PNP Y DDHH

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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO TEMA: LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS CURSO: DERECHO HUMANOS DOCENTE: VIOLETA DE LAMA VILLASECA INTEGRANTES: - ADRIANZÉN GRACIA; AGNELIDA - MORALES SERNAQUE; CAROLINA - ZAPATA CASTILLO; JOSÉ LUIS - MOGOLLÓN SEMINARIO; KAREN CICLO: X PIURA – PERÚ

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UNIVERSIDAD CATÓLICALOS ÁNGELES DE CHIMBOTE

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICASESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

TEMA:

LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS

CURSO:

DERECHO HUMANOS

DOCENTE:

VIOLETA DE LAMA VILLASECA

INTEGRANTES:

- ADRIANZÉN GRACIA; AGNELIDA- MORALES SERNAQUE; CAROLINA- ZAPATA CASTILLO; JOSÉ LUIS-   MOGOLLÓN SEMINARIO; KAREN

CICLO:

X

PIURA – PERÚ

2013

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Dedicatoria:

A nuestras familias por ser ejemplo diario de lucha y superación.

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ÍNDICE

DEDICATORIAÍNDICEINTRODUCCIÓN..........................................................................................04

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INTRODUCCIÓN

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I. POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

I.1. DEFINICIÓN

La Policía Nacional del Perú es una institución del Estado creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la República y tienen competencia para intervenir en todos los asuntos relacionados con el cumplimiento de su finalidad fundamental. A diferencia de la policía de otros países la Policía Nacional del Perú tiene organización castrense2 debido al riguroso entrenamiento desarrollado, para combatir la subversión, durante las décadas de los años 80 y 90 del siglo XX.

La finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

I.2. MISIÓN

La Policía Nacional del Perú es una institución del Estado que tiene por misión garantizar, mantener y restablecer el orden interno, prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad, garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado, prevenir, investigar y combatir la delincuencia; vigilar y controlar las fronteras; con el propósito de defender a la sociedad y a las personas, a fin de permitir su pleno desarrollo, en el marco de una cultura de paz y de respeto a los derechos humanos.

I.3. VISIÓN

Policía moderna, eficiente y cohesionada al servicio de la sociedad y del Estado, comprometida con una cultura de paz, con vocación de servicio y reconocida por su respeto irrestricto a la persona, los derechos humanos, la Constitución y las leyes, por su integración con la comunidad, por su honestidad, disciplina y liderazgo de sus miembros. 

I.4. FINALIDAD FUNDAMENTAL

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La finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

I.5. FUNCIONES

Son funciones de la Policía Nacional del Perú las siguientes:

- Mantener la seguridad y tranquilidad públicas para permitir el libre ejercicio de los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú.

- Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, perseguibles de oficio; así como aplicar las sanciones que señale el Código Administrativo de Contravenciones de Policía.

- Garantizar la seguridad ciudadana. Capacita en esta materia a las entidades vecinales organizadas.

- Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, previniendo las infracciones penales y colaborando en la ejecución de las medidas socioeducativas correspondiente.

- Investigar la desaparición de personas naturales.- Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía

pública y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.

- Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia.

- Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.

- Brindar seguridad al Presidente de la República en ejercicio o electo, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades que determine el reglamento de la presente Ley.

- Cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.

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- Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados de conformidad con la ley.

- Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente, la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural de la Nación.

- Velar por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes.

- Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.

- Ejercer la identificación de las personas con fines policiales.- Ejercer las demás funciones que se señalen la Constitución y las leyes.

I.6. ATRIBUCIONES

- Registrar y centralizar los antecedentes policiales de las personas; así como las requisitorias judiciales,

- Expedir certificados de antecedentes policiales, de supervivencia y otros derivados del cumplimiento de sus funciones. Modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 28862/Pub 5.82006.

- Realizar peritajes criminalísticos, técnicos vehiculares y otros relacionados con sus funciones.

- Obtener, custodiar, asegurar y procesar indicios, evidencias y elementos probatorios relacionados con la investigación policial, poniéndolos oportunamente a disposición de la autoridad competente.

- Coordinar y cooperar con los organismos internacionales e institucionales de policía en la prevención y represión de la delincuencia, de conformidad con los convenios suscritos.

- Ejercer las demás atribuciones que le señalen la Constitución y las leyes.

I.7. FACULTADES

- Realizar registros de personas e inspecciones de domicilios, instalaciones y vehículos, naves, aeronaves y objetos, de acuerdo a la Constitución y la ley.

- Ingresar gratuitamente a los espectáculos públicos y tener pase libre en vehículos de trasporte público masivo, cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones.

- Poseer, portar y usar armas de fuego de conformidad con la Constitución y la ley.

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- Intervenir, citar y detener a las personas de conformidad  con la Constitución y la ley.

- Intervenir como conciliador en los casos de conflicto que no constituyan delitos o faltas que alteren el orden y la tranquilidad pública.

- Ejercer las demás  facultades que le señalen la Constitución y las leyes.

II. LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y LOS DERECHOS HUMANOS

II.1. INTRODUCCIÓN

Una sociedad auténticamente  humanista no puede desconocer la dignidad de cada persona. Podrá hablarse de éxito económico de crecimiento o de cualquier proceso relativamente eficiente en lo económico y aún en cifras de evolución social. Pero, no podrá hablarse de desarrollo humano si se margina, tortura, maltrata, discrimina a la persona humana. En este ensayo se pretende resaltar y dar a conocer sin tabú alguno las violaciones a los derechos humanos en las que son víctimas personas inocentes, por parte de aquellos agentes policiales que sin piedad abusan del cargo. Todavía parece subsistir una barrera que impide eliminar en forma radical los diarios atentados contra la dignidad e integridad de mujeres, niños, niñas y hombres.

El enfoque que tiene éste trabajo es con respecto a la realidad de la autoridad policial. No es fantasioso, imaginario, son experiencias vividas día a día debido a la cercanía con el pueblo, con la policía Nacional. Me pareció interesante investigar, indagar, conocer que es lo que opina un pequeño grupo de la colectividad sobre la entereza, honestidad, decoro, trabajo del policía. Queremos resaltar que el ensayo no se ha centralizado a la gran Lima, al Gobierno o a los últimos acontecimientos políticos, porque estos temas son el pan diario de los medios de comunicación (radio, televisión, medios escritos). Hemos tratado de abarcar muchos ámbitos relacionados con los derechos humanos y la PNP. Criticar y dar posibles soluciones a nuestro modesto entender.

II.2. LA POLICIA NACIONAL DEL PERU Y EL ORDEN INTERNO

La PNP está encaminada fundamentalmente a garantizar y restablecer el orden interno del País. Para entender la labor policial en el ejercicio de la convivencia social caracterizado por la primacía de justicia orden y libertad, enmarcado dentro de los Derechos Humanos hablemos de “Orden” que encierra la idea de una sociedad organizada la cual se expresa formalmente a través de Normas e Instituciones Públicas que se encargan de laborarlas, aplicarlas y hacerlas

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respetar tanto a gobernantes como a gobernados, es decir la vigencia de ese orden depende de la totalidad de los miembros del Estado.

Ahora Orden Interno puede ser definido como aquella situación interna de paz y posibilidad de progreso para el conjunto de los individuos en la cual se cumple el Orden Jurídico y la Organización Democrática con espíritu de Justicia y Equidad: pero debe entenderse de manera general que el orden interno se estructura como un sistema de reglas destinadas a mantener el buen funcionamiento de los servicios públicos, la seguridad y la normatividad ético – jurídico de las relaciones entre particulares y entre éstos y el Estado. El orden interno tiene que aplicar el buen funcionamiento de la legalidad actual porque  esto interesa a todos para llegar a la paz social, su inaplicabilidad pueda afectar la estructura del Estado y por consiguiente a toda la Nación.

El orden interno comprende fundamentalmente:

- La Seguridad Ciudadana: Entre los que están la protección física moral y patrimonial de sus ciudadanos.

- La Estabilidad de la Organización Política.- Resguardo de  las Instalaciones Públicas y Servicios Públicos.

II.3. LOS DERECHOS HUMANOS

El reconocimiento y vigencia de los Derechos Humanos es producto de un proceso histórico que se origina a comienzos de la humanidad, pero que se formaliza a mediados de este siglo luego de las dos guerras mundiales, después de las cuales, los países del mundo que participaron directamente en ellos y otros más se pusieron de acuerdo en respetar ciertos aspectos de la vida de las personas y sociedades. En este proceso hay derechos que se fueron reconociendo antes que otros y no fue fácil asumir su defensa en algunas organizaciones sociales.

Los Derechos Humanos son condiciones esenciales del género humano en todo tiempo y lugar cualquiera sea su raza, religión, sexo, edad, condición en la sociedad, ligadas estrechamente a su dignidad personal, responden a las necesidades que tienen los seres humanos para poder vivir dignamente desde el simple hecho de mantenerse con vida, alimentarse, vestirse, a tener una vivienda hasta educarse y tener asistencia médica en caso de enfermedad y también la de expresar sus ideas, organizarse, reunirse y moverse de un lugar a otro, tener una cultura y participación de las personas en sociedad.

Los DD.HH. a nivel mundial han sido protegido por los diferentes Estados las cuales responden a las necesidades de las personas, pero esto no constituye metas logradas definitivamente, sino que se van ampliando a las expectativas planteadas.

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Los Derechos Humanos en el Perú, es un fenómeno no solo del que se difunde y que todos se llenan de orgullo, porque según ellos los practican ¿Qué hacemos con tapar el sol con un dedo? Si sabemos que existen diferentes hechos de violación de los derechos cuyos responsables ostentan un título de respaldo, una actitud que va a ser siempre contraria a la defensa de las personas.

Toda realidad es dolorosa pero eso piensan los mismos protagonistas de la historia, que logramos con describir situaciones donde todo lo que pasa es hermoso cuando no es cierto, estamos ante un organismo enfermo que necesita urgentes medidas de atención para disminuir poco a poco el dolor.

II.4. LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Y LOS DERECHOS HUMANOS

En el Perú una de las Instituciones que ejerce funciones al servicio de la colectividad es la PNP quien en los últimos años ha experimentado un cambio radical es como si en el país hubiera que cargar con una cruz pesada en violaciones a Derechos Humanos por parte de aquello que velan por la seguridad ciudadana.

La función utópica del policía consiste en aquella actividad constante del Estado de supervigilar el buen orden para garantizarlo donde sea necesario, para ello existen organismos especializados que juntos deberían trabajar, ya que su rol es importante dentro de la vida cotidiana de la sociedad.

En este ensayo quiero hacer una contribución y una análisis sobre la realidad que ataca el derecho a la seguridad de la persona, el derecho a la protección a la ley, el derecho a no ser privado arbitrariamente de su libertad, el derecho a no ser  sometido a torturas ni a penas ni a tratos crueles, inhumanos y degradantes, lo cual constituye que nuestros derechos se vulneren gracias a instituciones que en vez de salvaguardar el derecho de las personas contribuyen a agravar el problema social.

¡Basta Ya! De tanta violencia una vez más, me he dado cuenta que la Policía nacional en su mayoría buscan y son protagonistas de muchos actos que avergüenzan afectan la integridad de los seres humanos ¿Por qué? El titular de este trabajo junto a la opinión de 80 personas de diferente nivel cultural en la ciudad de Cajamarca comprende que las violaciones de los derechos fundamentales está aumentando en los últimos tiempos. Un caso particular es la experiencia vivida recientemente en la Provincia de Celendín (Cajamarca) donde he sido testigo de que la autoridad policial abuso de su cargo y comete grotescas torturas a personas inocentes  que muchas veces por no tener una educación no pueden defenderse ni ser escuchados y donde queda el derecho que tiene la persona por el cual nadie puede poner en peligro su integridad física, psíquica o moral ni perturbar o impedir su desarrollo o bienestar.

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Lamentablemente en un país como el nuestro donde el “Poderoso” siempre tiene la razón hay poco o nada que hacer, es la realidad que todos quieren ocultar que no se atreven a observar de cerca realmente las injusticias.

II.5. LA IMPARCIALIDAD  DENTRO DE LA POLICÍA NACIONAL

Debido a que los Policías son autoridades reguladora con frecuencia se ven obligados  a tomar decisiones en cuanto a resultados que el público considera indeseables y hasta injustos, por ejemplo los policías  les dice a las personas que no hagan lo que esas personas quieren hacer, y refuerza esas órdenes con amenazas, arrestos  y hasta fuerza física. Muchas veces se supone que tales resultados indeseables se aceptan únicamente cuando las autoridades  están respaldadas por la amenaza o el uso de la fuerza.

En este contexto  las personas al evaluar  sus experiencias con las fuerzas policiales revelan constantemente que la base principal para aceptar o rechazar las decisiones de estos (PNP), es su imparcialidad entendida como  la falta de designio anticipado o de prevenir a favor o en contra de personas de  que resulta poderse juzgar o proceder con rectitud.

Por lo tanto considero que los policías deben Aplicar la justicia, pero con base a la igualdad, para esto considero necesario e importante:

PRIMERO: Las personas aprecian la oportunidad de participar y dar sus opiniones  cuando se trate de arreglar  problemas en los cuales intervienen.

SEGUNDO: Deseamos que los procedimientos policiales sean neutrales e imparciales basados en criterios concretos  y de una aplicación uniforme de reglas.

TERCERO: Queremos ser tratados con dignidad y respeto  y ver que se reconozcan nuestros derechos.

CUARTO: Deseamos sentir que los policías han considerado  nuestra necesidades  e inquietudes y han sido  honestos al aplicarlo a sus informes, la sociedad quiere un futuro donde exista  imparcialidad policial como mecanismo valioso para encontrar soluciones al problema actual, en este caso es más probable  que obedezcan la función policial, y que empiecen a tener confianza, con ello vamos a formar una cultura en la que el individuo siente responsabilidad  personal de tenerse a cumplir y a respetar la Ley. Tal sociedad  autorreguladora se basa en los sentimientos de responsabilidad  y obligaciones de los ciudadanos hacia la ley, y en su disposición de seguir los dictados de sus propios valores morales...la clave para crear y sostener la sociedad es el uso imparcial dentro del campo de la Policía Nacional.

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II.6. EL CONCEPTO DE LA ÉTICA DENTRO DE LA PNP

Todo el concepto de la ética está íntimamente relacionado con la independencia policial si a uno de ustedes se le pidiera que hablara a su colega sobre el tema de la ética  es posible que en un principio se sienta poco dispuesto o seguro de hacerlo. Sin embargo es muy importante hablar de la ética. Ello no quiere decir de quien lo haga sea perfecto o un moralizador, con este tema he creído conveniente preguntarme porque la imagen de los miembros policiales esta tan decaída cuando debería tener una reputación de integridad y neutralidad. La ética así como la independencia tiene que ver con la apariencia y la realidad, si se perciben injusticias y aparentan que no la hay, esto trae como consecuencia lo que se está viviendo el descrédito de las fuerzas policiales.

Una forma de concebir un verdadero código de ética para los miembros policiales es asumir que éste, debe consistir en que todo  policía adopte como código personal las Normas más elevadas posibles de conducta personal y profesional. Su vida personal, la forma en que lleva acabo la relación con su familia y si inevitablemente llegan a conocimiento del público y como policía en el ejercicio de su deber debe actuar con la conducta, con la equidad, con la integridad, con la rectitud que esperamos de nuestros ciudadanos más responsables.

El comportamiento y el carácter son muy importantes dentro de la vida profesional del efectivo policial. Es decir el policía debe mantener cordura, moderación, cuando el delincuente trata deliberadamente de provocarlo. Sin embargo el policía debe insistir en que el delincuente respete, no la dignidad personal del policía, sino la dignidad del cargo que ejerce y esto será un patrón para aprender la forma de controlar los delincuentes en la carceleta. Los mejores policías con su conducta, su posición, su forma de proceder, inspiran respeto en estos casos, jamás nos atreveríamos a intentar una conducta impropia contra ellos.

II.7. EL DELITO DE FUNCION Y LOS DERECHOS HUMANOS

Los delitos contra los Derecho Humanos conforman figuras delictivas autónomas, debido a lo especial de la relación social desvalorada en los tipos penales que lo configuran. Lo especifico de esta relación social es el contexto de poder que se desenvuelve en donde la indefensión de la víctima tiene una gente que actúa por cuenta con el consentimiento del Estado es manifiesto. Este contexto de poder distingue a estas figuras delictivas de las demás figuras comunes, haciendo necesaria su regulación diferenciada.

Así por ejemplo no se justifica que los casos de tortura, desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales por mencionar algunos supuestos claros

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atentados a los derechos humanos sean de conocimiento de la justicia militar. En estos casos el afectado con la conducta no es la institución castrense, sino el individuo desaparecido, torturado o muerto. Aquí por consiguiente no debe tomarse en consideración para la definición de la naturaleza jurídica del delito si el sujeto activo es un policía en actividad o si cumplía órdenes o si la conducta lo realizó como correlato del servicio o con ocasión de él sino la esencialidad de la conducta perpetrada y el bien jurídico vulnerado en correspondencia con los principios de especialidad y demás que gobiernan el denominado concurso aparente de leyes.

En este sentido no podría aceptarse que una conducta que pueda calificarse como delito contra los derechos humanos pueda ser considerado como un delito de función. De allí que sea necesario una reforma y se excluya la competencia de los tribunales militares las conductas que impliquen delito contra los derechos por razones de naturaleza y fines de esta judicatura.

II.8. ¿QUÉ PODEMOS HACER PARA DISMINUIR LAS VIOLACIONES EN DERECHOS HUMANOS POR PARTE DE LA POLICIA?

No es fácil disminuir los niveles de violaciones en derechos humanos por que no existe la actuación de los mismos afectados, esto ha constituido uno de los principales obstáculos para su avance y reconocimiento, la policía Nacional a cometido muchos abusos con personas inocentes que no han denunciado por temor a las represalias, convirtiéndose en un pedestal difícil de derribar.

Sugerencias de la autora para cambiar esto:

- Conocer de nuestros derechos y responsabilidades, aquí los medios de comunicación juegan un papel importante ya que su rol debería ser la difusión masiva de los derechos. Algunas veces su labor ha sido fundamental para lograr la toma de conciencia de la población sobre la situación actual del Perú, incluso se han convertido en autores denunciando gravísimas violaciones logrando justicia y esclareciendo la verdad.

- Respetar y hacer respetar los derechos de cada persona en la vida cotidiana.

- Usar los mecanismos legales que existen para proteger la vigencia de los derechos.

- Organizarnos para defender los derechos de cada persona, en este caso la unión hace la fuerza, cuando seamos testigos de un hecho delictivo, malos tratos abuso de autoridad, etc en que la persona afectada sea inocente o culpable debemos acudir en forma masiva a denunciar el hecho en las instancias correspondientes para que nos brinden su apoyo y así ser solidarios con las personas que sufren.

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II.9. LA IMPUNIDAD

La falta de sanción a los culpables que cometen tan repudiados actos a los derechos humanos, es la denominada impunidad que no necesariamente describe una situación jurídica que se puede definir estrictamente, si no un fenómeno de dimensiones legales, sociales culturales, psicológicas y hasta económicas, sin embargo, en términos generales la impunidad es la no punibilidad  o ausencia de castigo en estricta oposición a la inmunidad.

La inmunidad que se da a los responsables que cometen abusos, desapariciones forzadas, torturas, corrupción, soborno ha generado gran descontento dentro de las familias que han sido afectadas, la ausencia de investigaciones, el encubrimiento entre miembros policiales, la existencia de normas tardías, la actitud pasiva del poder judicial ha contribuido que se den más violaciones a los derechos humanos.

La impunidad genera efectos negativos en la sociedad, al impedir que se investigue y por lo tanto que se esclarezcan los hechos en los cuales se ha cometido abusos que genera sentimientos de odio que afecta la autoestima  y la autovaloración de las personas.

Una grave preocupación que hay que enfrentar es que al quedar impune un delincuente por así decirlo que podría ser un miembro policial, de las fuerzas armadas, del ejercito, la ciudadanía estiman culpables a las instituciones a los que los culpables pertenecen  es allí cuando empieza el desprestigio de dicha institución. Por ello debe buscarse los mecanismos necesarios para separar a los culpables de los no culpables, con la impunidad todos los miembros de la institución estas mismas quedan mancillados, cada oficial, suboficial, sargento y policía en general queda impedido de deslindar responsabilidad ética por lo tanto la sociedad queda con el derecho de sospechar de sus instituciones del orden.

En este caso se está atacando a la justicia y se violenta el principio de la igualdad ante la Ley. La impunidad impide la consolidación del Estado de derecho, porque la consolidación institucional y democrática pasa por restablecer la actitud ética en todos sus niveles  y en todas sus instituciones.

La impunidad impide que la población exija su derecho de justicia ante los órganos jurisdiccionales, lo que va a generar desconfianza entre la sociedad.

La impunidad afecta el desarrollo y resurgimiento del país, porque encubre aquellos agentes que cometen graves atentados contra la integridad de la persona, hay que erradicar todo lo que constituye vulneración a los derechos humanos.

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II.10. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

A mi parecer la imagen, el trabajo, el empeño el decoro de la Policía Nacional esta atravesando por una decadencia de la cual ellos han sido forjadores, necesitamos que esto cambie formando una institución sólida que cumpla a cabalidad sus funciones para de esta manera propender hacia un Perú mejor.

- Es necesario la existencia de justicia por parte de la Policía nacional, pero esta debe ser eficiente, autónoma especializada a los fines que la justifica, ello constituye una garantía para la tutela de los derechos de la persona.

- Para llevar a cabo este cambio es necesario sensibilizar a los miembros de la Policía Nacional realizando continuamente talleres, capacitándolos reeducándolos en los principios que aprendieron alguna vez en los cuarteles que en transcurso del tiempo han sido olvidados.

- Que en caso de los delitos contra los Derecho Humanos siempre deberán ser visto por la justicia común como por ejemplo los delitos de detención arbitraria, desapariciones forzadas, en estos casos los bienes jurídicos vulnerados son personalísimos, el afectado con la conducta no es en primer término la institución castrense sino la persona. Bueno en esta parte ya existe una ley que recién se ha promulgado pero necesitamos que sean aplicados a la práctica.

- Para evitar más abusos policiales es necesario difundir los derechos de las personas constantemente no solo cuando la coyuntura así lo amerita sino siempre.

- Debe haber un grupo especializado en derechos humanos que viajen a los lugares donde existen riesgos de violaciones y capaciten a mujeres niños, niñas y hombres para lograr que se unan a esta causa justa, bueno parece un ideal pero si todos trabajamos evitaremos atropellos por aquellos agentes que viven cerca de la población que conocen de nuestra ignorancia y así garantizar la integridad el derecho a ser libre y a no ser humillado.

- Anteriormente he mencionado que la educación es la base para evitar abusos en nuestro país, existe un alto índice de analfabetos que aceptan castigos por parte de aquello que consideren superiores que por llevar un uniforme siempre tienen la razón, hay que educarlos, capacitarlos para  lograr el desarrollo del país.

- “Hecha la ley hecha la trampa” es una frase que se ha hecho muy cotidiana en nuestro país, debido a que nuestros legisladores solamente se han dedicado a copiar las leyes que han tenido éxito en otros países sin tener en cuenta la realidad social en la cual nos encontramos. Es por esta razón que el problema fundamental en el Perú es la no aplicación  de nuestra Legislación.

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- La corrupción se ha arraigado tanto en nuestro país que para combatirla es necesario darle un nuevo rumbo a la filosofía formativa de los hombres y mujeres.

III. DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOSIII.1. MISIÓN

Brindar asesoramiento, en materia de Derechos Humanos, al Comando Institucional, para una adecuada toma de decisiones que permita afianzar y asegurar el respeto irrestricto de los derechos humanos durante el ejercicio de la función policial. Forma parte del sistema de derechos humanos del sector interior como órgano ejecutivo rector dentro de la Policía Nacional del Perú.

III.2. FUNCIONES GENERALES

Difundir la política sobre  derechos humanos que emita el Sector Interior y la DIRGEN PNP, difundiéndolas y orientando las acciones de las Direcciones Especializadas, Direcciones Territoriales, Frentes  y Regiones Policiales.

Tramitar, investigar,  resolver las  denuncias  que por violación de DD.HH sean presentadas ante las autoridades pertinentes, o las que conozca directamente en las que estén involucrados miembros de la PNP. 

Mantener actualizado el banco de datos del registro nacional de detenidos y sentenciados a pena privativa de libertad efectiva (RENADESPPLE)

Programar actividades de instrucción en derechos humanos con el objeto de lograr a través de la educación el cambio de actitudes, por parte del personal PNP durante el ejercicio de la función.

III.3. ESTRUCTURA ORGÁNICA

IV. ESCUADRÓN GÉNESIS

Ante el avance de la ola delictiva en el país, el ministro del

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Interior Wilfredo Pedraza, dispuso la creación de un grupo especial de inteligencia operativa dentro de la Dirección de Investigación Criminal (DIRINCRI) de la Policía Nacional, el cual tendrá como función exclusiva la identificación, ubicación, seguimiento y captura de sicarios y “marcas” que operan en la capital y otras ciudades del interior del país.El escuadrón, denominado Génesis, basará sus operaciones en la inteligencia e investigación de sus integrantes. Además utilizará herramientas legales y de criminalística que recientemente adquirió la Policía Nacional. Herramientas como el Sistema Integrado de Identificación Balística (IBIS) y el Sistema Automatizado de Identificación Dactilar (AFIS).Según se informó, esta selección de policías, conformada por oficiales y suboficiales experimentados que han participado directamente en la desarticulación de diversas bandas criminales, aplicará la filosofía y la estrategia que en su momento utilizó el Grupo Especial de Inteligencia de la Policía Nacional (GEIN) en su lucha contra el terrorismo.La puesta en funcionamiento de esta unidad operativa se enmarca dentro de las medidas implementadas por el nuevo Director General de la Policía Nacional, General de Policía Jorge Flores Goicochea, en cumplimiento de lo dispuesto por el Titular del Sector Interior, con la finalidad de reforzar la investigación criminal y el combate contra la delincuencia organizada.En este mismo marco, el Ministro Pedraza anunció que repotenciará de manera decidida la DIRINCRI a través de la dotación de un número significativamente mayor de efectivos y vehículos, y con la completa remodelación de su sede institucional, que se convertirá en una instalación acorde con los avances tecnológicos de las policías modernas del mundo.

Adicionalmente, se retirará a los policías de investigación criminal que están en las comisarías para que refuercen las diversas DIVINCRIS de la capital bajo el mando único de la DIRINCRI, con el fin de consolidar a ésta como una unidad sistémica y concentrar las acciones de la lucha contra la criminalidad y no desperdigar hombres, recursos y esfuerzos. (Diario el Comercio, 2013, 21 de marzo).

V. CASO: POLICÍA NACIONAL Y LOS ALBINES

Cinco delincuentes fueron abatidos por la policía especializada de Piura, cuando pretendían asaltar a un empresario sechurano, en la Vía Piura - La Unión, a la altura del Caserío La rinconada, Catacaos. El "Negro Albines" en compañía de cuatro miembros de la banda delicuencial conocida como "Los Albines", se enfrentaron a la policía a balazos con armas

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de largo alcance. Otros dos sujetos, al parecer también miembros de esta organización delicuencial también resultaron heridos  El empresario trasladaba la suma de 170 mil soles, cantidad que pretendían apoderarse, tras seguirlo desde una entidad bancaria. Al parecer, información de inteligencia permito conocer el movimiento de la banda, para lo cual la policía elaboro un operativo con efectivos camuflados de civil, en vehículos particulares, quienes a la altura del Sector La Rinconada , Catacaos son intervenidos , lo que motivo un tiroteo con el saldo conocido

Entre los delincuentes abatidos figura su cabecilla José Santos Albines Villegas. Iban en el Station Wagon, blanco de placa SB-5712.Los otros fallecidos se les encontró DNI con los nombres de Ignacio Córdova Olivares, Carlos Lupuche Cobeñas, Klever Renato Simbala Yovera y José Mario Yovera Chero, los mismos que serian nombre suplantados. Los heridos que se recuperan en un nosocomio de la ciudad fueron identificados como Víctor Jaime Pulache Carhuapoma y Miguel Ángel Pulache Berrú. Posteriormente, en conferencia de prensa. el jefe de la I Dirección Territorial Policial de Piura, Máximo Vargas Hugo; y el jefe de la Divincri, Luis Zuñiga; mostraron las armas que portaban los cinco delincuentes, algunas de ellas de uso militar.

Noticia de RPP:

Los familiares de los hombres que fueron abatidos este miércoles en medio de un enfrentamiento con la Policía Nacional en la carretera Piura-Sechura, distrito de Catacaos, anunciaron que denunciarán a los efectivos policiales por homicidio y reclamaron por la forma en que acabaron con los sujetos.

En el frontis de la Morgue Central de Piura, Yovani Albines Villegas, hermana del cabecilla conocido como el "Negro Albines” dijo que este ya se había rendido pero igual acabaron con su vida a balazos.

“Las cinco familias nos vamos a unir y vamos a presentar una denuncia porque no era para que los maten de esa forma por más delincuentes que sean”, declaró.

Ante esto, el coronel Máximo Vargas, jefe de la I Dirección Territorial Policial de Piura, dijo que entiende la reacción de los familiares, pero “está probado que estos delincuentes cometieron una serie de delitos. Es lógico que las familias los quieran santificar”, expresó.

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El mando policial dijo que se está trabajando en la captura de los sujetos conocidos como “Santoyo” y “Coyote”, al confirmarse que ellos no se encuentran entre los fallecidos.

Señaló también que ha reforzado el resguardo policial en las comisarías de Catacaos y Cura Mori, lugares en donde operaba esta peligrosa banda delincuencial.

Sobre las cinco personas fallecidas se confirmó la identificación de José Santos Albines Villegas, alías ‘Negro Albines’; Jesús Alexander Cobeñas Risco, alias ‘Varón’; Clever Renato Símbala Yovera, alias ‘Símbala’, Ignacio Córdova Olivares, alias ‘Narizón’ y José Mario Yovera Chero.

Finalmente, se informó que las dos personas detenidas a bordo de la camioneta blanca 4x4 fueron dejados en libertad bajo el régimen de comparecencia por parte del fiscal que investiga el caso.

VI. DEFENSORÍA DEL PUEBLO

VI.1. LA ESENCIA INSTITUCIONAL

El nacimiento del Ombudsman o Defensor del Pueblo se remonta a más de 200 años atrás en Suecia, en donde surgió como una entidad de origen parlamentario con el encargo de velar por la buena administración pública en favor de los ciudadanos.

La Defensoría del Pueblo en el Perú fue creada por la Constitución Política de 1993, como un organismo constitucionalmente autónomo, para defender los derechos fundamentales, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal, así como la eficiente prestación de los servicios públicos en todo el territorio nacional.

La Defensoría atiende -en todo el país- quejas, consultas y pedidos de ciudadanos que, por alguna causa, han experimentado la vulneración de sus derechos. No desempeña funciones de juez o fiscal ni sustituye a autoridad alguna. No dicta sentencias, no impone multas ni sanciones. Elabora informes con recomendaciones o exhortaciones a las autoridades, cuyo cumplimiento encuentra sustento en su poder de persuasión y en la fortaleza de argumentos técnicos, éticos y jurídicos.

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La Defensoría del Pueblo es, pues, un colaborador crítico del Estado que actúa, con autonomía, respecto de cualquier poder público o privado, en nombre del bien común y en defensa de los derechos de la ciudadanía. En razón de ello, ejerce su mandato con objetividad, profesionalismo y responsabilidad, nunca por oposición arbitraria o injustificada frente al Estado.

En razón de su legitimidad, resulta vital que los ciudadanos y ciudadanas perciban y sientan a la Defensoría del Pueblo como una institución no solo cercana, sino entrañablemente comprometida con la solución de sus problemas.

VI.2. VISIÓN

Ser la institución que contribuye efectivamente en la defensa y realización de los derechos humanos, promoviendo la gobernabilidad y buen gobierno de nuestro país, aportando a la consolidación de una sociedad inclusiva, equitativa y sostenible; sustentada en una organización eficiente y eficaz con personal altamente calificado y con vocación de servicio.

La Visión destaca la intención de dar una especial preeminencia a la realización efectiva de los derechos humanos, para contribuir a lograr una sociedad inclusiva, equitativa y sostenible.

VI.3. MISIÓN

Somos la institución pública autónoma responsable de defender y promover los derechos de las personas y la comunidad. Para ello supervisamos la actuación del Estado y la prestación de los servicios públicos, evidenciando la vulneración de los derechos e incidiendo en la mejora de la política y la gestión pública.

La Misión, así definida, resume la razón de ser de la institución, refleja el sentido de su accionar, complementando el mandato constitucional que sustenta su creación y la Ley Orgánica respectiva.

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VI.4. ORGANIGRAMA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

VI.5. ¿En qué casos puede intervenir la Defensoría del Pueblo?

- Niños, niñas y adolescentes- Mujeres- Personas con discapacidad- Pueblos indígenas- Personas afectadas por la violencia- Personas privadas de libertad- Personas que viven con VIH/Sida- Pensionistas- Migrantes- Vida, integridad y libertad personal- Salud- Educación- Servicios públicos y transporte- Municipalidades- Descentralización - Medio ambiente- Conflictos sociales- Seguridad ciudadana

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- Discriminación- Acceso a la justicia- Prevención de la corrupción- Transparencia y acceso a la información pública- Identidad

VI.6. CASO PINCHIVI.6.1.DEFENSORÍA DEL PUEBLO INTERVENDRÁ EN CASO DE TRATA DE

PERSONAS

Carolina Garcés, Adjunta para los derechos de la mujer de la Defensoría del Pueblo manifestó su preocupación sobre la sentencia emitida recientemente en la Corte Superior de Piura sobre el sonado caso del `night club´ La Noche, en perjuicio de la señora Jhinna Pinchi, víctima de trata de personas.

“En el marco de nuestras funciones y en coordinación con la Oficina Defensorial de Piura hemos decidido intervenir. Esta intervención defensorial implica fundamentalmente centrarnos en la presentación y evaluar en función del contenido de la sentencia, lo que nosotros denominamos amicus curiae”, declaró Garcés al boletín quincenal Reporte Alternativo. Además señaló que la Defensoría del Pueblo participará en la audiencia de apelación que se llevará a cabo durante el proceso judicial y exhortó al Ministerio Público que se mantengan o refuercen las medidas de seguridad en el cuidado de la señora Jhinna Pinchi “quien está en una situación especial de vulnerabilidad, temor y desconfianza” debido a la sentencia que buscó absolver a cuatro de los principales procesados.Respecto a esta sentencia señaló su preocupación ya que “genera una serie de consecuencias, no solo incrementando el riesgo de la seguridad de la víctima, sino también una desconfianza mayor en nuestro sistema de justicia, desincentivando la denuncia por parte de las víctimas por temor a las represalias”. Finalmente, lamentó que “en los casos de violencia contra la mujer se continúe generando una situación de impunidad a favor de los agresores y contra la víctima”. 

VI.6.2."DE NO PROTEGERSE A LAS VÍCTIMAS, HABRÍA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO"

Entrevista a Eugenia Fernand Zegarra, defensora adjunta de los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo.

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Francisca Machare Ramírez, una de las testigos clave del caso de Jhinna Pinchi, falleció en una situación confusa: fue arrollada por el auto del individuo a quien denunciaba. Nadie investigó su muerte. La misma víctima, Jhinna Pinchi, sabe que la persiguen por las calles y hasta ahora recibe amenazas: las intimidaciones se lo han hecho llegar incluso a través de su familia. Madre de dos menores, Jhinna no cuenta con ningún tipo de protección por parte de las autoridades: ni albergues ni policías que la acompañen en sus diligencias. Aún cuando su caso ya es mediático, ella sola se las tiene que arreglar para refugiarse de los criminales que intentan silenciarla. La Defensoría del Pueblo es la única entidad a la que parece preocuparle esta situación, pues insiste en que se consideren medidas de seguridad tanto para víctimas y testigos de su caso. Así lo sostiene Eugenia Fernand Zegarra, funcionaria de esa institución.

¿Por qué la Defensoría del Pueblo se preocupó por el caso de Jhinna Pinchi en forma específica?

Porque es un caso emblemático: es la primera vez que una víctima de trata de personas ha manifestado todo lo que le ha sucedido. Su testimonio -muy valioso por las descripciones que hace- servirá como una pedagogía a las jóvenes que se encuentran en situación similar: así se animarán a denunciar los hechos. Recordemos que la trata de personas afecta a la libertad individual, es decir, afecta a lo más importante del ser humano y, por ende, vulnera sus derechos fundamentales.

¿Y por qué la Defensoría intervino dos años después de haberse dado a conocer el caso?

Es que no lo conocíamos. La demora la tuvo el Ministerio Público, que mantuvo el caso por más de dos años.

¿Y es normal que un caso estuviera paralizado tanto tiempo?

No es normal en lo absoluto. Incluso algunos plazos dentro del proceso ya se habían excedido, lo cual nos preocupó. Por eso nos reunimos con el Fiscal de la Nación, la máxima autoridad: le informamos de la dilación excesiva del caso solo porque el fiscal provincial penal de Piura demoraba en formular la acusación.

¿Qué es lo que está pidiendo ahora la Defensoría?

Queremos que se implementen medidas de protección para resguardar la vida de Jhinna Pinchi: evitar que la amenacen o violenten para que se frustre la investigación. Y no solo nos referimos a ella, sino también a las otras nueve víctimas comprendidas en el caso.

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La testigo clave falleció en extrañas circunstancias...Exacto, y si algo malo le ocurriera a las víctimas -o a los mismos testigos- se responsabilizaría directamente a los denunciados como co-autores.

¿En qué consisten estas medidas de protección?

Una es el alojamiento provisional de las víctimas fuera del lugar donde se realiza la investigación. Otra es la asistencia permanente de un policía para que las acompañe. También está la reserva de la identidad: encubrir datos generales como nombre, edad, dirección, teléfonos. Incluso se puede considerar el cambio del nombre de la víctima para el resto de su vida.

¿Y cuánto puede demorar este pedido?

Primero debe realizarse una evaluación de riesgos. Eso quizá tome algún tiempo. Pero considerando que se trata de proteger vidas, lo ideal sería que estas medidas sean dictadas de inmediato. De no atenderse el pedido de protección habría responsabilidad del Estado, pues estaría permitiendo que se vulneren los derechos de las víctimas.

¿Y la reinserción laboral de las víctimas? ¿Es obligatorio también para el Estado?

No es obligatorio pero debería ser considerado, pues una víctima que está alojada transitoriamente también podría ser capacitada y recibir alguna oportunidad laboral para generar sus propios ingresos económicos. Eso le permitirá reorientar su vida.

¿Es posible alguna reparación civil en este caso específico?

Sí es posible y esa reparación ha sido ya mencionada por el fiscal. Hay que resarcir a las víctimas de acuerdo al sufrimiento ocasionado por la organización criminal. Ese pago no lo hace el Estado: lo hacen las personas que han ocasionado el daño.Que las víctimas estén protegidas también sirve para salvaguardar la información sobre el delito, ¿verdad?Exacto, las medidas de protección también ayudan a preservar la valiosa información que cada víctima y testigo puede aportar para esclarecer los hechos y profundizar en las investigaciones de las autoridades.

¿Pero qué pasa cuando las mismas autoridades responden que no tienen presupuesto ni siquiera para proteger a las víctimas?

Es que no basta con decir que no hay presupuesto. El Ministerio Público debe

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buscar los recursos suficientes para cumplir con su obligación legal: debe demostrar que está haciendo algo para conseguirlos o suplir las deficiencias. Es su obligación proteger a las víctimas.

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REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

- Huaripata Torres; Alexis Anel (2010) Alumna de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la universidad nacional de Cajamarca, recuperado en: http://www.derechoycambiosocial.com/rjc/Revista10/policia.htm

- Página oficial de la Policía Nacional de Perú (2013). Recuperado en: http://www.pnp.gob.pe

- Escuadrón Génesis se dedicará exclusivamente a capturar sicarios y marcas (2012, 21 de marzo). Diario el Comercio. Recuperado en: http://elcomercio.pe/actualidad/1553105/noticia-escuadron-genesis-se-dedicara-exclusivamente-capturar-sicarios-marcas

- Matan a cinco en tiroteo (2013, 20 DE MARZO) Recuperado en: http://www.piuraweb.com/index.php?option=com_content&task=view&id=11047&Itemid=29

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