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PETICION DE INFORME ESCRITO El Senador Nacional que suscribe, de conformidad a lo establecido por el Art. 158 de la Constitución Política del Estado y en virtud a lo dispuesto en el artículo 141 del Reglamento General de la Cámara de Senadores, solicita al CIUDADANO RAMIRO GUERRERO PEÑARANDA, FISCAL GENERAL DEL ESTADO, por intermedio de su Presidencia, tenga a bien prestar informe escrito de acuerdo al siguiente requerimiento: 1. Informe el Fiscal General del Estado, si en el curso de las investigaciones del caso de supuestos actos de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena, se ha considerado ampliar las mismas a miembros del Directorio Decisorio del Fondo Indígena; de no haberlo considerado fundamente su respuesta 2. Informe el Fiscal General del Estado, si dentro los actos investigativos para esclarecer el caso de supuesta corrupción y dañó económico al Estado en el Fondo Indígena, han sido citados a prestar declaración informativa los Ministros miembros del Directorio Decisorio del Fondo Indígena y a sus representantes; en caso de no ser considerados, fundamente su respuesta. 3. Informe el Fiscal General del Estado, de qué manera se está ejerciendo la dirección funcional, orientación, y supervisión de la investigación del supuesto caso de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena. 4. Informe el Fiscal General del Estado, cual es el estado actual de todas las diligencias de la etapa preliminar, preparatoria e intermedia, determinadas por Ley, en el supuesto caso de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena, asimismo informe como se está vigilando el cumplimiento de los términos y plazos legales previstos por Ley, bajo responsabilidad. 5. Informe el Fiscal General del Estado, que indicios y elementos de prueba se han recolectado en el presente caso, asimismo informe como se está resguardando dentro la cadena de custodia, las pruebas al interior del Fondo Indígena. 6. Informe el Fiscal General del Estado, como se determinará el daño económico al Estado provocado en el Fondo Indígena, siendo que a la fecha no existe un informe de auditoría. 7. Informe el Fiscal General del Estado, que medidas precautorias se han tomado para garantizar la reparación del daño económico provocado al Estado, en el supuesto caso de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena. Adjunte documentación de respaldo. 8. Informe el Fiscal General del Estado, si la investigación que se está realizando abarca únicamente a los 154 proyectos del Fondo Indígena que forman parte de los informes circunstanciados emitidos por la Contraloría General del Estado, o en su caso se ampliará la investigación a los 1100 proyectos mencionados por la Ministra Nemesia Achacollo. 9. Informe el Fiscal General del Estado, si en el curso de las investigaciones del caso de supuestos actos de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena, se ha considerado ampliar las mismas a los beneficiarios de los pueblos y naciones indígenas originarias campesina y comunidades interculturales a través de sus dirigentes en calidad de Dirección: Plaza Murillo - Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia - Telf.: (591-2) 2158701 - www.senado.bo La Paz - Bolivia

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PETICION DE INFORME ESCRITO

El Senador Nacional que suscribe, de conformidad a lo establecido por el Art. 158 de la ConstituciónPolítica del Estado y en virtud a lo dispuesto en el artículo 141 del Reglamento General de la Cámarade Senadores, solicita al CIUDADANO RAMIRO GUERRERO PEÑARANDA, FISCAL GENERALDEL ESTADO, por intermedio de su Presidencia, tenga a bien prestar informe escrito de acuerdo alsiguiente requerimiento:

1. Informe el Fiscal General del Estado, si en el curso de las investigaciones del caso desupuestos actos de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena, se haconsiderado ampliar las mismas a miembros del Directorio Decisorio del Fondo Indígena; deno haberlo considerado fundamente su respuesta

2. Informe el Fiscal General del Estado, si dentro los actos investigativos para esclarecerel caso de supuesta corrupción y dañó económico al Estado en el Fondo Indígena,han sido citados a prestar declaración informativa los Ministros miembros delDirectorio Decisorio del Fondo Indígena y a sus representantes; en caso de no serconsiderados, fundamente su respuesta.

3. Informe el Fiscal General del Estado, de qué manera se está ejerciendo la direcciónfuncional, orientación, y supervisión de la investigación del supuesto caso decorrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena.

4. Informe el Fiscal General del Estado, cual es el estado actual de todas las diligenciasde la etapa preliminar, preparatoria e intermedia, determinadas por Ley, en elsupuesto caso de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena,asimismo informe como se está vigilando el cumplimiento de los términos y plazoslegales previstos por Ley, bajo responsabilidad.

5. Informe el Fiscal General del Estado, que indicios y elementos de prueba se hanrecolectado en el presente caso, asimismo informe como se está resguardando dentrola cadena de custodia, las pruebas al interior del Fondo Indígena.

6. Informe el Fiscal General del Estado, como se determinará el daño económico alEstado provocado en el Fondo Indígena, siendo que a la fecha no existe un informe deauditoría.

7. Informe el Fiscal General del Estado, que medidas precautorias se han tomado paragarantizar la reparación del daño económico provocado al Estado, en el supuestocaso de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena. Adjuntedocumentación de respaldo.

8. Informe el Fiscal General del Estado, si la investigación que se está realizando abarcaúnicamente a los 154 proyectos del Fondo Indígena que forman parte de los informescircunstanciados emitidos por la Contraloría General del Estado, o en su caso seampliará la investigación a los 1100 proyectos mencionados por la Ministra NemesiaAchacollo.

9. Informe el Fiscal General del Estado, si en el curso de las investigaciones del caso desupuestos actos de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena, se haconsiderado ampliar las mismas a los beneficiarios de los pueblos y naciones indígenasoriginarias campesina y comunidades interculturales a través de sus dirigentes en calidad de

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representantes de cada organización, sobre los recursos recibidos por parte delFondo Indígena.

1O.lnforme el Fiscal General del Estado, si en el curso de las investigaciones del caso desupuestos actos de corrupción y daño económico al Estado en el Fondo Indígena, seha evidenciado las cuentas de particulares, a quienes se han transferido recursoseconómicos, de ser así, que acciones se están desarrollando.

11.lnforme el Fiscal General del Estado, cual es el nivel de responsabilidad del DirectorioDecisorio del Fondo Indígena como dirección colegiado, en el marco del artículo 36del D.S. 23318 - A; artículo 48 del Estatuto Orgánico del Fondo Indígena; artículo 1 y31 de la Ley 1178 y artículo 154 del Código Penal.

Es cuanto se solicita, para fines consiguientes y en estricta sujeción a las prerrogativasConstitucionales de Fiscalización, a las que debe dar respuesta dentro el plazo establecidopor el Art. N° 143 del Reglamento General de la Cámara de Senadores.

Ciudad de La Paz, Abril 21 de 2015

Dirección: Plaza Murillo - Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia - Telf.: (59) -2) 215870) - www.senado.boLa Paz - Bolivia

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ESTADO PLURINACIDNALDE BOLIVIA

Sucre, 15 de mayo de 2015OFo CITE: FGE/RIGP N° 360/2015

SeñorSeno José Alberto Gonzales SamaniegoPRESIDENTE - CAMARA DE SENADORESASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONALLa Paz.-

Refo Respuesta a Pol.EoN" 091/2015-2016

De mi consideración:

En atención a la Petición de Informe Escrito P.LE. N° 091/2015-2016,emitida desde la Presidencia de la Cámara de Senadores a <solicitud delSenador Oscar Miguel Ortiz Antelo, mediante la cual requiere informacióncircunstanciada sobre el caso de supuestos actos de corrupción y dañoeconómico al Estado en el Fondo Indígena; por la presente y a los finesconsiguientes adjunto oficio CITE: FDLP-PFZ No. 148/2015 suscrito por elFiscal Departamental de La Paz Dr. Paul Franco Zamora con relación alInforme CP/lCGA/N° 55/2015 elaborado por 'los Fiscales de Materia M.Se.Anghelo ]. Saravia A., Dra. Elsi Villafranqui Endara y DI. Gregario BlancoTorrez; respuesta elaborada en sujeción a lo dispuesto en el Art. 225-Il de laConstitución Política del Estado y el Art.9-1 de la Ley N° 260.

Con este particular motivo, reitero a usted Señor Presidente de laCámara de Senadores de la Asamblea Legislati a Plurinacional, lasconsideraciones de distinción y respeto.

Atentamente.

CAMAAA DE SENADORESOFICIALIA MAYOR

veN1·f\NII..'~A ÚNIOAFojas: Hora:

tf) 1 l JuN, ¡!OíS /(,:;:0°~'Of.'h U'UIHIUt

R1J::ClNcC9If~i~I!~~.~:;-t,;-

c.c./Arch.

Se adj. lo indicadoH.R. 1033JFQM

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La Paz, 11 de mayo 2015OF CITE: FDLP-PFZ'NO.148/2015

Señor:Dr. Ramiro José Guerrero Peñaranda.FISCAL GENERAL DEL ESTADO PLUIUNACIONALSucre.-

Ref.: INSTRUCTIVO FGE/RJGP No. 142/2015 H.R_ 1033

De mi consideración y respeto:

A tiempo de saludar\e y en atención al Instructivo FGE/RJGPNo. 142/201S-H.R. 1033,emitido por su autoridad, tengo a bien remitir informe elaborado por la comisión de FiscalesDr. Anghelo Jairo Saravia A., Elsi Rosario Villafranqui Endara y Dr. Gregario Blanco Torrez,asicnados al caso "Fondo Indígena", sea a los efectos y fines consiguientes de ley.

Sin otro particular, aprovecho para saludarle atentamentemás distinguidas.

las consideraciones

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INFORME CP/JCGA/N° 55/2015

A Dr. Paúl Franco ZamoraFISCAL DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

DE Ores, Angt1elo Saravia,TorrezFiScAL DE MATERIA

Informe sobre Nota (258)

Sobre el caso LPZ1417424 FONDO INDíGENA

11 de mayo de 2015

REF

FECHA

En atención al requerimiento emitido por su autoridad de fecha 07 de mayo de 2015, notificadoen feche 11 de mayo de 2015, Informe sobre Nota P.I.E. N° 09112015-2016 Sobre el casoLPZ'I4'I74Z4 FUI'IUQ ¡''iOIOEI'IA, pOI·e. lo <:. ••.• 01 ""Ie cumple informar el ciguianto Elxtr<>rno:

Al primero, en fecha 5 :de marzo del presente, se ha dispuesto en la comisión de Fiscales laAmpliación de Investigación en contra de NEMESIA ACHACOLLO, FELlPA HUANCA,RODOLFO MACHACA, HILARION MAMANI. EVER CHOQUEHUANCA, MELVA HURTADO,DAMIAN CONDOR!. ,JULlAN .JALA. JUANITA ANCIETA, CARLOS FUENTES, ,JULIA RAMOS,SERGIO HINO,JOSA, esto en razón a la denuncia eJelseñor Rafael Arcángel Quispe,Al segundo, el proceso ha ido avanzando paulatinamente respecto a los sindicados y laspresuntas irregularidades, para recién ingresar al fondo 1.1 origen de los contratos y desembolsosrealizados; ahora, de los miembros del directorio, la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras comola Interventora del Fondo Indígena se han constituido como parte querellante y coadyuvante,donde se han ratificado en los hechos denunciados por la Contraloría.Al tercer, existe una Comisión de fiscales que dirigen el proceso. relacionado a determinar yestablecer los hecho's mediante Inspecciones Oculares, Revisión de la documentación respectoEl los presuntos hechos y las declaraciones de las personas que conforman la dirigencia,responsables de los fondos eroqados.Al cuarto, el proceso se ha iniciado en fecha 6 de enero de 2015, realizándose losrequerimiento y diligencia preliminares dirigidas a confrontar los documentos prueba con lossindicados; una vez realizada la recepción de declaración informativa de los sindicados, enfecha 3 de marzo de 2015 se procedió a Imputar formalmente a los mismos, en razón de existírindicios de responsabilidad que era atribuida al ejercicio de sus funciones, estas relativas a loscontratos suscritos, la omisión de sus deberes respecto al control sobre los proyectos, laerogaciÓn de dineros sin los informes correspondientes y otros; y respecto a 10$ plazosprocesales, los mismos se encuentran sujetos a los dispuestos por la normativa adjetiva penal,donde podría fenecer en septiembre de 2015. sin embargo todavia falta determinar la situación

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procesal del señor Daniel Zapata Pérez, quian hasta la fecha no puede ser habido, lo quepresupone una Ampliación de Imputación Formal una vez cumplidas las formalidades de surebeldía.Al quinto, a la fecha se ha colectado la documentación relativa a los contratos, documentaciónde los desembolsos, ínformes y descargos, estos insertos en carpetas de los 153 proyectos enrecintos de resguardo de la Fiscalía Departamental de La Paz. .Al sexto, et .proceso se ha iniciado con el Informe Circunstanciado de Hechos N0EX/EP12/M14-F2 de 17 de diciembre de 2014. en virtud del cua/la misma contraloría ha emitidoel Informe de Opinión Legal N° CGE/SCSLlLO'10/D14 de 18 de diciembre de 2014 por el queestablece Responsabilidad por la función pública, aspectos amparados en los Arts. 60 al 62 delDecreto Supremo 23318~A de 3 de noviembre de 1992; ahora los actos investigativos que setienen programado darán como resultado posibles montos de dineros no justificados orespaldados respecto a los proyectos, mismos que se encuentran para inspección.Al séptimo, como todavía no habiendo determinado ° evieJenciado la exístencia de losproyectos en su totalidad, no se puede establecer montos de dineros, como tampoco se puededilucidar exactitud al no haberse todavía confrontado los proyectos con la documentación derespaldo y los rnontos oroq ado s.Al octavo, la presente investigación se encuentra dirigida solo a los 153 proyectos en loscuales se habría desembolsado montos de dineros, sin los informes y respaldos que danreferencia del avance y conclusión de los mismos; pues con relación a otros convenios, losmismos se encuentran investigando en forma separada, pues se desconoce la exactitud de1100 proyectos que le corresponde a la ínterveritora circunstanciar los demás y la existencia delos respaldos y existencia de los mismos.Al noveno, tal como se menciona líneas arriba, la denuncia como las querellas están dírigidas aun fin especifico, correspondiendo a la actual interventora establecer responsabilidades, pues sibien el ministerio público puede actuar sobre estos, los mismos están sujetos a momento deinspeccionar los proyectos.Al dóoirrtOj oo rrv o -oc. dQ conocimionto do' propio l\/linjctro do S;;oonornía ')' r=inan~ao Públiooo,donde él mismo ha consentido en que dichos desembolsos se realicen directamente a losresponsatDles (dirigentes) para el fin de cada proyecto, desconociéndose cuentas particularescomo indica; anore , respecto a las transferencias de los recursos del FONDIOCC, las mismasse encuentran en investigación con las entidades bancarias en las que se desembolsarondineros.~I dé~.irTlo-º.!i!!~_~.Q, conforme a los antecedentes y a los actos cenunciados. se tiene que laresponeabilidad es directamente hacia los act.os adJxl1Qistrativos omisivos por partes de losahora irnp utactoa, quienes no han hecho el segui 'lféÍ"lto a~cuado de los proyectos, siendo vanopretender Involucrar al cnrectorto, cuando este le otro ;01. .Es en cuanto informo a su autoridad para fines consi ui 1es de ley.

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