Plan accidentes Valencia - Portada | ISTAS · DIRECCIÓ GENERAL DE TREBALL I SEGURETAT LABORAL...

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DIRECCIÓ GENERAL DE TREBALL I SEGURETAT LABORAL Avda. Navarro Reverter, 2-1ª planta 46004 VALENCIA Tel. 961971016 Fax 961971212 PLAN DE ACTUACIÓN ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES Firmado por: El Conseller de Econonia y Hacienda: D. Gerardo Camps Devesa. El Presidente de la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunidad Valenciana, D. Rafael Ferrando Giner El Secretario General CCOO.PV, D. Juan Sifre Martínez Valencia, 5 de febrero de 2004

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DIRECCIÓ GENERAL DE TREBALL I SEGURETAT LABORAL Avda. Navarro Reverter, 2-1ª planta 46004 VALENCIA Tel. 961971016 Fax 961971212

PLAN DE ACTUACIÓN ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES

Firmado por:

• El Conseller de Econonia y Hacienda: D. Gerardo Camps Devesa.

• El Presidente de la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunidad Valenciana, D. Rafael Ferrando Giner

• El Secretario General CCOO.PV, D. Juan Sifre Martínez

Valencia, 5 de febrero de 2004

PLAN DE ACTUACIÓN ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES 2

ANTECEDENTES

I. EVOLUCION DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

II. LOS PLANES DE ACTUACION VIGENTES, RESULTADOS DE SU DESARROLLO

III. EL CARÁCTER INNOVADOR DE LOS PROGRAMAS DESARROLLADOS HASTA LA FECHA

IV. LA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO VALENCIANO Y SU ACTUACION INMEDIATA

V. LA PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DE ACTUACION CONTRA LOS ACCIDENTES MORTALES

VI. LA CORRESPONSABILIDAD EN SU IMPLANTACION DE LOS AGENTES ECONOMICOS Y SOCIALES MAS REPRESENTATIVOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

OBJETIVOS

1. REDUCIR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES

2. IMPLICACION TOTAL DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS (ESTATAL, AUTONOMICA Y LOCAL) Y LOS AGENTES ECONOMICOS Y SOCIALES

3. IMPLICACION DE ENTIDADES Y ORGANIZACIONES PUBLICAS Y PRIVADAS EN EL PLAN (MUTUAS, ASOCIACIONES Y COLEGIOS PROFESIONALES, SERVICIOS DE PREVENCION, UNIVERSIDADES VALENCIANAS, INSTITUTOS TECNOLOGICOS, FUNDACIONES, ETC)

4. MAXIMA DIFUSION ENTRE EMPRESARIOS Y TRABAJADORES

LINEAS DE ACTUACION

1. FORMACION

2. INFORMACION Y DIFUSION DE LA PREVENCION

3. APOYO A LA INVERSION

4. INVESTIGACION Y DESARROLLO

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5. CONTROL DE LA PREVENCION

AREAS O GRUPOS DE ACTUACION Y PROGRAMAS EJECUTIVOS

1. GRUPO DE ACCIDENTES DE TRABAJO ASOCIADOS AL TRAFICO

2. GRUPO DE ACCIDENTES DE TRABAJO POR PATOLOGIAS NO TRAUMATICAS

3. GRUPO DE ACCIDNTES DE TRABAJO ESTRICTAMENTE LABORALES EN LOS SECTORES AGRICULTURA Y PESCA, INDUSTRIA Y SERVICIOS

4. GRUPO DE ACCIDENTES DE TRABAJO EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION

5. COORDINADORES DE FORMACION Y PROMOCION DE LA PREVENCION

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ANTECEDENTES

I. EVOLUCION DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en febrero de 1996, se ha desarrollado un ingente esfuerzo normativo que ha dotado a España de un marco homologable, en esta materia, a la política común de seguridad y salud en el trabajo de la Unión Europea.

Este esfuerzo normativo ha supuesto en la practica que los poderes públicos y los agentes sociales y económicos mas representativos como principales actores en el ámbito de la prevención de los riesgos laborales tengan abierto un gran debate para la búsqueda de soluciones en materia de prevención y reducir la siniestralidad laboral, estableciendo cauces permanentes de dialogo social, cuyos exponentes principales son en el ámbito estatal la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Fundación Nacional para la Prevención de los Riesgos Laborales y correlativamente en la Comunidad Valenciana la Comisión y Fundación homologas.

La evolución de la siniestralidad laboral, no obstante, en los primeros años de vigencia de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, continuaba ofreciendo cifras considerablemente elevadas y en constante incremento, si bien es cierto que han sido años de fuerte crecimiento en el empleo y por ende de la población expuesta al riesgo laboral.

En la Comunidad Valenciana, al igual que en el resto de España, la tendencia en esos primeros años mostraba un crecimiento notable en la siniestralidad de un año para otro, sin embargo, coincidiendo con el establecimiento de los Planes de actuación, en el año 2000 si bien se produce un incremento sobre el año anterior, este es sensiblemente menor a los que se venían registrando en años anteriores (en el año 2000 se incrementan los accidentes de trabajo en un 4,6% )

Los años sucesivos 2001, 2002 y 2003 ya registran porcentajes decrecientes en la siniestralidad laboral, y en términos absolutos, el año 2003 registra 18.000 accidentes menos que en el año 2000, y estando por debajo de la significativa cifra de los 100.000 accidentes año, con un incremento del empleo en un numero aproximado de 170.000 personas

Esta favorable evolución, atendiendo a la gravedad de los accidentes, se da en los accidentes leves y graves, pero lamentablemente no puede decirse lo mismo de los accidentes mortales, en los que el año 2003 arroja un 12,3% de incremento y un total de 119 casos, 13 mas que en el año 2002.

Por otra parte con el relanzamiento de la Mesa de Dialogo Social que el Ministerio de Trabajo impulsa en diciembre de 2002, y cuyo resultado inmediato ha sido la Reforma del Marco Normativo de la Prevención de los Riesgos Laborales mediante la Ley 54/2003 de 12 de diciembre, las

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Administraciones Publicas, con el concurso de los agentes sociales y económicos mas representativos, entienden que deben redoblarse los esfuerzos y no solo los de carácter normativo, si se pretende hacer una política de prevención eficaz y que consiga resultados satisfactorios, resultados detrás de los cuales no podemos obviar se encuentra la salud y la integridad de los trabajadores, en definitiva, de las personas.

Por ello, consciente la Administración Valenciana de que es necesario actuar decididamente y de forma especifica sobre aquellas tipologías del accidente de trabajo de mas graves consecuencias como son las mortales, ante la evidencia de su incremento, en el mes de octubre de 2003 se plantea acometer un plan de actuación a desarrollar con el consenso y la participación de los representantes empresariales y sindicales a lo largo del año 2004, con el objetivo de reducir drásticamente dichos accidentes.

II. LOS PLANES DE ACTUACION VIGENTES, RESULTADOS DE SU DESARROLLO

El conjunto de medidas que podemos incluir en la política sectorial de La Administración de la Generalitat Valenciana en materia de prevención de riesgos laborales, confluyen en un marco homogéneo que desde 1998 impulsa toda la acción preventiva, dicho marco se concreta en el Plan de Acción contra los Riesgos Laborales, que surge como respuesta institucional ante la situación de incremento en la siniestralidad laboral que se venía constatando desde el año 1994.

Dicho conjunto de actuaciones incluye diferentes tipos de medidas, que van desde la vigilancia y sanción hasta el fomento y difusión de la cultura preventiva, con un capitulo importante centrado en la Formación y en la reforma de las estructuras técnicas de la Generalitat Valenciana. con cuatro ejes prioritarios que responden al mandato que el artículo 7 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales encomienda a las Administraciones Publicas competentes en materia laboral:

1. Los Planes de Actuación preferente en empresas de mayor siniestralidad de la Comunidad Valenciana

En el descenso de la siniestralidad han jugado un papel muy importante los Planes de Acción Preferente, centrados en las empresas de mayor siniestralidad, que se iniciaron en el año 2000.

2. La formación en prevención de riesgos laborales

Además de los planes de actuación preferente, cabe destacar por su importancia el Plan de Formación, iniciado en 1998, al que se han destinado hasta el año 2003 seis millones de euros. Este Plan va a verse ampliado hasta el año 2006 gracias a la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

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Desde que se inició el Plan de Formación, se han impartido cursos y jornadas de sensibilización con el objetivo de formar en esta primera fase a 50.000 personas entre pequeños empresarios y trabajadores.

El plan de formación está incluido en el Plan Operativo de la Comunidad Valenciana (POCV), con una previsión de financiación europea de 12.998.313 Euros hasta el año 2006, a la que se sumarán los recursos propios que la Generalitat Valenciana destina para su cofinanciación.

3. El fomento de la promoción y difusión de la prevención.

En el ámbito de la promoción de la prevención, se han primado muy especialmente los estudios e investigaciones sobre seguridad y salud, así como la elaboración de manuales y guías prácticas de evaluación de riesgos

A la promoción de la prevención de riesgos laborales se van a destinar mas de 6 millones de Euros hasta el año 2006, sólo en ayudas cofinanciadas por la Unión Europea. A estas ayudas, hay que añadir las destinadas a la difusión y concienciación en materia de prevención financiadas con fondos propios de la Generalitat Valenciana (campañas de sensibilización, campaña escolar, edición de publicaciones especializadas, etc.), que desde el año 1998 hasta el 2003, supera la cifra de 1,5 millones de euros anuales.

La línea de ayudas destinadas a la mejora de las condiciones de trabajo en las pequeñas y medianas empresas contará con financiación europea hasta el año 2006, por importe de más de 4 millones de Euros. En 2001, 2002 y 2003, las ayudas concedidas se han destinado a la mejora de los equipos de trabajo en las empresas, y a la adquisición de medios de protección colectiva en las pequeñas empresas de la construcción, madera, textil, calzado, etc.

La especial dificultad de pymes y microempresas de la Comunidad Valenciana en el cumplimiento de determinados preceptos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales hace que en estas dos legislaturas se hayan tenido en cuenta sus particulares características desarrollando líneas de ayudas especificas a favor de éstas en materia de prevención. Este régimen de ayudas tendrá continuidad a lo largo de todo el Programa Operativo de la Comunidad Valenciana hasta el año 2006

4. La vigilancia y control de la prevención.

En el ámbito de la actuación de vigilancia y control de la prevención de riesgos laborales hay que destacar la actividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Respecto de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hay que destacar sus 10.000 visitas al año, con más de 2.500 actas, 400 paralizaciones y con un importe de las sanciones propuestas que en el año 2003 han superado los siete millones de Euros (mas de 1.600 millones de pesetas)

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De la actividad de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo hay que destacar la labor realizada por los técnicos y su decisiva contribución a los resultados obtenidos en la ejecución de los Planes 2000 a 2003 en los que se han superado ampliamente los objetivos marcados.

Asimismo, se han venido efectuando al año más de mil investigaciones de accidentes, 1.500 aperturas de centros de trabajo, 1.500 requerimientos, 1.000 peticiones sobre Higiene industrial, más de cien actividades formativas con cerca de 3.000 alumnos formados y sobre 18.000 reconocimientos médicos.

5. La participación de los Agentes Económicos y Sociales mas representativos de la Comunidad Valenciana junto a la Administración Valenciana.

La participación institucional de los Agentes Económicos y Sociales mas representativos de la Comunidad Valenciana se ha materializado en la consecución de dos grandes pactos de concertación el A.V.E.F y el P.A.V.AC.E instrumentos fundamentales de la política de empleo y de mejora de las condiciones de trabajo; a nivel orgánico y fruto de ambos pactos se constituyeron dos órganos de participación, coordinación y asesoramiento: la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana y la Fundación de la Comunidad Valenciana para la Prevención de Riesgos Laborales.

La Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana, es el órgano asesor de la Generalitat Valenciana en la formulación de la política de prevención y de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Por su parte, la Fundación de la Comunidad Valenciana para la prevención de riesgos laborales, de carácter laboral sin ánimo de lucro, actúa bajo la tutela de protectorado que ejerce la Generalitat Valenciana. Su finalidad es la de promoción de la mejora de las condiciones de información, divulgación, formación e investigación en materia preventiva, así como la asistencia técnica y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, especialmente en las PYMES.

Una especial mención merece el proyecto de Ley de creación del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT), sobre el que se alcanzó el consenso con los agentes económicos y sociales, encontrandose en fase de debate parlamentario en las Cortes Valencianas.

El INVASSAT realizará una profunda reestructuración y modernización de los órganos científicos y técnicos de la Administración Valenciana dedicados a la prevención de riesgos laborales, y será un referente de primer orden entre los instrumentos que se destinan a la lucha contra la siniestralidad laboral desarrollando funciones de investigación, promoción de la prevención, formación, control de la gestión preventiva de las empresas y coordinación con las políticas de prevención que desarrollen otros órganos de la Administración Valenciana.

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La creación de dicho Instituto, priorizando la participación de los agentes económicos y sociales, es uno de los compromisos más importantes adoptados en el PAVACE, y su puesta en funcionamiento supondrá un incremento también sustancial en los recursos presupuestarios y de personal que el gobierno valenciano destina a la prevención de riesgos laborales.

III. EL CARÁCTER INNOVADOR DE LOS PROGRAMAS DESARROLLADOS HASTA LA FECHA

Se puede afirmar que todas las actuaciones enmarcadas en el Plan de Acción contra los Riesgos Laborales han estado presididas por un afán innovador en los planteamientos y un objetivo común en la búsqueda de su eficacia, en este sentido cabe resaltar las líneas de colaboración iniciadas con las Universidades Valencianas, Universidad de Valencia, Estudi General y Universidad Politécnica y con los Institutos Tecnológicos y Universitarios (AIDICO, Instituto de Biomecánica e Instituto Universitario del Trafico)

Es en el ámbito de la promoción de la prevención donde el carácter innovador de los programas desarrollados en el marco del Plan de Acción contra los riesgos laborales se hace mas evidente y donde mejor se aprecia el esfuerzo conjunto de diferentes entidades, instituciones y centros de investigación; por ello es consustancial a la política de prevención de riesgos laborales la continuidad de mantener abiertas las líneas de investigación y desarrollo que como en el caso del Centro de Medios de Protección Colectiva del Instituto Tecnológico de la Construcción o los estudios del Instituto de Biomecánica pueden contribuir de manera notable a la reducción de la siniestralidad laboral.

La puesta en funcionamiento esperamos en un breve tiempo, del INVASSAT apostará por la dimensión investigadora de la prevención de riesgos laborales al servicio de las empresas y trabajadores, toda vez, que entre sus funciones se encuentra la consolidación de una red de centros de investigación con proyección practica en el desarrollo de nuevos medios de protección y procedimientos seguros para su implantación en el ámbito del trabajo.

IV. LA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO VALENCIANO Y SU ACTUACION INMEDIATA

Todas las medidas que hasta ahora se han mencionado tienen en común el objetivo compartido por el Gobierno Valenciano y los interlocutores empresariales y sociales de reducir la siniestralidad laboral a niveles comparables a los que tienen los mejores países de la Unión Europea, y ello se consigue con actuaciones a diferente plazo, si es comúnmente aceptado que la reducción de la siniestralidad laboral es consecuencia de una efectiva implantación de una cultura de la prevención del riesgo, los accidentes de trabajo en tanto constituyen una fuente de preocupación inmediata, exigen respuestas del mismo carácter; y ello precisamente contribuye a ir formando

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la dicha cultura preventiva, no debiendo verse esta como un objetivo alcanzable solo a largo plazo; en este sentido la actuación de carácter puntual, extraordinaria, que atienda a la raíz de los mas graves problemas que se plantean en el ámbito del trabajo, no solo es aconsejable, constituye una obligación y mas aún en una Administración que pretende ser acorde a los tiempos actuales en los que la agilidad y la capacidad de respuesta inmediata son presupuestos de eficacia en la prestación del servicio publico.

Los accidentes de trabajo con resultado mortal han de ser contemplados en dichos parámetros de actuación inmediata y es responsabilidad del Gobierno Valenciano en cuanto ostenta las competencias de ejecución de la legislación laboral instrumentar todas las medidas a su alcance para conseguir su erradicación.

Y esta es posible en aquellos accidentes que nunca deberían haberse producido, si bien es cierto que es difícil prever los casos fortuitos, determinados accidentes de trabajo son plenamente evitables con una atención cuidadosa a las normas preventivas y una eficaz gestión de la prevención de riesgos en los centros y lugares de trabajo; por ello el Gobierno Valenciano ante el incremento de los accidentes de trabajo mortales en este ultimo año, se ha impuesto la obligación añadida a las que tiene como garante del cumplimiento de la legislación preventiva, actuar sobre el foco de estos accidentes, mediante la implantación de un Plan especial en el que confluya una amplia participación social; tanto de los principales agentes: Organizaciones Empresariales y Sindicales como de otras entidades e instituciones que tienen en la prevención de riesgos laborales múltiples ámbitos de actuación.

V. LA PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DE ACTUACION CONTRA LOS ACCIDENTES MORTALES

En el mes de octubre de 2003 a la vista de la evolución negativa de la siniestralidad laboral con consecuencias mortales, el Conseller de Economía, Hacienda y Empleo asumió el reto de elaborar y desarrollar un Plan de Acción contra los accidentes de trabajo mortales, trasladando dicha iniciativa a los agentes económicos y sociales mas representativos de la Comunidad Valenciana, para que en el marco del dialogo social institucional se lograra el máximo consenso, no solo sobre el problema, sobre el que ya existía honda preocupación compartida, sino sobre las medidas efectivas que deberían implantarse.

Desde ese mismo momento se procede a elaborar un documento base, como punto de partida de los sucesivos trabajos que irían completando el marco de actuación mas preciso; a dicho efecto se constituyeron cuatro grupos de trabajo en los que han participado junto a la Administración Valenciana y los Agentes Económicos y Sociales mas representativos de la Comunidad Valenciana, diferentes entidades e instituciones, como las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, los Servicios de Prevención Ajenos, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Fundación de la Comunidad Valenciana para la Prevención de

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Riesgos Laborales, la Universidad y Entidades Aseguradoras y Colegios Profesionales.

Los cuatro grupos de trabajo constituidos se han distribuido en función de los tipos de accidente: Asociados al Trafico, Patologías no traumáticas, accidentes estrictamente laborales en los sectores industrial, agrario y pesca y servicios y un grupo especifico del sector de la construcción.

De las conclusiones obtenidas por los citados grupos han surgido numerosas propuestas de actuación concretas y realizables a corto y largo plazo, de las cuales corresponde a la Administración Valenciana y a los Agentes Económicos y Sociales acordar las que serán implantadas de inmediato a fin de iniciar su ejecución a partir del momento en que dicho acuerdo se plasme en un documento formal, documento que constituirá un exponente mas del necesario dialogo social que debe imperar en la lucha contra la siniestralidad laboral.

Por otra parte ello no significa que no se haya empezado a actuar sobre el problema, no hay que olvidar que el Plan de Acción contra los riesgos laborales desarrolla plenamente su vigencia en el momento actual, y en este desarrollo siempre ha estado presente el clima de dialogo social; el plan de actuación preferente del año 2003 se ha visto reforzado con la actuación de la Inspección de Trabajo de Alicante sobre aproximadamente mil obras de construcción, intensificando las medidas de control y ordenando la paralización de trabajos con riesgo en aquellas obras en las que se han detectado deficiencias preventivas.

VI. LA CORRESPONSABILIDAD EN SU IMPLANTACION DE LOS AGENTES ECONOMICOS Y SOCIALES MAS REPRESENTATIVOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Se ha afirmado recurrentemente que la política de prevención de riesgos laborales no es exclusiva de la Administración Publica, la propia Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el apartado 4 de su exposición de motivos la articula en base a los principios de eficacia, coordinación y participación, por consiguiente los trabajadores y empresarios a través de sus organizaciones representativas son copartícipes y corresponsables del desarrollo de esa política; el conjunto de actuaciones que la Ley predica de la política en materia de prevención de riesgos laborales exige de la participación de aquellos, y ello precisamente en aras a los otros dos principios: la eficacia y la coordinación.

En el plan de actuación contra los accidentes mortales, la participación de empresarios y trabajadores a través de sus organizaciones representativas no solo es necesaria, es fundamental para conseguir la eficacia perseguida, sin ella no puede afrontarse en todas sus posibilidades, por lo tanto el conjunto de medidas que aquí se exponen requerirá para que estas desplieguen todo su potencial un verdadero ejercicio de corresponsabilidad y coordinación de esfuerzos, y en consecuencia el acuerdo y el dialogo, como mejor método de acción contra los accidentes de trabajo, debe ser la guía para combatir

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aquellos que mas graves consecuencias tienen para los trabajadores y sus familias.

En virtud de lo expuesto en los antecedentes anteriores, la Administración de la Generalitat Valenciana representada por el Hble. Conseller de Economía, Hacienda y Empleo , la Confederación de Empresarios de la Comunidad Valenciana (CIERVAL) representada por D. La Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano representada por..... y. Unión General de Trabajadores del Pais Valenciano representada por ....

ACUERDAN

Establecer EL PLAN DE ACCION CONTRA LOS ACCIDENTES MORTALES DEL LA COMUNIDAD VALENCIANA que se llevará a termino de conformidad a lo que se especifica en el presente documento

El Plan de Actuación contra los accidentes de trabajo mortales se estructura en: Objetivos que se persiguen, Líneas de actuación a desarrollar, Areas por tipo de accidente y Plan de Ejecución a cuyo efecto las partes intervinientes exponen el contenido del mismo del siguiente tenor

OBJETIVOS: Son objetivos del Plan de Actuación contra los accidentes mortales de la Comunidad Valenciana, los siguientes:

1. REDUCIR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES.- Se configura como el principal objetivo a alcanzar en el periodo de 2004 a 2006.

2. IMPLICACION DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS (ESTATAL, AUTONOMICA Y LOCAL) Y LOS AGENTES ECONOMICOS Y SOCIALES.- Se configura como objetivo de carácter instrumental y supondrá la adición de medios materiales y humanos necesarios puestos al servicio de la reducción de la siniestralidad mortal de las Administraciones Publicas y los Agentes Sociales firmantes del presente acuerdo.

3. IMPLICACION DE ENTIDADES Y ORGANIZACIONES PUBLICAS Y PRIVADAS EN EL PLAN (MUTUAS, ASOCIACIONES Y COLEGIOS PROFESIONALES, SERVICIOS DE PREVENCION, UNIVERSIDADES VALENCIANAS, INSTITUTOS TECNOLOGICOS, FUNDACIONES, ETC).- También de carácter instrumental, persigue así mismo la puesta en común de medios humanos y materiales de entidades e instituciones que desarrollan su actividad principal en el ámbito de la prevención de riesgos laborales tales como la Fundación de la Comunidad Valenciana para la Prevención de Riesgos Laborales, las Mutuas de Accidentes y los Servicios de Prevención Ajenos y aquellas que intervienen en el ámbito de la investigación o la regulación profesional, tales como la Universidad e Institutos Tecnológicos Sectoriales o los Colegios Profesionales.

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4. MAXIMA DIFUSION ENTRE EMPRESARIOS Y TRABAJADORES.- A fin de una efectiva implantación y desarrollo de las medidas que se contemplan en el plan, estas deben ser conocidas por todos los empresarios y trabajadores de los centros y lugares de trabajo de la Comunidad Valenciana, no solo para generar conciencia preventiva, sino para que aquellos participen y colaboren activamente para hacer dichos centros y lugares de trabajo mas seguros.

Para la consecución de los objetivos establecidos se desarrollaran las siguientes

LINEAS DE ACTUACION

1. FORMACION.- La formación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales es un factor esencial para el desarrollo de su actividad profesional o laboral, en tanto y cuanto afecta a las condiciones en que aquella se ejercita; dicha formación con mayor razón debe atender a los riesgos mas graves con que pueden encontrarse.

En consecuencia una de las líneas de actuación atenderá a la formación en aquellos riesgos específicos de los puestos de trabajo cuya actualización pueda comportar un resultado fatal en sus consecuencias.

2. PROMOCION, INFORMACION Y DIFUSION DE LA PREVENCION.- Las acciones de promoción, información y difusión de la prevención coadyuvan a la consecución de la cultura preventiva en función de la intensidad con que las perciben sus destinatarios (fundamentalmente trabajadores y empresarios) pero también tienen un efecto inmediato sobre estos cuando dichas acciones se diseñan con un contenido practico y fácilmente asimilable.

Un plan de acción contra los accidentes mortales debe dotarse de instrumentos divulgativos suficientemente elocuentes para: por un lado extender el conocimiento de los riesgos mas graves en el trabajo y por otro hacer posible que sus destinatarios asuman un comportamiento activo por la seguridad y salud en el trabajo haciendo útil la información recibida.

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3. APOYO A LA INVERSION.- El tejido empresarial valenciano esta mayoritariamente constituido por pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores) y los datos estadísticos relativos a los accidentes de trabajo mortales indican que mas de las ¾ partes (78’9%) de los accidentes traumáticos se producen en las empresas de hasta 50 trabajadores. Una cuarta parte (24%)de los mismos se producen en las empresas de menos de 5 trabajadores; en consecuencia hay que exigir una mayor inversión en prevención a estas empresas, haciendo que estas se doten de los medios y equipos de trabajo suficientes que garanticen la seguridad y salud de sus trabajadores.

Una de las líneas que debe reforzarse por tanto es la de canalizar las ayudas a la inversión en los sectores en los que se ha detectado la existencia de graves deficiencias en medios de protección colectiva o insuficiente adaptación a lo dispuesto en el R.D. 1415/ atendiendo a las causas mas frecuentes de producción de los accidentes mortales.

4. INVESTIGACION Y DESARROLLO.- Las actividades iniciadas con el Plan de Acción contra los Riesgos Laborales en el ámbito de la investigación de la siniestralidad laboral y el desarrollo de medidas de prevención (un ejemplo de las cuales ha sido el apoyo a la construcción y equipamiento de un Centro de I+D+I en medios de protección colectiva del sector de la Construcción y a proyectos de investigación aplicada del Instituto de Biomecánica de la Universidad Politécnica de Valencia, y del Instituto Universitario del Trafico dependiente de la Universidad de Valencia) deben verse reflejadas en el presente Plan contra la siniestralidad mortal.

A este respecto se potenciará la colaboración con las entidades e instituciones universitarias o sectoriales en el desarrollo de líneas de investigación sobre los factores de riesgo de mayor gravedad y las soluciones que dichas investigaciones puedan aportar con carácter practico e innovador.

5. CONTROL DE LA PREVENCION.- La reciente reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, adoptada en desarrollo de los acuerdos alcanzados en Madrid en la Mesa de Dialogo Social, incide en uno de sus apartados en el reforzamiento de la función de control de la prevención de las Administraciones Publicas.

El control de la prevención es en el ámbito del presente plan uno de los instrumentos que actúa con mayor inmediatez y por lo tanto a corto plazo el que mejores resultados puede producir en cuanto a la reducción de los accidentes de trabajo mortales.

En este caso el concepto de control debe comprender un conjunto de actuaciones a realizar no solo por la Administración Publica a través de la Inspección de Trabajo y los técnicos de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo, es en este apartado donde mayor debe ser el grado de corresponsabilidad de los agentes económicos y sociales y en el que además deben participar las Mutuas de Accidentes de Trabajo, Los Servicios de Prevención Ajenos y los Colegios Profesionales.

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Dentro de las actuaciones de control se programaran las visitas a centros de trabajo y sobre todo a empresas y obras de construcción, la revisión de los estudios de seguridad y salud en obras y de las funciones de los coordinadores de seguridad, la elaboración de bases de datos, el establecimiento de protocolos de vigilancia de la salud, el control de las evaluaciones de riesgos y otras medidas adicionales relativas a las comunicaciones de aperturas de centros de trabajo en colaboración con los Ayuntamientos.

Las líneas de actuación anteriores se concretan a continuación en función de cada uno de los Grupos de accidentes mortales en que se ha distribuido el ámbito del presente Plan contra dichos accidentes, y las mismas surgen de las conclusiones obtenidas en las numerosas reuniones de los grupos de trabajo constituidos al inicio de aquel, así como de las propuestas que han formulado las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del presente acuerdo.

No obstante, es voluntad de las partes aquí presentes que el desarrollo del Plan de Actuación no sea un documento estático o cerrado, el Plan debe ser lo suficientemente flexible para incluir aquellas otras medidas no contempladas en este documento que la evolución de la situación aconseje implantar; por ello se constituirán por cada grupo de actuación una comisión mixta permanente, que será coordinada por una comisión general de seguimiento del plan, estando a su vez adscritas a la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana.

En cuanto a la financiación de las medidas contempladas, se atenderán en parte con cargo al presupuesto de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo destinado a la prevención de riesgos laborales, reorientando las líneas destinadas a prevención de riesgos laborales consignadas en los presupuestos anuales, y por un importe anual estimado de tres millones de euros, pudiendo obtenerse financiación adicional bien de los presupuestos de la Generalitat Valenciana, bien de otras fuentes de financiación publicas o privadas.

En base a las consideraciones anteriores, en orden a la consecución de los objetivos establecidos y de las líneas de actuación que se estiman necesarias para el desarrollo y ejecución del Plan de Actuación contra los Accidentes Mortales; a continuación se establecen las medidas concretas que respondiendo a los parámetros citados se implantarán de inmediato a su firma, desagregadas en función de los Grupos o Areas de Actuación coincidentes con la tipología en que se han clasificado los accidentes mortales:

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AREAS O GRUPOS DE ACTUACION Y PROGRAMAS EJECUTIVOS

1. GRUPO DE ACCIDENTES DE TRABAJO ASOCIADOS AL TRAFICO

Los accidentes en misión, asociados al tránsito/tráfico, han acumulado en el periodo 2000-2002 como media anual de 29 casos que representa el 28,2% de los accidentes de trabajo mortales en jornada de trabajo y teniendo en cuenta la población expuesta al riesgo representa 22 casos por cada millón de trabajadores.

En el año 2003, excluyendo los accidentes in itinere, el numero de casos de accidentes mortales asociados al trafico en jornada de trabajo ha sido de 23 representando un 19,3 % de los accidentes de trabajo mortales.

Las medidas concretas que de inmediato pueden implantarse, habida cuenta de la especial dificultad que ofrece dicha tipología, al ocurrir en el ámbito de la seguridad vial en general y fuera de los centros o lugares de trabajo, serán las siguientes:

1.1. LINEAS DE ACTUACION EN MATERIA DE FORMACION

1.1.1. ELABORACIÓN Y EDICIÓN DE MANUAL para un curso de 30 horas presenciales de Seguridad Vial destinado a técnicos de prevención de riesgos laborales. El contenido del citado manual se realizará atendiendo las observaciones y aportaciones de los agentes sociales

1.1.2. Desarrollo de cursos conforme a los contenidos en el manual citado en Formación Vial dirigido a los técnicos en prevención de riesgos laborales de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, Servicios de Prevención Ajenos, Servicios Prevención Propios y Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales de las organizaciones sindicales y empresariales.

1.1.3. Se extenderá el programa de cursos en seguridad vial para los responsables en prevención de las empresas de los sectores de mensajería, transporte de viajeros, transporte de mercancías y similares.

1.2. LINEAS DE ACTUACION EN MATERIA DE PROMOCION, INFORMACION Y DIFUSION DE LA PREVENCION

1.2.1. Elaboración y edición de un manual sobre responsabilidades para sensibilizar a los empresarios y trabajadores sobre los accidentes in itinere y en misión

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1.2.2. Realización de campañas de sensibilización e información en polígonos industriales sobre el uso de los medios de transporte colectivo.

1.2.3. Realización de una campaña de información y sensibilización a empresarios y trabajadores sobre los accidentes de trabajo in itinere y en misión.

1.3. CONTROL DE LA PREVENCION

1.3.1. En la evaluación de riesgos y en la planificación de la actividad preventiva de la empresa se exigirá un anexo referente a la seguridad vial.

1.3.2. Se impartirán instrucciones a la Inspección de Trabajo y a los técnicos de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo (del INVASSAT, cuando se ponga en marcha dicho organismo) para que en las visitas que realicen se revise dicho aspecto relativo a las evaluaciones de riesgos.

1.4. CREACION DE UNA COMISION PERMANENTE DE SEGUIMIENTO DE LA SINIESTRALIDAD ASOCIADA AL TRAFICO.- Se constituirá una comisión mixta de seguimiento compuesta por representantes de las partes firmantes del presente ACUERDO, adscrita a la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana (u órgano colegiado que la sustituya en el INVASSAT) con las siguientes funciones:

1.4.1. Seguimiento y control de los accidentes de trabajo in itinere y en misión.

1.4.2. Elaboración de una base de datos que recoja la información de este tipo de accidentes en la que se contemple variables como: jornada, descansos, libranzas y exceso de horas sobre jornada.

1.4.3. Elaboración de diagnósticos de situación y paquetes de medidas preventivas para su debate en el seno del órgano colegiado a la que en cada momento esté adscrita.

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2. GRUPO DE ACCIDENTES DE TRABAJO POR PATOLOGIAS NO TRAUMATICAS

Las patologías no traumáticas han acumulado en el periodo 2000-2002 como media anual 22 casos que representa el 21,4% de los accidentes mortales en jornada de trabajo y teniendo en cuenta la población expuesta representa 17 casos por cada millón de trabajadores.

En el año 2003 las patologías no traumáticas han tenido consecuencias mortales dentro de la jornada de trabajo en 33 casos, un 27,7% del total de accidentes de trabajo, excluidos los in itinere.

Al igual que en los accidentes asociados al trafico, se trata de un tipo de accidentes en el que las causas o factores exógenos al ámbito laboral tales como ritmos de vida, sedentarismo, hábitos alimentarios, etc. son muy importantes, a ello hay que añadir los factores psicosociales directamente relacionados con la actividad laboral, siendo muy difícil el deslinde de dichos factores; por ello las medidas deben atender a la información, la vigilancia de la salud y a los estudios epidemiológicos, correspondiendo a los servicios públicos de salud de la Comunidad Valenciana un papel relevante en el desarrollo de medidas preventivas.

Con este planteamiento previo, se instrumentaran las siguientes medidas:

2.1. INFORMACION Y DIFUSION DE LA PREVENCION

2.1.1. Se realizaran campañas de sensibilización dirigidas a empresarios y trabajadores sobre este tipo de accidentes y su prevención en colaboración con el sistema publico de Salud de la Comunidad Valenciana.

2.2. INVESTIGACION Y DESARROLLO

2.2.1. Elaboración de un modelo de investigación de este tipo de accidente y de un protocolo de vigilancia de la salud de los trabajadores especifico para este tipo de patologías, para su aplicación a los trabajadores de riesgo a través de los servicios de prevención

2.3. CONTROL DE LA PREVENCION

2.3.1. En las evaluaciones de riesgo los factores de riesgo psicosocial en la empresa es importante para la prevención de este tipo de accidentes por forma no traumática, en consecuencia se debe exigir igual tratamiento que los accidentes de trabajo procediendo a la investigación de los mismos para el análisis de sus causas y la adopción de las medidas preventivas que precedan

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2.3.2. Se realizaran controles de los factores de riesgo de patología cardiovascular a través de la colaboración estrecha con el sistema publico de salud, reconocimientos médicos de mayores de 40 años, actualmente puesto en practica por la Dirección General de Salud Publica, específicos para trabajadores.

2.3.3. Se potenciaran las Unidades de Salud Laboral y se realizaran estudios epidemiológicos sectoriales y mapas de riesgo territoriales.

2.3.4. Se impartirá instrucciones a la Inspección de Trabajo, Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INVASSAT) y Servicios de Prevención para que se tengan en cuenta los aspectos relativos a los riesgos por patologías no traumáticas tanto en las evaluaciones de riesgo como en la investigación de accidentes.

2.4. CREACION DE UNA COMISION PERMANENTE DE SEGUIMIENTO DE LA SINIESTRALIDAD ASOCIADA A LAS PATOLOGIAS NO TRAUMATICAS.- Se constituirá una comisión mixta de seguimiento compuesta por representantes de las partes firmantes del presente ACUERDO, adscrita a la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana (u órgano colegiado que la sustituya en el INVASSAT) con las siguientes funciones:

2.4.1. Elaboración de las bases para establecer un modelo de investigación del accidente asociado a patologias no traumaticas y de un protocolo de vigilancia de la salud donde se contemple los riesgos psicosociales.

2.4.2. Elaboración de diagnósticos de situación y paquetes de medidas preventivas para su debate en el seno del órgano colegiado a la que en cada momento esté adscrita.

3. GRUPO DE ACCIDENTES DE TRABAJO ESTRICTAMENTE LABORALES EN LOS SECTORES AGRICULTURA Y PESCA, INDUSTRIA Y SERVICIOS

Los accidentes traumáticos, estrictamente laborales de mayor interés preventivo, han acumulado en el periodo 2000-2002 en los sectores: Industria, Servicios y Agricultura y Pesca 29 casos en promedio anual.

En el año 2003 los casos ocurridos han sido 31, la mayoría en los sectores servicios e industrial y constituyendo en el conjunto de los accidentes de trabajo mortales en jornada de trabajo el 50% del total.

Teniendo en cuenta las principales causas de accidentes mortales que se producen en estos sectores, las medidas que se consideran a desarrollar con carácter inmediato en el marco de este plan son las siguientes:

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3.1. INFORMACION Y DIFUSION DE LA PREVENCION

3.1.1. Realización de campañas especificas en las comarcas con un mayor parque de maquinaria agrícola para información a través de folletos divulgativos y videos sobre los temas de riesgo mencionados, es decir vuelcos de tractor y protección de los elementos móviles a sus titulares

3.1.2. Realización de campañas especificas en polígonos industriales para informar a las empresas y trabajadores a través de folletos divulgativos sobre los riesgos y medidas preventivas a adoptar para trabajos sobre superficies poco resistentes o frágiles, efectuadas por trabajadores de la propia empresa o subcontratos

3.1.3. Realización de campañas especificas para informar a las empresas a través de folletos divulgativos sobre los riesgos y medidas preventivas adoptar para trabajos en espacios confinados que se puedan efectuar por trabajadores de la propia empresa o subcontratas; riesgos por contactos eléctricos y operaciones de carga y descarga de materiales.

3.2. APOYO A LA INVERSION

3.2.1. Plan de ayudas a la inversión destinado a empresas de menos de 50 trabajadores para la eliminación en los equipos de trabajo de los riesgos detectados en función de la causa de producción de los accidentes mortales.

3.3. CONTROL DE LA PREVENCION

3.3.1. Colaboración con las ITV (Inspección Técnica de Vehículos) – SEPIVA – de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo para que incluyesen en las revisiones que periódicamente practican a la maquinaria agrícola, lo correspondiente a la obligatoriedad de llevar cabina o pórtico de seguridad, cinturón para caso de vuelco y la correspondiente protección antiatrapamiento en los órganos móviles.

3.4. CREACION DE UNA COMISION PERMANENTE DE SEGUIMIENTO DE LA SINIESTRALIDAD DE LOS SECTORES INDUSTRIA, AGRICULTURA Y PESCA Y SERVICIOS.- Se constituirá una comisión mixta de seguimiento compuesta por representantes de las partes firmantes del presente ACUERDO, adscrita a la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana (u órgano colegiado que la sustituya en el INVASSAT) con las siguientes funciones:

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3.4.1. Seguimiento y control de los accidentes de trabajo en los tres sectores

3.4.2. Control en el sector agricola de los accidentes sufridos por los inmigrantes.

3.4.3. Elaboración de diagnosticos de situación y propuestas de medidas preventivas.

4. GRUPO ESPECIFICO DE ACCIDENTES DE TRABAJO TRAUMATICOS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION

Los accidentes traumáticos, estrictamente laborales de mayor interés preventivo, han acumulado en el periodo 2000-2002 en el sector de la Construcción el 44% de los casos

En el año 2003 la construcción ha registrado un total de 32 casos mortales , o lo que es lo mismo, mas del 50% del total de accidentes mortales estrictamente laborales.

Teniendo en cuenta la población expuesta al riesgo (cuyos ultimas cifras la sitúan en cerca de 190.000 trabajadores por cuenta ajena y autónomos en la Comunidad Valenciana) nos encontramos con un índice de incidencia muy superior al de resto de sectores de actividad laboral, lo que aconseja una atención especial a este sector y por consiguiente es preciso establecer un conjunto de medidas mas amplio que en el resto de grupos, con particular atención a las medidas de control de la prevención y a la formación; en la que por primera vez se contempla acciones dirigidas a los trabajadores inmigrantes, dado el creciente numero de estos en las obras de la Comunidad Valenciana.

En consecuencia, se establecen para el grupo de actuación del sector de la construcción las siguientes medidas:

4.1. FORMACION

4.1.1. Plan general de formación en prevención de riesgos laborales en construcción

4.1.1.1. Formación en riesgos específicos de los puestos de trabajo

4.1.1.2. Aulas móviles y charlas a pie de obra en empresas en las que haya ocurrido un accidente

4.1.1.3. Formación a trabajadores inmigrantes en formatos que les sean comprensibles.

4.2. INFORMACION Y DIFUSION DE LA PREVENCION

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4.2.1. Folletos dirigidos a empresarios de microempresas en los que se divulgaría la problemática más importante en las obras así como las obligaciones y responsabilidades.

4.2.2. Folletos en los que se divulgaría tanto las causas inmediatas como las básicas que producen los accidentes graves y mortales con indicación de las medidas para su prevención.

4.2.3. Folletos con riesgos en el sector de la construcción y medidas preventivas que puedan presentar alguna fase de obra, como son: estructuras, cerramientos exteriores y ejecución de cubiertas, medios auxiliares o maquinaria, cuadros eléctricos y trabajos en proximidad con líneas eléctricas.

4.3. CONTROL DE LA PREVENCION

4.3.1. Se efectuara el control de calidad de los estudios de seguridad y salud o en su caso del estudio básico establecido en el Real Decreto 1627/1997 Obras de Construcción, previo al visado del proyecto por el colegio profesional correspondiente.

A dicho efecto mediante convenios de colaboración con los Colegios Profesionales y Entidades Publicas y Privadas se desarrollaran las actuaciones necesarias para efectuar dicho control.

4.3.2. Se establecerá una base de datos con los contenidos del aviso previo y Comunicación de Apertura a la Autoridad Laboral en los Gabinetes de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de dispones de los datos relativos a las Obras de Construcción y Planes de Seguridad y Salud.

4.3.3. Establecimiento de una base de datos de Coordinadores en materia de seguridad y salud, con los datos procedentes de los Colegios Profesionales por el visado de los proyectos o por los datos contenidos en el aviso previo de acuerdo con el anexo III del Real Decreto 1627/1497 Obras de Construcción.

4.3.4. Se efectuará el control de calidad de los planes de Seguridad y Salud establecidos en el Real Decreto 1627/1997 Obras de Construcción y remitidos a la Autoridad Laboral con la comunicación de apertura del centro de trabajo.

4.3.5. Se extremará la vigilancia para que todas las obras afectadas por el Real Decreto 1627/1997 cumpla con el requisito de efectuar el aviso previo y comunicación de apertura del centro de trabajo.

4.3.6. Se solicitará a la Tesorería de la Seguridad Social listados provinciales de las empresas de actividad económica 45 a fin de

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disponer del listado general de empresas del sector de la construcción.

4.3.7. Confección de los listados provinciales de la empresa de construcción con al menos un accidente de trabajo en los años 2002/2003 a partir de la base de datos de los partes de accidentes de trabajo

4.3.8. Plan general de visitas a empresas y obras de construcción:

4.3.8.1. Visita a empresa constructoras.

4.3.8.1.1. Empresas incluidas en el PLAN DE ACCIÓN en las empresas de la Comunidad Valenciana de mayor siniestralidad en el sector de la construcción.

4.3.8.1.2. Visita a las empresas que cumplan con los criterios establecidos por parte de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

4.3.8.2. Visita a obras de construcción.

4.3.8.2.1. Obras de construcción licitadas por la Generalitat Valenciana.

4.3.8.2.2. Visita a las obras de acuerdo con el convenio establecido con las organizaciones empresariales y sindicales.

4.3.8.2.3. Obras de construcción visitadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo en aquellas obras con accidentes graves y mortales.

4.3.8.2.4. Visitas a obras de construcción para el seguimiento de los planes de seguridad y salud

4.4. CREACION DE UNA COMISION PERMANENTE DE SEGUIMIENTO DE LA SINIESTRALIDAD DE LA CONSTRUCCION Se constituirá una comisión mixta de seguimiento compuesta por representantes de las partes firmantes del presente ACUERDO, adscrita a la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana (u órgano colegiado que la sustituya en el INVASSAT) con las siguientes funciones:

4.4.1. Seguimiento y control de los accidentes de trabajo en el sector de la Construcción

4.4.2. Recogida de datos relacionados con la situación de empleo en los accidentes sufridos por trabajadores inmigrantes

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5. CONTRATACION POR LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y SINDICALES FIRMANTES DEL PRESENTE ACUERDO DE EXPERTOS COORDINADORES DE FORMACION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

En el marco del Plan de Formación en Prevención de Riesgos Laborales las organizaciones sindicales y empresariales firmantes del presente acuerdo, procederán a la contratación de 24 expertos en Seguridad y Salud en el Trabajo , cuyas funciones, distribución de tareas y ámbitos de actuación se acordaran por la Comisión Mixta de Seguimiento del Plan de Actuación contra los Accidentes Mortales, de acuerdo con lo establecido en el apartado siguiente de este documento.

Dichas funciones estarán comprendidas en los ámbitos de la formación de empresarios y trabajadores sobre materias tales como promoción de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, acceso a la Información a empresas y trabajadores, asistencia técnica, y promoción del cumplimiento de la normativa preventiva.

A tal efecto la comisión de seguimiento del Plan de Actuación contra los Accidentes Mortales establecerá el mecanismo oportuno para concretar dichas funciones.

COMISION DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE ACTUACION CONTRA LOS ACCIDENTES MORTALES.

Se constituye una comisión mixta tripartita y paritaria, con funciones de impulso y seguimiento del Plan en su conjunto así como de coordinación de las comisiones mixtas que se constituyan en función de cada grupo de accidentes de trabajo sobre los que actúa el Plan.

Asimismo entenderá de las controversias surgidas entre las partes firmantes en la ejecución del Plan, procurando que estas se solucionen mediante el consenso mutuo.

La Comisión de Seguimiento compuesta por representantes de las partes firmantes, al igual que las comisiones indicadas se adscribe a la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Valenciana.

VIGENCIA

El Plan de Actuación contra los Accidentes Mortales de la Comunidad Valenciana tendrá vigencia por un periodo de tres años, en coincidencia con el

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periodo de vigencia del P.A.V.A.C.E. al termino de los cuales se podrá prorrogar conforme la evolución de la situación así lo precise.

Y en prueba de conformidad las partes intervinientes firman el presente Acuerdo, en Valencia a de febrero de 2004

Firman: El Conseller de Econonia y Hacienda: Don Gerardo Camps Devesa. El Presidente de la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunidad Valenciana: Don Rafael Ferrando Giner El Secretario General CCOO.PV: Don Juan Sifre Martínez