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Índice

Presentación ……………………………………………………………………... 05

Sección I. Plan de Gestión de Trámites Sustantivos ...…………………… 07 Indicadores

1.1 Dirección General de Habilitaciones y Permisos ……..…….……………..……………. 13 Dirección de Habilitaciones

Dirección de Registro Público de Lugares Bailables

1.2 Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria …………………..……………. 15

Sección II. Plan de Fiscalización ...……………………………………………. 17 Indicadores

2.1 Dirección General de Fiscalización y Control …….…..…………………………………. 25 Coordinación Especiales

Coordinación Industrias

Coordinación Nocturno

Coordinación Generales

Coordinación Bromatología

Dirección Eventos Masivos

2.2 Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria …….………………………… 33 Dirección de Seguridad Alimentaria

Dirección de Planificación y Tecnología Alimentaria

2.3 Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro…….……………..…………. 35 Dirección de Fiscalización y Control de Obras

Dirección de Fiscalización y Contralor de Instalaciones Complementarias

2.4 Profesionales Verificadores ………………………..………………………………………. 39 Obras

Ascensores

Habilitaciones

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Presentación

La Agencia Gubernamental de Control es un ente autárquico que concentra el ejercicio del

poder de policía en lo referente a las condiciones de habilitación, seguridad e higiene de

establecimientos privados, las obras civiles de arquitectura y el control de salubridad de

alimentos.

Creada por medio de la ley N° 2.624 en diciembre de 2007, la Agencia se encuentra

actualmente en un período de consolidación institucional previsto por la ley, al cabo del cual

ejercerá plenamente su autarquía, administrando su presupuesto, eligiendo a sus autoridades

por concurso público y contando con un sistema de carrera administrativa propio que promueva

el profesionalismo y el conocimiento técnico de sus miembros. Asimismo, contará con

modernos sistemas de planificación, monitoreo y seguimiento de la tarea inspectiva, con

sistemas de gestión de trámites inteligentes, que facilitarán el proceso de habilitación de

establecimientos y que permitirán dar transparencia a todo el proceso de control comunal,

otorgando un rol activo en ésta tarea al ciudadano.

La tarea de gestión de esta organización se rige por tres documentos. El Plan Estratégico

Plurianual, en el cual se establece la visión de largo plazo del organismo de acuerdo al logro de

objetivos estratégicos; el Tablero de Comando, que unifica los proyectos de fortalecimiento

institucional de la Agencia en el marco del control de gestión de la Jefatura de Gabinete; y el

Plan Operativo Anual.

El presente documento tiene como fin establecer los objetivos de ejecución de las tareas

sustantivas ha desarrollar en el ámbito de la Agencia para el año 2008. Estas tareas serán

monitoreadas a través de indicadores de cumplimiento de tres grupos de productos:

- Habilitaciones, permisos y trasferencias

- Inspecciones, verificaciones y muestras

- Actas resueltas

Para ello, el Plan Operativo Anual se dividirá en dos secciones, el Plan de Gestión de Trámites

Sustantivos y el Plan de Fiscalización. En el primero se establecerán las metas para los

indicadores de habilitaciones, permisos, trasferencias y actas resueltas y en el segundo para

las inspecciones, verificaciones y muestras.

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PLAN DE GESTIÓN DE TRAMITES SUSTANTIVOS

SECCIÓN I

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Plan de Gestión de Trámites Sustantivos OBJETIVO

Ejercer con eficacia, eficiencia, transparencia y celeridad las funciones de habilitación y sanción

a cargo de la Agencia, facilitando el cumplimiento de la normativa vigente y acompañando el

proceso de desarrollo económico de la Ciudad.

MARCO CONCEPTUAL

Para el ejercicio de toda actividad comercial, industrial o de servicios en el ejido de la Ciudad

de Buenos Aires es necesario solicitar una habilitación o permiso. De acuerdo al Código de

Verificaciones y Habilitaciones y sus modificatorias, las habilitaciones son de dos tipos

conforme requieran o no una verificación previa por parte de la administración antes de

comenzar sus actividades. Aquellas que requieren de esta verificación, denominadas de

“inspección previa”, comprenden a los locales de espectáculos y diversiones públicas, clubes,

servicios de hotelería, sanatorios, geriátricos y estaciones de servicio, entre otros rubros

críticos. Aquellas que no requieren de inspección previa para funcionar, denominadas

“automáticas” y que comprende a todos los rubros no enumerados como de inspección previa,

pueden ser libradas al uso con la presentación de la documentación necesaria para iniciar el

trámite, siempre que la actividad pueda desarrollarse en la zona donde se emplaza el comercio

de acuerdo al Código de Planificación Urbana.

En ambos tipos de habilitaciones las verificaciones, sean previas o posteriores al inicio de

actividades, son realizadas por los Profesionales Verificadores de Habilitaciones (PVH), de

acuerdo a lo prescripto por el Decreto 2115/2003. Los PVH son profesionales externos al

Gobierno de la Ciudad, que se sortean de nóminas proporcionadas por los Consejos

Profesionales relativos a la construcción: arquitectos, ingenieros civiles, industriales y

mecánicos, y agrimensores. El mecanismo establecido por el mencionado decreto implica

plazos para notificación del resultado del sorteo, aceptación y presentación del informe por

parte del PVH que se suman a los tiempos que naturalmente demoran en tramitarse las

solicitudes.

En caso de existir habilitaciones otorgadas sobre establecimientos que cambien de propietario

podrá optarse entre iniciar un nuevo trámite de habilitación o solicitar la transferencia a su favor

de la habilitación oportunamente otorgada. La Transferencia es un trámite meramente

administrativo, no requiere información técnica ni inspección y la misma se otorga en idénticas

condiciones a la habilitación, con exactamente los mismos rubros y la misma superficie.

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Adicionalmente, los locales de baile, bares, restaurantes u otros rubros cuya actividad

complementaria sea local de baile o sectores de estos u otros establecimientos donde la

actividad de baile forme parte del eje comercial del emprendimiento, en forma previa a iniciar o

reiniciar sus actividades deberán ser registrados por la Dirección Registro Público de Lugares

Bailables en función de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2005.

Por su parte, en relación a los alimentos, la Dirección General de Higiene y Seguridad

Alimentaria administra registros que se inscriben en lo dispuesto en el Código Alimentario

Nacional. Estos son:

- Registro Nacional de Establecimientos de productos alimenticios (R.N.E.)

- Registro del Gobierno de la Ciudad de Establecimientos de productos alimenticios

(R.G.C.B.A.-E.)

- Registro Nacional de Inscripción de Productos Alimenticios (R.N.P.A.)

- Registro del Gobierno de la Ciudad de productos alimenticios (R.G.C.B.A.-P.)

Finalmente, para aquellos eventos de carácter artístico, musical, festivo, político, religioso o de

otra índole, que produzcan una amplia concentración de público en estadios, clubes o espacios

del dominio público o privado no habilitados específicamente para tal fin así como para la

realización de actividad de música en vivo en locales de baile, se otorgan los denominados

“permisos especiales”.

En la actualidad existen aproximadamente veinte mil expedientes iniciados, que tramitan

habilitaciones automáticas, previas y transferencias sumados a los aproximadamente 70 que

ingresan diariamente. En el marco del Tablero de Comando de la Jefatura de Gabinete, se

están ejecutando los siguientes proyectos para optimizar la gestión de trámites de habilitación:

Proyecto 26.06.06 Reingeniería de procesos y manuales de procedimientos Descripción: Evaluación y redefinición de los procesos administrativos de las áreas

dependientes de la Agencia.

Proyecto 26.07.01 Sistema de Gestión Virtual de Habilitaciones Automáticas Descripción: Permitir al ciudadano realizar el trámite de habilitación desde cualquier lugar en

cualquier momento, otorgando transparencia, digitalizando la información e incrementando el

control de gestión del proceso.

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Proyecto 26.08.10 Registro Único de Gestores y Registro Único de Profesionales Inhabilitados Descripción: Creación de un registro que ponga a disposición del ciudadano los antecedentes

de aquéllos gestores que hayan prestado servicios ante la DGHYP y de un segundo registro

que ponga a disposición los antecedentes de aquéllos profesionales de la arquitectura o afines

que hayan realizado presentaciones que contengan anomalías de gravedad. En este marco se

establecerá un régimen de sanciones cuya graduación dependerá de la gravedad y cantidad de

faltas cometidas siendo la pena máxima la inhabilitación para accionar frente a la Agencia.

Dentro del Plan de Gestión de Tramites Sustantivos se incluyen asimismo las funciones de

sanción. La Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales tiene por objeto sancionar

todas aquellas infracciones previstas por el Régimen de Faltas en los asuntos en los que

entiende la Agencia, es decir, las condiciones de habilitación, seguridad e higiene de

establecimientos privados, las obras civiles de arquitectura y el control de salubridad de

alimentos, además de otros temas especiales como medio ambiente y derechos del

consumidor entre otros. Creada por medio de la ley N° 2.128, la Unidad se encuentra en

proceso de selección de los 36 Agentes Administrativos de Control que serán elegidos por

medio de concurso público. El proceso de conformación se encuentra enmarcado dentro de los

siguientes proyectos del Tablero de Comando:

Proyecto 26.06.07 Puesta en funcionamiento de la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales Descripción: Dotar a la Dirección General de los recursos necesarios para comenzar a ejercer

sus funciones.

Proyecto 26.06.08 Incorporación de Agentes (finalización de proceso de selección pendiente y llamado para vacantes) Descripción: Consiste en ejecutar las instancias pendientes del proceso de selección iniciado

por Resolución N° 525/MGGC/07 y en cubrir las vacantes a los efectos de conformar el cuerpo

de Agentes de la Unidad.

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INDICADORES Se utilizarán los siguientes indicadores para establecer las metas de los productos

contemplados en el Plan de Gestión de Trámites Sustantivos:

1. NIVEL DE ACTIVIDAD

Este indicador se compone por la cantidad de trámites resueltos en el área por mes. Se

entiende por resuelto los tres tipos detallados en el indicador nivel de planificación.

Ejemplo:

Área Trámites / mes

Previas 1.000

2. NIVEL DE PLANIFICACIÓN*

- Rechazado: corresponde a las solicitudes de habilitación denegadas por tratarse de usos

no conformes, por encontrarse afectadas las condiciones de seguridad, no permitido el uso

por el contrato de copropiedad, contrato de locación, se falseen datos o existan

intimaciones no subsanadas.

- Observado: corresponde a los trámites que no posean fallas insalvables, los cuales son

intimados a los efectos de corregir sus causales en un período perentorio.

- Otorgado: corresponde a los trámites resueltos positivamente.

Ejemplo:

Rechazado Observado Otorgado

10 % 20 % 70 %

* El nivel de planificación responde a los resultados obtenidos en promedio durante 2007. A

partir de las reformas a introducir en las áreas, deberá tenderse al incremento de trámites

otorgados, así como a la incorporación de indicadores de resolución de trámites observados.

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PLAN DE GESTIÓN DE TRÁMITES SUSTANTIVOS

1.1 Dirección General de Habilitaciones y Permisos

La Dirección General de Habilitaciones y Permisos efectúa el otorgamiento de habilitaciones

conforme la normativa vigente en la materia, en los establecimientos comerciales, industriales,

de servicios, espectáculos y entretenimientos públicos, así como en la concesión de permisos

para la realización de eventos masivos en espacios de dominio público y privado.

Dirección de Habilitaciones Entiende en el trámite y otorgamiento de las habilitaciones conforme a la normativa vigente y a

las solicitudes de transferencias.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Trámites / mes

Previas 185

Automáticas 3.500

Transferencias1 100

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Rechazado Observado Otorgado

5 % 40 % 55 %

Dirección de Registro Público de Lugares Bailables Entiende en el trámite de inscripción de locales bailables en cualquiera de las categorías

previstas por la normativa vigente. Interviene en el trámite y otorgamiento de los Permisos

Especiales de eventos con afluencia masiva de público en locales y/o instalaciones de dominio

público o privado, de carácter artístico, musical, deportivo o de exhibición.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Trámites / mes

Eventos en Locales de Baile2 47

1 Incluye asimismo habilitaciones otorgadas de acuerdo al régimen vigente hasta la sanción del Decreto N° 2516/1998. 2 Permisos otorgados de acuerdo al régimen de la Resolución N° 10/SSEGU/2005.

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Área Trámites / mes

Eventos Masivos3 25

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Rechazado Observado Otorgado

4 % 1 % 95 %

3 Permisos otorgados de acuerdo al régimen de la Resolución N° 1010/SSEGU/2005.

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PLAN DE GESTIÓN DE TRÁMITES SUSTANTIVOS

1.2 Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria

La Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria administra registros que se inscriben

en lo dispuesto en el Código Alimentario Nacional. Estos son:

- Registro Nacional de Establecimientos de productos alimenticios (R.N.E.)

- Registro del Gobierno de la Ciudad de Establecimientos de productos alimenticios

(R.G.C.B.A.-E.)

- Registro Nacional de Inscripción de Productos Alimenticios (R.N.P.A.)

- Registro del Gobierno de la Ciudad de productos alimentitos (R.G.C.B.A.-P.)

Dirección de Seguridad Alimentaria Interviene en los Registros de Establecimientos y Productos Alimenticios, otorga las altas,

bajas y modificaciones y administra las estadísticas pertinentes.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Trámites / mes

Productos 160

Establecimientos 8

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Rechazado Observado Otorgado

2 % 16 % 82 %

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PLAN DE FISCALIZACIÓN

SECCIÓN II

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Plan de Fiscalización OBJETIVO

Ejercer el poder de policía a cargo de la Agencia Gubernamental de Control de manera eficaz y

eficiente, efectuando un control priorizado por niveles de criticidad, periódico de las actividades

críticas habilitadas e identificando aquellas desarrolladas sin permiso.

MARCO CONCEPTUAL

La tarea de control de la Agencia se ejecuta sobre una serie de establecimientos y actividades

que pueden agruparse en locales comerciales y de servicios, industrias, eventos y

espectáculos, alimentos y obras civiles e instalaciones adosadas a éstas. Cada una de estas

materias presenta niveles diversos de criticidad que se relacionan con los requisitos mínimos

de prevención necesarios para garantizar su desarrollo en condiciones que no pongan en

riesgo la seguridad de terceros. Estos niveles de criticidad son establecidos por la ley N° 2.553,

de acuerdo a los siguientes parámetros:

Establecimientos críticos:

a. Los que requieran habilitación previa para funcionar.

b. Los que requieran por sus características un procedimiento especial contra incendio

conforme a la normativa vigente.

c. Los de gran afluencia o permanencia de personas.

d. Los establecimientos en los que se depositen: maquinaria; sustancias peligrosas,

inflamables o altamente combustibles.

e. Los depósitos de alimentos y medicamentos.

f. Las fábricas, talleres textiles y otros que establezca la reglamentación.

Actividades críticas:

a. Las que se desarrollen en los establecimientos enunciados, con excepción de aquellos

comprendidos en el inciso a- y que la reglamentación establezca que no importan un

riesgo mayor para la seguridad de las personas y sus bienes.

b. El transporte público de pasajeros y mercaderías.

c. Las de obra, mantenimiento, reparación o demolición de construcciones y las

realizadas subterráneamente o en altura.

d. Las que se desarrollen en sitios que produzcan un impacto ambiental relevante.

e. Las que se desarrollan bajo la influencia de energía eléctrica, nuclear o riesgosa.

f. Las que se desarrollan en horario nocturno según establezca la reglamentación.

g. Las de seguridad, vigilancia o cuidado de personas con alguna discapacidad.

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El nivel de criticidad permite ordenar el ejercicio del poder de policía a cargo de los organismos

de control de acuerdo a criterios objetivos, de manera que pueda establecerse una rutina

periódica de control de actividades habilitadas y una política de identificación de aquellas

actividades realizadas sin permiso que mitige los riesgos existentes en la Ciudad, optimizando

la utilización de los recursos disponibles.

Esta actividad priorizada por niveles de criticidad, debe ser armonizada con la necesidad de

responder a requerimientos externos, que notifican respecto de la urgencia de ciertas

inspecciones, tales como los oficios judiciales o requerimientos de la Defensoría del Pueblo, o

a las denuncias de particulares. Asimismo, debe garantizarse la sustentabilidad del sistema de

inspecciones en general, realizando los controles necesarios para verificar el cumplimiento de

intimaciones y otras medidas administrativas impuestas previamente, otorgando integralidad a

los controles efectuados.

En esta inteligencia, la información para la planificación de la tarea inspectiva resulta de una

importancia vital. En la actualidad la principal base de datos en lo relativo a establecimientos

comerciales con que cuenta la Agencia es el padrón sistematizado de la Dirección General de

Habilitaciones y Permisos. Este padrón, que cuenta con más de 250.000 registros, se

caracteriza por ser de tipo histórico – acumulativo. Las habilitaciones otorgadas históricamente

continúan vigentes aún cuando no desarrollen más actividades o hayan cambiado de actividad

o titular, excepto que éste haya solicitado la baja. Como consecuencia de ello, la información

provista por el padrón difiere considerablemente de la realidad por mantener vigente datos

superpuestos sobre actividades que se desarrollaron hace años en un determinado local, en el

cual, al momento de la inspección se constata una realidad completamente distinta. Sumado a

esto, debemos considerar que existe una enorme cantidad de establecimientos que desarrollan

actividades, muchas de ellas críticas, sin contar con la correspondiente habilitación, o

superando la superficie otorgada, representando un riesgo aún mayor.

Actualmente se encuentra en elaboración el catálogo de establecimientos, actividades,

maquinarias, elementos y sustancias críticos y de alta criticidad previsto en la ley N° 2.553 que

permitirá contar con una enumeración taxativa de actividades con una precisa asignación de

niveles de criticidad. Asimismo, en el marco del Tablero de Comando de la Jefatura de

Gabinete, se están ejecutando los siguientes proyectos:

Proyecto 26.08.05 Actualización del Padrón de Habilitaciones Descripción: Iniciar un proceso gradual de validación de las habilitaciones vigentes a los

efectos de depurar aquéllas que no correspondan a la actividad actual de cada parcela.

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Proyecto 26.08.04 Integración de sistemas informáticos Descripción: Generar una base de datos única que sirva a toda la agencia con datos confiables

cuantitativa y cualitativamente, y que pueda integrarse con datos de inspecciones y con

información proveniente de otros organismos de control.

Proyecto 26.08.02 Plan de digitalización de inspecciones (PDA) Descripción: Digitalizar todos los actos inspectivos realizados por la Agencia a través de la

implementación de los dispositivos PDA, manteniendo comunicación en línea constante con el

personal operativo.

Proyecto 26.08.09 Operativos de control integral Descripción: Realizar un análisis integral de una zona específica y rubros determinados,

promoviendo políticas de fiscalización que generen sensación de control e induciendo a crear

un marco de legalidad, optimizando la utilización de recursos a través de inspecciones

conjuntas.

Proyecto 26.08.07 Incorporación de personal inspectivo Descripción: Ampliar la capacidad inspectiva a los efectos de contar con la dotación necesaria

para cumplir con los objetivos de la Agencia.

De este modo, a través del proceso de transformación descripto, se podrá:

- Fijar identificaciones únicas para las actuaciones dentro de las áreas de la Agencia.

- Desarrollar una base de antecedentes de locales comerciales, cruzando la información de

habilitaciones, con las inspecciones efectuadas en 2006 y 2007, las denuncias ingresadas

por el Sistema Único de Denuncias, e información proveniente de otros organismos.

- Generar un sistema de alertas tempranas para el seguimiento de actividades de control

prioritario (ej. Alarmas de vencimiento de intimaciones por faltas de seguridad).

- Articular un sistema de ponderaciones en tiempo real para la elaboración de un mapa de

riesgo dinámico, que absorba el cúmulo de información diaria que ingresa al sistema de

control.

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INDICADORES Se utilizarán tres indicadores para establecer las metas de los productos contemplados en el

Plan de Fiscalización:

1. NIVEL DE ACTIVIDAD

Este indicador será utilizado para los tres productos (inspecciones, verificaciones y muestras) y

se compone por el total ejecutado por mes, teniendo en cuenta la capacidad operativa

disponible por área de acuerdo a la complejidad de los objetivos a fiscalizar.

Ejemplo:

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Coordinación Nocturno 50 inspectores 1.000

2. NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Este indicador será utilizado para las inspecciones y se compone por la desagregación del nivel

de actividad de acuerdo a la motivación de cada tipo de acción, sea ésta de carácter interno o

externo a la Agencia. En este sentido, se utilizarán las siguientes denominaciones:

- Origen Externo: Comprende a las inspecciones efectuadas en virtud de un requerimiento o

solicitud externo a la Agencia. Las mismas deberán realizarse respetando el siguiente

orden de prioridad:

1. Oficios Judiciales

2. Requerimientos de Organismos Oficiales

3. Solicitudes de Organismos Oficiales

4. Denuncias de Particulares

- Resolución de actuaciones previas: Comprende a las inspecciones realizadas en virtud de

una intervención previa, por verificación de intimaciones, control de clausura o

reprogramación.

- Prevención: Comprende a las inspecciones planificadas por la Agencia, de acuerdo a

antecedentes previos de locales, relevamientos, o para el cumplimiento de los niveles de

criticidad de establecimientos de riesgo.

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Ejemplo:

Área preventivas Act. previas origen externo

Coordinación Nocturno 10 % 50 % 40 %

3. NIVEL DE CRITICIDAD

Este indicador será utilizado a los efectos de medir la asignación de inspecciones por rubro

comercial. Habida cuenta de la situación descripta en el marco conceptual respecto de la

información disponible para la planificación de inspecciones, se establecerá un porcentaje de

asignación de la capacidad inspectiva por rubro que contemple la cobertura de los locales

habilitados así como de aquellos que realicen actividades sin permiso.

Adicionalmente, en los casos que corresponda, se establecerán objetivos específicos, a cumplir

en el ejercicio anual.

Ejemplo:

Rubro rubro / nivel de actividad

Hoteles y Pensiones 30 %

Geriátricos 14 %

Establecimientos de Salud 12 %

Establecimientos Educativos 19 %

Recreación y Deportes 25 %

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

- Fiscalizar al menos dos veces todos los establecimientos inscriptos en el Registro Único de

Geriátricos Privados que administra la UGCOR.

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PLAN DE FISCALIZACIÓN

2.1 Dirección General de Fiscalización y Control

La Dirección General de Fiscalización y Control ejerce la función de controlar y fiscalizar la

seguridad, salubridad e higiene y condiciones de funcionamiento sobre establecimientos

comerciales, industriales, de servicios, espectáculos y entretenimientos públicos, permisos

otorgados para la realización de eventos masivos en estadios y espacios de dominio público y

privado y eventos deportivos de carácter programados.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Dirección Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Fiscalización y Control 195 inspectores 5.097

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Fiscalización y Control 32 % 40 % 28 %

PLANIFICACIÓN MENSUAL

Área inspecciones preventivas act. previas origen externo

Especiales 1167 38% 53% 9%

Industrias 709 50% 34% 16%

Nocturnidad 1166 23% 25% 52%

Generales 1958 25% 45% 30%

Eventos Masivos 97 90 % 5 % 5 %

TOTAL 5097 32 % 40 % 28 %

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Coordinación Especiales Comprende a los establecimientos de salud, geriátricos, hoteles y pensiones, establecimientos

de recreación y deportes y establecimientos educativos.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Especiales 47 inspectores 1.167

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Especiales 38 % 53 % 9 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Hoteles y Pensiones 30 %

Geriátricos 14 %

Establecimientos de Salud 12 %

Establecimientos Educativos 19 %

Recreación y Deportes 25 %

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Fiscalizar al menos dos veces todos los establecimientos inscriptos en el Registro Único de

Geriátricos Privados que administra la UGCOR.

- Fiscalizar todos los establecimientos educativos contemplados en la Resolución N°

22/SSEGU/2005.

- Fiscalizar los Locales de Baile inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables en

forma trimestral de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 56/SSCC/2005.

- Fiscalizar todos los permisos otorgados en el marco de la Resolución N°

1010/SSEGU/2005 que no se desarrollen dentro de los ámbitos de competencia de la

Dirección de Eventos Masivos o estrictamente en horario nocturno.

- Fiscalizar todos los natatorios en período estival.

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Coordinación de Industrias Comprende a los establecimientos industriales, fábricas, estaciones de servicio, terminales de

colectivos y depósitos.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Industrias 40 inspectores 709

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Industrias 50 % 34 % 16 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Estaciones de servicio y depósitos de inflamables 19 %

Establecimientos textiles y radio y televisión 11 %

Fábricas y depósitos 70 %

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Fiscalizar al menos dos veces todas las estaciones de servicio y una vez al año los

establecimientos con depósitos inflamables.

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Coordinación Nocturno Comprende a todos los establecimientos que desarrollen actividades entre las 22 y las 6 hs.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Nocturno 36 inspectores 1.166

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Nocturno 23 % 25 % 52 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Actividad de baile 60 %

Actividad de música y canto 30 %

Venta de alcohol 5 %

Otras actividades nocturnas 5 %

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Fiscalizar los Locales de Baile inscriptos en el Registro Público de Lugares Bailables en

forma mensual de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución N° 56/SSCC/2005.

- Fiscalizar todos los permisos otorgados en el marco de la Resolución N°

1010/SSEGU/2005 que se desarrollen en horario nocturno que no correspondan a la

Dirección de Eventos Masivos.

- Fiscalizar todos los permisos otorgados en el marco de la Resolución N° 10/SSEGU/2005.

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2008

Coordinación Generales Comprende todos los establecimientos que no estén contemplados en las otras

coordinaciones.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Generales 52 inspectores 1.958

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Generales 25 % 45 % 30 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Gimnasios, salones de belleza, servicios fúnebres, garajes, playas de estacionamiento, talleres de chapa y pintura 40 %

Otros 60 %

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Coordinación Bromatología Comprende a los establecimientos de distribución final de alimentos al público: supermercados

e hipermercados, poblaciones de riesgo en establecimientos privados (geriátricos, centros de

salud privados, escuelas y colonias privadas), autoservicios y minoristas en general y

comercios con elaboración propia. Los controles serán realizados concomitantemente con el

personal inspectivo de las áreas especiales, generales, industrias y nocturno.

Hasta la integración de la coordinación con personal inspectivo, de acuerdo a lo previsto en el

marco de los proyectos del Tablero de Comando de la Agencia, las tareas serán desarrolladas

por la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Supermercados -

Establecimientos que proveen alimentos a poblaciones de riesgo -

Comercios que elaboran / comercializan alimentos -

Comercios minoristas -

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Fiscalizar todos los supermercados e hipermercados dos veces en el año haciendo

inspecciones integrales incluyendo el control de la situación de seguridad y de

funcionamiento.

- Fiscalizar todos los establecimientos que provean alimentos a poblaciones de riesgo.

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2008

Dirección de Eventos Masivos En el ámbito de esta Dirección se incluyen todos los eventos masivos deportivos y no

deportivos que se desarrollen en establecimientos habilitados o que cuenten con permiso

especial otorgado a tales fines.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Eventos Masivos 20 inspectores 97

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Eventos Masivos 90 % 5 % 5 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Eventos deportivos 50 %

Eventos no deportivos 50 %

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Fiscalizar todos los eventos masivos, deportivos y no deportivos, que se realicen en la

Ciudad en el marco de lo dispuesto en la Resolución N° 1010/SSEGU/2005.

- Fiscalizar todos los estadios de fútbol en cumplimiento del cronograma de la Asociación de

Fútbol Argentino (AFA).

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2008

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PLAN OPERATIVO ANUAL 2008

PLAN DE FISCALIZACIÓN

2.2 Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria

La Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria tiene como función la puesta en

marcha y afianzamiento del programa de higiene y seguridad alimentaria, con el objeto de

brindar seguridad en el consumo de los productos alimenticios, mejorando así la calidad de

vida de los ciudadanos.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

DGHYSA 84 inspectores 3.500

Área Muestras / mes

DGHYSA 160

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

DGHYSA 50 % 20 % 30 %

PLANIFICACIÓN MENSUAL

Área inspecciones preventivas act. previas origen externo

Seguridad Alimentaria 3.500 50 % 20 % 30 %

TOTAL 3.500 50 % 20 % 30 %

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Dirección de Seguridad Alimentaria Comprende a los establecimientos públicos que proveen alimentos a poblaciones de riesgo

(geriátricos, hospitales, escuelas y colonias), los establecimientos elaboradores,

fraccionadores, mayoristas y distribuidores inscriptos en los Registros Nacionales que

administra la Dirección, la mercadería en tránsito y la actividad de venta de alimentos en vía

pública de acuerdo al régimen de la Ley N° 1.163.

En el marco de la Dirección se encuentra asimismo el Plan de Monitoreo de Alimentos, que

comprende a las acciones dirigidas al muestreo mensual de productos alimenticios y/o materias

primas, extraídos de distintos tipos de locales elaboradores, fraccionadores y/o expendedores

de alimentos con el fin de evaluar el estado higiénico sanitario de los mismos, verificando su

aptitud para consumo desde el punto de vista microbiológico y/o físico químico, con el fin de

minimizar los riesgos de aparición de enfermedades transmitidas por alimentos.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Seguridad Alimentaria 84 inspectores 3.500

Área Muestras / mes

Seguridad Alimentaria 160

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Seguridad Alimentaria 50 % 20 % 30 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Establecimientos públicos que prestan servicio de comida 12 %

Establecimientos comerciales4 58 %

Mercadería en transito 26 %

Vía Pública 4 %

4 Comprende a los establecimientos descriptos en la Coordinación Bromatología de la Dirección General

de Fiscalización y Control, y a los establecimientos elaboradores de alimentos inscriptos en los Registros que administra la Dirección.

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PLAN DE FISCALIZACIÓN

2.3 Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro

La Dirección General de Fiscalización y Control de Obras y Catastro ejerce el control,

fiscalización e inspección de las construcciones de obras civiles, públicas y privadas, nuevas o

remodeladas, así como de las instalaciones eléctricas, sanitarias, mecánicas,

electromecánicas, de elevación vertical, térmicas e inflamables y de cualquier otro tipo que

sean adosadas a una obra, incluyendo los sistemas de prevención de incendios, que se

proyecten y ejecuten en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

DGFOC 108 inspectores 6.219

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

DGFOC 33 % 26 % 41 %

PLANIFICACIÓN MENSUAL

Área inspecciones preventivas act. previas origen externo

Obras 2.856 55 % 4 % 41 %

Instalaciones 3.363 15 % 44 % 41 %

TOTAL 6.219 33 % 26 % 41 %

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Dirección de Fiscalización y Contralor de Obras Ejerce el poder de policía en materia de obras civiles de arquitectura y las dadas en concesión

por el Gobierno de la Ciudad, tanto en ejecución como en las finalizadas.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Obras 68 inspectores 2.856

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Obras 55 % 4 % 41 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Obras en construcción5 43 %

Ampliaciones y remodelaciones5 19 %

Otras remodelaciones6 38 %

5 Corresponde a aquellos trabajos que requieren de Permiso de Obra de acuerdo a lo definido por el

Código de Edificación. 6 Corresponde a aquellos trabajos que requieren Aviso de Obra de acuedo a lo definido por el Código de

Edificación.

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Dirección de Fiscalización y Contralor de Instalaciones Complementarias Ejerce el poder de policía en lo concerniente a instalaciones adosadas a obras en ejecución o

finalizadas.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Inspecciones / mes

Instalaciones 40 inspectores 3.363

NIVEL DE PLANIFICACIÓN

Área preventivas Act. previas origen externo

Instalaciones 15 % 44 % 41 %

NIVEL DE CRITICIDAD

Rubro rubro / nivel de actividad

Prevención contra incendios 16 %

Elevadores 16 %

Antenas 2 %

Térmicas e inflamables 12 %

Eléctricas domiciliarias 23 %

Mecánicas industriales 26 %

Sanitarias 5 %

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PLAN DE FISCALIZACIÓN

2.4 Profesionales Verificadores

El sistema de Profesionales Verificadores es un mecanismo de control adicional al efectuado

por personal inspectivo, a través del cual profesionales de distintas áreas vinculadas a las

materias en cuestión e inscriptos en los Registros que administra la Agencia, realizan en la

oportunidad en que les sea requerido y con la exclusiva finalidad de establecer la

correspondencia entre las condiciones existentes en establecimientos comerciales y obras en

construcción y la información registrada, una serie de verificaciones especiales con una visión

objetiva y responsable.

Obras La actividad de los Profesionales Verificadores de Obras se encuentra regulada por el Decreto

733/2000 y prevé la realización de cuatro verificaciones especiales en todas las obras que se

registren, con excepción de aquellas que consten de planta baja o de planta baja y un piso y no

vayan a ser subdivididas en propiedad horizontal, sobre las cuales se realizarán dos.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Verificaciones / mes

PVO 1.000 profesionales inscriptos 246

Ascensores La actividad de los Profesionales Verificadores de Ascensores se encuentra regulada por el

Decreto Nº 952/2003 que prevé la realización de inspecciones de acuerdo al siguiente orden de

prelación: denuncias, solicitudes de plano conforme o de ajuste de obra, instalaciones con

cambio de Conservador, una inspección anual a cada Conservador y aleatoriamente a todos

los inmuebles pasibles de contar con instalaciones de transporte vertical.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Verificaciones / mes

PVA 200 profesionales inscriptos 80

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Habilitaciones Los PVH intervendrán en tres tipos de tramitaciones dispuestas por las normas vigentes en

materia de habilitaciones: a) en los trámites con inspección previa al funcionamiento, en

oportunidad de realizar la verificación previa al otorgamiento de la habilitación; b) en los

trámites sin inspección previa al funcionamiento, con posterioridad al otorgamiento de la

habilitación o transferencia y c) en el caso de los locales habilitados, mediante la realización de

verificaciones especiales.

NIVEL DE ACTIVIDAD

Área Capacidad Operativa Verificaciones / mes

PVH 700 profesionales inscriptos 85