Poder

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Martínez Eduardo Nelson Poder. Concepto. Es la relación social de mando y obediencia. Solo hay poder cuando el mando de un sujeto A es obedecido por un sujeto B (cualquiera sea la motivación de la obedien Si no hay obediencia no hay poder. La obediencia integra el poder tanto como la capa mando (Quiroga Lavie). l poder es una relación socio psicológica basada en un reciproco e!ecto entre los que detentan y ejercen el poder (detentadores) y aquellos a los que va dirigido" desi como destinatarios del poder. Legalidad y legitimidad. l principio de legalidad esta vinculado con el mismo propósito de seguridad jur#dica que persigue el constitucionalismo moderno. $uestra constitución lo !ormula e%presa el art. &' ltima parte. odo acto estatal emanado de los gobernantes debe tener apoyo en la ley. odo lo actos estatales mandan hacer u omitir debe surgir de una voluntad capacitada por y consistir en una aplicación directa o indirecta de la misma ley. La ra*ón del principio de legalidad estriba en que la obediencia que los individu los gobernantes se !unda racionalmente en la creencia de que ellos mandan en nombre de la ley y con!orme a sus normas. La obediencia no se presta a la decisión de quien sino a la ley en la que esa decisión se !undamenta. La !inalidad del principio de legalidad es a!ian*ar la seguridad individual de los gobernados. La ley predetermina las conductas prohibidas o prohibidas de manera q hombres puedan conocer de antemano lo que tienen que hacer u omitir y queden al m de las decisiones sorpresivas que dependen solamente de la voluntad ocasional de manda. Legitimidad. s la cualidad de un poder de ser con!orme a la imagen de poder que se considera la sociedad. +or ej." si se cree que el poder debe provenir de elecciones libres el gobierno es legitimo si proviene del voto popular. radicionalmente se ha hablado con re!erencia al poder de una legitimidad de ori legitimidad de ejercicio. Legitimidad de origen. &

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Derecho Constitucional

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PODER

Martnez Eduardo NelsonPoder. Concepto.

Es la relacin social de mando y obediencia. Solo hay poder cuando el mando de un sujeto A es obedecido por un sujeto B (cualquiera sea la motivacin de la obediencia). Si no hay obediencia no hay poder. La obediencia integra el poder tanto como la capacidad de mando (Quiroga Lavie).

El poder es una relacin socio psicolgica basada en un reciproco efecto entre los que detentan y ejercen el poder (detentadores) y aquellos a los que va dirigido, designados como destinatarios del poder.

Legalidad y legitimidad. El principio de legalidad esta vinculado con el mismo propsito de seguridad jurdica que persigue el constitucionalismo moderno. Nuestra constitucin lo formula expresamente en el art. 19 ltima parte.

Todo acto estatal emanado de los gobernantes debe tener apoyo en la ley. Todo lo que los actos estatales mandan hacer u omitir debe surgir de una voluntad capacitada por la ley y consistir en una aplicacin directa o indirecta de la misma ley.

La razn del principio de legalidad estriba en que la obediencia que los individuos prestan a los gobernantes se funda racionalmente en la creencia de que ellos mandan en nombre de la ley y conforme a sus normas. La obediencia no se presta a la decisin de quien manda sino a la ley en la que esa decisin se fundamenta.

La finalidad del principio de legalidad es afianzar la seguridad individual de los gobernados. La ley predetermina las conductas prohibidas o prohibidas de manera que los hombres puedan conocer de antemano lo que tienen que hacer u omitir y queden al margen de las decisiones sorpresivas que dependen solamente de la voluntad ocasional de quien manda.

Legitimidad.

Es la cualidad de un poder de ser conforme a la imagen de poder que se considera valida en la sociedad. Por ej., si se cree que el poder debe provenir de elecciones libres y disputadas, el gobierno es legitimo si proviene del voto popular.

Tradicionalmente se ha hablado con referencia al poder de una legitimidad de origen y una legitimidad de ejercicio.

Legitimidad de origen.

Hace al titulo del gobernante y se vincula con una de las preguntas fundamentales de la poltica, formulada a tenor de quien manda? Que a su vez deriva hacia el tema de las formas de gobierno.

La legitimidad de origen depende concretamente del derecho positivo de cada Estado, y consiste en el acceso al poder mediante las vas o procedimientos que ese derecho tiene preestablecidas.

Legitimidad de ejercicio.

Se refiere al modo de ejercer el poder y se vincula con una de las preguntas fundamentales como se manda? y porque se manda?, que a su vez deriva hacia el tema de la forma de Estado y fin del Estado.

Podemos decir que si el fin de todo Estado radica en la realizacin del bien comn, la legitimidad de ejercicio se obtiene siempre por la gestin gubernativa dirigida a aquel fin y viceversa se pierde por el apartamiento o violacin del mismo.

Poder y derecho.

Gran parte del poder se realiza a travs del derecho. Al poder lo caracteriza la coaccin y la legitimidad que se fundan en la constitucin, en la ley, decretos, y sentencias.

Para entender la nocin de reglas de derecho, Duverger nos introduce a la definicin de Reglas de Conducta Social:Modelos de relaciones humanas que inspiran las relaciones concretas de los miembros de una sociedad, mas o menos, respetadas en la practica, es decir que las reglas sociales pueden ser obviadas o no cumplidas.

El hombre tiende a obedecer por:

a) coaccin: amenaza de sanciones, si no se cumple u obedece se puede recibir un castigo.

b) Creencia: se obedece, porque se cree en el valor de la regla que es conforme a los valores imperantes en la sociedad.

En un comienzo las reglas sociales formaban una costumbre indiferenciada, luego se fueron diferenciando y aparecen as tres grandes categoras:

1) Reglas morales.

2) Reglas de derecho.

3) Usos sociales.

Para distinguirlas Duverger propone tres criterios:

1) Por el sistema de valores: teniendo en cuenta su esencia intrnseca, axiolgica.

2) Por el modo de sancin: o sea cual es la sancin con la que se reprime la violacin de dichas reglas.

a) Las reglas morales: poseen una sancin interna (culpa remordimiento) o el temor a sanciones provenientes de un mundo futuro (infierno)

b) Las reglas del derecho: poseen una sancin organizada por la autoridad pblica competente.

c) Usos sociales: posee una sancin difusa no organizada (exclusin, indiferencia, etc,)

3) Por el modo de elaboracin: diferencindose las reglas del derecho por ser establecidas por la autoridad pbca en forma de constitucin, leyes, decretos, sentencias, etc.

Influencia del derecho sobre el poder.

Es importante destacar la influencia del derecho sobre el poder y que:

1) lo organiza e institucionaliza.

2) Contribuye a legitimarlo.

3) Aporta garantas contra el poder arbitrario.

Organizacin del poder: el derecho para zanjar los conflictos de intereses, necesita no solo un criterio para resolver tales conflictos, sino que adems necesita estar apoyado por el poder poltico, o sea por el Estado. El derecho es uno de los ingredientes ms importantes del poder del Estado. Es poder estatal porque es el resultado de los poderes sociales ms fuertes, pero, a su vez el derecho da al poder del Estado su organizacin.

Institucionalizacin del poder. El derecho establece los rganos, estructuras o instituciones que ejercen el poder poltico. Se obedece a los individuos porque ejercen una funcin, representan a determinada institucin y no a la personalidad propia de quien lo ejerce.

Legitimacin del poder. El derecho legitima el poder. Lo legitima por cuanto lo organiza segn criterios de justicia. El valor justicia es el principio legitimante, contribuyendo a fomentar la creencia de que el poder se origina y ejerce conforme al sistema jurdico o mecanismos legales.

Limita el poder del Estado. La organizacin del poder por medio del derecho implica una limitacin de ese poder. Un poder no organizado, no sometido a determinadas formas, no especificado en una serie de competencias, seria un poder que llegara tan lejos como llegase la influencia efectiva que ejercera en cada momento sobre sus sbditos. El alcance de tal poder no estara limitado nada mas que por los lmites de su propia fuerza.

La organizacin jurdica del poder dota a este de una mayor estabilidad, de una mayor regularidad, pero al mismo tiempo limita el alcance de este, porque tal alcance esta definido y por consiguiente no puede ir mas all de la delimitacin establecida por este, en tanto quiera permanecer como poder jurdico y no quiera intentar ser un poder arbitrario.

El Estado.

Es la Nacin jurdica y polticamente organizada bajo la forma que ella ha querido adoptar.

Puede ser definido en forma gral. Como la sociedad organizada para declarar el derecho de un modo supremo e inapelable, cumplirlo y hacerlo cumplir por la coaccin cuando no se realice voluntariamente.

Supuestos histricos del Estado moderno.

Los romanos llamaron a su organizacin Civitas o Res Publicae. Los griegos Polis.

En el ao 800 el Papa Len III corona como emperador a Carlomagno (hijo de Pipino el breve).

El imperio carolingio se asienta sobre un sistema de unidad y de equilibrio entre los dos poderes ms importantes que existan, a saber:

a) La potestad civil: esta autoridad esta representada por el emperador, tiene como smbolo la corona y su signo es la espada.

b) La potestad espiritual: esta autoridad esta representada por el Papa, su signo es la iglesia.

La fuente de ambas potestades es Dios (carta de los romanos a San Pablo: Toda autoridad proviene de Dios.) por esa razn debe intervenir la iglesia en la delegacin de la potestad pbca. a la persona del emperador.

Con ello la investidura del poder civil adquira el carcter de un servicio a la comunidad como parte de la accin pastoral.

En el siglo X estallan violentamente dos situaciones de crisis gral. Que comprometan la estabilidad del imperio carolingio:

1) La iglesia: carencia de vocacin, celo apostlico, carencia de idoneidad pastoral, de integridad tica, ruptura de la unidad de pensamiento entre la jerarqua eclesistica, reyes y la nobleza feudal.

2) El poder poltico: el monarca pierde autoridad, crece el poder de las familias feudales regulando la accin del gobierno.

Hacia la parte final del siglo de plomo u oscuro, el Papa Juan XII y Otn coinciden en buscar una superacin a esta crisis.

Otn haba adquirido prestigio con la victoria de Manseburgo. El Papa aprovecha la oportunidad para otorgarle la corona imperial (926) con el nombre de Otn I. Con ello se produce una nueva organizacin poltica, de todos los reinos cristianos bajo el titulo de Sacro-imperio Romano Germnico.

El idilio poltico entre el reino y el sacerdocio duro poco tiempo.

El pueblo catlico ansiaba la libertad de la iglesia y reclamaban su reforma interior. Vastos crculos de creyentes intuan que el mal pasaba por el sistema de investidura, al que manejaban las ms importantes y poderosas familias feudales en bien de sus propios intereses.

En este mbito de plena decadencia del S XI asiste el estallido de un acontecimiento espiritual, tico e intelectual que se conoce con el nombre de Reforma Gregoriana, tambin denominada Diastasis de reino y sacerdocio.

El siglo Xll profundiza el golpe renovador de la Reforma Gregoriana:

1) Retraimiento de la gravitacin que haba alcanzado en el siglo X la estructura feudal en todos los rdenes de la vida y de las decisiones.

2) Fortalecimiento del derecho de los sbditos frente a los seores, dueos de la tierra. Estas lneas de reivindicaciones tienen su expresin institucional en el parlamento, figura poltica nueva en la que adquieren representatividad, voz y voto, prcticamente todos los que conforman el cuerpo social.

Aparece la burguesa como estructura social nueva y opuesta al feudalismo. Introducir un conflicto e ira por la apropiacin de la potestad publica, que estaba atada al principio tradicional de la sangre, el linaje o de la nobleza.

As es como surge el Estado Estamental a travs de una serie de corporaciones o brazos (nobleza, clero y burguesa) que se oponen al poder del prncipe.

El Estado se convierte en una organizacin del poder de tipo monista, aparecen las monarquas absolutas, se centraliza la administracin burocrtica, la administracin de justicia, etc.

Luego de la declaracin norteamericana y la francesa los individuos adquieren derechos pblicos subjetivos y con ello pasan de sbditos a ser ciudadanos, esto es lo que caracteriza al Estado moderno.

Forma de Estado y Forma de Gobierno.

En todo Estado hay 4 elementos, segn Bidart Campos:

1) Poblacin o elemento humano: es el conjunto de personas que habitan en el territorio del Estado.

2) El territorio: es el espacio geogrfico donde se asienta la poblacin. Abarca el suelo, el subsuelo, el espacio areo, el litoral martimo, el mar adyacente y la plataforma submarina.

3) El poder.

4) El gobierno.

La relacin entre el poder y el territorio nos da como resultado la forma de Estado.

La relacin entre el poder y la poblacin nos da como resultado la forma de Gobierno.

El poder en cuanto capacidad o energa de accin de que dispone el Estado para cumplir su fin, necesita hombres que lo ejerzan, lo impulsen y lo pongan en accin, el conjunto de hombrea a quienes el orden normativo describe como rganos, forman o componen el gobierno, quien ejerce el poder en todas sus manifestaciones: legislativa, ejecutiva y judicial.

La forma de Estado afecta al Estado mismo como estructura u organizacin poltica. Se vincula con una de las preguntas fundamentales de la poltica que es cmo se manda?La forma de gobierno es la manera de organizar uno de los elementos del Estado: el gobierno y se vincula con una pregunta quin manda?Forma de Estado es la institucionalizacin gubernamental del poder.

Forma de gobierno es la manera de organizar la institucin gubernamental.

Podemos distinguir dentro de las formas de Estado:

1) Estado unitario.

2) Estado federal.

3) Estado regional.

Dentro de las uniones de Estados debemos distinguir:

1) Uniones clsicas: unin personal, unin real y confederacin.

2) Uniones contemporneas:

a) generales (OEA, ONU)

b) particulares: - de tipo regional: OTAN

supranacional: CEEEstado simple o unitario.

Hay unidad de poder y en consecuencia unidad de ordenamiento jurdico dentro del mismo territorio.

Es la forma originaria que asumi el Estado moderno y en consecuencia puede considerarse como un supuesto de normalidad y no de excepcionalidad.

Estado federal.

Se caracteriza por la existencia de varios centros de poder y de una pluralidad de ordenamientos jurdicos dentro del mismo territorio. Para que un Estado federal se configure es indispensable la existencia de una constitucin escrita, porque en este pacto de derecho interno se ha de establece cual es la competencia que se delega al Estado central y cual es la competencia que se reservan los Estados miembros o provincias.

Tambin es indispensable la existencia de un poder judicial central que haga respetar en caso de conflicto la distribucin de competencias.

El Estado federal significa el establecimiento constitucional de jurisdicciones delimitadas, establece la necesidad de que el poder este descentralizado territorialmente y las provincias que lo componen se reserven una cierta autonoma, pero no son soberanas.

Caractersticas.

1) Surge de una constitucin y los estados miembros son nicamente autnomos no habiendo mas soberana que la del poder del Estado federal

2) Organiza un poder con la plenitud de sus tres funciones y respectivos rganos.

3) El poder se ejerce sobre todo el territorio sin perjuicio del que es propio de los Estados locales.

4) Es una unin indisoluble e indestructible, sus miembros no pueden segregarse ni resistir las decisiones del gobierno federal.

Uniones de estados clsicas.

Unin personal.

Solan comprender a dos monarquas colocadas bajo el gobierno de un mismo monarca, constituyendo un solo Estado en cuanto a la soberana de c/Estado de la unin.

La unin se da en lo que respecta a la titularidad o posesin del poder, pero no en lo que concierne a su ejercicio.

Ejemplos: Inglaterra y Hannover desde 1714 hasta 1837.

Reino de los Pases Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo desde 1815 hasta

1890.

Reino de Blgica y el Estado de Congo desde 1885 hasta 1908.

Unin real.

En las uniones reales la unificacin no solo se extiende a la soberana del poder, sino que tambin abarca aunque de modo parcial, a su ejercicio, en el sentido de que suele comprender perfectamente el manejo de las relaciones exteriores y aun lo concerniente a la guerra y a la hacienda.

Pero cada miembro de la unin real conserva las otras funciones del gobierno tanto en lo que se refiere a la legislacin como a la administracin.

Ejemplos: Suecia y Noruega desde 1815 a 1905.

Austria y Hungra desde 1865 a 1918.

Confederacin.

Consiste en la unin permanente de Estados independientes resultante de un pacto o acuerdo de derecho internacional y dotados de rganos permanentes con el principal de asegurar la proteccin exterior y la paz interior.

Caractersticas.

1) Los Estados confederados conservan su soberana.

2) Los Estados son independientes unidos por una alianza o tratado de derecho internacional.

3) Organizacin de una dieta como rgano encargado de las competencias que le otorga el pacto de alianza.

4) Carece de poder directo sobre la poblacin de los Estados confederados porque dicho poder recae exclusivamente en los Estados miembros.

5) Los Estados confederados conservan los derechos de secesin y de nulificacion.

Ejemplo:

Confederacin de los Estados Unidos de Amrica desde 1776 hasta 1787.

Confederacin Suiza de 1815 a 1848.

Confederacin Germnica de 1815 a 1866.

Uniones de Estados contemporneas.

Pueden ser:

Generales: que posibilitan la admisin de cualquier miembro (Estado).

Particulares:

De tipo regional: es un grupo de Estados cuya unin tiene carcter paritario y no obliga al pueblo de los Estados miembros.

Supranacional: tiene su origen en un tratado (por ej. Comunidad Econmica Europea: Roma 1958). El derecho comunitario prevalece sobre el interno de cada pas y se aplica directamente por los jueces nacionales: las etapas de la integracin econmica son:

Libre transito de mercaderas.

Unin aduanera

Libre circulacin de personas

Unin monetaria y financiera.

Estado regional.

Es una forma de centralizacin poltica basada en la regin que puede convivir con el Estado federal.

Al Estado federal se le puede adicionar la regin. Existe un derecho Inter.-regional o puede suceder que no haya provincias, solo regiones.

Formas de gobierno. Criterios clasificatorios.

Una clasificacin supone ordenar o sistematizar un conjunto de datos o hechos utilizando bsicamente dos operaciones mentales que son: comparar y distinguir. A travs de los cuales obtendremos un criterio de ordenacin que no se valora por su verdad o falsedad, sino por su utilidad o inutilidad.

Un criterio es til cuando efecta una buena ordenacin (comprensible y eficaz) de los datos o hechos.

Las formas de gobierno contemporneas se clasifican por lo gral en Democracia y Autocracia, pero varia en todos los casos el criterio de ordenacin utilizado.

Hans Kelsen utiliza como criterio la siguiente pregunta quien elabora las normas jurdicas? Si la ley es elaborada por los mismos a quien va dirigida y obliga, hay democracia. Si la ley es elaborada por un grupo, camarilla militar o personas distintas a quien va dirigida y dichas normas no los obliga, hay autocracia.

Loewenstein utiliza como criterio la siguiente pregunta: cmo se encuentra el poder en cuanto a distribucin y control? Si el poder se encuentra distribuido y controlado estamos frente a un sistema poltico democrtico. Si el poder esta concentrado y no controlado hay sistema poltico autocrtico.

Distingue adems entre sistema poltico y rgimen poltico. El sistema puede ser democrtico o autocrtico.

El sistema democrtico puede tener un rgimen presidencialista, parlamentario, semiparlamentario, etc.

El sistema autocrtico puede tener un rgimen poltico autoritario, totalitario, neopresidencialista, etc.

Duverger, utiliza un criterio poltico y uno econmico combinando ambos. El poltico es: si hay pluralismo poltico o no, si hay varios partidos en competicin o uno o varios sin competicin. El criterio econmico es si hay propiedad privada o colectiva de los medios de produccin. Cuando hay propiedad colectiva de los medios de produccin y no hay pluralismo poltico, el rgimen es autoritarismo socialista. Cuando hay propiedad privada de los medios y pluralismo poltico existe democracia liberal. Si esta ausente el pluralismo poltico hay una dictadura capitalista.

Raymond Aron habla de rgimen monopartidista y el pluralista: el monopartidista es autoritario porque hay un solo partido poltico o varios pero un solo gobierno pero sin oposicin y el rgimen pluralista es cuando hay varios partidos y hay competicin.

Giovanni Sartori: distingue entre regmenes polticos competitivos (democrticos) y no competitivos (autocrticos) y el criterio de clasificacin es, si las elecciones son libres y disputadas y no existe fraude electoral.

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