Plan y Reglamento de Convivencia del CP-IESO...
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Plan y
Reglamento de
Convivencia del
CP-IESO
AOIZ/AGOITZ
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Índice:
1. Comisión de convivencia
1.0 Prólogo 2
1.1 Composición y funciones 6
1.2 Medidas de carácter preventivo 8
1.3 Mediación 11
1.4 Compromisos de convivencia 12
1.5 Protocolo antibullying 13
2. Reglamento de convivencia
2.1 . Conductas contrarias a la convivencia 18
2.1.1 . Principios básicos y conductas 18
2.1.2 . Protocolo para justificación de faltas 28
2.2 . Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia 30
2.2.1 . Principios básicos y conductas 30
2.2.2 . Medidas educativas 30
2.2.3 . Procedimientos30
2.2.4 . Medidas cautelares 31
2.2.5 Sistema de elección de instrucciones 39
2.3 .Algunos aspectos a tener en cuenta para garantizar la
convivencia.
2.3.1 Inasistencia colectiva a clase 40 2.3.2. Derecho de reunión 41
2.3.3. Derecho de expresión 43
2.3.4. Otras actuaciones o situaciones 44
2.3.5. Actividades extraescolares y complementarias 45
2.3.6. Transporte escolar 46
2.3.7. Uso de las instalaciones 47
2.3.8 Comedor escolar 47
3. Anexos
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1. COMISIÓN DE CONVIVENCIA
1.0 Prólogo 1.1 Composición y funciones.
1.2 Medidas de carácter preventivo.
1.3 Mediación.
1.4 Compromisos de convivencia..
1.5 Acoso escolar.
1.0 PRÓLOGO La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, hace referencia a la prevención de los conflictos y a su resolución pacífica, la formación para la paz, el respeto a los derechos humanos y la preparación para el ejercicio de una ciudadanía crítica y responsable. Esta norma está inspirada en un modelo integrado de gestión de la convivencia, que potencia la participación de todos los agentes de la comunidad educativa, construye y mantiene un clima positivo de convivencia, promueve la comunicación entre las partes en conflicto y prevé la aplicación de medidas educativas y de reparación del daño causado, como consecuencia necesaria de los comportamientos producidos.
El Reglamento de Convivencia está inspirado en un modelo integrado de gestión de la convivencia:
- Concreta los derechos y deberes del alumnado. - Establece medidas que favorecen la convivencia y su enseñanza y aprendizaje entre las que destacan
los compromisos de convivencia y la mediación educativa. - Potencia la responsabilidad y la autoridad educativa del profesorado. - Plantea la aplicación de medidas educativas ante situaciones que alteran la convivencia. - Enfatiza el papel de las familias en su implicación en la convivencia del centro y en la resolución
pacífica y justa de los conflictos. Está basado en las prescripciones señaladas en el Decreto Foral 47/2010 de 23 de agosto de Derechos y Deberes del alumnado y de la Convivencia en los Centros Educativos y forma parte del Plan de Convivencia. Ante los diferentes conflictos de todo tipo que irán surgiendo en la Comunidad Educativa, planteamos una filosofía de diálogo, escucha y consenso, fomentando todo tipo de propuestas creativas que traten de reconducir comportamientos no correctos, siempre con la vista puesta en los derechos y deberes del alumnado reflejados en el Capítulo II del anteriormente citado Decreto Foral. Creemos que hay que profundizar en experiencias de mediación, tutorías especiales o comportamientos específicos, que faciliten la integración y solución dialogada y justa de conflictos. Teniendo en cuenta la realidad del centro recoge los siguientes documentos: 1. Las normas de convivencia como concreción de los derechos y deberes expuestos en el Capítulo II del
presente Decreto Foral. 2. La concreción de las conductas contrarias a la convivencia y de las medidas educativas aplicables,
establecidas en el Capítulo V del decreto. 3. La concreción de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y de las medidas
educativas aplicables, establecidas en el Capítulo VI del decreto. 4. Conductas que alteran la convivencia y medidas educativas en Educación Secundaria Obligatoria. 5. Los procedimientos para la aplicación de las medidas educativas. 6. Anexo I: Documentos para la tramitación de los procedimientos ordinario y acordado. 7. Anexo II: Concreción del reglamento de convivencia
8. LAS NORMAS DE CONVIVENCIA COMO CONCRECIÓN DE LOS DERECHOS Y DEBERES.
Derechos Normas de convivencia
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a) A recibir una formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia.
1. El alumnado recibirá una educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, en la prevención de conflictos y la resolución pacífica y justa de los mismos, así como en los valores, respeto y en los derechos y deberes recogidos en la legislación vigente.
b) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
1. El alumnado recibirá una educación en competencias
básicas que permitan el desarrollo personal y la integración social, con criterios de calidad y adaptada a la diversidad y a las capacidades del alumnado.
2. Recibirá una educación emocional que facilite afrontar adecuadamente las relaciones interpersonales.
3. Desarrollará actividades con fundamento científico y didáctico.
4. Recibirá formación ética y moral y orientación escolar, personal y profesional.
5. Formación en el respeto a la pluralidad lingüística de la Comunidad Foral de Navarra.
c) A ser respetado o respetada. El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personales, así como su libertad de conciencia y sus convicciones religiosas y morales.
1. El alumnado será respetado en su intimidad, libertad
de conciencia, en la diferencia y la diversidad. 2. Será protegido contra toda agresión de cualquier
índole. 3. Sus datos serán tratados con confidencialidad.
d) A ser valorado o valorada con objetividad.
1. El alumnado conocerá la programación didáctica:
objetivos, contenidos, procedimientos de evaluación y criterios de evaluación, calificación y promoción.
2. Recibirá información sobre su proceso de aprendizaje y evolución.
3. Podrá solicitar aclaraciones y presentar reclamaciones.
e) A participar en la vida del centro.
1. El alumnado participará a través de sus representantes
en el centro. 2. Podrá expresarse libremente de forma respetuosa. 3. Podrá reunirse en el centro educativo, constituirse en
asociaciones y participar en los órganos de gobierno del centro.
4. Utilizará diferentes medios de conciliación y mediación como método educativo para la resolución de conflictos
f) A ser educado o educada en igualdad de oportunidades y a la protección social.
1. El alumnado recibirá protección y apoyo para compensar desigualdades, carencias o desventajas y en situaciones familiares complicadas, víctimas de terrorismo, violencia de género o acoso escolar.
g) A la protección de la salud y a su promoción.
1. Se promocionarán hábitos saludables en la actividad física y en la alimentación.
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h) A una educación en igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
1. Se incorporarán conocimientos y habilidades para
lograr la independencia y autonomía personal. 2. Participarán corresponsablemente en los ámbitos de
decisión. 3. Se considerará igualmente a hombres y mujeres. 4. Se utilizará un lenguaje no sexista. 5. Se capacitarán para realizar elecciones libres de
estereotipos asociados al sexo. 6. Se consolidará su madurez personal, social y moral
para actuar de forma responsable y autónoma en sus relaciones.
Deberes Normas de convivencia
1. Estudiar.
1. El alumnado acudirá al centro con puntualidad, respetará los horarios de actividades y participará activamente. 2. Estudiará y se esforzará en conseguir el máximo desarrollo en sus capacidades. 3. Actuará de forma responsable respecto al descanso, alimentación e higiene.
2. Respetar la labor educativa y la autoridad del profesorado y de la dirección.
1. Respetará la labor educativa del profesorado, de la dirección y de otros agentes de la comunidad. 2. Realizará los trabajos encomendados. 3. Respetará el Proyecto Educativo del Centro.
3. Participación y colaboración de manera positiva en la mejora de la convivencia y en un adecuado clima de estudio.
1. Cumplirá las normas del centro. 2. Participará y colaborará activamente en el desarrollo de las actividades educativas. 3. Cooperará con el profesorado para fomentar un clima adecuado de estudio. 4. Participará en la prevención y resolución pacífica y justa de los conflictos. 5. Ofrecerá ayuda a quien lo precise y apoyará a las personas más vulnerables. 6. Participará en la elaboración de las normas de convivencia del centro. 7. Apoyará al alumnado con necesidades educativas especiales.
4. Respetar a las personas.
1. Tratará a todas las personas de forma respetuosa. 2. Permitirá y facilitará que se cumplan los derechos y deberes. 3. Promoverá y practicará una actitud pacífica. 4. Respetará la libertad de conciencia, ideológica, religiosa, moral y evitará cualquier tipo de discriminación. 5. Respetará los bienes propios y ajenos.
5. Asistir al centro educativo con la vestimenta y la higiene personal adecuadas.
1. Utilizará la indumentaria adecuada para la realización de actividades del centro. 2. Cumplirá las indicaciones del centro respecto a la utilización del atuendo. 3. Practicará hábitos adecuados de limpieza e higiene personal.
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6. Conservar y utilizar adecuadamente las instalaciones, equipamiento, mobiliario y materiales del centro, así como su entorno y el transporte escolar.
1. Respetará y cuidará las instalaciones y equipamiento del
centro. 2. Utilizará adecuadamente la luz y el agua y participará en
el reciclaje de los residuos. 3. Respetará y mantendrá limpio y ordenado el entorno del
centro.
2. CONCRECIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS PARA LA CONVIVENCIA Y LAS MEDIDAS EDUCATIVAS .
CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS
1. El profesorado tiene el deber de propiciar el buen clima escolar para los aprendizajes, deberá hacer todo lo posible por corregir aquellas conductas irregulares mediante métodos educativos y hablando con el alumnado, intentando un compromiso de modificación de la conducta por parte del mismo.
2. Todas las medidas que hayan de aplicarse deberán tener carácter educativo para el alumno o alumna, responsable de sus acciones. Además deberán garantizar el respeto a los derechos del alumnado y tendrán como referente la mejora de la convivencia.
3. Ante la aplicación de medidas, todo alumno o alumna o, cuando así proceda, el padre, la madre o representantes legales tienen derecho a ser escuchados y a formular alegaciones para su defensa según lo establecido en este Decreto.
4. En todo caso, se deberá tener en cuenta que:
a) Las medidas deberán asegurar la continuidad del proceso educativo del alumnado sin menoscabo de su formación académica.
b) No podrán aplicarse medidas contrarias a la integridad física ni a la dignidad personal.
c) La aplicación de las medidas respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna.
d) En la aplicación de las medidas deberán tenerse en cuenta la edad y las circunstancias personales, familiares y sociales del alumno o alumna. A estos efectos, el personal docente podrá recabar la información que estime necesaria sobre las aludidas circunstancias y recomendar, en su caso, a la familia o a las instituciones públicas competentes, la adopción de las medidas necesarias.
e) La medida aplicada deberá contemplar la necesaria reparación de daños, especialmente cuando éstos sean de índole personal (agresión física, oral o material). Para su corrección deberá producirse una disculpa en el mismo entorno en el que se haya producido dicha agresión, a la mayor brevedad posible, sin perjuicio de posteriores medidas.
f) Cualquier acto del alumnado que conlleve un perjuicio económico para otros, deberá ser reparado económicamente de forma inmediata, sin detrimento de posteriores sanciones.
5. Cualquier medida educativa podrá ser precedida de advertencia, amonestación y requerimiento de rectificación de modo verbal y/o escrito, así como de una reflexión sobre la conducta inadecuada y sus consecuencias.
6. Para considerar la conveniencia de la aplicación de una determinada medida, tanto el profesorado responsable como la dirección, podrán disponer del asesoramiento del orientador o la orientadora del centro, de la Comisión de convivencia del centro, de la Asesoría para la Convivencia del Departamento de Educación, de la Inspección Educativa y de los Servicios Sociales de Base.
7. Cuando se produzca alguna conducta contraria a la convivencia se dará a conocer a la familia.
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1.1 Composición y funciones.
Comisión de Convivencia
(CC).
La Comisión de Convivencia del centro (CC) surgió bajo el amparo del D.F
47/2010 y 204/2010 desde entonces ha continuado trabajando año tras año
en el colegio e instituto.
Está formada por profesores, y su objetivo principal es ayudar en la mejora
de la convivencia de la escuela. Para cumplir dicho objetivo, es
imprescindible trabajar conjuntamente con los diferentes grupos que
conforman la comunidad escolar.
Composición
La Comisión de Convivencia es nombrada por el director o directora y suele
estar formada por los siguientes miembros:
a) Uno o dos representantes del Equipo Directivo. Uno de ellos Jefe de Estudios Secundaria.
b) El profesor o profesora responsable de convivencia.
c) Profesorado. Los que tengan formación en convivencia
tendrán prioridad.
d)Orientador/a.
e)Mediador informal de secundaria.
Funciones
Las funciones de la Comisión de Convivencia son las que siguen: - Miembros del Equipo directivo desarrollarán más la función punitiva. - El o la orientadora desarrollará la función de relación con la familia, instituciones… - El o la responsable de convivencia y el mediador de secundaria desarrollarán las funciones
de mediadores, escucha activa…
a) Relacionadas con el Plan de Convivencia.
a.1) Diseñar y responsabilizarse del proceso de elaboración participada del
plan de convivencia y de sus concreciones anuales, que serán
incluidas en la Programación General Anual.
a.2) Recoger y generar propuestas para la elaboración del plan de
convivencia y de sus concreciones anuales.
a.3) Programar, impulsar y realizar los estudios periódicos necesarios para
conocer el estado de la convivencia, así como la evaluación anual del
plan de convivencia, proponiendo las mejoras pertinentes.
a.4) Informar a la comunidad educativa sobre la aplicación del Plan de
convivencia.
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a.5) Elaborar la memoria de la concreción anual.
b) Relacionadas con el reglamento de convivencia
b.1) Colaborar en las revisiones del reglamento de convivencia.
b.2) Recabar información sobre las actuaciones de aplicación del
reglamento de convivencia en el centro y aportar sugerencias cuando
proceda.
c) Relacionadas con la formación y el asesoramiento.
c.1) Asesorar a la comunidad educativa en materia de convivencia y
promover actividades formativas, tanto para el profesorado como para
el resto de la comunidad educativa en dicho tema
c.2) Proponer la inclusión de la educación para la convivencia en el
currículo de las diferentes áreas y materias. La asignatura de Valores
éticos tiene una programación específica y secuenciada para las 3
etapas del centro. El trabajo en tutorías estará basado en esta
programación, además de los temas propios de la misma.
c.3) Asesorar a la dirección en la toma de decisiones respecto a la
aplicación de medidas educativas ante conductas contrarias a la
convivencia o gravemente perjudiciales para la misma.
d) Relacionadas con la mediación informal .
d.1) Nombrar responsable de mediación informal a principio de curso y responsabilizarse de su funcionamiento.
d.2) Organizar los procesos de mediación informal según lo establecido la
presente Orden Foral.
Son funciones de la persona responsable de convivencia del centro las siguientes:
a) Dinamizar la comisión de convivencia y sus acciones y proyectos.
b) Participar en la elaboración, implantación, evaluación y actualización del plan
de convivencia, así como en los mecanismos de implicación de la comunidad
educativa necesarios para su desarrollo, puesta en marcha, evaluación y
concreciones anuales.
c) Articular, en el marco del plan de convivencia, la formación y participación
activa del alumnado, la prevención y las estrategias de resolución de
conflictos, así como la implicación de los diferentes agentes de la comunidad
educativa.
d) Impulsar la formación del profesorado en este campo y actualizar su
formación personal como responsable de convivencia, así como
responsabilizarse de la formación en materia de convivencia de otros
colectivos del centro.
e) Asistir y asesorar al director o directora en la aplicación del reglamento de convivencia.
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f) Responsabilizarse de los siguientes documentos: el plan de convivencia del
centro; sus concreciones anuales, en las que vendrá incluido el propio plan
de trabajo de la persona responsable y la memoria anual.
1.2 Medidas preventivas.
En las etapas de educación infantil, Primaria y secundaria se establecerán las siguientes medidas preventivas y educativas
Se pondrán en marcha las siguientes medidas con los diferentes grupos de la
comunidad educativa:
1.2.1. El Equipo Directivo
Dar a conocer, la normativa proactiva de aula y el sistema de diques al profesorado en reunión septiembre.
Dar a conocer el Reglamento de Convivencia, el papel del instructor y los pasos del procedimiento ordinario (DIPO) (Al profesorado en reunión septiembre)
1.2.2. Orientación
En los momentos que se considere necesario, la orientadora apoyará la labor docente , de dirección con intervenciones dentro o fuera del aula.
1.2.3. El profesorado
Impulsar y dinamizar los grupos de mediadores (profesorado y/o alumnado)
Formación Institucional de centro para tratamiento de conflictos.
En CCP Encuentro con los profesorado de guardia de recreos en septiembre:
Actividades programadas en los recreos. Hojas de reflexión, compromisos y trabajos
de reposición.
Acordar las normas de aula con el alumnado de manera consensuada. Cada tutor/a , acordadas con el equipo docente, las expondrán en la pared de aulas a lo largo de septiembre.
Trabajo en la asignatura de Valores Éticos las programaciones sobre “Inteligencia emocional”
1.2.4. Con el alumnado
A.- El tutor/a dará a conocer en las primeras sesiones de septiembre “Tratu Onez - Buen trato” recogido en Power point y el Reglamento de convivencia del Centro..
B.- Programaciones de Educación Emocional, habilidades sociales y valores en las que a través de un plan anual de actuación sistemática y organizada se trabajarán 5 bloques temáticos:
- - Conciencia emocional.
- Regulación emocional
-Autoestima
- Habilidades socio-emocionales.
- Habilidades para la vida
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C. Normativa Proactiva de aula. Al principio de curso se establecerán las normas de aula y sus consecuencias de manera consensuada y razonada, quedarán expuestas en aula
Su proceso de actuación :
1.- Intervención inicial antes de aplicar las consecuencias:
. Advertencias con gestos, palabras, silencios, miradas….
. Diseñar la adecuada disposición de las mesas.
. Invasión del territorio de zonas disruptivas.
. Refuerzo positivo cuando no están disruptivos.
. Distinguir conducta de persona. Búsqueda de vínculo y complicidad.
. Preparar minuciosamente cada actividad de las 2 primeras semanas de clase.
. Cambio metodológico de una determinada actividad.
. Aplazamiento de una actividad.
. Rutinas al comienzo de clase. Silencios tácitos con recuperación del tiempo perdido.
. Análisis del conflicto con guía previa en conflictos colectivos.
. grupos de trabajo teniendo en cuenta el factor actitudinal.
. Cuñas socio emocionales: las que fomenten la empatía, la proactividad, las que buscan reciprocidad, el control emocional, las que equilibran derechos y deberes.
Estas cuñas socio-emocionales pretenden corregir determinadas conductas y desarrollar competencias socio-emocionales y éticas adaptadas a la fase del desarrollo moral en el que se encuentre el alumnado.
2.- Zona de Espacio Personal temporal (durante una actividad) para serenarse. Se puede separar la mesa sin interrumpir la clase.
3.- Zona de espacio personal definitiva (el resto de la clase) con ficha de reflexión que fomente los 5 pensamientos de la inteligencia racional. Si está muy nervioso en ese momento se retrasará la reflexión al día siguiente en una entrevista. Habrá modelos de ficha en clase.
4.- Entrevista (recreo) para comentar la ficha de reflexión, ampliando el diálogo, el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vínculo afectivo entre profesorado y alumnado. Se guardará y/o entregará para los posibles informes en Jefatura de Estudios.
5.- Entrevista individual para establecer acuerdos y compromisos.
6.- Comunicación a la familia por teléfono o entrevista. Informar al tutor de este paso. Para ayudar a cumplir el compromiso, se puede llevar a clase una hoja de expulsión y una cara de felicitación a la familia, dárselas al alumno/a para que las lea y elija su actitud conociendo sus consecuencias.
7.- Derivación a la jefatura de estudios (comisión de convivencia del centro) y aplicación de las normas de centro. Cuña a utilizar con el alumnado: ej. ”Como no hemos podido resolver el problema con las normas de aula, debes pasar por Jefatura para hablar de normas de centro”
La falta de material, las advertencias y los espacios personales se anotarán en un registro. Cada semana un alumno/a, por orden de fila, alfabéticamente… se ocupará de anotar en la columna correspondiente a quién advirtamos o nombremos. Se trata de cortar lo menos posible la clase. Se decidirá qué repercusión tienen las anotaciones en la calificación.
D. SISTEMA DE DIQUES
Cualquier falta por parte del alumnado será tratado respetando el sistema de diques, es decir:
1.- Profesor/a.
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-La primera intervención la hará el profesor/a con el que haya ocurrido la falta.
-Realizará un aviso o advertencia.
-Llevará a cabo al día siguiente una entrevista privada. Hoja de reflexión.
-Podrá utilizar el recurso del personal de guardia o expulsión de 3 días máximo de su aula.
-Si es reiterado pedirá ayuda.
2ºTutor/a
-Rastreo de la incidencia.
-Entrevista privada. Hoja de reflexión.
-Compromiso.
-Familia.
-Pedir ayuda
3º Orientación
-Rastreo de incidencia.
-Entrevistas (profesorado, familia, alumnado…)
-Nuevas soluciones: Reunión de todo el equipo docente. Dirección.
-Compromiso.
-Derivación.
4º Dirección - Abrir y llevar a cabo el proceso del expediente.
4.- Derivación externa.
1.2.4. Con las familias
Presentar a la Comisión de Convivencia en las reuniones de acogida de
familias de nuevos alumnos y alumnas.
- Comunicar en las reuniones de principio de curso el Reglamento de
Convivencia Así como en las reuniones de acogida de familias de nuevo
alumnado. Informar que está colgado en la web. 3 años y 1º de ESO
especialmente.
1.3 Mediación.
1. La mediación escolar y los acuerdos o compromisos educativos son medidas
que fomentan la convivencia positiva y el aprendizaje de soluciones
alternativas a los conflictos que se puedan presentar.
2. La mediación es un método de resolución de conflictos en el que una persona
interviene entre dos partes en conflicto, con el objeto de ayudarles a que
obtengan un acuerdo satisfactorio para ambas.
3. El centro educativo ofrecerá la mediación como estrategia preventiva,
resolutiva y reparadora, con el fin de resolver los conflictos generados por
conductas del alumnado contrarias a las normas de convivencia o
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gravemente perjudiciales para la convivencia general del centro. Igualmente
se podrá utilizar para conflictos de relación, estén o no relacionados con
conductas contrarias a la convivencia.
4. En el caso de conflictos motivados por conductas calificadas como contrarias
a la convivencia, la mediación podrá tener carácter exclusivo o conjunto con
otras medidas educativas de forma previa, simultánea o posterior.
5. El Reglamento de convivencia regulará el procedimiento de aplicación
paralela de los procesos de mediación contemplados en el artículo 8 del
Decreto Foral 47/2010, junto con las medidas educativas contempladas en
los artículos 15 y 19 del mismo, considerando las siguientes posibilidades:
a) Aplicación de la medida educativa correspondiente, iniciando también
un proceso de mediación.
b) Modificación de la medida educativa correspondiente, en función de
los resultados del proceso de mediación.
c) Aplazamiento y revisión de la medida educativa hasta la finalización
del proceso de mediación.
La mediación no se aplicará en las siguientes circunstancias:
a) Ante la comisión de alguna de las conductas gravemente perjudiciales
para la convivencia contempladas en el artículo 17 del Decreto Foral
47/2010 cuando concurra alguna de las circunstancias agravantes de
la responsabilidad que se mencionan en el artículo 18.2 del citado
Decreto Foral.
b) En el caso de haberse utilizado reiteradamente el proceso de
mediación por el mismo alumno o alumna, durante el mismo curso
escolar, sin haber obtenido resultados positivos.
c) Cuando las diferencias o desequilibrio entre las partes en conflicto
sean insalvables o la desaconsejan.
d) En aquellos casos en los que resulte inapropiada, por existir una
intervención judicial.
1.3.1. Grupos de mediadores.
Mediación Informal. A principio de curso, se nombra un profesor/a que desarrollará la actividad de mediación informal entre alumnado de 1º y 4º ESO. Por una parte se encuentra el alumnado de nueva incorporación a la etapa y por la otra, el alumnado guía que voluntariamente se prestan a ayudar a los mentorizados. Se les invita a comunicar posibles problemas de convivencia que puedan ir percibiendo tanto dentro como fuera del centro.
1.4 Compromisos para la convivencia.
1. Cuando el alumnado presente problemas de conducta o de aceptación de
normas, los centros educativos podrán proponer a las familias la adopción
de compromisos de convivencia. Estos compromisos tendrán como objeto
establecer mecanismos de coordinación entre el profesorado, otros
profesionales que atiendan a la alumna o alumno y la familia con el fin de
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colaborar en la aplicación de cuantas medidas se propongan, tanto en el
tiempo de control escolar como en el de control familiar. Estos compromisos
podrán ser adoptados y firmados también por el alumnado.
2. Los compromisos educativos contemplarán la corresponsabilidad de la familia
en la aplicación de las medidas correctoras.
3. La Comisión de convivencia realizará el seguimiento de los compromisos de
convivencia suscritos en el centro y podrá proponer la adopción de otras
medidas en caso de incumplimiento.
4. Asimismo, la tramitación de cada procedimiento acordado requerirá, como
finalización del mismo, la redacción del consiguiente Compromiso de
convivencia en los términos establecidos en el artículo 23 del Decreto Foral
47/2010, de 23 de agosto.
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1.5 Acoso escolar
El bullying, según la definición de Olweus:
“Para poder decir que un alumno sufre agresiones o que se convierte en
víctima, tiene que darse el caso de que recibe malos tratos de forma continuada
en el tiempo por parte de un alumno o varios alumnos.”
Los malos tratos entre iguales suelen tener las siguientes características:
Desequilibrio de poder: tiene lugar una diferencia en lo que respecta al
poder físico, psicológico y social, y esto provoca un desequilibrio de fuerzas en
las relaciones interpersonales.
Intencionalidad/Repetición: la intencionalidad se refleja en la agresión que
se repite y prolonga en el tiempo y este comportamiento provoca en la víctima
miedo de ser el blanco de otras agresiones posteriores.
Indefensión/Personalización: La víctima de malos tratos suele ser un
alumno/a solo y de ese modo se coloca en una situación de desprotección.
Para evitar los malos tratos debemos tener siempre en cuenta dos actuaciones:
1. PREVENCIÓN
En el centro se tomarán las medidas que siguen:
Sensibilizar a la comunidad educativa.
Medidas de organización escolar.
Medidas para que los alumnos participen y sean conscientes de su responsabilidad.
Medidas para tratar individualmente a los alumnos, bien de modo
preventivo, bien porque están inmersos en un conflicto.
2. INTERVENCIÓN
Después de hablar con los alumnxs que están en riesgo de padecer posibles
malos tratos, si el equipo docente ve que algún alumnx los está padeciendo o si
alguna otra persona ha pedido una intervención, se seguirán los siguientes
pasos:
Realizar un análisis en profundidad de lo que está ocurriendo en el aula, centro… Pasar sociogramas y fichas de diálogo interno (orientación y tutor/a)
2.1.- Activar protocolo de acoso: (anexos especificados en el PROGRAMA LAGUNTZA)
Reunir datos de identificación. Recoger datos sobre el tipo de agresión denunciada, sobre su
gravedad y sobre el lugar en que ha ocurrido.
Análisis del caso e intervención urgente. Medidas del plan de Actuación. El Equipo Directivo junto al / a la responsable de convivencia y
orientadora, convocará una reunión con los tutorxs de los alumnos afectados,
para analizar y valorar la intervención necesaria.
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Si fuera necesario, se tomarán medidas de carácter urgente, con el fin de proteger a la
posible víctima y/o evitar agresiones. Activar protocolo vigilancia.
El director o directora tendrá constancia por escrito del resumen de todas estas medidas.
Los tutores o el Comité de seguimiento que se constituya, con total
discreción y por medio del diálogo directo, harán saber lo ocurrido a las
familias o tutores legales de los alumnos, informando sobre la situación y
las medidas que se están tomando. El tutor lo recogerá por escrito y
presentará el resumen a la familia para que lo firme.
Completar la información por medio de preguntas, conversaciones y otros
procedimientos.
Contrastar la información recogida.
Cumplir con el plan de acción:
En el centro o en las clases en las que se da el problema.
Con los alumnos implicados en el problema.
Con las familias.
Informar a Inspección Educativa.
3. EVALUACIÓN
Seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas.
MODELO DE PROTOCOLO PARA LOS CASOS DE ACOSO ESCOLAR
Ante un caso de acoso escolar, las actuaciones en el centro educativo quedan reguladas
en el Decreto Foral 47/2010 (modificado por el Decreto Foral 57/2014), en la Orden Foral 204/2010 y en su manual correspondiente editado por el Departamento de Educación en 2010.
El Plan de Convivencia de cada centro contendrá el protocolo concreto a seguir en dichos casos, así como los responsables de su aplicación. El presente modelo de protocolo se ofrece para que cada centro lo asuma directamente, o lo adapte, según las características y necesidades de la comunidad educativa.
El centro deberá garantizar siempre y en todo lugar los principios siguientes:
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ESQUEMA DEL PROTOCOLO EN CASOS DE POSIBLE ACOSO
ESCOLAR
¿Qué ocurre/qué hacer? ¿Cuándo? Responsable
Nos hemos enterado. Día 1º Cualquier persona
Damos parte a tutor/a o miembro del equipo directivo Día 1º Cualquier persona
Orden de estudiar y trabajar el caso. Nombrar responsable. Medidas protectoras.
Día 1º Dirección
Observación sistemática: determinación de posibles protagonistas implicados (víctima, agresores/as y espectadores/as)
Día 1º Director, Jefe de estudios, orientador/a y profesorado
(*) Verificación de la aplicación de normas de protección de datos y privacidad de la información en Internet Obtención de los consentimientos informados de alumnos y padres, en su caso, para el acceso a dispositivos e información personal relevante.
Día 1º Director o Jefe de Estudios
Analizar si es un tema rio y constatado. Medidas cautelares.
Si no fuera un tema grave y se viera posibilidad “clara” de solución hablando con víctima y agresor/a, es preferible para que no escale el conflicto.
Día 1º Dirección o persona responsable asignada por Dirección
Garantizar y organizar la protección de la víctima. Día 1º Profesorado y otros
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Hablar con la posible víctima. ¿Quizá en lugar y tiempo distintos al marco escolar? ¿Tal vez por teléfono? En todo caso garantizar discreción.
• Comunicarle que queremos ayudarle. Que cuente con nuestra ayuda.
• Que cuente qué le ocurre. • Que pensamos trabajar el tema y necesitamos su
conformidad. • Caso de que lo trabajáramos en clase, qué
preferiría: ¿estar o no estar presente? • Que sepa que cuenta con nosotros.
Determinar y efectuar las entrevistas a realizar con el resto de los protagonistas.
Día 1º/2º Persona responsable (Anexo 8 Programa Laguntza))
Si el centro lo estima pertinente, obtener permisos de acceso a redes sociales y herramientas de comunicación del alumno/a (*).
Día 2º Persona responsable
Valorar si es el momento de hablar con las familias tanto de la víctima como de los agresores/as. ¿Conviene hacerlo ya o esperar? (Anexo 4)
Día 2º Persona responsable con dirección...
Si el centro lo estima pertinente, obtener los permisos de acceso a redes sociales y herramientas de comunicación del alumno que deban otorgar los padres (*).
Día 3º Persona responsable
Estudio de la información con que contamos. Aclarar cuanto antes la gravedad y si se trata de un caso de
• Acoso. • Ciberacoso, sexting, grooming (si se detecta
violencia de género, seguir protocolo específico, Modelo 5 **)
• Agresión puntual. • Conflicto.
Para poder hacer esta tarea, la persona responsable contará con tiempo haciéndose cargo de sus clases el profesorado de guardia. ¿Es necesario entrevistarse con todos o con algunos miembros del grupo? (confeccionar informe del Anexo 2). *Custodiar y proteger la información documental obtenida.
Día 2º Persona responsable
Dar parte a la Inspección y, en su caso contactar con la Asesoría para la Convivencia.
*1º Pedir asesoramiento a Unidades de Investigación Tecnológica de la Policía o a la Fiscalía sobre la forma de proceder en cada caso. *2º Según el asesoramiento recibido, dar parte a Fiscalía de Menores o Fuerzas de Seguridad, en su caso.
Día 2º o 3º Dirección
Estudiar los datos y decidir cómo canalizar el tema. Establecer plan de intervención (concretar medidas mediante el Anexo 3 del Programa Laguntza))
Día 3º (o tras la observación sistemática)
Persona responsable y orientador/a
Calificación de la falta y medidas educativas, en su caso. Día 3º Dirección
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Trabajo de tutoría con el grupo: Es fundamental llegar a la reparación del daño tanto de los agresores/as como del grupo. Se ha decidido previamente con la víctima si está o no en clase. (Decidir si, además del tutor o tutora, intervienen otras personas).
Día 3º o 4º y siguientes
Tutor/a
Trabajo con la víctima. Sesión o sesiones. Si la víctima ha decidido no estar en clase de tutoría, aprovechar ese momento.
Desde el primer momento
Tutor/a ¿Orientador/a?
¿Otros especialistas?
Trabajo con los acosadores/as. De forma individual y/o grupal.
A partir del día 4º
Tutor/a ¿Orientador/a?
¿Otros especialistas?
Información a familias. Escrito y/u oral (Anexo 4). Día 5º Responsable y Dirección
Informe final a Inspección. Final del proceso o fin
de curso
Dirección
Seguimiento y revisiones. A determinar Persona Responsable
* Realizar estas actuaciones cuando proceda en casos de ciberacoso (ciberacoso) o sexting.
** Para llevar a cabo adecuadamente las actuaciones señaladas en esta tabla se recomienda revisar los materiales complementarios que figuran en la página Web de la Asesoría para la Convivencia: Documentos de apoyo - Educación:
https://www.educacion.navarra.es/web/dpto/educacion-en-valores/asesoria-para-la-convivencia/profesorado/ documentos-de-apoyo
FIN DEL PROTOCOLO
El protocolo de actuación no tiene un momento definido de finalización, ya que
dependerá de varios aspectos concretos del caso que estemos tratando. No obstante son varios los motivos por los que puede finalizar la aplicación del protocolo de cada caso:
, Cuando se resuelve de forma consistente el caso y ha habido reparación y restauración
de las relaciones y el clima de convivencia.
, Cuando finaliza el curso escolar (si en el plan de actuación o en las revisiones del
mismo no se determine que en el curso siguiente debe continuar abierto el protocolo)
, Cuando el alumnado implicado cambia de centro educativo.
18
2. REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
2.1 CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA.
2.1.1 Principios básicos.
2.1.2 Protocolo para justificación de faltas.
2.1.1 Principios básicos.
a) La Dirección del Centro favorecerá el clima adecuado para
los aprendizajes, la adquisición de competencias del alumnado y la convivencia
del mismo, y promoverá la resolución de los conflictos mediante el diálogo, el
acuerdo y la mediación para la resolución pacífica de los conflictos.
b) El profesorado es responsable de la primera intervención en
aquellos conflictos o problemas de disciplina presentados, y aplicará las
medidas oportunas para resolverlos en el ámbito de su responsabilidad.
c) El alumnado actuará responsablemente en el ejercicio de sus
derechos y en el cumplimiento de sus deberes.
d) En la imposición de medidas educativas la Dirección tendrá en
cuenta las orientaciones y los consejos de la Orientadora, del Tutor/a y de la
Comisión de Convivencia.
Conducta a)
Incumplimiento del deber de estudio o cualquier otra conducta durante el desarrollo de la clase que pueda dificultar el ejercicio del
derecho y el deber de estudiar de sus compañeros/as.
Si el alumno/a no estudia, no trabaja, no aprovecha el tiempo de clase, e
impide el desarrollo normal de las clases, el profesorado podrá aplicar las
siguientes medidas:
Medidas educativas :
a) El profesorado puede decidir que el alumno/a se quede en el aula en el tiempo de recreo.
b) El profesorado puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio
(siempre con trabajo) o prohibirle la asistencia a sus clases por un máximo
de 3 sesiones.
Procedimiento:
Con respecto a la medida “a)”: El profesor/a escribirá una nota en la
agenda, mail o por teléfono del alumno/a. Así los padres/madres sabrán que por
su actitud se ha quedado sin recreo.
Con respecto a la medida “b)”:
Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a
comunicará por teléfono o por correo electrónico a los
padres/madres de la medida adoptada y de las causas que han
motivado la expulsión.
El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión, parte y se lo entregará a la Jefatura de Estudios.
Si el alumno/a cumple debidamente el trabajo planteado el
19
profesor/a podrá retirar la sanción impuesta.
Conducta b): Faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.
Se considerarán faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase
las que no sean excusadas de forma escrita. El procedimiento de justificación de
faltas es el que se establece en el punto 2.1.2 . La Dirección del Centro definirá el
procedimiento de justificación de faltas y cuantas medidas considere necesarias
para recabar información a efectos de justificación de las mismas.
Medidas educativas:
Si el alumno/a no justifica sus faltas de asistencia la Dirección del Centro
tomará las siguientes medidas:
b.1.) Faltas de puntualidad:
4 faltas de puntualidad en una quincena. Los padres , madres o el
tutor/a legal recibirán una notificación por escrito..
4 nuevas faltas de puntualidad a lo largo de la siguiente quincena: Los padres, madres o el tutor/a legal recibirán una notificación por escrito donde se les comunicará la siguiente medida educativa a tomar que será:
- durante tres recreos realizará labores de cuidado del aula-centro(limpieza, colocación de mesas, forrar libros, limpiar cristales…).
Procedimiento:
Las familias recibirán por parte de la tutora
una comunicación por escrito.
En relación a los retrasos en horario de entrada al centro (o interclases 5 min.): 9:00 y 15:30 las instrucciones de funcionamiento quedarán de la siguiente manera:
- Aquel que vengan a partir de la 9:10-15:40 sin justificante, no podrán acceder a su aula, podrán acceder al centro pero se quedarán con el/la profesor/a de guardia hasta la siguiente sesión. Se les pondrá una falta de asistencia no justificada en esa sesión.
- En el caso del alumnado que llegue tarde, pero acompañado de algún adult@, se le comunicará la norma y deberá llevar al alumno/a y traerlo para la segunda sesión. Se les pondrá una falta de asistencia no justificada en esa sesión.
b.2.) Cuando hagan pira, borota en determinadas clases:
Medida educativa:
a) Detener la acción si están en el centro. b) Entrevista personal. c) Realizar durante una mañana trabajos que contribuyan al beneficio de la comunidad
educativa. d) De repetirse la conducta en los siguientes 15 días, realizarán labores a la comunidad
educativa durante 3 mañanas.
b.3.) Faltas de asistencia:
Medida educativa: Se aplicará el protocolo de absentismo.
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NIVEL 1: CENTROS EDUCATIVOS
ÁMBITO Centro Escolar
RESPONSABLE Jefe de Estudios / Orientador
FUNCIONES
• Incluir en el Plan de convivencia de cada curso escolar la planificación de las siguientes cuestiones organizativas:
- Establecer mecanismos de control y seguimiento del absentismo escolar.
- Detectar y analizar las posibles causas del absentismo. - Programar actividades preventivas (planes de acogida…etc.). - Tomar las medidas adecuadas para adecuar la propuesta educativa.
PRIMERA INTERVENCIÓN: TUTOR/A HASTA 2 FALTAS/MES* S. J.(10% del crédito lectivo) 10 faltas de asistencia
• Tareas: - Control diario de faltas. - Contacto telefónico con la familia. - Entrevista con la familia o responsable. - Dejar constancia de las gestiones realizadas. - Rellenar Anexo I
SEGUNDA INTERVENCIÓN: JEFE/A DE ESTUDIOS/ ORIENTADOR/A HASTA 4 FALTAS/ MES S.J.(20% del crédito lectivo) 20 faltas de asistencia
• Tareas: - Nuevo contacto telefónico con la familia. - Notificación postal (si procede). - Concertar y mantener entrevista con la familia o responsable. - Contactar con Servicios Sociales de Base (SSB). - Dejar constancia de las gestiones realizadas y la respuesta obtenida en
un expediente del alumno absentista elaborado ad hoc (anexo II). - Rellenar anexo II
CONDICIONES PARA EL PASO AL NIVEL 2 24 faltas de asistencia
- Haber realizado todas las acciones propias del primer nivel sin resultados.
- Que el índice de absentismo del alumno sea igual o superior al 20%. - Realizar el informe del caso con la propuesta de actuación a llevar a
cabo en el siguiente nivel. - Informar a la Comisión Contra el Absentismo del paso al nivel 2
SSBASE
* En primaria se considerará una falta la ausencia durante una jornada completa, pudiendo acumularse dos medias jornadas en distinto día. En secundaria se considerará una falta la ausencia durante una jornada completa, pudiendo acumularse horas sueltas hasta completar el crédito horario de un día.
Conducta c):
Asistencia reiterada a clase sin el material necesario por razones imputables al alumno o a la alumna.
Si el alumno/a se presenta en el aula sin los libros de texto, sin apuntes,
sin realizar los ejercicios, reiteradamente, el profesor/a podrá aplicar alguna de
estas medidas:
Medidas educativas:
a) El profesor/a, en las primeras 4 ocasiones, le pedirá al alumno/a un
21
compromiso para reconducir su actitud. En esas clases o sesiones, el
alumno/a podrá compartir el material de otro alumno/a (libro de texto,
apuntes, ejercicios…).
b) El profesor/a, superadas esas 4 ocasiones, si ve que no cambia su actitud
ante la responsabilidad y el trabajo, podrá privarle del derecho al recreo,
o podrá expulsarle de clase (siempre con trabajo) y con el profesor de
guardia por esa única sesión.
c) Podrá cambiarle de grupo-aula (de edad inferior…) para ayudar a algún
alumno/a en concreto en las tareas de aula.
Procedimiento:
Con respecto a la medida “b”:
Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a
comunicará a las familias, por teléfono o por correo electrónico, la
medida adoptada y las causas que han motivado la expulsión.
El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión y se lo entregará a la Jefatura de Estudios.
Si el alumno/a cumple debidamente el trabajo planteado el profesor/a podrá aminorar la sanción impuesta.
Si el alumno/a no puede disfrutar del recreo, el profesor/a
escribirá una nota por teléfono o correo del alumno/a. Así las
familias sabrán que por su actitud se ha quedado sin disfrutar del
recreo.
Conducta d):
Falta continuada de trabajo del alumnado, tanto en casa como en
clase.
Si el alumno/a, mantiene una actitud continuada, de no participar en las distintas
actividades planteadas en el aula o en las planteadas para casa (realización de
tareas, estudio, trabajo en grupo…) de forma reiterada y totalmente pasiva, el
profesorado podrá aplicar alguna de estas medidas:
Medidas educativas:
a) El profesorado, en las primeras 4 ocasiones, le pedirá al alumno/a un
compromiso para reconducir su actitud. En esas clases o sesiones, el
alumnado podrá compartir el material de otro alumno/a (libro de texto,
apuntes, ejercicios…).
b) El profesor/a, superadas esas 4 ocasiones, si ve que no cambia su actitud
ante la responsabilidad y el trabajo, podrá privarle del derecho al recreo,
o podrá expulsarle de clase (siempre con trabajo).
c) Cambiarle de grupo durante un tiempo.
Procedimiento:
Con respecto a la medida “b”:
Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a comunicará a los padres, por teléfono o por correo electrónico, la medida adoptada y las causas que han motivado la expulsión.
El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión .rellenando debidamente el informe de expulsión y se lo entregará a la Jefatura de Estudios.
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Si el alumno/a cumple debidamente el trabajo planteado el profesor/a podrá aminorar la sanción impuesta.
Si el alumno/a no puede disfrutar del recreo, el profesor/a escribirá una nota por teléfono o correo del alumno/a. Así la familia sabrá que por su actitud se ha quedado sin disfrutar del recreo.
Con respecto a la medida “c”:
La Dirección en colaboración con la Orientadora estudiaría las implicaciones de esta medida, y si fuera posible o conveniente la aplicaría. En este caso se avisará a la familia por correo.
Conducta e):
Copiar o facilitar que otros alumnos o alumnas copien en
exámenes, pruebas o ejercicios.
Medidas educativas:
a) Calificación negativa. Cada Departamento explicitará en la programación
esta medida. Procedimiento:
El profesor/a no le permitirá continuar con el examen, prueba.
Informará de la medida al Tutor/a y a los padres/madres por correo electrónico.
Conducta f):
Manifestaciones expresas contrarias a la dignidad de las
personas y a los derechos democráticos legalmente establecidos, así
como al Proyecto educativo y al carácter propio del centro.
Los comportamientos sexistas, racistas, xenófobos, antirreligiosos, las
actitudes que no respeten el buen nombre del Instituto o lo pongan en duda…
serán los que se tendrán en cuenta en esta conducta.
Medidas educativas: a) Entrevista personal con el profesor/a o tutor/a. Hoja de reflexión. Compromiso y resarcimiento
del daño causado a la persona en concreto. b) El profesor/a puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio o prohibirle
la asistencia a sus clases por un máximo de 3 sesiones (siempre con trabajo).
c) La Dirección(comisión de convivencia) puede decidir que el alumno/a no
participe en las actividades extraescolares.
Procedimiento:
La persona que haya sido testigo del comportamiento, entregará “El parte de los hechos” a la Dirección.
Con respecto a la medida “b”:
La Dirección en colaboración con la Orientadora, el Tutor/a y la
Comisión de Convivencia estudiaría las implicaciones de esta
medida, y si fuera conveniente la aplicaría.
La Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.
Procedimiento:
Con respecto a la medida “c”:
Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a
comunicará por teléfono a las familias la medida adoptada y las
causas que han motivado la expulsión.
El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión, parte y se lo entregará a la
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Jefa de Estudios.
Conducta g):
Falta de respeto a la autoridad del profesor o profesora, así como la desobediencia al personal del centro en el ejercicio de sus
funciones.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el profesor/a para decir “lo siento” (pedir disculpas).
b) El profesor/a le solicitará un compromiso escrito de rectificación de actitud.
c) El profesor/a puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio o prohibir la
asistencia a sus clases por un máximo de 3 sesiones (siempre con trabajo).
Procedimiento:
Medida adoptada por el profesor/a Con respecto a la medida “c”:
Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a
comunicará a los padres, por teléfono o por correo electrónico, la
medida adoptada y las causas que han motivado la expulsión.
El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión y se lo entregará a la Jefa de Estudios.
Conducta h)
Trato incorrecto y desconsiderado hacia miembros de la comunidad educativa o hacia quienes presten sus servicios a la
misma.
Medidas educativas:
a)Entrevista personal con el profesor/a o tutor/a. Hoja de reflexión. Compromiso y resarcimiento del daño causado a la persona en concreto.
b)El profesor/a puede decidir expulsar al alumno/a al aula de estudio o prohibirle la
asistencia a sus clases por un máximo de 3 sesiones (siempre con trabajo).
c)La Dirección(comisión de convivencia) puede decidir que el alumno/a no
participe en las actividades extraescolares.
Procedimiento:
La persona que haya sido testigo del comportamiento, entregará “El parte de los hechos” a Dirección.
Con respecto a la medida “b”:
La Dirección en colaboración con la Orientadora, el tutor/a y la
Comisión de Convivencia estudiaría las implicaciones de esta
medida, y si fuera conveniente la aplicaría.
Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.
Procedimiento:
Con respecto a la medida “c”:
Cada vez que el alumno/a sea expulsado del aula, el profesor/a
comunicará por teléfono a las familias la medida adoptada y las
causas que han motivado la expulsión.
El profesor/a deberá dejar constancia de la expulsión rellenando debidamente el informe de expulsión, parte y se lo entregará a la Jefa de Estudios.
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Conducta i):
Participación en inasistencias grupales a clase no autorizadas
por la Dirección.
Si el alumnado, en discrepancia respecto a decisiones educativas, decidiera
hacer una huelga, deberá obtener la autorización de la Dirección, siguiendo el
procedimiento que se recoge en esta normativa.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el Tutor/a.
b) Pérdida de cuatro los recreos de 4 días para recuperar el tiempo perdido.
c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un
tiempo limitado. Procedimiento:
La Dirección será la responsable de aplicar la medida.
La Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.
Conducta j):
Mentir o dar información falsa intencionadamente al personal
del centro, cuando no perjudique seriamente a ningún miembro de la comunidad educativa o que preste sus servicios a la misma. Medidas educativas :
a) Entrevista personal con el Tutor/a o la Orientadora.Hoja de reflexión. Compromiso. Resarcimiento.
b) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.
Procedimiento:
La Dirección(Comisión de convivencia compartida con el profesorado)
será la responsable de aplicar la medida.
La Dirección comunicará al Tutor/a la medida adoptada y éste/a se lo comunicará a la familia.
Conducta k):
Utilización de equipos y aparatos.
En la ESO se encuentra prohibido traer al instituto móviles o aparatos de
grabación de imagen o sonido durante toda la jornada lectiva.En el caso de
traerlos, deberá estar guardado y apagado en la mochila y bajo su
responsabilidad(disposición adicional p1)
El alumnado transportado o que excepcionalmente tenga permiso para
traerlo lo hará solamente fuera del recinto escolar. Dentro del instituto deberán
mantenerlos apagados.
En todos los niveles: la autorización para utilizar este tipo de aparatos,
correrá a cuenta del profesor/a o del responsable de la actividad, siempre claro
está, teniendo en cuenta la normativa general.
En todos los niveles: La utilización incorrecta de estos aparatos (falta de
respeto, contrario a la convivencia…), puede ser considerada como Conducta
Grave, aun siendo la primera vez.
Se podrán utilizar estos dispositivos dentro de aula con un uso
pedagógico y será el profesor/a quien tendrá en cuenta si todo el alumnado está
en posesión de ello.
Medidas educativas: .
En caso de que uno de estos aparatos sea hallado en clase, el profesor/a
25
ordenará que se apague, y lo bajará a dirección depositándolo bajo llave y será el
Jefe de Estudios quien lo entregará a la familia.retendrá hasta la finalización de la
jornada lectiva. Será devuelto a partir del día siguiente a la familia, tras recordar
al alumno/a que estos aparatos no se pueden traer al instituto.
En el caso de que un mismo alumnx repita 3 veces esta actitud, se considerará Conducta
Grave.
Para subsanar la vulneración de esta norma, se le suspenderá el
derecho al recreo durante tres días y durante los mismos realizará alguna
actividad de sensibilización sobre el buen uso de los dispositivos tecnológicos.
Esta misma medida (tres recreos) se aplicará también en el caso de
utilización de estos aparatos en otras zonas del instituto (pasillos, patio…).
Procedimiento
:
El profesor/a llamará por teléfono o por correo electrónico a los padres/madres o representantes legales, para comunicarles qué ha sucedido.
El profesor/a deberá dejar constancia de lo sucedido en Jefatura de Estudios, rellenando el “Parte de los hechos” correspondiente en la carpeta DRIVE.
Conducta l) :
Utilización de espacios, material y equipamiento del centro sin autorización o para otros fines no educativos o distintos de los
autorizados.
Medidas educativas:
a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a.
b) Entrevista personal con el Tutor/a o la Orientadora. Hoja de reflexión. Compromiso. Resarcimiento.
c) Pérdida del derecho a salir entre uno y tres recreos.
Procedimiento:
Medida adoptada por la Dirección (comisión de convivencia ).
El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.
Conducta m):
Incumplimiento de las normas establecidas por el centro en lo
relativo a la indumentaria.
En el Instituto se llevarán ropas apropiadas y deberán ser las adecuadas
para realizar los ejercicios físicos. La indumentaria será adecuada y facilitadora de
la identificación del alumnado. Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el profesor que haya ocurrido. Este comunicará al tutor /a lo ocurrido.
b) El profesor/a le solicitará la realización de hoja de reflexión y
un compromiso escrito de rectificación de actitud. Procedimiento:
El profesor/a tutor/a o la Orientadora le recordarán las normas.
El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.
Conducta n):
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Descuido voluntario y reiterado de la higiene, la limpieza y el aseo personal.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el profesor/a o Tutor/a.
b) El profesor/a le solicitará un compromiso escrito de
rectificación de actitud. Procedimiento:
El tutor/a o la Orientadora le recordarán las normas.
El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.
Conducta ñ):
Deterioro leve, causado de manera intencionada, de las
instalaciones o material del centro, medios de transporte escolar,
bienes o instalaciones de lugares visitados, así como de las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa o de
quienes prestan sus servicios a la misma.
Medidas educativas:
a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a
b) Entrevista personal con el profesor/a, el tutor/a o la Orientadora.
c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.
d) Para reparar el daño causado en las instalaciones o en el material del
Centro se le requerirá acudir al Instituto con un plan concreto de
reparación. Su trabajo de reparación podrá realizarlo durante el número de
recreos que se estimen necesarios. La reparación la realizarán bajo la
supervisión del profesor/a de guardia, tutor/a o conserje, dependiendo de la
labor.
e) En todos los casos, será imprescindible reparar el daño causado, bien a través
de la reposición del material, o abonando su importe.
f) Si la conducta ha sido en el autobús o servicio de comedor, podrá perder
el derecho a utilizarlo, por un tiempo limitado.
g) 3 recreos mínimo (o hasta que termine el trabajo de reparación )
realizando labores con el conserje.
Procedimiento:
Quien haya sido testigo de la conducta, entregará el documento “Parte de los hechos”.
Medida adoptada por Dirección.
El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.
Conducta o):
Ensuciar o estropear instalaciones, equipamiento, material, inmediaciones del centro, autobús escolar o lugares visitados con el
centro.
Medidas educativas:
a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a
b) Entrevista personal con el profesor/a, el tutor/a o la Orientadora.Hoja reflexión,. Compromiso . Resarcimiento del daño causado.
c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.
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d) Si la conducta ha sido en el autobús, podrá perder el derecho a utilizarlo,
por un tiempo limitado.
e) Para reparar el daño causado en las instalaciones o en el material del
Centro se le requerirá acudir al Instituto con un plan concreto de
reparación. Su trabajo de reparación podrá realizarlo durante el número
de recreos que se estimen necesarios. La reparación la realizará bajo la
supervisión del profesor/a de guardia, tutor/a o conserje, dependiendo
de la labor.
f)
Procedimiento:
Quien haya sido testigo de la conducta, entregará el documento “Parte de los hechos”.
Medida adoptada por Dirección.
El Tutor/a comunicará a la familia por teléfono o por escrito la medida adoptada.
Conducta p):
Fumar tabaco o consumir bebidas alcohólicas en espacios situados dentro del recinto escolar, en el transporte escolar o durante
la realización de actividades organizadas por el centro.
En el Instituto está totalmente prohibido fumar, beber o tomar
cualquier sustancia ilegal.
Medidas educativas:
a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a
b) Entrevista personal con el tutor/a.
c) Pérdida del derecho a disfrutar de los recreos
durante cinco días. Procedimiento:
Medida adoptada por el Tutor/a y la Dirección.
Durante los recreos de los cinco días permanecerá en el aula G2 o G3 reflexionando.
El profesor/a comunicará por teléfono o por correo electrónico a los padres/madres o representantes legales, para comunicarles lo sucedido.
Conducta q):
No entregar o no comunicar a los padres/ madres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.
Medidas educativas:
a) Entrevista personalHoja de reflexión. Resarcir el daño causado con el tutor/a.
Procedimiento:
El tutor/a comunicará a los padres/madres o representantes legales lo que ha sucedido.
Conducta r):
Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y que no constituya conducta gravemente
perjudicial para la convivencia del Centro.
Medidas educativas:
a) Detener la acción, y en caso de ver necesario, hablarlo con el alumno/a
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b) Entrevista personal con el profesor/a o con el tutor/a.
c) Pérdida del derecho a tomar parte en actividades extraescolares por un tiempo limitado.
d) Si la conducta ha sido en el autobús, podrá perder el derecho a utilizarlo,
por un tiempo limitado.
e) Para reparar el daño causado se le requerirá acudir al Instituto con un
plan concreto de reparación, durante algunas tardes.
Procedimiento:
Quien haya sido testigo de la conducta, entregará el documento “Parte de los hechos”.
Medida adoptada por Dirección y el Tutor/a.
El Tutor/a comunicará a la familia la medida adoptada.
Para reparar el daño causado, deberá seguir las indicaciones del Conserje, ayudándole en sus tareas.
2.1.2 Procedimiento de justificación de faltas.
Las faltas de asistencia son gestionadas por el programa EDUCA. A
través de este programa, cada profesor, todos los lunes, como muy tarde,
registrará todas las faltas acumuladas durante la semana anterior. Así los
Tutores, dispondrá de dos días, máximo hasta el miércoles de cada
semana, para justificar esas faltas.
Por otra parte, cada jueves, desde secretaría enviarán al Tutor/a los informes
provisionales de faltas para que los verifiquen. Una vez revisados, les
remitirán los informes definitivos.
El alumno/a que haya faltado a clase, le entregará al Tutor/a el justificante.
Los alumnos/as mayores de 18 años justificarán sus faltas como lo hace cualquier trabajador en el mundo del trabajo.
El plazo para justificar las faltas es de dos días.
Faltas de asistencia y salida del recinto del instituto sin permiso.
a) El número de faltas de asistencia se puede ver en EDUCA.
Además, al final de cada evaluación, en cada boletín, se
explicitan.
b) Los alumnos/as de ESO no pueden salir del Instituto. Por lo
tanto, si algún alumno/a sala del Instituto sin permiso, se le
abrirá un expediente administrativo, pues es considerada una
conducta gravemente perjudicial para la convivencia.
c) Durante el tiempo de recreo, los alumnos/as de Bachillerato y
Ciclos Formativos, podrán salir del Instituto, si así lo desean; pero
si algo sucediera, la Dirección del Instituto se exime de cualquier
responsabilidad.
29
2.2 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
2.2.1 Principios generales.
2.2.2 Medidas educativas.
2.2.3 Procedimientos.
2.2.4 Medidas cautelares.
2.2.5 Sistema de elección de instructores.
2.2.6 Procedimiento del expediente administrativo.
2.2.1 Principios generales.
a) La Dirección del centro favorecerá el ambiente adecuado para los
aprendizajes, para la consecución de las competencias básicas y para la
convivencia. Así mismo, cuando surjan conflictos, fomentará la resolución de los
mismos por medios pacíficos, es decir, mediante el diálogo, los acuerdos entre
las partes implicadas y la mediación.
b) Cuando surjan problemas disciplinarios, el primer agente en intervenir
será el profesor/a implicado/a o testigo, será también el primero en aplicar las
medidas necesarias para la resolución del problema, siempre que se encuentren
bajo su ámbito de responsabilidad.
c) Los alumnos/as actuarán con responsabilidad a la hora de utilizar sus
derechos y de cumplir sus deberes.
d) A la hora de decidir las resoluciones de los conflictos, la Dirección
tendrá en cuenta los consejos de la Orientadora, los Tutores/as y de la
Comisión Convivencia.
e) Los alumnos/as que causen daños materiales o sustraigan bienes a
cualquier miembro de la comunidad educativa tienen la obligación de reparar los
daños o a hacerse cargo de su coste económico.existe una excepción con la
rotura de cristales ya que los cubre el seguro del ayuntamiento. En ese caso el
alumno realizará trabajos en el centro valorados según el coste del cristal.
f) La acumulación de 5 faltas leves conllevarán una falta grave .
Conducta gravemente perjudicial a):
Las injurias, calumnias, ofensas, vejaciones o humillaciones, insultos, amenazas, la violencia física o de otro tipo, así como el
acoso y las conductas atentatorias de palabra u obra al profesorado y
a su autoridad, o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa, a quienes prestan sus servicios a la misma, especialmente
si tiene un componente sexual, racial, xenófobo, contrario a las creencias o
convicciones morales de las personas, o se realiza contra aquellas
personas más vulnerables por sus características personales, económicas,
sociales o educativas.
2.2.2 Medidas educativas:
a) Adopción de medidas cautelares en caso de considerarlo adecuado.
b) Entrevista con el profesor/a. Hoja de reflexión y resarcimiento del daño.
c) Cuando se haya producido agresión física, no se dará la opción de procedimiento acordado y se podrá tomar la medida cautelar de expulsarlo en ese momento. El tutor/a llamará a la familia para que venga a recogerlo/a.
30
d) La Dirección (o persona que haya designado a tal fin) comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a la
apertura de expediente (DIPO).
2.2.3 Procedimientos
La Dirección(o persona que haya designado a tal fin) debe recoger por escrito la
comunicación de la persona testigo.
La Dirección pondrá en marcha una investigación.
La Dirección nombrará un instructor/a. Si se cumplen las condiciones para el
procedimiento acordado *, la Dirección comunicará tanto al instructor/a como al tutor/a
que se ha procedido al inicio de la apertura de expediente y entregará al Instructor/a el
“Documento Inicial” (DIPO) que abre el expediente . El tutor/a se pondrá en contacto
con la familia para comunicarle lo sucedido.
A su vez, el instructor/a acordará con la familia la hora y el día en el que
se realizará la reunión entre familia e instructor/a y entregará este
documento tanto a la familia como al alumno/a, en la reunión.
Si aceptan el procedimiento acordado * , se le comunicará a la familia la posibilidad de
“La propuesta alternativa a la expulsión”. Se le entregara la propuesta por escrito y lo
firmará :
- 1 día de expulsión= una mañana de trabajos a la comunidad educativa,
- 2 días expulsión=1 día,
- 3 días expulsión=2 días,
- 5 días expulsión=3 días
-10 días expulsión=7 días.
En el caso de no cumplir con los trabajos a la comunidad, automáticamente pasará a
cumplir con la medida acordada.
En los dos casos (ORDINARIO Y ACORDADO), el Instructor/a deberá hablar con los
profesores para recoger y entregar al alumno/a los trabajos que se le encomienden, así
como inspeccionar el desarrollo y el grado de cumplimiento de la medida acordada.
Comunicará el resultado de su inspección a la Directora al final del proceso. En el caso de no aceptar las medidas educativas propuestas, familia y
alumno/a tienen derecho a presentar alegaciones; para ello tendrán un plazo de dos días lectivos.
Cada vez que se abre un expediente ordinario, es decir, cuando no es
acordado, el “Documento Inicial” que abre el expediente será considerado
como resolución final de expediente. Este documento se enviará por
correo certificado al domicilio del alumno/a. Ese mismo día, la Dirección
comunicará al Tutor/a la apertura del expediente y le dará una copia del
Documento Inicial. El Tutor/a informará a la familia telefónicamente e
informará y entregará una copia del Documento al alumno/a.
En el caso de que el/la alumno/a y su familia no acepten la resolución del
expediente tendrán dos días lectivos para presentar alegaciones a la
Directora. En el caso de que sean presentadas alegaciones el Instructor/a
pondrá en marcha una investigación y presentará su resolución a la
Directora . La Directora comunicará esta resolución por escrito a los
padres y al alumno/a . En el caso de que la familia no acepte esta
resolución deberán presentar sus alegaciones al Consejo Escolar. El
Consejo Escolar trasladará su opinión a la Directora. La Directora puede
pedir consejo al Departamento de Educación. El proceso se dará por
terminado por medio de una última resolución de la Directora que será
comunicada por escrito al alumno/a y sus padres.
31
*se propondrá el procedimiento acordado siempre que haya
arrepentimiento, se haya disculpado y haya cumplido con los trabajos de
otro procedimiento acordado anterior.”
RESUMEN del DIPO:
1.- CONOCIMIENTO DE LA AUTORÍA: Desde el conocimiento de la
misma en dirección, hay 3 días hábiles para comunicarlo a la familia.
Conducta grave y medida ejemplar:
1- Sacar al alumnx de clase con el de guardia. 2- Llamar a la familia (Dirección: Jefes de Estudios). 3- Redactar el expediente (entrevistas, partes, hojas de reflexión de los /as implicadas). 4- Entregar Documento de Inicio de Procedimiento Ordinario y una copia firmada para el centro. Escanearlo y guardarlo digitalizado en la carpeta convivencia. 5- En la reunión con la familia dos testigos del centro son suficientes (Profesor, tutor/a y uno del equipo directivo). Asegurar que firma la familia. 6- Medida cautelar: suspensión del derecho a la asistencia al centro inmediatamente. 7- Si se niegan a firmar, reflejarlo en el DIPO.
2 días lectivos para alegaciones, sino el DIPO va para adelante. Si se da una conducta GRAVEMENTE PERJUDICIAL Y hubiera desconocimiento de la autoría contamos con -> 60 días para investigar para lo cual se nombrará la figura del instructor/a. Instructores:
1- Será el encargado de realizar Informe, entrevistas a todos los implicados. Se recogerán por escrito en la hoja de partes, reflexión.… 2- Propuesta (2º DIPO) 3- Directora acepta/rechaza 4- Si la familia rechaza
a. Consejo escolar en 2 días b. Departamento- Juez
Documento Inicio Procedimiento Ordinario (DIPO):
1- Fecha conocimiento hechos -> Cuando la directora lo sepa. 2- Hay que reflejar los detalles como nombres, horario, palabras textuales, insultos… 3- Medidas cautelares cuando queramos que sea ejemplarizante. 4- Se puede utilizar Procedimiento Acordado (ej, 5 días pero con hoja de compromiso dejarlo en 3 ) tal y como se refleja en el propio reglamento.En el caso de no cumplir el procedimiento acordado, automáticamente pasará a cumplir la medida contemplada en el primer DIPO.
Reiteración de conductas contrarias a la convivencia: 1- Comunicar a las familias
32
2- Cuando se llegue a 5, comunicar a la familia el riesgo que supone y hoja de compromiso del alumnado. El compromiso lo cumplimentará con la tutor/a previo acuerdo o consulta orientación. El profesorado podrá establecer compromisos particulares con el alumnado habiéndolo comunicado a la tutora. Cuando un compromiso lo requieran más de 2 profesores/as, la tutora convocará una reunión de equipo y establecerán el compromiso a cumplir todas las partes., 3- Adjuntar hojas de reflexión a las conductas contrarias a la convivencia.
Agresión al profesorado -> atentado a la autoridad -> delito público Adjunto anexo
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en caso de no aceptación por la familia:
1. Documento de inicio del procedimiento.
2. Informe propuesta del instructor (si la familia ha alegado).
3. Resolución de la directora aceptando o no la propuesta del instructor/a.
4. Informe y propuesta del Consejo Escolar (si la familia ha acudido a él).
5. Resolución final de la directora.
Conducta gravemente perjudicial b):
La grabación de textos, imágenes, sonidos ... de la jornada
lectiva o de las actividades educativas con fines distintos de los autorizados por la dirección, así como de cualquier escena
relacionada con la vida privada de las personas. Medidas educativas:
a) Entrevista personal con una persona del Equipo Directivo y tutor/a. Hoja de reflexión
b) El alumno/a deberá borrar lo grabado, en caso de no hacerlo se le comunicará
que se abrirá el camino judicial.
c) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo contexto que ha tenido la conducta inadecuada.
d) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial c):
La difusión, por cualquier medio electrónico o de otro
tipo(redes sociales, de contacto), de las conductas descritas en el
apartado anterior.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con una persona del Equipo Directivo y tutor/a. Hoja reflexión
b) El alumno/a deberá borrar lo grabado, en caso de no hacerlo se le comunicará
que se abrirá el camino judicial.
c) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo contexto en el que ha tenido la conducta inadecuada.
d) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3. (ver páginas 18 y 19)
Conducta gravemente perjudicial d):
33
El deterioro grave, causado de manera intencionada, de instalaciones, materiales,documentos del centro, transporte
escolar, bienes e instalaciones de lugares visitados, así como de las
pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa o
de quienes prestan sus servicios a la misma( en el caso de rotura de cristales, como los cubre el seguro del Ayuntamiento,el alumnado
realizará trabajo en centro que equivalga al total de la factura de
compra del cristal).
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a.
Hoja de reflexión. Resarcimiento del daño causado.
b) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
c) Deberá pagar, limpiar y/o arreglar lo deteriorado.
d) Deberá pagar todos los daños ocasionados intencionadamente. Si no sale el
responsable ,se solicitará colaboración con el alumnado de la clase para
que entre todos busquen solución a cómo reparar el daño ocasionado.
e) Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial e):
Conductas que, por mala intención o por comportamiento inadecuado puedan suponer riesgo para la integridad física de los
miembros de la comunidad educativa o de quienes prestan sus
servicios a la misma.
Medidas educativas:
a) Se podrá tomar medida cautelar.
b)Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de
reflexión.
c)Deberá pedir disculpas en el mismo ámbito que se ha producido la conducta
inadecuada.
d)La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a la
apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial f):
Mentir o dar información falsa, intencionadamente, al personal
del centro, cuando perjudique seriamente a algún miembro de la
comunidad educativa o de quienes prestan sus servicios a la
misma.
Medidas educativas:
34
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. hoja
de reflexión.
b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha
producido la conducta inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial g):
La sustracción de pertenencias tanto del centro como de cualquier otra persona.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la conducta
inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3
Conducta gravemente perjudicial h):
La suplantación de la personalidad en actos de la vida académica, redes sociales,correos, perfiles falsos... y la falsificación
o sustracción de documentos académicos. Se considerará
especialmente grave la sustracción de modelos de examen o copias
de las respuestas, así como su difusión, posesión, compra o venta.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la
conducta inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial i):
Ser conocedor o testigo de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia y no ponerlo en conocimiento del
equipo directivo.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la
conducta inadecuada. c) Realizará un trabajo educativo de visionado de materiales que le ayuden a tomar
35
conciencia como observador en un conflicto. Medida formativa que la preparará le hará seguimiento orientación.
d) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial j):
Conductas de insubordinación, con especial atención al
incumplimiento de las medidas educativas impuestas.
Medidas educativas: a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la
conducta inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial k):
La colocación de carteles o la realización de pintadas u otras manifestaciones escritas que atenten contra los derechos y
libertades recogidos en la Constitución o supongan apología del
terrorismo.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor/a. Hoja de reflexión. b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha producido la
conducta inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente. .
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial l):
El consumo de drogas, su distribución, la reiteración de fumar tabaco o de consumir bebidas alcohólicas en los espacios del
centro, en el transporte escolar o durante la realización de
actividades organizadas por el centro, o la incitación a dichas
conductas.
En el Centro Escolar está totalmente prohibido el consumo de
tabaco, alcohol y sustancias ilegales.
36
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del equipo directivo y/o tutor. Hoja de
reflexión.
b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha
producido la conducta inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento: Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial m):
La reiteración en la comisión de conductas contrarias a la convivencia.
Medidas educativas:
En todos los casos se les ofrecerá el procedimiento acordado. En casos excepcionales se podrán tomar medidas cautelares enviando directamente al alumno/a expulsado a casa o se podrá decidir que su actuación no le da derecho a recibir un procedimiento acordado.
Del primer al cuarto parte de conducta contraria a la
convivencia: Las familias recibirán una comunicación por
escrito en la que se les informará acerca de la conducta
contraria a la convivencia.
En el quinto parte : Se le abrirá expediente y se pondrá en
marcha el procedimiento ordinario. La dirección propondrá al
alumno/a y padres o representante legal, la posibilidad de
acogerse a la tramitación por procedimiento acordado si fuese
pertinente.
En el séptimo parte: Las familias recibirán una comunicación por escrito en la
que se les informará acerca de la conducta contraria a la convivencia.
En el octavo parte Se le abrirá un segundo expediente y se volverá a
poner todo el proceso en marcha.
Y se continuará con el mismo procedimiento cada 3 partes.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial n):
Cualquier incorrección o acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
Medidas educativas: a) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente..
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial ñ) :
Que el alumnx no cumpla el compromiso de convivencia acordado.
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Medidas educativas:
a) El tutor/a , orientación y/o dirección convocará a una reunión a las familias. Les comunicará la propuesta de procedimiento..
b) En la reunión, acordarán la fecha en la que se cumplirá la medida educativa.
En caso de que no fuera posible acordarla, el alumno/a perderá el derecho al
procedimiento acordado y automáticamente se le aplicará la medida que se
expuso a la familia en el primer DIPO. En el caso de que se le abriera otro
expediente, perderá el derecho a un procedimiento acordado.
Procedimiento:
El tutor/a llamará a las familias, que recibirán una convocatoria de reunión .
El Equipo Directivo y/o tutor/a explicará en dicha reunión que se ha producido una ruptura del compromiso y que se le aplica automáticamente la medida tomada en el primer DIPO. El tutor/a recogerá en un acta lo tratado en la reunión.
Conducta gravemente perjudicial o):
Que un alumnx incite a otro a cometer conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Medidas educativas:
a) Entrevista personal con un miembro del Equipo Directivo y/o tutor/a. Hoja
de reflexión.
b) Deberá pedir disculpas por lo realizado en el mismo ámbito que se ha
producido la conducta inadecuada.
c) La Dirección comenzará el procedimiento ordinario, es decir, procederá a
la apertura de expediente.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
Conducta gravemente perjudicial p):
Conductas contrarias al artículo 14 de la constitución (Derechos de las personas) . En el caso de conductas de este tipo,
se podrán tomar algunas de las siguientes medidas: Medidas educativas:
a) Pérdida del derecho de asistencia al centro por un período máximo de 15
días, o bien, cambio de centro.
Procedimiento:
Se pondrá en marcha el procedimiento 2.2.3.
2.2.4 Medidas Cautelares.
Antes de aplicar las medidas educativas definitivas la Directora podrá
aplicar medidas cautelares. Las medidas cautelares pueden ser las
siguientes:
38
a) Cambiar al alumno/a de grupo durante un período de tiempo.
b) Suspender temporalmente el derecho a acudir al centro escolar o a algunas clases.
c) Suspender el derecho a tomar parte en actividades complementarias o
en actividades extraescolares.
d) Suspender el derecho a utilizar los servicios complementarios del centro.
e) La familia podrá plantear una medida cautelar, que será aceptada por la
Dirección en el caso de que se considere adecuada.
f) El período de medida cautelar le será descontado al alumno/a de la medida
educativa que se le aplique
2.2.5 Sistema de elección de instructores.
Se realizará a principio de curso una reunión en dónde se solicitarán
voluntarios/as para desempeñar las funciones de instructor/a durante ese curso
39
escolar. Si no hubiera voluntarixs, se realizará un sorteo público para elegir
instructorxs. Por tanto, los instructorxs se elegirán mediante sorteo y se respetará
el orden del resultado del mismo para su actuación. Serán Instructores/as todo el
profesorado excepto el Equipo Directivo, la Orientadora y aquel profesorado que
dé clase a ese alumno/a. Tampoco podrán ser instructores el profesorado que
tenga matriculado a sus hijxs en el centro.
AÑADIR EL Reglamento de Comedor y Transporte jornada contínua
2.3 ALGUNOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA
PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA.
2.3.1 Inasistencia colectiva a clase.
2.3.2 Derecho de reunión.
2.3.3 Derecho de expresión.
2.3.4 Otras actuaciones o situaciones.
2.3.5 Actividades extraescolares y complementarias.
2.3.6 Viaje de estudios.
2.3.7 Transporte.
2.3.8 Uso de las instalaciones del instituto.
2.3.1 Inasistencia colectiva a clase.
1. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase que adopten los alumnos/as a
partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, no se
considerarán faltas injustificadas cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Tratarse de discrepancias respecto a decisiones educativas.
b) Propuesta por escrito razonada, ante la dirección del centro y la Junta de
delegados, con una antelación mínima de tres días lectivos a la fecha
prevista de inasistencia por quien o quienes convoquen, indicando motivo
de la convocatoria, convocante, fecha y hora de celebración.
c) La propuesta deberá ser efectuada mediante solicitud firmada por un
número no inferior a un 15% de la totalidad del alumnado de tercero y
cuarto de la ESO y de educación postobligatoria matriculados en el
centro, o por las asociaciones de alumnos/as que ostenten la
representación de, al menos, un 15% de estos alumnos/as o por el 75%
de los delegados y delegadas de los cursos de tercero y cuarto de ESO y
de educación postobligatoria matriculados en el centro.
d) Aprobación o rechazo por los alumnos/as, en votación secreta y por
mayoría absoluta, previamente informados a través de sus delegados de
la propuesta de inasistencia a clase. El resultado total y los resultados por
clases serán comunicados a la dirección del centro por la Junta de
40
delegados, con una antelación mínima de dos días lectivos antes del
inicio de las actividades previstas.
e) La dirección del centro examinará si se cumplen los requisitos anteriores
para resolver si la inasistencia a clase es considerada falta injustificada o
no. De dicha resolución se informará por escrito a los alumnos/as a partir
de tercer curso de la ESO, al profesorado, a la Junta de delegados/as y a
las familias del alumnado implicado.
f). No obstante, la dirección del centro deberá articular las medidas necesarias
para garantizar que los alumnos y alumnas que no ejerciten la opción de
inasistencia a clase puedan ejercer los derechos a los que hace referencia
el artículo 4 del presente Decreto Foral.
En caso de inasistencia colectiva a clase sin autorización, se tomarán las
siguientes medidas:
Medidas educativas
a) Por cada sesión que hayan faltado permanecerán un recreo en clase.
b) Durante esos recreos realizarán con el profesorado un trabajo de
reflexión escrita con la lectura del reglamento de convivencia y las
presentarán en Dirección.
2. En caso que la solicitud de inasistencia a clase sea por realizar un paro,
concentración… desde Dirección y tutorías se aconsejará realizarla dentro del recinto
escolar. Si no lo aceptan, se les comunicará que para hacerlo en el exterior necesitan el
permiso de la Delegación del Gobierno.
2.3.2 Derecho de reunión
a) Los/as Delegados/as comunicarán al Director/a que se van a reunir.
b) Se reunirán durante el primer recreo. Si es necesario se podrá alargar la reunión.
c) Si los Delegados/as quieren que el tema se debata en clase,
deberán aprobarlo por mayoría absoluta del total de sus
miembros y contar con la autorización de la Directora, que será
quien juzgue la procedencia de tal debate.
d) El debate, en clase, comenzará al inicio de la cuarta clase, y durará
el tiempo necesario sin exceder, a ser posible, del tiempo de una
clase.
e) En caso de que el tema implique una votación posterior al debate,
ésta se hará a quinta hora.
f) La votación será en todos los casos, secreta.
g) Dos Delegados/as se reunirán para efectuar el recuento de los votos
y redactar la notificación a la Directora y al resto del alumnado.
h) Se entregará una notificación por escrito a la Directora donde
costarán los resultados definitivos del escrutinio, así como cualquier
otra información de interés.
i) Se reconoce el derecho que tienen los alumnos/as para reunirse en el
Instituto durante las inasistencias colectivas para debatir lo que
crean conveniente, siempre que los Delegados/as o la Comisión que
hayan podido nombrar para el seguimiento de la inasistencia
colectiva, solicite el correspondiente permiso.
41
j) Atendiendo al derecho de reunión con el que cuentan los alumnos/as,
este Instituto considera conveniente que se disponga de un espacio
físico específico donde llevar a cabo tales reuniones. Para que
éstas puedan realizarse hay que solicitar el permiso
correspondiente a la Directora del Instituto, solicitud que habrá de
estar rubricada al menos por diez alumnos/as y que deberá de
adjuntar así mismo el nombre de un responsable del buen uso del
espacio dedicado a tales fines. La Directora indicará el lugar de
reunión; en caso de que el número de asistentes sea excesivo, la
reunión se celebrará en el porche de la entrada.
En caso de daños, el responsable ante la Directora, será el solicitante,
y , subsidiariamente, aquellos que ella nombre como causantes de los
daños, o en su defecto, como asistentes a la reunión.
2.3.3 Derecho de expresión.
Procedimiento y espacios para ejercer el derecho a la libertad de expresión.
a) Los alumnos/as podrán ejercer el derecho a la libertad de
42
expresión, para ello podrán utilizar los paneles informativos sitos en
las puertas de entrada. Antes de colocar los escritos o carteles
deberán informar a la Directora del contenido de los mismos y
recibir su autorización. Si se respetan los Derechos Humanos, no
hay signos políticos ni religiosos, y no se trata de mensajes
discriminatorios, la Directora otorgará su permiso. En caso contrario
no lo hará. En el caso de que se trate de cualquier otro mensaje
que pueda ser socialmente conflictivo y por ello pueda herir
sensibilidades de miembros de la comunidad escolar, sólo se
permitirá si en la misma exposición aparecen reflejadas todas las
sensibilidades y puntos de vista relacionados con la cuestión. En
cualquiera caso, si hubiera duda, se pedirá el debate de la cuestión
y aprobación o denegación final en el Consejo escolar .
b) Las personas ajenas al Instituto también deberán informar a la
Directora y recibir su permiso. En este caso se seguirán los mismos
criterios que en el punto anterior. (ARGAZKIA)
2.3.4 Otras actuaciones o situaciones
a) Normalmente, no se saldrá entre clases, ni se permanecerá fuera
del aula en el caso de que falte el/la profesor/a. Si algún alumno/a
tiene necesidad de salir del aula, por cualquier motivo, pedirá
permiso al profesor/a.
b) Si pasados 5 minutos desde el comienzo de clase, el profesor/a no
ha llegado, el delegado/a u otro alumno/a avisará al profesor/a
de guardia y en su defecto al Jefe de Estudios
c) Al sonar el timbre de salida al mediodía y recreos, los
profesores/as serán los últimos en salir de clase debiendo dejar
la puerta cerrada con llave. El profesorado de guardia revisará
que las puertas queden cerradas.
d) En caso de que algún alumno/a se quede en clase por cualquier
circunstancia (medida educativa...), el profesor/a que haya tomado la
medida deberá quedarse con él/ella.
e) La entrada y salida de clase se deberá hacer por el acceso señalado a
cada una de ellas, limitando la voz y el ruido de forma que no se
moleste a los demás grupos.
f) En el recinto del instituto (pasillos, escaleras, clases) se evitarán los
gritos, juegos y todo tipo de actuaciones que alteren el orden y el
buen funcionamiento del mismo.
g) Por razones de orden, educación, respeto y seguridad, se evitará
asomarse a las ventanas.
h) La permanencia de alumnos/as incontrolados/as en los pasillos es
particularmente molesta y debe evitarse.
i) El orden y limpieza en clase, es condición imprescindible para el trabajo
propio y el de los demás. Para ello, cada alumno/a ha de colaborar a
crear un clima interno que facilite el estudio y la atención de todos.
j) Es deber de cada uno/a mantener limpia su clase, mesa, libros... y
respetar las cosas de sus compañeros/as. El alumnado dejará sus
cosas en el lugar que le corresponda.
43
k) En las aulas compartidas por diferentes grupos, si al entrar en clase se
observa alguna anomalía, será comunicada inmediatamente al
profesor/a con el fin de responsabilizar al grupo anterior.
l) En las aulas compartidas, en la medida de lo posible, el
alumnado no dejará enseres en el aula. Si esto sucediera, lo
haría bajo su total responsabilidad.
m) La entrada en una clase y la interrupción de la actividad que en la
misma se desarrolla, requieren la autorización del profesor/a que se
encuentre en ella.
n) La sala del profesorado, son lugares reservados al profesorado. La
permanencia en los mismos requiere la debida autorización.
2.3.5 Actividades extraescolares y complementarias.
a) Las actividades extraescolares y complementarias que supongan el
desplazamiento de alumnos/as menores de edad fuera del Instituto,
deberán contar con el permiso de los padres o tutores legales de
dichos alumnos/as (recogidas en secretaría). El número mínimo de
Profesores acompañando a los/as alumnos/as será de 1 por cada 20
alumnos/as o fracción superior a 10.
b) Cuando dichas actividades supongan alteración del horario normal de
clases, el profesor/a que las organice deberá presentar el Proyecto a
Dirección utilizando el modelo que existe para ello en la carpeta del
profesorado : B11. La propuesta deberá ser aprobada por el Equipo
Directivo. El Equipo Directivo comunicará a inspección a través de
email de las salidas no contempladas en la PGA
c) La información de esta actividad será comunicada por parte del profesor
organizador al profesorado, responsable de comedor , transporte y
conserje siguiendo el protocolo de salidas a través del acta del Equipo
Directivo. Los/as Profesores/as liberados de clase por la actividad,
quedarán con funciones de profesor/a de guardia en las horas
liberadas.
d) En el caso de una actividad extraescolar NO obligatoria, en la que el
alumno/a libremente haya decidido participar en ella, deberá de
abonar, en principio, la totalidad del costo de la actividad, aún en el
caso de que en el último momento no participe en ella. En el caso
que la empresa que oferta la actividad devuelva el dinero de la
entrada, se le devolverá a la familia . No ocurre lo mismo en el caso
del autobús. El sentido de esta medida es la de cumplir con un
compromiso adquirido y la de no descuadrar el presupuesto
económico.
e) En el caso de solicitar su participación en los conciertos de la escuela de
música o acompañando a Olentzero, el alumno/a deberá tener
firmado la “hoja de autorización de salida de centro archivada en
secretaría. La responsable de la actividad(Comisión cultura)lo
comprobará.
f) En el caso de que las salidas se realicen en autobús. Al contratarlo se
comunicará que la llegada al centro se realizará 15 minutos antes de
la finalización de las clases evitando así solaparse con la llegada de
los autobuses diarios.
44
2.3.6 Transporte.
TRANSPORTE ESCOLAR: REGLAMENTO INTERNO
DEBERES CONSECUENCIAS
Puntualidad a la hora de coger el autobús tanto a la ida como a la vuelta.
Acudir tarde tres veces en un trimestre, será calificada como una conducta contraria para la convivencia. En el caso de que nadie acuda a buscar a ese alumno/a, quedará a cargo de la empresa de transporte. Si en un tiempo prudencial no se contacta con las familias, avisará a la policía foral o guardia civil.
Hacer caso al acompañante (o conductor), que vela por su seguridad.
En la primera queja mediarán los/as responsables de transporte escolar. La segunda queja o posteriores será calificada como una conducta contraria para la convivencia.
Hacer caso a los/as responsables de transporte escolar.
En caso de no cumplirlo se computará como una conducta contraria para la convivencia.
El/la alumno/a que usa el transporte escolar podrá salir del recinto escolar si presenta una autorización escrita de la familia.
Si sale sin autorización se le computará como una conducta contraria para la convivencia.
Cuidar el material del autobús escolar. Deberá reparar el daño ocasionado (repararlo o si no se puede pagar su arreglo). Será calificada como una conducta contraria o muy perjudicial para la convivencia.
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Faltas de respeto, burla, insultos reiterados o muy graves... a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.
Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.
Agresión física a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.
Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.
Conductas contrarias para la convivencia: según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño
ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un
contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte
escolar en lo que ell@s dispongan.
Conductas muy perjudiciales para la convivencia: Tres conductas contrarias para la convivencia se
computarán como una conducta muy perjudicial para la convivencia. Se le suspenderá de uso de
autobús escolar un día (ida y vuelta). Según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño
ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un
contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte
escolar en lo que ell@s dispongan.
En caso de que se repitieran conductas muy perjudiciales para la convivencia, se repetirían todas las
medidas anteriores pero se le suspendería de uso de autobús con diez viajes.
Todas las incidencias que ocurran en el transporte escolar quedarán recogidas en el libro de incidencias
pertinente. En el caso de que un/a alumno/a reciba una falta, esta se comunicará en dirección y a las
familias.
ESKOLA GARRAIOA: BARNE ARAUTEGIA
BETEBEHARRAK ONDORIOAK
Puntualidad a la hora de coger el autobús tanto a la ida como a la vuelta.
Acudir tarde tres veces en un trimestre, será calificada como una conducta contraria para la convivencia. En el caso de que nadie acuda a buscar a ese alumno/a, quedará a cargo de la empresa de transporte. Si en un tiempo prudencial no se contacta con las familias, avisará a la policía foral o guardia civil.
Hacer caso al acompañante (o conductor), que vela por su seguridad.
En la primera queja mediarán los/as responsables de transporte escolar. La segunda queja o posteriores será calificada como una conducta contraria para la convivencia.
Hacer caso a los/as responsables de transporte escolar.
En caso de no cumplirlo se computará como una conducta contraria para la convivencia.
El/la alumno/a que usa el transporte escolar podrá salir del recinto escolar si presenta una autorización escrita de la familia.
Si sale sin autorización se le computará como una conducta contraria para la convivencia.
46
Cuidar el material del autobús escolar. Deberá reparar el daño ocasionado (repararlo o si no se puede pagar su arreglo). Será calificada como una conducta contraria o muy perjudicial para la convivencia.
Faltas de respeto, burla, insultos reiterados o muy graves... a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.
Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.
Agresión física a los/as otros/as alumnos/as, al acompañante y/o al conductor.
Será calificada como una conducta muy perjudicial para la convivencia y será la dirección del centro escolar la que medie.
Conductas contrarias para la convivencia: según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño
ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un
contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte
escolar en lo que ell@s dispongan.
Conductas muy perjudiciales para la convivencia: Tres conductas contrarias para la convivencia se
computarán como una conducta muy perjudicial para la convivencia. Se le suspenderá de uso de
autobús escolar un día (ida y vuelta). Según la conducta pedirá disculpas y restablecerá el daño
ocasionado, rellenará la hoja de reflexión elaborada por la Comisión de Convivencia, hará un
contrato de comportamiento o ayudará durante una semana a l@s responsables del transporte
escolar en lo que ell@s dispongan.
En caso de que se repitieran conductas muy perjudiciales para la convivencia, se repetirían todas las
medidas anteriores pero se le suspendería de uso de autobús con diez viajes.
Todas las incidencias que ocurran en el transporte escolar quedarán recogidas en el libro de incidencias
pertinente. En el caso de que un/a alumno/a reciba una falta, esta se comunicará en dirección y a las
familias.
2.3.7 Uso de las instalaciones del Instituto.
La autorización correspondiente será otorgada por el Equipo
Directivo ante la solicitud presentada por escrito en el documento
habilitado para ello “Uso y utilización del centro”. Si se estima conveniente
se establecerá un cobro por los gastos originados, que deberán ser
cuantificados por la Dirección.
Se concederán según lo establecido en el Decreto Foral 2/1995. 2.3.8. Comedor escolar.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA DEL COMEDOR
JANTOKIKO ELKARBIZITZAKO ARAUDIA
Principios básicos:
47
- Los/las monitores/as favorecerán un clima adecuado para que se pueda desarrollar el servicio del
comedor.
- Los/las monitores/as son responsables de la primera intervención en aquellos conflictos o
problemas de disciplina presentados, y aplicarán las medidas oportunas para resolverlas en el
ámbito de su responsabilidad.
- Los comensales actuarán responsablemente en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento
de sus deberes.
- En la imposición de medidas educativas se tendrá en cuenta las orientaciones y consejos de la
orientadora, del tutor/a y de la comisión de convivencia.
1.1 CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA
a) Manifestaciones expresas contrarias a la dignidad de las personas. (Conducta f) del reglamento
de convivencia del centro)
Los comportamientos sexistas, racistas, xenófobos, antirreligiosos, las actitudes que no respeten la
dignidad de las personas… serán los que se tendrán en cuenta en esta conducta.
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el/la monitor/a.
b) Resarcir el daño ocasionado y pedir disculpas a la persona agredida.
c) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder
ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo
afectivo entre el monitor/a y el comensal.
d) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 1 y 3 días.
e) Ayudar al comensal agredido en el desempeño de sus funciones.
f) Realizar un compromiso de comportamiento.
g) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
h) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al
comensal durante un día del servicio del comedor.
Procedimiento:
El monitor/a rellenará debidamente todos los apartados correspondientes del parte de
incidencias, dejando constancia de las medidas educativas que se establezcan y si se da
por solucionado el conflicto o pasa a la comisión de convivencia.
Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas
educativas que se van a aplicar.
En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del
comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión
rellenando debidamente el informe de expulsión.
Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia
obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia
se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.
b) Falta de respeto y/o desobediencia a las monitoras y los monitores del comedor. (Conducta g) y
h) del reglamento de convivencia del centro)
48
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el/la monitor/a.
b) Resarcir el daño ocasionado y pedir disculpas.
c) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder
ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo
afectivo entre el monitor/a y el comensal.
d) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 1 y 3 días.
e) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.
f) Realizar un compromiso de comportamiento.
g) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
h) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al
comensal durante un día del servicio del comedor.
Procedimiento:
El monitor/a rellenará debidamente todos los apartados correspondientes del parte de
incidencias, dejando constancia de las medidas educativas que se establezcan y si se da
por solucionado el conflicto o pasa a la comisión de convivencia.
Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas
educativas que se van a aplicar.
En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del
comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión
rellenando debidamente el informe de expulsión.
Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia
obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia
se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.
c) Deterioro leve, ensuciar o estropear, de forma intencionada, las instalaciones o material
del comedor, así como las pertenencias de cualquier comensal o miembro de la
comunidad educativa que presta sus servicios en el comedor. (Conductas ñ) y o) del
reglamento de convivencia del centro)
Medidas educativas:
a) Entrevista personal con el/la monitor/a.
b) Reparar el daño ocasionado, a través de la limpieza, reposición del material o abonando su
importe, y pedir disculpas. El comensal deberá proponer como va a reparar el daño
ocasionado.
c) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder
ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo
afectivo entre el monitor/a y el comensal.
d) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 1 y 3 días y realizar trabajos de
reparación.
e) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.
f) Realizar un compromiso de comportamiento.
g) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
49
h) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al
comensal durante un día del servicio del comedor.
Procedimiento:
El monitor/a rellenará debidamente todos los apartados correspondientes del parte de
incidencias, dejando constancia de las medidas educativas que se establezcan y si se da
por solucionado el conflicto o pasa a la comisión de convivencia.
Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas
educativas que se van a aplicar.
En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del
comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión
rellenando debidamente el informe de expulsión.
Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia
obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia
se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.
d) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo del funcionamiento del servicio de
comedor y que no constituya conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.
(Conducta r) del reglamento de convivencia del centro)
Medidas educativas:
a) Recordar la norma, 3 avisos. Si la conducta persiste se rellenará la hoja de incidencias.
b) Permanecer de pie 5 minutos.
c) Comer en otra mesa sol@.
d) Recoger los abrigos tirados, limpiar la mesa o el suelo que se ha manchado.
e) Si no espera el turno de ser atendido, perderá su turno y pasará al último lugar.
f) Ayudar al monitor/a en sus funciones.
g) Permanecer en el comedor sin salir al recreo de 1 a 3 días, ayudando en las tareas
necesarias establecidas por el/la monitor/a.
h) Realizar una entrevista personal con el /la monitor/a.
i) Realizar un compromiso de comportamiento.
j) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
k) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al
comensal durante un día del servicio del comedor.
Procedimiento:
En el caso que la conducta persista, el monitor/a rellenará debidamente todos los
apartados correspondientes del parte de incidencias, dejando constancia de las medidas
educativas que se establezcan y si se da por solucionado el conflicto o pasa a la
comisión de convivencia.
Si se ve necesario se comunicará a las familias la conducta realizada y las medidas
educativas que se van a aplicar.
En caso de que se aplique la medida educativa h) el monitor/a o responsable del
comedor comunicará a la familia la medida adoptada y dejará constancia de la expulsión
rellenando debidamente el informe de expulsión.
50
Cuando el comensal tenga 3 partes de incidencias se comunicará a la familia
obligatoriamente para avisarles de que 5 partes de conductas contrarias a la convivencia
se computaran como una conducta perjudicial para la convivencia.
1.2 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
a) Las injurias, calumnias, ofensas, vejaciones o humillaciones, insultos, amenazas, la violencia física o de otro tipo, así como el acoso y las conductas atentatorias de palabra u obra al monitorado y a su autoridad, o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa, a quienes prestan sus servicios a la misma, especialmente si tiene un componente sexual, racial, xenófobo, contrario a las creencias o convicciones morales de las personas, o se realiza contra aquellas personas más vulnerables por sus características personales, económicas, sociales o educativas.
Medidas educativas:
a) Adopción de medidas cautelares en caso de considerarlo adecuado, durante un periodo de tiempo determinado..
- Cambio de mesa.
- Cambio de turno en el servicio de comedor.
- Comer solx en una mesa apartada del resto de compañerxs.
- Perder el derecho a utilizar el servicio del comedor de 1 a 10 días. b) Entrevista personal con el/la monitor/a.
c) Resarcir el daño ocasionado y pedir disculpas.
d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder ampliar
el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo afectivo
entre el monitor/a y el comensal.
e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días.
f) Ayudar al monitor/a o compañerx en el desempeño de sus funciones.
g) Realizar un compromiso de comportamiento.
h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
i) La Dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es
decir, procederá a la apertura de expediente.
Procedimiento
Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.
b) El deterioro grave, causado de manera intencionada, de las instalaciones, materiales del
comedor, así como de las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa o de
quienes prestan sus servicios a la misma.
(Conducta gravemente perjudicial d) del reglamento de convivencia del centro)
Medidas educativas:
a) La dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es
decir, procederán a la apertura del expediente.
51
b) Entrevista personal con el/la monitor/a.
c) Reparar el daño ocasionado, a través de la limpieza, reposición del material o abonando su
importe, y pedir disculpas. El comensal deberá proponer como va a reparar el daño
ocasionado.
d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder
ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo
afectivo entre el monitor/a y el comensal.
e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días y realizar trabajos de
reparación.
f) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.
g) Realizar un compromiso de comportamiento.
h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
i) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al
comensal durante un día del servicio del comedor.
Procedimiento
Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.
c) La sustracción de pertenencias tanto del comedor como de cualquier otra persona. (Conducta
gravemente perjudicial g) del reglamento de convivencia del centro)
Medidas educativas:
a) La dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es
decir, procederán a la apertura del expediente.
b) Entrevista personal con el/la monitor/a.
c) Reparar el daño ocasionado, devolver la pertenencia robada y pedir disculpas. El comensal
deberá proponer como va a reparar el daño ocasionado.
d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder
ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo
afectivo entre el monitor/a y el comensal.
e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días y realizar trabajos de
reparación.
f) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.
g) Realizar un compromiso de comportamiento.
h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
Procedimiento
Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.
d) Cualquier incorrección o acto dirigido directamente a impedir el normal funcionamiento del
servicio del comedor. (Conducta gravemente perjudicial n) del reglamento de convivencia del
centro)
52
Medidas educativas:
a) La dirección y la persona responsable del comedor comenzarán el procedimiento ordinario, es
decir, procederán a la apertura del expediente.
b) Entrevista personal con el/la monitor/a.
c) Reparar el daño ocasionado, a través de la limpieza, reposición del material o abonando su
importe, y pedir disculpas. El comensal deberá proponer como va a reparar el daño
ocasionado.
d) Rellenar la ficha de reflexión y posteriormente comentarla con el/ la monitor/a para poder
ampliar el abanico de respuestas, desarrollar la inteligencia racional y establecer un vinculo
afectivo entre el monitor/a y el comensal.
e) Permanecer en el comedor durante el tiempo de recreo entre 3 y 5 días y realizar trabajos de
reparación.
f) Ayudar al monitor/a en el desempeño de sus funciones.
g) Realizar un compromiso de comportamiento.
h) Pérdida del derecho a participar en actividades especiales que se realicen en el comedor
escolar.
i) La monitora o monitor, junto con la responsable del comedor, podrán decidir expulsar al
comensal durante un día del servicio del comedor.
Procedimiento
Se seguirá el procedimiento correspondiente del Reglamento de convivencia del centro.
3. ANEXOS.
53
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
PROCEDIMIENTO ACORDADO
COMPROMISO DE CONVIVENCIA
Nº de expediente: …….….
Nº de compromiso de convivencia: ……………..
Aceptada por parte de las personas interesadas la tramitación a través del procedimiento acordado del
expediente abierto al alumno/a …………………………………………………….., el director/a del
centro educativo ………………………………………………… les comunica la medida educativa a
aplicar y los medios para su aplicación, así como el consiguiente Compromiso de convivencia:
Medida educativa a aplicar y medios para su aplicación:
Fecha de comienzo de las medidas:
Fecha real de finalización de las medidas: (descontado el tiempo de aplicación de las medidas cautelares, en el caso de que las hubiese habido)
54
Compromiso de convivencia
El presente Compromiso de convivencia es aceptado por el alumno/a y/o por sus representantes legales
y como prueba de conformidad se suscribe en ………...…., a ….. de ……….. de ………
Por parte del alumno o alumna Por parte del centro educativo
Fdo: (Director/a) ………………..
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
COMUNICACIÓN de inicio de Procedimiento ordinario
Nº de expediente:
Para efectuar la entrega del Documento de inicio de procedimiento ordinario relacionado con la
apertura del expediente nº ……………. al alumno/a ……………………………. comparecen a las
………. horas del día ………… en el centro educativo ……………………..…………… las siguientes
personas:
Por parte del alumno o alumna Por parte del centro educativo
55
En esta misma vista, además de la entrega del documento de inicio de procedimiento ordinario, se
explica a los presentes el contenido del citado documento.
Como prueba de celebración del presente acto, firman la presente las personas asistentes:
Por parte del alumno o alumna Por parte del centro educativo
Las personas asistentes
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
DOCUMENTO DE INICIO DE
PROCEDIMIENTO ORDINARIO1
Nº de expediente:
D./Dª……………………………………………………………, en su calidad de director/a del centro
educativo ……………………………………..…………., una vez recogida la necesaria información
relacionada con la comisión de los hechos ocurridos el día …………, decide iniciar el procedimiento
ordinario para la aplicación de medidas educativas ante conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia al alumno/a …………………………… en atención a lo dispuesto en el Decreto Foral
47/2010, de 23 de agosto, de derechos y deberes del alumnado y de la convivencia en los centros
educativos no universitarios, públicos y privados concertados, de la Comunidad Foral de Navarra,
según consta en el Reglamento de convivencia del centro.
Fecha de conocimiento de los hechos:
Lugar de los hechos:
Fecha de conocimiento de la autoría:
Hechos y pruebas que motivan la apertura del procedimiento:
56
Conducta objeto de corrección:
Normas vulneradas:
Persona instructora:
Medidas cautelares, en su caso:
Circunstancias atenuantes, en su caso:
Circunstancias agravantes, en su caso:
Medida educativa a aplicar y medios para su aplicación:
- En caso de que se verifique el cumplimiento de la circunstancia atenuante:
- En caso de que fracase el cumplimiento de la circunstancia atenuante:
Fecha de comienzo de aplicación de las medidas2-3:
Fecha final de aplicación de las medidas3:
57
Posibilidad de trámite por Procedimiento acordado (Art. 23 del D.F. 47/2010)
No procede, por
incumplir condicionado
del art. 23.
Procede, por cumplir el condicionado del artículo 23.
- Se convoca al alumno o alumna, así como a sus representantes
legales, en su caso, a la reunión que tendrá lugar en este
centro educativo, el día …….. a las ……… horas con el fin de
explicar las ventajas que tiene el Procedimiento acordado, así
como para aceptarlo o rechazarlo.
- La falta de comparecencia a la misma, o el rechazo al
procedimiento acordado, supondrá la continuación de la
tramitación a través del procedimiento ordinario.
Alegaciones. Recusación a la persona instructora.
- El contenido del presente documento podrá ser objetado por el alumno o alumna, o por sus
representantes legales, presentando las alegaciones que considere convenientes para su defensa y
con la aportación de cuantos documentos considere de interés, mediante escrito dirigido al
director o directora, dentro del plazo de:
dos días lectivos contados a partir del siguiente al de la recepción de este Documento
en el caso de ser tramitado a través del procedimiento ordinario
dos días lectivos contados a partir del siguiente al fijado para la reunión, en el caso
de que se hubiera dado la posibilidad de tramitación a través de procedimiento acordado
si los interesados no hubieran comparecido a la misma o, si habiendo comparecido, lo
hubieran rechazado.
- Se podrá presentar recusación fundada contra la Persona instructora, alegando alguna de las
causas establecidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Resolución de fin de procedimiento. Procedimiento y plazo de reclamaciones.
- Los hechos se considerarán probados y el presente Documento de inicio de procedimiento tendrá
la consideración de Resolución de fin de procedimiento si no se presentaran alegaciones o si se
presentaran fuera del plazo establecido.
- A partir de la fecha de recepción de la Resolución de fin de procedimiento, en el plazo de dos
días lectivos, los interesados podrán reclamar, mediante escrito dirigido al presidente del
Consejo escolar, la revisión de la medida educativa a aplicar.
- Igualmente, en el caso de los centros públicos, se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación. En el
caso de los centros concertados, el recurso será ante la jurisdicción civil.
Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.
En ……………….., a ……. de ……………. de ……….
Fdo: (Director/a) ….........................................
58
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
COMUNICACIÓN de la PERSONA TESTIGO
a la DIRECCIÓN DEL CENTRO
D./Dª …………………………………………………… , con DNI …………..……….., en su calidad
de ………………………… pone en conocimiento de la dirección del centro educativo
……………………….. los hechos, acaecidos el día …………………. , que a continuación se
describen:
Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.
En ………………………, a …de ………. de ……
Fdo: ……………………………….
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
59
CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE RECUSACIÓN CONTRA LA
PERSONA INSTRUCTORA
Nº expediente: ……….
Examinado su escrito de recusación contra D./Dª …………………………………………... persona
instructora del expediente seguido contra el alumno/a …………………………….., quien suscribe:
- considera que los motivos presentados [Sí/No] pueden constituir causa de recusación según lo
establecido en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- declara que la persona instructora se ha manifestado [de acuerdo/en contra] a las causas
alegadas en su recusación.
Por lo tanto, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, su solicitud de recusación se RESUELVE
de forma [estimatoria/desestimatoria].
Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.
En ………………….., a ...... de ………….. de ……….
Fdo: (Director/a) ……………………………..
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
PROPUESTA del CONSEJO ESCOLAR ante la SOLICITUD de
REVISIÓN de la MEDIDA EDUCATIVA
60
Nº expediente: ………..
Nº Resolución: ……….
Ante la solicitud de revisión de la medida educativa adoptada por el director/a del centro educativo
……………………… presentada por D./Dª…………………………………:
en nombre propio
en calidad de padre, madre, representante legal del alumno/a ………………...…….,
al que se le ha incoado expediente por los hechos ocurridos el día ……………, el Consejo escolar hace
las siguientes consideraciones:
A la vista de las mismas, se acuerda proponer al director/a del centro educativo, lo siguiente:
Confirmación de la medida educativa aplicada.
Anulación de la medida educativa aplicada.
Modificación de la medida educativa, en los siguientes términos:
En ………………….. , a ……… de ………………. de …………
Fdo: (Presidente) …………………… Fdo: (Secretario) …………………
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
PROPUESTA de RESOLUCIÓN
Nº expediente:
61
En relación con el expediente abierto al alumno/a ………………………………………. con motivo de
los hechos acaecidos el día …………… y una vez analizada la información que recoge el Documento
de inicio de procedimiento y las alegaciones presentadas por las personas interesadas, la persona
instructora D./Dª. …………………………………………. formula la siguiente propuesta de
resolución a la dirección del centro educativo:
Lugar de los hechos:
Hechos probados y pruebas que lo han acreditado:
Conducta objeto de corrección:
Norma de convivencia vulnerada:
Medidas cautelares, en su caso:
Circunstancias atenuantes, si procede:
Circunstancias agravantes, si procede:
Propuesta de aplicación de medidas educativas:
Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.
En ……………………, a ………. de …………….. de ………
Fdo: (Persona instructora) ………………………….
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
SOLICITUD al CONSEJO ESCOLAR de la REVISIÓN de la
MEDIDA EDUCATIVA
62
Nº expediente: …………….
Nº Resolución: ……………
D./Dª. ……………………………………………………………………………………
Alumno/a del centro
Padre, madre o representante legal del alumno/a …………………………….………
matriculado en el centro educativo …………………….……………, al que se le ha incoado
expediente por los hechos ocurridos el día …………..
SOLICITA
al Consejo escolar, la revisión de la Resolución adoptada por el director/a, respecto al citado
expediente, en base a los siguientes motivos:
En ……………………, a ………. de …………………. de ………….
Fdo: (Solicitante) …………………………………….
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
RESOLUCIÓN y NOTIFICACIÓN FINAL a las PERSONAS
INTERESADAS
Nº expediente: …………
Nº Resolución: …………
63
Nº Resolución-notificación final: ………………
Analizada la propuesta presentada por el Consejo escolar motivada por la solicitud de revisión de la
Resolución número ……………….., adoptada con respecto al expediente abierto al alumno/a
………………………………………….. por los hechos ocurridos el día ……………, el director/a del
centro educativo …………………………………. resuelve y notifica lo siguiente:
Confirmar la medida educativa establecida en la citada Resolución
Anular la medida educativa establecida en la citada Resolución
Modificar la medida educativa establecida en la citada Resolución, en los siguientes
términos:
Contra la presente Resolución-notificación final, en el caso de los centros públicos, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente
al de su notificación. En el caso de los centros concertados, el recurso será ante la jurisdicción civil.
Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.
En…………………….. , a ……… de ………………. de ………….
Fdo: (Director/a) ………………………………………
Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia
RESOLUCIÓN de FIN de PROCEDIMIENTO
Nº expediente: ………
Nº Resolución: ……...
64
Tramitado el expediente, instruido por D./Dª……………………………………………………, con
motivo de los hechos acaecidos el día ………….., en los que aparece implicado el alumno/a
………………………………………………………, y en virtud de las facultades conferidas en el
artículo 21.2 del Decreto Foral 47/2010,
RESUELVO
Lugar de los hechos:
Hechos probados y pruebas que lo han acreditado:
Conducta objeto de corrección:
Norma vulnerada:
Medidas cautelares, en su caso:
Circunstancias atenuantes, si procede:
Circunstancias agravantes, si procede:
Medida educativa a aplicar y medios para su aplicación:
Fecha de comienzo de aplicación de las medidas:
Fecha de finalización de las medidas:
Fecha real de finalización de las medidas: (descontado el tiempo de aplicación de las medidas cautelares, en el caso de que las hubiese habido)
- La presente Resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer reclamación
ante el Consejo escolar solicitando la revisión de la decisión adoptada, dentro de los dos días
lectivos siguientes al de su recepción.
- Igualmente, en el caso de los centros públicos, se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación. En el caso
de los centros concertados, el recurso será ante la jurisdicción civil.
Lo que traslado a usted para su conocimiento y a los efectos oportunos.
En …………………… , a ……… de ……………. de ……….
Fdo: (Director/a)………………………... Firma de la persona receptora: ……………………….
Fecha de entrega: