Piramide de Kelsen

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PIRAMIDE DE KELSEN Definición La pirámide, que no triángulo, de Kelsen, es una formulación doctrinal que representa el imperio de la ley. DIFERENCIAS Y CUADRO COMPARATIVO DE LA CONSTITUCIÓN DEL AÑO 1961 Y 1999 DIFERENCIAS Hay muchas cosas que se expresan respecto a ambas Constituciones, pero quizás lo más esencial es que pasan de una Constitución representativa a una participativa, es decir en la del 61 los derechos del pueblo eran limitados y estaban representados por unos pocos quienes tomaban decisiones sin consultar al pueblo, mientras que ahora cada vez que se va a realizar algún cambio se consulta al pueblo y es este quien decide, es por ello que tenemos tantas elecciones, pues el pueblo es tomado en cuenta se le dio poder como soberano ,podemos resumir la constitución del 61 como: La representación del modelo económico y político del Pacto de Punto Fijo, representó al modelo paternalista y rentista de la Venezuela petrolera, Fue expresión del modelo de Estado grande e intervencionista, Representa el modelo político clientelar y de partido, Es la representación de la democracia que colapsa a la economía y la sociedad venezolana, además esta Constitución es el reflejo del modelo económico que empobreció a los venezolanos, por el mal manejo de su economía. Para que puedas tener una idea más clara sobre estas constituciones te invito a leer el inicio de ellas par eso te coloco su contenido y la introducción de la del 61 y el preámbulo de la de1999, allí nada más podrás juzgar por ti mismo

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PIRAMIDE DE KELSEN DefinicinLa pirmide, que no tringulo, de Kelsen, es una formulacin doctrinal que representa el imperio de la ley.

DIFERENCIAS Y CUADRO COMPARATIVO DE LA CONSTITUCIN DEL AO 1961 Y 1999DIFERENCIAS Hay muchas cosas que se expresan respecto a ambas Constituciones, pero quizs lo ms esencial es que pasan de una Constitucin representativa a una participativa, es decir en la del 61 los derechos del pueblo eran limitados y estaban representados por unos pocos quienes tomaban decisiones sin consultar al pueblo, mientras que ahora cada vez que se va a realizar algn cambio se consulta al pueblo y es este quien decide, es por ello que tenemos tantas elecciones, pues el pueblo es tomado en cuenta se le dio poder como soberano ,podemos resumir la constitucin del 61 como:La representacin del modelo econmico y poltico del Pacto de Punto Fijo, represent al modelo paternalista y rentista de la Venezuela petrolera, Fue expresin del modelo de Estado grande e intervencionista, Representa el modelo poltico clientelar y de partido, Es la representacin de la democracia que colapsa a la economa y la sociedad venezolana, adems esta Constitucin es el reflejo del modelo econmico que empobreci a los venezolanos, por el mal manejo de su economa. Para que puedas tener una idea ms clara sobre estas constituciones te invito a leer el inicio de ellas par eso te coloco su contenido y la introduccin de la del 61 y el prembulo de la de1999, all nada ms podrs juzgar por ti mismo porque esta nueva constitucin es tan importante para los Venezolanos y porque est siendo tomada como ejemplo en muchos pases del mundo.Si leemos bien las dos constituciones hay muchos artculos que sigue igual, lo ms resaltante que tiene la del 99 son los derechos aborgenes y que se reconocen como pueblo que tienen derechos y deberes como cualquier otro ciudadanos, tambin habla sobre una democracia participativa quiere decir todo el mundo tiene el derecho de opinar y decidir sobre los programas polticos y econmicos que se vayan aplicar en el pas, a diferencia de la democracia representativa que solo los diputados del congreso disidan.La Constitucin de 1999 es, con enorme diferencia, la que de manera ms amplia ha reconocido los derechos fundamentales en la historia constitucional venezolana. De hecho, una parte importante de la doctrina alaba el sistema de reconocimiento y garantas de los derechos humanos, la Constitucin es muy completa con respecto a la proteccin de los ciudadanos de la intrusin del gobierno y al requerimiento de la transparencia, procesos democrticos y acceso a la informacin. Se reconoce que la Constitucin de 1999 es un texto en el cual se han incorporado notables innovaciones signadas por la progresividad de la proteccin de los derechos humanos.El captulo I, Disposiciones generales, se abre con el artculo 19, un merecido portal para el catlogo que le sigue: El Estado garantizar a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminacin alguna, el goce y el ejercicio irrenunciable,indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garanta son obligatorios para los rganos del Poder Pblico de conformidad con la Constitucin, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la Repblica y las leyes que los desarrollen. Dicho captulo incluye el derecho al libre desenvolvimiento personal, la igualdad ante la ley, la prohibicin de discriminacin, y varios mecanismos de proteccin, entre ellos la jerarqua constitucional de los tratados sobre derechos humanos, el amparo judicial, el hbeas corpus y el amparo internacional ante la violacin de los derechos.En el captulo II, la Constitucin de 1999 recoge los derechos de nacionalidad y ciudadana y, a diferencia del rgimen constitucional anterior, prev la doble nacionalidad59. El captulo III se destina a los derechos civiles, y el captulo IV a los derechos polticos y los diferentes tipos de referendos; este captulo incorpora los ms relevantes mecanismos constitucionales de participacin ciudadana. La Constitucin protege particularmente los derechos de los grupos sociales ms dbiles, principalmente en el captulo V, De los derechos sociales y de las familias. En el caso de los derechos de los nios y adolescentes, la Constitucin de 1999 desarrolla perfectamente los principios contenidos de la Convencin sobre Derechos del Nio, as como de la doctrina de la proteccin integral60. El captulo VI se dedica a los derechos culturales y educativos; el VII, a los derechos econmicos; el VIII a losderechos de los pueblos indgenas, otra importante innovacin constitucional; el IX, a los derechos ambientales y, finalmente, el captulo X est dedicado a los deberes constitucionales.La nueva regulacin constitucional de los estados de excepcin corrige en buena medida las deficiencias que sobre esta cuestin adoleca la Constitucin de 1961 y que, unidas al uso desmesurado y en ocasiones arbitrario de las facultades reconocidas a las autoridades durante los estados de excepcin, condujeron a situaciones vergonzosas de violacin de derechos humanos61. Los estados de excepcin se regulan, junto con la garanta de la Constitucin la aplicacin jurisdiccional de la Constitucin y, en particular, el papel de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en el Ttulo VIII, De la proteccin de la Constitucin."Toda persona tiene derecho al trabajo y l deber de trabajar".Como notamos en esta nueva constitucin, no solamente se habla del deber de trabajar sino del derecho de toda persona al trabajo. Como nos damos cuenta se logro ampliar el artculo o el beneficio a los ciudadanos porque ahora tiene rango constitucional el derecho al trabajo, el estado debe garantizar que exista trabajo para todos los ciudadanos.Como continua diciendo el Artculo 87 de la Constitucin Bolivariana de la Repblica de Venezuela. "El Estado garantizar la adopcin de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupacin productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y legarantice el pleno ejercicio de este derecho".Como podemos observar el estado se ha trazado metas casi imposibles como es garantizar el derecho al empleo, y conseguir empleo para todos; esto traera la prctica de darle trabajo a quien no se necesita, en la administracin pblica y eso nos ocasiona problemas econmicos; por los aumentos de los costos.Este artculo tambin contempla adopcin de medidas tendientes a garantizar esos derechos a los no dependientes, establece tambin la libertad al trabajo.Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela 1999. Igualdad de SexosArtculo 88: El estado garantizar la igualdad y equidad de hombres y mujeres n el ejercicio del Derecho al trabajo". El estado reconocer el trabajo del hogar como actividad econmica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley. Este artculo trata de reconocer el trabajo que desarrolla la mujer en el hogar, dndole importancia a nivel de rango constitucional y estableciendo que tienen derecho a la seguridad social.Igualmente podemos ver como la Constitucin de 1961, en el Art. 61 deca:Artculo 61: No se permitirn discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo o la condicin social.Los documentos de identificacin para los actos de la vida civil no contendrn mencin alguna que califique la filiacin.No se dar otro tratamiento oficial sino el de ciudadano y usted, salvo las frmulas diplomticas.ConstitucinNacional de 1961:Artculo 66: Todos tienen el derecho de expresar su pensamiento de viva voz o por escrito y de hacer uso para ello de cualquier medio de difusin, sin que pueda establecerse censura previa; pero quedan sujetas a pena, de conformidad con la ley, las expresiones que constituyan delitoNo se permite el anonimato, tampoco se permitir la propaganda de guerra, la que ofenda la moral pblica ni la que tenga por objeto provocar la desobediencia de las leyes, sin que por esto pueda coartarse el anlisis o las crticas de los preceptos legales.Artculo 67: "Todos tienen el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier entidad o funcionario pblico sobre los asuntos que sean de la competencia de stos y a obtener oportuna respuesta".Artculo 68: Todos pueden utilizar los rganos de la administracin de justicia para la defensa de sus derechos e intereses, en los trminos y condiciones establecidos por la ley, la cual fijar normas que aseguren el ejercicio de este derecho a quienes no dispongan de medios suficientes. La defensa es derecho inviolable en todo estado y grado del proceso.Como podemos observar estos tres artculos; se relacionan o tipifican a la accin, conceptualizan a la accin.La Accin: Es la facultad o poder que tienen las personas para acceder ante los rganos de justicia.Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, en su Art. 26 dice:Artculo 26: Toda persona tiene derecho de acceso a los rganos de administracin de justicia para hacer valersus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisin correspondiente.El Estado garantizar una justicia gratuita, accesible, imparcial, idnea, transparente, autnoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones intiles. La nueva constitucin de 1999 aade, garantas nuevas casi seala a la justicia perfecta cuando describe todo lo que garantizar a travs de este artculo.Constitucin Nacional, 1961. Derecho a ReuninArtculo 71: "Todos tienen el derecho a reunirse, pblica o privadamente, sin permiso previo, con fines lcitos y sin armas. Las reuniones en lugares pblicos se regirn por la ley".Es el mismo contenido prcticamente del artculo de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela de 1999, que dice:Artculo 53: "Toda persona tiene el derecho a reunirse pblica o privadamente, sin permiso previo, con fines lcitos y sin armas. Las reuniones en lugares pblicos se regirn por la ley".Estos derechos civiles aparecen en las constituciones como expresin de la sociedad libre frente al poder absoluto y el contenido es el mismo en 1961 y en 1999, y se concatenan con los artculos 68 de 1999 que contiene el derecho a manifestar.Constitucin Nacional 1961, Promocin de Asociaciones y Cooperativas.Artculo 72: El estado proteger las asociaciones, corporaciones, sociedades y comunidades que tengan por objeto el mejor cumplimiento de losfines de la persona humana y de la convivencia social, y fomentar la organizacin de cooperativas y dems instituciones destinadas a mejorar la economa popular.Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, 1999.Artculo 118. "Se reconoce el derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carcter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otros formas asociativas. Estas asociaciones podrn desarrollar cualquier tipo de actividad econmica, de conformidad con la ley. La ley reconocer las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carcter generador de beneficios colectivos.El estado promover y proteger estas asociaciones destinadas a mejorar la economa popular y alternativa.Es casi lo mismo, lo nico que se quiso agregar o resaltar en 1999; a la figura del trabajador y se destaca la funcin del estado para promover y proteger estas asociaciones.Estos artculos se vinculan con el Artculo 308 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela de 1999, en lo referente a la ayuda a la pequea y mediana Industria-capacitacin, que dice:Artculo 308: El Estado proteger y promover la pequea y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, as como tambin la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociacin comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo rgimen de propiedad colectiva; con el fin defortalecer el desarrollo econmico del pas, sustentndolo en la iniciativa popular. Se asegurar la capacitacin, la asistencia tcnica y el financiamiento oportuno.Estos artculos, demuestran la gran preocupacin de los constituyentes de 1999, en que el estado ayude al pequeo empresario, a la empresa familiar y a la llamada microempresa. Pero hay muchas fallas en cuanto a capacitacin y formacin empresarial, el INCE no se da basto, es necesario crear muchos institutos como el INCE, o crear escuelas que dependan de los tecnolgicos, que se dediquen solamente a dar cursos cortos de mximo 90 das, sobre formacin gerencial y otros temas que necesita la poblacin para pensar en llegar a ser un microempresario.Constitucin Nacional, 1961. El Derecho al Trabajo.Artculo 84: Todos tienen derecho al trabajo. El estado procurar que toda persona apta pueda obtener colocacin que le proporcione una subsistencia digna y decorosa.La libertad de trabajo no estar sujeta a otras restricciones que las que establezca la ley.Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, 1999.Artculo 87: Toda persona tiene derecho al trabajo y l deber de trabajar. El Estado garantizar la adopcin de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupacin productiva, que le proporciones una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptar medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de lostrabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no ser sometida a otras restricciones que las que la ley establezca.Todo patrono o patrona garantizar a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado. El Estado adoptar medidas y crear instituciones que permitan el control y la promocin de estas condiciones.

Tanto el derecho al trabajo como l deber de trabajar son conceptos que no puede satisfacerlo plenamente la sociedad ni el estado, pues un cierto grado de desempleo y un cierto nmero de personas que no quieren trabajar los ha habido siempre y ningn estado del mundo ha tenido xito completo en este terreno. Los pases socialistas del este acabaron con el desempleo a base de colocar gente donde no haca falta. Esta poltica fracas por muchas razones, entre otras porque llevaba los costos desmesuradamente. Lo que si es obligacin del estado es fomentar el empleo, disear las polticas adecuadas que hagan que la gente encuentre trabajo.

Constitucin Nacional, 1961.Artculo 54: "El trabajo es un deber de toda persona apta para prestarlo"Artculo 85: El trabajo ser objeto de proteccin especial. La ley dispondr lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores. Son irrenunciables por el trabajador las disposiciones que la ley establezca para favorecerlo o protegerlo.Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, 1999. Proteccin al Trabajo.Artculo 89: "El trabajo esun hecho social y gozar de la proteccin del Estado. La ley dispondr lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligacin del Estado se establecen los siguientes principios:Ninguna ley podr establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales les prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda accin, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos. Solo es posible la transaccin y convencimiento al trmino de la relacin laboral, de conformidad con los requisitos que establezca la ley.Cuando hubiere dudas acerca de la aplicacin o concurrencia de varias normas, o en la interpretacin de una determinada norma, se aplicar las ms favorables al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicar en su integridad.Toda medida o acto del patrono contrario a esta constitucin es nulo y no genera efecto alguno.S prohbe todo tipo de discriminacin por razones de poltica, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condicin.S prohbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar subdesarrollo integral. El Estado los o las proteger contra cualquier explotacin econmica y social.Este artculo habla de la progresividad de los derechos laborales, o ms tiempo trabajado mayor la proporcin en las prestaciones.CUADRO COMPARATIVOCONSTITUCION DE 1961CONSTITUCION DE 1999

Se dicta por el Congreso de la Repblica 16/01/1961, requerido el voto favorable de las Asambleas Legislativas del Pas EN REPRESENTACIN DEL PUEBLO (DEMOCRACIA REPRESENTATIVA). En vigor 23/01/1961.Se dicta por el Pueblo de Venezuela, 17/11/1999 en ejercicio de sus Poderes Creadores (DEMOCRACIA DIRECTA O PARTICIPATIVA Y PROTAGONICA. En vigor 20/12/1999.

Se invoca la proteccin del dios cristiano (DIOS TODOPODEROSO) para que proteja al pueblo (le piden los congresistas que proteja al pueblo.Se invoca la proteccin del dios de cualquier religin (DIOS, a secas), y la proteccin la invoca el pueblo para el mismo.

No se invoca ningn molde o ejemplo a seguir.Se invocan el ejemplo histrico de Bolivar y el herosmo de nuestros antepasados aborgenes y de los dems prceres de Venezuela.

Primera normativa constitucional de la historia de Venezuela que tuvo una vigencia de 38 aos.Algunas novedades:Se decret el nombre del pas como Repblica Bolivariana de Venezuela.Estableci la unicameralidad (una sola cmara) del poder legislativo (AN).Permiti el voto a los militares.Reconoci importantes derechos humanos.Reconoci a los pueblos indgenas.Consagr los poderes ciudadano y electoral.

Tiene como propsitos en lo interno:a) Mantener la independencia y la Integridad Territorial de la Nacin (no somos, ni seremos un pas sometido a los mandatos de las potencias extranjeras ni se puede disminuir el Territorio Nacional, ni permitir la separacin de los Estados).b) Fortalecer la Unidad Nacional.c) Asegurar la Libertad (ciudadana)d) Asegurar la Paz (ciudadana, en base a lo cual se reprime cualquier intento de desestabilizar y/o crear y fomentar disturbios)e) La estabilidad de las Instituciones (que son los rganos mediante los cuales el Estado se comunica con los ciudadanos y lleva a cabo sus labores)

Tiene como propsitos en lo interno:a) Refundar la Republica para establecer una sociedad democrtica, participativa y protagnica (ya no sern los diputados representantes del pueblo, sino unos simples mandatarios de esta). La diferencia es que aquellos decidan por el pueblo, sin necesidad de rendir cuentas de su gestin, porque se entiende que su voluntad es la del pueblo, mientras que estos deben consultar con el pueblo (parlamentarismo de calle) antes de asumir alguna posicin en la Asamblea y deben rendirles cuentas a los electores a cerca de su gestin.b) Multitnica y Pluricultural (se reconocen las diferencias entre las distintas razas culturas que forman la venezolanidad, siempre y cuando no atente contra lo establecido en la Constitucin, lo que significa en la prctica en que todo aquello que sea propio de una etnia o cultura, siempre que no vaya en contra de la Constitucin, o las Leyes (se desarrolla en los artculos 119 y siguientes)c) Establecer en Estado de Justica (en el cual la Ley debe propender a lo justo y cuando haya conflicto entre lo justo y lo legal, debe favorecerse lo justo. La falla es que no se define que es lo justo).d) Consolidar la integridad territorial.

No hace alusin a la forma de GobiernoEstablece que el Estado ser federal (se respeta y reconoce la autonoma de cada uno de los estados respecto a los dems) y descentralizado (se reconoce los derechos de los habitantes de los estados a elegir sus gobernantes y ha disponer la mejor forma de cubrir sus necesidades materiales).

Tiene como propsitos en lo social:a) Proteger y enaltecer el trabajo.b) Amparar la dignidad humana.c) Promover el bienestar general.d) Promover la seguridad sociale) Lograr la participacin equitativa de todos en el disfrute de la riqueza, conforme a los principios de la Justicia Social (de nuevo, si no se define que es justicia, no se puede saber que es justicia social.f) Fomentar el desarrollo de la economa al servicio del hombre (hay dos visiones de la economa: la capitalista, que plantea explotar las fuerzas humanas para el acrecimiento del capital monetario y la satisfaccin de necesidades individuales; y la socialista, que plantea explotar la fuerza humana para el crecimiento del capital monetario como mecanismo de satisfaccin de las necesidades colectivas.g) Mantener la igualdad social y jurdica.h) Lograr la no discriminacin.Tiene como propsitos en lo social:a) Consolidar el valor de la Libertad (tanto en lo interno como en lo externo del pas)b) Consolidar el valor de la independencia (en todo sentido, tanto moral, poltica, econmica y alimenticia, etc.)c) Consolidar el valor de la Paz (en sentido amplio, no solo como ausencia o repudio de la guerra, sino como consecuencia de la satisfaccin de las necesidades de los pueblos).d) Consolidar el valor de la solidaridad (ayudando a quienes estn agobiados por las necesidades, tanto materiales como morales)e) Consolidar el valor del bien comn. f) Consolidar la convivencia y el imperio de la Ley para esta y las venideras generaciones.g) Asegurar el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educacin, a la Justicia Social y a la Igualdad sin discriminacin ni subordinacin alguna.

Tiene como propsitos en lo internacional:a) Cooperar con las dems Naciones.b) Cooperar especialmente con las Naciones Americanas (Panamericanas) teniendo como base: 1- El respeto reciproco de la soberana (se coopera solamente cuando el pas necesitado lo acepta) la autodeterminacin de los pueblos (la ayuda no tendr como objeto el influir en las decisiones de los pueblos).c) Cooperar a la realizacin mundial de los Derechos Humanos (Derechos Individuales y Sociales de la persona humana)d) Repudiar la guerra, la conquista y el predominio econmico como instrumentos de poltica internacional. Tiene como propsitos en lo internacional:a) Promover la participacin pacifica entre las Naciones. b) Impulsar y consolidar la integracin Latinoamericana (ntese que es distinto de cooperar con las Naciones Americanas) teniendo como base los principios de no intervencin y de respeto a la autodeterminacin popular.c) Promover la garanta universal e indivisible de los derechos humanos. d) Promover el desarme nuclear.e) Promover el equilibrio ecolgico.f) Promover jurdicamente al ambiente.g) Promover la democratizacin de la sociedad internacional.

Tiene como propsitos en lo poltico:a) Afianzar a la democracia como nico sistema poltico capaz de garantizar a los pueblos sus derechos y su dignidad tanto a nivel Nacional como Internacional. Tiene como propsitos en lo poltico:a) Establecer en la democracia participativa y protagnica como modo de gobierno.

Tiene como propsitos en lo moral:a) Conservar y acrecer el patrimonio histrico de la Nacin, expandiendo y propulsando el pensamiento de Simn Bolivar y dems Grandes Servidores de la Patria.Tiene como propsitos en lo moral:a) No hace ninguna declaracin expresa como la de 1961, pero al estar basada en el pensamiento de Bolivar, nuestros antepasados indgenas y los dems prceres de la independencia de la Patria, teniendo una firme base para la Constitucin.

DEFINICION DEL AGUASustancia lquida sin olor, color ni sabor que se encuentra en la naturaleza en estado ms o menos puro formando ros, lagos y mares, ocupa las tres cuartas partes del planeta Tierra y forma parte de los seres vivos; est constituida por hidrgeno y oxgeno ( H2 O ).DEFINICION DEL AGUAPodemos comenzar diciendo que el agua es uno de los elementos naturales que se encuentra en mayor cantidad en el planeta Tierra. Adems, podemos agregar que el agua es uno de esos elementos que ms directamente tienen que ver con la posibilidad del desarrollo de distintas formas de vida. Del mismo modo que sucede con el oxgeno, el agua es esencial para que tanto los vegetales como los animales, el ser humano y todas las formas de vida conocidas puedan existir. Es importante tener en cuenta que los organismos de todos los seres vivos estn compuestos en una alta proporcin por agua, siendo que esta es la que compone los msculos, rganos y los diferentes tejidos. As, el agua se vuelve un elemento de suma importancia para la existencia de la vida.LEYES DE MENDEL Las leyes de Mendel son el conjunto de reglas bsicas sobre la transmisin por herencia gentica de las caractersticas de los organismos padres a sus hijos. Estas reglas bsicas de herencia constituyen el fundamento de la gentica. Las leyes se derivan del trabajo realizado por Gregor Mendel publicado en el ao 1865 y en 1866, aunque fue ignorado por mucho tiempo hasta su redescubrimiento en 1900.TODA LA GENETICA DE LEY DE MENDELLas tres leyes de Mendel explican y predicen cmo van a ser los caracteres fsicos (fenotipo) de un nuevo individuo. Frecuentemente se han descrito como leyes para explicar la transmisin de caracteres (herencia gentica) a la descendencia. Desde este punto de vista, de transmisin de caracteres, estrictamente hablando no correspondera considerar la primera ley de Mendel (Ley de la uniformidad). Es un error muy extendido suponer que la uniformidad de los hbridos que Mendel observ en sus experimentos es una ley de transmisin, pero la dominancia nada tiene que ver con la transmisin, sino con la expresin delgenotipo. Por lo que esta observacin mendeliana en ocasiones no se considera una ley de Mendel. As pues, hay tres leyes de Mendel que explican los caracteres de la descendencia de dos individuos, pero solo son dos las leyes mendelianas de transmisin: la Ley de segregacin de caracteres independientes (2 ley, que, si no se tiene en cuenta la ley de uniformidad, es descrita como 1 Ley) y la Ley de la herencia independiente de caracteres (3 ley, en ocasiones descrita como 2 Ley).1 Ley de Mendel: Principio de la uniformidad de los hbridos de la primera generacin filial (segregacin equivalente)Establece que si se cruzan dos razas puras (un homocigoto dominante con uno recesivo) para un determinado carcter, los descendientes de la primera generacin sern todos iguales entre s, fenotpica y genotpicamente, e iguales fenotpicamente a uno de los progenitores (de genotipo dominante), independientemente de la direccin del cruzamiento. Expresado con letras maysculas las dominantes (A = amarillo) y minsculas las recesivas (a = verde), se representara as: AA + aa = Aa, Aa, Aa, Aa. En pocas palabras, existen factores para cada carcter los cuales se separan cuando se forman los gametos y se vuelven a unir cuando ocurre la fecundacin.AA

aAaAa

aAaAa

2 Ley de Mendel: Ley de la segregacin de los caracteres en la segunda generacin filialEsta ley establece que durante la formacin de los gametos, cada alelo de un par se separa del otro miembro para determinar la constitucin gentica delgameto filial. Es muy habitual representar las posibilidades dehibridacinmediante uncuadro de Punnett.Mendel obtuvo esta ley al cruzar diferentes variedades de individuosheterocigotos(diploides con dos variantes allicas del mismo gen: Aa), y pudo observar en sus experimentos que obtena muchos guisantes con caractersticas de piel amarilla y otros (menos) con caractersticas de piel verde, comprob que la proporcin era de 3:4 de color amarilla y 1:4 de color verde (3:1). Aa + Aa = AA, Aa, Aa, aa.Aa

AAAAa

aAaaa

Segn la interpretacin actual, los dos alelos, que codifican para cada caracterstica, son segregados durante la produccin degametosmediante una divisin celular meitica. Esto significa que cada gameto va a contener un solo alelo para cada gen. Lo cual permite que los alelos materno y paterno se combinen en el descendiente, asegurando la variacin.Para cada caracterstica, un organismo hereda dos alelos, uno de cada progenitor. Esto significa que en las clulas somticas, un alelo proviene de la madre y otro del padre. Estos pueden ser homocigotos o heterocigotos.En palabras del propio Mendel:6Resulta ahora claro que los hbridos forman semillas que tienen el uno o el otro de los dos caracteres diferenciales, y de estos la mitad vuelven a desarrollar la forma hbrida, mientras que la otra mitad produce plantas que permanecen constantes y reciben el carcter dominante o el recesivo en igual nmero.3 Ley de Mendel: Ley de la independencia de los caracteres hereditariosEn ocasiones es descrita como la 2 Ley, en caso de considerar solo dos leyes (criterio basado en que Mendel solo estudi la transmisin de factores hereditarios y no su dominancia/expresividad). Mendel concluy que diferentes rasgos son heredados independientemente unos de otros, no existe relacin entre ellos, por lo tanto el patrn de herencia de un rasgo no afectar al patrn de herencia de otro. Solo se cumple en aquellos genes que no estn ligados (es decir, que estn en diferentes cromosomas) o que estn en regiones muy separadas del mismo cromosoma. En este caso la descendencia sigue las proporciones. Representndolo con letras, de padres con dos caractersticas AALL y aall (donde cada letra representa una caracterstica y la dominancia por la mayscula o minscula), por entrecruzamiento de razas puras (1era Ley), aplicada a dos rasgos, resultaran los siguientes gametos: AL + al =AL, Al, aL, al.ALAlaLal

ALAL-ALAl-ALaL-ALal-AL

AlAL-AlAl-AlaL-Alal-Al

aLAL-aLAl-aLaL-aLal-aL

alAL-alAl-alal-aLal-al

Al intercambiar entre estos cuatro gametos, se obtiene la proporcin AALL, AALl, AAlL, AAll, AaLL, AaLl, AalL, Aall, aALL, aALl, aAlL, aAll, aaLL, aaLl, aalL, aall.Como conclusin tenemos: 9 con "A" y "L" dominantes, 3 con "a" y "L", 3 con "A" y "l" y 1 con genes recesivos "aall"En palabras del propio Mendel:Por tanto, no hay duda de que a todos los caracteres que intervinieron en los experimentos se aplica el principio de que la descendencia de los hbridos en que se combinan varios caracteres esenciales diferentes, presenta los trminos de una serie de combinaciones, que resulta de la reunin de las series de desarrollo de cada pareja de caracteres diferenciales.

QUE ES PENSAMIENTO POLITICOEl pensamiento poltico como todo pensamiento es una capacidad humana, y en este caso exclusiva de este animal racional, al que adems Aristteles calific de animal poltico, portador de ciertas habilidades del pensamiento como la de percibir el bien y el mal, distinguirlos, formar ideas, y expresarlas lingsticamente.QUE ES RESISTENCIA INDIGENA Y QUE SUCEDI EN EL SIGLO XVIILa llegada del conquistador espaol a Venezuela se produjo en el ao de 1498, a partir de ese momento comenzara un largo periodo de abusos en contra de nuestra poblacin indgena la cual consisti en un principio en su esclavizacin y posteriormente adoctrinamiento y paulatina expulsin de sus territorios originales. Sin embargo es muy conocido que para el conquistador espaol no resulto nada fcil vencer la voluntad y la rebelda de nuestros indgenas. A todo lo largo de los siglos XVI, XVII, XVIII y XIX fueron incontables los casos en los cuales se presentaron enfrentamientos directos entre ambos bandos, en muchas oportunidades nuestros indgenas no cedieron tan fcilmente sus tierras, muchos espaoles murieron a consecuencia de Los enfrentamientos y varios asentamientos fueron destruidos. La resistencia al invasor espaol en todo el territorio de Venezuela fue una realidad que ha sido muy poco tratada por los investigadores de nuestra historia a pesar de la referencia hecha por la mayora de los Cronistas que escribieron sobre la conquista y colonizacin. En muy conocida la resistencia que presentaron los Caribes, Guaiqueri y Cumanagotos en el oriente y centro de Venezuela; las dificultades y la maldad que aplicaron los conquistadores Welser en el occidente de Venezuela para acabar con la resistencia indgena, y el ejemplo ms claro y referenciado lo podemos encontrar en la encarnizada resistencia y lucha que se present a mitad del siglo XVI en todo el territorio de lo que hoy es conocido como la Gran Caracas. Las diferentes tribus que poblaban toda esa extensa regin como los Toromaymas, Guarenas, Caracas, Mariches, Tarmas, Teques y Tomuzas mantuvieron a raya a los espaoles hasta muy entrado el siglo XVI, destruyendo cualquier tipo de asentamiento. Sin embargo la codicia del espaol ante el descubrimiento de oro en la regin de los indios Teques fue el motivo que gener la ms intensa y pica lucha presentada en Venezuela. Durante ms de diez aos a los espaoles se les hizo difcil vencer la resistencia de nuestro nativos, dos intentos de fundacin de una ciudad fracasaron, solo bajo la utilizacin de soldados profesionales y un mejor armamento, se concret su definitiva derrota. Las diversas tribus que habitaban la regin llegaron incluso unirse en funcin de la lucha planteada, en una reunin de sus mximos dirigentes le entregaron la direccin de la guerra a un Cacique de la tribu de los Teques de nombre Guaicaipuro la cual dirigi valientemente hasta el momento de su muerte. Con este hecho se demostr el alto grado de compromiso y defensa de su modo de vida que alcanzaron nuestros indgenas en la colonia, y solo pudieron doblegar su voluntad a travs del uso de una mejor tecnologa de guerra y la utilizacin de soldados profesionales. CONSTITUCION 1857 HASTA 1864Constitucin de 1857Constitucin sancionada por el Congreso de la Repblica el 16 de abril de 1857, el propsito de la misma era aumentar el perodo presidencial a 6 aos, el presidente puede ser reelegido y centralizar la organizacin del Estado.Constitucin de 1858Fue sancionada por la Convencin Nacional de Valencia el 24 de diciembre de 1858. Esta nueva Constitucin otorga mas autnomia a las Provincias, la eleccin del presidente, vicepresidente y otros funcionarios por votacin universal, directa y secreta. Con perodos presidenciales de 4 aos. Esta vigente por poco tiempo ya que estalla la Guerra Federal el 20 de febrero de 1859.Constitucin de los Estados Unidos de Venezuela de 1864Aprobada por la Asamblea Constituyente de la Federacin el 28 de marzo de 1864. Consagra el sistema federal vigente hasta nuestros das, en el que los Estados seran independientes y se uniran para formar la nacin con el nombre de Estados Unidos de Venezuela. El presidente sera elegido por votacin directa y secreta. Durara 4 aos en el poder.