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DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCION DE LA
IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN
EL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO "GESTIÓN DE TRE S
ESPACIOS DE IGUALDAD EN CHAMARTIN, EN HORTALEZA Y E L
ESPACIO DE IGUALDAD MARIA TELO".
Firmado por: ELENA MARIA LOPEZ-YUSTE PADIALCargo: JEFA DE DEPARTAMENTO DE APOYO TECNICOFecha: 27-12-2017 17:59:05
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR E N EL
CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO “GESTION DE TRES E SPACIOS
DE IGUALDAD EN CHAMARTIN, EN HORTALEZA Y EL ESPACIO DE
IGUALDAD MARIA TELO".
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la gestión, con perspectiva de género1 de tres
Espacios de Igualdad, para dar respuesta al objetivo de “Alcanzar la igualdad real
entre mujeres y hombres de la ciudad de Madrid a través de la sensibilización a la
ciudadanía y el empoderamiento desde una atención integral a las mujeres2”,
descrito en la vigente “Estrategia para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres
y Hombres de la Ciudad de Madrid”.
En los Espacios de Igualdad se llevarán a cabo tres grandes líneas de actuación:
- Actuaciones relacionadas con los procesos de sensibilización y
concienciación a la ciudadanía.
- Actuaciones encaminadas al fomento del Empoderamiento de las mujeres.
- Actuaciones destinadas a la prevención de la violencia de género.
1 Se entiende por perspectiva de género la forma sistemática de observar el impacto diferenciado de programas, proyectos, políticas y piezas legislativas sobre los hombres y mujeres. Su fin es incorporar objetivos y actuaciones especificas dirigidas a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas las políticas y acciones, en todos los niveles y en todas sus fases de planificación, ejecución y evaluación. La integración de la perspectiva de género se incluye como criterio social de contratación y resulta conforme a lo previsto en los artículos 25.1 y 86.1 del RD Legislativo 3/2011 /TRLCSP, al artículo 26 de la Directiva 2004/18/CE y el artículo 33 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.
2 Este servicio estaría dentro de las acciones especificas, que son: “Medidas dirigidas a eliminar las desigualdades existentes contra grupos históricamente discriminados”. La Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el Titulo I, artículo 11:“Con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los Poderes Públicos adoptarán medidas específicas a favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas, serán aplicables en tanto subsistan dichas situaciones, habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso”.
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Este contrato se estructura en tres lotes que se detallan en la cláusula cuarta de los
presentes Pliegos de Prescripciones Técnicas, especificando en cada uno de ellos
las actuaciones y talleres de la Escuela de Empoderamiento y la Escuela de
Igualdad; y la ubicación y descripción del centro donde se desarrolla la actividad de
cada Espacio de Igualdad.
LOTE 1:
- Espacio de Igualdad en Chamartín
LOTE 2:
- Espacio de Igualdad en Hortaleza
LOTE 3:
- Espacio de Igualdad María Telo
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETIVOS DEL SERVICIO
Los Espacios de Igualdad son recursos públicos municipales dirigidos a la
ciudadanía de Madrid. Su objetivo general y sus objetivos específicos son:
Objetivo General: Concienciar a la ciudadanía y entidades del municipio de Madrid
sobre la necesidad de construir y generar una sociedad en igualdad con la
participación de mujeres y hombres, impulsando el empoderamiento3 de las
mujeres y reconociendo su diversidad, para lograr una posición de equidad en la
sociedad.
3 El empoderamiento se define como un proceso individual y colectivo a través del cual las mujeres fortalecen sus capacidades, confianza y protagonismo para ejercer el control sobre sus propias vidas: Supone una toma de conciencia, en un proceso individual y colectivo respecto a la necesidad de superar barreras derivadas de la histórica discriminación de las mujeres.
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Objetivos Específicos:
- Promover e incrementar la participación de la población del distrito en
actividades que promuevan la igualdad, en todos los ámbitos de la vida del
distrito: urbanismo, cultura, educación, salud, medio ambiente,
asociacionismo, participación ciudadana, etc...
- Contribuir a alcanzar el pleno ejercicio de los derechos de ciudadanía de
las mujeres, mediante el empoderamiento, entendido como mecanismo
para aumentar tanto sus capacidades, autoestima, autonomía, como su
inclusión en todos los espacios de participación social, política, económica
y cultural.
- Facilitar e impulsar la participación de entidades del distrito en actividades
y actuaciones de sensibilización sobre igualdad de género y visibilización
de otras brechas de desigualdad de las mujeres por razón de su origen
étnico, cultural, orientación sexual, discapacidad, etc.
- Prevención de la violencia de género: promover actitudes y
posicionamientos individuales, grupales y sociales contra la violencia de
género, desde la atención individualizada y grupal a mujeres, desde el
trabajo grupal con la población juvenil, y desde el trabajo comunitario con
la ciudadanía y entidades sociales”.
- Impulsar la creación de redes para el intercambio y la solidaridad con
mujeres de otras culturas desde una perspectiva feminista.
Estos objetivos, se llevaran a cabo a través de tres líneas de actuación:
- Actuaciones relacionadas con los procesos de sensibilización y
concienciación a la ciudadanía.
- Actuaciones encaminadas al fomento del empoderamiento de las mujeres.
- Actuaciones destinadas a la prevención de la violencia de género.
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Los Espacios de Igualdad se estructurarán para llevar a cabo estas líneas de
actuación de la siguiente forma:
•••• Servicios de Apoyo Individualizado
•••• Escuela de Empoderamiento
•••• Escuela de Igualdad.
CLÁUSULA TERCERA: CARACTERISTICAS TECNICAS COMUNES DE LA
PRESTACION DEL SERVICIO DE LOS TRES LOTES
Características comunes de las tres líneas de actuación en los Espacios de
Igualdad:
Los Servicios de Apoyo individualizado: tendrán las siguientes especificaciones
técnicas:
- Para acceder a cada uno de estos servicios será necesario pedir cita
previa, bien acercándose al Centro, llamando por teléfono, o solicitando
cita a través del servicio de Cita Previa, garantizando de este modo un
espacio de atención a cada persona. Cada cita tendrá una duración de 45
minutos, garantizando que no haya lista de espera en el servicio.
- Población destinataria: mujeres del municipio de Madrid.4
4 Se entenderá a los efectos de limites de edad en un sentido amplio toda vez que según los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio , de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia; hacen expresa referencia al derecho de los menores a recibir de las Administraciones Públicas, o a través de sus entidades colaboradoras, la información en formato accesible y asistencia adecuada para el efectivo ejercicio de sus derechos, así como a que se garantice su respeto (art 10) y el deber de las Administraciones Públicas a facilitar los menores la asistencia adecuada para el ejercicio de sus derechos, incluyendo los recursos de apoyo que precisen (art 11).
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Los servicios incluidos en La Escuela de Empoderamiento y la Escuela de
Igualdad:
- Población destinataria de la Escuela de Empoderamiento: mujeres del
municipio de Madrid y entidades del distrito.
- Población destinataria de la Escuela de Igualdad: mujeres y hombres del
municipio de Madrid, y entidades del municipio.
- Todos estos servicios poseen un enfoque preventivo y comunitario y se
ejecutan desde una perspectiva interdisciplinar: psicológica, social y
educativa.
- El personal se organizará en Equipos Técnicos interdisciplinares. La
atención ofrecida por el equipo puede ser tanto individual, como grupal y
comunitaria. Así mismo, se contemplaran todas aquellas actuaciones que
se precisen para la consecución del trabajo y coordinación con entidades
públicas y privadas de los distritos.
- Por otro lado, como miembros de una red integral de atención a mujeres y
a la ciudadanía en general, los Espacios de Igualdad basarán su trabajo
en la cooperación entre profesionales y en la articulación de redes
institucionales y comunitarias. Las principales estructuras de coordinación
se establecerán en cada distrito con todos aquellos recursos sociales
públicos y privados implicados en la consecución de una igualdad real de
género y efectiva entre mujeres y hombres, a través de reuniones de
coordinación y planificación de actuaciones conjuntas.
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CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES DE LOS SERVICIOS:
- La población usuaria no abonará ninguna contraprestación como destinataria
de las actividades y actuaciones que se lleven a cabo en cualquiera de sus
modalidades y tipo de servicio.
- El acceso al Centro se hará directamente por la población, contactando con el
Espacio de Igualdad, a través de cita previa, o mediante la derivación de otras
instituciones municipales como son los Centros de Salud, Centros Culturales,
Centros de Servicios Sociales, y otras entidades y asociaciones públicas y
privadas.
- Asimismo, el centro estará sujeto a la coordinación que se disponga desde la
Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación, y siempre
bajo su supervisión.
Las empresas licitadoras deberán presentar un proyecto técnico encaminado a la
consecución de los objetivos mencionados anteriormente, y conforme a las
condiciones técnicas especificadas en la cláusula Cuarta para cada lote.
CLÁUSULA CUARTA: CONDICIONES TECNICAS ESPECÍFICAS D E LA
PRESTACION DEL SERVICIO EN CADA UNO DE LOS LOTES
En esta cláusula se especifican los servicios de apoyo individualizado, así como,
las actuaciones y talleres mínimos de la Escuela de Empoderamiento y de la
Escuela de Igualdad en cada uno de los lotes.
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LOTE 1:
ESPACIO DE IGUALDAD EN CHARMARTÍN:
Los Servicios de Apoyo individualizado : se prestarán con carácter homogéneo
en todos los Espacios de Igualdad, teniendo las siguientes especificaciones
técnicas:
� Actividades de apoyo individualizado:
- Área psicológica: se ofrecerán actuaciones necesarias para favorecer la
autonomía personal, reducción del estrés, prevención de la violencia de
género y ansiedad, así como cualquier otra circunstancia que dificulte el
pleno desarrollo personal;
- Área jurídica: se ofrecerá apoyo y asesoramiento legal a mujeres que lo
requieran con especial atención a casos en materia civil, laboral, de
extranjería y especialmente de violencia;
Escuela de Empoderamiento:
Desde la Escuela de Empoderamiento las actuaciones programadas atenderán al
desarrollo personal y grupal, prevención y atención a la violencia de género,
participación social, desarrollo profesional y atención a la diversidad:
Actividades de apoyo de carácter grupal , se desarrollarán como mínimo las
siguientes actividades y con la periodicidad minima que se establece a
continuación:
- Realización de talleres de empoderamiento. Al menos 1 a la semana.
Estos talleres se realizarán a lo largo de todo el año tratándose de una
de las actividades estables del proyecto.
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- Realización de actividades formativas sobre género y teoría de género.
Al menos 1 cada quince días.
- Realización de talleres artísticos o teatrales, con perspectiva de género,
Al menos 1 cada quince días.
- Realización de talleres con el objetivo de prevenir la violencia de género,
dirigido a mujeres que han sufrido o no, violencia de género (al menos 1
taller al mes); y a entidades que trabajen en la lucha contra la violencia
de género (al menos 1 taller al mes).
- Realización de actividades de solidaridad e intercambio con mujeres del
mundo: recuperación de la memoria histórica de las mujeres de
diferentes países, diálogos interculturales, otros feminismos...etc. Al
menos 1 al trimestre.
Escuela de Igualdad:
Desde la Escuela de Igualdad se planificarán, desarrollarán y ejecutarán
actuaciones encaminadas a la sensibilización y concienciación de la población y de
entidades sociales y públicas. Los ejes a trabajar serían:
� Sensibilización y concienciación para la Igualdad de Género
� Cuestionamiento de los modelos patriarcales de masculinidad y
feminidad.
� Eliminación de las desigualdades y de la discriminación por razón de
género, orientación o identidad sexual, diversidad funcional, de origen,
etnia u otras.
Para trabajar estos tres ejes, se llevarán a cabo como mínimo las siguientes actuaciones:
o Realización de acciones de sensibilización y apoyo a la participación
con jóvenes del distrito. Al menos 2 al mes.
o Realización de talleres de sensibilización y participación social con
mujeres en el Espacio de Igualdad. Al menos 2 al mes.
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o Realización de talleres culturales con perspectiva y contenidos de
género con mujeres. Al menos 1 al mes.
o Realización de talleres culturales con perspectiva y contenidos de
género con la ciudadanía. Al menos 1 al mes.
o Realización de actividades sobre culturas del mundo con perspectiva
feminista, al menos 1 al trimestre.
o Realización de talleres de sensibilización y visibilización de diferentes
desigualdades por razón de género, con entidades del distrito. Al
menos 1 al mes.
o Realización de actividades, de promoción artística, cinematográfica y de
ocio, haciendo visibles las aportaciones de las mujeres a la cultura en el
mundo y en la ciudad de Madrid. Ejemplo: Actuaciones que den a
conocer obras literarias escritas por mujeres de diferentes culturas. Al
menos 1 mensual.
o Acciones de sensibilización sobre prevención de violencia de género,
tales como conferencias, coloquios, exposiciones.
o Realización de actividades conmemorativas de 8 de Marzo y 25 de
Noviembre.
o Talleres sobre el cuestionamiento de la masculinidad hegemónica. Al
menos 1 taller anual, que formen parte de la programación continuada
que se ofrece anualmente.
°°°° Realización de al menos 1 taller anual formativo a los agentes
implicados en la igualdad social, en igualdad de género y prevención de
la violencia de género, facilitándoles herramientas de trabajo para
incorporar la perspectiva de género en todos los ámbitos educativos,
sanitarios, sociales y conseguir mayores cuotas de coeducación y
corresponsabilidad.
°°°° Acciones para la creación de redes por la Igualdad, para construir y
generar nuevos modelos de socialización desde paradigmas feministas.
°°°° Realización de 3 talleres anuales, de planificación conjunta con las
mujeres y colectivos de mujeres de las actuaciones, atendiendo a sus
intereses, demandas y necesidades.
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Otras actividades de carácter comunitario para la participación
social: Se organizarán y dinamizarán un mínimo de 3 actividades
mensuales que tengan como eje fundamental a las entidades del distrito
(tanto públicas como privadas y tejido asociativo), creando un espacio
abierto al debate, a la reflexión.
Para facilitar la participación en las actividades, se ofrecerán actividades infantiles
durante el desarrollo de las mismas.
LOTE 2:
ESPACIO DE IGUALDAD EN HORTALEZA
Los Servicios de Apoyo individualizado : se prestarán con carácter homogéneo
en todos los Espacios de Igualdad, teniendo las siguientes especificaciones
técnicas:
� Actividades de apoyo individualizado:
- Área psicológica: se ofrecerán actuaciones necesarias para favorecer la
autonomía personal, reducción del estrés, prevención de la violencia de
género y ansiedad, así como cualquier otra circunstancia que dificulte el
pleno desarrollo personal;
- Área jurídica: se ofrecerá apoyo y asesoramiento legal a mujeres que lo
requieran con especial atención a casos en materia civil, laboral, de
extranjería y especialmente de violencia;
- Área de desarrollo profesional: se potenciaran las individualidades y
capacidades, aludiendo a la integración psicosocial y su acceso a los
recursos y al mercado laboral.
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Escuela de Empoderamiento:
Desde la Escuela de Empoderamiento las actuaciones programadas atenderán al
desarrollo personal y grupal, prevención y atención a la violencia de género,
participación social, desarrollo profesional, y atención a la diversidad:
Actividades de apoyo de carácter grupal , se desarrollarán como mínimo las
siguientes actividades y con la periodicidad minima que se establece a
continuación:
- Realización de talleres de empoderamiento. Al menos 4 a la semana.
Estos talleres se realizaran a lo largo de todo el año tratándose de una
de las actividades estables del proyecto.
- Realización de actividades formativas sobre género y teoría de género:
al menos 2 cada quince días.
- Realización de talleres artísticos o teatrales, con perspectiva de género,
al menos 2 cada quince días.
- Realización de talleres con el objetivo de prevenir la violencia de género,
dirigido a mujeres que han sufrido o no, violencia de género (al menos 1
taller al mes), y a entidades que trabajen en la lucha contra la violencia
de género (al menos 2 talleres al mes).
- Realización de actividades de solidaridad e intercambio con mujeres del
mundo: recuperación de la memoria histórica de las mujeres de
diferentes países, diálogos interculturales, otros feminismos, etc. Al
menos 1 al trimestre.
Escuela de Igualdad:
Desde la Escuela de Igualdad se planificarán, desarrollarán y ejecutarán
actuaciones encaminadas a la sensibilización y concienciación de la población y de
entidades sociales y públicas. Los ejes a trabajar serían:
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� Sensibilización y concienciación para la Igualdad de Género
� Cuestionamiento de los modelos patriarcales de masculinidad y
feminidad.
� Eliminación de las desigualdades y de la discriminación por razón de
género, orientación o identidad sexual, diversidad funcional, de origen,
etnia u otras.
Para trabajar estos tres ejes, se llevarán a cabo como mínimo las siguientes actuaciones:
o Realización de acciones de sensibilización y apoyo a la participación
con jóvenes del distrito. Al menos 10 al mes.
o Realización de talleres de sensibilización y participación social con
mujeres en el Espacio de Igualdad: al menos 4 al mes.
o Realización de talleres culturales con perspectiva y contenidos de
género con mujeres, al menos 2 al mes.
o Realización de talleres culturales con perspectiva y contenidos de
género con la ciudadanía, al menos 4 al mes.
o Realización de actividades sobre culturas del mundo con perspectiva
feminista. Al menos 1 al trimestre.
o Realización de talleres de sensibilización y visibilización de diferentes
desigualdades por razón de género, con entidades del distrito: al menos
2 al mes.
o Realización de actividades, de promoción artística, cinematográfica y de
ocio, haciendo visibles las aportaciones de las mujeres a la cultura en el
mundo y en la ciudad de Madrid. Ejemplo: Actuaciones que den a
conocer obras literarias escritas por mujeres de diferentes culturas. Al
menos 6 mensuales.
o Acciones de sensibilización sobre prevención de violencia de género,
tales como conferencias, coloquios, exposiciones,
o Realización de actividades conmemorativas de 8 de Marzo y 25 de
Noviembre.
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o Talleres sobre el cuestionamiento de la masculinidad hegemónica. Al
menos 2 talleres anuales, que formen parte de la programación
continuada que se ofrece anualmente.
°°°° Realización de al menos 2 talleres anuales formativos a los agentes
implicados en la igualdad social, en igualdad de género y prevención de
la violencia de género, facilitándoles herramientas de trabajo para
incorporar la perspectiva de género en todos los ámbitos educativos,
sanitarios, sociales y conseguir mayores cuotas de coeducación y
corresponsabilidad
°°°° Acciones para la creación de redes por la Igualdad, para construir y
generar nuevos modelos de socialización desde paradigmas feministas.
°°°° Realización de 3 talleres anuales, de planificación conjunta con las
mujeres y colectivos de mujeres de las actuaciones, atendiendo a sus
intereses, demandas y necesidades.
o Disponibilidad de aulas: a solicitud de todas aquellas entidades públicas
y privadas que precisen de un aula en el Espacio de igualdad para
llevar a cabo talleres y/o actividades con la ciudadanía, siempre y
cuando se incluya la perspectiva de género en las mismas, para lo cual
los y las profesionales del Espacio de Igualdad ofrecerán orientación e
información del enfoque de género cuando ello sea necesario. La
empresa trasladará a la Dirección General de Promoción de la Igualdad
y No Discriminación las solicitudes de aulas que reciban de otras
Administraciones públicas, Entidades o Asociaciones.
Otras actividades de carácter comunitario para la participación
social: Se organizarán y dinamizarán un mínimo de 10 actividades
mensuales que tengan como eje fundamental a las entidades del distrito
(tanto públicas como privadas y tejido asociativo), creando un espacio
abierto al debate, a la reflexión.
Para facilitar la participación en las actividades, se ofrecerán actividades infantiles
durante el desarrollo de las mismas.
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LOTE 3:
ESPACIO DE IGUALDAD MARIA TELO:
Los Servicios de Apoyo individualizado : se prestarán con carácter homogéneo
en todos los Espacios de Igualdad, teniendo las siguientes especificaciones
técnicas:
� Actividades de apoyo individualizado:
- Área psicológica: se ofrecerán actuaciones necesarias para favorecer la
autonomía personal, reducción del estrés, prevención de la violencia de
género y ansiedad, así como cualquier otra circunstancia que dificulte el
pleno desarrollo personal;
- Área jurídica: se ofrecerá apoyo y asesoramiento legal a mujeres que lo
requieran con especial atención a casos en materia civil, laboral, de
extranjería y especialmente de violencia;
- Área de desarrollo profesional: se potenciaran las individualidades y
capacidades, aludiendo a la integración psicosocial y su acceso a los
recursos y al mercado laboral.
Escuela de Empoderamiento:
Desde la Escuela de Empoderamiento las actuaciones programadas atenderán al
desarrollo personal y grupal, prevención y atención a la violencia de género,
participación social, desarrollo profesional, y atención a la diversidad:
Actividades de apoyo de carácter grupal , se desarrollarán como mínimo las
siguientes actividades y con la periodicidad minima que se establece a
continuación:
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- Realización de talleres de empoderamiento. Al menos 2 a la semana.
Estos talleres se realizaran a lo largo de todo el año tratándose de una
de las actividades estables del proyecto.
- Realización de actividades formativas sobre género y teoría de género:
al menos 1 cada quince días. Se podrán utilizar herramientas TIC.
- Realización de talleres artísticos o teatrales, con perspectiva de género,
al menos 1 cada quince días.
- Realización de talleres con el objetivo de prevenir la violencia de género,
dirigido a mujeres que han sufrido o no, violencia de género (al menos 1
taller al mes), y a entidades que trabajen en la lucha contra la violencia
de género (al menos 1 taller al mes).
- Realización de actividades de solidaridad e intercambio con mujeres del
mundo: recuperación de la memoria histórica de las mujeres de
diferentes países, diálogos interculturales, otros feminismos, etc. Al
menos 1 al trimestre.
Escuela de Igualdad:
Desde la Escuela de Igualdad se planificarán, desarrollarán y ejecutarán
actuaciones encaminadas a la sensibilización y concienciación de la población y de
entidades sociales y públicas. Los ejes a trabajar serían:
� Sensibilización y concienciación para la Igualdad de Género
� Cuestionamiento de los modelos patriarcales de masculinidad y
feminidad.
� Eliminación de las desigualdades y de la discriminación por razón de
género, orientación o identidad sexual, diversidad funcional, de origen,
etnia u otras.
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Para trabajar estos tres ejes, se llevarán a cabo como mínimo las siguientes actuaciones:
o Realización de acciones de sensibilización y apoyo a la participación
con jóvenes del distrito. Al menos 10 al mes.
o Realización de talleres de sensibilización y participación social con
mujeres en el Espacio de Igualdad: al menos 2 al mes.
o Realización de talleres culturales con perspectiva y contenidos de
género con mujeres, al menos 2 al mes.
o Realización de talleres culturales con perspectiva y contenidos de
género abiertos a la ciudadanía, al menos 2 al mes.
o Realización de actividades sobre culturas del mundo con perspectiva
feminista. Al menos 1 al trimestre.
o Realización de talleres de sensibilización y visibilización de diferentes
desigualdades por razón de género, con entidades del distrito: al
menos 2 al mes.
o Realización de actividades, de promoción artística, cinematográfica y
de ocio, haciendo visibles las aportaciones de las mujeres a la cultura
en el mundo y en la ciudad de Madrid. Ejemplo: Actuaciones que den
a conocer obras literarias escritas por mujeres de diferentes culturas.
Al menos 5 mensuales.
o Acciones de sensibilización sobre prevención de violencia de género,
tales como conferencias, coloquios, exposiciones.
o Realización de actividades conmemorativas de 8 de Marzo y 25 de
Noviembre.
o Talleres sobre cuestionamiento de la masculinidad hegemónica. Al
menos 1 taller anual, que formen parte de la programación continuada
que se ofrece anualmente.
° Realización de al menos 2 talleres anuales formativos a los agentes
implicados en la igualdad social, en igualdad de género y prevención
de la violencia de género, facilitándoles herramientas de trabajo para
incorporar la perspectiva de género en todos los ámbitos educativos,
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sanitarios, sociales y conseguir mayores cuotas de coeducación y
corresponsabilidad.
° Acciones para la creación de redes por la Igualdad, para construir y
generar nuevos modelos de socialización desde paradigmas
feministas.
° Realización de 3 talleres anuales, de planificación conjunta con las
mujeres y colectivos de mujeres de las actuaciones, atendiendo a sus
intereses, demandas y necesidades.
o Disponibilidad de aulas: a solicitud de todas aquellas entidades
públicas y privadas que precisen de un aula en el Espacio de igualdad
para llevar a cabo talleres y/o actividades con la ciudadanía, siempre
y cuando se incluya la perspectiva de género en las mismas, para lo
cual los y las profesionales del Espacio de Igualdad ofrecerán
orientación e información del enfoque de género cuando ello sea
necesario. La empresa trasladará a la Dirección General de
Promoción de la Igualdad y No Discriminación las solicitudes de aulas
que reciban de otras Administraciones públicas, Entidades o
Asociaciones.
o Otras actividades de carácter comunitario para la participación
social: Se organizarán y dinamizarán un mínimo de 6 actividades
mensuales que tengan como eje fundamental a las entidades del
distrito (tanto públicas como privadas y tejido asociativo), creando un
espacio abierto al debate, a la reflexión.
Para facilitar la participación en las actividades, se ofrecerán actividades infantiles
durante el desarrollo de las mismas.
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CLÁUSULA QUINTA: CARACTERÍSTICAS DE LOS CENTROS Y M EDIOS
MATERIALES
Se detallan a continuación la ubicación y características de los centros de cada lote
así como los medios materiales en cada uno de ellos.
LOTE 1:
ESPACIO DE IGUALDAD EN CHAMARTIN.
Ubicación y características del centro:
La titularidad del centro corresponde a la Junta Municipal de Chamartín. El centro
está situado en el distrito de Chamartín, en la C/ Enrique Jardiel Poncela, nº 8, en
la planta 2ª del Centro Sociocomunitario “Colonias Históricas”.
El espacio funcionará en horario de lunes a viernes de 10 a 14 horas y de 16,30 a
20,30 horas. Y los sábados de 10 a 14 horas y de 16,00 a 20,00 horas, excepto en
el mes de agosto que no se prestará servicio los sábados.
El Espacio de Igualdad está situado en la 2ª planta del Centro Sociocomunitario
“Colonias Históricas”, con un total de 156,25 metros cuadrados con la siguiente
distribución, dimensiones y utilización prevista:
- Distribuidor-vestíbulo: de 26,95 metros cuadrados.
- Despacho de 10,50 metros cuadrados, destinado al administrativo/a.
- Despacho de 10,30 metros cuadrados, destinado al Licenciado/a en
Derecho.
- Sala polivalente de 18,72 metros cuadrados, destinado a actividades,
reuniones, etc
- Despacho de 12,16 metros cuadrados , destinado al Técnico/a Superior en
Dinamización Social
- Despacho de 15,30 metros cuadrados, destinado a la Coordinadora/or, con
funciones de Psicóloga/o.
Firmado por: ELENA MARIA LOPEZ-YUSTE PADIALCargo: JEFA DE DEPARTAMENTO DE APOYO TECNICOFecha: 27-12-2017 17:59:05
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- Sala de 21,65 metros cuadrados: sala polivalente para talleres, actividades
grupales a desarrollar dentro del Centro.
- Zona de aseos, almacén y officce de uso compartido, con un total de 40,65
metros cuadrados.
La planta dispone de aseos en la proporción adecuada, y medidas de seguridad de
acuerdo a la normativa exigida.
La utilización del centro por la entidad adjudicataria del contrato tendrá un mero
carácter instrumental para la ejecución del contrato, quedando circunscrita a su
vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo ni utilizarlo para otro
fin distinto del contrato.
El centro donde se llevará a cabo el servicio está dotado de las dependencias,
mobiliario (que figuran en el Anexo I al presente Pliego), equipamiento informático e
instalaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines.
La entidad adjudicataria se compromete a abonar todos los gastos que origine el
funcionamiento del centro: tales como servicios postales, todo el material necesario
para las labores de oficina, gastos de consumibles, y cualquier otro suministro
menor que pudiera proceder.
El servicio de mantenimiento, limpieza, agua, comunidad, gas, electricidad y correrá
a cargo de la Junta municipal del Distrito de Chamartín.
Asimismo, serán de cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos del material
necesario que requiera el funcionamiento del Espacio de Igualdad.
Recursos Informáticos para los puestos de gestión d el Espacio de Igualdad
El Ayuntamiento proporcionará toda la dotación del equipamiento informático y de
comunicaciones para los puestos de gestión del Espacio de Igualdad.
Firmado por: ELENA MARIA LOPEZ-YUSTE PADIALCargo: JEFA DE DEPARTAMENTO DE APOYO TECNICOFecha: 27-12-2017 17:59:05
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• 5 Ordenadores Personales con monitor, teclado y ratón, incluido el software
estándar definido por el Ayuntamiento.
• 1 impresora multifunción sobremesa DIN A4, Blanco y Negro.
• 1 Línea de voz fija y terminal con la cobertura que defina la Dirección
General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
Todos los equipos estarán incluidos en el dominio municipal.
El mantenimiento de equipos informáticos de los puestos de gestión del Espacio y
de las comunicaciones asociadas a los mismos será por cuenta del Ayuntamiento,
debiendo comunicar la empresa las incidencias que surjan a la Dirección General
de Igualdad de Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
IAM y la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación
definirán el procedimiento para la gestión de las incidencias y peticiones
informáticas que será de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria.
El personal de la empresa adjudicataria que gestione los servicios dispondrá de
acceso a Internet, acceso a cuentas de correo corporativas, acceso a ficheros de
carpeta de red, aplicaciones corporativas y líneas telefónicas en las condiciones
que establezca la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No
Discriminación, con base a las necesidades para el buen funcionamiento de los
servicios.
La empresa adjudicataria no podrá incorporar ni conectar a los recursos
municipales ningún otro equipamiento ni instalará ningún otro software sin la
correspondiente notificación a IAM y aprobación por parte de éste. En ningún caso
se proporcionará credenciales de administrador en los equipos corporativos.
Toda la información generada como consecuencia de la gestión del servicio estará
plenamente disponible para el Ayuntamiento durante la vigencia del contrato.
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En todo momento la empresa adjudicataria que preste el servicio deberá elaborar y
mantener actualizada la información sobre las y los usuarias/os, que acceden al
servicio, así como a los expedientes existentes. Deberá también conocer,
monitorizar, supervisar y localizar las gestiones, incidencias y actuaciones
realizadas, y emitir determinados partes e informes necesarios.
La información almacenada en estas BBDD (Bases de Datos) será siempre
propiedad del Ayuntamiento de Madrid, lo que implica la obligación por parte de la
empresa adjudicataria de entregar al Ayuntamiento en formato electrónico y abierto
(no propietario) una copia de todos los datos contenidos en las mismas, junto con la
descripción del formato de intercambio. Entregará también, en caso de que así lo
exija el Ayuntamiento, una copia en papel de todos los registros de las mismas.
En todo caso, los sistemas de información y las bases de datos que contengan
datos de carácter personal, deberán acreditar el cumplimiento de lo establecido en
la L.O.P.D 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la L.O.P.D 15/1999.
LOTE 2:
ESPACIO DE IGUALDAD EN HORTALEZA:
Ubicación y características del Centro
La titularidad del centro corresponde a la Junta Municipal de Hortaleza. El centro
está situado en el distrito de Hortaleza en la C/ Matapozuelos, nº 2.
El espacio funcionará en horario de lunes a sábado de 10 a 14 horas y de 16,30 a
20,30 horas.
El Espacio de Igualdad esta situado en el edificio denominado tradicionalmente la
Casa de las Mujeres, en la Calle Matapozuelos,2, y consta de la siguiente
distribución y utilización prevista:
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PLANTA BAJA:
- Zona de recepción- vestíbulo: de 57,04 metros cuadrados.
- Pasillo distribuidor, 66,37 metros cuadrados.
- Zona de aseos planta baja 21,33 metros cuadrados.
- Sala auditorio de 142 metros cuadrados: sala polivalente para actuaciones,
talleres y actividades, etc.
- Zona vestuarios femeninos y masculinos, con un total de 13,95 metros
cuadrados, y 14,93 metros cuadrados.
- Despacho de 21,10 metros cuadrados, destinado a dos Técnicas/os de
Dinamización Social.
- Despacho de 20,89 metros cuadrados, destinado al/la Coordinador/a
- Despacho de 20,93 metros cuadrados destinado a la Psicóloga/o, y un/a
promotor/a de igualdad.
- Despacho de 20,89 metros cuadrados destinado al/la administrativo/a
- Despacho de 20,89 metros cuadrados destinado a al/la Técnico/a de
Desarrollo Profesional y al/a Licenciado/a en Derecho.
- Aula de 29,65 metros cuadrados destinado a sala de reuniones.
- Pasillo distribuidor zona despachos de 29,28 metros cuadrados.
- Zona para instalación del rack de comunicaciones con un total de 8,02
metros cuadrados.
PLANTA PRIMERA:
- Zona destinada a reprografía, biblioteca y office de 57,78 metros cuadrados.
- Zona de aseos planta primera 21,33 metros cuadrados.
- Escalera con 17,38 metros cuadrados.
- Pasillo distribuidor, con zona para reprografía, zona de espera para la
población que acceda a talleres de 63,40 metros cuadrados.
- Aula- taller cocina de 58,42 metros cuadrados destinado a talleres, zona de
encuentro. Esta aula estará equipada con cocina.
Firmado por: ELENA MARIA LOPEZ-YUSTE PADIALCargo: JEFA DE DEPARTAMENTO DE APOYO TECNICOFecha: 27-12-2017 17:59:05
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IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN
24
- Aula taller de 57,30 metros cuadrados, destinada a talleres de
psicomotricidad, dinámicas grupales que requieran movimiento.
- Aula taller de 57,80 metros cuadrados destinada a aula informática.
- Sala de 21,10 metros cuadrados, destinada a reuniones.
- Sala de 20,95 metros cuadrados, destinada a talleres, charlas, actividades,
etc.
- Sala de 20,89 metros cuadrados, destinada a talleres, charlas, actividades,
etc..
- Sala de 20,89 metros cuadrados, destinada a talleres, radio, charlas,
actividades, etc.
- Sala de 58,80 metros cuadrados, destinada a lugar de encuentro feminista.
Las plantas disponen de aseos en la proporción adecuada, y medidas de seguridad
de acuerdo a la normativa exigida. La parcela, donde se enclava el edificio cuenta
además con un total de 585,26 metros cuadrados libres, alrededor del edificio,
destinado a zona de huerto, jardinería, accesos y salidas del edificio.
La utilización del centro por la entidad adjudicataria del contrato tendrá un mero
carácter instrumental para la ejecución del contrato, quedando circunscrita a su
vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo ni utilizarlo para otro
fin distinto del contrato.
El centro donde se llevará a cabo el servicio está dotado de las dependencias,
mobiliario, equipamiento informático e instalaciones necesarias para el
cumplimiento de sus fines, que figuran en el Anexo II al presente Pliego.
La entidad adjudicataria se compromete a abonar todos los gastos que origine el
funcionamiento del centro: tales como servicios telefónicos ajenos a los prestados
por la administración según lo estipulado en este pliego (apartado de recursos
informáticos) gastos postales, todo el material necesario para las labores de oficina,
gastos de consumibles, y cualquier otro suministro menor que pudiera proceder.
El servicio de mantenimiento, alarma, recepción, limpieza, agua, comunidad, gas y
electricidad correrá a cargo de la Junta municipal del Distrito de Hortaleza.
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Asimismo, serán de cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos del material
necesario que requiera el funcionamiento del Espacio de Igualdad.
Recursos Informáticos para los puestos de gestión d el Espacio de Igualdad
El Ayuntamiento proporcionará toda la dotación del equipamiento informático y de
comunicaciones para los puestos de gestión del Espacio de Igualdad.
• 8 Ordenadores Personales con monitor, teclado y ratón, incluido el software
estándar definido por el Ayuntamiento.
• 2 impresora multifunción sobremesa DIN A4, Blanco y Negro.
• 1 Línea de voz fija y terminal con la cobertura que defina la Dirección
General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
Todos los equipos estarán incluidos en el dominio municipal.
El mantenimiento de equipos informáticos de los puestos de gestión del Espacio y
de las comunicaciones asociadas a los mismos será por cuenta del Ayuntamiento,
debiendo comunicar la empresa las incidencias que surjan a la Dirección General
de Promoción de la Igualdad y No Discriminación. IAM y la Dirección General de
Promoción de la Igualdad y No Discriminación definirán el procedimiento para la
gestión de las incidencias y peticiones informáticas que será de obligado
cumplimiento para el adjudicatario.
El personal de la empresa adjudicataria que gestione los servicios dispondrá de
acceso a Internet, acceso a cuentas de correo corporativas, acceso a ficheros de
carpeta de red, aplicaciones corporativas y líneas telefónicas en las condiciones
que establezca la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No
Discriminación, con base en las necesidades para el buen funcionamiento de los
servicios.
La empresa adjudicataria no podrá incorporar ni conectar a los recursos
municipales ningún otro equipamiento ni instalará ningún otro software sin la
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correspondiente notificación a IAM y aprobación por parte de éste. En ningún caso
se proporcionará credenciales de administrador en los equipos corporativos.
Toda la información generada como consecuencia de la gestión del servicio estará
plenamente disponible para el Ayuntamiento durante la vigencia del contrato.
En todo momento la empresa adjudicataria que preste el servicio deberá elaborar y
mantener actualizada la información sobre las y los usuarias/os, que acceden al
servicio, así como a los expedientes existentes. Deberá también conocer,
monitorizar, supervisar y localizar las gestiones, incidencias y actuaciones
realizadas, y emitir determinados partes e informes necesarios.
La información almacenada en estas BBDD (Bases de Datos) será siempre
propiedad del Ayuntamiento de Madrid, lo que implica la obligación por parte de la
empresa adjudicataria de entregar al Ayuntamiento en formato electrónico y abierto
(no propietario) una copia de todos los datos contenidos en las mismas, junto con la
descripción del formato de intercambio. Entregará también, en caso de que así lo
exija el Ayuntamiento, una copia en papel de todos los registros de las mismas.
En todo caso, los sistemas de información y las bases de datos que contengan
datos de carácter personal, deberán acreditar el cumplimiento de lo establecido en
la L.O.P.D 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la L.O.P.D 15/1999.
Recursos informáticos para el Aula/ Taller Informát ica:
Será por cuenta del adjudicatario del contrato la instalación y el posterior
mantenimiento del siguiente equipamiento informático y de comunicaciones:
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• 12 Ordenadores personales, bien portátiles o de sobremesa, con monitor
teclado y ratón que incluirá el software necesario para prestar las actividades
formativas.
• 2 impresoras multifunción sobremesa DIN A4, Blanco y Negro.
• Línea de voz con la cobertura que defina la Dirección General de Promoción
de la Igualdad y No Discriminación.
• Línea de datos para facilitar la salida a internet para cuya instalación el
Ayuntamiento prestará el asesoramiento técnico para asegurar la
compatibilidad con la infraestructura de comunicaciones corporativa.
LOTE 3:
ESPACIO DE IGUALDAD MARIA TELO:
Ubicación y características del Centro
La titularidad del centro corresponde a la Junta Municipal de Moratalaz. El centro
está situado en el distrito de Moratalaz C/ Camino de Vinateros, nº 51, 1ª planta. El
espacio funcionará en horario de lunes a viernes de 10 a 14 horas y de 16,30 a
20,30 horas.
El Espacio de Igualdad se desarrollará en los siguientes locales:
Local 1, de una planta con un total de 147,05 metros cuadrados con la siguiente
utilización prevista:
- Sala de 25,64 metros cuadrados: sala polivalente para reuniones del equipo,
talleres y charlas a desarrollar dentro del Centro
- Sala de 22,96 metros cuadrados, sala polivalente para reuniones del equipo,
talleres y charlas a desarrollar dentro del Centro
- 1 Despacho de 17,36 metros cuadrados, destinado a despacho del/la
Licenciado/a en Derecho
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- 1 Despacho de 13,44 metros cuadrados, destinado a despacho para las/os
Técnica de Dinamización Social, Técnica de Desarrollo Profesional y la
Coordinadora.
- 1 Despacho de 19,04 destinado a despacho para el/la Psicólogo/a.
- Pasillo y aseos con un total de 27,02 metros cuadrados.
Local 2, de una planta con un total de 54,22 metros cuadrados con la siguiente
distribución:
- Aseos de 6,62 metros cuadrados
- Estancias: de 47,60 metros cuadrados
Ambos locales disponen de aseos en la proporción adecuada, y medidas de
seguridad de acuerdo a la normativa exigida.
La utilización del centro por la entidad adjudicataria del contrato tendrá un mero
carácter instrumental para la ejecución del contrato, quedando circunscrita a su
vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo ni utilizarlo para otro
fin distinto del contrato.
El centro donde se llevará a cabo el servicio está dotado de las dependencias,
mobiliario, equipamiento e instalaciones necesarias para el cumplimiento de sus
fines, que figuran en el Anexo III al presente Pliego.
La entidad adjudicataria se compromete a abonar todos los gastos que origine el
funcionamiento del centro: tales como servicios postales, todo el material necesario
para las labores de oficina, gastos de consumibles, y cualquier otro suministro
menor que pudiera proceder.
El servicio de mantenimiento, limpieza, agua, comunidad, gas y electricidad correrá
a cargo de la Junta municipal del Distrito de Moratalaz.
Asimismo, serán de cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos del material
necesario que requiera el funcionamiento del Espacio de Igualdad y las pequeñas
reparaciones del mobiliario.
Firmado por: ELENA MARIA LOPEZ-YUSTE PADIALCargo: JEFA DE DEPARTAMENTO DE APOYO TECNICOFecha: 27-12-2017 17:59:05
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Recursos Informáticos para los puestos de gestión d el Espacio de Igualdad
El Ayuntamiento proporcionará toda la dotación del equipamiento informático y de
comunicaciones para los puestos de gestión del Espacio de Igualdad.
• 7 Ordenadores Personales con monitor, teclado y ratón, incluido el software
estándar definido por el Ayuntamiento.
• 1 impresora multifunción sobremesa DIN A4, Blanco y Negro.
• 1 Línea de voz fija y terminal con la cobertura que defina la Dirección
General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
Todos los equipos estarán incluidos en el dominio municipal.
El mantenimiento de equipos informáticos de los puestos de gestión del Espacio y
de las comunicaciones asociadas a los mismos será por cuenta del Ayuntamiento,
debiendo comunicar la empresa las incidencias que surjan a la Dirección General
de Promoción de la Igualdad y No Discriminación. IAM y la Dirección General de
Promoción de la Igualdad y No Discriminación definirán el procedimiento para la
gestión de las incidencias y peticiones informáticas que será de obligado
cumplimiento para el adjudicatario.
El personal de la empresa adjudicataria que gestione los servicios dispondrá de
acceso a Internet, acceso a cuentas de correo corporativas, acceso a ficheros de
carpeta de red, aplicaciones corporativas y líneas telefónicas en las condiciones
que establezca la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No
Discriminación, con base en las necesidades para el buen funcionamiento de los
servicios.
La empresa adjudicataria no podrá incorporar ni conectar a los recursos
municipales ningún otro equipamiento ni instalará ningún otro software sin la
correspondiente notificación a IAM y aprobación por parte de éste. En ningún caso
se proporcionará credenciales de administrador en los equipos corporativos.
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Toda la información generada como consecuencia de la gestión del servicio estará
plenamente disponible para el Ayuntamiento durante la vigencia del contrato.
En todo momento la empresa adjudicataria que preste el servicio deberá elaborar y
mantener actualizada la información sobre las y los usuarias/os, que acceden al
servicio, así como a los expedientes existentes. Deberá también conocer,
monitorizar, supervisar y localizar las gestiones, incidencias y actuaciones
realizadas, y emitir determinados partes e informes necesarios.
La información almacenada en estas BBDD (Bases de Datos) será siempre
propiedad del Ayuntamiento de Madrid, lo que implica la obligación por parte de la
empresa adjudicataria de entregar al Ayuntamiento en formato electrónico y abierto
(no propietario) una copia de todos los datos contenidos en las mismas, junto con la
descripción del formato de intercambio. Entregará también, en caso de que así lo
exija el Ayuntamiento, una copia en papel de todos los registros de las mismas.
En todo caso, los sistemas de información y las bases de datos que contengan
datos de carácter personal, deberán acreditar el cumplimiento de lo establecido en
la L.O.P.D 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la L.O.P.D 15/1999.
CLÁUSULA SEXTA: RECURSOS HUMANOS
Los Espacios de Igualdad contarán con los/las trabajadores suficientes para la
realización de las actuaciones señaladas, según la capacidad de cada Espacio de
Igualdad; y con la formación que a continuación se especifica en cada perfil
profesional:
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Profesionales:
• Coordinadora/or con titulación universitaria en Psicología; y con formación
complementaria en temas de género e igualdad de oportunidades (mínimo
200 horas) y con formación complementaria en violencia de género
(mínimo 100 horas). Y experiencia laboral de un año en gestión de equipos
de trabajo y en temas de género e igualdad.
• Titulación universitaria en Derecho con experiencia laboral al menos de un
año en asesoramiento jurídico y experiencia laboral en temas de género e
igualdad y formación en género (mínimo 200 horas) y con formación
complementaria en violencia de género (mínimo 100 horas).
• Técnica/o en Desarrollo Profesional, con titulación universitaria en ciencias
sociales y humanidades, y con experiencia laboral al menos de un año en
temas de género e igualdad y formación en temas de género e igualdad
(mínimo 100 horas), y con formación complementaria en violencia de
género (mínimo 100 horas). Asimismo deberá acreditar formación en
orientación y/o inserción laboral (mínimo 150 horas) y experiencia laboral
en orientación y/o inserción laboral, al menos de un año.
• Técnicas/os Superiores en Dinamización social, con titulación de Técnica/o
Superior de Animación Sociocultural o Técnica/o Superior en Integración
Social, o titulación universitaria en Ciencias Sociales y Humanidades, con
experiencia laboral al menos de un año en temas de género e igualdad y
formación en género (mínimo 100 horas) y con formación complementaria
en violencia de género (mínimo 50 horas).
• Promotoras/es de Igualdad con formación en género (mínimo 75 horas), y
con formación complementaria en violencia de género (mínimo 50 horas).
• Administrativa/o.
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ESPACIO DE IGUALDAD DOTACION DE PERSONAL
1 Coordinadora/or con funciones de Psicóloga/o
1 Titulada/o universitaria/o en Derecho
2 Técnicas/o Superiores en Dinamización Social LOTE 1 ESPACIO DE IGUALDAD CHAMARTIN
1 Administrativa/o
1 Coordinadora/or con funciones de Psicóloga/o
1 Titulada/o universitaria/o en Psicología
1 Titulada/o universitaria/o en Derecho
1Técnica/o de Desarrollo profesional
2 Técnicas/os Superiores en Dinamización Social
1 Promotora de Igualdad
LOTE 2 ESPACIO DE IGUALDAD HORTALEZA
1 Administrativa/o
1 Coordinadora/or
1 Titulada/o universitaria/o en Psicología
1 Titulada/o universitaria/o en Derecho
1 Técnica/o de Desarrollo profesional
2 Técnicas/os Superiores en Dinamización Social
ESPACIO DE IGUALDAD MARIA TELO
1 Administrativa/o
LOTE 3
Con el objeto de dar satisfacción a lo dispuesto en el decreto de 20 de diciembre de
2012 de la Delegada de Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba
la instrucción 5/2012 sobre servicios externos contratados por el Ayuntamiento de
Madrid y los entes que conforman su sector público, en cumplimiento de la
disposición adicional primera del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, se
atribuye a la cordinadora/or, o persona designada por la entidad adjudicataria en su
sustitución, las funciones de interlocutor/a al objeto de recibir las instrucciones que
el órgano gestor municipal deba dar al personal de la empresa, debiendo adoptar
medidas eficaces para garantizar su cumplimiento.
Los requisitos profesionales solicitados se acreditarán mediante la aportación:
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- copia cotejada del titulo oficial original de la titulación exigida.
- copia cotejada de diplomas y/o títulos oficiales, que acrediten las horas de
formación en género y formación complementaria en violencia de género,
señaladas en cada perfil profesional exigido.
- y de curriculum vitae según modelo incluido en Anexo VI.
A efectos del cómputo de la experiencia profesional, únicamente será tenida en
cuenta la que se refiera al ejercicio de las funciones propias de cada titulación. Se
acreditará con la aportación del certificado de vida laboral y/o certificado de
servicios prestados que emitan la unidades de personal correspondientes.
El personal estará sometido al poder de dirección y organización de la empresa
adjudicataria (retribuciones, horarios, instrucciones, etc…) y a todo ámbito y orden
legalmente establecido, siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al
cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en
especial en materia de Contratación, Seguridad Social, Prevención de Riesgos
Laborales y Tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación
jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las
facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al
mismo.
De conformidad con el artículo 301.4 del TRLCSP, a la extinción del contrato, no
podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan
realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de
Madrid.
CLÁUSULA SÉPTIMA: COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALU ACIÓN La Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación llevará a
cabo la coordinación técnica del Espacio, para lo cual:
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- Marcará las directrices en la programación, elaboración y diseño de los
contenidos, uso de aulas y despachos, y seguimiento de las actividades,
en las reuniones de coordinación con el Espacio de Igualdad.
- Participará en la planificación de actuaciones del centro, para introducir
demandas y propuestas específicas a realizar en el propio espacio.
El personal técnico designado por la Dirección General de Promoción de la
Igualdad y No Discriminación podrá, en cualquier momento, inspeccionar el servicio
y solicitar cuanta información se requiera. Asimismo, el servicio deberá participar en
los sistemas de seguimiento que se determinen por dicha Dirección.
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES GENERALES DE LA EMPRE SA
ADJUDICATARIA
- La entidad adjudicataria deberá informar, por escrito, al personal de la
Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación
encargado de la ejecución del contrato, de cualquier incidencia que pudiera
producirse durante su ejecución. Para el cumplimiento de lo señalado
anteriormente, se deberá poner en conocimiento inmediato de la
Administración, cualquier incidencia que surja, informando de las medidas
adoptadas en relación con la misma. En aquellos casos en los que la
gravedad de los hechos o cualquier otra circunstancia lo aconsejen, la
persona responsable del contrato, podrá solicitar informe escrito de la
incidencia acaecida.
- En el supuesto eventual de huelga general o en el sector al que pertenecen
las/os trabajadoras/es adscritos al servicio, la entidad adjudicataria deberá
mantener informada a la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No
Discriminación de las incidencias y del desarrollo de la huelga. Una vez
finalizada la mencionada huelga, la entidad adjudicataria deberá presentar
otro informe en el que se indiquen los servicios efectivamente prestados
durante la huelga y el número de horas o servicios en su caso que se hayan
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dejado de prestar. Dicho informe deberá presentarse en el plazo máximo de
una semana tras la finalización de la huelga, con la conformidad de la
Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
- La entidad adjudicataria deberá designar al coordinador/a del Centro como
responsable que actúe como interlocutor/a con el personal técnico municipal
encargado del seguimiento del contrato, y, en particular, con la persona
responsable del contrato designada por la Administración. Asimismo, la
empresa contratista deberá designar al personal sustituto para los supuestos
de ausencia de la persona responsable. Será al interlocutor/a al que le
corresponda trasladar a las personas encargadas de la ejecución de las
cuestiones relativas a la prestación del servicio que le plantee la
Administración. El interlocutor/a designado/a por la empresa y la persona
responsable del contrato por parte de la Administración, que podrá estar
acompañado por personal técnico municipal, celebrarán una reunión al inicio
de la ejecución del contrato con objeto de establecer pautas y directrices en su
desarrollo. Así mismo se mantendrán cuantas reuniones de esta naturaleza
se consideren necesarias, por el personal responsable del contrato, a lo largo
del periodo de ejecución del servicio.
- La entidad adjudicataria estará obligada a mantener en buen estado el
mobiliario, equipamiento informático, instalaciones y servicios que se utilicen
en el Espacio de Igualdad, situado en la ubicación descrita anteriormente, y a
dejarlos en iguales condiciones que al inicio del contrato, incluyendo la
restitución de los posibles elementos afectados. A la formalización del contrato
se levantará acta del estado de entrega del mobiliario y/o elementos que se
ceden para llevar a cabo las prestaciones objeto de este contrato. Asimismo, a
la finalización del mismo se levantará igualmente acta del estado de
devolución de los mismos.
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- Con la finalidad de contribuir a una mejora en la calidad y adecuación del
servicio y de las actuaciones que se desarrollen, la entidad adjudicataria
estará obligada a presentar informes:
- mensuales a entregar en la primera semana posterior del mes
siguiente
- cuatrimestrales a entregar en los meses de , septiembre y enero
- y una memoria de evaluación cuantitativa y cualitativa de todo lo
realizado a 31 de diciembre de 2018, 31 diciembre de 2019, y de lo
realizado a 31 de marzo de 2020 a entregar en el plazo de un mes.
Estos documentos se presentarán según directrices técnicas dadas desde la
Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación,
incluyendo siempre en ellos la desagregación estadística de los datos por
sexo y se determinarán los indicadores de evaluación correspondientes. En la
memoria anual deberán incluir una valoración del Impacto de género, si ha
sido positivo o negativo, y se propondrán:
- Cambios en los servicios o prestación, en su caso.
- Recomendaciones
- Sugerencias de aplicación
- Previsión de resultados cuantitativos
- Previsión de Impacto en las relaciones de género
- Contribución a los objetivos de las políticas de Igualdad
El plazo para la entrega de estos informes será de 7 días hábiles tras la
finalización de cada período, excepto para la memoria anual, para la que el
plazo será de un mes. A la finalización del contrato deberá presentarse
memoria de evaluación de todo lo realizado.
- La entidad adjudicataria se compromete a abonar todos los gastos que origine
el funcionamiento del centro: tales como servicios postales, todo el material
necesario para las labores de oficina, gastos de consumibles, y cualquier otro
suministro menor que pudiera proceder.
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- Asimismo, serán de cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos del
material necesario que requiera el funcionamiento del Espacio de Igualdad.
- La entidad adjudicataria se compromete a comunicar aquellos cambios de
profesionales que se produzcan a lo largo de la duración del contrato, bien por
incorporación de nuevo personal, cubrir vacantes, y suplencias tanto en
periodos vacacionales y/o por incapacidades temporales; debiendo acreditar
ante la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación
que reúnen los requisitos establecidos en la cláusula sexta para cada
categoría.
CLÁUSULA NOVENA: INFORMACIÓN SOBRE CONDICIONES DE L OS Y LAS TRABAJADORES/AS
Se incluye como Anexo III a este Pliego de Prescripciones Técnicas la relación de
trabajadores que en la actualidad se encuentran prestando los servicios objeto del
mismo en el Espacio de Igualdad de María Telo, a los efectos de lo establecido en
el artículo 120 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Serán objeto de subrogación contractual las personas trabajadoras condicionadas a
su aceptación.
Para la defensa de la estabilidad en el empleo de las personas trabajadoras,
resultara de aplicación lo dispuesto en la Directiva 2001/23/CE, de 12 de marzo de
2011, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al
mantenimiento de los derechos de las personas trabajadoras en el caso de
transmisiones de empresas y centros de actividad.
En la determinación del precio del contrato se ha tenido en cuenta el salario base
establecido en el Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social 2015-
2017, actualizado para el año 2017 en un 1,5%, de acuerdo con lo señalado en el
III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2015, 2016 y 2017, así como
los demás complementos salariales aplicables (antigüedad, responsabilidad,
experiencia profesional) y los restantes costes laborales y de Seguridad Social).
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En ningún caso, las personas trabajadoras afectadas por la subrogación obtendrán
la condición de empleado de las Administraciones Publicas o de sus organismos o
entidades de Derecho Público.
Aportación de certificación negativa del Registro C entral de delincuentes
sexuales.
De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de
Protección Jurídica del Menor, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato
profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la
libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia la empresa que
haya sido adjudicataria aportará al Ayuntamiento de Madrid una declaración emitida
por el o la representante legal de la empresa, en la que se haga constar que el
personal que se contrate para el desarrollo de las actividades posee la certificación
negativa de estos antecedentes penales.
El personal responsable del contrato podrá solicitar, en cualquier momento que
considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de
la declaración responsable.
Autorizaciones.
La entidad adjudicataria deberá cumplir con la obligación de solicitar y mantener en
vigor las oportunas autorizaciones de las/los psicólogas/os del equipo profesional,
en relación al régimen de autorización de centros y servicios de acción social y
servicios sociales, y al régimen de centros y servicios sanitarios, de acuerdo con la
normativa de la Comunidad de Madrid (Según la Disposición adicional sexta de la
Ley 5/2011 de 29 de marzo, de Economía Social).
CLÁUSULA DECIMA: CLÁUSULAS SOCIALES. Se detallan a continuación las siguientes especificaciones técnicas de carácter
social que serán de aplicación obligatoria para la entidad adjudicataria:
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a) Los bienes o servicios objeto del contrato que hayan sido producidos o se
desarrollen por la entidad, deberán respetar las normas socio laborales vigentes en
España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. El
adjudicatario deberá acreditar mediante certificado anual esta obligación.
b) Las prescripciones técnicas de este contrato han sido redactadas teniendo en
cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con
diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño
universal para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad
y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre (TRLGDPD).
c) Dado que en el presente contrato el componente económico fundamental es el
coste de la mano de obra se especifica, que en la determinación del precio del
contrato se han tenido en cuenta el salario base y los restantes costes laborales y
de Seguridad Social establecido en el Convenio colectivo que resulta de aplicación.
Así mismo, y en referencia al Lote 3 correspondiente al E.I Maria Telo indicar que
se contempla la subrogación del personal indicada en el Anexo III de este Pliego,
habiéndose tenido en cuenta para la determinación del precio del contrato el salario
base y los restantes costes laborales y de Seguridad Social establecidos en el
Convenio colectivo que resulta de aplicación al contrato más los costes de
antigüedad.
En este sentido, el Convenio colectivo de aplicación en este contrato es el
Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017, aprobado por
Resolución de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, Ministerio
de Empleo y Seguridad Social, por la que se registra y publica el citado Convenio
(B.O.E. núm. 158, de fecha 3 de julio de 2015).
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La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente a
todos los costes derivados de la aplicación del Convenio Colectivo que
correspondan, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios
contemplados puedan ser inferiores a los precios hora del Convenio más los costes
de Seguridad Social.
d) Es de aplicación al presente contrato la Directiva 2001/23/CE, de 12 de marzo de
2001, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al
mantenimiento de los derechos de las personas trabajadoras en caso de
transmisiones de empresas y centros de actividad.
e) En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar
los licitadores a que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse
un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las
mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia
equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del
cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería
y documentación, así como de cualquier otro soporte que garantice, el
cumplimiento de esta obligación. Dichos documentos deberán ser siempre
presentados previamente a la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No
Discriminación para su revisión y aprobación y deberán adecuarse al Manual de
Imagen Corporativa del Ayuntamiento de Madrid y a las Directrices de la Dirección
General de Medios de Comunicación.
f) La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad
y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los
riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas
trabajadoras.
Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
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- La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva
correspondiente a la actividad contratada.
- La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas
a la ejecución del contrato.
- El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su
caso, sean necesarios.
La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos
mediante la documentación que corresponda en cada caso.
g) La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la
afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a
la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal
subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinada a la ejecución del
contrato.
Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a la empresa
adjudicataria en el plazo de un mes desde el inicio de la ejecución del contrato la
presentación de una declaración responsable en la que se señale que las personas
trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas
de alta en la Seguridad Social.
En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere
oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la
declaración responsable.
h) Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria elabore un
informe de impacto de género referido exclusivamente a las actuaciones relativas a
la sensibilización ciudadana dirigidas tanto a hombres como a mujeres, en relación
con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de
las personas beneficiarias o usuarias del contrato, detallando el contenido de las
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medidas de igualdad aplicadas. Se utilizarán para ello los siguientes indicadores de
contexto, datos de la ciudad de Madrid:
- Índice de Desigualdad de la ciudad de Madrid.
http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCMedios/noticias/2016/03Marzo/07Lunes/Notasprensa/Desigualdad%20de%20g%C3%A9nero/ficheros/I%CC%81ndice%20de%20desigualdad%20de%20Ge%CC%81nero%20en%20la%20ciudad%20de%20Madrid%202005-13.pdf
- Encuesta de empleo del tiempo 2009-2010 del Ayuntamiento de Madrid,
de la Dirección General de Estadística del Ayuntamiento de Madrid.
Encuesta de Empleo del Tiempo 2009-10
- Índice Europeo de Igualdad de Género
http://eige.europa.eu/gender-statistics/gender-equality-index/about
- Datos generales de contexto de las fuentes oficiales, entre otros:
� VIOLENCIA DE GÉNERO:
http://www.violenciagenero.msssi.gob.es/violenciaEnCifras/macroencuest
a2015/home.htm
� PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES:
http://www.unwomen.org/es/what-we-do/leadership-and-political-
participation/facts-and-figures
� DATOS DE MUJER Y TRABAJO:
http://www.inmujer.gob.es/estadisticas/consulta.do?area=5
Los índices contemplados aportan la posición y situación de mujeres en la
sociedad, se podrán utilizar otros indicadores, siempre de fuentes oficiales, que
aporten información que contextualice las acciones.
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El informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria un mes antes de la
finalización del contrato y deberá ser aprobado por las personas responsables del
contrato.
Al objeto de acreditar el cumplimiento de ésta obligación, se adjunta como Anexo IV
modelo de informe de impacto de género.
i) Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria establezca
medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal y laboral de las
personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, tales como:
- Flexibilidad de horarios laborales de entrada y salida en el trabajo y
de las pausas o descanso para la comida, café etc…;
- Información sobre centros del territorio especializados en cuidado
de personas dependientes.
- Realización de la formación interna de la organización en horario
laboral o bien, en parte de éste.
- No establecer reuniones en tiempos limites de descanso.
Para esta obligación, la empresa adjudicataria deberá presentar en el plazo
máximo de dos meses desde el inicio de la ejecución del contrato, la planificación
de las acciones a realizar en relación con el personal vinculado a la ejecución del
contrato, así como su contenido; y, a la finalización del mismo un informe detallado
sobre las actuaciones realizadas con determinación de su alcance y destinatarios.
Al objeto de acreditar el cumplimiento de esta condición especial de ejecución, se
adjunta en el Anexo V modelo de informe de adopción de medidas corresponsables
por parte de la empresa.
Control de la ejecución de las cláusulas sociales.
La persona responsable del contrato supervisará el cumplimiento de las
obligaciones que en relación con las cláusulas sociales se hayan impuesto
directamente a la empresa adjudicataria en el presente pliego o hayan sido
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ofertadas por ésta, así como las que se deriven de la legislación social y laboral
vigente, según los establecido en forma y plazo en cada una de las cláusulas
sociales.
Un mes antes de la finalización del contrato la empresa adjudicataria deberá
presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le
fueran exigibles legal o contractualmente entre las que está el informe final de
impacto de género del contrato, con la evaluación de las intervenciones
planificadas. Este último informe se remitirá también a la Dirección General de
Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
CLÁUSULA UNDECIMA: CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato,
tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su
calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano
de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto
1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de
datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo
durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos,
informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga
acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda
conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente
recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las
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responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente,
deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del
Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la
obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo
9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los
términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban las
personas trabajadoras destinadas a la prestación del servicio objeto del presente
pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los
documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de
los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e
instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos
de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los/as
participantes y colaboradores/as en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al
ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento
de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en
caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la
prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones
técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar
en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará
o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato,
ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo
autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos
en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o
alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y
traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen
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previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto
no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las
condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y
seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y
programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte de la empresa adjudicataria se
velará específicamente por el cumplimiento de los previsto en los artículos 92, 97,
101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de
soportes y documentos.
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del
cumplimiento el presente contrato, la empresa adjudicataria y su personal se
someterán al estricto cumplimiento e los documentos de seguridad vigentes para
los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las
instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales
en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la
prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la
realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para la
empresa adjudicataria y para el personal encargado de su realización su
reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona
física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
La empresa adjudicataria se compromete a formar e informar a su personal en las
obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones
formativas necesarias.
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El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado
únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus
funciones.
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter
general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la
información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y
autenticación de las personas usuarias, estableciendo un mecanismo que permita
la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario/a que
intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado/a,
limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al
sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier
momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el
correcto cumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de sus obligaciones, la
cual está obligada a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa
adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los
soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del
Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal
deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las
instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que
contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el
incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de las estipulaciones del
presente contrato la convierten en responsable del tratamiento respondiendo
directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del
importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de
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carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la
totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid
como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para
garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de
la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad
que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos
perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y,
en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda,
el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de
gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos.
Asimismo, la empresa adjudicataria deberá informar al organismo contratante,
antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la
persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la
inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
12º) Llevará un registro de incidencias de conformidad con lo que dispone el
artículo 90 del Reglamento de desarrollo de la LOPD.
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ANEXOS
- ANEXO I. INVENTARIO DEL MOBILIARIO DEL ESPACIO IGUALDAD EN
CHAMARTIN
- ANEXO II. INVENTARIO DEL MOBILIARIO DEL ESPACIO IGUALDAD
EN HORTALEZA
- ANEXO III. INVENTARIO DEL MOBILIARIO DEL ESPACIO IGUALDAD
MARIA TELO Y TABLA SALARIAL
- ANEXO IV: MODELO DE INFORME DE IMPACTO DE GENERO EN EL
QUE SE ACREDITE QUE SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL FIN
INSTITUCIONAL CONCRETO QUE SE PERSIGUE
- ANEXO V. MODELO DE INFORME QUE ACREDITE LA OBLIGACION
DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE ESTABLECER MEDIDAS PARA
FAVORECER LA CONCILIACION CORRESPONSABLE EN LA
PLANTILLA QUE EJECUTE EL CONTRATO
- ANEXO VI. MODELO DE CURRICULO VITAE DE PERSONAL
COORDINADOR Y TECNICO
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ANEXO I
INVENTARIO DEL MOBILIARIO DEL
ESPACIO DE IGUALDAD EN CHAMARTIN
Despacho 5 1 mesa despacho con faldón 1 buck cajones 1 silla rodante 1 silla confidente 1 mesa reuniones redonda (80 Ø) 3 sillas confidente 1 armario puertas bajas 800 x 449 x 1600 Despacho 4 1 mesa despacho con faldón 1 buck cajones 1 silla rodante 2 sillas confidente 1 armario bajo para el panel de separación, de toda la longitud de este, de altura igual o similar a la de la parte opaca del panel Despacho 1 1 mesa despacho con faldón 1 buck cajones 2 sillas confidente 1 silla rodante 1 armario con archivador Despacho 2 1 mesa mostrador 1 armario con estanterías y puertas bajas de madera
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1 silla rodante Despacho 3 (Sala- Despacho) 1 mesas despacho con faldón 1 silla rodante 1 buck cajones 2 sillas confidente 25 sillas con ala Sala 6 (polivalente) 1 mesa 25 sillas con ala Varios ♣ 6/7 percheros ♣ Papeleras (6) ♣ 1 mural de corcho ♣ 1 pizarra Veleda ♣ 1 bancada de espera (5 plazas) ♣ Cambiador para bebés (office) ♣ Mobiliario office (mueble bajo con encimera, puertas y cajones) ♣ Muebles colgantes, uno de ellos con escurrevajilla ♣ Pequeño frigorífico (debería ir encastrado en mueble bajo) ♣ Microondas ♣ Fregadero encastrado en mueble bajo ♣ Mesa comedor abatible ♣ 4 sillas plegables ♣ 2 sillones individuales ♣ 1 mesa auxiliar
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ANEXO II
INVENTARIO DEL MOBILIARIO DEL
ESPACIO DE IGUALDAD EN HORTALEZA5
MOBILIARIO 6 DESPACHOS UNIDADES
Mesa operativa de dim: 160x800X730. 8
Ala para mesa operativa de 600x980x730. 8
Faldón para mesa de 1600. Fabricado en melamina. 8
Buck metálico de 3 cajones con ruedas. 8
Mesa de reuniones de dim.: 116cm 2
Armario metálico alto con archivos inferiores de 1000*450*1980h mm. Parte superior diáfano. Con 3 estantes.
5
Armario metalico alto con puertas inferiores de 1000*450*2000h mm. Parte superior diáfano. Puertas batientes inferiores. Dimensiones: 1000*450*2000mm (ancho*fondo*altura). Con 4 estantes.
3
Silla operativa. 8
Silla confidente.. 18
MOBILIARIO ZONA DE ESPERA UNIDADES
Butacas sin brazos 2
Butacas con brazos 2
Mesa centro 60x60 1
MOBILIARIO DESPACHO RECEPCION UNIDADES
Mesa operativa de dim. 1400x800. Estructura de tubo de acero cuadrado.
Tapa fabricada en melamina de 25 mm 1
Buck metálico de 3 cajones con ruedas. 1
Silla operativa.. 1
5 Inventario de mobiliario provisional. El inventario definitivo será facilitado a la entidad adjudicataria al inicio de la actividad.
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VESTUARIOS UNIDADES
Mesa dim. 1200x600. 2
Taquilla metálica de 1 cuerpo con 1 puerta , medidas 400x500x1900 8
Banco con perchero, dim 1750x1000x350 4
Silla polipropileno 4
SALON DE ACTOS UNIDADES
Silla confidente 77
Carros de transporte para sillas apilables 2
Mesa plegable de 1800x700x740 2
CUARTO DE CONTROL DEL SALÓN DE ACTOS UNIDADES
Silla 2
Mesa 1600x700x720 2
ZONAS PASILLO UNIDADES
Bancada 5 elementos 2
Bancada 3 elementos 2
SALA DE REUNIONES UNIDADES
Sillas 18
Armario estantería dim 1000x425x1980 1
Mesa de reuniones de 1200x4500x730 1
ZONA DE ESPERA/OFFICE PLANTA PRIMERA UNIDADES
Silla polipropileno 12
Mesa cafetería redonda de 700 de diámetro 3
Armario metálico con puertas de melanina , dim 100x449x1000 2
Armario metálico con puertas persiana, dim 1000x425x1980 1
Tapa de 19 para armario de 1000 2
COCINA UNIDADES
Silla polipropileno 20
Mesa plegable de 1500x700 2
Armario metálico con puertas de melanina , dim 100x449x1000 3
Armario metálico con puertas persiana, dim 1000x425x1980 3
Mesa extensible de comedor dim 1400/1850/2300x900 1
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AULA INFORMATICA UNIDADES
Mesa dim 1400x700x720 7
Mesas dim: 1400x800 1
Silla operativa 1
Sillas confidentes sin brazos 7
SALA ENTIDADES UNIDADES
Sillas 12
Armario metálicos puerta persiana dim 1000x425x1980 1
Mesa plegable de 1800x700x740 4
AULA 1 UNIDADES
Mesa plegable dim 1500x700 1
Silla operativa 1
Sillas confidentes sin brazos 12
AULA 2 UNIDADES
Mesa plegable dim 1500x700 1
Silla operativa 1
Sillas confidentes sin brazos 12
AULA POLIVALENTE UNIDADES
Sillas confidentes con brazo 6
Mesa centro. med 60x60 3
Mesa dim 1600x800 1
Armario estantería , dim 1000x425x1980 1
Butacas 4
Butacas individuales con reposabrazos 4
ANEXO III
INVENTARIO DEL MOBILIARIO DEL
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ESPACIO DE IGUALDAD MARÍA TELO
LOCAL 1 1 perchero de pie
1 mesa
1 mostrador de recepción
1 silla de oficina con ruedas 1. Hall Acceso
1 silla de visita
1 cajonera
1 mesa plegable
2. Sala 1:
17 sillas de visita
1 pizarra
1 corcho
1 armario de una puerta
1 lámpara de pie
20 Sillas con pala
1 mesa redonda
3. Sala 2 4 sillas de reunión acolchadas
1 corcho
1 pizarra
1 papelógrafo
3 corchos
3 Mesas de despacho
3 sillas con ruedas de cuero
3 cajoneras (2 sin ruedas)
1 armario bajo
4. Despacho 1 (Coordinación, TASOC, T.Desarrollo Profesional)
2 armario de una puerta
1 perchero
1 biombo
1 cajonera con ruedas
1 Mesa de despacho
1 silla de ruedas de cuero 5. Despacho 2 (Jurídica) 2 sillas atención
1 corcho
1 biombo
1 Cajonera
1 Mesa despacho
1 silla de sillas de cuero
6 sillas de reunión
2 armarios archivador
2 butacones
1 corcho
6. Despacho 3 (Psicológica)
1 Mesa de reuniones Circular
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LOCAL 2 6
MOBILIARIO SALA POLIVALENTE 1 UNIDADES
Armario con puertas persianas de dim. 800x449x1980. Estructura de chapa laminada en
frío. Puertas de melamina. Tres estantes. 3
Mesas plegable de dim: 1500x700 6
Sillas plegables de polipropileno 20
6 Inventario de mobiliario provisional. El inventario definitivo será facilitado a la entidad adjudicataria al inicio de la actividad.
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TABLA SALARIAL ESPACIO DE IGUALDAD MARÍA TELO
RELACIÓN NOMINAL PERSONAL ASIGNADO ACTUALMENTE AL CONTRATO DEL ESPACIO DE IGUALDAD MARÍA TELO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
EMPRESA: DELFO, Desarrollo Laboral y Formación S.L. A B C D E F G H I J K L Nº CATEGORÍA Fecha
antigüedad Nº de horas anuales
Tipo de contrato
Situación actual del/a trabajador/a (En activo, Excedencia, Reducción jornada por guarda legal, …)
Salario base bruto Anual
Complementos Salariales Anuales (distintos a la experiencia)
Complemento Experiencia Profesional Anual
Retribuciones totales brutas anuales (G+H+I)
Seguridad Social Anual a cargo de la empresa
Total coste de personal (J+K)
Por coordinación
Mejora Voluntaria
1 Coordinadora Grupo 1
07/10/2011 1750 Indefinido En activo 20.708,03 1.530,12 2.449,80 739,32 25.427,27 7.857,03 33.284,30
1 Psicóloga Grupo 1
01/10/2015 1750 Indefinido En activo 20.708,03 0,00 0,00 0,00 20.708,03 6.647,28 27.355,31
1 Abogada Grupo1
1750 Mercantil En activo 26.448,00 0,00 0,00 0,00 26.448,00 0,00 26.448,00
1
Tec. Desarrollo profesional /orientadora laboral Grupo 1
01/10/2015 1750 Indefinido En activo 20.708,03 0,00 0,00
0,00 20.708,03 6.647,28 27.355,31
1 Tasoc Grupo 1
01/10/2015 1750 Indefinido En activo 20.708,03 0,00 0,00 0,00 20.708,03 6.647,28 27.355,31
1 Administrativa 1 Grupo 3
01/10/2015 898 (20
h/semana) Indefinido En activo 8.401,20 0,00 0,00 0,00 8.401,20 2.696,79 11.097,99
1 Administrativa 2 Grupo 3
01/10/2015 898 (20
h/semana) Indefinido En activo 8.401,20 0,00 0,00 0,00 8.401,20 2.696,79 11.097,99
TOTALES
126.082,52 1.530,12 2.449,80 739,32 130.801,76 33.192,45 163.994,21
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CERTIFICO :
Bajo mi responsabilidad que, son veraces los datos relacionados en el presente listado de personal asignado al contrato y que he facilitado toda la información de la que tengo conocimiento a fecha de hoy.
En caso de falsedad de la documentación presentada incurriría en delito de falsedad documental regulada en el Título XVIII capítulo II del código penal.
En Madrid, a 29 de septiembre de 2017
Fdo. Asunción Mardones Gómez
Representante Legal de DELFO Desarrollo Laboral y Formación S.L.
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ANEXO IV
MODELO DE INFORME
INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO EN EL QUE SE ACREDITE QUE SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL FIN INSTITUCIONAL CONCRETO QUE SE PERSIGUE
SITUACIÓN DE PARTIDA
Situación de partida mujeres/hombres.
Relaciones de género Identificación de objetivos de las políticas de igualdad.
PREVISIÓN DE RESULTADOS
Previsión de resultados cuantitativos.
Previsión de impacto en relaciones de género.
Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad municipales (Carta Europea para la Igualdad de mujeres y hombres en la vida local, Estrategia municipal para la igualdad).
VALORACION DEL IMPACTO DE GÉNERO
POSITIVO
Elimina desigualdades.
Contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad.
NEGATIVO
No elimina desigualdades.
No contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad.
PROPUESTAS DE MEJORA
Sugerencia de cambios en el servicio o prestación.
RECOMENDACIONES
Sugerencias de aplicación.
Previsión de resultados cuantitativos.
Previsión de impacto en relaciones de género.
Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad.
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ANEXO V
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ANEXO VI
MODELO DE CURRÍCULO VITAE DE PERSONAL COORDINADOR Y TÉCNICO∗∗∗∗
Don/ña(nombre y apellidos)…………….................... ..........…………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… en representación de ………………………………………………………, NIF ……………… ……… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………… …………………………………….. en la calle/plaza/avenida................................ . ………………………………………………..…….C.P. ………………….….. oferta los siguientes profesionales par a llevar a cabo el Contrato de servicios para la gestión del Espacio de Igualdad en el Distrito de. ................
DATOS DE LA PERSONA PROPUESTA PARA (señalar profesional).....................................
Nombre y apellidos:.............................................................................................................................................................................. Fecha de nacimiento: .................................................................. NIF ................................................ I. DATOS ACADÉMICOS:
TITULACIÓN CENTRO EMISOR FECHA OBTENCIÓN TÍTULO
II.- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (En calidad de docente o de asistente)
DENOMINACIÓN DEL CURSO
ENTIDAD ORGANIZADORA
DURACIÓN
(nº horas)
III.- EXPERIENCIA PROFESIONAL
ENTIDAD CONTRATANTE CATEGORÍA PROFESIONAL
SECTOR DE POBLACIÓN DESTINATARIO DE LA
ACTIVIDAD.
DURACIÓN CONTRATO (nº meses)
En ................................., a ....... de .............................. de 200… Sello de la empresa y firma autorizada
Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Madrid y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación,
∗ Se cumplimentará un modelo de currículo vitae por cada uno de los profesionales señalados en el Pliego de prescripciones técnicas.
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cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD,
CONFORME DE LA PERSONA PROPUESTA
Fdo: ______________
Fdo._________________
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