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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................. 12

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 38

BANCOS ............................................................................................................................................................... 40

INVERSION EN VALORES ..................................................................................................................................... 42

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 43

ANTICIPO A PROVEDORES .................................................................................................................................. 46

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 47

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 51

PROVEDORES ...................................................................................................................................................... 52

ACREDORES DIVERSOS ...................................................................................................................................... 53

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR ......................................................................................................... 54

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 55

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 60

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 60

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 69

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 92

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 92

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 94

FOREMOBA ........................................................................................................................................................ 110

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS .................................................................................................... 112

RELLENO SANITARIO ........................................................................................................................................ 116

RASTRO MUNICIPAL .......................................................................................................................................... 117

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................. 118

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010 Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - -

Pliego de observaciones 35 6

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

6 -

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

- -

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

- 32

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

1 -

Solicitud de Aclaración 6 2

Subtotal 48 40

Acciones Preventivas

Recomendación2 38 38

Recomendación al Desempeño - -

Subtotal 38 38

TOTAL 86 78

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la Contaduría Gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Pinos, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción de los denominados: Revelación Suficiente.- En virtud de que el ente auditado presenta saldo negativo en una cuenta de Bancos que altera la naturaleza de la misma, además que no registra los movimientos de fondo fijo y caja, de manera individualizada.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 96.62%, $89,336,718.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $3,137,687.94 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Observación AF-01 Que corresponde a la Administración 2007-2010 De los ingresos obtenidos por el Departamento de Catastro, se observó que no fueron depositados oportunamente e ingresados en su totalidad a cuentas bancarias del municipio, depositando posteriormente los ingresos que quedaron pendientes en su momento, sin embargo según registros contables y depósitos bancarios, no existen ingresos pendientes de depositar al Banco, por lo que derivado de esta situación se procedió a analizar las conciliaciones bancarias de enero a septiembre de 2010, a fin de verificar el comportamiento de este tipo de ingresos, detectándose en el mes de junio depósitos en tránsito por un importe de $392,452.49, integrados de la siguiente manera: $52,857.17 correspondiente a ejercicios anteriores a 2007, $283,335.11 al ejercicio 2009 y $56,260.21 a junio de 2010. Posteriormente, en el mes de julio ya no aparecen dichos importes en la conciliación referida, argumentando el municipio, que ya fueron depositados en la cuenta bancaria correspondiente.

AF-10/39-001 Solicitud de Aclaración Se solicita a la administración 2007- 2010 presentar la evidencia documental que justifique que la cantidad de $392,452.49 incluida en conciliaciones bancarias hasta junio 2010 como depósitos en tránsito, ya no se haya considerado en la conciliación de julio del citado año. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-02, Observación AF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 Como resultado de la revisión al capítulo de Ingresos en lo que corresponde al rubro de Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles del periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, se detectó una condonación realizada por un importe de $1,805.01 sobre el entero de dicho Impuesto a nombre de Benjamín Gallegos Leos, según recibo No. AA7921 de fecha 21 de enero del ejercicio sujeto de revisión, no contemplada en la Ley de Ingresos del Municipio ni en ningún otro ordenamiento legal. Cabe señalar que la citada condonación fue autorizada por el Presidente Municipal, según soporte documental presentado por el ente fiscalizado.

AF-10/39-002 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones al C. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, quien desempeñó durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente Municipal, por un importe de $1,805.01, derivado de haber autorizado condonación del entero de Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, considerándose como Responsable Directo,

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

observándose incumplimiento a lo establecido en los artículos 13, 24, 63 y 82 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 74 fracciones III, V y VII, 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la revisión efectuada al rubro de Impuesto Predial por el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, se determinó diferencia por $55,883.31, entre lo informado por el Departamento de Catastro y lo registrado por la Tesorería Municipal, ya que el primero reporta $1,453,935.76 y la segunda $1,509,819.07, representando dicha diferencia un 3.84% en relación con el registro contable, es conveniente señalar que está no representa un daño a la Hacienda Pública pero si denota falta de Control Interno. En escrito de solventación el ente auditado manifestó que: "...hoy en día durante el año 2011 se está llevando un control del Sistema Predial...", cabe mencionar que derivado de su aclaración sólo se infiere que a partir del año en curso están efectuando conciliaciones entre las áreas de Catastro y Tesorería, sin embargo no presentó evidencia documental que aclare la diferencia observada.

AF-10/39-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, en lo sucesivo realizar conciliaciones periódicas entre el Departamento de Catastro y Tesorería, respecto de la recaudación y registro de del impuesto predial, a fin de que la información de ambas áreas, corresponda a la realidad del municipio. Lo anterior con apego a lo establecido en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y IV, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-04, Observación AF-04 Que corresponde a la administración 2007-2010

AF-10/39-005 Pliego de Observaciones

No solventa, por lo tanto se deriva

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión efectuada al rubro de Ingresos en relación a la renovación de Licencias de Bebidas Alcohólicas generados durante el ejercicio 2010, se determinaron las siguientes observaciones: 1. De acuerdo al listado presentado por el ente fiscalizado se observan varios descuentos y condonaciones, que ascienden a $21,256.36 correspondientes a los recibos con número de folio 47660, 48445, 48521, 49679, 53680 y 53687. Aunado a lo anterior respecto a la licencia número 3246 del usuario Juan Ramírez Valadez no se realizó cobro alguno, detectándose en el listado que contiene la citada licencia, el concepto de "donado" con relación a la misma, desconociéndose. 2. Además se observaron 12 licencias de las cuales se pagó con posterioridad su renovación, de acuerdo a lo establecido en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, dejando de aplicar la sanción de la clausura temporal, incumpliendo el ordenamiento legal citado. 3. Derivado de la verificación de los recibos de ingresos de este concepto se observó que adolecen de desglose de conceptos, situación que fue observada en el ejercicio anterior y de la cual se emitió la acción número AF-09/39-006 consistente en una recomendación, misma que no fue atendida. En solventación el ente auditado manifestó lo siguiente: "Los descuentos y condonaciones se hicieron en razón de que son personas que solicitaron la licencia para poder contar con un ingreso para el sustento de su familia, ya que no cuentan con trabajo y esa es la única forma de obtener algo para comer y vestir", sin embargo los descuentos y condonaciones objetadas no están contempladas en ningún ordenamiento legal, por lo cual no deben de realizarse.

Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, por un importe de $21,256.36, derivado de descuentos y condonaciones realizados sobre derechos por el cobro de renovación de licencias de bebidas alcohólicas, conceptos no contemplados en ningún ordenamiento legal; considerándose como Responsable Directo el primero y Subsidiario el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-10/39-006 Solicitud de Aclaración Se solicita al ente auditado presentar la evidencia documental respecto a la situación que guarda actualmente la licencia número 3246 del usuario C. Juan Ramírez Valadez para la venta de bebidas alcohólicas, ya que en el ejercicio sujeto a revisión no se realizó cobro alguno y en el listado proporcionado por el municipio tiene como

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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INGRESOS

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leyenda “donado”. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/39-007 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, en lo sucesivo aplicar las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, entre las cuales se incluye la de aplicar sanciones por concepto de presentación extemporánea de las solicitudes de renovación y en su caso instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva, según corresponda; así como realizar el desglose de los conceptos cobrados en los recibos de ingresos. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 61, 105, 107 fracción I y 108 fracción IV de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el

Se solventa y se le dará seguimiento.

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ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la revisión a las licencias que se expidieron en el ejercicio 2010, se observó la existencia de 130 nuevas licencias de funcionamiento para instalar y operar establecimientos dedicados al almacenaje, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas, mismas que fueron expedidas sin contar con la anuencia de la Secretaría de Finanzas ni autorización del H. Ayuntamiento, infringiendo lo establecido en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas en sus artículos 8, 9, 14 y 22. En proceso de solventación el ente auditado mediante escrito manifestó: "Las únicas anuencias que se solicitan a Finanzas son las de vinos, por lo que respecta a las de cerveza se han estado autorizando aquí en el municipio, aunque no se hicieron a través de cabildo", sin embargo no presentó evidencia documental de su dicho, además de que la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, es muy clara en señalar en el artículo 14.- "Para que la autoridad municipal pueda expedir licencias de funcionamiento se requiere la anuencia previa del Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría. Las licencias otorgadas sin dicho requerimiento serán nulas".

AF-10/39-009 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Presidente Municipal y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, Tesorero Municipal, por el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre del ejercicio 2010, en virtud de expedir licencias de bebidas alcohólicas sin contar con las respectivas anuencias de la Secretaría de Finanzas ni autorización del H. Ayuntamiento. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 8, 9, 13, 14 y 22 de la Ley Sobre Bebidas

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INGRESOS

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Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, infringiendo además lo establecido en el artículo 5° fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada al rubro de Ingresos, se observó que el municipio cobró cuotas superiores e inferiores a las establecidas en su Ley de Ingresos aplicable para el ejercicio 2010, además de realizar el cobro de conceptos que no se encuentran contenido en la misma; lo cual se detalla a continuación:

CONCEPTO

TARIFAS DIFERENCIA

ESTABLECIDAS COBRADAS DE MÁS

DE MENOS

Asentamiento de nacimiento

56.63 71.00 14.37

Divorcio 56.63 71.00 14.37

Asentamiento de defunción

56.63 71.00 14.37

Matrimonio oficina

396.00 575.00 179.00

Matrimonio a domicilio

849.33 1,026.00 176.67

Licencia al comercio

217.88 120.00 97.88

CONCEPTOS NO CONTEMPLADOS EN LA LEY DE INGRESOS MUNICIPAL

Permiso para sepultar mayor 90.00

Permiso para sepultar menor 80.00

Permiso para construcción 100.00

Aunado a lo anterior, se observó que los recibos expedidos carecen de datos suficientes para verificar su correcto cobro, ya que aún cuando presentan el concepto y el monto cobrado, no especifican base, tasa, cantidad, costo unitario, aspectos que no dan certeza jurídica a los contribuyentes por los pagos realizados.

AF-10/39-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para el cobro de contribuciones, observe lo establecido en su Ley de Ingresos. Asimismo se recomienda al H. Ayuntamiento que en cumplimiento a los ordenamientos establecidos en los artículos 49 fracción XXIX, 50 fracción II, 74 fracción VII y 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio determine las tasas y tarifas aplicables a los conceptos no estipulados en el citado ordenamiento, proponiendo a la H. Legislatura su inclusión en la Ley de Ingresos del Municipio. De igual manera, se recomienda en lo sucesivo efectuar el desglose adecuado de los conceptos cobrados e incluirlos en los recibos de ingresos, a fin de verificar su correcto cobro en relación a la base, tasa, cantidad y costo unitario. Por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-07, Observación AF-07 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión al Impuesto Predial, se observó que el municipio cuenta con contribuyentes morosos, de los cuales 3,873 corresponden a predios rústicos y 3,442 a predios urbanos.

AF-10/39-012 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, implementar las acciones necesarias que permitan abatir dicho rezago en beneficio del erario municipal, implementando acciones de cobro coactivo en los casos que así lo ameriten. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-08, Observación AF-08 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada de las formas valoradas se observó que algunas de ellas no cuentan con número de folio, elemento indispensable para su control.

AF-10/39-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, observar la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no

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normatividad vigente respecto al uso de formas valoradas, así como implementar medidas de control para su adecuada expedición, a lo que se le dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Page 13: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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El presupuesto ejercido por el municipio de Pinos, Zacatecas, fue por el orden de $180,902,233.94 los cuales se integraron por: $90,498.880.44 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 29.73%, $1,658,124.54 de Obra Pública, $86,359,411.39 Aportaciones Federales del Ramo 33 y $2,385,817.57 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-09, Observación AF-09 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión realizada a la muestra seleccionada de Egresos, se observó que el ente auditado realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental por un importe de $47,527.00 cuyo desglose se detalla a continuación:

Fecha No. Póliza

Cuenta

No. Cheque y Cuenta Bancaria

Concepto Importe

02/03/2010 E00753 5000-01-3604

Ch. 17903 1974-2 BBVA Bancomer

Mediante la póliza de egresos E00753 se registró un pago de servicio de internet de los centros de cómputo del municipio ubicados en las comunidades: Pedregoso, La Pendencia, Agua Gorda de los Patos, Santa Ana, El Obraje, José María Pinos Suárez y Cieneguilla, presentando la póliza cheque número 17903, recibo de egresos, oficio 137/2010 suscrito por el Profr. Bruno Esquivel Cruz, Oficial Mayor, en el cual solicita el pago al Tesorero Municipal, así mismo se anexa su identificación oficial, sin embargo no presentó evidencia que justificara la erogación, ni documento fiscal que comprobara dicho gasto.

27,527.00

AF-10/39-016 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, por un importe de $47,527.00, derivado de erogaciones realizadas con cargo al Presupuesto de Egresos de las cuelas no se presenta el soporte documental con requisitos fiscales y evidencia de su aplicación en acciones propias del municipio, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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09/06/2010 E01912 5000-01-1201

Ch. 18779 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de honorarios por concepto de asesoría en proyectos de fondos federales, del cual el ente auditado presenta la póliza de cheque 18779, recibo de egresos sin número e identificación oficial de la C. María del Carmen Campos Soria, sin embargo no presenta evidencia documental que compruebe y justifique el gasto realizado, tal como recibo de honorarios, contrato de prestación de servicios y documentación que acredite que se llevó a cabo la asesoría mencionada En solventación el ente auditado manifestó: "Los honorarios se pagaron por trámites para bajar recursos de dependencias federales en la ciudad de México". Sin presentar evidencia documental que acreditara su dicho.

20,000.00

SUMA

$47,527.00

Resultado AF-10, Observación AF-10 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones que no se justifican, en virtud de no comprobar la aplicación del gasto por un monto de $532,685.07, integrados por $316,345.07 de la Administración Municipal 2007-2010 y por $216,345.00 de la Administración Municipal 2010-2013. El

AF-10/39-017 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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desglose de dichas cantidades se detalla a continuación:

Fecha No. Póliza

Cuenta

No. Cheque y Cuenta Bancaria

Concepto Importe

Administración Municipal 2007-2010

12/01/2010 E00047 5000-01-1201

Ch. 17480 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de honorarios por concepto de asesoría fiscal, del cual el ente auditado presenta como soporte documental póliza de cheque 17480, recibo de egresos sin número y recibo de honorarios 5579 expedido por el L.C. Raúl Brito Berumen, sin embargo no presenta el contrato de prestación de servicios y/o evidencia documental que justifique el motivo por el cual se llevó a cabo la asesoría. El ente auditado manifestó en solventación: "Los honorarios se pagaron por trámites para bajar recursos de dependencias federales en la Ciudad de México", Sin presentar evidencia documental que respalde su dicho.

69,600.00

04/02/2010 E00265 5000-01-3205

Ch. 17840 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de renta de vehículo, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza cheque número 17840, recibo de egresos, factura 34 expedida por el C. Héctor Ojeda Esquivel, así como su identificación oficial, sin embargo no presenta evidencia que justifique el motivo por el cual se arrendó el vehículo. El ente auditado manifestó en solventación: "La renta del vehículo corresponde a traslado de

20,355.00

2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, por un importe de $316,345.07, derivado de erogaciones realizadas con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican, en virtud de no comprobar su aplicación en acciones propias del municipio, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/39-018 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y Bertha Alicia Cisneros Velázquez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, como Presidente y Tesorera Municipal respectivamente, por un importe de $216,340.00, derivado de erogaciones realizadas con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican, en virtud de no comprobar su aplicación en acciones propias del municipio, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Page 16: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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diversos grupos de personas del municipio (grupos de danza, escuelas, ejidatarios, etc.) en algunos casos para participar en eventos culturales, viajes de estudios y/o trámites en dependencias de Gobierno del Estado o Federales". Sin embargo, no presenta evidencia documental alguna que avale los argumentos expresados, tales como solicitudes de apoyo, acuses de recibo de los apoyos y/o evidencia fotográfica.

20/04/2010 E01326 5000-01-1306

Ch. 18375 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de finiquito al C. Sergio Morquecho Palacios, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza de cheque número 18375 y oficio sin número suscrito por el Sindico Municipal, el Profr. Fausto Rodríguez Juárez, dirigido al H. Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, en donde se manifiesta el envío del cheque por negativa del beneficiario de recibirlo, así como copia de identificación oficial del mismo. Cabe señalar que no se aprecia sello de acuse de recibo en el oficio citado ni se presenta el acta de finiquito ni el cálculo correspondiente, por tales motivos no se justifica dicho gasto.

40,207.00

20/04/2010 E01329 5000-01-1306

Ch. 18378 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de finiquito a la C. Leticia Juárez Venegas, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza de cheque número 18378 y oficio sin número suscrito por el Sindico Municipal,

54,187.26

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EGRESOS

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el Profr. Fausto Rodríguez Juárez, dirigido al H. Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, en donde se manifiesta el envío del cheque por negativa del beneficiario de recibirlo, así como copia de identificación oficial del mismo. Cabe señalar que no se aprecia sello de acuse de recibo en el oficio citado ni se presenta el acta de finiquito ni el cálculo correspondiente, por tales motivos no se justifica dicho gasto.

20/04/2010 E01327 5000-01-1306

Ch. 18376 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de finiquito al C. Antonio Leyva Torres, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza de cheque número 18376 sin firma del beneficiario y oficio sin número suscrito por el Sindico Municipal, el Profr. Fausto Rodríguez Juárez, dirigido al H. Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, en donde se manifiesta el envío del cheque por negativa del beneficiario de recibirlo, así como copia de identificación oficial del mismo. Cabe señalar que no se aprecia sello de acuse de recibo en el oficio citado ni se presenta el acta de finiquito ni el cálculo correspondiente, por tales motivos no se justifica dicho gasto.

30,429.50

22/04/2010 E01360 5000-01-1306

Ch. 18409 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de finiquito a la C. Leticia Juárez Venegas, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza de cheque número 18409 y oficio sin número suscrito por el Sindico Municipal, el Profr. Fausto

3,425.31

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Rodríguez Juárez, dirigido al H. Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, en donde se manifiesta el envío del cheque por negativa del beneficiario de recibirlo, así como copia de identificación oficial del mismo. Cabe señalar que no se aprecia sello de acuse de recibo en el oficio citado ni se presenta el acta de finiquito ni el cálculo correspondiente, por tales motivos no se justifica dicho gasto.

22/04/2010 E01359 5000-01-1306

Ch. 18408 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de finiquito al C. Sergio Morquecho Palacios, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza de cheque número 18408 sin firma del beneficiario e identificación oficial, sin embargo no presenta el acta de finiquito ni evidencia documental consistente en el cálculo correspondiente, por tal motivo no se justifica dicho gasto. Cabe hacer mención que mediante la póliza de egresos E01326 se realizó un primer pago como parte del finiquito.

2,443.00

06/05/2010 E01558 5000-01-3205

Ch. 18490 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de renta de vehículo, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza cheque número 18490, recibo de egresos, factura 101 expedida por el C. Héctor Ojeda Esquivel, así como su identificación oficial, sin embargo no presenta evidencia que justifique el motivo por el cual se arrendó el vehículo. El ente auditado

19,024.00

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manifestó en solventación: "La renta del vehículo corresponde a traslado de diversos grupos de personas del municipio (grupos de danza, escuelas, ejidatarios, etc.) en algunos casos para participar en eventos culturales, viajes de estudios y/o trámites en dependencias de Gobierno del Estado o Federales". Sin embargo, no presenta evidencia documental alguna que avale los argumentos expresados, tales como solicitudes de apoyo, acuses de recibo de los apoyos y/o evidencia fotográfica.

11/05/2010 E01601 5000-01-3801

Ch. 18533 1974-2 BBVA Bancomer

Pago por compra de alimentos, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza cheque número 18533, recibo de egresos firmado de recibido por el C. Juan Luis Herrera Hernández, facturas 5979 y 6053, expedidas por el Restaurant Bar El Gordo de Ojuelos, S.A. de C.V., además anexa recibos de solicitud de pago y notas de remisión, sin embargo no presenta evidencia que permita justificar el motivo por el cual se realizó el gasto. El ente auditado manifestó en solventación: "El gasto corresponde a consumo de alimentos que se consumieron (sic) en reuniones con funcionarios, y en otras ocasiones con Delegados Municipales de la Región Sur del municipio". Sin embargo, no presenta evidencia documental de las

12,062.00

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reuniones realizadas y/o evidencia fotográfica que confirme su realización.

20/05/2010 E01666 5000-01-3205

Ch. 18598 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de renta de vehículo, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza cheque número 18598, recibo de egresos, factura 102 expedida por el C. Héctor Ojeda Esquivel, así como su identificación oficial, sin embargo no presenta evidencia que justifique el motivo por el cual se arrendó el vehículo. El ente auditado manifestó en solventación: "La renta del vehículo corresponde a traslado de diversos grupos de personas del municipio (grupos de danza, escuelas, ejidatarios, etc.) en algunos casos para participar en eventos culturales, viajes de estudios y/o trámites en dependencias de Gobierno del Estado o Federales". Sin embargo, no presenta evidencia documental alguna que avale los argumentos expresados, tales como solicitudes de apoyo, acuses de recibo de los apoyos y/o evidencia fotográfica.

22,852.00

11/08/2010 E02379 5000-01-3602

Ch. 19078 1974-2 BBVA Bancomer

Pago por la compra de cachuchas, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza cheque número 19078, recibo de egresos, factura 254 expedida por el C. Rubén Rodríguez Rocha, propietario de "Comercializadora Rodríguez Group",

41,760.00

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así como evidencia fotográfica de la adquisición, sin embargo no presenta documentación que justifique el motivo por el cual se realizó la compra.

SUBTOTAL $316,345.07

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2010-2013

01/12/2010 E03203 5000-01-3205

Ch. 19613 1974-2 BBVA Bancomer

Pago de renta de vehículo, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza cheque número 19613, recibo de egresos, facturas 114 y 115 expedidas por el C. Héctor Ojeda Esquivel, así como copia de su identificación oficial; sin embargo no presenta evidencia documental que justifique el motivo por el cual se arrendó el vehículo. Cabe mencionar que en solventación el municipio manifestó: "La renta del vehículo corresponde a una camioneta Combi, la cual se solicita para trasladar a personas del municipio que lo solicitan para realizar trámites en dependencias de Zacatecas, así como solicitudes de algunas escuelas para traslado de alumnos a concursos y/o viajes a Balnearios, etc." y que: "…por el inicio de la administración y por el desconocimiento no se pidieron las solicitudes correspondientes". Mediante oficio no. 026/011 de fecha 27 de junio de 2011, suscrito por la C. Bertha Alicia Cisneros Velázquez Tesorera Municipal, presenta

34,800.00

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documentación en copia fotostática, consistentes en “solicitudes de apoyos” a través de la cual refiere que actualmente se está requiriendo una solicitud por escrito ante la petición de apoyos, sin embargo, estas corresponden a erogaciones de del ejercicio 2011, no así a la erogación realizada a través del cheque número 19613 por $34,800.00. De lo anterior, las leyes fiscales no aceptan su desconocimiento y son de aplicación estricta, además el ente auditado no presenta evidencia documental alguna que avale los argumentos expresados, tales como solicitudes de apoyo, acuses de recibo de los apoyos y/o evidencia fotográfica.

21/12/2010 E03340 5000-01-4101

Ch. 19750 1974-2 BBVA Bancomer

Mediante la póliza de diario D00189 de fecha 31 de agosto de 2010, se registró una creación de pasivo por concepto de compra de cobijas, cobertores y colchones al C. J. Jesús Ibarra Madrid, propietario de "Mueblería La Económica", del cual el ente auditado presentó la factura 1565. Posteriormente la factura fue pagada con recursos propios mediante póliza de egresos E03340 con cheque 19750, por lo que se procedió a llevar a cabo su revisión y se verificó que no presentan evidencia documental que justifique el motivo por el cual se realizó el gasto. Se solicitó al ente auditado presentar evidencia documental y

181,540.00

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fotográfica que acreditara la entrega de los bienes adquiridos, así como relación de las personas beneficiadas, debidamente firmada, acompañando copia de la identificación oficial de los mismos. Derivado de la solventación el ente auditado manifestó: "El pago se hizo porque aparecía en pasivos de la administración anterior, por lo tanto no se cuenta con la evidencia que justifique el motivo del gasto..." Mediante oficio no. 026/011 de fecha 27 de junio de 2011, suscrito por la C. Bertha Alicia Cisneros Velázquez Tesorera Municipal, presenta copia fotostática de reporte fotográfico contenido en 11 fojas, el cual contiene 2 fotografías a través de las cuales se puede verificar la entrega de cobijas a un grupo de personas, y una fotografía mas donde se pueden visualizar 5 colchones en evento del día de las madres; sin embargo no obstante lo anterior, no son elementos suficientes en los que se pueda justificar y corroborar la entrega a los beneficiarios de cobijas, cobertores y colchones, adquiridos mediante el pago de la factura no. 1564 a través del cheque no. 19750 por $181,540.00. De lo anterior, cabe mencionar que el ente auditado no verificó que el pasivo

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estuviera debidamente sustentado con evidencia documental y/o fotográfica que acreditara la entrega de los bienes adquiridos, así como relación de las personas beneficiadas, debidamente firmada, acompañando copia de la identificación oficial de las mismos.

SUBTOTAL

$216,340.00

TOTAL $532,685.07

Resultado AF-11, Observación AF-11 Que corresponde a la administración 2007-2010 Mediante la póliza de egresos E00976 del cheque 18126, se registró un pago de infracción de tránsito por $2,331.00, del cual el ente auditado presenta como evidencia documental la póliza del cheque 182126, copia de identificación oficial del C. Oscar Gómez Muñoz trabajador del municipio, así como formulario múltiple de pago de la institución bancaria BBVA Bancomer, misma que no es suficiente para corroborar los datos, además cabe mencionar que no se anexa la infracción referida, a fin de verificar el motivo por el cual se originó; no obstante lo anterior este tipo de gastos se considera que son originados por descuido o negligencia.

AF-10/39-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, evitar el pago por concepto de infracciones de tránsito, ya que representan un daño al erario público, en virtud de originarse por descuido o negligencia, por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-12, Observación AF-12 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 De la revisión a la muestra seleccionada de egresos, se detectó que el municipio de Pinos, Zacatecas, realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos, las

AF-10/39-021 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007-2010, aclarar lo referente a la erogación de $5,000.00 respecto del cheque

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Page 25: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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cuales presentan documentación comprobatoria incompleta por $241,821.37, integrados por $5,000.00 de la Administración Municipal 2007-2010 y $236,821.37 de la Administración Municipal 2010-2013, según el detalle siguiente:

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2010-2013

21/12/2010 E03378 5000-01-4101

Ch. 19788 1974-2 BBVA Bancomer

Mediante la póliza de Diario D00214 de fecha 13 de septiembre de 2010, se registró una creación de pasivo por concepto de compra de artículos comestibles a la C. Beatriz Alejandra Rocha Flores, propietaria de "Abarrotes y Materiales Alex", del cual el ente auditado presentó la factura 0005. Posteriormente la factura fue pagada con recursos propios mediante póliza de egresos E03378 con cheque 19788, por lo que se procedió a llevar a cabo su revisión y además de la factura presentan varias notas de remisión, recibos simples y copias de identificaciones oficiales, sin embargo no presenta solicitudes de apoyo ni evidencia documental y fotográfica que comprueben que los apoyos fueron recibidos por los beneficiarios. Mediante oficio no. 026/011 de fecha 27 de junio de 2011, suscrito por la C. Bertha Alicia Cisneros Velázquez Tesorera Municipal, a través del cual señala: “LOS APOYOS CON EL PROVEEDOR BEATRIZ ALEJANDRA ROCHA SE

236,821.37

número 17669, descrita en el resultado que antecede, presentando ante esta Auditoría Superior del Estado evidencia documental consistente en escritura del terreno del nuevo Centro de Salud. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/39-022 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2010-2013, presentar ante esta Auditoría Superior del Estado evidencia documental, consistente en solicitudes de apoyo y evidencia fotográfica que compruebe que los artículos adquiridos por el orden de $236,821.37, fueron entregados y recibidos por los beneficiarios. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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PROPORCIONAN MEDIANTE MEMORANDUM A LAS PERSONAS QUE ACUDEN PERSONALMENTE A SOLICITAR LA AYUDA , LA IDENTIFICACIÓN SE ANEXA AL MEMORANDUM QUE SE ENVIA AL PROVEEDOR”. El ente auditado manifestó en solventación: "…no existe evidencia fotográfica por lo ya explicado anteriormente", por lo que no verificó que el pasivo estuviera debidamente sustentado con evidencia documental y/o fotográfica que acredite la entrega de los bienes adquiridos, así como relación de las personas beneficiadas, debidamente firmada, acompañando copia de la identificación oficial de las mismos.

SUBTOTAL

$236,821.37

Resultado AF-13, Observación AF-13 Que corresponde a la administración 2007-2010 Se detectaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por $54,480.00, de las cuales se presenta documentación comprobatoria que carece de requisitos fiscales, establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El desglose de las citadas erogaciones se detalla a continuación:

Fecha No. Póliza

Cuenta

No. Cheque y Cuenta Bancaria

Concepto Importe

AF-10/39-023 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT), las erogaciones observadas al municipio de Pinos, Zacatecas, en relación a los proveedores C. Jorge Zamarripa Quintero de “Proveedora de copias” y "Yonke Los Junior´s", derivado de las adquisiciones realizadas por el orden de $32,480.00 y $22,000.00, respectivamente, por concepto de suministro de bienes sin haber expedido comprobantes con requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

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29/01/2010 E00197 5000-01-5102

Ch. 17780 1974-2 BBVA Bancomer

Pago por la compra de una fotocopiadora, de la cual se presenta como soporte documental la póliza cheque número 17780, recibo de egresos y un recibo firmado por el C. Jorge Zamarripa Quintero de "Proveedora de Copiadoras" sin embargo no es un documento fiscal que compruebe y justifique el gasto, aunado a esto, la evidencia que anexa sólo es por el importe de $12,000.00 faltando por comprobar $20,480.00. Posteriormente, el ente auditado manifestó en solventación: "El pago que falta de la copiadora se realizó con el cheque 18153 póliza E01003, se presentan documentos que comprueban los registros hechos en el sacg". Sin embargo, no justificó el hecho de no recabar comprobantes fiscales con todos los requisitos señalados en los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Es conveniente mencionar que la fotocopiadora se encuentra físicamente y utilizada en actividades propias del municipio.

32,480.00

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02/08/2010 E02292 5000-01-2301

Ch. 18991 1974-2 BBVA Bancomer

Pago por la compra de un motor para una patrulla del Departamento de Seguridad Pública, ubicada en la Comunidad de San Martín, del cual el ente auditado presenta como soporte documental la póliza de cheque y recibo de egresos sin número, oficio 212/2010 suscrito por el C. Feliciano Guevara Juárez, Director de Seguridad Pública en el que se solicita el apoyo y pago del motor, notas simples con folios 1997 y 1821 expedidas por "Yonke Los Junior´s", las cuales no cumple con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Además se anexa copia de identificación oficial del beneficiario.

22,000.00

SUMA

$54,480.00

Resultado AF-14, Observación AF-14 AF-10/39-024 Pliego de No solventa, por

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Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión a la cuenta 5000-01-1508.- Bono Especial, se observó el pago por concepto de "Bono de Fin de Trienio" a Regidores que conformaban al H. Ayuntamiento de la Administración Municipal 2007-2010 por un monto total de $1,700.000.00, el cual no procede en virtud de que dicha cuenta al inicio del ejercicio 2010 contemplaba un presupuesto de $1,450,450.00, sin embargo según acta de Cabildo de fecha 10 de septiembre del mismo año, se modificó el presupuesto, ascendiendo a $4,340,450.00, aunado a esto la Administración 2010-2013 tuvo la necesidad de solicitar a la Secretaría de Finanzas un adelanto de Participaciones por $8,000,000.00 para el pago de aguinaldo y proveedores, lo que significa que no contaba con suficiencia financiera para afrontar el pago de los citados bonos.

Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, así como a los integrantes del H. Ayuntamiento 2007-2010 mismos que acontinuación se mencionan:

No. Nombre Puesto Importe

1 C. Ma. Esperanza Álvarez Acosta.

Regidora

85,000.00

2 C. Bertha Piña Vallejo

Regidora

85,000.00

3 C. J. Jesús Morales Guevara

Regidor 85,000.00

4 C. Elsa Mirella Medina Álvarez

Regidora 85,000.00

5 C. Abel Ibarra Martínez

Regidor 85,000.00

6 C. Ma. de la Luz Gallegos Torres

Regidora 85,000.00

7 C. Benjamin Alfredo Gallegos Medina

Regidor 85,000.00

8 C. Genoveva Castillo Medrano

Regidora 85,000.00

9 C. Inocencia Álvarez Castillo

Regidora 85,000.00

lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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10 C. Zeferino Álvarez Ibarra

Regidor 85,000.00

11 C. J. Isabel Araujo Fraga

Regidor 85,000.00

12 C. Aurora Esquivel Juárez

Regidora 85,000.00

13 C. Everardo Santoyo Calzada

Regidor 85,000.00

14 C. Filiberto Monterrubio Damazo

Regidor 85,000.00

15 C. Sergio Mireles Mireles

Regidor 85,000.00

16 C. Antonio Renovato López

Regidor 85,000.00

17 C. Patrocinio Jiménez Gómez

Regidor 85,000.00

18 C. Ma. del Refugio Delgado Campos

Regidora 85,000.00

19 C. J. Jesús Chávez Martínez

Regidor

85,000.00

20 C. Manuel Contreras Nieto

Regidor

85,000.00

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SUMA $1, 700,000.00

Lo anterior, por recibir recursos municipales por concepto de "Bono de Fin de Trienio", el cual no estaba contemplado en el presupuesto original de egresos, habiéndose realizado modificación presupuestal con fecha 10 de septiembre de 2010 sin contar con suficiencia financiera para afrontarlo; considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directos(as) todas las demás personas. Lo anterior con fundamento en los artículos 28, 50 fracción IV, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-15, Observación AF-15 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 En el municipio de Pinos, Zacatecas, tanto la administración anterior como la actual, efectuaron erogaciones correspondientes a la restauración del templo de San Nicolás de Tolentino y del Exconvento de San Francisco, las cuales no estaban contempladas en el Presupuesto de Egresos del ejercicio 2010, mismas que fueron registradas en la cuenta 7106.- Incentivos Estatales. Cabe mencionar que el área de Auditoría a Obra Pública de este Órgano Fiscalizador revisó físicamente las restauraciones, presentando el ente auditado aclaración debidamente documentada de la razón por la que fueron realizadas dichas obras.

AF-10/39-025 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, en lo sucesivo, dar cumplimiento a lo autorizado en su Presupuesto de Egresos y en su caso realizar las modificaciones presupuestales correspondientes, absteniéndose de efectuar erogaciones que no se encuentren consideradas en algún rubro del ya citado presupuesto, esto con el fin de cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica del Municipio y el Postulado básico de Contabilidad Gubernamental denominado Control Presupuestal. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 50 fracción IV, 179, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-026 Solicitud de Se solventa y se

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

le dará seguimiento.

Resultado AF-16, Observación AF-16 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión de la cuenta 4100.- Ayudas, se observó que el ente auditado efectuó erogaciones de $153,000.00 por concepto de compensaciones y/o apoyos adicionales a sus sueldos, otorgados a funcionarios de primer nivel y que superan el monto establecido en la Plantilla de Personal, por lo que esta observación implica un daño a la Hacienda Pública Municipal, además al cierre del ejercicio 2010 dicha cuenta registró un desfase presupuestal del 152.14% equivalente a $6,846,320.20. El ente auditado manifestó en solventación: "El apoyo que se les dio a los funcionarios se acordó en Cabildo ya que no se les hizo efectivo el incremento que también se autorizó en Cabildo cuando se dio el aumento de la dieta a Regidores". Sin embargo, no presentó evidencia documental que sustente su dicho, tal como copia del acta de Cabildo donde se hayan autorizado dichos apoyos, así como la autorización del incremento de sueldo y nóminas, a fin de comprobar la procedencia de los pago efectuados, aunado a lo anterior la partida presupuestal de Ayudas corresponde a erogaciones para apoyar a la ciudadanía de escasos recursos, de conformidad con el catálogo clasificador emitido por esta Entidad de Fiscalización Superior y adaptado por el municipio en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental.

AF-10/39-027 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Presidente Municipal y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, Tesorero Municipal, por el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre del ejercicio 2010, al autorizar y realizar erogaciones por concepto de pago de compensaciones y/o apoyos adicionales a sueldos, otorgados a funcionarios de primer nivel y que superan el monto establecido en la Plantilla de Personal. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción I, 179, 181, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, infringiendo además lo establecido en el artículo 5° fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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Resultado AF-17, Observación AF-17 Que corresponde a la administración 2007-2010 El ente auditado realizó operaciones comerciales durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 con el Proveedor "Autotransportes Unidos del Centro, S.A. de C.V." por un monto de $276,300.00, las cuales según la revisión y análisis de los pagos no justifican el motivo por el cual se realizaron las erogaciones, ya que según las facturas presentadas corresponden a "viajes especiales" a comunidades de la misma cabecera municipal, así como a otras partes de la Entidad. El ente auditado manifestó en solventación: "Los camiones de Autotransportes Unidos del Centro se rentaron para traslado de alumnos de las escuelas que solicitaron para viajes de estudios, de graduación, así como solicitudes de algunas comunidades para trasladar a grupos de danza folklórica y matlachines para participaciones en sus fiestas patronales". Sin embargo, no presentó evidencia documental alguna que avale los argumentos expresados, tales como solicitudes de apoyo, acuses de recibo de los apoyos y/o evidencia fotográfica. El detalle de lo que se cita se presenta a continuación:

FECHA CHEQUE NO. DE PÓLIZA

MONTO

29/01/2010 17775 E00192 50,000.00

09/02/2010 17587 E00312 3,500.00

31/05/2010 18659 E01727 60,000.00

11/08/2010 19049 E02350 63,300.00

49,500.00

10/09/2010 19252 E02672 50,000.00

TOTAL 276,300.00

AF-10/39-028 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, por un importe de $276,300.00, derivado de erogaciones que no justifican el motivo por el cual se realizaron, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV y 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-18, Observación AF-18 Que corresponde a la administración 2010-2013 El ente auditado realizó operaciones comerciales durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 con el Proveedor "Autotransportes Unidos del Centro, S.A. de C.V.", mediante las pólizas de egresos E03015 y E03338 correspondientes a los cheques números 19536 y 19748 respectivamente, por un monto total de $193,600.00, las cuales según la revisión y análisis de los pagos efectuados, no justifican el motivo por el cual se realizaron los gastos ya que según las facturas presentadas corresponden a "viajes especiales" a comunidades de la misma cabecera municipal, así como a otras partes de la Entidad.

AF-10/39-029 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y Bertha Alicia Cisneros Velázquez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, como Presidente y Tesorera Municipal respectivamente, por un importe de $193,600.00, derivado de erogaciones que no

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Page 35: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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EGRESOS

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El ente auditado manifestó en solventación lo siguiente: "El pago de los servicios de autobuses del proveedor Autotransportes Unidos del Centro, S.A. de C.V., corresponde a viajes que le solicitan para traslado de grupos de danza matlachines, grupos de danza folklórica, grupos de alumnos para viajes de estudios, etc. y al igual que la renta de la camioneta de Héctor Ojeda, no se tuvo la precaución de pedir las solicitudes correspondientes por lo ya mencionado". Sin embargo, no presentó evidencia documental alguna que avale los argumentos expresados, tales como solicitudes de apoyo, acuses de recibo de los apoyos y/o evidencia fotográfica. Cabe señalar que mediante oficio número 026/011 de fecha 27 de junio de 2011, suscrito por la C. Bertha Alicia Cisneros Velázquez, Tesorera Municipal, a través del cual presenta documentación en copia fotostática consistente en: facturas por servicios de transporte de personal, solicitudes de apoyo para el traslado de personal de diversas instituciones, además de identificación oficial de quien solicita el apoyo, sin embargo los documentos exhibidos tienen fecha de suscripción del ejercicio fiscal 2011, por lo que no corresponden a las erogaciones realizadas en el ejercicio 2010 mediante los cheque números 19536 y 19748 mismos que totalizan $193,600.00.

justifican el motivo de su aplicación, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV y 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-19, Observación AF-19 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión a los Egresos del Patronato de la Feria de Pinos 2010, el ente auditado presentó el Estado Financiero correspondiente, en el cual se reflejan egresos por la cantidad de $1,150,020.15, observándose lo siguiente: 1. No presenta evidencia documental que sustente el monto de $73,284.90, respecto a gastos varios, de la oficina del patronato y por compra de bebidas, respectivamente. 2. Presentó soporte documental que no cumple con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código fiscal de la Federación, por un monto de $780,600.00, el cual corresponde generalmente a contratos de prestación de servicios artísticos y por renta de equipo de sonido.

AF-10/39-030 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Leocadio Rendón Hernández y Profr. Ernesto Becerra Rivera, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero de la Feria Regional de Pinos 2010, por un importe de $73,284.90, derivado de erogaciones realizadas del Patronato de la Feria de Pinos 2010, de las cuales no se presenta el soporte documental correspondiente, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 49, 62, 169, 184, 185 y

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

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186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/39-031 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en relación a las erogaciones realizadas por el Patronato de la Feria Regional de Pinos, se efectúen adquisiciones y contratación de servicios con personas que se encuentren inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y emitan comprobantes fiscales, con el objeto de que el municipio tenga la certeza de que sus operaciones se encuentren debidamente soportadas y a su vez cumpla con lo establecido en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 93 fracción IV, 96 fracción I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-032 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-20, Observación AF-20 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión al rubro de Maestros Comisionados en el municipio de Pinos, Zacatecas, del periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, se observó que recibieron, además de recursos descontados al municipio Vía Participaciones, pagos por concepto de compensaciones los

AF-10/39-033 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $518,000.00 a personas que laboran en el Municipio de Pinos, Zacatecas, quienes tienen

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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cuales no se encuentran autorizados por el H. Ayuntamiento; el monto observado es por la cantidad $518,000.00 cuyo detalle se muestra a continuación :

NO. NOMBRE CARGO TOTAL

1 GUSTAVO URIBE GÓNGORA

PRESIDENTE MUNICIPAL $154,000.00

2 RÚBEN CARDONA BURGOS

ENLACE OPORTUNIDADES 35,000.00

3 J. JESUS CISNEROS NAJERA

OFICIAL DE REGISTRO CIVIL

42,000.00

4 BERTHA ALICIA CISNEROS VELÁZQUEZ

TESORERA MUNICIPAL 49,000.00

5 MA. DE LA LUZ GALLEGOS TORRES

DIRECTORA DEL DIF MUNICIPAL

35,000.00

6 OCTAVIO GUERRERO MUÑOZ

DIRECTOR DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA

28,000.00

7 GILBERTO ANIBAL HERNÁNDEZ CRUZ

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

35,000.00

8 BERNARDO ANGEL SILVA

ENLACE 70 Y MAS 35,000.00

9 LEOCODIO RENDÓN HERNÁNDEZ

DIRECTOR DE TURISMO MUNICIPAL

35,000.00

10 MARCOS RODRÍGUEZ FLORES

SECRETARIO PARTICULAR

35,000.00

11 FRANCISCO ZAVALA VANEGAS

CONTRALOR MUNICIPAL 35,000.00

TOTAL $518,000.00

el carácter de Maestros Comisionados y cuyo pago se descuenta vía participaciones y cuyo detalle se incluye en el resultado que antecede, la cantidad observada por haber recibido pagos por concepto de Compensación que no se encuentra autorizada por el H. Ayuntamiento. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 170 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-21, Observación AF-21 Que corresponde a la administración 2007-2010 El municipio de Pinos, Zacatecas, realizó erogaciones que no se justifican, en virtud de no comprobar la aplicación del gasto en obras y/o acciones del municipio, las cuales ascienden a $326,232.00, mismas que se detallan a continuación:

1. El día 02 de agosto de 2010 se registró erogación mediante póliza de egresos E02282 por $66,120.00, por concepto de compra de 1,000 cobijas para donación, de lo que se anexa como documentación comprobatoria póliza cheque número 18981, factura No.251 expedida por “Comercializadora Rodríguez Group” a nombre de Rubén Rodríguez Rocha y copia de dos fotografías de cobija; sin embargo dicha erogación no se justifica debido a que no presentan evidencia fotográfica que demuestre la entrega de las mismas, relación de las personas y/o representantes de grupos, a quienes les fueron otorgadas con la firma de cada una de ellas y copia de su

AF-10/39-034 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, por un importe de $326,232.00, derivado de erogaciones que no justifican su aplicación en obras y/o acciones del municipio, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV y 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 39 de la Ley de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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identificación oficial. 2. El día 02 de agosto de 2010 se registró erogación

mediante póliza de egresos E02276 por $200,000.00, por concepto de pago de combustible con cheque 18975 de la cuenta 1974-2.- Municipio de Pinos; sin embargo no presentan el soporte documental que la justifique.

3. De la revisión efectuada, según póliza de egresos E02448 de fecha 30 de agosto de 2010, por $60,112.00, presentan como soporte documental póliza de cheque 19147 a nombre de Mónica Gómez Sánchez, notas de venta no. 1316, 1318, 1319, 1320, 1321, 1322, 1323, 1324, 1325 y 1326 de fecha 10 de agosto de 2010, por concepto de consumo de alimentos, sin embargo dicha erogación no se justifica debido a que no justifican el motivo de porque a las personas se les apoyo con alimentos, así como evidencia fotográfica. El ente auditado manifestó en solventación: "...los consumos de alimentos que se hicieron con Mónica Gómez Sánchez correspondieron a la atención de personalidades que nos visitaron de las Dependencias de Gobierno del Estado, de las visitas de elementos de Seguridad de la Policía Estatal, del Ejército". Sin embargo, no presentó evidencia documental de las reuniones realizadas y/o evidencia fotográfica que confirme su realización.

Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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RESULTADO DEL EJERCICIO

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El municipio de Pinos, Zacatecas, presentó como resultado del ejercicio 2010 un Déficit por el orden de $6,019,067.58, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia en Caja y Bancos al inicio.

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CAJA

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Resultado AF-22, Observación AF-22 Que corresponde a la administración 2010-2013 El municipio muestra un saldo en Caja por $7,535.09 al 31 de diciembre de 2010 según su Estado de Posición Financiera, el cual corresponde al Fondo Fijo del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de la Comunidad de Pedregoso, Pinos, Zacatecas. Cabe mencionar que derivado de la revisión al Fondo Fijo se observó que no se realizan los movimientos contables en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), además no cuenta con pagaré debidamente firmado por el o la responsable de su manejo, sino que únicamente por indicaciones de la Tesorera Municipal se determinó un monto de $15,000.000.

AF-10/39-035 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, se registren contablemente los movimientos de la cuenta de Fondo Fijo, además obtener un pagaré que garantice su adecuado manejo, debidamente firmado por el o la responsable del mismo. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción XII, 93 fracción IV y 96 fracciones I y VII y 179 de la Ley Orgánica del Municipio. Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 31 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-036 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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BANCOS

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Resultado AF-23, Observación AF-23 Que corresponde a la administración 2010-2013 La cuenta de Bancos presentó un saldo de $2,485,957.25 al 31 de diciembre de 2010, integrado por 8 cuentas bancarias a nombre del municipio, de la revisión a este rubro se determinó que el ente auditado expide los cheques en orden numérico y cronológico, además de que las chequeras se resguardan adecuadamente. Sin embargo, derivado de la revisión física a las chequeras, se observó que el ente auditado tiene un inadecuado control en el manejo de las mismas, en virtud de que se detectaron cheques firmados en blanco, así como chequeras que ya no son utilizadas.

AF-10/39-037 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, llevar a cabo la destrucción de las chequeras inutilizadas con previa autorización del H. Ayuntamiento y en lo sucesivo abstenerse de firmar cheques en blanco a fin de evitar posibles daños financieros al erario público municipal. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-038 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-24, Observación AF-24 Que corresponde a la administración 2010-2013 Del análisis efectuado a las cuentas bancarias del municipio se detectó que la cuenta 1974-2 Municipio de Pinos presenta un saldo negativo al 31 de diciembre de 2010 por un importe de $2,448,836.07. El ente auditado manifestó en su escrito de solventación: "El saldo negativo que apareció en diciembre fue por las inversiones que realiza el Banco desde la administración anterior, por lo que se preguntará al Gerente del Banco si tiene convenio anterior para realizar este tipo de movimientos o realizar uno en caso de ser necesario". Sin embargo, no clarificó a plenitud los motivos que ocasionaron el saldo negativo en la cuenta bancaria mencionada, ya que no acompaña ninguna evidencia documental. Asimismo con fecha 27 de junio de 2011, la C. Bertha Alicia Cisneros Velázquez,

AF-10/39-039 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, abstenerse de girar cheques de las cuentas bancarias en las que no se tenga disponibilidad de recursos suficientes para cubrirlos, además de que la Tesorería Municipal controle los movimientos de sus cuentas bancarias, con el fin de evitar saldos negativos, ya que estos no representan la situación financiera real del municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones III y IV, 96 fracción I, 191 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 181 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-040 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

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Tesorera Municipal, exhibir: copia fotostática de conciliación bancaria de la cuenta bancaria no. 0137019742 a nombre del municipio de Pinos, correspondiente al mes de diciembre de 2010, misma que presenta saldo según el Ayuntamiento por -$2,488,836.07 en virtud de encontrarse cuarenta cheques en tránsito mismos que suman $654,188.18. Aunado a lo anterior se exhibe copia fotostática de la hoja número 1 del estado de cuenta correspondiente a la cuenta bancaria número 0137019742 la cual opera en la modalidad de Inversión, lo que no le permite al municipio disponer de todo el recurso con el que opera la misma, por lo que no existe daño patrimonial, aún y cuando el saldo en conciliación sea negativo, ya que derivado del tipo de inversión en la institución bancaria, no es posible disponer de todo el recurso, sino de determinada cantidad diaria.

esta Auditoría Superior del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

INVERSION EN VALORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-25, Observación AF-25 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión al activo del municipio de Pinos, Zacatecas, se observó la cuenta de Inversiones en Valores con un saldo al 31 de diciembre de 2010 de $4,999,860.72, sin embargo el ente auditado no presenta el contrato que dio origen a las inversiones con la Institución Bancaria BBVA Bancomer.

AF-10/39-041 Solicitud de Aclaración Se solicita al ente auditado presentar a esta Entidad de Fiscalización Superior copia del contrato y/o convenio con la Institución Bancaria BBVA Bancomer, que ampare las Inversiones en Valores del municipio, a fin de verificar las condiciones establecidas para su operación. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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Resultado AF-26, Observación AF-26 Que corresponde a la administración 2007-2010 El rubro de Deudores Diversos al 31 de diciembre de 2010 presentó un saldo de $7,359,851.93, según su Estado de Posición Financiera, el cual representa un decremento del 27.53% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, el cual se integra de $6,368,800.43 (86.53%) de Empleados de Base y $991,051.50 (13.47%) de Otros Empleados. Durante la revisión efectuada a los Deudores Diversos generados en el ejercicio 2010, se observó que el municipio continuó efectuando préstamos personales, erogaciones no contempladas en el Presupuesto de Egresos, ya que los recursos públicos tienen fines específicos por lo que no deben utilizarse en préstamos personales. Derivado del análisis realizado a este rubro, se determinaron las siguientes observaciones:

1. Deudores que no cuentan con pagaré o documento mercantil alguno que les permita efectuar su recuperación legal por $175,252.00.

No. Cuenta Nombre de Cuenta Importe

1105-01-0130 LUIS MIGUEL CISNEROS ACOSTA

1,600.00

1105-01-0324 JESUS AGUILAR MARTINEZ 5,000.00

1105-03-0083 DORA FRANCISCA DELGADO GALLARDO

18,652.00

1105-03-0090 ANASTACIO ALVAREZ VANEGAS

150,000.00

GRAN TOTAL $175,252.00

1. El ente auditado efectuó préstamos

los cuales se encuentran respaldados por su respectivo pagaré, sin embargo al cierre del ejercicio estos se encuentran

AF-10/39-042 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente, por la cantidad de $175,252.00 derivado de préstamos otorgados por la Administración Municipal 2007-2010, los cuales no se encuentran respaldados con documentos mercantiles que garanticen su recuperación, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción VIII, 93 fracción III, 96 fracción II, 151, 177,179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-10/39-043 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que con relación a la cantidad de $99,400.00, derivada de préstamos efectuados que no obstante que cuentan con documentos mercantiles, presentan fecha de cobro ya vencida por lo que es preciso recabar nuevamente los pagarés debidamente requisitados, presentando copia de los mismos ante esta Auditoría Superior del Estado. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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vencido en su fecha vencida, mientras que otros no la contienen. Cabe mencionar que el importe de los pagarés con fecha vencida al 31 de diciembre de 2010 es de $99,400.00.

2. Se observo la existencia de la

cuenta 1105-01-0028 denominada Tesorería Municipal, la cual corresponde a préstamos internos entre las cuentas del municipio.

Resultado AF-27, Observación AF-27 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada al rubro de Deudores Diversos, se observó que el municipio de Pinos, Zacatecas, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, realizó préstamos personales, de los cuales se observa lo siguiente: 1. Respecto al deudor 1105-01-0263.- Francisco Javier Torres Rivera no se cuenta con pagaré o documento mercantil alguno que permita efectuar su recuperación legal por $5,500.00. 2. Además se detectó un importe de $40,300.00 que corresponde a préstamos otorgados por la Administración Municipal actual, que aún cuando cuentan con pagaré, dicho aspecto no está contemplado en el Presupuesto de Egresos, ya que los recursos públicos tienen fines específicos por lo cual no deben de utilizarse para la realización de préstamos.

AF-10/39-044 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y Bertha Alicia Cisneros Velázquez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, como Presidente y Tesorera Municipales, por la cantidad de $5,500.00 derivado de préstamo otorgado por la Administración Municipal 2010-2013, el cual carece de documento mercantil pagaré que garantice su recuperación, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción VIII, 93 fracción III, 96 fracción II, 151, 177,179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-10/39-045 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, efectuar la recuperación de los préstamos que se encuentren pendientes, además de realizar los traspasos de los adeudos por préstamos registrados con otras áreas, absteniéndose de otorgar nuevos préstamos, en virtud de que los recursos públicos tienen fines específicos de aplicación; con relación a los deudores que provienen de administraciones anteriores, sólo en caso de agotar las acciones de cobro y no contar con

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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documentos mercantiles que permita su recuperación, efectuar la depuración correspondiente, previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo evidencia documental suficiente para ser considerados como créditos incobrables; de igual manera se recomienda valorar lo relativo a los préstamos entre las áreas de la propia Administración a efecto de determinar la viabilidad de su reintegro, o en su caso se exponga ante el H. Ayuntamiento para que determine lo procedente. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/39-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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ANTICIPO A PROVEDORES

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Resultado AF-28, Sin Observación Que corresponde a la administración 2010-2013 La cuenta de Anticipo a Proveedores al 31 de diciembre de 2010 presenta un saldo de $8,625.00, el cual proviene del ejercicio 2008, mismo que no presentó movimientos en el ejercicio sujeto a revisión, sin embargo en solventación el ente auditado presentó póliza de diario D00026 de fecha 31 de enero de 2011 a través de la cual se realizó la cancelación de la cuenta en cita, en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-29, Sin Observación Que corresponde a la administración 2010-2013 El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2010, fue por $21,343,044.14, el cual incluye un monto de $20,840.85 correspondiente a incorporaciones del ejercicio 2009 y la disminución de $369,550.00 correspondiente a desincorporación por venta de un vehículo tipo suburban. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $516,403.68, las cuales se integran de $144,444.36 (27.97%) realizadas con Recursos Propios y $371,959.32 (72.03%) con Recursos Federales.

Resultado PF-01, Observación PF-01

Que corresponde a la administración 2010-2013 En el ejercicio 2010, el municipio realizó adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $371,959.32, integrado de recursos del Fondo III por $294,725.72 y $77,233.60 con recursos de Fondo IV, los bienes adquiridos corresponden a Mobiliario y Equipo de Administración, Equipo de Cómputo y Comunicación y Maquinaria y Equipo Agropecuario, Industrial y de Construcción; es conveniente señalar que las adquisiciones antes citadas fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio, con excepción de $7,108.48 provenientes de la aplicación de recursos del Fondo IV consistentes en tres reguladores, un auto estéreo y una grabadora.

PF-10/39-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio por $7,108.48 correspondiente a la adquisición de tres reguladores, un auto estéreo y una grabadora, realizadas con recursos del Fondo IV, asimismo sean consideradas en el inventario del municipio incluyendo los vales de resguardo correspondientes.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-30, Observación AF-28 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada a los activos fijos propiedad del municipio, se observó que cuentan con 5 bienes inmuebles que no se encuentran escriturados y por ende no cuentan con inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, los cuales se detallan a continuación:

No. DESCRIPCIÓN Y/O UTILIZACIÓN

SUPERFICIE

1 Unidad Deportiva 4-20-70 HAS

2 Planta Tratadora De Aguas Negras, Pozo De Agua

15-20-03 HAS

AF-10/39-047 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que a través de la Sindicatura Municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Municipio que señala que el patrimonio inmueble de los municipios deberá inscribirse en la sección correspondiente del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, realice los trámites pertinentes para la escrituración e inscripción de los bienes inmuebles descritos en el resultado que

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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ACTIVO FIJO

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Potable Y Reserva Territorial

3 Predio Urbano 7,998.57 m2

4 Predio Urbano 2670.8 m2

5 Predio Urbano 2,001.90 m2

antecede, acatando lo señalado en el artículo 78 fracción V de la citada Ley, que faculta al Síndico Municipal para tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble del municipio, con relación a la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas en su artículo 60. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

AF-10/39-048 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-31, Observación AF-29 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión física del parque vehicular se observó lo siguiente: 1. Existen unidades que carecen de placas, no cuentan con número económico, además que algunos personas que tienen los vehículos a cargo no tienen licencia de conducir vigente. 2. Ninguna de las unidades cuenta con póliza de seguro. 3. Además existen vehículos que se consideran chatarra y otros se encuentran fuera de servicio, mismos que no han sido reparados.

AF-10/39-049 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, rotule con número económico todas las unidades; solicitar a los empleados que manejan los vehículos que porten sus respectivas licencias de conducir vigentes; asegurar aquellos vehículos que representen mayor riesgo por las características de su uso; realizar la venta de los vehículos chatarra y programar la reparación de los que se encuentran fuera de servicio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 50 fracción VIII y 92 fracciones II y XVII de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 31 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-050 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Se solventa y se le dará seguimiento.

Page 50: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-32, Observación AF-30 Que corresponde a la administración 2010-2013 Según la revisión al parque vehicular, existe un tráiler marca Piterbirlt, modelo 1974 y con número de serie 05161B26938B6, sin embargo no se cuenta con documentación que acredite la propiedad a favor del municipio; además en relación a un vehículo Nissan modelo 2006, con número de serie 3N6DD13S26K005496, el cual no se verificó físicamente debido a que en fecha 18 de septiembre de 2010, sufrió un accidente en carretera federal en el entronque de Espíritu Santo, el cual se encuentra a disposición de las autoridades correspondientes del Estado de San Luís Potosí.

AF-10/39-051 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar las acciones necesarias para obtener la documentación correspondiente al tráiler marca Piterbirlt modelo 1974, además liberar el vehículo Nissan modelo 2006 para posteriormente realizar la baja por no ser redituable su reparación, según informe emitido por las autoridades correspondientes del Estado de San Luís Potosí; por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 50 fracción VIII y 92 fracciones II y XVII de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 31 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-052 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-33, Observación AF-31 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión física al parque vehicular del municipio de Pinos, Zacatecas, no fue ubicado el vehículo Chevrolet pick up, color rojo, modelo 2005

AF-10/39-053 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los a los CC. Profr. Alfonzo

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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ACTIVO FIJO

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con número de serie 1GCEC14T85Z242965 y placas ZC72661, cuyo costo de $205,990.00 según el Inventario del ejercicio 2009, fue vendido de acuerdo a lo manifestado por el ente auditado, sin embargo no se presentó evidencia documental que acredite la citada venta.

Contreras Hernández y Profr. Fausto Rodríguez Juárez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente y Síndico Municipal respectivamente, por la cantidad de $205,990.00 derivado de la inexistencia física de vehículo Chevrolet pick up, color rojo, modelo 2005 con número de serie 1GCEC14T85Z242965 y placas ZC72661, considerándose como Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 50 fracción VIII, 78 fracción V, 154 y 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como los artículos 28 fracción II, 30 y 31 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

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Resultado AF-34, Sin Observación Que corresponde a la administración 2010-2013 El saldo de los pasivos del municipio de Pinos, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2010, fue por la cantidad de $20,394,034.95, el cual representa un decremento del 35.17% con relación al saldo del ejercicio anterior; mismo que se integra por Deuda Pública a Corto Plazo $8,000,000.00 (39.23%), Proveedores $3,152,445.98 (15.46%), Acreedores Diversos $5,134,343.48 (25.17%), Impuestos y Retenciones por Pagar $294,352.87 (1.44%) y Deuda Pública a Largo Plazo $3,812,892.62 (18.70%). La disminución observada en este rubro, se originó fundamentalmente por desendeudamiento neto con Proveedores, Deuda Pública a Largo Plazo y con Gobierno del Estado.

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PROVEDORES

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Resultado AF-35, Observación AF-32 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado del análisis efectuado a la cuenta de Proveedores, según el Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre, muestra un saldo de $3,152,445.98, el cual presentó un decremento del 69.23% respecto al saldo final del ejercicio anterior, sin embargo se observó que en diversas cuentas que totalizan $1,258,172.98 el municipio no realizó amortización alguna durante el periodo sujeto a revisión, además existe un saldo negativo por $2,428.60 a nombre de Josué Manzano González.

AF-10/39-054 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, implementar acciones para la confirmación de saldos con proveedores a fin de que el municipio dentro de sus posibilidades efectúe el pago correspondiente, o en su caso, la cancelación procedente previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo a este Ente Superior de Fiscalización la evidencia documental de las acciones implementadas. Asimismo se recomienda integrar por proveedor un expediente con la información necesaria y suficiente para el control óptimo de este rubro. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en el artículo 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192,193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-055 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Page 54: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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ACREDORES DIVERSOS

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Resultado AF-36, Observación AF-33 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión al rubro de Acreedores Diversos correspondiente al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, se observaron diversas partidas que totalizan $5,134,343.48, integradas por $800,656.84 de Fondo IV, $3,637,552.59 de Tesorería Municipal y $696,134.05 de Fondo III, detectándose que este último no presentó movimiento en el periodo sujeto a revisión. De la revisión efectuada, se observó que el saldo al cierre del ejercicio representa un incremento del 4.05% con relación al saldo registrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior.

AF-10/39-056 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar la circularización de saldos de los Acreedores Diversos, a fin de verificar los adeudos reales y a su vez se programe su pago y/o se depuren mediante su cancelación previa autorización del H. Ayuntamiento, lo anterior en relación a aquellos Acreedores que no acrediten su existencia, a fin de presentar la situación financiera real del municipio; por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-057 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-37, Sin Observación Derivado de la revisión y análisis de la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar presenta un saldo al 31 de diciembre de 2010 de $294,352.87, el cual corresponde a la retención del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, mismo que fue cubierto en fecha 23 de junio de 2011.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en dicha Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio no se apega a la misma, ya que realizó cobros superiores e inferiores a los establecidos. El municipio de Pinos, Zacatecas, realizó una modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos en el mes de septiembre del ejercicio 2010. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2010, el municipio recaudó y recibió 3.68% menos de lo presupuestado, observándose decrementos en todas sus cuentas excepto en los rubros de Productos, Participaciones y Aportaciones Federales; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 1.09%, registrándose desfases principalmente en las cuentas de Servicios Personales, Servicios Generales y Ayudas, Subsidios y Transferencias.

Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generadas no son de orden relevante, sin embargo existió decremento en la recaudación de ingresos y sobreejercicio en los egresos, situación no conveniente para el municipio

Resultado AF-38, Observación AF-34 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión a la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2010, se verificó que el municipio de Pinos, Zacatecas, no entregó a este Ente de Fiscalización Superior, el Programa Operativo Anual correspondiente al ejercicio 2010. Cabe mencionar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2009 se emitió la acción a promover número AF-09/39-039 consistente en una Recomendación, misma que no fue atendida.

AF-10/39-058 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández y Profr. Bernardo Cruz Mendoza, quienes se desempeñaron como Presidente y Director de Desarrollo Económico y Social Municipal respectivamente, durante el periodo del 1º de enero al 15 de septiembre de 2010, por no presentar a esta Entidad de Fiscalización el Plan Operativo Anual 2010. Lo anterior con base en lo previsto en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipios de Zacatecas

Resultado AF-39, Observación AF-35 Que corresponde a la administración 2010-2013 El municipio de Pinos, Zacatecas, no celebró las reuniones de Cabildo ordinarias de los meses de junio y diciembre de 2010, incumpliendo así con lo previsto en los artículos 41, 46 y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/39-059 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio que establece “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegida, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes”. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/39-060 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-40, Observación AF-36 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la evaluación al Control Interno se verificó que el ente auditado no cuenta con un tabulador de sueldos autorizado por el Ayuntamiento, y consecuentemente se carece de un adecuado control de las percepciones que se asigna a cada Servidor Público dependiendo del puesto y función que le sean encomendados.

AF-10/39-061 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, elaborar e implementar el Tabulador de Sueldos y Salarios en dónde se señalen las categorías que existen así como las percepciones que se asignan a cada una de ellas, presentando el tabulador en cita ante el H. Cabildo para su correspondiente autorización. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI en su último párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/39-062 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría

Se solventa y se le dará seguimiento.

Page 58: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Superior del Estado.

Resultado AF-41, Observación AF-37 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado del análisis comparativo entre la nómina de la segunda quincena del mes de diciembre de 2009, la Plantilla de Personal y la cédula emitida por el Sistema Único de Autodeterminación de Cuotas Obrero Patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) correspondiente al mismo mes, se determinó la existencia de 165 trabajadores que se encuentran en nómina, más no así inscritos ante algún régimen de seguridad social.

AF-10/39-063 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, afiliar ante algún régimen de Seguridad Social a todos sus trabajadores a fin de cumplir con lo establecido en la Ley de la Materia y evitar multas por capital constitutivo. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX. 170 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/39-064 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-42, Observación AF-38 Que corresponde a la administración 2010-2013 Al analizar la nómina del mes de diciembre de 2010, se observó que el ente fiscalizado no realiza las retenciones y enteros del Impuesto Sobre la Renta a cada uno de los trabajadores por concepto de Sueldos, Salarios, Dietas y otros conceptos asimilables.

AF-10/39-065 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, efectuar la retención y entero del Impuesto Sobre la Renta por concepto de Sueldos, Salarios, Dietas y otros conceptos asimilables, asimismo cumplir con la obligación de presentar las declaraciones informativas respecto del ya citado impuesto, a fin de dar cumplimiento a la normatividad aplicable, por lo que se le dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 102, 113 y 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/39-066 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento

Se solventa y se le dará seguimiento.

Page 59: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-43, Observación AF-39 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión física a los expedientes de los trabajadores del ente auditado, se observó que en su mayoría no se encuentran actualizados, ya que carecen de los documentos básicos, tales como solicitud de empleo, currículum vitae, certificado médico, constancia de estudios, CURP, carta de recomendación, entre otros., cabe mencionar que se archiva de forma global en un folder por cada área y no por trabajador.

AF-10/39-067 Recomendación Se recomienda la Administración Municipal actual, actualizar los expedientes de los trabajadores, integrando de manera individual los documentos de cada uno de ellos. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción IX, 78 fracción II, 92 fracción XIV, 93 fracción I, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/39-068 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-44, Observación AF-40 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos específicamente de la partida 3701.- Viáticos, se observó que el ente auditado no cuenta con tabulador de viáticos ni políticas de comprobación de los mismos.

AF-10/39-069 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, la implementación del tabulador de viáticos autorizado por el H. Ayuntamiento, en el cual se señalen las cuotas pernoctables y no pernoctables para el municipio, para el estado, fuera del mismo y en el extranjero, así como establecer reglas de comprobación específicas aplicables a este tipo de gastos, mismos que deberán estar debidamente comprobados y justificados. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos Artículo 49 fracción XVI, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-10/39-070 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-45, Observación AF-41 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión a la Plantilla de Personal del cuarto trimestre del ejercicio 2010, se observó que existe personal que labora en el Sistema Municipal de Agua Potable, del cual el municipio de Pinos, Zacatecas, realiza el pago en la nómina de los mismos. Dicha situación se considera improcedente ya que el Sistema como organismo descentralizado debe ser financieramente autosuficiente y absorber sus propios gastos. Aunado a lo anterior, se observó el pago de compensación por $2,500.00 quincenales al C. Francisco Medina Acosta, Contador del Sistema, el cual se registra en la cuenta 4100.- Ayudas.

AF-10/39-071 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, evitar el pago de compensaciones y/o apoyos a personal que labora en el Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pinos, Zacatecas, ya que como tal, debe de ser autosuficiente para afrontar los gastos que genere, por lo que se recomienda valorar la situación de dicha área y, en su caso reintegrarlo como Departamento. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículo 49 fracción XX de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 de la Ley de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Zacatecas y el 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/39-072 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2010 asciende a $62´205,013.00 y fue distribuido de la siguiente manera: $59,094,762.35 para Infraestructura Básica de Obras y Acciones que representa el 95.00%, $1,866,150.39 a Gastos Indirectos constituyendo el 3.00% y el 2.00% restante para Desarrollo Institucional por $1,244,100.26. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 86.16% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados en el 2010 se recibió un monto de $35,847.00 derivado de Rendimientos del ejercicio anterior, los cuales se aplicaron en Mejoramiento a la Vivienda en Cobertura Municipal. La revisión respecto a los recursos y cumplimiento de metas autorizadas en el Ramo General 33 Fondo III, fue realizado por la Auditoría Superior de la Federación. Lo anterior con base en el Convenio de Coordinación y Colaboración suscrito entre la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión por conducto de la Auditoría Superior de la Federación y el H. Congreso del Estado de Zacatecas a través de la Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-02, Observación PF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con base en el seguimiento del flujo de efectivo en el estado de cuenta bancario y del auxiliar de Bancos en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectó que el municipio realizó erogaciones por un importe total de $941,194.45 de la cuenta bancaria número 0164447069 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2009, del cual no exhibió pólizas cheque ni documentación comprobatoria que justifique el destino y aplicación de los recursos en las obras y/o acciones aprobadas, mismas que se listan a continuación:

FECHA

No. CHEQUE

MONTO

FECHA

No. CHEQUE

MONTO

21/01/2010

638

$30,200.00

14/05/2010

684 $14,467.00

02/02/2010

640

18,652.00

14/05/2010

685 78,667.00

14/05/20

679

44,280.00

14/05/2010

686 80,864.00

PF-10/39-002 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $941,194.45, relativo a los cheques que se detallan en el Resultado que antecede, expedidos de la cuenta bancaria número 0164447069 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2009, de los cuales el municipio no exhibió pólizas cheque ni soporte documental, que justifique su destino y aplicación en las obras y/o acciones aprobadas del Fondo III. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (del 1° de enero al 23 de febrero de 2010), Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Directores de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente. Conforme a la instrucción realizada mediante oficio número LX/VIG/0049/2011

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

10

14/05/2010

680

41,175.00

19/05/2010

688 305,775.45

14/05/2010

681

2,124.00

19/05/2010

689 300,000.00

14/05/2010

682

180.00

21/05/2010

690 20,880.00

14/05/2010

683

3,930.00

SUMAS $800,653.45

SUMAS $140,541.00

TOTAL

$941,194.45

de fecha 17 de enero de 2011 de la C. Georgina Ramírez Rivera, Diputada Presidenta de la Comisión de Vigilancia de la H. LX Legislatura del Estado y con base en la denuncia de fecha 17 de noviembre de 2010, suscrita por las CC. Juana Ramírez López y Otilia Ortiz Venegas, Regidoras de la Administración Municipal 2010-2013 del municipio de Pinos Zacatecas, se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado PF-03, Observación PF-03

Que corresponde a la administración 2007-2010

De la obra número 109938124 denominada “Construcción de concreto hidráulico en calle Ignacio Allende” en localidad de La Victoria, se expidió el cheque número 51 de fecha 2 de marzo de 2010 por un monto de $16,369.00 a favor de Marina Rivera Jiménez, para lo cual se exhibe como soporte documental la carta porte no. 117 a nombre de Alfredo Ibarra Madrid (servicio público federal), con fecha de expedición del 11 de marzo de 2010 y fecha de impresión del 13 de noviembre del 2006, por concepto de transporte de 1,488 bultos de cemento, la cual presenta caducidad a su fecha de expedición y por tanto no reúne los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

PF-10/39-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que el soporte documental de las erogaciones realizadas, reúna los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, solicitando la comprobación respectiva a los proveedores de bienes y servicios con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y a la vez soportar adecuadamente las erogaciones realizadas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado PF-04, Observación PF-04 PF-10/39-005 Pliego de Observaciones No solventa, por lo tanto

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Que corresponde a la administración 2007-2010

De las obras número 109938155 y 109938156 denominadas “Rehabilitación/mejoras diversas de vivienda”, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., de Fondo III 2010 por un monto total de $574,349.00, sin presentar evidencia documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados, mismos que se listan a continuación:

NO. DE OBRA Y/O ACCIÓN

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

LOCALIDAD

FECHA DEL CHEQUE

NO. DE CHEQUE

BENEFICIARIO

MONTO

DOCUMENTACIÓN EXHIBIDA

109938155

REHABILITACIÓN/MEJORAS DIVERSAS DE VIVIENDA

PINOS (COBERTURA MUNICIPAL)

09-sep-10

475

JAIME MANUEL MANRIQUEZ NARVAEZ

$ 31,109.00

FACTURA NÚMERO 15762 DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 2010 DE JAIME MANUEL MANRÍQUEZ NARVAEZ, POR CONCEPTO DE ADQUISICIÓN DE 152 LÁMINAS, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS BENEFICIARIOS.

09-sep-10

473

JAIME MANUEL MANRIQUEZ NARVAEZ

28,075.00

FACTURAS NÚMEROS 15797, 15772, 15765, 15749, DE JAIME MANUEL MANRIQUEZ NARVAEZ POR CONCEPTO DE CUADRO, SOLDADURA, CAL, CEMENTO, ALAMBRE, VARILLA Y PINTURA, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS BENEFICIARIOS.

08-sep-10

436

JOSÉ JUAN AMARO DÁVILA

103,020.00

FACTURA NÚMERO 00346 DE FECHA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2010, DE JOSÉ JUAN AMARO DÁVILA POR CONCEPTO DE SUMINISTRO DE CEMENTO, CAL Y LÁMINAS, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto total de $574,349.00, correspondiente a los recursos erogados mediante la expedición de los cheques que se detallan en el Resultado que antecede de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., por no presentar el soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados por el monto ya citado, consistentes en relación de beneficiarios con nombre y firma de los mismos anexando copia fotostática de su identificación, indicando el tipo de material recibido firmada por los funcionarios municipales responsables.

A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010), quienes se desempeñaron como Presidente y Directores de Desarrollo Económico y Social del municipio, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente.

se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

PF-10/39-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que con relación al otorgamiento de apoyos se determinen criterios de selección con base en estudios socioeconómicos y para efecto del soporte documental relación de beneficiarios con nombre y firma de los mismos, anexando copia de identificación oficial, así como firma de los funcionarios responsables.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Page 64: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

BENEFICIARIOS.

08-sep-10

437

GABRIEL HUERTA GARZA

106,760.00

FACTURA NÚMERO 1151 DE FECHA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2010 DE GABRIEL HUERTA GARZA, POR CONCEPTO DE CEMENTO, CAL Y LÁMINAS, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS BENEFICIARIOS.

109938156

REHABILITACIÓN/MEJORAS DIVERSAS DE VIVIENDA

PINOS (COBERTURA MUNICIPAL)

07-jul-10

319

GABRIEL HUERTA GARZA

162,510.00

FACTURA NÚMERO 1043 DE FECHA 8 DE JULIO DE 2010 DE GABRIEL HUERTA GARZA, POR CONCEPTO DE CEMENTO Y CAL, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS BENEFICIARIOS.

08-sep-10

438

GABRIEL HUERTA GARZA

127,028.00

FACTURA NÚMERO 1153 DE FECHA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2010 DE GABRIEL HUERTA GARZA, POR CONCEPTO DE CEMENTO, LÁMINAS Y CAL, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS BENEFICIARIOS.

08-sep-10

440

GABRIEL HUERTA GARZA

15,847.00

FACTURA NÚMERO 1155 DE FECHA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2010 DE GABRIEL HUERTA GARZA, POR CONCEPTO DE LÁMINAS, SIN EMBARGO NO PRESENTA EVIDENCIA DE LA ENTREGA Y APLICACIÓN DEL MATERIAL SUMINISTRADO A LOS BENEFICIARIOS.

TOTAL $574,349.00

De lo antes citado, el municipio no exhibe estudios socioeconómicos que determinen los criterios de selección para el otorgamiento de los apoyos, relación de beneficiarios con nombre y firma de los mismos indicando el tipo de material recibido, anexando copia fotostática de identificación de los beneficiarios.

Resultado PF-05, Observación PF-05

Que corresponde a la administración 2010-2013

De las obras números 109938155 y 109938156 denominadas “Rehabilitación/mejoras diversas de vivienda”, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de los cheques

PF-10/39-008 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto total de $83,974.00, correspondiente a los recursos erogados mediante la expedición de los cheques números 556 por un importe de $38,196.00 y 558 por $45,778.00, ambos de fecha 24 de noviembre de 2010 de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2010, por no

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Page 65: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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números 556 por un importe de $38,196.00 y 558 por $45,778.00, ambos de fecha 24 de noviembre de 2010 de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2010, totalizando un monto de $83,974.00, sin presentar evidencia documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados, ya que únicamente se anexa reporte fotográfico de los trabajos realizados.

Sin embargo, el municipio no exhibe estudios socioeconómicos que determinen los criterios de selección para el otorgamiento de los apoyos, relación de beneficiarios con nombre y firma de los mismos indicando el tipo de material recibido, anexando copia fotostática de la identificación oficial de los beneficiarios.

presentar el soporte documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados por el monto ya citado, consistentes en relación de beneficiarios con nombre y firma de los mismos anexando copia fotostática de su identificación, indicando el tipo de material recibido firmada por los funcionarios municipales responsables.

A los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C. P. Herminio Briones Oliva, quienes se desempeñaron como Presidente y Director de Desarrollo Económico y Social Municipal respectivamente, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directo el segundo.

PF-10/39-009 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que con relación al otorgamiento de apoyos se determinen criterios de selección con base en estudios socioeconómicos y para efecto del soporte documental relación de beneficiarios con nombre y firma de los mismos, anexando copia de identificación oficial, así como firma de los funcionarios responsables.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado PF-06, Observación PF-06 Que corresponde a la administración 2007-2010

Con recursos de Gastos Indirectos se realizaron erogaciones destinadas a la “Compra de refacciones y reparaciones menores de vehículos”, soportado con las facturas correspondientes, sin embargo no en todas las facturas se describe el destino

PF-10/39-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que con relación al pago de refacciones y reparaciones menores de vehículos y/o maquinaria, se implemente la realización de bitácoras debidamente requisitadas y autorizadas por los Funcionarios Municipales responsables, misma que debe contener: concepto, fecha de inicio y final de cada mantenimiento, proveedor y/o prestador del

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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y aplicación de los recursos erogados en vehículos y/o maquinaria oficiales.

servicio, así como los datos de los vehículos oficiales y firma de las personas a quienes están asignados y del responsable del control de mantenimiento.

AF-10/39-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su gestión a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado PF-07, Observación PF-07 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos de Gastos Indirectos se aprobó acción número 101138001 denominada “Compra de refacciones y reparaciones menores de vehículos”, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de los cheques número 138 de fecha 25 de marzo de 2010 por un monto de $63,851.00 del cual sólo exhibió documentación comprobatoria por un monto de $62,231.12, faltando soporte documental por la cantidad de $1,619.88; y el número 400 de fecha 10 de agosto de 2010 por un monto de $3,000.00 del cual sólo exhibió documentación comprobatoria por un monto de $2,369.99, faltando soporte documental por la cantidad de $639.01, ambos de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2010, totalizando un monto de $2,258.89 sin comprobar.

PF-10/39-013 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $2,258.89, relativo a la expedición de los cheques número 138 de fecha 25 de marzo de 2010 por un monto de $63,851.00 del cual sólo exhibió documentación comprobatoria por un monto de $62,231.12, faltando soporte documental por la cantidad de $1,619.88 y el número 400 de fecha 10 de agosto de 2010 por un monto de $3,000.00 del cual sólo exhibió documentación comprobatoria por un monto de $2,369.99, faltando soporte documental por la cantidad de $639.01, ambos de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2010, totalizando la cantidad de $2,258.89 sin soporte documental. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010,

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los segundos.

Resultado PF-08, Observación PF-08

Que corresponde a la administración 2007-2010

Con recursos de Gastos Indirectos se aprobó la acción número 101138002 denominada “Compra de combustibles y lubricantes”, para la cual el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., de Fondo III 2010 soportados por las facturas correspondientes, sin embargo no presenta bitácoras y vales debidamente autorizados por los funcionarios responsables, que indiquen los vehículos o maquinaria oficiales en que fue utilizado el combustible, que justifique la aplicación y destino de los recursos erogados en obras y/o acciones del municipio.

PF-10/39-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que implemente medidas de control interno para el suministro de combustible, tales como: elaboración de bitácoras y vales debidamente autorizados por los funcionarios responsables, que indiquen los vehículos o maquinaria oficiales en que fue utilizado, para efecto de reflejar un manejo correcto y transparente de los recursos en actividades propias del municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado PF-09, Observación PF-09 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos de Gastos Indirectos se aprobó la acción número 101138003 denominada “Viáticos a consejeros y personal que apoya al Ramo 33”, por el cual el municipio realizó la expedición del cheque número 357 de fecha 7 de julio de 2010 de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., de Fondo III 2010 por un monto de $10,000.00, a favor de Sergio Muñoz Gómez sin presentar el soporte documental que justifique el destino y aplicación de la erogación realizada.

PF-10/39-016 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $10,000.00, relativo al cheque número 357 de fecha 7 de julio de 2010, expedido de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2010 del cual el municipio no exhibió póliza cheque ni soporte documental, que justifique su destino y aplicación en una obra y/o acción aprobada en el Fondo III. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

Resultado PF-10, Observación PF-10 Que corresponde a la administración 2007-2010 Dentro del Rubro de Gastos Indirectos, con base en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) se expidió el cheque número 154 de fecha 14 de abril de 2010 por concepto de aportación a SEPLADER por un monto de $559,845.00, de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., sin presentar el soporte documental que justifique el destino y aplicación en obras y/o acciones aprobadas en el Fondo III.

PF-10/39-017 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $559,845.00, relativo al cheque número 154 de fecha 14 de abril de 2010, expedido de la cuenta bancaria número 0171090097 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo III 2010, del cual el municipio no exhibió póliza cheque ni soporte documental, que justifique su destino y aplicación en obras y/o acciones aprobadas en el Fondo III. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-11, Observación PF-11

Que corresponde a la administración 2007-2010

De los recursos asignados para el rubro de Gastos Indirectos por el orden de $1,866,150.00, correspondientes al 3.00% que señala la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 33, el municipio realizó erogaciones por un total de $2,618,358.66, presentando un sobreejercicio del 40.31% con relación al monto autorizado, de lo cual no se presenta Acta de Consejo de

PF-10/39-018 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual observar lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal referente a la programación y ejecución de los recursos autorizados dentro del rubro de Gastos Indirectos para no exceder los montos permitidos dentro de la normatividad antes referida.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Desarrollo Municipal en la cual se autorice el destino y aplicación de los recursos erogados de más.

de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-12, Observación PF-12

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Del análisis realizado a las Actas de Consejo de Desarrollo Municipal, se corroboró que en la autorización de las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo III, éstas no indican el monto presupuestado y/o aprobado para su aplicación, desconociéndose la inversión del techo financiero autorizado para el municipio, así como su distribución; lo que demuestra un deficiente control interno en la planeación, programación y presupuestación de las mismas.

PF-10/39-020 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual que al momento de autorizar las obras y/o acciones a ejecutar con recursos del Fondo III, éstas indiquen el monto presupuestado y/o aprobado para su aplicación, del monto total del techo financiero autorizado para el municipio, de tal manera que se maneje un control interno adecuado en la planeación, programación y presupuestación de los mismos, a fin de reflejar una correcta aplicación de los recursos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-021Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $26,277,477.00, la aplicación se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y se destinaron conforme a lo siguiente: 97.33% para Obligaciones Financieras, 1.53% para Seguridad Pública y 1.14% para Infraestructura Básica de Acciones. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 98.03% y revisados documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2010 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $13,712.00, los cuales no fueron aplicados en el ejercicio sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-13, Observación PF-13

Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 001 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)” dentro del rubro de Obligaciones Financieras, para la cual el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A., Fondo IV 2010 por un monto de $861,666.00, soportados financieramente en su totalidad, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados, mismos que se listan a continuación:

NO. DE OBRA Y/O ACCIÓN

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

LOCALIDAD

FECHA DEL CHEQUE

NO. DE CHEQUE

BENEFICIARIO

MONTO

DOCUMENTACIÓN EXHIBIDA

001

PAGO DE PASIVOS (PAGO A PROVEEDORES)

PINOS

17-mar-10

2

ALVARADO PALACIOS MA. DE JESÚS

$98,303.00

NOTAS DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE NÚMEROS 5381, 5387, 5398, 5404, 5407, 5415, 5418, 5421, 5425, 5428, 5438, 5445, 5450, 5413,

PF-10/39-022 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $861,666.00, relativo a los cheques que se listan en el resultado que antecede, expedidos de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A., Fondo IV 2010, del cual el municipio no exhibió elementos probatorios suficientes, que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

5411, 5395, 5393, 5454, 5452, 5435, Y 5434 DE MARIA DE JESÚS ALVARADO PALACIOS POR CONCEPTO DE DESPENSAS, SIN EMBARGO NO SE ANEXA LISTA DE BENEFICIARIOS DEBIDAMENTE FIRMADA CON COPIA FOSTOSTÁTICA DE SU IDENTIFICACIÓN Y SOLICITUD O REQUISICIÓN DE DICHOS INSUMOS.

17-mar-01

5

ENRIQUE CANIZALEZ VÁZQUEZ

70,000.00

FACTURAS DE ENRIQUE CANIZALEZ VÁZQUEZ (CAL Y CEMENTO QUIKE) POR CONCEPTO DE MATERIAL PARA CONSTRUCCIÓN, SIN EMBARGO NO SE ANEXA SOLICITUD NI

Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ACLARACIÓN DEL DESTINO Y APLICACIÓN DEL MATERIAL.

17-mar-10

10

DELGADO JIMÉNEZ PEDRO

14,256.00

NOTAS DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE NÚMEROS 1001, 1008, 1007, 1003, 1002, 1016, 1015,1012, 1010, 1020, 1019, 1018, 1017, DE PEDRO DELGADO JIMÉNEZ (VINOS Y LICORES DEL REAL) POR CONCEPTO DE DESPENSAS, SIN EMBARGO NO SE ANEXA LISTA DE BENEFICIARIOS DEBIDAMENTE FIRMADA CON COPIA FOSTOSTÁTICA DE SU IDENTIFICACIÓN Y SOLICITUD O REQUISICIÓN DE

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

DICHOS INSUMOS.

17-mar-10

11

DELGADO GALLARDO DORA FRANCISCA

33,289.00

NOTAS DE VENTA NÚMEROS 952, 951,942, 962, 961, 957, 953, 981, 980, 978, 963, 955, 987, 985, 984, 965, 964, 956, 958, 971, 969, 968, 966, 975, 974, 973, 972, 982, 979, 977, 976, 907, 901, 902, 903, 910, 909, 920, 908, 921, 919, 913 Y 911 DE DORA FRANCISCA DELGADO GALLARDO (VINOS Y LICORES DEL REAL) POR CONCEPTO DE BEBIDAS (AGUAS, JUGOS, GATORADES), DE LO CUAL NO SE EXHIBE

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

EVIDENCIA DEL DESTINO Y APLICACIÓN DE LO ADQUIRIDO.

17-mar-10

12

FERNÁNDEZ PÉREZ JUAN NICOLÁS

150,000.00

FACTURAS NÚMEROS 2717, 2722, 2737, 2744, 2777, 2771, 2742, 2789, 2921 DE JUAN NICOLÁS FERNÁNDEZ PÉREZ POR CONCEPTO DE VARIAS AYUDAS (APARATOS DOMÉSTICOS), ANEXA COPIA DE IDENTIFICACIÓN, SOLICITUD Y VALE A LA CASA COMERCIAL.

17-mar-10

16

GÓMEZ SÁNCHEZ MÓNICA

40,000.00

NOTAS DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE NÚMEROS 728, 729, 730, 731 Y 732 DE MÓNICA GÓMEZ SÁNCHEZ (LONCHERÍA VIKOS) POR CONCEPTO DE

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PINOS, ZAC.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ALIMENTOS, SIN EMBARGO NO SE EXHIBE EVIDENCIA DEL DESTINO Y APLICACIÓN DE LOS CONSUMOS.

17-mar-10

18

GOVEA PULIDO JOSEFINA

38,550.00

NOTAS DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE NÚMEROS 1074, 1077, 1080 Y 1083 DE JOSEFINA GOVEA PULIDO (REGALOS Y JOYERÍA LIZMI'IS) SIN ESPECIFICAR LOS CONCEPTOS ADQUIRIDOS, NI EL DESTINO DE LOS MISMOS.

17-mar-10

19

IBARRA MADRID J. JESÚS

111,360.00

FACTURA NÚMERO 1559 DE FECHA 2 DE FEBRERO DE 2010 DE IBARRA MADRID J. JESÚS (MUEBLERÍA LA ECONÓMICA) POR CONCEPTO DE 800 COBIJA

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

S CATALANA, SIN JUSTIFICAR EL DESTINO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS.

17-mar-10

20

IBARRA MADRID J. JESÚS

68,640.00

FACTURA NÚMERO 1557 DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2010 DE J. JESÚS IBARRA MADRID (MUEBLERÍA LA ECONOMÍA) POR CONCEPTO DE MUEBLES, SIN EMBARGO NO SE JUSTIFICA EL DESTINO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS.

17-mar-10

21

IBARRA TORRES JULIÁN

26,568.00

FACTURAS NÚMEROS 6408, 6278 Y 6409 DE JULIÁN IBARRA TORRES POR CONCEPTO DE CONSUMO Y HOSPEDAJE, SIN EMBARGO NO ANEXA SOLICITUD, VALES O REQUISICIONES PARA

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ESTOS SERVICIOS.

17-mar-10

23

LUGO PIÑA MAURO

80,000.00

FACTURAS DE MAURO LUGO PIÑA NÚMEROS 1540, 1541, 1542, 1543, 1544, 1545, 1546, 1547, 1548, 1549, 1550, 1552, 1553, 1554, 1555, 1556, 1557, 1558, 1559, 1560, 1561, 1562, 1563, 1564, 1565, 1570, 1572, 1573, 1575, 1566, 1571 POR CONCEPTO DE MATERIAL PARA LA CONSTRUCCIÓN (CEMENTO, CAL Y LÁMINAS), SIN EXHIBIR EVIDENCIA DEL DESTINO Y APLICACIÓN DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

18-mar-10

32

MORQUECHO AGUIRRE DANI

90,000.00

FACTURAS DE DANIEL MORQUECHO AGUIRR

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

EL E (FERRETERÍA LA MORA) POR CONCEPTO DE VARIOS ARTÍCULOS DE FERRETERÍA, SIN EMBARGO NO SE ANEXA EVIDENCIA DE LA APLICACIÓN DEL MATERIAL.

18-mar-10

42 UNICEN

40,700.00

FACTURAS NÚMEROS 750, 751, 763, 764, 765 DE UNICEN POR CONCEPTO DE VIAJES ESPECIALES A DIFERENTES LUGARES DEL ESTADO, LO CUAL NO SE JUSTIFICA YA QUE NO SE ESPECIFICA LA FINALIDAD DE DICHOS VIAJES, NI QUIENES FUERON LOS BENEFICIADOS.

TOTAL $861,666.00

Resultado PF-14, Observación PF-14

Que corresponde a la administración 2007-2010

PF-10/39-023 Pliego de Observaciones

No solventa, por lo tanto se deriva

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 001 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)” dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogación mediante la expedición del cheque número 11 de fecha 17 de marzo de 2010 de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. del Fondo IV 2010, expedido a favor de Dora Francisca Delgado Gallardo por un monto de $43,179.00, sin embargo dentro del soporte documental exhibido, se presentan notas de venta números 952, 953, 964, 971, 968, 966, 975, 974, 973, 972, 982, 979 y 977 totalizando un monto de $9,890.00 por concepto de bebidas alcohólicas, derivando en la realización de actividades no propias del municipio.

La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $9,890.00, relativo al cheque número 11 de fecha 17 de marzo de 2010 de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo IV 2010 expedido a favor de Dora Francisca Delgado Gallardo por un monto de $43,179.00, para el cual se presenta como soporte documental notas de venta números 952, 953, 964, 971, 968, 966, 975, 974, 973, 972, 982, 979 y 977 totalizando un monto de $9,890.00 por concepto de bebidas alcohólicas, derivando en la realización de actividades no propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su

en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

Resultado PF-15, Observación PF-15 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 003 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)” dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A., Fondo IV 2010 por un monto total de $720,697.00, sin presentar evidencia documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados, mismos que se listan a continuación:

NO. DE OBRA Y/O ACCIÓN

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

LOCALIDAD FECHA DEL CHEQUE

NO. DE CHEQUE

BENEFICIARIO MONTO DOCUMENTACIÓN EXHIBIDA

003 PAGO DE PASIVOS (PAGO A PROVEEDORES)

PINOS

13-may-10

69 DELGADO JIMÉNEZ PEDRO

$10,090.00

NOTAS DE VENTA NÚMEROS 990, 1042, 1040, 1036, 1033, 1030, 1027, 1026, 1025, 1023, 1022 Y 1021 DE PEDRO DELGADO JIMÉNEZ (VINOS Y LICORES DEL REAL) POR CONCEPTO DE REFRESCOS, AGUAS, GATORADE, SABRITAS, ETC., SIN EMBARGO NO SE JUSTIFICA EL DESTINO DE LOS CONCEPTOS ADQUIRIDOS.

13-may-10

70 DELGADO JIMÉNEZ PEDRO

9,827.00

NOTAS DE VENTA NÚMEROS 924, 923, 922, 917, 896 Y 915 DE PEDRO DELGADO JIMÉNEZ (VINOS Y LICORES DEL REAL) POR CONCEPTO DE REFRESCOS, AGUAS, GATORADE, SABRITAS, ETC. SIN EMBARGO NO SE JUSTIFICA EL DESTINO DE LOS CONCEPTOS ADQUIRIDOS.

13-may-10

80 IBARRA MADRID J. JESÚS

50,000.00

FACTURAS NÚMEROS 1557, 1560 Y 1562, DE J. JESÚS IBARRA MADRID (MUEBLERÍA LA ECONÓMICA) DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2010, POR CONCEPTO DE MUEBLES, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA QUE JUSTIFIQUE EL DESTINO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS.

PF-10/39-024 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $720,697.00, relativo a los cheques que se listan en el resultado que antecede de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010 soportados financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

13-may-10

82 IBARRA TORRES JULIÁN

24,504.00

FACTURAS NÚMEROS 5874, 6410, 6662 DE JULIÁN IBARRA TORRES (RESTAURANTE DON JULIÁN) POR CONCEPTO DE CONSUMOS, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA QUE JUSTIFIQUE EL DESTINO Y BENEFICIARIOS DE LOS ALIMENTOS.

15-abr-10 62 MANRIQUEZ NARVAEZ JAIME MANUEL

500,000.00

FACTURAS NÚMEROS 14390, 14389, 14402 Y 14408 EN ORIGINAL DE JAIME MANUEL MANRIQUEZ NARVAEZ (MATERIALES LA BODEGUITA) POR CONCEPTO DE MATERIAL PARA LA CONSTRUCCIÓN Y MATERIAL DE PLOMERÍA, SIN ANEXAR EVIDENCIA DEL DESTINO Y APLICACIÓN DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

13-may-10

84 MARTÍNEZ MARTÍNEZ DANIEL

57,476.00

FACTURAS NÚMEROS 51, 52, 53, 54, 55, 56 Y 57 DE DANIEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ (FABRICACIÓN DE ESTRUCTURAS METÁLICAS) POR CONCEPTO DE TABLEROS, PINTADO DE CORTINAS Y PUERTAS, VENTANAS CORREDISAS, PORTÓN MODERNO, VIGAS METÁLICAS, SIN JUSTIFICAR EL DESTINO DE LA EROGACIÓN REALIZADA.

14-abr-10 52 MARTÍNEZ MARTÍNEZ DANIEL

$40,000.00

FACTURAS NÚMEROS 45, 48, 49, 50 Y 51 DE DANIEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ POR CONCEPTO DE MAMPARA, PUESTO TUBULAR, PORTÓN Y VENTANAS, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA DE LAS OBRAS EN LAS CUALES SE APLICÓ EL MATERIAL.

13-may-10

91 UNICEN 28,800.00

FACTURAS NÚMEROS 766, 776 Y 777 DE UNICEN (AUTOTRANSPORTES UNIDOS DEL CENTRO, S.A. DE C.V.) POR CONCEPTO DE VIAJES ESPECIALES A DIFERENTES LUGARES DEL EDO. SEGÚN SOLICITUDES ANEXAS, SIN EMBARGO NO SE

carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

JUSTIFICA YA QUE NO SE ESPECIFICA LA FINALIDAD DE DICHOS VIAJES, NI QUIENES FUERON LOS BENEFICIADOS.

TOTAL $720,697.00

Resultado PF-16, Observación PF-16 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 003 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)”, dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogación mediante la expedición del cheque número 86 de fecha 13 de mayo de 2010 de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010, expedido a favor de Jacinto Morales Narváez (expendio vinos y licores el oasis) por un monto de $21,690.00 sin embargo dentro del soporte documental exhibido, se presentan notas de venta números 13436, 13421, 13417, 13415 y 13414 totalizando un monto de $2,840.00 por concepto de bebidas alcohólicas, derivando en la realización de actividades no propias del municipio.

PF-10/39-025 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $2,840.00, relativo al cheque número 86 de fecha 13 de mayo de 2010 por un monto de $21,690.00 de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010, expedido a favor de Jacinto Morales Narváez (expendio vinos y licores El Oasis), para lo cual se presenta dentro del soporte documental exhibido notas de venta números 13436, 13421, 13417, 13415 y 13414 totalizando un monto de $2,840.00 por concepto de bebidas alcohólicas, derivando en la realización de actividades no propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Page 83: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

Resultado PF-17, Observación PF-17 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 006 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)”, dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A., del Fondo IV 2010 por un monto total de $198,997.00, sin presentar evidencia documental que justifique la aplicación de los recursos erogados, mismos que se listan a continuación:

NO. DE OBRA Y/O ACCIÓN

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

LOCALIDAD

FECHA DEL CHEQUE

NO. DE CHEQUE

BENEFICIARIO

MONTO

DOCUMENTACIÓN EXHIBIDA

006

PAGO DE PASIVOS (PAGO A PROVEEDORES)

PINOS

13-may-10

64

CANIZALEZ VAZQUEZ ENRIQUE

$70,000.00

FACTURAS DE ENRIQUE CANIZALEZ VAZQUEZ (CAL Y CEMENTO QUIKE) POR CONCEPTO DE CEMENTO, CAL, LÁMINAS, ALAMBRE, ARMEX, ETC., SIN QUE SE JUSTIFIQUE EL DESTINO DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

13-may-10

72

FERNÁNDEZ PÉREZ

70,000.00

FACTURAS NÚMEROS 2876,

PF-10/39-026 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $198,997.00, relativo a los cheques que se listan en el resultado que antecede de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A., Fondo IV 2010 soportados financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

JUAN NICOLÁS

2889, 2908, 2920, 2900 Y 2881, 2921 DE JUAN NICOLÁS FERNÁNDEZ PÉREZ LAS CUALES SE PAGA PARCIALIDAD, POR CONCEPTO DE VARIOS ENCERES DOMÉSTICOS LOS CUALES NO SE ESPECIFICAN PARA QUE ÁREA SERAN ASIGNADOS.

08-jun-10

106

RAMÍREZ REYES J. GABRIEL

8,997.00

FACTURA NÚMERO 4309 DE JOSÉ GABRIEL RAMÍREZ REYES DE FECHA 1 DE MARZO DE 2010 POR CONCEPTO DE 6 LUMINARIAS, ROLLOS DE CABLE, SIN JUSTIFICAR EL DESTINO Y APLICACIÓN DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

08-jun-10

107 UNICEN

50,000.00

FACTURAS NÚMEROS 775, 778, 825 Y 826 DE UNICEN (AUTOTRANSPORTES UNIDOS DEL CENTRO, S.A. DE C.V.)

Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

Page 85: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

POR CONCEPTO DE VIAJES ESPECIALES A DIFERENTES LUGARES DEL EDO., PUERTO VALLARTA, SEGÚN SOLICITUDES ANEXAS, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA SUFICIENTE DE QUIENES SON LOS BENEFICIARIOS.

TOTAL $198,997.00

Resultado PF-18, Observación PF-18

Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 007 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)”, dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010 por un monto de $331,110.00, sin presentar evidencia documental que justifique la aplicación de los recursos erogados, mismos que se listan a continuación:

NO. DE OBRA Y/O ACCIÓN

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

LOCALIDAD FECHA DEL CHEQUE

NO. DE CHEQUE

BENEFICIARIO MONTO DOCUMENTACIÓN EXHIBIDA

007

PAGO DE PASIVOS (PAGO A PROVEEDORES)

PINOS

05-jul-10 118 FERNANDO CARMONA VILLEGAS

$52,200.00

FACTURA NÚMERO 705 DE FECHA 1 DE JUNIO DE 2010 DE FERNANDO CARMONA VILLEGAS (UNIFORMES DEL CENTRO) POR CONCEPTO DE 250 UNIFORMES DE BASQUET BOL Y BALONES, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA DOCUMENTAL QUE JUSTIFIQUE EL DESTINO DE LOS UNIFORMES ADQUIRIDOS.

05-jul-10 120 MA. DOLORES CEJA PALOMO

46,400.00

FATURAS NÚMEROS 553, 554 Y 555 DE FECHAS 27, 28 Y 29 DE MAYO DE 2010 DE MA. DOLORES CEJA PALOMO (TOMMY

PF-10/39-027 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $331,110.00, relativo a los cheques que se listan en el resultado que antecede de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010 soportados financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

REFACCIONARIA SERVICIO MECÁNICO) POR CONCEPTO DE REPARACIONES, SIN EMBARGO NO SE ESPECIFICA A QUE VEHÍCULOS OFICIALES SE REALIZARON LOS MANTENIMIENTOS.

05-jul-10 115 J. SOCORRO MATA BOCANEGRA

51,470.00

FACTURA NÚMERO 785 DE J. SOCORRO MATA BOCANEGRA, DE FECHA 28 DE MAYO DE 2010 POR CONCEPTO DE ARTÍCULOS CONSUMIBLES PARA ELABORAR DESPENSAS PARA VARIAS COMUNIDADES, SIN EMBARGO NO SE ANEXA LISTA DE BENEFICIARIOS DEBIDAMENTE FIRMADA CON COPIA FOSTOSTÁTICA DE SU IDENTIFICACIÓN Y SOLICITUD O REQUISICIÓN DE DICHOS INSUMOS.

06-jul-10 127 MORQUECHO AGUIRRE DANIEL

50,000.00

FACTURAS DE DANIEL MORQUECHO AGUIRRE (FERRETERÍA LA MORA) POR CONCEPTO DE VARIOS ARTÍCULOS DE FERRETERÍA, SIN EMBARGO NO SE ANEXA EVIDENCIA DE LA APLICACIÓN DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

05-jul-10 113 JOSÉ GABRIEL RAMÍREZ REYES

30,000.00

FACTURA NÚMERO 4537 EN COPIA FOTOSTÁTICA DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2010 DE JOSÉ GABRIEL RAMÍREZ REYES, POR CONCEPTO DE MATERIAL ELÉCTRICO, SIN EXHIBIR EL DESTINO Y APLICACIÓN DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

05-jul-10 119 GABRIEL ROCHA GARCÍA

51,040.00

FACTURAS NÚMEROS 8785 Y 8786 DE GABRIEL ROCHA GARCÍA (IMPRESIÓN ARTE) POR CONCEPTO DE UNIFORMES DEPORTIVOS Y BALONES, SIN ANEXAR EVIDENCIA DOCUMENTAL DEL DESTINO DE LOS UNIFORMES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS ADQUIRIDOS.

06-jul-10 130 UNICEN 50,000.00

FACTURAS NÚMEROS 826,827, 828, 829, 831, 832, 833 Y 842 DE UNICEN (AUTOTRANSPORTES UNIDOS DEL CENTRO, S.A. DE C.V.) POR CONCEPTO DE VIAJES ESPECIALES A DIFERENTES LUGARES DEL ESTADO, OTROS

Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ESTADOS, GUAYABITOS, ETC. SIN JUSTIFICAR EL DESTINO DE LOS VIAJES REALIZADOS.

TOTAL $331,110.00

Resultado PF-19, Observación PF-19 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 012 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)”, dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010 por un monto total de $555,998.00, sin presentar el soporte documental que justifique la aplicación de los recursos erogados, mismos que se listan a continuación:

NO. DE OBRA Y/O ACCIÓN

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

LOCALIDAD FECHA DEL CHEQUE

NO. DE CHEQUE

BENEFICIARIO MONTO DOCUMENTACIÓN EXHIBIDA

012

PAGO DE PASIVOS (PAGO A PROVEEDORES)

PINOS

06-sep-10

139 HÉCTOR OJEDA ESQUIVEL

$15,000.00

FACTURA NÚMERO 108 DE HÉCTOR OJEDA ESQUIVEL POR CONCEPTO DE VIAJES A LA CIUDAD DE ZACATECAS Y PUERTO VALLARTA, SIN JUSTIFICAR EL DESTINO DE LOS VIAJES REALIZADOS.

06-sep-10

140 FELICIANO GUEVARA JUÁREZ

18,000.00

RECIBOS DE PAGO DE HOSPITALIZACIÓN NÚMEROS 3784676 Y 3784677 DEL HOSPITAL CENTRAL "DR. IGNACIO MORONES PRIETO" POR CONCEPTO DE HOSPITALIZACIÓN DEL SR. EMMANUEL CERVANTES MARTÍNEZ, SIN EMBARGO NO ESPECÍFICA QUIEN ES EL PACIENTE Y QUE RELACIÓN TIENE CON EL MUNICIPIO.

14-sep-10

156 FERNÁNDEZ PÉREZ JUAN NICOLÁS

100,000.00

FACTURAS NÚMEROS 3095, 3116, 3119, 3256, 3257 DE JUAN NICOLÁS FERNÁNDEZ PÉREZ (MUEBLERÍA EL NEGRO) POR CONCEPTO DE ELECTRODOMÉSTICOS, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA QUE JUSTIFIQUE EL DESTINO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS.

14-sep-10

158 GARCÍA RUVALCABA OLDA NEYMA

28,000.00

FACTURA NÚMERO 108 DE OLDA NEYMA GARCÍA RUVALCABA POR CONCEPTO DE AGUA. SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA QUE JUSTIFIQUE EL DESTINO DE LOS PRODUCTOS ADQUIRIDOS.

14-sep-10

159 IBARRA MADRID J. JESÚS

200,000.00

FACTURAS NÚMEROS 1562 Y 1564 DE J. JESÚS IBARRA MADRID (MUEBLERÍA LA ECONÓMICA) POR CONCEPTO DE

PF-10/39-028 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $555,998.00, relativo a los cheques que se listan en el resultado que antecede de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. Fondo IV 2010 soportados financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15

Se solventa.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

COBIJAS SALAS, ESTUFAS, MODULARES, REFRIGERADORES Y LAVADORAS, SIN EMBARGO NO SE PRESENTA EVIDENCIA QUE JUSTIFIQUE EL DESTINO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS.

14-sep-10

164 MARTÍNEZ MARTÍNEZ DANIEL

80,825.00

FACTURAS DE DANIEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ (FABRICACIÓN DE ESTRUCTURAS METÁLICAS) POR CONCEPTO DE PUERTAS Y VENTANAS, SIN EMBARGO NO SE JUSTIFICA EL DESTINO DE LAS ESTRUCTURAS METÁLICAS.

14-sep-10

168 OJEDA ESQUIVEL HÉCTOR

12,608.00

FACTURA NÚMERO 108 DE HÉCTOR OJEDA ESQUIVEL POR CONCEPTO DE VIAJES A LA CIUDAD DE ZACATECAS Y PUERTO VALLARTA, SIN JUSTIFICAR EL DESTINO DE LOS VIAJES REALIZADOS.

13-sep-10

153 BENJAMÍN SALAS ORTÍZ

20,740.00

FACTURA NÚMERO 2387 DE BENJAMÍN SALAS ORTÍZ (FERRETERÍA Y MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN), POR CONCEPTO DE CEMENTO, CAL, ARMEX Y MONTEN, SIN JUSTIFICAR EL DESTINO DE APLICACIÓN DEL MATERIAL ADQUIRIDO.

TOTAL $555,998.00

de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario primero y Directos los siguientes.

Resultado PF-20, Observación PF-20 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con base al análisis del flujo de efectivo de la cuenta bancaria de Fondo IV 2010, número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo VI 2010, el municipio expidió los cheques números 112 de fecha 22 de junio de 2010 por un importe de $200,000.00 y el 160 de fecha 13 de septiembre de 2010 por un importe de $22,000.00, totalizando un monto de $222,000.00, detectados en registros contables en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), de los cuales no se exhibe póliza cheque ni soporte documental, por lo cual se desconoce el destino y aplicación de los recursos erogados.

PF-10/39-029 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $222,000.00, relativo a los cheques números 112 de fecha 22 de junio de 2010 y el 160 de fecha 13 de septiembre de 2010 expedidos de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. del Fondo IV 2010, de los cuales el municipio no exhibió póliza cheque ni soporte documental, que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández, Juan Gabriel Manríquez Madrid (del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

Resultado PF-21, Observación PF-21

Que corresponde a la administración 2007-2010

Con recursos de de Fondo VI 2010 se aprobaron varias acciones dentro del rubro de “Obligaciones Financieras”, para la cual el municipio realizó erogaciones mediante la expedición de varios cheques de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, soportados por las facturas correspondientes por adquisición de combustible, sin embargo no presenta bitácoras y vales debidamente autorizados por los funcionarios responsables, que indiquen los vehículos o maquinaria oficiales en que fue utilizado el combustible, que justifique la aplicación y destino de los recursos erogados.

PF-10/39-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que implemente medidas de control interno para el suministro de combustible tales como: bitácoras y vales debidamente autorizados por los funcionarios responsables, que indiquen los vehículos o maquinaria oficiales en que fue utilizado, para efecto de reflejar un manejo correcto y transparente de los recursos en actividades propias del municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/39-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su

Se solventa y se le dará seguimiento.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado PF-22, Observación PF-22

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Al cotejar se detecto no coincidencia en los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los rubros para los cuales fueron destinados los pagos, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-10/39-032 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para efectos de presentar ante la Auditoria Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información financiera emitida, para efecto de la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado PF-23, Observación PF-23 Que corresponde a la administración 2010-2013 Con recursos del Fondo IV se aprobó la acción número 012 denominada “Pago de pasivos (pago a proveedores)”, dentro del rubro de Obligaciones Financieras, el municipio expidió el cheque número 262 de fecha 21 de diciembre de 2010 a favor de Héctor Medina Acosta, por un monto de $1,587,787.00 de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, para lo cual se exhibe el soporte documental correspondiente, dentro del cual se incluye la factura número 3528 del Ing. Héctor Medina Acosta (Hotel Plaza) por un monto de $30,000.00, de fecha 31 de mayo de 2010 por concepto de diversos hospedajes para el Ayuntamiento, sin embargo no se anexa justificación de qué personal ocupó este servicio, así como las requisiciones correspondientes debidamente autorizadas por los funcionarios responsables.

PF-10/39-033 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $30,000.00, relativo al cheque número 262 de fecha 21 de diciembre de 2010 a favor de Héctor Medina Acosta, por un monto de $1,587,787.00 de la cuenta bancaria número 0171091700 de BBVA Bancomer, S.A. de Fondo IV 2010, para lo cual se exhibe el soporte documental correspondiente dentro del cual se incluye la factura número 3528 del Ing. Héctor Medina

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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Páginas : 90 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Acosta (Hotel Plaza) por un monto de $30,000.00, soportado financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen su correcta aplicación en acciones propias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. A los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora, C.P. Herminio Briones Oliva y Bertha Alicia Cisneros Velázquez, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorera Municipal respectivamente, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, en su carácter de Responsables Subsidiario el primero y Directos los siguientes.

Resultado PF-24, Observación PF-24

Que corresponde a la administración 2010-2013 En acta de Cabildo de fecha 24 de septiembre de 2010, se aprueban la fusión de varias cuentas del municipio de ejercicios anteriores, por lo que dicha acción es improcedente en atención a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y las Reglas de Operación para cada uno de los Programas que se vieron afectados con los traspasos realizados, ya que los recursos no se destinaron para los fines que originalmente fueron autorizados de acuerdo a la normatividad establecida.

PF-10/39-034 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en lo sucesivo eviten realizar fusión de cuentas bancarias del municipio, ya que se afectan los programas para los cuales fue destinado originalmente el recurso y por lo tanto se incurre en irregularidades según lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y las

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 91 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Reglas de Operación que rigen cada programa.

reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 92 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Observación OP-01

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013

Para la ejecución del Programa Municipal de Obras se asignó un monto de $7,000,000.00, del cual se ejerció la cantidad de $1,946,626.34 existiendo un subejercicio del 72.19% para dicho programa, según informe al 31 de diciembre 2010 presentado por el municipio, de 21 obras programadas 4 no se iniciaron, por lo que se observó incumplimiento en la ejecución del Programa Municipal de Obras.

OP-10/39-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realice las acciones que considere necesarias para que en lo sucesivo cumpla con la ejecución del Programa Municipal de Obras, además presente al H. Ayuntamiento al inicio del ejercicio un presupuesto acorde a sus necesidades para su eficaz cumplimiento, realizando las modificaciones presupuestales que se requieran a lo largo del ejercicio fiscal, en base a lo establecido en los artículos 74 fracción VIII, 170 y 181 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Page 94: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 93 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-02, Sin Observación. Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 94 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 17 (diecisiete) obras que constituyeron la muestra de revisión seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-03, Observación OP-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle Carranza y López Mateos en la Cabecera Municipal", se aprobó un monto federal de $437,930.00 del Fondo III, para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $448,112.60, según pólizas de cheque y facturas presentadas, de las cuales corresponde la cantidad de $305,370.20 para adquisición de 137.45 toneladas de cemento; $61,794.00 por adquisición y acarreo de 225.00 m3 de grava; $49,654.40 de acarreo de 164.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora, sin embargo por manifestación de los beneficiarios, esta era propiedad del municipio; adicionalmente se adquirieron 10 toneladas de cemento por $19,200.00, según cheque número 149 de fecha 13 de abril de 2010 amparado con factura número 53636 del proveedor Cemozac, S.A. de C.V. Sin embargo durante la revisión física realizada el día 5 de mayo de 2011, la obra se encontró sin iniciar.

OP-10/39-002 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $448,112.60 derivado de materiales de construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle Carranza y López Mateos en la Cabecera Municipal" con recursos del Fondo III, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga: estimaciones, números generadores, bitácora, memoria fotográfica, acta de entrega-recepción y acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento a la ejecución y término de la obra. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas,

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-04, Observación OP-03

Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, El Obraje”, se aprobó un monto federal de $291,880.00 del Fondo III, para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 5 de mayo de 2011, la obra se encontró operando, con un área de 5,872.87 m2 de pavimento de concreto hidráulico, sin embargo derivado de la cuantificación realizada entre el material aplicado en el lugar de la obra y el adquirido para su ejecución se detectó que falta de aplicar 72.28 m3 de arena cuantificada en $18,388.84, además de no justificarse el pago de renta de revolvedora por un monto de $65,454.00, ya que por manifestación de los beneficiarios, esta era propiedad del municipio, totalizando $83,842.84. Derivado del análisis entre los conceptos pagados y ejecutados, se observó que hay excedente de 71.92 toneladas de cemento por un monto de $204,466.51 y 152.63 m3 de grava por un monto de $47,313.28, totalizado $251,779.79. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $667,909.40, según pólizas de cheque y facturas presentadas, de las cuales corresponde la cantidad de $332,804.40 para adquisición de 113.90 toneladas de cemento; $69,747.00 por concepto de adquisición y acarreo de 225.00 m3 de grava; $54,728.00 por concepto de adquisición y acarreo de 185.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora. Así mismo se liberó recurso mediante los cheques números 293, 52 y 288 la cantidad de $198,536.00 para la adquisición

OP-10/39-003 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1°de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $83,842.84, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, El Obraje" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 72.28 m2 de arena por un monto de $18,388.84 y renta de revolvedora por un monto de $65,454.00, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción,

Se solventa.

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de 37 toneladas de cemento por $96,200.00, 222.62 m3 de arena por $48,976.00 y renta de revolvedora por $53,360.00, amparadas con las facturas Nos. 335, 307 y 333 de fecha 9 de junio, 2 de marzo y 8 de junio de 2010 respectivamente a nombre del Arq. José Juan Amaro Dávila.

acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

OP-10/39-004 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Entidad Fiscalizada aclare por escrito el excedente de 71.92 toneladas de cemento por un monto de $204,466.51 y 152.63 m3 de grava por un monto de $47,313.28 de materiales sobreejercidos en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, El Obraje" realizada con recursos del Fondo III, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada los elementos probatorios tales como autorización del Consejo de Desarrollo Municipal y presupuesto de ampliación para la ejecución de la obra en cita. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X y 30 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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Resultado OP-05, Observación OP-04 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, La Victoria"; se aprobó un monto federal de $291,880.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 3 de mayo de 2011, la obra se encontró operando con un área de 985.00 m2 de pavimento de concreto hidráulico, derivado de la cuantificación realizada entre el material aplicado en el lugar de la obra y el adquirido para su ejecución se detectó que falta por aplicar 49.58 toneladas de cemento cuantificado en $120,782.37, 287.95 m3 de grava por un monto de $88,875.63, 52.70 m3 de arena por $14,826.58 y $12,094.00 por de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, totalizando $236,578.58 de conceptos de obra no ejecutados. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó el importe de $362,293.40, según pólizas de cheque y facturas presentadas, de las cuales corresponde la cantidad de $162,089.40 para adquisición de 67.65 toneladas de cemento; $41,994.00 por adquisición y acarreo de 150.00 m3 de grava; $30,666.00 de adquisición y acarreo de 109.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora. Así mismo se liberó recurso adicional mediante la expedición de los cheques números 409 y 3 por la cantidad de $115,450.00 derivado de la adquisición de 19 toneladas de cemento por $49,000.00 y 201.35 m3 de arena por $66,450.00, amparadas con las facturas números 1070 y 305 de fecha 18 de agosto y 16 de febrero de 2010, a nombre de Gabriel Huerta Garza y Arq. José Juan Amaro Dávila, respectivamente.

OP-10/39-005 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $236,578.58, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, La Victoria" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 49.58 ton de cemento por un monto de $120,782.37, 287.95 m3 de grava por un monto de $88,875.63, 52.70 m3 de arena por un monto de $14,826.58 y $12,094.00 por concepto de renta de revolvedora, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento en la aplicación de materiales faltantes.

Se solventa.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-06, Observación OP-05 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, Santa Elena"; se aprobó un monto federal de $291,880.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 4 de mayo de 2011, la obra se encontró operando, con un área de 1,959.68 m2 de pavimento de concreto hidráulico, 186.00 ml de guarnición de concreto hidráulico y 203.10 m2 de banqueta de concreto hidráulico, sin embargo derivado de la cuantificación realizada entre el material aplicado en el lugar de la obra y el adquirido para su ejecución se observó que falta por aplicar 66.85 toneladas de cemento por un monto de $165,925.1 y $12,094.00 por concepto de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, los cuales totalizan $178,019.17. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $460,660.20, según pólizas de cheque y facturas presentadas, de las cuales corresponde la cantidad de $210,728.20 a adquisición de 87.95 toneladas de cemento; $41,994.00 adquisición y acarreo de 150.00 m3 de grava; $30,666.00 adquisición y acarreo de 109.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora. Adicionalmente para esta obra se adquirieron 63.5 ton de cemento por un monto de $165,178.00 mediante

OP-10/39-006 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $178,019.17, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, Santa Elena" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 66.85 toneladas de cemento por $165,925.10 y $12,094.00 de renta de revolvedora, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación,

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Page 100: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

cheque número 378 de fecha 10 de agosto de 2010 amparada con la factura número 1067 de fecha 11 de agosto de 2010 a nombre de Gabriel Huerta Garza.

exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de la aplicación de materiales faltantes. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-07, Observación OP-06 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, La Estrella"; se aprobó un monto federal de $219,130.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 4 de mayo de 2011, la obra se encontró operando, con un área de 1,709.61 m2 de pavimento de concreto hidráulico, así mismo derivado de la cuantificación realizada entre el material aplicado en el lugar de la obra y el adquirido para su ejecución se detectó que falta por aplicar 49.40 toneladas de cemento por $122,797.99 y $12,094.00 de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, los cuales ascienden a un monto de $134,891.99. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $354,325.40, según pólizas de cheque y facturas que se indican, de las cuales

OP-10/39-009 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador), por la cantidad de $134,891.99, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Page 101: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

corresponde la cantidad de $152,745.00 para adquisición de 63.75 ton de cemento; $30,949.20 por concepto de adquisición y acarreo de 113.00 m3 de grava; $24,827.20 por concepto de adquisición y acarreo de 82.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora. Adicionalmente para esta obra se adquirieron 51.50 toneladas de cemento por un monto de $133,710.00 mediante cheque número 319 de fecha 7 de julio de 2010 amparada con la factura número 1043 de fecha 1 de julio de 2010 a nombre de Gabriel Huerta Garza.

aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, La Estrella" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 49.40 toneladas de cemento por un monto de $122,797.99 y $12,094.00 de renta de revolvedora, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se han aplicado los materiales faltantes. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-08, Observación OP-07 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, La Pachona"; se aprobó un monto federal de $146,050.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 3 de mayo de 2011, la obra se encontró operando, con un área de 1,007.55 m2 de pavimento de concreto hidráulico y 216 ml de guarnición, faltando de aplicar 41.24 toneladas de cemento por un monto de $101,407.63, 34.70 m3 de grava por un monto de $9,240.46, 19.22

OP-10/39-008 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de

Se solventa.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

m3 de arena por un monto de $5,798.85 y $12,094.00 por concepto de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, lo que totaliza $128,540.94. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $207,828.80, según pólizas de cheque y facturas que se indican, de las cuales corresponde la cantidad de $107,340.80 para adquisición de 44.80 ton de cemento; $19,800.00 por concepto de adquisición y acarreo de 75.00 m3 de grava; $16,594.20 por concepto de adquisición y acarreo de 55.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora. Adicionalmente para esta obra se adquirieron 20.00 ton de cemento por un monto de $52,000.00 mediante póliza cheque No. 438 de fecha 8 de septiembre de 2010 amparada con la factura No. 1153 de fecha 8 de septiembre de 2010 a nombre de Gabriel Huerta Garza.

enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $128,540.94, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra “Construcción de concreto hidráulico en calle principal, La Pachona", realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 41.24 toneladas de cemento por un monto de $101,407.63, 34.70 m3 de grava por $9,240.46, 19.22 m3 de arena $5,798.85 y $12,094.00 de renta de revolvedora, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se han aplicado los materiales faltantes. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-09, Observación OP-08 Que corresponde a la administración 2007-2010

OP-10/39-009 Pliego de Observaciones

Se solventa.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, San José de Castellanos"; se aprobó un monto federal de $146,050.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 2 de mayo de 2011, la obra se encontró operando, con un área de 1,073.29 m2 de pavimento de concreto hidráulico, faltando de aplicar 19.08 toneladas de cemento por un monto de $46,877.53, 295.76 m3 de arena por un monto de $68,788.38 y $12,094.00 de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, lo que totaliza $127,759.91. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $259,372.00, según pólizas de cheque y facturas presentadas, de las cuales corresponde la cantidad de $107,340.80 para adquisición de 44.80 toneladas de cemento; $19,800.00 por adquisición y acarreo de 75.00 m3 de grava; $16,594.20 adquisición y acarreo de 55.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora. Adicionalmente para esta obra se adquirieron 14.00 toneladas de cemento por un monto de $37,096.00 y 302.04 m3 de arena por $66,447.00 mediante cheque números 437 y 4 de fecha 8 de septiembre y 16 de febrero de 2010 amparadas con las facturas números 1151 y 306 de fecha 8 de septiembre y 16 de febrero de 2010 a nombre de Gabriel Huerta Garza y Arq. José Juan Amaro Dávila, respectivamente.

La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $127,759.91, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, San José de Castellanos" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 19.08 toneladas de cemento por un monto de $46,877.53, 295.76 m3 arena por $68,788.38 y $12,094.00 de renta de revolvedora, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se han aplicado los materiales faltantes. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas,

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-10, Observación OP-09 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Ampliación de red eléctrica, en El Mezquite"; se aprobó un monto federal de $63,000.00 del Fondo III para la colocación de 2 postes de concreto de 12 metros. Durante la revisión física realizada el día 3 de mayo de 2011, la obra se encontró terminada sin operar, verificándose la colocación de 2 postes de concreto PC 12-750 y 1 transformador de 10 KVA, faltando por ejecutar lote de acabado, pruebas y entrega por un monto de $7,000.00. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado se liberó y ejerció un monto de $70,000.00 mediante los cheques números 232 y 274 de fechas 13 de mayo y 8 de junio de 2010 respectivamente por importes de $28,350.00 y $41,650.00 amparadas con las facturas números 934 y 946 de fecha 19 de mayo y 8 de junio de 2010 respectivamente, a nombre de COELZAC, S.A. de C.V.

OP-10/39-010 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal, Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Social, así como a la empresa COELZAC, S.A. de C.V.; por la cantidad de $7,000.00, derivado de conceptos pagados no ejecutados en la obra "Ampliación de red eléctrica, en El Mezquite" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en lote de acabado, pruebas y entrega por un monto de $7,000.00, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su puesta en operación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que

Se solventa.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la obra está terminada y operando. Incumpliendo lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como lo establecido en el artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-11, Observación OP-10

Que corresponde a la administración 2007-2010

Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle Ignacio Allende, La Victoria"; se aprobó un monto federal de $438,150.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 3 de mayo de 2011, la obra se encontró operando, con un área de 3,927.83 m2 de pavimento de concreto hidráulico, sin embargo no se justificó la erogación realizada de renta de revolvedora por un monto de $12,094.00, ya que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio. Derivado del análisis entre los conceptos pagados y ejecutados se observó un excedente de 51.28 toneladas de cemento por $122,866.88, 79.56 m3 de grava por $21,517.62 y 99.28 m3 de arena por $29,780.82, los cuales ascienden a un monto de $162,071.32 de materiales sobre ejercidos. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $343,722.66, según pólizas de cheque y facturas que se indican, de las cuales corresponde la cantidad de $230,974.40 para adquisición de 96.40 ton de cemento; $46,789.20 por concepto de adquisición y acarreo de 173.00 m3 de grava; $37,496.00 por concepto de adquisición y acarreo de 125.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora, para esta obra. Adicionalmente

OP-10/39-011 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $12,094.00, derivado de pago por arrendamiento de maquina revolvedora no aplicado en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle Ignacio Allende, La Victoria" realizada con recursos del Fondo III, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el

Se solventa.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

para esta obra se adquirió cemento por un monto de $16,369.06 mediante cheque número 51 de fecha 2 de marzo de 2010, amparada con la factura número117 de fecha 11 de marzo de 2010, a nombre de Alfredo Ibarra Madrid.

Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento de la aplicación de los conceptos pagados. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

OP-10/39-012 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Entidad Fiscalizada aclare por escrito el excedente de 51.28 toneladas de cemento por $122,866.88, 79.56 m3 de grava por $21,517.62 y 99.28 m3 de arena por $29,780.82, de materiales sobreejercidos en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle Ignacio Allende, La Victoria" realizada con recursos del Fondo III, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada los elementos probatorios tales como autorización del Consejo de Desarrollo Municipal y presupuesto de ampliación para la ejecución de la obra en cita. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X y 30 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y

Se solventa.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-12, Observación OP-11 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, Espíritu Santo"; se aprobó un monto federal de $219,130.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 2 de mayo de 2011, la obra se encontró operando con un área de 1,548.15 m2 de pavimento de concreto hidráulico, faltando por aplicar 3.79 toneladas de cemento por $9,080.84, 55.46 m3 de grava por un monto de $12,526.29, 7.60 m3 de arena por $2,081.20 y $12,094.00 de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, totalizando $35,782.34 de materiales y servicios pagados no ejecutados. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $221,944.00, según pólizas de cheque y facturas que se indican, de las cuales corresponde la cantidad de $148,552.00 para adquisición de 96.40 toneladas de cemento; $30,949.20 por concepto de adquisición y acarreo de 113.00 m3 de grava; $24,827.20 por concepto de adquisición y acarreo de 82.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora, para esta obra. Adicionalmente para esta obra se adquirieron 42.00 m3 de grava y 14 m3 de arena por un monto de $5,521.60 mediante cheque número 462 de fecha 8 de septiembre de 2010, amparada con las facturas números 1792, 1793 y 1794 de fechas 8 de septiembre de 2010, respectivamente a nombre de Beatriz Guadalupe Padilla Olvera.

OP-10/39-013 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $35,782.34, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, Espíritu Santo" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 3.79 toneladas de cemento por un monto de $9,080.84, 55.46 m3 de grava por $12,526.29, 7.60 m3 de arena por e $2,081.20 y $12,094.00 de renta de revolvedora, debiendo presentar elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento a la aplicación de los materiales y servicios faltantes.

Se solventa.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-13, Observación OP-12 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, Pedregoso"; se aprobó un monto federal de $146,050.00 del Fondo III para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de pavimento de concreto hidráulico. Durante la revisión física realizada el día 3 de mayo de 2011, la obra se encontró operando con un área de 1,585.46 m2 de pavimento de concreto hidráulico, faltando por aplicar 32.09 toneladas de cemento por $75,931.59, 22.03 m3 de arena por $2,811.65 y $12,094.00 de renta de revolvedora, misma que por manifestación de los beneficiarios era propiedad del municipio, totalizando $90,837.25 de materiales y servicios pagados no ejecutados. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $258,643.60, según pólizas de cheque y facturas indicadas, de las cuales corresponde la cantidad de $202,941.20 para adquisición de 84.70 ton de cemento; $15,660.00 por concepto de adquisición de 105.00 m3 de grava; $13,908.40 por concepto de adquisición de 109.00 m3 de arena y $12,094.00 por renta de revolvedora, para esta obra. Adicionalmente para esta obra se adquirieron 7.00 toneladas de cemento por un monto de $14,040.00 mediante cheque número 476 de fecha 9 de septiembre de 2010, amparada con la factura número 146 de fecha 21 de junio de 2010, a nombre de Noé Antonio Macías Torres.

OP-10/39-014 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social y Arq. José Juan Amaro Dávila (arrendador); por la cantidad de $90,837.25, derivado de materiales para construcción y servicios pagados no aplicados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle principal, Pedregoso" realizada con recursos del Fondo III, consistentes en 32.09 toneladas de cemento por un monto de $75,931.59, 22.03 m3 de arena por un monto de $2,811.65 y $12,094.00 por concepto de renta de revolvedora, debiendo presentar

Se solventa.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento a la aplicación de los materiales faltantes. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-14, Observación OP-13 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Construcción de cancha de usos múltiples, El Cuijal"; se aprobó un monto federal de $128,950.00 del Fondo III, para el suministro de cemento, grava y arena para la construcción de cancha de usos múltiples. Durante la revisión física realizada el día 4 de mayo de 2011, la obra se encontró inconclusa con un área de 459.58 m2 de concreto hidráulico y 13.23 m3 de mampostería de piedra braza de la región. Derivado del análisis entre los conceptos pagados y ejecutados se observó un faltante de 1.85 toneladas de cal por un monto de $3,330.00; 106.41 m3 de arena por un monto de $20,180.62; 93.84 m3 de grava por un monto de $25,477.27; 19.14 m3 de piedra por un monto de $6,316.20 y 1,786.00 kg de tubo negro de 2 1/2" cédula 30 para la elaboración de

OP-10/39-015 Pliego de Observaciones La Auditoria Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zacatecas, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos, Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social, por $80,304.09 derivado de materiales pagados no

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

tableros y porterías por un monto de $25,000.00, totalizando $80,304.09 de material faltante de aplicar. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó un importe de $146,522.00 según cheque número 31 por un monto de $556,800.00 amparado con las facturas números 2465, 2466, 2467, 2468, 2469, 2470, 2471, 2472 y 2473 por montos de $95,421.60, $71,479.20, $53,174.40, $61,572.80, $24,406.40, $80,330.00, $49,532.00, $70,551.20 y $50,332.40 respectivamente todas de fecha 27 de febrero de 2010 a nombre de TRISEGO S.A. de C.V., de los cuales corresponde la cantidad de $3,340.00 para adquisición de 32.00 m3 de grava y $7,742.00 para adquisición de 45.00 m3 de arena, aplicados en la obra antes citada y que ambos totalizan $9,082.00. Además de lo anterior, mediante póliza de egresos número E02247 de fecha 10 de agosto de 2010 del cheque número 403,soportado con factura número 1073 de fecha 19 de agosto 2010 por un monto de $25,000.00 a nombre de Gabriel Huerta Garza, a través de la cual se adquirieron 1,786.00 kg de tubo negro 21/2" cedula 30; 91.39 m3 de grava y 92.00 m3 de arena mediante cheque número 237 por $50,400.00 de fecha 13 de mayo 2010 amparado con la factura 325 de fecha 13 de mayo 2010 por el mismo importe a nombre del Arq. José Juan Amaro Dávila, y 15 toneladas de cemento, 24 toneladas de cal, 6 montenes, 20 metros de chaflán y 28 m3 de piedra, mediante póliza de cheque 474 de fecha 9 de septiembre 2010 por un monto de $272,840.00, del cual se exhibe factura 15640 de fecha 16 de agosto 2010 por $62,040.00, a nombre de Jaime Manuel Manríquez Narváez, misma que corresponde a la obra inicialmente citada.

aplicados en la obra "Construcción de cancha de usos múltiples, El Cuijal”, realizada con recursos del Fondo III, consistentes 1.85 ton de cal por un monto de $3,330.00; 106.41 m3 de arena por un monto de $20,180.62; 93.84 m3 de grava por un monto de $25,477.27; 19.14 m3 de piedra por un monto de $6,316.20; 1,786.00 kg de tubo negro de 21/2” por un monto de 25,000.00, sumando un total de $80,304.09, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de su aplicación, exhibiendo expediente unitario, el cual contenga números generadores, memoria fotográfica, bitácora, acta de entrega-recepción, acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal como constancia de que se ha dado cumplimiento. Incumpliendo lo establecido en los artículos 27 fracción X, 30, 93 y 100 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Zacatecas, así como los artículos 98 y 101 de su Reglamento; artículo 52 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2010 y artículo 5 fracciones I y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

FOREMOBA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-15, Observación OP-14 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Trabajos de integración de drenes perimetrales, consolidación de bóvedas intradós y restitución de cúpula en el templo de San Nicolás Tolentino, El Nigromante". Durante la revisión física realizada el día 4 de agosto de 2010, la obra se encontró operando, con 8 piezas de gárgolas de cantera, 140.00 m2 de calaverado de muros de adobe, 1 lote de limpieza de cruz de fierro, 455.00 m2 de integración de aplanados a base de cal apagada y 455.00 m2 de integración de pintura a la cal. Sin embargo el Ente Auditado no presentó el expediente unitario de obra, que permita determinar si los conceptos programados son los ejecutados; además, cabe señalar que se desconoce cuál es la inversión autorizada y ejercida en este programa, así como cuantas obras se ejecutaron, ya que tampoco se presentaron informes de avance físico-financiero; situación que no permitió realizar un comparativo entre los volúmenes que se encontraron en la obra contra los programados, así como el análisis de la documentación financiera, técnica y social, tales como pólizas, facturas, catálogo de conceptos, contrato, proceso de adjudicación, fianzas, estimaciones, generadores, evidencia fotográfica, bitácora, acta de entrega recepción, entre otras, que permitan emitir una opinión asertiva de la aplicación de los recursos aprobados.

OP-10/39-016 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante la instancias correspondientes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se aplique una o más de las sanciones correspondientes previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como: Presidente Municipal, Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos y Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social, por no informar a esta Entidad de Fiscalización sobre las inversiones programadas y ejercidas del Fondo de Apoyo a Comunidades para la Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal (FOREMOBA), así como del avance físico-financiero, además de no presentar el expediente unitario de la obra "Trabajos de integración de drenes perimetrales, consolidación de bóvedas intradós y restitución de cúpula en el templo de San Nicolás Tolentino, El Nigromante", contraviniendo con lo estipulado en los artículos 127 de de la Ley de Obras Públicas y servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y 102 de su Reglamento, 74 fracción XXVI, 100 y 167 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos del Estado y

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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PINOS, ZAC.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

FOREMOBA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipios de Zacatecas.

Resultado OP-16, Observación OP-15 Que corresponde a la administración 2007-2010 Para la obra "Trabajos de restauración de las cubiertas del exconvento y restauración integral de la torre del campanario y consolidación de bóveda por intradós del exconvento de San Francisco, Cabecera Municipal". Durante la revisión física realizada el día 6 de mayo de 2011, la obra se encontró terminada y operando, con 281.49 m2 de pintura decorativa, 281.49 m2 de aplanado acabado floteado, 51.84 m2 de piso de barro 24x24 cm, 65.44 m2 de piso de diamantina, colocación de puerta de madera de 2.54 metros y colocación de portón de 1.78 x 2.00 metros. Sin embargo el Ente Auditado no presentó el expediente unitario de obra, que permita determinar si los conceptos programados son los ejecutados; además, cabe señalar que se desconoce cuál es la inversión autorizada y ejercida en este programa, así como cuantas obras se ejecutaron, ya que tampoco se presentaron informes de avance físico-financiero; situación que no permitió realizar un comparativo entre los volúmenes que se encontraron en la obra contra los programados, así como el análisis de la documentación financiera, técnica y social, tales como pólizas, facturas, catálogo de conceptos, contrato, proceso de adjudicación, fianzas, estimaciones, generadores, evidencia fotográfica, bitácora, acta de entrega recepción, entre otras, que permitan emitir una opinión asertiva de la aplicación de los recursos aprobados.

OP-10/39-017 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante la instancias correspondientes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se aplique una o más de las sanciones correspondientes previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como: Presidente Municipal Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos y Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social, por no informar a esta Entidad de Fiscalización sobre las inversiones programadas y ejercidas del Fondo de Apoyo a Comunidades para la Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de Propiedad Federal (FOREMOBA), así como del avance físico-financiero, además de no presentar el expediente unitario de la obra "Trabajos de restauración de las cubiertas del exconvento y restauración integral de la torre del campanario y consolidación de bóveda por intradós del exconvento de San Francisco, Cabecera Municipal", contraviniendo con lo estipulado en los artículos 127 de de la Ley de Obras Públicas y servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y 102 de su Reglamento, 74 fracción XXVI, 100 y 167 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Page 113: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-17, Observación OP-16 Que corresponde a la administración 2007-2010 Durante la revisión documental de 23 (veintitrés) obras que integraron la muestra de auditoría se constató en 4 (cuatro) obras del Programa Municipal de obras y 17 (diecisiete) del Fondo III, la falta de integración de la documentación técnica y social en los Expedientes Unitarios de las obras en mención, tales como presupuesto base, programa de obra, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, bases de licitación, convocatoria, junta de aclaración, acta de apertura de propuesta, dictamen de fallo, contrato, catálogo de conceptos, programa de ejecución de obra, convenio de ampliación de contrato, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, acta de entrega recepción, fianza de vicios ocultos, finiquito y adquisiciones, misma que se relaciona en el cuadro siguiente:

DATOS DE LA OBRA

EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN

EJECUCIÓN

NO. DE OBRA

NOMBRE DE LA OBRA Y UBICACIÓN

PR

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EC

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PR

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S/N

CONSTRUCCION DE BARDA J. NIÑOS ENRIQUE FERNANDEZ LEDEZMA, CABECERA MUNICIPAL

X X X X X X X X X X X N/A

N/A

X/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X X X X X X X X X X X X N/A

S/N

CONSTRUCCION DE PUENTE LA PACHONA-JALTOMATE, LA PACHONA

X X X X X X X X X X X N/A

N/A

X/A

N/A

N/A

X X X X X X X X X X X X X X X X X N/A

S/

CONSTRUCCION

X X X X X X X X X X X N/

N/

X/

N/

N/

X X X X X X X X X X X X X X X X X N/

OP-10/39-018 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante la instancias correspondientes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se aplique una o más de las sanciones correspondientes previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010 como: Presidente Municipal, Profr. Alfonzo Contreras Hernández, C.P. Herminio Briones Oliva Director de Obras y Servicios Públicos y Profr. Bernardo Cruz Mendoza (Del 1° de enero al 23 de febrero de 2010) y Juan Gabriel Manríquez Madrid (Del 24 de febrero al 15 de septiembre de 2010) Directores de Desarrollo Económico y Social, por no integrar de manera completa la documentación técnica y social a los expedientes unitarios de las obras que se relacionan en el resultado que antecede, consistente en: presupuesto base, programa de obra, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, bases de licitación, convocatoria, junta de aclaración, acta de apertura de propuesta, dictamen de fallo, contrato, catálogo de conceptos, programa de ejecución de obra, convenio de ampliación de contrato, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, acta de entrega recepción, fianza de vicios ocultos, finiquito y adquisiciones, contraviniendo con lo estipulado en los artículos 127 de de la Ley de Obras Públicas y servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y 102 de su

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

N DE PUENTE, BUENAVISTA

A A A A A A

S/N

CONSTRUCCION DEPOSITO P/AGUA, EL CUIJAL

X X X X X X X X X X X N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X X X X X X X X X X X X X X

FONDO III

021

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE CARRANZA Y LOPEZ MATEOS, PINOS

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X X N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

022

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, EL OBRAJE

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X X N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

023

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, LA VICTORIA

1 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

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N/A

N/A

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N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X 1 X N/A

1 N/A

X N/A

N/A

024

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, SANTA ELENA

1 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

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N/A

X 1 N/A

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N/A

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N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

025

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, LA ESTRELLA

1 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

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N/A

X 1 X 1 X N/A

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N/A

026

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAUL

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

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N/A

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N/A

N/A

X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

Reglamento, así como 74 fracción XXVI, 100 y 167 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ICO EN CALLE PRINCIPAL, ESTANCIA DE GUADALUPE

027

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, LA PACHONA

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

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N/A

X 1 N/A

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1 N/A

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N/A

N/A

X X X X X N/A

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X N/A

N/A

028

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, SAN JOSE DE CASTELLANOS

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

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N/A

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X X X X X N/A

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X N/A

N/A

059

AMPLIACION DE RED ELECTRICA, ELMEZQUITE

X 1 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 1 N/A

N/A

N/A

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X 1 X X X X N/A

N/A

X X X N/A

N/A

124

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE IGNACIO ALLENDE, LA VICTORIA

1 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

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1 N/A

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X 1 X 1 X N/A

1 N/A

X N/A

N/A

125

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, ESPIRITU SANTO

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

126

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, PEDREGOSO

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

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N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

Page 116: PINOS, ZAC. 2010 - asezac.gob.mxEl municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $174,883,166.36, los cuales se integraron por $82,408,760.42

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

127

CONSTRUCCION DE CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE PRINCIPAL, PURISIMA SUR

1 1 N/P

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X 1 X N/A

1 N/A

X N/A

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081

CONSTRUCCION DE CANCHA DE USOS MULTIPLES, EL CUIJAL

1 1 1 1 1 N/A

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1 1 N/A

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1 N/A

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X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

105

REHABILITACION DE CAMINO DE TERRACERIA EXISTENTE DEL KM 0+000 AL KM 3+519 DEL TRAMO LA PACHONA-PEDREGOSO, LA PACHONA

X 1 N/P

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N/A

N/A

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N/A

X X N/A

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N/A

X X X X X X X X X X X X X 1 1 X N/A

N/A

155

REHABILITACION/MEJORAS DIVERSAS DE VIVIENDA, PINOS (COBERTURA MUNICIPAL)

X 1 N/P

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X X N/A

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1 N/A

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N/A

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X X X X X N/A

X N/A

X N/A

N/A

156

REHABILITACION/MEJORAS DIVERSAS DE VIVIENDA, PINOS (COBERTURA MUNICIPAL)

X 1 N/P

N/A

N/A

N/A

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N/A

X X N/A

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1 N/A

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X X X X X N/A

X N/A

X N/A

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 116 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-18, Observación OP-17 Que corresponde a las administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Se observa que en cuanto a Relleno Sanitario, el municipio cumple en un 42.1% de mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, así pues la verificación física de nuestro examen revela que no existe un Relleno Sanitario como tal, sólo cuentan con un tiradero (basurero), ubicado a 1.5 km del área urbana ocupando un área de 2.5 hectáreas aproximadamente, además no cuentan con estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la protección del medio ambiente y dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna.

Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con cerca perimetral, carece de caseta de vigilancia y manuales de operación, no se tiene control en el acceso del personal, vehículos y/o materiales acarreados por particulares, por lo que el tiradero de los desechos se efectúa en una misma zona, sin realizar las separaciones como lo marca la normatividad.

OP-10/39-0019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura; realizando los estudios topográficos y geotécnicos así como implementar manuales de operación y control mejorando el control de residuos dañinos, de igual forma mejorar su infraestructura mediante caseta de vigilancia, bascula y servicios de agua potable, electricidad y drenaje; lo anterior para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 117 de 120

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-19, Observación OP-18

Que corresponde a las administraciones 2007-2010 Y 2010-2013

El objetivo es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen no fue practicado ya que el municipio no cuenta con un Rastro Municipal.

OP-10/39-020 Recomendación.

Se recomienda a la Administración Municipal actual, analizar la viabilidad de la construcción de un Rastro Municipal que proporcione a la ciudadanía confiabilidad en el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

35 20 15 FRR 15

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

6 - - - 6

Promoción para el ejercicio de la facultad de comprobación fiscal.

1 - - - 1

Solicitud De Aclaración.

6 3 3 REC 3

TOTAL 48 23 18 25

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

6 2 4 FRR 4

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

32 32 0 N/A 0

Solicitud De Aclaración.

2 1 1 FRA 1

Preventivas

Recomendación 38 7 31 REC 31

TOTAL 78 42 36 36

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Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2010 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.