PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN...

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PERIODICO OFICIAL ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS Periódico Oficial del Estado TAMAULIPAS RESPONSABLE SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Registro Postal publicación periódica PP28-0009 AUTORIZADO POR SEPOMEX TOMO CXXXVII Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012. Número 97 SUMARIO GOBIERNO FEDERAL PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ACUERDO por el que se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, un inmueble con superficie de 1490.59 metros cuadrados, ubicado en avenida Reynosa número 1740, colonia Ferrocarrilera, Municipio de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, a efecto de que lo utilice para albergar órganos jurisdiccionales……………………………………………. 2 SECRETARÍA DE SALUD CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas………………………………………………………………………………………… 3 PODER JUDICIAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 43 EDICTO a la C. Marcelina de la Cruz Antonia del poblado VILLA ALTAMIRA del municipio de Altamira, Tamaulipas, Expediente 407/2011-43. (1ª. Publicación)……………………………. 20 GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA GENERAL H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA ACUERDO por el cual se crea en esta capital el Centro de Convivencia Familiar, CECOFAM, dependiente del Consejo de la Judicatura………………………………………………………… 20 AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

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PERIODICO OFICIAL

ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS

Periódico Oficial del Estado

TAMAULIPAS

RESPONSABLE

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Registro Postal publicación periódica PP28-0009

AUTORIZADO POR SEPOMEX

TOMO CXXXVII Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012. Número 97

SUMARIO

GOBIERNO FEDERAL PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

ACUERDO por el que se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, un inmueble con superficie de 1490.59 metros cuadrados, ubicado en avenida Reynosa número 1740, colonia Ferrocarrilera, Municipio de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, a efecto de que lo utilice para albergar órganos jurisdiccionales……………………………………………. 2

SECRETARÍA DE SALUD

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas………………………………………………………………………………………… 3

PODER JUDICIAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

DISTRITO 43

EDICTO a la C. Marcelina de la Cruz Antonia del poblado VILLA ALTAMIRA del municipio de Altamira, Tamaulipas, Expediente 407/2011-43. (1ª. Publicación)……………………………. 20

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL

H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA

ACUERDO por el cual se crea en esta capital el Centro de Convivencia Familiar, CECOFAM, dependiente del Consejo de la Judicatura………………………………………………………… 20

AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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GOBIERNO FEDERAL PODER LEGISLATIVO

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

ACUERDO por el que se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, un inmueble con superficie de 1490.59 metros cuadrados, ubicado en avenida Reynosa número 1740, colonia Ferrocarrilera, Municipio de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, a efecto de que lo utilice para albergar órganos jurisdiccionales. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. RAFAEL MORGAN RÍOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 6, fracción VI; 11, fracción I; 28, fracción I; 29, fracción V; 61; 66; 67, párrafo primero; 68; 69; 70; y 101, fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., fracción VI, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra un inmueble con superficie de 1,490.59 metros cuadrados, ubicado en la avenida Reynosa número 1740, colonia Ferrocarrilera, Municipio de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, el cual será utilizado por el Consejo de la Judicatura Federal para albergar órganos jurisdiccionales. La propiedad del inmueble se acredita con la escritura pública número 17 de fecha 28 de enero de 1980, otorgada ante la fe del Notario Público número 57 del Municipio de Nuevo Laredo, en la que consta la donación a favor de la Federación del citado inmueble, documento que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 1028, el 4 de julio de 1980, con las medidas y colindancias que se consignan en el propio título de propiedad, el cual obra en el expediente respectivo; Que el Consejo de la Judicatura Federal mediante oficio número SEORMSG/DGRMSG/DPI/996/2010 de fecha 8 de febrero de 2010, ha dejado constancia de su interés para que se destine a su servicio el inmueble descrito en el considerando que antecede, a efecto de que el Poder Judicial de la Federación lo utilice para albergar órganos jurisdiccionales; Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino del inmueble materia del presente Acuerdo ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que lo utilice en el fin que se menciona en el considerando precedente; Que la Dirección de Obras y Servicios Públicos del Republicano Ayuntamiento de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, por oficio número DOSP-SPDU/US/1054/2011 de fecha 24 de agosto de 2011, dictaminó que el uso que se le pretende dar al inmueble descrito en el considerando primero del este ordenamiento, es permitido de conformidad con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas y de la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo, y Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal el inmueble descrito en el considerando primero del presente Acuerdo, a efecto de que lo utilice para albergar órganos jurisdiccionales. SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere al inmueble que se le destina un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta Dependencia. TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

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TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de junio de dos mil doce.- El Secretario de la Función Pública, Rafael Morgan Ríos.- Rúbrica.

SECRETARÍA DE SALUD

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas. CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA FORTALECER LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASI COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARIA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISION FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. ERWIN ROENIGER SERVIN, SECRETARIO GENERAL Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL C.P. ALFREDO ROMAN GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, Y EL DR. JOSÉ NORBERTO TREVIÑO Y GARCÍA MANZO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL O. P. D. SERVICIOS DE SALUD DE TAMAULIPAS, CON LA ASISTENCIA DEL COMISIONADO ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, C. JOSÉ ALFREDO LÓPEZ DE LEÓN, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 23 de febrero de 2011, “LA ENTIDAD” y “LA SECRETARÍA” celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a “LA ENTIDAD” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud. II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por “LA ENTIDAD”, el Secretario de Finanzas y el Secretario de Salud y Director General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas, asistido por el Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud, y por “LA SECRETARÍA”, el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General.

DECLARACIONES

I. De “LA SECRETARÍA”: 1. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Organo Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud; 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud. 2. Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracción XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de marzo de 2011, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.

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3. Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 4. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 5. Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 6. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. 7. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en Monterrey número 33, colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, en México, Distrito Federal. II. Declara “LA ENTIDAD”: 1. Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 23, fracción II y 25, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”. 2. Que el Secretario de Salud y Director General del O. P. D. Servicios de Salud de Tamaulipas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 23, fracción IX y 32, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”. 3. Que el Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con los artículos 3, fracción I del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Estado de Tamaulipas; 2 del Decreto mediante el cual se crea la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de enero de 2011, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado, Egidio Torre Cantú, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto. 4. Que dentro de las funciones de la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, se encuentran las de planear, organizar, dirigir, vigilar, controlar los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Comisión Estatal, de acuerdo con las políticas y lineamientos aplicables a las dependencias estatales, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto mediante el cual se crea la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas. 5. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios. 6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en avenida Francisco I Madero número 414, código postal 87000, Zona Centro, en Ciudad Victoria, Tamaulipas. Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan.

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Aplicando al objeto del presente Convenio Específico, lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 9, 13, 17 bis, 17 bis 1, 19 de la Ley General de Salud; 1, 2, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1, 2, 3 y 10, fracción XVI del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; los “Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2008; así como en los artículos 77, 91 y 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas; 7, 10, 23 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 4 de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas; 3, fracción I del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud del Estado de Tamaulipas; 2 y 3 del Decreto mediante el cual se crea la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas y; demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos 1, 2 y 3, que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a “LA ENTIDAD” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9, 13, 17 bis y 19 de la Ley General de Salud, que permitan a “LA ENTIDAD” en el ejercicio fiscal 2011, en materia de protección contra riesgos sanitarios, fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, en los plazos y términos establecidos en los Anexos 1, 2 y 3, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; el tiempo de ejecución de los compromisos que sobre el particular asume “LA ENTIDAD” y “LA SECRETARÍA” y, los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos presupuestales que transfiere “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se aplicarán a los conceptos hasta por los importes que a continuación se mencionan:

CONCEPTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO IMPORTE Fortalecimiento de la

ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos

Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento

Sanitarios)

Ramo 12 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad

$4,142,675.00 (CUATRO MILLONES CIENTO

CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.)

"Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios"

(Laboratorio Estatal de Salud Pública)

Ramo 12 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad

$1,775,432.00 (UN MILLON SETECIENTOS

SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y

DOS PESOS 00/100 M.N.)

TOTAL

$5,918,107.00 (CINCO MILLONES

NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO SIETE PESOS

00/100 M.N.) El importe que se transferirá para la operación de los conceptos que se refieren en el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto.

Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico, las partes se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas, sus correspondientes Anexos, así como lo estipulado en “EL ACUERDO MARCO” y, a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA” transferirá a “LA ENTIDAD” recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $4,142,675.00 (cuatro millones ciento cuarenta y dos mil seiscientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) con cargo a los recursos presupuestales de “LA SECRETARÍA”, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios; así como por la cantidad de $1,775,432.00 (un millón setecientos setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y dos pesos

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00/100 M.N.) con cargo a los recursos presupuestales de “LA SECRETARÍA”, para el Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, ambas cantidades de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto.

Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 82, fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto del presente instrumento.

Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las obras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.

“LA ENTIDAD” deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos:

PARÁMETROS

“LA SECRETARÍA” verificará, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para la realización de los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:

a) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios transferirá los recursos presupuestales asignados a “LA ENTIDAD” a efecto de que sean aplicados específicamente al fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para fortalecer la Red Nacional de Laboratorios, citados en la Cláusula Primera del presente Convenio Específico y conforme a lo estipulado en los Anexos 1, 2 y 3, que forman parte integrante de su contexto, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD” para cumplir con la ejecución de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien con el programa físico financiero de obra, de equipamiento y, adquisición de insumos, que contribuyan o fortalezcan al desarrollo de las acciones de protección contra riesgos sanitarios, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina “LA ENTIDAD” durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de “LA ENTIDAD”.

b) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios practicará visitas conforme a lo acordado para este fin con “LA ENTIDAD”, a efecto de observar los avances en el desarrollo de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la obra y su equipamiento, solicitando a “LA ENTIDAD”, la entrega del reporte fotográfico y escrito de los avances de la obra y su equipamiento, así como de la “relación de gastos”, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Segunda del presente instrumento.

Los documentos que integran la relación de gastos, deberán reunir los requisitos que enuncian los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y, en su caso, “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, solicitará la documentación que ampare la relación de gastos antes mencionada.

c) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o no hayan sido aplicados por “LA ENTIDAD” para los fines objeto del presente Convenio Específico de conformidad con el Anexo 1 del mismo, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a “LA ENTIDAD”, en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de “EL ACUERDO MARCO”.

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d) Los recursos presupuestales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.

TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DEL DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio Específico, se aplicarán a los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del mismo, los cuales tendrán los objetivos, acciones, indicadores del desempeño y metas que se mencionan en el Anexo 3, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto. CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para el Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, mismos que se encuentran descritos en el Anexo 3 del presente Convenio.

Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.

Los recursos presupuestarios federales que se transfieren, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por “LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.

Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, deberán destinarse a los conceptos previstos en la Cláusula Primera. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedan a cargo de “LA ENTIDAD”. SEXTA.- OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.- “LA ENTIDAD”, adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO”, se obliga a: I. Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento en los conceptos establecidos en la Cláusula Primera del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño, sus metas y calendarización previstos en la Cláusula Tercera y en el Anexo 3 de este instrumento, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos. II. Entregar trimestralmente, por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la unidad ejecutora (definida en la Cláusula Cuarta, fracción III de “EL ACUERDO MARCO”) y validada por la propia Secretaría de Finanzas o su equivalente. III. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la unidad ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.

La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, deberán expedirse a nombre de “LA ENTIDAD”, estableciendo entre otros: domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y conceptos de pago. IV. Ministrar los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento, a la unidad ejecutora, en un plazo no mayor a 3 días hábiles, a efecto que estén en condiciones de iniciar las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico, contados a partir de la transferencia que “LA SECRETARÍA” haga de los recursos conforme a la calendarización estipulada en el Anexo 2 del presente instrumento.

Los recursos presupuestales federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de “LA ENTIDAD”, no hayan sido ministrados a la unidad ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por “LA SECRETARÍA” como recursos ociosos, en términos de lo establecido en el artículo 223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, procediéndose a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los quince días siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA”.

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V. Informar, a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante la unidad ejecutora, a los 10 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos presupuestarios federales, conforme a la calendarización establecida en los Anexos 2 y 3, así como de forma pormenorizada sobre el avance financiero de los proyectos previstos en este instrumento. VI. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a través del Comisionado Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en el Anexo 3 y en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico y, en su caso, los resultados de las acciones y actividades específicas que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. VII. Informar, trimestralmente a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. VIII. Mantener actualizados los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. IX. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos. X. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de su legislatura local. XI. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARIA”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”.- “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios se obliga a: I. Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda, párrafo primero, del presente Convenio Específico de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento. II. Verificar que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento se transfieran, no permanezcan ociosos y que sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. III. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “LA ENTIDAD” para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos. IV. Practicar visitas a la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de “LA ENTIDAD”, para solicitar la entrega de la “relación de gastos”, que sustenten y fundamenten, el ejercicio, destino y la aplicación de los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, conforme a las atribuciones que la Ley General de Salud, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones legales aplicables le confieren. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente, misma que deberá expedirse a nombre de “LA ENTIDAD”, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago. V. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informar a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública Federales, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de la Contraloría o equivalente de “LA ENTIDAD”, cuando “LA ENTIDAD” no envíe a “LA SECRETARÍA” la información referida en las fracciones II, V, VI y VII de la Cláusula Sexta del presente instrumento, así como el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o que no hayan sido aplicados por “LA ENTIDAD” para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a “LA ENTIDAD”, en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de “EL ACUERDO MARCO”. VI. Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico. VII. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con “LA ENTIDAD”, sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento.

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VIII. El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento serán transferidos, corresponderá a “LA SECRETARÍA”, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y, a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el Organo de Control de “LA ENTIDAD”. IX. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas. X. Informar sobre la suscripción de este Convenio, a la Auditoría Superior de la Federación. XI. Publicar en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente instrumento. XII. Difundir en su página de internet los conceptos financiados con los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XIII. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA ENTIDAD”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. OCTAVA.- ACCIONES DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN.- Las partes convienen que “LA ENTIDAD” destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos transferidos y aportados en efectivo, a favor de la Contraloría del Ejecutivo Estatal (o su equivalente), para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos, dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos transferidos, para lo que del total de los recursos se restará hasta el uno al millar, y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en el Anexo 1 de este instrumento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. En los términos establecidos en el artículo 82, fracciones IX, XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, “LA ENTIDAD” destinará un monto equivalente al uno al millar del monto total de los recursos transferidos para la fiscalización de los mismos, a favor del órgano de fiscalización de la legislatura de “LA ENTIDAD”. NOVENA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes convienen que los recursos no ejercidos, remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2011, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en los primeros 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2011, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD” dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA SEGUNDA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado. II. Por acuerdo de las partes. III. Por caso fortuito o fuerza mayor.

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DÉCIMA TERCERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las siguientes causas: I. Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales permanecen ociosos o que se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento, o II. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo. Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA CUARTA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de “EL ACUERDO MARCO” a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas establecidas en “EL ACUERDO MARCO” se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente Convenio Específico. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, constante de doce fojas, lo firman por quintuplicado a los dos días del mes de mayo de dos mil once.- Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Erwin Roeniger Servín.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Alfredo Román González Fernández.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas, José Norberto Treviño y García Manzo.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud, José Alfredo López de León.- Rúbrica.

ANEXO 1

CONCEPTOS PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS RAMO 12: FASSC

ENTIDAD: Tamaulipas CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de

Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)

PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-TAMPS.-28/11

ÁMBITO DE RIESGO PROYECTO PROTECCIÓN

CONTRA RIESGOS

SANITARIOS

FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE

LABORATORIOS (Laboratorio

Estatal de Salud Pública)

TOTAL FASSC

EXPOSICIÓN A RIESGOS SANITARIOS POR

ALIMENTOS Alimentos $3,187,727.00 $3,187,727.00

EXPOSICIÓN A RIESGOS SANITARIOS POR OTROS

PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO, TABACO Y

ALCOHOL

Productos Frontera $307,848.00 $307,848.00

Tabaco $398,700.00 $398,700.00

EXPOSICION A RIESGOS AMBIENTALES Y

LABORALES Manejo de Sustancias $248,400.00 $248,400.00

OTRAS ACTIVIDADES Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios $1,775,432.00 $1,775,432.00

TOTAL $4,142,675.00 $1,775,432.00 $5,918,107.00 Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Erwin Roeniger Servín.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Alfredo Román González Fernández.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas, José Norberto Treviño y García Manzo.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud, José Alfredo López de León.- Rúbrica.

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ANEXO 2

CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO RAMO 12: FASSC 2011

ENTIDAD: Tamaulipas CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de

Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-TAMPS.-28/11 PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y RED NACIONAL DE LABORATORIOS

AMBITO DE EXPOSICIÓN PROYECTO MAR ABR MAY JUN JUL AGS SEP OCT NOV DIC TOTAL

EXPOSICIÓN A RIESGOS SANITARIOS POR ALIMENTOS Alimentos $1,667,043.00 $1,520,684.00 $3,187,727.00

EXPOSICIÓN A RIESGOS SANITARIOS POR OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS

DE CONSUMO, TABACO Y ALCOHOL

Productos Frontera $262,893.00 $44,955.00 $307,848.00

Tabaco $236,700.00 $162,000.00 $398,700.00

EXPOSICIÓN A RIESGOS AMBIENTALES Y LABORALES Manejo de Sustancias $207,650.00 $40,750.00 $248,400.00

OTRAS ACTIVIDADES Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)

$1,242,802.00 $532,630.00 $1,775,432.00

TOTAL $3,617,088.00 $2,301,019.00 $5,918,107.00

Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Erwin Roeniger Servín.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Alfredo Román González Fernández.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas, José Norberto Treviño y García Manzo.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud, José Alfredo López de León.- Rúbrica.

ANEXO 3

PROGRAMA, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACCIONES, INDICADORES Y METAS

RAMO 12: FASSC 2011

ENTIDAD: Tamaulipas CONCEPTO: Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y

Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-TAMPS.-28/11

PROGRAMACIÓN MENSUAL

Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

ALIMENTOS (Calidad Microbiológica de

Alimentos, Zoonosis-Brucelosis, Marea Roja,

Moluscos Bivalvos y Agua de Calidad Bacteriológica)

Reducir los riesgos a la salud por consumo

de alimentos contaminados

Fortalecer las acciones de control sanitario y

gestión de los proyectos en materia de alimentos conforme a los criterios

establecidos por la COFEPRIS para su

ejecución.

1. Realizar el Control Sanitario de Alimentos

bajo el enfoque de riesgo conocido

1.1. Conforme a los lineamientos

establecidos, realizar el control sanitario de alimentos y emitir el

informe mensual correspondiente.

1.1.1 Entregar el padrón de establecimientos 1 1

1.1.2 Muestras de Alimentos 334 334 334 334 334 334 334 333 2,671

1.1.3 Cumplir con al menos el 90% del monitoreo mensual de alimentos programado.

90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90%

1.1.4 Visitas de Verificación 334 334 334 334 334 334 334 333 2,671

1.1.5 Número de dictámenes elaborados 334 334 334 334 334 334 334 333 2,671

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1.1.6 Cumplir con al menos el 90% de las visitas mensuales de verificación programadas.

90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90%

1.1.7 Incrementar al menos el 5% del porcentaje de muestras dentro de especificaciones microbiológicas con respecto a 2010.

87% 87% 87% 87% 87% 87% 87% 87% 87%

1.1.8 Remitir los informes mensuales de monitoreo de alimentos de conformidad con los lineamientos establecidos.

1 1 1 1 1 1 1 1 8

1.1.9 Número de Monitoreos Microbiológicos correspondientes al proyecto de Moluscos Bivalvos

45 45 45 45 45 45 45 45 360

1.1.10 Realizar los monitoreos microbiológicos correspondientes al mantenimiento de la condición sanitaria del 100% de áreas de extracción de moluscos bivalvos clasificadas, de acuerdo con los lineamientos de la Guía Técnica del Programa Mexicano de Sanidad de Moluscos Bivalvos.

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

1.1.11 Realizar actividades de clasificación sanitaria de al menos un área de extracción de Moluscos Bivalvos.

1 1 1 1 1 1 1 1 8

PROGRAMACIÓN MENSUAL

Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

ALIMENTOS (Calidad Microbiológica de

Alimentos, Zoonosis-Brucelosis, Marea Roja,

Moluscos Bivalvos y Agua de Calidad Bacteriológica)

Reducir los riesgos a la salud por consumo

de alimentos contaminados

Fortalecer las acciones de control sanitario y

gestión de los proyectos en materia de alimentos conforme a los criterios

establecidos por la COFEPRIS para su

ejecución.

1. Realizar el Control Sanitario de Alimentos

bajo el enfoque de riesgo conocido

1.1. Conforme a los lineamientos

establecidos, realizar el control sanitario de alimentos y emitir el

informe mensual correspondiente.

1.1.12 Remitir los informes mensuales de clasificación/mantenimiento de áreas de conformidad con los lineamientos establecidos.

1 1 1 1 1 1 1 1 8

1.1.13 Monitoreos de Fitoplancton correspondientes al Proyecto de Marea Roja

42 42 42 42 84 84 84 84 504

1.1.14 Realizar el 100% de los monitoreos de fitoplancton en las áreas definidas como prioritarias por la entidad federativa, con la frecuencia establecida en la instrucción de trabajo correspondiente.

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

1.1.15 Atender con oportunidad el 100% de los eventos de marea roja detectados en el Estado, conforme a los lineamientos establecidos.

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

1.1.16 Remitir los informes mensuales de monitoreo de fitoplancton de conformidad con los lineamientos establecidos.

1 1 1 1 1 1 1 1 8

1.1.17 Otros: (especifique)

1.2 Desarrollo de acciones de control

sanitario orientadas a reducir la exposición

de la población mexicana a la bacteria

Brucella

1.2.1 Actualizar el censo de productores de queso. 1 1

1.2.2 Demostraciones y asesoría a los productores de queso sobre la pasteurización lenta

1 1 2

1.2.3 Elaborar y suscribir el instrumento jurídico para fortalecer las acciones de control sanitario de alimentos (incluido el control de la brucelosis en animales a través de la vacunación), precisando los ámbitos de competencia de la SAGARPA Y COFEPRIS a través de la vinculación intersectorial con SAGARPA, SSA, Secretaría de Economía, Asociaciones Ganaderas, Universidades, Asociaciones de Pequeños Productores a nivel Federal y con los Gobiernos Estatales para

1 1

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establecer con base al instrumento jurídico a suscribirse entre la Secretaría de Salud (COFEPRIS) y SAGARPA (SENASICA) NOTA: Esta actividad se llevará a cabo, si se suscribe el instrumento jurídico a nivel federal.

1.2.4 Remitir los informes mensuales, de conformidad con los lineamientos establecidos

1 1 1 1 1 1 1 1 8

1.2.5 Otros: (especifique) PROGRAMACIÓN MENSUAL

Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

ALIMENTOS (Calidad Microbiológica de

Alimentos, Zoonosis-Brucelosis, Marea Roja,

Moluscos Bivalvos y Agua de Calidad Bacteriológica)

Reducir los riesgos a la salud por consumo

de alimentos contaminados

Fortalecer las acciones de control sanitario y

gestión de los proyectos en materia de alimentos conforme a los criterios

establecidos por la COFEPRIS para su

ejecución.

1. Realizar el Control Sanitario de Alimentos

bajo el enfoque de riesgo conocido

1.3 Fortalecimiento de la comunicación de

riesgos a la población

1.3.1 Réplica de al menos 2 materiales de difusión en materia alimentaria (SFS)

1 1 2

1.3.2 Realizar un estudio de percepción de riesgos en al menos Aguascalientes, Hidalgo, Morelos, Veracruz, Sinaloa, Chihuahua, Oaxaca, Nuevo León y Tlaxcala

1.3.3 Impresión de tres materiales de comunicación de riesgo en al menos el Estado de México y Zacatecas

1.3.4 Instrumentación y evaluación de una campaña estatal de comunicación de riesgos en al menos el Estado de México y Zacatecas

1.3.5 Otros: (especifique)

ALIMENTOS (PROMESA)

Fomentar a través del marco no regulatorio

estilos de vida y alimentación

saludable, mediante la oferta de alimentos

equilibrados en establecimientos

ubicados en entidades federativas con problemática de

sobrepeso y obesidad en población

económicamente productiva.

Contribuir a disminuir el sobrepeso y la obesidad

en la población, fomentando cambios en hábitos de alimentación y en la actividad física.

2. Realizar acciones de Fomento Sanitario

2.1 Instrumentación de la estrategia del

PROMESA restaurantes

2.1.1 Entregar el padrón de restaurantes 1 1

2.1.2 Realizar acciones de vinculación y comunicación de riesgos con restaurantes para lograr la difusión del material diseñado (manejo higiénico de alimentos y hábitos alimenticios inadecuados)

1 1 1 3

2.1.3 Al menos en 3 restaurantes se difundirán los materiales diseñados 1 1 1 1 1 1 1 1 8

2.1.4 Otro (Especifique)

2.2 Instrumentación de la estrategia del

PROMESA en escuelas o comedores

industriales o comedores escolares

u otro tipo de establecimientos

2.2.1 Entregar el padrón de establecimientos seleccionados 1 1

2.2.2 Análisis de menús ofrecidos en los establecimientos seleccionados (Acción desarrollada a través de la vinculación con alguna Institución)

1 1

2.2.3 Realizar acciones de vinculación y difusión con los establecimientos seleccionados empleando el material diseñado (manejo higiénico de alimentos y hábitos alimenticios inadecuados)

1 1 1 3

2.2.4 Al menos en 3 establecimientos seleccionados se difundirán los materiales diseñados

1 1 1 3

2.2.5 Implementar un cuestionario en línea para identificar los hábitos alimenticios y registro de mediciones para integrar un diagnóstico y en base a ello definir estrategias

2.2.6 Otras (Especifique)

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PROGRAMACIÓN MENSUAL

Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

ALIMENTOS (Agua de Calidad Bacteriológica)

Reducir los riesgos a la salud por consumo de agua contaminada

Contribuir a la protección de la salud de la población contra

riesgos de origen bacteriano en el agua para uso y consumo humano, mediante la

vigilancia de la desinfección del agua

que se distribuye en los sistemas formales de

abastecimiento.

3. Realizar el Control Sanitario de agua para uso y consumo humano

bajo el enfoque de riesgo conocido

3.1 Realizar el monitoreo de cloro

residual (determinaciones

cloro)

3.1.1 Número de determinaciones realizadas 4,917 4,917 4,917 4,917 4,917 4,917 4,917 4,917 39,336

3.1.2 Número de pruebas rápidas de Colilert 65 65 105 105 105 65 65 65 640

3.1.3 Otros: (especifique)

3.2 Realizar el análisis bacteriológico de las

muestras

3.2.1 Número de muestras 49 49 49 49 49 49 49 49 392

3.2.3 Otros: (especifique)

3.3 Realizar visitas de verificación

3.3.1 Visitas de verificación realizadas 4 4 5 4 5 4 4 4 34

3.3.2 Otros: (especifique)

4. Fortalecimiento de la comunicación de

riesgos a la población

4.1 Instrumentar la metodología de

comunicación de riesgos

4.1.1 Realizar un estudio de percepción de riesgos en al menos el Estado de México, Chiapas, Baja California y Baja California Sur

4.1.2 Impresión de tres materiales de comunicación de riesgo en al menos Campeche, Guerrero y Nayarit

4.1.3 Instrumentación y evaluación de una campaña estatal de comunicación de riesgos en al menos Coahuila, Durango, San Luis Potosí y Tabasco

MANEJO DE SUSTANCIAS (Plaguicidas)

Reducir la población expuesta a riesgos

por plaguicidas

Fortalecer la verificación sanitaria

1. Fortalecer acciones de vigilancia sanitaria

de establecimientos en criterio de atención 2 de

conformidad con el Acuerdo Específico de Coordinación para el

Ejercicio de Facultades en Materia de Control y

Fomento Sanitario suscrito con la Entidad.

1.1 Realizar Visitas de verificación.

1.1.1 Visitas de Verificación realizadas

1.1.2 Otros: (especifique)

1.2 Envío del acta de verificación a COFEPRIS.

1.2.1 Elaboración y envío del 100% de las Actas de Verificación

1.2.2 Otros: (especifique)

2. Fortalecer acciones de vigilancia sanitaria

de establecimientos en criterio de atención 3 de

conformidad con el Acuerdo Específico de Coordinación para el

Ejercicio de Facultades en Materia de Control y

Fomento Sanitario suscrito con la Entidad.

2.1 Realizar Visitas de verificación.

2.1.1 Visitas de Verificación realizadas 6 6 6 6 6 5 5 5 56

2.1.2 Otros: (especifique)

2.2 Dictaminación de las actas de verificación.

2.2.1 Dictaminar el 100% de las actas de verificación realizadas 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

2.2.2 Otros: (especifique)

Prevenir los riesgos sanitarios derivados de la exposición directa de

plaguicidas en jornaleros agrícolas, así como fomentar acciones

preventivas que promuevan el manejo y desecho adecuado de

envases vacíos de plaguicidas

3. Vinculación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a fin de

dotar con equipo de protección a los

jornaleros agrícolas expuestos laboralmente

a plaguicidas

3.1 Acciones Específicas de

Fomento Sanitario: Vinculación

3.1.1 Sesiones de orientación a jornaleros en triple lavado de envases vacíos

1 1 1 3

PROGRAMACIÓN MENSUAL Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

MANEJO DE SUSTANCIAS (Plaguicidas)

Reducir la población expuesta a riesgos

por plaguicidas

Prevenir los riesgos sanitarios derivados de la exposición directa de

plaguicidas en jornaleros agrícolas, así como fomentar acciones

preventivas que promuevan el manejo y desecho adecuado de

envases vacíos de

3. A través de la Vinculación con

AMOCALI impulsar la creación de centros de

acopio temporal de envases vacíos de plaguicidas en las

zonas de alto riesgo.

3.1 Acciones Específicas de

Fomento Sanitario: Vinculación

3.1.2 Determinar campos agrícolas para ser inspeccionados en conjunto con la STPS, a fin de solicitar y constatar la dotación de equipo de protección que debe otorgar el patrón a los jornaleros, una vez que sean programados gestionar con las instancias involucradas los recursos necesarios para la realización

1 1

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Página 15

plaguicidas

4 Fortalecimiento de la comunicación de

riesgos a la población

4.1 Instrumentar la metodología de

comunicación de riesgos

4.1.1 Realizar un estudio de percepción de riesgos en al menos Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas

1 1

4.1.2 Impresión de tres materiales de comunicación de riesgo en al menos Coahuila, Durango, San Luis Potosí y Tabasco

4.1.3 Instrumentación y evaluación de una campaña estatal de comunicación de riesgos en al menos Coahuila, Durango, San Luis Potosí y Tabasco

MANEJO DE SUSTANCIAS (Plomo)

Proteger la salud de la población alfarera y sus familias de la

exposición al óxido de plomo

Sustituir el uso de la greta en la alfarería por

esmaltes sin plomo

5. Fortalecer las acciones de fomento

sanitario

5.1 Integración del censo de alfareros y asesorías de buenas

prácticas

5.1.1 Actualizar el censo de municipios, talleres y alfareros en las entidades donde se implementa el proyecto.

5.1.2 Realizar asesorías de buenas prácticas de producción alfarera de baja temperatura en cada municipio que implemente el proyecto

5.1.3 Otros (Especifique):

Eliminar la venta de greta en las

comunidades alfareras

6. Fortalecer las acciones de control

sanitario

6.1 Integración del censo de

establecimientos formales que

producen alfarería y reforzamiento de las

acciones de vigilancia del cumplimiento de la

normatividad

6.1.3 Determinar un censo de los establecimientos formales que expenden materiales para la producción de piezas de alfarería, y que comercializan greta o frita cerámica y esmalte sin plomo, para la elaboración de piezas de alfarería de baja temperatura por municipio y actualizarlo

6.1.4 Programar y realizar un muestreo bimestral de piezas de alfarería de baja temperatura, vigilando el cumplimiento de la NOM-231

PROGRAMACIÓN MENSUAL Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

MANEJO DE SUSTANCIAS (Mercurio)

Reducción a la exposición laboral-uso

de mercurio en la práctica odontológica

Disminuir los riesgos asociados a la manipulación y

exposición del mercurio residual en consultorios y clínicas dentales del

Sector Público y Privado, fomentando el

uso, manejo y disposición final

adecuados

7. Disminuir riesgos sanitarios en el ámbito

laboral asociados al uso y manejo

inadecuado del mercurio residual.

7.1 Fortalecer las Acciones de Fomento Sanitario: Vinculación

7.1.1 Por medio de la vinculación, realizar censo de odontólogos del sector público, y privado.

1 1

7.1.2 Realizar sesiones de orientación y asesoría con odontólogos del Sector Público y Privado Nota: Esta actividad se llevará a cabo hasta que COFEPRIS realice la difusión y capacitación al SFS sobre los lineamientos del proyecto

1 1

7.1.3 Por medio de la Vinculación, gestionar con el sector público y privado, brinden un reporte trimestral del peso total de los residuos de mercurio a nivel estatal en consultorios, clínicas y universidades odontológicas. Nota: Esta actividad se llevará a cabo hasta que COFEPRIS realice la difusión y capacitación al SFS sobre los lineamientos del proyecto

1 1

8. Fortalecimiento de la comunicación de

riesgos a la población

8.1 Instrumentar la metodología de

comunicación de riesgos

8.1 Impresión y distribución de al menos un material de comunicación de riesgos

1 1

PRODUCTOS FRONTERA Eliminar los productos frontera del mercado

Identificar la publicidad local fuera del marco

jurídico vigente (priorizando productos

para bajar de peso)

1. Fortalecer las Acciones de Vigilancia Sanitaria en materia de

publicidad

1.1 Realizar los monitoreos de

publicidad

1.1.1 Monitoreos de publicidad (TV, Prensa, Radio, etc.) 5 5 5 5 5 5 5 5 40

1.2 Entregar en tiempo y forma las

guías de coadyuvancia de

monitoreo de publicidad

1.2.1 Entrega mensual de las guías en tiempo y forma (STEAP y como medio alterno el correo electrónico)

1 1 1 1 1 1 1 1 8

1.3 Realizar las visitas de verificación (a

fabricante o distribuidor)

solicitadas por

1.3.1 Realizar el 100% de las visitas de verificación solicitadas por la COFEPRIS

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

Página 16

COFEPRIS. 1.4 Notificar al

anunciante, en tiempo y forma, el informe, la orden de suspensión,

el citatorio y resolución enviado por

COFEPRIS.

1.4.1 Entrega del 100% de las notificaciones a los particulares enviadas por la COFEPRIS

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

1.5. Capacitación 1.5.1 Asistencia a curso presencial 1 1

PROGRAMACIÓN MENSUAL

Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

PRODUCTOS FRONTERA Eliminar los productos frontera del mercado

Difundir la información que promueva entre la población de la entidad una decisión informada sobre el consumo de

productos frontera

2. Fortalecer las acciones en materia de

fomento sanitario

2.1 Replicar a nivel estatal la campaña de comunicación social

de riesgos en materia de productos frontera

diseñada por COFEPRIS

2.1.1 Una campaña de comunicación social replicada 1 1

Difundir información entre productores, comercializadores,

agencias de publicidad y anunciantes sobre la

normatividad aplicable a grupos de productos y

servicios que son proclives a

comercializarse como productos frontera.

2.2 Reproducir los materiales para la

difusión de la normatividad que

genere COFEPRIS

2.2.1 Reproducción de al menos un material impreso (Carteles, folletos, historieta, etc.)

1 1

2.3 Realizar la vinculación con los

sectores involucrados para promover el

cumplimiento de la normatividad aplicable para la distribución de

los materiales de difusión

2.3.1 Establecer un diagnóstico e informe de las cámaras y asociaciones estatales con las que se establecerá la vinculación, esto con el objeto de disminuir la comercialización y publicidad de los productos frontera o milagro, en los medios locales.

1 1

2.3.2 Establecer la vinculación por lo menos con 3 cámaras y asociaciones estatales del sector privado, con el objeto de disminuir la comercialización y publicidad de los productos frontera o milagro, en los medios locales.

1 1 1 3

TABACO

Reducir la exposición de la población al

humo y al consumo de productos de

tabaco

Reducir el Consumo de Productos de Tabaco

1. Desarrollo de un esquema de fomento sanitario que permita

fortalecer el cumplimiento de la

normatividad.

1.1 Replicar a nivel estatal la estrategia de

fomento sanitario diseñada por COFEPRIS

1.1.1 Una campaña de comunicación social replicada 1 1

1.1.2 Identificar la población objetivo (De conformidad con los lineamientos emitidos por la COFEPRIS)

1 1

1.2 Acciones de Vinculación y Concertación

1.2.1 Identificación de los sectores público, privado y social con los que se trabajará la estrategia de vinculación

1 1

1.2.2 Al menos una plática a los sectores involucrados (al menos un sector por cada población objetivo) para generar la participación en la instrumentación de la estrategia de fomento sanitario.

1 1 1 3

1.3 Capacitación

1.3.1 Asistencia a la videoconferencia que impartirá la COFEPRIS al SFS

1 1

1.3.2 Asistencia a curso presencial 1 1

PROGRAMACIÓN MENSUAL

Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

TABACO

Reducir la exposición de la población al

humo y al consumo de productos de

tabaco

Reducir el Consumo de Productos de Tabaco

1. Desarrollo de un esquema de fomento sanitario que permita

fortalecer el cumplimiento de la

normatividad.

1.4 Difusión

1.4.1 Transmisión de spots en medios locales (instrumentación de 1 medio rector)

2 2 2 6

1.4.2 Inserciones de prensa en diarios locales (instrumentación de 1 medio rector)

1 1 1 3

1.4.3 Instrumentación de al menos 2 medios específicos en los sectores involucrados para las tres poblaciones objetivo (Distribución del 100% del material de difusión)

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Página 17

1.4.4 Entregar a establecimientos (Restaurantes, Bares, Discotecas, Hoteles y Table Dance) la Guía para el cumplimiento de la Ley General para el Control de Tabaco y su Reglamento (a través de Brigadas de Fomento Sanitario)

25 25 25 25 25 25 25 25 200

1.4.5 Entrega de Calcomanías de Ambiente 100% Libre de Humo de Tabaco (a través de acciones de vinculación)

250 250 250 250 250 250 250 250 2,000

1.4.6 Entregar Material de Fomento (Trípticos) 1 1 1 1 1 1 1 7

1.4.7 Entregar Material de Fomento (Póster) 1 1 1 1 1 1 1 7

1.4.8 Entregar Material de Fomento (Especifique)

1.5 Evaluación 1.5.1 Reporte final de la evaluación de la campaña 1 1

Que los establecimientos cumplan con la Normatividad

2. Fortalecer las acciones de Control Sanitario NOTA: Se aplicará si el Acuerdo de Coordinación en

Materia de Tabaco, se formaliza.

2.1 Atención de denuncias

2.1.1 Atención del porcentaje programado de denuncias 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

2.2 Realizar Visitas de verificación.

2.2.1 Visitas de Verificación realizadas 263 263 263 263 263 263 263 263 2,104

2.3 Dictaminación de las actas de verificación.

2.3.1 Actas dictaminadas 263 263 263 263 263 263 263 263 2,104

2.4 Emisión de resoluciones y

sanciones

2.4.1 Emisión de resoluciones y sanciones al porcentaje programado de Visitas de verificación en las que se detectaron irregularidades sanitarias

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

Acción Transversal de impacto en los Proyectos Prioritarios (Alimentos,

Productos Frontera, Tabaco, Manejo de

Sustancias y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)

Fortalecer la comunicación con el

SFS

Actualización de Herramientas

Tecnológicas (Red de Voz y Datos)

No Aplica Adquisición e

instalación del equipo de conmutador

Instalación de las Herramientas Tecnológicas (Red de Voz y Datos) (Es un equipo para el APRS y otro para los LESP)

1 1

PROGRAMACIÓN MENSUAL

Indicador global de cumplimiento del Objetivo Específico Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

% de Cumplimiento de las Acciones Programadas = (Número de acciones realizadas / Número de Acciones Programadas) x 100 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

PROGRAMACIÓN MENSUAL Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE

LABORATORIOS (LABORATORIO ESTATAL

DE SALUD PÚBLICA)

Fortalecimiento de la capacidad analítica a

través de la ampliación del marco

analítico

Ampliar el marco analítico conforme a las prioridades establecidas por los temas prioritarios

a través del fortalecimiento de su

capacidad técnica y de sistemas de gestión de calidad aunados a la

coordinación operativa de sus integrantes, según su ámbito de

competencia

1. Incremento de la cobertura analítica de

los LESP en función de los temas prioritarios instrumentados y/o consolidación de

sistemas de gestión de calidad (Esquema de Laboratorio Tercero

Autorizado).

1.1 Fortalecimiento Técnico

1.1.1 Incremento en el porcentaje del montaje de al menos UN método hasta su validación. Notas: A) El término "Hasta su validación" significa avance en CUALQUIERA de los rubros establecidos para el montaje. B) Se refiere al Método que ya opera el LESP, considerando el estado de avance alcanzado al final de 2010 (el que haya quedado después del ejercicio de recurso). C) Considere EN PRIMERA INSTANCIA las pruebas del Marco Analítico Básico para Autorizar y en segundo lugar el resto de los métodos, ambas conforme a los 4 Temas Prioritarios definidos por COFEPRIS.

1 1

1.1.2 Montaje de al menos un método nuevo NOTAS: Pruebas adicionales al Marco Analítico dentro de los temas prioritarios.

1.1.3 Mejora tecnológica en al menos un método que ya opera el 1 1

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

Página 18

LESP. NOTAS: Renovación y/o reposición de equipos o complementos a los ya existentes que optimicen la capacidad analítica de aquellos métodos que actualmente ya oferte el LESP, pero que pueda verse comprometido si no renuevan el equipo. Equipos casi obsoletos en cuanto a su eficiencia o límite de detección. 1.1.4 Capacitación. Notas: A) Al término del primer semestre, haber tomado al menos 2 cursos B) Al mes de noviembre haber completado, en total, al menos 4 cursos. Los cursos deberán tener un impacto directo de mejora en alguno de los proyectos prioritarios y/o en la consolidación del Sistema de Gestión de Calidad

1.2 Fortalecimiento Físico

1.2.1 Mejora a las instalaciones en general del LESP en el área de vigilancia sanitaria. Incluido el mantenimiento físico del inmueble. NOTAS: A) Cuando sea necesaria la remodelación o ampliación, el LESP deberá solicitar a CCAYAC el Vo. Bo. de "Concordancia a las pruebas del Marco Analítico y/o las necesidades del Sistema de Gestión de Calidad".

PROGRAMACIÓN MENSUAL Proyecto Objetivo Objetivos Específicos Líneas Estratégicas Acciones Actividades Específicas Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE

LABORATORIOS (LABORATORIO ESTATAL

DE SALUD PÚBLICA)

Fortalecimiento de la capacidad analítica a

través de la ampliación del marco

analítico

Ampliar el marco analítico conforme a las prioridades establecidas por los temas prioritarios

a través del fortalecimiento de su

capacidad técnica y de sistemas de gestión de calidad aunados a la

coordinación operativa de sus integrantes, según su ámbito de

competencia

1. Incremento de la cobertura analítica de

los LESP en función de los temas prioritarios instrumentados y/o consolidación de

sistemas de gestión de calidad (Esquema de Laboratorio Tercero

Autorizado).

1.3 Fortalecimiento en Sistemas de Gestión

de Calidad.

1.3.1 Para los LESP que NO están autorizados ni han ingresado trámite de autorización por primera vez, la meta es conforme al "Plan de Trabajo" acordado con CCAYAC, reportar el avance de las acciones de implementación del Sistema de Gestión de Calidad.

1.3.2 Para los LESP que actualmente se encuentran RENOVANDO su AUTORIZACION, deberán evidenciar el avance en la solventación de No conformidades detectadas en su visita de evaluación. (Plan de acciones y/o Evidencias de las acciones realizadas).

1.3.3 Para los LESP cuya Autorización vence en 2011, DEBERAN mostrar avances conforme al PLAN establecido previamente con CCAYAC para su ingreso de trámite.

1 1 2

INDICADORES: Indicador global de Montaje de Métodos Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

% Avance en el montaje de métodos analíticos = porcentaje de avance realizado con respecto al 2010. (Al menos en UN METODO).

5% 5%

Indicador Global de Fortalecimiento Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

A noviembre de 2011, cumplimiento del 80% de lo programado como mejora tecnológica o programado como mejora en instalaciones.

80% 80%

Indicador Global de Sistemas de Gestión de Calidad Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL

A noviembre de 2011, cumplimiento de al menos del 80% de avance del plan de trabajo establecido por la CCAYAC sobre Autorización o Sistema de Gestión de Calidad.

40% 80% 80%

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Página 19

Indicador Global de CAPACITACION Mar Abr May Jun Jul Ags Sept Oct Nov Dic TOTAL Cumplimiento del 100% de la meta de capacitación.

NOTA 1: No todas las actividades específicas aplicarán para el seguimiento de TODOS los LESP. En función del status del LESP serán las actividades comprometidas en el convenio de transferencia de recursos a las cuales se destinarán el uso de los recursos que se otorgan.

NOTA 2: Para el caso de las actividades específicas en el fortalecimiento del Sistema de Gestión de Calidad y la AUTORIZACIÓN como Terceros, los recursos asignados sólo representan un apoyo. Toda vez que el compromiso Estatal es buscar fuentes alternas de financiamiento que complementen la realización de actividades que permitan el logro de la obtención de la Autorización.

NOTA 3: MARCO ANALÍTICO BÁSICO PARA AUTORIZAR Coliformes y E Coli

Acordes con los 4 temas Prioritarios establecidos por

COFEPRIS

Plomo en juguetes No contempladas dentro de los temas prioritarios por COFEPRIS

(Deberán ser cubiertas con recursos locales)

Salmonella spp Cloruros en Agua Staphylococos aureus Dureza Total Vibrio cholerae Clembuterol por ELISA Arsénico en agua Mercurio en Agua

Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- El Secretario General, Erwin Roeniger Servín.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Alfredo Román González Fernández.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del O.P.D. Servicios de Salud de Tamaulipas, José Norberto Treviño y García Manzo.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud, José Alfredo López de León.- Rúbrica.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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PODER JUDICIAL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

DISTRITO 43

Tampico, Tamaulipas, a 29 de Junio de 2012.

E D I C T O C. MARCELINA DE LA CRUZ ANTONIA

Por haberse agotado las indagatorias para conocer su paradero, y al desconocerse su domicilio, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 173 de la Ley Agraria, mediante acuerdo de catorce de junio de dos mil doce, se ordenó su emplazamiento mediante EDICTOS, para hacerle de conocimiento que MARÍA DE LOS ÁNGELES CHÁVEZ SÁNCHEZ, le demanda el mejor derecho a poseer el lote número 61 de la manzana D", con superficie de 255 metros cuadrados ubicado en la colonia ampliación Adolfo López Mateos del ejido Villa de Altamira, municipio Altamira, Tamaulipas, cuyas medidas y colindancias son: al NORTE: en 24.50 metros con lote 60, al SUR: en 25.50 Metros con Lote 62, al ESTE: en 10.00 metros con calle Montes de Oca y al OESTE: en 10.00 metros con calle Melchor Ocampo. Debiendo de comparecer a la audiencia de ley que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DÍA VIERNES SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, en la sede de este órgano jurisdiccional, ubicado en Calle Encino número 100, esquina Avenida Hidalgo, Primer Piso, Colonia Águila, en esta Ciudad (edificio de la Gran Logia de Tamaulipas), en la que se proveerá la ratificación de la demanda, contestación, ofrecimiento, admisión, desahogo de pruebas, en su caso la formulación de alegatos; requiriéndole para que a más tardar el día y hora indicado, produzca su contestación y señale domicilio para oír y recibir notificaciones; apercibida que de no hacerlo perderá su derecho para ello, y el juicio se seguirá en su rebeldía, pudiéndose tener por ciertas las afirmaciones de su contraparte, ello con apoyo en el numeral 185, fracción V, de la Ley Agraria y las demás notificaciones se les practicarán por los estrados.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO, DISTRITO 43.- LIC. CARLOS EDUARDO MEZA ROJAS.- Rúbrica. (1ª. Publicación)

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL

H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA En sesión celebrada en fecha uno de agosto de dos mil doce, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, entre otros, emitió el siguiente acuerdo:---------------------------------------------------------------------- “----- Ciudad Victoria, Tamaulipas, a uno de agosto de dos mil doce.----------------------------------------------------- ----- V i s t a la anterior propuesta que realiza el Magistrado Presidente, para la creación en esta capital del Centro de Convivencia Familiar; y,-------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------- C O N S I D E R A N D O ------------------------------------------------------- ----- I.- Que con las reformas a la Constitución Política del Estado mediante Decreto número LX-706 del Honorable Congreso del Estado, publicado en el Periódico Oficial Número 72 del miércoles diecisiete de junio de dos mil nueve, se instituyó en la esfera del Poder Judicial al Consejo de la Judicatura, como órgano del mismo, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, las cuales, por regla general, serán definitivas e inatacables, salvo las que se refieran a la adscripción y remoción de jueces.------ ----- II.- Que de conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 100 de la Constitución Política del Estado, la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con excepción del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia y del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, estará a cargo del Consejo de la Judicatura. Congruente con lo anterior, el artículo 114, apartado B, fracción XVIII, de la Constitución Política del Estado, confiere al Consejo de la Judicatura, entre otras atribuciones, la de constituir, modificar, suprimir, aumentar y dirigir los órganos administrativos que sean necesarios para la impartición de justicia, así como el número de servidores públicos del Poder Judicial; misma facultad que reproduce el artículo 122, fracción XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial.----------------------------------------------------------------------------- ----- III.- Que el artículo 121, in fine, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, dispone que sin perjuicio de las que el Consejo de la Judicatura considere necesario crear cuando así requiera el mejor desempeño del Poder Judicial, tendrá las dependencias siguientes: Dirección de Administración, Dirección de Finanzas, Dirección de Contraloría, Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, Centro de Actualización Jurídica e

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Página 21

Investigación Procesal; Dirección de Informática; Visitaduría Judicial; Centro de Mediación, y Unidad de Información Pública, las cuales estarán bajo su mando y dirección. Asimismo, por adición a dicho ordenamiento legal, publicada en el Periódico Oficial del Estado el ocho de noviembre de dos mil once, en el artículo 179 Bis, se incluyó entre las dependencias del Poder Judicial, la Coordinación de Planeación, Desarrollo Administrativo y Estadística---------------------------------------------------------------------------------------------- ----- IV.- En consideración que el deterioro de las relaciones familiares ha propiciado el incremento de las controversias judiciales que inciden prioritariamente en las relaciones paterno-filiales, lo que trae aparejada una afectación en el normal desarrollo de los hijos menores y en sus derechos, los cuales constitucional y legalmente toda autoridad está obligada a preservar. Así, el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que los niños y niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral; establece la obligación de los ascendientes, tutores y custodios el deber de preservar estos derechos, y asimismo, la obligación del Estado de proveer lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.---------------------- ----- Por otra parte, la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Estado de Tamaulipas, en su artículo 4, fracción II, inciso d), consigna a su favor, los derechos a la identidad, certeza jurídica y familia, y entre estos, a vivir y crecer en el seno de una familia, conocer a sus progenitores y mantener relaciones personales y contacto directo con ellos, aún en el caso de estar separados, salvo si es contrario al interés superior de ellos.- ----- Como consecuencia de lo anterior, llevada la problemática familiar al ámbito judicial, los juzgadores deben contribuir a que las relaciones entre los hijos menores y sus padres tomen el cauce necesario a fin de obtener los nobles beneficios de esa vital convivencia que en muchas ocasiones recorren un camino tortuoso y con resultados poco favorables pues la experiencia aporta, lamentablemente, que no se logra por los padres una separación madura y se ven en la necesidad de recurrir a la definición judicial sobre su custodia a que se fijen o se impongan reglas de convivencia que se habrán de observar respecto del progenitor no custodio y con ello, la problemática inherente a la observancia y cumplimiento del régimen establecido por la autoridad jurisdiccional por la reticencia que en no pocos casos se observa en los padres, con el natural perjuicio del derecho de los hijos para convivir y mantener contacto directo con ellos, así como por el hecho de la falta de espacios propicios para que dicha convivencia tenga lugar o bien para que se lleve a cabo la entrega y recepción de los menores por los padres en los casos que así sea autorizado.--- ----- V.- Que las situaciones señaladas ponen de manifiesto la necesidad de crear en el ámbito judicial un órgano auxiliar que reúna las características indispensables para que tenga lugar la convivencia decretada por la autoridad de los hijos con sus padres, así como cuando por las peculiaridades de la controversia respectiva dicha convivencia deba llevarse mediante la supervisión por personal especializado como consecuencia de los conflictos y controversias del orden familiar; dependencia que al mismo tiempo sirva de espacio apropiado para la entrega y recepción de los menores hijos, por parte de quienes tengan la custodia, provisional o definitiva, y quienes no la tengan, respectivamente, con características especiales que permita que los niños se sientan en un ambiente familiar, seguro y agradable, y asimismo, que permita brindar a los menores y a sus padres los distintos servicios de atención psicológica individual y terapias grupales por especialistas de la conducta a fin de orientar y coadyuvar a superar sus conflictos, manejar adecuadamente sus emociones y mejorar su capacidad para relacionarse, con el fin de lograr una convivencia sana y armónica y de fortalecer los lazos de apego y confianza entre estos; a la vez que dicho centro, dada su conformación por un equipo multidisciplinario y profesional, pueda también realizar las evaluaciones de personalidad y otros estudios psicológicos, socioeconómicos y de entorno que aporten mejores elementos a los titulares de los órganos jurisdiccionales para el dictado de sus resoluciones. Se trata, en síntesis, de crear un órgano seguro y digno, que facilite el encuentro paterno-filial asistido y en su caso supervisada, cuando así sea decretado, y a la prestación de los demás servicios conexos, con ayuda profesional calificada, a fin de contribuir al fortalecimiento familiar y a elevar la calidad en la administración e impartición de justicia. Servicios que evidentemente habrán de proporcionarse siempre por mandato judicial.--------------------------------------------------- ----- En consecuencia a lo anterior deviene impostergable y por tanto se estima justificado crear en esta capital el Centro de Convivencia Familiar, CECOFAM, dependiente del Consejo de la Judicatura, que actúe como instancia auxiliar y de apoyo de los órganos jurisdiccionales en las siguientes vertientes: cuando por mandato de las autoridades deba llevarse la convivencia de padres e hijos en dicho centro, sea esta decretada de manera provisional o definitiva en las controversias respectivas, así como en los casos en que dicha convivencia deba llevarse de manera supervisada; para verificar la entrega y regreso de los menores hijos, por parte de quienes tengan la custodia y quienes no la tengan, y de estos a aquellos, respectivamente; para brindar a los menores y a sus padres los distintos servicios de atención psicológica individual y terapias grupales tendentes a superar sus conflictos, manejar adecuadamente sus emociones y mejorar su capacidad para relacionarse, con el fin de lograr una convivencia sana y armónica y a fortalecer los lazos de apego y confianza entre estos; y para realizar las evaluaciones de personalidad y otros estudios psicológicos, socioeconómicos y de entorno que aporten mejores elementos a los titulares de los órganos jurisdiccionales para el dictado de sus resoluciones en las controversias respectivas. La operación, mando y dirección de dicho Centro de Convivencia Familiar, estará a cargo de un Coordinador nombrado por este Consejo, y contará con el personal profesional, auxiliar y de apoyo que le sea

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asignado; dicho Centro que aunado a los que con posterioridad se resuelva crear en otras sedes, serán coordinados en sus funciones, a su vez, por un Coordinador General de los Centros de Convivencia Familiar del Estado, nombrado desde luego por este Consejo de la Judicatura.------------------------------------------------------------ ----- Es por lo anterior que, con apoyo además en los artículos 121 y 122, fracción XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se acuerda:---------------------------------------------------------------------------------------- ----- Primero.- Se crea en esta capital el Centro de Convivencia Familiar, CECOFAM, dependiente del Consejo de la Judicatura, como instancia auxiliar y de apoyo de los órganos jurisdiccionales en los servicios precisados en el último párrafo del considerando quinto de este acuerdo, cuando por mandato judicial así se requiera dentro de las controversias respectivas.------------------------------------------------------------------------------- ----- Segundo.- El Centro de Convivencia Familiar estará a cargo, mando y dirección de un Coordinador nombrado por este Consejo y contará con el personal profesional, auxiliar y de apoyo que le asea asignado.--- ----- Tercero.- El Centro de Convivencia Familiar que por este acuerdo se crea, tendrá su domicilio en calle Brígida García con Lotería Nacional, sin número, colonia Benito Juárez, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, e iniciará sus funciones a partir de esta misma fecha.--------------------------------------------------------------------------- ----- Cuarto.- Para conocimiento oportuno de los interesados, litigantes, autoridades cuya función así lo requiera y público en general, instruméntese la circular correspondiente, publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta capital, en los estrados de la Secretaría General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia.------------------------------------ ----- Notifíquese.- Así lo acordó el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, con el voto que por unanimidad emitieron el Magistrado Presidente Alejandro Etienne Llano, y Consejeros Elva García Barrientos, Pedro Francisco Pérez Vázquez, Jesús Miguel Gracia Riestra y José Javier Córdoba González, quienes firman ante el Secretario General de Acuerdos, licenciado Jaime Alberto Pérez Ávalos, que autoriza. Doy fe.”. SEIS FIRMAS ILEGIBLES.------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales conducentes. Cd. Victoria, Tam. a 2 de agosto de 2012.- ATENTAMENTE.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.- EL SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS.- LIC. JAIME ALBERTO PÉREZ ÁVALOS.- Rúbrica.

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PERIODICO OFICIAL

ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS

Periódico Oficial del Estado

TAMAULIPAS

RESPONSABLE

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Registro Postal publicación periódica PP28-0009

AUTORIZADO POR SEPOMEX

TOMO CXXXVII Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012. Número 97

SUMARIO AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL

Pág. EDICTO 4763.- Expediente Número 00229/2012, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial (Ad Perpetuam).

3

EDICTO 4825.- Expediente Número 449/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

3

EDICTO 4868.- Expediente Número 00983/2009, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

4

EDICTO 4870.- Expediente Administrativo 127009, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

4

EDICTO 4871.- Expediente Administrativo 113025, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

4

EDICTO 4872.- Expediente Administrativo 004013, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

5

EDICTO 4873.- Expediente Administrativo 239018, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

5

EDICTO 4874.- Expediente Administrativo 240003, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

5

EDICTO 4875.- Expediente Administrativo 249018, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

6

EDICTO 4876.- Expediente Administrativo 008039, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

6

EDICTO 4877.- Expediente Administrativo 139011, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

6

EDICTO 4878.- Expediente Administrativo 120015, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

6

EDICTO 4879.- Expediente Administrativo 107006, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución.

7

EDICTO 4880.- Expediente Número 00249/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

7

EDICTO 4881.- Expediente Número 1521/2009, de este Juzgado, relativo al Juicio Hipotecario.

8

EDICTO 4882.- Expediente Número 01098/2008, relativo al Juicio Ejecutivo Civil.

8

EDICTO 4883.- Expediente Número 00167/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

8

EDICTO 4884.- Expediente Número 00129/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

9

EDICTO 4885.- Expediente Número 694/2010, relativo al Juicio Hipotecario.

9

EDICTO 4886.- Expediente Número 00514/2009,relativo al Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 5026.- Expediente Número 00375/2010, deducido del Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 5027.- Expediente Número 00386/2011 relativo al Juicio Hipotecario.

10

EDICTO 5028.- Expediente Número 1507/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 5029.- Expediente Número 01997/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 5030.- Expediente Número 00991/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

11

EDICTO 5031.- Expediente Número 01111/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 5032.- Expediente Número 1404/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 5033.- Expediente Número 01096/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 5034.- Expediente Número 00474/2007 relativo al Juicio Hipotecario.

12

EDICTO 5035.- Expediente Número 01270/2007 relativo al Juicio Hipotecario.

13

EDICTO 5036.- Expediente Número 473/06 relativo al Juicio Ordinario Civil.

13

EDICTO 5037.- Expediente Número 01191/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 5038.- Expediente Número 00434/2009 relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 5039.- Expediente Número 01272/2010 relativo al Juicio Hipotecario.

14

EDICTO 5040.- Expediente Número 00901/2009 relativo al Juicio Hipotecario.

15

EDICTO 5041.- Expediente Número 00977/2009, relativo al Juicio Hipotecario.

15

EDICTO 5042.- Expediente 00323/2009, relativo al Juicio Sumario Hipotecario.

15

EDICTO 5043.- Expediente Número 716/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

16

EDICTO 5044.- Expediente Número 00450/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

16

EDICTO 5045.- Expediente Número 496/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

16

EDICTO 5046.- Expediente Número 00505/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

16

EDICTO 5047.- Expediente Número 501/2012, relativo a la Sucesión Testamentaria.

15

CONTINÚA EN LA PÁGINA SIGUIENTE

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

Página 2

Pág. EDICTO 5048.- Expediente Número 0447/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

17

EDICTO 5049.- Expediente Número 386/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

17

EDICTO 5050.- Expediente Número 413/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

17

EDICTO 5051.- Expediente Número 01058/2011 relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

17

EDICTO 5052.- Expediente Número 264/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario.

17

EDICTO 5053.- Expediente Número 00462/2012 relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

17

EDICTO 5054.- Expediente Número 00521/2003, relativo al Juicio sumario Civil sobre Alimentos Definitivos.

18

EDICTO 5055.- Expediente Número 00887/2011, relativo al Juicio Ordinario Civil.

18

EDICTO 5056.- Expediente Número 00288/2011, relativo al Juicio Ordinario Civil.

19

EDICTO 5057.- Expediente Número 00296/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil.

20

EDICTO 5058.- Expediente Número 00908/2011, relativo al Ejecutivo Mercantil.

21

EDICTO 5059.- Expediente Número 467/2012; relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

21

EDICTO 5060.- Expediente Número 00301/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario.

21

EDICTO 5061.- Expediente Número 398/2009, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario.

21

EDICTO 5062.- Expediente Número 00193/2011, relativo al Juicio Sumario Civil Sobre Cancelación y Suspensión de Pensión Alimenticia.

22

EDICTO 5063.- Expediente Número 00698/2011 relativo al Juicio Ordinario Civil.

22

EDICTO 5064.- Expediente Número 00586/2012, relativo al Divorcio Necesario.

22

EDICTO 5065.- Expediente 00723/2008, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil.

23

EDICTO 5066.- Expediente Número 564/2012 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Información Ad-Perpetuam.

23

EDICTO 5067.- Convocatoria de 3ª Tesorería, S.A. de C.V. de Nuevo Laredo, Tam.

23

EDICTO 5068.- Expediente Número 0724/2012 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam.

24

EDICTO 5146.- Expediente Número 00267/2011, relativo al Juicio Hipotecario.

24

EDICTO 5147.- Expediente Número 00278/2011, relativo al Juicio Hipotecario.

25

EDICTO 5148.- Expediente Número 00345/2011, relativo al Juicio Hipotecario.

25

EDICTO 5069.- Balance de Montemayor Construcción y Diseño S.A. de C.V.

26

EDICTO 5070.- Balance de COMERCIALIZADORA DE MEDIOS COAHUILENSES N&P, S.A. DE C.V.

27

EDICTO 5071.- Balance de MEDIOS DE RADIO P&N DE COAHUILA, S.A. DE C.V.

28

Pág. EDICTO 5072.- Balance de MEDIOS PUBLICITARIOS COAHUILENSES, S.A. DE C.V.

29

EDICTO 5073.- Balance de N&P RADIO PUBLICIDAD DE COAHUILA, S.A. DE C.V.

30

EDICTO 5074.- Balance de P&N PUBLICIDAD DE COAHUILA, S.A. DE C.V.

31

EDICTO 5075.- Balance de MEDIOS UNIDOS DE COAHUILA, S.A. DE C.V.

32

EDICTO 5076.- Balance de PROMOTORA DE COAHUILA N&P, S.A. DE C.V.

33

EDICTO 5077.- Balance de PUBLICIDAD DE RADIO DE COAHUILA, S.A. DE C.V.

34

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

El Ciudadano Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia de lo Civil, del Séptimo Distrito Judicial del Estado, con residencia en ésta ciudad, dentro del Expediente Número 00229/2012, relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial (Ad Perpetuam), promovidas por la C. MA. PRAXEDIS BARRÓN MARTÍNEZ, ordenó la publicación del siguiente acuerdo por medio de edictos.

Ciudad Mante, Tamaulipas; a los (21) veintiún días del mes de junio del año dos mil doce (2012).- Por recibido en fecha dieciocho de los corrientes, escrito signado por la C. MA. PRAXEDIS BARRÓN MARTÍNEZ, compareciendo con la personalidad que tiene debidamente reconocida en los autos del Cuaderno Número 00040/2012, mediante el cual señala los nombres y domicilio de los colindantes del predio motivo de las presentes diligencias, así como el domicilio correcto para oír y recibir notificaciones; por lo que es de proveerse en los siguientes términos.- Téngasele por presentada dando cumplimiento a la omisión señalada en fecha doce de junio del presente año, y al efecto señalando los nombres y domicilio de los colindantes del predio motivo de las presentes diligencias, y de igual manera correctamente el domicilio convencional; en consecuencia, con el escrito inicial, documentos anexos al mismo y escrito que se provee, se tiene a la C. MA. PRAXEDIS BARRÓN MARTÍNEZ, promoviendo Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Sobre Información Testimonial (Ad Perpetuam), por los hechos y consideraciones de derecho que estima aplicables al caso.- Ajustada que es su demanda a derecho, apareciendo que exhibe la documentación a que hace referencia el numeral 881 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, se admite a trámite en la vía y forma legal propuesta, en consecuencia, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno, que para tal efecto se lleva en este Juzgado, bajo el Número 00229/2012.

Cítese al C. Agente del Ministerio Público Adscrito a este Juzgado, así como los colindantes: AL NORTE, Ejido "Unión Campesina", por conducto del Presidente del Comisariado Ejidal, el C. Marciano Rodríguez Salazar quien tiene su domicilio en calle Puebla entre Jalisco y Morelos Sin Número en el Poblado Magdaleno Aguilar, de este municipio, Código Postal 89800; y la C. Ma. Guadalupe Sánchez Rodríguez, con domicilio en Avenida Tamaulipas y Colima Sin Número, del Poblado Magdaleno Aguilar, de este municipio; Código Postal 89800; AL SUR, con Ejido "Unión Campesina", por conducto del Presidente del Comisariado Ejidal, el C. Marciano Rodríguez Salazar, quien tiene su domicilio en calle Puebla entre Jalisco y Morelos sin número en el Poblado Magdaleno Aguilar, de este municipio, Código Postal 89800; AL ESTE, con el C. Sofío Ponce Maldonado, quien puede notificado en la Sección Lagavia, Ejido Celaya de este municipio, Código Postal 21839; y, AL OESTE, con la C. Clara Ponce Maldonado, quien tiene su domicilio en calle Puebla con Colima sin número, Código Postal 89800, de este municipio; téngasele ofreciendo la testimonial a cargo de tres personas que ofrece presentar en este Juzgado, en día y hora hábil; una vez que se hayan exhibido las publicaciones que deben realizarse en el Periódico Oficial del Estado y en el de mayor circulación en esta ciudad; y que se hayan notificado a los colindantes, quienes deberán de comparecer ante este Juzgado para que rindan su testimonio y el Agente del Ministerio Público adscrito a este Juzgado, para que tenga intervención en la misma fecha en el local de este Juzgado, debiendo los testigos justificar fehacientemente su residencia en el lugar donde se ubica el inmueble motivo de este trámite, a quienes previamente se les deberá de notificar el presente proveído, corriéndoles traslado con el presente auto, con copia de la promoción y con las copias exhibidas por el promovente.

Publíquense los Edictos en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de mayor circulación, que se edita en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas de diez días en diez días, igualmente por conducto de la Central de Actuarios, deberá fijarse un aviso de la solicitud del promovente en los lugares públicos del lugar donde se ubica el inmueble, tales como la Presidencia Municipal, Hospitales y Oficina Fiscal de esta ciudad, debiendo el actuario comisionado, hacer constar el cumplimiento de este requisito, y la ubicación exacta de los lugares donde se fijen los mismos.- Por cuanto hace al Poder General que otorga en favor de la C. Plácida Pérez Barrón, se le dice que deberá comparecer ante la presencia judicial a ratificarlo en su contenido y firma.- Se tiene al promovente señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en calle Holanda # 120, entre Alemania e Inglaterra del Fraccionamiento Miravalle de esta ciudad, Código Postal 89897, autorizando para tal efecto a la C. Dalila García Martínez, a quién designa como su asesor jurídico en términos del artículo 52 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Notifíquese personalmente a los colindantes Ejido "Unión Campesina", por conducto del Presidente del Comisariado Ejidal, C. Marciano Rodríguez Salazar; Ma. Guadalupe Sánchez Rodríguez; Sofío Ponce Maldonado; y, la C. Clara Ponce Maldonado, y a la C. Agente del Ministerio Público Adscrita.- Con fundamento en los artículos 4, 22, 30, 40, 52, 53, 66, 172, 173, 185, 192, 226, 227, 228, 229, 362, 371, 881, del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado,1, 3, 9, 149, 162, 165 a 169 de la Ley del Registro Público de la Propiedad Inmueble y del Comercio.- Así lo acuerda y firma el Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia de lo Civil del Séptimo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María Esther Padrón Rodríguez, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Srio.- Rubricas.- Se publicó en lista de hoy.- Conste.- Se registró bajo el Número 00229/2012.

Cd. Mante, Tam., a 22 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA ESTHER PADRÓN RODRÍGUEZ.- Rúbrica.

4763.- Julio 24, Agosto 2 y 14.-3v3. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar. Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam. Cd. Reynosa, Tam; 13 de junio de 2012.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES. La Ciudadana Licenciada Ana Verónica Reyes Díaz, Juez

Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Quinto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha doce de junio del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 449/2012; relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de TOMASA GARCÍA MEDINA, denunciado por OLGA LIDIA CARLOS GARCÍA.

Por este edicto, que se publicará por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia así como a acreedores a fin de que se presenten en Juicio a deducirlo a una Junta que se verificará en este Juzgado dentro de los ocho días siguientes a la citación.

ATENTAMENTE La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. SANJUANA LÓPEZ

VARGAS.- Rúbrica. 4825.- Julio 31 y Agosto 14.-2v2.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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E D I C T O Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Ciudadano Licenciado Luis Felipe Pérez Domínguez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto dictado en fecha once de junio del año dos mil doce, dentro de los autos del Expediente Número 00983/2009, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado Martin Antonio Ortiz Olguín, endosatario en procuración de MONIR OMAR SHAHIN ZAMUDIO, en contra de JOSÉ LUIS GARCÍA MENDOZA, ordeno sacar a remate los siguientes bienes inmuebles embargados en el Juicio, los cuales se describen a continuación: 1.- Finca 383, de Madero, Tamaulipas, tipo de inmueble terreno urbano, situado al margen izquierdo del Río Pánuco, entre Zaragoza y Guadalupe Victoria, Colonia Hermenegildo Galeana, Madero, Tamaulipas, superficie 260.00 metros cuadrados, medidas y colindancias: AL NORTE 18.50 metros, con terreno de propiedad que es o fue de Elpido Noriega, AL SUR 18.50 metros, con margen izquierda del Río Pánuco, AL ESTE 12.00 metros, con terreno propiedad que es o fue de Ma. de la Luz Maldonado y AL OESTE 14.00 metros, con terreno propiedad que es o fue de Josefa Quintana Viuda de López, propiedad de José Luis García Mendoza.- Valor comercial $130,000.00 (CIENTO TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.). 2.- Finca 5671, de Madero, Tamaulipas, tipo de inmueble terreno urbano, situado en calle Cinco de Mayo, lote 8, manzana 12, sector II, sección Colonia, Región Galeana, superficie 617.9000 metros cuadrados, medidas y colindancias: Al NORTE 29.3000 metros, con lote 7, AL SUR 30.3000 metros, con lote 9, AL ORIENTE 21.7000 metros, con calle Cinco de Mayo y AL PONIENTE 19.8000 metros, con lote 3, propiedad de José Luis García Mendoza.- Valor comercial $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.). Y para su debida publicación por TRES VECES dentro de nueve días, en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de circulación amplia en este Distrito Judicial, sirviendo como postura legal las dos terceras partes del precio primitivo, en la inteligencia que las publicaciones deberán computarse de la siguiente manera para el Periódico Oficial del Estado en días hábiles; y para los periódicos de circulación amplia en este Distrito Judicial, en días naturales, convocándose a postores y acreedores a la audiencia de remate en primer almoneda, audiencia que tendrá verificativo el día 23 VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO 2012 DOS MIL DOCE, A LAS (11:00) ONCE HORAS, en el local de este Juzgado, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado, mencionado en líneas precedentes.- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Altamira, Tam., a 13 de junio del año 2012.- El C. Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. LUIS FELIPE PÉREZ DOMÍNGUEZ.- Rúbrica.- La C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

4868.- Agosto 2, 8 y 14.-3v3.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 11:30 HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 127009 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-41-127-009, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C NANCY LÓPEZ OLVERA, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o

Propiedad del inmueble ubicado en la calle Nueva Victoria # 10129 L. 9 M. 27 Fraccionamiento Nueva Victoria Sector Los Olivos, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la calle Nueva Victoria # 10129 L.9 M. 27 Fraccionamiento Nueva Victoria Sector Los Olivos, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-41-127-009, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $107,333.33 (CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4870.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 10:30 HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 113025 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-44-113-025, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C ROBERTO MAURICIO DEL ÁNGEL, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en avenida 10 # 515 L. 25 M. 113 Fraccionamiento Valles de Anáhuac, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la Avenida 10 # 515 L.25 M. 113 Fraccionamiento Valles de Anáhuac, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-44-113-025, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 104,000.00 (CIENTO CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4871.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 12:00 HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 004013 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-41-004-013, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C PATRICIA TERESA DUARTE SANDOVAL, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en la avenida artículo 23 # 1020 L. 13 M. 4 Fraccionamiento Los Toboganes, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la Avenida Articulo 23 # 1020 L.13 M. 4 Fraccionamiento Los Toboganes, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-41-004-013, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 104,000.00 (CIENTO CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las Oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4872.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 09:30 HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 239018 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-37-239-018, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C. MARGARITA RODRÍGUEZ HERRERA, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en calle Cleveland # 13819 L. 18 M. 39 Fraccionamiento Villas de Oradel, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la calle Cleveland # 13819 L.18 M. 39 Fraccionamiento Villas de

Oradel, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-37-239-018, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 104,666.66 (CIENTO CUATRO MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS 66/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- El C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4873.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 11:00 HORAS DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL 2012,

DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 240003 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-37-240-003, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C LUZ MARÍA VÁZQUEZ PEREYDA, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en la calle Phoenix # 13979 L. 3 M. 40 Fraccionamiento Villas de Oradel, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la calle Phoenix # 13979 L. 3 M. 40 Fraccionamiento Villas de Oradel, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Numero 26-01-37-240-003, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 108,666.66 (CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS 66/100 M.N.) (sic), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- El C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4874.- Agosto 7 y 14.-2v2.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 09:00 HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE AGOSTO

DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 249018 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-37-249-018, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C. MARÍA DE JESÚS MONTOYA CONTRERAS, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en calle Brasilia # 13919 L 18 M. 49 Fraccionamiento Villas de Oradel, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la calle Brasilia # 13919 L.18 M. 49 Fraccionamiento Villas de Oradel, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el expediente Catastral Numero 26-01-37-249-018, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 104,000.00 (CIENTO CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- El C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4875.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 10:00 HORAS DEL DÍA 27 VEINTISIETE DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 008039 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-41-008-039, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C. MARÍA JUANA MORALES GASPAR, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en la avenida Juana de Asbaje # 1031 L. 39 M. 8 Fraccionamiento Toboganes o Bonitos Toboganes II, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la Avenida Juana de Asbaje # 1031 L. 39 M. 8 Fraccionamiento Toboganes o bonitos toboganes II, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Numero 26-01-41-008-039, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez

días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 103,333.33 (CIENTO TRES MIL TRESCIENTOS TRES PESOS 33/100 M.N.) (sic), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las Oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4876.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 11:00 HORAS DEL DÍA 28 VEINTIOCHO DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos de! Expediente Administrativo 139011 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-44-139-011, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C FRANCISCO GRIMALDO CARRIZAL, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en la avenida 8 # 418 L. 11 M. 139 Fraccionamiento Valles de Anáhuac, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la avenida 8 # 418 L. 11 M. 139 Fraccionamiento Valles de Anáhuac, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-44-139-011, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 104,000.00 (CIENTO CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4877.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE

R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo Nuevo Laredo, Tam.

A las 10:30 HORAS DEL DÍA 28 VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

Página 7

local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 120015 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-44-120-015, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C HÉCTOR PECINA CANTÚ, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en avenida 4 # 502 L. 15 M. 120 Fraccionamiento Valles de Anáhuac, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la avenida 4 # 502 L.15 M. 120 Fraccionamiento Valles de Anáhuac, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-44-120-015, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $ 110,666.66 (CIENTO DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4878.- Agosto 7 y 14.-2v2.

AVISO DE REMATE R. Ayuntamiento Municipal de Nuevo Laredo

Nuevo Laredo, Tam. A las 9:00 HORAS DEL DÍA 28 VEINTIOCHO DE

AGOSTO DEL 2012, DOS MIL DOCE, tendrá verificativo en el local de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Administrativo 107006 vinculado al Expediente Catastral identificado como 26-01-41-107-006, relativo al Procedimiento Ejecutivo de Ejecución, que se ventila en contra de la C JUAN MANUEL SOSA RUIZ, por motivo del Crédito Fiscal Insoluto, derivado de la Posesión y/o Propiedad del inmueble ubicado en la calle Diploma # 10123 L. 6 M. 7 Fraccionamiento Nueva Victoria Sector Los Olivos, en esta municipalidad, a fin de que tenga verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda del 100% de los derechos que le pudieran corresponder al demandado, respecto del bien inmueble embargado en autos, consistente en el lote de terreno y finca marcada con la calle Diploma # 10123 L. 6 M. 7 Fraccionamiento Nueva Victoria Sector Los Olivos, en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, identificado bajo el Expediente Catastral Número 26-01-41-107-006, por lo tanto convóquese a postores a la pública subasta antes mencionada mediante la publicación de edictos que se hará, DOS VECES con intervalo de 7 días, la última publicación será cuando menos 10 diez días antes de la fecha de la audiencia de remate, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en uno de los periódicos de mayor circulación en la entidad, conforme a las bases que señalan los artículos 170, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables del Código Fiscal para el Estado de Tamaulipas, sirviendo como postura legal la cantidad de $107.333.33 (CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES

PESOS 33/100 M.N.), el cual corresponde a las dos terceras partes del avalúo pericial del inmueble de referencia, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate, un certificado de depósito que ampare el 10% del valor precisado en líneas anteriores debiendo manifestar su postura legal mediante comparecencia por escrito haciéndose saber a los interesados, que se les proporcionará mayor información en las oficinas de la Tesorería Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas.- EL C. Director de Ejecución Fiscal de Laredo, Tamaulipas.

Director de Ejecución Fiscal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, C.P. ULISES MENDOZA RAMOS.- Rúbrica.

4879.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES El Ciudadano Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Titular

del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha cuatro de mayo del año dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00249/2009, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por SCRAP II S DE R.L. DE C.V., en contra de la C. JOSÉ GUADALUPE RODRÍGUEZ, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el bien inmueble propiedad de la demandada ubicado en calle Obrero Mundial, número 154-A, lote 07, manzana 03 del Fraccionamiento "Buena Vista" del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas, con una superficie de 102.00 m2, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE en 6.00 m con calle Obrero Mundial; AL SUR en 6.00 m con Limite del Fraccionamiento, AL ESTE en 17.00 m con lote 8, AL OESTE en 17.00 m con lote 6.- Dicho inmueble se encuentra Inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado con los siguientes datos: Sección I, Número 86138, Legajo 1723, de fecha 22 de noviembre de 1995, del municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas, a nombre del C. JOSÉ GUADALUPE RODRÍGUEZ LÓPEZ; para tal efecto publíquense edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, convocando a postores a fin de que comparezcan ante este Juzgado a la Audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE A LAS DOCE HORAS, en la inteligencia de que los avalúos periciales practicados a dicho bien inmueble se fijaron en la cantidad de $ 116,650.00 (CIENTO DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubran las dos terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la cantidad de $ 77,766.66 (SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), en la inteligencia de que, para poder participar algún postor al remate en cuestión, éste deberá cubrir en términos del artículo 702 fracción IV, y 703 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base para el presente remate y que resulta ser la cantidad de $ 15,553.33 (QUINCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES 33/100 MONEDA NACIONAL) (sic), en el entendido de que la cantidad última citada deberá ser depositada ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial, en la inteligencia de que dicho remate se llevará a cabo en el local que ocupa este Juzgado, el cual se encuentra ubicado en el Boulevard del Maestro número 2265 dos mil doscientos sesenta y cinco de la Colonia Módulo Dos Mil de esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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Cd. Reynosa, Tam., a 25 de mayo del año 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica.

4880.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES. El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo

de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, dentro del Expediente Número 1521/2009, de este Juzgado, relativo al Juicio Hipotecario promovido por la Lic. Claudia Ivette Ávila Vázquez, en representación legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de GABRIELA GARZA MARTÍNEZ, a la cual reclama la cantidad de $ 267,571.75 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN PESOS 75/100 M.N.), ordenó sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble dado en garantía hipotecaria, consistente en:

Vivienda 109-B, ubicada en calle Abasolo del Conjunto Habitacional San Gerardo, del municipio de Tampico, Tamaulipas: con superficie de construcción de 70.63 metros cuadrados y de terreno de 67.50 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 4.50 metros, con parte restante de la manzana tres; AL SUR, en 4.50 metros, con la calle Abasolo, AL ESTE: en 4.50 metros, con la vivienda 109-A; 8.05 metros con muro medianero de la vivienda 109-A y 2.45 metros, con la vivienda 109-A, AL OESTE, en 6.20 metros con la vivienda 109-C; 7.35 metros con muro medianero de la vivienda 109-C y 1.45 metros con la vivienda 109-C, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo la Sección Primera el Número 114219, Legajo 2285, municipio de Tampico, Tamaulipas, de fecha 19 de abril de 1999 y con datos de gravamen Sección Segunda, Número 39449, folio 789, municipio de Tampico, Tamaulipas, de fecha 19 de abril de 1999, con un valor pericial de $ 310,000.00 (TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).

Y para el anuncio de su venta en forma legal, se ordena la publicación del presente edicto por DOS VECES de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial, en la inteligencia de que la publicación de los edictos deberá hacerse en días naturales, mediando seis días entre la primera y segunda publicación, fijándose como fecha para la celebración del remate el día (19) DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, ALAS (10:00) DIEZ HORAS.- Previniéndose al actor que las publicaciones deberán de exhibirse con tres días de anticipación a la audiencia, apercibido que de no hacerlo, se tendrá por no celebrada la audiencia.- Es dado el presente edicto el día nueve de julio del año dos mil doce, en la ciudad de Altamira, Tamaulipas.- DOY FE.

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

4881.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Altamira, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES El Ciudadano Licenciado Raúl Escamilla Villegas, Titular

del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha ocho del mes de

junio del año dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01098/2008, relativo al Juicio Ejecutivo Civil, promovido por SCRAP II S. DE R.L. DE C.V., en contra del C. JORGE ALARCÓN FERNÁNDEZ Y PATRICIA AMARO QUINTERO, ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el bien inmueble propiedad de la demandada ubicado en la calle Filósofos número 232 del Fraccionamiento Ampliación Ingeniero Eduardo Chávez del municipio de Valle Hermoso Tamaulipas con datos de registro Finca Número 4761 del municipio de Valle Hermoso cuyos datos medidas y colindancias se describen en el expediente que nos ocupa para tal efecto publíquese edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, convocando a postores a fin de que comparezcan ante este Juzgado a la audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIDÓS DEL MES DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS DOCE HORAS, en la inteligencia de que los avalúos periciales practicados a dicho bien inmueble se fijaron en la cantidad de $ 167,000.00 (CIENTO SESENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubran las dos terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la cantidad de $ 111,333.33 (CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA NACIONAL), en la inteligencia de que, para poder participar algún postor al remate en cuestión, éste deberá cubrir en términos del artículo 702 fracción IV, y 703 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base para el presente remate y que resulta ser la cantidad de $ 22,266.66 (VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), en el entendido de que la cantidad última citada deberá ser depositada ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Poder Judicial, en la inteligencia de que dicho remate se llevará a cabo, en el local que ocupa este Juzgado, el cual se encuentra ubicado en el Boulevard del Maestro número 2265 dos mil doscientos sesenta y cinco de la colonia Módulo Dos Mil de esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 25 de mayo del año 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SIMÓN ALBERTO LÓPEZ IBARRA.- Rúbrica.

4882.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

Cd. Victoria, Tam., 09 de julio de 2012 A QUIEN CORRESPONDA:

El C. Licenciado Adrian Alberto Sánchez Salazar, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha seis de julio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00167/2010, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Licenciado Lic. Vicente Javier Lara Uribe, INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES en contra de RENÉ AQUILEO PORRAS CAMACHO se ordenó sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble consistente en:

Bien inmueble con construcción, identificado con el número 1629, de la calle Reyna Juliana, M-10, L-17 del Fraccionamiento Imperial de esta ciudad; con una superficie de 119.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 17.00 M.L. con lote 16, AL SUR en 17.00 M.L. con lote 18, AL ESTE, en 7.00 M.L. con propiedad privada, AL OESTE, en 7.00, con calle Reyna Juliana, con número de Finca 61148 del municipio de Victoria, se ordena sacar a remate el misma en pública almoneda en la suma de

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

Página 9

$279,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su debida publicación por DOS VECES dentro de siete en siete días, en uno de los periódicos de mayor circulación, y en el Periódico Oficial del Estado, comunicando aquellos que deseen tomar parte en la subasta que previamente deberán depositar ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, el 20% (veinte por ciento) del valor que sirva en base para el remate del bien, mostrando al efecto el certificado correspondiente ante este Juzgado, sin cuyo requisito no serán admitidos, así como por escrito en sobre cerrado, que se abrirá en el momento en que deba procederse al remate, la postura legal correspondiente, que deberá ser la que cubra las dos terceras partes del valor del bien inmueble hipotecado para su remate, en consecuencia se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIUNO DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo el desahogo de la diligencia de remate primera almoneda.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MAURA EDITH SANDOVAL DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

4883.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha veinte de junio del presente año, dictado

dentro del Juicio Hipotecario Número 00129/2009, promovido por el Lic. Amado Lince Campos, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de PATRIMONIO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO en contra de los C.C. GERARDO SÁNCHEZ VASQUEZ Y GLORIA MARTÍNEZ ARGUELLES, el Titular de este Juzgado Lic. José Ramón Uriegas Mendoza, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado, consistente en:

El Lote número 1, de la manzana 2, ubicado en el condominio 1, calle Privada Chetumal, número 300, del Fraccionamiento Hacienda Las Fuentes III, de esta ciudad, con una superficie de 91.00 m2 (noventa y un metros cuadrados), de terreno y 58.00 m2, (cincuenta y ocho metros cuadrados) de construcción en el existente con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 6.50 M.L., con calle Privada Chetumal, AL SUR: 6.50 M.L., con área verde, AL ESTE: 14.00 M.L., con lote 2, AL OESTE: 14.00 M.L., con área verde.- Inmueble que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Comercio en el Estado, bajo los siguientes datos; Sección Primera, Número 4219, Legajo 2-085, de fecha 16 de marzo del 2007, del municipio de Reynosa, Tamaulipas, actualmente con datos de Finca Número 90823, inscripción 1a, del municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Ordenándose convocar a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan ante este Tribunal a la audiencia de remate en primera almoneda, que se llevará a cabo a las (10:00) DIEZ HORAS DEL DÍA (16) DIECISÉIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, en el local de este Juzgado en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $ 255,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a la finca hipotecada.- Se hace del conocimiento de los interesados que para tomar parte en la Subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, y a disposición de este Juzgado, el veinte por ciento del valor que sirve de base para el remate del inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Así mismo deberán presentar por escrito y en sobre cerrado la

postura correspondiente.- Lo anterior con fundamento en los artículos 2, 4, 40, 45, 701, 702, 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 10 y 12 de la Ley del Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 22 de junio de 2012.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia Civil LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

4884.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas en cumplimiento al auto de fecha cuatro de julio del dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 694/2010, relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Carlos Erick Ruíz Alpirez apoderado de SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de los C.C. VÍCTOR OCEJO MAR Y MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ FAJARDO, ordenó sacar a la venta en pública subasta y al mejor postor el siguientes bien inmueble:

Departamento 132 B del módulo 9, ubicado en el lote 11, de la manzana 7, calle Alondra del Condominio Santa Elena en el municipio de Altamira, Tamaulipas, con unas superficie de 51.00 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 10.30 metros con fachada norte, AL SUR, en 1.10 y 0.70 metros, con fachada sur, AL ESTE, en 3.15 metros con fachada oriente y 2.925 metros con pasillo común; y AL OESTE: en 3.15, 1.65, 1.275 metros, con fachada poniente.- Arriba con azotea 145.- abajo con vivienda 2-123, A.- A dicha vivienda le corresponde un (25%) de indiviso sobre las partes comunes del régimen inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo los siguientes datos Sección I, Número 58717, Legajo 1175 de fecha 24 de marzo de 1998 del municipio de Altamira, Tamaulipas, Finca 43262 del municipio de Altamira, Tamaulipas, valor comercial $ 165,000.00 (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por medio de edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periodico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación de esta ciudad, convocándose a postores a la diligencia de remate en primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo o del precio fijado por los peritos del inmueble que se saca a remate.- En la inteligencia de que las personas que deseen participar en la subasta, deberán depositar previamente como garantía en el fondo auxiliar del tribunal el 20% (veinte por ciento) del valor que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Es dado en Altamira, Tamaulipas a los trece días del mes de junio del dos mil doce.

ATENTAMENTE El C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo

Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.

4885.- Agosto 7 y 14.-2v2.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

Página 10

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

Cd. Victoria, Tam., 02 de julio de 2012 A QUIEN CORRESPONDA:

El C. Licenciado Adrian Alberto Sánchez Salazar, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha veintidós de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00514/2009, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el C. Lic. Abiel Alegría García, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de FINANCIERA RURAL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL en contra de VIRGINIA BAXTER FRITCH Y DONALD HORACE SMITH THORNTON, se ordenó sacar a remate en segunda almoneda el bien inmueble consistente en:

Bien inmueble identificado como Finca Número 3863 ubicada en el municipio de Aldama, Tamaulipas, terreno rústico, fracción de predio rústico El Tajín, con superficie de 315-00-00 hectáreas, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 315044 metros con propiedad que es o fue de Odilón Méndez Michel, AL SUR: en 3386.38 metros con propiedad que reserva el donante y AL ORIENTE en 1000.00 metros con propiedad que es o fue de Teodoro Alcalá; AL PONIENTE 1000.00 metros con propiedad privada y el Ejido La Laja, con valor comercial de $ 5'832,000.00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.).

Y mediante la publicación de edictos que se publicarán por DOS VECES de siete en siete días, en uno de los periódicos de mayor circulación, y en el Periódico Oficial del Estado, en los Estrados del Juzgado menor del lugar en que se encuentra el bien inmueble, así como en la Oficina Fiscal, es decir Aldama, Tamaulipas, comunicando a aquéllos que deseen tomar parte en la subasta que previamente deberán depositar ante el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, el 20% (veinte por ciento) del valor que sirva en base para el remate del bien, mostrando al efecto el certificado correspondiente ante este Juzgado, sin cuyo requisito no serán admitidos, así como por escrito en sobre cerrado, que se abrirá en el momento en que deba procederse al remate, la postura legal correspondiente que deberá ser la que cubra las dos terceras partes del valor del bien inmueble hipotecado para su remate, con la respectiva rebaja del (20% veinte por ciento) del precio del avalúo, señalándose las DIEZ HORAS DEL VEINTIUNO DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo el desahogo de la diligencia de remate en segunda almoneda.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MAURA EDITH SANDOVAL DEL ÁNGEL.- Rúbrica.

4886.- Agosto 7 y 14.-2v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A POSTORES: Por auto de fecha veinticinco de Junio de dos mil doce,

dictado dentro del Expediente Número 00375/2010, deducido del Juicio Hipotecario promovido por el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de DONATO OLVERA SÁNCHEZ, el Titular de este Juzgado Licenciado Luis Gerardo Uvalle Loperena, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado en el proceso, consistente en:

Lote de terreno urbano con construcción identificado como lote número 21, de la manzana 87, ubicado en calle Aconcagua, del Fraccionamiento Balcones de Alcalá II de esta ciudad, con una superficie de 90.00 mts2 (noventa metros cuadrados) de terreno y 33.94 mts2 (treinta y tres metros con noventa y cuatro centímetros cuadrados), de construcción en el existente, y se localiza bajo las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.00 M.L., con calle Aconcagua, AL SUR: en 6.00 M.L., con lote 26 (veintiséis), AL ESTE: en 15.00 M.L., con lote 22 (veintidós) y AL OESTE: en 15.00 M.L., con lote 20 (veinte), inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Tamaulipas en la Sección Primera, Número 3097, Legajo 2-062 del municipio de Reynosa, Tamaulipas de fecha 16 de marzo de 2005.

Por el presente, que se publicará por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado, en uno de mayor circulación de la localidad, así como en los Estrados del Juzgado, mediante el cual se convoca a postores para que concurran a la diligencia que tendrá verificativo a las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes de los avalúos practicados, el cual asciende a la cantidad de $ 172,000.00 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.).

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 27 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.- Rúbrica.

5026.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha tres de abril de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00386/2011 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT, en contra de MA. GUADALUPE ARVIZU PÉREZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Colegio de Ingenieros Civiles, número 120, entre Odontólogos y Colegio de Notarios, del Fraccionamiento "Nuevo Milenio II" edificada sobre el lote 33 de la manzana 18, con superficie de terreno de 85.20 m2 y superficie de construcción de 34.10 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con lote 20, AL SUR, en 6.00 mts con calle Colegio Ingenieros Civiles, AL ESTE, en 14.20 mts con lote 32, AL OESTE, en 14.20 mts con lote 34.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 6367 Legajo 3-128 de fecha cuatro de agosto de dos mil cuatro de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 155,600.00 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte demandada en rebeldía, y que es la cantidad de $103,733.33 (CIENTO TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

Página 11

H. Matamoros, Tamps; a 12 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5027.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha diecinueve de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 1507/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Lic. Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado legal de INFONAVIT en contra de ADRIAN MERCADO ALVARADO ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Miramar, número 102, del Fraccionamiento "Palmas del Mar" edificada sobre el lote 12 de la manzana 21, con superficie de terreno de 90.00 m2 y superficie de construcción de 45.81 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 15.00 mts con lote número 11, AL SUR, en 15.00 mts con lote número 13, AL ESTE, en 6.00 mts con lote número 15, AL OESTE, en 6.00 mts con calle Miramar.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 8803, Legajo 3-177, de fecha cinco de julio de dos mil de siete del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS DEL DÍA TREINTA DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $174,000.00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito en rebeldía nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 20 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5028.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha (12) doce de junio del (2012) dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01997/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Licenciado Eduviges Manzano Sánchez apoderado general para pleitos y cobranzas de INFONAVIT en contra de ISRAEL ARREZ GONZÁLEZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Profesora Cristina García Vega número 99, del Fraccionamiento "Martha Rita Prince Aguilera" edificada sobre el lote 28 de la manzana 32, con superficie de terreno de 105.00 m2 y superficie de construcción de 34.89 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 mts con lote número 20, AL SUR, en 7.00 mts con calle Profesora Cristina García Vega, AL ESTE, en 15.00 mts con lote número 27, AL OESTE, en 15.00 mts con lote número 29.- El inmueble antes identificado se encuentra

amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 746, Legajo 3-015, de fecha veintidós de enero de dos mil siete del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.- Así como bajo el Número de Finca 67639 de fecha (02) dos de marzo del (2011) dos mil once de este municipio de Matamoros Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 191,500.00 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el pelito de la parte actora nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 18 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5029.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha Trece de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00991/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT en contra de DENISE CÁRDENAS FLORES ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Profra. Alicia Arguelles Cisneros número 23, del Fraccionamiento "Martha Rita Prince Aguilera" edificada sobre el lote 43 de la manzana 28, con superficie de terreno de 105.00 m2 y superficie de construcción de 34.89 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 mts con lote 12, AL SUR, en 7.00 mts Profra, Alicia Arguelles Cisneros, AL ESTE, en 15.00 mts con lote 42, AL OESTE, en 15.00 mts con lote 44.- El inmueble identificado con número de finca 83907 del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 144.000,00 (CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito de la parte actora nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 18 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5030.- Agosto 14 y 21.-1v2.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha doce de junio del dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01111/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el Lic. Eduviges Manzano Sánchez, apoderado legal de INFONAVIT en contra de MARÍA VICTORIA NÚÑEZ YÁNEZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Egipto número 56, del Fraccionamiento "Valle de Casa Blanca III" edificada sobre el lote 05 de la manzana 17, con superficie de terreno de 90.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con calle Egipto, AL SUR, en 6.00 mts con lote número 24, AL ESTE, en 15.00 mts con lote número 6, AL OESTE, en 15.00 mts con lote número 4.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 5045, Legajo 3-101, de fecha cinco de julio de dos mil dos del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 186,400.00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito de la parte tora nombrado en autos el cual se toma como precio para el rémate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 26 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5031.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha doce de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 1404/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. LIC. EDUVIGES MANZANO SÁNCHEZ, apoderado legal de INFONAVIT en contra de ISMAEL ALCANTAR LOZANO ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Profr. Esteban Alvarado de los Reyes, número 12, del Fraccionamiento "Martha Rita Prince Aguilera" edificada sobre el lote 06 de la manzana 12, con superficie de terreno de 105.00 m2 y superficie de construcción de 39.54 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 mts con calle Esteban Alvarado de los Reyes, AL SUR, en 7.00 mts con lote número 25, AL ESTE, en 15.00 mts con lote número 07, AL OESTE, en 15.00 mts con lote numero 05.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 1886, Legajo 3-038, de fecha trece de marzo de dos mil seis, así como en la Finca Número 81814 del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta Primera Amoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 187,000.00 (CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue acordada en la Junta de peritos celebrada en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 22 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5032.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha dieciocho de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01096/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Lic. Eduviges Manzano Sánchez, en su carácter de apoderado legal de INFONAVIT, en contra de JUAN CARLOS GRANADOS GALLEGOS ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Sierra Huicholes, número 10, del Fraccionamiento "Palo Verde" edificada sobre el lote 62 de la manzana 10, con superficie de terreno de 105.00 m2 y superficie de construcción de 57.55 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 17.50 mts con vivienda número 8, AL SUR, en 17.50 mts con vivienda número 12, AL ESTE, en 6.00 mts con vivienda número 9, AL OESTE, en 6.00 mts con calle Sierra de Huicholes.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 3704, Legajo 3-075, de fecha catorce de mayo de dos mil dos, así como en la Finca Número 81813 del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 236,000.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito en rebeldía nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 20 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5033.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha uno de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00474/2007

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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relativo al Juicio Hipotecario promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES en contra de DELFINA ENRIQUE RORIGUEZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Margarita, número 68, del Fraccionamiento "Los Encinos II " edificada sobre el lote 1-A de la manzana 23, con superficie privativa de terreno de 105.00 m2 y superficie de construcción de 63.08 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 mts con calle Margarita, AL SUR, en 7.00 mts con lote 26, AL ESTE, en 15.00 mts con lote 2, AL OESTE, en 15.00 mts con lote 1.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 4111, Legajo 3-083, de fecha 16/08/2001 del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 271,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte actora, y que es la cantidad de $ 180,666.66 (CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N.), el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 05 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5034.- Agosto 14 y 22.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha quince de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01270/2007 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de ANA ALBERTA HERNÁNDEZ CASTILLO ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Tánger, número 71, del Fraccionamiento "Valle de Casablanca" edificada sobre el lote 38 de la manzana 8, con superficie de terreno de 102 m2 y superficie de construcción de 60 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con lote 3, AL SUR, en 6.00 mts con calle Tánger, AL ESTE, en 17.00 mts con lote 37, AL OESTE, en 17.00 mts con lote 39.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 52332, Legajo 1047, de fecha 7 de diciembre de dos mil del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 257,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la

parte actora, y que es la cantidad de $ 171,333.33 (CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 18 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5035.- Agosto 14 y 22.-1v2.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La Ciudadana Licenciada Teresa Olivia Blanco Alvizo, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en Altamira Tamaulipas en cumplimiento al auto de fecha tres de julio del dos mil doce, dictado dentro del Expediente 473/06 relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por el C. Jorge Luis Gorordo Arias en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la INMOBILIARIA CARASOL S.A. DE C.V. en contra de JESÚS ESTEBAN DÍAZ IBÁÑEZ, ordenó sacar a la venta en pública subasta y al mejor postor el siguiente bien inmueble:

Suite número 4, módulo A-8, lote 22-A, planta baja Desarrollo Turístico Playa Miramar, "Villas & Suites Carasol" del municipio de ciudad Madero Tamaulipas, tramo de calle, calles transversales limítrofes y orientación, AL NORTE: Avenida Tamaulipas; AL SUR: en Ave. Álvaro Obregón, AL ESTE: Playa Miramar Golfo de México, Zona Federal de por medio y AL OESTE: en Boulevard Costero, Fraccionamiento con aceras que ven, AL ESTE y AL OESTE: con las medidas y colindancia: AL NORTE en 4.95 metros con área común de andadores, 6.20 metros con suite 3; AL SUR en 11.45 metros con área común de andadores; AL ESTE en 4.65 metros con área común de andadores, AL OESTE en 6.30 con área común de andadores, superficie total 62.51 metros cuadrados indiviso 1,7000 arriba con suite 8 abajo con cimentación.- Inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad Sección I, Número 9528, Legajo 6-191, de fecha primero de noviembre del 2005 del municipio de ciudad Madero Tamaulipas, valor comercial $ 2’000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).

Y para su publicación por medio de edictos por DOS VECES de siete en siete días en el Periodico Oficial del Estado y en otro de mayor circulación de esta ciudad así como en la Oficina Fiscal de ciudad Madero Tamaulipas y Juzgado de Primera Instancia de lo Penal en turno de ciudad Madero Tamaulipas convocándose a postores a la diligencia de remate en segunda almoneda que tendrá verificativo a las ONCE HORAS DEL DÍA QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE en el local de este Juzgado siendo postura legal con una rebaja del veinte por ciento sobre las dos terceras partes del avalúo o del precio fijado por los peritos del inmueble que se saca a remate en la inteligencia de que las personas que deseen participar en la subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar del Tribunal el 20% veinte por ciento del precio que sirva de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Es dado en Altamira, Tamaulipas a los cuatro días del mes de julio dos mil doce.

ATENTAMENTE El C. Juez Quinto de Primera Instancia Civil del Segundo

Distrito Judicial en el Estado, LIC. TERESA OLIVIA BLANCO ALVIZO.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA BADILLO HERNÁNDEZ.- Rúbrica.

5036.- Agosto 14 y 22.-1v2.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha cinco de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01191/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT, en contra de YOLANDA MARTÍNEZ MORENO ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Orquídea, número 42, entre calle Del Rey y Los Encinos, del Fraccionamiento "Los Encinos II" edificada sobre el lote 6 de la manzana 4, con superficie de terreno de 105.00 m2 y superficie de construcción de 63.08 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 mts con calle Orquídea, AL SUR, en 7.00 mts con lote 17-A, AL ESTE, en 15.00 mts con lote 6-A, AL OESTE, en 15.00 mts con lote 5-A.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I, Número 2736 Legajo 3-055 de fecha veinte de junio de dos mil uno de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA SEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $271,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte actora, y que es la cantidad de $180,000.00 (CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.

H. Matamoros, Tamps; a 08 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5037.- Agosto 14 y 22.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha 13 trece de junio del año 2012 dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00434/2009 relativo al Juicio Hipotecario promovido por el C. Licenciado Jorge Eduardo Gallardo González, apoderado legal de INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL D (sic) en contra de ADRIANA BARAJAS CASTILLO ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Pedro de Alvarado, número 185, del Fraccionamiento "Villa Española" edificada sobre el lote 29 de la manzana 21, con superficie de terreno de 90.00 m2 y con una superficie de construcción de 48. 00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en seis (6) m2 con lote número de 18; AL SUR: en seis (6) m2 con calle Pedro del Alvarado; AL ESTE: en quince (15) m2 con lote número 28; AL OESTE: en quince (15) m2 con lote número 30.- Y que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado bajo los siguientes datos: Sección I (Primera), Número 90778, Legajo 1816 de fecha veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa y ocho de este municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las TRECE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 205,000.00 (DOSCIENTOS CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad en que fue valorizado el bien inmueble por el perito de la parte actora nombrado en autos el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 14 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. HUGO FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5038.- Agosto 14 y 22.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha diecinueve de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 01272/2010 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INFONAVIT en contra de ADRIAN ÁVILA MEJÍA ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Santa Teresita número 4, entre calle Santa Elena y Santa Inés del Fraccionamiento "Villas de Santa Anita" edificada sobre el lote 23 de la manzana 19 con superficie de terreno de 90 m2 y superficie de construcción de 55 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 6.00 mts con calle Santa Teresita, AL SUR, en 6.00 mts con lote 02, AL ESTE, en 15.00 mts con lote 24, AL OESTE, en 15.00 mts con lote 22.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 8891, Legajo 3-178, de fecha nueve de julio de dos mil siete del municipio de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 249,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte actora, y que es la cantidad de $ 166,000.00 (CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 20 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5039.- Agosto 14 y 22.-1v2.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

La Ciudadana Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha trece de junio de dos mil doce, dictado dentro del Expediente Número 00901/2009 relativo al Juicio Hipotecario promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de NORMA AGUIRRE SÁNCHEZ ordenó sacar a remate en pública subasta y en primera almoneda, el siguiente bien inmueble:

“Vivienda ubicada en la calle Infanta Cristina, número 168-B, entre Juan Carlos e Isabel La Católica, del Fraccionamiento "Villa Española" el 50% de los derechos de Copropiedad de el lote 10, de la manzana 15, sobre el cual se encuentra construida; así mismo el 50% de los derechos del muro medianero de la vivienda del lote contiguo dicho predio tiene una superficie de 105.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 7.00 mts con calle Infanta Cristina, AL SUR, en 7.00 mts con lote 31, AL ESTE, en 15.00 mts con lote 11, AL OESTE, en 15.00 mts con lote 9.- El inmueble antes identificado se encuentra amparado con título inscrito en el Registro Público de la Propiedad en la Sección I, Número 7013, Legajo 141, de fecha 17 de febrero 1997 de H. Matamoros, Tamaulipas.”

Se expide el presente edicto para su publicación por DOS VECES de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación, por medio del cual se convoca a los postores y acreedores, a fin de que comparezcan a la audiencia de remate que se llevará a cabo en el local de este Juzgado a las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE, siendo postura legal para esta primera almoneda, la cantidad que cubra las dos terceras partes de la suma de $ 293,000.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al avalúo rendido por el perito de la parte actora, y que es la cantidad de $ 195,333.33 (CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), el cual se toma como precio para el remate por ser ligeramente el más alto.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 19 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5040.- Agosto 14 y 21.-1v2.

E D I C T O Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Ciudadano Licenciado Luis Felipe Pérez Domínguez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto dictado en fecha veinte de junio del año dos mil doce, dentro de los autos del Expediente Número 00977/2009, relativo al Juicio Hipotecario, promovido por el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, por conducto de su apoderado el Licenciado Claudio Cárdenas del Ángel, en contra de JUAN CARLOS GALLEGOS NAVA Y AMADA MARTÍNEZ DE LA CRUZ, ordenó sacar a remate el bien inmueble hipotecado en el citado Juicio hipotecario, el cual se describe a continuación:

Lote número 8, de la manzana 17, marcado con el número oficial 8, de la calle Río Bravo, del Fraccionamiento Santa Ana, del municipio de Altamira, Tamaulipas, compuesto de una superficie de terreno de 85.00 metros cuadrados, y una superficie de construcción 43.44 metros, comprendidos dentro de las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 17.00 metros, con lote número 7; AL SUR: en 17.00 meros, con lote

número 9; AL ESTE: en 5.00 metros, con calle Rio Bravo; AL OESTE: en 5.00 metros, con lote número 61.- Inscrito en el Registro Público de la Propiedad Bajo los datos Sección I, Número 4121, Legajo 6083, de fecha (23) veintitrés de mayo de dos mil cinco, de la ciudad de Altamira, Tamaulipas.- Datos de hipoteca: Sección II, Número 2876, Legajo 6058, de fecha (23) veintitrés de mayo de dos mil cinco, de la ciudad de Altamira, Tamaulipas.

Y para su debida publicación por (2) DOS VECES de (7) siete en (7) siete días, en el Periódico Oficial del Estado, en el tablero de avisos de este Juzgado, en la Oficina Fiscal de Altamira, Tamaulipas y en los Juzgados del Ramo Penal que se encuentran en ciudad de Madero, Tamaulipas, en días hábiles, y en un periódico de mayor circulación en el Segundo Distrito Judicial en días naturales, convocándose a postores y acreedores a la audiencia de remate en primer almoneda, audiencia que tendrá verificativo el día VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE, A LAS ONCE HORAS, en el local de este Juzgado, sirviendo como postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado, teniéndose como valor pericial fijado la cantidad de $202,000.00 (DOSCIENTOS DOS MIL PESOS 00/100 M.N.).- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Altamira, Tam., a 25 de junio del año 2012.- El C. Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. LUIS FELIPE PÉREZ DOMÍNGUEZ.- Rúbrica.- La C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

5041.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

El Licenciado Luis Felipe Pérez Domínguez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha (19) diecinueve de junio del año dos mil doce (2012), dictado en el Expediente 00323/2009, relativo al Juicio Sumario Hipotecario, promovido por el Licenciado Francisco Javier Ayala Leal y continuado por el Licenciado Claudio Cárdenas del Ángel, apoderado del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de EPIGMENIO CASARES PÉREZ, ordenó sacar a remate en primera almoneda, a las (11:00) ONCE HORAS, DEL DÍA MIÉRCOLES (29) VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE el bien inmueble siguiente:

Identificado como predio y construcción ubicado en calle 7 número 230, casa 16, manzana 12, Conjunto Habitacional "Edén II" en la ciudad de Altamira, Tamaulipas, C.P. 89603, con superficie de terreno de 97.50 m2 (noventa y siete punto cincuenta metros cuadrados), con una superficie de terreno de 97.50 metros cuadrados y con una superficie de construcción de 41.99 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 15.00 metros con casa 17; AL SUR, en 15.00 metros con casa 15; AL ESTE, en 6.50 metros con calle 7; AL OESTE, en metros con casas 38 y 39.- Correspondiéndole respecto de las áreas comunes una superficie de 42.12 m2 en forma pro indivisa.- Inmueble que le corresponde el número de Finca 48279.- Debiéndose convocar su venta a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días, en el Periodico Oficial del Estado y en un periódico de mayor circulación en el Segundo Distrito Judicial, la postura legal es la que cubra las dos terceras partes del avalúo o del precio fijado al inmueble.- El valor pericial fijado es la cantidad de $ 170,000.00 (CIENTO SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).- En la inteligencia que las publicaciones deberán computarse de la siguiente manera: para el Periódico Oficial del Estado, en días hábiles (de lunes a

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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viernes); y para los periódicos de mayor circulación en este Distrito Judicial, en días naturales.- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Altamira, Tam., a 29 de junio del año 2012.- El C. Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil, LIC. LUIS FELIPE PÉREZ DOMÍNGUEZ.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.

5042.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La C. Lic. María de Lourdes Domínguez Gómez, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha quince de junio de dos mil doce, ordenó la radicación del Expediente Número 716/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de ISAAC CAVAZOS CASANOVA.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES consecutivas de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico, Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en éste Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- Se expide la presente en Altamira, Tam., a los quince días del mes de junio de dos mil doce.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

5043.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

La C. Lic. María de Lourdes Domínguez Gómez, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha dieciocho de abril de dos mil doce, ordenó la radicación del Expediente Número 00450/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de NICOLÁS PÉREZ RAMÍREZ.

Y por el presente que se publicará por DOS VECES CONSECUTIVAS de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico matutino considerado el de mayor circulación de Tampico, Tamaulipas, convocando a presuntos herederos y acreedores, a fin de que si conviene a sus intereses se apersonen en éste Juzgado a deducir los derechos hereditarios si los tuvieren dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación ordenada.- Se expide la presente en Altamira, Tam., a los cuatro días del mes de junio de dos mil doce.- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. VERÓNICA MACÍAS RAMÍREZ.- Rúbrica.

5044.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES: El C. Licenciado Rafael Pérez Avalos, Juez de Primera

Instancia de lo Civil del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha seis de julio del presente año, ordenó la radicación del Expediente Número 496/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de LEOPOLDO

ENRIQUE EDUARDO POSADA LABASTIDA, promovido por YOLANDA NORA GARCÍA.

Por este edicto que se publicará por DOS VECES, de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, convocando a herederos y acreedores a una junta que se verificará dentro de los ocho días siguientes contados a partir de la última publicación del edicto, que se llevará a cabo en el local de este Juzgado con citación del C. Agente del Ministerio Público Adscrito.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 09 de julio del 2012.- El C. Secretario de

Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica. 5045.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, a julio 06 del 2012. CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.

Por auto de fecha Julio tres del dos mil doce, el Licenciado Fernando Emmanuel González de la Rosa, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 00505/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de la señora MARÍA REMEDIOS OLIVARES OLIVARES, denunciado por ARACELY GONZÁLEZ GARZA DE ESCOBEDO, se ordenó la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diario de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, a fin de que se presenten en Juicio a deducirlo a una junta que se verificará en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE El C. Secretario de Acuerdos, LIC. FRANCISCO JAVIER

ZAPATA FLORES.- Rúbrica. 5046.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Notaria Pública Número 11. Segundo Distrito Judicial.

Altamira, Tam. El suscrito Lic. Mario Perales Meléndez, Notario Público

Número 11 y del Patrimonio Inmobiliario Federal, en ejercicio en el Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la ciudad y puerto de Tampico, Tam., da a conocer que en el protocolo a su cargo mediante Instrumento Número 12,954, Volumen 409, del día 9 de julio del 2012, los señores ANA JOSEFINA RAMÍREZ SOSA, ANIRA MEDINA RAMÍREZ y ANRI MEDINA RAMÍREZ, la primera, en su carácter de única y universal heredera y albacea y los segundos como legatarios, de la sucesión testamentaria a bienes del señor RICARDO JAVIER MEDINA TINAJERO, exhibieron la partida de defunción del autor de la sucesión, el primer testimonio del testamento contenido en la Escritura Número 12,613 Volumen 398, del día 23 de mayo del 2011, pasada ante la fé del suscrito Notario, mismo que fue declarado formal judicialmente, según resolución de fecha 1 de junio del 2012, dictada en los autos del Expediente Número 501/2012, radicado en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado con residencia en Ciudad Altamira, Tamaulipas y manifiestan que aceptan la herencia, se reconocen sus derechos hereditarios y acepta la señora Ana Josefina Ramírez Sosa, el cargo de albacea instituido, que se le defiere y expresa que procederá a formular el Inventario y avalúo de los bienes de la herencia.- Lo anterior se de a conocer por medio de 2 PUBLICACIONES que se harán de 10 en 10 días, en el Periódico Oficial del Estado y en

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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El Sol de Tampico, en los términos de los artículos 830 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado y 110 fracción VII de la Ley del Notariado en vigor, ambos ordenamientos vigentes en el Estado de Tamaulipas.

ATENTAMENTE Tampico, Tam., a 24 de julio del 2012.- Notario Público

Número Once, LIC. MARIO PERALES MELÉNDEZ.- Rúbrica. 5047.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES. Por auto de fecha cinco de marzo de dos mil doce, la

Ciudadana Licenciada Marisa Iracema Rodríguez López, Titular del Juzgado, ordenó la radicación del Expediente Número 0447/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de ALFONSO CAVAZOS CANO denunciado por HORTENCIA MARTÍNEZ NIÑO, la publicación de edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia, así como a los acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a una junta que se verificará en este Juzgado dentro del octavo día siguiente a la publicación.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 12 de marzo de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA VIRGINIA TORRES GALLEGOS.- Rúbrica.

5048.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES: El C. Licenciado Rafael Pérez Avalos, Juez de Primera

Instancia de lo Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha veintiocho de mayo del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 386/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de ISABEL VALADEZ MORENO, promovido por JUAN ANTONIO JARAMILLO VALADEZ Y OTRO.

Por este edicto que se publicará por DOS VECES, de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad; convocando a herederos y acreedores a una junta que se verificará dentro de los ocho días siguientes contados a partir de la última publicación del edicto, que se llevará a cabo en el local de este Juzgado con citación del C. Agente del Ministerio Público Adscrito.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 12 de junio del 2012.- El C. Secretario de

Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica. 5049.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

Por auto de fecha veintitrés de marzo de dos mil doce, se radicó en este Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado, el Expediente Número 413/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de FRANCISCO RUIZ NIÑO, denunciado por THELMA MARINA RUIZ ROBLES; ordenando el C. Juez de los autos,

Licenciado Armando Saldaña Badillo, la publicación del presente edicto por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, mediante el cual se convoque a personas que consideren con derecho a la herencia y acreedores, para que después de hecha la última publicación, acudan ante este Juzgado a deducir sus derechos.

H. Matamoros, Tamps; a 20 de abril de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MIGUEL ÁNGEL BENITO AYALA SOLORIO.- Rúbrica.

5050.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

Por auto de fecha seis de junio de dos mil doce, se radicó en este Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado, el Expediente Número 01058/2011 relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de OFELIA TORRES IZAGUIRRE DE HERNÁNDEZ, denunciado por LETICIA HERNÁNDEZ TORRES Y ALMA VERÓNICA HERNÁNDEZ TORRES; ordenando el C. Juez de los autos, Lic. Armando Saldaña Badillo, la publicación del presente edicto por DOS VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, mediante el cual se convoque a personas que se consideren con derecho a la herencia y acreedores, para que dentro del término de quince días después de hecha la última publicación, acudan ante este Juzgado a deducir sus derechos.

H. Matamoros, Tamps; 22 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MIGUEL ÁNGEL BENITO AYALA SOLORIO.- Rúbrica.

5051.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

CITANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES: El C. Licenciado Rafael Pérez Avalos, Juez de Primera

Instancia de lo Civil del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha dieciséis de abril del actual, ordenó la radicación del Expediente Número 264/2012, relativo al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de HERÓN GARZA GUAJARDO, denunciado por CARMEN SERNA ROMERO.

Por este edicto que se publicará por DOS VECES, de diez en diez días, tanto en el Periódico Oficial del Estado como en uno de los de mayor circulación en esta ciudad, se convoca a herederos y acreedores a una junta que se verificará dentro de los ocho días siguientes contados a partir de la última publicación del edicto, que se llevará a cabo en el local de este Juzgado con citación del Agente del Ministerio Público.

ATENTAMENTE Río Bravo, Tam., 04 de mayo del 2012.- El C. Secretario

de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA CASTILLO.- Rúbrica. 5052.- Agosto 14 y 23.-1v2.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C. VERÓNICA MARTÍNEZ MEZA. DOMICILIO IGNORADO.

La C. Licenciada Antonia Pérez Anda, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha dieciocho de abril del dos mil doce, ordenó la radicación del Expediente Número

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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00462/2012 relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario promovido por el C. MARCO ANTONIO AZPEITA PEREIRA, en contra de la C. VERÓNICA MARTÍNEZ MEZA, de quien reclama las siguientes prestaciones:

A.- Con fundamento en la causal contemplada en la fracción XI, XVIII del artículo 249, del Código Civil vigente en la Entidad, la disolución del vínculo matrimonial existente entre el suscrito y la C. VERÓNICA MARTÍNEZ MEZA.

B.- El pago de los gastos y costas que se originen con la tramitación del presente Juicio.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula.

Altamira, Tam., a 5 de julio del 2012.- La C. Juez de Primera Instancia Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado, LIC. ANTONIA PÉREZ ANDA.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. JOSÉ JIMÉNEZ RÍOS.- Rúbrica.

5053.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ BAÑUELAS DOMICILIO DESCONOCIDO

El C. Lic. Isidro Javier Espino Mata, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Altamira, Tamaulipas.- Ordeno, mediante proveído de fecha (25) veinticinco de junio del año dos mil doce (2012), dictado dentro del Expediente Número 00521/2003, relativo al Juicio Sumario Civil sobre Alimentos definitivos (Incidente de cancelación o suspensión de Pensión Alimenticia), promovido por el C. JESÚS GONZÁLEZ OLVERA, en contra de FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ BAÑUELAS.

Se ordena emplazar por medio de edictos, que por (25) veinticinco de junio del año dos mil doce (2012), TRES VECES consecutivas deberán de publicarse en el Periódico Oficial del Estado, en El Sol de Tampico, así como en los Estrados del Juzgado al C. FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ BAÑUELAS, haciéndole saber al demandado FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ BAÑUELAS, que se le concede el término de (60) sesenta días hábiles, a partir de la última publicación del edicto, para que produzca su contestación a la demanda instaurada en su contra, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias de traslado respectivas.- Es dado el presente a los (09) nueve días del mes de julio del año dos mil doce (2012).- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA MAGDALENA ZUMAYA JASSO.- Rúbrica.

5054.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C.C. SILVIA FERREL GONZÁLEZ Y VÍCTOR A. LUGO JIMÉNEZ. PRESENTE.

El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente Número 00887/2011, radicado en el Juzgado a mí cargo, relativo al Juicio Ordinario Civil promovido por el Lic. Gonzalo Enrique Acosta Muñoz, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de SILVIA FERREL GONZÁLEZ Y VÍCTOR A. LUGO JIMÉNEZ, se dictaron los siguientes acuerdos que a la letra dicen:

Con esta fecha el C. Secretario de Acuerdos da vista al Titular del Juzgado con la promoción de cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a catorce de julio del año dos mil once (2011).- Con el anterior escrito de cuenta, 4 anexos y copias de traslado.- Téngase por presentado al Licenciado Gonzalo Enrique Acosta Muñoz, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, personalidad que acredita con el poder que exhibe certificado por Notario Público, promoviendo Juicio Ordinario Civil, en contra de los ciudadanos SILVIA FERRER GONZÁLEZ y VÍCTOR A. LUGO JIMÉNEZ, quienes tienen su domicilio en calle Palma Real N° 215, manzana 4, lote 7, entre la calle Calzada San Pedro y Palma Areca, de la Unidad Habitacional "San Pedro", C.P. 89320, a quienes reclama, en el punto 1, a la señora SILVIA FERREL GONZÁLEZ, los conceptos que menciona en los incisos a), b), c), d), e), f), g), h), y del señor VÍCTOR A. LUGO JIMÉNEZ, lo que refiere en el punto II, de su demanda.- Fundándose para ello en los hechos y consideraciones legales que estimó aplicables al caso, se admite la promoción en cuanto ha lugar en derecho, désele entrada, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el Número 00887/2011 con las copias simples de la demanda y anexos debidamente selladas y rubricadas por la Secretaría del Juzgado, emplácese y córrase traslado a la parte demandada, haciéndole saber que se le concede el término de diez días para que produzca su contestación si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer.- Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la calle Francisco T. Villarreal N° 112, Fraccionamiento Floresta, entre las calles Ave. Divisoria y calle Lic. Raúl J. Rocha, Altamira, Tamaulipas, C.P. 89609, y por autorizados para que tenga acceso al expediente a los Licenciados José Ángel Álvarez Ortiz, Nancy Pacheco Castillo, Carmina Sánchez Maldonado, no así por cuanto a los pasantes en derecho que refiere, en términos del artículo 68 Bis Párrafo Tercero del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Así y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 4°, 30, 52, 462, 463, 466, 467, 468, y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tamaulipas.

Notifíquese personalmente.- Así lo acuerda y firma el Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, del Segundo Distrito Judicial en el Estado, actuando con la Ciudadana Licenciada Ma. del Carmen Villagrana Almaguer, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Legibles.- Rúbricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de Ley.- Conste.

Ciudad Altamira, Tamaulipas, a veintiuno de marzo del año dos mil doce (2012).- A sus antecedentes el escrito presentado ante la oficialía común de partes el día veinte de este mismo mes y año, signado por el Licenciado Gonzalo Enrique Acosta Muñoz, quien actúa dentro de los autos del Expediente Número 00887/2011, vista su petición.- En atención a que el

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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Instituto Federal Electoral, informó que en su base de datos encontró el mismo domicilio señalado en autos de la parte demandada y que no fue posible su localización, por lo que procédase a emplazar a dicha persona por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en este Distrito Judicial que comprende Tampico, Madero y Altamira, por TRES VECES consecutivas, fijándose además en la puerta del Juzgado, comunicándole al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días hábiles contados a partir de la última publicación del edicto y si en caso de que el Juez por cualquier motivo tuviere conocimiento del domicilio de esas personas, o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento se tendrá por no hecho, y se lo mandará practicar en el domicilio ya conocido, quedando a su disposición las copias de traslado en la Secretaría de este Juzgado, lo anterior en virtud de que el compareciente manifiesta que desconoce el domicilio.- Lo anterior con fundamento en los artículos 4, 67 fracción IV del Código de Procedimientos Civiles del Estado.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo provee y firma el Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado ante el Licenciado María del Carmen Villagrana Almaguer, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Si Vale.- Doy Fe. Enseguida se hizo la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los veintitrés días del mes de marzo del dos mil doce.- DOY FE.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

5055.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil.

Séptimo Distrito Judicial. Cd. Mante, Tam.

C. MARBEL PÉREZ TORRES. DOMICILIO DESCONOCIDO.

El Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia Civil del Séptimo Distrito Judicial del Estado, con residencia en ésta ciudad, dentro del Expediente Número 00288/2011, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por el C. Licenciado Jorge Eduardo Gallardo González, en su carácter apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de los C.C. JOSÉ CONCEPCIÓN ALVARADO MARTÍNEZ, MARBEL PÉREZ TORRES y DIRECTOR DEL INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, se ordenó el emplazamiento por edictos a usted, dictándose los siguientes acuerdos:

Ciudad Mante, Tamaulipas; a los (05) cinco días del mes de septiembre del año dos mil once (2011).- Por recibido en fecha uno de los corrientes, escrito, documentos anexos y copias de traslado, téngase por presentado al C. JORGE EDUARDO GALLARDO GONZÁLEZ, en su carácter de apoderado legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES personalidad que justifica debidamente con la documental que exhibe, misma que se encuentra pasada en su contenido y firma ante fedatario público, por lo que se le reconoce su personalidad de apoderado legal de la citada institución y se le da la intervención que legalmente le corresponda en términos del citado instrumento por lo que con tal carácter se le tiene por presentado promoviendo Juicio Ordinario Civil, en contra de los C.C. JOSÉ CONCEPCIÓN ALVARADO MARTÍNEZ Y

MARBEL PÉREZ TORRES, así como del C. Director del Instituto Registral y Catastral del Estado de Tamaulipas, antes Registro Público de la Propiedad y del Comercio los primeros con domicilio en calle Soto La Marina número 223 entre Víctor Saavedra y Limite del Conjunto Habitacional Linares Código Postal 89849 y segundo en calle Ignacio Zaragoza número 204 esquina con calle Servando Canales, Zona Centro ambos de esta ciudad, de quienes reclama las prestaciones que refiere su escrito de cuenta, con base en los hechos y consideraciones de derecho que en el mismo indica.- Ajustada que es su demanda a derecho, se admite a trámite en la vía y forma legal propuesta, en consecuencia fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno que para tal efecto se lleva en este Juzgado, bajo el número de Expediente 00288/2011.- Con las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados, córrase traslado a la parte demandada y emplácesele para que dentro del término de diez días, ocurra al local que ocupa este Tribunal a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, ya sea confesándola, negándola u oponiendo excepciones si a sus interés así conviniere.- Se previene a la parte demandada para que ante esta autoridad, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibida de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de cédula que se fije en los Estrados del Juzgado.- Téngase a la parte actora señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones los Estrados de este Juzgado, autorizando para tal efectos así como para recoger documentos e imponerse de los autos, a los C.C. Licenciados Vicente Javier Lara Uribe y/o Luis Antonio Villasana Hernández y/o Rosenda Yáñez Villanueva y/o Edgar Abraham Rodríguez Guerra y/o Miguel Ángel López Pérez y/o Marco Antonio Rodríguez López y/o Bertha Alicia Sánchez Márquez, a quienes además autoriza para que estén presentes en la diligencia de emplazamiento.- Por otra parte, como lo solicita, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 4 del Código de Procedimiento Civiles, se autoriza al C. JORGE EDUARDO GALLARDO GONZÁLEZ, autorizado por la parte actora para examinar el acuerdo correspondiente a través de medios electrónicos, con la salvedad de aquellas resoluciones que sean de notificación personal, en su correo electrónico [email protected] Realícese por conducto de la Central de Actuarios de este Distrito Judicial la diligencia ordenada en el presente proveído.- Notifíquese personalmente a los C.C. JOSÉ CONCEPCIÓN ALVARADO MARTÍNEZ, MARBEL PÉREZ TORRES Y DIRECTOR DEL INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, ANTES REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO.- Con fundamento en los artículos 4, 22, 401 52, 66, 68, 172, 173, 185, 192 fracción 11, 195 fracción III, 226, 227, 228 fracción III, 229, 231, 236, 247, 248, 250, 2511 252, 253, 255, 257, 258, 273, 462, 463, 465 al 469 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, así como los artículos 148, 150 fracción II, VIII, X de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente en el Estado.- Así lo acordó y firma el Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante, Juez de Primera Instancia de lo Civil, del Séptimo Distrito Judicial en el Estado, quién actúa con la Secretaria de Acuerdos Licenciada María Esther Padrón Rodríguez, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Srio.- Rúbricas.- Enseguida se publicó en Lista de Acuerdos.- Conste.- Se registro bajo el Número 00288/2011.

AUTO INSERTO Ciudad Mante, Tamaulipas; a los (30) treinta días del mes

de mayo del año dos mil doce (2012).- Por recibido en fecha veintinueve de mayo del año en curso, escrito signado por el C. JORGE EDUARDO GALLARDO GONZÁLEZ, compareciendo al Expediente Número 00288/2011, con la personalidad que tiene debidamente acreditada en autos, mediante el cual solicita se emplace a la demandada por medio de edictos; por lo que es de proveerse en los siguientes términos:

Como lo solicita tomando en consideración que los diversos oficios que obran agregados a los autos rendidos por

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el Comandante de la Policía Ministerial del Estado y del Vocal Ejecutivo y Vocal Secretario del Instituto Federal Electoral de Tamaulipas, así como el Gerente Tienda Mante, de Teléfonos de México, S.A.B. de CV., todos de esta ciudad, de donde se desprende que se ignora el paradero del codemandada MARBEL PÉREZ TORRES, y el desconocimiento del domicilio de la demandada es general, en consecuencia, procédase a emplazar a dicha persona por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación de asta ciudad, por TRES VECES consecutivas, fijándose además en la puerta del Juzgado, comunicándole a la interesada que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días contados a partir de la última publicación del edicto, quedando a disposición de la codemandada las copias de la demanda en la Secretaría de Acuerdos de este Juzgado.- Lo anterior con fundamento en 22, 66, 67 fracción VI y 106 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Así lo acordó y firma el Licenciado Cuauhtémoc Castillo Infante Juez de Primera Instancia de lo Civil, del Séptimo Distrito Judicial en el Estado, quién actúa con la Secretaria de Acuerdos, Licenciada María Esther Padrón Rodríguez, que autoriza y da fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Srio.- Rúbricas.- Enseguida se publicó en Lista de Acuerdos.- Conste.

Cd. Mante, Tam., a 11 de julio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA ESTHER PADRÓN RODRÍGUEZ.- Rúbrica.

5056.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C.C. AURORA ANGÉLICA DE LA PAZ DE MORALES, JUDITH ESMERALDA MORALES DE LA PAZ, Y ERIKA AURORA MORALES DE LA PAZ. PRESENTE.

La Licenciada Martina Juárez Núñez, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado con cabecera en Altamira, Tamaulipas, hace saber que en el Expediente 00296/2012 radicado en el Juzgado a ml cargo, relativo al Juicio Ordinario Civil promovido por la C. LAURA BANDA SÁNCHEZ, en contra de AURORA ANGÉLICA DE LA PAZ DE MORALES, JUDITH ESMERALDA MORALES DE LA PAZ Y ERIKA AURORA MORALES DE LA PAZ, se dicto un acuerdo que a la letra dice:

Altamira Tamaulipas a los (30) treinta días del mes de marzo del año (2012) dos mil doce.- A sus antecedente el escrito de cuenta, signado por la C. LAURA BANDA SÁNCHEZ, con los documentos y copias simples que se acompañan, se le tiene promoviendo Juicio Ordinario Civil sobre Posesión por Prescripción Positiva en contra de las C.C. AURORA ANGÉLICA DE LA PAZ DE MORALES, JUDITH ESMERALDA MORALES DE LA PAZ Y ERIKA AURORA MORALES DE LA PAZ de quienes manifiesta desconocer el domicilio, y a quienes reclama las prestaciones descritas en su escrito de demanda, las cuales se tienen por transcritas como si a la letra se insertaran, toda vez que su promoción de cuenta reúne los requisitos de los artículos 22, 247 y 248, del Código Adjetivo Civil vigente en el Estado, se ordena.- Registrarse y formar Expediente 296/2012.- Visto el contenido de su escrito y las manifestaciones a que se contrae, a fin de acreditarse la procedencia de la petición que fundamenta en el numeral 67 fracción VI del Código Procesal Civil previamente gírense atentos oficios al Vocal Ejecutivo de la Junta Local del Instituto Federal Electoral residente en Ciudad Victoria, Tamaulipas así como al residente en Tampico y ciudad Madero, Tamaulipas a fin de que de no existir inconveniente alguno se sirvan informar a este H. Juzgado si las demandadas C.C. AURORA ANGÉLICA DE LA PAZ DE MORALES, JUDITH ESMERALDA MORALES DE LA PAZ Y ERIKA AURORA MORALES DE LA

PAZ se encuentran registradas en sus archivos y en caso afirmativo informen a éste Juzgado el domicilio que tengan registrado actualmente.- Por cuanto hace a su diversa petición de girar oficio al C. DIRECTOR DEL INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL DE TAMAULIPAS se le dice al compareciente que se le tiene por expedito su derecho a comparecer en forma personal a solicitar la información que necesita ante el propio Instituto.- Téngasele señalando como su domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones en esta instancia, el ubicado e Séptima Avenida, número 109-J, colonia Villahermosa entre Avenida Villahermosa y Limite, Tampico Tamaulipas, Código Postal 89319, designando como abogados patronos a los C.C. Licenciados ZÓSIMO GEA PÉREZ DE LEÓN, ERNESTO GENARO ALDAPE INFANTE, HUMBERTO VALDIVIESO LÓPEZ, CESAR URIEL FORTUNA SANDOVAL y CARMEN YUDITH RUIZ FIGÓN.- Se hace del conocimiento de las partes, que el Supremo tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas, motivado por el interés de las personas que tienen algún litigio, cuenten con la opción para resolver en forma alternativa su conflicto, ha implementado en este segundo Distrito Judicial, como alternativa de solución de conflictos La Mediación; creando al efecto la Unidad Regional de Mediación del Supremo Tribunal de Justicia, ubicado en la planta alta de este mismo edificio, donde se les atenderá en forma gratuita.- Notifíquese.- Lo anterior además con fundamento en los artículos 4, 40, 52, 61, 66, 67, 192, 195, 226, 227, 272, 462, y 463 del Ordenamiento Procesal Civil para el Estado.- Así lo provee y firma la Licenciada Martina Juárez Núñez, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con el Licenciado Salomón Sampablo Martínez, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Si Vale.- Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.- En esta misma fecha el suscrito Secretario de Acuerdos del Juzgado da cuenta a la Titular de la presente promoción a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- Doy Fe.

Altamira, Tamaulipas, a los (29) veintinueve días del mes de junio del año (2012) dos mil doce.- A sus antecedente el escrito de cuenta, signado por la C. LAURA BANDA SÁNCHEZ, quien actúa dentro del Expediente 296/2012, visto su contenido y en atención a su petición.- Y tomando en consideración que no ha sido posible la localización del domicilio y paradero de las demandadas AURORA ANGÉLICA DE LA PAZ DE MORALES, JUDITH ESMERALDA MORALES DE LA PAZ Y ERIKA AURORA MORALES DE LA PAZ no obstante los requerimientos por vía de oficio, se tiene como ignorado por la parte actora y este Tribunal, el domicilio de dicho demandado, por lo que al tenor de la fracción VI del artículo 67 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, Emplácese a las C.C. AURORA ANGÉLICA DE LA PAZ DE MORALES, JUDITH ESMERALDA MORALES DE LA PAZ Y ERIKA AURORA MORALES DE LA PAZ por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación, por TRES VECES consecutivas, además de fijarse en la puerta del Juzgado en el entendido de que deberán ser totalmente legibles apercibido de que en caso de no ser legibles se tendrá por no publicado.- Por dicho edicto hágase saber al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días a partir de la fecha de la última publicación.- Lo anterior se autoriza en la inteligencia de que si por cualquier medio se toma conocimiento del domicilio de dicho demandado, o apareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento ordenado se tendrá como no hecho, y se mandará practicarlo en el domicilio que resulte conocido.- Expídanse a la parte actora los edictos ordenados para su publicación, debiendo a la brevedad exhibir las ediciones que amparen su cumplimiento.- Notifíquese.- Así y con fundamento en los artículos 4° y 67 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Así lo provee y firma la Licenciada Martina Juárez Núñez, Juez Tercero de

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con el Licenciado Salomón Sampablo Martínez, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Si Vale Doy Fe.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

Es dado el presente edicto en el Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, en Altamira, Tamaulipas, a los tres días del mes de julio de dos mil doce.- DOY FE.

La C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. MARTINA JUÁREZ NÚÑEZ.- Rúbrica.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. SALOMÓN SAMPABLO MARTÍNEZ.- Rúbrica.

5057.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

C. RAFAEL ARRILLAGA ARMIEUX DOMICILIO IGNORADO.

El C. Licenciado Toribio Antonio Hernández Ochoa Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha veintidós de agosto del dos mil once, ordenó la radicación del Expediente Número 00908/2011, relativo al Ejecutivo Mercantil, promovido por el C. Licenciado Tirso Mar Lacorte, endosatarios en procuración de la persona empresa LOGÍSTICA OPERACIÓN Y CONTROL, S.A. DE C.V., en contra de RAFAEL ARRILLAGA ARMIEUX, mediante auto de fecha uno de marzo del dos mil doce, se ordenó emplazar por medio de edictos, haciéndoselo de su conocimiento que le reclaman las siguientes prestaciones:

A).- El pago de la cantidad de $236,749.50 (DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS 50/100 M.N.) por concepto de suerte principal.

B.- El pago de los intereses moratorios vencidos y que se sigan venciendo a razón del 6% (seis por ciento), anual desde la fecha en que el demandado incurrió en mora hasta el pago total de la cantidad que se reclama por concepto de suerte principal en la prestación marcada con el inciso a), por ser dicha tasa de interés legal de acuerdo al artículo 362 del Código de Comercio.

C).- El pago de gastos y costas que se originen por la tramitación del presente Juicio.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula, que se fijen en los Estrados de este Juzgado.

Altamira, Tam., a 08 de marzo de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ROSA HILDA BOCK ESPINOZA.- Rúbrica.

5058.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Quinto Distrito Judicial. Cd. Reynosa, Tam.

AL C. ZOILA CARRE CALDERÓN. DOMICILIO DESCONOCIDO.

La Ciudadana Licenciada Ana Verónica Reyes Díaz, Titular del Juzgado, por auto de fecha seis de julio del presente año,

ordenó la expedición de los edictos correspondientes y por auto de fecha catorce de junio del dos mil doce, se ordeno la radicación del Expediente Número 467/2012; relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario promovido por LEOPOLDO TREVIÑO LÓPEZ, en contra de usted, demandándole los siguientes conceptos: A).- La disolución del vínculo matrimonial, B).- La terminación de la sociedad conyugal y en virtud de que la parte actora manifiesta desconocer su domicilio, se le notifica y emplaza a Juicio mediante edictos que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad y en los Estrados de este Juzgado, para que comparezca a producir su contestación dentro del término de sesenta días contados a partir de la última publicación de este edicto, haciendo igualmente de su conocimiento que las copias de traslado quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal.

ATENTAMENTE. “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

Cd. Reynosa, Tam., a 12 de julio del año 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. SANJUANA LÓPEZ VARGAS.- Rúbrica.

5059.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Quinto de Primera Instancia Familiar.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

ISAÍAS LÓPEZ TOLEDO DOMICILIO DESCONOCIDO

El C. Lic. Isidro Javier Espino Mata, Juez Quinto de Primera Instancia de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ciudad Altamira, Tamaulipas.- Ordenó, mediante proveído de fecha (24) veinticuatro de mayo del año dos mil doce (2012), dictado dentro del Expediente Número 00301/2012, relativo al Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Necesario, promovido por la C. GABRIELA QUEZADA REYES, en contra del C. ISAÍAS LÓPEZ TOLEDO.

Se ordena emplazar por medio de edictos, que por (03) TRES VECES consecutivas deberán de publicarse en el Periódico Oficial del Estado, en El Sol de Tampico, así como en los Estrados del Juzgado al C. ISAÍAS LÓPEZ TOLEDO, haciéndole saber al demandado ISAÍAS LÓPEZ TOLEDO, que se le concede el termino de (60) sesenta días hábiles, a partir de la última publicación del edicto, para que produzca su contestación a la demanda instaurada en su contra, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias de traslado respectivas.- Es dado el presente a los (13) trece de junio del año dos mil doce (2012).- DOY FE.

La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MARÍA MAGDALENA ZUMAYA JASSO.- Rúbrica.

5060.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado de Primera Instancia Civil y Familiar.

Décimo Tercer Distrito Judicial. Río Bravo, Tam.

Río Bravo, Tam; 20 de marzo del 2012 C. DORA ELIA MONSIVÁIS GARIVALDI. DOMICILIO DESCONOCIDO.

El C. Licenciado Rafael Pérez Avalos, Juez de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Décimo Tercer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha nueve de marzo del actual, ordena la radicación del Expediente Número 398/2009, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de PEDRO MONSIVÁIS GARIVALDI Y LUCIA GARIVALDI SALAZAR, promovido por ANA MARÍA MONSIVÁIS GARIVALDI, y en virtud de que la promovente manifiesta desconocer el domicilio de la C. DORA ELIA MONSIVÁIS

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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GARIVALDI, notifíquese mediante edictos que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, fijándose además en la puerta de este Juzgado, que comparezca a deducir sus derechos dentro del Juicio antes citado, dentro del término de sesenta días contados a partir de la última publicación del edicto de este edicto.

ATENTAMENTE El C. Secretario de Acuerdos, LIC. MANUEL SALDAÑA

CASTILLO.- Rúbrica. 5061.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

AL C. MARÍA BERTHA RAMOS GARCÍA CUYO DOMICILIO SE IGNORA

En el Expediente No. 00193/2011, relativo al Juicio Sumario Civil Sobre Cancelación y Suspensión de Pensión Alimenticia, promovido por JUAN DE DIOS SILGUERO GRACIA, en contra de MARÍA BERTHA RAMOS GARCÍA, se dictó un auto, el cual literalmente dice:

H. Matamoros, Tamaulipas a veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil once.- Por presentado el C. JUAN DE DIOS SILGUERO GARCÍA, con su escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes y como lo solicita por las razones que expone y toda vez que se ignora el domicilio de la demandada, el C. MARÍA BERTHA RAMOS GARCÍA, es por lo que en consecuencia, con fundamento en el artículo 67 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles del Estado, emplácese a ésta por medio de un edicto que se publicarán por TRES VECES consecutivas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad, así como en el Periódico Oficial del Estado y se fijarán además en la Puerta del Juzgado, haciéndole saber a dicha demandada que deberá presentar su contestación a la demanda instaurada en su contra dentro del término de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, quedando a disposición en la Secretaría de este Juzgado las copias de traslado correspondiente, previéndose a la mencionada demandada para de ocurrir a Juicio, señale domicilio para oír y recibir notificaciones, apercibida que en caso de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal se le harán por cédula que se fijarán en los Estrados de este Juzgado.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto además por los artículos 40, 5, 40, 66 y además relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Notifíquese personalmente a la demandada, la C. MARÍA BERTHA RAMOS GARCÍA por edictos y cúmplase.- Así lo acordó y firma el Ciudadano Licenciado Everardo Pérez Luna, Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar del Cuarto Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el C. Lic. José Ruiz Castillo, Secretario de Acuerdos con que autoriza y da fe.- Doy Fe.- Dos Rúbricas Ilegibles del C. Juez y del Secretario de Acuerdos.

H. Matamoros, Tam., a 6 de octubre del 2011.- El C. Secretario de Acuerdos, LIC. JOSÉ RUIZ CASTILLO.- Rúbrica.

5062.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Cuarto Distrito Judicial. H. Matamoros, Tam.

AL C. JUANA GARCÍA JIMÉNEZ. CUYO DOMICILIO SE IGNORA.

La C. Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha diecinueve de agosto de dos mil once, radicó el Expediente Número 00698/2011 relativo al Juicio Ordinario Civil promovido por LINO GONZÁLEZ PÉREZ en contra de JUANA GARCÍA JIMÉNEZ, y toda vez de que su demandante dice ignora su domicilio con fundamento en el artículo 67 fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordeno emplazarlo por medio de edictos que se publicara por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación, así como en Estrados de este Juzgado, por medio del cual se le llama a Juicio, a fin de que dentro del término de sesenta días después de hecha la última publicación, produzca su contestación de demanda quedando en la Secretaría del Juzgado a su disposición las copias de traslado respectivas y se le previene que al ocurrir a Juicio designe abogado y domicilio de este para oír y recibir notificaciones, apercibido que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán en los Estrados de este Juzgado.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 30 de marzo de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5063.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

C. HUMBERTO OSVALDO GALLEGOS PESINA. DOMICILIO IGNORADO.

La C Ciudadana Licenciada Tranquilina Martínez Balderas, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha dieciséis de abril del año en curso, ordenó la radicación del Expediente Número 00586/2012, relativo al Divorcio Necesario, promovido por la MARÍA DE JESÚS RÍOS ZAMARRIPA, en contra de usted, de quien reclama las siguientes prestaciones:

Ciudad Victoria, Tamaulipas, (16) dieciséis días del mes de abril del año dos mil doce (2012).- Por recibido el escrito de fecha (12) del presente mes y año y anexos que acompaña, del C. MARÍA DE JESÚS RÍOS ZAMARRIPA, como lo solicita, téngasele por presentado promoviendo en la Vía Ordinaria Civil, Juicio de Divorcio Necesario, en contra de HUMBERTO OSVALDO GALLEGOS PESINA, con domicilio desconocido, a quien le reclama las prestaciones que precisa en el cuerpo de su promoción.- Fundándose para ello en los hechos y consideraciones legales que invoca.- Con fundamento por lo dispuesto por el artículo 252 del Código de Procedimientos Civiles, se admite a trámite la demanda de cuenta, toda vez que reúne los requisitos a que se refieren los diversos 247 y 248 del Ordenamiento Procesal Invocado.- Radíquese, regístrese y fórmese Expediente.- Previamente a ordenar el emplazamiento y toda vez que se desconoce el domicilio del demandado, gírense atentos oficios al Vocal del Registro Federal de Electores, Gerente de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, así como al Gerente de la Comisión Federal de Electricidad, y Teléfonos de México para que informen a este Juzgado si el demandado tiene manifestado su domicilio al obtener su credencial para votar, y como usuario de dichas Organizaciones descentralizadas y de ser así, precise el domicilio particular manifestado ante dichas

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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dependencias.- Por otra parte con fundamento en el artículo 4º Constitucional, 3° fracción IV de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado, 41, fracción IV, y 241 del Código de Procedimientos Civiles, dese vista mediante notificación personal al Agente del Ministerio Público Adscrito a este Juzgado, a efecto de que en un término de tres días manifieste lo que a su representación social corresponda.- Téngase al promovente señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en 11 y 12 Morelos, número 608 de esta ciudad, y autorizando para tal efecto y como Asesores Jurídicos a los C.C. Licenciados Marte Rodolfo Vanoye Carmona y Roberto Robles Serna.- Así mismo, se les recuerda a las partes que de conformidad con lo que dispone el artículo 17 de la Carta Magna, todos los servicios que presta este Juzgado son gratuitos.- Notifíquese personalmente a las partes.- Así lo acuerda y firma la Licenciada Tranquilina Martínez Balderas, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con Secretaria de Acuerdos Lic. Asalia María Castañeda Montelongo, que autoriza y Da Fe.- Enseguida se registró bajo el Número 00586/2012 y se publicó en lista.- Conste.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula.

Cd. Victoria, Tam., a 14 de junio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. ASALIA MARÍA CASTAÑEDA MONTELONGO.- Rúbrica.

5064.- Agosto 14, 15 y 16.-1v3.

E D I C T O Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.

Segundo Distrito Judicial. Altamira, Tam.

SE CONVOCA A POSTORES. El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Segundo

de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el estado, con cabecera en Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha diecisiete de mayo del año en curso, ordenó sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble embargado en el Expediente 00723/2008, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada Marisela Curiel Bautista, en su carácter de endosatario en procuración de ALEJANDRO MORENO RODRÍGUEZ, en contra de ANGÉLICA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Y FERNANDO NABOR ARTEAGA IBARRA, consistente en:

Finca No. 1999, del municipio de ciudad Madero, Tamaulipas, terreno urbano ubicado en Avenida Ferrocarril No. 4-Oriente, manzana 77, lote 6, Sector 1, colonia Unidad Nacional con superficie de 739.220 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 23.250 metros con fracción del lote seis, AL SUR, en 40.00 metros con lote 7, AL ORIENTE, en 34.250 metros con Avenida Ferrocarril, AL PONIENTE, en 11.420 metros con lote 3.- Inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el Estado, en la Sección I, N° 35911, Legajo 720, de fecha 28 de abril de 1989, del municipio de ciudad Madero, Tamaulipas, al cual se le asignó un valor pericial de $1’700,000.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.).

Y para su publicación por TRES VECES dentro de nueve días, en el Periódico Oficial del Estado, convocándose a postores a la primera almoneda que tendrá verificativo en el local de este Juzgado, el día seis de septiembre del año dos

mil doce, a las diez horas, siendo postura legal la cantidad que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado al inmueble que se saca a remate, para lo anterior es dado a los veintinueve días de mayo de dos mil doce.- DOY FE.

El C. Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil, LIC. GILBERTO BARRÓN CARMONA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. DEL CARMEN VILLAGRANA ALMAGUER.- Rúbrica.

5065.- Agosto 14, 16 y 22.-1v3.

E D I C T O Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.

Primer Distrito Judicial. Cd. Victoria, Tam.

A QUIEN CORRESPONDA: El C. Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez

Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, por auto de fecha tres de mayo del dos mil doce, ordenó la radicación del Expediente Número 564/2012 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Información Ad-Perpetuam, promovido por JOSÉ GUADALUPE PORTES CEPEDA a fin de acreditar la posesión de un bien inmueble rústico ubicado en el municipio de Güemez, Tamaulipas, entre Brecha Fundo Legal y calle Pino Suarez y Camino Vecinal, Sector 2, el cual cuenta con una superficie de 1,485.12 metros cuadrados comprendidos dentro de las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE en 25 metros con Brecha Fundo Legal; AL SUR en 10.70 metros con calle Pino Suarez; AL ESTE en 83.30 metros con Dominga Carrizales y Juan Gaytán Ramos; y AL OESTE en 83.10 metros con camino vecinal.

Y por el presente que se publicará por TRES VECES consecutivas de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor circulación de esta ciudad, Estrados de las Oficinas de la Presidencia Municipal, Catastro y Oficina Fiscal del Estado en esta ciudad se convoca a todos los que se consideren con derecho al inmueble se presenten en el Juicio dentro del término de tres días contados a partir de la última publicación del presente.

Cd. Victoria, Tam., a 07 de junio de 2012.- El C. Secretario de Acuerdos Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. ANASTACIO MARTÍNEZ MELGOZA.- Rúbrica.

5066.- Agosto 14, 28 y Septiembre 11.-1v3.

C O N V O C A T O R I A 3ª TESORERÍA, S.A. DE C.V.

Nuevo Laredo, Tam. Nuevo Laredo, Tamaulipas a 17 de julio de 2012.

REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LA EMPRESA DENOMINADA “3A TESORERÍA. S.A. DE C.V.”

Mediante Asamblea General efectuada el día 13 de junio de 2012 la empresa “3A TESORERÍA, S.A. DE C.V.” acordó la reducción de su capital social en su parte fija de $ 192,000.00 pesos a $ 190,000.00 pesos con motivo de la exclusión por retiro corno accionistas a las personas que enseguida se señalan y cuyos títulos accionarios tienen un valor nominal de 51,000.00 cada uno:

a) Carlos Francisco Cruz Barrera, con título accionario N° 7, escrito recibido con fecha 27 de abril de 2012.

b) Mariano Gamboa Rodríguez, con título accionario N° 81, escrito recibido con fecha 25 de mayo de 2012.

El reembolso del valor del título accionario a los accionistas por exclusión por retiro deberá hacerse sino hasta que haya transcurrido el plazo de 5 días después de la última publicación a que se refiere el artículo 9° de la Ley General de Sociedades Mercantiles y siempre que no exista oposición judicial de acreedor alguno o hasta que cause ejecutoria la sentencia que declare infundada la oposición o en su defecto, hasta que el

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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titular haya garantizado el pago de las deuda de la sociedad a entera satisfacción de la sociedad y de sus acreedores en la parte proporcional que el reembolso represente del capital social antes de su retiro.- El presente edicto deberá publicarse por TRES VECES de diez en diez días, en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas.

El C. Presidente del Consejo Directivo, A.A. RICARDO ZARAGOZA AMBROSI.- Rúbrica.- El C. Secretario del Consejo Directivo, A.A. FRANCISCO ROMÁN PARTIDA ROBLEDO.- Rúbrica.

5067.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3. E D I C T O

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil. Cuarto Distrito Judicial.

H. Matamoros, Tam. La C. Licenciada Elvira Vallejo Contreras, Juez Primero de

Primera Instancia de lo Civil del Cuarto Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha dos de julio de dos mil doce, radicó el Expediente Número 0724/2012 relativo a las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria sobre Información Testimonial Ad-Perpetuam promovido por SAMUEL TORRES LARA a fin de acreditar la posesión de un inmueble que se encuentra ubicado en callejón 7 número 128 B entre las de Roberto Guerra y Alejandro Prieto de la colonia Norberto Treviño Zapata, con una superficie de 200.00 metros cuadrados, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE, en 20.00 mts con lote número 34, AL SUR, en 20.00 mts con lote número 36, AL ESTE, en 10.00 mts con Callejón 7, AL OESTE, en 10.00 mts con lote número 15.- Dicho Inmueble se encuentra controlado con la Clave Catastral Número 22-01-15-051-011.

Se expide el presente edicto para su publicación por TRES VECES de diez en diez días en el Periódico Oficial del Estado y en un diario local de mayor circulación así como en la tabla de avisos de la Oficina Fiscal del Estado, Presidencia Municipal y Estrados de este Juzgado convocándose a las personas que se consideren con derecho al inmueble para que lo ejerciten dentro del término de ley.- DOY FE.

H. Matamoros, Tamps; a 04 de julio de 2012.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. CLAUDIA PATRICIA ESCOBEDO JAIME.- Rúbrica.

5068.- Agosto 14, 23 y Septiembre 24.-1v3. E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil. Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam. CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha diez de julio del presente año, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 00267/2011, promovido por el Lic. Miguel Daniel Negrete Valderrama y continuado por el C. Lic. Jaime Francisco Olivo García, apoderado legal de INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra del C. GABINO VILLANUEVA CASTELLANOS, el Titular de este Juzgado Lic. José Ramón Uriegas Mendoza, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado, consistente en:

Casa marcada con el número 312, de la calle Malaquita, lote 22, manzana 19, del Fraccionamiento "La Joya" de esta ciudad, con una superficie de terreno de 90.00 m2 (noventa metros cuadrados) y una superficie de construcción de 52.00 m2 (cincuenta y dos metros), con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.00 metros con calle Malaquita; AL SUR: en 6.00 metros con lote número 09; AL ESTE: en 15.00 metros con lote 23; AL OESTE: en 15.00 metros con lote numero 21.- Inmueble que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Comercio en el Estado, bajo los siguientes datos Sección I, Número 25065, Legajo 502, de

fecha 02 de junio del 2000, del municipio de Reynosa Tamaulipas, actualmente con datos de Finca Número 128812, del municipio de Reynosa, Tamaulipas.

Ordenándose convocar a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan ante este Tribunal a la audiencia de remate de primera almoneda, que se llevará a cabo a las (10 00) DIEZ HORAS DEL DÍA (24) VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, en el local de este Juzgado en la inteligencia de que el avalúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijo en la cantidad de $178,000.00 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo postura legal la que cubra las dos terceras panes del valor pericial fijado a la finca hipotecada.- Se hace del conocimiento de los interesados que para tomar parte en la Subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, y a disposición de este Juzgado, el veinte por ciento del valor que sirve de base para el remate del inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Así mismo deberán presentar por escrito y en sobre cerrado la postura correspondiente.- Lo anterior con fundamento en los artículos 2, 4, 40, 45, 701, 702, 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 10 y 12 de la Ley del Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 01 de agosto de 2012.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia Civil, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

5146.- Agosto 14 y 23.-1v2. E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil. Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam. CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha diez de julio del presente año, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 00278/2011, promovido por el Lic. Miguel Daniel Negrete Valderrama y continuado por el C. Lic. Jaime Francisco Olivo García, apoderado legal de INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra del C. JAIME ENRIQUE JIMÉNEZ GARCÍA , el Titular de este Juzgado Lic. José Ramón Uriegas Mendoza, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado consistente en:

Casa marcada con el número 135, de la calle Privada Zacatecas 2, lote 18, manzana 01, de la Colonia "Lampacitos" de esta ciudad, con una superficie de construcción de 40.27 m2 (cuarenta metros con veintidós centímetros cuadrados) y una superficie de terreno de 102.30 m2 (ciento dos metros con treinta centímetros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.60 M.L. con propiedad privada; AL SUR: en 6.60 M.L. con Privada Zacatecas 2; AL ESTE: en 15.50 metros con lote número 19; AL OESTE: en 15.50 metros con lote numero 17.- Inmueble que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Comercio en el Estado, bajo los siguientes datos: inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado, como Finca, Número 93868, Sección 2a, del municipio de Reynosa Tamaulipas.

Ordenándose convocar a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan ante este tribunal a la audiencia de remate de primera almoneda, que se llevará a cabo a las (11:00) ONCE HORAS DEL DÍA (24) VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE en el

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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local de este Juzgado en la inteligencia de que el valúo pericial practicado sobre el bien inmueble se fijo en la cantidad de $173,000.00 (CIENTO SETENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a la finca hipotecada.- Se hace del conocimiento de los interesados que para tomar parte en la subasta deberán depositar previamente en el Fondo Auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, y a disposición de este Juzgado, el veinte por ciento del valor que sirve de base para el remate del inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Así mismo deberán presentar por escrito y en sobre cerrado la postura correspondiente.- Lo anterior con fundamento en los artículos 2, 4, 40, 45, 701, 702, 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 10 y 12 de la Ley del Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 01 de agosto de 2012.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia Civil, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

5147.- Agosto 14 y 23.-1v2. E D I C T O

Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil. Quinto Distrito Judicial.

Cd. Reynosa, Tam. CONVOCANDO A POSTORES:

Por auto de fecha diez de julio del presente año, dictado dentro del Juicio Hipotecario Número 00345/2011, promovido por el Lic. Miguel Daniel Negrete Valderrama, y continuado por el C. Lic. Jaime Francisco Olivo García, apoderado legal de INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra de la C. ROSA MARÍA PINTO DE LEÓN GARCÍA, el Titular de este Juzgado Lic. José Ramón Uriegas Mendoza, mandó sacar a remate en primera almoneda y subasta pública el bien inmueble hipotecado consistente en:

El bien inmueble sujeto a Juicio Hipotecario es casa marcada con el número 1049, de la calle Pino, lote 36, manzana 178, del Fraccionamiento "Ampliación Balcones de Alcalá III", de esta ciudad, con una superficie de construcción de 33.94 m2 (treinta y tres metros con noventa y cuatro centímetros cuadrado), y una superficie de terreno de 90.00 m2 (noventa metros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: en 6.00 M.L. con lote número 25; AL SUR: en 6.00 M.L. con calle Pino; AL ORIENTE: en 15.00 M.L. con lote número 35; AL PONIENTE: en: 15.00 M.L. con lote 37.- Inmueble que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Comercio el Estado, bajo los siguientes datos: Sección I, Número 5173 Legajo 2-104, de fecha 03 de marzo del 2008, del municipio de Reynosa Tamaulipas, actualmente con datos de Finca Número 44359, en la Inscripción 1a, del municipio de Reynosa Tamaulipas.

Ordenándose convocar a postores mediante la publicación de edictos por DOS VECES de siete en siete días naturales tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en un periódico de los de mayor circulación que se edite en este Distrito Judicial, a fin de que comparezcan ante este Tribunal a la audiencia de remate de primera almoneda, que se llevará a cabo a las (11:30) ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (24)VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, en el local de este Juzgado en la inteligencia de que el avalúo pericia¡ practicado sobre el bien inmueble se fijó en la cantidad de $112,000.00 (CIENTO DOCE MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del valor pericial fijado a la finca hipotecada.- Se hace del conocimiento de los interesados que para tomar parte en la Subasta deberán depositar previamente en el Fondo auxiliar del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, y a disposición de este Juzgado, el veinte por ciento del valor que sirve de

base para el remate del inmueble, sin cuyo requisito no serán admitidos.- Así mismo deberán presentar por escrito y en sobre cerrado la postura correspondiente.- Lo anterior con fundamento en los artículos 2, 4, 40, 45, 701, 702, 703 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 10 y 12 de la Ley del Periódico Oficial del Estado.

ATENTAMENTE "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN."

Cd. Reynosa, Tam., a 01 de agosto de 2012.- El C. Juez Tercero de Primera Instancia Civil, LIC. JOSÉ RAMÓN URIEGAS MENDOZA.- Rúbrica.- La C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA. LETICIA JÁUREGUI ZAVALA.- Rúbrica.

5148.- Agosto 14 y 23.-1v2.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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MONTEMAYOR CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO S.A. DE C.V. Estado de Resultados

Del 1 de enero del 2012 al 30 de junio del 2012

VENTAS BRUTAS $ 0.00

GASTOS DE OPERACIÓN $ 0.00

UTILIDAD (PERDIDA) $ 0.00

GASTOS FINANCIEROS $ 0.00

UTILIDAD (PERDIDA) ANTES DE IMPTO. $ 0.00

Menos: I.S.R. POR PAGAR $ 0.00 P.T.U. POR PAGAR $ 0.00 UTILIDAD NETA $ 0.00

Liquidador, L.C. GABINO DAVID CARREÑO ORTIZ.- Rúbrica.

MONTEMAYOR CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO S.A. DE C.V. Estado de Posición Financiera

Al 30 de junio del 2012

ACTIVO PASIVO

ACTIVO CIRCULANTE A CORTO PLAZO

CAJA $ 0.00 PROVEEDORES $ 0.00

BANCOS 0.00 ACREEDORES DIVERSOS 0.00

CLIENTES 0.00 IMPUESTOS POR PAGAR 0.00

TOTAL ACTIVO CIRCULANTE $ 0.00 TOTAL A CORTO PLAZO $ 0.00

ACTIVO FIJO PASIVO A LARGO PLAZO

MAQUINARIA Y EQUIPO $ 0.00 DOCUMENTOS POR PAGAR $ 0.00

DEP. ACUM MAQ. Y EQUIPO 0.00 0.00 PRESTAMOS BANCARIOS 0.00

MOBILIARIO Y EQ DE OFICINA 0.00 TOTAL PASIVO A LARGO PLAZO $ 0.00

DEP. ACUM. MOB. Y EQ DE OFNA. 0.00 0.00 TOTAL PASIVO $ 0.00

TOTAL ACTIVO FIJO $ 0.00 PATRIMONIO

PATRIMONIO $ 0.00 RESERVA LEGAL 0.00

ACTIVO DIFERIDO PERDIDAS DE EJERC. ANT. 0.00

GASTOS PREOPERATIVOS $ 0.00 UTILIDADES DE EJERC. ANT. 0.00

AMORT. ACUM GTOS PREOPERATIVOS 0.00 0.00 RESULTADOS DEL EJERCICIO 0.00

GASTOS DE INSTALACIÓN 0.00 TOTAL PATRIMONIO $ 0.00

AMORT ACUM GTOS DE INSTALACIÓN 0.00 0.00

SEGUROS PAGADOS POR ANTICIPADO 0.00

AMORT. ACUM SEG.PAG. POR ANTIC. 0.00 0.00

DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0.00 0.00

TOTAL ACTIVO DIFERIDO $ 0.00

TOTAL ACTIVO $ 0.00 TOTAL PASIVO MAS CAPITAL $ 0.00

Liquidador, L.C. GABINO DAVID CARREÑO ORTIZ.- Rúbrica.

Notas: Los estados financieros anexos, representan la liquidación total de la empresa, Montemayor Construcción y Diseño S.A. de C.V. mostrando cifras en ceros al 30 de junio de 2012.

5069.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3.

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Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012

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COMERCIALIZADORA DE MEDIOS COAHUILENSES N&P, S.A. DE C.V. AVENIDA MENDOZA #747, SECTOR CENTRO, NVO. LAREDO, TAMPS.

BALANZA DE COMPROBACIÓN REPORTE DEL MES DE MAYO

PERIODO DEL 01/05/2012 AL 31/05/2012

CUENTA N NOMBRE SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL

1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACION 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERAVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

Accionista, VÍCTOR NOGUEZ DÍAZ.- Rúbrica.- Rep. Liquidador, MARÍA DE LOURDES MONTEMAYOR ROJAS.- Rúbrica. 5070.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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MEDIOS DE RADIO P&N DE COAHUILA, S.A. DE C.V.

AVENIDA MENDOZA #747, SECTOR CENTRO, NVO. LAREDO, TAMPS. BALANZA DE COMPROBACIÓN REPORTE DEL MES DE MAYO

PERIODO DEL 01/05/2012 AL 31/05/2012

CUENTA N NOMBRE SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL

1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

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CUENTA N NOMBRE SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL

1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

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1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

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1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

Accionista, VÍCTOR NOGUEZ DÍAZ.- Rúbrica.- Rep. Liquidador, MARÍA DE LOURDES MONTEMAYOR ROJAS.- Rúbrica. 5074.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3.

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PERIODO DEL 01/05/2012 AL 31/05/2012

CUENTA N NOMBRE SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL

1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

Accionista, VÍCTOR NOGUEZ DÍAZ.- Rúbrica.- Rep. Liquidador, MARÍA DE LOURDES MONTEMAYOR ROJAS.- Rúbrica.

5075.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3.

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PERIODO DEL 01/05/2012 AL 31/05/2012

CUENTA N NOMBRE SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL

1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

Accionista, VÍCTOR NOGUEZ DÍAZ.- Rúbrica.- Rep. Liquidador, MARÍA DE LOURDES MONTEMAYOR ROJAS.- Rúbrica. 5076.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3.

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Victoria, Tam., martes 14 de agosto de 2012 Periódico Oficial

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BALANZA DE COMPROBACIÓN REPORTE DEL MES DE MAYO

PERIODO DEL 01/05/2012 AL 31/05/2012 CUENTA N NOMBRE SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL

1101 D FONDO FIJO DE CAJA 0 0 0 01102 D BANCOS 0 0 0 01103 D CLIENTES 0 0 0 01104 D DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 0 01105 D DEUDORES DIVERSOS 50,000.00 0 0 50,000.001105-0001 D NOGUEZ DÍAZ VÍCTOR 5,000.00 0 0 5,000.001105-0002 D PEREDA GÓMEZ EDGAR 45,000.00 0 0 45,000.001106 D FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS 0 0 0 01107 D I.V.A. ACREDITABLE 0 0 0 01108 D ALMACÉN 0 0 0 01109 D DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 0 01201 D TERRENOS 0 0 0 01202 D EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES 0 0 0 01203 A DEPRECIACIÓN DE EDIF. Y CONST. 0 0 0 01204 D MAQUINARIA Y EQUIPO 0 0 0 01205 A DEPRECIACIÓN DE MAQ. Y EQUIPO 0 0 0 01206 D EQUIPO DE OFICINA 0 0 0 01207 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE OFICINA 0 0 0 01208 D EQUIPO DE TRANSPORTE 0 0 0 01209 A DEPRECIACIÓN DE EQ. DE TRANSP. 0 0 0 01301 D GASTOS DE ORGANIZACIÓN 0 0 0 01302 A AMORTIZACIÓN DE GTOS. DE ORG. 0 0 0 01303 D PAGOS POR ANTICIPADO 0 0 0 01304 D INVERSIONES EN ACCIONES 0 0 0 02101 A PROVEEDORES 0 0 0 02102 A ACREEDORES DIVERSOS 0 0 0 02103 A PRESTAMOS BANCARIOS 0 0 0 02104 A DOCUMENTOS POR PAGAR 0 0 0 02105 A I.V.A. TRASLADADO 0 0 0 02106 A IMPUESTOS POR PAGAR 0 0 0 02107 A P.T.U. POR PAGAR 0 0 0 02201 A PRESTAMOS BANC. A LARGO PLAZO 0 0 0 02202 A DOCUMENTOS POR PAGAR LARGO PL. 0 0 0 03101 A CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0001 A CAPITAL FIJO -50,000.00 0 0 -50,000.003101-0002 A CAPITAL VARIABLE 0 0 0 03102 A RESERVA LEGAL 0 0 0 03103 A RESULTADO DE EJERCICIOS ANTER. 0 0 0 03103-0001 A EJ 2009 0 0 0 03103-0002 A EJ 2010 0 0 0 03103-0003 A EJ 2011 0 0 0 03104 A SUPERÁVIT 0 0 0 04101 A VENTAS TOTALES 0 0 0 04102 D DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS 0 0 0 04103 D REBAJAS SOBRE VENTAS 0 0 0 04201 A PRODUCTOS FINANCIEROS 0 0 0 04202 A OTROS PRODUCTOS 0 0 0 05101 D COSTO DE VENTAS 0 0 0 05201 D GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 0 0 0 05202 D GASTOS DE VENTAS 0 0 0 05203 D GASTOS FINANCIEROS 0 0 0 05204 D OTROS GASTOS 0 0 0 06101 D PERDIDA INFLACIONARIA 0 0 0 06102 D INTERESES DEDUCIBLES 0 0 0 06103 A GANANCIA INFLACIONARIA 0 0 0 06104 D PERDIDAS POR AMORTIZAR 0 0 0 06105 A INGRESOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 06106 D GASTOS VARIACIÓN CAMBIARIA 0 0 0 0

Totales : DEUDOR 50,000.00 0 0 50,000.00 ACREEDOR 50,000.00 50,000.00

0 0

Accionista, VÍCTOR NOGUEZ DÍAZ.- Rúbrica.- Rep. Liquidador, MARÍA DE LOURDES MONTEMAYOR ROJAS.- Rúbrica.

5077.- Agosto 14, 23 y Septiembre 4.-1v3.