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TEXTO CONSOLIDADO. Aprobado por Decreto de 30 de diciembre de 2014 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y modificado por Decretos de 2 de noviembre de 2015, de 11 de marzo de 2016 y de 16 de marzo de 2017, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2015-2017

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TEXTO CONSOLIDADO. Aprobado por Decreto de 30 de diciembre de 2014 del Delegado del Área

de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y modificado por Decretos de 2 de noviembre de 2015, de 11 de marzo de 2016 y de 16 de marzo de 2017, de la Delegada del Área de Gobierno

de Medio Ambiente y Movilidad.

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

2015-2017

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ÍNDICE

1. Introducción. ....................................................................................... 3

2. Ámbito subjetivo y temporal. .............................................................. 4

3. Objetivos estratégicos. ....................................................................... 4

4. Líneas de subvención. ......................................................................... 5

4.1. Aumento de la eficiencia de los vehículos autotaxi y para la mejora de la

calidad y seguridad del servicio de taxi. ........................................................ 5

4.2. Apoyo a la formación y la sensibilización medioambiental. .................... 11

5. Aprobación y publicidad del Plan. ..................................................... 21

6. Seguimiento, actualización y evaluación del Plan. ........................... 22

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1. Introducción.

La legislación vigente en materia de subvenciones tiene como objetivo fundamental

que la actividad pública se desarrolle dentro de los parámetros que la normativa

establece, fijando los mecanismos adecuados para su control previo y evaluación

posterior.

En esta línea, la ley 38/2003 de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones (LGS)

introduce, como elemento de gestión e instrumento para la mejora de la eficacia en las

actuaciones de las Administraciones Públicas, la necesidad de elaborar, en cada

administración, un Plan Estratégico de Subvenciones, disponiéndose en su articulo 8.1

que “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan

el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan

estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su

aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes

de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de

estabilidad presupuestaria”.

El citado artículo 8 LGS ha sido desarrollado por los artículos 10 a 15 del Reglamento

de la LGS, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, (en adelante RGS),

estableciendo cuales deben ser los principios rectores, el ámbito y el contenido de los

Planes estratégicos de subvenciones, así como la competencia para su aprobación y el

seguimiento que debe realizarse de los mismos. El artículo 10.1 del RGS dispone que

“los planes estratégicos de subvenciones se configuran como un instrumento de

planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una

actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública”.

En el ámbito municipal, la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la

concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,

de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRS) establece un contenido mínimo y una

tramitación de los planes estratégicos de subvenciones en su artículo 9, cuyo apartado

1 dispone que “los órganos competentes que propongan el establecimiento de

subvenciones, deberán concretar en un plan estratégico, los objetivos y efectos que se

pretenden, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes

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de financiación, supeditándose al cumplimiento de los objetivos de estabilidad

presupuestaria” y su apartado 2 que “ toda Área de Gobierno que gestione

subvenciones, dispondrá de un plan estratégico en el que se deberán incluir todas sus

líneas de subvención, así como las de los organismos públicos dependientes de las

mismas y las de los Distritos, según el ámbito funcional en el que incidan”.

El Plan estratégico de subvenciones del Área de Gobierno de Medio Ambiente y

Movilidad, en el ámbito de las competencias que para esta Área establece el Acuerdo

de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 6 de febrero de 2014, pretende ser

un instrumento de ordenación y planificación de la política de apoyo financiero del

Ayuntamiento de Madrid. Las líneas de subvención de esta Área de gobierno van

dirigidas fundamentalmente, por un lado, a la protección del medio ambiente,

contribuyendo a la mejora de la calidad del aire, potenciando la utilización de

combustibles limpios que supongan ahorro de recursos naturales y, por otro, al

fomento de una movilidad sostenible y eficiente, como por ejemplo, mediante el diseño

y la gestión de programas de educación ambiental.

2. Ámbito subjetivo y temporal.

En el ámbito subjetivo, los órganos gestores de las distintas líneas de subvención que

se incluyen en el Plan Estratégico del Área son los siguientes:

- Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.

- Dirección General de Sostenibilidad y Planificación de la Movilidad.

En cuanto al ámbito temporal, el periodo de vigencia del Plan es de tres años, para el

periodo 2015-2017.

3. Objetivos estratégicos.

El Plan Estratégico de Subvenciones para el Área de Gobierno de Medio Ambiente y

Movilidad tiene como objetivos generales la protección del medio ambiente y el

desarrollo de líneas de actuación que fomenten una movilidad sostenible y eficiente,

así como la mejora de la calidad del aire mediante la utilización de combustibles

limpios que supongan ahorro en los recursos naturales. Para ello, se fija como

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prioridad el fomento del conocimiento y los valores sobre medio ambiente mediante el

diseño y la gestión de programas de educación ambiental.

4. Líneas de subvención.

- 4.1.- Línea de subvención destinada al aumento de la eficiencia de los vehículos

autotaxi y a la mejora de la calidad y seguridad del servicio de taxi.

- 4.2.- Línea de subvención destinada al apoyo a la formación y la sensibilización

medioambiental.

4.1. Aumento de la eficiencia de los vehículos autotaxi y para la mejora de la

calidad y seguridad del servicio de taxi.

Cambios en la línea de subvención introducidos por las modificaciones del Plan aprobadas por

los Decretos de 11 de marzo de 2016 y de 16 de marzo de 2017 de la Delegada del Área de

Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

Esta línea de subvención comprende la convocatoria de subvenciones para la

adquisición de vehículos de bajas emisiones. El órgano gestor es la Dirección General

de Gestión y Vigilancia de la Circulación.

1) Objetivos específicos u operativos de la línea de subvención.

Esta línea de subvención procura dar respuesta a demandas sociales y económicas

tanto de los usuarios como de los taxistas. En esencia, pretende contribuir a la mejora

de la calidad del aire y fomentar la modernización del sector, potenciando la utilización

de combustibles limpios que supongan el ahorro de los recursos naturales escasos y

promuevan la protección del medio ambiente, así como la reducción en la emisión de

gases contaminantes que produce el parque circulante de vehículos de la ciudad.

En este sentido, se constata más concretamente que el parque de vehículos autotaxi

representa una importante fuente de emisiones debido a la combinación de dos

factores: la cantidad total de kilómetros que recorre y la configuración actual de la

flota, compuesta en un 66,37% por vehículos propulsados por combustible

convencional (gasóleo) con elevado factor de emisión de óxidos de nitrógeno y

partículas.

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De acuerdo con los principios y objetivos de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo,

del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la calidad del aire ambiente y a una

atmósfera más limpia en Europa, que fue incorporada al ordenamiento jurídico interno

mediante el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, el Ayuntamiento de Madrid

aprobó el Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2011-2015, entre cuyos

objetivos figura el fomento de un transporte público más eficiente y sostenible, y entre

las medidas a adoptar para su cumplimiento el impulso de la renovación de la flota de

taxis a tecnologías y combustibles menos contaminantes, habilitando una línea de

subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al

servicio de autotaxi.

Particularmente, se fomenta la adquisición de los vehículos nuevos que reúnan las

características técnicas establecidas y sean especialmente más eficientes,

Vehículos eléctricos puros

Vehículos con emisiones iguales o inferiores a 160 g CO2/km y 80 mg NOx/km,

de las características descritas en el apartado 5.

El efecto que se pretende conseguir es que aumente el porcentaje de vehículos menos

contaminantes dentro de la flota de taxis, y de este modo contribuir a la mejora de la

calidad del aire de la ciudad de Madrid.

No obstante lo anterior, y dado que desde el 1 de enero de 2015 los vehículos que se

adscriben a las licencias de autotaxi deben reunir los limites de emisiones previstos en

la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28 de noviembre de 2012, se pretende apoyar

con esta línea de subvención el coste de la renovación de vehículos, cuyos efectos

beneficiosos sobre la calidad del aire repercuten en toda la ciudad.

Además, a partir del año 2020 la Ordenanza Reguladora del Taxi establece la

prohibición de prestar servicio a los vehículos que superen los límites de 160g/km de

CO2 y 80mg/km de NOX y no sean eurotaxi; como a lo largo de los años 2013 y 2014

muchos titulares de licencia adscribieron a sus licencias vehículos que no cumplían

esos límites y en el año 2020 dichos vehículos tendrán 6 y 7 años de antigüedad, esta

línea de subvención pretende ayudar a los taxistas para que realicen la transición con

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tiempo suficiente asumiendo el Ayuntamiento parte del coste de esta renovación

adelantada.

2) Convocatorias de subvenciones que se integran en la ejecución de la

línea de subvención.

Las actuaciones que deberán llevarse a acabo para poner en marcha la línea de

subvención definida anteriormente consiste en la aprobación de las bases reguladoras

de la subvención, que se concretará en la aprobación y publicación de la convocatoria

pública correspondiente.

La forma de concesión de esta subvención será la ordinaria, es decir, mediante un

procedimiento de concurrencia competitiva. Será compatible con otras ayudas,

ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o

entes públicos.

3) Plazo.

La línea de subvención se refiere a actuaciones a realizar en los ejercicios 2016 y 2017.

4) Sistemas de evaluación y seguimiento de la línea de subvención.

Para llevar a cabo el seguimiento y consiguiente evaluación de esta línea de

subvención, se detallan a continuación un conjunto de indicadores relacionados con los

objetivos del Plan, que permiten conocer el estado de la situación y los progresos

conseguidos en el cumplimiento de los objetivos.

Fomento adquisición vehículos con bajas emisiones:

INDICADOR 2016 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS

PORCENTAJE RESPECTO AL TOTAL DE

SUBVENCIONADOS

Subvención del tramo I 3 3%

Subvención del tramo II 270 97%

INDICADOR 2017 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS

PORCENTAJE RESPECTO AL TOTAL DE

SUBVENCIONADOS

Vehículos eléctricos 100 6.25 %

Vehículos ECO, no diésel. 1500 93.75 %

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De conformidad con el art. 10 punto 1.f) y punto 2, de la Ordenanza de Bases

Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de

Madrid y sus Organismos públicos, se emitirá un informe sobre la aplicación del plan,

sus efectos en el sector del taxi (solicitantes y beneficiarios de las subvenciones), la

consecución de objetivos y las repercusiones presupuestarias y financieras que se

deriven de su aplicación.

5) Costes previsibles y fuentes de financiación.

En la convocatoria de 2016 se plantea por primera vez dos tramos de subvención con

el fin de fomentar la adquisición de vehículos eléctricos:

Tramo 1: a razón de 3.000 euros/vehículo:

-Vehículos eléctricos puros

-Vehículos Eurotaxi con emisiones iguales o inferiores a 160 g CO2/km y 80 mg

NOx/km, que pertenezcan a las siguientes categorías

Vehículos híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía

extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de

combustión interna de gasolina y eléctricos).

Vehículos propulsados por motores que puedan utilizar combustibles

fósiles alternativos (GLP y gas natural).

Tramo 2: Vehículos con emisiones iguales o inferiores a 160 g CO2/km y 80

mg NOx/km, que pertenezcan a las siguientes categorías a razón de 1.000

euros/vehículo.

Vehículos híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía

extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de

combustión interna de gasolina y eléctricos).

Vehículos propulsados por motores que puedan utilizar combustibles

fósiles alternativos (GLP y gas natural).

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Para incrementar el número de vehículos con bajas emisiones en el sector del taxi, el

Ayuntamiento de Madrid aportará por cada vehículo un importe de 1.000,00 € o de

3.000 € en función del tipo de vehículo, hasta una cantidad máxima total estimada de

279.000 euros, como apoyo del Ayuntamiento para que no todo el coste de la

renovación, cuyos efectos beneficiosos sobre la calidad del aire repercuten en toda la

ciudad, recaiga en el sector del taxi.

Para la convocatoria de 2017 se prevé una partida presupuestaria de 1.500.000 euros

con el fin de atender al mayor número posible de beneficiarios para fomentar la

renovación de la flota de taxis, cero y eco, no diésel, y por tanto la eficiencia de los

taxis y la mejora de la calidad y seguridad del servicio del taxi.

Los programas y partidas presupuestarias a las que se le imputará el gasto

público son con cargo a la partida presupuestaria 01/097/133.01/779.99 “Tráfico.

Otras subvenciones a empresas privadas”.

6) Calendario previsto para la publicación de la convocatoria o concesión

de la subvención.

En el primer trimestre de 2016 está prevista la convocatoria para adquisición de

vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.

Asimismo en el primer trimestre de 2017 está prevista la convocatoria para adquisición

de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.

7) Datos relativos a convocatorias de años anteriores.

Año 2013: - Decreto de 12 de julio de 2013, del Delegado del Área de Gobierno de Medio

Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la Convocatoria de subvenciones para la

adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el

año 2013.

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- Objeto: regular un procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión

de subvenciones, cuya finalidad es financiar a los profesionales del taxi la

adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.

- Datos cuantitativos: Solicitantes 156/número de concesiones 79.

- Datos presupuestarios: Aplicación presupuestaria 2014/001/015/133.01/779.99

- Importe 79.000,- €.

Año 2012: - Decreto de 20 de julio de 2012, del Delegado del Área de Gobierno de Medio

Ambiente, Seguridad y Movilidad por el que se aprueba la Convocatoria de

subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al

servicio de autotaxi para el año 2012.

- Objeto: regular un procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión

de subvenciones, cuya finalidad es financiar a los profesionales del taxi la

adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.

- Datos cuantitativos: Solicitantes 257/número de concesiones 243.

- Datos presupuestarios: Aplicación presupuestaria 2013/001/015/133.04/779.99.

- Importe 243.000,- €. Crédito sobrante 67.000,- porque los titulares de licencia

no acreditaron cumplir los requisitos, vehículo adquirido en fecha anterior a la

establecida en la convocatoria, entre otras causas.

Año 2011:

- Decreto 695/2011, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y

Movilidad por el que se aprueba la Convocatoria de subvenciones para la adquisición

de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.

- Objeto: regular un procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión

de subvenciones, cuya finalidad es financiar a los profesionales del taxi la

adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.

- Datos cuantitativos: Solicitantes 79/número de concesiones 73.

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- Datos presupuestarios: Aplicación presupuestaria 2012/001/015/133.04/779.99

- Importe 344.000,- €. Crédito sobrante 291.000,- De los 73 beneficiarios 20

titulares no justificaron el derecho al cobro, por diversos motivos y hubo pocas

solicitudes.

4.2. Apoyo a la formación y la sensibilización medioambiental.

Cambios en la línea de subvención introducidos por las modificaciones del Plan aprobadas por

los Decretos de 2 de noviembre de 2015 y de 16 de marzo de 2017 de la Delegada del Área de

Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

4.2.1. Organización de acciones formativas, de sensibilización y de estudio.

El órgano gestor de esta línea de subvención es la Dirección General de Sostenibilidad

y Planificación de la Movilidad. a quien le corresponde planificar, coordinar y ejecutar

programas y actividades formativas, divulgativas y educativas relativas al medio

ambiente de la ciudad de Madrid, así como acciones de sensibilización, comunicación y

divulgación de materias relativas a las competencias del Área de Gobierno de Medio

Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

1) Objetivos específicos u operativos de la línea de subvención.

En el ámbito de la protección del medio ambiente y fomento de una movilidad

sostenible y eficiente se fija como objetivo el fomento del conocimiento y los valores

sobre medio ambiente, mediante el diseño y la gestión de programas de educación

ambiental.

En este sentido se plantea el objetivo de promover un foro de debate, estudio e

intercambio de conocimiento que analiza la situación ambiental en España y fomenta el

desarrollo sostenible. Por lo tanto, es coincidente con los objetivos establecidos en el

Área:

Generar actuaciones para fomentar el conocimiento e intercambio de

experiencias en los temas medioambientales que favorezcan una mejor gestión

medioambiental de la ciudad.

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Fomentar actividades formativas y de sensibilización medioambiental que se

traduzcan en las prácticas profesionales y estilos de vida de los ciudadanos.

2) Concesiones directas y nominativas que se integran en la ejecución de

la línea de subvención.

Subvenciones para la realización y edición de informes y manuales técnicos de

carácter medioambiental que se desarrollen de grupos de trabajo organizados

por entidades del sector, o derivados de las conclusiones del Congreso Nacional

de Medio Ambiente celebrado en 2014.

Subvención nominativa para la organización y ejecución del Congreso Nacional

de Medio Ambiente que se celebrará en noviembre de 2016 en Madrid.

3) Plazo.

La convocatoria de esta subvención está prevista para los ejercicios 2015 y 2016.

4) Sistemas de evaluación y seguimiento de la línea de subvención.

Anualmente se analizará el grado de cumplimiento de los objetivos a través de la

valoración de los indicadores previstos.

A) De actividad:

Nº de técnicos municipales que interviene en las sesiones técnicas y grupo

de trabajo organizados por las entidades solicitantes de la subvención.

B) De resultado:

Nº técnicos municipales que asisten a los congresos nacionales de medio

ambiente.

Nº de personas que visitan el stand del Ayuntamiento Madrid y/o que

solicitan información.

Nº de materiales técnicos y divulgativos que distribuye el Ayuntamiento de

Madrid durante el Congreso Nacional de Medio Ambiente.

C) De impacto:

Nº de publicaciones técnicas que edita las entidades solicitantes

anualmente.

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Nº de artículos o reportajes del congreso en los medios de comunicación.

Nº de visitas en la web de las entidades solicitantes anualmente.

Los indicadores de las actuaciones se cuantificarán con motivo de la primera revisión

anual del Plan Estratégico y se establecerán los valores concretos que corresponden a

cada indicador. Esta operación de cuantificación se realizará todos los años de vigencia

del Plan.

5) Costes previsibles y fuentes de financiación.

Subvención 2015: 25.000 euros

Subvención 2016: 25.000 euros

La financiación de esta línea de subvención se incluirá en el capítulo 4 del Presupuesto

General del Ayuntamiento de Madrid, con cargo a la aplicación presupuestaria

correspondiente.

6) Calendario previsto para la publicación de la convocatoria o concesión

de la subvención.

- Febrero 2015

- Noviembre 2016

7) Evolución de la línea de subvención en años anteriores.

En años anteriores se ha apoyado esta línea de actuación a través de una subvención

nominativa a la Fundación CONAMA , institución responsable hasta ahora, de la

organización del Congreso Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) y otros foros

similares, cuyo objetivo fundamental es el establecimiento de un foro de debate y

estudio que analiza cada dos años la situación ambiental en España y que potencia un

desarrollo sostenible, fomentando la participación, la cooperación y el intercambio de

experiencias entre profesionales que desarrollan su labor en los diferentes ámbitos de

actuación implicados.

Desde el 2004 y con carácter bianual el Ayuntamiento de Madrid ha establecido

convenios de colaboración y ha participado activamente en numerosas actividades de

la Fundación CONAMA, con el objetivo de apoyar iniciativas de formación,

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conocimiento y análisis de los temas medioambientales urbanos ligados al desarrollo

sostenible.

La última aportación económica se realizó en el año 2010 a través de una subvención

nominativa, con imputación a la partida presupuestaria

2010/G/001/015/172.02/489.01 y por un importe inicial y ejecutado de 16.000 €.

8) Datos relativos a los ejercicios 2015 y 2016.

- La subvención prevista en el año 2015 tiene por objeto:

Apoyar la elaboración de documentación técnica y publicaciones que se

generan como producto de los grupos de trabajo, sesiones técnicas y

congresos de medio ambiente relevantes.

Dar difusión a los materiales técnicos elaborados a través de los canales

municipales.

- La subvención prevista para el año 2016 tiene por objeto:

Apoyar la organización de futuros congresos nacionales de medio ambiente,

que tienen carácter bianual.

Seguir siendo socio estratégico del citado congreso y dar visibilidad a las

actuaciones medioambientales del Ayuntamiento de Madrid.

Participar activamente en todas las actuaciones del congreso y actuaciones a

través de sus sesiones técnicas, jornadas, congresos, stand, así como en

encuentros locales y empresariales.

4.2.2. Subvención nominativa a favor de la Fundación para el Fomento de la

Innovación Industrial.

El órgano gestor de esta subvención es la Dirección General de Sostenibilidad y Control

Ambiental.

1) Objetivos.

En el ámbito de la protección del medio ambiente y fomento de una movilidad

sostenible y eficiente se fija como objetivo el fomento de actividades que generen

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conocimiento e intercambio de experiencias en los temas que favorezcan una mejor

gestión medioambiental de la ciudad, entre los que se encuentran la caracterización de

las distintas fuentes emisoras de contaminantes atmosféricos (el tráfico rodado, por

ejemplo), así como la divulgación de los resultados obtenidos con objeto de mejorar el

conocimiento público, logrando con ello una mayor sensibilización ambiental.

Las actuaciones desarrolladas por la Fundación para el fomento de la Innovación

Industrial están orientadas a fomentar el conocimiento de las distintas fuentes de

contaminación y su influencia en la calidad del aire.

En este sentido, se plantea la promoción de foros de debate, estudio e intercambio de

conocimiento que analicen la situación ambiental en España y fomenten el desarrollo

sostenible. Por lo tanto, se alinea con los objetivos establecidos en el Área de Medio

Ambiente y Movilidad, y en particular con la generación de actividades que fomenten el

conocimiento e intercambio de experiencias en los temas que favorezcan una mejor

gestión medioambiental de la ciudad (tales como la calidad del aire y su mejora), así

como actividades formativas y de sensibilización medioambiental que se traduzcan en

las prácticas profesionales y estilos de vida de los ciudadanos.

2) Plazo.

La convocatoria de esta subvención está prevista para el ejercicio 2015.

3) Sistemas de evaluación y seguimiento.

Anualmente se analizará el grado de cumplimiento de los objetivos a través de la

valoración de los siguientes indicadores.

A) Indicadores de actividad

• Número de localizaciones en la ciudad de Madrid estudiadas.

• Número de medidas o conjunto de medidas (escenarios) evaluadas en cada

localización.

B) Indicadores de resultado e impacto

• número de publicaciones técnicas, ponencias en congresos o presentaciones

públicas realizadas por la entidad a la que se concede la subvención.

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• número de colaboraciones y de integración de los resultados obtenidos en otros

instrumentos medioambientales, documentos técnicos o estudios particulares

elaborados por la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

Los indicadores se cuantificarán y se establecerán valores concretos para cada uno de

ellos, tal y como se recoge en la siguiente tabla:

Objetivo Tipo de

indicador Indicador

Nivel mínimo

Valor del indicador

(ponderación)

Fuente de verificación

Fomentar el

conocimiento de las

distintas fuentes de

contaminación y su

influencia en la

calidad del aire

Indicador de

actividad

Número de localizaciones

evaluadas a las que aplicar

el modelo de tráfico y

emisiones

3 30%

Memoria

aportada por

la Fundación

perceptora de

la subvención

Indicador de

actividad

Número de medidas o

conjunto de medidas

(escenarios) evaluadas en

cada localización

2 20%

Divulgación de los

resultados

obtenidos con

objeto de mejorar

el conocimiento

público, logrando

con ello una

mayor

sensibilización

medioambiental

Indicador de

resultados

Número de publicaciones

técnicas, ponencias en

congresos o

presentaciones públicas

realizadas por la entidad

a la que se concede la

subvención

3 35%

Indicador de

resultados

Número de

colaboraciones y de

integración de los

resultados obtenidos en

otros instrumentos

medioambientales,

documentos técnicos o

estudios particulares

elaborados por la

Dirección General de

Sostenibilidad y Control

Ambiental.

3 15%

4) Costes previsibles y fuentes de financiación.

Esta subvención nominativa cuenta con el oportuno crédito presupuestario consignado

en el Presupuesto de 2015.

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La aplicación presupuestaria a la que se imputará es la 001.015.172.11.489.01

“Transferencias a instituciones sin ánimo de lucro”, o aplicación presupuestaria

equivalente, con las siguientes cuantías:

Anualidad 2015: 29.000 euros.

4.2.3. Subvención a favor de la Fundación General de la Universidad

Politécnica de Madrid.

El órgano gestor de esta subvención es la Dirección General de Sostenibilidad y Control

Ambiental.

1) Objetivos.

El Ayuntamiento de Madrid impulsa actuaciones claves para propiciar la consolidación

de la ciudad como un modelo urbano sostenible. Entre estas actuaciones figuran los

planes estratégicos como el Plan de Movilidad Urbana Sostenible que se configura

como un instrumento clave del Ayuntamiento en el marco de su estrategia para

consolidar y fortalecer ese proceso de transformación de la ciudad, y el Plan de Uso

Sostenible de la Energía y Prevención de Cambio Climático de la Ciudad de Madrid,

instrumento estratégico de planificación y coordinación que define los objetivos

energéticos

Es en este marco donde se encuadra esta convocatoria de subvención, prevista para la

realización del Master in City Sciences, entre cuyos objetivos se encuentra la

contribución a la formación de expertos en temas de gran importancia para la ciudad,

ya que los trabajos que se desarrollarán a lo largo del mismo se centrarán en las

necesidades medioambientales de la Ciudad de Madrid y, en concreto, en aspectos

novedosos como el urbanismo ecológico ( aplicación del protección de medioambiente

al diseño de la ciudad) el ahorro de energía sin la pérdida de calidad de vida o el

fomento de la estrategia de movilidad sostenible.

2) Plazo.

La convocatoria de esta subvención está prevista para los ejercicios 2015.

Para el ejercicio 2015 es una subvención de concesión directa.

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PES 2015-2017 18

3) Sistemas de evaluación y seguimiento.

El sistema de evaluación y seguimiento de esta subvención se llevará a cabo a través

de los siguientes indicadores:

Indicadores Nivel mínimo Valor del indicador Fuente de

verificación

OB

JE

TIV

O 1

“Capaci

dad d

e t

ransm

itir e

n e

l ám

bito n

aci

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onal la

pre

ocu

paci

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ciudad p

or

el m

edio

am

bie

nte

” .

Porcentaje de alumnos

nacionales de otras CCAA 5% 5%

Memoria

aportada por la

Fundación

perceptora de la

subvención

Porcentaje de alumnos

extranjeros 10% 5%

Número de entidades públicas

o privadas que participan en

la financiación

del master

3 20%

Número de colaboradores

extranjeros que participan en

el master

3 20%

OB

JE

TIV

O 2

El M

ast

er

com

o “

germ

en d

e

conoci

mie

nto

que t

erm

inará

revi

rtie

ndo e

n la c

iudadanía

”. Porcentaje de trabajos

entregados con relevancia

específica para el

Ayuntamiento de Madrid

5 20%

Número de alumnos

matriculados 10 20%

Porcentaje de alumnos que

supera el master 30% 10%

4) Costes previsibles y fuentes de financiación.

La aplicación presupuestaria a la que se imputará es la 001.015.172.11.482.01

“Transferencias a instituciones sin ánimo de lucro”, o aplicación presupuestaria

equivalente, con las siguientes cuantías:

Ejercicio 2015: 17.900 euros.

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4.2.4 Subvención nominativa a favor de la Universidad Complutense de Madrid

El órgano gestor de esta subvención es la Dirección General de Sostenibilidad y

Control Ambiental.

1) Objetivos.

En el ámbito de la protección del medio ambiente, la naturalización de la ciudad, la

adaptación al cambio climático, el impulso de la agricultura urbana bajo premisas

agroecológicas y el desarrollo de las acciones contempladas en el Pacto de Milán

suscrito por el Ayuntamiento de Madrid, se fija como objetivo apoyar una iniciativa

innovadora consistente en la creación de un conjunto articulado de huertos de

investigación, huertos colectivos y huertos de ocio para vecinos de Madrid y para

miembros de la comunidad universitaria de la Universidad Complutense. Este proyecto

amplia y completa el programa de huertos urbanos comunitarios del Ayuntamiento de

Madrid, añadiéndole un valor de investigación y de interacción con la Universidad

Pública. Así mismo, se integrará en el programa de agrocompostaje municipal.

Para ello se desarrollarán actividades de adecuación del terreno a las necesidades

de cultivo en unidades de huertos, se crearán espacios de reunión y convivencia, se

generará conocimiento e intercambio de experiencias en los temas de agroecología,

gestión colectiva del espacio, soberanía alimentaria, naturalización de la ciudad, etc.

logrando con ello una mayor sensibilización ambiental y la mejora del medio ambiente

urbano. De este modo, el proyecto se configura como una herramienta de educación

en la sostenibilidad, y como un espacio de generación de relaciones entre la

Universidad y el Ayuntamiento, y entre vecinos y la comunidad universitaria.

En el mismo sentido, se plantea la promoción de Jornadas y seminarios,

investigaciones y estudios sobre los temas mencionados. Y, de igual modo, se

promoverá la realización de mercadillos de productos agroecológicos en el Campus

Universitario, impulsando con todo ello la integración de la Ciudad Universitaria en la

ciudad de Madrid.

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2) Plazo.

La convocatoria de esta subvención está prevista para el ejercicio 2017.

3) Sistemas de evaluación y seguimiento.

Se creará una comisión de autogestión formada por representantes de los

huertos colectivos y de ocio, y un comité directivo formado por representantes del

Ayuntamiento de Madrid y la Universidad Complutense.

Semestralmente se analizará el grado de cumplimiento de los objetivos a través

de la valoración de los siguientes indicadores:

• Vallado perimetral

• Desbrozado y delimitación de huertos

• Canalización del agua

• Construcción de caseta de aperos, aseos, vestidor y pérgola

• Número de vecinos y miembros de la comunidad universitaria participantes en

el proyecto.

• Número de grupos de investigación implicados en estudios relacionados con

esta iniciativa

• Número de cursos y talleres de trabajo sobre los mismos temas

• Número de mercadillos de productos ecológicos realizados.

• Número de encuentros, seminarios o jornadas.

• Cafeterías de Facultades participantes en el programa de agrocompostaje

• Toneladas de compost producido

Los indicadores se cuantificarán y se establecerán valores concretos para cada uno

de ellos, tal y como se recoge en la siguiente tabla:

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Objetivo Tipo de

indicador Indicador

Nivel mínimo

Valor del indicador en %

Fuente de verificación

Adecuación del terreno para el

cultivo

De actividad y resultados

Vallado perimetral 400m 10

Memoria aportada por la Universidad

Complutense, perceptora de la subvención, y comprobación directa in situ

de actividad y resultado

Desbrozado y delimitación de huertos

100 huertos 10

De actividad y resultados

Canalización del agua 1.000m 10

De actividad y resultado

Construcción de caseta de aperos,

aseos, vestidor, y pérgola

1 1 1 1

25

Estudio, sensibilización y formación

De resultado Vecinos y universitarios

participantes 2000 5

Memoria aportada por la Universidad Complutense,

perceptora de la subvención, y

comprobación directa in situ

De resultado Grupos de investigación 3 5

De resultado Cursos y Talleres 5 5

De resultado Encuentros y seminarios 2 5

De resultado

Cafeterías participantes 10 5

De resultado Toneladas de compostaje

20 5

De resultado Página web dentro de la web de la Delegación de

Medio ambiente 1 5

De actividad Comunicación por redes

sociales: nº de mensajes

100 5

De resultado Informes de investigación

3 5

4) Costes previsibles y fuentes de financiación.

Esta subvención nominativa cuenta con el oportuno crédito presupuestario

consignado en el Presupuesto de 2017.

La aplicación presupuestaria a la que se imputará es la nº

001/097/172.11/453.03 “Transferencias corrientes a universidades públicas”, con las

siguientes cuantías:

Anualidad 2017: 200.000 euros.

5. Aprobación y publicidad del Plan.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Medio

Ambiente y Movilidad corresponde al titular del Área de Gobierno, según establece el

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artículo 9.3 de la OBRS, previa emisión de informe favorable, y con carácter previo a

su aprobación, del Coordinador General de Hacienda.

Por medio de este Plan se dan a conocer las características, los efectos y resultados de

la política subvencional del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

En virtud art. 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la

información pública y Buen Gobierno, el presente Plan, junto con sus revisiones,

deberá publicarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid

(www.madrid.es).

6. Seguimiento, actualización y evaluación del Plan.

De conformidad con el artículo 10.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales

de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,

cada Área de Gobierno realizará anualmente la actualización de los planes y emitirá un

informe sobre el grado de ejecución del mismo, sus efectos y repercusiones

presupuestarias, para lo cual se establecerán una serie de indicadores que permitan

conocer el estado del Plan y su grado de cumplimiento, así como llevar a cabo las

funciones de control y evaluación de los resultados de dichos planes, que permita

ajustar las políticas de subvenciones a las realidades y necesidades del momento.