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REPÚ8UCAKL ECUADOR MEP PLIEGOS PARA LA CONTRATACIÓN DE ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD DEL NORTE (MOVIDELNOR E.P.) CÓDIGO DEL PROCESO: AE-EPMN-001-2017 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: CONTRATACIÓN DE SOCIO ESTRATÉGICO PARA IMPLEMENTAR Y MANTENER EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE ABRIL 2017 Av. Eloy Aifaro y C. Julio Zaldumbide (esquina) - Ibarra - Ecuador (06)2608497 - [email protected]

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REPÚ8UCAKL ECUADOR

MEP

PLIEGOS PARA LA CONTRATACIÓN DE ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN

TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA

REGIÓN DEL NORTE

EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD DEL NORTE (MOVIDELNOR E.P.)

CÓDIGO DEL PROCESO: AE-EPMN-001-2017

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:

CONTRATACIÓN DE SOCIO ESTRATÉGICO PARA IMPLEMENTAR Y MANTENER EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA

MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE

ABRIL 2017

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EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD

CONTRATACIÓN DE "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA

GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE YSEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE"

INDICE

SECCIÓN 1 FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES1.1. - Inicio del procedimiento y órgano sustanciador1.2. - Informe de viabilidad y procedencia del proceso1.3. - Resolución No. 001-2017-DIR-EP del 05 de abril del 20171.4. - Resolución No. 003-GG-2017-EP de inicio del proceso

SECCIÓN II CONVOCATORIA

SECCIÓN III OBJETO DE LA CONTRATACIÓN3.1. - Inversión del socio estratégico3.2. - Participación y forma de pago3.3. - Normativa aplicable

SECCIÓN IV CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO4.1. - Procedimiento especial4.2. - Participantes4.3. - Ofertas4.4. - Evaluación de las ofertas4.5. - Presentación de ofertas y sesión de la Comisión Especial4.6. - Documentación previa a la celebración del contrato

SECCIÓN V FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y FORMULARIOS5.1. - Forma de presentación de la oferta5.2. - Formularios1.- Formulario de la oferta1.1. - Presentación y compromiso1.2. - Datos generales del oferente1.3. - Nómina de socio(s), accionista(s) o partícipe(s) mayoritarios personas jurídicas oferentes:1.4. - Situación financiera1.5. - Modelo del sistema1.6. - Metodología1.7. - Cronograma1.8. - Experiencia del Oferente1.9. - Bienes y servicios asignados al proyecto1.10. - Propuesta de inversión

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II. - Personal técnico asignado al proyecto2.1. - Personal técnico asignado al proyecto2.2. - Compromiso del personal técnico asignado al proyecto2.3. - Hoja de vida del personal técnico asignado al proyectoIII. - Compromiso de asociación o consorcioIV. - Licitud de fondos5.3. - Modelos referencia! de contrato

SECCIÓN VI FASE CONTRACTUAL6.1. - Inicio DEL PROYECTO6.2. - Cumplimiento de especificaciones6.3. - Permisos y autorizaciones6.4. - Avances de ejecución del proyecto6.5. - Inversiones6.6. - Cronograma6.7. - Disposiciones de administración6.8. - Solución de peticiones y problemas6.9. - Vigilancia y custodia6.10. - Trabajos defectuosos o no autorizados6.11. - Administración del contrato6.12. Subcontratación

CONTRATACIÓN DE ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA

GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE YSEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE

DESARROLLO

SECCIÓN I

FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES

1.1.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO Y ÓRGANO SUSTANCIADOR:

Mediante Memorando MEP-GA,GF,GOT,AJ-2017-009 suscrito por el Ing. Francisco Rosales, Ing Ximena Peñafiel, Dr. Guillermo Rueda y MSc. Ronald Briones el 16 de marzo del 2017, se emite el Informe de viabilidad técnica, administrativa, financiera y jurídica de la ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, mismo que concluye lo siguiente: "Considerando el contenido de este informe, las unidades administrativas intervinientes, concluimos que es viable y procedente la realización del proceso de contratación

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de un SOCIO ESTRATÉGICO PARA LOS SISTEMAS AVANZADOS INTEGRALES DE CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO y DE LA GESTIÓN DE LOS AGENTES DE TRÁNSITO, de competencia de MOVIDELNOR E. P."

Con Oficio No. MEP-GG-2017-00154-0 de 17 de marzo del 2017, el Esp. Edgar López Mejía Gerente General de MOVIDELNOR EP pone a consideración del Directorio de la Empresa Pública de Movilidad el procedimiento a seguir para la contratación de un SOCIO ESTRATÉGICO PARA LOS SISTEMAS AVANZADOS INTEGRALES DE CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE; mismo que es aprobado en sesión del 05 de abril del 2017 por el Directorio de MOVIDELNOR EP, según consta en el ACTA 001-DIR-2017-EP, reservándose la facultad de autorizar la alianza estratégica que será suscrita por el representante legal de la EP.

En Resolución 003-GG-2017-EP de 07 de abril del 2017 el Gerente General de MOVIDELNOR EP, aprueba los pliegos e inicia el procedimiento de contratación; delegando al Jefe de Contratación Pública de MOVIDELNOR EP la publicación del proceso mediante la prensa nacional y la página web de la Empresa Pública de Movilidad.

Mediante Memorando MEP-GG-0280-2017-M de 07 de abril del 2017. El Esp. Edgar López Mejía máxima autoridad de la entidad nombra la Comisión Especial integrada por el Delegado del Gerente General quien la presidirá, Gerente Operativo o su delegado, Técnico a fin (con voz y voto) Gerente Financiero, Asesor Jurídico o su delegado (con voz) quedando facultada para nombrar un secretario fuera de su seno, que deberá ser un abogado de la institución, encargándole la realización y sustanciación del proceso de contratación que inicia desde la citada Resolución hasta la selección del aliado estratégico.

1.2.- INFORME DE VIABILIDAD Y PROCEDENCIA DEL PROCESO:

Memorando No. MEP.-GA, GF, GO T, AJ -2017-009

ASUNTO: INFORME DE LA "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DEPREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO"

FECHA: 16 de Marzo del 2017

En cumplimiento de lo dispuesto por el señor Gerente General, nos permitimos emitir el siguiente informe de viabilidad técnica, administrativa, financiera y jurídica de la "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE"

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RESUMEN EJECUTIVO

El presente informe explica los puntos relevantes para obtener y operar un Sistema Avanzado Integral de Prevención y Control Móvil del Tránsito en Territorio, a través de un modelo de alianza estratégica entre la empresa pública MOVIDELNOR EP y un SOCIO ESTRATÉGICO, que permita alcanzar los objetivos propuestos cumpliendo las necesidades expuestas.

Es necesario monitorear y tener un control sobre el tránsito dentro de la mancomunidad y poder supervisar la labor de los agentes dentro del mismo, a fin de reducir la accidentalidad preferentemente por exceso de velocidad. Por lo tanto, se ve indispensable el tener un modelo de operación avanzado integral que supla con la expectativa vigente en la ciudadanía y permita a la empresa pública controlar de mejor manera al personal operativo y obtener información que se pueda respaldar con material en audio y video. Sistema integral con campañas de prevención y control, con dispositivos en vehículos en movimiento y para cada agente de tránsito, debidamente interconectados con centrales de operación, que, operados por agentes de tránsito, permitirán la detección de contravenciones; con el objetivo primordial de lograr mayor seguridad para la ciudadanía.

Con este mismo propósito se debe establecer un modelo de operación que distribuya los recursos físicos y al personal operativo, en los cantones mancomunados, coordinando en cada centro de operación en territorio, los dispositivos móviles de detección de velocidad, camionetas patrullas y mecanismos de asistencia en audio y video de los agentes civiles de tránsito.

Por lo tanto el socio estratégico desarrollará las tareas necesarias bajo su responsabilidad y riesgo, haciendo valida su experiencia en el área específica de su gestión. Este deberá ser capaz de financiar su operación y recuperación durante un tiempo determinado. El socio estratégico aportará por medio de financiación propia y bajo un modelo de inversión todos los recursos tanto tecnológicos como humanos necesarios, así como de infraestructura para cumplir con los objetivos de contratación que se estipulen, además de correr con los gastos de servicios complementarios para el buen desempeño de la tecnología a implementarse. Estos se entienden en recursos: bienes y servicios; y metodología de instalación y operación.

Para una adecuada coordinación de la contratación y el trabajo conjunto de la empresa pública y el socio estratégico, se deberá estipular todo requerimiento en las bases del procedimiento para realizar su contratación. El plazo dentro del cual se estima desarrollar este proyecto es de 8 años y 5 meses contados desde la firma del contrato; contando con una inversión inicial que supera los cuatro millones de dólares.

1.- COMPETENCIA DE LA EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD DEL NORTE (MOVIDELNOR E.P.):

1.1.- El artículo 264 numeral 6 de la Constitución de la República, en concordancia con el literal f) del artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) disponen que es competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales, planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y seguridad vial, dentro de su circunscripción territorial.

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______ o1.2. - El Consejo Nacional de Competencias mediante Resolución No. 006-CNC-2012 de 26 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 712 de 29 de mayo de 2012 resolvió transferir la competencia de planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, a favor de los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales del país, y establece que dos o más municipios que formen una mancomunidad o consorcio para el ejercicio de esta competencia, serán considerados como una unidad, en tal virtud podrán de manera mancomunada acceder a un modelo de gestión distinto del que les correspondería individualmente considerados.

1.3. - Los gobiernos autónomos descentralizados municipales de los cantones de las provincias de Carchi, Imbabura, Pichincha y Esmeraldas: Bolívar, Espejo, Mira, San Pedro de Huaca, Montufar; Antonio Ante, Otavalo, Pimampiro, San Miguel de Urcuquí, San Miguel de Ibarra, Pedro Moncayo y San Lorenzo del Pailón, el 13 de noviembre del 2014, conformaron la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE, instrumento publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 234 de 24 de diciembre de 2014. La Mancomunidad tiene por objeto y fin gestionar de manera efectiva y eficiente la competencia para planificar, regular, administrar y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, de los gobiernos autónomos descentralizados municipales que la conforman, para beneficio de la ciudadanía en su ámbito de operación.

1.4. - El 27 de enero del 2015, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Competencias, mediante oficio No. CNC-SE-2015-C268, comunica que se ha procedido a la inscripción de la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE, bajo el Nro. MANC-032-2015-CNC.

1.5. - La Mancomunidad para la Gestión Descentralizada de la Competencia de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de la Región Norte, mediante Resolución No. 001-2015-MAN de 25 de febrero de 2015, publicada en el Registro Oficial Edición Especial No. 320 de 18 de mayo de 2015, constituyó la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.), cuyo objetivo es realizar la gestión de manera eficiente de la competencia de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial, en el ámbito de competencia de la mancomunidad.

■ Con sujeción a la base legal citada, la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.), es competente para realizar el control operativo del tránsito en territorio así como el control de la gestión desarrollada por los agentes civiles de tránsito.

2.- ALIANZA ESTRATÉGICA:

MEP

2.1.- La Corte Constitucional para el Período de Transición, en el CASO No. 0008-10-IC, mediante SENTENCIA No. 001-12-SIC-CC de 5 de enero del 2012, interpreta los artículos 313, 315 y 316 de la Constitución de la República y resuelve: "Debe entenderse que las empresas públicas únicamente gozan de la facultad de gestionar los sectores estratégicos y/o prestar los servicios públicos, para los que hubieren sido autorizadas, sin que les esté permitido a su vez, a dichas empresas públicas, delegar a la iniciativa privada la gestión de los sectores estratégicos y/o la prestación de los servicios públicos, lo cual es competencia de los organismos pertinentes conforme lo establecido en la ley."

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2.2. - Los artículos 35 y 36 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, se refieren a la "CAPACIDAD ASOCIATIVA" de las empresas públicas, determinándose que, para el cumplimiento de sus fines y objetivos empresariales (ampliar sus actividades, acceder a tecnologías avanzadas y alcanzar las metas de productividad y eficiencia en todos los ámbitos de sus actividades) y en consecuencia para la celebración de los contratos que se requieran, podrán constituir alianzas estratégicas. Para asociarse constituyendo empresas de economía mixta, se requerirá concurso público y para perfeccionar esta asociación, o la que se realice con otras empresas públicas, no se requerirá de otros requisitos o procedimientos que no sean los establecidos por el Directorio.

2.3. - Según lo dispuesto en el Art. 5 del Estatuto de Creación de la Empresa Pública para la Gestión Descentralizada de la Competencia de Planificar, Regular y Controlar el Transito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de la Mancomunidad de la Región Norte "Movilidad del Norte , MOVIDELNOR EP" publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 320 de 18 de mayo de 2015, entre las funciones de la empresa constan: "...2- Ejecutar y proveer de equipamientos viales, dispositivos de tránsito o de seguridad vial e infraestructura asociada a la movilidad en su jurisdicción en forma transparente, ágil, oportuna y efectiva; ...9. Fomentar en la comunidad una cultura de coparticipación en el desarrollo, preservación y cuidado de las obras, dispositivos, infraestructura e instalaciones realizadas.- 10. Analizar y aplicar alternativas innovadoras para la recuperación y captación de inversiones..."; y, entre los objetivos de la empresa pública se establece el siguiente: "...5. Comercializar productos y servicios relacionados con la materia de Tránsito, Transporte Terrestre, Revisión Técnica Vehicular, Seguridad Vial y Logística, así como poder fabricar, distribuir, representar firmas, importar o exportar bienes y/o servicios relacionados con esta materia."

2.4. - El numeral 17 del artículo 9 del Estatuto de MOVIDELNOR EP determina como deber y atribución del Directorio: "Autorizar al Gerente General la suscripción de inversiones y creación de alianzas estratégicas y cualquier otra forma asociativa sobre la base de los artículos 35 y 36 de la Ley de Empresas Públicas, así como la forma de realizar los procesos de escogimiento y selección"; y, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en concordancia con el numeral 3 del artículo 16 del mismo Estatuto le dan facultades al Gerente de la Empresa para suscribir las alianzas estratégicas aprobadas por el Directorio.

2.5. - La LEY ORGÁNICA DE INCENTIVOS PARA ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS, publicada en el Registro Oficial Suplemento 652 de 18 de diciembre del 2015, en su artículo 8, "define por asociación público - privada la modalidad de gestión delegada por la que el Gobierno Central o los Gobiernos Autónomos Descentralizados encomiendan al gestor privado, la ejecución de un proyecto público específico y su financiamiento total o parcial, para la provisión de bienes, obras o servicios a cambio de una contraprestación por su inversión, riesgo y trabajo, de conformidad con los términos, condiciones, límites y más estipulaciones previstas en el contrato de gestión delegada."

Esta ley es aplicable a la gestión delegada del Gobierno Central o los Gobiernos Autónomos Descentralizados, diferente a la capacidad asociativa de las empresas públicas determinada en la Ley Orgánica de Empresas Públicas; pero, reforma el artículo 35 de esta última Ley, en los siguientes términos: "En cualquier caso, las asociaciones público-privadas conformadas por empresas públicas, con mayoría en la participación, tendrán el mismo

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ntratamiento tributario, beneficios e incentivos previstos en el ordenamiento jurídico para la modalidad de gestión delegada."

■ Con sujeción a la base legal citada, la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.), está facultada para realizar una alianza estratégica con el sector privado para implementar los "SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE", la misma que no consiste en una delegación de funciones. Corresponde al Directorio de la empresa pública, autorizar el proceso de selección del socio y la alianza estratégica.

3.- SITUACIÓN ACTUAL Y NECESIDAD:

La prevención y control de tránsito en territorio ha venido desarrollándose bajo la mejor gestión posible de acuerdo a los recursos, tanto humanos como físicos y tecnológicos.

Actualmente se cuenta con 341 agentes civiles de tránsito; 15 camionetas, 28 motocicletas, 10 motonetas, 9 automóviles, 1 grúa, 63 radios KENWOOD, 9 radios ICOM (Anexo 1) y un dispositivo de foto multas fijo y software.

Los radios que llevan los agentes civiles de tránsito no son suficientes para todos los efectivos y tienen cobertura únicamente en el perímetro urbano de la ciudad de Ibarra, por este motivo, los agentes y supervisores han optado por hacer uso de sus dispositivos celulares personales. El uso del dispositivo personal frente al ciudadano no genera una imagen profesional ni da la confianza para sentir un respaldo de la autoridad competente.

En cualquier eventualidad dentro del territorio o patrullaje, los agentes civiles de transito realizan el levantamiento de información en libretas, sin poder contar con el respaldo en audio o video de un sistema moderno. De igual forma el centro de coordinación controla al personal de acuerdo a los reportes o informes que los mismos agentes entregan, por esta razón se comunican mediante radio o los dispositivos celulares personales, para confirmar ubicación y tarea del agente. Por lo tanto, no se puede comprobar en tiempo real su ubicación, ni tener registro de audio y video de lo que sucede en su gestión de control. No se cuenta con una central de monitoreo, que permita administrar de mejor manera el recurso humano, simplifique la comunicación y reporte de las unidades y grupos operativos. Se carece del registro de placas de vehículos a través de detección automática de velocidad, el manejo simultáneo de la base de datos de la Agencia Nacional de Tránsito, el uso de centrales de monitoreo y sistemas GPS con localización en tiempo real.

Además, para el control de la velocidad de los automotores, se deben priorizar dispositivos móviles de última tecnología, que cumplan su función en movimiento, no fijos que requieren para su instalación de permisos de los órganos estatales que administran ciertas vías, incluso dentro del ámbito de competencia de MOVIDELNOR EP.

Debido a las situaciones mencionadas y tomando en cuenta la descripción de la gestión que se está realizando para monitorear y controlar el tráfico dentro del territorio del que es responsable MOVIDELNOR E.P., se observa que existe una desarticulación de los recursos físicos y humanos y la carencia del recurso tecnológico integrador,

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EMPRESA PUSUCA DE MOVIUDAD

REPUBLICA OEL ECUADOR

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

que permita la comunicación en tiempo real con audio y video, el procesamiento de la información en centrales operativas y eficacia en el levantamiento de infracciones.

En estos días, el ciudadano da por sentado que las autoridades de prevención y control de tránsito deberían contar con el conjunto de recursos tecnológicos que se mencionan, para poder lograr reducir los índices de accidentes, contar con un respaldo legal ante las sanciones y citaciones causadas, transmitir una imagen de profesionalismo y eficiencia en el control vehicular, crear conciencia sobre las normas y prevención de accidentes de tránsito; para lo cual, es necesario poseer un sistema avanzado integral de prevención y control de tránsito en territorio.

Para cumplir óptimamente con el control operativo del tránsito en territorio y la gestión de los agentes de tránsito, se requiere contar con un sistema avanzado integral, cuya eficacia haya sido comprobada en la práctica. Se necesita que la tecnología y metodología a usarse, supla los objetivos que MOVIDELNOR E.P. ha propuesto sobre el control y planificación de tránsito en la Mancomunidad.

A través de este sistema se mejorarán los procesos internos y como resultado, brindar un mejor servicio, dar una mejor imagen de eficiencia y transparencia, respaldar al ciudadano y también al agente civil de tránsito.

4.- SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO:

El Sistema Avanzados Integral de Prevención y Control Móvil Del Tránsito en Territorio permite administrar, controlar, monitorear, sancionar y supervisar las condiciones del tránsito y la operación de los agentes civiles de tránsito, en tiempo real y con respaldos en audio y video, en el territorio.

Este sistema contiene un modelo de operación avanzado integral, con campañas de prevención y la realización del control en movimiento, con dispositivos y software de última generación y constante actualización, instalados en vehículos y que portan cada agente de tránsito, debidamente interconectados con centrales de operación; que, operados por MOVIDELNOR EP, detectarán contravenciones minimizando el error; con el objetivo central de lograr mayor seguridad para la ciudadanía, reduciendo la accidentabilidad causada preferentemente por exceso de velocidad.

4.1.- ÁMBITO GEOGRÁFICO

El ámbito geográfico para desarrollar el sistema, es la de la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE, para los cantones que constan en la TABLA 1 actualizada y los demás que se pudieran integrar en el futuro. Los tramos de patrullaje se especifican en el Anexo 2.

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TABLA 1.- ÁMBITO DE TRABAJO

DIVISIÓN DISTRITAL DIVISIÓN CANTONAL

NORTE

MONTÚFARESPEJOMIRAHUACABOLÍVAR

CENTROIBARRAURCUQUÍPIMAMPIRO

SUR

OTAVALOANTONIO ANTEPEDRO MONCAYOCOTACACHI

PACÍFICOELOY ALFARORÍO VERDESAN LORENZO *

Información y archivo MOVIDELNOR E.P. 2017.*Este Cantón está en proceso de separación de la Mancomunidad

4.2.- ALCANCE DEL CONTROL

Este sistema abarca el control operativo sobre las conductas de tránsito por exceso de velocidad, y más significativas en la Mancomunidad, tipificadas como contravenciones en el Código Orgánico Integral Penal y que generen multas y concomitantemente otras sanciones.

TABLA 2.- CONDUCTAS DE TRÁNSITO CONTROLADAS

No. CONDUCTA MULTA

01 Conducción de vehículo con llantas en mal estado

02 Conducción de vehículo bajo efecto de sustancias estupefacientes

03 Conducción de vehículo en estado de embriaguez l a 3 SBU

04 La persona que conduzca sin haber obtenido licencia 1 SBU

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05 La o el conductor que falte de obra a la autoridad o agente de tránsito

06 La o el conductor que con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente

07 La o el conductor que transporte pasajeros o bienes, sin contar con el título habilitante correspondiente, la autorización de frecuencia o que realice un servicio diferente para el que fue autorizado

2 SBU

08 La persona que conduzca un vehículo con una licencia de categoría diferente a la exigible para el tipo de vehículo que conduce

09 Las personas que participen con vehículos a motor en competencias en la vía pública

10 La o el conductor que ocasione un accidente de tránsito del que resulten solamente daños materiales, cuyos costos sean inferiores a dos salarios básicos unificados del trabajador en general

50% de 1 SBU

11 La persona que conduzca con licencia caducada, anulada, revocada o suspendida, la misma que deberá ser retirada inmediatamente por el agente de tránsito

12 La persona adolescente, mayor a dieciséis años, que posea un permiso de conducción que requiera compañía de un adulto que posea licencia y no cumpla con lo normado

13 La o el conductor extranjero que habiendo ingresado legalmente al país se encuentre brindando servicio de transporte comercial dentro de las zonas de frontera

14 La o el conductor de transporte por cuenta propia o comercial que exceda el número de pasajeros o volumen de carga de capacidad del automotor.

15 La o el conductor que detengan o estacionen vehículos en sitios o zonas que entrañen peligro, tales como: zonas de seguridad, curvas, puentes, ingresos y salidas de los mismos, túneles, así como el ingreso y salida de estos, zonas estrechas, de poca visibilidad, cruces

40% de 1 SBU

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de caminos, cambios de rasante, pendientes, o pasos a desnivel, sin tomar las medidas de seguridad señaladas en los reglamentos.

16 La o el conductor que con un vehículo automotor o con los bienes que transporta, cause daños o deterioro a la superficie de la vía pública

40% de 1 SBU

17 La o el conductor que derrame en la vía pública sustancias o materiales deslizantes, inflamables o contaminantes, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados

18 La o el conductor que transporte material inflamable, explosivo o peligroso en vehículos no acondicionados para el efecto o sin el permiso de la autoridad competente y las o los conductores no profesionales que realizaren esta actividad con un vehículo calificado para el efecto

19 La persona que construya o mande a construir reductores de velocidad sobre la calzada de las vías, sin previa autorización o inobservando las disposiciones de los respectivos reglamentos

20 Las personas que roturen o dañen las vías de circulación vehicular sin la respectiva autorización, dejen escombros o no retiren los desperdicios de la vía pública luego de terminadas las obras.

21 La o el conductor de un vehículo automotor que circule con personas en los estribos o pisaderas, baldes de camionetas, parachoques o colgados de las carrocerías de los vehículos

22 La o el conductor de transporte público, comercial o independiente que realice el servicio de transporte de pasajeros y carga en cuyo vehículo no porte las franjas retroreflectivas previstas en los reglamentos de tránsito

23 La o el conductor de transporte público o comercial que se niegue a brindar el servicio

24 La o el conductor que desobedezca las órdenes de los agentes de tránsito, o que no respete las señales manuales de dichos agentes, en general toda señalización colocada en las vías públicas, tales como: semáforos, pare, ceda el paso, cruce o preferencia de vías.

30% de 1 SBU

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25 La persona que adelante a otro vehículo en movimiento en zonas o sitios peligrosos, tales como: curvas, puentes, túneles, al coronar una cuesta o contraviniendo expresas normas reglamentarias o de señalización

26 La o el conductor que altere la circulación y la seguridad del tránsito vehicular, por colocar obstáculos en la vía pública sin la respectiva autorización o sin fijar los avisos correspondientes

27 Las o los conductores de vehículos de transporte escolar que no porten elementos distintivos y luces especiales de parqueo, que reglamentariamente deben ser utilizadas en las paradas para embarcar o desembarcar estudiantes

28 La o el conductor que falte de palabra a la autoridad o agente de tránsito

29 La o el conductor que con un vehículo automotor exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos, de conformidad con los reglamentos de tránsito correspondientes

30 La o el conductor que conduzca un vehículo a motor que no cumpla las normas y condiciones técnico mecánicas adecuadas conforme lo establezcan los reglamentos de tránsito respectivos, debiendo además retenerse el vehículo hasta que supere la causa de la infracción

31 La o el conductor profesional que sin autorización, preste servicio de transporte público, comercial, o por cuenta propia fuera del ámbito geográfico de prestación autorizada en el título habilitante correspondiente; se exceptúa el conductor de taxi fletado o de transporte mixto fletado que excepcionalmente transporte pasajeros fuera del ámbito de operación, quedando prohibido establecer rutas y frecuencias.

32 La o el propietario de un automotor de servicio público, comercial o privado que confíe su conducción a personas no autorizadas

33 La o el conductor que transporte carga sin colocar en los extremos sobresalientes de la misma, banderines rojos en el día o luces en la

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noche, de acuerdo con lo establecido en los reglamentos de tránsito o sin observar los requisitos exigidos en los mismos

34 La o el conductor y los acompañantes, en caso de haberlos, de motocicletas, motonetas, bicimotos, tricar y cuadrones que no utilicen adecuadamente casco de seguridad homologados de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito o, que en la noche no utilicen prendas visibles retroreflectivas

35 La persona que conduzca un vehículo automotor sin las placas de identificación correspondientes o con las placas alteradas u ocultas y de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito

36 La o el conductor que, al descender por una pendiente, apague el motor de su vehículo

15% de 1 SBU

37 La o el conductor que realice cualquier acción ilícita para evadir el pago de los peajes en los sitios legalmente establecidos

38 La o el conductor que conduzca un vehículo en sentido contrario a la vía normal de circulación, siempre que la respectiva señalización esté clara y visible

39 La o el conductor de un vehículo a diésel cuyo tubo de escape no esté instalado de conformidad con los reglamentos de tránsito

40 La o el propietario o conductor de un vehículo automotor que, en caso de emergencia o calamidad pública, luego de ser requeridos, se niegue a prestar la ayuda solicitada

41 La o el conductor de vehículos a motor que, ante las señales de alarma o toque de sirena de un vehículo de emergencia, no deje la vía libre

42 La o el conductor que detenga o estacione un vehículo automotor en lugares no permitidos, para dejar o recoger pasajeros o carga, o por cualquier otro motivo

43 La o el conductor que estacione un vehículo automotor en cualquier tipo de vías, sin tomar las precauciones reglamentariamente previstas para evitar un accidente de tránsito o lo deje abandonado en la vía pública

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44 La o el conductor de un taxi, que no utilice el taxímetro las veinticuatro horas, altere su funcionamiento o no lo ubique en un lugar visible al usuario

45 La o el conductor de un vehículo automotor que tenga, según los reglamentos de tránsito, la obligación de contar con cinturones de seguridad y no exija el uso del mismo a sus usuarios o acompañantes

46 La o el conductor que haga cambio brusco o indebido de carril

47 La o el conductor de un vehículo de transporte público masivo de pasajeros que cargue combustible cuando se encuentren prestando el servicio de transporte

48 La o el conductor que lleve en sus brazos o en sitios no adecuados a personas, animales u objetos

49 La o el conductor que conduzca un vehículo sin luces, en mal estado de funcionamiento, no realice el cambio de las mismas en las horas y circunstancias que establecen los reglamentos de tránsito o no utilice las luces direccionales luminosas antes de efectuar un viraje o estacionamiento

50 La o el conductor que adelante a un vehículo de transporte escolar mientras este se encuentre estacionado, en lugares autorizados para tal efecto, y sus pasajeros estén embarcando o desembarcando

51 La o el conductor de vehículos de propiedad del sector público ecuatoriano que conduzca el vehículo oficial fuera de las horas de oficina, sin portar el respectivo salvoconducto

52 La o el conductor de vehículo de transporte público masivo que se niegue a transportar a los ciclistas con sus bicicletas, siempre que el vehículo cuente con las facilidades para transportarlas

53 La o el conductor que no respete el derecho preferente de los ciclistas en los desvíos, avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías

54 La o el conductor que invada con su vehículo, circulando o estacionándose, las vías asignadas para uso exclusivo de los ciclistas

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55 La o el conductor de motocicletas, motonetas, bicimotos, tricar y cuadrones que transporte un número de personas superior a la capacidad permitida, de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito

56 La persona que altere la circulación y la seguridad peatonal por colocar obstáculos en la vía pública sin la respectiva autorización o sin fijar los avisos correspondientes

57 La o el conductor que deje en el interior del vehículo a niñas o niños solos, sin supervisión de una persona adulta.

58 La o el conductor de un vehículo automotor que circule contraviniendo las normas previstas en los reglamentos de tránsito y demás disposiciones aplicables, relacionadas con la emanación de gases

10% de 1 SBU

59 La persona que no conduzca su vehículo por la derecha en las vías de doble dirección

60 La o el conductor que invada con su vehículo las vías exclusivas asignadas a los buses de transporte rápido

61 La o el conductor de un vehículo automotor que no lleve en el mismo, un botiquín de primeros auxilios equipado y un extintor de incendios cargado y funcionando, de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito

10% de 1 SBU

62 La o el conductor que estacione un vehículo en los sitios prohibidos por la ley o los reglamentos de tránsito; o que, sin derecho, estacione su vehículo en los espacios destinados a un uso exclusivo de personas con discapacidad o mujeres embarazadas; o estacione su vehículo obstaculizando rampas de acceso para discapacitados, puertas de garaje o zonas de circulación peatonal. En caso que el conductor no se encuentre en el vehículo este será trasladado a uno de los sitios de retención vehicular

63 La persona que obstaculice el tránsito vehicular al quedarse sin combustible

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64 La o el conductor de un vehículo automotor particular que transporte a niños sin las correspondientes seguridades, de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito.

65 La o el conductor que no detenga el vehículo, antes de cruzar una línea férrea, de buses de transporte rápido en vías exclusivas o similares

66 La persona que conduzca o instale, sin autorización del organismo competente, en los vehículos particulares o públicos, sirenas o balizas de cualquiertipo, en cuyo caso además de la sanción prevista en el presente artículo, se le retirarán las balizas, o sirenas del vehículo.

67 La o el conductor que en caso de desperfecto mecánico no use o no coloque adecuadamente los triángulos de seguridad, conforme lo establecido en los reglamentos de tránsito.

68 La persona que conduzca un vehículo con vidrios con películas anti solares oscuras, polarizados o cualquier tipo de adhesivo que impidan la visibilidad del conductor, excepto los autorizados en el reglamento correspondiente o cuyo polarizado de origen sea de fábrica

69 La o el conductor que utilice el teléfono celular mientras conduce y no haga uso del dispositivo homologado de manos libres

70 La o el conductor de transporte público de servicio masivo que incumpla las tarifas preferenciales fijadas por la ley en beneficio de los niños, estudiantes, personas adultas mayores de sesenta y cinco años de edad y personas con capacidades especiales

71 La o el conductor que no encienda las luces del vehículo en horas de la noche o conduzca en sitios oscuros como túneles, con las luces apagadas

72 La o el conductor, controlador o ayudante de transporte público o comercial que maltrate de obra o de palabra a los usuarios

73 Las personas que, sin permiso de la autoridad de tránsito competente, realice actividades o competencias deportivas en las vías públicas, con vehículos de tracción humana o animal

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74 La o el propietario de mecánicas, estaciones de servicio, talleres de bicicletas, motocicletas y de locales de reparación o adecuación de vehículos en general, que preste sus servicios en la vía pública

75 La o el propietario de vehículos de servicio público, comercial o privado que instale en sus vehículos equipos de vídeo o televisión en sitios que puedan provocar la distracción del conductor

76 La o el conductor de un vehículo que presta servicio de transporte urbano que circule con las puertas abiertas

77 La o el conductor de vehículos pesados que circule por zonas restringidas sin perjuicio de que se cumpla con lo estipulado en las ordenanzas municipales

78 La persona que conduzca un vehículo automotor sin portar su licencia de conducir

79 La o el conductor que use inadecuada y reiteradamente la bocina u otros dispositivos sonoros contraviniendo las normas previstas en los reglamentos de tránsito y demás normas aplicables, referente a la emisión de ruidos

5% de 1 SBU

80 La o el conductor de transporte público de servicio masivo de personas y comercial cuyo vehículo circule sin los distintivos e identificación reglamentarios, sobre el tipo de servicio que presta la unidad que conduce

81 La persona con discapacidad que conduzca un vehículo adaptado a su discapacidad sin la identificación o distintivo correspondiente.

82 La o el conductor de un vehículo de servicio público que no presente la lista de pasajeros, cuando se trate de transporte público interprovincial o internacional

83 La o el conductor que no mantenga la distancia prudente de seguimiento, de conformidad con los reglamentos de tránsito

84 La o el conductor que no utilice el cinturón de seguridad

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85 La o el conductor de un vehículo de transporte público o comercial que no ponga a disposición de los pasajeros recipientes o fundas para recolección de basura o desechos.

86 La o el peatón que en las vías públicas no transite por las aceras o sitios de seguridad destinados para el efecto

87 La o el peatón que, ante las señales de alarma o toque de sirena de un vehículo de emergencia, no deje la vía libre

88 La persona que desde el interior de un vehículo arroje a la vía pública desechos que contaminen el ambiente

89 La persona que ejerza actividad comercial o de servicio sobre las zonas de seguridad peatonal o calzadas

90 La o el ciclista o motociclista que circule por sitios en los que no le esté permitido

91 La o el comprador de un vehículo automotor que no registre, en el organismo de tránsito correspondiente, el traspaso de dominio del bien, dentro del plazo de treinta días, contado a partir de la fecha del respectivo contrato

92 La o el ciclista y conductor de vehículos de tracción animal que no respete la señalización reglamentaria respectiva

93 La o el propietario de un vehículo que instale, luces, faros o neblineros en sitios prohibidos del automotor, sin la respectiva autorización

94 A las y los ciclistas y peatones, en los casos que corresponda, se los sancionará únicamente con la multa

Información y archivo MOViDELNOR E.P. 2017.

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REPUBLICA DEL ECUADOR

4.3.- MODELO - ESQUEMA

Agentes de tránsito a través de los

disnositivos AV

Recaudación a través de sistema

Camionetas equipadas con dispositivos

móviles para detección de velocidad

---------- ►.V,

Se emite y notifica la multa

Central operativa MOVIDELNOR E.P.

TRANSITO EN RUTAS DE LOS CANTONES DE LA MANCOMUNIDAD

4.4. - ADMINISTRACIÓN

El SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE será administrado por MOVIDELNOR EP, a través de una unidad administrativa funcional que se conformará, en la que participará un delegado del socio estratégico mientras dure el respectivo contrato. Corresponde a esta unidad administrativa planificar, implementar, administrar y controlar el sistema, y específicamente definir el ámbito geográfico y el alcance del control, actualizándolos cuando las circunstancias lo ameriten, y la inversión mayor del socio estratégico de acuerdo a las necesidades que se presenten en el desarrollo y operación del sistema.

El responsable coordinador de la unidad, será el administrador del contrato de sociedad estratégica.

4.5. - COMPONENTES (BIENES Y SERVICIOS)

Para implementar el sistema, mínimo se requieren los siguientes bienes.

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TABLA 3.- REQUERIMIENTO MÍNIMO PARA IMPLEMENTAR EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y

CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO

BIEN 0 SERVICIO DESCRIPCIÓN MEDIDA CANT.

Dispositivo móvil de detección de velocidad

Dispositivo móvil que detecta la velocidad instantánea de los vehículos a través de un sistema homologado de detección de velocidad, que pueda ser instalado en los automóviles del parque automotor de patrullaje de MOVIDELNOR EP que será dotado por el Socio Estratégico, que permita medir la velocidad de vehículos y capturar fotogramas y vídeos que sirven de ayuda al agente verificador para documentar la infracción, completándola con los datos de la medición y la información temporal y de localización que el mismo mecanismo provee y brindando servicios complementarios entre los que se deben encontrar la lectura, reconocimiento de placa en tiempo real y la validación instantánea de la información con la base de datos con la ANT, para su posterior visualización por el Agente Civil de Transito. Posee:

Homologación según Resolución No. 098-DIR-2016-ANT "REGLAMENTO DE HOMOLOGACIÓN, USO Y VALIDACIÓN DE SISTEMAS, DISPOSITIVOS Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS PARA LA DETECCIÓN y NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO", que para un dispositivo que por su ubicación sea catalogado como móvil y que por su función sea híbrido según la ANT y que posea homologación internacional OIML R-91 certificada por un instituto internacional y por el INEN

Unidad 15

Software comando para la integración y gestión de dispositivos y salas de control

Software o plataforma de una interfaz simple de usar, que integre a todos los dispositivos a implementarsey pueda de igual manera integrarse a todos los software que hacen funcional el modelo de gestión.- Un módulo de lógica de la aplicación para procesos- Un módulo de acceso de datos optimizado

Unidad 1

Dispositivo de comunicación que integre red celular y localización GPS provista de grabación y

Dispositivo de comunicación robusto

- Transmisión de vídeo y audio en tiempo real- Recepción en tiempo real de vídeo desde otro dispositivo- Fotografía- PTT (Push to Talk)

Unidad 350

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transmisión de audioy video en tiempo real.

- Localización por GPS- Control de funciones desde la Central Operativa (inicio / parar, registro de grabación o difusión de vídeo)- Todas las comunicaciones están encriptadas o cifradas con algoritmo AES 256

Centralcomputarizada de monitoreo, control y operación

Salas operativas que permitan el monitoreo y control de todos los dispositivos a implementarse en el campo y operarios

Unidad 4

Instalación y configuración de equipos

- Instalación y configuración de los equipos y sistemas de detección de velocidad en los vehículos- Instalación del software comando- configuración de los dispositivos de asistencia para los agentes- Formación profesional sobre uso de los dispositivos y sistemas

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Unidad 1

Stock de repuestos de equipos

Número de stock de equipos para reemplazar en eventualidades o emergencias:- 2 KITS de dispositivos móviles para medir velocidad, detección y reconocimiento de placas- 30 dispositivos de comunicación robustos de asistencia en audio y video para agentes-1 Módulo de carga y descarga de datos

Unidad 1

Desarrollo de software e integración con otras plataformas

Desarrollo de software informático, aplicaciones para bases de datos de acuerdo a las características únicas que se requiera. Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de la ANT y AXIS 4.0, Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de multas.

Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Unidad 1

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital mínimo 5gb, paquete de datos que permita localización GPS, transmisión de audio y video HD en datos y la comunicación entre todos los dispositivos tecnológicos.

Año 8

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Servicio de almacenamiento digital de datos

Servidor en nube digital de datos, para mayor seguridad de la información generada con garantía de funcionamiento 24 horas del día, 7 días de la semana y 365 días del año, el tiempo de almacenamiento de la información se definirá en base a la necesidad de la Empresa Publica de Movilidad del Norte.

Unidad 1

Camionetas doble cabina 4X4 Diésel 3.0 crdi, equipadas para patrullaje

Vehículos Chevrolet D-max 3,0 turbo diesel crdi 4x4 con a/cSirena, baliza y alto parlanteArtes Institucionales de los vehículosMatrículas, durante el tiempo de vigencia del contrato

Unidad 15

Mantenimiento preventivo del parque automotor mencionado

Mantenimiento preventivo de los automotores cada 5000 Km dentro del tiempo del proyecto, estimado 8 años a través de la casa comercial. Unidad 135

Plan de comunicación

FASE 1

- Estrategias de Relaciones Públicas FASE 2

- Relaciones Públicas

- Estrategia ATL

- Estrategia BTL

FASE 3

- Campañas de refuerzo

Unidad 1

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica

- Las tres FASES serán implementadas en el periodo de 6 meses.

- Al término de los 6 meses se medirá los resultados de la campaña para su evaluación, repotenciación o cambio de estrategia.

Servicio de interconexión

Servicio de internet fijo para las salas operativas mínimo de 10 megabits y máximo de 30 megabits

- Los términos de implementación y manejo se determinara entre la empresa seleccionada y el área de tecnología de la EP.

Año 8

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Seguro de los vehículos

Póliza de Seguro para los vehículos, camionetas doble cabina 4X4Unidad /Año

15u8años

Seguro de los equipos de detección de velocidad

Póliza de Seguro para los equipos de detección de velocidadUnidad /

Año15u

8años

Suministros de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioAño 8

Mobiliario de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioUnidad 1

Arriendo de oficina De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesario Año 8

Actualización, mantenimiento y soporte técnico de equipos; mantenimiento correctivo de vehículos

Durante el tiempo que dure el proyecto, estimado 8 años, es necesario que exista la disposición de mantenimiento, servicio técnico permanente y actualización tecnológica de todos los equipos a implementarse.

Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Mantenimiento correctivo justificado del parque auto motor.

Año 8

Información y archivo MOVIDELNOR E.P. 2017.

Los bienes y servicios descritos, son los mínimos requeridos para poder establecer un sistema avanzado móvil de prevención y control operativo del tránsito, con la más alta tecnología, permitiendo cumplir los objetivos que MOVIDELNOR se ha planteado. Actualmente la empresa pública no cuenta con los bienes, servicios requeridos, metodología, ni con el conocimiento sobre la tecnología para poder desarrollar el sistema por su cuenta; para esto se adjunta la certificación respectiva (Anexo 3).

5.- ALIANZA ESTRATÉGICA:

5.1.- OBJETO DE LA ALIANZA ESTRATÉGICA

El objeto de la alianza estratégica es que el socio seleccionado y contratado, en un proceso público por ofertar las mejores condiciones técnicas y económicas para MOVIDELNOR EP, aporte con determinados bienes y servicios, por una retribución que cubra su inversión y una participación adecuada para el sector, para implementar y desarrollar el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE

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TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE (Este sistema contiene un modelo de operación avanzado integral, con campañas de prevención y la realización del control en movimiento, con dispositivos y software de última generación y constante actualización, instalados en vehículos y dispositivos que porta cada agente civil de tránsito, debidamente interconectados con centrales de operación; que, operados por MOVIDELNOR EP, detectarán contravenciones con el objetivo central de lograr mayor seguridad para la ciudadanía, reduciendo la accidentabilidad causada preferentemente por exceso de velocidad), en la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE.

El socio estratégico encargado de la implementación y desarrollo del sistema, realiza las tareas encomendadas bajo su propia cuenta y riesgo, financiando sus operaciones y recuperación. El cumplimiento de este objetivo estará respaldado a través de la ejecución diligente de los Pliegos de Contratación, el Contrato de Alianza Estratégica y la Oferta Técnica que se haya presentado. Se entiende que el cumplimiento de este objeto no exime al aliado estratégico de la ejecución de las actividades y trabajos que, en función de la buena fe contractual, deben cumplirse, aunque tales actividades y trabajos no estén descritos en los documentos antes mencionados.

La contratación, comprende todos los componentes para la gestión del control del cumplimiento de las normas de tránsito, debiendo hacerse cargo el socio estratégico de todo el proceso de las conductas tipificadas como contravenciones en el Código Orgánico Integral Penal, que sean gestionados por medio de la tecnología implementada.

5.2. - PLAZO DE LA ALIANZA ESTRATÉGICA

La alianza estratégica tiene un plazo de ocho años a partir de su operación, y 5 meses dentro de los cuales se realizará la provisión e instalación total de los equipos y la capacitación necesaria del personal de MOVIDELNOR EP.

5.3. - INVERSIÓN REFERENCIAL

Para lograr establecer sistemas avanzados integrales de control móvil del tránsito en territorio y control de la gestión de los agentes de tránsito es indispensable cumplir con los requerimientos mínimos presentados en la Tabla 3; para los cuales se debe tener presente los costos de inversión reflejados en la siguiente tabla, que da un monto total del proyecto estimado en $11.238.538 + IVA, cuyo detalle se presenta en el (Anexo 4). El monto total de la inversión ofertada no será superior a $11.300.000 + IVA. En caso de que se incorporen nuevos cantones a la Mancomunidad del Norte se determinara los alcances de inversión de común acuerdo entre las partes para lo que se aplicara la normativa legal pertinente.

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Información y archivo MOVIDELNOR E.P. 2017

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

La alianza estratégica tiene un plazo de ocho años a partir de su operación, y 5 meses dentro de los cuales se realizará la provisión e instalación total de los equipos y la capacitación necesaria del personal de MOVIDELNOR EP.

En esta etapa previa a la operación, se debe realizar todas las adquisiciones e instalación de los sistemas tecnológicos y equipos; por lo tanto, se estima que se necesitará una inversión inicial de $ 4.214.640,00 ; y por consiguiente en los demás años se realizará la actualización, renovación de la flota vehicular, mantenimiento y adaptaciones necesarias tanto de equipos como de software para la operación y uso del sistema, con relación a los dispositivos que serán entregados a los Agentes civiles de Transito el socio estratégico se compromete a entregar nuevos dispositivos a nuevas promociones de Agentes civiles de transito de la Mancomunidad del Norte. Actualmente MOVIDELNOR E.P. no cuenta con los recursos financieros para realizar tal inversión (Anexo 5). Por tal motivo se propone hacer uso de la figura de una alianza estratégica con un socio que permita el desarrollo de este proyecto y cumplir los objetivos trazados por la empresa.

Una vez que los recursos físicos y tecnológicos aportados por el socio estratégico estén sin ningún tipo de deuda y sean de su propiedad, finalizados los 8 años estipulados anteriormente, el socio estratégico transferirá la propiedad de los mismos a MOVIDELNOR EP.

5.4.- PARTICIPACIÓN Y FORMA DE PAGO

En el año 2016 se percibe ingresos por multas por exceso de velocidad dentro de rango moderado y fuera de rango moderado por $5.338.125, solo en el cantón Ibarra. Para poder generar un cálculo en base a esta suma; se asume que el 60%, pertenecerán a rango moderado (con un valor de $112.50) y el otro 40% fuera del rango moderado (con un valor de $375).

TABLA 5.- PROYECCIÓN DE INGRESOS POR MULTAS DE EXCESO DE VELOCIDAD

Elaborador por MOVIDELNOR E.P. 2017

Elaborador por MOVIDELNOR E.P. 2017

Esto nos permite estimar que alrededor de 67 multas al día se podrían generar actualmente. En el proyecto se estima generar 100 multas diarias repartidas entre la Mancomunidad; equivalentes a un ingreso anual de $ 7.938.750 SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA DÓLARES. El socio estratégico recibirá del ingreso bruto el 37,5% durante los primeros cinco años del contrato y el 32,5% durante

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los últimos tres años de vigencia del contrato, una vez que haya cumplido con la instalación y configuración de los sistemas, equipos y capacitación sobre el uso de los mismos dentro de los 5 meses máximos o antes. Para el cálculo de los ingresos se consideró el 5% de disminución del valor proyectado por año debido a la concientización de la ciudadanía. Basados en esta información se estima la siguiente tabla:

TABLA 6.- PROYECCIÓN DE INGRESOS E INVERSIÓN DEL PROYECTO Y PARTICIPACIÓN DE MOVIDELNOR Y EL SOCIO ESTRATÉGICO

PARTICIPACIÓN MOVIDELNOR PARTICIPACIÓN SOCIO

AÑO 1 57,50% $4.542.533,25 37,50% $1.375.539,59

AÑO 2 57,50% $4.314.294,19 37,50% $1.226.668,02

AÑO 3 57,50% $4.097.467,08 37,50% $1.085.279,04

AÑO 4 57,50% $3.891.481,32 37,50% $950.940,50

AÑO 5 57,50% $3.695.794,86 37,50% $823.318,89

AÑO 6 62,50% $3.817.035,39 32,50% $394.935,70

AÑO 7 62,50% $3.625.071,22 32,50% $295.114,33

AÑO 8 62,50% $3.442.705,26 32,50% $200.284,03

TIR 90% 9%

Elaborador por MOVIDELNOR E.P. 2017

TABLA 7.- RESUMEN FINANCIERO DEL PROYECTO

RESUMEN FINANCIERO DEL PROYECTO

$53.440.421,02 INGRESO ANTES DE DISTRIBUCIÓN

$4.804.689,60 INVERSIÓN TOTAL

$31.604.366,56 PARTICIPACIÓN MOVIDELNOR E.P.

$19.164.033,41 PARTICIPACIÓN SOCIO ESTRATÉGICO

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90% TIR MOVIDELNOR

9% TIR SOCIO ESTRATÉGICO

99% TIR TOTAL

Elaborador por MOVIDELNOR E.P. 2017

MOVIDELNOR E.P y el socio estratégico deberán acordar crear un fondo conjunto, denominado "FONDO DE SEGURIDAD Y EDUACIÓN VIAL" para el desarrollo de proyectos de ayuda social constante del 5% del monto mensual facturado durante toda la vigencia del Contrato. El pago al socio estratégico se lo hará de manera mensual, previa la presentación de los gastos realizados.

5.5.- SOCIO ESTRATÉGICO

Los participantes son personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se encuentren legalmente habilitadas para contratar y ejercer su giro de negocio. Las empresas extranjeras deberán estar domiciliadas y con representación legal en la República del Ecuador.

Las asociaciones o consorcios de personas naturales o jurídicas u otros consorcios: Entre empresas nacionales, o entre empresas nacionales con extranjeras, o entre empresas extranjeras una de las cuales deberá estar domiciliada y con representación legal en la República del Ecuador. La asociación o consorcio debe estar constituido por escritura pública ante un Notario Público de la República del Ecuador y su procurador común o representante legal será el del socio nacional o extranjero domiciliado en el país.

5.5.1.- PERFIL MÍNIMO DEL SOCIO ESTRATÉGICO

El socio estratégico debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

TABLA 8.- PERFIL DEL SOCIO ESTRATÉGICO

Empresa y socios que se encuentre al día en sus obligaciones legales y no se encuentren inhabilitados.

Empresa o socio mayoritario, con más del 50% de participaciones, que cuente con mínimo diez años de experiencia en el desarrollo de sistemas avanzados para el control de tránsito.

Empresa que pueda justificar documentadamente la disponibilidad de fondos y de equipos para la inversión inicial.

Empresa con sistemas y equipos homologados en cumplimiento de la normativa nacional e internacional, para poder operar.

Swi

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Empresa o socio mayoritario, con más del 50% de participaciones, debe ser el fabricante o desarrollador, de primera mano, de las plataformas, software necesario, sistemas y equipos móviles, con radar, de detección móvil de velocidad de vehículos.

Empresa con personal capacitado y entrenado en los procesos técnicos, preferiblemente que cuente con experiencia en la prestación del servicio específico en instituciones similares.

5.6.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO:

5.6.1.- ÓRGANOS COMPETENTES:

El Gerente General de MOVIDELNOR EP y la Comisión Especial son los órganos competentes y responsables para realizar el proceso de contratación del SOCIO ESTRATÉGICO.

COMISIÓN ESPECIAL:

La Comisión Especial, realizará y sustanciará el procedimiento de contratación del SOCIO ESTRATÉGICO para el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, hasta emitir el informe del proceso de selección, mismo que será analizado por el Gerente General y aprobado por el Directorio de la Empresa Pública de Movilidad del Norte.

La Comisión Especial está integrada por el delegado del Gerente General quien la presidirá, Gerente Operativo o su delegado, Técnico a fin (con voz y voto) Gerente Financiero, Asesor Jurídico o su delegado (con voz) quedando facultada para nombrar un secretario fuera de su seno, que deberá ser un Abogado de la institución, encargándole la realización y sustanciación del proceso de contratación que inicia desde la citada Resolución hasta el informe de selección del aliado estratégico.

El quorum para instalar las sesiones de la Comisión Especial y para resolver, es con la presencia y voto de todos sus miembros. De lo tratado y resuelto en las sesiones se dejará constancia en actas que serán suscritas por todos los asistentes. El Presidente arbitrará las medidas necesarias y expedirá los actos conducentes a que el proceso de selección se desarrolle óptimamente, enmarcado en la normativa legal aplicable. Las resoluciones de la Comisión y comunicaciones suscritas por el Presidente serán notificadas por el Secretario, personalmente o por correo electrónico.

La documentación correspondiente al proceso de contratación reposará en la Oficina Jurídica bajo la responsabilidad y custodia del Responsable Jurídico, luego de lo cual la remitirá foliada a la Secretaría General. Mientras se desarrolle el proceso, el Secretario de la Comisión Especial y los oferentes guardarán confidencialidad sobre la documentación del mismo.

Información y archivo MOVIDELNOR E.P. 2017.

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Con el fin de conseguir el óptimo desarrollo del proceso, a la Comisión Especial le corresponde principalmente lo siguiente:

■ Elaborar, aclarar y modificar los Pliegos.

■ Modificar los plazos para cada paso o acción en el proceso de contratación.

■ Solicitar a los participantes la información o documentación que considere necesaria y es obligación de los participantes consignarla.

■ Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, durante el proceso de contratación, en cualquier momento podrá proponer el rechazo o descalificación de ofertas, lo cual será resuelto por el Gerente General.

■ Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, en cualquier momento podrá proponer la terminación anticipada del proceso de contratación y su reapertura, lo cual será resuelto por el Gerente General.

Por las actuaciones de la Comisión Especial, no habrá lugar a reclamo y/o pago de indemnización alguna a los oferentes.

5.6.2.- PROCESO:

No. TIEM PO

FECHA

ÓRGANO ACCIÓN INSTRUM ENTO

01 17/03/2017 GerenteGeneral.

Aprobación del informe de viabilidad técnica, administrativa -financiera y jurídica de "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO."; y, solicitud motivada al Directorio de MOVIDELNOR EP para que autorice el procedimiento de selección.

Oficio.

02 05/04/2017 Directorio. Autorización para el procedimiento de selección del socio estratégico.

Acta de sesión /Resolución.

03 07/04/2017 GerenteGeneral.

Aprobación de los Pliegos del proceso de contratación elaborados por los funcionarios que presentaron el informe de viabilidad.

Resolución.

04 10/04/2017 Gerente General Convocatoria pública a presentar ofertas. Convocatoriapública.

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05 12/04/2017 Participantes. Presentación de ofertas con garantías de seriedad de las ofertas.

Oferta y garantía de seriedad.

06 12/04/2017 ComisiónEspecial.

Apertura de los sobres que contienen las ofertas. Acta de sesión de la Comisión.

07 13/04/2017 ComisiónEspecial.

Estudiar y calificar las ofertas determinando un orden de prelación en razón del puntaje que obtengan.

Acta de sesión de la Comisión.

08 13/04/2017 Oferente con mayor puntaje

Demostración del sistema. Informe de laComisiónEspecial.

09 17/04/2017 ComisiónEspecial.

Negociar con la oferta que obtenga el mayor puntaje con informe favorable de demostración del sistema.

Acta de sesión de la Comisión.

10 17/04/2017 ComisiónEspecial.

Presentar el informe al Gerente General que concluye con la selección de la mejor oferta que satisface los intereses institucionales y nacionales, el proyecto de resolución de selección y el proyecto de contrato negociado y acordado. En el caso de haberse presentado una sola oferta, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos Pliegos, ésta podrá ser seleccionada.

Informe de la Comisión.

Proyecto de resolución de selección.

Proyecto de contrato.

11 18/04/2017 Gerente General Selección de la mejor oferta. Resolución.

12 18/04/2017 Gerente General Informe sobre el proceso de selección y proyecto de contrato a consideración del Directorio. Informe de legalidad del proceso de contratación y control interno.

Informe del proceso y proyecto de contrato. Informe de legalidad del proceso de contratación y control interno.

13 18/04/2017 Directorio Autorización para la alianza estratégica Acta de sesión del Directorio.

14 18/04/2017 Presidente de la

ComisiónEspecial.

Notificación al oferente con la resolución de selección. Oficio y razón de notificación.

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15 18/04/2017 Participanteseleccionado.

Entrega de documentación previa a la suscripción del contrato y la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Documentación y garantía de fiel cumplimiento del contrato.

16 18/04/2017 Partesintervinientes.

Firma del contrato y protocolización. Contrato y Escritura Pública.

Notario Público.

5.7.- NORMATIVA APLICABLE:

Para esta contratación de alianza estratégica rige la ley nacional. Se someterá a lo prescrito en la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), la RESOLUCIÓN de inicio del proceso que deberá expedir el Gerente General, los Pliegos del proceso de contratación, el Contrato, y otra normativa aplicable expresamente citada.

Para la solución de divergencias y controversias se prevé como regla general el arbitraje nacional y la jurisdicción nacional contencioso-administrativa. Sin embargo, podrá aceptarse otra jurisdicción y legislación, y arbitraje internacional, previo informe favorable del Procurador General del Estado, con sujeción a lo prescrito en el COPYFP y Ley de Arbitraje y Mediación.

INFORME DE VIABILIDAD Y PROCEDENCIA

Considerando el contenido de este informe, las unidades administrativas intervinientes, concluimos que es viable y procedente la realización del proceso de contratación de un SOCIO ESTRATÉGICO PARA LOS SISTEMAS AVANZADOS INTEGRALES DE CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE y DE LA GESTIÓN DE LOS AGENTES DE TRÁNSITO, de competencia de MOVIDELNOR E.P.

f) Ing. Francisco Rosales, Gerente Administrativo; Ing. Ximena Peñafiel, Gerente Financiera; Dr. Guillermo Rueda, Gerente Operativo de Tránsito; Dr. Ronald Briones, Asesor Jurídico.

CERTIFICACIÓN TÉCNICA

Certificación técnica que MOVIDELNOR E.P. no cuenta con la tecnología de última generación, ni experiencia para desarrollar EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE con Informe Nro. 002-DTIC-201-I.- f) Director TIC.

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CERTIFICACIÓN FINANCIERA

Por medio de la presente CERTIFICO:

Que la Empresa Pública de Movilidad del Norte con número de Ruc 1060041100001, NO cuenta con los fondos suficientes para realizar una inversión por el Valor de $ 4.214.640,00 (Cuatro millones doscientos catorce mil seiscientos cuarenta USD) para la implementación del proyecto SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL MÓVIL DEL TRANSITO EN TERRITORIO, de acuerdo a la revisión del presupuesto aprobado del año 2017 y al flujo de caja que se lo realiza semanalmente con proyección mensual y anual, es importante indicar que los recursos con que cuenta la Empresa Pública alcanzan a cubrir los gastos corrientes y operativos y en un porcentaje bastante bajo para una inversión mínima.

Es importante indicar que la Empresa Pública de Movilidad del Norte, es una Empresa nueva que inicia sus actividades con fecha 01 de Junio del 2015, que se encuentra mancomunada con quince cantones de cuatro Provincias, Carchi, Esmeraldas, Imbabura y Pichincha, con la finalidad de asumir la delegación de la Agencia Nacional de tránsito con resolución 067, por lo que la Empresa Pública de Movilidad, necesita un sin número de recursos financieros y tecnológicos para poder cubrir sus necesidades institucionales.- f) Gerente Financiera.

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__ n1.3.- RESOLUCIÓN DE INICIO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN:

RESOLUCIÓN No. 003-GG-2017-EP

Crnl (s.p.) Edgar López

GERENTE GENERAL MOVIDELNOR EP.

CONSIDERANDO:

QUE, el artículo 226 de la Constitución de la República señala: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución."

QUE, el artículo 316 de la Constitución de la República dispone: "El Estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas en las cuales tenga mayoría accionaria. La delegación se sujetará al interés nacional y respetará los plazos y límites fijados en la ley para cada sector estratégico. El Estado podrá, deforma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la ley. Nota: Por Resolución No. 1 de la Corte Constitucional, publicada en el Registro Oficial Suplemento 629 de 30 de Enero del 2012, se interpreta estos artículos distinguiendo la gestión de la administración, regulación y control por el Estado y determina el rol de las empresas públicas delegatorias de servicios públicos."

QUE los artículos 35 y 36 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, se refieren a la "CAPACIDAD ASOCIATIVA" de las empresas públicas, determinándose que, para el cumplimiento de sus fines y objetivos empresariales (ampliar sus actividades, acceder a tecnologías avanzadas y alcanzar las metas de productividad y eficiencia en todos los ámbitos de sus actividades) y en consecuencia para la celebración de los contratos que se requieran, podrán constituir alianzas estratégicas. Para asociarse constituyendo empresas de economía mixta, se requerirá concurso público y para perfeccionar esta asociación, o la que se realice con otras empresas públicas, no se requerirá de otros requisitos o procedimientos que no sean los establecidos por el Directorio.

QUE los gobiernos autónomos descentralizados municipales de los cantones de las provincias de Carchi, Imbabura, Pichincha y Esmeraldas: Bolívar, Espejo, Mira, San Pedro de Huaca, Montufar; Antonio Ante, Otavalo, Pimampiro, San Miguel de Urcuquí, San Miguel de Ibarra, Pedro Moncayo y San Lorenzo del Pailón, el 13 de noviembre del 2014, conformaron la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE, instrumento publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 234 de 24 de diciembre de 2014. La Mancomunidad tiene por objeto y fin gestionar de manera efectiva y eficiente la competencia para planificar, regular, administrar y

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MEPEMPRESA PÜBUCA

DE MOVILIDAD ■M liW M UBH ilM Ü

REPÚBLICA D£l ECUADOR

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controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, de los gobiernos autónomos descentralizados municipales que la conforman, para beneficio de la ciudadanía en su ámbito de operación.

QUE el 27 de enero del 2015, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Competencias, mediante oficio No. CNC-SE-2015-C268, comunica que se ha procedido a la inscripción de la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE, bajo el Nro. MANC-032-2015-CNC.

QUE la Mancomunidad para la Gestión Descentralizada de la Competencia de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de la Región Norte, mediante Resolución No. 001-2015-MAN de 25 de febrero de 2015, publicada en el Registro Oficial Edición Especial No. 320 de 18 de mayo de 2015, constituyó la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.), cuyo objetivo es realizar la gestión de manera eficiente de la competencia de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial, en el ámbito de competencia de la mancomunidad.

QUE según lo dispuesto en el Art. 5 del Estatuto de Creación de la Empresa Pública para la Gestión Descentralizada de la Competencia de Planificar, Regular y Controlar el Transito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de la Mancomunidad de la Región Norte "Movilidad del Norte , MOVIDELNOR EP" publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 320 de 18 de mayo de 2015, entre las funciones de la empresa constan: "...2- Ejecutar y proveer de equipamientos viales, dispositivos de tránsito o de seguridad vial e infraestructura asociada a la movilidad en su jurisdicción en forma transparente, ágil, oportuna y efectiva; ...9. Fomentar en la comunidad una cultura de coparticipación en el desarrollo, preservación y cuidado de las obras, dispositivos, infraestructura e instalaciones realizadas.- 10. Analizar y aplicar alternativas innovadoras para la recuperación y captación de inversiones..."; y, entre los objetivos de la empresa pública se establece el siguiente: "...5. Comercializar productos y servicios relacionados con la materia de Tránsito, Transporte Terrestre, Revisión Técnica Vehicular, Seguridad Vial y Logística, así como poder fabricar, distribuir, representar firmas, importar o exportar bienes y/o servicios relacionados con esta materia."

QUE mediante Memorando No. MEP.-GA,GF,GOT,AJ -2017-009 de 16 de marzo del 2017, se emite el Informe de viabilidad técnica, administrativa - financiera y jurídica de la "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO", el mismo que concluye lo siguiente: "Considerando el contenido de este informe, las unidades administrativas intervinientes, concluimos que es viable y procedente la realización del proceso de contratación de un SOCIO ESTRATÉGICO PARA LOS SISTEMAS AVANZADOS INTEGRALES DE CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO y DE LA GESTIÓN DE LOS AGENTES DE TRÁNSITO, de competencia de MOVIDELNOR E.P."

QUE con Oficio No. MEP-GG-2017-00154-0 de 17 de marzo del 2017, el Gerente General de MOVIDELNOR EP pone a consideración del Directorio el procedimiento a seguirse para la contratación de un SOCIO ESTRATÉGICO PARA LOS SISTEMAS AVANZADOS INTEGRALES DE CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO; el mismo que es aprobado en sesión del 05 de abril del 2017 por el Directorio de MOVIDELNOR EP, según consta en el ACTA 001-DIR-2017, reservándose la facultad de autorizar la alianza estratégica que será suscrita por el representante legal de la EP.

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En ejercido de las atribuciones constitucionales, legales, reglamentarias y resolutivas,

RESUELVE:

Art. 1.- Acogerse al Régimen de Contratación establecido en los artículos 35 y 36 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas y al Procedimiento establecido por el Directorio de MOVILDELNOR EP en sesión del 05 de abril del 2017 mediante Resolución 002-2017-DIR-EP, en concordancia con lo señalado en el artículo 316 de la Constitución de la República del Ecuador.

Art. 2.- Aprobar los PLIEGOS PARA LA CONTRATACIÓN DE "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE", que realiza la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.) elaborados por las gerencias: Administrativa, Financiera, Operativa de Tránsito, y Asesoría Jurídica de MOVIDELNOR EP. El Secretario de la Comisión Especial sentará la siguiente nota de aprobación al final de los pliegos que rigen el proceso de contratación: Aprobados por el Gerente General de MOVIDELNOR EP mediante Resolución no. 003- GG -2017-EP del 05 de abril del 2017.

Art. 3.- Iniciar el proceso para la contratación de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, signado con el número AE-EPMN-001-2017, a fin de seleccionar la mejor oferta que satisfaga los intereses institucionales y nacionales, se celebre y entre en vigor el contrato de sociedad estratégica y, consecuentemente disponer la correspondiente convocatoria pública. El proceso de contratación se inicia con la expedición de la presente Resolución y termina cuando entre en vigor el contrato de sociedad estratégica.

Art. 4.- Delegar al Jefe de Contratación Pública de MOVIDELNOR E.P para publicar y desarrollar el proceso a través del portal web www.movidelnor.gob.ee

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PROCESO:

No.>

TIEMPO

FECHA

ÓRGANO ACCIÓN, ■ ‘ • ■

• •: V'" ■ ■’ ■ . í

INSTRUMENTO

01 17/03/2017 Gerente General. Aprobación del informe de viabilidad técnica, administrativa - financiera y jurídica de "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO."; y, solicitud motivada al Directorio de MOVIDELNOR EP para que autorice el procedimiento de selección.

Oficio.

02 05/04/2017 Directorio. Autorización para el procedimiento de selección del socio estratégico.

Acta de sesión /Resolución.

03 07/04/2017 Gerente General. Aprobación de los Pliegos del proceso de contratación elaborados por los funcionarios que presentaron el informe de viabilidad.

Resolución.

04 10/04/2017 Gerente General Convocatoria pública a presentar ofertas. Convocatoriapública.

05 12/04/2017 Participantes. Presentación de ofertas con garantías de seriedad de las ofertas.

Oferta y garantía de seriedad.

06 12/04/2017 ComisiónEspecial.

Apertura de los sobres que contienen las ofertas. Acta de sesión de la Comisión.

07 13/04/2017 ComisiónEspecial.

Estudiar y calificar las ofertas determinando un orden de prelación en razón del puntaje que obtengan.

Acta de sesión de la Comisión.

08 13/04/2017 Oferente con mayor puntaje

Demostración del sistema. Informe de laComisiónEspecial.

09 17/04/2017 ComisiónEspecial.

Negociar con la oferta que obtenga el mayor puntaje con informe favorable de demostración del sistema.

Acta de sesión de la Comisión.

10 17/04/2017 ComisiónEspecial.

Presentar el informe al Gerente General que concluye con la selección de la mejor oferta que satisface los intereses institucionales y nacionales,

Informe de la Comisión.

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el proyecto de resolución de selección y el proyecto de contrato negociado y acordado. En el caso de haberse presentado una sola oferta, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos Pliegos, ésta podrá ser seleccionada.

Proyecto de resolución de selección.

Proyecto de contrato.

11 18/04/2017 Gerente General Selección de la mejor oferta. Resolución.

12 18/04/2017 Gerente General Informe sobre el proceso de selección y proyecto de contrato a consideración del Directorio. Informe de legalidad del proceso de contratación y control interno.

Informe del proceso y proyecto de contrato. Informe de legalidad del proceso de contratación y control interno.

13 18/04/2017 Directorio Autorización para la alianza estratégica Acta de sesión del Directorio.

14 18/04/2017 Presidente de la

ComisiónEspecial.

Notificación al oferente con la resolución de selección.

Oficio y razón de notificación.

15 18/04/2017 Participanteseleccionado.

Entrega de documentación previa a la suscripción del contrato y la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Documentación y garantía de fielcumplimiento del contrato.

16 18/04/2017 Partesintervinientes.

Notario Público.

Firma del contrato y protocolización. Contrato yEscrituraPública.

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CONVOCATORIA PÚBLICA:

Mediante una publicación en un periódico de mayor circulación nacional, se convocará a personas naturales o jurídicas, asociaciones de éstas o consorcios, nacionales y extranjeras, que se encuentren legalmente habilitadas para contratar y ejercer su giro de negocio, compatible con el objeto del contrato, a participar en el proceso de contratación de la ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

MOVIDELNOR EP entregará los pliegos a los interesados (en formato escrito y los formularios en formato digital) previa solicitud por escrito y pago de USD 2.500,00.

CONTROL Y LEGALIDAD:

Los integrantes de la Comisión Especial, en su gestión, cumplirán y velarán por el cumplimiento de las normas de control interno pertinentes. Previo a la suscripción de toda Resolución, contrato o cualquier instrumento jurídico, estos deberán contar con la respectiva revisión del Asesor Jurídico y autorización del Gerente General.

Dado y suscrito en la ciudad de Ibarra, a los cinco días del mes de abril del año dos mil diecisiete.

Cúmplase y Notifíquese.-

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____ nSECCIÓN II

CONVOCATORIA

Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:

1. - La convocatoria está dirigida exclusivamente a las personas naturales o jurídicas, asociaciones de éstas o consorcios, nacionales y extranjeras, que se encuentren legalmente habilitadas para contratar y ejercer su giro de negocio. Se considera Proveedor o socio estratégico, a quien aporta bienes muebles, automotores, equipos, dispositivos, software informático, aplicaciones para bases de datos, servicios de conectividad, interconexión, comunicación y almacenamiento digital de datos, central computarizada de monitoreo, control y operación, comunicación preventiva; la instalación y configuración, mantenimiento y actualización del sistema; la formación profesional y capacitación al personal de MOVIDELNOR EP; y, demás bienes y servicios requeridos; que permitan y mantengan la total, completa y óptima operación del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO.

2. - Los oferentes deberán acreditar la suficiente capacidad financiera para la provisión de lo requerido y técnica para la instalación y operación del 100% del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

3. - Los oferentes podrán formular preguntas aclaratorias a la Comisión Especial y ésta absolverá las mismas y realizará las aclaraciones necesarias, por escrito o mediante correo electrónico, durante el plazo concedido para la presentación de ofertas.

4. - Las ofertas se presentarán de forma física y en archivo magnético en Secretaría de la Comisión Especial (Asesoría Jurídica de MOVIDELNOR EP) hasta la fecha y hora indicadas en la invitación. La apertura de las ofertas se realizará (30) treinta minutos más tarde de la hora prevista para las recepciones; el acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en la misma oficina en donde fueron presentadas.

5. - Las ofertas deben presentarse por la totalidad de los componentes del sistema.

6. - Las evaluaciones de las ofertas se realizarán aplicando los parámetros de calificación previstos en los presentes Pliegos.

7. - El procedimiento de selección de la mejor oferta se ceñirá a las disposiciones establecidas en los presentes Pliegos.

8. - El Gerente General de MOVIDELNOR EP y la Comisión Especial son los órganos competentes y autorizados para realizar el proceso de SOCIO ESTRATÉGICO y proponer al Directorio de MOVIDELNOR EP la selección del mismo.

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MEPEMPRESA PÚBLICA

DE MOVILIDAD

REPÚBLICA DEL ECUADOR

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La Comisión Especial, realizará y sustanciará el procedimiento de contratación del SOCIO ESTRATÉGICO para el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO, le corresponde principalmente lo siguiente:

■ Elaborar, aclarar y modificar los Pliegos.

■ Modificar los plazos para cada paso o acción en el proceso de contratación.

■ Solicitar a los participantes la información o documentación que considere necesaria y es obligación de los participantes consignarla.

■ Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, durante el proceso de contratación, en cualquier momento podrá proponer el rechazo o descalificación de ofertas, lo cual será resuelto por el Gerente General.

* Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, en cualquier momento podrá proponer la terminación anticipada del proceso de contratación y su reapertura, lo cual será resuelto por el Gerente General.

Por las actuaciones de la Comisión Especial, no habrá lugar a reclamo y/o pago de indemnización alguna a los oferentes.

9.- Como parte de la oferta, los oferentes presentarán una GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA cuyo beneficiario es la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.), por cien mil dólares de los Estados Unidos de América (US D 100.000,00) y un (1) mes de plazo. Esta garantía se presentará en una de las formas siguientes: Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos; o, fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país.

SECCIÓN III

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

El objeto de la alianza estratégica es que el socio seleccionado y contratado, por ofertar las mejores condiciones técnicas y económicas para MOVIDELNOR EP y satisfacer los intereses institucionales y nacionales, aporte con determinados bienes y servicios, por una retribución que cubra su inversión y una Participación adecuada para el sector, para la instalación, implementación y desarrollo del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO.

Este sistema contiene un modelo de operación avanzado integral, con campañas de prevención y la realización del control en movimiento, con dispositivos y software de última generación y constante actualización, instalados en vehículos y dispositivos que porta cada agente civil de tránsito, debidamente interconectados con centrales de operación; que, operados por MOVIDELNOR EP, detectarán contravenciones minimizando el error; con el objetivo central de lograr mayor seguridad para la ciudadanía, reduciendo la accidentabilidad causada preferentemente

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________ npor exceso de velocidad, en la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE.

El socio estratégico encargado de la implementación y desarrollo del sistema, realiza las tareas encomendadas bajo su propia cuenta y riesgo, financiando sus operaciones y recuperación. El cumplimiento de este objetivo estará respaldado a través de la ejecución diligente de los Pliegos de Contratación, el Contrato de Alianza Estratégica y la Oferta que se haya presentado. Se entiende que el cumplimiento de este objeto no exime al aliado estratégico de la ejecución de las actividades y trabajos que, en función de la buena fe contractual, deben cumplirse, aunque tales actividades y trabajos no estén descritos en los documentos antes mencionados.

ÁMBITO GEOGRÁFICO:

El ámbito geográfico para desarrollar el sistema, es el de la MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN NORTE, para los siguientes cantones iniciales y los que determinen la unidad competente de MOVIDELNOR EP.

DIVISIÓN DISTRITAL DIVISIÓN CANTONAL

NORTE

MONTÚFARESPEJOMIRAHUACABOLÍVAR

CENTROIBARRAURCUQUÍPIMAMPIRO

SUR

OTAVALOANTONIO ANTEPEDRO MONCAYOCOTACACHI

PACÍFICOELOY ALFARORÍO VERDESAN LORENZO *

*Este Cantón está en proceso de separación de la Mancomunidad

MEPREPÚBLICA Da ECUADOR

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ALCANCE DEL CONTROL:

Este sistema abarca el control operativo sobre las conductas de tránsito por exceso de velocidad, matriculación y revisión, y las más significativas en la Mancomunidad determinadas por la unidad administrativa competente de MOVIDELNOR EP, tipificadas como contravenciones en el Código Orgánico Integral Penal y que generen multas y concomitantemente otras sanciones.

ADMINISTRACIÓN:

El SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN V CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO será administrado por MOVIDELNOR EP, a través de una unidad administrativa funcional que se conformará, en la que participará un delegado del socio estratégico en calidad de asesor, mientras dure el respectivo contrato. Corresponde a esta unidad administrativa planificar, implementar, administrar y controlar el sistema, y específicamente definir el ámbito geográfico y el alcance del control, y la inversión mayor del socio estratégico de acuerdo a las necesidades que se presenten en el desarrollo y operación del sistema.

PLAZO DE LA ALIANZA ESTRATÉGICA:

La alianza estratégica tendrá un plazo de ocho años y cinco meses iniciales en los cuales se realizará la provisión e instalación total de los equipos y la capacitación necesaria del personal de MOVIDELNOR EP. El plazo de ocho años correrá a partir de que el sistema inicie su operación.

3.1. - INVERSIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO:

3.1.1. - RECURSOS FÍSICOS Y TECNOLÓGICOS:

Los bienes y servicios mínimos requeridos, que componen el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO, son los siguientes:

BIEN 0 SERVICIO DESCRIPCIÓN MEDIDA CANT.

Dispositivo móvil de Dispositivo móvil que detecta la velocidad instantánea de los vehículosdetección de a través de un sistema homologado de detección de velocidad, quevelocidad pueda ser instalado en los automóviles del parque automotor de

patrullaje de MOVIDELNOR EP que será dotado por el Socio Estratégico, que permita medir la velocidad de vehículos y capturar fotogramas y vídeos que sirven de ayuda al agente verificador para documentar la infracción, completándola con los datos de la medición y la información temporal y de localización que el mismo mecanismo provee y brindando servicios complementarios entre los que se deben encontrar la lectura, reconocimiento de placa en tiempo real y la validación instantánea de la información con la base de datos con la ANT, para su posterior visualización por el Agente Civil de Transito.

Unidad 15

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Posee:Homologación según Resolución No. 098-DIR-2016-ANT

"REGLAMENTO DE HOMOLOGACIÓN, USO Y VALIDACIÓN DE SISTEMAS, DISPOSITIVOS Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS PARA LA DETECCIÓN y NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO", que para un dispositivo que por su ubicación sea catalogado como móvil y que por su función sea híbrido según la ANT y que posea homologación internacional OIML R-91 certificada por un instituto internacional y por el INEN

Software comando para la integración y gestión de dispositivos y salas de control

Software o plataforma de una interfaz simple de usar, que integre a todos los dispositivos a implementarse y pueda de igual manera integrarse a todos los software que hacen funcional el modelo de gestión.- Un módulo de lógica de la aplicación para procesos- Un módulo de acceso de datos optimizado

Unidad 1

Dispositivo de comunicación que integre red celular y localización GPS provista de grabación y transmisión de audio y video en tiempo real.

Dispositivo de comunicación robusto

- Transmisión de vídeo y audio en tiempo real- Recepción en tiempo real de vídeo desde otro dispositivo- Fotografía -PTT(PushtoTalk)- Localización por GPS- Control de funciones desde la Central Operativa (inicio / parar, registro de grabación o difusión de vídeo)-Todas las comunicaciones están encriptadas o cifradas con algoritmo AES 256

Unidad 350

Centralcomputarizada de monitoreo, control y operación

Salas operativas que permitan el monitoreo y control de todos los dispositivos a implementarse en el campo y operarios

Unidad 4

Instalación y configuración de equipos

- Instalación y configuración de los equipos y sistemas de detección de velocidad en los vehículos- Instalación del software comando- configuración de los dispositivos de asistencia para los agentes- Formación profesional sobre uso de los dispositivos y sistemas

Unidad 1

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- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Stock de repuestos de equipos

Número de stock de equipos para reemplazar en eventualidades o emergencias:- 2 KITS de dispositivos móviles para medir velocidad, detección y reconocimiento de placas- 30 dispositivos de comunicación robustos de asistencia en audio y video para agentes-1 Módulo de carga y descarga de datos

Unidad 1

Desarrollo de software e integración con otras plataformas

Desarrollo de software informático, aplicaciones para bases de datos de acuerdo a las características únicas que se requiera. Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de la ANT y AXIS 4.0, Integración de los sistemas Con la plataforma y/o base de datos de multas.

Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Unidad 1

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital mínimo 5gb, paquete de datos que permita localización GPS, transmisión de audio y video HD en datos y la comunicación entre todos los dispositivos tecnológicos.

Año 8

Servicio de almacenamiento digital de datos

Servidor en nube digital de datos, para mayor seguridad de la información generada con garantía de funcionamiento 24 horas del día, 7 días de la semana y 365 días del año, el tiempo de almacenamiento de la información se definirá en base a la necesidad de la Empresa Pública de Movilidad del Norte.

Unidad 1

Camionetas doble cabina 4X4 Diésel 3.0 crdi, equipadas para patrullaje

Vehículos Chevrolet D-max 3,0 turbo diesel crdi 4x4 con a/cSirena, baliza y alto parlanteArtes Institucionales de los vehículosMatrículas, durante el tiempo de vigencia del contrato

Unidad 15

Mantenimiento preventivo del parque automotor mencionado

Mantenimiento preventivo de los automotores cada 5000 Km dentro del tiempo del proyecto, estimado 8 años a través de la casa comercial. Unidad 135

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Plan de comunicación

FASE 1

- Estrategias de Relaciones Públicas FASE 2

- Relaciones Públicas

- Estrategia ATL

- Estrategia BTL

FASE 3

- Campañas de refuerzo

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica

- Las tres FASES serán implementadas en el periodo de 6 meses.

- Al término de los 6 meses se medirá los resultados de la campaña para su evaluación, repotenciación o cambio de estrategia.

Unidad 1

Servicio de interconexión

Servicio de internet fijo para las satas operativas mínimo de 10 megabits y máximo de 30 megabits

- Los términos de implementación y manejo se determinara entre la empresa seleccionada y el área de tecnología de la EP.

Año 8

Seguro de los vehículos

Póliza de Seguro para los vehículos, camionetas doble cabina 4X4Unidad /Año

15u8años

Seguro de todos los equipos tecnológicos inmersos en el objeto del contrato.

Póliza de Seguro para todos los equipos tecnológicos inmersos en el objetivo del contrato.

Unidad / Año

15u8años

Suministros de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioAño 8

Mobiliario de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioUnidad 1

Arriendo de oficina De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesario Año 8

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Actualización, Durante el tiempo que dure el proyecto, estimado 8 años, es necesariomantenimiento y que exista la disposición de mantenimiento, servicio técnicosoporte técnico de permanente y actualización tecnológica de todos los equiposequipos; tecnológicos a implementarse.mantenimiento correctivo de Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia Año 8

vehículos específica.

Mantenimiento correctivo justificado del parque auto motor.

Los bienes y servicios descritos, son los mínimos requeridos para poder establecer un sistema avanzado móvil de prevención y control operativo del tránsito, con la más alta tecnología, permitiendo cumplir los objetivos que MOVIDELNOR se ha planteado.

Los recursos físicos y tecnológicos que aporten el socio estratégico, previa la justificación documentada de la inversión, deberán ser recibidos a entera satisfacción por MOVIDELNOR EP. Estos recursos, una vez que estén sin ningún tipo de deuda, finalizado el plazo del contrato de sociedad estratégica, el socio estratégico trasferirá la propiedad de los mismos a MOVIDELNOR EP.

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REPOBUCAMl ECUADOR

Inversión. La alianza estratégica tiene un plazo de (8) ocho años a partir de su operación, y máximo 5 meses iniciales en los cuales se realizará la provisión e instalación total de los equipos y la capacitación necesaria del personal de MOVIDELNOR EP. En esta etapa previa a la operación, se debe realizar todas las adquisiciones e instalación de los sistemas tecnológicos y equipos; por lo tanto, se estima que se necesitará una inversión inicial de $ 4.214.640; y por consiguiente en los demás años se realizará la actualización, mantenimiento y adaptaciones necesarias tanto de equipos como de software para la operación y uso del sistema.

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3.1.3.- INVERSIÓN TOTAL OFERTADA:

El monto total de la inversión ofertada no será superior a US $ 11.300.000 + IVA. ONCE MILLONES TRECIENTOS MIL DOLARES.

3.2.- PARTICIPACIÓN Y FORMA DE PAGO:

3.2.1. - PARTICIPACIÓN REFERENCIAL:

La participación referencial del socio estratégico por concepto de su inversión, trabajo y riesgo, sobre los ingresos brutos de MOVILDENOR EP por multas por exceso de velocidad dentro de rango moderado y fuera de rango moderado, es del 37,5% durante los primeros cinco años del contrato y el 32,5% durante los últimos tres años de vigencia del contrato, una vez que haya cumplido con la instalación y configuración de los sistemas y equipos y capacitación sobre el uso de los mismos dentro de los 5 meses máximos o antes.

3.2.2. - PARTICIPACIÓN OFERTADA:

La participación ofertada no será superior al 37,5% durante los primeros cinco años del contrato y el 32,5% durante los últimos tres años de vigencia del contrato, sobre los ingresos de MOVILDENOR EP por multas por exceso de velocidad dentro de rango moderado y fuera de rango moderado de los dispositivos implementados por el Socio Estratégico.

3.2.3. - FORMA DE PAGO:

MOVIDELNOR EP realizará el pago al socio estratégico de su participación (DEL INGRESO RECAUDADO) que conste en el contrato de sociedad estratégica, en forma mensual previa presentación de los gastos incurridos por el socio estratégico.

En la estructura presupuestaria de MOVIDELNOR EP, se ha considerado las partidas de ingresos y gastos para la ejecución de la ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

El pago al socio estratégico, previa la presentación de la correspondiente factura, se lo hará mediante transferencia mensual del valor recaudado que directamente realice MOVIDELNOR EP a la cuenta bancaria nacional que determine el socio estratégico; o, pago a través de un fideicomiso mercantil y/o encargo fiduciario. Si se determina el fideicomiso mercantil o el encargo fiduciario, el socio estratégico que es el Beneficiario asumirá todos los costos de constitución y administración del fideicomiso.

3.3. - FONDO DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL:

MOVIDELNOR E.P y el socio estratégico crean un fondo denominado "FONDO DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL" para el desarrollo de proyectos de ayuda social a cargo de MOVIDELNOR EP., constante del 5% del monto mensual facturado durante toda la vigencia del Contrato.

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3.4.- NORMATIVA APLICABLE:

Para esta contratación de alianza estratégica rige la ley nacional. Se someterá a lo prescrito en la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP) RESOLUCIÓN de inicio del proceso que deberá expedir el Gerente General, los Pliegos del proceso de contratación, el Contrato, y otra normativa aplicable.

Para la solución de divergencias y controversias se prevé como regla general el arbitraje nacional y la jurisdicción nacional contencioso-administrativa. Sin embargo, podrá aceptarse otra jurisdicción y legislación, y arbitraje internacional, previo informe favorable del Procurador General del Estado, con sujeción a lo prescrito en el COPYFP y Ley de Arbitraje y Mediación.

SECCIÓN IV

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

4.1. - PROCEDIMIENTO

4.1.1. - ÓRGANOS COMPETENTES:

El Gerente General de MOVIDELNOR EP y la Comisión Especial son los órganos competentes y responsables para realizar el proceso de contratación del SOCIO ESTRATÉGICO.

COMISIÓN ESPECIAL:

La Comisión Especial, bajo su exclusiva responsabilidad, realizará y sustanciará el procedimiento de preselección contratación del SOCIO ESTRATÉGICO para el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

La Comisión Especial está integrada por cinco miembros, tres con voz y voto, y dos sin voto: Gerente General o su delegado quien la presidirá, el Gerente Operativo o su Delegado, el Técnico a fin (con voz y voto) Gerente Financiero, el Asesor Jurídico o su delegado (con voz) a quienes se les faculta para nombrar al Secretario de fuera de su seno, quien será Abogado de la institución. La Comisión podrá nombrar subcomisiones para el presente proceso y solicitar informes y participación de personal técnico en las sesiones, con voz y sin voto.

El quorum para instalar las sesiones de la Comisión Especial y para resolver, es con la presencia y voto de todos sus miembros. De lo tratado y resuelto en las sesiones se dejará constancia en actas que serán suscritas por todos los asistentes. El Presidente arbitrará las medidas necesarias y expedirá los actos conducentes a que el proceso de selección se desarrolle óptimamente, enmarcado en la normativa legal aplicable. Las resoluciones de la

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Comisión y comunicaciones suscritas por el Presidente serán notificadas por el Secretario, personalmente o por correo electrónico.

La documentación correspondiente al proceso de contratación reposará en la Oficina Jurídica bajo la responsabilidad y custodia del Responsable Jurídico, luego de lo cual la remitirá foliada a la Secretaría General. Mientras se desarrolle el proceso, el Secretario de la Comisión Especial y los oferentes guardarán confidencialidad sobre la documentación del mismo.

Con el fin de conseguir el óptimo desarrollo del proceso, a la Comisión Especial le corresponde principalmente lo siguiente:

■ Elaborar, aclarar y modificar los Pliegos.

* Modificar los plazos para cada paso o acción en el proceso de contratación.

■ Solicitar a los participantes la información o documentación que considere necesaria y es obligación de los participantes consignarla.

■ Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, durante el proceso de contratación, en cualquier momento podrá proponer el rechazo o descalificación de ofertas, lo cual será resuelto por el Gerente General.

■ Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, en cualquier momento podrá proponer la terminación anticipada del proceso de contratación y su reapertura, lo cual será resuelto por el Gerente General.

Por las actuaciones de la Comisión Especial, no habrá lugar a reclamo y/o pago de indemnización alguna a los oferentes.

4.1.2.- PROCESO:

No. TIEMPO ÓRGANO ACCIÓN ~ ~ : IN^RUMEÍCrO

FECHA• '• ■■ ■ ■ . '.

■ i i» / ’V - i ¡|<g > § - i§f.• r 4 ’> * ** »# ****.*5?

01 17/03/2017 Gerente Aprobación del informe de viabilidad técnica, Oficio.General. administrativa - financiera y jurídica de "ALIANZA

ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO."; y, solicitud motivada al Directorio de MOVIDELNOR EP para que autorice el procedimiento de selección.

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HEPÚBUCAML ECUADOR

02 05/04/2017 Directorio. Autorización para el procedimiento de selección del socio estratégico.

________________Acta de sesión/Resolución.

03 07/04/2017 GerenteGeneral.

Aprobación de los Pliegos del proceso de contratación elaborados por los funcionarios que presentaron el informe de viabilidad.

Resolución.

04 10/04/2017 Gerente General Convocatoria pública a presentar ofertas. Convocatoria pública.

05 12/04/2017 Participantes. Presentación de ofertas con garantías de seriedad de las ofertas.

Oferta y garantía de seriedad.

06 12/04/2017 ComisiónEspecial.

Apertura de los sobres que contienen las ofertas. Acta de sesión de la Comisión.

07 13/04/2017 ComisiónEspecial.

Estudiar y calificar las ofertas determinando un orden de prelación en razón del puntaje que obtengan.

Acta de sesión de la Comisión.

08 13/04/2017 Oferente con mayor puntaje

Demostración del sistema. Informe de la Comisión Especial.

09 17/04/2017 ComisiónEspecial.

Negociar con la oferta que obtenga el mayor puntaje con informe favorable de demostración del sistema.

Acta de sesión de la Comisión.

10 17/04/2017 ComisiónEspecial.

Presentar el informe al Gerente General que concluye con la selección de la mejor oferta que satisface los intereses institucionales y nacionales, el proyecto de resolución de selección y el proyecto de contrato negociado y acordado. En el caso de haberse presentado una sola oferta, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos Pliegos, ésta podrá ser seleccionada.

Informe de la Comisión.

Proyecto de resolución de selección.

Proyecto de contrato.

11 18/04/2017 Gerente General Selección de la mejor oferta. Resolución.

12 18/04/2017 Gerente General Informe sobre el proceso de selección y proyecto de contrato a consideración del Directorio. Informe de legalidad del proceso de contratación y control interno.

Informe del proceso y proyecto de contrato. Informe de legalidad del proceso de contratación y control interno.

13 18/04/2017 Directorio Autorización para la alianza estratégica Acta de sesión del Directorio.

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14 18/04/2017 Presidente de la

ComisiónEspecial.

Notificación al oferente con la resolución de selección. Oficio y razón de notificación.

15 18/04/2017 Participanteseleccionado.

Entrega de documentación previa a la suscripción del contrato y la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Documentación y garantía de fiel cumplimiento del contrato.

16 18/04/2017 Partesintervinientes.

Notario Público.

Firma del contrato y protocolización. Contrato y Escritura Pública.

4.1.3.- ESPECIFICACIONES

4.1.3.1. - INHABILIDADES:

No podrán participar en el proceso de contratación, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, contempladas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; 110 y 111 del RGLOSNCP.

De verificarse con posterioridad que un oferente ha estado incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del mismo conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP.

4.1.3.2. - OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES:

4.1.3.2.1. - Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no les relevará de cumplirlos.

4.1.3.2.2. - La selección se circunscribirá a las ofertas calificadas, no se aceptarán ofertas alternativas.

4.1.3.2.3. - Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.

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4.1.3.3. - PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES:

Todo oferente, durante el plazo para presentar las ofertas, tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en los Pliegos, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Especial, a través de solicitud escrita o mediante correo electrónico, la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias en la respectiva sesión de la Comisión Especial modificándose los Pliegos, el acta de la sesión será notificada a todos los participantes.

4.1.3.4. - CAUSAS DE RECHAZO O DESCALIFICACIÓN:

■ La Comisión Especial, por causas que afecten el proceso de contratación, imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, durante el proceso de contratación, en cualquier momento podrá proponer el rechazo o descalificación de ofertas, lo cual será resuelto por el Gerente General.

4.I.3.5.- GARANTÍAS:

4.1.3.5.1. - En la oferta, los proveedores presentarán una GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA cuyo beneficiario es la Empresa Pública de Movilidad del Norte (MOVIDELNOR E.P.), por cien mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 100.000,00) y un (1) mes de plazo. Si se requiere, la Comisión Especial está facultada para disponer a la empresa aseguradora o financiera, a costa del oferente, la ampliación del plazo de la misma. Esta garantía se presentará en una de las formas siguientes: Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en ECUADOR o por intermedio de ellos; o, fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en ECUADOR.

La garantía de seriedad de la oferta será devuelta al Proveedor contratado cuando MOVIDELNOR E.P. suscriba el contrato de alianza estratégica; o ejecutada, sin que medie ningún trámite administrativo, si es rechazada o descalificada la oferta por causas imputables al oferente o no suscribiere el contrato de alianza estratégica. Al resto de oferentes se devolverá la garantía de seriedad de la oferta, cuando con el oferente seleccionado se suscriba el contrato.

4.1.3.5.2. - La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) de la inversión inicial del socio estratégico. Esta garantía será otorgada y presentada por el oferente seleccionado previamente a la firma del contrato de alianza estratégica, con una vigencia de un año que deberá ser renovada durante la vigencia del contrato, desde la fecha de firma del contrato. Esta garantía será devuelta al contratista cuando se realice la entrega - recepción única del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, o ejecutada por terminación unilateral y anticipada del contrato.

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Esta garantía se presentará en una de las siguientes formas: Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el ECUADOR o por intermedio de ellos. Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el ECUADOR.

4.1.3.5.3. - En razón de que las inversiones en este proyecto son de total responsabilidad del Socio Estratégico, no existe anticipo y consiguientemente no se lo garantiza.

4.1.3.5.4. - Por incumplimientos del oferente o contratista (Socio Estratégico), MOVIDELNOR EP además de ejecutar las garantías de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento del contrato, según corresponda, deberá reclamar el resarcimiento y pago de los daños y perjuicios que se ocasionaren.

4.1.3.5.5. - El Socio Estratégico deberá presentar las garantías técnicas requeridas por MOVIDELNOR EP para garantizar la calidad y el correcto funcionamiento de los componentes del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

Además, MOVIDELNOR EP podrá requerir los seguros, garantías y demás documentos que correspondan a esta clase de contratación.

4.I.3.6.- SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: En la fecha que señalada en la notificación de la selección se suscribirá el contrato. Si el Socio Estratégico no firma el contrato por causas que le fueren imputables, se lo declarará fallido y se negociará con la siguiente oferta en el orden de prelación establecido, continuando con el procedimiento.

El contrato constará en escritura pública ante el Notario Público, cuyos costos de protocolización correrán por cuenta del Socio Estratégico. En el mismo contrato se determinarán los documentos que deberán protocolizarse junto con el contrato.

4.I.3.7.- RECLAMOS:

Para el evento de que los oferentes presenten reclamos relacionados con su oferta, lo harán ante el Gerente General o su delegado quien, antes de resolver, solicitará el informe de la Comisión Especial.

4.2.- PARTICIPANTES:

Los participantes son personas naturales o jurídicas, asociaciones de éstas o consorcios, nacionales y extranjeras, que se encuentren legalmente habilitadas para contratar y ejercer su giro de negocio, compatible con el objeto del contrato de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

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Las personas jurídicas nacionales deberán presentar la escritura pública de constitución y nombramiento del representante legal inscrito en el Registro Mercantil. Las compañías u otras empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas, deberán presentar documentación sobre su constitución, representante legal y de estar domiciliadas en el Ecuador y tener un apoderado o representante en el Ecuador que pueda cumplir las obligaciones contraídas y contestar demandas.

Las asociaciones o consorcios de personas naturales o jurídicas u otros consorcios: Entre empresas nacionales, o entre empresas nacionales con extranjeras, o entre empresas extranjeras una de las cuales deberá estar domiciliada y con representación legal en la República del Ecuador, deberán presentar la escritura pública mediante la cual se haya celebrado el contrato de asociación o consorcio en el Ecuador, cuyo objeto expreso es ejecutar el contrato de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE; escritura pública en la que debe constar la designación de un apoderado o represente legal.

Para las asociaciones o consorcios por constituirse, con personas naturales, jurídicas y otros consorcios o asociaciones, nacionales o extranjeros, deberán presentar el compromiso de asociación o consorcio, en escritura pública celebrada ante Notario Público en la República del Ecuador, en el cual además designarán un mandatario que los represente. Las personas que se comprometen a asociarse o consorciarse deberán comprobar documentadamente su existencia y representación legal; y, por cuanto una de las empresas debe ser nacional o extranjera domiciliada en la República del Ecuador, estas presentarán la documentación sobre su constitución y representación legal. Como requisito previo a la celebración del contrato, el consorcio o asociación deberá haberse constituido mediante escritura pública celebrada ante Notario Público en la República del Ecuador con la designación de un apoderado o representante legal.

4.3.- OFERTAS:

4.3.1.- CONDICIONES GENERALES*:

Las ofertas se entenderán vigentes hasta que se suscriba el contrato de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

*En caso de presentarse documentos del extranjero, para la subscripción del contrato se deberá presentar los documentos debidamente notariado y apostillado.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

4.3.2.- PROPUESTA DE INVERSIÓN:

La oferta de inversión contendrá lo siguiente:

4.3.2.1. - TABLA DE INVERSIÓN POR AÑOS.

4.3.2.2. - INVERSIÓN TOTAL OFERTADA: Que no podrá ser mayor a US $ 11.300.000 + IVA.

4.3.2.3. - PARTICIPACIÓN OFERTADA: La participación ofertada no será superior al 37,5% durante los primeros (5) cinco años del contrato y el 32,5% durante los últimos (3) tres años de vigencia del contrato, sobre los ingresos de MOVILDENOR EP por multas por exceso de velocidad dentro de rango moderado y fuera de rango moderado.

4.3.2.4. - FORMA DE PAGO: Se debe describir la forma de pago de la participación en los ingresos: Transferencia mensual que directamente realice MOVIDELNOR EP a la cuenta bancaria nacional que determine el socio estratégico; o, pago a través de un fideicomiso mercantil y/o encargo fiduciario. Si se determina el fideicomiso mercantil o el encargo fiduciario, el socio estratégico que es el Beneficiario asumirá todos los costos de constitución y administración.

4.3.2.5. - FONDO DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL: Aporte al FONDO DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL, que mínimo será el 2.5% del ingreso bruto que se reducirá de los porcentajes de participación.

4.3.2.6. - COMPROMISO DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO: Constituye parte de la oferta, la declaración juramentada del oferente ante Notario Público, debidamente justificada y documentada, de que cuentan con la propiedad de los bienes y servicios que proveerán y/o que serán financiados con recursos propios o mediante una línea de crédito aprobada por una institución del sistema financiero.

4.3.3.- PROPUESTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO:

La oferta de ejecución del proyecto contendrá lo siguiente:

4.3.3.1.- MODELO DEL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, METODOLOGÍA Y CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO:

El oferente deberá presentar el manual operativo del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

Entrega de un cronograma de implementación, capacitación certificada del personal operativo y técnico, soporte y mantenimiento del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

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4.3.3.2.- EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA DEL OFERENTE:

• La experiencia que se acredite podrá ser en la República del Ecuador o en otros países, que cuente con máximo diez años de experiencia verificable

• La experiencia acreditada debe ser la del oferente sea persona natural o jurídica. En el caso que participen consorcios o asociaciones, constituidos o por constituirse, se sumará la experiencia acreditada por las personas naturales o jurídicas que los integran.

• La experiencia deberá estar directamente relacionada con el objeto de la contratación.

• Si un oferente formó parte de una asociación o consorcio, se tomará el 100% del valor de la experiencia de la asociación o consorcio, independientemente de su grado de participación accionaria en el mismo.

• La experiencia deberá ser demostrada documentadamente, a través de certificaciones otorgadas por los beneficiarios de los bienes y servicios. En ningún caso se aceptará certificaciones del mismo oferente. La Comisión Especial podrá considerar otros documentos en los que se demuestre la experiencia del oferente.

• Mínimo 3 contratos que sumados sean igual o mayor al valor total de la inversión inicial de la oferta.

EXPERIENCIA GENERAL MÍNIMA DEL OFERENTE:

• Empresa o socio mayoritario, con más del 50% de participaciones, que cuente con mínimo diez años de experiencia en el desarrollo de sistemas avanzados para el control de tránsito.

• Empresa o socio mayoritario, con más del 50% de participaciones, debe ser el fabricante o desarrollador, de primera mano, de las plataformas, software necesario, sistemas y equipos móviles, con radar, de detección de velocidad de vehículos.

• Constitución de la empresa, asociación o consorcio donde se pueda demostrar que la empresa mayoritaria es la que presta la experiencia necesaria o exigida por MOVIDELNOR EP. •

• Documento notariado y apostillado donde se certifique que el socio mayoritario es el fabricante o desarrollador de primera mano, de las plataformas, software y equipos móviles, con radar, de detección de velocidad de vehículos.

4.3.3.3.- PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO:

MOVIDELNOR EP ha definido el listado del personal técnico mínimo que se considera necesario para la ejecución de este proyecto, y la experiencia que deberá acreditar y el instrumento por el que se comprometerá su participación. Se han establecido condiciones de experiencia mínima que deberán ser cumplidas por cada uno de los miembros del equipo.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

El listado de personal requerido por MOVIDELNOR EP es el siguiente:

MEPEMPRESA PÚBLICA

DE MOVILIDAD

PERSONAL TÉCNICO PERFIL EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES

TECNÓLOGO 0 SU EQUIVALENTEMECÁNICA, ELECTRÓNICA, 0 AFÍN

Mínimo 5 años

PROFESIONAL DEL TERCER NIVEL 0 SU EQUIVALENTE

MECÁNICA, ELECTRÓNICA, MECA TRÓNICA, 0 AFÍN Mínimo 5 años

PROFESIONAL DEL TERCER NIVEL 0 SU EQUIVALENTE

MECÁNICA, ELECTRÓNICA, MECA TRÓNICA, 0 AFÍN Mínimo 5 años

PROFESIONAL DEL TERCER NIVEL 0 SU EQUIVALENTE

MECÁNICA, ELECTRÓNICA, MECA TRÓNICA, 0 AFÍN Mínimo 5 años

PROFESIONAL DEL TERCER NIVEL 0 SU EQUIVALENTE

INGENIERÍA EN GESTIÓN 0 AFÍNMínimo 5 años

PROFESIONAL DEL TERCER NIVEL 0 SU EQUIVALENTE

ADMINISTRACIÓN, NEGOCIOS, GERENCIA, INDUSTRIALO AFÍN Mínimo 5 años

• La experiencia válida de cada uno de los técnicos del proyecto se tomará en cuenta hasta la fecha de presentación de las ofertas.

• La experiencia deberá ser demostrada documentadamente. En ningún caso se aceptarán certificaciones del mismo técnico. La Comisión Especial podrá considerar otros documentos en los que se demuestre la experiencia del personal técnico.

• Un técnico no podrá comprometerse para dos o más tareas.

4.3.3.4.- COMPONENTES DEL SISTEMA (BIENES Y SERVICIOS MÍNIMOS):

Para implementar el sistema, el proveedor deberá ofertar documentadamente los siguientes bienes y servicios mínimos:

BIEN 0 SERVICIO DESCRIPCIÓN MEDIDA CANT.

Dispositivo móvil de detección de velocidad

Dispositivo móvil que detecta la velocidad instantánea de los vehículos a través de un sistema homologado de detección de velocidad, que pueda ser instalado en los automóviles del parque automotor de patrullaje de MOVIDELNOR EP que será dotado por el Socio Estratégico, que permita medir la velocidad de vehículos y capturar fotogramas y vídeos que sirven de ayuda al agente verificador para documentar la infracción, completándola con los datos de la medición y la información temporal y de localización que el mismo mecanismo provee y brindando servicios complementarios entre los que se deben encontrar la lectura, reconocimiento de placa en tiempo real y la validación instantánea de

Unidad 15

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la información con la base de datos con la ANT, para su posterior visualización por el Agente Civil de Transito. Posee:

Homologación según Resolución No. 098-DIR-2016-ANT "REGLAMENTO DE HOMOLOGACIÓN, USO Y VALIDACIÓN DE SISTEMAS, DISPOSITIVOS Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS PARA LA DETECCIÓN y NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO", que para un dispositivo que por su ubicación sea catalogado como móvil y que por su función sea híbrido según la ANT y que posea homologación internacional OIML R-91 certificada por un instituto internacional y por el INEN

Software comando para la integración y gestión de dispositivos y salas de control

Software o plataforma de una interfaz simple de usar, que integre a todos los dispositivos a implementarsey pueda de igual manera integrarse a todos los software que hacen funcional el modelo de gestión.- Un módulo de lógica de la aplicación para procesos- Un módulo de acceso de datos optimizado

Unidad 1

Dispositivo de comunicación que integre red celular y localización GPS provista de grabación y transmisión de audio y video en tiempo real.

Dispositivo de comunicación robusto

- Transmisión de vídeo y audio en tiempo real- Recepción en tiempo real de vídeo desde otro dispositivo- Fotografía- PTT (Push to Talk)- Localización por GPS- Control de funciones desde la Central Operativa (inicio / parar, registro de grabación o difusión de vídeo)- Todas las comunicaciones están encriptadas o cifradas con algoritmo AES 256

Unidad 350

Centralcomputarizada de monitoreo, control y operación

Salas operativas que permitan el monitoreo y control de todos los dispositivos a implementarse en el campo y operarios

Unidad 4

Instalación y configuración de equipos

- Instalación y configuración de los equipos y sistemas de detección de velocidad en ios vehículos- Instalación del software comando

Unidad 1

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- configuración de los dispositivos de asistencia para los agentes- Formación profesional sobre uso de los dispositivos y sistemas

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Stock de repuestos de equipos

Número de stock de equipos para reemplazar en eventualidades o emergencias:- 2 KITS de dispositivos móviles para medir velocidad, detección y reconocimiento de placas- 30 dispositivos de comunicación robustos de asistencia en audio y video para agentes-1 Módulo de carga y descarga de datos

Unidad 1

Desarrollo de software e integración con otras plataformas

Desarrollo de software informático, aplicaciones para bases de datos de acuerdo a las características únicas que se requiera. Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de la ANT y AXIS 4.0, Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de multas.

Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Unidad 1

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital mínimo 5gb, paquete de datos que permita localización GPS, transmisión de audio y video HD en datos y la comunicación entre todos los dispositivos tecnológicos.

Año 8

Servicio de almacenamiento digital de datos

Servidor en nube digital de datos, para mayor seguridad de la información generada con garantía de funcionamiento 24 horas del día, 7 días de la semana y 365 días del año, el tiempo de almacenamiento de la información se definirá en base a la necesidad de la Empresa Pública de Movilidad del Norte.

Unidad 1

Camionetas doble cabina 4X4 Diésel 3.0 crdi, equipadas para patrullaje

Vehículos Chevrolet D-max 3,0 turbo diesel crdi 4x4 con a/cSirena, baliza y alto parlanteArtes Institucionales de los vehículosMatrículas, durante el tiempo de vigencia del contrato

Unidad 15

Mantenimiento preventivo del parque automotor mencionado

Mantenimiento preventivo de los automotores cada 5000 Km dentro del tiempo del proyecto, estimado 8 años a través de la casa comercial.

Unidad 135

■ ■ ■ ■ ■62

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

MEP.

EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD

■bssbbbbdehi

Plan de comunicación

FASE 1

- Estrategias de Relaciones Públicas FASE 2

- Relaciones Públicas

- Estrategia ATL

- Estrategia BTL

FASE 3

- Campañas de refuerzo

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica

- Las tres FASES serán implementadas en el periodo de 6 meses.

- Al término de los 6 meses se medirá los resultados de la campaña para su evaluación, repotenciación o cambio de estrategia.

Unidad 1

Servicio de interconexión

Servicio de internet fijo para las salas operativas mínimo de 10 megabits y máximo de 30 megabits

- Los términos de implementación y manejo se determinara entre la empresa seleccionada y el área de tecnología de la EP.

Año 8

Seguro de los vehículos

Póliza de Seguro para los vehículos, camionetas doble cabina 4X4Unidad /Año

15u8años

Seguro de los equipos de detección de velocidad

Póliza de Seguro para los equipos de detección de velocidadUnidad /

Año15u

8años

Suministros de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioAño 8

Mobiliario de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioUnidad 1

Arriendo de oficina De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesario Año 8

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Actualización, Durante el tiempo que dure el proyecto, estimado 8 años, es necesariomantenimiento y que exista la disposición de mantenimiento, servicio técnicosoporte técnico de permanente y actualización tecnológica de todos los equipos aequipos; implementarse.mantenimiento correctivo de Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia Año 8

vehículos específica.

Mantenimiento correctivo justificado del parque auto motor.

4.4.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:

4.4.1. PARÁMETROS Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:

Los parámetros de calificación que han sido definidos y dimensionados por la Comisión Especial, tienen la firme intención de no generar dudas, ni incorrecta interpretación o estar sujetos a la subjetividad del evaluador; se han considerado parámetros técnico-económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de cumplimiento obligatorio.

La evaluación de las ofertas se encamina a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser aceptada o rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo. Se establecen de manera general para ello dos etapas: La primera, bajo metodología "Cumple / No Cumple", en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas que garantizan la ejecución del proyecto; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, los cotos de inversión y participación.

Al evaluar las ofertas presentadas por una asociación, consorcio o compromiso de asociación o consorcio, MOVIDELNOR EP deberá considerar los aportes de cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del formulario de la oferta, que es parte de los presentes Pliegos e integra en consecuencia la oferta.

4.4.1.1. - PRIMERA ETAPA: INTEGRIDAD DE LAS OFERTAS Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS; METODOLOGÍA "CUMPLE/ NO CUMPLE":

4.4.1.1.1. - INTEGRIDAD DE LA OFERTA:

Se revisará que la oferta haya incorporado todos los formularios y documentación definidos en los Pliegos, conforme el siguiente detalle:

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I.- Formulario de la oferta:

1.1. - Presentación y compromiso:

Son las declaraciones y compromisos del oferente que participa en el proceso.

1.2. - Datos generales del oferente:

Los participantes deberán presentar, anexa a este formulario, la siguiente documentación, en originales o copias certificadas por Notario Público, y debidamente apostillada si es expedida en otro país en caso de serlo, estos documentos se los presentara previa firma del contrato:

• Las personas jurídicas nacionales deberán presentar la escritura pública de constitución y nombramiento del representante legal inscrito en el Registro Mercantil. Las compañías u otras empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas, deberán presentar documentación sobre su constitución, representante legal y de estar domiciliadas en el Ecuador y tener un apoderado o representante en el Ecuador que pueda cumplir las obligaciones contraídas y contestar demandas. El giro de negocio de las empresas debe ser compatible con el objeto del contrato.

• El Registro Único de Contribuyentes (RUC), o documento similar tratándose de empresas extranjeras.

• Declaración juramentada ante Notario Público de no estar incurso en las inhabilidades establecidas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y 110 y 111 de su Reglamento General (RGLOSNCP).

• Certificados actualizados de cumplimiento de obligaciones con el SRI, IESS, SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS.

• Registro Único de Proveedor, RUP y certificado de no ser contratista incumplido otorgado por SERCOP.

• COMPROMISO DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO: Constituye parte de la oferta, la declaración juramentada del oferente ante Notario Público, debidamente justificada y documentada, de que cuentan con la propiedad de los bienes y servicios que proveerán y/o que serán financiados con recursos propios o mediante una línea de crédito aprobada por una institución del sistema financiero.

• Declaración juramentada ante Notario Público de licitud de fondos y que el financiamiento no proviene de paraísos fiscales.

• Se adjuntará la garantía de seriedad de la oferta.

Las asociaciones o consorcios de personas naturales o jurídicas u otros consorcios: Entre empresas nacionales, o entre empresas nacionales con extranjeras, o entre empresas extranjeras una de las cuales deberá estar domiciliada y con representación legal en la República del Ecuador, deberán presentar la escritura pública

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mediante la cual se haya celebrado el contrato de asociación o consorcio en el Ecuador, cuyo objeto expreso es ejecutar el contrato de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE; escritura pública en la que debe constar la designación de un apoderado o represente legal.

Para las asociaciones o consorcios por constituirse, con personas naturales, jurídicas y otros consorcios o asociaciones, nacionales o extranjeros, deberán presentar el compromiso de asociación o consorcio, en escritura pública celebrada ante Notario Público en la República del Ecuador, en el cual además designarán un mandatario que los represente. Las personas que se comprometen a asociarse o consorciarse deberán comprobar documentadamente su existencia y representación legal; y, por cuanto una de las empresas debe ser nacional o extranjera domiciliada en la República del Ecuador, estas presentarán la documentación sobre su constitución y representación legal. Como requisito previo a la celebración del contrato, el consorcio o asociación deberá haberse constituido mediante escritura pública celebrada ante Notario Público en la República del Ecuador con la designación de un apoderado o representante legal.

1.3. - Nómina de socio(s), accionista(s) o partícipe(s) mayoritarios personas jurídicas oferentes:

En caso de asociaciones o consorcios constituidos o por constituirse, esta información corresponde a cada uno de los asociados o consorciados.

1.4. - Situación financiera:

Presentar los documentos que acrediten la situación financiera y variaciones, incluyendo los formularios de la declaración del Impuesto a la Renta presentados al SRI del oferente correspondiente al año fiscal 2016 o su equivalente para empresas extranjeras. Los consorcios por constituirse presentarán la documentación correspondiente a cada empresa integrante.

La Comisión Especial de MOVIDELNOR EP ha procedido a incorporar en los pliegos los índices financieros que van a ser utilizados en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos.

a. índice de Solvencia: Activo Corriente / Pasivo Corriente = o > 1,00

b. índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total = o < 1,5

El incumplimiento de los índices financieros no es causal de rechazo de la oferta.

1.5. - Modelo del sistema:

El oferente deberá presentar los manuales operativos del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

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1.6. - Metodología:

A definirse con la empresa adjudicada.

1.7. - Cronograma:

Entrega de un cronograma de implementación, capacitación certificada del personal operativo y técnico, soporte y mantenimiento del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE. Las actividades deberán estar suficientemente diferenciadas para permitir su adecuado control y seguimiento. Se considerará la correcta secuencia de actividades para la implementación y operación.

1.8. - Experiencia del oferente:

La experiencia deberá ser demostrada documentadamente, a través de certificaciones otorgadas por los beneficiarios de los bienes y servicios. En ningún caso se aceptará certificaciones del mismo oferente. La Comisión Especial podrá considerar otros documentos en los que se demuestre la experiencia del oferente.

1.9. - Bienes y servicios asignados al proyecto:

Para cada componente describir los bienes y servicios que proveerá el socio estratégico, justificados documentadamente y manuales técnicos que correspondan.

Además, se probará documentadamente la propiedad de los bienes y servicios, o la disponibilidad de recursos financieros propios o línea de crédito aprobada por una institución del sistema financiero para su adquisición.

1.10. - Propuesta de inversión:

El oferente consignará la siguiente información sobre la inversión referencial: Inversión referencial por años, inversión total, participación esperada y forma de pago, y aporte al FONDO DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL.

En el formulario 1.2.- Datos generales del oferente, ya consta anexado el COMPROMISO DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO.

II.- Personal técnico asignado al proyecto:

De acuerdo al requerimiento, el Oferente consignará la siguiente información del personal técnico asignado al proyecto.

2.1.- Personal técnico asignado al proyecto.

2.2 Compromiso del personal técnico asignado al proyecto.

2.3 Hoja de vida del personal técnico asignado al proyecto.

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REPÚBLICA D& ECUADOR

III. - Compromiso de asociación o consorcio:

En caso de aplicar, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que, si fueren seleccionados, constituirán el consorcio o asociación mediante escritura pública celebrada ante Notario Público en la República del Ecuador.

En el formularlo 1.2.- Datos generales del oferente, ya consta anexado el compromiso de asociación o consorcio, en escritura pública celebrada ante Notario Público en la República del Ecuador, en el cual además designarán un mandatario que los represente.

IV. - Licitud de fondos:

Consiste en la declaración que hace el oferente que los fondos que serán utilizados para financiar el proyecto, son lícitos y no proceden del lavado de activos, ni son producto o resultado de delitos o constituyen instrumentos de ellos, ni provienen de paraísos fiscales.

En el formulario 1.2.- Datos generales del oferente, ya consta anexada la declaración juramentada ante Notario Público de licitud de fondos.

4.4.1.1.2.- VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS:

Para cada oferta, la Comisión Especial verificará el cumplimiento documentado de los requisitos mínimos en lo siguiente: Experiencia general, experiencia específica, personal técnico, experiencia del personal técnico y equipo mínimo.

4.4.1.1.3.- FORMATO PARA CALIFICACIÓN:

La Comisión Especial, para la calificación Cumple / No Cumple utilizará el siguiente formato:

PARÁMETRO CUMPLE NO CUMPLE OBSERVACIONES

Integridad de la oferta

Modelo operativo del sistema

Experiencia del oferente

Personal técnico propuesto para el proyecto

Bienes y servicios asignados al proyecto

Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros establecidos en estos Pliegos, pasarán a la etapa de evaluación de ofertas por puntaje.

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4.4.1.2.- SEGUNDA ETAPA: EVALUACIÓN POR PUNTAJE

Dicha calificación permitirá la adecuada aplicación del criterio de mejor costo. En la metodología de evaluación por puntaje se observará el principio de la proporcionalidad o ponderación y en consecuencia la aplicación de puntajes de "cero" no será pertinente.

4.4.1.2.1.- EVALUACIÓN TOTAL POR PUNTAJE

PARÁMETRO EVALUACIÓN MAYOR PUNTAJE

Propuesta de inversión

Inversión total ofertada. Se asignará el mayor puntaje a la oferta que presente el mayor valor de inversión; a las demás ofertas corresponde un puntaje menor al primero por un menor valor de inversión.

10 puntos 100 puntos

Participación esperada. Se asignará el mayor puntaje a la oferta que presente la menor participación esperada durante los cinco primeros años y durante los últimos tres años de vigencia del contrato; a las demás ofertas corresponde un puntaje menor al primero por una mayor participación esperada.

70 puntos

Forma de pago de la participación.

Obtendrá el mayor puntaje el oferente que como forma de pago establezca la transferencia directa de MOVIDELNOR EP al socio estratégico. Si es a través de un fideicomiso mercantil o encargo fiduciario 5 puntos.

10 puntos

Aporte al fondo de seguridad y educación vial.

Se asignará el mayor puntaje a la oferta que presente el mayor aporte al fondo de seguridad y educación vial; a las demás ofertas corresponde un puntaje menor al primero por un menor aporte.

10 puntos

4.4.1.2.2.- FORMATO PARA CALIFICACIÓN POR PUNTAJE

PARÁMETRO OFERTA 1 OFERTA 2 ...OFERTA N

Propuesta de inversión

Inversión total ofertada.Participación esperada.Forma de pago de la Participación.Aporte al fondo de Seguridad y Educación vial.

TOTAL 1 . ]

69■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ■ ....Av. Eloy Alfaro y C . Julio Zaldumbide (esquina) - Ibarra - Ecuador

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Se considerará como oferente seleccionado, a la oferta que obtenga el mayor puntaje, en caso de igualdad en el puntaje total de los oferentes habilitados y con la finalidad de seleccionar la mejor oferta, se recomendará como oferente ganador al que tenga la mejor situación financiera: índices de solvencia y de endeudamiento.

4.5.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y SESIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL:

PRESENTACIÓN:

Las ofertas deberán ser presentadas de forma física; se entregará en un sobre único en Secretaría de la Comisión Especial (Asesoría Jurídica de MOVIDELNOR EP) hasta la fecha y hora indicadas en la invitación.

No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega- recepción.

El Secretario de la Comisión Especial recibirá las ofertas, conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.

SESIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL:

APERTURA:

Treinta minutos (30) más tarde de aquella fijada como límite para la presentación de las ofertas, se procederá a la apertura de las mismas, este acto será público y se efectuará en la misma oficina donde se las receptó.

INFORMES:

La Comisión Especial dispondrá los informes técnico, administrativo-financiero y jurídico que considere necesarios para la calificación de las ofertas; y, a la Gerente Financiera el informe de aceptación de la garantía de seriedad de la oferta.

Una vez que venzan los plazos concedidos y se cuente con los informes referidos, continuará la sesión para la calificación.

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CORRECCIÓN Y COMPLEMENTACIÓN:

Si al analizar las ofertas presentadas, la Comisión Especial determinare la existencia de uno o más errores o falta de información y documentación, solicitará al oferente su corrección y complementación de acuerdo a los plazos establecidos en el siguiente cronograma:

Convocatoria Pública 10-04-2017 06:00Publicación 10-04-2017 11:00Preguntas 11-04-2017 11:00Aclaración y respuestas 12-04-2017 11:00Entrega de ofertas 12-04-2017 16:00Aperturas de ofertas 12-04-2017 16:30Solicitud de corrección y complementación

12-04-2017 20:00

Respuestas de correcciones y complementaciones

17-04-2017 20:00

Calificación de ofertas 18-04-2017 08:00Informe de selección 18-04-2017 15:00

CALIFICACIÓN:

La Comisión Especial procederá a calificar las ofertas con las metodologías: CUMPLE/NO CUMPLE y por PUNTAJE.

4.6.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO:

Para la celebración del contrato, la Comisión Especial informará sobre el cumplimiento de la documentación por parte del oferente seleccionado, presentada en originales o copias certificadas por Notario Público, y debidamente apostillada si es expedida en otro país: •

• Toda la documentación que el oferente debe presentar anexa al formulario 1.2.- Datos generales del oferente, en su oferta.

• En caso de que el oferente sea una promesa de consorcio o asociación: Escritura pública ante Notario de la República del Ecuador, de constitución del consorcio o asociación y representación legal. Registro Único de Contribuyentes (RUC) y Registro Único de Proveedores (RUP) del consorcio o asociación.

• Certificación de la institución financiera nacional, que contiene el número y titular de la cuenta del Proveedor, en la cual MOVIDELNOR EP realizará las transferencias de los valores de los ingresos que le corresponden al socio estratégico.

• Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

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SECCIÓN V

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y FORMULARIOS

5.1.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:

La oferta deberá ser presentada en forma física en un sobre que contenga la siguiente ilustración:

EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD DEL NORTE (MOVIDELNOR E.P.)

CONTRATACIÓN DE "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DELTRÁNSITO EN TERRITORIO"

Crnl (s.p.) Edgar López Gerente General Presente

PRESENTADA POR:__

2.- FORMULARIOS:

El oferente, en los formularios determinados incluirá la información correspondiente a su oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en los formulario que contienen los presentes Pliegos.

PROCESO No. AE-EPMN-001-2017

SOBRE ÚNICO

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I.- FORMULARIO DE LA OFERTA

NOMBRE DEL OFERENTE:...........................................................

1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por la EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD DEL NORTE (MOVIDELNOR E.P.) para la contratación de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, luego de examinar los Pliegos, al presentar esta oferta por (representante legal o apoderadod e ...... si es persona jurídica), (procurador común de..., si se trata de asociación o consorcio; representante decompromiso de consorcio) declara que:

1. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

2. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de alianza estratégica y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará -directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.

3. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de MOVIDELNOR EP. que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del Pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de Contratistas, o declaratoria de terminación del procedimiento, recepción de productos o

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servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en proceso de contratación.

4. Acepta que la Gerencia General:

■ Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, durante el proceso de contratación, en cualquier momento podrá proponer el rechazo o descalificación de ofertas, lo cual será resuelto por el Gerente General.

Por causas imputables a los oferentes o por convenir a los intereses institucionales, en cualquier momento podrá decidir terminar anticipadamente el proceso de contratación y su reapertura, lo cual será resuelto por el Gerente General.

Incluso podrá decidir la terminación unilateral del contrato vigente por haberse realizado contraviniendo la normativa legal aplicable y lo dispuesto en los Pliegos, lo cual será resuelto por el Gerente General.

Por las actuaciones de la Comisión Especial, no habrá lugar a reclamo y/o pago de indemnización alguna a los oferentes.

En caso de rechazo o descalificación de la oferta, terminación anticipada del proceso, terminación del contrato, por causas imputables al oferente, se allana a responder por los daños y perjuicios que haya ocasionado. Para la ejecución de las garantías de seriedad de la oferta y garantía de fiel cumplimiento del contrato, no se requiere la realización de ningún procedimiento administrativo previo.

5. Conoce y acepta que MOVIDELNOR EP se reserva el derecho de seleccionarlo; o, rechazar y descalificar su oferta, o terminar anticipadamente el proceso, por causas imputables al oferente o convenientes a los intereses institucionales; y, a terminar el contrato. Sin que dicha resoluciones ni las que le corresponde expedir al Gerente General, cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.

6. Al presentar esta oferta declara bajo juramento ante Notario Público que los fondos para el financiamiento de la ejecución de la obra, no tienen origen ilícito o son producto de actividades delictivas, ni provienen de paraísos fiscales.

7. Se somete a las condiciones, prescripciones y procedimientos establecidos en estos Pliegos; y acepta que la normativa aplicable para esta contratación de alianza estratégica es la ley nacional. Se someterá a lo prescrito en la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), la RESOLUCIÓN de inicio del proceso que deberá expedir el Gerente General, los Pliegos del proceso de contratación, el Contrato, y otra normativa aplicable expresamente citada.

8. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, al tiempo que autoriza a MOVIDELNOR

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EP efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de MOVIDELNOR EP que el oferente hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, será causal para rechazar la oferta o descalificarla, terminar anticipadamente el proceso de contratación, y de ser el caso, terminar el contrato vigente, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.

9. Declara bajo juramento ante Notario Público, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.

10. En caso de que sea seleccionado, conviene en:

a) Firmar el contrato en la fecha que determine la Comisión Especial.

b) Acepta que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato, se lo declarará proveedor fallido.

c) Como requisito previo a la celebración del contrato, se compromete a entregar toda la documentación requerida en los Pliegos.

11. Suministrará oportunamente los bienes y servicios requeridos, ofertados y contratados para la instalación y operación del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, en los plazos y condiciones aceptados; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual.

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IIMEPEMPRESA PÚBLICA

DE MOVILIDAD

1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE

Persona natural

Persona jurídica

Consorcio o asociación

NOMBRE DEL OFERENTE:

REPRESENTANTE LEGAL: (Representante legal cuando se trata de persona jurídica, y apoderado o procurador común de ser el caso.)

Ciudad:

Calle (principal)

No.

Calle (intersección)

Teléfono(s)

Correo electrónico

Cédula de Ciudadanía (Pasaporte)

R.U.C o similar extranjero

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1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES:

A. DECLARACIÓN

En mi calidad de representante legal de... (Razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionista o partícipes que detallo más adelante. Ninguno de ellos esté inhabilitado para participar en los procedimientos de contratación pública.

2. Que la compañía a la que represento... (El oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.

(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)

3. Me comprometo a notificar a notificar a MOVIDELNOR E, la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que MOVIDELNOR EP declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.('Esto declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa.

4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, MOVIDELNOR EP rechace y descalifique la oferta de mi representada.

5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a MOVIDELNOR EP, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

6. 6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, MOVIDELNOR EP podrá proponer el rechazo o descalificación de ofertas, lo cual será resuelto por el Gerente General.

NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:

TIPO DE PERSONA JURÍDICA:

Compañía Anónima □Compañía de Responsabilidad Limitada

Compañía Mixta □Compañía en Nombre Colectivo □Compañía en Comandita Simple □Sociedad Civil □Corporación □Fundación OAsociación o consorcio nOtra □

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Nombres completos del socio(s), accionista (s), partícipe(s)

Número de cédula de identidad, ruc o identi®áásiin)sinniíter emitida por país extranjero, de ser el

caso

Porcentaje de participación en la estructura de propiedad

de la persona jurídica

DomicilioFiscal

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:

Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)

Número de cédula de identidad, RUC o identificación similar emitida por país

extranjero, de ser el caso

Porcentaje de participación en 1; estructura de propiedad de la

persona jurídica

DomicilioFiscal

Notas:

1. Este formato 1.3 del Formulario de la oferta solo será llenado por personas jurídicas. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.) Las personas naturales no están obligadas a presentar este formulario.

78Uní

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wmm1.4 SITUACIÓN FINANCIERA

La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior - 2016, - que fue entregado al Servicio de Rentas Internas SRI; con el resultado de auditorías contratadas por la empresa, u otro documento que revele la información solicitada.

EL participante presentará la información requerida por la entidad para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro:

índice Indicadorsolicitado

Indicador declarado por el oferente

Observaciones

Solvencia*

Endeudamiento*

Otro índice resuelto por la entidad contratante *

Las fórmulas para el cálculo de índices son las siguientes:

c. índice de Solvencia: Activo Corriente / Pasivo Corriente = o > 1,00d. índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Patrimonio = o < 1,5

1.5. - MODELO DEL SISTEMA:

Indicar con suficiente detalle, el modelo operativo del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

1.6. - METODOLOGÍA:

Sera acordada por las parte con el Socio Estratégico adjudicado.

1.7. - CRONOGRAMA:

Entrega de un cronograma de implementación, capacitación certificada del personal operativo y técnico, soporte y mantenimiento del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN. Las actividades deberán estar suficientemente diferenciadas para permitir su adecuado control y seguimiento. Se considerará la correcta secuencia de actividades para la implementación y operación.

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1.8.- EXPERIENCIA DEL OFERENTE:

La experiencia deberá ser demostrada documentadamente, a través de certificaciones otorgadas por los beneficiarios de los bienes y servicios. En ningún caso se aceptará certificaciones del mismo oferente. La Comisión Especial podrá considerar otros documentos en los que se demuestre la experiencia del oferente.

Empresa o socio, majyt jta«fa¡»^c^|aás»det£09&>éfeí|BS diez años de experiencia en el desarrollo de sistemas avanzados para el control de tránsito.EMPRESA/SOCIO MAYORITARIO

CONTRATANTE DEL SERVICIO REPRESENTANTELEGAL

DIRECCIÓN TELÉFONO EMAIL TIEMPO CERTIFICACIÓN

Empresa o socio mayoritario, con más del 50% de participaciones, debe ser el fabricante o desarrollador, de primera mano, de las plataformas, software necesario, sistemas y equipos móviles, con radar, de detección móvil de velocidad de vehículos.

EMPRESA/SOCIO MAYORITARIO

PLATAFORMAS, SOFTWARE NECESARIO, SISTEMAS Y EQUIPOS ; MÓVILES, CON RADAR, DE DETECCIÓN MÓVIL DE VELOCIDAD DE

VEHÍCULOS.

CERTIFICACIÓN

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1.9.- BIENES Y SERVICIOS ASIGNADOS AL PROYECTO:

Para cada componente describir los bienes y servicios que proveerá el socio estratégico, justificados documentadamente y manuales técnicos que correspondan.

Además, se probará en forma documentada la propiedad de los bienes y servicios, o la disponibilidad de recursos financieros propios o línea de crédito aprobada por una institución del sistema financiero para su adquisición.

BIEN 0 SERVICIO DESCRIPCIÓN(JU STIFICADA)

MEDIDA CANTVALOR

(JU STIFICA D O

)

FINANCIAM IENTO(JU STIFICA D O )

Dispositivo móvil de detección de velocidad

Unidad 15

Software comando para la Integración y gestión de dispositivos y salas de control

Unidad 1

Dispositivo de comunicación que integre red celular y localización GPS provista de grabación y transmisión de audio y video

Unidad 350

Central computarizada de monitoreo, control y operación Unidad 4

Instalación y configuración de equiposUnidad 1

Stock de repuestos de equipos

Unidad 1

Desarrollo de software e integración con otras plataformas

Unidad 1

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital

Año 8

Servicio de almacenamiento digital de datos

Unidad 1

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REPÚ6UCA DEL ECUADOR

MEPEMPRESA PÚBLICA

DE MOVILIDAD

Camionetas doble cabina 4X4 Diesel 3.0 crdi, equipadas para patrullaje

Unidad 15

Mantenimiento preventivo del parque automotor mencionado

Unidad 135

Plan de comunicación

Unidad 1

Servicio de interconexión Año 8

Seguro de los vehículos Unidad/Año

15u 8años

Seguro de los equipos de detección de velocidad

Unidad / Año

15u 8años

Suministros de oficina Año 8

Mobiliario de oficina Unidad 1

Arriendo de oficina Año 8

Actualización, mantenimiento y soporte técnico de equipos; mantenimiento correctivo de vehículos

Año 8

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1.10.- PROPUESTA DE INVERSIÓN:

El oferente consignará la siguiente información sobre la inversión: Inversión por años, inversión total, participación esperada y forma de pago, y aporte al fondo de Seguridad y Educación Vial.

INVERSIÓN POR AÑOS

En el formato "3.1.2.- INVERSIÓN REFERENCIAL POR AÑOS"

INVERSIÓN TOTAL OFERTADA: Que no podrá ser menor a US $ 11.300.000 + IVA.

(USD)

PARTICIPACIÓN OFERTADA: La participación ofertada no será superior al 37,5% durante los primeros cinco años del contrato y el 32,5% durante los últimos tres años de vigencia del contrato, sobre los ingresos de MOVILDENOR EP por multas por exceso de velocidad dentro de rango moderado y fuera de rango moderado.

PRIMEROS CINCO AÑOS ÚLTIMOS TRES AÑOS

(%) (%)

FORMA DE PAGO: Se debe describir la forma de pago de la participación en los ingresos: Transferencia mensual que directamente realice MOVIDELNOR EP a la cuenta bancaria nacional que determine el socio estratégico; o, pago a través de un fideicomiso mercantil y/o encargo fiduciario. Si se determina el fideicomiso mercantil o el encargo fiduciario, el socio estratégico que es el Beneficiario asumirá todos los costos de constitución y administración.

TRANSFERENCIA M EN SUAL QUE

DIRECTAM ENTE REALICE

M OVIDELNOR EP A LA CUENTA

BANCARIA N ACIO NAL QUE

DETERM INE EL SOCIO

ESTRATÉGICO

PAG O A TRAVÉS DE UN

FIDEICOM ISO M ERCAN TIL Y/O

EN CARGO FIDUCIARIO

(x) (X)

FONDO DE SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL: Aporte al FONDO DE SEGURIDAD Y EDUACIÓN VIAL, que mínimo será el 2.5% que se reducirá de los porcentajes de participación.

(%)

En el formulario 1.2.- Datos generales del oferente, ya consta anexado el COMPROMISO DE FINANCIACIÓN DEL PROYECTO.

Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,

FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)**

(LUGAR Y FECHA)

**Nota: El formulario de la oferta que se compone por todos los documentos enumerados del 1.1 al 1.10 requiere una sola firma.

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E PFRSONAl l Í é a Í á S M ^ Í l » g É ^ É Í Í I ^ Í

2.1.- PERSONAL TÉCNICO ASIGNADO AL PROYECTO

NOMBRE NACIONALIDADFORMACIÓN

PROFESIONAL

EXPERIENCIA EN PROYECTOS SIMILARES

(JUSTIFICADA) OBSEVACIONESTIEMPO PROYECTO

Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario.

FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)

«■84

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Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios durante la realización del proyecto, en caso de ser seleccionado, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida y experiencia, constantes en el numeral 2.3 de este formulario.

TAREAS ASIGNADAS:

Lugar y Fecha

(Firma, Nombre y Número CC)

(Personal Técnico Asignado al Proyecto)

Nota:

Este formulario deberá estar firmado por el personal técnico para ser considerado en el proyecto, exclusivamente.

2.3 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO ASIGNADO AL PROYECTO

Hoja___de

1. Nombres completos:

2. Lugar y fecha de nacimiento:

3. Nacionalidad:

4. Formación profesional:

5. Experiencia:

Empresa / InstituciónContratanteProyectoPapel desempeñadoTiempo de participaciónActividades relevantes

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III.- COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte,................... , debidamente representadapor.......................... ; y, por otra parte,........representada por.............................

Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso de contratación convocado por MOVIDELNOR EP, de la "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO".

En caso de resultar seleccionados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que constituirán la asociación o consorcio mediante escritura pública celebrada ante Notario Público de la República del Ecuador.

Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle:

Como mandatario y por consiguiente representante de este compromiso de consorcio nombramos a (nombres y apellidos, número de cédula o pasaporte).

Atentamente,

Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2RUC No. RUC No.

Promitente Consorciado (n) RUC No.

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IV.- LICITUD DE FONDOS

REPÚBLICA DEL ECUADOR

■ ■ R E

CERTIFICO que los fondos del oferente ________________________ , que serán utilizados para financiar la"ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO", son lícitos y no proceden del lavado de activos, ni son producto o resultado de delitos o constituyen instrumentos de ellos, ni provienen de paraísos fiscales.

Firma Representante Legal

Lugar y fecha

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

5.3.- MODELO REFERENCIAL DE CONTRATO

CONTRATO DE "ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN

DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIALDE LA REGIÓN DEL NORTE"

Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la EMPRESA PÚBLICA DE MOVILIDAD DEL NORTE (MOVIDELNOR E.P.), legalmente representado por el Crnl (s.p.) Edgar López Mejía, en su calidad de Gerente General, a quien en adelante se le denominará "MOVIDELNOR" o "CONTRATANTE"; y, por otra, representado legalmente por el | , en su calidad de a quien en adelante se le denominará "SOCIO ESTRATÉGICO" o "CONTRATISTA". Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera.- ANTECEDENTES:

01.01. - La Empresa Pública de Movilidad del Norte, mediante Resolución 003-GG-2017-EP de 07 de abril del 2017, expedida por el Gerente General, aprueba los pliegos e inicia el procedimiento de contratación de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE; encargando a la Comisión Especial, la realización y sustanciación del proceso de contratación que, inicia desde la citada Resolución hasta que se presente el informe de selección a la Gerencia General.

01.02. - MOVIDELNOR EP, a través de una publicación realizada el 10 de abril del 2017 en el periódicos EL COMERCIO de circulación nacional, convoca a personas naturales o jurídicas, asociaciones de éstas o consorcios, nacionales y extranjeras, que se encuentren legalmente habilitadas para contratar y ejercer su giro de negocio, compatible con el objeto del contrato, a participar en el proceso de contratación de la ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

01.03. - En el desarrollo del proceso, las empresas | presentaron sus ofertas, consistentes en |

01.04. - La Comisión Especial, en sesión de g | , según consta en el ACTA resolvió: |

01.05. - La Comisión Especial, en sesión de £ , en la cual se procedió a negociar la oferta con la participación delProcurador Común del Consorcio...., según consta en el ACTA resolvió: |

01.06.- La Comisión Especial, en sesión de 0 , según consta en el ACTA J | , resolvió: "RESOLUCIÓN No. ] elecciór

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01.07. - El Gerente General de MOVIDELNOR, mediante RESOLUCIÓN No. i d e l resolvió seleccionar la oferta para ejecutar el contrato de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

01.08. - El numeral 17 del artículo 9 del Estatuto de MOVIDELNOR EP determina como deber y atribución del Directorio: "Autorizar al Gerente General la suscripción de inversiones y creación de alianzas estratégicas y cualquier otra forma asociativa sobre la base de los artículos 35 y 36 de la Ley de Empresas Públicas, así como la forma de realizar los procesos de escogimiento y selección"; y, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en concordancia con el numeral 3 del artículo 16 del mismo Estatuto le dan facultades al Gerente de la Empresa para suscribir las alianzas estratégicas aprobadas por el Directorio.

En sesiones de 5 de abril del 2017 y, según consta en el Acta 01-DIR-2017-EP resolvió autorizar el procedimiento para la contratación y la ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE con la empresa |

01.09. - Como parte de la oferta, el contratista... presentó la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA cuyo beneficiario es MOVIDELNOR EP, por cien mil dólares de los Estados Unidos de América (US D 100.000,00) y 30 días de plazo. Esta garantía se presentó en la siguiente form aj; la misma que fue aceptada por la Gerente Financiera de MOVIDELNOR EP, mediante Memorando N o .(. La garantía de seriedad de la oferta será devuelta al Proveedor contratado cuando MOVIDELNOR E.P. suscriba el contrato de alianza estratégica; o ejecutada, sin que medie ningún trámite administrativo, si es rechazada o descalificada la oferta por causas imputables al oferente o no suscribiere el contrato de alianza estratégica.

Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO:

Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:

02.01.- Documentos integrantes del contrato que se protocolizan conjuntamente con el contrato:

• Cédulas de ciudadanía (o pasaportes), de los comparecientes.• Documento que acredite la calidad de Gerente General de MOVIDELNOR EP, consistente en f¡• Resolución del Directorio de MOVIDELNOR EP, que autoriza la alianza estratégica con £• Escritura Pública de constitución de la empresa |• Registro Único de Contribuyentes (RUC) y Registro Único de Proveedores (RUP) d e l...• Resolución....d e l..... , expedida por el Gerente General de MOVIDELNOR EP, que selecciona la oferta de

| para ejecutar el contrato de ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE

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■02.01. - Documentos integrantes del contrato que no se protocolizan:

• Los Pliegos aprobados por el Gerente General de MOVIDELNOR EP, mediante Resolución 003-GG-2017- EP del 07 de abril del 2017.

• La oferta presentada por el Contratista.• La negociación de la oferta, realizada por la Comisión Especial y el | , en sesión de según consta en

ACTA l y RESOLUCIÓN No. 1• La certificación de la Gerente Financiera de MOVIDELNOR EP, que certifica que MOVIDELNOR E.P no

cuenta con los recursos suficientes para emprender con el negocio.

Cláusula Tercera.- INTERPRETACION Y DEFINICIÓN DE TERMINOS:

3.01. - Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

a) Cuando los términos de este contrato tomen como referencia los definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o los términos propios de este contrato, se atenderá su tenor literal.

b) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.

c) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

d) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.

3.02. - Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:

a) "Seleccionado", es el oferente a quien MOVIDELNOR EP seleccionó para que suscriba el contrato.

b) "Comisión Especial", es la responsable de realizar y sustanciar el proceso de contratación, según consta en los Pliegos.

e) "Oferente", es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta".

f) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los Pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser seleccionada a suscribir el contrato.

MEPEMPRESA PÜBUCA

DE MOVILIDAD

REPUBLICA DEL ECUADOR

mm

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R£PÚ8UCA DEL ECUADOR

Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO:

4.01. - El CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE, a proveer o aportar a MOVIDELNOR bienes muebles, automotores, equipos, dispositivos, software informático, aplicaciones para bases de datos, servicios de conectividad, interconexión, comunicación y almacenamiento digital de datos, central computarizada de monitoreo, control y operación, comunicación preventiva; la instalación y configuración, mantenimiento y actualización del sistema; la formación profesional y capacitación al personal de MOVIDELNOR EP; y, demás bienes y servicios requeridos; que permitan y mantengan la total, completa y óptima operación del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE .

4.02. - El CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE a instalar y dar el soporte físico y tecnológico para la operación del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE; aportando a MOVIDELNOR los siguientes bienes y servicios ofertados:

BIEN 0 SERVICIO DESCRIPCIÓN MEDIDA CANT.

Dispositivo móvil de detección de velocidad

Dispositivo móvil que detecta la velocidad instantánea de los vehículos a través de un sistema homologado detección de velocidad, que pueda ser instalado en los automóviles del parque automotor de patrullaje de MOVIDELNOR, que permita medir la velocidad de vehículos y capturar fotogramas y vídeos que sirven de ayuda al agente verificador para documentar la infracción, completándola con los datos de la medición y la información temporal y de localización que el mismo mecanismo provee y brindando servicios complementarios entre los que se deben encontrar la lectura de placa en tiempo real.Posee:- Homologación para un dispositivo que por su ubicación sea catalogado como móvil y que por su función sea híbrido según la ANT y que posea homologación internacional OIML R-91certificada por un instituto internacional y por el INEN

Unidad 15

Software comando para la integración y gestión de dispositivos y salas de control

Software o plataforma de una interfaz simple de usar- Un módulo de lógica de la aplicación para procesos- Un módulo de acceso de datos optimizado Unidad 1

Dispositivo de comunicación que integre red celular y

Dispositivo de comunicación robusto

- Transmisión de vídeo y audio en tiempo real- Recepción en tiempo real de vídeo desde otro dispositivo

Unidad 350

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MEP

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localización GPS provista de grabación y transmisión de audioy video

- Fotografía- PTT (Push to Talk)- Localización por GPS- Control de funciones desde la Central Operativa (inicio / parar, registro de grabación o difusión de vídeo)- Todas las comunicaciones están encriptadas o cifradas con algoritmo AES 256

Centralcomputarizada de monitoreo, control y operación

Salas operativas que permitan el monitoreo y control de todos los dispositivos en el campo y operarios Unidad 4

Instalación y configuración de equipos

- Instalación y configuración de los equipos y sistemas de detección de velocidad en los vehículos- Instalación del software comando- configuración de los dispositivos de asistencia para los agentes- Formación profesional sobre uso de los dispositivos y sistemas

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Unidad 1

Stock de repuestos de equipos

Número de stock de equipos para reemplazar en eventualidades o emergencias:- 2 dispositivos móviles para medir velocidad- 30 dispositivos de comunicación robustos de asistencia en audio y video para agentes-1 Módulo de carga y descarga de datos

Unidad 1

Desarrollo de software e integración con otras plataformas

Desarrollo de software informático, aplicaciones para bases de datos de acuerdo a las características únicas que se requiera. Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de matrículas, Integración de los sistemas con la plataforma y/o base de datos de multas.

Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Unidad 1

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital

Servicio de conectividad y servicio de comunicación satelital mínimo 5gb, paquete de datos que permita, localización GPS, transmisión de audio y video HD en datos y la comunicación entre todos los dispositivos tecnológicos.

Año 8

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Servicio de almacenamiento digital de datos

Servidor en nube digital de datos, para mayor seguridad de la información generada con garantía de funcionamiento 24/7 Unidad 1

Camionetas doble cabina 4X4 Diésel 3.0 crdi, equipadas para patrullaje

Vehículos Chevrolet D-max 3,0 turbo diesel crdi 4x4 con a/cSirena, baliza y alto parlanteArtes Institucionales de los vehículosMatrículas

Unidad 15

Mantenimiento preventivo del parque automotor mencionado

Mantenimiento preventivo de los automotores cada 5000 Km dentro del tiempo del proyecto, estimado 8 años a través de la casa comercial. Unidad 135

Plan de comunicación

FASE 1

- Estrategias de Relaciones Públicas FASE 2

- Relaciones Públicas

- Estrategia ATL

- Estrategia BTL

FASE 3

- Campañas de refuerzo

- Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica

Unidad 1

Servicio de interconexión

Servicio de internet fijo para las salas operativas mínimo de 10 megabits y máximo de 30 megabits

Año 8

Seguro de ios vehículos

Seguro de los vehículos, camionetas doble cabina 4X4Unidad /Año

15u8años

Seguro de los equipos de detección de velocidad

Seguro de los equipos de detección de velocidadUnidad /

Año15u

8años

Suministros de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesarioAño 8

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REPÚBLICA D€L ECUADOR

MEPEMPRESA PÚBLICA

DE MOVILIDAD

Mobiliario de oficina

De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesario Unidad 1

Arriendo de oficina De acuerdo a las centrales de operación y el equipamiento necesario Año 8

Actualización, mantenimiento y soporte técnico de equipos; mantenimiento correctivo de vehículos

Durante el tiempo que dure el proyecto, estimado 8 años, es necesario que exista la disposición de mantenimiento, servicio técnico permanente y actualización tecnológica de los mismos.

Personal técnico calificado con mínimo 5 años de experiencia específica.

Mantenimiento correctivo justificado del parque auto motor.

Año 8

El CONTRATISTA, durante la fase de instalación del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, obtendrá la homologación de los dispositivos que por su ubicación sea catalogado como móvil y que por su función sea híbrido según la Agencia Nacional de Tránsito, y que posean homologación internacional OIML R-91 certificada por un instituto internacional y por el INEN.

Los recursos físicos y tecnológicos que aporten el SOCIO ESTRATÉGICO, previa la justificación documentada de la inversión, deberán ser recibidos a entera satisfacción por MOVIDELNOR EP. Estos recursos, una vez que estén sin ningún tipo de deuda, finalizado el plazo del contrato, el SOCIO ESTRATÉGICO trasferirá la propiedad de los mismos a MOVIDELNOR EP.

4.03. - Para tal efecto, el SOCIO ESTRATÉGICO se compromete a desarrollar el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, con sujeción a su oferta, instrucciones de MOVIDELNOR y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.

En la ejecución del proyecto, el SOCIO ESTRATÉGICO utilizará recursos físicos de primera calidad y tecnológicos de última generación, utilizando las más avanzadas técnicas, con los métodos más eficientes y eficaces, con utilización de mano de obra especializada y calificada.

4.04. - El SOCIO ESTRATÉGICO, en la implementación y desarrollo del sistema, realiza las tareas encomendadas bajo su propia cuenta y riesgo, financiando sus operaciones y recuperación. Corresponde al CONTRATISTA proporcionar el financiamiento total y oportuno, la dirección técnica, proveer el personal técnico y los bienes y servicios requeridos para ejecutar debidamente el proyecto, de acuerdo al cronograma establecido y dentro del plazo convenido, a entera satisfacción del CONTRATANTE.

94

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4.05.- Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el proyecto cumpliendo con todos los compromisos establecidos en los Pliegos e instrucciones del CONTRATANTE.

Cláusula Quinta.- PRECIO DEL CONTRATO:

5.01. - El precio del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el 37,5 % en los primeros cinco años y el 32,5 % en los últimos tres años de vigencia de este contrato, sobre los ingresos de MOVILDENOR por multas por exceso de velocidad dentro de rango moderado y fuera de rango moderado.

5.02. - Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por su participación en el proyecto.

5.03. - El pago al SOCIO ESTRATÉGICO, previa la presentación de la correspondiente factura, se lo hará mediante transferencia mensual que directamente realizará MOVIDELNOR a la cuenta bancaria nacional que determine el SOCIO ESTRATÉGICO. (Pago a través de un fideicomiso mercantil y/o encargo fiduciario. Si se determina el fideicomiso mercantil o el encargo fiduciario, el socio estratégico que es el Beneficiario asumirá todos los costos de constitución y administración del fideicomiso)

En la estructura presupuestaria de MOVIDELNOR, se ha considerado las siguientes partidas aplicables a los gastos para la ejecución del proyecto SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

ICláusula Sexta.- INVERSIÓN DEL SOCIO ESTRATÉGICO:

6.01.- La mínima inversión que realizará el CONTRATISTA en el SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO, es de USD..., de acuerdo a la siguiente distribución por años dentro del plazo del presente contrato:

Cláusula Séptima.- GARANTÍAS:

7.01.- La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) de la inversión inicial del socio estratégico. Esta garantía será otorgada y presentada por el oferente seleccionado previamente a la firma del contrato de alianza estratégica, con una vigencia de ocho años y cinco meses, desde la fecha de firma del contrato. Esta garantía será devuelta al contratista cuando se realice la entregad-recepción única del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE, o ejecutada por terminación unilateral y anticipada del contrato.

Esta garantía se presentará en una de las siguientes formas: Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos. Fianza

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mmm

instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país.

7.02. - En razón de que las inversiones en este proyecto son de total responsabilidad del Contratista, no existe anticipo y consiguientemente no se lo garantiza.

7.03. - El Proveedor deberá presentar las garantías técnicas requeridas por MOVIDELNOR EP para garantizar la calidad y el correcto funcionamiento de los componentes del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO.

Además, MOVIDELNOR EP podrá requerir los seguros que correspondan a esta clase de contratación.

Cláusula Octava.- PLAZO:

8.01. - El presente contrato tendrá un plazo de ocho años a partir de su operación, y 5 meses dentro de los cuales se realizará la provisión e instalación total de los equipos y la capacitación necesaria del personal de MOVIDELNOR EP. El plazo de ocho años recurrirá a partir de que el sistema inicie su operación.

Cláusula Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO:

9.01. - El Contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que la Contratista así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.

a) Por fuerza mayor o caso fortuito, según lo establecido en el Código Civil Ecuatoriano, aceptado como tal por el Administrador del Contrato, previo informe de la fiscalización. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, la Contratista está obligada a continuar con la ejecución de la obra, sin necesidad de que medie notificación por parte del Administrador del Contrato.

b) Por suspensiones en los trabajos o cambios de las actividades previstas en el cronograma, motivadas por la Contratante u ordenadas por ella, a través del administrador y que no se deban a causas imputables a la Contratista.

c) Si la Contratante no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del proyecto.

d) Por paralizaciones o impedimento de realización de las actividades por razones comunitarias o de la población del área donde se ejecute los trabajos o vinculadas con las actividades operativas.

9.02. - En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.

9.03. - Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización del Administrador del Contrato y de la máxima autoridad de la Contratante, tiempos que no serán imputables a la Contratista.

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Cláusula Décima.- MULTAS:

10.01. - El primer año por cada día de retardo injustificado en la ejecución del proyecto, se aplicará la multa del uno por mil (1 por 1.000) de la inversión inicial; conforme vaya incrementándose la inversión se aplicara a ella el monto que corresponda.

10.02. - Por otros incumplimientos: MOVIDELNOR sancionará a la Contratista con multa diaria del uno por dos mil (1 x 2.000) del precio del contrato sin IVA en los siguientes casos:

• Si no dispone del personal técnico, de acuerdo a los compromisos contractuales.• Si no acatare las ordenes de la administración y durante el tiempo de dure este incumplimiento.

Los valores de las multas serán deducidas del valor facturado mensualmente.

Si el valor de las multas excede el 5% del monto total de inversión del Contratista, MOVIDELNOR podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente.

10.03. - Previa la aplicación de una multa por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de este contrato, el Administrador notificará a la Contratista mediante oficio en un plazo máximo de cinco (5) días calendario de evidenciado el hecho. La Contratista tendrá un plazo de diez (20) días calendario a partir de la notificación, para justificar el hecho motivo del incumplimiento, luego de lo cual el Administrador del Contrato aplicará o dejará sin efecto la multa, hecho que será puesto en conocimiento de la Contratista mediante oficio dentro de los cinco días subsiguientes al plazo concedido para la justificación.

Cláusula Décima Primera.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN:

11.01. - La Contratista no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este contrato. Sin embargo para la ejecución del proyecto podrá subcontratar determinadas tareas, previa autorización de la Contratante, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total de la inversión inicial.

11.02. - La Contratista será la única responsable ante la Contratante por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.

Cláusula Décima Segunda.- OTRAS OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA:

12.01.- A más de las obligaciones ya establecidas en las condiciones de los Pliegos, el Contratista está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.

12-02.- La Contratista se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de su personal técnico y administrativo, la calidad de empleador, sin que la Contratante tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del proyecto, ni con el personal del subcontratista.

12.03. - La Contratista se compromete a ejecutar el proyecto sobre la base de los pliegos oferta negociada del socio estratégico e instrucciones de MOVIDELNOR.

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Cláusula Décima Tercera.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE:

13.01. - Son obligaciones del Contratante cumplir con los pagos oportunos a favor de la Contratista, de acuerdo a lo establecido en este instrumento.

Cláusula Décima Cuarta.- RECEPCIÓN ÚNICA DEL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE

14.01. - Sobre inversiones que realice el Contratista, se realizarán entregas recepciones parciales.

14.02. - Al finalizar el presente contrato, se realizará la entrega-recepción única del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

En cuanto al contenido de las actas de recepción, se observará lo establecido por el Administrador del Contrato.

Cláusula Décima Quinta.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:

15.01. - La Contratista, no obstante la suscripción del acta de recepción única, responderá por los daños y perjuicios que ocasionare al Contratante, en la ejecución del proyecto SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

En caso de consorcio: Los miembros del Consorcio ... serán responsables solidaria e indivisiblemente por el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la oferta y del contrato, indistintamente del plazo de duración del consorcio y de las disposiciones que sobre responsabilidad de los socios consten en la escritura pública de constitución del mismo. La ejecución del contrato es indivisible y completa para los asociados.

Cláusula Décima Sexta.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:

16.01. - El SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE será administrado por MOVIDELNOR EP, a través de una Unidad Administrativa funcional que se conformará, en la que participará un delegado del socio estratégico en calidad de asesor, mientras dure el respectivo contrato. Corresponde a esta unidad administrativa planificar, implementar, administrar y controlar el sistema, y específicamente definir el ámbito geográfico y el alcance del control, y la inversión mayor del socio estratégico de acuerdo a las necesidades que se presenten en el desarrollo y operación del sistema.

El responsable de esta Unidad Administrativa será el Administrador del Contrato, el Ing. Wilson Aníbal Novoa Carrera. Técnico de Revisión Técnica Vehicular de MOVIDELNOR EP

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REPOeUCAOa ECUADOR

MEPEMPRESA PÚBLICA

DE MOVILIDAD ■maWWgBWIHMMi

Cláusula Décima Séptima.- TERMINACION DEL CONTRATO:

17.01. - El Contrato podrá terminar por las siguientes causas.

1. Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.

2. Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.

3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido de la Contratista.

4. Por declaración anticipada y unilateral de la Contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP y por cuanto la Contratista no realice toda su inversión y en forma oportuna; con sujeción al procedimiento establecido en el artículo 95 de la LOSNCP.

5. Por disolución del consorcio Contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes del mismo.

6. Por causas imputables al Contratante, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP.

Cláusula Décimo Octava.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:

18.01. - Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito.

Para que proceda el arbitraje, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República del Ecuador.

18.02. - En el caso de que se opte por la jurisdicción voluntaria, las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:

18.02.01. - Mediación: Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este mecanismo de solución de controversias, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:

18.02.02. - Arbitraje: El arbitraje será en Derecho;

1. Las partes se someten al Centro de Arbitraje de la Procuraduría General del Estado.

2. Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Arbitraje de la Procuraduría General del Estado.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

3. El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y en el Reglamento del Centro de Arbitraje de la Procuraduría General del Estado.

4. Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro.

5. Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria.

6. La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación.

7. La sede del arbitraje es la ciudad de Quito.

8. El idioma del arbitraje será el castellano.

9. El término para expedir el laudo arbitral será de máximo 90 días, contados desde el momento de la posesión del (los) árbitro(s).

18.03. - Si respecto de las divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y cualquiera de las partes decidan someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, será competente para conocer la controversia el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público.

18.04. - La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, la Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este contrato. Si la Contratista incumpliere este compromiso, el Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato.

Cláusula Décimo Novena: CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACION:

19.1. - La Contratista declara conocer y expresa su sometimiento de la legislación aplicable para esta contratación que se rige la ley nacional. Se someterá a lo prescrito en la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP), la RESOLUCIÓN de inicio del proceso que deberá expedir el Gerente General, los Pliegos del proceso de contratación, el Contrato, y otra normativa aplicable expresamente citada.

Cláusula Vigésima: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES:

20.01. - Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos y ejecución del contrato, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones serán autorizadas con su firma, en la empresa contratista por el Procurador Común o Representante Legal; y, en MOVIDELNOR, por el Administrador del Contrato.

Cláusula Vigésima Primera.- GASTOS:

21.01. - La Contratante retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios

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upersonales para la ejecución del contrato de acuerdo los artículos. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.

23.02.- Es de cuenta de la Contratista el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El número de ejemplares que debe entregar la Contratista a la parte Contratante es de (4) cuatro copias.

Cláusula Vigésima Segunda.- DOMICILIO:

21.01.- Para todos los efectos de este contrato, y para recibir comunicaciones y notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:

El CONTRATANTE:

Av. Eloy Alfaro y C. Julio Zaldumbide (esquina). Ibarra-Ecuador

El CONTRATISTA:

Cláusula Vigésima Tercera.- VIGENCIA DEL CONTRATO

El presente contrato entrará en vigor desde la fecha de su suscripción y protocolización.

Cláusula Vigésima Cuarta.- ACEPTACION DE LAS PARTES:

24.01.- Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.

Para constancia firman en Ibarra, a los en tres ejemplares de igual tenor y valor.

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SECCIÓN VI FASE CONTRACTUAL

6.1. - INICIO DEL PROYECTO:

El Contratista iniciará la ejecución del contrato, desde la fecha que entra en vigor. En el plazo contractual, el Contratista analizará conjuntamente con el Administrador del Contrato el avance de los trabajos, de acuerdo con el cronograma para la ejecución del proyecto. Por razones no imputables al Contratista, la administración reprogramará y actualizará el cronograma de trabajos.

Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control de avance del proyecto, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Contratista en la ejecución de los trabajos.

6.2. - CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES:

En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Contratista no pudiere obtenerla directamente del contrato, éstas se solicitarán a la administración.

6.3. PERMISOS Y AUTORIZACIONES:

El Contratista debe contar y disponer de todos los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal del proyecto, sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por la naturaleza del contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público.

6.4. - AVANCE DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO:

El Contratista deberá llevar un libro de ejecución del proyecto, en el cual se anotarán los avances en la ejecución del proyecto y las instrucciones del Administrador del Contrato.

6.5. - INVERSIONES:

El Contratista debe realizar todas las inversiones que constan en el contrato, en los tiempos oportunos.

6.6. - CRONOGRAMA:

El Contratista deberá cumplir con el cronograma de trabajos y de inversiones del proyecto.

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n6.7. - DISPOSICIONES DE ADMINISTRACIÓN:

Acatar las disposiciones de administración relacionadas a los correctivos necesarios que se deban implementar a fin de mejorar la calidad del proyecto y cumplir con los tiempos programados para el cumplimiento del plazo de ejecución de la ALIANZA ESTRATÉGICA PARA EL SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

Además corresponde al Contratista mantener el flujo de inversiones con fondos en forma constante e ininterrumpida hasta la finalización del contrato.

Emitir las facturas correspondientes a cada pago mensual que realice MOVIDELNOR.

El Contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.

6.8. - SOLUCIÓN DE PETICIONES Y PROBLEMAS:

Corresponde al MOVIDELNOR dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo 5 días contados a partir de la petición escrita formulada por el Contratista.

6.9. - VIGILANCIA Y CUSTODIA:

El Contratista tiene la obligación de cuidar los bienes y servicios a él encomendados hasta la recepción única del SISTEMA AVANZADO INTEGRAL DE PREVENCIÓN y CONTROL MÓVIL DEL TRÁNSITO EN TERRITORIO DE LA MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA COMPETENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DE LA REGIÓN DEL NORTE.

6.10. TRABAJOS DEFECTUOSOS O NO AUTORIZADOS:

Cuando la administración determine que los trabajos realizados fueren defectuosos, por causas imputables al Contratista, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar.

Los trabajos no autorizados correrán por cuenta del Contratista las rectificaciones o reposiciones a que haya lugar, los costos y el tiempo que ello conlleve.

Todos los trabajos que el Contratista deba realizar por concepto de reparación de defectos, hasta la recepción única del sistema, serán efectuados por su cuenta y costo.

6.11. - ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:

Al Administrador del Contrato le corresponde evaluar las acciones, decisiones y medidas tomadas por la Contratista para la ejecución del proyecto, con estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales, conforme los programas, cronogramas, plazos y costos previstos.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

e m p r e s a p ú b l ic a DE MOVILIDAD

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El Administrador será el encargado de la administración de las garantías y seguros, durante todo el período de vigencia del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones de los Pliegos que forman parte del contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera de MOVIDELNOR a la que le corresponde el control y custodia de las garantías y seguros.

Respecto de su gestión, podrá solicitar los informes que requiere y reportará al Gerente General de MOVIDELNOR o su delegado, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

6.12.- SUBCONTRATACIÓN:

La Contratista no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este contrato. Sin embargo para la ejecución de la obra podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la Contratante, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato.

La Contratista, bajo su riesgo y responsabilidad, podrá suscribir subcontratos que se requieran para la ejecución del proyecto, con personas naturales o jurídicas registradas y legalmente habilitadas para ejercer su actividad y respectivo giro de negocio, domiciliadas localmente o nacionalmente.

En el caso de que optare por subcontratar determinados trabajos, tales subcontrataciones no le eximen de responsabilidad frente a la entidad contratante.

Por causas de fuerza mayor o caso fortuito, presentadas por el Sub Contratista al Contratista, aceptadas por éste, y previa autorización escrita del Administrador del Contrato, el Contratista podrá reemplazar, sustituir o cambiar a un sub Contratista.

Adicionalmente, el Contratista en caso de incumplimiento del Sub Contratista o retraso en el cronograma de avance de ejecución del proyecto, podrá solicitar al Administrador del Contrato la autorización escrita para, bajo exclusiva responsabilidad del Contratista, reemplazar, sustituir o cambiar a los sub contratistas.

RAZÓN DE APROBACIÓN:

(06)2608497 - [email protected]