Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de...

70
GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO H. CONGRESO DEL ESTADO.- LX Legislatura Decretos números 409 y 421. PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE GRACIA Modificación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2010. INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Acuerdo y Resoluciones del Consejo General. ISSSSPEA Reglamento Orgánico. A V I S O S, Judiciales y generales I N D I C E : Página 70 RESPONSABLE: Lic. Juan Ángel José Pérez Talamantes, Secretario General de Gobierno PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX} TOMO LXXIII Aguascalientes, Ags., 14 de Junio de 2010 Núm. 23 C O N T E N I D O :

Transcript of Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de...

Page 1: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO.- LX LegislaturaDecretos números 409 y 421.

PODER EJECUTIVOPRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE GRACIAModificación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2010.INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAcuerdo y Resoluciones del Consejo General.ISSSSPEAReglamento Orgánico.

A V I S O S,Judiciales y generales

I N D I C E :Página 70

RESPONSABLE: Lic. Juan Ángel José Pérez Talamantes, Secretario General de Gobierno

PERIODICO OFICIALDEL ESTADO DE AGUASCALIENTESMEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}

TOMO LXXIII Aguascalientes, Ags., 14 de Junio de 2010 Núm. 23

C O N T E N I D O :

Page 2: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 2 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

GOBIERNO DEL ESTADOGOBIERNO DEL ESTADO LIBRE

Y SOBERANO DE AGUASCALIENTESPODER LEGISLATIVO

6 de mayo del 2010.

C. ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMATGOBERNADOR DEL ESTADOP R E S E N T E .

Habitantes de Aguascalientes sabed:La LX Legislatura del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad

constitucional, ha tenido a bien expedir el siguienteDecreto Número 409

ARTÍCULO PRIMERO.- En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º, Fracciones I, II, III y IV dela Ley para la Implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial en el Estado deAguascalientes, los Presidentes de los siguientes organismos legislativos: Comisión de Gobernación yPuntos Constitucionales; Comisión de Justicia; Comisión de Seguridad Pública; y Comisión de DerechosHumanos del Honorable Congreso del Estado, formarán parte de la Comisión Estatal de Coordinación parala Implementación del Sistema de Justicia Penal en el Estado de Aguasca-lientes.

ARTÍCULO SEGUNDO.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 9º, Fracción V de la Ley para laImplementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial en el Estado de Aguascalientes, sedesignan representantes del Poder Legislativo, ante el Consejo Directivo del Organismo Implementador delSistema de Justicia Penal, propietarios y suplentes, a los ciudadanos:

P R O P I E T A R I O S:

LIC. FRANCISCO RAMÍREZ MARTÍNEZ;LIC. PEDRO ZARAGOZA GALVÁN; yLIC. SERGIO RODRÍGUEZ PRIETO.

S U P L E N T E S:

LIC. DIANA GÓMEZ CARRILLO;LIC. WALTER YARED LIMÓN MAGAÑA; yLIC. RICARDO GARCÍA HERNÁNDEZ.

T R A N S I T O R I O :

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto, entrará en vigencia a partir de su aprobación.

Dado en el salón de sesiones "Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes" del PalacioLegislativo, a los seis días del mes de mayo del año 2010.

Por lo tanto el Congreso ordena se imprima, publique y se le dé el debido cumplimiento.Aguascalientes, Ags., a 6 de mayo del año 2010.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

LA MESA DIRECTIVA

Alberto Solís Farías,DIPUTADO PRESIDENTE.

Dip. Beatriz Santillán Pérez,PRIMERA SECRETARIA.

Dip. Guillermo Román Esqueda,SEGUNDO SECRETARIO.

Page 3: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 3Junio 14 de 2010

GOBIERNO DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE AGUASCALIENTES

PODER LEGISLATIVO

27 de mayo del 2010.

C. ING. LUIS ARMANDO REYNOSO FEMATGOBERNADOR DEL ESTADOP R E S E N T E .

Habitantes de Aguascalientes sabed:La LX Legislatura del Estado Libre y Soberano

de Aguascalientes, en virtud de su función y facul-tad constitucional, ha tenido a bien expedir el si-guiente

Decreto Número 421

ARTÍCULO PRIMERO.- La LX Legislatura delCongreso del Estado Libre y Soberano deAguascalientes como parte del Poder ConstituyentePermanente, en términos de lo previsto por el Artí-culo 135 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, aprueba la Minuta Proyecto deDecreto que adiciona un párrafo tercero y se reco-rre el orden de los párrafos subsecuentes del Artí-culo 17 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, para quedar como sigue:

MINUTA PROYECTO DE DECRETO

QUE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO YSE RECORRE EL ORDEN DE LOS PÁRRAFOSSUBSECUENTES DEL ARTÍCULO 17 DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS.

ÚNICO.- Se adiciona un párrafo tercero y serecorre el orden de los párrafos subsecuentes delArtículo 17 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 17. Ninguna persona podrá hacersejusticia por sí misma, ni ejercer violencia para re-clamar su derecho.

Toda persona tiene derecho a que se le admi-nistre justicia por tribunales que estarán expeditospara impartirla en los plazos y términos que fijenlas leyes, emitiendo sus resoluciones de manerapronta, completa e imparcial. Su servicio será gra-tuito, quedando, en consecuencia, prohibidas lascostas judiciales.

El Congreso de la Unión expedirá las leyes queregulen las acciones colectivas. Tales leyes deter-minarán las materias de aplicación, los procedimien-tos judiciales y los mecanismos de reparación deldaño. Los jueces federales conocerán de formaexclusiva sobre estos procedimientos y mecanis-mos.

Las leyes preverán mecanismos alternativos desolución de controversias. En la materia penal re-gularán su aplicación, asegurarán la reparación deldaño y establecerán los casos en los que se re-querirá supervisión judicial.

Las sentencias que pongan fin a los procedi-mientos orales deberán ser explicadas en audien-cia pública previa citación de las partes.

Las leyes federales y locales establecerán losmedios necesarios para que se garantice la inde-pendencia de los tribunales y la plena ejecución desus resoluciones.

La Federación, los Estados y el Distrito Fede-ral garantizarán la existencia de un servicio dedefensoría pública de calidad para la población yasegurarán las condiciones para un servicio profe-sional de carrera para los defensores. Las percep-ciones de los defensores no podrán ser inferiores alas que correspondan a los agentes del MinisterioPúblico.

Nadie puede ser aprisionado por deudas decarácter puramente civil.

T R A N S I T O R I O S :

Habitantes de Aguascalientes sabed:Primero. El presente Decreto entrará en vigor

el día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá rea-lizar las adecuaciones legislativas que correspon-dan en un plazo máximo de un año contado a partirdel inicio de la vigencia de este Decreto.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Para los efectos delArtículo 135 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, comuníquese al Congre-so de la Unión o a la Comisión Permanente en sucaso, para que realice el cómputo de los votos delas Legislaturas locales y la declaratoria correspon-diente.

ARTÍCULO TERCERO.- Publíquese la presen-te Resolución Legislativa en el Periódico Oficial delEstado.

Dado en el Salón de Sesiones "Soberana Con-vención Revolucionaria de Aguascalientes" del Pa-lacio Legislativo, a los veintisiete días del mes demayo del año 2010.

Por lo tanto el Congreso ordena se imprima,publique y se le dé el debido cumplimiento.

Aguascalientes, Ags., a 27 de mayo del año2010.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

LA MESA DIRECTIVA

Alberto Solís Farías,DIPUTADO PRESIDENTE.

Dip. Beatriz Santillán Pérez,PRIMERA SECRETARIA.

Dip. Guillermo Román Esqueda,SEGUNDO SECRETARIO.

Page 4: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 4 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

MUNICIPIO DE SAN JOSE DE GRACIAPRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010

PRIMERA MODIFICACION

SERVICIOS PERSONALES $ 18,259,900SUELDOS ORDINARIOS $ 6,875,000COMPENSACIONES GENERALES Y ADICIONALES 2,750,000HORAS EXTRAS 137,500PRIMAS VACACIONALES 108,900AGUINALDOS 1,815,000ISSPEA, PENSIONES Y JUBILACIONES 1,585,000INDEMNIZACIONES 289,300BONO POR TERMINACION DE LA ADMINISTRACION2008-2010 1,650,000CUOTA PATRONAL IMSS 811,800CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PROFESIONAL 199,100VIÁTICOS 55,000GRATIFICACIONES 858,000ASIMILADOS A SUELDOS 66,000IMPUESTO SOBRE NOMINAS 236,500OTROS GASTOS PERSONALES 67,100GASTOS MEDICOS Y AYUDA PARA MEDICAMENTOS 24,200HONORARIOS 660,000BONO DE DESPENSA , AYUDA PARA TRANSPORTEY REPARACIONES, GASOLINA Y PREVISIÓN SOCIAL 71,500

SERVICIOS NO PERSONALES: 5,594,700ARRENDAMIENTO DE EDIF.Y LOCALES 19,800ARRENDAMIENTO DE EQ. DE SERVICIOS 15,400ARRENDAMIENTO DE EQ. DE TRANSP. 5,500ARRENDAMIENTOS VARIOS 55,000CORREO TELÉGRAFO, PAQUETERÍA 11,000TELÉFONO Y COMUNICACIONES 176,000ENERGÍA ELÉCTRICA 3,500,000OTROS GASTOS Y SERVICIOS Y CLORACION 286,600DIFUSIÓN E INFORMACIÓN 49,500ACTIVIDADES CÍVICAS Y REUNIONES OF. 184,800ATENCIÓN A VISITANTES 16,500SERVICIOS BANCARIOS 28,600PRIMAS Y POLIZAS DE SEGUROS 66,000TENENCIAS Y PLAQUEO 33,000INTERESES BANOBRAS 132,000MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE EDIFICIOS 132,000MANTENIMIENTO Y CONSERV. DE VEHÍCULOS 495,000MANTENIMIENTO Y CONSERV. MOB. Y EQ. DE OFNA. 16,500MTTO. Y CONSERV. DE EQ. DE TRABAJO. 16,500FESTIVIDADES 715,000

MATERIALES Y SUMINISTROS VARIOS: 1,884,300PAPELERÍA Y ARTÍCULOS DE ESCRITORIO 275,000IMPRESIÓN DE FORMAS 93,500PERIÓDICOS Y SUSCRIPCIONES 46,200NEUMÁTICOS Y CÁMARAS 59,400COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES 858,000ARTÍCULOS DE LIMPIEZA 35,200UNIFORMES Y ACCESORIOS 77,000MATERIALES Y SUMINISTROS VARIOS 440,000

Page 5: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 5Junio 14 de 2010

TRANSFERENCIAS: $ 2,730,200SUBSIDIO FOMENTO DEPORTIVO 242,000SUBSIDIO ASISTENCIA SOCIAL 44,000SUBSIDIO Y DONATIVOS 660,000SUBSIDIO A LA EDUCACIÓN 715,000SUBSIDIO REGIDORES 55,000SUBSIDIO A LA SALUD 528,000SUBSIDIO A LA CULTURA 33,000PROYECTO COMUNIDADES SALUDABLES 13,200SUBSIDIO FERIA REGIONAL 440,000

SERVICIO DE DEUDA 200,000PAGO SERVICIO DE DEUDA 200,000

MAQUINARIA, MOBILIARIO Y EQUIPO: 110,000EQUIPOS VARIOS 110,000

ALCANTARILLADO: 110,000REPARACIONES EN LAS REDES 110,000

OBRAS VARIAS 243,456 243,456

FONDO RESARSITORIO EQUIPAMIENTO Y AGUA POTABLE 11,771,031

MAQUINARIA, MOBILIARIO Y EQUIPO 2,875,592OBRAS VARIAS 8,895,439

FONDO DE INFRAESTR.SOC.(FONDO III R. 33) 3,161,490

OBRA PÚBLICA 3,003,416GASTOS INDIRECTOS 3% 94,845FONDO INSTITUCIONAL 2% 63,230

FONDO FORT. MPAL (FONDO IV RAMO 33) 3,226,284SERVICIOS PERSONALES 2,791,057SERVICIOS NO PERSONALES 205,107COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 230,120

TOTAL EGRESOS $ 47,651,361 $ 47,651,361

Dado en el salón de sesiones del Honorable Ayuntamiento de San José de Gracia, Aguascalientes, alos 19 dias del mes de mayo del Dos Mil Nueve, PUBLIQUESE.

SUFRAGIO EFECTIVO NO. REELECCION.

Armando Rodríguez Domínguez,PRIMER REGIDOR Y PRESIDENTE MUNICIPAL.

Rafael Aguayo Herrera, Raúl Tovar Herrera,SEGUNDO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.

Gregoria María Núñez Aranda, Miguel Rodríguez González,TERCER REGIDOR. SEPTIMO REGIDOR.

Ma. del Rosario Reyes Santos, J. Rosario Tovar Rodríguez,

CUARTO REGIDOR. OCTAVO REGIDOR.

Jose Luis Santos González, Juan Reyes Rodríguez,QUINTO REGIDOR. SINDICO PROCURADOR.

Page 6: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 6 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAGUASCALIENTES, AGS.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INS-TITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE ELCUAL APRUEBA EL REGLAMENTO DE SESIO-NES DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES ELEC-TORALES.

Reunidos en sesión ordinaria, en la sede delInstituto Estatal Electoral, los integrantes del Con-sejo General, previa convocatoria de su Presidentey determinación del quórum legal, con base en lossiguientes:

R E S U L T A N D O S :

I. En fecha 17 de noviembre de 2008 se publicóen el Periódico Oficial del Estado deAguascalientes, Tomo LXXI Edición Vespertina,numero 46, el Decreto número 142 emitido por laLX Legislatura del H. Congreso del Estado, median-te el cual se aprobaron las reformas a la ConstituciónPolítica del Estado de Aguascalientes, entre otros,al artículo 17 de dicho ordenamiento.

II. El día 26 de enero de 2009, fue publicadoen el Periódico Oficial del Estado deAguascalientes, Tomo LXXII número 4, TerceraSección, el Decreto número 149 expedido por el H.Congreso del Estado de Aguascalientes, medianteel cual se expidió el Código Electoral del Estadode Aguascalientes vigente.

III. En fecha 19 de junio de 2009, se publicó enel Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes,Tomo X, numero 11, Extraordinario, el Decreto nú-mero 257, emitido por la LX Legislatura del H. Con-greso del Estado de Aguascalientes, por medio delcual se aprobó la reforma al artículo 17 apartado Bde la Constitución Política del Estado deAguascalientes.

IV. En sesión extraordinaria del Consejo Gene-ral, celebrada el primer día del mes de diciembredel año dos mil nueve, el Presidente de dicho Ór-gano de Dirección Electoral, declaró el inicio for-mal del proceso electoral local 2009-2010, para larenovación del titular del Poder Ejecutivo, del Po-der Legislativo y de los miembros de los Ayunta-mientos del Estado.

C O N S I D E R A N D O S :

PRIMERO. La Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos en su artículo 116, frac-ción IV, inciso c), dice a la letra: "Las autoridadesque tengan a su cargo la organización de las elec-ciones y las jurisdiccionales que resuelvan las con-troversias en la materia, gocen de autonomía en sufuncionamiento e independencia en sus decisio-nes;".

SEGUNDO. Por su parte, la Constitución Polí-tica del Estado de Aguascalientes en su artículo17, apartado B, párrafo tercero, dispone a la letra;

"Artículo 17.

(…)

B.

(…)

El Instituto Estatal Electoral, como ente de in-terés público, será autoridad de la materia, ac-tuará con independencia en sus decisiones, ,funcionamiento y profesionalismo en su des-empeño; estará dotado de autonomía, perso-nalidad y patrimonio propios, tendrá como au-toridad máxima de gobierno un Consejo Gene-ral.

(…)"

TERCERO. El artículo 92 del Código Electoralen vigor en el Estado de Aguascalientes, estableceque el Instituto Estatal Electoral es un organismopúblico autónomo, ciudadanizado, permanente eindependiente en sus decisiones y funcionamien-to, con personalidad jurídica y patrimonio propio,depositario del ejercicio de la función pública esta-tal de organizar las elecciones bajo los principiosrectores de certeza, legalidad, imparcialidad, inde-pendencia, definitividad y objetividad.

CUARTO. El artículo 95 primer párrafo del Có-digo Electoral en vigor establece a la letra lo si-guiente:

"Artículo 95. El Consejo General es el órganosuperior de dirección y decisión electoral en elEstado, residirá en la ciudad de Aguascalientesy funcionará de manera permanente.

(…)"

QUINTO. El Código Electoral del Estado deAguascalientes en su artículo 99, fracciones I, XXVIIIy XXXV, establece como atribuciones del ConsejoGeneral las siguientes:

"Artículo 99. Son atribuciones del Consejo delInstituto:

I. Vigilar el cumplimiento de las disposicionesconstitucionales relativas y las contenidas eneste Código;

(…)

XXVIII. Dictar los acuerdos necesarios a fin decumplimentar lo establecido en el presente Có-digo;

(…)

XXXV. Las demás que le confiere este Códigoy leyes de la materia."

SEXTO. El artículo 117 del Código Electoral delEstado de Aguascalientes, señala a la letra lo si-guiente: "Los consejos municipales electorales sonlos responsables de celebrar el cómputo de la elec-ción de Ayuntamiento, de los once municipios delEstado conforme a lo dispuesto por este Código.Gozarán de autonomía en su funcionamiento e in-dependencia en sus decisiones."

Page 7: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 7Junio 14 de 2010

SÉPTIMO. El artículo 118 del Código electoralvigente en el Estado, dispone lo siguiente:

"Artículo 118 .- Con residencia en cada uno delas cabeceras municipales de cada uno de losonce municipios del estado, funcionará un Con-sejo Municipal que a más tardar el 1º de Juniodel año de la elección, iniciará sus sesiones. Apartir de esa fecha y hasta la terminación delproceso electoral, sesionará por lo menos unavez al mes."

OCTAVO. El artículo 121, fracción II señala comoatribución de los Consejos Municipales Electora-les la siguiente:

Artículo 121.- (…)

II. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y dis-posiciones del Consejo;

(…)

NOVENO. En virtud de que los Consejos Muni-cipales dentro de las atribuciones que les confierelos artículos 117, 121, fracciones I, II y VIII del Có-digo Electoral vigente, sesionarán de manera ordi-naria, por lo menos una vez al mes, a partir delinicio de sus labores y hasta la terminación del pro-ceso electoral, resulta necesario proveerles de unreglamento que determine las disposiciones deobservancia general para el desarrollo de dichassesiones y les permita observar los principios rec-tores de este Instituto Estatal Electoral como son;la certeza, la legalidad, la imparcialidad, la inde-pendencia, la objetividad y la definitividad.

DÉCIMO.- En atención a lo anterior y en usode la atribución que le confiere la fracción XXVIII delartículo 99, este Consejo General expide para suobservancia general el Reglamento de Sesiones delos Consejos Municipales Electorales del InstitutoEstatal Electoral de Aguascalientes, el cual tienenla obligación de cumplir y hacer cumplir los Conse-jos Municipales de conformidad con lo establecidoen la fracción II del artículo 121 del Código Electo-ral del Estado de Aguascalientes, mismo que acontinuación se transcribe:

"REGLAMENTO DE SESIONES DE LOSCONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALESDEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE

AGUASCALIENTES.

CAPÍTULO IDisposiciones Generales

Artículo 1°. El presente ordenamiento es deobservancia general y obligatoria para los integran-tes de los Consejos Municipales Electorales comoorganismos del Instituto Estatal Electoral, y tienepor objeto reglamentar la convocatoria, celebracióny desarrollo de las sesiones que celebren los Con-sejos Municipales Electorales, para la toma deacuerdos y resoluciones necesarios para el cum-plimiento de las atribuciones y funciones que lesconfiere el Código Electoral del Estado deAguascalientes.

Asimismo reglamentará la actuación de los in-tegrantes de los Consejos Municipales Electoralesdurante la celebración de las sesiones que se lle-ven a cabo.

Artículo 2°. Para la interpretación de las dis-posiciones del presente Reglamento, se aplicaránlos criterios gramatical, sistemático y funcional es-tablecidos en el Código Electoral del Estado deAguascalientes. A falta de disposición expresa, seaplicarán los principios generales del derecho.

Artículo 3°. Para los efectos del presente Re-glamento, se entenderá por:

I. Código: El Código Electoral del Estado deAguascalientes.

II. Reglamento: El Reglamento de Sesionesde los Consejos Municipales Electorales.

III. Consejo: Los Consejos Municipales Elec-torales respectivos.

IV. Consejo General: El Consejo General delInstituto Estatal Electoral.

V. Presidente: El Presidente del Consejo Mu-nicipal Electoral correspondiente.

VI. Consejeros Electorales: Los ConsejerosElectorales de los Consejos Municipales Electora-les que corresponda.

VII. Consejeros Representantes: Los Conseje-ros Representantes de los Partidos Políticos acre-ditados ante los Consejos Municipales Electoralesque corresponda.

VIII. Secretario: El Secretario Técnico del Con-sejo Municipal Electoral respectivo.

IX. Cómputo de la elección de Ayuntamiento:Suma que realiza el Consejo Municipal, de los re-sultados anotados en las actas de escrutinio ycómputo de las casillas instaladas en un determi-nado Municipio; y

X. Grupo de Trabajo: El integrado por ordendel Presidente del Consejo Municipal para realizarel recuento total de votos respecto de una eleccióndeterminada.

Artículo 4°. Las sesiones del Consejo se lleva-rán a cabo en el recinto oficial ubicado en las insta-laciones que al efecto le asigne el Consejo Generaly sólo por causas de fuerza mayor o caso fortuito,que a juicio de su Presidente, no garanticen el óp-timo desarrollo y la libre participación de los inte-grantes del Consejo, podrá sesionarse en otro lu-gar, mismo que será designado por el propio Con-sejo.

Los integrantes del Consejo, deberán condu-cirse en todo momento con respeto durante el de-sarrollo de las sesiones y propiciar su correcta ce-lebración.

Artículo 5°.- Para los efectos del presente Re-glamento, todos los días y horas se consideraránhábiles. Los plazos se computarán de momento amomento, y si están señalados por días, éstos seentenderán de veinticuatro horas.

Page 8: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 8 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

CAPÍTULO IIDe las Atribuciones de los Integrantes

del Consejo

Artículo 6°. El Presidente tendrá las atribucio-nes siguientes:

I. Convocar a los integrantes del Consejo a lassesiones y presidir las mismas;

II. Asistir a las sesiones de Consejo;III. Tendrá voto de calidad en caso de empate

en cualquiera de las votaciones mencionadas en elpresente Reglamento;

IV. Declarar el inicio y conclusión de las sesio-nes;

V. Declarar los recesos que considere necesa-rios;

VI. Presentar el proyecto de orden del día ysometerlo a votación;

VII. Conducir los trabajos de acuerdo al ordendel día y tomar las decisiones y medidas que esti-me necesarias para el adecuado desarrollo de se-siones;

VIII. Conceder el uso de la palabra a los inte-grantes del Consejo conforme al procedimientoestablecido en el presente Reglamento;

IX. Consultar a los integrantes del Consejo, siel asunto del orden del día que se está analizandoha sido suficientemente discutido;

X. Solicitar al Secretario que someta a votaciónlos proyectos de acuerdo y resolución del Conse-jo;

XI. Vigilar la aplicación del presente Reglamen-to;

XII. Mantener y llamar al orden a los asistentesa la sesión, así como a los integrantes del Conse-jo;

XIII. Solicitar el apoyo de la fuerza pública, cuan-do sea necesario;

XIV. Declarar por causa de fuerza mayor o casofortuito, la suspensión temporal o definitiva de lasesión;

XV. Firmar, junto con el Secretario, todos losacuerdos y resoluciones que apruebe el Consejo;

XVI. Tomar las previsiones necesarias y darseguimiento al cumplimiento de los acuerdos adop-tados por el Consejo;

XVII. Salvaguardar los paquetes electoralesdesde su recepción en la sede del Consejo, duran-te la sesión de cómputos y hasta la conclusión delproceso electoral;

XVIII. Informar de manera inmediata al Secreta-rio Técnico del Consejo General, sobre la realiza-ción del recuento total de votos respecto de unaelección determinada;

XIX. Ordenar la creación de Grupos de Trabajo;y

XX. Las demás que le confiera el Código y esteReglamento.

Artículo 7°. Los Consejeros Electorales ten-drán las siguientes atribuciones:

I. Asistir a las sesiones del Consejo;II. Participar en las discusiones y votar los pro-

yectos de acuerdo o resolución que se sometan aconsideración del Consejo;

III. Integrar el pleno del Consejo para resolvercolegiadamente los asuntos de su competencia;

IV. Manifestarse libremente sobre los temas quese traten en las sesiones;

V. Exponer el razonamiento del sentido de susvotaciones, cuando así lo consideren pertinente;

VI. Solicitar al Presidente la dispensa de la lec-tura de los Acuerdos y Resoluciones que sean so-metidos a votación, en la celebración de las sesio-nes del Consejo;

VII. Contribuir al buen desarrollo de las sesio-nes;

VIII. Integrar los Grupos de Trabajo y;IX. Las demás que les confiera el Código y este

Reglamento.Artículo 8°. El Secretario Técnico tendrá las

siguientes atribuciones:I. Asistir y participar con derecho a voz en las

sesiones del Consejo;II. Elaborar el proyecto de orden del día de cada

sesión, de conformidad con las instrucciones delPresidente;

III. Enviar a los integrantes del Consejo juntocon la convocatoria, el orden del día, recabando losacuses de recibo correspondientes.

IV. Verificar la asistencia de los integrantes delConsejo y llevar el registro de ella;

V. Declarar la existencia del quórum legal;VI. Solicitar la dispensa de la lectura de los

documentos previamente distribuidos y que formanparte del orden del día;

VII. Elaborar el proyecto de acta de sesión,someterla a la aprobación del Consejo y, en su caso,incorporar las observaciones realizadas a la mis-ma por el Presidente, Consejeros Electorales yConsejeros Representantes, así como las versio-nes estenográficas de las sesiones del Consejo;

VIII. Comunicar al Consejo General, de losmedios de impugnación y procedimientos jurídicosen que el Consejo sea parte, informes solicitados opresentados por diversa autoridad, así como de losescritos que se presenten al Consejo;

IX. Llevar el cómputo del tiempo de las inter-venciones para los efectos previstos en el presenteReglamento;

X. Tomar las votaciones de los integrantes delConsejo y dar a conocer el resultado de las mis-mas;

Page 9: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 9Junio 14 de 2010

XI. Informar sobre el cumplimiento de los acuer-dos y resoluciones que emita el Consejo, así comolas actas de las sesiones que se aprueben;

XII. Firmar junto con el Presidente los acuerdosy resoluciones que emita el Consejo, así como lasactas de las sesiones que se aprueben;

XIII. Llevar el registro de las versiones esteno-gráficas, así como de las actas, acuerdos y resolu-ciones aprobados por el Consejo y un archivo dedichos documentos;

XIV. Dar fe de lo actuado en las sesiones;XV. Auxiliar al Presidente en la conducción de

las sesiones del Consejo, durante las ausenciasmomentáneas de éste;

XVI. Solicitar el razonamiento del sentido delvoto a los Consejeros Electorales, cuando lo con-sidere necesario;

XVII. Expedir copia certificada, previo cotejo ycompulsa, de todos aquellos documentos que obrenen los archivos del Consejo correspondiente, siem-pre y cuando le sea solicitada por escrito, y noexista impedimento legal para otorgarla. En casode impedimento legal, deberá darse respuesta porescrito, fundando y motivando la razón de la nega-tiva;

XVIII. Dar cuenta de los medios de impugna-ción y procedimientos jurídicos en que el Consejosea parte, informes solicitados o presentados pordiversa autoridad, así como de los escritos que sepresenten al Consejo;

XIX. Instrumentar el procedimiento de escruti-nio y cómputo de una casilla, en los supuestosestablecidos en las fracciones II y IV del artículo273 del Código y;

XX. Las demás que confiera el Código.Artículo 9°. Los Consejeros Representantes

tendrán los derechos y obligaciones siguientes:I. Asistir a las sesiones del Consejo, con dere-

cho a voz;II. Concurrir y participar en las deliberaciones

del Consejo;III. Manifestarse libremente sobre los temas que

se traten en las sesiones, de conformidad con elprocedimiento establecido en el presente Reglamen-to;

IV. Contribuir al buen desarrollo de las sesio-nes;

V. Integrar los Grupos de Trabajo y;VI. Las demás que les confiera el Código.

CAPÍTULO III.De las Sesiones

Artículo 10. Las sesiones del Consejo podránser ordinarias, extraordinarias y permanentes

I. Serán sesiones ordinarias las que se cele-bren dentro del período del proceso electoral, elsegundo jueves de cada mes a las 18:00 horas.

II. Serán sesiones extraordinarias, aquellasque sean convocadas por el Presidente.

III. Serán sesiones permanentes aquellas quese celebren el día de la jornada electoral, así comolas referidas en el artículo 272 del Código.

Artículo 11. La convocatoria a la sesión de quese trate, deberá ser por escrito y contener el día yla hora en que la misma se deba celebrar, la men-ción de su carácter de ordinaria o extraordinaria yun proyecto de orden del día para ser desahogado.

Artículo 12. Para la celebración de las sesio-nes, el Presidente deberá convocar por escrito acada uno de los Consejeros Electorales y Conse-jeros Representantes, por lo menos con tres díasde anticipación a la fecha de celebración de la se-sión correspondiente, a excepción de las extraor-dinarias, las que podrán ser convocadas con veinti-cuatro horas de anticipación o la relativa al procedi-miento especial sancionador prevista en el artículo328 del Código, la cual puede ser en cualquiermomento.

Los Consejeros Electorales recibirán la convo-catoria en los domicilios personales que al efectose tengan registrados en los archivos del Consejo.En cuanto a los Consejeros Representantes, laconvocatoria deberá entregarse en el domicilio quetenga registrado ante el Instituto Estatal Electoralde Aguascalientes como oficial del Partido Políticoque representan.

Artículo 13. El tiempo límite para la duraciónde las sesiones ordinarias y extraordinarias seráde ocho horas, con excepción de las permanentesa que se refiere el artículo 272 del Código.

Agotado el límite señalado con anterioridad, elConsejo podrá decidir por mayoría de sus integran-tes con derecho a voto y sin mediar debate, laprolongación de la sesión. Para tal efecto y con elobjeto de no interrumpir la continuidad de los traba-jos, el Presidente realizará la consulta una vez con-cluido el punto del orden del día que se esté tratan-do.

Después de cada tres horas de prolongada lasesión, el Consejo podrá decidir su continuación ono, siguiendo el procedimiento establecido en elpárrafo anterior.

Aquellas sesiones que sean suspendidas, se-rán citadas para su reanudación dentro de las vein-ticuatro horas siguientes a su suspensión.

En las sesiones permanentes no operará el lí-mite de tiempo establecido en los párrafos anterio-res y el Presidente, previa consulta con el Conse-jo, podrá declarar los recesos que fueren necesa-rios, con excepción, de las sesiones que celebrenlos

Consejos Municipales para efectuar los cóm-putos de las elecciones, a fin de que las mismasse desarrollen de manera sucesiva e ininterrumpi-damente.

Page 10: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 10 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

CAPÍTULO IV.De la Instalación y Desarrollo

de las SesionesArtículo 14. En el día y hora fijado para la se-

sión se reunirán los integrantes del Consejo; el Pre-sidente declarará instalada la sesión, previa verifi-cación de asistencia y certificación de la existen-cia del quórum legal por parte del Secretario.

Artículo 15. Para que el Consejo puedasesionar válidamente, es necesario que se encuen-tren presentes la mitad más uno de los ConsejerosElectorales, entre los cuales deberá encontrarsepresente el Presidente.

Si llegada la hora prevista para la sesión no sereúne el quórum legal, se dará un término de espe-ra máximo de treinta minutos. Si transcurrido di-cho tiempo aún no se logra la integración de éste,se hará constar tal situación en un acta circuns-tanciada y se citará de nueva cuenta a los Conse-jeros Electorales y Consejeros Representantesausentes, quedando notificados los que estuvieranpresentes.

Dicha sesión se celebrará dentro de las veinti-cuatro horas siguientes, la cual será valida con losmiembros que asistan y por lo tanto, los acuerdosy resoluciones que en ella se tomen.

En el supuesto de que una vez iniciada la Se-sión de que se trate, se ausentaran varios Conse-jeros Electorales de la misma, de tal forma de quese dejara de reunir el quórum legal referido en elpresente artículo, dicha Sesión será suspendida porel Presidente, previa verificación del quórum legal através del Secretario, cuya reanudación deberáajustarse a lo establecido en el párrafo que antece-de.

Artículo 16. Las sesiones del Consejo seránpúblicas; los asistentes deberán guardar el debidoorden en el recinto donde se celebren, permane-ciendo en silencio y absteniéndose de cualquiermanifestación.

Artículo 17. Para garantizar el orden durantelas sesiones, el Presidente podrá tomar las medi-das siguientes:

Exhortar a guardar el orden;Ordenar el abandono del recinto, y;Solicitar el auxilio de la fuerza pública, para res-

tablecer el orden y expulsar a quien lo haya altera-do.

Artículo 18. Instalada la sesión cuando se tra-te de una ordinaria, se pondrá a consideración delConsejo el contenido del orden del día.

Artículo 19. Al aprobarse el orden del día, seconsultará en votación si se dispensa la lectura delos documentos que obren en poder de los miem-bros del Consejo.

A petición de algún integrante del Consejo, elSecretario, previa instrucción del Presidente, darálectura a los documentos que se le soliciten parailustrar la discusión.

Artículo 20. Los asuntos contenidos en el or-den del día serán puestos a discusión u observa-ciones, y en su caso, votados, salvo cuando el pro-pio Consejo acuerde, mediante votación, posponerla discusión, observaciones o votación de algúnasunto en particular.

Artículo 21. Los integrantes del Consejo quetengan interés en realizar observaciones, sugeren-cias o propuestas de modificaciones a los proyec-tos de acuerdo o resolución del propio órgano, po-drán presentarlas previamente por escrito o verbal-mente durante el desarrollo de la sesión al Secre-tario, sin perjuicio de que durante la discusión delpunto correspondiente puedan presentarse nuevasobservaciones.

CAPÍTULO VDe la Participación de los Integrantes

del Consejo

Artículo 22. Para efectos del presente Regla-mento se entenderá por:

I. Alusión personal: Cualquier referencia nomi-nal a un integrante del Consejo, o a su partido, res-pecto de sus opiniones expresadas, durante el de-sarrollo de la discusión.

II. Razonamiento del Voto: El conjunto de ar-gumentos personales expresados de manera ver-bal por el Presidente o los Consejeros Electorales,mediante los cuales den a conocer los motivos yrazones del sentido de su decisión, respecto de unpunto del orden del día.

Artículo 23. Los integrantes del Consejo po-drán hacer uso de la palabra con la autorizaciónprevia del Presidente.

Ningún integrante del Consejo podrá ser inte-rrumpido cuando se encuentre en uso de la pala-bra, salvo por el Presidente para señalarle su tiem-po, en los términos establecidos en el presenteReglamento, ha concluido, o para exhortarlo a quese conduzca dentro de los supuestos previstos poréste ordenamiento.

Si el orador se aparta del asunto en debate ohace referencias o alusiones que ofendan a cual-quiera de los integrantes del Consejo, el Presiden-te lo hará notar.

Artículo 24. Para la discusión de los asuntoscomprendidos en el orden del día de la sesión deque se trate, el Presidente concederá el uso de lapalabra, tanto a los Consejeros Electorales comoa los Consejeros Representantes, de conformidadal orden en que se lo soliciten, mismos que partici-parán de acuerdo a lo siguiente:

I. PRIMERA RONDA: Intervendrán unasola vez en primera ronda, por cinco minutos comomáximo;

Concluida esta ronda, el Presidente preguntarási el asunto está suficientemente discutido y encaso de no ser así, habrá una segunda ronda deintervenciones, bastando para ello que uno solo delos integrantes del Consejo lo solicite;

Page 11: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 11Junio 14 de 2010

II. SEGUNDA RONDA: La participación en lasegunda ronda, será en los términos establecidosen la fracción I de este artículo, pero las interven-ciones no podrán exceder de tres minutos.

Concluida esta ronda, el Presidente preguntarási el asunto está suficientemente discutido y encaso de no ser así, habrá una tercera ronda de in-tervenciones, bastando para ello que uno solo delos integrantes del Consejo lo solicite;

III. TERCERA RONDA: La participación en latercera ronda, será en los términos establecidosen la

fracción I de este artículo, pero las intervencio-nes no podrán exceder de dos minutos.

Una vez que se agoten las participaciones delos integrantes del Consejo, se procederá a la vota-ción del asunto discutido.

Los participantes podrán solicitar al Presidentela acumulación de tiempo, a fin de agotarlo en unasola intervención, respecto al punto puesto en con-sideración.

Artículo 25. El Presidente, los ConsejerosElectorales y el Secretario, podrán intervenir en cadauna de las rondas para responder preguntas, acla-rar dudas o hacer precisiones sobre el asunto quese trata.

Artículo 26. Una vez que se agote la discu-sión de un asunto y antes de que se someta avotación, los integrantes del Consejo podrán solici-tar el uso de la palabra al Presidente, por un tiem-po que no exceda de tres minutos para respondera las alusiones personales, por una sola vez.

Artículo 27. El Presidente y los ConsejerosElectorales, tendrán el uso de la voz, por una solavez, durante cinco minutos, para razonar el sentidode su voto, en caso de que así lo consideren nece-sario.

CAPÍTULO VIDe las Votaciones

Artículo 28. Para efectos del presente capítulose entenderá por:

Votación por mayoría: Cuando se alcanza másde la mitad del total de votos, de los presentes conderecho a ello, tomando en cuenta el voto de cali-dad del Presidente del Consejo como uno adicio-nal al mismo;

Votación por unanimidad: Cuando la totalidadde votos se dirigen a una misma dirección.

Artículo 29. Los acuerdos y resoluciones delConsejo se tomarán por mayoría de votos de susintegrantes presentes con derecho a ello, para locual el Presidente y los Consejeros Electoralesvotarán levantando la mano para expresar el senti-do de su decisión.

La votación se tomará contando en primer tér-mino el número de votos a favor y posteriormente elnúmero de votos en contra. Cuando no haya unani-

midad se asentará en el acta el sentido del voto delos Consejeros Electorales que lo hubieran hechoen contra, así como los argumentos que al respec-to consideren necesarios manifestar.

En caso de empate, el Presidente tendrá votode calidad.

Artículo 30. En los acuerdos y resolucionesdel Consejo, se deberá asentar al calce el tipo devotación a través del cual fueran aprobados, lo an-terior de conformidad a los siguientes supuestos:

I. Cuando sean aprobados por unanimidad delos integrantes del Consejo, deberá asentarse di-cha situación sin necesidad de especificar los nom-bres de los mismos.

II. Cuando sean aprobados por mayoría absolu-ta, existiendo voto particular, es decir, que única-mente un consejero hubiera votado en contra delacuerdo o resolución sometido a aprobación, de-berá asentarse el nombre de dicho Consejero Elec-toral, así como el razonamiento del sentido de di-cha votación, el cual será inserto de manera inte-gra al cuerpo del acuerdo o resolución votado.

CAPÍTULO VIIDe las Ausencias E Inasistencias

Artículo 31. En el supuesto de que el Presi-dente se ausente en forma definitiva de la sesión,el Secretario tomará el uso de la palabra y declara-rá un receso, a efecto de que los Consejeros Elec-torales propongan de entre ellos, a quién deba pre-sidir la sesión.

En caso de que el Presidente se ausente mo-mentáneamente de la mesa de deliberaciones, elSecretario lo auxiliará en la conducción de la se-sión con el propósito de no interrumpir su desarro-llo.

En caso de ausencia del Secretario a la se-sión, sus funciones serán realizadas por uno delos Consejeros Electorales, que al efecto designeel Consejo mediante votación.

Se aplicará lo dispuesto en los párrafos ante-riores para el desarrollo de las sesiones de cómpu-tos distritales.

Artículo 32. En el supuesto de que alguno delos Consejeros Electorales se encuentre imposibi-litado para asistir a la sesión, deberá notificar talcircunstancia al Presidente con una antelación dedoce horas a la celebración de la misma, salvocuando se trate de circunstancias de fuerza mayoro caso fortuito, que no permitan dar el aviso corres-pondiente dentro del termino señalado.

CAPÍTULO VIIIDe La Suspensión de Sesiones

Artículo 33. El Presidente, previa instrucciónal Secretario para verificar y certificar la situación,podrá declarar la suspensión de la sesión, si a sujuicio se actualiza alguna o algunas de las siguien-tes causas:

Page 12: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 12 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

I. Cuando dejen de prevalecer las condicionesque garanticen el buen desarrollo de la sesión, lalibre expresión de las ideas, o la seguridad de losintegrantes del Consejo;

II. Cuando una vez iniciada la sesión se deje dereunir el quórum legal.

III. Las demás que expresamente establece elpresente Reglamento.

Artículo 34. La suspensión de la sesión podráser temporal o definitiva. En el primer caso, el Pre-sidente citará para su continuación dentro de lasveinticuatro horas siguientes, o bien cuando sehaya superado la causa que motivo la suspensión.

La suspensión definitiva tendrá los efectos dedar por concluida la sesión de que se trate, asen-tándose en el acta los asuntos ya estudiados, revi-sados, discutidos y votados.

Los puntos del orden del día pendientes de tra-tar, serán incluidos en la sesión inmediata siguien-te.

CAPÍTULO IXDe las Actas de Sesiones

Artículo 35. De cada sesión se levantará unacta estenográfica que contendrá íntegramente lotratado en la sesión, cuya elaboración será res-ponsabilidad del Secretario.

Artículo 36. Las versiones estenográficas nopodrán ser modificadas; las cuales dentro de las48 horas siguientes a su celebración, remitirán co-pia del acta respectiva al Consejo General, mismaque será sometida para su aprobación en la siguien-te sesión, siempre y cuando ésta se celebre conposterioridad al término establecido en el presenteartículo, caso contrario, se someterá a aprobaciónen la siguiente sesión que se celebre con posterio-ridad.

CAPÍTULO XDe los Acuerdos y Resoluciones

Artículo 37. De los Acuerdos y Resolucionesque se tomen por el Consejo, se levantará cons-tancia firmando al calce y al margen de la misma elPresidente y Secretario.

Artículo 38. Las notificaciones de las resolu-ciones emitidas en las sesiones del Consejo debe-rán entregarse, de manera personal al interesado,dentro de los tres días siguientes. Lo anterior salvocuando el Código o por algún otro Reglamento oAcuerdo del Consejo General se disponga forma ytérmino diverso.

Artículo 39. Las notificaciones de los acuer-dos emitidos en las sesiones del Consejo deberánrealizarse en los estrados del mismo mediante cé-dula que sea fijada en dicho lugar, a más tardar aldía siguiente de su aprobación. Lo anterior salvocuando el Código o por algún otro Reglamento oAcuerdo del Consejo General se disponga forma ytérmino diverso.

Salvo que el Consejo establezca un plazo es-pecial, todos los acuerdos y resoluciones surtiránefectos al momento de su aprobación.

CAPÍTULO XIDe las Sesiones de Cómputo Municipal

Artículo 40. Para realizar el Cómputo Munici-pal de la Elección de Ayuntamientos, se seguirá elorden y procedimiento establecido por los artículos269 al 274 del Código.

Artículo 41. Instalada la sesión, se pondrá aconsideración del Consejo Municipal el contenidodel orden del día.

En la sesión de Cómputo Municipal, para la dis-cusión de los asuntos en general de su desarrollo,serán aplicables las reglas de participación previs-tas por el artículo 24 del presente Reglamento.

En el caso de debate sobre el contenido espe-cifico del acta de escrutinio y cómputo de casilla,se sujetará a las reglas siguientes:

1.- Se abrirá una primera ronda de intervencio-nes de tres minutos para exponer su argumenta-ción, correspondiente al asunto respectivo;

2.- Después de haber intervenido todos los ora-dores que hubiesen solicitado la palabra, en su casose abrirá una segunda ronda de intervenciones dedos minutos para réplica; y

3.- Una vez que concluya la segunda ronda, elPresidente consultará a los integrantes del Conse-jo si el asunto está suficientemente discutido; deconsiderarse necesario se abrirá una tercera rondade dos minutos. Posteriormente se procederá avotar.

Artículo 42. Se procederá a realizar nuevamenteel escrutinio y cómputo de la casilla, levantándosela correspondiente Acta de Escrutinio y Cómputode Casilla en el Consejo, en los siguientes casos:

Cuando no coincidan los resultados del actade escrutinio y cómputo contenida en el expedien-te de casilla, con los resultados que de la mismaobren en Poder del Presidente o de los Represen-tantes;

Cuando se detecten alteraciones evidentes enlas actas que generen duda fundada sobre el resul-tado de la elección en la casilla;

Cuando no exista el acta de escrutinio y cóm-puto en el expediente de la casilla;

Cuando existan errores o inconsistencias evi-dentes en los distintos elementos de las actas, salvoque pueden corregirse o aclararse con otros ele-mentos a satisfacción plena de quien lo haya soli-citado;

Cuando todos los votos hayan sido deposita-dos a favor de un mismo partido.

Artículo 43. Si al término del cómputo, de losresultados contenidos en el Acta de Cómputo Mu-

Page 13: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 13Junio 14 de 2010

nicipal se desprende que la diferencia entre el can-didato presuntamente ganador y el ubicado en se-gundo lugar, es igual o menor a un punto porcen-tual y el Consejero Representante del partido quepostuló al candidato que ocupa el segundo lugarsolicita el recuento de votos en la totalidad de lascasillas instaladas en el Municipio, el ConsejoMunicipal deberá proceder a realizar dicho recuen-to. En este caso, se excluirán del procedimientolas casillas que ya hubiesen sido objeto de recuen-to.

Artículo 44. Los Grupos de Trabajo se integra-rán para su funcionamiento con un Consejero Elec-toral que los presidirá o, en ausencia de éste, porsu suplente convocado para tal fin y los represen-tantes que hubieran sido acreditados por los parti-dos políticos.

El Presidente llevará a cabo las acciones ne-cesarias para convocar y facilitar la oportuna acre-ditación de los representantes de los partidos polí-ticos en dichos grupos. En todo caso, la falta deacreditación o asistencia de los representantes delos partidos políticos al momento en que se hayaacordado el inicio de las actividades de los gruposde trabajo, no impedirá el funcionamiento de éstos.No se podrá impedir el acceso de los representan-tes de los partidos políticos acreditados ante losgrupos de trabajo.

Para realizar el recuento total de los votos res-pecto de una elección determinada, el ConsejoMunicipal podrá crear hasta cinco grupos de traba-jo.

Si durante el recuento de votos realizado por elConsejo en Sesión plenaria o por los Grupos deTrabajo se encuentran en el paquete votos de unaelección distinta, serán apartados a efecto de quesean contabilizados para la elección de que se tra-te al momento en que se realice el cómputo res-pectivo. Ahora bien, si se trata de votos relativos ala elección de Diputados, los mismos se remitiránal Consejo Distrital respectivo.

Asimismo el Consejo deberá cerciorarse de quelos consejos distritales no cuenten con boletascorrespondientes a la elección de Ayuntamientos

En caso de que en los Grupos de Trabajo exis-tiera controversia entre sus miembros sobre la vali-dez o nulidad de alguno o algunos de los votos,éstos se reservarán y deberán ser sometidos a con-sideración y votación del pleno del Consejo paraque éste resuelva en definitiva.

El Consejero Electoral, comisionado para pre-sidir cada grupo, levantará un acta circunstanciadaen la que consignará el resultado del recuento decada casilla, el resultado que arroje la suma devotos por cada partido y candidato, así como eldetalle de cada uno de los votos que fueron reser-vados para que el Consejo se pronuncie sobre lavalidez o nulidad, identificando la casilla y seccióna que pertenecen.

Al término del recuento, el Consejero Electoralque hubiera presidido cada grupo deberá entregarde inmediato el acta al Presidente, así como unejemplar a cada uno de los integrantes del grupode trabajo, para que sea entregado al ConsejeroRepresentante en funciones ante el Consejo Muni-cipal. En este momento, y para todo fin, se consi-derarán concluidos los trabajos y la integración delos propios grupos.

Una vez que el Consejo Municipal haya decidi-do en definitiva sobre la validez o nulidad de losvotos que hubieran sido reservados, el Presidenterealizará en sesión plenaria la suma de los resulta-dos consignados en el acta de cada Grupo de Tra-bajo y, previa verificación de ésta por los integran-tes del Consejo Municipal, asentará el resultadoen el Acta Final de Escrutinio y Cómputo de la elec-ción de que se trate.

T R A N S I T O R I O S :

PRIMERO.- El presente Reglamento entrará envigor a partir del día siguiente de su aprobación porel Pleno del Consejo General.

SEGUNDO.- Para su debido conocimiento,publíquese el presente Reglamento en el PeriódicoOficial del Estado de Aguascalientes y en losestrados del Instituto Estatal Electoral."

En virtud de lo expuesto en los Resultandos yConsiderandos anteriores y con fundamento en loestablecido en los artículos 116 fracción IV, incisoc) de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos; 17 Apartado B, párrafo tercero dela Constitución Política del Estado deAguascalientes; 92, 95, 99 fracciones I, XXVIII yXXXV, 117, 118 y 121 fracción II del Código Electo-ral del Estado de Aguascalientes, es que este Con-sejo General emite el siguiente:

A C U E R D O :

PRIMERO. Este Consejo General resulta com-petente para la emisión del presente Acuerdo, entérminos de lo establecido por los considerandosdel presente Acuerdo.

SEGUNDO. Este Consejo General determinaprocedente aprobar el Reglamento de Sesiones delos Consejos Municipales Electorales del InstitutoEstatal Electoral de Aguascalientes, en los térmi-nos señalados en los Considerandos que integranel presente Acuerdo.

TERCERO. El presente Acuerdo surtirá susefectos al momento de su aprobación.

CUARTO. El Reglamento de Sesiones de losConsejos Municipales Electorales del Instituto Es-tatal Electoral de Aguascalientes, aprobado median-te el presente Acuerdo entrará en vigor a partir delmomento de dicha aprobación, siendo aplicable entodos y cada unos de los municipios en que sedivide el Estado, y por lo tanto obligatorio para losonce Consejos Municipales Electorales que inicienfunciones el primero de Junio del presente año.

Page 14: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 14 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

QUINTO. Notifíquese por estrados el presenteAcuerdo, en términos de lo establecido por los artí-culos 381 fracción III y 384 del Código Electoralvigente en el Estado.

SEXTO. Para su conocimiento general,publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Ofi-cial del Estado de Aguascalientes, así como en lapágina oficial de Internet de este Instituto EstatalElectoral.

El presente Acuerdo fue tomado en Sesión Or-dinaria del Consejo General del Instituto EstatalElectoral, celebrada a los treinta y un días del mesde mayo del año dos mil diez.- CONSTE.- - - - - - -

LA PRESIDENTE,Mtra. Lydia Georgina Barkigia Leal.

EL SECRETARIO TÉCNICO ,Lic. Sandor Ezequiel Hernández Lara.

INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAGUASCALIENTES, AGS.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DELINSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, RESPECTOA DIVERSAS SOLICITUDES DE ACREDITACIÓNCOMO OBSERVADORES ELECTORALES DU-RANTE EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2009-2010.

Reunidos en sesión ordinaria en la sede del Ins-tituto Estatal Electoral, los integrantes del ConsejoGeneral, previa convocatoria de su Presidenta ydeterminación del quórum legal, con base en lossiguientes:

R E S U L T A N D O S :

I. En sesión extraordinaria del Consejo Generalcelebrada el día primero de diciembre del año dosmil nueve, se declaró el inicio formal del ProcesoLocal Electoral 2009-2010, para la renovación delGobernador, del Poder Legislativo del Estado y losintegrantes de los Ayuntamientos de la entidad.

II. Con fecha veinticuatro de mayo del año encurso, los C.C. MARTÍN EDUARDO RAMÍREZGONZÁLEZ, JOSUÉ ORTIZ MEDINA, FERNANDOAMADOR TISCAREÑO y GEORGINA LOZANOGONZÁLEZ, presentaron la solicitud de aspirantesa Observadores Electorales durante el ProcesoElectoral Local 2009-2010.

III. Con fecha veintiseis de mayo del año en cur-so, los C.C. CARLOS ALBERTO VILLASEÑORSALDAÑA, JANET MILAGROS CASTRO CARRE-RA, CYNTHIA CELESTE MEDINA MORAN,ERENDIRA ARRIAGA LUNA, ESCARLETTE DE LAROSA PARADA, LUIS ALBERTO MARTÍNEZVALDÉS, RUBÉN SOTO PIÑA, JAVIER MONTESMORALES, GILDARLO LÓPEZ GUTIÉRREZ,FRANCISCO PÉREZ RODRÍGUEZ, MARÍA DEL

CARMEN MEJÍA ALBA, CÉSAR CAMPOSASCENCIO, JUAN MANUEL HERNÁNDEZ ES-PARZA, JORGE LUIS TORRES OJEDA, FERNAN-DO MARCOS MEDINA LUJAN, LUIS FERNANDOLÓPEZ RANDOLPH, LUIS ANTONIO AMADORAVILÉS, JORGE ALEJANDRO PADILLAVILLALOBOS, AGUSTÍN EMMANUEL RAMÍREZRODRÍGUEZ, FRANCISCO JAVIER FUENTESGALLEGOS, EDGAR ALEJANDRO VÁZQUEZNÁJERA, JOSÉ BENITO FEMAT CASTAÑEDA,RUBÉN OMAR VÁZQUEZ GALAVIZ, GERARDOSANTACRUZ RAMOS, KARLA OLIVIACASTORENA DURON, EDGAR MARTÍN PADILLA,FRANCISCO JAVIER ESCOBEDO PEREIDA,LAURA PAULINA PEDROZA CORONEL, MARÍALUISA LOERA ESQUEDA, OBED PÉREZCEDILLO, PABLO EMILIO LUJAN DE LARA, JOSÉLUIS OMAÑA ARTEAGA, JUAN CARLOSMELÉNDEZ FLORES, LEANDRO EDUARDOASTRAIN BAÑUELOS, JUAN CARLOS DÍAZLÓPEZ, DANTE LÓPEZ SERNA, EDGAR ARMINCORTES, ANA PAOLA RIVERO COLI, ALEJAN-DRO ACEVEDO GONZÁLEZ, MARIO ALBERTODÍAZ DE LEÓN MEZA, BRUNO WALDO JOSÉSEDANO LÓPEZ, DOLORES JUDITH ROCHAGUIZAR, CARLOS PEDROZA GUTIÉRREZ, DA-NIEL SALDÍVAR PONCE, SAMUEL SOSAGUTIÉRREZ y EVANGELINA MÉNDEZ RAMÍREZ,presentaron las solicitudes de aspirantes a Obser-vadores Electorales durante el Proceso ElectoralLocal 2009-2010.

IV. Con fecha veintisiete de mayo del año encurso, los C.C. ILEANA GUADALUPE VELAZCODE LARA, HÉCTOR ALEJANDRO RIOJA GARRI-DO, HÉCTOR FRANCISCO RANGEL BARBA,JUAN RAMÓN JIMÉNEZ CISNEROS, ELOY RUIZCARRILLO, KARLA FABIOLA ROBLES AMADOR,FRANCISCO JAVIER CASTILLO MÉNDEZ,BRENDA NAYELI MARTÍNEZ LOERA, MIGUELÁNGEL MARTÍNEZ DÍAZ, OMAR EDUARDOPEDROZA LÓPEZ, GABRIELA MEDRANO PÉREZ,GABRIELA JOAQUINA SALGADOR AVALOS,GUILLERMO SALGADOR AVALOS, ISIS LETICIAARCEGA AGUIRRE, ESMERALDA BRIANOMONREAL e HILARIO GALVÁN CERVANTES, pre-sentaron las solicitudes de aspirantes a observa-dores electorales durante el Proceso Electoral Lo-cal 2009-2010.

V. Con fecha veintiocho de mayo del año encurso, los C.C. JUAN FERNANDO AMADORMACÍAS y PRISCILA ANAKAREN GUTIÉRREZATILANO, presentaron la solicitudes de aspirantesa observadores electorales durante el Proceso Elec-toral Local 2009-2010.

C O N S I D E R A N D O S :

PRIMERO. Este Consejo General es compe-tente para conocer sobre las solicitudes de acredi-tación que como Observadores Electorales presen-ten los ciudadanos; de conformidad con lo estable-cido en los artículos 116 fracción IV inciso c) de la

Page 15: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 15Junio 14 de 2010

Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos; 17, Apartado B párrafos primero, segundo ytercero de la Constitución Política del Estado deAguascalientes; 12, 91, 92, 95 primer párrafo y 99fracciones I, XXII y XXXV del Código Electoral delEstado.

SEGUNDO. En relación con las solicitudes quenos ocupan, resulta pertinente señalar el conteni-do de la fracción V del artículo 5 del Código Electo-ral del Estado de Aguascalientes, la cual estable-ce a la letra lo siguiente:

"ARTÍCULO 5°.- Son derechos y prerrogativasde los ciudadanos de Aguascalientes:

(...)

V.- Participar como observadores electoralesen las elecciones estatales;

(...)"

De lo que se concluye que los ciudadanos deAguascalientes, dentro de las prerrogativas que lesotorga la normatividad vigente en materia electoral,se encuentran en facultades de participar dentrode los procesos locales electorales en el Estadocomo Observadores Electorales.

TERCERO. En ese orden de ideas, la figura delObservador Electoral se tiene contemplada en elartículo 10 del Código Electoral del Estado deAguascalientes, el cual a la letra establece lo si-guiente:

"ARTÍCULO 10. - Se entiende por observadorelectoral, el ciudadano mexicano que acredita-do por el Consejo, participe con ese carácteren la preparación y desarrollo del proceso elec-toral estatal, incluyendo el día de la jornada elec-toral.

La actuación de los observadores electoralesse sujetará a lo dispuesto por este Código y alos acuerdos emitidos por el Consejo."

CUARTO. El artículo 11 del Código de la mate-ria, establece a la letra lo siguiente:

"ARTÍCULO 11.- Los ciudadanos mexicanos quepretendan actuar como Observadores Electo-rales, deberán presentar solicitud por escritoante el Presidente del Consejo, a partir del ini-cio del proceso correspondiente y hasta 30 díasantes de la jornada electoral.

La solicitud se hará bajo protesta de decir ver-dad cumpliendo los siguientes requisitos:

I.- Ser ciudadano mexicano con pleno goce desus derechos civiles y políticos;

II.- Datos de identificación del solicitante, nom-bre, domicilio, estado civil, edad, sexo, escola-ridad y ocupación;

III.- Contar con credencial para votar con foto-grafía y anexar fotocopia de la misma y dosfotografías;

IV.- Manifestación expresa del solicitante de quese conducirá conforme a los principios de im-parcialidad, objetividad, certeza y legalidad, ysin vínculos con partido político alguno;

V.- No ser miembro o militante de los partidospolíticos nacionales, de sus dirigencias nacio-nal, estatal o municipal, y no haberlo sido enlos últimos tres años previos a la elección deque se trate;

VI.- No ser Ministro de cualquier culto, ni servi-dor público federal, estatal o municipal;

VII.- No ser candidato a puesto de elecciónpopular, ni haberlo sido durante los últimos tresaños previos a la elección de que se trate;

VIII.- Acreditar ante el Consejo los conocimien-tos para el desarrollo de su función, o asistir alos cursos de preparación e información queimparta el Instituto, y

IX.- En caso de haberse desempeñado comoobservador electoral en el proceso previo ante-rior, acreditar que cumplió con la presentacióndel informe de actividades en términos de lodispuesto en la fracción VI del artículo 14 delpresente Código."

Requisitos que fueron debidamente observadospor todos los ciudadanos que presentaron su re-gistro como Observadores Electorales al haberacompañado a su solicitud, la documentación re-querida para acreditar los extremos establecidospor el presente artículo.

QUINTO. Asimismo, el artículo 12 delCódigo Electoral del Estado de Aguascalientes,prescribe a la letra lo siguiente:

"ARTÍCULO 12.- El Presidente del Consejo darácuenta para su aprobación al Consejo, de lassolicitudes de observadores electorales quehayan sido formuladas en tiempo y forma, y quecumplan con los requisitos establecidos eneste Código, en la sesión siguiente que corres-ponda a la fecha en que le fueron presentadas.

El Presidente del Consejo, recibida una solici-tud de observador sin que cumpla con los re-quisitos establecidos, requerirá al solicitantepara que en un término de 48 horas subsanelas omisiones, y en caso de no hacerlo, mandeal archivo en definitiva la solicitud."

Por lo que la Presidenta, en uso de esta facul-tad, da cuenta al Consejo General de las solicitu-des presentadas, procediendo a aprobar el registrode las mismas, reconociéndoles la calidad de Ob-servadores Electorales del presente Proceso Elec-toral Local.

Por lo anterior, este Consejo General en ejerci-cio de las atribuciones que le confieren los artícu-los 12 y 99 fracción XXII del Código Electoral, con-sidera procedente otorgar la acreditación comoObservadores Electorales en la demarcación terri-torial electoral del Estado durante el Proceso Elec-

Page 16: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 16 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

toral Local del año 2009-2010, a los ciudadanossolicitantes y por lo anterior se instruye al Secreta-rio Técnico de este Consejo, a efecto de que expi-da las acreditaciones y gafetes de identificacióncorrespondientes.

Por lo antes expuesto y con fundamento en loestablecido por los artículos 116 fracción IV incisosa), b) y c) de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos; 17, Apartado B párrafosprimero, segundo, y tercero de la Constitución Po-lítica del Estado de Aguascalientes; 5 fracción V,10, 11, 12, 91, 92, 95 párrafo primero y 99 fraccio-nes I, XXII y XXXV del Código Electoral del Estado,este órgano electoral procede a emitir la siguiente:

R E S O L U C I Ó N :PRIMERO. Este Consejo General es compe-

tente para conocer y resolver sobre las solicitudespresentadas por los C.C. MARTÍN EDUARDORAMÍREZ GONZÁLEZ, JOSUÉ ORTIZ MEDINA,FERNANDO AMADOR TISCAREÑO, GEORGINALOZANO GONZÁLEZ, CARLOS ALBERTOVILLASEÑOR SALDAÑA, JANET MILAGROS CAS-TRO CARRERA, CYNTHIA CELESTE MEDINAMORAN, ERENDIRA ARRIAGA LUNA,ESCARLETTE DE LA ROSA PARADA, LUIS AL-BERTO MARTÍNEZ VALDÉS, RUBÉN SOTO PIÑA,JAVIER MONTES MORALES, GILDARLO LÓPEZGUTIÉRREZ, FRANCISCO PÉREZ RODRÍGUEZ,MARÍA DEL CARMEN MEJÍA ALBA, CÉSAR CAM-POS ASCENCIO, JUAN MANUEL HERNÁNDEZESPARZA, JORGE LUIS TORRES OJEDA, FER-NANDO MARCOS MEDINA LUJAN, LUIS FERNAN-DO LÓPEZ RANDOLPH, LUIS ANTONIO AMADORAVILÉS, JORGE ALEJANDRO PADILLAVILLALOBOS, AGUSTÍN EMMANUEL RAMÍREZRODRÍGUEZ, FRANCISCO JAVIER FUENTESGALLEGOS, EDGAR ALEJANDRO VÁZQUEZNÁJERA, JOSÉ BENITO FEMAT CASTAÑEDA,RUBÉN OMAR VÁZQUEZ GALAVIZ, GERARDOSANTACRUZ RAMOS, KARLA OLIVIACASTORENA DURON, EDGAR MARTÍN PADILLA,FRANCISCO JAVIER ESCOBEDO PEREIDA,LAURA PAULINA PEDROZA CORONEL, MARÍALUISA LOERA ESQUEDA, OBED PÉREZCEDILLO, PABLO EMILIO LUJAN DE LARA, JOSÉLUIS OMAÑA ARTEAGA, JUAN CARLOSMELÉNDEZ FLORES, LEANDRO EDUARDOASTRAIN BAÑUELOS, JUAN CARLOS DÍAZLÓPEZ, DANTE LÓPEZ SERNA, EDGAR ARMINCORTES, ANA PAOLA RIVERO COLI, ALEJAN-DRO ACEVEDO GONZÁLEZ, MARIO ALBERTODÍAZ DE LEÓN MEZA, BRUNO WALDO JOSÉSEDANO LÓPEZ, DOLORES JUDITH ROCHAGUIZAR, CARLOS PEDROZA GUTIÉRREZ, DA-NIEL SALDÍVAR PONCE, SAMUEL SOSAGUTIÉRREZ, EVANGELINA MÉNDEZ RAMÍREZ,ILEANA GUADALUPE VELAZCO DE LARA,HÉCTOR ALEJANDRO RIOJA GARRIDO, HÉCTORFRANCISCO RANGEL BARBA, JUAN RAMÓN

JIMÉNEZ CISNEROS, ELOY RUIZ CARRILLO,KARLA FABIOLA ROBLES AMADOR, FRANCIS-CO JAVIER CASTILLO MÉNDEZ, BRENDA NAYELIMARTÍNEZ LOERA, MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZDÍAZ, OMAR EDUARDO PEDROZA LÓPEZ,GABRIELA MEDRANO PÉREZ, GABRIELAJOAQUINA SALGADOR AVALOS, GUILLERMOSALGADOR AVALOS, ISIS LETICIA ARCEGAAGUIRRE, ESMERALDA BRIANO MONREAL,HILARIO GALVÁN CERVANTES, JUAN FERNAN-DO AMADOR MACÍAS y PRISCILA ANAKARENGUTIÉRREZ ATILANO, para obtener la acreditacióncomo Observadores Electorales en la demarcaciónterritorial electoral del Estado, durante el ProcesoElectoral Local 2009-2010.

SEGUNDO. En virtud de que las solicitudes re-feridas cumplen con los requisitos que al efectoestablece el artículo 11 del Código Electoral delEstado, se considera procedente otorgar la acredi-tación como Observador Electoral en la demarca-ción territorial electoral del Estado, durante el Pro-ceso Electoral Local 2009-2010, a los ciudadanosmencionados en el resolutivo PRIMERO de estaResolución, en términos de lo dispuesto por losConsiderandos que la integran.

TERCERO. Se instruye al Secretario Técnicode este Consejo General, a efecto de que se décumplimiento a lo dispuesto por el artículo 102 frac-ción VIII del Código Electoral del Estado y en con-secuencia, expida a los ciudadanos mencionadosen el resolutivo PRIMERO, las acreditaciones ygafetes de identificación correspondientes, en tér-minos de lo dispuesto por los Considerandos queintegran la presente Resolución.

CUARTO. La presente Resolución entrará envigor al momento de su aprobación por el ConsejoGeneral del Instituto Estatal Electoral.

QUINTO. Notifíquese por estrados la presenteResolución en términos de lo establecido por losartículos 379, 381 fracción III y 384 del Código Elec-toral del Estado de Aguascalientes; 47 y 48 delReglamento de Reuniones y Sesiones del ConsejoGeneral del Instituto Estatal Electoral.

SEXTO. Para conocimiento general publíquesela presente Resolución en el Periódico Oficial delEstado de Aguascalientes, así como en la páginaoficial de Internet del Instituto Estatal Electoral.

La presente Resolución fue tomada en SesiónOrdinaria del Consejo General del Instituto EstatalElectoral, celebrada a los treinta y un días del mesde mayo del año dos mil diez. CONSTE. - - - - - - -

LA PRESIDENTE,Mtra. Lydia Georgina Barkigia Leal.

EL SECRETARIO TÉCNICO ,Lic. Sandor Ezequiel Hernández Lara.

Page 17: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 17Junio 14 de 2010

INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAGUASCALIENTES, AGS.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DELINSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTEEL CUAL SE ACREDITA A LA EMPRESA"MENDOZA BLANCO Y ASOCIADOS S. C. "PARA REALIZAR ENCUESTAS DE SALIDA Y DECONTEOS RÁPIDOS EN LA JORNADAELECTORAL DEL DIA CUATRO DE JULIO DE2010, DURANTE PROCESO ELECTORAL 2009-2010.

Reunidos en Sesión Ordinaria en la sede delInstituto Estatal Electoral los integrantes delConsejo General, previa convocatoria de suPresidenta y determinación del quórum legal, conbase en los siguientes:

R E S U L T A N D O S :

I. Con fecha primero de diciembre de dos milnueve, el Consejo General en Sesión Extraordinaria,dio inicio formal al Proceso Electoral Local 2009-2010, para la renovación del GobernadorConstitucional, Poder Legislativo y miembros de losAyuntamientos del Estado, de conformidad con elartículo 164 del Código Electoral del Estado deAguascalientes.

II. En fecha primero de diciembre de dos milnueve, el Consejo General en Sesión Extraordinaria,aprobó el Acuerdo CG-A-42/09 donde se estableció"LOS CRITERIOS GENERALES DE CARÁCTERCIENTÍFICO QUE DEBEN ADOPTAR LASPERSONAS FÍSICAS O MORALES, QUEPRETENDAN LLEVAR A CABO ENCUSTAS PORMUESTREO PARA DAR A CONOCER LASPREFERENCIAS ELECTORALES DE LOSCIUDADANOS O LAS TENDENCIAS DE LAVOTACIÓN".

III. En Sesión Extraordinaria del Consejo Generalcelebrada el día quince de abril de dos mil diez, seaprobó el Acuerdo CG-A-34/10 que establece "LOSCRITERIOS MINIMO QUE DEBEN ADOPTARTODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS OMORALES, QUE PRETENDAN DAR A CONOCERRESULTADOS DE ENCUESTAS DE SALIDA YCONTEOS RÁPIDOS CON LAS TENDENCIAS DELA VOTACIÓN DE LA JORNADA ELECTORAL, ASÍCOMO LA ADICIÓN DE LOS MISMO CRITERIOSGENERALES DE CARÁCTER CIENTÍFICOCONTENIDOS EN EL ACUERDO CG-A-42/09,EMITIDO POR EL CONSEJO GENERAL ENSESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 1 DEDICIEMBRE DE 2009."

IV. Con fecha diez de mayo de dos mil diez elLic. Emir Pecha Sosa Director de Investigación dela Empresa Mendoza Blanco y Asociados S. C.presentó escrito mediante el cual solicitó laautorización para que, dicha compañía pudierarealizar encuestas o sondeos de opinión antes dela jornada electoral del cuatro de julio de dos mildiez para conocer las preferencias político-electorales de la ciudadanía, así como encuestas

de salida y conteos rápidos en la referida jornadaelectoral anexando a su solicitud, los requisitos quese observan en los criterios mínimos de caráctercientífico establecidos en los Acuerdos CG-A-42/09 y CG-A-A34/10.

V. En fecha diecinueve de mayo de dos mildiez fue remitido el oficio número IEE/ST/2150/2010signado por el Lic. Sandor Ezequiel Hernández Laramediante el cual se requiere a la empresa MendozaBlanco y Asociados S. C. para que subsane losrequisitos faltantes a su solicitud.

VI. Con fecha veintiuno de mayo de dos mildiez, la empresa Mendoza Blanco y Asociados S.C. envió los documentos requeridos para reunir losrequisitos establecidos en los Acuerdos CG-A-42/09 y CG-A-34/10, dado oportuna contestación aloficio al que se hace referencia en el resultandoque antecede.

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO. La organización de las eleccionesestatales es una función que se realiza a través delInstituto Estatal Electoral, organismo públicoautónomo ciudadanizado, permanente eindependiente en sus decisiones y funcionamiento,con personalidad jurídica y patrimonio propio, encuya integración participan los Partidos Políticos yla ciudadanía, en los términos que establece laConstitución Política del Estado de Aguascalientesy el Código de la materia, sus principios rectoresserán la certeza, la legalidad, la imparcialidad, laindependencia, definitividad y la objetividad, segúnlos disponen los artículos 91 y 92 del CódigoElectoral del Estado de Aguascalientes.

SEGUNDO. El artículo 99 fracciones I, XXVIII,XXXV del Código Electoral en vigor, establece que:

"… Son atribuciones del Consejo del Instituto:I.- Vigilar el cumplimiento de las disposicionesconstitucionales relativas y las contenidas en esteCódigo; (…) XXVIII.- Dictar los acuerdosnecesarios a fin de cumplimentar lo establecido enel presente Código; (…) XXXV.- Las demás que leconfiere este Código y leyes de la materia."

TERCERO. El artículo 209 fracciones I, III y IVdel Código Electoral del Estado de Aguascalientes,reza a la letra:

"ARTÍCULO 209.- Para la publicación decualquier encuesta o sondeo de opinión sobreasuntos electorales, en el período comprendidodesde el inicio del proceso electoral, y hastados horas después del cierre oficial de lascasillas el día de la elección, se deberá cumplircon los siguientes requisitos:I. La persona física o moral, partido político,coalición, candidato, asociación política uorganización que solicite u ordene lapublicación de los resultados de una encuestao sondeo, deberá entregar previamente alSecretario Técnico del Consejo con cuarenta yocho horas de anticipación a su publicación,copia del estudio completo donde se indique el

Page 18: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 18 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

tipo y objetivo de la encuesta, si la encuesta osondeo se difundirá o no, y en su caso por cualmedio;Si llegase a difundirse por cualquier medio, elpromovente estará obligado a dar a conocer lametodología empleada en la realización de laspropias encuestas.(…) III. Las personas físicas o morales quepretendan llevar a cabo encuestas por muestreopara dar a conocer las preferencias electoralesde los ciudadanos o las tendencias de lasvotaciones, adoptarán los criterios generales decarácter científico que para tal efecto determineel Consejo; IV. Para el caso de encuestas o sondeos desalida a realizarse durante la jornada electoral,los promoventes deberán solicitar la autorizacióndel Consejo, treinta días antes de la jornadaelectoral, debiendo cumplir con los requisitosseñalados en las Fracciones I y III de esteartículo, además de proporcionar los datosrelativos a las personas físicas o morales quelas elaboraron, el o los líderes de proyecto ysus principales puestos, la persona física omoral que las ordenó o auspició, el estudio ymetodología que se utilizó en el levantamientode la muestra y el método científico en que sebasó el esquema de selección."CUARTO. Que el escrito de solicitud

presentado por el Lic. Emir Pecha Sosa en fechadiez de mayo del presente año, se desprende eltérmino establecido en el artículo 209 fracción IVdel Código Electoral del Estado de Aguascalientes,teniendo hasta treinta días antes de la jornadaelectoral para solicitar al Consejo General emita laResolución correspondiente, en ese sentido laempresa "Mendoza Blanco y Asociados S. C." seencuentra dentro del plazo para realizar dichasolicitud.

QUINTO. Ahora bien, de conformidad con loestablecido en la fracción III del articuloanteriormente referido, este Consejo Generalconsideró de suma importancia y prioritaria, laoportuna regulación de los criterios para realizarencuestas de salida y conteos rápidos necesariospara que las personas físicas o morales dedicadasal estudio de información y estadística, realicen sutrabajo de forma objetiva, clara y que los datosobtenidos en las encuestas se encuentrenrespaldadas con todo un proceso científico yprofesional. Para ello emitió los Acuerdos CG-A-42/09 y CG-A-34/10 respecto a los criterios mínimosde carácter científico, los cuales establecen losobjetivos, la formulación de hipótesis y metodologíade la encuestas a realizar en la jornada electoral,el próximo cuatro de julio del presente año.

SEXTO. En ese sentido, vista la solicitudpresentada por la empresa "Mendoza Blanco yAsociados S. C." referida en el Resultando IV de lapresente resolución, así como su escrito decumplimiento de observaciones, en particular lo

referente a la realización de encuestas de salida yconteos rápidos en la jornada electoral de fechacuatro de julio de dos mil diez, esta AutoridadElectoral determina que la referida empresa cumplióa cabalidad los criterios de carácter científicoseñalados en el Considerando anterior y acreditarlapara realizar las dichas encuestas de salida yconteos rápidos.

En vista de lo anterior, este Consejo Generalinstruye al Secretario Técnico para que remita laacreditación correspondiente a la empresa"Mendoza Blanco y Asociados S. C." en terminode lo establecido en el Acuerdo CG-A-34/10.

Por lo anterior y con fundamento en losdispuesto por los artículos 116 fracción IV, incisosb) y c) de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 17 apartado A párrafos primeroy tercero de la Constitución Política del Estado deAguascalientes; 91,92, 94 fracciones III, 99fracciones I, XXVII y XXXV y 209 del Código Electoraldel Estado, este órgano electoral procede a emitirel siguiente:

RESOLUCIÓN:

PRIMERO.Este Consejo General escompetente para emitir la presente Resolución, entérminos de lo dispuesto por los ConsiderandosPrimero y Segundo del presente documento.

SEGUNDO. Este Consejo General autoriza ala empresa "Mendoza Blanco y Asociados S. C."para la realización de encuestas de salida yconteos rápidos en la jornada electoral de fechacuatro de julio de dos mil diez en términos de loestablecido por los Considerandos que integran lapresente Resolución.

TERCERO. Se instruye al Secretario Técnicode este Consejo General, para que emita laacreditación correspondiente, de conformidad conlo establecido en el Considerando Sexto e informede la presente Resolución a la empresa "MendozaBlanco y Asociados S. C.".

CUARTO. Notifíquese por servicio depaquetería, la presente Resolución a la empresa"Mendoza Blanco y Asociados S. C. "en sudomicilio señalado fuera del Estado deAguascalientes.

QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigora partir de su aprobación por el Consejo Generaldel Instituto Estatal Electoral.

SEXTO. Para su conocimiento general,publíquese el presente Acuerdo en el PeriódicoOficial del Estado de Aguascalientes, en así comoen la página oficial de Internet del Instituto EstatalElectoral.

La presente Resolución fue tomada en SesiónOrdinaria del Consejo General del Instituto EstatalElectoral, celebrada a los treinta y un días del mesde mayo del año dos mil diez.- CONSTE.-------------

Page 19: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 19Junio 14 de 2010

LA PRESIDENTE,Mtra. Lydia Georgina Barkigia Leal.

EL SECRETARIO TÉCNICO ,Lic. Sandor Ezequiel Hernández Lara.

INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAGUASCALIENTES, AGS.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DELINSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE LACUAL ATIENDE LAS SOLICITUDES DE REGISTRODE CANDIDATOS PRESENTADOS POR ELPARTIDO CONVERGENCIA, PARA LASPLANILLAS DE AYUNTAMIENTOS DE LOSMUNICIPIOS DE ASIENTOS, EL LLANO YTEPEZALÁ POR EL PRINCIPIO DEREPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARACONTENDER EN EL PROCESO ELECTORALLOCAL 2009-2010.

Reunidos en Sesión Ordinaria en la sede delInstituto Estatal Electoral los integrantes delConsejo General, previa convocatoria de suPresidenta y determinación del quórum legal, conbase en los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. El día veintisiete de noviembre del año dosmil nueve, el Partido Convergencia, presentó antela oficialía de partes de este Instituto, Oficio S/No.,de esa misma fecha, signado por el Lic. LuisEnrique Estrada Luévano, Presidente del ComitéDirectivo Estatal del Partido Convergencia en elEstado de Aguascalientes, donde señala domiciliodel Partido, nombra a los ConsejerosRepresentantes, Lic. Raúl Martínez Delgadillo y Lic.Roberto Esaú Aizpuru Zacarías, Propietario ySuplente respectivamente, señalando sus domiciliosal efecto y presenta diversa documentación para laacreditación como Partido Político Nacional,documentos entre los cuales acompañó tanto lascopias certificadas de sus Estatutos Generalesvigentes, como de los diversos Reglamentosinternos, que en su conjunto conforman lanormatividad interna del Partido para contender enel Proceso Electoral Local 2009-2010.

II. En Sesión Extraordinaria del Consejo Generalcelebrada al día primero de diciembre del año dosmil nueve, se dio inicio formal al Proceso ElectoralLocal 2009-2010, para la renovación de los PoderesEjecutivo, Legislativo y miembros de losAyuntamientos del Estado, de conformidad con elartículo 164 del Código Electoral del Estado deAguascalientes.

III. En la Sesión Extraordinaria citada en elResultando anterior, el Consejo General medianteAcuerdo CG-A-40/09, aprobó el registro y tuvo poracreditado al Partido Convergencia como PartidoPolítico Nacional, para efectos de contender en elProceso Electoral Local 2009-2010, de conformidad

con el artículo 17 del Código Electoral del Estadode Aguascalientes.

IV. Mediante sentencia de fecha veinte dediciembre del año dos mil nueve, dictada por elTribunal Local Electoral del Poder Judicial del Estadode Aguascalientes para resolver el Toca Electoralnúmero TLE-RAP-001/2009, determinó losservidores públicos que se encontrarían obligadosa separarse de su cargo noventa días antes de laelección, como requisito de elegibilidad para quienpretenda contender para los cargos de Diputados,Gobernador o miembros del Ayuntamiento.

V. En Sesión Extraordinaria del ConsejoGeneral celebrada a los catorce días del mes demarzo del año dos mil diez, se aprobó el AcuerdoCG-A-01/10 mediante el cual se establece elnúmero de cargos de elección popular a elegir porcada uno de los Ayuntamientos del Estado.

VI. El día veintiséis de enero del año en curso,el Partido Convergencia presentó ante la Oficialíade Partes del Instituto Estatal Electoral, escrito demisma fecha, firmado por el Lic. Luis EnriqueEstrada Luevano, en su carácter de Presidente delcitado partido, a través del cual comunicó losprocedimientos que se llevaran a cabo para laelección de precandidatos.

VII. El día quince de febrero del año dos mildiez, el Partido Convergencia por conducto de susdirigentes y representantes en la Entidad, seconstituyó en la sede del Instituto Estatal Electoraly presentó su Plataforma Electoral, a efecto departicipar en el Proceso Electoral Local 2009-2010,en cumplimiento a lo establecido por el artículo 185del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.

VIII. En Sesión Ordinaria del Consejo Generalcelebrada a los veintiocho días del mes de febrerodel presente año, mediante Resolución CG-R-07/10, se aprobó el registro de las PlataformasElectorales presentadas por el PartidoConvergencia, para contender en el ProcesoElectoral Local 2009-2010, de conformidad con elartículo 185 del Código Electoral del Estado deAguascalientes.

IX. Con fecha treinta de abril del presente año,se recibió en las instalaciones del Consejo DistritalElectoral II del Instituto Estatal Electoral, la solicitudde registro de candidatos a Regidores por elPrincipio de Representación Proporcional por losMunicipios de Asientos, El Llano y Tepezalá,conjuntamente con los anexos respectivos,signadas por el LIC. LUIS ENRIQUE ESTRADALUEVANO, Presidente del Partido Convergencia enAguascalientes.

X. En Sesión Extraordinaria del ConsejoGeneral del Instituto Estatal Electoral celebrada losdías tres y cuatro de mayo del año en curso, setomó la Resolución CG-R-39/10, mediante la cualse determinó otorgar el registro de la Lista deDiputados por el Principio de RepresentaciónProporcional, de la Planilla a miembros delAyuntamiento del municipio de Aguascalientes por

Page 20: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 20 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

el Principio de Mayoría Relativa y de las Planillas amiembros de los Ayuntamientos de Aguascalientes,Cosío, Pabellón de Arteaga, Calvillo, San Franciscode los Romo, Jesús María y Rincón de Romos, porel Principio de Representación Proporcional, alPartido Convergencia.

XI. En fecha veinte de mayo del presente año,los C.C. MARÍA SOLEDAD CONTRERAS FLORES,JUANA MARES CHAVEZ, MA. CONCEPCIÓNPEREZ CARDENAS, MA. TRINIDAD PIÑAARMENDARIZ, JOAQUIN DE LUNA, MA. DELCARMEN REYES PONCE, MIGUEL ANGELJASSO PUENTE y ERIKA GALLEGOS MORALES,en su carácter de ciudadanos del Municipio deAsientos, presentaron ante la Oficialía de Partesde este Instituto, escrito de Juicio para la Protecciónde los Derechos Político-Electoral del Ciudadanoen contra de la Resolución a la que se hacereferencia en el punto de resultandos identificadobajo el número X de la presente resolución.

XII. En fecha veinte de mayo del presente año,los C.C. JOSÉ AHUMADA REYES , MARÍA DELCARMEN RODRÍGUEZ CASTRO, MARÍAMODESTA SALAZAR NORIEGA, SILVIA GARCÍAMARTÍNEZ, GILBERTO GONZÁLEZ RODRÍGUEZy JAVIER VÁZQUEZ CAMPOS, en su carácter deciudadanos del Municipio de El Llano, presentaronante la Oficialía de Partes de este Instituto, escritode Juicio para la Protección de los DerechosPolítico-Electoral del Ciudadano en contra de laResolución a la que se hace referencia en el puntode resultandos identificado bajo el número X de lapresente resolución.

XIII. En fecha veinte de mayo del presente año,los C.C. JUAN REYES ENCINA, MA. YOLANDAVALADEZ TAVAREZ, GILBERTO LARACASTORENA, JOVITA FLORES SILVA, CARMENYURIDIA LARA SALAS Y LUCIA DEL CARMENLÓPEZ, en su carácter de ciudadanos del Municipiode Tepezalá, presentaron ante la Oficialía de Partesde este Instituto, escrito de Juicio para la Protecciónde los Derechos Político-Electoral del Ciudadanoen contra de la Resolución a la que se hacereferencia en el punto de resultandos identificadobajo el número X de la presente resolución.

XIV. En fecha veintiuno de mayo del presenteaño, siendo las quince horas, el suscrito tuvo poracordada la recepción de los Juicios para laProtección de los Derechos Político-Electorales delCiudadano, al que se hace referencia en losresultandos XI, XII y XIII de la presente resolución.

XV. Mediante oficio número IEE/ST/2221/10 defecha veintidós de mayo del año en curso, le fuesolicitada al Consejo Distrital Electoral II del InstitutoEstatal Electoral, información y documentaciónrelativa la registro de los candidatos a los cargosde Regidores Propietarios y suplentes, por partedel Partido Convergencia por el Principio deRepresentación Proporcional para los Municipiosde Asientos, El Llano y Tepezalá.

XVI. Mediante oficio sin número de fechaveinticuatro de mayo del año curso, el ConsejoDistrital Electoral II del Instituto Estatal Electoral,dio contestación al oficio mencionado en el párrafoanterior.

XVII. Mediante oficios números IEE/ST/2233/2010, IEE/ST/2234/2010 y IEE/ST/2232/2010 todosde fecha veinticinco de mayo de dos mil diez, seturnaron a la Sala Regional de la SegundaCircunscripción Electoral del Poder Judicial de laFederación con sede en la Ciudad de Monterrey,Nuevo León, los expedientes IEE/JDC/004/2010,IEE/JDC/005/2010 y IEE/JDC/006/2010 integradoscon motivo de los Juicios para la Protección de losDerechos Político-Electorales del Ciudadano,promovidos por los C.C. MARÍA SOLEDADCONTRERAS FLORES, JUANA MARES CHAVEZ,MA. CONCEPCIÓN PEREZ CARDENAS, MA.TRINIDAD PIÑA ARMENDARIZ, JOAQUIN DELUNA, MA. DEL CARMEN REYES PONCE,MIGUEL ANGEL JASSO PUENTE, ERIKAGALLEGOS MORALES, JOSÉ AHUMADA REYES, MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ CASTRO,MARÍA MODESTA SALAZAR NORIEGA, SILVIAGARCÍA MARTÍNEZ, GILBERTO GONZÁLEZRODRÍGUEZ, JAVIER VÁZQUEZ, JUAN REYESENCINA, MA. YOLANDA VALADEZ TAVAREZ,GILBERTO LARA CASTORENA, JOVITA FLORESSILVA, CARMEN YURIDIA LARA SALAS Y LUCIADEL CARMEN LÓPEZ..

XVIII. En fecha veintiocho de mayo de dos mildiez, se recibieron por parte del Instituto EstatalElectoral, VÍA FAX, los oficios número SM-SGA-OA-182/2010 , SM-SGA-OA-183/2010 y M-SGA-OA-184/2010, de la misma los cuales contienen elauto de radicación de los Juicios para la Protecciónde los Derechos Político-Electorales del Ciudadanoreferidos en el antecedente anterior, así comorequerimiento formulado a esta Autoridad para queinforme vía fax el Estado que guarda el tramiteprevisto en el artículo 197 del Código Electoral delEstado de Aguascalientes, consistente en elregistro de los Ciudadanos a los cargos de regidorespropietarios y suplentes por el Principio deRepresentación Proporcional del PartidoConvergencia de los Ayuntamientos de Tepezalá,de El Llano y Asientos.

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO. De conformidad con lo establecidopor los artículos 116 fracción IV, incisos b) y c) dela Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 17 apartado B) de la ConstituciónPolítica del Estado de Aguascalientes; 91 y 92 delCódigo Electoral del Estado de Aguascalientes, elInstituto Estatal Electoral es un organismo públicoautónomo, ciudadanizado, permanente eindependiente en sus decisiones y funcionamiento,con personalidad jurídica y patrimonio propio,depositario del ejercicio de la función pública estatalde organizar las elecciones, cuyos principiosrectores serán la certeza, la legalidad, la

Page 21: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 21Junio 14 de 2010

imparcialidad, la independencia, definitividad y laobjetividad.

SEGUNDO. Que en términos de lo dispuestopor el artículo 95 del Código Electoral del Estado,este Consejo General es el órgano superior dedirección electoral en la Entidad, quien deconformidad con lo señalado en el artículo 99,fracciones I, IX, XXVIII y XXXV del mismoordenamiento, es competente para vigilar elcumplimiento de las disposiciones constitucionalesrelativas y las contenidas en el Código Electoraldel Estado de Aguascalientes, Registrar lascandidaturas a Gobernador del Estado, las listasde diputados y regidores por el principio derepresentación proporcional, y la planilla demiembros del Ayuntamiento del Municipio deAguascalientes, dictar los acuerdos necesarios afin de cumplimentar lo establecido en el referidoCódigo, así como las demás que dichoordenamiento y demás leyes de la materia leconfiera.

TERCERO. El cuarto párrafo del artículo 197del Código Electoral del Estado de Aguascalientesestablece la competencia del Consejo General paraanalizar, y en su caso aprobar el registro de lascandidaturas que procedan, lo cual deberán derealizar durante una sesión cuyo único objeto seaese.

CUARTO. Los artículos 184 y 185 primerpárrafo del Código Electoral del Estado deAguascalientes establecen como requisito previopara el registro de candidaturas a todo cargo deelección popular, el que el Partido Políticopostulante hubiera presentado a mas tardar el díaquince de febrero del año de la elección susPlataformas Políticas y Legislativas ante el ConsejoGeneral del Instituto Estatal Electoral y que esteúltimo le hubiera otorgado el registro de las mismas,así como acreditar que realizaron los procesosinternos establecidos en sus estatutos, reglamentosy demás ordenamientos que haya emitido,numerales que a continuación se transcriben paramejor comprensión:

"ARTÍCULO 184.- Para el registro decandidaturas a todo cargo de elección popular,el partido político o coalición postulante, deberápresentar y obtener el registro de la plataformaelectoral que sus candidatos sostendrán a lolargo de las campañas políticas.Asimismo deberán acreditar que realizaron losprocesos internos establecidos en susestatutos, reglamentos y demás ordenamientosque hayan emitido, en caso de no acreditarlo,se les negará el registro a los que no hayancumplido con este requisito.""ARTÍCULO 185.- Las Plataformas Política yLegislativa, deberán presentarse para suregistro ante el Consejo, por elección enexpediente separado, a más tardar el día quincedel mes de febrero del año de la elección aefecto de que este último, dentro de los diez

días siguientes revise que no contravenga lasgarantías individuales y los derechos yprerrogativas del ciudadano consagradas en laConstitución, de existir contravenciones alpresente artículo se requerirá para que éstassean subsanadas dentro del plazo de cincodías.(…)"El día quince de febrero del año dos mil diez, el

Partido Convergencia por conducto de sus dirigentesy representantes en la Entidad, se constituyó en lasede del Instituto Estatal Electoral y presentó suPlataforma Electoral, a efecto de participar en elProceso Electoral Local 2009-2010, encumplimiento a lo establecido por el artículo 185del Código Electoral del Estado de Aguascalientes,acción a la cual recayó la Resolución CG-R-07/10,a través de la cual este Consejo General aprobó elregistro de las Plataformas Electorales que loscandidatos del Partido Convergencia sostendrán ala largo de la campaña política a desarrollarsedurante Proceso Electoral Local 2009-2010.

QUINTO. En ese sentido los artículos 186primer párrafo, 187 fracción I y 188 fracción I delCódigo Electoral del Estado de Aguascalientesdisponen a la letra lo siguiente:

"ARTÍCULO 186.- En términos de lo establecidopor el inciso e) de la fracción IV del Artículo116 de la Constitución General de la República,corresponde exclusivamente a los partidospolíticos, el derecho de solicitar el registro decandidatos a cargos de elección popular, porconducto del Presidente del Comité DirectivoEstatal o su equivalente, de conformidad consus estatutos.(…)""ARTÍCULO 187.- El registro de candidaturasse hará:I. Durante el proceso electoral en que serenueven el titular del Poder Ejecutivo, elCongreso del Estado y ayuntamientos, se harádel día 20 al 30 de abril; y(…)""ARTÍCULO 188.- La solicitud de registro decandidatos será presentada ante:I. El Consejo, la de Gobernador, la lista dediputados por el principio de representaciónproporcional y las planillas para regidores derepresentación proporcional, así como la planillade candidatos por mayoría relativa y de regidorespor el principio de representación proporcionalpara el Municipio de Aguascalientes; y(…)"De los preceptos legales anteriormente

establecidos, se desprende que exclusivamente alos Partidos Políticos les corresponde el derecho asolicitar el registro de candidatos a cargo deelección popular; solicitud que deberá presentarseante el Consejo General entre el veinte y treinta de

Page 22: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 22 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

abril del año de la elección por conducto delPresidente de su Comité Directivo Estatal o puestoequivalente, tratándose del registro relativo acandidatos a contender en el Proceso ElectoralLocal 2009-2010, para los cargos de Diputados yde Regidores por el Principio de RepresentaciónProporcional, de Presidente Municipal y deRegidores por el Principio de Mayoría Relativa parael Municipio de Aguascalientes.

En ese sentido, en fecha treinta de abril delaño en curso fueron presentadas en el ConsejoDistrital Electoral II del Instituto Estatal Electorallas solicitudes de registro de los candidatos porparte del Partido Convergencia a contender por loscargos de Regidores por el Principio deRepresentación Proporcional de los Ayuntamientosde Asientos, El Llano y Tepezalá, solicitudessignadas por el LIC. LUIS ENRIQUE ESTRADALUEVANO en su calidad de Presidente del PartidoConvergencia en Aguascalientes.

SEXTO. El artículo 190 establece los requisitosque deberán contener las solicitudes de registro decandidato, razón por la cual se transcribe el citadonumeral a continuación:

"ARTÍCULO 190.- La solicitud de registro decandidato deberá contener:I. Nombre y apellidos del candidato;II. Edad, lugar de nacimiento, domicilio yocupación;III. Cargo para el que se le postula;IV. Denominación, color o colores del partido ocoalición que lo postulan;V. Copia de la credencial para votar confotografía;VI. Declaratoria bajo protesta de decir verdad,de no ser ministro de ningún culto religioso, niencontrarse en alguno de los supuestos a quese refiere el artículo 9º de este Código; yVII. Copia certificada de la documentación queacredite que el proceso de selección interno serealizó en términos de la normatividad internadel partido en que fue electo.La solicitud deberá acompañarse de copiacertificada del acta de nacimiento; de constanciade residencia y declaración de aceptación decandidatura."SÉPTIMO. El artículo 194 del Código Electoral

del Estado de Aguascalientes prohíbe de maneraexpresa, el registrar a una persona como candidatoa distintos cargos de elección popular por el principiode mayoría relativa en el mismo proceso electoral;al ciudadano que hubiese contravenido lo dispuestoen el artículo 175 del mismo ordenamiento; y acargos de elección popular tanto de mayoría comode representación proporcional, a quienes dentrode un proceso de selección interna de candidatosde elección popular, participe como precandidatoen un partido diferente al que lo postula, con la única

salvedad de que se trate de partidos coaligados,numeral que se transcribe a continuación:

"ARTÍCULO 194.- A ninguna persona podráregistrársele como candidato a distintos cargosde elección popular por el principio de mayoríarelativa, en el mismo proceso electoral; asícomo al ciudadano que obteniendo lacandidatura del partido en cuestión hubiesecontravenido lo dispuesto por el artículo 175 deeste Código.Tampoco se registrará como candidato acualquier cargo de elección popular tanto demayoría relativa como de representaciónproporcional, a quienes dentro de un procesode selección interna de candidatos a cargos deelección popular, participe como precandidatoen un partido diferente al que lo postula, salvoel caso de las coaliciones."OCTAVO.La Constitución Política del Estado

de Aguascalientes en su artículo 66 décimo párrafofracciones I, II y II, y undécimo párrafo, establecerequisitos de elegibilidad para ocupar los cargosde Presidente Municipal, Regidor o Síndico de unAyuntamiento, numeral que para su mejorcomprensión se transcribe a continuación:

"ARTÍCULO 66.- (…)Para ser Presidente Municipal, Regidor o Síndicode un Ayuntamiento se requiere:I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, enejercicio de sus derechos;II.- Tener 18 años cumplidos el día de la elección;yIII.- Ser originario del Municipio o tener unaresidencia en él no menor de dos años,inmediatamente anteriores al día de la elección.Los Presidentes Municipales, Regidores ySíndicos de los Ayuntamientos, elegidos porvotación, no podrán ser reelectos para el períodoinmediato. Las personas que por elecciónindirecta o por nombramiento o designación dealguna autoridad desempeñen las funcionespropias de esos cargos, cualquiera que sea ladenominación que se les dé, no podrán serelectas para el periodo inmediato."NOVENO. En ese sentido, los artículos 8° y 9°

del Código Electoral del Estado de Aguascalientes,a la letra establecen lo siguiente:

"ARTÍCULO 8º.- Son requisitos para serDiputado, Gobernador o miembro de unAyuntamiento, además de los que señalanrespectivamente los artículos 19, 20, 37, 38,39 y 66 de la Constitución Política del Estado,los siguientes:I. Estar inscrito en el Padrón Electoral y contarcon credencial para votar con fotografía;II. No ser Presidente, Consejero Electoral,Secretario del Consejo o Secretario Técnico delos consejos distritales y municipales

Page 23: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 23Junio 14 de 2010

electorales, o miembro del Instituto, salvo quese separe de su cargo, cuando menos dos añosantes del día de la elección;III. No ser ministro de algún culto religioso, amenos que se separen formal, material ydefinitivamente de su ministerio, cuando menoscinco años antes del día de la elección de quese trate;IV. No ocupar cargo de elección popular o serfuncionario o servidor público de alguno de lostres niveles de Gobierno Federal, Estatal oMunicipal, a menos que se separe de su cargo,noventa días antes de la fecha de su registrocomo candidato, yV. Ser electo de conformidad con lanormatividad interna de su partido.""ARTÍCULO 9º.- Para los efectos de la fracciónIII del artículo 20 y fracción II del artículo 38 dela Constitución Local, no podrá ser candidato acargo de elección popular y ocupar el cargo deDiputado, Gobernador, y miembro de unAyuntamiento:I. Por estar sujeto a un proceso criminal pordelito que merezca pena corporal, contada apartir de la fecha del auto de formal prisión yhasta que se decrete por compurgada la penao en su caso por prescrita ésta;II. Durante la ejecución de una pena corporal; yIII. Por resolución o sentencia ejecutoria queimponga como pena la suspensión de losderechos o prerrogativas de los ciudadanos.DÉCIMO. La sentencia de fecha veinte de

diciembre del año dos mil nueve, dictada por elTribunal Local Electoral del Poder Judicial del Estadode Aguascalientes para resolver los autos del TocaElectoral número TLE-RAP-001/2009, determinó enlos puntos resolutivos CUARTO, QUINTO y SEXTOlo que a continuación se transcribe:

"CUARTO.- Se declara que la fecha límite parala separación del cargo de servidores públicosque pretendan contender para Diputado,Gobernador o miembro del Ayuntamiento, lo esel día cinco de abril del año dos mil diez. QUINTO.- Se declara que para el caso de laelección de Diputados solamente tienen laobligación de separarse aquello servidorespúblicos que ostenten un cargo de elecciónpopular, los que sean Magistrados tanto del

Supremo Tribunal de Justicia como del TribunalElectoral y de la Comisión Estatal Electoral;los jueces y secretarios de los diversos ramos,el Procurador de Justicia y los Delegados delas Dependencias Federales en el Estado.SEXTO.- Se declara que para el caso de laelección de Gobernador y miembros deAyuntamientos, deberán separarse del cargotodos aquellos que pretendan contender y queostenten un cargo del servicio público tantoFederal, Estatal, Municipal o de elecciónpopular."UNDÉCIMO.Aunado a lo señalado en los

Considerandos anteriores, tratándose de la solicitudde registro de Planillas para miembros deAyuntamientos de Representación Proporcional, lamisma deberán cumplir con lo establecido en elartículo 186 segundo párrafo, del Código Electoraldel Estado de Aguascalientes, los cuales a la letraseñalan:

"ARTÍCULO 186.- (…)Los partidos políticos, en las listas derepresentación proporcional, en las eleccionesde diputados y ayuntamientos, deberánregistrar, cuando menos el cuarenta por cientode candidatos de diferente género, enpropietarios y suplentes. La presente regla noaplica para las candidaturas de elecciones porel principio de mayoría."DUODÉCIMO. Ahora bien, por lo que se refiere

a la solicitud de registro presentada ante el ConsejoDistrital Electoral II por el Partido Convergencia,respecto a la Planilla de miembros del Ayuntamientodel Municipio de Asientos, por el principio derepresentación proporcional, una vez que han sidodebidamente revisadas y analizadas, se concluyeque se ha dado cabal cumplimiento con losrequisitos establecidos en los artículos 66 de laConstitución Política del Estado de Aguascalientes;8°, 9°, 184, 185, 186, 187 fracción I, 188, 190, 191y 194 segundo párrafo del Código Electoral delEstado de Aguascalientes, toda vez que de lasmismas, así como de la documentación anexada,se acredita plenamente el cumplimiento de lasnormas referidas anteriormente, razón por la cualeste Consejo General determina que resultaprocedente otorgar el registro a la Lista deCandidatos a miembros del Ayuntamiento delMunicipio de Asientos, por el principio deRepresentación Proporcional, a los integrantes dela misma y que a continuación se reproduce:

Page 24: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 24 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

Lo anterior con apoyo además con lo dispuestopor los artículos 115, fracción I, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y 66sexto párrafo, fracción II, incisos a) y b) de laConstitución Política del Estado de Aguascalientes.

Ahora bien, considerando que el Municipio deAsientos, tiene mas de 30,000 habitantes, segúnel estimado poblacional del Estado deAguascalientes al día cuatro de julio del año dosmil nueve, de cada uno de los Municipios queintegran dicha Entidad Federativa, proporcionadopor el Consejo Estatal de Población, mediante oficionúmero 001/2010, de fecha siete de enero del dosmil diez, tal y como quedó asentado en elResultando IV y Considerando Segundo del AcuerdoCG-A-01/10, razón por la cual, de conformidad conel Segundo Punto de Acuerdo de este último enrelación con su Considerando Tercero, lecorresponden a dicho municipio hasta cuatroregidores, por lo que se concluye que la postulaciónde las personas antes referidas observó a cabalidadla hipótesis normativa establecida al respecto.

DECIMOTERCERO. En cuanto a la solicitudpresentada por el Partido Convergencia ante elConsejo Distrital Electoral II del Instituto EstatalElectoral, para efectos de registrar la Planilla demiembros del Ayuntamiento del Municipio de ElLlano, Aguascalientes, por el principio derepresentación proporcional, una vez que harealizado la revisión y análisis correspondientes,se establece que se ha dado cumplimiento cabal alos requisitos establecidos por los artículos 66 dela Constitución Política del Estado deAguascalientes; 8, 9, 184, 185, 186, 187 fracción I,188, 190, 191 y 194 del Código Electoral en vigorpara el Estado, toda vez que de las mismas, asícomo de la documentación anexada, se acreditaplenamente el cumplimiento de las normas referidasanteriormente, razón por la cual este ConsejoGeneral determina que resulta procedente otorgarel registro de la Lista de Candidatos a miembrosdel Ayuntamiento del Municipio de El Llano,Aguascalientes, por el principio de representaciónproporcional, a los integrantes de la misma y que acontinuación se reproduce:

Lo anterior con apoyo además con lo dispuestopor los artículos 115, fracción I, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y 66sexto párrafo, fracción II, inciso c) de la ConstituciónPolítica del Estado de Aguascalientes.

Ahora bien, considerando que el Municipio deEl Llano, tiene menos de 30,000 habitantes, segúnel estimado poblacional del Estado deAguascalientes al día cuatro de julio del año dosmil nueve, de cada uno de los Municipios queintegran dicha Entidad Federativa, proporcionadopor el Consejo Estatal de Población, mediante oficionúmero 001/2010, de fecha siete de enero del dosmil diez, tal y como quedó asentado en elResultando IV y Considerando Segundo del AcuerdoCG-A-01/10, razón por la cual, de conformidad conel Segundo Punto de Acuerdo de este último enrelación con su Considerando Tercero, lecorresponden a dicho municipio hasta tresregidores, por lo que se concluye que la postulaciónde las personas antes referidas observó a cabalidadla hipótesis normativa establecida al respecto.

DECIMOCUARTO. En cuanto a la solicitudpresentada por el Partido Convergencia ante elConsejo Distrital Electoral II del Instituto EstatalElectoral, para efectos de registrar la Planilla demiembros del Ayuntamiento del Municipio deTepezalá, Aguascalientes, por el principio derepresentación proporcional, una vez que harealizado la revisión y análisis correspondientes,se establece que se ha dado cumplimiento cabal alos requisitos establecidos por los artículos 66 dela Constitución Política del Estado deAguascalientes; 8, 9, 184, 185, 186, 187 fracción I,188 , 190, 191 y 194 del Código Electoral en vigorpara el Estado, toda vez que de las mismas, asícomo de la documentación anexada, se acreditaplenamente el cumplimiento de las normas referidasanteriormente, razón por la cual este ConsejoGeneral determina que resulta procedente otorgarel registro de la Lista de Candidatos a miembrosdel Ayuntamiento del Municipio de Tepezalá,Aguascalientes, por el principio de representaciónproporcional, a los integrantes de la misma y que acontinuación se reproduce:

Page 25: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 25Junio 14 de 2010

Lo anterior con apoyo además con lo dispuestopor los artículos 115, fracción I, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y 66sexto párrafo, fracción II, inciso b) de la ConstituciónPolítica del Estado de Aguascalientes.

Ahora bien, considerando que el Municipio deTepezalá, tiene menos de 30,000 habitantes, segúnel estimado poblacional del Estado deAguascalientes al día cuatro de julio del año dosmil nueve, de cada uno de los Municipios queintegran dicha Entidad Federativa, proporcionadopor el Consejo Estatal de Población, mediante oficionúmero 001/2010, de fecha siete de enero del dosmil diez, tal y como quedó asentado en elResultando IV y Considerando Segundo del AcuerdoCG-A-01/10, razón por la cual, de conformidad conel Segundo Punto de Acuerdo de este último enrelación con su Considerando Tercero, lecorresponden a dicho municipio hasta tresregidores, por lo que se concluye que la postulaciónde las personas antes referidas observó a cabalidadla hipótesis normativa establecida al respecto.

DECIMOQUINTO. Ahora bien, de la lecturade la fracción VII del artículo 99 del ordenamientoelectoral local, se desprende que el Consejo Generalordenará la expedición de las certificaciones deregistro de candidatos que hayan cumplido con losrequisitos de ley, dentro de las veinticuatro horassiguientes a la Sesión en que se aprobaron estos;razón por la cual se le ordena a la SecretariaTécnica de este Consejo General, para que expidadentro de las veinticuatro horas siguientes a laaprobación de la presente Resolución, lascertificaciones de registro de candidatos que hayancumplido con los requisitos de la ley.

Por lo antes expuesto y con fundamento en loestablecido por los artículos 115, fracción I, 116fracción IV, incisos a), b) y c) de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; 17apartado B, 19, 20 y 66 de la Constitución Políticadel Estado de Aguascalientes; 2, fracción I, 8, 9,91, 92, 95, 99 fracciones I, IX, XXVIII y XXXV, 184,185, 186, 187 fracción I, 188, 190, 191, 194, y 197del Código Electoral del Estado de Aguascalientes,este órgano electoral procede a emitir la siguiente:

R E S O L U C I Ó N:

PRIMERO. Este Consejo General escompetente para conocer las solicitudes de registrode candidatos presentadas por el PartidoConvergencia ante el Consejo Distrital Electoral IIdel Instituto Estatal Electoral, a través del LIC. LUISENRIQUE ESTRADA LUEVANO, Presidente delPartido Convergencia en Aguascalientes, lo anteriorde conformidad con lo dispuesto por los artículos116 fracción IV incisos a), b) y c) de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; 17párrafos quinto, sexto, décimo quinto y décimosexto de la Constitución Política del Estado de

Aguascalientes; 2º fracción I, 91, 92, 99 fraccionesI, IX, XXVIII y XXXV; 188 fracción I y 197 cuarto párrafodel Código Electoral en vigor para el Estado.

SEGUNDO. Este Consejo General otorga elregistro de las Planillas a miembros de losAyuntamientos de Asientos, El Llano y Tepezalá,por el Principio de Representación Proporcional entérminos de los Considerandos Duodécimo, DécimoTercero y Décimo Cuarto, respectivamente de lapresente Resolución.

TERCERO. En cumplimiento a lo establecidopor el último párrafo del artículo 197 del CódigoElectoral del Estado de Aguascalientes, se instruyeal Secretario Técnico de este Consejo General, aefecto de que informe al Consejo Distrital ElectoralII, las determinaciones a que se refieren los PuntosResolutivos de la presente Resolución.

CUARTO. En cumplimiento a lo establecidoen la fracción VII del artículo 99 del Código Electoraldel Estado de Aguascalientes, se instruye alSecretario Técnico de este Consejo General, aefecto de que expida las certificaciones de registrorespectivas a los candidatos del PartidoConvergencia, dentro de las veinticuatro horassiguientes a la aprobación de la presenteResolución.

QUINTO. La presente Resolución surtirá susefectos legales desde el momento de suaprobación.

SEXTO. Notifíquese personalmente lapresente Resolución al Partido Convergencia deconformidad con lo previsto por los artículos 379,381 fracción I, 382 y 383 del Código Electoral delEstado de Aguascalientes.

SÉPTIMO. Publíquese la relación completa decandidatos del Partido Convergencia, en elPeriódico Oficial del Estado de Aguascalientes, enlos términos del artículo 199 del Código Electoraldel Estado de Aguascalientes.

OCTAVO. Para su conocimiento general,publíquese la presente Resolución en el PeriódicoOficial del Estado de Aguascalientes, así como enla página oficial de Internet del Instituto EstatalElectoral.

La presente Resolución fue aprobada en SesiónOrdinaria del Consejo General del Instituto EstatalElectoral de Aguascalientes, celebrada a los treintay un días del mes de mayo del año dos mil diez.CONSTE.----------------------------------------------------------

LA PRESIDENTE,Mtra. Lydia Georgina Barkigia Leal.

EL SECRETARIO TÉCNICO ,Lic. Sandor Ezequiel Hernández Lara.

Page 26: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 26 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

La H. Junta Directiva del Instituto deSeguridad y Servicios Sociales para los

Servidores Públicos del Estado deAguascalientes

I. S. S. S. S. P. E. A.C O N S I D E R A N D O

Que el Instituto de Seguridad y ServiciosSociales para los Servidores Públicos del Estadode Aguascalientes, en adelante (ISSSSPEA), fuecreado mediante decreto número 93 publicado enel periódico oficial del estado de Aguascalientes defecha 19 de febrero de 1989 y se rige por surespectiva ley, publicada en el periódico oficial delestado de Aguascalientes en fecha 29 de enero de2001, con personalidad jurídica y patrimonio propio,cuyo objeto principal es otorgar las prestacionesde seguridad y servicios sociales a los servidorespúblicos, a los pensionistas y a los familiaresbeneficiarios en términos de lo Dispuesto por laConstitución Política de los Estados UnidosMexicanos.

Que el ISSSSPEA, requiere de un marcoreglamentario actualizado que regule su ejerciciointerior, y otorgue certeza legal a los actos querealicen sus unidades administrativas e impulse unaeficiente regulación y evaluación de sus programasde trabajo y propicie la utilización racional de susrecursos, así como el cumplimiento oportuno desus tareas.

Que el presente Reglamento Orgánico establecelas facultades que competen a las unidadesadministrativas de ISSSSPEA y establece el marcode actuación de los servidores públicos que lointegran, dando plena validez legal a sus actividadesy cumplimiento según lo establecido en su Decretode Creación.

Por lo expuesto, tengo a bien expedir elsiguiente:

Reglamento Orgánico del Instituto de Seguridady Servicios Sociales para los Servidores Públicosdel Estado de Aguascalientes.

CAPITULO IDisposiciones Generales

Artículo 1º. El Instituto de Seguridad yServicios Sociales para los Servidores Públicos delEstado de Aguascalientes, tiene por objeto otorgara los servidores públicos, pensionistas y familiaresbeneficiarios, sujetos al régimen de su Ley, lasprestaciones de seguridad y servicios sociales quela propia Ley establece, así como ejercer lasfunciones que determine la legislación aplicable,para lo cual conducirá sus actividades en formaprogramada, con base en las políticas que para ellogro de los objetivos y prioridades de la planeaciónestatal del desarrollo establezcan la junta Directivay el Director General, conforme a sus respectivasatribuciones.

Artículo 2º. Para los efectos del presenteReglamento se entenderá:

I. Instituto: El Instituto de Seguridad y ServiciosSociales para los Servidores Públicos del Estadode Aguascalientes;

II. Ley: La Ley de Seguridad y ServiciosSociales para los Servidores Públicos del Estadode Aguascalientes;

III. Junta: La Junta Directiva del Instituto;IV. Director General: El Director General del

Instituto;V. Sindicato: A el Sindicato Único de

Trabajadores Estatales y Municipales deAguascalientes.

Artículo 3º. Para el estudio, planeación,atención y ejecución de los asuntos y actos que lecompeten Instituto contará con:

I. Órganos de Gobierno, los cuales regirán elfuncionamiento del Instituto:

a) Junta Directiva;b) Director General.II. Unidades Administrativas:a) Dirección de Prestaciones Económicas;b) Dirección de Administración;c) Dirección de Medicina, Seguridad e Higiene;d) Dirección de Contabilidad y Finanzas;e) Dirección de la Estancia de Bienestar Infantil;f) De la Coordinación Jurídica;g) De la Coordinación de Informática;h) De la Coordinación de Planeación;i) De la Gerencia del Parque Acuático Valladolid;j) De la Gerencia de Funeraria la Gloria;k) De la Secretaría Particular;III. Órgano de Vigilancia.

CAPITULO IIDe la Junta Directiva

Artículo 4º. La Junta, tendrá a su cargo laprogramación estratégica del Instituto, la supervisiónde la marcha del mismo y el control de susactividades, para lo cual deberá definir en losprogramas anuales de operación, los objetivos,metas, prioridades y estrategias del Instituto, asícomo garantizar la conexión del proceso deprogramación con los de presupuestación,evaluación y control.

Artículo 5º. La Junta se compondrá de oncemiembros:

a) El titular de la Secretaría General deGobierno.

b) El titular de la Secretaría de Gestión einnovación del Gobierno del Estado.

c) El titular de la Secretaría de Finanzas delGobierno del Estado.

Page 27: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 27Junio 14 de 2010

d) El titular del Ayuntamiento del Municipio deAguascalientes.

e) Un representante de los demás Municipiosdesignado por ellos mismos.

f) Dos representantes de los organismospúblicos descentralizados afiliados al Instituto,designados por ellos mismos.

g) Cuatro representantes del Sindicato,designados por éste y que serán dados a conocermediante oficio.

Cada integrante de la Junta Directiva tendrá surespectivo suplente.

El Gobernador del Estado designará de entrelos miembros de la Junta representantes delGobierno Estatal, a quien deba presidirla.

Los miembros a que se refieren los incisos e) yf), serán designados por ellos mismos, mediante elprocedimiento interno que determinen y aconvocatoria del Instituto, levantando el actacorrespondiente y comunicarán por escrito alPresidente de la Junta quien será su representanteo representantes, lo cual harán a través de oficiofirmado por todos los titulares o sus representantesdebidamente acreditados, tanto de los Municipiosforáneos, como de los organismos descentra-lizados.

En la preparación y desarrollo de las sesiones,así como en la vigilancia del seguimiento de losacuerdos adoptados, la Junta se auxiliará de unsecretario, quien levantará las actas y comunicarálas determinaciones y acuerdos a todos losmiembros de la Junta, el que tendrá la obligaciónde asistir a todas las sesiones que ésta celebre.

El Director General del Instituto fungirá comoSecretario de la Junta Directiva, con voz pero sinvoto.

Artículo 6º. Para ser miembro de la Junta serequiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y enpleno ejercicio de sus derechos; y

II. Ser de reconocida honorabilidad ycompetencia.

Los miembros de la Junta no podrán ser almismo tiempo servidores públicos del Instituto.

Artículo 7. Los miembros de la Junta duraránen sus cargos por todo el tiempo que subsista sudesignación, en función de quien los nombró o porel cargo que ocupan.

Los integrantes de la Junta a que se refierenlos incisos d), e), f) y g) del artículo anteriorpermanecerán en su cargo tres años pudiendo altérmino ser ratificados, siempre y cuando seencuentren en funciones.

Sus nombramientos podrán, en su caso, serrevocados libremente por quienes los hayandesignado.

El cargo de miembro será honorífico y sinretribución alguna.

Artículo 8º. Los miembros de la Junta deberánasistir a las sesiones a las que sean convocados;en caso de impedimento lo comunicarán con ladebida oportunidad al Secretario.

Artículo 9º. Son atribuciones de la Junta:I. Planear las operaciones y servicios del

Instituto;II. Aprobar los programas anuales de operación,

los presupuestos de ingresos, la determinación deltecho financiero con base en el cual se realizará elpresupuesto de gastos y de inversión que secumplirán en cada ejercicio anual;

III. Autorizar las inversiones del Instituto ydeterminar las reservas actuariales y financieras quedeban constituirse para asegurar el otorgamientode las prestaciones y servicios que determina estaLey y el cumplimiento de sus fines, basado en lasvaluaciones actuarial y financiera.

Asimismo, la Junta teniendo como objetoprimordial buscar el beneficio de los trabajadores,aprobará las tasas de interés que se aplicarán alos diferentes tipos o modalidades de préstamosque otorgue el Instituto, las cuales invariablementedeberán ser en términos reales al menos iguales ala tasa pasiva líder del mercado bancario; de igualforma determinará la tasa a pagar de los servidorespúblicos en relación al Fondo de Ahorro y a lascuentas de ahorro individuales de retiro;

IV. Autorizar al Director General para que solicitea las entidades hagan las aportacionesextraordinarias en los casos que señala el artículo12 de la Ley;

V. Autorizar cuando fuera necesario, laadquisición y enajenación de los activos fijos delInstituto, para efecto de cumplir con lo señalado enel artículo 8 de la Ley;

VI. Analizar cuatrimestralmente los estadosfinancieros del Instituto, tomar las medidasnecesarias para garantizar la buena marcha delmismo y aprobar anualmente, previo informe de loscomisarios y/o dictamen de los auditores externos,los estados financieros del Instituto;

VII. Dictar las políticas, bases y programasgenerales que regulen los convenios y contratosque deba celebrar el Instituto con terceros en materiade obras públicas y los relacionados con bienesinmuebles, así como en todos aquellos queconsidere necesaria su participación;

VIII. Aprobar la estructura básica de laorganización del Instituto y las modificaciones queposteriormente sean procedentes;

IX. Nombrar a los Directores de Administración,de Prestaciones Economicas, de MedicinaSeguridad e Higiene del Instituto, y de Contabilidady Finanzas, a propuesta del Director General, sinperjuicio de las facultades que al efecto se lesdeleguen.

Page 28: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 28 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

X. Aprobar, a propuesta del Director General,los reglamentos internos y los manuales deorganización y procedimientos del Instituto, asícomo los de servicios y prestaciones de los afiliados;

XI. Proponer al Ejecutivo del Estado losproyectos de reformas que requiera la Ley y losdiversos ordenamientos legales en la materia,necesarios para el cumplimiento de lo previsto enla ley;

XII. Aprobar las medidas necesarias que debanadoptarse para que las entidades observen lasrecomendaciones de seguridad e higiene en eltrabajo propuestas por el Instituto;

XIII. Decidir sobre los asuntos que le sometael Director General del Instituto;

XIV. Aprobar anualmente a propuesta delDirector General las adecuaciones e incorporacionesa la Planeación Estratégica del Instituto;

XV. En general, realizar todos aquellos actos yoperaciones autorizados por la Ley y los que fuerannecesarios para la mejor administración y gobiernodel Instituto.

Artículo 10. La Junta Directiva sesionará demanera ordinaria en los meses de febrero, mayo,agosto y noviembre y de manera extraordinaria cadavez que su presidente lo estime necesario o hayapetición en tal sentido de la mayoría de susmiembros o del Comisario de la misma.

Para la validez de las sesiones se requerirácuando menos de la asistencia de seis miembros,cuatro de los cuales deberán ser representantesdel Estado, Municipios (sea de los Municipiosforáneos o el de Aguascalientes), o de losorganismos descentralizados y dos del Sindicato.

Los acuerdos se tomarán por mayoría de votosde los miembros presentes. En caso de empate,el Presidente de la junta tendrá voto de calidad.

Los acuerdos tomados tendrán el carácter dedefinitivos y de observancia general, aún cuandoexista inconformidad de parte de los miembrosausentes.

Artículo 11. Para la celebración de las sesionesde la junta, se emitirá convocatoria por el Secretario,o en su caso, por el Presidente de la misma. A laconvocatoria se acompañará el orden del día, asícomo el apoyo documental de los asuntos a tratar,que se hará llegar a los miembros con una antelacióna la fecha de la cita no menor de cinco días hábiles.

La Junta Directiva, de conformidad con lanaturaleza de los asuntos a tratar en sus sesiones,decidirá sobre la participación de los comisarios.

Artículo 12. Las sesiones de la junta deberánsujetarse al orden del día. Cualquiera de susmiembros podrá sugerir la inclusión de algún asuntopara ser tratado en subsecuente sesión, previaaprobación de la propia junta.

El orden del día de las sesiones deberácontener, invariablemente, un punto sobre elcumplimiento de los acuerdos adoptados por lajunta, así como otro de asuntos generales.

En caso de que una sesión no se celebre o sesuspenda, o algún punto del orden del día no quededebidamente resuelto, los asuntos pendientes setratarán en sesiones subsecuentes, exceptoaquellos que por acuerdo expreso de la Junta debandesahogarse por otro procedimiento.

Artículo 13. De todas las sesiones de la juntase levantará acta que tendrá un número progresivoy en la que figurará su carácter, fecha decelebración, lista de asistencia, relación sucinta deldesahogo del orden del día, así como los acuerdosque se tomen, los cuales deberán ser identificadoscon un número progresivo, número de acta y año aque corresponda.

Las actas podrán acompañarse de los anexosrelacionados con los asuntos tratados en lassesiones.

El acta deberá ser elaborada por duplicado,firmada por todos los asistentes, una copia seguardará en el Instituto, y la otra en la Secretaríade la Junta.

Artículo 14. En el orden del día de las sesionesordinarias que celebre la Junta dará prioridad enlas fechas que se indican, a los siguientes asuntos:

I. En el mes de febrero, conocer y aprobar sucaso, el informe pormenorizado de estado queguarde la administración del Institutocorrespondiente al año anterior, así como aprobarprevio informe de los Comisarios y/o dictamen delos auditores externos, los estados financieros delInstituto.

II. En el mes de mayo, autorizar las inversionesdel Instituto y determinar sus reservas actuarialesy financieras, así como aprobar los porcentajes desueldos presupuestases y de pensiones que debanaportar las entidades, los servidores públicos y lospensionistas para el fondo de prestacioneseconómicas;

III. En el mes de agosto, se tratarán temasgenerales sobre la marcha del Instituto, así comolos asuntos relativos a la cuenta de ahorro individualpara el retiro a que se refiere la Ley; y

IV. En el mes de noviembre, conocer y aprobarlos programas anuales de operación, lospresupuestos de ingresos y egresos del Instituto;autorizar las tasas de interés que se aplicarán alos diferentes tipos de préstamos, así comodeterminar la tasa a pagar a los servidores públicosen relación al fondo de ahorro.

Artículo 15. La junta en cada sesión ordinariaanalizará, en su caso, los estados financieros delInstituto y tomará las medidas necesarias paragarantizar la buena marcha del mismo, y revisará yactualizará de ser necesario, en las sesiones defebrero y agosto la tasa de interés que se pagará a

Page 29: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 29Junio 14 de 2010

los servidores públicos con respecto al Fondo deAhorro.

Artículo 16. Corresponde al Presidente de laJunta:

I. Instalar, presidir y levantar las sesiones;II. Diferir o suspender la sesión por causas que

pudieran afectar la celebración o el desarrollo de lamisma y que a su juicio así lo ameriten;

III. Dirigir y moderar los debates;IV. Resolver en caso de empate con su voto de

calidad;V. Firmar las actas de las sesiones. yVI. Las demás que señalen otras disposiciones

aplicables.Artículo 17. El Secretario de la junta tendrá el

carácter de fedatario: en las sesiones, en lasvotaciones sobre deliberaciones de asuntosplanteados y en los actos, acuerdos y resolucionesde dicho órgano de gobierno. Asimismo, deberádesempeñar las siguientes funciones:

I. Levantar las actas de las sesiones;II. Asistir a las sesiones;III. Comunicar los acuerdos que emita la Junta

inmediatamente después de que ésta sesione, parasu seguimiento y ejecución;

IV. Firmar, junto con el Presidente de la juntalas actas de las sesiones; y

V.- Las demás que le encomiende la Junta.CAPITULO III

Del Director General

Artículo 18. El Director General tendrá a sucargo la conducción y ejecución de las accionesoperativas del Instituto conforme a la Ley, al presenteReglamento y a las demás disposiciones aplicables,así como las obligaciones y facultades siguientes:

I.- Administrar y representar legalmente alInstituto;

II.- Celebrar y otorgar, toda clase de actos ydocumentos inherentes al objeto del Instituto, asícomo suscribir, avalar y negociar títulos de crédito;

III.- Ejercer facultades de dominio, previa laautorización a que se refiere el artículo 21 en sufracción V de la Ley;

IV.- Ejercer facultades de administración, pleitosy cobranzas y aquéllas que requieran deautorización especial según otras disposicioneslegales o reglamentarias;

V.- Formular querellas y otorgar perdón;VI.- Ejercer y desistirse de acciones judiciales,

inclusive del juicio de amparo;VII.- Comprometer asuntos en arbitraje y

celebrar transacciones;VIII.- Otorgar, sustituir y revocar poderes

generales o especiales con las facultades que le

competan, entre ellas las que requieran autorizacióno cláusula especial;

IX.- Formular los programas de corto, medianoy largo plazo del Instituto y presentarlos junto conlos presupuestos de ingresos y egresos de gastocorriente ante la Junta Directiva para su aprobación.Si dentro de los plazos correspondientes no dieracumplimiento a esta obligación, sin perjuicio de sucorrespondiente responsabilidad, la Junta Directivaprocederá al desarrollo e integración de talesdocumentos;

X.- Formular los programas de organizaciónnecesarios para dar cumplimiento al objeto delInstituto;

XI.- Establecer los criterios, métodos yasignaciones que permitan el óptimoaprovechamiento de los recursos, bienes mueblese inmuebles de que disponga el Instituto para darcumplimiento a su objeto;

XII.- Recibir, custodiar y manejar los fondos yreservas de acuerdo con lo que establece la Ley yejercer los egresos conforme a los presupuestosautorizados por la Junta Directiva;

XIII.- Establecer los mecanismos de controlnecesarios para un óptimo y transparente manejode los recursos económicos a su cargo;

XIV.- Adoptar las medidas pertinentes a fin deque las funciones del Instituto se realicen de maneraarticulada, congruente y eficaz;

XV.- Proponer a la Junta Directiva elnombramiento de los Directores de Administración,de Prestaciones Económicas, de MedicinaSeguridad e Higiene y de Contabilidad y Finanzasdel Instituto;

XVI.- Suscribir los contratos que regulen lasrelaciones con los servidores públicos que prestensus servicios en el Instituto, cualquiera que sea sucategoría;

XVII.- Recabar y manejar la información yelementos estadísticos necesarios que reflejen elestado de las funciones del Instituto, para podermejorar la gestión del mismo;

XVIII.- Establecer los sistemas de controlnecesarios para alcanzar las metas y objetivos pro-puestos;

XIX.- Presentar a consideración de la JuntaDirectiva en sus sesiones ordinarias un informesobre el desarrollo de las actividades del Instituto,incluido el ejercicio de los presupuestos de ingresosy egresos y los estados financieroscorrespondientes. En el informe y documentos deapoyo que invariablemente se acompañarán, secotejarán las metas propuestas y los compromisosadquiridos por la Dirección General, con aquéllas yéstos que hayan sido satisfechos debidamente;

XX.- Conceder, negar, suspender, modificar orevocar los préstamos a corto y mediano plazo, loshipotecarios, las indemnizaciones y las pensiones

Page 30: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 30 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

que procedan de conformidad con la Ley,haciéndolo del conocimiento de la Junta Directiva;

XXI.- Proporcionar la documentación o informesque le requiera el Comisario;

XXII.- Establecer mecanismos de evaluación,que permitan destacar la eficiencia y eficacia conque se desempeña el Instituto y por lo menos dosveces al año presentar a la Junta Directiva el informede gestión con el detalle que previamente se hayaacordado con la Junta Directiva;

XXIII.- Asistir a las sesiones de la Junta Directiva,con voz pero sin voto, y ejecutar sus acuerdos;

XXIV.- Elaborar y dar seguimiento a laPlaneación Estratégica del Instituto, previendo lacontinuidad y mejoramiento de los lineamientos yprogramas a largo plazo establecidos;

XXV.- Coadyuvar para el desarrollo del Institutocomo organización aprendiente, dentro de unafilosofía de generación de conocimiento continuo;y

XXVI.- Nombrar y remover al personal delInstituto, a excepción de los que nombre la JuntaDirectiva; y

XXVII.- Todas las demás facultades yatribuciones que le confieran esta Ley y otrosordenamientos legales, así como las que le otorguela Junta Directiva.

Artículo 19. El Director General será auxiliadopor los Directores y demás servidores públicos deprimer nivel que se mencionan en este reglamento.

Artículo 20. El Director General, en su carácterde Secretario de la Junta, deberá concurririnvariablemente a las sesiones de la Junta, pudiendoser acompañado por los servidores públicos deprimer nivel que estime necesario, en virtud de losasuntos que se presenten a dicho órgano degobierno.

Artículo 2l. El Director General podrá delegarcualquiera de sus facultades en otros servidorespúblicos del Instituto, sin perjuicio de ejercerlasdirectamente, con excepción de aquellas que pordisposición legal expresa o determinación de lajunta le correspondan exclusivamente.

CAPITULO IVDe las Unidades Administrativas

SECCION PRIMERA

De los Directores, Gerentes, Coordinadores y dela Secretaría Particular

Artículo 22. Son atribuciones de los Directores,Gerentes y Coordinadores:

I. Planear, programar, organizar, dirigir, controlary evaluar las funciones encomendadas al área a sucargo;

II. Observar las normas y políticas generalesdel Instituto:

III. Formular el anteproyecto de programa anualque corresponda al área, de su responsabilidad ycumplirlo, una vez aprobado;

IV. Acordar con el Director General los asuntoscuya importancia así lo requiera y atender aquellosque correspondan al área que tenga asignada;

V. Desempeñar las comisiones que lesencomiende el Director General;

VI. Realizar estudios y proponer proyectos quepermitan mayor eficiencia y eficacia de los serviciosa su cargo;

VII. Proporcionar los informes y datos que lesean solicitados por otras unidades administrativas;

VIII. Administrar los recursos asignados al áreade su responsabilidad;

IX. Coordinar sus actividades con todas las áreasdel Instituto y, en su caso, con las entidades de laAdministración Pública Estatal;

X. Cumplir con las disposiciones que establecela Ley, los reglamentos respectivos y disposicionesjurídicas aplicables, en el despacho de los asuntosa su cargo;

XI. Coordinar, organizar e integrar al personal asu cargo;

XII. Las demás que les encomiende la Junta oel Director General y que sean en beneficio delInstituto y de sus afiliados.

Artículo 23. Los Directores se auxiliarán porSubdirectores, Jefes de Departamento, TécnicosProfesionales "A" y "B" y demás personal queautorice el presupuesto.

Artículo 24. Los Gerentes y Coordinadores seauxiliarán por el personal que autorice elpresupuesto de egresos para el Instituto.

SECCION SEGUNDA

De la Dirección de Prestaciones Económicas

Artículo 25.- La Dirección de PrestacionesEconómicas tendrá las funciones siguientes:

I. Planear, organizar, normar, coordinar, controlary evaluar el otorgamiento de los seguros, pensionese indemnizaciones cualesquiera que estas fueran,así como los préstamos a que se refiere la Ley;

II. Dictaminar e intervenir en el otorgamiento delas pensiones e indemnizaciones a que se refierela Ley y aprobar las nóminas de pago de las mismas;

III. Organizar, operar y controlar el Programa deVigencia de Derechos de los pensionistas;

IV. Dictaminar las solicitudes y, en su caso,aprobar el pago de los seguros de defunción ygastos funerarios, así como la devolución del fondode ahorro de los servidores públicos;

V. Dar trámite y en su caso aprobar lospréstamos a corto plazo, hipotecarios y del fondode vivienda, así como calcular el monto, plazo eintereses de los créditos con base en lasdisposiciones que dicte la Junta;

Page 31: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 31Junio 14 de 2010

VI. Efectuar las gestiones administrativasnecesarias para el descuento oportuno y larecuperación de los adeudos por concepto decréditos concedidos;

VII. Determinar y recuperar en colaboración conla Coordinación Jurídica, la cartera vencida porconcepto de créditos otorgados;

VIII. Cancelar los adeudos de aquellos servidorespúblicos que por alguno de los motivos queestablece la Ley o el Reglamento de PrestacionesEconómicas, estén imposibilitados de saldar suscréditos, utilizando, en su caso, el fondo de garantíapara los préstamos a corto plazo;

IX. Planear, organizar y normar, el programa deGestión Social y Atención a Pensionistas;

X. Planear, organizar y normar, en su caso yprevia aprobación de la Junta, nuevos servicios alos afiliados; y

IX. Las demás que señalen otras disposicionesaplicables.

SECCION TERCERA

De la Dirección de Administración

Artículo 26. La Dirección de Administración,tendrá las funciones siguientes:

I. Planear, organizar, normar, coordinar ycontrolar la administración de los recursos humanosy materiales del Instituto.

II. Hacerse cargo de la simplificaciónadministrativa de todas las áreas del Instituto.

III. Proponer políticas en materia de seleccióny capacitación de personal con apego a lasdisposiciones jurídicas aplicables e intervenir entodas las cuestiones relacionadas con laadministración del personal del Instituto, así comoelaborar los programas de capacitación para elPersonal del Instituto, de acuerdo a la detecciónde necesidades de capacitación;

IV. Almacenar, custodiar y suministrar a lasdiversas áreas del Instituto, los bienes y serviciosque requieran para su funcionamiento, así comoestablecer normas y controles de inventario debienes muebles;

V. Proporcionar los servicios necesarios a launidades del Instituto, relativos a la recepción ydespacho de la correspondencia, archivo y registrode expedientes, así como a mantenimientointendencia, vigilancia y seguridad;

VI. Captar los Ingresos provenientes deaportaciones, cuotas y los derivados de lasprestaciones económicas y préstamos otorgadaspor el Instituto;

VII. Determinar la cuantificación de los adeudosdel Instituto que se generen por concepto de loseñalado en la fracción anterior y promover suoportuna recuperación, así como vigilar suaplicación de acuerdo a los programas y prioridadesautorizados;

VIII. Establecer y operar el mecanismo deafiliación de las entidades y servidores públicos yde la vigencia de derechos de estos; en conjuncióncon la Coordinación de Informática.

IX. Planear, organizar, dirigir y controlar lo relativoa la cuenta de ahorro individual para el retiro; y

X. Las demás que señalen otras disposicionesaplicables.

SECCION CUARTA

De la Dirección de Contabilidad y Finanzas

Artículo 27.- La Dirección de Contabilidad yFinanzas; tendrá las funciones siguientes:

I. Planear, organizar, normar, coordinar ycontrolar los sistemas institucionales deprogramación, presupuestación, contabilidad yevaluación programática;

II. Promover, coordinar y vigilar las acciones demejoramiento, modernización y optimización derecursos;

III. Coordinar la formulación y adecuación delos presupuestos de ingresos y egresos del Instituto,así como operar su control contable, el flujo derecursos financieros y guarda y custodia de valores.

IV. Administrar los ingresos provenientes deaportaciones, cuotas y los derivados de lasprestaciones económicas otorgadas por el instituto;

V. Diseñar y operar el sistema de registrocontable de fondos que produzca informaciónfinanciera a través de mecanismos que permitansu vinculación con la programación ypresupuestación del Instituto;

VI. Manejar y llevar el control de las inversionesdel Instituto; buscando obtener los mejoresrendimientos;

VII. Las demás que señalen otras disposicionesaplicables.

SECCION QUINTA

De la Dirección de Medicina,

Seguridad e Higiene

Artículo 28. La Dirección de Medicina,Seguridad e Higiene, tendrá las funcionessiguientes:

I. Planear, organizar, normar, coordinar ycontrolar las actividades en materia de seguridad,higiene y medicina en el trabajo y en ladictaminación para el otorgamiento de las pensioneso indemnizaciones por riesgos laborales, así como,en su caso, en los servicios médicos preventivos yasistenciales que se otorga a los servidores públicosy familiares beneficiarios;

II. Promover la integración y funcionamiento delas comisiones mixtas de seguridad e higiene enlas entidades sujetas al régimen de la Ley yestablecer un sistema de registro y evaluación desus actividades;

Page 32: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 32 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

III. Realizar estudios, investigaciones yestadísticas sobre accidentes y enfermedades deltrabajo; sugerir en el ámbito de competencia delInstituto las medidas preventivas de seguridad ehigiene en el trabajo y desarrollar accionesinherentes a la medicina del trabajo;

IV. Establecer los mecanismos de coordinacióncon las entidades, organismos e instituciones queconsidere necesario para la elaboración deprogramas y el desarrollo de campañas tendientesa pre-venir accidentes y enfermedades de trabajo;

V. Dictaminar los asuntos relativos a accidentesy enfermedades de trabajo y, en su caso, solicitara la Dirección de Prestaciones Económicas el pagode la pensión o indemnización correspondiente;

VI. Establecer, operar y evaluar mecanismosde coordinación con las instituciones prestadorasde los servicios médicos, con objeto de que losmismos sean otorgados a los servidores públicos,pensionistas y familiares derechohabientes en lasmejores condiciones posibles;

VII. Diseñar, ejecutar y evaluar el sistema decontrol de las incapacidades médicas de losservidores públicos;

VIII. Realizar en coordinación con lasinstituciones de salud del Estado y en el ámbito delas entidades afiliadas al Instituto, campañaspreventivas de salud y de inmunizaciones;

IX. Practicar exámenes médicos al personal quese pretenda afiliar al Instituto, con objeto deorientarlos en su caso, en el cuidado de su salud yen las acciones que debe tener presente la entidada fin de no agravar o deteriorar ésta; y

X. Las demás que señalen otras disposicioneslegales aplicables.

SECCION SEXTA

De la Dirección de la Estancia de Bienestar

Infantil

Artículo 29. La Dirección de la Estancia deBienestar Infantil tendrá las funciones siguientes:

I. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluarlas funciones a cargo de la Estancia de BienestarInfantil;

II. Formular, ejecutar y supervisar los programasde guarda, custodia, aseo, alimentación yeducación de los menores que asistan a la Estancia.

III. Elaborar y proponer al Director General elprograma anual del trabajo, así como el presupuestoanual de ingresos y egresos, operar su controlcontable, el flujo de recursos financieros y suvinculación con los programas del mismo;

IV. Definir e implantar con aprobación del DirectorGeneral las normas y políticas necesarias para elcorrecto funcionamiento de la Estancia;

V. Coordinar y supervisar la eficiente prestaciónde los servicios, el uso y aprovechamiento

adecuado de recursos instalaciones y el orden ydisciplina en las áreas de la Estancia;

VI. Organizar y dirigir los eventos técnicos,cívicos, sociales y culturales que se lleven a caboen la Estancia;

VII. Celebrar reuniones de interconsulta yestudio de casos con especialistas, registrando losresultados y avances;

VIII. Planear, ejecutar y evaluar programas decapacitación permanente para el personal, conobjeto de proporcionar o actualizar conocimientospara una mejor prestación de los servicios;

IX. Administrar el desarrollo del personal asícomo los recursos materiales y financieros de laEstancia.

X. Atender, orientar e informar a los padres defamilia y al público en general sobre los serviciosde la Estancia y solucionar los problemas que sepresenten;

XI. Generar acciones para el mejoramiento,modernización, simplificación y optimización derecursos a través de la generación de proyectos; y

XII. Las demás que le confiera el DirectorGeneral.

SECCION SEPTIMA

De la Gerencia del

Parque Acuático Valladolid

Artículo 30. La Gerencia del Parque AcuáticoValladolid, tendrá las funciones siguientes:

I. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluarlas funciones a cargo del Parque Acuático Valladolid;

II. Coordinar y supervisar la prestación de losservicios, el uso adecuado de las instalaciones yel orden y disciplina en las áreas del Parque;

III. Formular y proponer al Director General lospresupuestos de ingresos y egresos del Parque,operar su control contable, el flujo de recursosfinancieros y su vinculación con los programas delmismo;

IV. Vigilar la optimización del desarrollo delpersonal, así como de los recursos materiales yfinancieros asignados;

V. Formular y ejecutar programas demantenimiento permanente a las instalaciones,equipo, maquinaria y áreas verdes del Parque;

VI. Elaborar y presentar al Director General unInforme mensual de actividades;

VII. Requerir, en su caso, el auxilio de la fuerzapública para garantizar el orden respeto dentro delas instalaciones del Parque; y

VIII. Generar acciones para el mejoramiento,modernización, simplificación y optimización derecursos a través de la generación de proyectos; y

IX. Las demás que le confiera el DirectorGeneral.

Page 33: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 33Junio 14 de 2010

SECCION OCTAVA

De la Gerencia de Funeraria La Gloria

Artículo 31. La Gerencia de Funeraria La Gloriatendrá las funciones siguientes:

I. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluarlas actividades a cargo de Funeraria La Gloria;

II. Formular y proponer al Director General, elpresupuesto anual de ingresos y egresos, operarsu control contable, el flujo de recursos financierosy su vinculación con los programas del mismo;

III. Definir e implantar las normas y políticasnecesarias para el correcto funcionamiento de laFuneraria;

IV. Representar a la Funeraria ante autoridades,organismos públicos y privados;

V. Autorizar la adquisición de los bienesmuebles para el adecuado funcionamiento de laFuneraria;

VI. Coordinar y supervisar la eficiente prestaciónde los servicios, el uso adecuado de lasinstalaciones y el orden y disciplina en las áreasde la Funeraria;

VII. Vigilar la optimización del desarrollo depersonal, así como de los recursos materiales yfinancieros asignados; operar su control contable,el flujo de recursos financieros y su vinculación conlos programas del mismo;

VIII. Formular y presentar al Director Generalun informe mensual de actividades; y

IX. Generar acciones para el mejoramiento,modernización, simplificación y optimización derecursos a través de la generación de proyectos; y

X. Las demás que le confiera el Director General.SECCION NOVENA

De la Coordinación Jurídica

Artículo 32. La Coordinación Jurídica, tendrálas funciones siguientes:

I. Planear, organizar, normar, coordinar,supervisar y evaluar los servicios jurídicos y laaplicación de las disposiciones jurídicasrelacionadas con el Instituto;

II. Representar al Instituto para su defensajurídica en las gestiones judiciales, extrajudicialesy administrativas en los términos de los poderesotorgados;

III. Interponer las demandas judiciales, formularlos informes previos y justificados en los juicios deamparo, y promover los recursos de revisión, quejay reclamación de los casos donde el Instituto seaparte.

IV. Establecer los mecanismos decomunicación, coordinación y apoyo con lasunidades administrativas del Instituto para apoyarlosen el cumplimiento de las resoluciones judiciales oextrajudiciales;

V. Certificar y expedir copia de los documentosque obran en poder del Instituto;

VI. Sistematizar el marco jurídico e instrumentosnormativos relacionados con las atribuciones,funcionamiento y actividades del Instituto ymantenerlo actualizado;

VII. Asesorar jurídicamente a los órganos degobierno y unidades administrativas del Instituto;

VIII. Emitir opiniones y dictámenes de carácterlegal sobre los criterios de interpretación y aplicaciónde las normas jurídicas y reglamentarias que regulanlas actividades y funcionamiento del Instituto;

IX. Realizar y revisar los estudios y proyectosde reforma a la Ley y reglamentos que integran elmarco jurídico del Instituto;

X. Dictaminar, evaluar y registrar los conveniosy contratos que suscriba el Director General, delos que puedan derivarse derechos y obligacionesde carácter patrimonial;

XI. Realizar los actos necesarios para legalizarla adquisición, destino o enajenación de los bienesinmuebles del Instituto, así como intervenir en losasuntos de los que se deriven derechos yobligaciones a cargo del mismo;

XII. Llevar el archivo y mantener la custodia delos testimonios notariales que acrediten lospréstamos hipotecarios otorgados; y

XIII. Los demás que señalen otras disposicionesaplicables.

SECCION DECIMA

De la Coordinación de Informática

Artículo 33. La Coordinación de Informática,tendrá las funciones siguientes:

I. Planear, analizar, diseñar, desarrollar,implantar, actualizar, normar, coordinar, controlar,supervisar y mantener los sistemas, programas yprocedimientos en materia de informática delInstituto:

II. Mantenerse a la vanguardia en la cuestióntecnológica para proponer mejoras

III. Diseñar y operar los sistemas para captar,analizar y procesar la información que se genereen el Instituto;

IV. Asesorar a las unidades administrativas delInstituto en la utilización y manejo de equipos yprogramas de informática; y

VI. Los demás que señalen otras disposicionesaplicables.

SECCIÓN DECIMA PRIMERADe la Coordinación de Planeación

Artículo 34. La Coordinación de Planeación,tendrá las funciones siguientes:

I. Diseñar, elaborar, difundir, mantener yactualizar la planeación estratégica del Instituto;

II. Elaborar y asesorar los planes, programas yproyectos que le son solicitados.

Page 34: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 34 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

III. Elaborar el programa anual de trabajo delInstituto, con base a la coordinación de losprogramas de cada área y la planeaciónestratégica.

IV. Generar y dar seguimiento a la informacióndel Instituto para el Plan Estatal de Desarrollo;

V. Generar la información estratégica para latoma de decisiones, así como toda aquella que lesea solicitada por otras unidades administrativasinternas o externas;

VI. Asesorar a toda la organización en eldesarrollo de una cultura de equidad de género yde calidad en el servicio dentro de cada área; y

VII. Elaborar, diseñar, coordinar y distribuir laspublicaciones del Instituto, la cual tiene comofinalidad de difundir los planes programas, proyectosy logros, así como actividades de interés para losservidores públicos;

VIII. Los demás que señalen otras disposicionesaplicables.

SECCIÓN DECIMA SEGUNDA

De la Secretaría particular

Artículo 35. La Secretaría particular, tendrá lasfunciones siguientes:

I. Mantener en todo momento comunicaciónclara y directa con el (la) Director(a) Generalrespecto a las actividades realizadas y asuntospendientes;

II. Revisar escritos emitidos por el (la) Director(a)General.

III. Mantener confidencialidad, integridad y ordende la información, comunicados, mensajes para el(la) Director(a) General.

IV. Mantener en todo momento comunicaciónclara y directa con el personal del Instituto,principalmente con: Secretaria Director General,Directores de Área, Secretarias Directores,gerentes, Coordinadores, Jefes de Departamento;

V. Mantener en todo momento comunicaciónclara y directa con Secretarios particulares de todaslas Dependencias del Gobierno del Estado y en sucaso, del Gobierno Federal;

VI. Colaborar en los proyectos encargados porel (la) Director(a) General; y

VII. Generar información estratégica para latoma de decisiones, así como toda aquella que lesea solicitada por otras unidades administrativasinternas o externas;

VIII. Los demás que señalen otras disposicionesaplicables.

CAPITULO VDel Órgano de Vigilancia

Artículo 36. El Órgano de Vigilancia delInstituto se compondrá del Comisario Públicopropietario y su respectivo suplente, designados porla Contraloría General del Estado.

Artículo 37. El Órgano de Vigilancia tendrálas funciones siguientes:

I. Evaluar el desempeño general del Instituto,con base en los programas operativos anuales ylas funciones específicas que le asigna la Ley;

II. Vigilar el cumplimiento de las disposicioneslegales y reglamentarias aplicables al Instituto;

III. Cuidar que las inversiones y los recursosdel Instituto se destinen a los fines previstos en lospresupuestos y programas aprobados;

IV. Inspeccionar dos veces al año por lo menos,los libros, registros y demás documentos delInstituto, así como realizar arqueos de fondos yrevisión de las cuentas bancarias y de inversión;

V. Intervenir en la formación y revisión de losestados financieros del Instituto de fin de ejercicio,así como examinar la valuación actuarial, verificandola suficiencia de las aportaciones y el cumplimientode los programas anuales de constitución dereservas autorizadas por la Junta Directiva;

VI. Solicitar se convoque a sesiones ordinariaso extraordinarias de la Junta Directiva en caso deque lo juzgue pertinente;

VII. Asistir a las sesiones de la Junta Directiva,cuando sea citado a las mismas, en las que tendrávoz pero no voto;

VIII. Vigilar e informar limitadamente en cualquiertiempo las operaciones del Instituto; y

IX. Las demás que le encomiende la JuntaDirectiva.

Artículo 38. No podrán formar parte del Órganode Vigilancia, los servidores públicos del instituto,ni los parientes consanguíneos del Director Generalen línea recta sin limitación de grado, los colateralesdentro del cuarto y los afines dentro del segundo.

Artículo 39. Para el desempeño de susfunciones, el Órgano de Vigilancia podrá procurarsela información que requiera de las áreas del Instituto,debiendo éstas proporcionar los documentos e in-formes correspondientes.

Artículo 40. El Órgano de Vigilancia presentaráun informe anual a la junta sobre el ejercicio de susatribuciones.

Artículo 41. Cuando el Órgano de Vigilanciaencuentre alguna irregularidad en relación con lasinversiones, informes financieros, operaciones oservicios, de inmediato lo hará del conocimiento dela junta.

CAPITULO VIDe las Suplencias

Artículo 42. Por cada miembro propietario dela Junta se nombrará un suplente, el cual losubstituirá en sus faltas, y por ende, será el únicofacultado para participar con vos y voto en la Junta,siempre y cuando haya sido acreditado como talante todos los miembros de la Junta, mediante oficiofirmado por el miembro propietario y con la

Page 35: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 35Junio 14 de 2010

aceptación del suplente. Tratándose de losrepresentantes del Estado o Municipios, el suplentedeberá tener cuando menos nivel de DirectorGeneral o equivalente en la Administración PúblicaEstatal Centralizada.

Artículo 42. El Secretario que será el DirectorGeneral, será suplido en sus faltas por el servidorpúblico de primer nivel del Instituto que designe lajunta a propuesta del Secretario.

Artículo 43. Los directores, coordinadores ygerentes serán suplidos en sus faltas por el servidorpúblico del Instituto que designe el Director General.

T R A N S I T O R I O S :

ARTICULO PRIMERO: Este Reglamentoentrará en vigor al día siguiente de su publicaciónen el Periódico Oficial del Estado deAguascalientes.

SECCION DE AVISOSJUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

SAMUEL DURON GONZALEZ, promueve anteeste juzgado en la Vía de Procedimiento Especialde Rectificación de su acta de nacimiento, en laque se asentó su nombre como MANUEL DURANGONZALEZ, debiendo ser lo correcto SAMUELDURON GONZALEZ.

Convóquese personas que se crean con dere-cho a oponerse a este juicio, presentarse a estejuzgado a deducirlo y justificarlo mientras no hayasentencia ejecutoria.

Expediente número 542/2010.Aguascalientes, Ags., 14 de mayo de 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JENNIFFER PEREZ VARGAS. (A 1049909)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Ante este Juzgado promueve FLOR TERESACALVILLO RAMIREZ, en la Vía PROCEDIMIENTOESPECIAL (RECTIFICACION DE ACTA) la rectifi-cación del acta de su nacimiento en la que se asen-tó erróneamente el nombre de la madre como TE-RESA RAMIREZ PALACIOS, siendo que su nom-bre correcto es MA. TERESA RAMIREZ PALACIOS.

Convóquese personas créanse derecho oponer-se presente juicio, presentarse ante este juzgadoa deducirlo y justificarlo antes de que exista sen-tencia ejecutoriada.

ARTICULO SEGUNDO: Se abroga elReglamento Orgánico del Instituto de Seguridad yServicios Sociales para los Servidores Públicos delEstado de Aguascalientes, publicado en el PeriódicoOficial del Estado de Aguascalientes, en fecha 8de mayo de 2006.

ARTICULO TERCERO: Este Reglamento fueaprobado por la H. Junta Directiva del Instituto deSeguridad y Servicios Sociales para los ServidoresPúblicos del Estado de Aguascalientes, por acuerdonúmero 78.6.c.2010, dado en sesión ordinarianúmero 78, de fecha 31 de mayo de 2010.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DESEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES PARALOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO

DE AGUASCALIENTESING. OSCAR ARMANDO GONZALEZ MUÑOZ

Expediente número 413/2010.Rincón de Romos, Aguascalientes a 8 de mayo

del 2010.LA C. SECRETARIA,

LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1049640)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Ante el Juzgado Mixto de Jesús María,Aguascalientes, promueve MARIA DE JESUSMORALES DIAZ, en la Vía de Procedimiento Es-pecial, la rectificación del acta de su matrimonio,la cual obra inscrita ante el Oficial del Registro Civilde Ignacio Zaragoza, Jesús María, Aguascalientes,registrada bajo el número 1, del libro número 1, enel acta número 1, en fecha trece de enero de milnovecientos sesenta y dos, manifestando que seasentó erróneamente el nombre de la suscrita comoMARIA MORALEZ DIAZ, siendo lo correcto MARIADE JESUS MORALES DIAZ.

Convóquense personas créanse derecho a opo-nerse al juicio, presentarse ante el juzgado a dedu-cirlo y justificarlo antes de que exista sentenciaejecutoria.

Expediente número 146/2010.Jesús María, Aguascalientes, a 1° de junio de

2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1050098)

Page 36: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 36 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Ante este juzgado promueve BLANCA ESTE-LA RAMIREZ MORENO, en la Vía PROCEDIMIEN-TO ESPECIAL (RECTIFICACION DE ACTA), la rec-tificación del acta de mi matrimonio en la cual seasentó en forma errónea el lugar de mi nacimientocomo El Chayote, Tepezalá, Ags., siendo lo co-rrecto Netzahualcóyotl, México.

Convóquense personas créanse derecho opo-nerse presente juicio, presentarse ante este juzga-do a deducirlo y justificarlo antes de que existasentencia ejecutoriada.

Expediente número 923/2009.Rincón de Romos, Aguascalientes, 19 de octu-

bre de 2009.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1049009)

JUNTA ESPECIAL NUMERO 1 DE LALOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNODEL ESTADO DE AGUASCALIENTESEXP. JUNTA ESPECIAL 1NUM. 0984/2002-1JOSE GUADALUPE LUCIO FAVELAVs. OPERADORA DE HOTELES LA MOA,S.A. DE C.V. y OTROS.Aguascalientes, Aguascalientes, a jueves 22 de

abril de 2010.En el expediente laboral 984/2002-1, promovi-

do por el C. JOSE GUADALUPE LUCIO FAVELAen contra de OPERADORA DE HOTELES LA MOA,S.A. DE C.V., GUILLERMO JAVIER MONTANTETORRES, MANUEL PERDIZ FRANCISCO, MA-NUEL PERDIZ STROBEL y la fuente de trabajoubicada en la casa marcada con el número 865 delBoulevard Adolfo Ruiz Cortines, de la colonia San-ta Elena, de esta ciudad, a las TRECE HORASCON TREINTA MINUTOS DEL DIA SEIS DE SEP-TIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ, se rematará en estejunta el siguiente bien:

1.- Inmueble identificado como lote número dos,resultante de una subdivisión, con una superficietotal de 4,227.20 metros cuadrados, con las siguien-tes medidas y colindancias:

Al ORIENTE.- En 165.00 centímetros, linda conla fracción número dos.

Al SUR.- En 40.00 metros, linda con el dere-cho de vía de la carretera Aguascalientes-Calvillo.

Al NOROESTE.- En 66.00 metros, linda conJuan Márquez.

Al SUROESTE.- en 112.00 metros, linda conpredio 1, resultante de la subdivisión.

DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE: Motely/o hotel, de dos pisos, con edad de construcciónde 15 años aproximadamente, con construcción dehabitaciones tipo media, en regular estado de con-servación, con vida probable de la construcción de45 años.

Al citado inmueble anteriormente descrito se leasignó un valor pericial de $ 34’790,000.00 (TREIN-TA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVEN-TA MIL PESOS 00/100 M.N.), por lo que confundamento en los Artículos 970 y 973 de la LeyFederal del Trabajo, por tratarse de tercera almo-neda se le asigna una postura legal de$14'843,733.33 (CATORCE MILLONES OCHO-CIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOSTREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.), que cu-bre las dos terceras partes del avalúo rendido porel perito.

Convóquese postores en segunda almoneda.Aguascalientes, Ags., a 22 de abril del año 2010.

EL C. SECRETARIO GENERAL DE LA JUNTAESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCI-LIACION Y ARBITRAJE,LIC. FLAVIO ENRIQUE TORRES SANTOS. (A 1049774)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente número 1223/1998, relativo al

Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido porJOSE ENRIQUE ANTONIO POPOCA RUIZ, en con-tra de MANUEL RUIZ SERNA y MARTINARUVALCABA PEREZ se rematará en el local deeste juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA VEIN-TITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, elsiguiente bien inmueble:

"Ejido El Ocote, Aguascalientes, manzana 20,lote 3, con una superficie de 2019.00 metros cua-drados y con las siguientes medidas y linderos:NORESTE 9.86 metros en línea quebrada con so-lar 2; 34.25 metros con solar 1; SURESTE 51.66metros con calle sin nombre; SUROESTE 13.91metros con privada sin nombre; 26.78 metros enlínea quebrada con solar 6; NOROESTE 45.48metros con calle sin nombre".

Postura legal: TRESCIENTOS TREINTA YTRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PE-SOS 33/100 Moneda Nacional, cantidad que cubrelas dos terceras partes del precio del avalúo.

Aguascalientes, Aguascalientes, a treinta y unode mayo del año dos mil diez.

EL C. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. GENARO TABARES GONZALEZ. (A 1049784)

Page 37: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 37Junio 14 de 2010

A V I S O NOTARIALRelativa a la testamentaria a bienes de: EULALIA

SAUCEDO TOVAR.LIC. ENRIQUE MARTINEZ MACIAS, Notario

Público Supernumerario en ejercicio actuando enel protocolo de la Notaría Veintinueve de las delEstado de la cual es titular la LIC. ERNESTINALEON RODRIGUEZ, Certifico, que comparecieronante mí los señores JUAN, MARIA GRACIELA,MARGARITA, MA. CARMEN, MODESTO,YOLANDA, DELIA, NORMA LETICIA y ELVIAVERONICA todos de apellidos comunes LOPEZSAUCEDO, esta última por su propio derecho ycomo apoderada de su hermana MA. TERESALOPEZ SAUCEDO, en escritura pública número27007, volumen CDLIV, quienes me exhiben losdocumentos a que se refiere el Artículo 775 delCódigo de Procedimientos Civiles vigente en elEstado y conforme a lo establecido por el Artículo774 del mismo ordenamiento, declaran que no ha-biendo controversia alguna, opta por la tramitaciónante notario y manifiestan: I.- Que los señores Juan,María Graciela, Margarita, Ma. Carmen, Modesto,Yolanda, Delia, Norma Leticia y Elvia Verónica, to-dos de apellidos comunes López Saucedo, estaúltima por su propio derecho y como apoderada desu hermana Ma. Teresa López Saucedo, recono-cen sus derechos hereditarios derivados del testa-mento otorgado por la de cujus señores EULALIASAUCEDO TOVAR.- II.- Que aceptan la herencia.-III.- Que la Testadora designó como Albacea, de lasucesión a la señora Elvia Verónica López Saucedo,quien acepta el cargo y desde luego protesta sufiel y legal desempeño.- IV.- Que procederá el Alba-cea a practicar el inventario de los bienes.

Lo anterior se publica para dar cumplimiento alArtículo 775 del Código de Procedimientos Civilesvigente en el Estado.

Aguascalientes, Ags., a 26 de mayo del 2010.Lic. Enrique Martínez Macías,

Notario Público Supernumerario a cargo de laNotaría Número Veintinueve.

(B 505177)

JUZGADO PRIMERO DE O CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

PEDRO TRUJILLO VALDEZ:Que en el expediente número 965/2008 relativo

al Juicio HIPOTECARIO promovido por CAJA PO-PULAR MEXICANA S.A.P. en contra de PEDROTRUJILLO VALDEZ y GISELA EDITH HERNANDEZIZQUIERDO, se le cita a través de este edicto paraque comparezca ante este juzgado a las DIEZHORAS DEL DIA DIECISIETE DE JUNIO DEL DOSMIL DIEZ, día y hora que han sido señalados parala continuación de la audiencia a fin de que absuel-va posiciones, bajo apercibimiento que de no com-

parecer ni justificar la causa legal de su inasistenciase les tendrá por confesos de todas aquellas posi-ciones que previamente fueren calificadas de lega-les.- Lo anterior de conformidad con lo dispuestopor los Artículos 270, 275, fracción I del Código deProcedimientos Civiles.

Aguascalientes, Ags., a 28 de mayo del dosmil diez.LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. XOCHITL LOPEZ PEREZ. (A 1050837)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

MA. RAQUEL TAVAREZ TOVAR, promueveante este H. Juzgado en la Vía de Procedimien-to Especial sobre Rectificación de acta de naci-miento de sus hijos JAZMIN YESENIA, JUANFRANCISCO y GUADALUPE JOCELYN de apelli-dos MARTINEZ TAVAREZ, en las que se asentóincorrectamente el nombre de la madre RAQUELTAVAREZ TOVAR, siendo lo correcto MA. RAQUELTAVAREZ TOVAR.

Convóquese personas créanse derecho a opo-nerse a este juicio, presentarse a este juzgado adeducirlo y justificarlo mientras no haya sentenciaejecutoria.

Expediente número 155/2010.Aguascalientes, Ags., 26 de mayo de 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. ELSA MAGALI VAZQUEZ MARQUEZ. (A 1050857)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

JUAN PABLO ZUÑIGA MARTINEZ, promueveen este Juzgado Vía de Procedimiento Especial,nulidad del segundo registro de acta de nacimientoel cual fue realizado el día seis de abril de mil nove-cientos setenta y nueve ante la partida número 2374,lo que constituye un error, debiendo existir el pri-mero, llevado a cabo el ocho de marzo de mil nove-cientos setenta y nueve, ante la partida número514, que es lo correcto.- Convóquese a las perso-nas que se crean con derecho a oponerse a estejuicio, presentarse a este juzgado a deducirlo y jus-tificarlo mientras no haya sentencia ejecutoria.

Expediente número 1213/2007.Aguascalientes, Ags., a trece de mayo del año

dos mil diez.EL C. SECRETARIO,

LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1050040)

Page 38: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 38 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAJESUS MARIA, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 1246/2008 relativo alJuicio HIPOTECARIO, promovido por CERVEZACORONA EN AGUASCALIENTES, en contra deJAVIER LANDEROS ROMO y MARIA GABRIELASILVA VALDIVIA, remátese en el local de este juz-gado a las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTICUATRODE JUNIO DE DOS MIL DIEZ, el siguiente bien:

Inmueble ubicado en el lote número trece, ubi-cado en el punto denominado Maravillas de Arriba,Jesús María, Aguascalientes, con una superficiede DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CUA-DRADOS con las siguientes medidas ycolindancias: Al NORTE, en quince metros, lindacon camino vecinal; al SUR, en quince metros veintecentímetros, con la calle de acceso; al ORIENTE,en catorce metros, con lote número catorce; y alPONIENTE, en dieciséis metros, con lote númeroonce. Siendo postura legal la cantidad de CIENTOVEINTE MIL PESOS 00/100 Moneda Nacional, quecubre las dos terceras partes del precio de su ava-lúo.

Convóquense postores.Jesús María, Aguascalientes, a 1° de junio de

2010.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. GLORIA ANDRADE VARGAS. (A 1050525)

A V I S O NOTARIAL

TRAMITACION NOTARIAL TESTAMENTARIA abienes de la señora JUANA LOZANO también co-nocida como JUANA LOZANO VIUDA DE PADILLA,con fundamento en los Artículos 774 y 775 del Có-digo de Procedimientos Civiles vigente para el Es-tado.

Hago del conocimiento público que el señorFERNANDO PADILLA LOZANO en su carácter deALBACEA, así como la señora MA. GUADALUPEPADILLA LOZANO también conocida como MARIAGUADALUPE PADILLA LOZANO, ambos en sucarácter de HEREDEROS de la sucesión mencio-nada, desean que se tramite extrajudicialmente laTESTAMENTARIA A BIENES de la señora JUANALOZANO también conocida como JUANA PADILLAVIUDA DE LOZANO, exhibiendo los documentosreferidos en el Artículo 775 del citado ordenamientolegal, por lo que fue levantada el acta correspon-diente bajo el número DIECINUEVE MIL volumenQUINIENTOS SESENTA Y NUEVE, de fecha vein-tiséis de mayo del dos mil diez, pasada ante la fedel suscrito Notario, en la que me manifestaron:

I.- Toda vez que, en la disposición testamenta-ria mencionada la testadora instituyó como UNI-COS y UNIVERSALES HEREDEROS a sus hijos

FERNANDO PADILLA LOZANO y MA.GUADALUPE PADILLA LOZANO también conoci-da como MARIA GUADALUPE PADILLA LOZANO,mismos que HAN ACEPTADO la herencia que seinstituyó en su favor.

II.- La testadora designó como ALBACEA de lasucesión, a su hijo el señor FERNANDO PADILLALOZANO, quien manifestó haber ACEPTADO dichonombramiento y PROTESTADO desempeñarlo fiely legalmente.

III.- Que se ha declarado la validez del testa-mento conforme a la ley, toda vez que se han cum-plido los requisitos previstos para ello.

IV.- Que se procederá a practicar el inventario yavalúo de los bienes.

Aguascalientes, Ags., a treinta y uno de mayodel dos mil diez.

Lic. Gerardo Dávila Díaz de León,Notario Público Número Veintitrés.

(B 508812)

JUZGADO SEXTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 521/2005, relativo alJuicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido porRAMON GAYTAN CRUZ, en contra de ARNULFOTOVAR VAZQUEZ y MARIA TERESA GALLARDOGOMEZ, sáquese a remate a las NUEVE HORASCON TREINTA MINUTOS DEL DIA CINCO DE JU-LIO DEL DOS MIL DIEZ el siguiente bien:

"Casa marcada con el número trescientos die-ciséis, actualmente mil novecientos dos de la calleProfesor Gámez Orozco de la Colonia Altavista, deesta ciudad, con una superficie de noventa metroscuadrados y las siguientes medidas y colindancias:Al NOROESTE, en cinco metros, ochenta centí-metros, linda con la calle de su ubicación; al SUR,en cinco metros, con Francisco Díaz; al ORIENTE,en veinte metros, con los lotes números cuatro,cinco y seis; al PONIENTE, en dieciséis metros,con Juan Rodríguez, antes con Agustina Muñoz dePlácido.

Postura legal: CIENTO SETENTA Y TRES MILTRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 99/100 en M.N., cantidad que cubre las dos terceraspartes del precio del avalúo, con la primera rebajade Ley.

Convóquense postores.Aguascalientes, Aguascalientes, a 7 de junio

del 2010.LA C. SEGUNDA SECRETARIA,

LIC. ANA GLORIA GARCIA ORTIZ. (A 1050530)

Page 39: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 39Junio 14 de 2010

A V I S O NOTARIAL

Con fundamento en los Artículos 774 y 775 delCódigo de Procedimientos Civiles del Estado deAguascalientes, Yo Licenciada Graciela Gonzálezdel Villar, Notaria Pública número 32 de los delEstado, hago del conocimiento público que en elinstrumento número 26,719 volumen 490, de fechaveinte de mayo del 2010, del protocolo a mi cargo,se asentó a solicitud de la señora JOSEFINAMACIAS MEDRANO, la aceptación del cargo dealbacea y heredera universal mismo que protestódesempeñar fiel y legalmente y la aceptación de laherencia en su favor, respecto de los bienes de lasucesión testamentaria del señor J. BENITO DELIRA MELENDES.- Doy fe.

Aguascalientes, Ags., 20 de mayo del 2010.Lic. Graciela González del Villar,

Notaria Número 32. (A 1050112)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

C. JESUS GUILLERMO LIMON RIVAS:Se le cita para que comparezca ante este Juz-

gado a las TRECE HORAS DEL DIA VEINTICINCODE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, a la audienciaprevista por el Artículo 680 del Código de Procedi-mientos Civiles del Estado, en la que se dará aconocer el nombre del albacea nombrado en el tes-tamento que otorgó MARIANA RIVAS CASTA-ÑEDA.

Expediente número 184/2009.Aguascalientes, Ags., a 3 de junio del 2010.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1051031)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

CAROLINA DELGADO MIRANDA promueveante este H. Juzgado en la Vía de ProcedimientoEspecial la Rectificación de su Acta de nacimientoen la que se asentaron incorrectamente el nombrede su padre como JESUS DELGADO GONZALEZ,siendo lo correcto J. JESUS DELGADOGONZALEZ, el nombre de su abuelo paterno comoJOSE CRUZ DELGADO, siendo lo correcto J. CRUZDELGADO; el nombre de abuela materna como MA.ESTRADA ZAMORA, siendo lo correcto MARIAESTRADA ZAMORA.

Convóquese personas créanse derecho a opo-nerse a este juicio, presentarse a este juzgado a

deducirlo y justificarlo mientras no haya sentenciaejecutoria.- Expediente número 451/2010.

Aguascalientes, Ags., 4 de mayo de 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (B 509458)

A V I S O NOTARIAL

PEDRO, JOSE, ANTONIO y OFELIA de apelli-dos SERNA DURAN, así como ERIKA SERNA, entérminos de los Artículos 774, 775 y 776 del Códi-go de Procedimientos Civiles vigente en el Estado,han solicitado mi intervención para tramitarextrajudicialmente las sucesiones testamentariasa bienes de sus padres el señor PEDRO SERNARODRIGUEZ y su madre la señora AVELINA DU-RAN FRAUSTO.

Asimismo en términos de lo dispuesto en lostestamentos públicos abiertos otorgados por losautores de las sucesiones, aceptan la herencia ensu calidad de legatarios en la forma y porcionesque se establecen y asimismo la señora ERIKASERNA, acepta el cargo de albacea, protestandocumplir fiel y legalmente con el mismo.

Aguascalientes, Ags., a ocho de junio del añodos mil diez.

Lic. Guillermo G.G. Ballesteros Guerra,Notario Público Número Uno.

(A 1050963)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Ante este juzgado promueve en representacióndel menor JOSE ALONZO AVILA PALACIO LA C.MA. DE LAS NIEVES PALACIO SOLEDAD, en laVía PROCEDIMIENTO ESPECIAL (RECTIFICA-CION DE ACTA DE NACIMIENTO), en la cual elatestado del menor se asentó en forma errónea elnombre de la madre como MARIA DE LAS NIE-VES PALACIOS SOLEDAD, siendo lo correcto MA.DE LAS NIEVES PALACIO SOLEDAD; de igualmanera se asentó erróneamente el apellido delmenor como PALACIOS siendo el correcto PALA-CIO, es decir que su nombre correcto es JOSEALONZO AVILA PALACIO.

Convóquese personas créanse derecho oponer-se presente juicio, presentarse ante este juzgadoa deducirlo y justificarlo antes de que exista sen-tencia ejecutoriada.- Expediente número 399/2010.

Rincón de Romos, Aguascalientes, 18 de mayode 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1051161)

Page 40: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 40 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO CIVILAGUASCALIENES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

JOSE NICOLAS PALOS ALEMAN y MA. DEJESUS PEDROZA DELGADO:

Con fundamento en los Artículos 270, 256, 275fracción I y 279 del Código de Procedimientos Civi-les vigente para el Estado, se le cita para que com-parezca personalmente ante este juzgado a lasNUEVE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE JU-NIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, a absolver las posi-ciones que previamente se califiquen de legales,apercibidos que en caso de no comparecer ni justi-ficar la causa legal de su inasistencia serán decla-rados confesos de aquellas posiciones que previa-mente sean calificadas de legales, lo anterior den-tro del expediente número 1604/2004, relativo aljuicio UNICO CIVIL promovido por el SCRAP II SO-CIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DECAPITAL VARIABLE en contra de JOSE NICOLASPALOS ALEMAN y MA. DE JESUS PEDROZADELGADO.Aguascalientes, Ags., a 3 de junio del año 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. BLANCA ESTHELA SOLIS LOPEZ. ( B 509668)

JUZGADO TERCERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

Que en el expediente número 1518/2009, rela-tivo al Juicio HIPOTECARIO, promovido por INSTI-TUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDAPARA LOS TRABAJADORES en contra dePATRICIA HERNANDEZ ORTEGA, remátese en ellocal de este juzgado a las TRECE HORAS DELDIA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MILDIEZ, del siguiente bien inmueble:

Ubicado en calle Fischer, número 121-b, plantabaja, del condominio número seis, manzana siete-C, del conjunto denominado "Condominios Lomasdel Ajedrez", sección tercera, de esta ciudad, conuna superficie de sesenta y tres metros ochocien-tos decímetros cuadrados y las siguientes medi-das y colindancias:

Al NORTE, tres metros un centímetro, en dosmetros trece centímetros y en dos metros nove-cientos sesenta y cinco milímetros, con área co-mún y pasillo; al ESTE, en once metros ochocien-tos cincuenta milímetros, con departamento A; alSUR, en cinco metros novecientos setenta y cincomilímetros, con el lote número veintitrés; al OES-TE, en nueve metros setenta y cuatro centímetros,con el lote número cinco, arriba con departamentoD de este condominio y abajo con cimentación.

Postura legal: NOVENTA Y TRES MIL TRES-CIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 Mo-neda Nacional.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a 28 de mayo del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. BLANCA ESTHELA SOLIS LOPEZ. (A 1051152)

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVILAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 833/2009, relativo alJuicio HIPOTECARIO, promovido por GUILLERMINAMARTINEZ LARA, en contra de BEATRIZ BECE-RRA GARCIA, rematarse en el local de este juzga-do a las DOCE HORAS DEL DIA VEINTIUNO DEJUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, el siguiente bien:

"Inmueble ubicado en el Fraccionamiento VillaLas Palmas segunda sección, calle ProlongaciónAvenida Ixtláhuatl número 1133, manzana 10, lote2, con una superficie de 101.78 metros cuadradosy con las siguientes medidas y linderos: NORES-TE 6.25 metros con calle Prolongación AvenidaIxtláhuatl, NOROESTE 17.88 metros con lote 1;SURESTE 16.11 metros con lote 3; SUROESTE6.00 metros con lote 34".

Postura legal la cantidad de NOVENTA Y CUA-TRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS66/100 M.N., que cubre las dos terceras partes delprecio del avalúo.- Convóquense postores.

Aguascalientes, Ags., 31 de mayo de 2010.

LA C. SECRETARIA,JOSEFINA ZAVALA SAUCEDO. (B 508580)

A V I S O NOTARIAL

De conformidad con lo establecido por el Ar-tículo 774 y demás relativos del Código de Procedi-mientos Civiles vigente en el Estado deAguascalientes, el que suscribe: LICENCIADOSALVADOR MARTINEZ SERNA, Notario PúblicoNúmero Cuarenta y Dos, en ejercicio de los delEstado, por este conducto doy a conocer que confecha 8 de junio de 2010, se R A D I C O , en estaNotaría a mi cargo la Sucesión Testamentaria a bie-nes del C. ISAIAS GARCIA ESPARZA en el cual laC. AGUSTINA DIAZ JAUREGUI aceptó el cargo dealbacea protestando cumplirlo fiel y legalmente,procediendo a practicar el inventario, los avalúos yla adjudicación de los bienes correspondientes,asimismo reconoce y acepta sus derechos heredi-tarios.

Calvillo, Ags., a 8 de junio de 2010.A t e n t a m e n t e

Lic. Salvador Martínez Serna,Notario Público Número Cuarenta y Dos.

(A 1051185)

Page 41: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 41Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO CIVILAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 1287/2009, relativo aljuicio HIPOTECARIO, promovido por BANCASANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA,INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FI-NANCIERO SANTANDER, en contra de JESUSMARQUEZ IBARRA y MA. DEL CONSUELO LUNADE LIRA DE MARQUEZ, remátese en el local deeste juzgado a las TRECE HORAS DEL DIA SEISDE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, el siguienteinmueble:

Ubicado en calle General Antonio I. Villarrealnúmero 211, Fraccionamiento Soberana ConvenciónRevolucionaria de esta ciudad, lote 28, manzana19, con una superficie de 90.00 metros cuadrados,y las siguientes medidas y colindancias: Al NOR-TE, en 15.00 metros con lote 29, al SUR, en 15.00metros con lote 27; al ORIENTE, en 6.00 metroscon lote 12; y al PONIENTE, en 6.00 metros concalle General Antonio I. Villarreal.

Postura legal: CIENTO SETENTA Y CUATROMIL PESOS 00/100 M.N.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a 2 de junio del año 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (A 1051612)

JUZGADO SEXTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 725/2006, relativo alJuicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido porINFONAVIT, en contra de GUILLERMO CRISANTOLOPEZ AQUINO y LAURA VELAZQUEZ FRANCO,sáquese a remate a las OCHO HORAS CONTREINTA MINUTOS DEL DIA SEIS DE JULIO DELDOS MIL DIEZ, el siguiente bien:

"Casa habitación marcada con el número cien-to cuarenta y dos de la calle Balcón de la Plata,lote cincuenta y uno, manzana cuatro, del Fraccio-namiento Balcones de Ojocaliente de esta ciudadde Aguascalientes’’, con las siguientes medidas ycolindancias:

Al NORTE: en 16.51 metros con lote 52.Al SUR. en 17.51 metros con lote 50.Al ORIENTE: en 6.00 metros con lote 57.Al PONIENTE, en 6.00 metros con calle Bal-

cón de La Plata.Postura legal: DOSCIENTOS TRES MIL TRES-

CIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 en

M.N., cantidad que cubre las dos terceras partesdel precio del avalúo.

Asimismo se le notifica a los demandados lasCESIONES DE DERECHOS realizadas por el INS-TITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIEN-DA PARA LOS TRABAJADORES a SCRAP II, S.DE R.L. DE C.V., acreditada dentro del TestimonioNotarial Público número veinticuatro mil ciento cua-renta y tres, volumen CDLIV, de fecha dieciséis dejunio del dos mil nueve, otorgado ante la fe de laLicenciada GRACIELA GONZALEZ DEL VILLAR,Notario Público número treinta y dos de los delEstado.

Así como la que le hace SCRAP II, S. DE R.L.DE C.V. a OPERADORA INMOBILIARIA KRISTAL,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,acreditada dicha cesión con la copia certificada delinstrumento notarial número veinticinco mil seiscien-tos setenta y seis, volumen CDLXXVI, de fecha diezde enero del dos mil diez, otorgado ante la fe delNotario Público número treinta y dos de los delEstado, Licenciada GRACIELA GONZALEZ DELVILLAR.- Convóquense postores.

Aguascalientes, Aguascalientes, a 9 de juniodel 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. ANA GLORIA GARCIA ORTIZ. (B 509981)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONQue en el expediente número 2078/2007 relati-

vo al Juicio Hipotecario promovido por INSTITUTODEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARALOS TRABAJADORES en contra de MARCO AN-TONIO GONZALEZ GALICIA, se rematará a lasTRECE HORAS DEL DIA DIECIOCHO DE JUNIODE DOS MIL DIEZ, el siguiente bien:

Casa habitación ubicada en el Fraccionamien-to Pozo Bravo sector sur, manzana doce, lote vein-ticinco, con superficie de noventa metros cuadra-dos y con las siguientes medida y linderos: al NOR-TE, en seis metros con calle Pozo de Platino; alSUR, en seis metros con lote treinta y tres; alORIENTE, en quince metros con lote veintiséis; alPONIENTE, en quince metros con lote veinticua-tro.

Fijándose como postura legal la cantidad de$173,333.33 (CIENTO SETENTA Y TRES MILTRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100Moneda Nacional), que cubre las dos terceras par-tes del avalúo.

Convóquese a postores.Aguascalientes, Ags,. a 3 de junio de 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. (A 1051781)

Page 42: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 42 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

A V I S O NOTARIAL

Para los efectos legales a que haya lugar y entérminos del artículo 775 del Código de Procedi-mientos Civiles vigente en el Estado deAguascalientes, yo Licenciado José Luis Serna deLara, Notario Público Número Catorce de los delEstado, hago del conocimiento público que en elinstrumento público número 34,195, volumen 611,de fecha 26 de mayo de 2010, de mi protocolo, seasentó el reconocimiento de la validez de testa-mento, la aceptación de la herencia, por parte delos señores EDGAR, SERGIO, MA. ISABEL, CAR-LOS HORACIO, HORTENCIA JUDITH, JORGE,CUAUHTEMOC, todos ellos de apellidos GOMEZGUZMAN, así como la aceptación del cargo de al-bacea por parte del señor JORGE GOMEZGUZMAN, quien protestó desempeñar fielmentedicho encargo. Lo anterior en la sucesión testa-mentaria extrajudicial a bienes de la señora MA.ISABEL GUZMAN MARTINEZ, quien falleció enAguascalientes en fecha 10 de mayo de 2010, otor-gando testamento público abierto en escritura nú-mero 32,697, volumen 571 de fecha 16 de julio de2009, otorgado ante la fe del suscrito notario.

Aguascalientes, Ags., 26 de mayo de 2010.

A t e n t a m e n t e

Lic. José Luis Serna de Lara,Notario Público Número Catorce.

(B 505604)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 603/2009 relativo aljuicio que en el PROCEDIMIENTO ESPECIAL (ALI-MENTOS PROVISIONALES y DEFINITIVOS) quepromueve YOLANDA SOSA MARTINEZ en contrade JOSE DE JESUS PONCE VAZQUEZ, se rema-tará en el local de este juzgado a las TRECE HO-RAS DEL DIA DIECIOCHO DE JUNIO DEL AÑODOS MIL DIEZ, el cincuenta por ciento, con rebajadel diez por ciento de la tasación del siguiente bieninmueble:

Ubicado en San José de las Laborcillas,Aguascalientes con una superficie de cien hectá-reas, y las siguientes medidas y colindancias: AlORIENTE, en mil setecientos sesenta y cinco me-tros, con Antonio Chávez; al SUROESTE, en sete-cientos treinta y dos metros con Mario Esqueda; alPONIENTE, en mil ciento noventa y dos metroscon Juan Esqueda; al NOROESTE, en trescientosveinte metros, con Isidro Rodríguez; al NORTE, encuatrocientos ocho metros, con EncarnaciónEsqueda; mismo que se encuentra registrado bajoel número 32, del libro 3792 de la sección primeradel Municipio de Aguascalientes.

Siendo postura legal del bien inmueble la canti-dad de UN MILLON CINCUENTA MIL PESOS Mo-

neda Nacional, que cubre las dos terceras partesdel cincuenta por ciento del precio del avalúo.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a treinta y uno de mayo

del año dos mil diez.EL C. SECRETARIO,

LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1051343)

A V I S O NOTARIAL

Ante mí LIC. JESUS ARMANDO AVILA GUEL,Notario Público Número Nueve de los del Estado, ypor medio del Acta número 28,104 VolumenDCCCLXXXIX de mi Protocolo, se presentaron antemí, las señoras VERONICA PATRICIA CALDERONPEREZ y MARIA FERNANDA CALDERON PEREZ,también conocida como MA.FERNANDA CALDE-RON PEREZ, en su carácter de UNICAS Y UNI-VERSALES HEREDERAS y la señora MA. DEJESUS ESPARZA ROMO, en su carácter de AL-BACEA, y declaran que reconocen los derechoshereditarios que les corresponden en la SUCESIONTESTAMENTARIA a bienes de la señorita PATRICIAELENA CALDERON ROMO, quien falleció en estaciudad de Aguascalientes con fecha 26 de julio delaño 2008. La presente se hace de conformidad conel Artículo 774 y demás relativos del Código de Pro-cedimientos Civiles vigente en el Estado.

Aguascalientes, Ags., a 6 de junio del 2010.

A t e n t a m e n t e .Lic. Jesús Armando Avila Guel,Notario Público Número Nueve.

(B 509799)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

SOCORRO ORTEGA MARTINEZ promueveante este H. Juzgado en la Vía de ProcedimientoEspecial la Rectificación de su Acta de matrimonioen la que se asentaron incorrectamente su nombrecomo MA. SOCORRO ORTEGA MARTINEZ sien-do lo correcto SOCORRO ORTEGA MARTINEZ, elnombre de su suegro como FELICIANO MUÑOZGOMEZ siendo lo correcto FELICIANO MUÑOZROMO de nacionalidad MEXICANA dato que fueomitido.

Convóquese personas créanse derecho a opo-nerse a este juicio, presentarse a este juzgado adeducirlo y justificarlo mientras no haya sentenciaejecutoria.- Expediente número 489/2010.

Aguascalientes, Ags., 19 de mayo de 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (A 1051829)

Page 43: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 43Junio 14 de 2010

JUZGADO NOVENO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente 134/2009, relativo al Juicio

HIPOTECARIO, promovido por INSTITUTO DELFONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOSTRABAJADORES en contra de MANUEL RIVASGAYTÁN Y ANA ISABEL VILLANUEVA ESPINO-SA, remátese en el local de este Juzgado a lasTRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍAVEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ,el siguiente bien inmueble:

"Departamento ubicado en calle Paseo del Jil-guero, edificio 4MH, departamento nueve, lote nue-ve, manzana 4-101-4, Infonavit Pilar Blanco de estaciudad, con una superficie de 54.43 metros cua-drados , con las siguientes medidas y colindancias:AL NORTE, en 8.62 metros con vacío; AL SUR; en2.77 metros con área común, en 1.80 metros conárea común, en 3.00 metros con pasillo y escale-ra, en 2.55 metros con área común, en 2.85 me-tros con área común; AL ORIENTE, en 5.70 me-tros con departamento once; y al PONIENTE, en5.70 metros con vacío, arriba con departamento tre-ce, abajo con departamento cinco".

Postura legal: $ 83,333.33 (OCHENTA Y TRESMIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M.N.) que comprende las dos terceras partesdel precio del avalúo.- Convóquense postores.

El inmueble cuenta cion adeudos fiscales queascienden a la cantidad de $ 122.00 (CIENTO VEIN-TIDOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), mis-mos que serán retenidos al adjudicarse el mismo.

Aguascalientes, Ags., a diez de junio del añodos mil diez.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. FABIOLA MORALES ROMO. (A 1051795)

JUAZGADO OCTAVO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

ANGEL VAZQUEZ DIAZ DE LEON, promueveante este Juzgado Diligencias de Jurisdicción Vo-luntaria Ad Perpetuam, a efecto de acreditar quepor prescripción positiva se ha convertido en pro-pietario del siguiente bien inmueble:

TERRENO UBICADO en el predio ubicado enel camino a San Antonio de las Rosas municipiodel Llano Aguascalientes, con una superficie totalde 17,692.00 metros cuadrados, con las siguien-tes medidas y colindancias:

AL NORTE: en 377.50 metros colinda con elseñor Luis Murillo quien tiene su domicilio en elpropio predio colindante.

AL SUR: en 377.50 metros colinda con el se-ñor Arón González Murillo quien tiene su domicilioen el propio predio colindante.

AL PONIENTE: en 46.70 metros con EduardoPadilla Murillo quien tiene su domicilio en el propiopredio colindante.

AL ORIENTE: en 49.20 metros linda con Sra.Martina Flores esposa del señor Leonardo GonzálezMurillo quien tiene su domicilio en el propio prediocolindante.-

Convóquense personas, créanse derecho aoponerse a estas diligencias presentarse ante éstejuzgado a deducirlo y justificarlo dentro del términode Ley.- Expediente número 2690/2009

Aguascalientes, Ags., a doce de enero de dosmil diez

EL C. SEGUNDO SECRETARIOLIC. GUILLERMO BALLESTEROS LARA. (A 1051679)

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

En el expediente número 34/2008, relativo aljuicio HIPOTECARIO, promovido por el LICENCIA-DO GERARDO ROMO MUÑOZ, en contra de losCC. FEDERICO GUILLERMO SERNA SERNA YREBECA ESQUEDA RAMIREZ, remátese en el lo-cal de este Juzgado a las TRECE HORAS DELDIA VEINTINUEVE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ,el siguiente bien inmueble:

"Casa habitación ubicada en calle Trapichenúmero 221, lote 6 de la manzana 2 del fracciona-miento Trojes de Oriente, segunda sección "A", deesta Ciudad, con una superficie de DOSCIENTOSOCHENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y OCHOMETROS CUADRADOS con los siguientes linde-ros y medidas: AL NORTE: en 27.804 metros conel lote número 5, AL SUR: en 28.50 metros con ellote número siete. AL ORIENTE: en diez metroscon el lote número 19, AL PONIENTE: en diez pun-to cero cincuenta y cuatro metros con calle Trapi-che, inscrita en el Registro Público de la Propie-dad, bajo el número 36, del libro 5120, sección pri-mera del Municipio de Aguascalientes.-

Postura Legal para la primera almoneda$600,000.00 (SEISCIENTOS MIL PESOS 00/100M.N.), que corresponde a las dos terceras partesdel precio del avalúo.- Convóquense postores.

Expediente número 34/2008Aguascalientes, Ags., a 9 de junio del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ALEJANDRA IVETHE DE LA FUENTEGARCIA. A 1051790)

Page 44: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 44 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVILY DE HACIENDA.

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONEn el expediente número 1540/2009, relativo al

jucio HIPOTECARIO, promovido por el INSTITUTODEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARALOS TRABAJADORES, en contra de la C. MARIAELENA GONZALEZ AVILA, remátese en el localde esta Juzgado a las TRECE HORAS CON TREIN-TA MINUTOS DEL DIA VEINTIDOS DE JUNIO DEDOS MIL DIEZ, el siguiente bien inmueble:

"Un lote de terreno y casa habitación sobre éledificada, identificado como lote 31 de la manzana12, ubicado en la calle Daniel Cervantes número236 del Fraccionamiento Villas de Nuestra Señorade la Asunción, de esta Ciudad, el cual consta deuna superficie de 90.00 metros cuadrados y quecuenta con las siguientes medidas y colindanciasAL NORESTE.- En 6.00 metros, linda con el lotenúmero 17; AL SURESTE.- En 15.00 metros, lindacon el lote número 17; AL SUROESTE.-En 6.00metros, linda con Daniel Cervantes; AL NOROES-TE.- En 15.00 metros, linda con el lote número 32,inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajoel número 8, de la foja 123, del libro 4614, secciónprimera del Municipio de Aguascalientes, en fechaseis de septiembre de dos mil cinco.

Postura legal en la cantidad de $146,666.67(CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOSSESENTA Y SEIS PESOS 67/100 M.N.), cantidadque cubre las dos terceras partes del precio delavalúo.- Convóquense postores.

Expediente número 1540/2009Aguascalientes, Ags., a 8 de junio de 2010

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ALEJANDRA IVETHE DE LA FUENTEGARCIA. (B 509919)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES,AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIONQue en el expediente número 1478/2007 relati-

vo al Juicio Hipotecario promovido por INSTITUTODEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARALOS TRABAJADORES en contra de MIGUEL AN-GEL VAZQUEZ GONZALEZ, se rematará a lasTRECE HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE JUNIODE DOS MIL DIEZ, el siguiente bien:

Casa habitación ubicada en el Fraccionamien-to Villa de Nuestra Señora de la Asunción, SectorAlameda, calle Luis Chávez número setecientosnueve, manzana veintiuno, lote cinco, con una su-perficie de noventa metros cuadrados, y con lassiguientes medidas y linderos: al NORESTE, ENSEIS METROS, con calle Luis Chávez; al SURES-TE, en quince metros, con lote seis, al SUROES-TE, en seis metros con lote treinta y ocho; al NO-

ROESTE, en quince metros, con lote cuatro, fiján-dose como postura legal la cantidad de CIENTOCUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS00/100 Moneda Nacional, que cubren las dos ter-ceras partes del precio del avalúo,.

Convóquense postores.Hágase saber a los interesados que el inmue-

ble reporta un adeudo de impuesto predial de NO-VECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100Moneda Nacional.

Aguascalientes, Ags., a 3 de junio de 2010.LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ROSA MARIA LOPEZ DE LARA. (A 1051780)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

ADELINA RUIZ NIETO y/o ADELINA RUIZ, fa-lleció en esta ciudad de Aguascalientes, el día vein-ticinco de septiembre del año mil novecientos no-venta y seis, siendo sus padres ESTANISLAO RUIZMURO y PETRA NIETO VALLE.- Se hace saber alos interesados la radicación del intestado y seconvoca a las personas que se crean con dere-chos al Intestado de dicha persona, presentarse aeste Juzgado a deducir y justificarlo dentro del tér-mino de treinta días, contados a partir de la últimapublicación de esta edicto.

Expediente número 1482/2009.Aguascalientes, Ags., a 2 de junio del 2010

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ.(B 509479)

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACIÓN

C. MARTHA LEON RODRIGUEZ.-Se le cita para que compadezca ante este juz-

gado a las OCHO HORAS CON TREINTA MINU-TOS DEL DÍA VEINTICUATRO DE JUNIO DEL AÑODOS MIL DIEZ para que absuelva posiciones queen sobre cerrado se le articulen, con apercibimien-to de que en caso de no comparecer ni justificar lacausa legal de su inasistencia, será declaradaconfesa de las posiciones que previamente se cali-fiquen de legales.-

Expediente Número 2406/2007, relativo al jui-cio UNICO CIVIL, promovido por INSTITUTO DELFONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOSTRABAJADORES, en contra de MARTHA LEONRODRIGUEZ.

Aguascalientes, Ags., a treinta y uno de mayodel año dos mil diez.-LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA LUISA PADILLA GOMEZ. (A 1051775)

Page 45: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 45Junio 14 de 2010

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

CARLOS GALICIA HERNANDEZ, falleció enesta ciudad de Aguascalientes, el día veinticincode junio del año dos mil seis, siendo sus padresGUILLERMO GALICIA y ZENORINA HERNANDEZ.-Se hace saber a los interesados la radicación delintestado y se convoca a las personas que se creancon derechos al intestado de dicha persona, pre-sentarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentrodel término de treinta días, contados a partir de laúltima publicación de este edicto.

Expediente número 210/2007.Aguascalientes, Ags., a 15 de septiembre del

2009.LA C. SECRETARIA,

LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1049472)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JUAN MANUEL VIRUEL RODRIGUEZ:

Dentro de los autos del expediente 228/2008relativo al Juicio UNICO CIVIL promovido por JUANMANUEL VIRUEL RODRIGUEZ en contra deBRENDA MARIA DE LOURDES MARTINEZ GUAR-DADO.

En fecha tres de marzo del año dos mil diezdentro de los autos del presente juicio recayó elsiguiente auto:

"Aguascalientes, Aguascalientes, a tres demarzo de dos mil diez.

A sus autos los escritos que suscribe la Licen-ciada ARGELIA FLORES MAYEN. Se tiene a lapromovente señalando como domicilio de JUANMANUEL VIRUEL RODRIGUEZ, el ubicado en ca-lle Vivero del Valle número 214, del Fraccionamien-to Casa Blanca, de esta ciudad; por lo cual, dadoque el actor no dio cumplimiento con el requeri-miento que se le ordenó hacer por auto de fechados de diciembre del dos mil nueve, se faculta alministro ejecutor adscrito a la Dirección de Actua-ría, a fin de que se requiera JUAN MANUEL VIRUELRODRIGUEZ en el domicilio señalado en líneasanteriores, por el pago de la cantidad de CIENTODIECINUEVE MIL SETECIENTOS SEIS PESOSCON VEINTICUATRO CENTAVOS MONEDA NA-CIONAL por concepto de la cantidad líquida a quefue condenado según se desprende del resolutivoTERCERO de la sentencia dictada en segunda ins-tancia; además de la cantidad de SETENTA Y CUA-TRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUE-VE PESOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTA-

VOS Moneda Nacional, a que fue condenado porsentencia interlocutoria de fecha veintinueve deseptiembre del dos mil nueve.

Lo anterior en los mismos términos de lo seña-lado por los autos de fecha quince de abril y seisde noviembre, ambos del dos mil nueve…"

Con el fin de requerir al C. JUAN MANUELVIRUEL RODRIGUEZ del mencionado auto.

Aguascalientes, Ags., a veinticuatro de mayodel año dos mil diez.

EL C. PRIMER SECRETARIO,LIC. GENARO TABARES GONZALEZ. (A 1049839)

JUZGADO SEXTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

RICARDO RIVERA RENTERIA:ANGEL CARMONA ALVAREZ, le requiere para

que señale bienes de su propiedad para garantizarlas prestaciones a que fue condenado en el expe-diente número 988/2006 relativo al Juicio EjecutivoMercantil promovido en su contra, bajo apercibimien-to que de no dar cumplimiento a los ocho días de laúltima publicación, se procederá al embargo en sucontra, según lo dispone el Artículo 444 del Códigode Procedimientos Civiles aplicado supletoriamenteel Código de Comercio.

Aguascalientes, Aguascalientes, a veintisietede mayo de dos mil diez.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. HERMELINDA MONTAÑEZ GUARDADO. (A 1049882)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE DAVALOS ROMO y/o JOSE DAVALOSy/o JOSE DAVALOS R. y/o J. FELIX DAVALOSfalleció en Aguascalientes, Ags., el veintidós demayo del año mil novecientos setenta y cinco. Sien-do sus padres ANTONIO DAVALOS y FORTUNATAROMO.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.

Expediente número 1348/2009.Aguascalientes, Ags., a 27 de mayo del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (1049996)

Page 46: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 46 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA ISNTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE MANUEL NAJERA MUÑOZ y/o JOSENAJERA MUÑOZ y/o MANUEL NAJERA MUÑOZ,falleció el día 28 de diciembre del 2000, en Pare-des, San José de Gracia, Ags., siendo sus padresEDUARDO NAJERA VENEGAS y JOSEFAMUÑOZ SANTOS.

Convóquense personas que se crean con dere-cho al intestado de dicha persona, presentarse anteeste juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la últi-ma publicación de este edicto.

Expediente número 1487/2009.Pabellón de Arteaga, Aguascalientes, a 2 de

junio de 2010.EL C. SECRETARIO,

LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1049989)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

J. JESUS ROMO MAURICIO, falleció el día 15de septiembre del 2007, en Villa Juárez, Asientos,Ags., siendo sus padres SILVESTRE ROMO (FI-NADO) y MA. REFUGIO MAURICIO (FINADA).

Convóquense personas que se crean con dere-cho al intestado de dicha persona, presentarse anteeste juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la últi-ma publicación de este edicto.

Expediente número 253/2010.Pabellón de Arteaga, Aguascalientes a 19 de

mayo de 2010.EL C. SECRETARIO,

LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1049766)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE ZAMARRIPA MARTINEZ:ALMA ROSA RANGEL MONTOYA le demanda

en la Vía Unica Civil la disolución del Vínculo Matri-monial, Disolución de la Sociedad Conyugal, pérdi-da de todo lo dado y prometido dentro del matrimo-nio.

Emplácesele para que conteste la demanda in-terpuesta en su contra dentro del término de treintadías, contados a partir de la última publicación deeste edicto, quedando a su disposición las copiasde traslado en la secretaría de este juzgado, asi-mismo para que señale domicilio en esta ciudad

para oír notificaciones, bajo apercibimiento que deno hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácterpersonal se le harán en estrados del juzgado.

Expediente número 2137/2008.Aguascalientes, Ags., a 31 de mayo de 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (B 507812

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

Ante este juzgado se presenta J. REFUGIODURAN GONZALEZ y OTROS denunciando la Su-cesión Intestamentaria a bienes de la de Cujus,RITA SOLEDAD RIVERA, quien falleció el día 20de julio del 2000 en Rincón de Romos, Aguasca-lientes, siendo sus padres RAMON SOLEDAD DIAZy FRANCISCA RIVERA SOLIS. Por lo que, con fun-damento en lo establecido por el Artículo 687 delCódigo Procesal Civil en vigor, se convoca a losinteresados con derecho a la presente intesta-mentaria a fin de que se presenten al local de estejuzgado a deducirlo y justificarlo dentro del términode treinta días, contados a partir de la fecha de laúltima publicación de este edicto.

Expediente número 241/2010.Rincón de Romos, Aguascalientes, a 25 de

mayo del 2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1049467)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACIONAnte este Juzgado se presenta MA. APOLINAR

MENDEZ FIERROS y OTROS denunciando la Su-cesión Intestamentaria a bienes del de cujus,CATARINO ROMERO GONZALEZ y/o CATARINOROMERO, quien falleció el día 20 de enero del 2009en Ampliación Pabellón de Hidalgo, Rincón de Ro-mos, Aguascalientes. Siendo sus padresEMETERIO ROMERO y MARIA GONZALEZ.- Porlo que, con fundamento en lo establecido por elArtículo 687 del Código Procesal Civil en vigor, seconvoca a los interesados con derecho a la pre-sente intestamentaria a fin de que se presenten allocal de este juzgado a deducirlo y justificarlo den-tro del término de treinta días, contados a partir dela fecha de la última publicación de este edicto.

Expediente número 1123/2009.Rincón de Romos, Aguascalientes, a 1° de ju-

nio del 2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1049468)

Page 47: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 47Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

SISTO PADILLA ROCHA y/o SIXTO PADILLAROCHA y/o SISTO PADILLA y/o SIXTO PADILLAfalleció en Aguascalientes, Ags., el día primero deoctubre de mil novecientos setenta y dos. Siendosus padres RAFAEL PADILLA y VALENTINA RO-CHA.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.

Expediente número 1252/2008.Aguascalientes, Ags., a 16 de marzo del 2010.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1050356)

JUZGADO NOVENO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

RODRIGO ACERO REYNAGA:BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD

ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE,GRUPO FINANCIERO BANORTE, le demanda enla VIA ESPECIAL HIPOTECARIA, por el pago ycumplimiento de las siguientes prestaciones: A).-Para que por sentencia firme se declaren vencidosanticipadamente los plazos para el pago del crédi-to que dio lugar a este juicio y el derecho de mipoderdante de exigir a la parte demandada el re-embolso insoluto del capital, intereses moratorios,gastos, costas y demás consecuencias legales,por haberse actualizado la causal de vencimientoanticipado del plazo correspondiente, expuesta enlos hechos de esta demanda.- B).- El pago de lacantidad de $ 194,476.12 (CIENTO NOVENTA YCUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEISPESOS 12/100 M.N.), por concepto de suerte prin-cipal.- C).- El pago de la cantidad que resulte porconcepto de intereses moratorios de conformidadcon la tasa pactada y los cuales solicito sean re-gulados en ejecución de sentencia, los que debe-rán ser calculados a partir del día en que mi contra-parte incurrió en mora (el que se determina en loshechos de esta demanda) y hasta que pague total-mente su adeudo.- D).- El pago de la cantidad queresulte por concepto de Impuesto al Valor Agrega-do (IVA) a una tasa del quince por ciento (15%)respecto de los intereses moratorios reclamadosen el inciso anterior, con fundamento en los Artícu-los 18 y 23 de la Ley del Impuesto al Valor Agrega-do y de la contradicción de tesis que se hace valeren el punto de hechos de esta demanda.- E).- El

pago de los gastos y costas que se originen en elpresente juicio.

Emplácese al demandado para que conteste lademanda entablada en su contra dentro del térmi-no de treinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Hágasele saber a la parte demandada que lascopias de traslado de su parte se quedan a su dis-posición en la secretaría del juzgado para que seimpongan de su contenido.

Se apercibe al demandado para que señaledomicilio para recibir notificaciones en esta ciudad,con apercibimiento de que en caso de no hacerlo,las subsecuentes, aún las de carácter personal sele harán por medio de cédula que se fije en losestrados del juzgado y las no personales, se haránpor medio de las Listas de Acuerdos de este juzga-do, lo anterior con fundamento en los Artículos 105y 115 del Código de Procedimientos Civiles delEstado.- Expediente número 829/2009.

Aguascalientes, Ags., a veinticuatro de mayodel año dos mil diez.

EL C. PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS,LIC. VICTOR HUGO DE LUNA GARCIA. 15 en 15 (A 1050446)

JUZGADO TERCERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

En el expediente número 1275/2001, relativo alJuicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido porSALVADOR PADILLA GONZALEZ, en contra deRICARDO JAIME CALZADA, remátese en el localde este juzgado a las TRECE HORAS DEL DIAVEINTIOCHO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ,el siguiente bien inmueble:

El inmueble ubicado en el lote de terreno y casahabitación ubicada en la manzana 15, lote 4, ubi-cado en la esquina que forman las calles GuadalupeVictoria y Emiliano Zapata del Ejido El Aurero y LaLoma y El Refugio del Municipio de Jesús María,Aguascalientes, con una superficie de 277.00 me-tros cuadrados, y con las siguientes medidas y lin-deros: al NORTE, en 18.92 metros con calleGuadalupe Victoria; al ESTE, en 15.35 metros concalle Emiliano Zapata; al SUR, en 19.36 metroscon solar número 5; al OESTE, en 13.69 metroscon el solar número 3.

Postura legal: CIENTO CINCUENTA MIL PE-SOS 00/100 M.N.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a 4 de junio del año 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. 15 en 15 (A 1050401)

Page 48: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 48 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

ARTURO REYES MORENO falleció enAguascalientes, Ags., el catorce de enero del añodos mil ocho. Siendo sus padres PANTALEONREYES MORENO y TOMASA MORENO.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.- Expediente número 482/2010.

Aguascalientes, Ags., a 3 de junio del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. RITA JAQUELINE ESPARZA SOLIS. (A 1049733)

JUZGADO SEPTIMO LO DE CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

EDGAR ROGELIO PASILLAS HERNANDEZ,ROGELIO PASILLAS ROCHA y JOSEFINAHERNANDEZ ALCANTAR:

CAJA POPULAR MEXICANA, SOCIEDAD DEAHORRO Y PRESTAMO le demando en la VIAESPECIAL HIPOTECARIO, por el pago y cumpli-miento de las siguientes prestaciones:

a).- La declaración judicial del vencimiento an-ticipado del contrato de mútuo con interés y garan-tía hipotecaria y del plazo concedido para su pagoy accesorios, de conformidad con la cláusula octa-va inciso b) del capítulo tercero del Contrato deMutuo con Interés y Garantía Hipotecaria base dela acción.

b).- Por el pago de la cantidad de $ 185,000.00(CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100M.N.) por concepto de suerte principal.

c).- Por el pago de los intereses ordinarios arazón del 2.18% (dos punto dieciocho por ciento)mensual, según lo establecido por la Cláusula Cuar-ta del Capítulo Tercero del Contrato Base de la Ac-ción, más el Impuesto al Valor Agregado corres-pondiente.

d).- Por el pago de los intereses moratorios arazón del 3.68% (tres punto sesenta y ocho porciento) mensual, según lo establecido por la Cláu-sula Quinta del Capítulo Tercero del Contrato Basede la Acción, más el Impuesto al Valor Agregadocorrespondiente.

e).- Por el pago de las costas y gastos de jui-cio, que deberán determinarse en la planilla de li-quidación que presentaremos a su señoría en elmomento procesal oportuno.

Emplácese a los demandados para que con-teste la demanda entablada en su contra dentro

del término de treinta días, contados a partir de laúltima publicación de este edicto.

Hágasele saber a las partes demandadas quelas copias de traslado de su parte se quedan a sudisposición en la secretaría del juzgado para quese impongan de su contenido.

Se apercibe a las partes demandadas para queseñalen domicilio para recibir notificaciones en estaciudad, con apercibimiento de que en caso de nohacerlo, las subsecuentes, aún las de carácterpersonal se les harán por medio de cédula que sefije en los estrados del juzgado y las no persona-les, se harán por medio de las listas de acuerdosde este juzgado, lo anterior con fundamento en losArtículos 105 y 115 del Código de ProcedimientosCiviles del Estado.

Expediente número 315/2008.Aguascalientes, Ags., a 21 de enero de 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. LAURA SUSANA RODRIGUEZ LARA. (A 1050095)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIACALVILLO, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE ANGEL VELASCO LOPEZ y/o ANGELVELASCO LOPEZ, falleció el 2 de febrero del 2007en Calvillo, siendo sus padres Leovardo VelascoMartínez y Juliana López; preséntense interesadosa esta Intestamentaria ante el juzgado a deducirloy justificarlo dentro del término de treinta días, con-tados a partir de la última publicación de este edic-to.- Expediente número 223/2010.

Calvillo, Ags., a 11 de mayo del 2010.EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS,

LIC. HUMBERTO AZPIAZU CASTRO. (A 1050174)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

PEDRO IBARRA REGALADO, falleció enAguascalientes, Ags., el día quince de enero deldos mil nueve. Siendo sus padres AGUSTINIBARRA VELA y TOMASA REGALADO DELGA-DILLO.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.- Expediente número 6/2010.

Aguascalientes, Ags., a 2 de febrero del 2010.LA C. SEGUNDA SECRETARIA,

LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1050597)

Page 49: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 49Junio 14 de 2010

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

En el expediente 1261/2009, relativo a las Dili-gencias de Jurisdicción Voluntaria "Acreditación deEstado de Interdicción", promovido por MA. FRAN-CISCA DE LA ROSA RUIZ ESPARZA, recayó unaSentencia que en lo conducente dice:

A sus autos los escritos de cuenta que suscri-be la licenciada PATRICIA DIAZ DE LEON RAMIREZcon la personalidad que tiene reconocida en au-tos.- Como lo solicita y por los motivos que expo-ne, con fundamento en los Artículos 82, 83 y 806 afin de dar cumplimiento con el resolutivo tercero dela sentencia definitiva dictada en fecha tres de fe-brero del dos mil diez, publíquese un extracto de lacitada resolución en la que se establecerán loslineamientos relevantes de la misma, lo que seráen los siguientes términos: "JUZGADO CUARTOFAMILIAR. SENTENCIA DEFINITIVA. Aguasca-lientes, Ags., a tres de febrero del año dos mil diez.V I S T O S, para dictar sentencia los autos delexpediente número 1261/2009 relativos a las Dili-gencias de Jurisdicción Voluntaria que por DECLA-RACION DE ESTADO DE INCAPACIDAD MENTALpromoviera MA. FRANCISCA DE LA ROSA RUIZESPARZA para que se declare en Estado de Inca-pacidad a sus hermanos J. JESUS y RAMONDARIO de apellidos DE LA ROSA RUIZ ESPARZA,la que se dicta de acuerdo a los siguientes: C O NS I D E R A N D O S. III.- La solicitud de la partepromovente se admitió… por audiencia de fechaveinte de noviembre del dos mil nueve se llevó acabo el primer reconocimiento médico a los pre-suntos incapaces… los Peritos Médicos doctoresFAUSTO VIDALES, LUIS LEON RAMIREZ y JA-VIER AGUAYO LEYTE… en forma colegiada con-cluyendo que "…encontramos a J. JESUS DE LAROSA RUIZ ESPARZA cursa con una parálisis ce-rebral infantil que le incapacita parcialmente parael habla y el movimiento, con una hipoacusia seve-ra, más importante del lado izquierdo que le limitasignificativamente en su interacción con los demáspor lo que necesita de terceras personas para suatención personal, cuidados así como para la tomade decisiones legales".; en cuanto a RAMONDARIO DE LA ROSA RUIZ ESPARZA ‘‘…lo encon-tramos conciente, orientado en tiempo, lugar y per-sona, tranquilo cooperador con el antecedente dehaber presentado alucinaciones auditivas e ideasde daño y bajo tratamiento psiquiátrico… Por au-diencia del catorce de enero del dos mil diez… losdoctores LUIS LEON RAMIREZ, FAUSTO VIDALESVAZQUEZ y JAVIER AGUAYO LEYTE,… despuésde practicar el Segundo Reconocimiento en la per-sona de J. JESUS DE LA ROSA RUIZ ESPARZA"…lo encontramos que cursa una parálisis cere-bral infantil que le incapacita parcialmente para elhabla y el movimiento, con una hipoacusia severa,más importante del lado izquierdo que lo limitasignificativamente en su interacción con los demáspor lo que requiere de terceras personas para suatención personal y cuidados y para la toma de

decisiones". …En base a lo anterior y toda vez quela Prueba Pericial practicada por los doctores nom-brados por este juzgado resulta coincidente tantoen el primer reconocimiento como en el segundo,puesto que en ambos se refiere que J. JESUS DELA ROSA RUIZ ESPARZA cursa una parálisis ce-rebral infantil que le incapacita parcialmente parael habla y el movimiento, con una hipoacusia seve-ra, más importante del lado izquierdo que le limitasignificativamente a su interacción con los demáspor lo que necesita de terceras personas para suatención personal, cuidados así como para la tomade decisiones legales, lo que se corrobora con elcertificado médico del Centro de Rehabilitación eIntegración del DIF Estatal… JESUS DE LA ROSARUIZ ESPARZA… presenta secuelas de dañoneurológico tipo cuadraparesis atetósico por lo quepresenta trastornos de articulación de lenguaje ytrastornos para la marcha… en consecuencia sedeclara que procedieron las presentes Diligenciasde Jurisdicción Voluntaria y en ellas el suscrito Juezdeclara a J. JESUS DE LA ROSA RUIZ ESPARZAen Estado de Interdicción… TERCERO. No se de-clara a RAMON DARIO DE LA ROSA RUIZ ES-PARZA en Estado de Interdicción… A S I , lo resol-vió y firma el C. JUEZ CUARTO FAMILIAR DE ESTACAPITAL, LICENCIADO JOSE HUERTA SERRA-NO por ante su Secretaria de Acuerdos que autori-za.- Doy fe".- Notifíquese. Así lo proveyó y firma elLicenciado JOSE HUERTA SERRANO, Juez Cuar-to de lo Familiar, quien actúa asistido de su Secre-taria de Acuerdos que autoriza y da fe.- Doy Fe.

Se publica en la lista de acuerdos del día vein-tiséis de mayo del dos mil diez.- Conste.

Expediente número 1261/2009.Aguascalientes, Ags., a 3 de junio de 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABAEL SANCHEZ RANGEL. (A 1050947)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE VELAZQUEZ VIDAL quien falleció enGuadalajara, Jalisco el once de enero de dos milsiete, siendo sus padres NICOLAS VELAZQUEZLOPEZ y ANDREA VIDAL ARELLANO.

Convóquense personas créanse derecho a di-cho intestado, presentase a este juzgado a dedu-cir y justificar dentro del término de treinta días,contados de tercera publicación este edicto.

Expediente número 470/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, 17 de mayo

de 2010.LA C. SECRETARIA,

JUANA BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (A 1051213)

Page 50: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 50 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

MIGUEL HERNANDEZ SOSA, falleció el 19 dejunio del año 2009, en San Francisco de los Romo,Ags., siendo sus padres AMADOR HERNANDEZCASTORENA y PAULA SOSA GUTIERREZ.

Convóquense personas que se crean con dere-cho al intestado de dicha persona, presentarse anteeste juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la últi-ma publicación de este edicto.

Expediente número 484/2010.Pabellón de Arteaga, Ags., a 25 de mayo de

2010.EL C. SECRETARIO,

LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1051377)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

JOSE LUIS MARTINEZ SANDOVAL:BRAULIA GOMEZ FERNANDEZ, le demanda

en la Vía Unica Civil sobre Divorcio Necesario.Emplácesele para que conteste la demanda

interpuesta en su contra dentro del término de treintadías, contados a partir de la tercera publicación deeste edicto, quedando a su disposición las copiasde traslado en la secretaría de este juzgado, asi-mismo para que señale domicilio en esta ciudadpara oír notificaciones, bajo apercibimiento que deno hacerlo, las subsecuentes se le harán enestrados del juzgado.

Expediente número 33/2010.Aguascalientes, Ags., 25 de mayo del 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. ELSA MAGALI VAZQUEZ MARQUEZ. (A 1051039)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

ROBERTO CERVANTES AGUILAR, falleció enesta ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, eldía veintidós de abril de dos mil.- Siendo sus pa-dres SEFERINO CERVANTES HERNANDEZ yFELICITAS AGUILAR HUYOA.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término de

treinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.- Expediente número 613/2010.

Aguascalientes, Aguascalientes, 7 de junio de2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1051223)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

REFUGIO y/o JOSE DEL REFUGIO y/o JOSEREFUGIO y/o J. DEL REFUGIO y/o J. REFUGIOMARQUEZ MEDINA, falleció el día 15 de octubredel año 2004 en San Francisco de los Romo, Ags.,siendo sus padres MAURO MARQUEZ y ROGELIAMEDINA.

Convóquense personas que se crean con dere-cho al intestado de dicha persona, presentarse anteeste juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la últi-ma publicación de este edicto.

Expediente número 1417/2009.

Pabellón de Arteaga, Ags., a 20 de mayo del2010.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1049469)

JUZGADO PRIMERO DE O FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

ADRIAN TOVANCHE:

LLONICA CRISTINA GONZALEZ LOPEZ, ledemanda en la Vía Unica Civil, la disolución delvínculo matrimonial que los une. Emplácesele paraque conteste la demanda interpuesta en su contradentro del término de treinta días, contados a partirde la tercera publicación de este edicto, quedandoa su disposición las copias de traslado en la secre-taría de este juzgado, asimismo para que señaledomicilio en este Partido Judicial del Estado paraoír notificaciones, bajo apercibimiento que de nohacerlo, las subsecuentes notificaciones persona-les se le harán mediante cédula fijada en la puertadel juzgado.

Expediente número 1323/2008.Aguascalientes, Aguascalientes, 5 de marzo de

2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1050346)

Page 51: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 51Junio 14 de 2010

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

MARIA DE LA LUZ DIAZ CHAVEZ falleció enesta ciudad, el catorce de noviembre de dos milnueve, siendo sus padres ADOLFO DIAZ y BRUNACHAVEZ.

Convóquense personas créanse derecho a di-cho intestado, presentarse a este juzgado a dedu-cir y justificar dentro del término de treinta días,contados de tercera publicación este edicto.

Expediente número 490/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, siete de mayo

de dos mil diez.LA C. SECRETARIA,

LIC. BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (A 1049389)

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

SALVADOR MARTINEZ BADILLO:

MARIA GLORIA BADILLO ROMO le demandaen la VIA UNICO CIVIL por las siguientes presta-ciones:

A).- Por la recisión del contrato de donación,que dolosamente se hiciera el día 23 de julio delaño dos mil ocho, entre la suscrita (donante) y elC. SALVADOR MARTINEZ BADILLO (donatario),mismo que se hiciera ante la fe del notario número29 respecto del bien inmueble ubicado en la Aveni-da Independencia número 641, el cual quedará ins-crito ante el Registro Público de la Propiedad bajoel número 17, del libro 6430,de la sección primerade este Municipio de Aguascalientes.

B).- Por la nulidad de la escritura de donación,de fecha 23 de julio del año dos mil ocho, número24,079, volumen CDXIII, celebrado ante la fe delnotario supernumerario número 29 de los del Esta-do, Licenciado Ernesto Díaz Reyes.

C).- Por la cancelación de la inscripción de di-cha escritura que se hiciera ante el C. Director delRegistro Público de la Propiedad, la cual se en-cuentra inscrita bajo el número 17 a fojas 123, dellibro número 6430, de la sección primera del Muni-cipio de Aguascalientes.

D).- Para que una vez decretada la nulidad dela escritura anterior se decrete vigente la escriturade fecha 5 de junio de 1996, número 13,892, volu-men 194, pasada ante la fe del notario público nú-mero 14 de los del Estado, Lic. José Luis SernaValdivia, la cual quedará inscrita en el RegistroPúblico de la Propiedad bajo el número 17 del libro155, de la sección cuarta de este Municipio deAguascalientes.

E).- Por la desocupación y entrega real y mate-rial del bien inmueble descrito con anterioridad.

F).- Para que a la fecha de entrega se esté alcorriente de pago de agua, luz, teléfono, predial ydemás, tal y como en su momento indebidamentela recibiera y se apoderara mi hijo y ahora deman-dado Salvador Martínez Badillo.

G).- Por el pago de daños y perjuicios, mismosque en su momento serán determinados por peri-tos especialistas en la materia que designen laspartes.

H).- Por el pago de los gastos y costas, asícomo los honorarios que se pudieran generar por latramitación del presente juicio.

Por este conducto se le requiere para que enun término de treinta días, contados a partir de laúltima publicación de este edicto, haga valer lo quea su derecho convenga, asimismo se le informa aldemandado que los anexos al escrito de demandaquedan a su disposición en la secretaria del juzga-do, de conformidad con el Artículo 1140 del Códigode Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

Expediente número 465/2009.

Aguascalientes, Ags., a 7 de junio del 2010.

LA C. SECRETARIA,LIC. XOCHITL LOPEZ PEREZ. (A 1051785)

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

AL PUBLICO EN GENERAL:JUAN ANTONIO MACIAS BECERRA, nació y

contrajo matrimonio en esta ciudad deAguascalientes, teniendo como su último domici-lio el ubicado en CALLE MIGUEL HIDALGO 308DE LA COLONIA SAN IGNACIO DE ESTA CIUDAD.Por este medio se cita a las personas que se creancon derecho a deducir derechos hereditarios den-tro de la SUCESION A BIENES DE DICHA PER-SONA, presentarse en el local del Juzgado Prime-ro de Primera Instancia de lo Familiar del DistritoJudicial de Hermosillo, Sonora, con domicilio ubi-cado en Tehuantepec y Comonfort, Edificio del Su-premo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora,segundo piso, Colonia Centenario de Hermosillo,Sonora, donde se llevará a cabo la JUNTA DE HE-REDEROS, en el expediente número 568/10, pro-movido por JAMES ROBERT ITO MACIASTOLEDO, a LAS TRECE HORAS DEL DIA VEIN-TIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Exhorto número 92/2010.Aguascalientes, Ags., a 10 de junio de 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ALEJANDRA IVETHE DE LA FUENTEGARCIA. (A 1051832)

Page 52: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 52 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

IGNACIO GARCIA MACIAS falleció enAguascalientes, Ags., el veintitrés de noviembre delaño dos mil nueve. Siendo sus padres J.GUADALUPE GARCIA y JULIA MACIAS.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.

Expediente número 524/2010.Aguascalientes, Ags., a 27 de mayo del 2010.LA C. PRIMERA SECRETARIA,

LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (B 509782)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

PABLO GUTIERREZ LOMA, quien falleció enesta ciudad de Aguascalientes, el día seis de abrilde dos mil siete, siendo sus padres EVERARDOGUTIERREZ SUAREZ y ELVIRA LOMA CAUDILLO.-Convóquense personas créanse derechos intestadodicha persona, presentarse ante este juzgado adeducir y justificar dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.

Expediente número 555/2010.Aguascalientes, Ags., dieciocho de mayo de

2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1051761)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

LUIS TERRONES JAIME quien falleció en estaciudad el día dieciséis de mayo de dos mil dos,siendo sus padres MARIANO TERRONES IBARRAy MA. DE JESUS JAIME.

Convóquense personas créanse derecho a di-cho intestado, presentarse a este jzugado a dedu-cir y justificar dentro del término de treinta días,contados de tercera publicación este edicto.

Expediente número 520/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, 11 de mayo

de 2010.LA C. SECRETARIA,

JUANA BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (A 1051680)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

MARIA CAMERINA NAJERA CHAVEZ tambiénconocida como MA. CAMERINA NAJERA CHAVEZy/o MA. CAMERINA NAJERA y/o MARIA NAJERA,falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el díatrece de julio del año dos mil nueve, siendo suspadres JULIAN NAJERA MORALES y ANTONIACHAVEZ GUZMAN.- Se hace saber a los interesa-dos la radicación del intestado y se convoca a laspersonas que se crean con derechos al intestadode dicha persona, presentarse a este juzgado adeducir y justificarlo dentro del término de treintadías, contados a partir de la última publicación deeste edicto.- Expediente número 580/2010.

Aguascalientes, Ags., a 26 de mayo del 2010.

LA C. SECRETARIALIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (B 509480)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

En el expediente número 449/2001, relativo alJuicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por J.GUADALUPE JIMENEZ DIAZ y OTROS en contrade INMOBILIARIA PERDIZ STROBEL y OTROS,rematarse en el local de este juzgado a las TRECEHORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA PRI-MERO DE JULIO DEL DOS MIL DIEZ el siguientebien:

Inmueble denominado Florida Park, propiedadde Inmobiliaria Perdiz Strobel, ubicado en Carrete-ra México Km. 14 s/n, Colonia Cotorina,Aguascalientes, Aguascalientes, con una superfi-cie de 6,085.97 metros cuadrados con las siguien-tes medidas y colindancias: Al NORTE, en 165.15metros con propiedad de Ernesto Medrano Avila; alSUR en 162.87 metros con resto del lote; al ORIEN-TE en 34.59 metros con Boulevard José MaríaChávez y al PONIENTE, en 39.66 metros con anti-guo camino a Peñuelas, el cual se encuentra ins-crito bajo el número 49 del libro 2511 de la secciónprimera del Municipio de Aguascalientes.

Postura legal: QUINCE MILLONES CUATRO-CIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTI-CINCO PESOS 28/100 Moneda Nacional.

Convóquense postores.Aguascalientes, Ags., a treinta y uno de mayo

del dos mil diez.EL C. SEGUNDO SECRETARIO,

LIC. DINA DEYANIRA REYES GUERRERO. (A 1051718)

Page 53: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 53Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

CARMEN TAFOYA SIERRA y/o MARIA CAR-MEN TAFOYA SIERRA y/o MARIA DEL CARMENTAFOYA SIERRA, falleció en esta ciudad deAguascalientes, Ags., el día veinticuatro de abril demil novecientos ochenta y seis.- Siendo sus pa-dres MARTIN TAFOYA y DOROTEA SIERRA.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.- Expediente número 1184/2008.

Aguascalientes, Ags., a 20 de marzo del 2009.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1045827)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JUAN GUERRERO VIDAL, quien falleció en estaciudad el día veintisiete de enero de dos mil ocho,siendo sus padres JOSE GUERRERO SANCHEZy MA. DE JESUS VIDAL HERNANDEZ.

Convóquense personas créanse derecho a di-cho intestado, presentarse a este juzgado a dedu-cir y justificar dentro del término de treinta días,contados de tercera publicación este edicto.

Expediente número 392/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, 11 de mayo

de 2010.LA C. SECRETARIA,

JUANA BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (A 1046113)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

MARTIN DE LIRA TISCAREÑO:IMELDA OLIVARES JIMENEZ, le demanda en

la Vía Unica Civil sobre Divorcio Necesario, la diso-lución del vínculo matrimonial que los une y la pér-dida de todo lo dado y prometido durante el matri-monio.

Emplácesele para que conteste la demandainterpuesta en su contra dentro del término de treintadías, contados a partir de la tercera publicación deeste edicto, quedando a su disposición las copiasde traslado en la secretaría de este juzgado, asi-mismo para que señale domicilio en este Partido

Judicial del Estado para oír notificaciones, bajoapercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentesnotificaciones personales se le harán mediantecédula fijada en la puerta del juzgado.

Expediente número 77/2009.Aguascalientes, Aguascalientes, 18 de enero

de 2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1046280)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

DARIO ALGALAN ATLA, falleció en Ojocaliente,Zacatecas, el día dieciocho de mayo de mil nove-cientos noventa y seis.- Siendo sus padres MIGUELALGALAN VAZQUEZ y EDUWIGES ATLA.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.

Expediente número 107/2010.Aguascalientes, Aguascalientes, 5 de marzo de

2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1046006)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta JUAN ANTO-NIO ROMO MORENO denunciando la SucesiónIntestamentaria a Bienes de los de cujus MANUELROMO RAMIREZ y MARIA MORENO GAYTAN,quien falleció el primero de ellos el día 24 de mayode 1975 en San Antonio, Tepezalá, siendo sus pa-dres LUIS ROMO y SALOME RAMIREZ, y del se-gundo de ellos quien falleció el día 21 de julio delaño 2009, en Plutarco Elías Calles No. 5, siendosus padres LUCIO ROMO y TOMASA GAYTAN,por lo que con fundamento en lo establecido por elArtículo 687 del Código Procesal Civil en vigor, seconvoca a los interesados con derecho a la pre-sente intestamentaria a fin de que se presenten allocal de este juzgado a deducirlo y justificarlo den-tro del término de treinta días, contados a partir dela fecha de la última publicación de este edicto.

Expediente número 387/2010.Rincón de Romos, Aguascalientes, a 19 de

mayo del 2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (B 505262)

Page 54: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 54 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

MARIA DEL CARMEN DURON GOMEZ, falle-ció en esta ciudad de Aguascalientes,Aguascalientes, el día tres de agosto de mil nove-cientos noventa y nueve.- Siendo sus padres JOSESANTOS DURON PONCE y FELISA GOMEZRUVALCABA.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.

Expediente número 417/2010

Aguascalientes, Aguascalientes, 3 de mayo de2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1047391)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

En el expediente número 286/2010, relativo alas Diligencias de Jurisdicción voluntaria sobre De-claración de Estado de Interdicción promovidas porla C. MA. CARMEN ELENA ARANDA MARQUEZ,recayó una sentencia que en lo conducente dice:

Aguascalientes, Ags., a siete de abril del añodos mil diez.

V I S T O S , para dictar sentencia dentro delos autos del expediente número 286/2010, relativoa las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria que porESTADO DE INTERDICCION promovió la C. MA.CARMEN ELENA ARANDA MARQUEZ para quese declare en Estado de Interdicción a MARIA ELE-NA PLAZA RUVALCABA, la que se dicta de acuer-do a los siguientes

C O N S I D E R A N D O S :Por lo expuesto y fundado y con apoyo ade-

más en los Artículos 471 y 472 y demás relativos yaplicables del Código Civil vigente en el Estado, yde los Artículos 81, 82, 83, 84, 85, 791, 799, 800,801, 802, 803 y 806 del Código de ProcedimientosCiviles vigente para el Estado, es de resolverse yse resuelve.

PRIMERO.- Se declaran procedentes las dili-gencias de jurisdicción voluntaria propuestas por laLicenciada MA. CARMEN ELENA ARANDAMARQUEZ en su carácter de Agente de MinisterioPúblico.

SEGUNDO.- Se declara a MARIA ELENA PLA-ZA RUVALCABA, en estado de interdicción.

TERCERO.- Una vez que cause ejecutoria lapresente resolución, se ordena el cumplimiento conlo señalado por la fracción IV del artículo 803 delCódigo de Procedimientos Civiles en vigor.

CUARTO.- Causado ejecutoria esta sentenciapublíquese la misma por tres veces consecutivasde siete en siete días en el Periódico Oficial delEstado y en un Diario de circulación Estatal.

QUINTO.- con apoyo en el Artículo 10 de la Leyde Transparencia y Acceso de la Información Pú-blica del Estado de Aguascalientes, al hacersepública la sentencia por causar ejecutoria, omítanselos datos personales de las partes, en razón de laprotección de derechos familiares.

SEXTO.- Notifíquese y cúmplase.

A S I , lo sentenció y firma el C. Juez tercero delo Familiar de esta capital, Licenciado MAURORENE MARTINEZ DE LUNA, por ante su secreta-ria que autoriza.- Doy fe.- Firmando tres firmasilegibles.- Rúbricas.

Aguascalientes, Ags., 27 de mayo del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1046937)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

C. MA. DEL CARMEN DURON SANDOVAL:JOSE LUIS DIAZ DIAZ, le demanda en el Juicio

UNICO CIVIL (DIVORCIO NECESARIO), por el pagoy cumplimiento de las siguientes prestaciones: A).-Por la disolución del vínculo jurídico matrimonial quelos une. B).- La liquidación de la sociedad conyu-gal en este caso solicitada como consecuencia dela disolución del vínculo matrimonial que los une ala fecha.- Emplácese al demandado, para que con-teste la demanda interpuesta en su contra dentrodel término de treinta días, contados a partir de latercera publicación de este edicto, quedando a sudisposición las copias de traslado en secretaría deeste juzgado, apercibido para que señale domiciliopara recibir notificaciones y en caso de no hacerlolas notificaciones, aún las de carácter personal sele harán en estrados del juzgado.

Expediente número 1251/2008.Aguascalientes, Ags., a veintiuno de julio del

dos mil nueve.EL C. SECRETARIO,

LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1047283)

Page 55: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 55Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JAVIER HERNANDEZ MELENDEZ:

CRISTINA TORRES SAAVEDRA, le demandaen la Vía Unica Civil (Divorcio Necesario) por el pagoy cumplimiento de las prestaciones: A), B), A), B),C), D) y E); de su escrito inicial.- Empláceseconteste la demanda interpuesta en su contra dentrodel término de treinta días, contados a partir de latercera publicación de este edicto, quedando a sudisposición las copias de traslado en la Secretaríadel Juzgado, apercibiéndolo para que señaledomicilio en esta ciudad para recibir notificacionesy en caso de no hacerlo, las notificaciones, aún lasde carácter personal, se le harán en estrados delJuzgado.

Convóquense personas créanse derecho aoponerse a este juicio, presentarse a este Juzgadoa deducirlo y justificarlo mientras no haya sentenciaejecutoria.- Expediente número 1172/2009.

Pabellón de Arteaga, Ags., a 12 de mayo del2010.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1048340)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

En el expediente número 524/2007, relativo alJuicio Ejecutivo Mercantil, promovido por Lic. JUANANTONIO LOMELI TALAVERA, Endosatario enProcuración de BENJAMIN PALACIOS HERRERA,en contra de JOSE MARTIN DE AVILA HERRERA,remátese en el local de este Juzgado de PrimeraAlmoneda, a las catorce horas del día dos de juliodel dos mil diez, lo siguiente convocándose apostores.

De los derechos que le corresponden a JOSEMARTIN DE AVILA HERRERA del predio identificadocomo lote cinco, con una superficie de 708 metros,64 decímetros cuadrados y que linda al NORTE en13 metros 29 centímetros con calle Juan Diego; alORIENTE, en línea de Norte a Sur mide 22 metros78 centímetros, quiebra hacia el Oriente en 4.958metros lindando con el predio que se aplicara aCATARINO HERRERA MARIN para terminar haciael Sur, en 22 metros 48 centímetros con ANAOFELIA HERRERA MARIN; al SUR, en 18 metros27 centímetros con calle Insurgentes y alPONIENTE, en 44.935 metros con la fracciónaplicada a ANA OFELIA HERRERA MARIN, laescritura referida se inscribió en el Registro Públicode la Propiedad bajo los números del 65 al 69 dellibro 11 de la sección cuarta del Municipio de Rincón

de Romos, Aguascalientes.- Convóquense apostores.- Notifíquese.

Siendo la postura legal aquella que cubra lasdos terceras partes de los bienes embargados,siendo la cantidad TRECE MIL CUATROCIENTOSOCHENTA Y CINCO PESOS CON TREINTA YTRES CENTAVOS.

Rincón de Romos, Ags., a 2 de junio del 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1048677)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

SOLEDAD MEDINA MACIAS y/o MARIASOELDAD MEDINA MACIAS y/o MA. SOLEDADMEDINA MACIAS, falleció en Aguascalientes,Aguascalientes, el día primero de febrero del añodos mil nueve, siendo sus padres JOSE MEDINA yMA. JESUS MACIAS.- Se hace saber a los intere-sados la radicación del intestado y se convoca alas personas que se crean con derechos al intestadode dicha persona, presentarse a este juzgado adeducir y justificarlo dentro del término de treintadías, contados a partir de la última publicación deeste edicto.

Expediente número 237/2010.Aguascalientes, Ags., a veinticinco de mayo del

año dos mil diez.EL C. SECRETARIO,

LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1047034)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

MA. DEL ROSARIO LOZANO ROCHA tambiénconocida como MARIA DEL ROSARIO LOZANOROCHA, falleció en esta ciudad de Aguascalientes,el día veintiséis de noviembre del año dos mil nue-ve, siendo sus padres RAMON LOZANOARELLANO y MARGARITA ROCHA DE LUNA.- Sehace saber a los interesados la radicación delintestado y se convoca a las personas que se creancon derechos al intestado de dicha persona, pre-sentarse a este juzgado a deducir y justificarlo dentrodel término de treinta días, contados a partir de laúltima publicación de este edicto.

Expediente número 536/2010.Aguascalientes, Ags., a 31 de mayo del 2010.

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (B 506034)

Page 56: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 56 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

YANET GUADALUPE AGUILAR MORALESdemanda dentro del expediente 2122/2009 relativoal Juicio Especial Civil Hipotecario por el pago ycumplimiento de las siguientes prestaciones:

A) La terminación del contrato de mutuo coninterés y garantía hipotecaria, celebrado el díaquince de noviembre del año dos mil siete, pasadoante la fe del Notario Público Número 44, enejercicio en este Estado, Licenciado JOSEANDRADE RIOS, según consta en la escriturapública número seis mil setecientos ochenta ycuatro, volumen ochenta y cuatro, misma que encopia certificada se agrega a esta demanda.

B) El pago de la cantidad de $ 20,000.00(VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), que recibieronlos CC. ADALBERTO RUIZ GOMEZ y JUANAVAZQUEZ AGUILERA en entera satisfacción yentregado por mi poderdante.

C) El pago de intereses moratorios a razón del5% (Cinco por ciento) mensual sobre saldosinsolutos a partir del día quince de diciembre dedos mil siete y hasta su total cumplimiento, tomandoen cuenta la suerte principal.

D) El pago de gastos, honorarios, impuestos ycostas que se originen con motivo del presente juicioy que por su causa me veo en la necesidad depromover.

E) La cantidad de $ 4,000.00 (CUATRO MILPESOS 00/100 M.N.) por concepto de indemni-zación, ya que en la cláusula séptima fracción IIIdel contrato base de la acción, se estableció comocláusula penal, que en caso de llegarse a juicio, laparte demandada cubriría la referida cantidad.

F) La suma mensual de $ 300.00 (TRESCIEN-TOS PESOS 00/100 M.N.), de cada uno de losmeses en que el interés no se cubra puntualmente,por concepto de gastos de cobranza y adminis-tración.

Con el fin de llamar a juicio a los CC. ADALBETORUIZ GOMEZ y JUANA VAZQUEZ AGUILERA porsi o por medio de representante o apoderado paraque en el término de treinta días, contados a partirde la última publicación haga valer lo que su derechoconvenga, quedando a su disposición en laSecretaría de este Juzgado, las copias de traslado,debiéndose señalar domicilio para oír notificaciones,con apercibimiento de que en caso de no hacerlo,las subsecuentes, aún las de carácter personal sele harán en los estrados del Juzgado, deconformidad a lo señalado en el Artículo 105 delCódigo de Procedimientos Civiles vigente para elEstado.

Emplácese para que dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-

ción de este edicto conteste la demanda interpuestaen su contra.

Aguascalientes, Ags., a doce de mayo del añodos mil diez.

EL C. PRIMER SECRETARIO,LIC. GENARO TABARES GONZALEZ. (A 1048778)

VALLE REDONDO, S.A. DE C.V.

En cumplimiento en lo dispuesto por el Artículo9º de la Ley General de Sociedades Mercantiles,se notifica al público:

Que en Asamblea General Ordinaria yExtraordinaria de Accionistas, de fecha 30 de abrilde 2010, se acordó reducir el Capital Social de estaempresa en su parte fija y variable mediantereembolso de capital a un Accionista, por lacantidad de $ 44'117,000.00 (CUARENTA YCUATRO MILLONES CIENTO DIECISIETE MILPESOS 00/100 M.N.).

Siendo ahora el Capital Fijo $ 2'662,000.00 (DOSMILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MILPESOS 00/100 M.N.) y el Capital Variable$ 271'609,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y UNMILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.)

Aguascalientes, Ags., a 3 de abril de 2010.

C.P. Agustín Eulogio Copca Nava,Delegado Especial de la Asamblea.

(2-4) (A 1048838)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presentó RICARDO DIAZCASTORENA, denunciando la SucesiónIntestamentaria a Bienes de la de Cujus FLORNATALY DIAZ CASTAÑEDA, quien falleció el día16 de marzo de 2010, en la ciudad deAguascalientes, Ags., siendo sus padres RICARDODIAZ CASTORENA e IRMA CASTAÑEDA VARGAS,por lo que con fundamento en lo establecido por elArtículo 687 del Código Procesal Civil en vigor, seconvoca a los interesados con derecho a la presenteintestamentaria a fin de que se presenten al localde este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la fechade la última publicación de este edicto.

Expediente número 328/2010.

Rincón de Romos, Ags., a 12 de mayo de 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1048291)

Page 57: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 57Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

VICTOR MANUEL HERNANDEZ NAVARROfalleció en Aguascalientes, Ags., el veintidós de abrildel dos mil nueve. Siendo sus padres RUBENHERNANDEZ y MA. AUXILIO NAVARRO.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante estejuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la última publica-ción de este edicto.

Expediente número 486/2010.

Aguascalientes, Ags., a 20 de mayo del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1047340)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

INOCENCIO MUÑOZ REYNOSO y/o INOSEN-CIO MUÑOZ REYNOSO, falleció el día once de juliode dos mil nueve, siendo sus padres JUVENTINOMUÑOZ ALCALA y MARIA MAGDALENA REYNO-SO MUÑOZ.

Convóquense personas que se crean conderecho a oponerse a este juicio, debiendopresentarse a este Juzgado a deducirlo y justificarloen el término de treinta días, contados a partir de laúltima publicación de los edictos.

Expediente número 1313/2009.

Aguascalientes, Ags., a 23 de marzo del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (A 1048566)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

VICENTE VENTURA TRINIDAD falleció en SanJosé de Gracia, Aguascalientes, el día nueve demarzo del dos mil nueve, siendo sus padresANTONIO VENTURA MEDINA y EMILIA TRINIDADQUIROZ.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante esteJuzgado a deducir y justificar dentro del término de

treinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Expediente número 116/2010.

Aguascalientes, Ags., a 28 de mayo del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1048665)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JUAN ANTONIO CALVILLO SILVA falleció enAguascalientes, Ags., el diecinueve de febrero delaño mil novecientos noventa y siete, siendo suspadres ANTONIO CALVILLO y MARIA ELENASILVA.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante esteJuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Expediente número 560/2010.

Aguascalientes, Ags., a veintiuno de mayo del2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1048125)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

JOSE DE JESUS MARTINEZ RAMIREZ y/o J.JESUS MARTINEZ RAMIREZ y/o JESUSMARTINEZ RAMIREZ y/o JESUS MARTINEZ,falleció en Aguascalientes, Aguascalientes, el díadiecisiete de febrero de mil novecientos noventa ynueve, siendo sus padres FERNANDO MARTINEZRUIZ y MARIA RAMIREZ MARTIN.

Se hace saber a los interesados la radicacióndel intestado y se convoca a las personas, que secrean con derechos al intestado de dicha persona,presentarse a este Juzgado a deducir y justificarlodentro del término de treinta días, contados a partirde la última publicación de este edicto.

Expediente número 1003/2009.

Aguascalientes, Ags., a veinticinco de mayo delaño dos mil diez.

EL C. SECRETARIO,LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1048203)

Page 58: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 58 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

C. NEYDA DIOSELINE CASTILLO SANCHEZ:ALBERTO MARINHO CHAVEZ CORNEJO, el

demanda en el Juicio UNICO CIVIL (DIVORCIONECESARIO) promovido por ALBERTO MARINHOCHAVEZ CORNEJO en contra de NEYDADIOSELINE CASTILLO SANCHEZ, pro el pago ycumplimiento de la siguientes prestaciones: A).- Ladisolución del vínculo matrimonial. B).- Liquidaciónde la Sociedad Conyugal. C).- Pago de gastos ycostas que origine el presente juicio con cargo a lademandada. D).- La pérdida de todo lo dado y pro-metido en virtud del matrimonio.- Emplácese aldemandado, para que conteste la demanda inter-puesta en su contra dentro del término de treintadías, contados a partir de la tercera publicación deeste edicto, quedando a su disposición las copiasde traslado en secretaría de este juzgado, aperci-bido para que señale domicilio para recibir notifica-ciones y en caso de no hacerlo, las notificaciones,aún las de carácter personal se le harán en estradosdel juzgado.- Expediente número 460/2009.

Aguascalientes, Ags., a 18 de mayo del 2010.

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (B 506090)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

C. GUILLERMO LEGASPI MACIAS:ANGELICA VANESSA RODRIGUEZ VALDEZ,

le demanda en el Juicio Unico Civil (DivorcioNecesario), por el pago y cumplimiento de lassiguientes prestaciones: A).- Por la disolución delvínculo jurídico matrimonial que los une. B).- Paraque se decrete la pérdida de la patria potestad queejerce sobre los menores hijos de ambos denombres: GUILLERMO VIERY, DIEGO ULISES yYAHIR SEBASTIAN, todos de apellidos LEGASPIRODRIGUEZ. C).- Para que se decrete quecorresponde a ANGELICA VANESSA RODRIGUEZVALDEZ el ejercicio exclusivo de la patria potestady custodia de sus menores hijos de nombres:GUILLERMO VIERY, DIEGO ULISES y YAHIRSEBASTIAN, todos de apellidos LEGASPIRODRIGUEZ.- Emplácese a GUILLERMO LEGASPIMACIAS, para que conteste la demanda interpuestaen su contra dentro del término de treinta días,contados a partir de la tercera publicación de esteedicto, quedando a su disposición las copias detraslado en Secretaría de este Juzgado, apercibidopara que señale domicilio para recibir notificacionesy en caso de no hacerlo, las notificaciones, aún lasde carácter personal, se le harán en estrados delJuzgado.- Expediente número 819/2009.

Aguascalientes, Ags., a ocho de abril del añodos mil diez.

EL C. SECRETARIO,LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1048042)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO SEGUNDA PUBLICACION

MANUEL LOMELI NIEVES, falleció en esta ciu-dad de Aguascalientes, el día nueve de abril delaño dos mil diez, siendo sus padres NORBERTOLOMELI LOMELLIN y GONZALA NIEVESREQUENES.- Se hace saber a los interesados laradicación del intestado y se convoca a las perso-nas que se crean con derechos al intestado de di-cha persona, presentarse a este juzgado a deduciry justificarlo dentro del término de treinta días, con-tados a partir de la última publicación de este edic-to.

Expediente número 572/2010.Aguascalientes, Ags., a 26 de mayo del 2010.

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (B 505769)

JUZGADO TERCERO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

En el expediente número 921/2006, relativo alJuicio Ejecutivo Mercantil, promovido por MARIAELENA RIOS RUEDAS, en contra de JOSE DEJESUS ATILANO BECERRA, remátese en el localde este Juzgado a las trece horas del día cinco dejulio del año dos mil diez, el siguiente inmueble:

El cincuenta por ciento de los derechos que lecorresponden a JOSE DE JESUS ATILANOBECERRA, sobre el bien inmueble ubicado enFraccionamiento Bona Gens, calle Lorena, número114, manzana 9, lote 13, con una superficie de120.00 metros cuadrados, y con las siguientesmedidas y colindancias: Al NORTE, en 20.00 metroscon lote 12; al SUR, en 20.00 metros con lote 14;al ESTE, en 6.00 metros con lote 32; y al OESTE,en 6.00 metros con calle Lorena.

Postura legal: CIENTO CUARENTA MIL PESOS00/100 MONEDA NACIONAL.

Convóquense postores.

Aguascalientes, Ags., a 20 de mayo del año2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. MARISA MARISOL VIVAR LANDEROS. (B 503014)

Page 59: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 59Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIACALVILLO, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ANTONIO VALLIN LOPEZ y/o ANTONIOBALLIN LOPEZ y/o JOSE ANTONIO VALLINLOPEZ, falleció el día 7 de junio del 2003, enMonrovia, Los Angeles California, Estados Unidosde Norteamérica, siendo sus padres BENITOVALLIN VELASCO y HERMELINDA LOPEZCALVILLO.- Se convoca a los interesados conderecho a la presente intestamentaria a fin de quese presenten ante este Juzgado a deducirlo yjustificarlo dentro del término de treinta días,contados a partir de la única publicación de esteedicto.

Expediente número 178/10.

Calvillo, Ags., a 30 de marzo del 2010.

Las CC. Testigos de Asistencia,María de la Luz Martínez Perezchica.

Eva Patricia López Díaz. (A 1043510)

JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MAQUILADORA JEANS, S.A. DE C.V.:

EL LIC. JOSE DE LA MORA DE AVILA y/oEFRAIN EDUARDO DIAZ GONZALEZ y/o DIEGOALEJANDRO RENTERIA ESQUIVEL , en su calidadde apoderados generales para pleitos y cobranzasde la persona moral denominada BORDADO, S.A.DE C.V., por el pago y cumplimiento de lassiguientes prestaciones:

A).- Para que por sentencia definitiva se condenea los demandados al pago de la cantidad de$ 1'435,807.80 (UN MILLON CUATROCIENTOSTREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETEPESOS 80/100 M.N.) por concepto de suerteprincipal amparada en 144 (cientos cuarenta ycuatro) títulos de crédito de los denominadospagarés, así como en 34 (treinta y cuatro) contrarecibos debidamente firmados y sellados por lapersona moral.

B).- Por el pago de intereses moratorios a razónde 4% mensual según se desprende de losdocumentos base de la acción (pagarés) que fueranrecibidos de conformidad por la demanda, lo quese acredita con los contra recibos firmados ysellados por ésta, mismos que habrán decomputarse desde la fecha que tuvo lugar elincumplimiento, según habrá de notarse en cadauno de los documentos expedidos, y hasta queproceda al pago de las cantidades debidas.

C).- Por el pago de gastos y costas que segeneren por motivo de la substanciación delpresente juicio.

Todo lo anterior con fundamento en el Artículo1070 del Código de Comercio en vigor y el 315 delCódigo Federal de Procedimientos Civiles supletorioen este punto al de comercio.

Emplácese a la demandada para que en casode no cubrir las prestaciones reclamadas, deberáncomparecer a este Juzgado dentro del término detreinta días, contados a partir de que surta efectosla última publicación de este edicto, a darcontestación a la demanda y oponer excepcionesy defensas a la acción ejercitada por la actora.

Hágasele saber a la parte demandada que lascopias de traslado de su parte se quedan a sudisposición en la Secretaría del Juzgado para quese impongan de su contenido. Se apercibe a la partedemandada para que señale domicilio para recibirnotificaciones en esta ciudad, bajo apercibimientoque de no hacerlo, las subsecuentes aún las decarácter personal, se realizarán por listas que sepubliquen en los estrados del Juzgado, deconformidad con lo dispuesto por el Artículo 1068,fracción III, del Código de Comercio.

Expediente número 2128/2008.Aguascalientes, Aguascalientes, a 12 de mayo

del año 2010.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,

LIC. ANA LUISA PADILLA GOMEZ. (B 503018)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta ROSA MARIAFLORES DIAZ, denunciando la SucesiónIntestamentaria a Bienes de los de CujusEDUARDA DIAZ GONZALEZ y JESUS FLORESCHAVEZ, quien falleció el primero de ellos el día 25de agosto del 2003 en José María Chávez número1212, siendo sus padres GUADALUPE DIAZ yTELESFORA GONZALEZ, y del segundo de ellosquien falleció el día 6 de diciembre del año 1997 enRincón de Romos, Ags., siendo sus padresTRINIDAD FLORES y MARIA ROMANA CHAVEZ,por lo que, con fundamento en lo establecido por elArtículo 687 del Código Procesal Civil en vigor, seconvoca a los interesados con derecho a la presenteintestamentaria a fin de que se presenten al localde este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la fechade la última publicación de este edicto.

Expediente número 303/2010.Rincón de Romos, Ags., a 17 de mayo del 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1043563)

Page 60: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 60 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

FRANCISCO MACIAS MILLAN, falleció en estaciudad de Aguascalientes, Ags., el día cinco de juliodel dos mil nueve, siendo sus padres TEODOSIOMACIAS REYES y MA. CONCEPCION MILLANCISNEROS.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante esteJuzgado a deducir y justificar dentro del términode treinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Expediente número 183/2010.Aguascalientes, Ags., a 26 de marzo del 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (A 1044997)

JUZGADO OCTAVO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

CARLOS GODINEZ NAVARRO y MA. ANTONIETAGONZALEZ JUVERA:

RICARDO LOPEZ MACOUZET, le demanda enla Vía Unico Civil, las siguientes prestaciones:

A).- Para que mediante sentencia firme sedeclare la validez y eficacia jurídica del contratoprivado de PROMESA DE COMPRAVENTA, defecha veintidós de febrero del dos mil seis, celebradoentre el ahora exponente RICARDO LOPEZMACOUZET, en mi carácter de PROMITENTECOMPRADOR y a los CC. CARLOS GODINEZNAVARRO y MA. ANTONIETA GONZALEZJUVERA, en su condición de PROMITENTESVENDEDORES, respecto de un inmueble relativoal lote número diez de la manzana, númerodieciocho del Fraccionamiento Casa Blanca de estaciudad registrada bajo la inscripción número treintay ocho, del libro cuatro mil trescientos noventa ycinco de la Sección Primera del Municipio deAguascalientes, con una superficie de 280.00 m2(Doscientos ochenta metros cuadrados) y quecuenta con las siguientes medidas y colindancias:al NORTE, mide ocho metros y colinda con AvenidaAguascalientes Sur; al SUR, mide ocho metros ycolinda con el lote cincuenta y tres; al ESTE, midetreinta y cinco metros y colinda con el lote once; alOESTE, mide treinta y cinco metros y colinda conel lote número nueve.

B).- Para que mediante sentencia firme secondene a la parte demandada a la celebración delcontrato de compraventa definitiva, para que elsuscrito exponente adquiera la propiedad del bien

inmueble materia de este juicio y su posteriorprotocolización y escrituración definitiva a mi favor,como lo expone la cláusula cuarta del contrato basede la acción.

C).- Para que mediante sentencia ejecutoriadase condene a la demandada al cumplimiento forzosodel contrato señalado en el inciso A) que antecede,a favor del suscrito exponente, y comoconsecuencia de lo anterior, se le condene a laescrituración del inmueble de mérito a mi favor.

D).- Como consecuencia de lo anterior, secondene a los demandados a que se le inscriba lapropiedad del inmueble a mi favor, en el RegistroPúblico de la Propiedad y del Comercio de estacapital, elevado a la categoría de escritura públicael contrato base de mi acción.

E).- Para que se condene a los demandados, aque se le restituya al exponente en la posesión delinmueble materia de este juicio, con todas lasservidumbres activas y pasivas, todo cuanto tieney por derecho le corresponde.

F).- Por el pago de los gastos y costas que seoriginen con motivo de la tramitación de este juicio,según lo dispone el Artículo 128 del Código deProcedimientos Civiles vigente en el Estado.

Por este conducto se les requiere para que enun término de treinta días, contados a partir de laúltima publicación de este edicto, hagan valer loque a su derecho convenga, asimismo se les informaa los demandados que los anexos al escrito dedemanda quedan a su disposición en la Secretariadel Juzgado, de conformidad con el Artículo 90 delCódigo de Procedimientos Civiles.

Expediente número 1478/2008.Aguascalientes, Ags., a 14 de octubre del año

2009.EL C. SEGUNDO SECRETARIO,

LIC. GUILLERMO BALLESTEROS LARA. (A 1044932)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MARCO ANTONIO ROMAN GOMEZ, quienfalleció en esta ciudad el día dieciséis de enero demil novecientos noventa y siete, siendo sus padresJESUS M. ROMAN y AMPARO GOMEZ.- Convó-quense personas créanse derecho a dicho intestado,presentarse a este Juzgado a deducir y justificardentro del término de treinta días, contados detercera publicación este edicto.

Expediente número 504/2010.Aguascalientes, Ags., a 24 de mayo de 2010.

LA C. SECRETARIA,JUANA BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (A 1044532)

Page 61: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 61Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta MARIA LOPEZMENDEZ, denunciando la Sucesión Intestamen-taria a bienes del de cujus ISIDRO FLORESARENAS, quien falleció el día 2 de enero del 2001,en la ciudad de Aguascalientes, Ags., siendo suspadres JOSE FLORES ROMAN y FLORENTINAARENAS MARTINEZ, por lo que con fundamentoen lo establecido por el Artículo 687 del CódigoProcesal Civil en vigor, se convoca a los interesadoscon derecho a la presente intestamentaria a fin deque se presenten al local de este Juzgado a deducirloy justificarlo dentro del término de treinta días,contados a partir de la fecha de la última publicaciónde este edicto.- Expediente número 397/2010.

Rincón de Romos, Ags., a veinte de mayo de2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1042949)

JUZGADO QUINTO DE LO CIVILY DE HACIENDA

AGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

En el expediente número 1261/2008, relativo alJuicio Ejecutivo Mercantil, promovido porFRANCISCO JAVIER BERMEJO SILVA, en contrade CARLOS PALACIOS SAUCEDO y MARIOANTONIO PALACIOS SAUCEDO, rematarse en ellocal de este Juzgado a las trece horas del díaveintiuno de junio del dos mil diez, el siguiente bien:

Inmueble ubicado en calle Sergio Jiménezciento quince, manzana cuarenta y seis, lotecatorce, colonia Solidaridad, de Rincón de Romos,con una superficie de ciento veinte metroscuadrados y con las siguientes medidas y linderos:al ESTE, en seis metros colinda con lote veintiuno,calle Adolfo Ruiz Cortines; al SUR, en veinte metroscon lote cuarenta y cinco calle Manuel Delgado; alOESTE, en seis metros colinda con calle Manuelde Velasco M.; al NORTE, en veinte metros colindalote cuarenta y cinco dieciséis y diecisiete, calleSergio Manuel Jiménez.

Postura legal: SETENTA Y SIETE MIL PESOS00/100 MONEDA NACIONAL.

Cantidad que cubre las dos terceras partes delprecio del avalúo.- Convóquense postores.

Aguascalientes, Ags., a diecinueve de mayo deldos mil diez.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. DINA DEYANIRA REYES GUERRERO. (A 1044853)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta JOSE DEJESUS ZAMARRIPA ESPARZA y otros,denunciando la Sucesión Intestamentaria a bienesde los de cujus PERFECTO ZAMARRIPA VARGASy BEATRIZ ESPARZA GARCIA, quien falleció, elprimero de ellos el día 16 de octubre de 1989, yfalleció en Pabellón de Arteaga, Aguascalientes,siendo sus padres GENARO ZAMARRIPA yNORBERTA VARGAS, y la segunda que esBEATRIZ ESPARZA GARCIA, falleció el día 21 dediciembre del 2003, siendo sus padres ANTONIOESPARZA ARELLANO y MODESTA GARCIATRINIDAD y falleció en Pabellón de Hidalgo, Rincónde Romos, Aguascalientes, por lo que, confundamento en lo establecido por el Artículo 687del Código Procesal Civil en vigor, se convoca a losinteresados con derecho a la presente intestamen-taria a fin de que se presenten al local de esteJuzgado a deducirlo y justificarlo dentro del términode treinta días, contados a partir de la fecha de laúltima publicación de este edicto.

Expediente número 104/2010.

Rincón de Romos, Ags., a 22 de marzo del2010.

Las CC. Testigos de Asistencia,María del Rosario Fiscal Diosdado.

Lic. Lorena Guadalupe de Velasco Gallegos. (B 502173)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JAN KRITS MORALES DAVILA:MARISELA ROMO RUIZ, le demanda en la Vía

Unica Civil sobre Divorcio Necesario, la disolucióndel vínculo matrimonial que los une y el pago degastos y costas que se originen con motivo delpresente juicio.

Emplácesele para que conteste la demandainterpuesta en su contra dentro del término de treintadías, contados a partir de la tercera publicación deeste edicto, quedando a su disposición las copiasde traslado en la Secretaría de este Juzgado,asimismo para que señale domicilio en esta cuidadpara oír notificaciones, bajo apercibimiento que deno hacerlo, las subsecuentes notificaciones, se leharán en estrados del Juzgado.

Expediente número 529/2009.Aguascalientes, Ags., a 27 de enero del 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. MARGARITA DE LUCAS GONZALEZ. (A 1044286)

Page 62: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 62 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

J. ASUNCION HINOJOZA RAMIREZ, falleció enAguascalientes, Aguascalientes, el día nueve deenero del año dos mil diez, siendo sus padresVISENTE HINOJOZA y RICARDA RAMIREZ.- Sehace saber a los interesados la radicación delintestado y se convoca a las personas que se creancon derechos al intestado de dicha persona,presentarse a este Juzgado a deducir y justificarlodentro del término de treinta días, contados a partirde la última publicación de este edicto.

Expediente número 369/2010.Aguascalientes, Ags., a treinta de marzo del

año dos mil diez.EL C. SECRETARIO,

LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1044221)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE DE JESUS LUPERCIO DE LA CRUZ,falleció en Aguascalientes, Aguascalientes, el díaprimero de diciembre del año dos mil uno, siendosus padres PRIMITIVO LUPERCIO y TRINIDADCRUZ.- Se hace saber a los interesados laradicación del intestado y se convoca a las personasque se crean con derechos al intestado de dichapersona, presentarse a este Juzgado a deducir yjustificarlo dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.

Expediente número 525/2010.Aguascalientes, Ags., a dieciocho de mayo del

año dos mil diez.EL C. SECRETARIO,

LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1044065)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presenta MA. DELROSARIO DURON CORTES, denunciando laSucesión Intestamentaria a Bienes del de Cujus,RUBEN GOMEZ PEREZ, quien falleció el día 30de enero del 2010 en la Av. Universidad número 410,siendo sus padres ANTONIO GOMEZ CASTORENAy ANTONIA PEREZ SANTANA, por lo que, confundamento en lo establecido por el Artículo 687del Código Procesal Civil en vigor, se convoca a los

interesados con derecho a la presenteintestamentaria a fin de que se presenten al localde este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro deltérmino de treinta días, contados a partir de la fechade la última publicación de este edicto.

Expediente número 226/2010.Rincón de Romos, Ags., a 20 de mayo del 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. ANA MARIA MARTINEZ LOPEZ. (A 1043798)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ANTONIO DELGADILLO SALAS y/o JORGEANTONIO DELGADILLO SALAS y/o ANTONIODELGADILLO y/o JORGE DELGADILLO SALAS,falleció en esta ciudad de Aguascalientes, el díaveinticinco de diciembre del año dos mil nueve,siendo sus padres ANTONIO DELGADILLOGONZALEZ y CONSUELO SALAS NUÑEZ.- Sehace saber a los interesados la radicación delintestado y se convoca a las personas que se creancon derechos al intestado de dicha persona,presentarse a este Juzgado a deducir y justificardentro del término de treinta días, contados a partirde la última publicación de este edicto.

Expediente número 118/2010.Aguascalientes, Ags., a 24 de marzo del 2010.

LA C. SECRETARIA,LIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1045066)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MARÍA DE LOURDES VELOZ MAYAGOITIA,MA. DE LOURDES VELOZ MAYAGOITIA. MARIADE LOURDES VELOZ DE DIAZ y/o M. DELOURDES VELOZ MAYAGOITIA, falleció en estaciudad de Aguascalientes, el día veintiuno deoctubre de dos mil nueve, siendo sus padres J.REFUGIO VELOZ y MARIA AMPARO MAYAGOI-TIA.

Convóquense personas créanse derechosintestado dicha persona, presentarse ante esteJuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Expediente número 151/2010.Aguascalientes, Ags., a 12 de abril de 2010.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JANETT ROMO ZARAGOZA. (A 1042887)

Page 63: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 63Junio 14 de 2010

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIARINCON DE ROMOS, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

Ante este Juzgado se presentó RUBEN, JOSEFRANCISCO, ANA MA., ROSA MA., MARCOANTONIO, JOSE LUIS y MA. ELENA de apellidosOVALLE ROSALES, denunciando la SucesiónIntestamentaria a Bienes de los de Cujus JOSEFRANCISCO OVALLE LUEVANO y/o FRANCISCOOVALLE LUEVANO y MA. GUADALUPEROSALES ESCOBAR y/o MARIA GUADALUPEROSALES EZCOBAR y/o MARIA GUADALUPEROSALES ESCOBAR y MA. GPE. ROSALESESCOBAR.

JOSE FRANCISCO OVALLE LUEVANO y/oFRANCISCO OVALLE LUEVANO, quien falleció,el día 6 de mayo del 2009, en H. Colegio Militarnúmero 118, Col. Centro, siendo sus padres LUISOVALLE y ANDREA LUEVANO.

MA. GUADALUPE ROSALES ESCOBAR y/oMARIA GUADALUPE ROSALES EZCOBAR y/oMARIA GUADALUPE ROSALES ESCOBAR y/oMA. GPE. ROSALES ESCOBAR, quien falleció eldía 24 de agosto del 2001 en Rincón de Romos,Ags., siendo sus padres JOSE ROSALES y ROSAESCOBAR.

Por lo que con fundamento en lo establecidopor el Artículo 687 del Código Procesal Civil en vigor,se convoca a los interesados con derecho a lapresente intestamentaria a fin de que se presentenal local de este Juzgado a deducirlo y justificarlodentro del término de treinta días, contados a partirde la fecha de la última publicación de este edicto.

Expediente número 639/2009.

Rincón de Romos, Ags., a 17 de marzo del 2010.

Las CC. Testigos de Asistencia,Lic. Lorena Guadalupe de Velasco Gallegos.

María del Rosario Fiscal Diosdado. (B 504797)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JESUS GUZMAN ORTIZ:

MARIA ALEJANDRA GONZALEZ GOMEZ, ledemanda en la Vía Unica Civil disolución del vínculomatrimonial, pérdida de la patria potestad y pagode gastos y costas del presente juicio.

Emplácesele para que conteste la demandainterpuesta en su contra dentro del término de treintadías, contados a partir de la tercera publicación deeste edicto, quedando a su disposición las copiasde traslado en la Secretaría de este Juzgado,

asimismo para que señale domicilio en esta ciudadpara oír notificaciones, bajo apercibimiento que deno hacerlo, las subsecuentes, se le harán enestrados del Juzgado.

Expediente número 708/2009.

Aguascalientes, Ags., a 25 de febrero del 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1045313)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JUANA LETICIA GUEVARA SANTOYO, fallecióen Aguascalientes, Aguascalientes, el día dieciséisde junio del año dos mil nueve, siendo sus padresJUAN GUEVARA COLLAZO e ISIDRA SANTOYORODRIGUEZ.- Se hace saber a los interesados laradicación del intestado y se convoca a las personasque se crean con derechos al intestado de dichapersona, presentarse a este Juzgado a deducir yjustificarlo dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.

Expediente número 1187/2009.

Aguascalientes, Ags., a ocho de octubre deldos mil nueve.

EL C. SECRETARIO,LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1045316)

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE MANUEL SALAZAR SALDAÑA, fallecióen esta ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes,el día ocho de febrero de dos mil uno, siendo suspadres VENTURA SALAZAR RAMIREZ y PETRASALDAÑA GONZALEZ.

Convóquense personas créanse derechointestado de dicha persona, presentarse ante esteJuzgado a deducir y justificar dentro del término detreinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Expediente número 794/2009.

Aguascalientes, Ags., a ocho de febrero de dosmil diez.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JUANA BEATRIZ LLEGARIA ACEVEDO. (B 504777)

Page 64: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 64 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

RUFINO DE VELASCO MACIAS falleció enAguascalientes, Ags., el día dieciocho de diciembredel dos mil cuatro, siendo sus padres PABLO DEVELASCO y RITA MACIAS.- Convóquense perso-nas créanse derecho intestado de dicha persona,presentarse ante este Juzgado a deducir y justificardentro del término de treinta días, contados a partirde la última publicación de este edicto.

Expediente número 64/2010.Aguascalientes, Ags., a 17 de mayo de 2010.

LA C. PRIMERA SECRETARIA,LIC. SILVIA YAZMIN CHAVEZ ESPARZA. (A 1044492)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIAPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MARIA DE LA LUZ QUEZADA ESTRADA,falleció el 19 de octubre del año 1993, en Pabellónde Arteaga, Ags., siendo sus padres LUCASQUEZADA y MARIA ISABEL ESTRADA.- Convó-quense personas que se crean con derecho alintestado de dicha persona, presentarse ante esteJuzgado a deducirlo y justificarlo dentro del términode treinta días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Expediente número 411/2010.Pabellón de Arteaga, Ags., a 19 de mayo de 2010.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1044364)

JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ROMAN ZAMARRIPA DELGADO, falleció enesta ciudad de Aguascalientes, el quince de agostodel año dos mil nueve, siendo sus padres RAMONZAMARRIPA MANRIQUEZ y MA. GUADALUPEDELGADO RAMIREZ.- Convóquense personascréanse derecho intestado de dicha persona,presentarse ante este Juzgado a deducir y justificardentro del término de treinta días, contados a partirde la última publicación de este edicto.

Expediente número 491/2010.Aguascalientes, Ags., a 13 de mayo de 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA,LIC. ELSA MAGALI VAZQUEZ MARQUEZ. (A 1044029)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JOSE ANTONIO SALAS ESQUIVEL falleció elveintiocho de julio de dos mil siete en Loreto,Zacatecas, siendo sus padres ALFREDO SALASMACIAS y ROSA MARIA ESQUIVEL.- Convóquensepersonas créanse derecho intestados de dichapersona, presentarse ante este Juzgado a deduciry justificar dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.- Expediente número 509/2010.

Aguascalientes, Ags., a 13 de mayo de 2010.

LA C. PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. CLAUDIA ISABEL SANCHEZ RANGEL. (A 1045732)

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

ANTONIO GONZALEZ MACIAS, falleció enfecha veintiocho de enero del año dos mil cinco, enAguascalientes, Aguascalientes, siendo sus padresALFREDO GONZALEZ y MA. CONCEPCIONMACIAS.- Convóquense personas créanse derechointestado, presentarse ante este Juzgado a deduciry justificar dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.- Expediente número 1202/2009.

Aguascalientes, Ags., a 25 de mayo de 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JENNFFER PEREZ VARGAS. (A 1045731)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

JUAN PEREZ GARCIA, falleció en Villa Hidalgo,Jalisco, el día once de septiembre del año milnovecientos noventa y seis, siendo sus padresDOMINGO PEREZ MONTOYA y JUSTINA GARCIALOPEZ.- Se hace saber a los interesados laradicación del intestado y se convoca a las personasque se crean con derechos al intestado de dichapersona, presentarse a este Juzgado a deducir yjustificarlo dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.- Expediente número 173/2010.

Aguascalientes, Ags., a seis de mayo del añodos mil diez.

EL C. SECRETARIO,LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1045403)

Page 65: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 65Junio 14 de 2010

JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO TERCERA PUBLICACION

MARTIN HERNANDEZ GARCIA, falleció enfecha veintiuno de diciembre del año dos mil cincoen Aguascalientes, Aguascalientes, siendo suspadres JUAN HERNANDEZ y DOMITILA GARCIA.

Convóquense personas créanse derechointestado, presentarse ante este Juzgado a deduciry justificar dentro del término de treinta días,contados a partir de la última publicación de esteedicto.

Expediente número 972/2009.

Aguascalientes, Ags., a 24 de mayo de 2010.

LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS,LIC. JENNIFFER PEREZ VARGAS. (B 505152)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

FRANCISCO CERVANTES HUIZAR, falleció enAguascalientes, Aguascalientes, el día veintidós dejulio del dos mil seis, siendo sus padres FRANCIS-CO CERVANTES MACIAS y BERTHA HUIZARTRUJILLO.- Se hace saber a los interesados la ra-dicación del intestado y se convoca a las personasque se crean con derechos al Intestado de dichapersona, presentarse a esta Juzgado a deducir yjustificarlo dentro del término de treinta días conta-dos a partir de la última publicación de éste edic-to.- Expediente número 313/2010

Aguascalientes, Ags., a veinticinco de mayo delaño dos mil diez.

EL C. SECRETARIO,LIC. VICTOR FRANCISCO GARCIA QUIROZ. (A 1051685)

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIARAGUASCALIENTES, AGS.

EDICTO PRIMERA PUBLICACION

J. RAMON MARTINEZ ESCAMILLA también co-nocido como PEDRO MARTINEZ ESCAMILLA yRAMÓN MARTINEZ ESCAMILLA, falleció en estaciudad de Aguascalientes, el día veintinueve de di-ciembre del año dos mil siete, siendo sus padresBENITO MARTINEZ FLORES y ANDREAESCAMILLA RUIZ.- Se hace saber a los interesa-dos la radicación del intestado y se convoca a las

personas que se crean con derechos al Intestadode dicha persona, presentarse a este Juzgado adeducir y justificarlo dentro del término de treintadías, contados a partir de la última publicación deeste edicto.

Expediente 114/2010.Aguascalientes, Ags., a 22 de Marzo del 2010

LA C. SECRETARIALIC. ROSALBA CABRERA GUTIERREZ. (A 1051788)

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIADEL TERCER PARTIDO JUDICIALPABELLON DE ARTEAGA, AGS.

EDICTO U N I C A PUBLICACION

MARIA DEL CARMEN CHAVEZ PEREZ, pro-mueve en este juzgado en la Vía de PROCEDIMIEN-TO ESPECIAL, (RECTIFICACION DE ACTA), en laque se asentó erróneamente su fecha de nacimiento11 de diciembre de 1955, siendo lo correcto 11 dediciembre de 1965)

Convóquense personas créanse derecho a opo-nerse este juicio, presentarse a este juzgado adeducirlo y justificarlo mientras no haya sentenciaejecutoria.

Expediente número 341/2010.Pabellón de Arteaga, Ags., 8 de abril del 2010.

EL C. SECRETARIO,LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO. (A 1049470)

A V I S O NOTARIAL

Yo, Licenciado MOISES RODRIGUEZSANTILLAN, Notario Público Número Veintiocho delEstado, con fundamento en el Artículo 775 del Có-digo de Procedimientos Civiles del Estado deAguascalientes, doy a conocer al público en gene-ral, que en instrumento público número 37968 delvolumen 883 de fecha 25 de mayo del 2010 delProtocolo de la Notaría a mi cargo, los señores Li-cenciado LUIS HUMBERTO y Arquitecto MIGUELRICARDO de apellidos MARTIN DEL CAMPO B.MEDINA, reconocieron sus derechos hereditarios,aceptaron la herencia y el cargo de albacea en lasucesión testamentaria a bienes de la señora MA-RIA GUADALUPE B. MEDINA FERNANDEZ.

Aguascalientes, Ags., mayo 25 del 2010.

A t e n t a m e n t eLic. Moisés Rodríguez Santillán,

Notario Público Número Veintiocho. (A 1049208)

Page 66: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 66 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

INDICE GENERAL DE PUBLICACIONES DEL MES DE MAYO DE 2010

Periódico Oficial Núm. 18 3 de Mayo

PRIMERA SECCIONGOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVOH. CONGRESO DEL ESTADO.- LX LegislaturaDecreto 390: Punto de Acuerdo (exhorto al Presidente de la Feria, para que extienda el plazo para laasignación de espacios).

PODER EJECUTIVOSECRETARIA DE FINANZASAcuerdo por el que se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTESDos anexos de construcción en alcance al cambio de uso de suelo publicado en el Periódico Oficial delEstado el 26 de abril de 2010 (Primera Sección) para la adecuación del cambio de conservación, produc-ción, restitución, producción agrícola, uso forestal, conservación a uso de suelo habitacional de densidadalta.Reglas de carácter general en materia de aprovechamientos.H. AYUNTAMIENTO DE EL LLANOReglamento de Limpia del Municipio de El Llano.A V I S O S, Judiciales y generales.

SEGUNDA SECCION

GOBIERNO FEDERALPODER LEGISLATIVO

ORGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIONReglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el Ejercicio Fiscal2010.

Periódico Oficial Núm. 19 10 de Mayo

GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO.- LX LegislaturaDecreto 394.- Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Aguascalientes.Decreto 405.- Mesa Directiva para el Segundo Período Ordinario de Sesiones.Decreto 406.- Clausura de los trabajos del Primer Período de Receso.Decreto 407.- Apertura de los trabajos del Segundo Período Ordinario de Sesiones.

PODER EJECUTIVOINSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LAS MUJERESReforma al Reglamento Interior.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESReglas internas de operación del Programa "Banco de Alimentos".Norma 08 para el Control y Manejo de los Recursos del Fondo Revolvente para la Ejecución del Programa"Banco de Alimentos".SECRETARIA DE FINANZASInforme correspondiente al Primer Trimestre de 2010 del Fondo de Apoyo para el Fortalecimiento de lasEntidades Federativas (FAFEF 2008-2009-2010) y del Fideicomiso para la infraestructura de los Estados(FIES 2008).

Page 67: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 67Junio 14 de 2010

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIAAcuerdo que designa Agente del Ministerio Público Especializado en Adolescentes.SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNOAviso de licencia del Notario Público número Quince del Estado.A V I S O S, Judiciales y generales.Indice General de Publicaciones del mes de Abril de 2010.

Periódico Oficial Núm. 20 17 de Mayo

PRIMERA SECCIONGOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVOINSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTESConvenio específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas AFASPE2010.SECRETARIA DE FINANZASReformas al Reglamento del Padrón Vehicular del Estado de Aguascalientes.SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICODecreto que establece la Constitución del "Fideicomiso de Generación de Energía Alterna".SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICAConvenio de Coordinación en el marco del Sistema de Seguridad Pública para la aplicación de recursosprovenientes del "FASP".PRESIDENCIA MUNICIPAL DE ASIENTOSReglamento para regular la observancia policiaca de las órdenes de protección.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL LLANOPrograma de Cancelación de Adeudos al Predial y Agua Potable mediante el Servicio Comunitario.

SEGUNDA SECCION

INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAcuerdo que aprueba el cambio de sede de la cabecera del VI distrito electoral local.Acuerdo que establece el criterio de distribución de los lugares de uso común para la colocación y fijaciónde propaganda.Resolución al registro de candidatos del PAN al Ayuntamiento de Aguascalientes, diputados por el principiode representación proporcional y planilla de Ayuntamientos del Estado por representación proporcional.Resolución al registro de candidatos del PRD a Gobernador, Ayuntamiento de Aguascalientes, diputadospor el principio de representación proporcional y planilla de Ayuntamientos del Estado por representaciónproporcional.Resolución al registro de candidatos del PT a Gobernador, Ayuntamiento de Aguascalientes, diputados porel principio de representación proporcional y planilla de Ayuntamientos del Estado por el principio de repre-sentación proporcional.Resolución al registro de candidatos del PC a Ayuntamiento de Aguascalientes, diputados por el principiode representación proporcional y planilla de Ayuntamientos del Estado por representación proporcional.Resolución al registro de candidatos de la coalición "Aliados por tu bienestar" a Gobernador y Ayuntamien-to de Aguascalientes.Resolución al registro de candidatos del PRI a diputados por el principio de representación proporcional yplanilla de Ayuntamientos del Estado por representación proporcional.Resolución al registro de candidatos del PVEM a diputados por el principio de representación proporcionaly planillas de Ayuntamientos del Estado.Resolución al registro de candidatos del PANAL a diputados por el principio de representación proporcionaly planilla de Ayuntamientos del Estado por representación proporcional.Resolución al registro de candidato del PAN a Gobernador.Resolución a solicitud de registro de candidato independiente a gobernador.

TERCERA SECCION

Page 68: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 68 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

SECCION DE AVISOSJudiciales y generales.

Periódico Oficial Núm. 21 24 de Mayo

EDICION MATUTINAGOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVOSECRETARIA DE FINANZASSituación de la Deuda Pública Estatal al 30 de abril de 2010.SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIALReglamento de la Ley para la Protección de los Adultos Mayores del Estado.SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICAInforme único trimestral correspondiente al primer trimestre de 2010 de los recursos provenientes del"FASP".PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESReportes del Sistema de Formato Único de la SHCP sobre Recursos Federales del Primer Trimestre 2010.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE RINCON DE ROMOSReporte Trimestral del Fondo de Fortalecimiento Municipal y del Fondo de Infraestructura Social Municipal.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESAvisos relativos al inicio del proceso para formulación y aprobación de cambio de uso de suelo.Licitación Pública Estatal. Convocatoria: 001.CCAPAMA.- Licitación Pública Estatal. Convocatoria: 002-10.Decreto que adiciona el párrafo 162 del Código Municipal. (Dictamen de viabilidad financiera para la crea-ción de órganos administrativos).Decreto que modifica los Artículos 340 y 341 del Código Municipal. (arrojar a los drenajes desechos mate-riales).Reglas de carácter general que contienen las políticas generales de descuentos de los ingresos estableci-dos en la Ley de Ingresos 2010).PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMOReformas y adiciones al Código Municipal.INSTITUTO ESTATAL ELECTORALResolución que aprueba el informe final del procedimiento de liquidación del Partido Socialdemócrata.Convenio de Coalición "Aliados por tu Bienestar", celebrado entre los Partidos Revolucionario Institucional,Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.A V I S O S, Judiciales y generales.

EDICION VESPERTINAGOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVOPRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESDecreto por el que se reforma al Artículo 1174 del Código Municipal de Aguascalientes.Cambio de Uso de Suelo de Habitacional Tipo Residencial a Habitacional Tipo Medio en la continuación dela Av. Guadalupe González, al poniente de la ciudad de Aguascalientes.Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Bodega de Almacenamiento, en el Fraccionamiento San Josédel Arenal.

Periódico Oficial Núm. 22 31 de Mayo

GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVO

COMISION PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIOConvenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable.

Page 69: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

PERIODICO OFICIAL Pág. 69Junio 14 de 2010

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CALVILLOLicitación Pública Nacional. Convocatoria Estatal 001-10.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL LLANOPrograma Municipal de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAcuerdo que establece el criterio general para el registro de los nombramientos de los representantesgenerales de los partidos ante las Mesas Directivas de Casillas.Acuerdo que designa al Secretario Técnico y Consejero Electoral Distrital en el Consejo Distrital ElectoralII.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIONSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIONVoto particular del Ministro José Fernando Franco González, en la acción de inconstitucionalidad 52/2009y su acumulada 53/2009.A V I S O S, Judiciales y generales.

Page 70: Periodico Oficial Num. 24, 14 Junio 2010 - isssspea.gob.mx · pág. 2 periodico oficial junio 14 de 2010 gobierno del estado gobierno del estado libre y soberano de aguascalientes

Pág. 70 PERIODICO OFICIAL Junio 14 de 2010

I N D I C E :

GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO.- LX LegislaturaDecreto 409.- Designación de representantes del Poder Legislativo ante el Consejo Directivo delOrganismo Implementador del Sistema de Justicia Penal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Decreto 421.- Minuta Proyecto de decreto que adiciona un párrafo 3º al Artículo 17 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

PODER EJECUTIVOPRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN JOSE DE GRACIAModificación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2010. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .INSTITUTO ESTATAL ELECTORALAcuerdo que aprueba el Reglamento de Sesiones de los Consejos Municipales Electorales. . . . . . .Resolución a diversas solicitudes de acreditación como Observadores Electorales durante el Proce-so Electoral Local 2009-2010.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Resolución que acredita a la encuestadora "Mendoza Blanco y Asociados S.C." para realizar en-cuestas de salida y de conteo rápido. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Resolución que atiende las solicitudes de registro de candidatos presentados por el PC, para lasplanillas de Ayuntamiento de los Municipio de Asientos, El Llano y Tepezalá por el principio derepresentación proporcional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .ISSSSPEAReglamento Orgánico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A V I S O SJudiciales y generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Pág.

2

3

4

6

14

17

19

26

35

‘‘Para su observancia, las leyes y decretos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrarán en vigoral día siguiente de su publicación.- Cuando en la Ley o decreto se fije la fecha en que debe empezar a regir, su publicaciónse hará por lo menos tres días antes de aquélla’’. (Artículo 35 Constitución Local).

Este Periódico se publica todos los Lunes.- Precio por suscripción anual $ 465.00; número suelto $ 25.00; atrasado$ 30.00.- Publicaciones de avisos o edictos de requerimientos, notificaciones de embargo de las Oficinas Rentísticas delEstado y Municipios, edictos de remate y publicaciones judiciales de esta índole, por cada palabra $ 2.00.- En los avisos,cada cifra se tomará como una palabra.- Suplementos Extraordinarios, por plana $ 453.00.- Publicaciones de balances oestados financieros $ 651.00 plana.- Las suscripciones y pagos se harán por adelantado en la Secretaría de Finanzas.

Impreso en los Talleres Gráficos del Estado de Aguascalientes.

C O N D I C I O N E S :