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PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENT O TERRITORIAL 2012 Tanto la Constitución, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, como el COOTAD y el COPFP establecen la necesidad de que los procesos de formulación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial sean participativos. Por las consideraciones precedentes, además esa modalidad es normativa y técnicamente indispensable pues no se concibe que los actores territoriales, tanto del sector público como de la sociedad, sean ajenos a las decisiones que sobre desarrollo y organización del territorio son necesarias de adoptar. Este documento se base sobre los esos mandatos y consideraciones, identifica las instancias y actores territoriales (públicos, privados y sociales) que deben involucrarse, y los roles que pueden adoptar en cada etapa del proceso GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZAD O PARROQUIAL DE GUACHANAMA

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Tanto la Constitución, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, como el COOTAD y el COPFP establecen la necesidad de que los procesos de formulación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial sean participativos. Por las consideraciones precedentes, además esa modalidad es normativa y técnicamente indispensable pues no se concibe que los actores territoriales, tanto del sector público como de la sociedad, sean ajenos a las decisiones que sobre desarrollo y organización del territorio son necesarias de adoptar. Este documento se base sobre los esos mandatos y consideraciones, identifica las instancias y actores territoriales (públicos, privados y sociales) que deben involucrarse, y los roles que pueden adoptar en cada etapa del proceso.

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2012 Tanto la Constitución, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, como el COOTAD y el COPFP establecen la necesidad de que los procesos de formulación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial sean participativos. Por las consideraciones precedentes, además esa modalidad es normativa y técnicamente indispensable pues no se concibe que los actores territoriales, tanto del sector público como de la sociedad, sean ajenos a las decisiones que sobre desarrollo y organización del territorio son necesarias de adoptar. Este documento se base sobre los esos mandatos y consideraciones, identifica las instancias y actores territoriales (públicos, privados y sociales) que deben involucrarse, y los roles que pueden adoptar en cada etapa del proceso

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PRESENTACIÓN

Tanto la Constitución, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, como el COOTAD y el

COPFP establecen la necesidad de que los procesos de formulación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial sean participativos. Por las consideraciones precedentes, además esa modalidad es normativa y técnicamente indispensable pues no se concibe que los actores territoriales, tanto del sector público como de la sociedad, sean ajenos a las decisiones que sobre desarrollo y organización del territorio son necesarias de adoptar. Este documento se base sobre los esos mandatos y consideraciones, identifica las instancias y actores territoriales (públicos, privados y sociales) que deben involucrarse, y los roles que pueden adoptar en cada etapa del proceso.

El proceso contemplo, en esencia, cinco pasos:

La organización de las instancias participativas: asamblea y Consejo de Planificación, equipo técnico de planificación.

La formulación del diagnóstico estratégico y por sistemas. La formulación del Plan de Desarrollo: objetivos, modelo de ordenamiento y de

gestión.

La formulación del Plan de Ordenamiento Territorial: políticas, estrategias, instrumentos de gestión y programas y proyectos para el desarrollo territorial.

La aprobación y puesta en vigencia del Plan por parte de los órganos de decisión política provincial, cantonal o parroquial.

La participación ciudadana permitió articular a los distintos grupos sociales que habitan en

el territorio, e incluir a sectores tradicionalmente excluidos para generar un diálogo desde la diversidad. Permitiendo hacer visibles las inequidades y desigualdades en el ejercicio de derechos de las personas y dar voz en igualdad de condiciones a mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas (grupos GLBTT), inmigrantes, pueblos y nacionalidades.

Por todos estos motivos, elaboramos el PD y OT de la parroquial, de manera participativa

con líderes de los barrios y sus habitantes. A nombre y en representación de nuestra parroquia, agradezco la esmerada participación

de todas aquellas personas que brindaron su colaboración en la elaboración de nuestro Plan Parroquial y que pusieron todo su esfuerzo y dinamismo para formular una visión con grandes retos que nos conllevaran seguramente al desarrollo ambiental, económico, sociocultural, institucional, humanos, movilidad, energía y conectividad.

El Gobierno Autónomo Parroquial de Guachanamá se convertirá en el fiel seguidor y

propulsor de sus obras y propuestas con la única finalidad de que Guachanamá sea una parroquia con tecnología adecuada, producción sana, con un alto grado de organizaciones que respondan al desarrollo humano, ambienta, económico cultural y religioso, los cuales permitirán que la sociedad se sienta orgullosa de habitar, conocer y disfrutar de nuestro sector.

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Pensamos que la planificación de la parroquia es un proceso de diagnóstico, análisis,

reflexión y toma de decisiones colectivas importantes en el desarrollo y avance de los pueblos, en ella plasmamos todo acerca del quehacer actual y el camino que deben recorrer en el futuro las comunidades e instituciones públicas para lograr el verdadero desarrollo.

El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial es el resultado de seis meses de reuniones

y debates con los líderes barriales y sus habitantes, coordinado por los técnicos del FEPP, con el fin de analizar la situación, necesidades enmarcadas en los seis ejes de los habitantes de la parroquia Guachanamá. En este sentido el PD y OT traza las líneas sobre las que se han de planificar las acciones futuras para el cumplimiento de los objetivos y fines del PD y OT.

En este sentido, el PD y OT es el compromiso consensuado de todas las instituciones y

actores implicados de la parroquia Guachanamá para desarrollar proyectos orientados al fortalecimiento y crecimiento de nuestra parroquia.

“Que la unidad, trabajo y honor engrandezca a Guachanamá…” Atentamente,

Ing. Francisco José Mora Sanmartín PRESIDENTE DEL GAD-GUACHANAMÁ

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INTRODUCCIÓN

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados estamos coordinando acciones que se están implementando en nuestro territorio con respecto a la formulación del plan de desarrollo y ordenamiento territorial (PD Y OT). Durante este proceso hemos podido constatar varias situaciones, entre las que se destacan:

La preocupación grande de los Gobiernos Parroquiales por iniciar el trabajo de formulación, en la mayoría de los casos, y por reajustar, en otros, su plan de desarrollo y ordenamiento territorial. Preocupación que se ajusta al acuerdo suscrito por los tres niveles de Gobierno Parroquial, Cantonal, Provincial y SENPLADES según el cual en el año 2011 se realizaría la planificación, para a partir del año 2012, cumplir con las disposiciones de la Constitución de la República del Ecuador, Plan Nacional del Buen Vivir; Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas; Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y Ley Orgánica de Participación Ciudadana.

En la misma formulación del plan de desarrollo y ordenamiento territorial PD y OT se requiere de información básica para los diferentes niveles de gobierno y, si no se establece mecanismos adecuados de coordinación, se corre el riesgo de duplicar esfuerzos, desperdiciar recursos y obtener información con poca veracidad.

Finalmente, por no haber decidido la prioridad para elaborar el PD y OT y por las presiones de otros agentes externos se ha adoptado diversos enfoques metodológicos para formular el PD y OT, los mismos que garantizan buenos niveles de participación ciudadana y productos que se ajusten a los requerimientos mínimos de los cuatro sistemas establecidos en los lineamientos acordados con SENPLADES.

Antes de emprender el proceso de formulación de un PD y OT se debe conformar el consejo de planificación parroquial como parte del sistema de participación ciudadana. Desde esta perspectiva, es importante tener en cuenta los Artículos 28,29,41,42,43,44,46 y 47 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y que también se apoya en lo que se establece en los Artículos que van del 56 al 64 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Inclusive muchos elementos constantes en los artículos antes indicados deberían ir como parte de los Términos de Referencia cuando se requiera contratar cualquier servicio de consultoría.

Los productos a entregar son: Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, el POA y las memorias de los eventos realizados durante el proceso de acompañamiento en la formulación del Plan.

El Plan de Ordenamiento y Desarrollo Territorial es el instrumento básico para el desarrollo de la parroquia y para el proceso de ordenamiento del territorio. Se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas, adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización racional del suelo, es por ello que las entidades territoriales han debido adaptar nuevas políticas económicas, sociales, geográficas, ambientales, etc., para responder a los cambios y transformaciones que afectan al

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orden instituido, por tanto a las condiciones socioeconómicas de los habitantes, de forma tal que las políticas adoptadas sean congruentes con su territorio y las necesidades de la población, además que propicie la armonía entre estos, la conservación, protección de los recursos naturales, y las actividades productivas; a efecto de lograr el mejoramiento en la calidad de vida sustentable de la población.

Dentro de este contexto el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial de Guachanamá como Institución promotora del desarrollo, se planteó la elaboración del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de esta parroquia, como una herramienta de gestión que guíe y oriente el rumbo de desarrollo de la parroquia, motivando la presencia de las instituciones y organizaciones locales y externas que intervienen en la Parroquia, con el propósito de potencializar los recursos existentes, procediendo de esta forma a dar respuesta a las demandas reales de los actores locales y contribuir a mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDYOT), es una herramienta que orienta en general a crear y ordenar el marco espacial que haga posible el proceso de desarrollo económico y social en su territorio de actuación, además se vuelve indispensable definir, en calidad de paso previo al inicio mismo de los estudios, el área de cobertura del plan y por lo tanto el territorio en el cual se busca crear y ordenar dicho marco espacial necesario para las distintas actividades humanas, persiguiendo el cumplimiento del objetivo central de establecer condiciones adecuadas para lograr el Buen Vivir de la población en su conjunto, dirigido a mejorar la calidad y esperanza de vida. Aumentar las capacidades y potencialidades de los pueblos. Hacer respetar sus principios y derechos constitucionales. Construir un sistema económico justo, democrático, productivo, solidario y sostenible; fomentar la participación ciudadana, el control social, respetar y conservar la naturaleza, el agua, aire y suelo; promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades de la población. Proteger la diversidad cultural de los pueblos, acrecentar y proteger la memoria social y el patrimonio cultural.

El documento, está desarrollado en tres partes: El diagnóstico para cada sistema: Ambiental; Económico; Sociocultural; Gestión Institucional; Asentamientos Humanos; y Movilidad, energía y conectividad. La segunda parte, recoge las recomendaciones y propuestas surgidas en los diferentes asambleas barriales, así como en los talleres de socialización del Plan; La tercera parte el modelo de gestión el cual se plantea la visión que tiene la población y el desarrollo deseado, como del ordenamiento territorial de la parroquia. Luego, se establecen las líneas de acción con los respectivos programas y proyectos que contribuirán al desarrollo y ordenamiento de la parroquia. Y, para finalizar la última parte denominada anexos donde se incluye información relativa a la organización Y planificación de la parroquia, actores locales, leyes vigentes, y perfiles de proyectos.

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1. MARCO LEGAL PARA LA DECISIÓN POLÍTCA, FORMULACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, Y METODOLÓGIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMÁ

Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial son los instrumentos de planificación

previstos por la Constitución, que permitirán a los GAD desarrollar la gestión concertada de su territorio, orientada al desarrollo armónico e integral.

De acuerdo a lo que establece el art. 41 del COPFP: “Los planes de desarrollo son las

directrices principales de los GAD respecto de las decisiones estratégicas de desarrollo en el territorio. Estos tendrán una visión de largo plazo, y serán implementados a través del ejercicio de sus competencias asignadas por la Constitución de la República y las Leyes, así como de aquellas que se les transfieran como resultado del proceso de descentralización”.

Los Planes de Ordenamiento Territorial, según lo dispone el art. 43 del COPFP, “son los

instrumentos de la planificación del desarrollo que tienen por objeto el ordenar, compatibilizar y armonizar las decisiones estratégicas de desarrollo respecto de los asentamientos humanos, las actividades económico-productivas y el manejo de los recursos naturales en función de las cualidades territoriales, a través de la definición de lineamientos para la materialización del modelo territorial de largo plazo, establecido por el nivel de gobierno respectivo”.

Por lo anterior, es indispensable que los dos tipos de planes guarden absoluta

concordancia entre sí. En ese sentido, las directrices de desarrollo que son el sustento de los planes respectivos, determinan y orientan los contenidos y políticas del ordenamiento territorial y de la gestión del territorio. Pero de igual manera las capacidades y potencialidades del territorio definen las posibilidades del desarrollo integral social, económico y ambiental que debe alcanzarse para el logro del Buen Vivir. Esta interacción no solo debe buscarse en el acto inicial de la planificación de un territorio, sino que debe que mantenerse a lo largo del tiempo, pues la dinámica de la situación social, económica y ambiental demanda un permanente ajuste entre el instrumento que busca el logro del desarrollo y las medidas de ordenamiento territorial que deben adoptarse para su viabilización. El gráfico presenta las interrelaciones y correspondencias que deben darse entre los dos instrumentos:

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Figura : Contenidos articulados

Elaboración: SENPLADES.

Pero estas relaciones de concordancia y correspondencia que deben guardar los planes de un mismo territorio, se extiende también a la que deben guardar con aquellos que se generen para los ámbitos de jurisdicción de otros gobiernos. Estas relaciones, que la Constitución identifica como articulaciones, se deben dar de modo vertical, es decir entre los instrumentos de los gobiernos nacionales, regionales, provinciales, cantonales y parroquiales; y de modo horizontal, es decir con los de los gobiernos pares circunvecinos. El mandato Constitucional es sin duda adecuado, en tanto los límites de un determinado territorio no siempre corresponden a lo que ambiental o económicamente puede ser identificado como una unidad territorial predeterminada, específica y diferenciada. Por el contrario, forman parte de un contexto territorial continuo que abarca a más de una jurisdicción política administrativa, con diferentes trayectorias históricas pero por lo general estructurada con las mismas determinantes y condiciones sociales, culturales, económicas o ambientales. Así, los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial, si bien pueden ser específicos para un territorio, por lo general deben contener directrices si no idénticas, sí concordantes y que

guarden correspondencia entre sí y con las de otros niveles y jurisdicciones.

La relación entre las condiciones deseadas del territorio, los objetivos y las líneas estratégicas de acción.

La concordancia a la cual se alude en las líneas anteriores se debe lograr en las

interrelaciones e interacciones entre los componentes sistémicos que actúan en el territorio: el sistema ambiental vinculado al medio biofísico que a fin de cuentas acoge todas la actividades de la población, el sistema económico, el sociocultural, el político - institucional, el de asentamientos humanos y el de movilidad, energía y conectividad. De esta manera se busca hacer viables los objetivos específicos y el desarrollo integral. Esos objetivos se alcanzan mediante líneas de acción específicas que se concretan en un lugar del territorio y en

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un tiempo determinado. Existe, por tanto, una trama de relaciones y una dinámica que es propia de cada territorio. El esquema siguiente muestra gráficamente el conjunto típico de relaciones que deben analizarse como parte del diagnóstico y definirse en la propuesta para alcanzar el objetivo integral de desarrollo.

Figura : Relaciones para el análisis del diagnóstico y presentación de la propuesta para alcanzar el objetivo integral de desarrollo

Elaboración: SENPLADES.

Como se aprecia en el esquema, el sistema ambiental es el que acoge todas las actividades y

además determina límites y potencialidades que deben respetarse y pueden aprovecharse.

Además de requerir sus propios resultados, como sistema, el territorio es el sujeto a ordenar de modo correspondiente con los Objetivos de Desarrollo. Las flechas del esquema señalan las interacciones que deben precautelarse, fomentarse o consolidarse entre los distintos sistemas que actúan sobre el territorio. No son viables las soluciones individuales ni unidireccionales.

Todo el entramado de relaciones esta cruzado por dinámicas sociales que (re)producen

esquemas de distribución del poder entre los miembros de la sociedad. En este sentido, es preciso recordar que, dentro del modelo garantista del Estado ecuatoriano, los diferentes niveles de gobierno deben procurar la garantía y protección de los derechos de las y los pobladores del Ecuador, en el ámbito de sus competencias. En otras palabras, hablamos de una planificación orientada a la promoción y la protección de los derechos humanos y de la naturaleza. Esto, con el propósito de analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias así como el injusto reparto del poder que obstaculiza la consecución del Buen Vivir de todos y todas.

La garantía de derechos y su exigibilidad se extiende a todos y todas para que los ejerzan

libremente. Atado a ello, viene la necesidad de garantizar la igualdad real o material y la igualdad

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de oportunidades para quienes han sido excluidos y marginados históricamente, entre ellos: mujeres, personas con identidades de género y orientaciones sexuales diversas, nacionalidades y pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios, personas con discapacidad, niños y niñas, jóvenes, adultas y adultos mayores y personas inmigrantes.

Para que la planificación de desarrollo local sea un instrumento que aporte a revertir la

marginación, exclusión y discriminación de los grupos poblacionales que habitan en los territorios, de forma deliberada y consciente, deben incluirse criterios y herramientas con enfoque de derechos humanos para la igualdad a lo largo del ciclo de la planificación, ejecución y seguimiento.

1.1. FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMÁ

1.1.1 MARCO LEGAL PARA LA FORMULACIÓN DEL PD Y OT SEGÚN EL PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR

El proceso de construcción del Plan Nacional para el Buen Vivir

La elaboración del Plan Nacional para el Buen Vivir supuso enfrentar cuatro grandes desafíos: articular la planificación al nuevo marco constitucional, al reforzar la planificación por objetivos nacionales para el “Buen Vivir”; generar procesos de articulación y retroalimentación interestatal que integren la gestión por resultados; incorporar de manera efectiva a la planificación y al ordenamiento territorial; e impulsar un proceso de participación social.

Disposiciones constitucionales sobre la planificación nacional La Constitución de 2008 posiciona a la planificación y a las políticas públicas como

instrumentos para la consecución de los objetivos del “Buen Vivir” y la garantía de derechos. Según la Carta Magna la planificación tiene por objeto propiciar la equidad social y territorial y promover la concertación. Para ello, debe asumir como prioridad la erradicación de la pobreza, la promoción del desarrollo sustentable, y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, como condiciones fundamentales para alcanzar al “Buen Vivir”. En este nuevo enfoque, los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual y colectiva, tienen el derecho de participar de manera protagónica en la toma de decisiones, en la formulación de políticas y en la gestión de los asuntos públicos.

Según la disposición constitucional contenida en el Art. 280, el Plan Nacional de Desarrollo, hoy denominado Plan Nacional para el Buen Vivir, es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinará las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores.

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El Plan apuntala un proceso de transformación estructural del Ecuador en el largo plazo. Se

organiza por objetivos orientados a la garantía de derechos. Los objetivos, a su vez, cuentan con acciones de carácter operativo, diseñadas para el período de gobierno, que se concretan a través de la inversión pública. La consolidación de una economía endógena encaminada hacia el “Buen Vivir” requiere, en esta fase, enfatizar en el desarrollo de capacidades y oportunidades, así como en la movilización, acumulación y distribución de capital en los distintos sectores y actores del sistema económico.

Avanzar hacia el Buen Vivir rural requiere además la movilización de los recursos y activos

que tienen dichas poblaciones (naturales, físicos, financieros, humanos, sociales y culturales-identitarios) así como impulsar la democratización del acceso a los medios de producción (agua, tierra, capital, conocimiento) y la generación de condiciones que permitan incidir sobre el mercado de bienes, a través de la provisión de infraestructura de apoyo como vialidad, logística, telecomunicaciones y servicios básicos así como también en los ámbitos de la educación, la salud, la cultura e interculturalidad, la ciencia y tecnología, la recuperación de conocimientos y saberes ancestrales, el impulso a las dinámicas de Asociatividad, entre otros. (PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR).

A través de la matriz de políticas y lineamientos de política del Plan Nacional del Buen Vivir

se enuncia: Política 1.8. Impulsar el Buen Vivir rural

a. Generar mecanismos que fortalezcan la complementariedad rural-urbana, equilibrando sus

relaciones demográficas, productivas y culturales. b. Desarrollar iniciativas intersectoriales articuladas para la prestación de servicios públicos

que promuevan la equidad territorial y los derechos de la población rural, así como la inclusión social y económica de poblaciones con discriminaciones múltiples.

c. Promover, fortalecer y revalorizar las culturas campesinas, de sus formas de organización y prácticas.

d. Fomentar actividades productivas que mejoren las condiciones de vida de la población rural, e impulsar la generación de valor agregado.

e. Mejorar las condiciones para el abastecimiento de insumos productivos, la producción primaria, el procesamiento, la comercialización y distribución.

f. Apoyar a las pequeñas economías campesinas en los procesos de almacenamiento y poscosecha a través de capacitación, asistencia técnica y dotación de equipamiento e infraestructura de apoyo.

g. Generar espacios y mecanismos de intercambios alternativos de bienes y servicios. h. Promover cadenas cortas de comercialización que conecten a productoras y productores

con consumidoras y consumidores, para generar mercados con precios justos y promover la soberanía alimentaria y las complementariedades entre el campo y la ciudad.

i. Crear y fortalecer mecanismos para la asignación de agua para riego a las y los pequeños productores que contribuyen a la soberanía alimentaria, respetando las prelaciones establecidas en la Constitución.

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j. Redistribuir recursos hídricos para riego dentro de una gestión integral e integrada de cuencas hidrográficas, respetando los derechos de la naturaleza, así como su articulación en los territorios, con especial énfasis en el manejo y protección de fuentes de agua.

k. Incrementar la inversión e incentivos socioeconómicos en el sector rural para las pequeñas y medianas economías familiares y organizaciones o asociaciones de la economía solidaria dirigidas a la producción diversificada de bienes y servicios, con énfasis en los servicios turísticos comunitarios, especialmente aquellos conducidos por mujeres.

l. Incentivar iniciativas de generación de trabajo digno en poblaciones rurales, considerando la situación desigual de las mujeres rurales en su diversidad.

Política 1.9. Promover el ordenamiento territorial integral, equilibrado, equitativo

y sustentable que favorezca la formación de una estructura nacional policéntrica.

a. Desarrollar un ordenamiento territorial sustentable, que viabilice la asignación de usos del

suelo en función de las capacidades y potencialidades territoriales, así como una distribución

equitativa de las infraestructuras básicas y de apoyo a la producción.

h. Articular las iniciativas de desarrollo urbano-rural desde una perspectiva solidaria,

cooperativa y participativa, que considere las realidades territoriales y culturales y fortalezca

las capacidades de los gobiernos autónomos descentralizados.

1.1.2 MARCO LEGAL PARA LA FORMULACIÓN DEL PD Y OT SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL 2008

Dentro del marco legal referente a la Planificación Territorial en el Ecuador, establece a la

Constitución de la República del Ecuador del 2008 como el eje fundamental para el Ordenamiento Territorial.

En el Art. 226, de la Constitución de la República, se establece como deber de las

instituciones del Estado, sus organismos y dependencias, coordinar sus acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo los Derechos Constitucionales.

En el Art. 238.- Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,

administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.

Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los

concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.

En el Art. 239.- El régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley

correspondiente, que establecerá un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.

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En el Art. 240.- Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias.

Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el

ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. En el Art. 241.- La planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en

todos los gobiernos autónomos descentralizados. En el Art. 242.- El Estado se organiza territorialmente en regiones, provincias, cantones y

parroquias rurales. Por razones de conservación ambiental, étnico-culturales o de población podrán constituirse regímenes especiales.

En el Art. 267, se definen las competencias exclusivas de los gobiernos parroquiales rurales,

los cuales se derivan en: Planificar el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en

coordinación con el Gobierno Cantonal y Provincial. Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios

públicos de la parroquia, contenidos en los planes de desarrollo e incluidos en los presupuestos participativos anuales.

Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias, la preservación de la

biodiversidad y la protección del ambiente; se entiende que debe garantizar la soberanía alimentaria que se constituye como un objetivo estratégico y una obligación del estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma permanente.

Gestionar, coordinar y administrar los servicios públicos que le sean delegados o

descentralizados por otros niveles de gobierno. Promover la organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás

asentamientos rurales, con el carácter de organizaciones territoriales de base. Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos. En el ámbito de sus

competencias y territorio, y en uso de sus facultades, emitirá acuerdos y resoluciones.

En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, emitirán acuerdos y resoluciones.

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1.1.3 MARCO LEGAL PARA LA FORMULACIÓN DEL PD Y OT SEGÚN EL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN – COOTAD.

Atendiendo al Proyecto de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización – COOTAD. Artículo 64.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado parroquial

rural: d) Elaborar el plan parroquial rural de desarrollo; el de ordenamiento territorial y las políticas

públicas; ejecutar las acciones de ámbito parroquial que se deriven de sus competencias, de manera coordinada con la planificación cantonal y provincial; y, realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;

Capítulo II

La Planificación del Desarrollo y del Ordenamiento

Territorial

Artículo 295.- Planificación del desarrollo.- Los gobiernos autónomos descentralizados, con la participación protagónica de la ciudadanía, planificarán estratégicamente su desarrollo con visión de largo plazo considerando las particularidades de su jurisdicción, que además permitan ordenar la localización de las acciones públicas en función de las cualidades territoriales.

Los planes de desarrollo deberán contener al menos los siguientes elementos: a) Un diagnóstico que permita conocer las capacidades, oportunidades y potencialidades de

desarrollo, y las necesidades que se requiere satisfacer de las personas y comunidades; b) La definición de políticas generales y particulares que determinen con claridad objetivos de

largo y mediano plazo; c) Establecimiento de lineamientos estratégicos como guías de acción para lograr los

objetivos; y, d) Programas, proyectos con metas concretas y mecanismos que faciliten la evaluación, el

control social y la rendición de cuentas.

Para la formulación de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial los gobiernos autónomos descentralizados deberán cumplir con un proceso que aplique los mecanismos participativos establecidos en la Constitución, la ley y este Código.

El plan de desarrollo y de ordenamiento territorial deberá ser aprobado por los órganos legislativos de cada gobierno autónomo descentralizado por mayoría absoluta. La reforma de estos planes se realizará observando el mismo procedimiento que para su aprobación.

Artículo 296.-Ordenamiento territorial.- El ordenamiento territorial comprende un

conjunto de políticas democráticas y participativas de los gobiernos autónomos descentralizados

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que permiten su apropiado desarrollo territorial, así como una concepción de la planificación con autonomía para la gestión territorial, que parte de lo local, cantonal, provincial y regional en la interacción de planes que posibiliten la construcción de un proyecto nacional, basado en el reconocimiento y la valoración de la diversidad cultural y la proyección espacial de las políticas sociales, económicas y ambientales, proponiendo un nivel adecuado de bienestar a la población en donde prime la preservación del ambiente para las futuras generaciones.

La formulación e implementación de los correspondientes planes deberá propender al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes y fundamentarse en los principios de la función social y ambiental de la tierra, la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios.

La planificación del ordenamiento territorial regional, provincial, cantonal y parroquial se

inscribirá y deberá estar articulada a la planificación del ordenamiento territorial cantonal y distrital.

Los instrumentos de planificación complementarios serán definidos y regulados por la ley y

la normativa aprobada por los respectivos órganos de legislación de los gobiernos autónomos descentralizados.

Artículo 297.- Objetivos del ordenamiento territorial.- El ordenamiento del territorio

regional, provincial, distrital, cantonal y parroquial, tiene por objeto complementar la planificación económica, social y ambiental con dimensión territorial; racionalizar las intervenciones sobre el territorio; y. orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible, a través de los siguientes objetivos: a) La definición de las estrategias territoriales de uso, ocupación y manejo del suelo en

función de los objetivos económicos, sociales, ambientales y urbanísticos: b) El diseño y adopción de los instrumentos y procedimientos de gestión que permitan

ejecutar actuaciones integrales y articular las actuaciones sectoriales que afectan la estructura del territorio; y,

c) La definición de los programas y proyectos que concreten estos propósitos.

Los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales, en la ejecución de su competencia de uso y control del suelo, tendrán en cuenta los objetivos contenidos en este artículo.

Artículo 298.- Directrices de planificación.- Las directrices e instrumentos de planificación complementarios que orienten la formulación de estos planes, así como el seguimiento y la evaluación de su cumplimiento por cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados, serán dictados a través de normas de sus respectivos órganos legislativos, y se ajustarán a las normas contempladas en la ley que regule el sistema nacional descentralizado de planificación participativa y este Código.

Artículo 299.- Obligación de coordinación.- El gobierno central y los gobiernos autónomos descentralizados están obligados a coordinar la elaboración, los contenidos y la

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ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los planes de los distintos niveles territoriales, como partes del sistema nacional descentralizado de planificación participativa.

La ley y la normativa que adopte cada órgano legislativo de los gobiernos autónomos

descentralizados establecerán las disposiciones que garanticen la coordinación interinstitucional de los planes de desarrollo.

1.1.4 MARCO LEGAL PARA LA FORMULACIÓN SEGUN EL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS.

En el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, se cita los siguientes artículos:

Art. 12.- Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.- La planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es competencia de los gobiernos autónomos descentralizados en sus territorios. Se ejercerá a través de sus planes propios y demás instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de gobierno, en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.

Art. 17.- Instructivos metodológicos.- La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo elaborará los instructivos metodológicos para la formulación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas nacionales y sectoriales.

Los gobiernos autónomos descentralizados elaborarán los instructivos metodológicos

necesarios para la formulación, monitoreo y evaluación de sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, en concordancia con los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Planificación.

Art. 41.- Planes de Desarrollo.- Los planes de desarrollo son las directrices principales de

los gobiernos autónomos descentralizados respecto de las decisiones estratégicas de desarrollo en el territorio. Éstos tendrán una visión de largo plazo, y serán implementados a través del ejercicio de sus competencias asignadas por la Constitución de la República y las Leyes, así como de aquellas que se les transfieran como resultado del proceso de descentralización.

Art. 42.- Contenidos mínimos de los planes de desarrollo.- En concordancia con las

disposiciones del Código de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización (COOTAD), los planes de desarrollo de los gobiernos autónomos descentralizados deberán contener, al menos, lo siguiente: a) Diagnóstico.- Para la elaboración del diagnóstico, los gobiernos autónomos

descentralizados deberán observar, por lo menos, contenidos que describan las inequidades y desequilibrios socio territoriales, potencialidades y oportunidades de su territorio, la situación deficitaria, los proyectos existentes en el territorio, las relaciones del territorio con los circunvecinos, la posibilidad y los requerimientos del territorio articuladas al Plan Nacional de Desarrollo y, finalmente, el modelo territorial actual;

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b) Propuesta.- Para la elaboración de la propuesta, los gobiernos autónomos descentralizados tomarán en cuenta la visión de mediano y largo plazos, los objetivos, políticas, estrategias, resultados y metas deseadas, y el modelo territorial que debe implementarse para viabilizar el logro de sus objetivos; y,

c) Modelo de gestión.- Para la elaboración del modelo de gestión, los gobiernos autónomos

descentralizados deberán precisar, por lo menos, los datos específicos de los programas y proyectos, cronogramas estimados y presupuestos, instancias responsables de la ejecución, sistema de monitoreo, evaluación y retroalimentación que faciliten la rendición de cuentas y el control social.

Los planes de desarrollo de los gobiernos autónomos descentralizados considerarán los

objetivos de los planes de los niveles superiores e inferiores de gobierno.

Art. 43.- Planes de Ordenamiento Territorial.- Los planes de ordenamiento territorial son los instrumentos de la planificación del desarrollo que tienen por objeto el ordenar, compatibilizar y armonizar las decisiones estratégicas de desarrollo respecto de los asentamientos humanos, las actividades económico-productivas y el manejo de los recursos naturales en función de las cualidades territoriales, a través de la definición de lineamientos para la materialización del modelo territorial de largo plazo, establecido por el nivel de gobierno respectivo.

Los planes de ordenamiento territorial deberán articular las políticas de desarrollo y las directrices de ordenamiento del territorio, en el marco de las competencias propias de cada nivel de gobierno y velarán por el cumplimiento de la función social y ambiental de la propiedad. Los gobiernos parroquiales rurales podrán formular un solo plan de desarrollo y ordenamiento territorial.

Los planes de ordenamiento territorial regionales, provinciales y parroquiales se articularán

entre sí, debiendo observar, de manera obligatoria, lo dispuesto en los planes de ordenamiento territorial cantonal y/o distrital respecto de la asignación y regulación del uso y ocupación del suelo.

La actualización de los instrumentos de ordenamiento territorial deberá mantener completa

coherencia con los instrumentos de planificación del desarrollo vigentes en cada nivel de gobierno.

Art. 44.- Disposiciones generales sobre los planes de ordenamiento territorial de los

gobiernos autónomos descentralizados.- Sin perjuicio de lo previsto en la Ley y las disposiciones del Consejo Nacional de Competencias, los planes de ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados observarán los siguientes criterios: a) Los planes de ordenamiento territorial regional y provincial definirán el modelo

económico productivo y ambiental, de infraestructura y de conectividad, correspondiente a su nivel territorial, el mismo que se considerará como insumo para la asignación y regulación del uso y ocupación del suelo en los planes de ordenamiento territorial cantonal y/o distrital;

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b) Los planes de ordenamiento territorial cantonal y/o distrital definirán y regularán el uso y

ocupación del suelo que contiene la localización de todas las actividades que se asiente en el territorio y las disposiciones normativas que se definan para el efecto.

Corresponde exclusivamente a los gobiernos municipales y metropolitanos la regulación, control y sanción respecto del uso y ocupación del suelo en el territorio del cantón. Las decisiones de ordenamiento territorial de este nivel, racionalizarán las intervenciones en el territorio de todos los gobiernos autónomos descentralizados.

Los planes de ordenamiento territorial cantonal y/o distrital no confieren derechos sino en virtud de las estipulaciones expresas constantes en la Ley y en la normativa de los gobiernos autónomos descentralizados municipales y distritales.

Respecto de los planes de ordenamiento territorial cantonales y/o distritales se aplicarán, además, las normas pertinentes previstas en el Código de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización (COOTAD); y,

c) Las definiciones relativas al territorio parroquial rural, formuladas por las juntas

parroquiales rurales, se coordinarán con los modelos territoriales provinciales, cantonales y/o distritales.

Art. 45.- Mecanismos de coordinación.- La Ley definirá los procedimientos de coordinación

y armonización de la planificación territorial de los gobiernos autónomos descentralizados, y de éstos con las competencias sectoriales con incidencia territorial ejercidas por el gobierno central.

El gobierno central podrá formular instrumentos de planificación territorial especial para

los proyectos nacionales de carácter estratégico. Dichos instrumentos establecerán orientaciones generales que deberán ser consideradas en los procesos de planificación y ordenamiento territorial de los niveles de gobierno respectivos.

1.2 PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE

DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMÁ

1.2.1 MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL 2008.

En el Art. 279, se establece que el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación

Participativa, organizará la planificación para el desarrollo. El sistema se conformará por un Consejo Nacional de Planificación que tendrá como objetivo dictar los lineamientos y las políticas que orienten al sistema y aprobar el Plan Nacional de Desarrollo, el que tendrá una Secretaria técnica que la coordinará.

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MARCO LEGAL Y DETERMINACIÓN DE FORMULACIÓN DEL PDYOT DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMÁ

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Estos procesos deberán ser coordinados con el ente encargado de la planificación del

estado; es por ello que mediante Decreto Ejecutivo 956, publicado en R.O. Nº 302 de 26 de marzo de 2008, se encarga a la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES, se organiza de manera zonal en Subsecretarias desconcentradas, y se establecen siete zonas administrativas, en este caso correspondiente a la Zona 7 Sur, jurisdicciones de las provincias de Loja, El Oro, Zamora Chinchipe.

Su misión es administrar el Sistema Nacional de Planificación a nivel sectorial y territorial, estableciendo objetivos y políticas nacionales, sustentados en procesos de información, investigación, capacitación, seguimiento y evaluación; orientando la inversión pública; promoviendo una reforma sostenida, integral y democrática del estado, a través de una activa participación ciudadana, que contribuya a una gestión pública y eficiente e impulse al desarrollo humano sostenible.

En el Art. 280.-El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores.

En tal contexto, el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PD y OT) del Gobierno

Autónomo Descentralizado de la Parroquia de Guachanamá del cantón Paltas, deberá mantener una asesoría directa con la SENPLADES y coordinar acciones con los Gobiernos Cantonales.

1.2.2 MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA SEGUN EL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN – COOTAD.

Artículo 3.- Principios.- El ejercicio de la autoridad y las potestades públicas de los

gobiernos autónomos descentralizados se regirán por los siguientes principios: g) Participación ciudadana.- La participación es un derecho cuya titularidad y ejercicio

corresponde a la ciudadanía. El ejercicio de este derecho será respetado, promovido y facilitado por todos los órganos del Estado de manera obligatoria, con el fin de garantizar la elaboración y adopción compartida de decisiones, entre los diferentes niveles de gobierno y la ciudadanía, así como la gestión compartida y el control social de planes, políticas, programas y proyectos públicos, el diseño y ejecución de presupuestos participativos de los gobiernos. En virtud de este principio, se garantizan además la transparencia y la rendición de cuentas, de acuerdo con la Constitución y la ley.

Se aplicarán los principios de interculturalidad y plurinacionalidad, equidad de género,

generacional, y se garantizarán los derechos colectivos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, de conformidad con la Constitución, los instrumentos internacionales y la ley.

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Artículo 64.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural: d) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y

avanzar en la gestión democrática de la acción parroquial:

Artículo 65.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural.- Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen: a) Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el

desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad:

Artículo 67.- Atribuciones de la junta parroquial rural.- A la junta parroquial rural le

corresponde: b) Aprobar el plan parroquial de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados

participativamente con la acción del consejo parroquial de planificación y las instancias de participación, así como evaluar la ejecución;

Artículo 70.- Atribuciones del presidente o presidenta de la junta parroquial rural.- Le

corresponde al presidente o presidenta de la junta parroquial rural: e) Dirigir la elaboración del plan parroquial de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en

concordancia con el plan cantonal y provincial de desarrollo, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores del sector público y la sociedad; para lo cual presidirá las sesiones del consejo parroquial de planificación y promoverá la constitución de las instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la ley;

Artículo 295.- Planificación del desarrollo.- Los gobiernos autónomos descentralizados, con

la participación protagónica de la ciudadanía, planificarán estratégicamente su desarrollo con visión de largo plazo considerando las particularidades de su jurisdicción, que además permitan ordenar la localización de las acciones públicas en función de las cualidades territoriales.

Artículo 300.- Regulación de los consejos de planificación.- Los consejos de planificación participativa de los gobiernos autónomos descentralizados participarán en el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de sus planes y emitirán resolución favorable sobre las prioridades estratégicas de desarrollo como requisito indispensable para su aprobación ante el órgano legislativo correspondiente.

Los consejos de planificación de los gobiernos autónomos descentralizados estarán presididos por sus máximos representantes. Su conformación y atribuciones serán definidas por la ley.

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Artículo 301.- Sesiones de los consejos de planificación.- Las sesiones de los consejos de planificación de los gobiernos autónomos descentralizados serán convocadas y presididas por la máxima autoridad electa y funcionarán conforme a la Ley.

Artículo 304.- Sistema de participación ciudadana.- Los gobiernos autónomos

descentralizados conformarán un sistema de participación ciudadana, que se regulará por acto normativo del correspondiente nivel de gobierno, tendrá una estructura y denominación propias.

El sistema de participación ciudadana se constituye para:

a) Deliberar sobre las prioridades de desarrollo en sus respectivas circunscripciones; así

como, conocer y definir los objetivos de desarrollo territorial, líneas de acción y metas; b) Participar en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de

desarrollo y de ordenamiento territorial; y, en general, en la definición de propuestas de inversión pública;

El sistema de participación ciudadana estará integrado por autoridades electas,

representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad de su ámbito territorial. La máxima instancia de decisión del sistema de participación será convocada a asamblea al

menos dos veces por año a través del ejecutivo del respectivo GAD. El sistema de participación ciudadana designará a los representantes de la ciudadanía a los

consejos de planificación del desarrollo correspondientes.

1.2.3 MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA SEGUN EL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS.

En el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, se cita los siguientes

artículos: Que el Artículo 12, señala que la planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es

competencia de los gobiernos autónomos descentralizados en sus territorios. Se ejercerá a través de sus planes propios y demás instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de gobierno, en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.

Que el Artículo 13, señala que el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa acogerá los mecanismos definidos por el sistema de participación ciudadana de los gobiernos autónomos descentralizados, regulados por acto normativo del correspondiente nivel de gobierno, y propiciará la garantía de participación y democratización definida en la Constitución de la República y la Ley.

Que el Artículo 21, señala que el gobierno central y los gobiernos autónomos

descentralizados conforman el Sistema Nacional Descentralizados de Planificación Participativa.

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Que el Artículo 21, señala además que adicionalmente, forman parte del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa los Consejos de Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Art. 28.- Conformación de los Consejos de Planificación de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados.- Los Consejos de Planificación se constituirán y organizarán mediante acto normativo del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado; y, estarán integrados por:

Para el caso de los gobiernos parroquiales rurales el Consejo de Planificación estará

integrado de la siguiente manera: 1. El Presidente de la Junta Parroquial; 2. Un representante de los demás vocales de la Junta Parroquial; 3. Un técnico ad honorem o servidor designado por el Presidente de la Junta Parroquial; 4. Tres representantes delegados por las instancias de participación, de conformidad con lo

establecido en la Ley y sus actos normativos respectivos.

Art. 29.- Funciones.- Son funciones de los Consejos de Planificación de los gobiernos autónomos descentralizados: 1. Participar en el proceso de formulación de sus planes y emitir resolución favorable sobre las

prioridades estratégicas de desarrollo, como requisito indispensable para su aprobación ante el órgano legislativo correspondiente;

2. Velar por la coherencia del plan de desarrollo y de ordenamiento territorial con los planes

de los demás niveles de gobierno y con el Plan Nacional de Desarrollo; 3. Verificar la coherencia de la programación presupuestaria cuatrienal y de los planes de

inversión con el respectivo plan de desarrollo y de ordenamiento territorial;

Art. 46.- Formulación participativa.- Los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados se formularán y actualizarán con participación ciudadana, para lo cual se aplicarán los mecanismos participativos establecidos en la Constitución de la República, la Ley y la normativa expedida por los gobiernos autónomos descentralizados.

Art. 47.- Aprobación.- Para la aprobación de los planes de desarrollo y de ordenamiento

territorial se contará con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del órgano legislativo de cada gobierno autónomo descentralizado. De no alcanzar esta votación, en una nueva sesión se aprobará con el voto de la mayoría simple de los miembros presentes.

Art. 48.- Vigencia de los planes.- Los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial

entrarán en vigencia a partir de su expedición mediante el acto normativo correspondiente. Es obligación de cada gobierno autónomo descentralizado publicar y difundir sus

respectivos planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, así como actualizarlos al inicio de cada gestión.

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Art. 49.- Sujeción a los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial.- Los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial serán referentes obligatorios para la elaboración de planes de inversión, presupuestos y demás instrumentos de gestión de cada gobierno autónomo descentralizado.

Art. 50.- Seguimiento y Evaluación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento

Territorial.- Los gobiernos autónomos descentralizados deberán realizar un monitoreo periódico de las metas propuestas en sus planes y evaluarán su cumplimiento para establecer los correctivos o modificaciones que se requieran.

La Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, conjuntamente con los gobiernos

autónomos descentralizados, formulará los lineamientos de carácter general para el cumplimiento de esta disposición, los mismos que serán aprobados por el Consejo Nacional de Planificación.

Art. 51.- Información sobre el cumplimiento de metas.- Con el fin de optimizar las

intervenciones públicas y de aplicar el numeral 3 del Art. 272 de la Constitución los gobiernos autónomos descentralizados reportarán anualmente a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo el cumplimiento de las metas propuestas en sus respectivos planes.

1.2.4 MARCO LEGAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA SEGUN LA LEY ORGÁNICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Que el Artículo 4, señala que el ejercicio de los derechos de participación ciudadana y

organización social se regirá, además de los establecidos en la Constitución, por los principios de igualdad, interculturalidad, plurinacionalidad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, paridad de género, responsabilidad, corresponsabilidad, información y transparencia, pluralismo y solidaridad.

Artículo. 64.- La participación local.- En todos los niveles de gobierno

existirán instancias de participación con la finalidad de: 1. Elaborar planes y políticas locales y sectoriales entre los gobiernos y la

ciudadanía;

2. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo;

4. Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos autónomos

descentralizados;

5. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia,

rendición de cuentas y control social; y,

6. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.

La denominación de estas instancias se definirá en cada nivel de gobierno. Para el

cumplimiento de estos fines, se implementará un conjunto articulado y continuo de mecanismos, procedimientos e instancias.

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Que el Artículo 65, señala que las instancias de participación ciudadana a nivel local estarán

integradas por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad en el ámbito territorial de cada nivel de gobierno. La máxima autoridad de cada nivel de gobierno será responsable de la convocatoria que deberá ser plural e incluir a los diferentes pueblos, nacionalidades y sectores sociales, con equidad de género y generacional. Las delegadas y delegados de la sociedad, en el ámbito territorial respectivo, serán designados prioritariamente por las asambleas ciudadanas locales

Que el Artículo 66, señala que los consejos locales de planificación, son espacios encargados

de la formulación de los planes de desarrollo, así como de las políticas locales y sectoriales que se elaborarán a partir de las prioridades, objetivos estratégicos del territorio, ejes y líneas de acción, definidos en las instancias de participación; estarán articulados al Sistema Nacional de Planificación. Estos consejos estarán integrados por, al menos un treinta por ciento (30%) de representantes de la ciudadanía. Serán designados por las instancias locales de participación del nivel de gobierno correspondiente. Su conformación y funciones se definirán en la ley que regula la planificación Nacional.

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1.3 MECANISMO APLICADO PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMÁ.

1.3.1 GUIA METODOLOGICA APLICADA.

FASE 1: PREPARATORIA

Definición del Sistema de Participación Ciudadana a nivel local

ACTIVIDADES RESULTADOS OBSERVACIONES

1.1.1. Asamblea local

Asamblea local realizada Esta asamblea se auto convoca. Revisar Art. 56, 57, 58, 60 y 61 de la Ley orgánica de participación

1.1.2. Conformación del instancias de participación local (asambleas territoriales)

Asamblea territorial parroquial Resolución

Art. 95 y 100 De la Constitución 2008. Esta instancia de participación es convocada por la máxima autoridad de cada nivel de gobierno. Revisar Art. 64 y 65 de la Ley orgánica de participación. Esta instancia designa a los representantes de la ciudadanía al Consejo de Planificación. (COOTAD art. 304).

1.1.3. Conformación del Consejo de Planificación

- Designación de los 3 participantes al Consejo - Resolución

Art. 279 de la Constitución. COOTAD art. 301-302; COPFP Art. 28-29

Decisión política y legal de el Gobierno Parroquial

ACTIVIDADES RESULTADOS RESPONSABLES

1.2.1. Conformación de equipo técnico de apoyo

Equipo técnico conformado de acuerdo a los términos de referencia establecidos

Junta Parroquial

1.2.2. Socialización de la propuesta de PD y OT a presidentes vocales y ST

Acta compromiso, acta resolución

Junta parroquial y Equipo Técnico

1.2.3. Articulación política y legal con los diferentes niveles de gobierno (junta, municipio y consejo provincial)

Convenio socializado, consensuado y firmado

Gobierno Provincial, Gobierno Municipal, Gobierno Parroquial;

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Promoción

ACTIVIDADES RESULTADOS RESPONSABLES

1.3.1. Presentación de la propuesta de los PDOT a los diferentes actores: (públicos, privados y comunitarios)

Actas compromiso Gobierno parroquial y Equipo Técnico

1.3.2. Elaboración de mapa actores

Mapeo de actores (Correlación de fuerzas frente a la elaboración de los PD y OT)

Junta parroquial y Equipo Técnico

1.3.3. Elaboración de la estrategia de comunicación (objetivos, medios, espacios)

Sensibilización de los diferentes actores

Equipo Técnico

FASE 2: DIAGNÓSTICO

Diagnóstico Interno del Gobierno Parroquial

ACTIVIDADES RESULTADOS OBSERVACIONES

2.1.1. Identificación de Talento Humano disponible

Número de personal y sus capacidades en el nivel ejecutivo, técnico y administrativo

2.1.2. Conocer los Recursos Económicos disponibles

Asignaciones y gestión presupuestaria

2.1.3. Identificación de infraestructura y equipamiento

Infraestructura y equipos disponibles

2.1.4. Análisis del contexto jurídico, legal y de competencias

Documento de análisis

Diagnóstico por sistemas

ACTIVIDADES RESULTADOS OBSERVACIONES

2.2.1. Levantamiento de línea base de información parroquial

Line base de información parroquial Mapa base

2.2.2. Análisis de los sistemas

Análisis de información de componentes, subcomponentes, indicadores de cada sistema

Capacitación en la formulación de indicadores para los PD y OT

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2.2.3. Conformación del equipo para la recopilación de información secundaria (promotores comunitarios)

Cuadro de responsables y cronograma de actividades

Esta actividad debe articularse o responder a las asambleas territoriales Capacitación en el levantamiento y manejo de información

2.2.4. Evaluación de planes existentes anteriores

Análisis de resultados y metas de los PD

2.2.5. Recopilación de la información, relacionada a los sistemas: Ambiental, Económico, Social cultural, Asentamientos humanos, Movilidad, energía y conectividad y Gestión institucional.

Documentación de toda la información sobre la parroquia

2.2.6. Revisión, clasificación, sistematización y análisis de la información

Documento disponible Análisis y Sistematización de la información

Mapa base validados

2.2.7. Talleres con grupos de interés, Planteamiento de problemas

Consensos logrados a través de los talleres Análisis situacional realizado

Esta actividad debe articularse o responder a las asambleas territoriales

2.2.8. Caracterización, clasificación, especialización del territorio

Se dispone de mapas temáticos sobre las características de la parroquia

Mapa Base

2.9. Definición de: Inequidades y desequilibrios, Descripción de la situación deficitaria.

Mapeo sobre las desigualdades detectadas y déficit en sectores

2.2.10. Relación de la parroquia con sus vecinos

Mapeo de la movilidad, productividad, ambiental, entre otros interna y externa y su rol frente al cantón y provincia

2.2.11. Definición de escenarios tendenciales (modelo territorial actual)

Mapa sobre el modelo territorial actual

Page 28: PLAN DEDESARROLLO YORDENAMIENTO TERRITORIAL

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FASE3: PROPUESTA

ACTIVIDADES RESULTADOS OBSERVACIONES

3.1. Análisis de los escenarios tendenciales

Escenario deseado

3.2. Elaboración conjunta de la VISIÓN parroquial, integradora de los 6 sistemas

Visión consensuada de desarrollo Capacitación en la construcción de escenarios

3.3. Planteamiento de objetivos estratégicos parroquiales en cada uno de los sistemas de desarrollo

Análisis de resultados y metas de los PD/Disponible objetivo estratégico de desarrollo

3.4. Elaboración de matrices de resultados y propuesta

Documentación de toda la información sobre la parroquia

3.5. Planteamiento de políticas públicas parroquiales

Elaboradas y aprobadas de políticas publicas

3.6. Construcción de estrategias territoriales

Elaborada estrategia de desarrollo territorial

3.7. Elaboración de mapas temáticos, que visibilicen la propuesta por sistemas

Se dispone de mapas temáticos sobre las características de la parroquia

3.8. Planteamiento de programas e ideas de proyectos que conduzcan a la solución de los problemas parroquiales e interparroquiales

Mapeo o Matriz de programas y proyectos de desarrollo sobre desarrollo en el territorio.

3.9. .Definición del modelo territorial deseado

Mapeo de la movilidad interna y externa y su rol frente al cantón y provincia

3.10. Priorización de programas y proyectos, con participación ciudadana

Mapa sobre el modelo territorial actual

3.11. Elaboración de presupuesto aproximado y programa plurianual y anual.

Resolución

3.12. Aprobación del PD y OT

Resolución de aprobación del PD y OT

3.13. Elaboración o revisión del modelo de gestión

PEI acoplado a la propuesta del PD y OT

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FASE 4: GESTIÓN TERRITORIAL

ACTIVIDADES RESULTADOS OBSERVACIONES

4.1. Elaboración del Plan Operativo Anual (POA)

Acta de aprobación del POA en ASAMBLEA y Resolución

4.2. Presupuesto Participativo

Fortalecer la democracia participativa/ transparencia de inversión pública

4.3. Movilización de Recursos

Proyectos presentados y en fase de negociación

4.4. Mancomunidad - Consorcios

Fortalecimiento del Tejido social, institucional y territorial

La necesidad de identificar líneas que articulen a Gobiernos parroquiales y de estos con otros niveles de gobierno

4.5. Articulación de los acuerdos y resoluciones con las ordenanzas y leyes

Documento con el basamento legal para ejecutar el PD y OT

4.6. Comunicación y difusión

Fortalecimiento de la imagen corporativa del gobierno

4.7. Sistema de seguimiento, evaluación, control y monitoreo, técnico y social del PD y OT.

Cumplimiento de metas y estrategias del PD y OT

4.8. Rendición de cuentas Fortalecer la democracia participativa

4.9. Guía para la elaboración de perfiles de proyectos

Elaborados perfiles de proyectos

4.10. Articulación con niveles de planificación gobierno y al Plan Nacional del Buen Vivir

Cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo local nacional y el buen vivir

Para alcanzar el trabajo propuesto se utilizó las siguientes acciones:

Se realizó la definición del sistema de participación ciudadana para determinar la forma de

colaboración en el proceso de formulación, control y veeduría del PD y OT. Considerando también la cogestión del territorio (COOTAD, art.304).

Capacitar en los temas de Planificación, Ordenamiento territorial y gestión del territorio al

Consejo de planificación y técnicos de los Gobiernos Parroquiales. Recopilar y analizar la información existente referida a la situación de la Parroquia de

Guachanamá Planificaciones o intervenciones previas, documentos informativos, documentos interpretativos o valorativos, cartografía base, planificaciones económicas financieras y otras.

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Desarrollar un diagnóstico de sistemas: Ambiental, Económico, socio cultural, asentamientos humanos, movilidad energía y conectividad y gestión institucional.

Representar gráficamente la situación de cada sistema a través de mapas (cartografía). Realizar el modelo actual de ordenamiento territorial construido a partir de la información

contenida y relacionada con los mapas descritos en el punto precedente. Desarrollar una propuesta de escenarios, tendencial, probable y deseada, en el cual se

desenvuelvan todas las actividades y disposiciones orientadas al desarrollo que prevea el PD y OT. Desarrollar una propuesta que comprenda el conjunto de decisiones que tomará y adoptará

la parroquia con el objeto de alcanzar la situación deseada. Elaborar el modelo de gestión que permita llevar a la práctica la planificación del desarrollo

y ordenamiento territorial de la Parroquia de Guachanamá, en concordancia con los PD y OT del GAD Paltas y del GAD provincial.

El producto esperado luego del trabajo realizado será un PD y OT elaborado

participativamente articulado al GAD Provincial, GAD cantonal de Paltas y GADs parroquiales vecinos, bajo los lineamientos de la SENPLADES, considerando la ley orgánica de Participación Ciudadana, el código orgánico de Finanzas Públicas, el COTAD y la Constitución de la República.

1.3.2 DESCRIPCIÓN DEL ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA DEL TRABAJO QUE REVELE EL CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES, LOCALES Y PARTICULARES DEL PROYECTO MATERIA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA

Los aspectos técnicos que deberán contemplar el PD y OT, se resumen en las cuatro fases y

tareas:

FASE 1: PREPARACIÓN DEL PROCESO

Decisión Política del GAD para ejecutar el proceso

Es fundamental que el proceso inicie con la decisión del GAD de emprender en el proceso de formulación del PD y OT, mediante instrumento jurídico (Resolución). Dicha resolución deberá estar fundamentada en las disposiciones establecidas para el efecto, tanto en la Constitución de la República del Ecuador, Plan Nacional del Buen Vivir; Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas; Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y Ley Orgánica de Participación Ciudadana, así como en los lineamientos generales de la SENPLADES.

Conformación del ETP (Equipo técnico de planificación)

El ETP es la instancia responsable de la formulación técnica del los PD y OT, por ello deberá estar conformado mayoritariamente por profesionales con la suficiente experticia en los temas a

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tratar, así como capacidad para compartir sus conocimientos y compromiso con los actores del proceso.

Conformación del Consejo de Planificación Parroquial El presidente electo. 1 representante de los vocales de Gobierno Parroquial. 1 técnico/a designado por el o la presidente de la Gobierno Parroquial. 3 representantes de las comunidades y organizaciones de la parroquia, nombrados

por la instancia de participación ciudadana.

La asamblea: instancia de participación ciudadana sugerida para conformar el consejo de planificación y participar en el proceso de formulación del PD y OT

Se sugiere que la forma de instancia participativa, tanto para la conformación del Consejo

de Planificación como para las otras fases del proceso de planificación, sea la de Asamblea, para lo cual se deberá buscar los mecanismos más adecuados que garanticen la mayor representatividad del conjunto de la población situada en el territorio del GAD. Se prevén en esta guía formas para garantizar la mejor y mayor participación posible de la diversidad poblacional.

La Convocatoria a la asamblea debe ser amplia asegurando la asistencia con la mayor

equidad posible de jóvenes de ambos sexos, mujeres y personas pertenecientes a pueblos y nacionalidades incluidas en el territorio. No obstante, la garantía de una participación constructiva depende de que se establezca con claridad el perfil de los participantes a la asamblea: representatividad (sectores sociales, organizaciones de diversa índole, comunidades, mujeres, jóvenes, discapacitados, etc.), los mismos que son representados a través de sus delegados en la instancia de participación. La convocatoria de los antes señalados sectores o grupos sociales debe ser lo más amplia posible a fin de no dejar lugar a sospechas de discriminación por filiación política, religión, sexo, edad, etnia u otra característica particular. Sin embargo, la constitución faculta a los GAD organizar cualquier otra instancia, siempre que promueva la activa participación de la ciudadanía.

Se sugiere que en la convocatoria se establezca claramente:

a) Objetivo y alcances de la convocatoria. ¿Para qué? Necesidad del compromiso ciudadano más allá de la reunión, una introducción breve de la importancia de la planificación para el GAD y del involucramiento de la ciudadanía para la formulación de los planes.

b) Lugar, fecha y duración del evento c) Utilizar la invitación escrita a instituciones y organizaciones d) Utilizar medios de comunicación local para promocionar el evento

Proceso de constitución del Consejo de Planificación CP

Nivel parroquial:

Gobierno Parroquial convoca a Asamblea a las organizaciones y ciudadanía de la parroquia, teniendo en cuenta las recomendaciones de la presente guía. Esta instancia elige a los tres representantes de la ciudadanía al Consejo de planificación parroquial, y completa así su nómina.

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Antes de concluir la asamblea nombra a un delegado por cada organización, sector o comunidad participante, para que asista a la Asamblea Cantonal de conformación del Consejo de Planificación parroquial.

Mapeo cualificado de actores:

El Equipo Técnico de Planificación realiza el mapeo cualificado de los actores situados en el territorio, diferenciando Organizaciones Territoriales (barrios, comunas), las principales organizaciones funcionales de la sociedad civil (asociaciones, empresas, cooperativas, cámaras, clubes, agrupaciones de índole diversa), existentes en el territorio del GAD. Como también las instituciones públicas y privadas que de alguna manera están aportando al desarrollo de la parroquia. Esto es necesario toda vez que nos permite conocer el tipo y número de actores locales que serán involucrados en el proceso de la planificación.

El ETP será el encargado de realizar el mecanismo anterior, para lo cual podrá utilizar fichas y esquemas pre-elaborados.

Capacitación y fortalecimiento de los equipos técnicos de planificación y consejo de planificación parroquial.

TALLER DE CAPACITACIÓN: A fin de que los miembros del Equipo Técnico de Planificación y

Consejo de Planificación Parroquial mantengan un enfoque común del proceso, es conveniente que el equipo que realiza la consultoría (FEPP), facilite un taller de capacitación en el que se expongan los pormenores del proceso de planificación, se establezcan y distribuyan compromisos y se elabore el cronograma valorado de las acciones en llevar a cabo durante las fases siguientes. La agenda y contenidos de este taller será responsabilidad del ETP y equipo consultor.

FASE 2. EL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL DIAGNÓSTICO ESTRATÉGICO

Formulación Diagnóstico Estratégico Participativo

Primera reunión de la Asamblea: 1. La máxima autoridad del GAD informa de la necesidad de iniciar el proceso participativo en

la formulación de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial. Explica además la vinculación que tiene la formulación de estos planes con la necesidad y obligación por ley de realizar una rendición de cuentas de doble vía, entre el gobierno descentralizado local y la ciudadanía en base a lo actuado en relación con lo planificado. Explica también, la necesidad de contar con el apoyo de la ciudadanía en todo el proceso de formulación, promoción y monitoreo de los planes.

2. Se explica claramente cuáles son las aspiraciones de participación ciudadana en colaboración con el gobierno descentralizado y los ministerios desconcentrados que estén actuando en el territorio del GAD, para la formulación del plan.

3. Finalmente la autoridad electa del GAD presenta al Equipo Técnico de Planificación (ETP) seleccionado para la tarea y al Consejo de Planificación tal cual establece la ley en lo que le compete a su autoridad, señalando claramente que faltan tres representantes que deberán ser elegidos de entre los miembros de la Asamblea.

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4. El ETP designado explica al pleno de la Asamblea cuales son los pasos más importantes en el trazado del PD y OT. Explica los lineamientos para la planificación, así como los sistemas vinculados al desarrollo integral y al ordenamiento territorial de los que se definen las comisiones y subcomisiones, y lo relacionado a la Guía de contenidos y procesos para la formulación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de parroquias. Lo debe hacer con lenguaje accesible, claro y en forma breve. Alienta la participación explicando que no es una cuestión meramente técnica y aclara los tiempos que pueden llevar cada una de las etapas.

5. Se resuelve en plenaria cual va a ser la estructura organizativa de la Asamblea, definiendo roles y funciones de los miembros, para operativizar la participación en el proceso de diagnóstico, formulación, monitoreo, promoción y retroalimentación al plan.

6. Se designan autoridades de la Asamblea, se determinan las formas de elección, periodicidad de plenarios, y rotación de los cargos. Se eligen en la sesión los siguientes cargos: presidente, vicepresidente, tesorero, vocales y secretarios. Se recomienda que los/as secretarios designados estén directamente vinculados a las comisiones. Por ejemplo crear secretarias por cada comisión. Se sugiere en este ámbito también preservar condiciones de equidad de género, generacional e intercultural.

7. Se conforman seis comisiones según cada uno de los sistemas planteados en las guías de formulación de los PD y OT, a saber:

a) Sistema Ambiental b) Sistema Económico c) Sistema Sociocultural d) Sistema de Asentamientos Humanos e) Sistema de Movilidad, Energía y Conectividad f) Sistema Gestión Institucional La adscripción a las comisiones y subcomisiones propuestas, no puede basarse únicamente

en el conocimiento técnico que puedan tener algunos ciudadanos/as de algún tema en específico. Se debe dejar abierta la posibilidad de que participen todos y todas los ciudadanos/as que se sientan animados a hacerlo más allá de su escolarización en el tema.

Habrá que tener en cuenta que la planificación participativa lo que busca es poder llevar parte del saber popular a una armonización con los planteos técnicos para formular planes más sustentables en el compromiso y promoción. La inscripción a las comisiones y subcomisiones es voluntaria.

Es importante asegurar que las comisiones cuenten con mujeres, jóvenes, indígenas, migrantes, etc., para garantizar los enfoques de Igualdad en el diagnóstico y formulación de los PD y OT, y la diversidad poblacional del territorio. Las inscripciones a las comisiones se realizan después del proceso de conformación de la Asamblea, de la designación de autoridades, etc. Cada comisión debe contar con un facilitador/ra designado por el ETP, que tenga una visión general de la composición de los participantes en cada una de las mesas, que considere los enfoques de igualdad, tomando acciones tempranas en el caso de una conformación de la mesa que no exprese estos enfoques, con el fin de garantizar la participación de los diversos actores.

Con respecto al número de miembros de una comisión, un número ideal es que no sobrepase las 10 personas para no quitarle operatividad, pero habrá que tener en cuenta que como el proceso de formulación está pensado que dura aproximadamente cuatro

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meses, el desgranamiento será inevitable, por lo tanto habrá que tener eso en cuenta para no limitar desde un inicio el número de integrantes.

De cada una de estas comisiones se pueden desprender subtemas tratados por subcomisiones. Estos subtemas tendrán que estar directamente vinculados con los componentes de cada sistema planteado por la Guía para la elaboración del PD y OT en el Anexo 1, “Matrices de componentes por sistemas para el diagnóstico”. Los componentes tomados dependerá de la voluntad e interés que los grupos ciudadanos presenten en cada realidad. El ETP tiene la obligación de tenerlos a todos en cuenta, pero la ciudadanía puede aportar en los que decida. Por ejemplo, es muy importante a nivel parroquial poder incluir a la ciudadanía en todos los componentes de uso y ocupación del suelo porque es a ese nivel de gobierno donde se determina para los niveles provinciales y cantonales. El estado de participación ideal es cuando la ciudadanía puede aportar su perspectiva en todos los componentes. Pero como es muy difícil conseguir aportes en todos estos temas, se tomarán los que la ciudadanía proponga en cada nivel de gobierno.

En todas las comisiones y subcomisiones deberá preservarse la presencia de jóvenes de ambos sexos, mujeres, y personas pertenecientes a pueblos y nacionalidades que estén incluidas en el territorio, discapacitados y personas en situación de movilidad humana. El total de las comisiones es de 6, y las subcomisiones pueden llegar a ser hasta 6 en algunos de los sistemas planteados.

Acerca de las comisiones y subcomisiones:

La conformación o no de las subcomisiones será una decisión a tomar en virtud del nivel de

GAD en el que se esté trabajando. Si bien el ideal es que se puedan constituir en todos los niveles, en el caso de los gobiernos parroquiales lo ideal sería poder contar con participantes en todas las comisiones y dejar de lado, para no complejizar el proceso participativo, la existencia de subcomisiones.

Para algunos pasos de los planteados en el proceso de participación, se sugiere la elección de un cuerpo delegado/a con sus suplentes, de estas comisiones y subcomisiones, en total 6 delegados/as con sus suplentes. En esa elección también se deberá tener en cuenta los parámetros de representación equitativa para dar espacio en el debate a mujeres, jóvenes de ambos sexos, y a miembros de pueblos y nacionalidades. El sistema de elección de delegados/as de las comisiones deberá ser resuelto por sus miembros, aunque es recomendable, que el criterio sea unificado para todas las comisiones.

La comisión con sus subcomisiones es un grupo que deberá funcionar a lo largo de los años de vigencia del plan, en principio para formular el plan (1 año) pero luego serán responsables junto con el Consejo de Planificación Local de su monitoreo, promoción, retroalimentación y rendición de cuentas. Es por eso que es importante conformarlos como grupos operativos, en donde además de la productividad necesaria se resguarde el respeto a las diferencias, en armonía en la toma de decisiones y con liderazgos transformativos y no de tipo autoritario o delegativo.

En el mismo sentido de resguardo de la equidad es imprescindible que en cada comisión y subcomisión estén presentes, autoridades locales electas, ciudadanía organizada en colectivo o individual, y funcionarios del régimen dependiente. Esto, además de respetar el carácter de interface Estado/sociedad que tiene la Asamblea convocada, asegura la articulación intersectorial y entre los diferentes niveles de gobierno para poder sincronizar de manera armónica los planes propuestos en todos los niveles de los GAD.

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Los y las ciudadanas que elijan formar parte de una comisión, no podrán cambiar de comisión en el transcurso del periodo de vigencia de los planes. Esto con el fin de facilitar el aporte de los integrantes en temas específicos de los sistemas desde el arranque de formulación del plan, en el monitoreo, retroalimentación y promoción de los mismos.

Todos los integrantes de cada una de las comisiones firman un acta de compromiso, para llevar a cabo las tareas que se incluyan en cada una de las etapas de formulación.

La asistencia técnica del ETP a cada comisión con sus subcomisiones deberá tener previsto al menos tres facilitadores/as para atender todo el proceso de formulación del diagnóstico, y de los planes. Se aconseja la preparación de talleres para la construcción de la información in situ mediante la construcción de mapas parlantes, con elaboración por grupo diferenciado por sexo, edad y nacionalidad como mínimo. La dinámica recomendada es la construcción por separado de cada mapa o grafico, y la puesta en común de cada eje en un mapa único pero que tenga presente la perspectiva de los grupos de interés.

Cada comisión con sus correspondientes subcomisiones se aboca a realizar el diagnóstico correspondiente al sistema que le corresponde con sus componentes. Se establecen modos de comunicación y fechas de reunión.

1) El ETP explica con lenguaje sencillo y accesible para cada realidad, cuales son los pasos más

relevantes del proceso de formulación del diagnóstico para dar por iniciado el proceso y anuncia que se asistirá técnicamente, a cada una de las comisiones con dinámicas e instrumentos para recabar la información. Se enumeran aquí los principales ítems de información que deberán ser construidos por la ciudadanía según comisión:

a. La situación deficitaria general que se da en el territorio. b. Las restricciones, potencialidades y oportunidades que pueden aprovecharse para aportar al

logro del buen vivir en el territorio. c. La posibilidad y los requerimientos para que el GAD responda a las funciones estratégicas

definidas en el Plan Nacional para el Buen Vivir y la Estrategia Territorial Nacional. d. Las características propias del territorio, como base para el desarrollo sostenible. e. Las formas actuales de ocupación y uso del suelo y los recursos naturales. f. Las condiciones de seguridad para el desarrollo sostenible en el territorio. g. Los efectos positivos y negativos (impacto) de los macro proyectos (energéticos, viales,

industriales, etc.) existentes y los que pueden derivarse de los que se hayan previsto implementar en el territorio del cantón o en su entorno.

h. Las relaciones del territorio del GAD con los territorios de los GAD circunvecinos y con los otros niveles, las posibilidades de alianzas, competitividad o complementariedad al Modelo Territorial Actual, es decir la forma en la cual se ha organizado y está operando el territorio con sus ventajas y desventajas.

i. Una línea base de la información disponible que será el referente para el control y seguimiento de los planes.

Cada comisión y subcomisiones planifica tiempos y lugar de la asistencia técnica de como levantar información para elaborar el diagnóstico del sistema correspondiente. El ETP asiste y direcciona a cada comisión y subcomisión en la recolección de información, su procesamiento y su consolidación, considerando el tipo de información, estableciendo actividades a realizar, talleres, reuniones, fechas, responsables y montos.

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Se establecen fechas de reunión del ETP con cada comisión y subcomisiones para afinar instrumentos comunes al diagnóstico.

Se estipulan tiempos y formas de procesamiento para la recolección de información de cada comisión.

En un plazo de 4 meses, el ETP proporciona herramientas sencillas y accesibles para el levantamiento de información a todas las comisiones y subcomisiones dejándoles tiempo para recabar la información. En el caso de los talleres se puede construir la información en el taller. Sin embargo a nivel parroquial donde la población se conoce más y es más cercana existe la posibilidad de desdoblar los talleres dejando tiempo para que los y las ciudadanas puedan elaborar información en el lapso entre un taller y otro.

Pasos del proceso de construcción participativa del diagnostico estratégico

1. En cada comisión, asistida por el ETP, se van elaborando mediante gráficos, matrices y/o

mapas dibujados por la gente, las impresiones ciudadanas de cada uno de los siguientes pasos, siempre en relación al sistema que les ocupa. Los ejes que no pueden faltar para realizar el análisis final del Diagnóstico Estratégico son los siguientes:

a) Identificación del déficit del territorio, las causas y el nivel de incidencia en el desarrollo y seguridad actuales.

b) Identificación de las restricciones, potencialidades y oportunidades del territorio que puedan contribuir a su mayor desarrollo.

c) Identificar qué potencialidades y qué requerimientos son importantes para que el GAD responda coherentemente al PNBV y a la Estrategia Territorial Nacional (ETN).

d) Identificar las características del territorio. e) Identificar formas actuales de ocupación y uso del suelo, los impactos y efectos

medioambientales y socioeconómicos. f) Identificar efectos positivos y negativos de los proyectos. g) Identificar las relaciones con los territorios vecinos, posibilidades de alianza, competitividad

y complementariedad. h) Identificar cual es la línea de base de información disponible.

El Diagnóstico Estratégico confeccionado participativamente debe dejar bien sentadas las percepciones ciudadanas de tres escenarios: tendencial, probable y deseado del territorio. Estos escenarios se deben construir una vez abordados los ejes previamente citados. Cada comisión elabora los tres escenarios correspondientes a su sistema, con mapas, dibujos y gráficos construidos por la gente. El trabajo de armonización de las diferentes comisiones, con la asistencia técnica del ETP, deberá buscar que se efectúe un análisis de las interacciones presentes entre los diferentes sistemas estudiados, y el planteo consecuente de escenarios de esa interacción, el escenario probable, deseado y tendencial.

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Para esto es indispensable que cada comisión pueda relatar el proceso de confección de los mapas grupalmente, rescatar cuales fueron los acuerdos entre los diferentes intereses. Una vez realizado este paso de presentación detallada del proceso es necesario hacer el ejercicio de armonización con un buen análisis de interacción entre sistemas de los mapas comunes por comisión. Se trabaja a partir de allí con el análisis de interacción de los diferentes sistemas analizados, para la confección de un mapa único que revele como se interrelacionan los diferentes sistemas. Con respecto a la Línea de Base se recomienda que el ETP realice ese sondeo y lo exponga a cada comisión para validar los datos disponibles y en especial las fuentes. Esta línea base de la información disponible será el referente para el control y el seguimiento de los planes, estando directamente relacionada con el Sistema de Indicadores que proporcione el Sistema Nacional de Planificación. En plenaria de comisiones realizar la puesta en común final.

Resumen de talleres y dinámicas.

Taller Diagnóstico actual e identificación de escenarios. (23 talleres en todos los barrios y

centro parroquial):

En este taller con cada barrio es por separado por cada sistema-, el facilitador/a trabaja con mapas, dibujos y gráficos para los ejes metodológicos planteados. Los instrumentos se trabajan por grupos de interés. Luego en plenaria se construye un instrumento único. Se sugiere utilizar mapas parlantes combinados con dibujos y gráficos para los ejes a, b, d y e, y utilizar matrices sencillas para los puntos c, f y g. El punto h deberá ser de exposición por parte del ETP, deliberativo y con validación por comisión. En este taller se elige un delegado por barrio.

Taller 2: Plenario de comisiones con subcomisiones, ETP y Consejo de Planificación (23

talleres en todos los barrios y centro parroquial): En este taller se presentan los mapas comunes por cada comisión, y se armonizan para trazar un diagnóstico unificado y articulado que plantee claramente, la situación actual de interacción de los diferentes sistemas, y la situación tendencial, deseada y probable también con la óptica de interacción entre los sistemas. El ETP será el encargado de digitalizar los mapas para presentarlos en este taller. En este taller es importante dividir en grupos para debatir diferentes posiciones, ya no por comisión sino mezclarlos pero que se dividan para trabajar más operativamente por sexo, edad y nacionalidad. Se trabaja primero en grupos y después se realiza la puesta en común en plenaria. En el ejercicio se puede mezclar los componentes del Consejo de Planificación pero no el ETP. Los técnicos de planificación deberán conducir el proceso pero no direccionar su mirada. Su rol es de reformular técnicamente lo planteado por este plenario. En este taller de los delegados de los barrios se eligen dos representantes al Consejo Local de Planificación.

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Formulación técnica de la información construida en los talleres deberá ser responsabilidad total del ETP. Cada mapa proveniente de la puesta en común de las comisiones y el mapa de puesta en común del Taller 2 pueden ser ge referenciados para esta formulación técnica. Este Informe es revisado por el Consejo de Planificación.

Un plenario del ETP con los delegados/as de cada comisión y el Consejo de Planificación afinará los ajustes del Informe Final del Diagnóstico Estratégico Participativo, para ser pasado al pleno de la Asamblea.

Un plenario de Asamblea valida el informe presentado por el ETP y el cuerpo de delegados de las comisiones. En esta Asamblea se sugiere la siguiente dinámica: Agrupar según comisión a los asistentes para un debate o presentación de lo elaborado por cada comisión, cómo se dio el proceso de armonización entre todas y cómo se llegó a los datos fuertes del diagnóstico. Se debate, y si hay agregados relevantes se toman en cuenta para la redacción del Informe Final. En una plenaria, presentar lo debatido en cada grupo por comisión y determinar si se pasa el informe con los agregados al Consejo de Planificación para su aprobación.

El Informe Técnico con los aportes del Plenario de Asamblea, y la aprobación del Consejo de Planificación, se da por aprobado y pasa para su aprobación definitiva al Consejo del GAD. De los mapas. Estos son dibujos de las consignas que se le da a la gente para su construcción. Se pueden combinar mapas con dibujos y matrices sencillas. La ventaja de los mapas sobre gráficos y matrices es que siempre está referido a la distribución espacial dentro del territorio de la variable tratada.

Para el punto a, b, d y e, se deberán combinar mapas con gráficos que puedan explicitar las calificaciones que se da a la consigna principal. Por ejemplo en el eje a) trazar o dibujar un mapa por grupo de interés, con los déficits en el territorio, se los nombra o se hace un dibujo a modo de símbolo, pero para calificar su causa y su nivel de incidencia en el desarrollo y la seguridad se deberá hacer una matriz o gráfico adicional. Se pueden realizar matrices o gráficos donde los símbolos que signifiquen la calificación queden plasmados en el gráfico o matriz en lugar de palabras.

Técnicas propuestas para la recolección de información según ejes prioritarios planteados en las guías PD y OT para el diagnóstico estratégico.

1. Evaluar en cada comisión como se pueden desagregar por género, edad, generacional y

pueblo o nacionalidad sus componentes para formar grupos diferenciados para cada análisis. La mínima desagregación por actividad planteada es la de hombre - mujer, pero en el caso de haber población indígena participante habrá que hacer esa división agregada a la de género.

2. En este primer paso de formulación de los planes se recomienda integrar las subcomisiones con las comisiones por varias razones. Para armonizar la diversidad de saberes y percepciones de cada comisión, y para que se posibilite el conocimiento entre todos y todas sus integrantes a fin de consolidar el grupo operativo de formulación.

3. Se recomienda que sea durante este proceso de trabajo en la construcción de datos para la formulación del diagnóstico que se realice la elección de delegados/as por comisión, titular y suplente para resguardar la representatividad del grupo y el mayor conocimiento entre sus miembros.

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La situación deficitaria general que se da en el territorio.

Mapas parlantes

Se solicita a cada grupo de interés, describir en un mapa con dibujos gráficos, lo que elijan, cuales son los déficits, las “ausencias de”, en el territorio. La diferenciación grupal antes mencionada es muy importante porque a través de ella se visualizan las diferentes percepciones de las “falencias” según grupo poblacional. En plenaria de grupos se analizan coincidencias y diferencias en la percepción, se va tomando nota y se busca un consenso entre las diferentes percepciones.

Matrices. Trabajar con tarjetas de diferentes colores, causas y efectos de las situaciones deficitarias. Las tarjetas se reparten por grupo de interés, cada grupo las analiza y las discute internamente. Luego en plenaria se confecciona una matriz común a la comisión.

Las restricciones, potencialidades y oportunidades que pueden aprovecharse para aportar al logro del buen vivir en el territorio. Mapas A cada grupo se le pide que confeccione un mapa o dibujo con los elementos que disponga y quiera, se analizan tres aspectos: restricciones (hay que explicar con claridad el significado de esto para cada nivel territorial), las potencialidades del territorio, y cuáles son las oportunidades. Se busca la armonización entre los grupos con un debate en plenaria del significado de cada uno de los mapas. Matrices Se trabajan matrices diferenciadas por grupo. En plenaria se construye una matriz común. La posibilidad y los requerimientos para que el GAD responda a las funciones estratégicas definidas en el Plan Nacional para el Buen Vivir y la Estrategia Territorial Nacional.

El ETP proporciona una explicación exhaustiva del real significado Estrategia Territorial Nacional (ETN) y del Plan Nacional del Buen Vivir (PNBV), de allí se pasa por grupo de interés a trabajar en una matriz de posibilidades y requerimientos. En plenaria del gran grupo se debate acerca de los contenidos en las diferentes matrices. La utilización de matrices para el caso de participantes no escolarizados se puede realizar con jerarquizaciones con semillas, hojas u otros objetos disponibles en el contexto de la comunidad. Se desarrolla un debate alrededor de cuáles son las posibilidades y requerimientos para que los GAD respondan a estos mandatos. El facilitador/a debe ir anotando en un papelote lo que se plantea en cada grupo diferenciado para después manejar toda la información en una plenaria de comisión y poder obtener una posición común a la comisión.

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Las características propias del territorio, como base para el desarrollo sostenible.

Las formas actuales de ocupación y uso del suelo y los recursos naturales.

Estos dos ejes deberán ser consensuados a través de la construcción de mapas y gráficos de líneas de puntos o rellenas, y formas y colores diversos. Es importante aquí poder determinar bien quiénes, cómo y para qué, utilizan y ocupan el territorio. Si es necesario estos mapas se pueden apoyar con alguna dinámica de mapa de actores que pueda estar expresado en el mismo mapa. Es fundamental aquí que los grupos de interés expresen sus percepciones separadamente para después realizar una puesta en común.

Las condiciones de seguridad para el desarrollo sostenible en el territorio. Esta es una visión tendencial, probable o deseada. Deberá estar referenciada a una situación actual de la seguridad. Por lo tanto aquí se deberán trazar tres mapas por grupo. La seguridad hoy y la seguridad como la queremos tener a 10 años y como pensamos que probablemente sea.

Los efectos positivos y negativos (impacto) de los macro proyectos (energéticos, viales, industriales, etc.) existentes y los que pueden derivarse de los que se hayan previsto implementar en el territorio del GAD o en su entorno. Mapas para poder analizar cuál es la percepción de cada grupo acerca de su ubicación geográfica y su modo de afectación. Combinar con matrices o con gráficos dentro de los mapas para identificar círculos de afectación. Las relaciones del territorio del GAD con los territorios de los GAD circunvecinos y con los otros niveles, las posibilidades de alianzas, competitividad o complementariedad. Mapa de actores con relaciones de grados de afinidad, alianzas, competitividad y complementariedad según rubro. El Modelo Territorial Actual, es decir la forma en la cual se ha organizado y está operando el territorio con sus ventajas y desventajas. Mapas por grupos de interés y que señalen claramente la distribución espacial de tipo de producción, carreteras, niveles de conectividad, clasificados en ventajosas y desventajosas. En una matriz adicional se deberá aclarar más esta clasificación. Una línea base de la información disponible que será el referente para el control y seguimiento de los planes. Debate y validación de datos proporcionados por el ETP.

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Convocatoria plenario de comisiones y subcomisiones establecidas, y al consejo de planificación del GAD. No más de 4 meses más tarde de la primera Asamblea.

1. Se realiza una plenaria de comisiones para la presentación de la información recolectada

para el diagnóstico por cada una de las comisiones y subcomisiones. Asisten los miembros designados del Consejo de Planificación del GAD y el ETP.

2. El ETP da a conocer su visión e información recabada, para la elaboración del informe técnico del Diagnóstico Estratégico.

3. Se debaten las perspectivas y contenidos a los fines de la redacción del Informe Técnico del Diagnóstico Estratégico por parte del ETP.

4. Informe Final del Diagnóstico 5. El ETP procesa para un informe final los aportes de la información recabada por la instancia

de participación ciudadana y los propios. 6. El Informe Final de Diagnóstico preparado por el ETP es revisado por el Consejo de

Planificación del gobierno descentralizado. 7. Un plenario de delegados de comisiones pasa el Informe del Diagnóstico Estratégico al

pleno de la Asamblea para su aprobación. 8. La Asamblea en plenario da por aprobado el Informe Final de Diagnóstico. 9. Con los aportes del Plenario de Asamblea, el Consejo de Planificación da por aprobado el

Diagnóstico.

FASE 3: FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL

Cada comisión con sus subcomisiones se empeñan a diseñar el Plan de Desarrollo Local con la asistencia del ETP. Se realizarán en total tres talleres por cada comisión en las que se abordarán los temas referentes a los componentes de cada uno de los sistemas vinculados al desarrollo integral; y un taller plenario del ETP, Consejo de Planificación y todas las comisiones con sus subcomisiones.

Según el nivel de gobierno en el cual se esté realizando la planificación se puede aprovechar

o no la subdivisión de las comisiones por subcomisiones. Es muy probable que a nivel parroquial no sea necesario utilizarlas y si a nivel provincial y cantonal. Dependerá del número de personas y de la capacidad que tenga el grupo de ir desagregando los temas planteados en las comisiones.

Del mismo modo el número de talleres planteados en esta fase del Plan de Desarrollo para

cada comisión pueden ser reducidos en el caso de que los grupos sean más dinámicos y tengan mayor celeridad en la comprensión y puesta en práctica de las herramientas planteadas por la facilitación.

Decisiones estratégicas.

Paso 1.

Son las que señalan hacia dónde va el territorio. Cuál es la situación que garantizará el Buen Vivir de la población. Cada comisión según el sistema al cual se dedica, delibera acerca de estos

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aspectos y propone un objetivo general o principal de desarrollo y sus objetivos específicos. El diagnóstico estratégico es base para este paso, porque allí se identificaron potencialidades y oportunidades, que se deben aprovechar para alcanzar el escenario deseado. Es de allí que debe salir la propuesta de Objetivo General de Desarrollo. Aquí también es interesante realizar un mapeo de actores según intereses y afinidades que puedan tener con este objetivo planteado y su distribución e influencia en el territorio.

Técnicas sugeridas.

Cada comisión con sus subcomisiones en plenaria, se dividen en grupos de interés para trabajar la definición de un objetivo general del desarrollo de competencia del sistema al que pertenece la comisión. Se trazan por grupo de interés:

Un mapa con la situación social, económica y ambiental deseada, se lo ubica especialmente

y se establecen plazos para cada cosa. Dibujo con la calidad de vida que se debe alcanzar, medida en el contexto de un hábitat

seguro, eficiente y sostenible. Matriz con el rol del territorio en el contexto provincial o regional; sus principales atributos

y su buen funcionamiento. Gráfico de la forma deseada de organización institucional y funcionalidad para la gestión.

1. En plenaria se debate con la finalidad de hacer una puesta en común de todos los aportes. El

facilitador con estos aportes, y en deliberación abierta con el gran grupo, empieza a trazar el redactado de un Objetivo General. Se intercambian opiniones hasta que se define un texto para esa comisión.

2. Para la identificación de cuáles son las políticas públicas que deben aplicarse en el territorio para lograr alcanzar el Objetivo General y que van a orientar la definición de los resultados u objetivos específicos de desarrollo, se trabaja por grupo de interés en la identificación de las políticas derivadas del PNBV. Se sugiere realizar una jerarquización de políticas de las establecidas anteriormente con el objetivo de identificar las mayores necesidades del territorio. En plenaria se consensuan las diferentes posiciones, hasta identificar las políticas.

3. En la identificación de objetivos específicos se deben definir situaciones deseadas que superen situaciones deficitarias o aprovechen potencialidades de dos o más sistemas. Para esto es indispensable contar con la información recabada en esos aspectos en la formulación del Diagnóstico Estratégico para cada sistema. Cada comisión trabajará sobre los siguientes ejes para definir estos objetivos específicos, poniéndose énfasis en el tema del sistema que le corresponde. Por ejemplo, para el primer eje la comisión ambiental pondrá más énfasis que en el eje de desarrollo del tejido social. Se sugiere que cada comisión haga el ejercicio de integración de estos ejes en objetivos específicos para después trabajar en el plenario de comisiones en el trazado consensuado de Objetivo General y objetivos específicos. La sostenibilidad del sistema ambiental y el debido aprovechamiento de sus

potencialidades, atendiendo los derechos de la naturaleza. Técnica sugerida: Mapa con distribución espacial de lugares con mayor y menor sostenibilidad, con más y menos potencialidades.

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La precautelación de la seguridad de los ciudadanos y de la infraestructura productiva frente a riesgos de desastre, entendida como parte integrante del desarrollo sostenible. Técnica sugerida: Mapa con la distribución espacial de escenarios de seguridad ciudadana y con la distribución de infraestructura productiva pensada en forma sostenible.

La consolidación de la calidad de vida en el territorio – acceso a los servicios sociales y básicos, a espacios democráticos, al uso y ocupación adecuados del suelo – por medio de un sistema eficiente de asentamientos humanos y la posibilidad de que personas y bienes se movilicen fluidamente en el territorio. Técnica sugerida: Mapa de distribución espacial de servicios sociales y básicos (escuelas, cismarías, bomberos, hospitales, etc.), espacios de deliberación democrática, usos del suelo, distribución de los asentamientos humanos y vías de movilización. En esta parte se pueden fraccionar los mapas pero después deberán ser integrados por grupo de interés en uno solo.

La generación de condiciones favorables para el fomento de actividades económicas urbanas y rurales con énfasis en el desarrollo de los productores pequeños y medianos Técnica sugerida: Mapa de actores del sector productivo mediano y pequeño, con sus intereses actuales y sus tendencias ante tipo de condiciones favorables en cuanto fomento de actividades .Listar y conectar con los actores las condiciones favorables pensadas.

El desarrollo del tejido social y la precautelación del patrimonio cultural tangible e intangible. Técnica sugerida: Mapa con la distribución espacial del patrimonio tangible e intangible y los círculos de tejido social vinculados a esos puntos patrimoniales. Se ubican en el mapa los patrimonios y se trazan círculos de interés del tejido social para su protección deseada, los más lejanos menos interés, los más cercanos mayor interés, y se identifican dentro de cada círculo los actores relevantes.

La articulación y aporte del GAD a los esfuerzos y objetivos de desarrollo sostenible provincial o cantonal o parroquial, y nacional Técnica sugerida: Matriz de valoración.

4. Con toda esta información debatida en plenario de la comisión se van trazando al menos

tres objetivos específicos derivados del objetivo General. Y se intentan dar forma a resultados esperados por cada objetivo específico. Cada comisión tiene al fin de este taller definido su objetivo general y tres objetivos específicos con sus respectivos resultados esperados.

Paso 2

Taller 2. Decisiones territoriales.

Son el conjunto de acciones que marcan como deben superarse las limitaciones del modelo actual establecido en el diagnóstico estratégico, y aprovechar las potencialidades del territorio en el marco del escenario territorial seleccionado.

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Cada comisión debe definir alternativas de organización – referentes al modelo territorial deseado que se identificó en la fase de Diagnóstico y se trabajó también en los temas para la definición del Objetivo General de Desarrollo - que respondan de manera integral a:

Las ideas fuertes que están implícitas en la visión y los objetivos de desarrollo y en los

resultados previstos para cada sistema. Listar en un papelote. Trabajar con el gran grupo. La delimitación y definición de formas de utilización y manejo de las diversas zonas del

territorio. Realizar mapas por grupo de interés y luego armonizarlo en un mapa único en el debate con

el gran grupo.

Los requerimientos específicos de vinculación que se derivan de la naturaleza de las distintas áreas geográficas.

Mapa de áreas geográficas según uso y producción, y modos de vinculación entre ellas.

Realizar los mapas por grupos de interés y luego armonizarlo en uno solo con el debate en el

gran grupo.

Los requerimientos de vinculación que se detectaron como necesarios de establecer o fortalecer con los territorios circunvecinos.

Trabajar con el gran grupo en el listado en un papelote de todo lo trabajado en la definición del objetivo general.

FASE 4. MODELO DE GESTIÓN

Paso 1 taller 3. Decisiones organizacionales. Definir el modelo de gestión para el Plan de desarrollo y ordenamiento territorial. Programas y proyectos, cronogramas estimados y presupuestos, instancias, responsables de la ejecución, sistema de monitoreo, evaluación y retroalimentación que faciliten la rendición de cuentas y el control social. El modelo de gestión es el instrumento que permitirá a los GAD llevar a la práctica los Planes de Desarrollo (y también de Ordenamiento Territorial), es decir a lograr los objetivos y los resultados de desarrollo previstos para el largo plazo. Se deben considerar como componentes del Modelo a los siguientes elementos que serán tratados por cada comisión y sus subcomisiones:

Instancias responsables del Plan.

LISTADO GRAN GRUPO, por lluvia de ideas. Identificación de Programas y Proyectos orientados al desarrollo, cronograma de

ejecución y presupuestos estimativos, que constituyen las Líneas de Acción Estratégicas. POR GRUPOS DE INTERES, MATRICES.

Sistema de monitoreo, evaluación y control de la ejecución y los logros.

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Paso 2 taller 4. Plenaria ETP, comisiones y subcomisiones y consejo de planificación para puesta en común de toda la información. El trazado de indicadores de monitoreo e identificación de estrategias de promoción de los planes.

1. Aquí se trabajan previa exposición por cada comisión y del ETP, los objetivos para consensuar y una postura común, en base a todos las propuestas, se deben trabajar la puesta en común de:

Objetivo General, Objetivos específicos con sus respectivos resultados, propuesta de programas y proyectos.

Técnicas sugeridas.

Tarjetas, exposición de las propias herramientas utilizadas por cada comisión. Acompañamiento con explicaciones técnicas del ETP. Aportes del Consejo de Planificación. Se realiza una síntesis para llegar a una definición común.

1. En base a los programas y proyectos identificados y consensuados se trabaja en grupos de

interés del plenario, en el trazado de indicadores para su monitoreo. Cada grupo de interés trabaja indicadores y luego se conforman indicadores comunes. Aquí desaparecen las comisiones y se mezclan para dividirse por sexo, edad y nacionalidad en el trazado de indicadores. En plenaria se consensua una postura en común. Quedan trazados los indicadores por proyecto y programa o indicadores de los planes, tendientes a monitorear el plan. De igual manera que en los indicadores de proceso, resultado e impacto se trabaja la estrategia de promoción de los planes.

Técnicas sugeridas:

Tarjetas y matrices de valoración de temas para ser tenidos en cuenta en el monitoreo. La pregunta guía para el trazado de indicadores es ¿qué queremos medir? ¿Cómo? ¿Cada cuanto tiempo? ¿Cómo hacemos confiable la información recogida? ¿Cómo obtenemos la información? Listado en plenaria para puesta en común de acciones para una estrategia de promoción. Paso 3 Un plenario de delegados de cada comisión, y el ETP redactan el Informe Técnico Final del Plan de Desarrollo. Paso 4 El Consejo de Planificación toma conocimiento del Informe Técnico del Plan de Desarrollo y emite sus comentarios.

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Paso 5 El Consejo somete a consulta del Informe al pleno de la Asamblea para su aprobación definitiva. Paso 6 Con el visto bueno de la Asamblea el Consejo de Planificación pasa para su aprobación definitiva el Informe de Plan de Desarrollo al Consejo del GAD.

1.4 EQUIPO PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMÁ.

1.4.1 GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE LA PARROQUIA DE GUACHANAMA.

NOMBRE CARGO

Ing. Francisco José Mora Sanmartín Presidente

Ing. Marlon Santiago Granda Merizalde Secretario – Tesorero

Sra. Bélgica Dolores Granillo Vicepresidenta

Sr. Galo Alcidez Campoverde Sanmartín 1° Vocal

Sr. Stalin Alcívar Patiño Quezada 2° Vocal

Sr. Néstor Calva Mendoza 3° Vocal

1.4.2 EQUIPO CONSULTOR: FONDO ECUATORIANO POPULORUM PROGRESSIO

Para la realización del Plan de Desarrollo Parroquial y Ordenamiento Territorial, la misma que cuenta con un equipo multidisciplinario con amplia experiencia en la formulación de proyectos como consta en la oferta técnica con código CDC - GADG – 004 - 2011 que se encuentra de acuerdo a la normativa legal en el Portal de Comprar Públicas (INCOP) y en la propuesta entregada al Gobierno Autónomo de Guachanamá con fecha 11 Noviembre 2011 de acuerdo al calendario generado en el proceso.

El Equipo Técnico estará conformado por:

Un Ingeniero Forestal (Ing. Alberto Ramiro Ríos Santos) que asumirá el proceso de consolidación y sistematización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PD y OT), para la Parroquia de Guachanamá del Cantón de Paltas, Provincia de Loja. Y trabajara en la coordinación con el GAD parroquial. Además realizara las siguientes acciones:

Definición del sistema de participación ciudadana para determinar la forma de colaboración

en el proceso de formulación, control y veeduría del PD y OT. Puede considerar también la cogestión del territorio (COOTAD, art.304).

Capacitar en los temas de Planificación, Ordenamiento territorial y gestión del territorio al Consejo de planificación y técnicos de las Juntas Parroquiales.

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Un Dr. Veterinario (Dr. Fabián Aníbal Cango Rivera) tendrá la responsabilidad de: recopilar y

analizar la información existente referida a la situación de la Parroquia de Guachanamá: Planificaciones o intervenciones previas, documentos informativos, documentos interpretativos o valorativos, cartografía base, planificación es económicas financieras y otras.

Desarrollar un diagnóstico de sistemas: ecológico ambiental, económico, socio cultural, asentamientos humanos, movilidad, energía y conectividad y gestión institucional.

Un Ingeniero Agrónomo (Ing. Isabel Edita Morocho Plasencia) que tendrá las siguientes responsabilidades en la elaboración del PD y OT: Representar gráficamente la situación de cada sistema a través de mapas (cartografía).

Realizar el modelo actual de ordenamiento territorial construido a partir de la información contenida y relacionada con los mapas descritos en el punto precedente.

Desarrollar una propuesta de escenarios, tendencial, probable y deseada, en el cual se desenvuelvan todas las actividades y disposiciones orientadas al desarrollo que prevea el PD Y OT.

Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y asignación de tiempo.

Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el

desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad:

Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios

públicos de la parroquia, contenidos en los planes de desarrollo e incluidos en los presupuestos participativos anuales;

Planificar y mantener, en coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial

rural; Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias, la preservación de la

biodiversidad y la protección del ambiente; Gestionar, coordinar y administrar los servicios públicos que le sean delegados o

descentralizados por otros niveles de gobierno; Promover la organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás

asentamientos rurales, con el carácter de organizaciones territoriales de base. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias; y, Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos.

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1.4.3 EQUIPO DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN PARROQUIAL

Durante la primera asamblea de participación ciudadana parroquial se conformó el Consejo de Planificación el día 5 de Julio de 2011 que se encuentra formado por los siguientes representantes:

CARGO NOMBRE

PRESIDENTE DE ELGAD PARROQUIAL Ing. Francisco José Mora Sanmartín

REPRESENTANTES DE LOS VOCALES DE

GAD PARROQUIA Sr. Néstor Calva Mendoza

TÉCNICO AD HONOREM Ing. Miguel Ángel Cárdenas.

DELEGADOS DE LOS BARRIOS

Lic. Franklin Carrión (barrio Piñas la Hamaca) Sr. Simeón Ponce (barrio Las Huertas) Sr. Jhonatan Andrés Apolo Mora (barrio Guachanamá)