Plan de Comercializacion y Control Sanitario

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Municipalidad Provincial de San Miguel Of. Participación Ciudadana PLAN DE COMERCIALIZACION Y CONTROL SANITARIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MIGUEL PRESENTACION: Que la Ley General de Salud Nº 26842 establece las Normas Generales sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y bebidas en protección de salud del pueblo san miguelino y para dar cumplimiento es necesario normar las condiciones, Requisitos y Procedimientos Higiénicos Sanitarios al que debe sujetarse la producción al transporte, la fabricación, el almacenamiento, el funcionamiento la elaboración y el expendio de alimentos y bebidas de consumo humano, así como las relativas de registro sanitario, a la Certificación Sanitaria de Productos Alimenticios con fines de salubridad y Vigilancia Sanitaria de Alimentos . También se debe adecuar, sustituir derogar disposiciones administrativas con el fin de unificar y armonizar las regulaciones actuales sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos. Adecuar el Reglamento Tecnológico de carnes de acuerdo al Decreto Supremo Nº 22-95-AC. En virtud del cual el sistema de comercialización de los animales de abasto o carnes de sus derivados se realicen bajo sus apropiadas condiciones técnica, sanitarias en beneficio del consumidor. Donde la inspección sanitaria es obligatoria en todos los establecimientos, previa coordinación con las Autoridades competentes. I.- JUSTIFICACION: Por lo expuesto a la Ley General de Salud Nº 26842 en concordancia con los Principios Generales de Higiene de Alimentos así como las condiciones y requisitos sanitarios que deben sujetarse a los productores, establecimientos y mercados, a la producción, el transporte, la fabricación, el almacenamiento el fraccionamiento, la elaboración y el expendio de los alimentos, bebidas y otros artículos de consumo humano con el fin de garantizar la Salubridad, y el bienestar del pueblo las condiciones, requisitos y Procedimiento para la Certificación Sanitaria, de Productos Alimenticios y la habilitación de establecimientos con fines de Comercialización . La Oficina de Comercialización y Control Sanitario es la responsable de promover y reglamentar el acopio, Distribución y Comercialización de Productos Alimenticios, regularizar su expendio, evitando el comercio ambulatorio y velar por los derechos del consumidor, elaborar políticas y estrategias que se oriente a soluciones o normas del comercio ambulatorio. Programar la construcción, equipamiento y proponer directamente o por concesión. II.- PROPOSITO: Garantizar la producción y el suministro de alimentos de consumo humano a la población de San Miguel y evitar las enfermedades Zoo noticas, facilitar la comercialización segura y garantizada. La vigilancia Sanitaria de la Producción de Alimentos, de la crianza de animales destinados al consumo humano, la sanidad animal para la Producción de Leche, y Carne. Vigilancia Sanitaria en las Vías Publicas y Establecimientos como restaurantes, cebicherías, casas pensión, cantinas, venta de anticuchos, emolientes, panaderías, pollerías y otro

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Plan de Trabajo

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Municipalidad Provincial de San Miguel Of. Participación Ciudadana

PLAN DE COMERCIALIZACION Y CONTROL SANITARIO

DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MIGUEL

PRESENTACION:

Que la Ley General de Salud Nº 26842 establece las Normas Generales sobre Vigilancia y Control

Sanitario de Alimentos y bebidas en protección de salud del pueblo san miguelino y para dar cumplimiento es

necesario normar las condiciones, Requisitos y Procedimientos Higiénicos Sanitarios al que debe sujetarse la

producción al transporte, la fabricación, el almacenamiento, el funcionamiento la elaboración y el expendio de

alimentos y bebidas de consumo humano, así como las relativas de registro sanitario, a la Certificación

Sanitaria de Productos Alimenticios con fines de salubridad y Vigilancia Sanitaria de Alimentos .

También se debe adecuar, sustituir derogar disposiciones administrativas con el fin de unificar y

armonizar las regulaciones actuales sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos. Adecuar el Reglamento

Tecnológico de carnes de acuerdo al Decreto Supremo Nº 22-95-AC.

En virtud del cual el sistema de comercialización de los animales de abasto o carnes de sus derivados

se realicen bajo sus apropiadas condiciones técnica, sanitarias en beneficio del consumidor. Donde la

inspección sanitaria es obligatoria en todos los establecimientos, previa coordinación con las Autoridades

competentes.

I.- JUSTIFICACION:

Por lo expuesto a la Ley General de Salud Nº 26842 en concordancia con los Principios Generales de

Higiene de Alimentos así como las condiciones y requisitos sanitarios que deben sujetarse a los productores,

establecimientos y mercados, a la producción, el transporte, la fabricación, el almacenamiento el

fraccionamiento, la elaboración y el expendio de los alimentos, bebidas y otros artículos de consumo humano

con el fin de garantizar la Salubridad, y el bienestar del pueblo las condiciones, requisitos y Procedimiento para

la Certificación Sanitaria, de Productos Alimenticios y la habilitación de establecimientos con fines de

Comercialización .

La Oficina de Comercialización y Control Sanitario es la responsable de promover y reglamentar el

acopio, Distribución y Comercialización de Productos Alimenticios, regularizar su expendio, evitando el

comercio ambulatorio y velar por los derechos del consumidor, elaborar políticas y estrategias que se oriente a

soluciones o normas del comercio ambulatorio. Programar la construcción, equipamiento y proponer

directamente o por concesión.

II.- PROPOSITO:

Garantizar la producción y el suministro de alimentos de consumo humano a la población de San

Miguel y evitar las enfermedades Zoo noticas, facilitar la comercialización segura y garantizada. La vigilancia

Sanitaria de la Producción de Alimentos, de la crianza de animales destinados al consumo humano, la sanidad

animal para la Producción de Leche, y Carne.

Vigilancia Sanitaria en las Vías Publicas y Establecimientos como restaurantes, cebicherías, casas pensión,

cantinas, venta de anticuchos, emolientes, panaderías, pollerías y otro

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III.- OBJETIVOS:

Velar por la salubridad y salud publica del pueblo de San Miguel con el consumo de alimentos

sanos y de calidad evitando las enfermedades zoonóticas.

Especificar las actividades comerciales en el mercado.

Supervisar el Camal Municipal, que se cumplan las normas mínimas de higiene, inspección y

clasificar las carnes de Vacuno, Ovino y Porcino aptos para el consumo humano, previo pago de

derecho de sacrificio e inspección.

Supervisar y Controlar los Establecimientos como Restaurantes, Panaderías, Casas Pensión,

Cebicherías, Cantinas, Vigilancia Sanitaria de productos en la Vía Pública como Anticuchos,

Salchipapas, Emolientes.

Actualizar los Registros de comerciantes ambulantes, en la Jurisdicción; así como tiendas y puestos

del interior del mercado.

Elaborar Planes de Acción para el control de perros vagos, crianza de animales en las vías publicas,

criaderos en Zonas Urbanas como porcinos, vacunos y ovinos.

Elaborar planes de acción para campañas de Control y Prevención de Enfermedades y riesgo en

coordinación con las autoridades competentes como: policía, fiscalía, Gobernación y Salud.

Vigilancia, Sanidad animal, que atente contra la Salud Pública.

Supervisar y controlar los pesos y medidas en mercados, establecimientos comerciales y/o de

servicios.

Supervisar y ejecutar el cumplimiento de Ordenanzas por el Concejo Municipal sobre políticas de

Salubridad.

Combatir la especulación y acaparamiento; así como la fijación artificial y la falta de calidad de

productos alimenticios.

IV.- METAS:

Vigilancia y Control Sanitario de todos los establecimientos en los locales y vías públicas.

Que todos los establecimientos cuenten con Licencia de Funcionamiento y Carnet Sanitario.

Buen funcionamiento y Administración del Camal Municipal de acuerdo al Reglamento.

Que los matarifes de Ganado Vacuno, Ovino y Porcino sacrifiquen su ganado en el camal

Municipal y tributen su derecho de Inspección Sanitaria, clasificación de sus productos,

garantizado para el consumo humano.

Erradicar en su totalidad los criaderos de animales en la zona urbana y deberá hacerse,

cumpliendo con las Normas Sanitarias y las medidas de Sanidad animal.

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Bajar en su totalidad la Clandestinidad de Productos Cárnicos decomisando y

sancionando de acuerdo al Reglamento, prohibiéndose su comercialización y consumo.

Erradicar la crianza de animales en la vía publica decomisando y sancionando.

Ubicar y ordenar los puestos en el mercado de abastos de acuerdo a los empadronados con el fin

de comercialización de sus productos.

V.- ESTRATEGIAS: MULTISECTORIALES

Promover e impulsar en coordinación con las municipalidades distritales, y la entidad pública y

privadas de nivel Provincial Regional y Nacional, la pequeña y micro empresa proporcionando el uso

de las ventajas y las potencialidades de la provincia.

Promover la transformación, comercialización espontánea y consumo de productos naturales y

agroindustriales de la provincia.

Identificar las oportunidades de inversión y promover la iniciativa privada en proyectos industriales

para la producción.

Identificar oportunidades comerciales para los productos de la provincia y promover la participación

privada en proyectos de inversión de la provincia.

Formular concertadamente estrategias y programas de desarrollo para la provincia.

Verificar conjuntamente con recursos naturales y prevención del medio ambiente y conjuntamente

revisar las normas del medio y prevención de recursos naturales de la provincia

Promover políticas de defensa del consumidor.

VI.- LOGROS:

Se realiza la Inspección y Clasificación de carnes en el Camal Municipal, garantizando que los

productos sean aptos para el consumo humano.

Los matarifes pagan su derecho de sacrificio de ganado de Inspección y clasificación.

Programa de descanización dos veces al año.

Empadronamiento de los diferentes establecimientos.

Operativos de decomiso de productos clandestinos y animales que crían en vías públicas.

Tramitación de carnet sanitario de los matarifes y establecimientos.

Desinfección periódicas de establecimientos y Camal Municipal

VII.- DIFICULTADES.

Poco apoyo de personal para el control sanitario.

Baja capacitación a los matarifes y responsables de establecimientos.

Regular apoyo de entidades como SALUD, SENASA Y AUTORIDADES.

Garantía para los operativos.

Falta Personal exclusivo para limpieza del Camal y mercado.