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Plan y Reglamento de Convivencia del CP-IESO AOIZ/AGOITZ

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Plan y

Reglamento de

Convivencia del

CP-IESO

AOIZ/AGOITZ

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Índice:

1.­ Comisión de convivencia

1.0 Prólogo 2

1.1 ­ Composición y funciones 6

1.2 Medidas de carácter preventivo 8

1.3 Mediación 11

1.4 Compromisos de convivencia 12

1.5 Protocolo antibullying 13

2.­ Reglamento de convivencia

2.1 .­ Conductas contrarias a la convivencia 18

2.1.1 .­ Principios básicos y conductas 18

2.1.2 .­ Protocolo para justificación de faltas 28

2.2 .­ Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia 30

2.2.1 .­ Principios básicos y conductas 30

2.2.2 .­ Medidas educativas 30

2.2.3 .­ Procedimientos30

2.2.4 .­ Medidas cautelares 31

2.2.5 Sistema de elección de instrucciones 39

2.3 .Algunos aspectos a tener en cuenta para garantizar la

convivencia.

2.3.1 Inasistencia colectiva a clase 40­ 2.3.2. Derecho de reunión 41

2.3.3.­ Derecho de expresión 43

2.3.4.­ Otras actuaciones o situaciones 44

2.3.5. Actividades extraescolares y complementarias 45

2.3.6. Transporte escolar 46

2.3.7. Uso de las instalaciones 47

2.3.8 Comedor escolar 47

3. Anexos

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1.­ COMISIÓN DE CONVIVENCIA

1.0 Prólogo 1.1 Composición y funciones.

1.2 Medidas de carácter preventivo.

1.3 Mediación.

1.4 Compromisos de convivencia..

1.5 Acoso escolar.

1.0 PRÓLOGO La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, hace referencia a la prevención de los conflictos y a su resolución pacífica, la formación para la paz, el respeto a los derechos humanos y la preparación para el ejercicio de una ciudadanía crítica y responsable. Esta norma está inspirada en un modelo integrado de gestión de la convivencia, que potencia la participación de todos los agentes de la comunidad educativa, construye y mantiene un clima positivo de convivencia, promueve la comunicación entre las partes en conflicto y prevé la aplicación de medidas educativas y de reparación del daño causado, como consecuencia necesaria de los comportamientos producidos.

El Reglamento de Convivencia está inspirado en un modelo integrado de gestión de la convivencia:

- Concreta los derechos y deberes del alumnado. - Establece medidas que favorecen la convivencia y su enseñanza y aprendizaje entre las que destacan

los compromisos de convivencia y la mediación educativa. - Potencia la responsabilidad y la autoridad educativa del profesorado. - Plantea la aplicación de medidas educativas ante situaciones que alteran la convivencia. - Enfatiza el papel de las familias en su implicación en la convivencia del centro y en la resolución

pacífica y justa de los conflictos. Está basado en las prescripciones señaladas en el Decreto Foral 47/2010 de 23 de agosto de Derechos y Deberes del alumnado y de la Convivencia en los Centros Educativos y forma parte del Plan de Convivencia. Ante los diferentes conflictos de todo tipo que irán surgiendo en la Comunidad Educativa, planteamos una filosofía de diálogo, escucha y consenso, fomentando todo tipo de propuestas creativas que traten de reconducir comportamientos no correctos, siempre con la vista puesta en los derechos y deberes del alumnado reflejados en el Capítulo II del anteriormente citado Decreto Foral. Creemos que hay que profundizar en experiencias de mediación, tutorías especiales o comportamientos específicos, que faciliten la integración y solución dialogada y justa de conflictos. Teniendo en cuenta la realidad del centro recoge los siguientes documentos: 1. Las normas de convivencia como concreción de los derechos y deberes expuestos en el Capítulo II del

presente Decreto Foral. 2. La concreción de las conductas contrarias a la convivencia y de las medidas educativas aplicables,

establecidas en el Capítulo V del decreto. 3. La concreción de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y de las medidas

educativas aplicables, establecidas en el Capítulo VI del decreto. 4. Conductas que alteran la convivencia y medidas educativas en Educación Secundaria Obligatoria. 5. Los procedimientos para la aplicación de las medidas educativas. 6. Anexo I: Documentos para la tramitación de los procedimientos ordinario y acordado. 7. Anexo II: Concreción del reglamento de convivencia

8. LAS NORMAS DE CONVIVENCIA COMO CONCRECIÓN DE LOS DERECHOS Y DEBERES.

Derechos Normas de convivencia

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a) A recibir una formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia.

1. El alumnado recibirá una educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, en la prevención de conflictos y la resolución pacífica y justa de los mismos, así como en los valores, respeto y en los derechos y deberes recogidos en la legislación vigente.

b) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

1. El alumnado recibirá una educación en competencias

básicas que permitan el desarrollo personal y la integración social, con criterios de calidad y adaptada a la diversidad y a las capacidades del alumnado.

2. Recibirá una educación emocional que facilite afrontar adecuadamente las relaciones interpersonales.

3. Desarrollará actividades con fundamento científico y didáctico.

4. Recibirá formación ética y moral y orientación escolar, personal y profesional.

5. Formación en el respeto a la pluralidad lingüística de la Comunidad Foral de Navarra.

c) A ser respetado o respetada. El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personales, así como su libertad de conciencia y sus convicciones religiosas y morales.

1. El alumnado será respetado en su intimidad, libertad

de conciencia, en la diferencia y la diversidad. 2. Será protegido contra toda agresión de cualquier

índole. 3. Sus datos serán tratados con confidencialidad.

d) A ser valorado o valorada con objetividad.

1. El alumnado conocerá la programación didáctica:

objetivos, contenidos, procedimientos de evaluación y criterios de evaluación, calificación y promoción.

2. Recibirá información sobre su proceso de aprendizaje y evolución.

3. Podrá solicitar aclaraciones y presentar reclamaciones.

e) A participar en la vida del centro.

1. El alumnado participará a través de sus representantes

en el centro. 2. Podrá expresarse libremente de forma respetuosa. 3. Podrá reunirse en el centro educativo, constituirse en

asociaciones y participar en los órganos de gobierno del centro.

4. Utilizará diferentes medios de conciliación y mediación como método educativo para la resolución de conflictos

f) A ser educado o educada en igualdad de oportunidades y a la protección social.

1. El alumnado recibirá protección y apoyo para compensar desigualdades, carencias o desventajas y en situaciones familiares complicadas, víctimas de terrorismo, violencia de género o acoso escolar.

g) A la protección de la salud y a su promoción.

1. Se promocionarán hábitos saludables en la actividad física y en la alimentación.

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h) A una educación en igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

1. Se incorporarán conocimientos y habilidades para

lograr la independencia y autonomía personal. 2. Participarán corresponsablemente en los ámbitos de

decisión. 3. Se considerará igualmente a hombres y mujeres. 4. Se utilizará un lenguaje no sexista. 5. Se capacitarán para realizar elecciones libres de

estereotipos asociados al sexo. 6. Se consolidará su madurez personal, social y moral

para actuar de forma responsable y autónoma en sus relaciones.

Deberes Normas de convivencia

1. Estudiar.

1. El alumnado acudirá al centro con puntualidad, respetará los horarios de actividades y participará activamente. 2. Estudiará y se esforzará en conseguir el máximo desarrollo en sus capacidades. 3. Actuará de forma responsable respecto al descanso, alimentación e higiene.

2. Respetar la labor educativa y la autoridad del profesorado y de la dirección.

1. Respetará la labor educativa del profesorado, de la dirección y de otros agentes de la comunidad. 2. Realizará los trabajos encomendados. 3. Respetará el Proyecto Educativo del Centro.

3. Participación y colaboración de manera positiva en la mejora de la convivencia y en un adecuado clima de estudio.

1. Cumplirá las normas del centro. 2. Participará y colaborará activamente en el desarrollo de las actividades educativas. 3. Cooperará con el profesorado para fomentar un clima adecuado de estudio. 4. Participará en la prevención y resolución pacífica y justa de los conflictos. 5. Ofrecerá ayuda a quien lo precise y apoyará a las personas más vulnerables. 6. Participará en la elaboración de las normas de convivencia del centro. 7. Apoyará al alumnado con necesidades educativas especiales.

4. Respetar a las personas.

1. Tratará a todas las personas de forma respetuosa. 2. Permitirá y facilitará que se cumplan los derechos y deberes. 3. Promoverá y practicará una actitud pacífica. 4. Respetará la libertad de conciencia, ideológica, religiosa, moral y evitará cualquier tipo de discriminación. 5. Respetará los bienes propios y ajenos.

5. Asistir al centro educativo con la vestimenta y la higiene personal adecuadas.

1. Utilizará la indumentaria adecuada para la realización de actividades del centro. 2. Cumplirá las indicaciones del centro respecto a la utilización del atuendo. 3. Practicará hábitos adecuados de limpieza e higiene personal.

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6. Conservar y utilizar adecuadamente las instalaciones, equipamiento, mobiliario y materiales del centro, así como su entorno y el transporte escolar.

1. Respetará y cuidará las instalaciones y equipamiento del

centro. 2. Utilizará adecuadamente la luz y el agua y participará en

el reciclaje de los residuos. 3. Respetará y mantendrá limpio y ordenado el entorno del

centro.

2. CONCRECIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS PARA LA CONVIVENCIA Y LAS MEDIDAS EDUCATIVAS .

CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS

1. El profesorado tiene el deber de propiciar el buen clima escolar para los aprendizajes, deberá hacer todo lo posible por corregir aquellas conductas irregulares mediante métodos educativos y hablando con el alumnado, intentando un compromiso de modificación de la conducta por parte del mismo.

2. Todas las medidas que hayan de aplicarse deberán tener carácter educativo para el alumno o alumna, responsable de sus acciones. Además deberán garantizar el respeto a los derechos del alumnado y tendrán como referente la mejora de la convivencia.

3. Ante la aplicación de medidas, todo alumno o alumna o, cuando así proceda, el padre, la madre o representantes legales tienen derecho a ser escuchados y a formular alegaciones para su defensa según lo establecido en este Decreto.

4. En todo caso, se deberá tener en cuenta que:

a) Las medidas deberán asegurar la continuidad del proceso educativo del alumnado sin menoscabo de su formación académica.

b) No podrán aplicarse medidas contrarias a la integridad física ni a la dignidad personal.

c) La aplicación de las medidas respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna.

d) En la aplicación de las medidas deberán tenerse en cuenta la edad y las circunstancias personales, familiares y sociales del alumno o alumna. A estos efectos, el personal docente podrá recabar la información que estime necesaria sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su caso, a la familia o a las instituciones públicas competentes, la adopción de las medidas necesarias.

e) La medida aplicada deberá contemplar la necesaria reparación de daños, especialmente cuando éstos sean de índole personal (agresión física, oral o material). Para su corrección deberá producirse una disculpa en el mismo entorno en el que se haya producido dicha agresión, a la mayor brevedad posible, sin perjuicio de posteriores medidas.

f) Cualquier acto del alumnado que conlleve un perjuicio económico para otros, deberá ser reparado económicamente de forma inmediata, sin detrimento de posteriores sanciones.

5. Cualquier medida educativa podrá ser precedida de advertencia, amonestación y requerimiento de rectificación de modo verbal y/o escrito, así como de una reflexión sobre la conducta inadecuada y sus consecuencias.

6. Para considerar la conveniencia de la aplicación de una determinada medida, tanto el profesorado responsable como la dirección, podrán disponer del asesoramiento del orientador o la orientadora del centro, de la Comisión de convivencia del centro, de la Asesoría para la Convivencia del Departamento de Educación, de la Inspección Educativa y de los Servicios Sociales de Base.

7. Cuando se produzca alguna conducta contraria a la convivencia se dará a conocer a la familia.

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1.1 Composición y funciones.

Comisión de Convivencia

(CC).

La Comisión de Convivencia del centro (CC) surgió bajo el amparo del D.F

47/2010 y 204/2010 desde entonces ha continuado trabajando año tras año

en el colegio e instituto.

Está formada por profesores, y su objetivo principal es ayudar en la mejora

de la convivencia de la escuela. Para cumplir dicho objetivo, es

imprescindible trabajar conjuntamente con los diferentes grupos que

conforman la comunidad escolar.

Composición

La Comisión de Convivencia es nombrada por el director o directora y suele

estar formada por los siguientes miembros:

a)­ Uno o dos representantes del Equipo Directivo. Uno de ellos Jefe de Estudios Secundaria.

b)­ El profesor o profesora responsable de convivencia.

c)­ Profesorado. Los que tengan formación en convivencia

tendrán prioridad.

d­)Orientador/a.

e)Mediador informal de secundaria.

Funciones

Las funciones de la Comisión de Convivencia son las que siguen: - Miembros del Equipo directivo desarrollarán más la función punitiva. - El o la orientadora desarrollará la función de relación con la familia, instituciones… - El o la responsable de convivencia y el mediador de secundaria desarrollarán las funciones

de mediadores, escucha activa…

a) Relacionadas con el Plan de Convivencia.

a.1) Diseñar y responsabilizarse del proceso de elaboración participada del

plan de convivencia y de sus concreciones anuales, que serán

incluidas en la Programación General Anual.

a.2) Recoger y generar propuestas para la elaboración del plan de

convivencia y de sus concreciones anuales.

a.3) Programar, impulsar y realizar los estudios periódicos necesarios para

conocer el estado de la convivencia, así como la evaluación anual del

plan de convivencia, proponiendo las mejoras pertinentes.

a.4) Informar a la comunidad educativa sobre la aplicación del Plan de

convivencia.

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a.5) Elaborar la memoria de la concreción anual.

b) Relacionadas con el reglamento de convivencia

b.1) Colaborar en las revisiones del reglamento de convivencia.

b.2) Recabar información sobre las actuaciones de aplicación del

reglamento de convivencia en el centro y aportar sugerencias cuando

proceda.

c) Relacionadas con la formación y el asesoramiento.

c.1) Asesorar a la comunidad educativa en materia de convivencia y

promover actividades formativas, tanto para el profesorado como para

el resto de la comunidad educativa en dicho tema

c.2) Proponer la inclusión de la educación para la convivencia en el

currículo de las diferentes áreas y materias. La asignatura de Valores

éticos tiene una programación específica y secuenciada para las 3

etapas del centro. El trabajo en tutorías estará basado en esta

programación, además de los temas propios de la misma.

c.3) Asesorar a la dirección en la toma de decisiones respecto a la

aplicación de medidas educativas ante conductas contrarias a la

convivencia o gravemente perjudiciales para la misma.

d) Relacionadas con la mediación informal .

d.1) Nombrar responsable de mediación informal a principio de curso y responsabilizarse de su funcionamiento.

d.2) Organizar los procesos de mediación informal según lo establecido la

presente Orden Foral.

Son funciones de la persona responsable de convivencia del centro las siguientes:

a) Dinamizar la comisión de convivencia y sus acciones y proyectos.

b) Participar en la elaboración, implantación, evaluación y actualización del plan

de convivencia, así como en los mecanismos de implicación de la comunidad

educativa necesarios para su desarrollo, puesta en marcha, evaluación y

concreciones anuales.

c) Articular, en el marco del plan de convivencia, la formación y participación

activa del alumnado, la prevención y las estrategias de resolución de

conflictos, así como la implicación de los diferentes agentes de la comunidad

educativa.

d) Impulsar la formación del profesorado en este campo y actualizar su

formación personal como responsable de convivencia, así como

responsabilizarse de la formación en materia de convivencia de otros

colectivos del centro.

e) Asistir y asesorar al director o directora en la aplicación del reglamento de convivencia.

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f) Responsabilizarse de los siguientes documentos: el plan de convivencia del

centro; sus concreciones anuales, en las que vendrá incluido el propio plan

de trabajo de la persona responsable y la memoria anual.

1.2 Medidas preventivas.

En las etapas de educación infantil, Primaria y secundaria se establecerán las siguientes medidas preventivas y educativas

Se pondrán en marcha las siguientes medidas con los diferentes grupos de la

comunidad educativa:

1.2.1. El Equipo Directivo

­ Dar a conocer, la normativa proactiva de aula y el sistema de diques al profesorado en reunión septiembre.

­ Dar a conocer el Reglamento de Convivencia, el papel del instructor y los pasos del procedimiento ordinario (DIPO) (Al profesorado en reunión septiembre)

­ 1.2.2. Orientación

­ En los momentos que se considere necesario, la orientadora apoyará la labor docente , de dirección con intervenciones dentro o fuera del aula.

1.2.3. El profesorado

­ Impulsar y dinamizar los grupos de mediadores (profesorado y/o alumnado)

­ Formación Institucional de centro para tratamiento de conflictos.

­ En CCP Encuentro con los profesorado de guardia de recreos en septiembre:

­ Actividades programadas en los recreos. Hojas de reflexión, compromisos y trabajos

­ de reposición.

­ Acordar las normas de aula con el alumnado de manera consensuada. Cada tutor/a , acordadas con el equipo docente, las expondrán en la pared de aulas a lo largo de septiembre.

­ Trabajo en la asignatura de Valores Éticos las programaciones sobre “Inteligencia emocional”

1.2.4. Con el alumnado

­ A.- El tutor/a dará a conocer en las primeras sesiones de septiembre “Tratu Onez - Buen trato” recogido en Power point y el Reglamento de convivencia del Centro..

­ B.- Programaciones de Educación Emocional, habilidades sociales y valores en las que a través de un plan anual de actuación sistemática y organizada se trabajarán 5 bloques temáticos:

- - Conciencia emocional.

- Regulación emocional

-Autoestima

- Habilidades socio-emocionales.

- Habilidades para la vida

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C. Normativa Proactiva de aula. Al principio de curso se establecerán las normas de aula y sus consecuencias de manera consensuada y razonada, quedarán expuestas en aula

Su proceso de actuación :

1.- Intervención inicial antes de aplicar las consecuencias:

­ . Advertencias con gestos, palabras, silencios, miradas….

­ . Diseñar la adecuada disposición de las mesas.

­ . Invasión del territorio de zonas disruptivas.

­ . Refuerzo positivo cuando no están disruptivos.

­ . Distinguir conducta de persona. Búsqueda de vínculo y complicidad.

­ . Preparar minuciosamente cada actividad de las 2 primeras semanas de clase.

­ . Cambio metodológico de una determinada actividad.

­ . Aplazamiento de una actividad.

­ . Rutinas al comienzo de clase. Silencios tácitos con recuperación del tiempo perdido.

­ . Análisis del conflicto con guía previa en conflictos colectivos.

­ . grupos de trabajo teniendo en cuenta el factor actitudinal.

. Cuñas socio emocionales: las que fomenten la empatía, la proactividad, las que buscan reciprocidad, el control emocional, las que equilibran derechos y deberes.

Estas cuñas socio-emocionales pretenden corregir determinadas conductas y desarrollar competencias socio-emocionales y éticas adaptadas a la fase del desarrollo moral en el que se encuentre el alumnado.

2.- Zona de Espacio Personal temporal (durante una actividad) para serenarse. Se puede separar la mesa sin interrumpir la clase.

3.- Zona de espacio personal definitiva (el resto de la clase) con ficha de reflexión que fomente los 5 pensamientos de la inteligencia racional. Si está muy nervioso en ese momento se retrasará la reflexión al día siguiente en una entrevista. Habrá modelos de ficha en clase.

4.- Entrevista (recreo) para comentar la ficha de reflexión, ampliando el diálogo, el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vínculo afectivo entre profesorado y alumnado. Se guardará y/o entregará para los posibles informes en Jefatura de Estudios.

5.- Entrevista individual para establecer acuerdos y compromisos.

6.- Comunicación a la familia por teléfono o entrevista. Informar al tutor de este paso. Para ayudar a cumplir el compromiso, se puede llevar a clase una hoja de expulsión y una cara de felicitación a la familia, dárselas al alumno/a para que las lea y elija su actitud conociendo sus consecuencias.

7.- Derivación a la jefatura de estudios (comisión de convivencia del centro) y aplicación de las normas de centro. Cuña a utilizar con el alumnado: ej. ”Como no hemos podido resolver el problema con las normas de aula, debes pasar por Jefatura para hablar de normas de centro”

La falta de material, las advertencias y los espacios personales se anotarán en un registro. Cada semana un alumno/a, por orden de fila, alfabéticamente… se ocupará de anotar en la columna correspondiente a quién advirtamos o nombremos. Se trata de cortar lo menos posible la clase. Se decidirá qué repercusión tienen las anotaciones en la calificación.

D. SISTEMA DE DIQUES

Cualquier falta por parte del alumnado será tratado respetando el sistema de diques, es decir:

1.- Profesor/a.

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-La primera intervención la hará el profesor/a con el que haya ocurrido la falta.

-Realizará un aviso o advertencia.

-Llevará a cabo al día siguiente una entrevista privada. Hoja de reflexión.

-Podrá utilizar el recurso del personal de guardia o expulsión de 3 días máximo de su aula.

-Si es reiterado pedirá ayuda.

2ºTutor/a

-Rastreo de la incidencia.

-Entrevista privada. Hoja de reflexión.

-Compromiso.

-Familia.

-Pedir ayuda

3º Orientación

-Rastreo de incidencia.

-Entrevistas (profesorado, familia, alumnado…)

-Nuevas soluciones: Reunión de todo el equipo docente. Dirección.

-Compromiso.

-Derivación.

4º Dirección - Abrir y llevar a cabo el proceso del expediente.

4.- Derivación externa.

1.2.4. Con las familias

­ Presentar a la Comisión de Convivencia en las reuniones de acogida de

familias de nuevos alumnos y alumnas.

- Comunicar en las reuniones de principio de curso el Reglamento de

Convivencia Así como en las reuniones de acogida de familias de nuevo

alumnado. Informar que está colgado en la web. 3 años y 1º de ESO

especialmente.

1.3 Mediación.

1. La mediación escolar y los acuerdos o compromisos educativos son medidas

que fomentan la convivencia positiva y el aprendizaje de soluciones

alternativas a los conflictos que se puedan presentar.

2. La mediación es un método de resolución de conflictos en el que una persona

interviene entre dos partes en conflicto, con el objeto de ayudarles a que

obtengan un acuerdo satisfactorio para ambas.

3. El centro educativo ofrecerá la mediación como estrategia preventiva,

resolutiva y reparadora, con el fin de resolver los conflictos generados por

conductas del alumnado contrarias a las normas de convivencia o

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gravemente perjudiciales para la convivencia general del centro. Igualmente

se podrá utilizar para conflictos de relación, estén o no relacionados con

conductas contrarias a la convivencia.

4. En el caso de conflictos motivados por conductas calificadas como contrarias

a la convivencia, la mediación podrá tener carácter exclusivo o conjunto con

otras medidas educativas de forma previa, simultánea o posterior.

5. El Reglamento de convivencia regulará el procedimiento de aplicación

paralela de los procesos de mediación contemplados en el artículo 8 del

Decreto Foral 47/2010, junto con las medidas educativas contempladas en

los artículos 15 y 19 del mismo, considerando las siguientes posibilidades:

a) Aplicación de la medida educativa correspondiente, iniciando también

un proceso de mediación.

b) Modificación de la medida educativa correspondiente, en función de

los resultados del proceso de mediación.

c) Aplazamiento y revisión de la medida educativa hasta la finalización

del proceso de mediación.

La mediación no se aplicará en las siguientes circunstancias:

a) Ante la comisión de alguna de las conductas gravemente perjudiciales

para la convivencia contempladas en el artículo 17 del Decreto Foral

47/2010 cuando concurra alguna de las circunstancias agravantes de

la responsabilidad que se mencionan en el artículo 18.2 del citado

Decreto Foral.

b) En el caso de haberse utilizado reiteradamente el proceso de

mediación por el mismo alumno o alumna, durante el mismo curso

escolar, sin haber obtenido resultados positivos.

c) Cuando las diferencias o desequilibrio entre las partes en conflicto

sean insalvables o la desaconsejan.

d) En aquellos casos en los que resulte inapropiada, por existir una

intervención judicial.

1.3.1. Grupos de mediadores.

Mediación Informal. A principio de curso, se nombra un profesor/a que desarrollará la actividad de mediación informal entre alumnado de 1º y 4º ESO. Por una parte se encuentra el alumnado de nueva incorporación a la etapa y por la otra, el alumnado guía que voluntariamente se prestan a ayudar a los mentorizados. Se les invita a comunicar posibles problemas de convivencia que puedan ir percibiendo tanto dentro como fuera del centro.

1.4 Compromisos para la convivencia.

1. Cuando el alumnado presente problemas de conducta o de aceptación de

normas, los centros educativos podrán proponer a las familias la adopción

de compromisos de convivencia. Estos compromisos tendrán como objeto

establecer mecanismos de coordinación entre el profesorado, otros

profesionales que atiendan a la alumna o alumno y la familia con el fin de

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colaborar en la aplicación de cuantas medidas se propongan, tanto en el

tiempo de control escolar como en el de control familiar. Estos compromisos

podrán ser adoptados y firmados también por el alumnado.

2. Los compromisos educativos contemplarán la corresponsabilidad de la familia

en la aplicación de las medidas correctoras.

3. La Comisión de convivencia realizará el seguimiento de los compromisos de

convivencia suscritos en el centro y podrá proponer la adopción de otras

medidas en caso de incumplimiento.

4. Asimismo, la tramitación de cada procedimiento acordado requerirá, como

finalización del mismo, la redacción del consiguiente Compromiso de

convivencia en los términos establecidos en el artículo 23 del Decreto Foral

47/2010, de 23 de agosto.

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1.5 Acoso escolar

El bullying, según la definición de Olweus:

“Para poder decir que un alumno sufre agresiones o que se convierte en

víctima, tiene que darse el caso de que recibe malos tratos de forma continuada

en el tiempo por parte de un alumno o varios alumnos.”

Los malos tratos entre iguales suelen tener las siguientes características:

Desequilibrio de poder: tiene lugar una diferencia en lo que respecta al

poder físico, psicológico y social, y esto provoca un desequilibrio de fuerzas en

las relaciones interpersonales.

Intencionalidad/Repetición: la intencionalidad se refleja en la agresión que

se repite y prolonga en el tiempo y este comportamiento provoca en la víctima

miedo de ser el blanco de otras agresiones posteriores.

Indefensión/Personalización: La víctima de malos tratos suele ser un

alumno/a solo y de ese modo se coloca en una situación de desprotección.

Para evitar los malos tratos debemos tener siempre en cuenta dos actuaciones:

1. PREVENCIÓN

En el centro se tomarán las medidas que siguen:

­ Sensibilizar a la comunidad educativa.

­ Medidas de organización escolar.

­ Medidas para que los alumnos participen y sean conscientes de su responsabilidad.

­ Medidas para tratar individualmente a los alumnos, bien de modo

preventivo, bien porque están inmersos en un conflicto.

2. INTERVENCIÓN

Después de hablar con los alumnxs que están en riesgo de padecer posibles

malos tratos, si el equipo docente ve que algún alumnx los está padeciendo o si

alguna otra persona ha pedido una intervención, se seguirán los siguientes

pasos:

­ Realizar un análisis en profundidad de lo que está ocurriendo en el aula, centro… ­ Pasar sociogramas y fichas de diálogo interno (orientación y tutor/a)

2.1.- Activar protocolo de acoso: (anexos especificados en el PROGRAMA LAGUNTZA)

­ Reunir datos de identificación. ­ Recoger datos sobre el tipo de agresión denunciada, sobre su

gravedad y sobre el lugar en que ha ocurrido.

­ Análisis del caso e intervención urgente. Medidas del plan de Actuación. ­ El Equipo Directivo junto al / a la responsable de convivencia y

orientadora, convocará una reunión con los tutorxs de los alumnos afectados,

para analizar y valorar la intervención necesaria.

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­ Si fuera necesario, se tomarán medidas de carácter urgente, con el fin de proteger a la

posible víctima y/o evitar agresiones. Activar protocolo vigilancia.

El director o directora tendrá constancia por escrito del resumen de todas estas medidas.

­ Los tutores o el Comité de seguimiento que se constituya, con total

discreción y por medio del diálogo directo, harán saber lo ocurrido a las

familias o tutores legales de los alumnos, informando sobre la situación y

las medidas que se están tomando. El tutor lo recogerá por escrito y

presentará el resumen a la familia para que lo firme.

­ Completar la información por medio de preguntas, conversaciones y otros

procedimientos.

­ Contrastar la información recogida.

­ Cumplir con el plan de acción:

­ En el centro o en las clases en las que se da el problema.

­ Con los alumnos implicados en el problema.

­ Con las familias.

­ Informar a Inspección Educativa.

3. EVALUACIÓN

­ Seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas.

MODELO DE PROTOCOLO PARA LOS CASOS DE ACOSO ESCOLAR

Ante un caso de acoso escolar, las actuaciones en el centro educativo quedan reguladas

en el Decreto Foral 47/2010 (modificado por el Decreto Foral 57/2014), en la Orden Foral 204/2010 y en su manual correspondiente editado por el Departamento de Educación en 2010.

El Plan de Convivencia de cada centro contendrá el protocolo concreto a seguir en dichos casos, así como los responsables de su aplicación. El presente modelo de protocolo se ofrece para que cada centro lo asuma directamente, o lo adapte, según las características y necesidades de la comunidad educativa.

El centro deberá garantizar siempre y en todo lugar los principios siguientes:

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ESQUEMA DEL PROTOCOLO EN CASOS DE POSIBLE ACOSO

ESCOLAR

¿Qué ocurre/qué hacer? ¿Cuándo? Responsable

Nos hemos enterado. Día 1º Cualquier persona

Damos parte a tutor/a o miembro del equipo directivo Día 1º Cualquier persona

Orden de estudiar y trabajar el caso. Nombrar responsable. Medidas protectoras.

Día 1º Dirección

Observación sistemática: determinación de posibles protagonistas implicados (víctima, agresores/as y espectadores/as)

Día 1º Director, Jefe de estudios, orientador/a y profesorado

(*) Verificación de la aplicación de normas de protección de datos y privacidad de la información en Internet Obtención de los consentimientos informados de alumnos y padres, en su caso, para el acceso a dispositivos e información personal relevante.

Día 1º Director o Jefe de Estudios

Analizar si es un tema rio y constatado. Medidas cautelares.

Si no fuera un tema grave y se viera posibilidad “clara” de solución hablando con víctima y agresor/a, es preferible para que no escale el conflicto.

Día 1º Dirección o persona responsable asignada por Dirección

Garantizar y organizar la protección de la víctima. Día 1º Profesorado y otros

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Hablar con la posible víctima. ¿Quizá en lugar y tiempo distintos al marco escolar? ¿Tal vez por teléfono? En todo caso garantizar discreción.

• Comunicarle que queremos ayudarle. Que cuente con nuestra ayuda.

• Que cuente qué le ocurre. • Que pensamos trabajar el tema y necesitamos su

conformidad. • Caso de que lo trabajáramos en clase, qué

preferiría: ¿estar o no estar presente? • Que sepa que cuenta con nosotros.

Determinar y efectuar las entrevistas a realizar con el resto de los protagonistas.

Día 1º/2º Persona responsable (Anexo 8 Programa Laguntza))

Si el centro lo estima pertinente, obtener permisos de acceso a redes sociales y herramientas de comunicación del alumno/a (*).

Día 2º Persona responsable

Valorar si es el momento de hablar con las familias tanto de la víctima como de los agresores/as. ¿Conviene hacerlo ya o esperar? (Anexo 4)

Día 2º Persona responsable con dirección...

Si el centro lo estima pertinente, obtener los permisos de acceso a redes sociales y herramientas de comunicación del alumno que deban otorgar los padres (*).

Día 3º Persona responsable

Estudio de la información con que contamos. Aclarar cuanto antes la gravedad y si se trata de un caso de

• Acoso. • Ciberacoso, sexting, grooming (si se detecta

violencia de género, seguir protocolo específico, Modelo 5 **)

• Agresión puntual. • Conflicto.

Para poder hacer esta tarea, la persona responsable contará con tiempo haciéndose cargo de sus clases el profesorado de guardia. ¿Es necesario entrevistarse con todos o con algunos miembros del grupo? (confeccionar informe del Anexo 2). *Custodiar y proteger la información documental obtenida.

Día 2º Persona responsable

Dar parte a la Inspección y, en su caso contactar con la Asesoría para la Convivencia.

*1º Pedir asesoramiento a Unidades de Investigación Tecnológica de la Policía o a la Fiscalía sobre la forma de proceder en cada caso. *2º Según el asesoramiento recibido, dar parte a Fiscalía de Menores o Fuerzas de Seguridad, en su caso.

Día 2º o 3º Dirección

Estudiar los datos y decidir cómo canalizar el tema. Establecer plan de intervención (concretar medidas mediante el Anexo 3 del Programa Laguntza))

Día 3º (o tras la observación sistemática)

Persona responsable y orientador/a

Calificación de la falta y medidas educativas, en su caso. Día 3º Dirección

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Trabajo de tutoría con el grupo: Es fundamental llegar a la reparación del daño tanto de los agresores/as como del grupo. Se ha decidido previamente con la víctima si está o no en clase. (Decidir si, además del tutor o tutora, intervienen otras personas).

Día 3º o 4º y siguientes

Tutor/a

Trabajo con la víctima. Sesión o sesiones. Si la víctima ha decidido no estar en clase de tutoría, aprovechar ese momento.

Desde el primer momento

Tutor/a ¿Orientador/a?

¿Otros especialistas?

Trabajo con los acosadores/as. De forma individual y/o grupal.

A partir del día 4º

Tutor/a ¿Orientador/a?

¿Otros especialistas?

Información a familias. Escrito y/u oral (Anexo 4). Día 5º Responsable y Dirección

Informe final a Inspección. Final del proceso o fin

de curso

Dirección

Seguimiento y revisiones. A determinar Persona Responsable

* Realizar estas actuaciones cuando proceda en casos de ciberacoso (ciberacoso) o sexting.

** Para llevar a cabo adecuadamente las actuaciones señaladas en esta tabla se recomienda revisar los materiales complementarios que figuran en la página Web de la Asesoría para la Convivencia: Documentos de apoyo - Educación:

https://www.educacion.navarra.es/web/dpto/educacion-en-valores/asesoria-para-la-convivencia/profesorado/ documentos-de-apoyo

FIN DEL PROTOCOLO

El protocolo de actuación no tiene un momento definido de finalización, ya que

dependerá de varios aspectos concretos del caso que estemos tratando. No obstante son varios los motivos por los que puede finalizar la aplicación del protocolo de cada caso:

, Cuando se resuelve de forma consistente el caso y ha habido reparación y restauración

de las relaciones y el clima de convivencia.

, Cuando finaliza el curso escolar (si en el plan de actuación o en las revisiones del

mismo no se determine que en el curso siguiente debe continuar abierto el protocolo)

, Cuando el alumnado implicado cambia de centro educativo.

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2.­ REGLAMENTO DE CONVIVENCIA

2.1 CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA.

2.1.1 Principios básicos.

2.1.2 Protocolo para justificación de faltas.

2.1.1 Principios básicos.

a) La Dirección del Centro favorecerá el clima adecuado para

los aprendizajes, la adquisición de competencias del alumnado y la convivencia

del mismo, y promoverá la resolución de los conflictos mediante el diálogo, el

acuerdo y la mediación para la resolución pacífica de los conflictos.

b) El profesorado es responsable de la primera intervención en

aquellos conflictos o problemas de disciplina presentados, y aplicará las

medidas oportunas para resolverlos en el ámbito de su responsabilidad.

c) El alumnado actuará responsablemente en el ejercicio de sus

derechos y en el cumplimiento de sus deberes.

d) En la imposición de medidas educativas la Dirección tendrá en

cuenta las orientaciones y los consejos de la Orientadora, del Tutor/a y de la

Comisión de Convivencia.

Conducta a)

Incumplimiento del deber de estudio o cualquier otra conducta durante el desarrollo de la clase que pueda dificultar el ejercicio del

derecho y el deber de estudiar de sus compañeros/as.

Si el alumno/a no estudia, no trabaja, no aprovecha el tiempo de clase, e

impide el desarrollo normal de las clases, el profesorado podrá aplicar las

siguientes medidas:

Medidas educativas :

a) El profesorado puede decidir que el alumno/a se quede en el aula en el tiempo de recreo.

b) El profesorado puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio

(siempre con trabajo) o prohibirle la asistencia a sus clases por un máximo

de 3 sesiones.

Procedimiento:

Con respecto a la medida “a)”: El profesor/a escribirá una nota en la

agenda, mail o por teléfono del alumno/a. Así los padres/madres sabrán que por

su actitud se ha quedado sin recreo.

Con respecto a la medida “b)”:

Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a

comunicará por teléfono o por correo electrónico a los

padres/madres de la medida adoptada y de las causas que han

motivado la expulsión.

El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión, parte y se lo entregará a la Jefatura de Estudios.

Si el alumno/a cumple debidamente el trabajo planteado el

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profesor/a podrá retirar la sanción impuesta.

Conducta b): Faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

Se considerarán faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase

las que no sean excusadas de forma escrita. El procedimiento de justificación de

faltas es el que se establece en el punto 2.1.2 . La Dirección del Centro definirá el

procedimiento de justificación de faltas y cuantas medidas considere necesarias

para recabar información a efectos de justificación de las mismas.

Medidas educativas:

Si el alumno/a no justifica sus faltas de asistencia la Dirección del Centro

tomará las siguientes medidas:

b.1.) Faltas de puntualidad:

4 faltas de puntualidad en una quincena. Los padres , madres o el

tutor/a legal recibirán una notificación por escrito..

4 nuevas faltas de puntualidad a lo largo de la siguiente quincena: Los padres, madres o el tutor/a legal recibirán una notificación por escrito donde se les comunicará la siguiente medida educativa a tomar que será:

- durante tres recreos realizará labores de cuidado del aula-centro(limpieza, colocación de mesas, forrar libros, limpiar cristales…).

Procedimiento:

Las familias recibirán por parte de la tutora

una comunicación por escrito.

En relación a los retrasos en horario de entrada al centro (o interclases 5 min.): 9:00 y 15:30 las instrucciones de funcionamiento quedarán de la siguiente manera:

- Aquel que vengan a partir de la 9:10-15:40 sin justificante, no podrán acceder a su aula, podrán acceder al centro pero se quedarán con el/la profesor/a de guardia hasta la siguiente sesión. Se les pondrá una falta de asistencia no justificada en esa sesión.

- En el caso del alumnado que llegue tarde, pero acompañado de algún adult@, se le comunicará la norma y deberá llevar al alumno/a y traerlo para la segunda sesión. Se les pondrá una falta de asistencia no justificada en esa sesión.

b.2.) Cuando hagan pira, borota en determinadas clases:

Medida educativa:

a) Detener la acción si están en el centro. b) Entrevista personal. c) Realizar durante una mañana trabajos que contribuyan al beneficio de la comunidad

educativa. d) De repetirse la conducta en los siguientes 15 días, realizarán labores a la comunidad

educativa durante 3 mañanas.

b.3.) Faltas de asistencia:

Medida educativa: Se aplicará el protocolo de absentismo.

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NIVEL 1: CENTROS EDUCATIVOS

ÁMBITO Centro Escolar

RESPONSABLE Jefe de Estudios / Orientador

FUNCIONES

• Incluir en el Plan de convivencia de cada curso escolar la planificación de las siguientes cuestiones organizativas:

- Establecer mecanismos de control y seguimiento del absentismo escolar.

- Detectar y analizar las posibles causas del absentismo. - Programar actividades preventivas (planes de acogida…etc.). - Tomar las medidas adecuadas para adecuar la propuesta educativa.

PRIMERA INTERVENCIÓN: TUTOR/A HASTA 2 FALTAS/MES* S. J.(10% del crédito lectivo) 10 faltas de asistencia

• Tareas: - Control diario de faltas. - Contacto telefónico con la familia. - Entrevista con la familia o responsable. - Dejar constancia de las gestiones realizadas. - Rellenar Anexo I

SEGUNDA INTERVENCIÓN: JEFE/A DE ESTUDIOS/ ORIENTADOR/A HASTA 4 FALTAS/ MES S.J.(20% del crédito lectivo) 20 faltas de asistencia

• Tareas: - Nuevo contacto telefónico con la familia. - Notificación postal (si procede). - Concertar y mantener entrevista con la familia o responsable. - Contactar con Servicios Sociales de Base (SSB). - Dejar constancia de las gestiones realizadas y la respuesta obtenida en

un expediente del alumno absentista elaborado ad hoc (anexo II). - Rellenar anexo II

CONDICIONES PARA EL PASO AL NIVEL 2 24 faltas de asistencia

- Haber realizado todas las acciones propias del primer nivel sin resultados.

- Que el índice de absentismo del alumno sea igual o superior al 20%. - Realizar el informe del caso con la propuesta de actuación a llevar a

cabo en el siguiente nivel. - Informar a la Comisión Contra el Absentismo del paso al nivel 2

SSBASE

* En primaria se considerará una falta la ausencia durante una jornada completa, pudiendo acumularse dos medias jornadas en distinto día. En secundaria se considerará una falta la ausencia durante una jornada completa, pudiendo acumularse horas sueltas hasta completar el crédito horario de un día.

Conducta c):

Asistencia reiterada a clase sin el material necesario por razones imputables al alumno o a la alumna.

Si el alumno/a se presenta en el aula sin los libros de texto, sin apuntes,

sin realizar los ejercicios, reiteradamente, el profesor/a podrá aplicar alguna de

estas medidas:

Medidas educativas:

a) El profesor/a, en las primeras 4 ocasiones, le pedirá al alumno/a un

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compromiso para reconducir su actitud. En esas clases o sesiones, el

alumno/a podrá compartir el material de otro alumno/a (libro de texto,

apuntes, ejercicios…).

b) El profesor/a, superadas esas 4 ocasiones, si ve que no cambia su actitud

ante la responsabilidad y el trabajo, podrá privarle del derecho al recreo,

o podrá expulsarle de clase (siempre con trabajo) y con el profesor de

guardia por esa única sesión.

c) Podrá cambiarle de grupo-aula (de edad inferior…) para ayudar a algún

alumno/a en concreto en las tareas de aula.

Procedimiento:

Con respecto a la medida “b”:

Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a

comunicará a las familias, por teléfono o por correo electrónico, la

medida adoptada y las causas que han motivado la expulsión.

El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión y se lo entregará a la Jefatura de Estudios.

Si el alumno/a cumple debidamente el trabajo planteado el profesor/a podrá aminorar la sanción impuesta.

Si el alumno/a no puede disfrutar del recreo, el profesor/a

escribirá una nota por teléfono o correo del alumno/a. Así las

familias sabrán que por su actitud se ha quedado sin disfrutar del

recreo.

Conducta d):

Falta continuada de trabajo del alumnado, tanto en casa como en

clase.

Si el alumno/a, mantiene una actitud continuada, de no participar en las distintas

actividades planteadas en el aula o en las planteadas para casa (realización de

tareas, estudio, trabajo en grupo…) de forma reiterada y totalmente pasiva, el

profesorado podrá aplicar alguna de estas medidas:

Medidas educativas:

a) El profesorado, en las primeras 4 ocasiones, le pedirá al alumno/a un

compromiso para reconducir su actitud. En esas clases o sesiones, el

alumnado podrá compartir el material de otro alumno/a (libro de texto,

apuntes, ejercicios…).

b) El profesor/a, superadas esas 4 ocasiones, si ve que no cambia su actitud

ante la responsabilidad y el trabajo, podrá privarle del derecho al recreo,

o podrá expulsarle de clase (siempre con trabajo).

c) Cambiarle de grupo durante un tiempo.

Procedimiento:

Con respecto a la medida “b”:

Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a comunicará a los padres, por teléfono o por correo electrónico, la medida adoptada y las causas que han motivado la expulsión.

El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión .rellenando debidamente el informe de expulsión y se lo entregará a la Jefatura de Estudios.

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Si el alumno/a cumple debidamente el trabajo planteado el profesor/a podrá aminorar la sanción impuesta.

Si el alumno/a no puede disfrutar del recreo, el profesor/a escribirá una nota por teléfono o correo del alumno/a. Así la familia sabrá que por su actitud se ha quedado sin disfrutar del recreo.

Con respecto a la medida “c”:

La Dirección en colaboración con la Orientadora estudiaría las implicaciones de esta medida, y si fuera posible o conveniente la aplicaría. En este caso se avisará a la familia por correo.

Conducta e):

Copiar o facilitar que otros alumnos o alumnas copien en

exámenes, pruebas o ejercicios.

Medidas educativas:

a) Calificación negativa. Cada Departamento explicitará en la programación

esta medida. Procedimiento:

El profesor/a no le permitirá continuar con el examen, prueba.

Informará de la medida al Tutor/a y a los padres/madres por correo electrónico.

Conducta f):

Manifestaciones expresas contrarias a la dignidad de las

personas y a los derechos democráticos legalmente establecidos, así

como al Proyecto educativo y al carácter propio del centro.

Los comportamientos sexistas, racistas, xenófobos, antirreligiosos, las

actitudes que no respeten el buen nombre del Instituto o lo pongan en duda…

serán los que se tendrán en cuenta en esta conducta.

Medidas educativas: a) Entrevista personal con el profesor/a o tutor/a. Hoja de reflexión. Compromiso y resarcimiento

del daño causado a la persona en concreto. b) El profesor/a puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio o prohibirle

la asistencia a sus clases por un máximo de 3 sesiones (siempre con trabajo).

c) La Dirección(comisión de convivencia) puede decidir que el alumno/a no

participe en las actividades extraescolares.

Procedimiento:

La persona que haya sido testigo del comportamiento, entregará “El parte de los hechos” a la Dirección.

Con respecto a la medida “b”:

La Dirección en colaboración con la Orientadora, el Tutor/a y la

Comisión de Convivencia estudiaría las implicaciones de esta

medida, y si fuera conveniente la aplicaría.

La Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.

Procedimiento:

Con respecto a la medida “c”:

Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a

comunicará por teléfono a las familias la medida adoptada y las

causas que han motivado la expulsión.

El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión, parte y se lo entregará a la

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Jefa de Estudios.

Conducta g):

Falta de respeto a la autoridad del profesor o profesora, así como la desobediencia al personal del centro en el ejercicio de sus

funciones.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el profesor/a para decir “lo siento” (pedir disculpas).

b) El profesor/a le solicitará un compromiso escrito de rectificación de actitud.

c) El profesor/a puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio o prohibir la

asistencia a sus clases por un máximo de 3 sesiones (siempre con trabajo).

Procedimiento:

Medida adoptada por el profesor/a Con respecto a la medida “c”:

Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a

comunicará a los padres, por teléfono o por correo electrónico, la

medida adoptada y las causas que han motivado la expulsión.

El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión y se lo entregará a la Jefa de Estudios.

Conducta h)

Trato incorrecto y desconsiderado hacia miembros de la comunidad educativa o hacia quienes presten sus servicios a la

misma.

Medidas educativas:

a)Entrevista personal con el profesor/a o tutor/a. Hoja de reflexión. Compromiso y resarcimiento del daño causado a la persona en concreto.

b)El profesor/a puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio o prohibirle la

asistencia a sus clases por un máximo de 3 sesiones (siempre con trabajo).

c)La Dirección(comisión de convivencia) puede decidir que el alumno/a no

participe en las actividades extraescolares.

Procedimiento:

La persona que haya sido testigo del comportamiento, entregará “El parte de los hechos” a Dirección.

Con respecto a la medida “b”:

La Dirección en colaboración con la Orientadora, el tutor/a y la

Comisión de Convivencia estudiaría las implicaciones de esta

medida, y si fuera conveniente la aplicaría.

Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.

Procedimiento:

Con respecto a la medida “c”:

Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a

comunicará por teléfono a las familias la medida adoptada y las

causas que han motivado la expulsión.

El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión, parte y se lo entregará a la Jefa de Estudios.

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Conducta i):

Participación en inasistencias grupales a clase no autorizadas

por la Dirección.

Si el alumnado, en discrepancia respecto a decisiones educativas, decidiera

hacer una huelga, deberá obtener la autorización de la Dirección, siguiendo el

procedimiento que se recoge en esta normativa.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el Tutor/a.

b) Pérdida de cuatro los recreos de 4 días para recuperar el tiempo perdido.

c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un

tiempo limitado. Procedimiento:

La Dirección será la responsable de aplicar la medida.

La Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.

Conducta j):

Mentir o dar información falsa intencionadamente al personal

del centro, cuando no perjudique seriamente a ningún miembro de la comunidad educativa o que preste sus servicios a la misma. Medidas educativas :

a) Entrevista personal con el Tutor/a o la Orientadora.Hoja de reflexión. Compromiso. Resarcimiento.

b) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.

Procedimiento:

La Dirección(Comisión de convivencia compartida con el profesorado)

será la responsable de aplicar la medida.

La Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.

Conducta k):

Utilización de equipos y aparatos.

En la ESO se encuentra prohibido traer al instituto móviles o aparatos de

grabación de imagen o sonido durante toda la jornada lectiva.En el caso de

traerlos, deberá estar guardado y apagado en la mochila y bajo su

responsabilidad(disposición adicional p1)

El alumnado transportado o que excepcionalmente tenga permiso para

traerlo lo hará solamente fuera del recinto escolar. Dentro del instituto deberán

mantenerlos apagados.

En todos los niveles: la autorización para utilizar este tipo de aparatos,

correrá a cuenta del profesor/a o del responsable de la actividad, siempre claro

está, teniendo en cuenta la normativa general.

En todos los niveles: La utilización incorrecta de estos aparatos (falta de

respeto, contrario a la convivencia…), puede ser considerada como Conducta

Grave, aun siendo la primera vez.

Se podrán utilizar estos dispositivos dentro de aula con un uso

pedagógico y será el profesor/a quien tendrá en cuenta si todo el alumnado está

en posesión de ello.

Medidas educativas: .

En caso de que uno de estos aparatos sea hallado en clase, el profesor/a

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ordenará que se apague, y lo bajará a dirección depositándolo bajo llave y será el

Jefe de Estudios quien lo entregará a la familia.retendrá hasta la finalización de la

jornada lectiva. Será devuelto a partir del día siguiente a la familia, tras recordar

al alumno/a que estos aparatos no se pueden traer al instituto.

En el caso de que un mismo alumnx repita 3 veces esta actitud, se considerará Conducta

Grave.

Para subsanar la vulneración de esta norma, se le suspenderá el

derecho al recreo durante tres días y durante los mismos realizará alguna

actividad de sensibilización sobre el buen uso de los dispositivos tecnológicos.

Esta misma medida (tres recreos) se aplicará también en el caso de

utilización de estos aparatos en otras zonas del instituto (pasillos, patio…).

Procedimiento

:

El profesor/a llamará por teléfono o por correo electrónico a los padres/madres o representantes legales, para comunicarles qué ha sucedido.

El profesor/a deberá dejar constancia de lo sucedido en Jefatura de Estudios, rellenando el “Parte de los hechos” correspondiente en la carpeta DRIVE.

Conducta l) :

Utilización de espacios, material y equipamiento del centro sin autorización o para otros fines no educativos o distintos de los

autorizados.

Medidas educativas:

a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a.

b) Entrevista personal con el Tutor/a o la Orientadora. Hoja de reflexión. Compromiso. Resarcimiento.

c) Pérdida del derecho a salir entre uno y tres recreos.

Procedimiento:

Medida adoptada por la Dirección (comisión de convivencia ).

El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.

Conducta m):

Incumplimiento de las normas establecidas por el centro en lo

relativo a la indumentaria.

En el Instituto se llevarán ropas apropiadas y deberán ser las adecuadas

para realizar los ejercicios físicos. La indumentaria será adecuada y facilitadora de

la identificación del alumnado. Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el profesor que haya ocurrido. Este comunicará al tutor /a lo ocurrido.

b) El profesor/a le solicitará la realización de hoja de reflexión y

un compromiso escrito de rectificación de actitud. Procedimiento:

El profesor/a tutor/a o la Orientadora le recordarán las normas.

El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.

Conducta n):

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Descuido voluntario y reiterado de la higiene, la limpieza y el aseo personal.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el profesor/a o Tutor/a.

b) El profesor/a le solicitará un compromiso escrito de

rectificación de actitud. Procedimiento:

El tutor/a o la Orientadora le recordarán las normas.

El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.

Conducta ñ):

Deterioro leve, causado de manera intencionada, de las

instalaciones o material del centro, medios de transporte escolar,

bienes o instalaciones de lugares visitados, así como de las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa o de

quienes prestan sus servicios a la misma.

Medidas educativas:

a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a

b) Entrevista personal con el profesor/a, el tutor/a o la Orientadora.

c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.

d) Para reparar el daño causado en las instalaciones o en el material del

Centro se le requerirá acudir al Instituto con un plan concreto de

reparación. Su trabajo de reparación podrá realizarlo durante el número de

recreos que se estimen necesarios. La reparación la realizarán bajo la

supervisión del profesor/a de guardia, tutor/a o conserje, dependiendo de la

labor.

e) En todos los casos, será imprescindible reparar el daño causado, bien a través

de la reposición del material, o abonando su importe.

f) Si la conducta ha sido en el autobús o servicio de comedor, podrá perder

el derecho a utilizarlo, por un tiempo limitado.

g) 3 recreos mínimo (o hasta que termine el trabajo de reparación )

realizando labores con el conserje.

Procedimiento:

Quien haya sido testigo de la conducta, entregará el documento “Parte de los hechos”.

Medida adoptada por Dirección.

El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.

Conducta o):

Ensuciar o estropear instalaciones, equipamiento, material, inmediaciones del centro, autobús escolar o lugares visitados con el

centro.

Medidas educativas:

a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a

b) Entrevista personal con el profesor/a, el tutor/a o la Orientadora.Hoja reflexión,. Compromiso . Resarcimiento del daño causado.

c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.

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d) Si la conducta ha sido en el autobús, podrá perder el derecho a utilizarlo,

por un tiempo limitado.

e) Para reparar el daño causado en las instalaciones o en el material del

Centro se le requerirá acudir al Instituto con un plan concreto de

reparación. Su trabajo de reparación podrá realizarlo durante el número

de recreos que se estimen necesarios. La reparación la realizará bajo la

supervisión del profesor/a de guardia, tutor/a o conserje, dependiendo

de la labor.

f)

Procedimiento:

Quien haya sido testigo de la conducta, entregará el documento “Parte de los hechos”.

Medida adoptada por Dirección.

El Tutor/a comunicará a la familia por teléfono o por escrito la medida adoptada.

Conducta p):

Fumar tabaco o consumir bebidas alcohólicas en espacios situados dentro del recinto escolar, en el transporte escolar o durante

la realización de actividades organizadas por el centro.

En el Instituto está totalmente prohibido fumar, beber o tomar

cualquier sustancia ilegal.

Medidas educativas:

a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a

b) Entrevista personal con el tutor/a.

c) Pérdida del derecho a disfrutar de los recreos

durante cinco días. Procedimiento:

Medida adoptada por el Tutor/a y la Dirección.

Durante los recreos de los cinco días permanecerá en el aula G2 o G3 reflexionando.

El profesor/a comunicará por teléfono o por correo electrónico a los padres/madres o representantes legales, para comunicarles lo sucedido.

Conducta q):

No entregar o no comunicar a los padres/ madres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

Medidas educativas:

a) Entrevista personalHoja de reflexión. Resarcir el daño causado con el tutor/a.

Procedimiento:

El tutor/a comunicará a los padres/madres o representantes legales lo que ha sucedido.

Conducta r):

Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y que no constituya conducta gravemente

perjudicial para la convivencia del Centro.

Medidas educativas:

a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a

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b) Entrevista personal con el profesor/a o con el tutor/a.

c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.

d) Si la conducta ha sido en el autobús, podrá perder el derecho a utilizarlo,

por un tiempo limitado.

e) Para reparar el daño causado se le requerirá acudir al Instituto con un

plan concreto de reparación, durante algunas tardes.

Procedimiento:

Quien haya sido testigo de la conducta, entregará el documento “Parte de los hechos”.

Medida adoptada por Dirección y el Tutor/a.

El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.

Para reparar el daño causado, deberá seguir las indicaciones del Conserje, ayudándole en sus tareas.

2.1.2 Procedimiento de justificación de faltas.

Las faltas de asistencia son gestionadas por el programa EDUCA. A

través de este programa, cada profesor, todos los lunes, como muy tarde,

registrará todas las faltas acumuladas durante la semana anterior. Así los

Tutores, dispondrá de dos días, máximo hasta el miércoles de cada

semana, para justificar esas faltas.

Por otra parte, cada jueves, desde secretaría enviarán al Tutor/a los informes

provisionales de faltas para que los verifiquen. Una vez revisados, les

remitirán los informes definitivos.

El alumno/a que haya faltado a clase, le entregará al Tutor/a el justificante.

Los alumnos/as mayores de 18 años justificarán sus faltas como lo hace cualquier trabajador en el mundo del trabajo.

El plazo para justificar las faltas es de dos días.

Faltas de asistencia y salida del recinto del instituto sin permiso.

a) El número de faltas de asistencia se puede ver en EDUCA.

Además, al final de cada evaluación, en cada boletín, se

explicitan.

b) Los alumnos/as de ESO no pueden salir del Instituto. Por lo

tanto, si algún alumno/a sala del Instituto sin permiso, se le

abrirá un expediente administrativo, pues es considerada una

conducta gravemente perjudicial para la convivencia.

c) Durante el tiempo de recreo, los alumnos/as de Bachillerato y

Ciclos Formativos, podrán salir del Instituto, si así lo desean; pero

si algo sucediera, la Dirección del Instituto se exime de cualquier

responsabilidad.

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2.2 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.

2.2.1 Principios generales.

2.2.2 Medidas educativas.

2.2.3 Procedimientos.

2.2.4 Medidas cautelares.

2.2.5 Sistema de elección de instructores.

2.2.6 Procedimiento del expediente administrativo.

2.2.1 Principios generales.

a) La Dirección del centro favorecerá el ambiente adecuado para los

aprendizajes, para la consecución de las competencias básicas y para la

convivencia. Así mismo, cuando surjan conflictos, fomentará la resolución de los

mismos por medios pacíficos, es decir, mediante el diálogo, los acuerdos entre

las partes implicadas y la mediación.

b) Cuando surjan problemas disciplinarios, el primer agente en intervenir

será el profesor/a implicado/a o testigo, será también el primero en aplicar las

medidas necesarias para la resolución del problema, siempre que se encuentren

bajo su ámbito de responsabilidad.

c) Los alumnos/as actuarán con responsabilidad a la hora de utilizar sus

derechos y de cumplir sus deberes.

d) A la hora de decidir las resoluciones de los conflictos, la Dirección

tendrá en cuenta los consejos de la Orientadora, los Tutores/as y de la

Comisión Convivencia.

e) Los alumnos/as que causen daños materiales o sustraigan bienes a

cualquier miembro de la comunidad educativa tienen la obligación de reparar los

daños o a hacerse cargo de su coste económico.existe una excepción con la

rotura de cristales ya que los cubre el seguro del ayuntamiento. En ese caso el

alumno realizará trabajos en el centro valorados según el coste del cristal.

f) La acumulación de 5 faltas leves conllevarán una falta grave .

Conducta gravemente perjudicial a):

Las injurias, calumnias, ofensas, vejaciones o humillaciones, insultos, amenazas, la violencia física o de otro tipo, así como el

acoso y las conductas atentatorias de palabra u obra al profesorado y

a su autoridad, o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa, a quienes prestan sus servicios a la misma, especialmente

si tiene un componente sexual, racial, xenófobo, contrario a las creencias o

convicciones morales de las personas, o se realiza contra aquellas

personas más vulnerables por sus características personales, económicas,

sociales o educativas.

2.2.2 Medidas educativas:

a) Adopción de medidas cautelares en caso de considerarlo adecuado.

b) Entrevista con el profesor/a. Hoja de reflexión y resarcimiento del daño.

c) Cuando se haya producido agresión física, no se dará la opción de procedimiento acordado y se podrá tomar la medida cautelar de expulsarlo en ese momento. El tutor/a llamará a la familia para que venga a recogerlo/a.

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d) La Dirección (o persona que haya designado a tal fin) comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a la

apertura de expediente (DIPO).

2.2.3 Procedimientos

La Dirección(o persona que haya designado a tal fin) debe recoger por escrito la

comunicación de la persona testigo.

La Dirección pondrá en marcha una investigación.

La Dirección nombrará un instructor/a. Si se cumplen las condiciones para el

procedimiento acordado *, la Dirección comunicará tanto al instructor/a como al tutor/a

que se ha procedido al inicio de la apertura de expediente y entregará al Instructor/a el

“Documento Inicial” (DIPO) que abre el expediente . El tutor/a se pondrá en contacto

con la familia para comunicarle lo sucedido.

A su vez, el instructor/a acordará con la familia la hora y el día en el que

se realizará la reunión entre familia e instructor/a y entregará este

documento tanto a la familia como al alumno/a, en la reunión.

Si aceptan el procedimiento acordado * , se le comunicará a la familia la posibilidad de

“La propuesta alternativa a la expulsión”. Se le entregara la propuesta por escrito y lo

firmará :

- 1 día de expulsión= una mañana de trabajos a la comunidad educativa,

- 2 días expulsión=1 día,

- 3 días expulsión=2 días,

- 5 días expulsión=3 días

-10 días expulsión=7 días.

En el caso de no cumplir con los trabajos a la comunidad, automáticamente pasará a

cumplir con la medida acordada.

En los dos casos (ORDINARIO Y ACORDADO), el Instructor/a deberá hablar con los

profesores para recoger y entregar al alumno/a los trabajos que se le encomienden, así

como inspeccionar el desarrollo y el grado de cumplimiento de la medida acordada.

Comunicará el resultado de su inspección a la Directora al final del proceso. En el caso de no aceptar las medidas educativas propuestas, familia y

alumno/a tienen derecho a presentar alegaciones; para ello tendrán un plazo de dos días lectivos.

Cada vez que se abre un expediente ordinario, es decir, cuando no es

acordado, el “Documento Inicial” que abre el expediente será considerado

como resolución final de expediente. Este documento se enviará por

correo certificado al domicilio del alumno/a. Ese mismo día, la Dirección

comunicará al Tutor/a la apertura del expediente y le dará una copia del

Documento Inicial. El Tutor/a informará a la familia telefónicamente e

informará y entregará una copia del Documento al alumno/a.

En el caso de que el/la alumno/a y su familia no acepten la resolución del

expediente tendrán dos días lectivos para presentar alegaciones a la

Directora. En el caso de que sean presentadas alegaciones el Instructor/a

pondrá en marcha una investigación y presentará su resolución a la

Directora . La Directora comunicará esta resolución por escrito a los

padres y al alumno/a . En el caso de que la familia no acepte esta

resolución deberán presentar sus alegaciones al Consejo Escolar. El

Consejo Escolar trasladará su opinión a la Directora. La Directora puede

pedir consejo al Departamento de Educación. El proceso se dará por

terminado por medio de una última resolución de la Directora que será

comunicada por escrito al alumno/a y sus padres.

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*se propondrá el procedimiento acordado siempre que haya

arrepentimiento, se haya disculpado y haya cumplido con los trabajos de

otro procedimiento acordado anterior.”

RESUMEN del DIPO:

1.- CONOCIMIENTO DE LA AUTORÍA: Desde el conocimiento de la

misma en dirección, hay 3 días hábiles para comunicarlo a la familia.

Conducta grave y medida ejemplar:

1- Sacar al alumnx de clase con el de guardia. 2- Llamar a la familia (Dirección: Jefes de Estudios). 3- Redactar el expediente (entrevistas, partes, hojas de reflexión de los /as implicadas). 4- Entregar Documento de Inicio de Procedimiento Ordinario y una copia firmada para el centro. Escanearlo y guardarlo digitalizado en la carpeta convivencia. 5- En la reunión con la familia dos testigos del centro son suficientes (Profesor, tutor/a y uno del equipo directivo). Asegurar que firma la familia. 6- Medida cautelar: suspensión del derecho a la asistencia al centro inmediatamente. 7- Si se niegan a firmar, reflejarlo en el DIPO.

2 días lectivos para alegaciones, sino el DIPO va para adelante. Si se da una conducta GRAVEMENTE PERJUDICIAL Y hubiera desconocimiento de la autoría contamos con -> 60 días para investigar para lo cual se nombrará la figura del instructor/a. Instructores:

1- Será el encargado de realizar Informe, entrevistas a todos los implicados. Se recogerán por escrito en la hoja de partes, reflexión.… 2- Propuesta (2º DIPO) 3- Directora acepta/rechaza 4- Si la familia rechaza

a. Consejo escolar en 2 días b. Departamento- Juez

Documento Inicio Procedimiento Ordinario (DIPO):

1- Fecha conocimiento hechos -> Cuando la directora lo sepa. 2- Hay que reflejar los detalles como nombres, horario, palabras textuales, insultos… 3- Medidas cautelares cuando queramos que sea ejemplarizante. 4- Se puede utilizar Procedimiento Acordado (ej, 5 días pero con hoja de compromiso dejarlo en 3 ) tal y como se refleja en el propio reglamento.En el caso de no cumplir el procedimiento acordado, automáticamente pasará a cumplir la medida contemplada en el primer DIPO.

Reiteración de conductas contrarias a la convivencia: 1- Comunicar a las familias

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2- Cuando se llegue a 5, comunicar a la familia el riesgo que supone y hoja de compromiso del alumnado. El compromiso lo cumplimentará con la tutor/a previo acuerdo o consulta orientación. El profesorado podrá establecer compromisos particulares con el alumnado habiéndolo comunicado a la tutora. Cuando un compromiso lo requieran más de 2 profesores/as, la tutora convocará una reunión de equipo y establecerán el compromiso a cumplir todas las partes., 3- Adjuntar hojas de reflexión a las conductas contrarias a la convivencia.

Agresión al profesorado -> atentado a la autoridad -> delito público Adjunto anexo

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en caso de no aceptación por la familia:

1. Documento de inicio del procedimiento.

2. Informe propuesta del instructor (si la familia ha alegado).

3. Resolución de la directora aceptando o no la propuesta del instructor/a.

4. Informe y propuesta del Consejo Escolar (si la familia ha acudido a él).

5. Resolución final de la directora.

Conducta gravemente perjudicial b):

La grabación de textos, imágenes, sonidos ... de la jornada

lectiva o de las actividades educativas con fines distintos de los autorizados por la dirección, así como de cualquier escena

relacionada con la vida privada de las personas. Medidas educativas:

a) Entrevista personal con una persona del Equipo Directivo y tutor/a. Hoja de reflexión

b) El alumno/a deberá borrar lo grabado, en caso de no hacerlo se le comunicará

que se abrirá el camino judicial.

c) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo contexto que ha tenido la conducta inadecuada.

d) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial c):

La difusión, por cualquier medio electrónico o de otro

tipo(redes sociales, de contacto), de las conductas descritas en el

apartado anterior.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con una persona del Equipo Directivo y tutor/a. Hoja reflexión

b) El alumno/a deberá borrar lo grabado, en caso de no hacerlo se le comunicará

que se abrirá el camino judicial.

c) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo contexto en el que ha tenido la conducta inadecuada.

d) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3. (ver páginas 18 y 19)

Conducta gravemente perjudicial d):

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El deterioro grave, causado de manera intencionada, de instalaciones, materiales,documentos del centro, transporte

escolar, bienes e instalaciones de lugares visitados, así como de las

pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa o

de quienes prestan sus servicios a la misma( en el caso de rotura de cristales, como los cubre el seguro del Ayuntamiento,el alumnado

realizará trabajo en centro que equivalga al total de la factura de

compra del cristal).

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a.

Hoja de reflexión. Resarcimiento del daño causado.

b) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

c) Deberá pagar, limpiar y/o arreglar lo deteriorado.

d) Deberá pagar todos los daños ocasionados intencionadamente. Si no sale el

responsable ,se solicitará colaboración con el alumnado de la clase para

que entre todos busquen solución a cómo reparar el daño ocasionado.

e) Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial e):

Conductas que, por mala intención o por comportamiento inadecuado puedan suponer riesgo para la integridad física de los

miembros de la comunidad educativa o de quienes prestan sus

servicios a la misma.

Medidas educativas:

a) Se podrá tomar medida cautelar.

b)Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de

reflexión.

c)Deberá pedir disculpas en el mismo ámbito que se ha producido la conducta

inadecuada.

d)La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a la

apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial f):

Mentir o dar información falsa, intencionadamente, al personal

del centro, cuando perjudique seriamente a algún miembro de la

comunidad educativa o de quienes prestan sus servicios a la

misma.

Medidas educativas:

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a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. hoja

de reflexión.

b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha

producido la conducta inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial g):

La sustracción de pertenencias tanto del centro como de cualquier otra persona.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la conducta

inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3

Conducta gravemente perjudicial h):

La suplantación de la personalidad en actos de la vida académica, redes sociales,correos, perfiles falsos... y la falsificación

o sustracción de documentos académicos. Se considerará

especialmente grave la sustracción de modelos de examen o copias

de las respuestas, así como su difusión, posesión, compra o venta.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la

conducta inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial i):

Ser conocedor o testigo de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia y no ponerlo en conocimiento del

equipo directivo.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la

conducta inadecuada. c) Realizará un trabajo educativo de visionado de materiales que le ayuden a tomar

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conciencia como observador en un conflicto. Medida formativa que la preparará le hará seguimiento orientación.

d) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial j):

Conductas de insubordinación, con especial atención al

incumplimiento de las medidas educativas impuestas.

Medidas educativas: a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la

conducta inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial k):

La colocación de carteles o la realización de pintadas u otras manifestaciones escritas que atenten contra los derechos y

libertades recogidos en la Constitución o supongan apología del

terrorismo.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la

conducta inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente. .

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial l):

El consumo de drogas, su distribución, la reiteración de fumar tabaco o de consumir bebidas alcohólicas en los espacios del

centro, en el transporte escolar o durante la realización de

actividades organizadas por el centro, o la incitación a dichas

conductas.

En el Centro Escolar está totalmente prohibido el consumo de

tabaco, alcohol y sustancias ilegales.

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Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor. Hoja de

reflexión.

b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha

producido la conducta inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento: Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial m):

La reiteración en la comisión de conductas contrarias a la convivencia.

Medidas educativas:

En todos los casos se les ofrecerá el procedimiento acordado. En casos excepcionales se podrán tomar medidas cautelares enviando directamente al alumno/a expulsado a casa o se podrá decidir que su actuación no le da derecho a recibir un procedimiento acordado.

Del primer al cuarto parte de conducta contraria a la

convivencia: Las familias recibirán una comunicación por

escrito en la que se les informará acerca de la conducta

contraria a la convivencia.

En el quinto parte : Se le abrirá expediente y se pondrá en

marcha el procedimiento ordinario. La dirección propondrá al

alumno/a y padres o representante legal, la posibilidad de

acogerse a la tramitación por procedimiento acordado si fuese

pertinente.

En el séptimo parte: Las familias recibirán una comunicación por escrito en la

que se les informará acerca de la conducta contraria a la convivencia.

En el octavo parte Se le abrirá un segundo expediente y se volverá a

poner todo el proceso en marcha.

Y se continuará con el mismo procedimiento cada 3 partes.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial n):

Cualquier incorrección o acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.

Medidas educativas: a) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente..

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial ñ) :

Que el alumnx no cumpla el compromiso de convivencia acordado.

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Medidas educativas:

a) El tutor/a , orientación y/o dirección convocará a una reunión a las familias. Les comunicará la propuesta de procedimiento..

b) En la reunión, acordarán la fecha en la que se cumplirá la medida educativa.

En caso de que no fuera posible acordarla, el alumno/a perderá el derecho al

procedimiento acordado y automáticamente se le aplicará la medida que se

expuso a la familia en el primer DIPO. En el caso de que se le abriera otro

expediente, perderá el derecho a un procedimiento acordado.

Procedimiento:

El tutor/a llamará a las familias, que recibirán una convocatoria de reunión .

El Equipo Directivo y/o tutor/a explicará en dicha reunión que se ha producido una ruptura del compromiso y que se le aplica automáticamente la medida tomada en el primer DIPO. El tutor/a recogerá en un acta lo tratado en la reunión.

Conducta gravemente perjudicial o):

Que un alumnx incite a otro a cometer conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Medidas educativas:

a) Entrevista personal con un miembro del Equipo Directivo y/o tutor/a. Hoja

de reflexión.

b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha

producido la conducta inadecuada.

c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a

la apertura de expediente.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

Conducta gravemente perjudicial p):

Conductas contrarias al artículo 14 de la constitución (Derechos de las personas) . En el caso de conductas de este tipo,

se podrán tomar algunas de las siguientes medidas: Medidas educativas:

a) Pérdida del derecho de asistencia al centro por un período máximo de 15

días, o bien, cambio de centro.

Procedimiento:

Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.

2.2.4 Medidas Cautelares.

Antes de aplicar las medidas educativas definitivas la Directora podrá

aplicar medidas cautelares. Las medidas cautelares pueden ser las

siguientes:

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38

a) Cambiar al alumno/a de grupo durante un período de tiempo.

b) Suspender temporalmente el derecho a acudir al centro escolar o a algunas clases.

c) Suspender el derecho a tomar parte en actividades complementarias o

en actividades extraescolares.

d) Suspender el derecho a utilizar los servicios complementarios del centro.

e) La familia podrá plantear una medida cautelar, que será aceptada por la

Dirección en el caso de que se considere adecuada.

f) El período de medida cautelar le será descontado al alumno/a de la medida

educativa que se le aplique

2.2.5 Sistema de elección de instructores.

Se realizará a principio de curso una reunión en dónde se solicitarán

voluntarios/as para desempeñar las funciones de instructor/a durante ese curso

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39

escolar. Si no hubiera voluntarixs, se realizará un sorteo público para elegir

instructorxs. Por tanto, los instructorxs se elegirán mediante sorteo y se respetará

el orden del resultado del mismo para su actuación. Serán Instructores/as todo el

profesorado excepto el Equipo Directivo, la Orientadora y aquel profesorado que

dé clase a ese alumno/a. Tampoco podrán ser instructores el profesorado que

tenga matriculado a sus hijxs en el centro.

AÑADIR EL Reglamento de Comedor y Transporte jornada contínua

2.3 ALGUNOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA

PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA.

2.3.1 Inasistencia colectiva a clase.

2.3.2 Derecho de reunión.

2.3.3 Derecho de expresión.

2.3.4 Otras actuaciones o situaciones.

2.3.5 Actividades extraescolares y complementarias.

2.3.6 Viaje de estudios.

2.3.7 Transporte.

2.3.8 Uso de las instalaciones del instituto.

2.3.1 Inasistencia colectiva a clase.

1. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase que adopten los alumnos/as a

partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, no se

considerarán faltas injustificadas cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) Tratarse de discrepancias respecto a decisiones educativas.

b) Propuesta por escrito razonada, ante la dirección del centro y la Junta de

delegados, con una antelación mínima de tres días lectivos a la fecha

prevista de inasistencia por quien o quienes convoquen, indicando motivo

de la convocatoria, convocante, fecha y hora de celebración.

c) La propuesta deberá ser efectuada mediante solicitud firmada por un

número no inferior a un 15% de la totalidad del alumnado de tercero y

cuarto de la ESO y de educación postobligatoria matriculados en el

centro, o por las asociaciones de alumnos/as que ostenten la

representación de, al menos, un 15% de estos alumnos/as o por el 75%

de los delegados y delegadas de los cursos de tercero y cuarto de ESO y

de educación postobligatoria matriculados en el centro.

d) Aprobación o rechazo por los alumnos/as, en votación secreta y por

mayoría absoluta, previamente informados a través de sus delegados de

la propuesta de inasistencia a clase. El resultado total y los resultados por

clases serán comunicados a la dirección del centro por la Junta de

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delegados, con una antelación mínima de dos días lectivos antes del

inicio de las actividades previstas.

e) La dirección del centro examinará si se cumplen los requisitos anteriores

para resolver si la inasistencia a clase es considerada falta injustificada o

no. De dicha resolución se informará por escrito a los alumnos/as a partir

de tercer curso de la ESO, al profesorado, a la Junta de delegados/as y a

las familias del alumnado implicado.

f). No obstante, la dirección del centro deberá articular las medidas necesarias

para garantizar que los alumnos y alumnas que no ejerciten la opción de

inasistencia a clase puedan ejercer los derechos a los que hace referencia

el artículo 4 del presente Decreto Foral.

En caso de inasistencia colectiva a clase sin autorización, se tomarán las

siguientes medidas:

Medidas educativas

a) Por cada sesión que hayan faltado permanecerán un recreo en clase.

b) Durante esos recreos realizarán con el profesorado un trabajo de

reflexión escrita con la lectura del reglamento de convivencia y las

presentarán en Dirección.

2. En caso que la solicitud de inasistencia a clase sea por realizar un paro,

concentración… desde Dirección y tutorías se aconsejará realizarla dentro del recinto

escolar. Si no lo aceptan, se les comunicará que para hacerlo en el exterior necesitan el

permiso de la Delegación del Gobierno.

2.3.2 Derecho de reunión

a) Los/as Delegados/as comunicarán al Director/a que se van a reunir.

b) Se reunirán durante el primer recreo. Si es necesario se podrá alargar la reunión.

c) Si los Delegados/as quieren que el tema se debata en clase,

deberán aprobarlo por mayoría absoluta del total de sus

miembros y contar con la autorización de la Directora, que será

quien juzgue la procedencia de tal debate.

d) El debate, en clase, comenzará al inicio de la cuarta clase, y durará

el tiempo necesario sin exceder, a ser posible, del tiempo de una

clase.

e) En caso de que el tema implique una votación posterior al debate,

ésta se hará a quinta hora.

f) La votación será en todos los casos, secreta.

g) Dos Delegados/as se reunirán para efectuar el recuento de los votos

y redactar la notificación a la Directora y al resto del alumnado.

h) Se entregará una notificación por escrito a la Directora donde

costarán los resultados definitivos del escrutinio, así como cualquier

otra información de interés.

i) Se reconoce el derecho que tienen los alumnos/as para reunirse en el

Instituto durante las inasistencias colectivas para debatir lo que

crean conveniente, siempre que los Delegados/as o la Comisión que

hayan podido nombrar para el seguimiento de la inasistencia

colectiva, solicite el correspondiente permiso.

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j) Atendiendo al derecho de reunión con el que cuentan los alumnos/as,

este Instituto considera conveniente que se disponga de un espacio

físico específico donde llevar a cabo tales reuniones. Para que

éstas puedan realizarse hay que solicitar el permiso

correspondiente a la Directora del Instituto, solicitud que habrá de

estar rubricada al menos por diez alumnos/as y que deberá de

adjuntar así mismo el nombre de un responsable del buen uso del

espacio dedicado a tales fines. La Directora indicará el lugar de

reunión; en caso de que el número de asistentes sea excesivo, la

reunión se celebrará en el porche de la entrada.

En caso de daños, el responsable ante la Directora, será el solicitante,

y , subsidiariamente, aquellos que ella nombre como causantes de los

daños, o en su defecto, como asistentes a la reunión.

2.3.3 Derecho de expresión.

Procedimiento y espacios para ejercer el derecho a la libertad de expresión.

a) Los alumnos/as podrán ejercer el derecho a la libertad de

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expresión, para ello podrán utilizar los paneles informativos sitos en

las puertas de entrada. Antes de colocar los escritos o carteles

deberán informar a la Directora del contenido de los mismos y

recibir su autorización. Si se respetan los Derechos Humanos, no

hay signos políticos ni religiosos, y no se trata de mensajes

discriminatorios, la Directora otorgará su permiso. En caso contrario

no lo hará. En el caso de que se trate de cualquier otro mensaje

que pueda ser socialmente conflictivo y por ello pueda herir

sensibilidades de miembros de la comunidad escolar, sólo se

permitirá si en la misma exposición aparecen reflejadas todas las

sensibilidades y puntos de vista relacionados con la cuestión. En

cualquiera caso, si hubiera duda, se pedirá el debate de la cuestión

y aprobación o denegación final en el Consejo escolar .

b) Las personas ajenas al Instituto también deberán informar a la

Directora y recibir su permiso. En este caso se seguirán los mismos

criterios que en el punto anterior. (ARGAZKIA)

2.3.4 Otras actuaciones o situaciones

a) Normalmente, no se saldrá entre clases, ni se permanecerá fuera

del aula en el caso de que falte el/la profesor/a. Si algún alumno/a

tiene necesidad de salir del aula, por cualquier motivo, pedirá

permiso al profesor/a.

b) Si pasados 5 minutos desde el comienzo de clase, el profesor/a no

ha llegado, el delegado/a u otro alumno/a avisará al profesor/a

de guardia y en su defecto al Jefe de Estudios

c) Al sonar el timbre de salida al mediodía y recreos, los

profesores/as serán los últimos en salir de clase debiendo dejar

la puerta cerrada con llave. El profesorado de guardia revisará

que las puertas queden cerradas.

d) En caso de que algún alumno/a se quede en clase por cualquier

circunstancia (medida educativa...), el profesor/a que haya tomado la

medida deberá quedarse con él/ella.

e) La entrada y salida de clase se deberá hacer por el acceso señalado a

cada una de ellas, limitando la voz y el ruido de forma que no se

moleste a los demás grupos.

f) En el recinto del instituto (pasillos, escaleras, clases) se evitarán los

gritos, juegos y todo tipo de actuaciones que alteren el orden y el

buen funcionamiento del mismo.

g) Por razones de orden, educación, respeto y seguridad, se evitará

asomarse a las ventanas.

h) La permanencia de alumnos/as incontrolados/as en los pasillos es

particularmente molesta y debe evitarse.

i) El orden y limpieza en clase, es condición imprescindible para el trabajo

propio y el de los demás. Para ello, cada alumno/a ha de colaborar a

crear un clima interno que facilite el estudio y la atención de todos.

j) Es deber de cada uno/a mantener limpia su clase, mesa, libros... y

respetar las cosas de sus compañeros/as. El alumnado dejará sus

cosas en el lugar que le corresponda.

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k) En las aulas compartidas por diferentes grupos, si al entrar en clase se

observa alguna anomalía, será comunicada inmediatamente al

profesor/a con el fin de responsabilizar al grupo anterior.

l) En las aulas compartidas, en la medida de lo posible, el

alumnado no dejará enseres en el aula. Si esto sucediera, lo

haría bajo su total responsabilidad.

m) La entrada en una clase y la interrupción de la actividad que en la

misma se desarrolla, requieren la autorización del profesor/a que se

encuentre en ella.

n) La sala del profesorado, son lugares reservados al profesorado. La

permanencia en los mismos requiere la debida autorización.

2.3.5 Actividades extraescolares y complementarias.

a) Las actividades extraescolares y complementarias que supongan el

desplazamiento de alumnos/as menores de edad fuera del Instituto,

deberán contar con el permiso de los padres o tutores legales de

dichos alumnos/as (recogidas en secretaría). El número mínimo de

Profesores acompañando a los/as alumnos/as será de 1 por cada 20

alumnos/as o fracción superior a 10.

b) Cuando dichas actividades supongan alteración del horario normal de

clases, el profesor/a que las organice deberá presentar el Proyecto a

Dirección utilizando el modelo que existe para ello en la carpeta del

profesorado : B11. La propuesta deberá ser aprobada por el Equipo

Directivo. El Equipo Directivo comunicará a inspección a través de

email de las salidas no contempladas en la PGA

c) La información de esta actividad será comunicada por parte del profesor

organizador al profesorado, responsable de comedor , transporte y

conserje siguiendo el protocolo de salidas a través del acta del Equipo

Directivo. Los/as Profesores/as liberados de clase por la actividad,

quedarán con funciones de profesor/a de guardia en las horas

liberadas.

d) En el caso de una actividad extraescolar NO obligatoria, en la que el

alumno/a libremente haya decidido participar en ella, deberá de

abonar, en principio, la totalidad del costo de la actividad, aún en el

caso de que en el último momento no participe en ella. En el caso

que la empresa que oferta la actividad devuelva el dinero de la

entrada, se le devolverá a la familia . No ocurre lo mismo en el caso

del autobús. El sentido de esta medida es la de cumplir con un

compromiso adquirido y la de no descuadrar el presupuesto

económico.

e) En el caso de solicitar su participación en los conciertos de la escuela de

música o acompañando a Olentzero, el alumno/a deberá tener

firmado la “hoja de autorización de salida de centro archivada en

secretaría. La responsable de la actividad(Comisión cultura)lo

comprobará.

f) En el caso de que las salidas se realicen en autobús. Al contratarlo se

comunicará que la llegada al centro se realizará 15 minutos antes de

la finalización de las clases evitando así solaparse con la llegada de

los autobuses diarios.

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2.3.6 Transporte.

TRANSPORTE ESCOLAR: REGLAMENTO INTERNO

DEBERES CONSECUENCIAS

Puntualidad a la hora de coger el autobús tanto a la ida como a la vuelta.

Acudir tarde tres veces en un trimestre, será calificada como una conducta contraria para la convivencia. En el caso de que nadie acuda a buscar a ese alumno/a, quedará a cargo de la empresa de transporte. Si en un tiempo prudencial no se contacta con las familias, avisará a la policía foral o guardia civil.

Hacer caso al acompañante (o conductor), que vela por su seguridad.

En la primera queja mediarán los/as responsables de transporte escolar. La segunda queja o posteriores será calificada como una conducta contraria para la convivencia.

Hacer caso a los/as responsables de transporte escolar.

En caso de no cumplirlo se computará como una conducta contraria para la convivencia.

El/la alumno/a que usa el transporte escolar podrá salir del recinto escolar si presenta una autorización escrita de la familia.

Si sale sin autorización se le computará como una conducta contraria para la convivencia.

Cuidar el material del autobús escolar. Deberá reparar el daño ocasionado (repararlo o si no se puede pagar su arreglo). Será calificada como una conducta contraria o muy perjudicial para la convivencia.

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Faltas de respeto, burla, insultos reiterados o muy graves... a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.

Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.

Agresión física a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.

Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.

Conductas contrarias para la convivencia: según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño

ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un

contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte

escolar en lo que ell@s dispongan.

Conductas muy perjudiciales para la convivencia: Tres conductas contrarias para la convivencia se

computarán como una conducta muy perjudicial para la convivencia. Se le suspenderá de uso de

autobús escolar un día (ida y vuelta). Según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño

ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un

contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte

escolar en lo que ell@s dispongan.

En caso de que se repitieran conductas muy perjudiciales para la convivencia, se repetirían todas las

medidas anteriores pero se le suspendería de uso de autobús con diez viajes.

Todas las incidencias que ocurran en el transporte escolar quedarán recogidas en el libro de incidencias

pertinente. En el caso de que un/a alumno/a reciba una falta, esta se comunicará en dirección y a las

familias.

ESKOLA GARRAIOA: BARNE ARAUTEGIA

BETEBEHARRAK ONDORIOAK

Puntualidad a la hora de coger el autobús tanto a la ida como a la vuelta.

Acudir tarde tres veces en un trimestre, será calificada como una conducta contraria para la convivencia. En el caso de que nadie acuda a buscar a ese alumno/a, quedará a cargo de la empresa de transporte. Si en un tiempo prudencial no se contacta con las familias, avisará a la policía foral o guardia civil.

Hacer caso al acompañante (o conductor), que vela por su seguridad.

En la primera queja mediarán los/as responsables de transporte escolar. La segunda queja o posteriores será calificada como una conducta contraria para la convivencia.

Hacer caso a los/as responsables de transporte escolar.

En caso de no cumplirlo se computará como una conducta contraria para la convivencia.

El/la alumno/a que usa el transporte escolar podrá salir del recinto escolar si presenta una autorización escrita de la familia.

Si sale sin autorización se le computará como una conducta contraria para la convivencia.

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Cuidar el material del autobús escolar. Deberá reparar el daño ocasionado (repararlo o si no se puede pagar su arreglo). Será calificada como una conducta contraria o muy perjudicial para la convivencia.

Faltas de respeto, burla, insultos reiterados o muy graves... a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.

Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.

Agresión física a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.

Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.

Conductas contrarias para la convivencia: según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño

ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un

contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte

escolar en lo que ell@s dispongan.

Conductas muy perjudiciales para la convivencia: Tres conductas contrarias para la convivencia se

computarán como una conducta muy perjudicial para la convivencia. Se le suspenderá de uso de

autobús escolar un día (ida y vuelta). Según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño

ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un

contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte

escolar en lo que ell@s dispongan.

En caso de que se repitieran conductas muy perjudiciales para la convivencia, se repetirían todas las

medidas anteriores pero se le suspendería de uso de autobús con diez viajes.

Todas las incidencias que ocurran en el transporte escolar quedarán recogidas en el libro de incidencias

pertinente. En el caso de que un/a alumno/a reciba una falta, esta se comunicará en dirección y a las

familias.

2.3.7 Uso de las instalaciones del Instituto.

La autorización correspondiente será otorgada por el Equipo

Directivo ante la solicitud presentada por escrito en el documento

habilitado para ello “Uso y utilización del centro”. Si se estima conveniente

se establecerá un cobro por los gastos originados, que deberán ser

cuantificados por la Dirección.

Se concederán según lo establecido en el Decreto Foral 2/1995. 2.3.8. Comedor escolar.

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA DEL COMEDOR

JANTOKIKO ELKARBIZITZAKO ARAUDIA

Principios básicos:

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- Los/las monitores/as favorecerán un clima adecuado para que se pueda desarrollar el servicio del

comedor.

- Los/las monitores/as son responsables de la primera intervención en aquellos conflictos o

problemas de disciplina presentados, y aplicarán las medidas oportunas para resolverlas en el

ámbito de su responsabilidad.

- Los comensales actuarán responsablemente en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento

de sus deberes.

- En la imposición de medidas educativas se tendrá en cuenta las orientaciones y consejos de la

orientadora, del tutor/a y de la comisión de convivencia.

1.1 CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA

a) Manifestaciones expresas contrarias a la dignidad de las personas. (Conducta f) del reglamento

de convivencia del centro)

Los comportamientos sexistas, racistas, xenófobos, antirreligiosos, las actitudes que no respeten la

dignidad de las personas… serán los que se tendrán en cuenta en esta conducta.

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el/la monitor/a.

b) Resarcir el daño ocasionado y pedir disculpas a la persona agredida.

c) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder

ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo

afectivo entre el monitor/a y el comensal.

d) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 1 y 3 días.

e) Ayudar al comensal agredido en el desempeño de sus funciones.

f) Realizar un compromiso de comportamiento.

g) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

h) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al

comensal durante un día del servicio del comedor.

Procedimiento:

El monitor/a rellenará debidamente todos los apartados correspondientes del parte de

incidencias, dejando constancia de las medidas educativas que se establezcan y si se da

por solucionado el conflicto o pasa a la comisión de convivencia.

Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas

educativas que se van a aplicar.

En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del

comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión

rellenando debidamente el informe de expulsión.

Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia

obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia

se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.

b) Falta de respeto y/o desobediencia a las monitoras y los monitores del comedor. (Conducta g) y

h) del reglamento de convivencia del centro)

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Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el/la monitor/a.

b) Resarcir el daño ocasionado y pedir disculpas.

c) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder

ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo

afectivo entre el monitor/a y el comensal.

d) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 1 y 3 días.

e) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.

f) Realizar un compromiso de comportamiento.

g) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

h) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al

comensal durante un día del servicio del comedor.

Procedimiento:

El monitor/a rellenará debidamente todos los apartados correspondientes del parte de

incidencias, dejando constancia de las medidas educativas que se establezcan y si se da

por solucionado el conflicto o pasa a la comisión de convivencia.

Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas

educativas que se van a aplicar.

En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del

comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión

rellenando debidamente el informe de expulsión.

Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia

obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia

se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.

c) Deterioro leve, ensuciar o estropear, de forma intencionada, las instalaciones o material

del comedor, así como las pertenencias de cualquier comensal o miembro de la

comunidad educativa que presta sus servicios en el comedor. (Conductas ñ) y o) del

reglamento de convivencia del centro)

Medidas educativas:

a) Entrevista personal con el/la monitor/a.

b) Reparar el daño ocasionado, a través de la limpieza, reposición del material o abonando su

importe, y pedir disculpas. El comensal deberá proponer como va a reparar el daño

ocasionado.

c) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder

ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo

afectivo entre el monitor/a y el comensal.

d) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 1 y 3 días y realizar trabajos de

reparación.

e) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.

f) Realizar un compromiso de comportamiento.

g) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

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h) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al

comensal durante un día del servicio del comedor.

Procedimiento:

El monitor/a rellenará debidamente todos los apartados correspondientes del parte de

incidencias, dejando constancia de las medidas educativas que se establezcan y si se da

por solucionado el conflicto o pasa a la comisión de convivencia.

Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas

educativas que se van a aplicar.

En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del

comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión

rellenando debidamente el informe de expulsión.

Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia

obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia

se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.

d) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo del funcionamiento del servicio de

comedor y que no constituya conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Conducta r) del reglamento de convivencia del centro)

Medidas educativas:

a) Recordar la norma, 3 avisos. Si la conducta persiste se rellenará la hoja de incidencias.

b) Permanecer de pie 5 minutos.

c) Comer en otra mesa sol@.

d) Recoger los abrigos tirados, limpiar la mesa o el suelo que se ha manchado.

e) Si no espera el turno de ser atendido, perderá su turno y pasará al último lugar.

f) Ayudar al monitor/a en sus funciones.

g) Permanecer en el comedor sin salir al recreo de 1 a 3 días, ayudando en las tareas

necesarias establecidas por el/la monitor/a.

h) Realizar una entrevista personal con el /la monitor/a.

i) Realizar un compromiso de comportamiento.

j) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

k) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al

comensal durante un día del servicio del comedor.

Procedimiento:

En el caso que la conducta persista, el monitor/a rellenará debidamente todos los

apartados correspondientes del parte de incidencias, dejando constancia de las medidas

educativas que se establezcan y si se da por solucionado el conflicto o pasa a la

comisión de convivencia.

Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas

educativas que se van a aplicar.

En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del

comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión

rellenando debidamente el informe de expulsión.

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Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia

obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia

se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.

1.2 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.

a) Las injurias, calumnias, ofensas, vejaciones o humillaciones, insultos, amenazas, la violencia física o de otro tipo, así como el acoso y las conductas atentatorias de palabra u obra al monitorado y a su autoridad, o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa, a quienes prestan sus servicios a la misma, especialmente si tiene un componente sexual, racial, xenófobo, contrario a las creencias o convicciones morales de las personas, o se realiza contra aquellas personas más vulnerables por sus características personales, económicas, sociales o educativas.

Medidas educativas:

a) Adopción de medidas cautelares en caso de considerarlo adecuado, durante un periodo de tiempo determinado..

- Cambio de mesa.

- Cambio de turno en el servicio de comedor.

- Comer solx en una mesa apartada del resto de compañerxs.

- Perder el derecho a utilizar el servicio del comedor de 1 a 10 días. b) Entrevista personal con el/la monitor/a.

c) Resarcir el daño ocasionado y pedir disculpas.

d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder ampliar

el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo afectivo

entre el monitor/a y el comensal.

e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días.

f) Ayudar al monitor/a o compañerx en el desempeño de sus funciones.

g) Realizar un compromiso de comportamiento.

h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

i) La Dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es

decir, procederá a la apertura de expediente.

Procedimiento

Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.

b) El deterioro grave, causado de manera intencionada, de las instalaciones, materiales del

comedor, así como de las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa o de

quienes prestan sus servicios a la misma.

(Conducta gravemente perjudicial d) del reglamento de convivencia del centro)

Medidas educativas:

a) La dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es

decir, procederán a la apertura del expediente.

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b) Entrevista personal con el/la monitor/a.

c) Reparar el daño ocasionado, a través de la limpieza, reposición del material o abonando su

importe, y pedir disculpas. El comensal deberá proponer como va a reparar el daño

ocasionado.

d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder

ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo

afectivo entre el monitor/a y el comensal.

e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días y realizar trabajos de

reparación.

f) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.

g) Realizar un compromiso de comportamiento.

h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

i) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al

comensal durante un día del servicio del comedor.

Procedimiento

Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.

c) La sustracción de pertenencias tanto del comedor como de cualquier otra persona. (Conducta

gravemente perjudicial g) del reglamento de convivencia del centro)

Medidas educativas:

a) La dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es

decir, procederán a la apertura del expediente.

b) Entrevista personal con el/la monitor/a.

c) Reparar el daño ocasionado, devolver la pertenencia robada y pedir disculpas. El comensal

deberá proponer como va a reparar el daño ocasionado.

d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder

ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo

afectivo entre el monitor/a y el comensal.

e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días y realizar trabajos de

reparación.

f) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.

g) Realizar un compromiso de comportamiento.

h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

Procedimiento

Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.

d) Cualquier incorrección o acto dirigido directamente a impedir el normal funcionamiento del

servicio del comedor. (Conducta gravemente perjudicial n) del reglamento de convivencia del

centro)

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Medidas educativas:

a) La dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es

decir, procederán a la apertura del expediente.

b) Entrevista personal con el/la monitor/a.

c) Reparar el daño ocasionado, a través de la limpieza, reposición del material o abonando su

importe, y pedir disculpas. El comensal deberá proponer como va a reparar el daño

ocasionado.

d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder

ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo

afectivo entre el monitor/a y el comensal.

e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días y realizar trabajos de

reparación.

f) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.

g) Realizar un compromiso de comportamiento.

h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor

escolar.

i) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al

comensal durante un día del servicio del comedor.

Procedimiento

Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.

3. ANEXOS.

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Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

PROCEDIMIENTO ACORDADO

COMPROMISO DE CONVIVENCIA

Nº de expediente: …….….

Nº de compromiso de convivencia: ……………..

Aceptada por parte de las personas interesadas la tramitación a través del procedimiento acordado del

expediente abierto al alumno/a …………………………………………………….., el director/a del

centro educativo ………………………………………………… les comunica la medida educativa a

aplicar y los medios para su aplicación, así como el consiguiente Compromiso de convivencia:

Medida educativa a aplicar y medios para su aplicación:

Fecha de comienzo de las medidas:

Fecha real de finalización de las medidas: (descontado el tiempo de aplicación de las medidas cautelares, en el caso de que las hubiese habido)

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Compromiso de convivencia

El presente Compromiso de convivencia es aceptado por el alumno/a y/o por sus representantes legales

y como prueba de conformidad se suscribe en ………...…., a ….. de ……….. de ………

Por parte del alumno o alumna Por parte del centro educativo

Fdo: (Director/a) ………………..

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

COMUNICACIÓN de inicio de Procedimiento ordinario

Nº de expediente:

Para efectuar la entrega del Documento de inicio de procedimiento ordinario relacionado con la

apertura del expediente nº ……………. al alumno/a ……………………………. comparecen a las

………. horas del día ………… en el centro educativo ……………………..…………… las siguientes

personas:

Por parte del alumno o alumna Por parte del centro educativo

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En esta misma vista, además de la entrega del documento de inicio de procedimiento ordinario, se

explica a los presentes el contenido del citado documento.

Como prueba de celebración del presente acto, firman la presente las personas asistentes:

Por parte del alumno o alumna Por parte del centro educativo

Las personas asistentes

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

DOCUMENTO DE INICIO DE

PROCEDIMIENTO ORDINARIO1

Nº de expediente:

D./Dª……………………………………………………………, en su calidad de director/a del centro

educativo ……………………………………..…………., una vez recogida la necesaria información

relacionada con la comisión de los hechos ocurridos el día …………, decide iniciar el procedimiento

ordinario para la aplicación de medidas educativas ante conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia al alumno/a …………………………… en atención a lo dispuesto en el Decreto Foral

47/2010, de 23 de agosto, de derechos y deberes del alumnado y de la convivencia en los centros

educativos no universitarios, públicos y privados concertados, de la Comunidad Foral de Navarra,

según consta en el Reglamento de convivencia del centro.

Fecha de conocimiento de los hechos:

Lugar de los hechos:

Fecha de conocimiento de la autoría:

Hechos y pruebas que motivan la apertura del procedimiento:

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Conducta objeto de corrección:

Normas vulneradas:

Persona instructora:

Medidas cautelares, en su caso:

Circunstancias atenuantes, en su caso:

Circunstancias agravantes, en su caso:

Medida educativa a aplicar y medios para su aplicación:

- En caso de que se verifique el cumplimiento de la circunstancia atenuante:

- En caso de que fracase el cumplimiento de la circunstancia atenuante:

Fecha de comienzo de aplicación de las medidas2-3:

Fecha final de aplicación de las medidas3:

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Posibilidad de trámite por Procedimiento acordado (Art. 23 del D.F. 47/2010)

No procede, por

incumplir condicionado

del art. 23.

Procede, por cumplir el condicionado del artículo 23.

- Se convoca al alumno o alumna, así como a sus representantes

legales, en su caso, a la reunión que tendrá lugar en este

centro educativo, el día …….. a las ……… horas con el fin de

explicar las ventajas que tiene el Procedimiento acordado, así

como para aceptarlo o rechazarlo.

- La falta de comparecencia a la misma, o el rechazo al

procedimiento acordado, supondrá la continuación de la

tramitación a través del procedimiento ordinario.

Alegaciones. Recusación a la persona instructora.

- El contenido del presente documento podrá ser objetado por el alumno o alumna, o por sus

representantes legales, presentando las alegaciones que considere convenientes para su defensa y

con la aportación de cuantos documentos considere de interés, mediante escrito dirigido al

director o directora, dentro del plazo de:

dos días lectivos contados a partir del siguiente al de la recepción de este Documento

en el caso de ser tramitado a través del procedimiento ordinario

dos días lectivos contados a partir del siguiente al fijado para la reunión, en el caso

de que se hubiera dado la posibilidad de tramitación a través de procedimiento acordado

si los interesados no hubieran comparecido a la misma o, si habiendo comparecido, lo

hubieran rechazado.

- Se podrá presentar recusación fundada contra la Persona instructora, alegando alguna de las

causas establecidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Resolución de fin de procedimiento. Procedimiento y plazo de reclamaciones.

- Los hechos se considerarán probados y el presente Documento de inicio de procedimiento tendrá

la consideración de Resolución de fin de procedimiento si no se presentaran alegaciones o si se

presentaran fuera del plazo establecido.

- A partir de la fecha de recepción de la Resolución de fin de procedimiento, en el plazo de dos

días lectivos, los interesados podrán reclamar, mediante escrito dirigido al presidente del

Consejo escolar, la revisión de la medida educativa a aplicar.

- Igualmente, en el caso de los centros públicos, se podrá interponer recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Navarra en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación. En el

caso de los centros concertados, el recurso será ante la jurisdicción civil.

Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En ……………….., a ……. de ……………. de ……….

Fdo: (Director/a) ….........................................

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Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

COMUNICACIÓN de la PERSONA TESTIGO

a la DIRECCIÓN DEL CENTRO

D./Dª …………………………………………………… , con DNI …………..……….., en su calidad

de ………………………… pone en conocimiento de la dirección del centro educativo

……………………….. los hechos, acaecidos el día …………………. , que a continuación se

describen:

Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En ………………………, a …de ………. de ……

Fdo: ……………………………….

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

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CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE RECUSACIÓN CONTRA LA

PERSONA INSTRUCTORA

Nº expediente: ……….

Examinado su escrito de recusación contra D./Dª …………………………………………... persona

instructora del expediente seguido contra el alumno/a …………………………….., quien suscribe:

- considera que los motivos presentados [Sí/No] pueden constituir causa de recusación según lo

establecido en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- declara que la persona instructora se ha manifestado [de acuerdo/en contra] a las causas

alegadas en su recusación.

Por lo tanto, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, su solicitud de recusación se RESUELVE

de forma [estimatoria/desestimatoria].

Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En ………………….., a ...... de ………….. de ……….

Fdo: (Director/a) ……………………………..

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

PROPUESTA del CONSEJO ESCOLAR ante la SOLICITUD de

REVISIÓN de la MEDIDA EDUCATIVA

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Nº expediente: ………..

Nº Resolución: ……….

Ante la solicitud de revisión de la medida educativa adoptada por el director/a del centro educativo

……………………… presentada por D./Dª…………………………………:

en nombre propio

en calidad de padre, madre, representante legal del alumno/a ………………...…….,

al que se le ha incoado expediente por los hechos ocurridos el día ……………, el Consejo escolar hace

las siguientes consideraciones:

A la vista de las mismas, se acuerda proponer al director/a del centro educativo, lo siguiente:

Confirmación de la medida educativa aplicada.

Anulación de la medida educativa aplicada.

Modificación de la medida educativa, en los siguientes términos:

En ………………….. , a ……… de ………………. de …………

Fdo: (Presidente) …………………… Fdo: (Secretario) …………………

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

PROPUESTA de RESOLUCIÓN

Nº expediente:

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En relación con el expediente abierto al alumno/a ………………………………………. con motivo de

los hechos acaecidos el día …………… y una vez analizada la información que recoge el Documento

de inicio de procedimiento y las alegaciones presentadas por las personas interesadas, la persona

instructora D./Dª. …………………………………………. formula la siguiente propuesta de

resolución a la dirección del centro educativo:

Lugar de los hechos:

Hechos probados y pruebas que lo han acreditado:

Conducta objeto de corrección:

Norma de convivencia vulnerada:

Medidas cautelares, en su caso:

Circunstancias atenuantes, si procede:

Circunstancias agravantes, si procede:

Propuesta de aplicación de medidas educativas:

Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En ……………………, a ………. de …………….. de ………

Fdo: (Persona instructora) ………………………….

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

SOLICITUD al CONSEJO ESCOLAR de la REVISIÓN de la

MEDIDA EDUCATIVA

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Nº expediente: …………….

Nº Resolución: ……………

D./Dª. ……………………………………………………………………………………

Alumno/a del centro

Padre, madre o representante legal del alumno/a …………………………….………

matriculado en el centro educativo …………………….……………, al que se le ha incoado

expediente por los hechos ocurridos el día …………..

SOLICITA

al Consejo escolar, la revisión de la Resolución adoptada por el director/a, respecto al citado

expediente, en base a los siguientes motivos:

En ……………………, a ………. de …………………. de ………….

Fdo: (Solicitante) …………………………………….

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

RESOLUCIÓN y NOTIFICACIÓN FINAL a las PERSONAS

INTERESADAS

Nº expediente: …………

Nº Resolución: …………

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Nº Resolución-notificación final: ………………

Analizada la propuesta presentada por el Consejo escolar motivada por la solicitud de revisión de la

Resolución número ……………….., adoptada con respecto al expediente abierto al alumno/a

………………………………………….. por los hechos ocurridos el día ……………, el director/a del

centro educativo …………………………………. resuelve y notifica lo siguiente:

Confirmar la medida educativa establecida en la citada Resolución

Anular la medida educativa establecida en la citada Resolución

Modificar la medida educativa establecida en la citada Resolución, en los siguientes

términos:

Contra la presente Resolución-notificación final, en el caso de los centros públicos, se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente

al de su notificación. En el caso de los centros concertados, el recurso será ante la jurisdicción civil.

Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En…………………….. , a ……… de ………………. de ………….

Fdo: (Director/a) ………………………………………

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

RESOLUCIÓN de FIN de PROCEDIMIENTO

Nº expediente: ………

Nº Resolución: ……...

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Tramitado el expediente, instruido por D./Dª……………………………………………………, con

motivo de los hechos acaecidos el día ………….., en los que aparece implicado el alumno/a

………………………………………………………, y en virtud de las facultades conferidas en el

artículo 21.2 del Decreto Foral 47/2010,

RESUELVO

Lugar de los hechos:

Hechos probados y pruebas que lo han acreditado:

Conducta objeto de corrección:

Norma vulnerada:

Medidas cautelares, en su caso:

Circunstancias atenuantes, si procede:

Circunstancias agravantes, si procede:

Medida educativa a aplicar y medios para su aplicación:

Fecha de comienzo de aplicación de las medidas:

Fecha de finalización de las medidas:

Fecha real de finalización de las medidas: (descontado el tiempo de aplicación de las medidas cautelares, en el caso de que las hubiese habido)

- La presente Resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer reclamación

ante el Consejo escolar solicitando la revisión de la decisión adoptada, dentro de los dos días

lectivos siguientes al de su recepción.

- Igualmente, en el caso de los centros públicos, se podrá interponer recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Navarra en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación. En el caso

de los centros concertados, el recurso será ante la jurisdicción civil.

Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En …………………… , a ……… de ……………. de ……….

Fdo: (Director/a)………………………... Firma de la persona receptora: ……………………….

Fecha de entrega: