de la pana de que se trata Ingresando su monto a la Dlrecr:ldn General de T~retla de este Alta Tribuna~ . · · . · · En lá3 opsracicnM en que se pacta ajusta de precios, la penaílzación aa Cll!culanl sobra el precia ajuatalfa. B Prestador de aarvlctos será reiponsable del lncumpllmlento se har.i acreedor a la sanciones prevlst.n on la fraccl6n anlericl' con Independencia da qu11 MI hagan efecfivas. las garantras oloq¡adas en &U caso. · Cuarta. Requisitos par:i niallur les pa.gos r'asper:Uvos. Para efecioa fiscales et 'Pll!!!tador d1. SllV!clcs' deberl presentar 111 e taa facb.!raa a nombra di! ta ·suprema Corta' seg~n consta en la cedula de ldentf!!cadón ft!ICal, expedida por ta Secretarla da Hacienda y Crmllto PubUe11 con el Regl!slro Federal da Canúibuyenll!I SCJ9502046PS, lndlcandp el domlcUlo sei'lalado en la declaraclOn U da ests Instrumento y demás requisitos t!scales a que haya lugar. • · ·. . · · • · Quinta. Modificaciones da estt ln1tn1manto. La1 condlcianu pactadas en el presenta lnslnummto pi;idrán s"'°. obJeto ~ modlnc:aclón en lérmlnós ele los pmlsto en 101 artk:ulos 12, fracclónXXU; 143,fraa:lónly182delrefellddAcuerdoG1!nel"llW2009. · . . · · ·• . • • . . ' . · ' Sexta • lnexlall!nc:la da relación laboral. El 'PrasladOf da Servidos•, como llinpresarlo y pa'*1 dal perso.nal qLll!I oaipe para lea S11!Vidos profeslonale1 materia de este contrato, seri , el único !!!!pon~able da lu obHgac!ones darlvadas de las dlsposlclones laborales y clemú adtl\af!Ílentcs l!n matei1a da traba)l y da seguridad soc!al, parló qua responderé de U:Jclaa las reclamaclonas que sus trabajadClll1 prasmiten en su C<lntra o da f.1 "Strprllm!l Cnrta", en 111adón con los seivtclo1 moUvo d• et. conttato. . . · La ·suprema corte• esbara tiicullada pm requllllr a el 'Prestador da SaN!cl~ tos aimprob~ de alllladdn de sus 1raba)adores al IMSS, ;$1 como les r:omprubimms da pago de las

~o:~:~~~ ~~:,~~g~:~ ~; ~J:W~~s d~ el -~~~ta~or de S~~. ~~!el ~~ndan eÍe~.ai~~na red~m~~n én ~ntní d~~ :Sup~'ma Corte•, el '~rastador da Servicios' deberá reembolsar la tatalldad da los ga¡Í¡¡s qua erogue fa •suprema Corta' por ccncepb:I de traslados, vliillo:Js, hosplldafe, tranapcr1aclón, alimentos y dermis lnhenmtas, coo et fin da ~credUar a~le la a,utcridad aimpe~te .9u& no e~sta relación .laboral alguna ca~ tos. m~s y desUn~ a la 'Suprema Corta' da ·cualqufar llpo de responsabllfdad an esir sentido. ,. ~ · · · · . ~. ·. . . . ; · . , · . · . · ·. · . · · · · . ;(. · .. . Las partes acuerden que el lmporfl! de los referldcs gastcs qua se llegaren a ocasionar podrVi ser dedu.cldcs por la •supnnna Carta" de las facturas que sa encuentren pendientes da pago, Independientemente da las ao::!ones legales que se pudieran ejercer. · · . . . · Sl!ptlma. Subcontrataclón. Pa.ra efeclcs da este contralo slmpllllcado, se anllende poi' subcon1(ataclón, el 9Clo mwd!anta al cual al preatador de aenrlc:fos o contra~sta encomienda a otra persona, ffslca o moral, la reallzackln p;m:laJ dal objeto dli ésta contrato slmpllfteado. Cllil/ldo el prestador da servldlla CI r:ontratiata pretenda llUbamlratar, deberj CDmunlcarlo e prevfamenle y pcr eaC!ito a es!ll Su¡¡rania Corte, la que tlmblén por al!Clito rasolveti si acepta o 1'1'Ghllii la subconlralactón. En ningún caso se acept¡¡rá la subcontratadón totit de los · servicios o trabajos con un solo subcontr.albta. ' · · . . En todo caso de subconlratackln, el responsable aer.l al prestador des servicios o axtlratlstl, y ser.t a 6!11& a q~ler.es les cubra el pago. No eldstlr6 subrogackln por parte del ' subCQlltraHsta ni tendrá relación con la Suprema Corte. · · · . Octava. Confld&nclalldad. la documentac!6n que se proporciona al 'Prestador de Servicios' CDll moUvo de la celebración de este conlralo, es prople!!ad d11 la 'Suprema Corte', por lo que el 'Prastadcr de Serv!cloá', por si e a lravés da sus trabajadores, se compromete a no cilvtJlgar a travb da r:ualqufw medio da comunlcaclón, cualquJer resultado o dalo obtenido d1 loe servicies e trabajos prestados a la prlmera. , . . . . Novena • Resclsldn.. Queda expresamente c:invenldo qua la •suprema Corta' podli dar porresdndldo el presente CCll'l!mtó !lln ~sklild da q\Je m1dle declaración Judicial, en caso d• que et 'Prestador de Servfc!os" deje da cumplir cualquiera da las o.bllgaclanes que as1.1m11 en eala aJ11tralc por causu que le sean lmpu\ables, o bien, en caJIO de eet objete da embargo, . huelga estallada, ccna11so mercanlll o UquldaclOn. Anll!s da declarar la rescisión, la 'Suprema Ccrte• notlftcara por esállo las causo respectiva• a1 'Prl!stadl>r de Servidos" en su donilcilto sel'lalado en ta declamclón 11.5 de esta lmrtrumento, con quien E!l1 el acto a •ncu•nlre, ulorgtndola un plazo de qulnr:a d!as h:lbllea pa12 que manlftesta lo <1ue a gu dérecho convenga, anexa les dccumontcs que estime conveniente y aporte, en su caso, tas pruebQ qua e;stime pertinentes. Vencido esa plazll el órgano ccmpetente da la ·suprema Corte' dl!!tenntnara sobra la procedencia de la resclslóo, lo qua se ccmunlcara al 'Pnistador de SeN!clos~ en su domicilio senalado 1111 la dll!Claracldn IL5 da eate lnslrumentn. ' · Décima • Supu11ato1 de tem1lnactón del contrato, diversos a ta ruclslón. El presenta contratb ~darse por terminado, al CtJmpllmentatse su. ob)lltl> o bien da manera antldpada cuando existan c.ausaa Jusuncadas e r.wmes de Interés general; an térmlncs de lo pM'bto 11111<11articulas148, 149, 15Q y 151 del ACtJerdo Gel'ter.il da Admlnlstrac!On Vl/2008. Oér:lma Primara. Del tomento a la transparenr:fa y de la pratecc~n da dato• per.sonalts. Las partes ea1án de aaierda en ql!B el presente Instrumento constituye lnformaclOn pllbllca en té1mlnos de lo dispuesto en los artrculos 1 •, 7" y 42 da la Lay Federal de Transparencia y Acceso a la lnfarmaclón Públ!ca Gubemamentat, por lb que los gobernados podrán realizar su consulta. . · . . . · Ce r:ontormldad cen lo OJStabloc!do en el .artlculo 71 del Acuerdo General da tá Comisión de Trensp1mmcla, Acceso a la lnl'ormacl6n PObllca Gubernamental y Protección da Dalos Personales de la Suprema Corte de JusHcla da la Nación del nueva de Jullo de das mll ocho, relallvo a lqs órganca y procedimientos pata tutelar en el émblto de aste Tribunal los derachos da acceso a la Información a la prlvacldad y a la pn:rtecdón de dato• personales garan1lzados en el artlculo a• Canstitucloltal, al ªPrestador dé Servicios' se obliga a guardar secreto y a no divulgar por nlngCm medie, eun· elactrónlco, ni por conferencias y/o Informes toa datos perscnafe11> á que tenga acca5o ccn motivo da la documentadOn que maneja o conozca al desarrollar las ac!Mdades obJeto del presente ccnlralo. En caso de lncumpllmlenlD 111> ªSuprema carta• pocW exigir el pago comtspandlenta al 1 o•¡. del monto total de este Instrumento, por concepta da pena convencional. . . · 06clma Segunda. Resolución d• conlroversln. Para eredo de la ln!erpretu:tón y cumpllmlento de lo estipulado en eslfl lnstruml!nto, et. ºPrí!atador da Servicios• se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno da la 'Suprema Corte• renunciando a cualquier fuero qua en ramn de su domlc!llo tenga o negare a tener, da conformidad con Jo Indicado en el arttcufo 11, rracdOn XX, da la Ley Orgo.lntca del Podar Judicial da la Las partas acuerdan que cualquier noUftcac!On qua tengan que reallzarsa de un do en las declaraciones 1.4 y IL5 de eate ln~trumenta.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESE:N Nombra

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e . PODER JUDICIAL DE LA FEDE:r<ACION SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE "'.ARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CU•\UH fEMOC 06!l60 O F R ~ C SCJ.%0204~P5

DIRECCIÓN GENERAL DE: RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. :JO "ºPISO

e COL CENTRO C P 06000 M EXICO O F TELS 4113-1000 CXT 570<I 5710.5305 5705 FAX. 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. JGNACIO ZARAGOZA No t~ COL JUAN ESCUTIA. C P 09100 MEXICO, D F TELS 5701 2036 y 5763 76!13

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PROVEEDOR: JOSt ALBERTO HINOJOSA NAVA I BOULEVARD SANTA ELENA 6, FRACC. DE SANTA ELENA. SAN MATEO ATENGO, 52100 I 00000000, 00000000 I

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515000188 EN SUS REMISIONES FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FA\/'OR DE ANOTAR ESTC NUMtRO OC DOCUMENTO

S001

1

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 2110112015

FECHA DE ENTREGA ENERO-NOVIEMBRE 2015

Partida Clave art Cantidad

20

30

1 40

1 1 1

1

'

A CONTRAENTREGA

1

1

1

LUGAR DE ENTREGA

Unidad Descripcion

1 realizada por la Casa de la Cultura Jurfdica en Toluca, Estado de México .

• 6. La Dirección General de Recursos Materiales únicamente apoyó en la

1 elaboración de este contrato simplificado y se deslinda de cualquier responsabilidad en los procedimientos observados en la contratación

1 de referencia.

7. Se elabora el presente contrato simplificado a solicitud de la Casa de la Cultura Jurídica mediante oficio CCJ/TOUSG/00412015 recibido en eesta Dirección General de Recursos Materiales el 19 de enero de 2015.

=~ DIRECTOR DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO

SERVICIOS INCLUIDOS TALLER DE BAILE

SER 1 TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA FEBRERO SERVICIOS INCLUIDOS

¡ TALLER DE BAILE SER ·TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA MARZO

SERVICIOS INCLUIDOS -TALLER DE BAILE

SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA ABRIL

1

SERVICIOS INCLUIDOS

-~\ IRINEO ~z REYES

~DIRE~DE SERVICIOS •'

. '

-- - -·--

P.Unitario Importe Total

1

. 3,440.00 3.440.00

3,440 00 3,440.00

1

1 3.440 00 3,440 00

, ' CONTINUA

j

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DIR GRAL DE RECURSOS MATERIALES

Page 4: PODER JUDICIAL DE LA t; $ . ' ' SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ...

CONTRATO SIMl'l.IF!CAOO . •• La Suprema Cort1 da JusUcla de la Nación, en lo sucesivo •suprema Corta" por conducto da su representanta para lo:a efectos d1 esta Instrumenta manlflesta que: .1.· Ea el mi!xJmo clrgano ~eposltal1o del Poder Judicial de la Fedarac!On, en términos da la dispuesta en los srtlc~lcs 114 da la Ccnstltuclón PcllUca da la. !:$ladas Unldoa Mexicanas y 1 '. rracclón ~ d11 la Ley, Orgánlta del Poder Judicial de la Federación. · .2..La presente contratación- fua autorizada por el Director de la Casa de la Cultur.1 Jurldlc:a de la Suprema Cllrta da Juatlcla de la Nac16n, medlanh! el procedlmlento de !dfudlcaclón directa, da conformidad c.on lo pnlVlslo en el Acuerdo General de Admllllatraclón Vll200B, del velnllclnca de septlembra da dos mil ocho, del Comité de Gobierno y ">dmlnlstraclón da fa Suprema Corte da Jus~cfa de la Nación por el qua sa regulan les procedimientos para la adquisición, admlnlslrllc!ón y deslnccrpontclón de bienes y la ecntrataclón je obra!!, vsos y servicios requwldos por este Trlbunal, y con lo previsto en el Acuerdo General de Administración. Vll/2008, del nueva da dlclembre de dos mil echa, del Comité de Solilerno y Adm!nlslracl6n. •. · . · • 1.3.· La Olreciora General de Recur~ca Materiales astá facuJtadá para !Uscrlblr el presenta Instrumento, de conformidad can lo dispuesto en el articulo 10 párrafo segundo, del Acuerdo Ganeral de Admlrllstracl6n VV200B, para dar.cumpllmlento a lo solJcltado en la declaración t2. precedB11te. · ·· 1.4.• Para todo lo relactonado con el presente ccntrato, aet\ala como sl,i domldllo el ubicado en ta Calla de José Maria Pino Sulire.t número 2, colonia CenltO de la dudad de Méxlco, dalegacl6n Cuauhlémoc. código poslal 06060. en la ciudad de Maxlca, Olstrllo Federal. · u •• El "Préltador de Ser\'Jclo1• por conducto de su representanta legal m"lnlne!lm bajo pniteata d1 ileclr vetd'ad qua~ . 11.1.· Cuenta con personal coo la suflclente experiencia 'f ea\ll!cactOn para ejecutar los servicios requerldll!I pq:~ la Suprema Cort.a, esl como con los elementos 1.écnlcos y capacidad eamómlca necesaria para tal Rn. . ' · · · . · · . · · , • 111:- No dasempefta. un empleo, cargo o comlalón en el er'(lclc púbnai y entre aus sóclca, acclorll!íta?, repres11ntante1 legales o 11poderada1 no se encuentran 1arvldon1s pllbllco1 del Podar Judicial de la Federaclón.- · , . ' ' · · , · · · · · · · tl.3.· No !I anáJentra lnhabllltado péra deserilpeilar un emphlD, cargó o comlslOn en el HIVleto ptlbllco. · . 11.4.· conoce y acepta aujelaJSa a lo prevlsio en al Acuerdo General da Admlntstrachln \(l/~008, del veinticinco da se~tlembra de Bos mn oc.ha. del Comlt6 da Gob!emo y Administración c!e la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el qua sa regulan los pracedlmlentoa para la adquisición, admlnlstracl6n y d1111it)c:Qrporad6n d11 bienes y la centratacl6n da obras, usoa y servicios requeridos por este Alto Tribunal. y al Acuerdo General da Admlnlslraclón Vll/2008, del: nueva de diciembre da dos mil ocho, dal Coml!J da Gobierno y Admlnlstraolón. 11.5.· Para todo lo.relactonado con el presenl& contrato, s!Hlala 'como su domlcl!la el Indicado en la caralula del presenlll fnsl!umento, en 111 apartado denominado •proveador'. · 111 •• La "Suprema Corta" y ol "Prestacklt da Servlcloa• dacl¡¡ran qua: ' . · 111.1.- Reconocen mutuamente la pel'sonalldad jurídica con la qu11 coh1pare¡:en a la celebraclcln del presentl! Instrumento y manll!estan qua todas las comunfl:aclcnes qua se reallcan entre ellas se dlrlglr.ln a loa dotnk:inos Indicados en loa antecedentes 1.4y11.6 da elite Instrumento. · · • 111.2.· El · acuerdo de vo1Untade5 plasmado en aslB Instrumento contractual sa rige por la dispuesto an la Conatlluc!6n PllllUca da los Estackis Un!dll!I Mexféanos, la ley Orgánica del Poder Judicial de la Fedatadón, el Ai::uerda General de Admlnlslracl6n \/l/2ila11, del ve!ot!cthca da aeptlemble da dos mil acilo, del Comlt6 do Gobierno y Administración da la Suprema Cbrte de Justk!a de la Nación y da manera supletorta el Código Clvn Federal, d Código Federal da Pror:edlmlenlDI CMle.s, la Ley Fedeml da Presupuesto y F{eepo=ibllldad Hacendarta, la Ley Federal da ResponHbUldades Admlnfstral!Vas da los Servtdore! pllblltos y la ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de la.a siguientes: · · . : · · . · · ·• " ._ , · . · · • ·

· •, • ' ·· .. . . . · CLÁUSULAS Primera. Objeta. PrestaclOn da Jos servicies descrlto9 en el anverso del presenta lnslrumenlo, en los térmlnll!I pactados en las propuestas t(K:nlca y económica del partldpante ganador, la~ cualeit fonnan parta del prasente lnstrumenlll como si a la letra se ln3ertasen. · • , Segunda. Condiciones Generalaa. El 'Prestador da Servlctos' se compll:lmeta a f'!!spetar en todo momento el precio, plazo y amdlclone1 dé pego se1'alados en la referida carátula, durante y hasta el cumpllmlentc total del objelo da esfl!l acuerdo tia volunlade!l. . . . 8 pago sen alado an la presente cláusula, wbra el total del séNldo contratado, por lo cual 'la suprema Corta' no ~ene obllQae!ón de generar ntngoo Importe adk:lonal. Tarcara. Pana Convanclonal. En ca&a de l~l:urnpllmlenta a é\Jalquleni da las obllgadones pactadas en el presenta contra!D slmpllncadc, la Suprema Corta de Justicia de la Nación pod~ aplicar una pana convenclona¡·h;;sta por un 10'.io del monlc total c:anlratado. · . • · · · · . · · · • . En caso de tneumpllm!ento por parte del provaedor al plazo de entrega da los bienes pll!Vislo en el presente conlratD, se ta apUc:ara una pena convencional por atrases que le sean Imputables, equJvalerite aJ monto qu11 resulte da aplicar al 1 O 111 míllar dlarlo {en dlu naturales) a la cantklad ~ua Importan los s&rlic!os Jlllfldlente1 de entrega, y no podrá exceden del 1 O"{o del monto total da contrato; eri su i:as~ dicha pena, se podra descontar d1 los pagos pendlelltet de cubrir, o da ser necesarlo da lo11ub5ecuentes, o bien H podl'A !'!!alizar el peg.o da la pena da que sa lrata lngreunda su monto a la Dlracclón G.:Oecal da Tesonirla da esta Allo Tribunal. , · •· · · , · · · En las. operaciones an qua se pads ajuste da ~eclcs, la penalización •• c:alcUlara sobre el pntclo ajuslado.. El Pre!lador da urvlctos sent mpot1sabla del lncumpilmlento s!! hert acreedor a las sanciones prnvtstas en la fraQ:l6n anteriot_ Clln Independencia de qua sa hagan elec;UvH las garantía o!nrgadaa en au caso. · Cuarta. Requisitos para realizar los pagos test:iectlvos. Para efectcs llscales el 'Pratadorda.Servldos" debent preaaitarla o las factura1a ncmbra dela 'Soprama Corta" según consta en la cedula da ldenW!cacl6n ftsCll. expedida por ta Secretarla da Haclenda y CtAdl!D liu!xllco can 111 Reglslro Federal di Contrtb!J'fentet SCJ9502046P5, lndlcandp el dcmlcl~o !eílalado en la declarac!6n 1.4 da me Instrumento y demás requlslfm flac:üa a qua haya tugar. · · , • · ·. · Quinta. ModlflcaclonH da esta Instrumento. Las condlc:IOnm pactadas en el presente lnslrutnenlo padrán Bll'. objeto ds madlftc:ad6n 1!11 lénnlnos ds los pmts.ln en 1011 astlcufoa 12, írac:clón XXII; 143, fraa:l6n 1 y 1 ea del refarldd Acuerdo General Vll2DC)8. • . . : · • · . · •. · . · . • Sota • lnexlstllncla da relación laboral. El -Prestador da Servidos', como empresario y pa1r6n del personal qua ocupa para lol lulrvlcloa profeslonares matat1a da este conb:alo, seri • el único mponsabl11 da las obllgaclone1 .derivadas da las dlsposlelonea laborales 'f demu ordmiamlentm en mab!rla da trabaJo y de aeguddad sedal, pcr IO qua responder.\ de todas las reclamacJon1111 que 1111s lrabaJadores presenten en su contra a da la •suprema Corla", en relaé:lón con los servtc::lol motivo da esta corrtr.rio- . ·. La •suprema Corl¡lº eslara facultada para requerir a el ".Prestador da SGIVldof los ccmprobantff de a111ladón da sus !rabajed~ 111 IMS~ ul comi:l los comprob'ante.s da pago de 1aa cuotas aJ SAR, INFONAVIT e IMSS. " ':·: , • ._" . ' · · . · . : • · ... · , · -. 1 '. • • • . • • • 1 . En caso de que alguno o alguno9· d111os trabajadores de el 'Prestador da Seivtclca', ajacuten o praiandan ejecutar alguna ll!damécl6n en contr:á da la 'Suprema Corta•, el 'Prestador d• Servicios" deberá raemllolear la tclaUded de los gastos qua erogue la 'Supiema Corta" por concepto de lnlslados, vlá11cos, hospedaje, b'Gnsporlación, alimentos y demlla lnherentu, con al fin da ~redl~r ~~ la a,~ad competente ,9u~ no ~ste re.ladón .. laboral alguna coo los. ~D!I y de3lln~sr a la 'Suprema Corta' de ·rualquler 1Jpo de responsabilidad en ese sentido. \• • · .· .. • .. . .·. . . .. : · . , • . . • ._ . • • . . . . . . ,, . las partn acuerdan que el fmporll! de los 1'l1!ertdo1 gastos qua se llegaran a ocasionar poddn ser deducidos por la ·suprema eorte• da las racturas que se encuentien pendientes de pago, lndependlen!l!mente dll lu acctonea 1e11ales qua s11 pudieran ejercer. . · · .· . . . . · . SépUma. Subcontrabclón. Para efectos da esta contralD s!mpfincado. ae entienda por subcont¡;itai:lón, el acto medlanlB el cual el prestador de servlclbs o c:onlnltf!illl enaJtnlenda a otra persona. flslca o mora~ la reallmciOO parctaJ del olljato da ésta contrato slmpill!cado. Cuando el prestador da &l!Nk:los o contraUsta pretenda suticoolratsr, deberé comunicarlo prevtamenta y por escrlto a mta Suprema Corta, la qua también por esaito resolverá si acepta o .radlaza la subcontralacl6n. En ningún caso se aC1!pla"11 la subconlratacl6n total da loa • servicios o trabajes con un solo subcontratlsta. · · · · . • En toda caso da subcontralac:!ón, 111 responsable séré el prestador da servlcl03 o eontratrstl. y sm a bte 1 qulanu lm cubra el pago. No exlstlnl subrogación por parta del ' subconlrat!sta ni tendra r!'llaclón can !a Supretí'la Corte. · · . · · · · . · Octava. conndenclalldad. u documantacllm que se proporcione al 'Prestador da Servidas' cofl mottvo da la celellracl6il d• esta ccntratD, ea propletlad de la 'Suprema Corta' , por lo qu11 al "Pf'!!s1lld.or d11 Sarvlctoá', por si o a través da sua traba]arlores, se compromete a no divulgar a trav!! de cualqi.iler medio de comunlcacl6n, cualquier n!SU!lado a dato obtenido da los servlcl03 o traba)m prestlldos a la primera. · . . . Novenil • Rescisión. Queda expresamenta convenido que Ja 'SUpmma Corta' podri dar por resdndldo el presenta contrato sin neceS!dad de q\.e nledla declSradOn Judicial, en caso de qua el "Prestador da Sarvlctos' deje de eumpllr cualquiera de laa oblfgacJonas qua asume en esta contrato por causaa qua la sean lmplJ!l!blea, a blen, en caso da 1ar objeto da embárgo, huetga estallada, conc:uM mel'C3nlll o Uquldacl6n. Antae d• decla.rat la l'lliclsl6n, la 'SUpnma Corta" no1ltlcar.l por eacrilo laa causaa respectivas al 'Prestador da Servicios' en au domicilio señalado en la declaración IL6 da esta Instrumento. con quien en el adD se encuenlra. otorgándola un plaz.a da qulnca dial! hábOes para quá manlllBJ1f11 lo qua • su derecho carwenga, anexa lo:s documenlos qua estime convenlenta y aporte, en BU caso, las prt¡abas· que esttme pertlnenll?S.. Vencida e.se plillD el Otl]ano ccmpatenta de la •suptema Corte• determinara sobra la proceder.ola de la rescisión, lo qua se eomunlcara al 'Praatadarda Servicies:' en au dolricUlo &ellalado en 11 dedaradón ILll de 11119 tn:sl!uman1o. ' Décima • Supu11to1 da terminación dal contrato, dlvenios a la raclalón. 8 presente conlral.ó podnt dal'sa par t.Tnlnado, al cumpllmentarsa su.objeto a blan da manera anticipada cuanda existan causas ).¡sU!lcadas o taz.ones da Interés general; en términos de lo prevleto an'los art!culos 148, 149, 150 y 161 del Acuen!o Geher.il de AdmlnlstraclOn Vl/2008. Décima Primera. Cal romento a ta transp1rancla y de h1 protección d• datos personillu. La! partas están da acusn!o en qua al presente Instrumenta constituye lnrcnnadón pllbllca en ténnlno:s da le dJspuesta en loa artfculoll 1°, 1• y 42 de la l ey Federal de Transparencia y Acceso a la Información PObllca Gubamamental~ por lt> qua loa gobernados podrán realizar su conS\Jlta. . · Da conrormldad con lo eatablecJd~ en el articulo 71 del Acuerdo General de la Com!slón de Transparencia, Acceso a la lnfolmaclóti PObllca Gubemamantal y Protea:lón da Datos Personales de la Suprema Corte de JusUcia de la Nación del nueve de Juno de des mil ocho, relattvo a los órganos y p.rocedlrnlenlos para bJtelar dn el ámbito de este Tribuna! loa derechos de acceso a la Información a la privacidad y a la protección d11 datos peraonales garan1wnfos en el arlfculo 6' CansUtudonat el "Prestador dé Servidos' s11 obllga a guardar secreto y a no dlvulgar por nlnglin medio, aun electrónico, ni por conferencias y/a lnfOnnas kr.! d.alcs ¡iersonales a que tenga acceso con-moUvo da la documentac10n que maneje o conol':ca al desarrollar las acllvldadaa objeto del prnsante contra.to. En c:ao de Incumplimiento la.'Suprema Corta" podrá exigir el pago COITI!3JXmd1enh1 al 10% del monto total da este lnslrumento, por concepto de pena tllnvencfonal. . · 06clma Segunda. Resolución de controversias, Para erecto de la lnterpretadOn y cumplimiento de lo astlpulado en esta Instrumento, al 'Prestador da Servicios' se somete expresamania a las decisiones del Tribunal Pleno de la 'Suprema Corta• renlJnclando a cualquier fuere que en razón da su domicilio tenga o P.egara a teriar, de conformidad con lo Indicada en et articulo 11, fracción XX, de la Lsy Orgánica del Poder Judicial de ! Las partes acuerdan qua cualquier notiflcacl6n qua tengan qua realllarsa da un este lnstl'\Jmento.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESE~IT Nombrt

, I ". \-:. / (

señalado en 'ª' declaraciones 1.4 y ll.5 de

ERVtCIOS

JJ Fecha

r ').

Page 5: PODER JUDICIAL DE LA t; $ . ' ' SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ...

e . PODER JUDICIAL DE LA FEDb~ACION SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN jOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC 06060 O F R F C SCJ-950204-óPS

DIRECCIÓN GENERAL DL RECURSOS MATERIALES BOUVAR NO 30. 4o PISO

e COL CENTRO. C P 06000. MEXICO O F ~~s 51~f,Wº EXT s104,s110.s3os s1os

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl..Z IGNACIO ZN~J\GOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO O ¡­TELS . 6701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: JOSÉ ALBERTO HINOJOSA NAVA / 60ULEVARD SANTA ELENA 6, FRACC. DE SANTA ELENA, SAN MATEO ATENGO, 52100 I 00000000, 00000000 I

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 21/01/2015 A CONTRAENTREGA

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA ENERO-NOVIEMBRE 2015

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unítario

TALLER DE BAILE 50 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA MAYO 3,440.00

SERVICIOS INCLUIDOS TALLER DE BAILE

60 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA JUNIO 3,440.00 SERVICIOS INCLUIDOS TALLER DE BAILE

70 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA JULIO 3,440.00 1 SERVICIOS INCLUIDOS

1

TALLER DE BAILE 80 , SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA AGOSTO 3,440.00

SERVICIOS INCLUIDOS

1 TALLER DE BAILE

90 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA SEPTIEMBRE 3,440.00 ¡ SERVICIOS INCLUIDOS '

1

TALLER DE BAILE 100 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA OCTUBRE 3,440.00

SERVICIOS INCLUIDOS TALLER DE BAILE

110 1 SER TALLER DE BAILE CCJ TOLUCA NOVIEMBRE 3,440.00 SERVICIOS INCLUIDOS TALLER DE BAILE

. l

1

. SUBTOTAL

' 1.V.A.

TOTAL . IMPORTE EN LETRA CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS

1

IRINEO J REYES

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515000188

EN SUS REMISIONES FACTURAS Y CORRESPONDENCIA.FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

3.440.00

3,440.00

3.440.00

3,440.00

3.440.00

3,440.00

3,440.00

. 37,840.00

6,054.40

43,894.40

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~ DIRE~RVICIOS DIR. GRAL. DE RECURSOS MATERIALES ........ ...e:. o..

Page 6: PODER JUDICIAL DE LA t; $ . ' ' SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ...

CONTRATO S1Ml'LIFICACll . J. . La suprema Corta de JusUcla de J¡¡ Nación, en lo sucesivo "Suprema Corto• por conducto da su representante para los erectos da este Instrumento manifiesta que: 1.1.- Es el máximo órgano deposllarfo del Poder Judicial de la Federación, en t6rmlnas da lo dispuesto en los art!culos 94 de Ja ConslJWclón Poll~ca d1 loa Esladoa Unidos Mexicanos y 1•, fracción 1, d1 la Lsy.Or¡¡tnlca del Poder Judicial de la Fedarac!6n. · t.:Z..La presenta conlratadOn IU11 autorizada por el Director da la Casa d1 la Cu.ltura Jurídica da la Suprema Corte da JusUcla da ta Nación, mediante el procedimiento de adjudicación dlrecu, da conformidad can la prevlslo en el Acuerdo General de Administración Vll2008, del velnUcJnQl de eeptlembni de dos mil oc:t\o, dsl Comité da Gobierno y Administración de Ja Suprema Co.1G do Justicia de Ja Nadan por el que sa regulan los prccedlm!Blll08 para ta adquisición, admlnlstraclón y deslnccrporaclOn da bienes y ta contratacldn da obras, usos y servicios reque~dos por esta Tribunal, y con la previsto ui el Acuerda General de Admlnlalradóri VIU2DOB, del nueva de clldambra de das mU ocho, del Comité de Got>lema y Admln!stradón. ~ · 1.3.· La Olraclora General de Recureos Materfalas está racultada para suscribir el ¡nsente ln&trumt111lo, da conformidad con Jo dispuesto en el artlculo 10 P~.rafo segundo, dol Acuerdo General de Administración Vl/2001!, para dar cumplimiento a le so~cl\ado en la dedaradón 1.2. precedenla. . t.4.· Para todo lo relacionado o:in et prasente contrata, sallala como su domlclfo el ubicado an i. CaDa da José Maria Pino SuAru ntlmaro 2, colonia Centro de la dudad j a México. de!agacJdn Cuauhtémcc, cddlga postal oaoao, en la ciudad da M&xlc:o, Dlstrtto Federal. · 11.· El "Prestador et.e Se!Vttlo1• par conducló de sil representante legal m1111lflesta bajp protesta da decir verdad que! . · 11.1.• Cuenta con pe11onal con ta sullclenle experiencia y cal1Héac16n para ejecuW' los servicios requeridos PQ,t'la Suprema Corta. asl como con Jos elementos h!.cnlcos y capacidad económica necesaria para tal ftn. . · · ' · · ' • ui:: No desampei'ia un empleo, cal1lD o comisión en el aervlclo pllbllco y en!f9 tu.a socias, ecx:lonls""' repre~tantes legales o ;ipoder.idos no so encuentran servidores púbRcos del Poder Jucllclal da la Federación. · . ' ' . ' · . • • U.3.· No se encuentra lnhabllllado para desemper'lar llll empleo, cargo o comisión 1111 el aarvlclo pUbllco. · 11.4.· conoce y acepta aujelam1 a lo previsto en el Acuerdo Gener'al da Admlnlslradón ~2ooa, del velntlclnco de septtembni da"dos mil ocho, del Comlt6 de Gobierno y Administración de la Suprema Corte da Jutttcla da la Nflcl6n por el que sa regulan l.as pracedlmlanb:I~ pare Ja adqulslcl6n, admlnlstracCóti y dastncaiparaclón da blenea y ta conlnrtaclón da obru, usoa v servicias requerfdo1 por esta Alto TrtblJnal, y al Acuerdo General d11 Admlnls~c:lón Vll/2008, del.nueve d11 dlclembr. de dos md ocho, del Comlli de Gobierno y Administración. 11.!I.• Para todo lo relacionada con el pre.santa contrato, sellala ºcomo eu domJcJllo el lndk:ado en ta caré1ula dd preenta tnstnrmenlo, en el apartado denominada •Proveedor'. • 111.- La "Suprem1 Corte" y el "Prestadot da Servfclas~ de.ciaran qua: · · . · 111.1.· Reconocen mutuamente la pe.l'íonslldad jurfdlca con la qua coh1~n 1 Ja celabradón del praaenla Instrumento'/ maillftaatan qua ~as las comunlcaclonea que 111 realicen entra ellu ea dlrlglrin a loe domic:IRos Indicados en laa sntac:edentu 1.4 y U.a d111nl1 lnslrumenlxl. · · • 111.2..· El acuenlo da voluntades plasmado an esta Jnstrurmmlo contractual t11 lfg1 por lo dlspueslXI en la Constttuc:l6n PollUa de los E:itados Unida. Maxlé:anos, la Lsy O~ánfca del Poder Judldal de la Federación, el Ai:uanfo General de Administración Vl/2008, del velntlclnca da septtemtn da doi mi ocho, del Comltl de Gobierno y Admlnlstreaón de la Sup111ma C:brta da Juatfcla de la NaclOn y da manera auple!Drla al C6dlgo ClvD Fedarat. el Código Federal da Procedlm!enta1 CMlea, la Ley Federal de Presupueeto y Fteeponaabllldad Hai:andarla, la Ley Federal de Responsabilidades Admlnls1rat!vaa de los SlllVk!ores p6bJlco1 y 11 Ley Federal del Proa!dlmlento Administrativo en lo conducmte, al tanor de laa siguiente.: . .' . · · . • ". · ' · ·. , · · · · • .

. ' .. .. . . · . CLAUSULAS Primera: Objeta. Prestación da lo3 servicios descrllo9 en el anverso del presente Instrumenta, en los lAnnlnas pactados en las propuestas lét:nlca y eainómlca del participante ganador, Jaa arale21 ftlrman parte del presente Instrumento como si a la letra se tn&artasan. · • . , A Sogund•. Candlclonea Generalas. El 'Prestador de Servidos• sa compranete 1 respetar en lodo momento el predo, plazo Y candlclone1 dá pago silllaledoa en la referida carátula, W durante y hasta et cumplimiento total del objeto de eslll acuerdo ce voluntKles. . • 8 pago se., alado en la presanb! d;iuaula. cubl'll el total del SlllVtdo contratildo, por lo cual 'la suprema Corte' no Uena obllgaclOn da generar nlnglln Importa adicional. Tcrce..-. Pena Convanclonal. En caso d111(1Cwnpllmlento a cualqulera de las obllgadones pactadas en el pre$1!11le canlralD llmpliflcado, la Suprema Corta de Justicia da la Nación podrá aplicar una pena convencionaj hasta por un 10% del monta total contratado. · . . · · . · · • · En caso de lno.mpllmlanto por parta del proveedor al plaZo de entrega da los bienes prevista en el presenta contrato, sa la ap!lcari una pena convenclonal por atraso1 que le sean Imputables, equivalente al monto que resulte de apU.car el 1 O i!I mlDar diario (en día.a naturales) a la c:anlldad que Importen los 11enriclos pendiente; de enlrega, y no podrá exceden del 1 O'fo del monta total de ccntrato; eti su éaa~ dldla pena, se podré descontar de IDSI pagos pendientes da cullrfr, o de ser necesario de los subseaienles, a bien se podtá realizar el paga da la pena de q~ se trata ln¡¡relll!ndo su monto a la Otreccl6n G131eral da Te111:nrfa da esta Atta TlfbunaL · · • · · · En ras operaciones en que u pacta ajusta de predos. la p11naffzacl6n se cabJtari sobre el precia •Justada. 8 Preslador de servicias eerá mponsabl11 del lncu.mpllmlenta se hará acreedor a las aanclanea pnsvlsla en la ltacdón anterlot ccn Independencia da qui se h:lgan 111!ctlvas las garantías otorgadas an su caso. · Cuarta. Requisitos pan realizar los pago1 l'espectJvos, Para efecto:a nscales el 'Prest;cJar da.SeN1clos' deberá pre!lenlar la o la.1 t.lcturas a nomln da la "SIJpl'll!Tla Corte" segOn cansta en la cad1Jla da ldentlflaclón trseál, expedida por ta Secretarla da Hacienda y C:n!dlta PubUi:o con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ950204BPS, lndlCllndp el domlclllo senalado en la dedaracJon 1.4 d1 esta Instrumento y detnb requlsltas ftecalu *qua hirya lugsr. • · -. · · ·. · Quinta. Modlf11:11clonaa da utl lnlfrumanto. Las condicionas pactadas en el preaenla lnllnlmenlo podr.111 ••. objQtD di mol1lllcac16n en témllnos de loa previsto en loa artículos 12, fracción XXU; 143, !'rac:clón 1y182 del rataricfd Acll.-da General VV2008. · . · . · • : · . · · . · ' Sexta • lnHlstenel• da l"ll1cl6n labonL a "Preatador de Serv!c1~·. ooma atnpresarlo y pa1r6n del personal que oaJP• para lol SlllVldDt prohlslonales malerfa da aWI conlr.lto, seri • el Onlco respanubl11 da las cti!fgadonea dertvadu de las dlsposlctcnes laborales y demU

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Cldm1f!!lenlos en mate1a da 112bajo y da seguridad SOdal, por ló qua raapondn da \Xldas las reclamaclonH qu. aua trabajadores pl"lll!entlln en au conlnl o de lll "Suprmna Corte', en !'lllclón con lo• servicios mollVO de asi. contrato. ·. La 'Suprema Co~ astali facultada para requallr a al 'Pre:slador de Servf~ los comprobanlu da alilladón da sus lrabaJad?u al 1MS!3, al comé> Jos comprobllntes de pago de las cuatu al SAR, INFONAVIT a IMSS. • ~ " • . ' . · · . . · - . • . · ·• ' · . . J En caso de qua alguna o aJgunmtda los trab•Jadcres da el "P!8Slador de Servicios', ejeaJlen a prelendan ejeartar alguna recW!lad6n tn contri da la 'Su.ptamil Corta', et 'Prestador da Servidos" deben) reambolur la totaDdad clll los gaa!cs que erog1111 la •suprema C0111' par ccncaplD de traslados, vlállcos, hosplldaja, tr.inaportaclón, aumentos y demb lnhensntes. con el fin de aaed1tar anta la 1u!Dridad competante qua no existe l'l!lac!6n laboral 1JgL111con1al mismos'/ daslndar a la 'Suprama COfUJ' de•cualquler t!po de nuponsabllldad en ess sentido. \ , • • • .. • . · • : . · · . . · . . • . . , Las pa~ aaserdan qua et Importa da tos 111fetfdos gaslas que se llagaran a ocasionar podran ur deducidos por la •suprema Corta" da las facturas qua se eocuentian pendlentM de pago, Independientemente da las aa:Jones legales qua se pudl1ll1111 ejercer. · · . . Séptima. Subcontrataclón. Pani efeclns da esta contratD &lmpl:llcado, n anttenda por aubconlratadón, el acto rnedlarrte el cual d presmdor de seivtdós o contreUsta encx>mlenda a otra penonlll, llslca o mara~ la reallzadcln parcial del obje!D da és111 amtralo slmpliftcada. Cuando el pr1!$lador da aeivlclos o conlratlsta pretenda subcontratar, deberi comunicarlo A previamente y por aSGltto a ella Suprema Corte, la qua también por esa\to rasclve!i al acepta o rechaza la subamtralac!On. En ningún caso se acepta~ la subcontratadOn lotlt de Jos · 9 servldOll o lrilbajg1 can un sola subcaitr.ltlsU. ' · · • . · En todo i:aso da aubcontral.ilción, al respomiabht ser.i el prHtador de servidos o contrallsla. y ser.l a ésta a qlllenes les cubnt el pago. No aldstlnl aubmgacl6n por parta del ' subcaritradsb ni tendrá relación con la Suprema Corte. · · · · · · . Octava. Canftdenclalkf1d. La documentad6n qua se proporcione al 'Pre$lador da Servidos' IXIO moUw da ra celebrad6h de esta contrato, es propladad da ta 'Suprema Corta', por lo que el "Prestador de Servicios' , por si o a través de ous !rabajadare.t, se comprometl a na dMll¡µar a lravél dlJ cualqiils medio de comunlcad6n, cualquier resultado o dalo obtenida da los servidos o trabajos prestldos a la prlmer.i. · • · , · . . . · · Novena • Rescisión. Queda expreumente convenido que la 'Supn!ma Corta' podñl dar POC' rescindido el prnante conllatá sin necesidad de qlJé media doclar'lclón ju.d}dal, en casa da que el "Prestador da Servicios' deje de cumpUr cualquiera de las obllgadones que asume en l!ta contrato por causu que le sean lmll$bles, o bien, en cnso da Hr objeto de em~rgo, huelga emllada, concu110 m1n:an1D o Uquldad6n. Antes de dectarar la rescisión. la "Su¡:nma Ccrts' nallftC8111 par escrito las causal! raspecllvaa al 'Preellldor da Servicios" en su domlcmo seilalado en la doclaraclón 11.5 de esta lnstn.Jtnento. con quien en e4 ada SI ancuentra. 01Drgándol11 un plam de qulnca dlas hébUes pilllll c¡u.1 menil!este lo que a su derecho convenga, aneX11 los documentos que esUme ci:mvenlenlll y apurte, en su ceo, IH JXUebD qua esflme pertinentes. Vencido ese plaz.o al Or¡¡ano competente de la ·suprema Corte' determinara wbra la procedencia da ta 1e9Clslón, fo qua se i:omunfcara al ·~stador da Servidos'! en su domlclllo seila!ado en Ja declaracl6n 11.6 da eat. Jnstrumento. ' Décima • Supuestos de terminación del contrato, diversos a la nusclsl6n. 8 presenta ccnttató podrj darse por tl!rmfna®. al ClJTl'lpllmentarse su. objetb o bien de manera anticipada cu.andQ existan causas Justificadas o hmlnes de lntaréll 9911era~ 1111 t6rmlna1 da Jo pnr.ialo enlDSI arllculos 14!, 149, 160y161 del Acuen1o Geherál d11 Admlnl:stradón Vl/20011. Décima Primera. Del fomento a 111 transparencia y de fa pnihccl6n da d11X11 p1111onat11. Las partes estAn de acuerdo en qlm el presente Jnstrumen!o constltuye lnímmaclón pública en ténn!nos da Ja dlspuas.lo en los artfa.Jlos 1 ', r y 42 de la L.sy Federal da l)ansparencla y Acceso a la lnl'umladón Pllbllca Gubemll.mental, por lo c¡u11 loa gobernadas podrán realizar su conwlta. · . . Oe conformidad con lo est.eblecldo en el artlculo 71 del Acuerda General de Ja Comisión di Transpanincla, Acce$0 a la 1nrormad6n Pllbllcil Gubernamental y Protaa:lón da cates Personales de la Suprema Corte de Justicia de Ja Nación del nueva de )Uta da dos mi ocho, relallvo a lqa órganos y procedlmlet1tos para tutelar én al ~mbtto da esta Tribunal los derechos da acceso a la 1nr011T1aclón a la prtvaddad y a la protección da d;llls personales garantlzados en el arllcufo 11" Coll5tihlcloha.I, al 'Pre9lador da Ser/lelos" sa obliga a guardar secreto y a no divulgar por nlnglln medio, aL.11 electrónico, ni por confatonclas y/o Informes Jos datos personales e qua tenga acceso can· mottvo de ta doC1.menlácl6n que manejs o conou:a al dasllfTDllar las actfvldade:i obJeto del presenta contrata. En casa di! lnannplmlan!o li.'Suprema corta• podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto mtal de esta Instrumento, por concepto de pena convencional. • Oéclma Segunda. R11olucldn d1 controversias. Para efecto da Ja Interpretación Y cumpllmlen\Xl de lo esUputada en esta lnsltumento, el 'Prestador de Servicios' se aomet11 expresaments a las decisiones del Tribunal Pleno da la 'Suprema Corte' renuneando a cualquier !\Jaro qua en razón de su dom!dllo tonga o l!ogarei a ten'ar, de conformidad con lo Jndlcado en el articulo 11, rracdón XX, de Ja Lay Orgánica dl!ll Poder Judicial da ta Federación. Las partes acuerden que cualquier nouncacl~n que lengan qua reatlzarse da una parte a otra, se reallzar;i por escrl!o en el domldllo esta Instrumento.

RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL PRESENT Nom ra

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Page 7: PODER JUDICIAL DE LA t; $ . ' ' SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ...

“En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120, primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I y el Capítulo IV del Título Cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.”

“Este documento es parte integrante de la versión pública del Contrato Simplificado, correspondiente al procedimiento de contratación 4515000188”.