Periódico Oficial Num. 22

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GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO H. CONGRESO DEL ESTADO.- LXI. Legislatura: Decreto Número 77.- Se reforma el párrafo segundo del Artículo Primero del decreto Nº 464 expedido por la LX Legislatura. Decreto Número 78.- Punto de Acuerdo. Solicita al titular del Poder Ejecutivo del Estado, por conducto del Jefe de Gabinete, proporcione información sobre las concesiones del transporte público. PODER EJECUTIVO OFICINA DEL C. GOBERNADOR Acuerdo que adscribe la Oficina de Atención a Migrantes en el Extranjero y sus Familiares a la Secretaría de Gobierno. INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO Convenio de Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control Sanitario de Productos del Tabaco. PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES Modificación al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana. PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CALVILLO Reforma al Código Municipal de Calvillo. A V I S O S Judiciales y generales I N D I C E Página 60 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX} TOMO LXXIV Aguascalientes, Ags., 30 de Mayo de 2011 Núm. 22 C O N T E N I D O : RESPONSABLE: Lic. Miguel Romo Medina, Secretario de Gobierno

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GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO.- LXI. Legislatura:Decreto Número 77.- Se reforma el párrafo segundo del Artículo Primero del decreto Nº 464 expedido por la LX Legislatura.Decreto Número 78.- Punto de Acuerdo. Solicita al titular del Poder Ejecutivo del Estado, por conducto del Jefe de Gabinete, proporcione información sobre las concesiones del transporte público.

PODER EJECUTIVOOFICINA DEL C. GOBERNADORAcuerdo que adscribe la Oficina de Atención a Migrantes en el Extranjero y sus Familiares a la Secretaría de Gobierno.INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADOConvenio de Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control Sanitario de Productos del Tabaco. PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESModificación al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana.PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CALVILLOReforma al Código Municipal de Calvillo.

A V I S O SJudiciales y generales

I N D I C E Página 60

PERIODICO OFICIALDEL ESTADO DE AGUASCALIENTESMEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}

TOMO LXXIV Aguascalientes, Ags., 30 de Mayo de 2011 Núm. 22

C O N T E N I D O :

RESPONSABLE: Lic. Miguel Romo Medina, Secretario de Gobierno

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PRESIDENCIA MUNICIPALAGUASCALIENTES, AGS.

LORENA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, PRESI-DENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículo 71 fracción II y demás relativos y aplicables del Código Municipal de Aguascalientes, a los habi-tantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el Honorable Ayuntamiento 2011-2013, tuvo a bien aprobar el dictamen relativo a la propuesta de modificación al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana, derivando lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S :1.- Con fecha 12 de abril de 2011, se recibió el

oficio No. S.I.S./262/11 signado por el Ing. Roberto Tavarez Medina. Con el Asunto: Solicitud de Revi-sión al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana y un ANEXO conteniendo la Propuesta de Revisión correspondiente.

2.- El jueves 14 de abril de 2011, sesionó válida-mente la Comisión Permanente de Desarrollo Social del H. Ayuntamiento 2011-2013, admitiéndose la Pro-puesta de Modificación al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana, realizada por la Secretaría de Integración Social Municipal y dándose primer lectura al documento.

3.- Con fecha 18 de abril de 2011, se recibió el oficio No. S.I.S./276/11 signado por el Ing. Rober-to Tavarez Medina. Con el asunto: adiciones a la Propuesta original de Revisión al Sistema de Par-ticipación Ciudadana y un ANEXO conteniendo las Adiciones correspondientes.

4.- El martes 20 de abril de 2011, sesionó válida-mente la Comisión Permanente de Desarrollo Social del H. Ayuntamiento 2011-2013, admitiéndose las Adiciones a la Propuesta Original del Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana, y se dio segunda lectura a la Propuesta complementada.

5.- El martes 26 de abril de 2011, sesionó válida-mente la Comisión Permanente de Desarrollo Social del H. Ayuntamiento 2011-2013, procediéndose a DICTAMINAR la Propuesta de Modificación al Regla-mento del Sistema de Participación Ciudadana.

C O N S I D E R A N D O S :PRIMERO. Que conforme a lo establecido en

el Código Municipal de Aguascalientes, la Comisión Permanente de Desarrollo Social es competente para conocer de la Propuesta de Modificación al Regla-mento del Sistema de Participación Ciudadana.

SEGUNDO. Que conforme a lo establecido en el Código Municipal de Aguascalientes, las funciones de las Comisiones, son primordialmente las de vigilar el buen funcionamiento de la administración pública municipal y la prestación de los servicios públicos,

señalando sus deficiencias y proponiendo las medi-das adecuadas para corregirlas.

TERCERO. Que en la delimitación de las Unida-des Regionales Municipales, llevada a cabo por el Instituto de Planeación Municipal de Aguascalientes, se distribuyó el territorio bajo variables econométri-cas, teniendo como base una evaluación multicriterio, que consideró entre otros la densidad poblacional, el grado de acceso a los servicios públicos, el grado de marginación, riesgo de desastres naturales, su per-tenencia o no a polígonos de pobreza, y los propios límites de las colonias.

R E S O L U T I V O S :ÚNICO. Es de aprobarse la Propuesta de Modi-

ficación al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana; quedando en los términos siguientes:

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA

DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTESTITULO PRIMERO

CAPITULO IDisposiciones Generales

ARTICULO 1°.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la estructura y funcionamiento del Sistema de Participación Ciudadana y establecer las funciones, atribuciones y responsabilidades de las dependencias y organismos que forman parte del mismo, señalando directrices para la coordinación de actividades.

ARTICULO 2°.- Para efectos de funcionamiento, se entiende por Sistema de Participación Ciudada-na el conjunto de normas, lineamientos, objetivos, estrategias y acciones que interactúan con organis-mos ciudadanos y dependencias gubernamentales orientados a:

I. Promover la participación activa, voluntaria, organizada y responsable de la ciudadanía en la elaboración, programación, ejecución, supervisión y evaluación de planes y programas de la adminis-tración pública.

II. Procurar la participación de los ciudadanos, de manera corresponsable y abierta, en la toma de las decisiones gubernamentales que beneficien a su comunidad, colonia o fraccionamiento, cuando así lo determine o solicite el Honorable Ayuntamiento de Aguascalientes.

III. Abrir un cauce institucional eficaz, que propi-cie la participación plural, el consenso y la solidaridad en favor del desarrollo integral y equilibrado de la sociedad.

IV. Establecer una relación horizontal entre ciu-dadanos y autoridades, garantizando una auténtica y directa representatividad ciudadana.

V. Integrar la participación ciudadana a proyectos estratégicos de desarrollo social y comunitario.

ARTICULO 3°.- Corresponde al Presidente Muni-cipal, a través de la Secretaría de Integración Social

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del Municipio de Aguascalientes, la coordinación, promoción, supervisión y ejecución del Sistema de Participación Ciudadana.

ARTICULO 4°.- La Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes creará, en su estructura organizativa, un área operadora del Sistema, quien tendrá, a su vez, la responsabilidad de formar la estructura del Sistema de Participación Ciudadana Municipal y de realizar los ajustes que, para su buen funcionamiento, fueran necesarios.

ARTÍCULO 5°.- Con base en las políticas, priori-dades y restricciones establecidas por el Presidente Municipal de Aguascalientes, las dependencias que para la elaboración, supervisión, evaluación y eje-cución de sus planes y programas requieran de la participación ciudadana conforme a la normatividad establecida, se sujetarán a los procedimientos del Sistema de Participación Ciudadana Municipal.

ARTÍCULO 6°.- Los titulares de las dependencias a que se refiere este Reglamento, deberán elaborar los manuales operativos y de organización, acuer-dos, circulares y demás disposiciones que tiendan a regular el funcionamiento y vinculación de sus planes y programas con el Sistema de Participación Ciudadana Municipal.

ARTÍCULO 7°.- Los órganos del Sistema fungi-rán como punto de apoyo recíproco con el Instituto Municipal de Planeación de Aguascalientes en su función de planeación urbana, ecológica y socioeco-nómica.

ARTÍCULO 8°.- Los órganos del Sistema debe-rán ser apartidistas, en caso contrario perderán su permanencia dentro del Sistema de Participación Ciudadana Municipal.

ARTICULO 9°.- Antes de poner en marcha los programas a que se hace alusión el presente orde-namiento, las dependencias municipales acordarán con la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes el proceso de coordinación para la vinculación que establece el artículo 6° de este ordenamiento.

ARICULO 10.- El Presidente Municipal velará porque la Secretaría de Integración Social del Mu-nicipio de Aguascalientes, cuente con el respaldo y apoyo necesario para atender al máximo las nece-sidades y demandas de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana y la sociedad en general.

CAPITULO IIDe las Unidades Regionales Municipales

ARTICULO 11.- El Municipio de Aguascalientes se dividirá en el área urbana en nueve Unidades Regionales Municipales las cuales serán:

I. Unidad Regional Centro.II. Unidad Regional Circunvalación.III. Unidad Regional Ferrocarril.IV. Unidad Regional Línea Verde. V. Unidad Regional Oriente.

VI. Unidad Regional Insurgentes.VII. Unidad Regional Poniente.VIII. Unidad Regional Norte.IX. Unidad Regional Industrial; yEn el área rural se identificará una Unidad Regio-

nal Rural, la cual comprenderá las Unidades:X. Unidad Territorial Villa Licenciado Jesús Terán

“Calvillito”.XI. Unidad Territorial José María Morelos y Pavón

“Cañada Honda”.XII. Unidad Territorial Peñuelas “El Cienegal”.XIII. Unidad Territorial Salto de los Salado.ARTICULO 12.- Las Unidades Territoriales urba-

nas y rurales comprenderán las siguientes colonias, fraccionamientos y comunidades:

I. A la Unidad Territorial Centro comprenderá; Zona Centro, Condominio Hornedo, Colonia More-los, Colonia Gremial, Colonia Primavera, Barrio de la Estación, Barrio de la Purísima, Colonia La Fe, Colonia Industrial, Fraccionamiento para Burócratas, Villas del Acueducto, Colonia Las Flores, Rinconada Cristo Negro, Residencial Colosio, Fraccionamiento los Fresnos, Fraccionamiento Triana, Condominio Virreyes, Jardines de Triana, Infonavit San Fernando, Colonia El Llanito, Fraccionamiento Residencial el Encino, Condominio Triana, Barrio el Encino, Colo-nia Obraje, Barrio la Salud, Fovissste Ojo de Agua primera sección, Colonia Ojo de Agua, Condominio Rinconada del Cedazo, Condominio la Luna, Con-dominio San Miguel, Fraccionamiento Jardines de Triana, Condominio Joyas del Sur, Colonia Laurel y Condominio Rinconada de la Asunción, Condo-minio Soledad Larreategui, Condominio Rinconada de Guadalupe, Colonia Buenos Aires, Colonia San Pablo, Colonia del Carmen, Barrio de Guadalupe, Colonia Altavista, Colonia Miravalle, Colonia San Marcos, Fraccionamiento Modelo, Barrio San Mar-cos, Condominio Libertad, Condominio Guadalupe Posada, Panteón de la Cruz, Panteón de los Ángeles, Tianguis San Juanito.

II. A la Unidad Regional Circunvalación corres-ponde, Fraccionamiento Fuentes de la Asunción, Fraccionamiento Jardines de la Cuz, Condominio Los Cedros, Fraccionamiento Bulevar, Fraccionamiento Lindavista, Caminero, Fraccionamiento Jardines de Aguascalientes, Jardines de las Fuentes, Fracciona-miento Antonio Garza Elizondo, Fraccionamiento Jar-dines de la Asunción, Centro Comercial Plaza Fiesta, Fraccionamiento Prados del Sur, Fraccionamiento Bulevares primera sección, Fraccionamiento Jardines del Sur, Fraccionamiento Villa Jardín I y II, Agricultura, Fraccionamiento Las Américas, Fraccionamiento el Dorado primera y segunda sección, Fraccionamien-to Versalles primera sección, Fraccionamiento del Valle primera sección, Fraccionamiento Las Torres, Zona Federal, Unidad Habitacional Vivienda Popular, Fraccionamiento Circunvalación Poniente, Fraccio-namiento la Fuente, Fraccionamiento Santa Elena, Fraccionamiento Jardines de Santa Elena segunda sección, Fraccionamiento Montebello, Fracciona-

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miento Valle Dorado, Fraccionamiento Pirules, Centro Comercial el Dorado, Centro Comercial Expo-Plaza, Guadalupe, Fraccionamiento La Fundición, Fraccio-namiento San Cayetano, Fraccionamiento Colinas de San Ignacio, Fraccionamiento los Sauces, Fracciona-miento las Arboledas, Fraccionamiento Villas de la Universidad, Fraccionamiento las Brisas, Heliodoro García, Fraccionamiento La Concordia, Colonia Oli-vares Santana, Unidad Habitacional José Guadalupe Posada, Fraccionamiento Gómez, Del Valle Río San Pedro, Fraccionamiento San Marcos, Fracciona-miento del Valle segunda sección, Fraccionamiento Residencial Los Pirules, Moderno, Fraccionamiento Panorama, Condominio Diamante, Dominiu, Frac-cionamiento Ramón Romo Franco, Residencial Guadalupe, Colegio Marista, Centro Comercial Plaza San Marcos, Fraccionamiento Anexo los Sauces Sur, Fraccionamiento Línea de Fuego, Fraccionamiento Colinas del Río, Fraccionamiento Colinas del Po-niente, Parque Funeral Jardines Eternos, Colonia Curtidores, Coto del Río,

III. A la Unidad Regional Ferrocarril corresponde, Costco, Embotelladora las Trojes, Deportivo Futura-ma, Centro Comercial Galerías, Valle del Mezquital, Industrial la Perla, Centro Comercial Altaria, Los Ángeles, Residencial las Plazas, Fraccionamiento las Cavas, Fraccionamiento Arrollo del Molino, Centro Comercial Agropecuario, Centro Comercial Distribui-dor de Básicos, Fraccionamiento San José de Pozo Bravo, Condominio Cartagena 1947, Fraccionamiento Montebello Della Stanza, Condominio la Enramada, Colonia Talamantes Ponce, Arroyo de la Hacienda, Condominio Jardines de Monte Bello, Hotel las Tro-jes, Antigua estación de PEMEX, Fraccionamiento la Rinconada, Fraccionamiento Nueva Rinconada, Fraccionamiento El Roble, Fraccionamiento Indus-trial, Fraccionamiento Los Arcos, Fraccionamiento las Hadas, Condominio Bugambilias, Fraccionamiento El Plateado, Fraccionamiento Circunvalación Norte, Fraccionamiento El Sol, Fraccionamiento Villas de San Francisco, Fraccionamiento Constitución, Frac-cionamiento Soberana Convención Revolucionaria, Fraccionamiento Villas de la Convención, Conjunto los Naranjos, Fraccionamiento Libertad, Fracciona-miento Pozo Bravo Sur, Fraccionamiento Villa Teresa, el Rosedal, Fraccionamiento El Maguey, Colonia Progreso, Fraccionamiento Parras, Fraccionamiento Bosques del Prado Oriente, Fraccionamiento Trojes del Cóbano, Fraccionamiento El Cóbano, Fracciona-miento Villas del Cóbano, Fraccionamiento Alianza Ferrocarrilera, Colonia Macías Arellano, Colonia Francisco Guel Jiménez, Fraccionamiento Hacien-da El Cóbano, Fraccionamiento Loma del Cóbano, Fraccionamiento C.T.M., Infonavit las Viñas, Fraccio-namiento S.T.E.M.A., Unidad Habitacional Licenciado Benito Juárez, Santa Anita cuarta sección, Fraccio-namiento C.N.O.P. Oriente, Fraccionamiento Villa Bonita, Fraccionamiento Nazario Ortiz Garza, Frac-cionamiento Colinas de Oriente, Unidad Habitacional XIV Zona Militar, Fraccionamiento Independencia, Fraccionamiento La Estrella, Fraccionamiento Rinco-nada de Pozo Bravo, Fraccionamiento Pozo Bravo, Fraccionamiento Las Viñas, Parque Santa Anita,

Escuela Normal Superior, Deportivo Ferrocarrilero, Instituto Tecnológico de Aguascalientes, Instituto de Educación de Aguascalientes, Instituto del Deporte del Estado de Aguascalientes, Centro Comercial Plaza Aguascalientes, Unidad Habitacional Vivienda Militar, Fraccionamiento Héroes de Aguascalientes, Unidad Habitacional IV Centenario, Fraccionamiento Gámez, Fraccionamiento Santa Anita, Fracciona-miento Rinconada de la Alameda, Fraccionamiento Luis Gómez Zepeda, Colonia Ferronales, Colonia del Trabajo, Condominio Bosques de la Alameda, Fraccionamiento Alameda, Fraccionamiento Lomas de Santa Anita, Colonia Héroes, Condominio La Ha-cienda, Condominio La Mancha, Colonia San Luis, Fraccionamiento Jesús Terán Peredo, Fracciona-miento Jardines de la Convención primera y segunda sección, Condominio S.T.E.M.A., Condominio Primo Verdad I.N.E.G.I., Fraccionamiento Jardines de la Cruz, Unidad Habitacional Infonavit Los Volcanes, Fraccionamiento Jesús Gómez Portugal, Centro Comercial El Cerrito, Fraccionamiento Bona Gens, Fovissste Ojocaliente, Villas de Ojocaliente, Frac-cionamiento Fovissste Ojocaliente, Fraccionamiento Ojocaliente Las Torres, Ex-Hacienda Ojocaliente, Condominio Misión La Alameda, Ejido Ojocaliente, Fraccionamiento la Huerta, Unidad Habitacional Lá-zaro Cárdenas, Tres Centurias, Condominio Nueva Alameda Residencial, Centro Escolar Triana, Ejido Ojocaliente, Escuela Normal del Estado, Parque El Cedazo, Parque La Pona, Unidad Deportiva IV Centenario, Fraccionamiento Rancho San Francisco de los Arteaga, Fraccionamiento Villa Sur, Fracciona-miento Laureles del Sur, S.E.N.S.A.T.A., Infonavit Ojo de Agua, Fraccionamiento México, Fraccionamiento Pirámides, Fraccionamiento Jardines del Sol, Colonia La Cruz, Fraccionamiento Vistas del Sol, Fracciona-miento Misión de Santa Fe, Fraccionamiento Jardines de Casa Blanca, Fraccionamiento Casa Blanca, Frac-cionamiento Misión de Santa Lucía, Fraccionamiento Lomas del Sur, Fraccionamiento Lomas del Mirador y Fraccionamiento Lomas de Vista Bella.

IV. A la Unidad Regional Línea Verde correspon-de, Cumbres III, Fraccionamiento Las Cumbres, Frac-cionamiento Lomas de la Asunción, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Estación, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Alameda, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector San Marcos, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Encino, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Guadalupe, Fraccionamiento Pintores Mexicanos, Fracciona-miento Cerro Alto, Pensadores Mexicanos, Condo-minio Rinconada del Puertecito, Fraccionamiento Villas del Río II, Fraccionamiento Santa Margarita, Fraccionamiento Luis Ortega Douglas, Colonia José Refugio Esparza Reyes, Ejido Cumbres, Fraccio-namiento Santa Margarita, Parque Ecológico Méxi-co, Fraccionamiento Rodolfo Landeros Gallegos, Fraccionamiento Municipio Libre, Infonavit Fidel Velázquez, Condominio Ojocaliente II I.N.E.G.I., Fraccionamiento Ojocaliente III, Fraccionamiento Ojocaliente I, Infonavit Morelos, Fraccionamiento

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Jardines de Casa Nueva, Condominio Villas de Mo-relos, Condominio Valle del Cedazo, Fraccionamiento Morelos I, Fraccionamiento Balcones de Ojocaliente, Fraccionamiento El Cedazo, Fraccionamiento Solida-ridad II, Ejido Salto de Ojocaliente, Fraccionamiento Solidaridad I, Fraccionamiento Cima del Chapulín, Fraccionamiento Lomas del Chapulín, Fracciona-miento Bajío de las Palmas, José Guadalupe Peralta Gámez, Fraccionamiento Morelos, Condominio Villa Taurina, Condominio La Terraza, Condominio del Río, Lomas de la Mandarina, Fraccionamiento Cielo Cla-ro, Fraccionamiento Tierra Buena, Fraccionamiento Agua Clara, Fraccionamiento Solidaridad IV, Fraccio-namiento Emiliano Zapata, Fraccionamiento Villalta, Fraccionamiento Lomas Altas, Fraccionamiento Reencuentro, Fraccionamiento Lomas del Ajedrez, Fraccionamiento Fundadores, Condominio Rinco-nada San Antonio I, Condominio Mujeres Divinas, Fraccionamiento Solidaridad III, Fraccionamiento Mujeres Ilustres, Fraccionamiento Periodistas, Frac-cionamiento Morelos II, Fraccionamiento Centenario de la Revolución.

V. A la Unidad Regional Oriente corresponde, El Puertecito, Fraccionamiento Cumbres II, Fracciona-miento Claustros de Loma Dorada, Fraccionamiento Villa de Loma Dorada, Condominio Natura, Fraccio-namiento Natura, Fraccionamiento Villas del Rio I, Fraccionamiento La Florida I, Fraccionamiento La Florida II, Condominio Villas de Don Antonio, Asen-tamiento Irregular Cumbres III, Condominio Natu-raleza, Fraccionamiento Villerías, Fraccionamiento Haciendas de Aguascalientes, Colonia el Riego, Fraccionamiento Vista de las Cumbres, Fracciona-miento Vistas de Oriente, Fraccionamiento Villas de las Fuentes, Fraccionamiento Mirador de Santa Elena, Fraccionamiento Mirador de las Culturas II, Fraccionamiento Villas de la Loma, Fraccionamiento Los Pericos, Fraccionamiento Mirador de las Cultu-ras, Fraccionamiento Real de Haciendas, Fraccio-namiento Colinas de San Patricio, Fraccionamiento Balcones de Oriente, Comunidad El Rocío, Colonia José Guadalupe Posada, Condominio Los Laureles, Fraccionamiento Los Laureles, Fraccionamiento Paseos del Sol, Fraccionamiento Licenciado Benito Palomino Dena, El Guadalupano, Fraccionamiento Lomas de Oriente, Fraccionamiento Lomas de Vista Bella, Fraccionamiento Villa Nova, Fraccionamiento Real del Sol, Norias de Ojocaliente, Fraccionamien-to Villas de las Norias, El Conejal, Condominio La Hojarasca, Fraccionamiento Villas de las Palmas III, Fraccionamiento San Jorge, Fraccionamiento Villa de las Palmas, Fraccionamiento Lomas del Gachupín, Norias de Paso Hondo, El Hotelito, Fraccionamien-to La Lomita, Lomas de San Jorge, Ojo de Agua de Palmitas II, Paseo de los Cactus, Residencial Asturias, Fraccionamiento San Ángel, Condominio Tepame, Valle de los Cactus, Fraccionamiento Valle del Bicentenario,

VI. A la Unidad Regional Insurgentes corres-ponde, Isla San Marcos, Canteras de Santa Imelda, Rinconada Santa Mónica, Los Barandales San José, Fraccionamiento Loma Bonita, Fraccionamiento Villas de la Cantera, Fraccionamiento Canteras de

San Javier, Fraccionamiento Canteras de San José, Condominio Los Eucaliptos, Colonia San Francisco del Arenal, Fraccionamiento San Francisco del Arenal, Fraccionamiento Casa Sólida, Condominio Paseos de Santa Mónica, Fraccionamiento La Casi-ta, Fraccionamiento Santa Imelda, Fraccionamiento Rinconada de San José, Fraccionamiento Capital City, Centro Comercial Chedraui, Fraccionamiento Hermanos Carreón, Barranca de Guadalupe, Frac-cionamiento España, Infonavit los Pirules, Colonia Nueva España, Fraccionamiento Educación Álamos, Fraccionamiento Licenciado José López Portillo, Fraccionamiento Torres de San Francisco, Fraccio-namiento Rinconada del Sur, Fraccionamiento La Estancia, Fraccionamiento Villas de Santa Rosa, Centro Comercial Villasuncion, Colonia San Pedro, Unidad Habitacional Potreros del Oeste, Fracciona-miento Trojes del Sur, Fraccionamiento Prados de Villasuncion, Infonavit Pilar Blanco, Colonia Martínez Domínguez, Fraccionamiento Villas del Oeste, Frac-cionamiento Vista del Sur, Fraccionamiento Villas del Pilar, Fraccionamiento Villas de San Antonio, Fraccionamiento Vicente Guerrero, Fraccionamiento Bulevares II, Fraccionamiento Versalles II, Fraccio-namiento Insurgentes, Colonia Vicente Guerrero, Condominio San Francisco, Fraccionamiento Ca-sasólida, Fraccionamiento La Casita, Colonia San Francisco del Arenal, Fraccionamiento San Francisco del Arenal, Condominio San Gerardo, Panteón San Francisco, .

VII. A la Unidad Regional Poniente corresponde, Colegio Esperanza, Granja Duarte, Condominio La Perla, Condominio Jardines del Lago, Condominio Canteras de San Agustín, Fraccionamiento Vergel, Colonia la Perla, Comunidad San Ignacio III, Frac-cionamiento Jardines Eternos II, Colonia La Soledad, Comunidad San Ignacio, Fraccionamiento Puesta del Sol, Fraccionamiento La Rioja, Condómino Los Eucaliptos, Fraccionamiento Misión de Juan Pablo II, Colonia Francisco Villa, Fraccionamiento Misión de San Jerónimo, San Ignacio II, Condominio Rancho Santa Elena, Los Negritos, Loma de los Negritos, Viñedo San Felipe, el Cariñán, La Primavera, Santa Cruz de la Presa, Residencial San Ignacio, Colonia la Soledad, Condominio Paseos del Río, Condominio Rinconada de San Ignacio, Condominio Trojes de San Agustín, Fraccionamiento Valle de San Ignacio, Fraccionamiento Parque Industrial Tecnopolo Pocitos II, Bella Vista, Fraccionamiento Vistas del Medite-rráneo, Condómino San Nicolás, Fraccionamiento Ex-Hacienda la Cantera, Fraccionamiento José Vasconcelos Calderón, Fraccionamiento Licenciado Manuel Gómez Morín, Fraccionamiento Rancho Santa Mónica, Condominio Providencia, Condominio Fuentes del Lago, Condominio Nuestra Señora de Lourdes, Fraccionamiento Veteranos de la Revolu-ción, Fraccionamiento El Quelite, Fraccionamiento Olinda, San Martín de la Cantera, El Lucero de la Cruz, Condominio Porta Canteras, Universidad del Valle de México, Universidad Tecnológica de Aguas-calientes.

VIII. A la Unidad Regional Norte correspon-de, Universidad Autónoma de Aguascalientes,

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U.G.A.S.A., Colegio Cristóbal Colón, Granja Estre-lla, Condominio Rinconada de los Álamos, Privada Benjamín Méndez, La Joya, Fraccionamiento Valle de Santa Teresa, Fraccionamiento Jardines de la Concepción, Fraccionamiento Bosques del Prado Norte, Condominio Rinconada Los Bosques, Frac-cionamiento Los Bosques, Fraccionamiento Jardines de la Concepción, Condominio Residencial Pulgas Pandas, Fraccionamiento Lomas del Campestre, Fraccionamiento Villas de San Nicolás, Fracciona-miento Trojes de Oriente, Condominio Puerto Las Hadas, Condominio Residencial San Pedro, Frac-cionamiento Valle del Campestre, Fraccionamiento Campestre, Fraccionamiento Los Vergeles, Frac-cionamiento Club Campestre, Conjunto Residencial San Miguel, Condominio Villas del Vergel, Colonia San José del Arenal, Fraccionamiento Palmas del Pedregal, Fraccionamiento Bosques del Prado Sur, Condominio Pulgas Pandas Sur, Condominio Punta Campestre, Colonia Primo Verdad, Fraccionamiento Cerrada del Campanario, Condominio Fundición, Fraccionamiento Palma Real, Condominio Puerta Navarra, Fraccionamiento Granjas Campestre, Tro-jes de Oriente, Fraccionamiento Villa de las Trojes, Fraccionamiento Trojes de Oriente, Fraccionamiento Villas de Montenegro, Condómino Puerto Las Hadas, Fraccionamiento Valle de las Trojes, Fraccionamien-tos Villas del Campestre, Condominio Privilege, Colonia Fátima, Condominio Desarrollo Ecológico Club Campestre, Condómino La Plazuela, Condo-minio Santa María, Condómino Rincón Andaluz, Condómino Contadero, Condómino La Querencia, Condominio San Xavier, Fraccionamiento Valle de San Ignacio, Fraccionamiento Coto Residencial San Ignacio, Condominio Rinconada San Ignacio, Condo-minio Residencial Hacienda San Ignacio, Hacienda San Ignacio, Hacienda Nueva, Fraccionamiento Bosques del Prado, Condominio Cerrada San Miguel, Condominio La Punta, Fraccionamiento Las Quintas, Condominio Marsella, Condominio Residencial del Real, Condominio Residencial Haciendas de San Ignacio, Condominio Río Viejo, Mamposteo, Lomas de San José de los Pocitos, Barrio de Santiago, Fraccionamiento Cerrada del Valle, Fraccionamiento Cerrada de la Misión, Cerrada El Molino, Fracciona-miento Valle del Campanario, Fraccionamiento Valle Real, Calicantos III, Condómino Misión de Santiago I, Condominio Misión de Santiago II, Fraccionamiento Trojes del Sol, Condominio Las Trojes, Condominio Terzetto, Condominio Trojes de Cristal, Condominio La Paloma, Condominio Jardines del Campestre, Condominio Rancho San Antonio, Fraccionamiento La Herradura, Fraccionamiento Cerrada La Mezqui-tera, Fraccionamiento Misión del Campanario, Frac-cionamiento las Misiones, Condómino los Jarales, Fraccionamiento los Calicantos, Ejido los Pocitos, Fraccionamiento Tecnopolo Pocitos, Condómino Portón de Santa Clara, Condominio Santiago de Compostela, Barrio de Santiago Norte y Condominio Risco, Condómino Santa Fe, Fraccionamiento la Tro-je, Colonia Trojes de Alonso, Villas de San Alonso.

IX. A la Unidad Regional Industrial corresponde, Fraccionamiento San Javier, Fraccionamiento San Sebastián, Universidad Bonaterra, I.N.E.G.I., Parque

Rodolfo Landeros Gallegos, Condómino Rinconada del Parque, Fraccionamiento Residencial del Par-que, Fraccionamiento Ciudad Industrial, Fraccio-namientos Rústicos Calpulli, Condómino Villas de Bonaterra, Centro Comercial Central de Abastos, Fraccionamiento Jardines del Parque y Fracciona-miento Jardines de las Bugambilias, Condominio Residencial del Parque, Teatro Aguascalientes, NISSAN, Fraccionamiento Altec, Fraccionamiento Parque Industrial Siglo XXI, Fraccionamiento Vista Alegre, Los Arellano, Fraccionamiento Lomas de Arellano, Fraccionamiento Lomas de Nueva York, Fraccionamiento Paseos de San Antonio, Fraccio-namiento Hacienda San Antonio.

X. A la Unidad Regional Rural corresponde, la Unidad Territorial Villa Licenciado Jesús Terán “Cal-villito”, Unidad Territorial General José María Morelos y Pavón “Cañada Honda”, Unidad Territorial Salto de los Salado, Unidad Territorial Peñuelas “El Cienegal”, Unidad Territorial Santa Cruz de la Presa.

TITULO SEGUNDOCAPITULO I

Estructura del Sistema de Participación Ciudadana Municipal

ARICULO 13.- Para su funcionamiento, el Siste-ma de Participación Ciudadana Municipal se integra con los siguientes órganos:

I. Consejo de la Ciudad de Aguascalientes;II. Consejo de Desarrollo Municipal. (CODE-

MUN);III. Consejos Regionales de Desarrollo;IV. Consejos Micro Regionales;V. Comités de Integración Social y Convivencia

Ciudadana;VI. Dependencias Municipales, Estatales y Fe-

derales; yVII. Organismos intermedios.

CAPITULO IIDel Consejo de la Ciudad de Aguascalientes

ARTÍCULO 14.- Mediante el presente Regla-mento se constituye el Consejo de la Ciudad de Aguascalientes.

El Consejo de la Ciudad de Aguascalientes es la máxima instancia pública de representación, consul-ta y participación ciudadana, en la que intervienen las instancias municipales existentes y permite la diversidad social en el territorio del Municipio de Aguascalientes.

Los integrantes del Consejo de la Ciudad de Aguascalientes serán electos de conformidad a las bases que se emitan dentro de la convocatoria pública abierta, dirigida a las instituciones públicas, privadas o sociales, asociaciones y organismos for-malmente constituidos, además de ciudadanos que voluntariamente deseen participar en actividades encaminadas al progreso del Municipio.

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Los cargos de los integrantes del Consejo de la Ciudad de Aguascalientes, tendrán el carácter de honoríficos y no recibirán retribución alguna por el desempeño de los mismos.

ARTÌCULO 15.- El Consejo de la Ciudad de Aguascalientes estará integrado por:

A. Representantes Ciudadanos que serán elec-tos cada tres años, de entre los diferentes grupos que dan identidad a la sociedad aguascalentense, los que emergerán de:

I.- La sociedad civil organizada a través de repre-sentantes de las asociaciones y organizaciones, cá-maras, colegios, federaciones, uniones, movimientos sociales, asociaciones u otras que se inscriban en el padrón correspondiente y cumplan con los requisitos formales que exija el Reglamento Interior del Consejo de la Ciudad de Aguascalientes y que apliquen a este tipo de agrupaciones para ser elegibles:

II. Las principales instituciones de la ciudad, con base en su reconocimiento ante la sociedad y apor-taciones al bienestar y desarrollo de la ciudad;

III. Los ciudadanos más destacados en los dife-rentes ámbitos, cuya trayectoria trascienda ante la sociedad o haya servido a la proyección de Aguasca-lientes en los ámbitos nacional e internacional;

IV.- Los ciudadanos de Aguascalientes que se inscriban a título personal como aspirantes a con-sejeros, y cumplan con los requisitos que determine el reglamento interior del Consejo de la Ciudad de Aguascalientes;

V.- Electos los consejeros de dichos sectores, formarán parte del pleno del Consejo y serán elegi-bles en sus diferentes categorías a los consejos o comisiones temáticas, especiales o temporales que se designen para casos particulares.

B. Representantes del Gobierno Municipal, ten-drán representación en el Consejo de la Ciudad du-rante el tiempo que dure su gestión, y que serán:

I.- El Presidente Municipal de Aguascalientes;II.- El Secretario del H. Ayuntamiento de Aguas-

calientes y Director General de Gobierno;III.- Un regidor por cada partido político represen-

tado en el H. Ayuntamiento de Aguascalientes; IV.- El Jefe de la Oficina Ejecutiva del Gobierno

Municipal de Aguascalientes; yV.- El Secretario de Integración Social del Go-

bierno Municipal de Aguascalientes.C. Invitados.- Personas o representantes de

instituciones que concurran a sesiones particulares y cuando la temática de los asuntos a tratar lo exijan.

El Presidente autorizará la asistencia de invitados al Consejo a propuesta del Secretario del H. Ayunta-miento de Aguascalientes, regidores o comisiones. Los invitados no adquieren atribuciones de consejero, teniendo derecho a voz pero no a voto.

ARTÌCULO 16.- El Consejo de la Ciudad de Aguascalientes tendrá como atribuciones, las si-guientes:

I. Coadyuvar en el desarrollo armónico y equi-librado de la vida social del Municipio de Aguasca-lientes;

II. Ser un espacio formal de participación per-manente de los ciudadanos respecto al desarrollo municipal;

III. Crear el consenso de la sociedad organizada sobre los temas públicos sometidos a su conside-ración;

IV. Elaborar informes en los que defina su pos-tura, líneas de acción y medición del progreso de la Ciudad de Aguascalientes;

V. Contribuir a la elaboración de la agenda de desarrollo municipal o agenda común, donde se establecerán los temas estratégicos en corresponsa-bilidad con los sectores público, privado y social;

VI. Generar y compartir información que coadyuve a comprender las necesidades prioritarias y aumentar la comprensión de las políticas municipales;

VII. Alentar la retroalimentación entre la autoridad y los ciudadanos desde el diseño de las políticas públicas hasta su evaluación, mediante la opinión y acción propositiva;

VIII. Favorecer el intercambio de opiniones mediante el debate y la consulta para aumentar la eficiencia de las políticas públicas y mejorar la rendición de cuentas, en un marco de absoluta transparencia;

IX. Implementar un modelo de gobernanza con-veniente a la pluralidad de grupos e individuos que conforman a la ciudad de Aguascalientes;

X. Lograr una efectiva promoción de la partici-pación ciudadana a través de la recepción y gene-ración de información que contribuya al desarrollo de políticas pertinentes, así como medir su avance, eficiencia, desarrollo y resultado. El flujo es trans-versal, lo que implica compartir registros oficiales y particulares;

XI. Debatir, consultar, proponer e informar sobre temas estratégicos de la ciudad, entre ellos: Planes estratégicos, Proyectos de la ciudad, Crecimiento urbano, Presupuestos municipales, Consultas a la ciudadanía y aquellos temas que por su trascen-dencia en la vida pública y social de la población aguascalentense merezca especial interés;

XII. Consultar a la ciudadanía sobre temas de interés público.

ARTÍCULO 17.- El Consejo de la Ciudad de Aguascalientes, emitirá su Reglamento Interno den-tro de los sesenta días siguientes a su instalación, así como los demás proyectos de reglamentación necesarios para su organización y debido funcio-namiento, sometiéndolos para su aprobación al H. Ayuntamiento de Aguascalientes.

CAPITULO IIIDel Consejo de Desarrollo Municipal

ARTÍCULO 18.- El Consejo de Desarrollo Mu-nicipal de Aguascalientes es un órgano en el cual

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democráticamente se propone el destino de los re-cursos y se definen actividades concretas orientadas a promover el desarrollo integral del individuo así como de la sociedad; integrándose de la siguiente manera:

I. El Presidente Municipal de Aguascalientes, o quien él designe para que funja como Presidente del Consejo;

II. Un representante electo democráticamente de cada uno de los Consejos Regionales de Desarrollo que durarán en su cargo tres años;

III. Un Vocal de Control y Vigilancia designado por los Delegados Municipales, el cual no podrá ser ser-vidor público y durará en su cargo hasta tres años;

IV. Un equipo asesor coordinado por el Secreta-rio de Integración Social del Municipio de Aguasca-lientes e integrado por el Secretario de Finanzas del Municipio de Aguascalientes, el Director del Instituto de Planeación del Municipio de Aguascalientes quien fungirá como Secretario Técnico, el Director de Integración Social, el Director de Desarrollo Social de la Secretaría de Integración Social, el Director de Desarrollo Rural de la Secretaría de Integración Social, el Secretario de Obras Públicas del Municipio de Aguascalientes, un Representante de la Coordina-ción Estatal de Planeación y Proyectos del Gobierno del Estado, un representante de la Secretaría de Desarrollo Social Federal, el Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo Social, el Regidor Presidente de la Comisión de Obra Pública del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, un representante de la Secretaría de Bienestar y Desarrollo Social de Gobierno del Estado de Aguascalientes, un representante de Co-misión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, un representante de la Coordinación General del Observatorio Ciudadano de Transparencia y Gestión Municipal de Aguasca-lientes, y los Delegados Municipales.

Cuando se traten asuntos relacionados con el Fondo para la Infraestructura Social Municipal del Ramo 33, el equipo asesor sólo tendrá derecho a voz; a excepción de los Regidores Presidente de la Comisión de Desarrollo Social y Presidente de la Comisión de Obra Pública del H. Ayuntamiento de Aguascalientes quienes además tendrán derecho a voto; y durará en el cargo el tiempo que dure su gestión.

CAPITULO IVDe las Atribuciones del Consejo

de Desarrollo Municipal

ARTÍCULO 19. – Para efectos de coordinación y buen funcionamiento del Sistema de Participación Ciudadana Municipal, corresponde al Consejo de Desarrollo Municipal lo siguiente:

I. Convocar, a través de la Secretaría de Integra-ción Social del Municipio de Aguascalientes, a reunio-nes de los Consejos Regionales de Desarrollo;

II. Promover los programas y acciones municipa-les a través del Sistema de Participación Ciudadana Municipal;

III. Integrar, al Programa Anual de Obra Pública Municipal, las propuestas sobre obras a realizar con recursos provenientes de programas federales, que sean recopiladas a través de los órganos del Sistema y de las diversas vías de participación ciudadana;

IV. Informar a la ciudadanía, a través de los órganos del Sistema de Participación Ciudadana Municipal, sobre los montos, obras y acciones a realizar con los recursos federales asignados o por asignar;

V. Promover e impulsar la participación social en la integración de la demanda de obras y servi-cios públicos que deban realizarse con recursos otorgados mediante programas federales, buscando el desarrollo de las comunidades, colonias o fraccio-namientos;

VI. Vigilar que se cumpla con el compromiso de que los recursos sean dirigidos a atender las nece-sidades de las poblaciones de mayor rezago;

VII. Promover conjuntamente con los Delegados y Dependencias Municipales proyectos de interés común;

VIII. Participar en el seno de la Coordinación Estatal de Planeación y Proyectos en la planeación del desarrollo del Estado y en particular en la orien-tación y aplicación de los recursos destinados a la obra pública y social contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo;

IX. Promover la elaboración de programas de de-sarrollo comunitario donde se identifiquen a partir de un diagnóstico los proyectos de desarrollo integral;

X. Atender y canalizar propuestas y demandas específicas no relacionadas con el uso de recursos fiscales expuestas por organizaciones civiles, gre-miales u otras y darles el seguimiento que corres-ponda;

XI. Implementar mecanismos de comunicación y difusión entre los órganos del Sistema de Partici-pación Ciudadana Municipal.

ARTÍCULO 20. – A través de la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes, el Consejo de Desarrollo Municipal deberá contar con un mecanismo de recopilación y sistematización de información relativa a la infraestructura y servicios municipales para uso del Sistema de Participación Ciudadana Municipal.

ARTÍCULO 21.– Para la promoción de la par-ticipación ciudadana al interior de los Consejos Regionales de Desarrollo, Consejos Micro Regiona-les y Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana en el proceso anual de integración de la propuesta de obra pública, el Consejo de Desarrollo Municipal podrá auxiliarse de:

I. Los órganos del sistema;

II. Los programas de participación comunitaria; y

III. Las propuestas y proyectos de organizaciones intermedias.

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CAPITULO VDe los Consejos Regionales de Desarrollo

ARTÍCULO 22.- Los Consejos Regionales de Desarrollo, son organismos de coordinación inter-comunitarios que permiten establecer mecanismos de acercamiento, comunicación y coordinación entre los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana y de éstos, a su vez, con el Consejo de Desarrollo Municipal.

ARTÍCULO 23.- Los Consejos Regionales de De-sarrollo, como instancias intermedias entre los Comi-tés de Integración Social y Convivencia Ciudadana y el Consejo de Desarrollo Municipal, se integrarán por un representante de cada uno de los Consejos Micro Regionales el cual deberá ser Presidente de alguno de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana a propuesta del Coordinador de Unidad Territorial, ubicados en el ámbito geográfico de las Unidades Regionales Municipales respectivas.

ARTÍCULO 24.- Para el funcionamiento de cada Consejo Regional, se formará una Mesa Directiva, integrada por:

I. Un representante de la Secretaría de Integra-ción Social de Aguascalientes, quien presidirá la Mesa Directiva;

II. Un representante del Instituto de Planeación Municipal de Aguascalientes;

III. Un representante de la Secretaría de Servi-cios Públicos de Aguascalientes;

IV. Un representante de la Secretaría de Obras Públicas del Municipio de Aguascalientes;

V. Un representante de la Ccapama;VI. Un representante de Organismos Interme-

dios;VII. Un representante del Observatorio Ciuda-

dano.Esta Mesa será la encargada de presidir las

reuniones, archivar y vigilar el cumplimiento de sus acuerdos.

CAPITULO VIDe las atribuciones del Consejo Regional

de Desarrollo

ARTÍCULO 25.- Para lograr el consenso y coadyuvar en la participación ciudadana, cada Con-sejo Regional de Desarrollo, deberá:

I. Nombrar democráticamente a uno de sus in-tegrantes quienes fungirán como representante ante el Consejo de Desarrollo Municipal;

II. Asistir a todas las reuniones convocadas por la Secretaría de Integración Social;

III. Conjuntamente con el titular de la Delegación, y los representantes de las diferentes Dependencias Municipales, recopilar, ordenar y priorizar las deman-das ciudadanas de obras y servicios públicos que, para el efecto reciba de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana, de la ciudadanía y

organizaciones intermedias en general, misma que será propuesta al Consejo de Desarrollo Municipal;

IV. Informar al Consejo de Desarrollo Municipal de los acuerdos tomados en el seno de cada Consejo Regional de Desarrollo;

V. Formar comisiones de trabajo que considere necesarias para atender de manera eficaz y consen-suada la demanda ciudadana;

VI. Apoyar en su labor al Vocal de Control y Vi-gilancia del Consejo de Desarrollo Municipal a fin de hacer más eficiente la tarea de contraloría social;

VII. Remover de sus cargos por causa justificada a sus representantes ante el Consejo de Desarrollo Municipal;

VIII. En coordinación con el titular de la Delega-ción respectiva, implementar acciones de gestión a nivel delegacional que trasciendan el ámbito comunitario.

CAPITULO VIIDe los representantes del Consejo Regional de Desarrollo ante el Consejo de Desarrollo

Municipal

ARTÍCULO 26.- A fin de que las demandas y prioridades de la ciudadanía sean analizadas en el seno del Consejo de Desarrollo Municipal, los repre-sentantes de cada Consejo Regional de Desarrollo deberán:

I. Asistir a todas las reuniones que, por conducto de la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes, convoque el Consejo de Desa-rrollo Municipal;

II. Participar con voz y voto en las decisiones que tome el Consejo y representar al Consejo Regional de Desarrollo y a toda su Unidad Regional Municipal;

III. Presentar ante el Consejo de Desarrollo Municipal la propuesta y priorización de obra y de servicios públicos aprobada por el Consejo Regional de Desarrollo;

IV. Informar a su Consejo Regional de Desarrollo de los acuerdos tomados por el Consejo de Desa-rrollo Municipal;

V. Velar porque la planeación y programación, de obras y servicios públicos aprobadas por el Consejo de Desarrollo Municipal respondan a las necesidades más sentidas de la ciudadanía y sus comunidades;

VI. Verificar, supervisar y evaluar la ejecución de obra pública y la aplicación de los recursos des-tinados al desarrollo social e informar al Consejo de Desarrollo Municipal;

VII. Las demás que para el efecto establezca la normatividad existente para la aplicación de los recur-sos públicos municipales, estatales y federales;

ARTÍCULO 27.- Los representantes de cada Consejo Regional de Desarrollo serán honorarios y durarán en su cargo hasta tres años;

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CAPITULO VIIIDe los Consejos Micro Regionales

ARTICULO 28.- Las Unidades Regionales Mu-nicipales se dividirán en Micro Regiones para el control de las mismas, a excepción de las Unidades Regionales Rurales.

ARTÍCULO 29.- El Consejo Micro Regional es el ente regulador de la Unidad Territorial respectiva, y tendrá una estrecha relación entre el Consejo Regional de Desarrollo y los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana.

ARTÍCULO 30.- El Consejo Micro Regional será presidido por un representante de la Secretaría de Integración Social, un representante del Instituto Mu-nicipal de Planeación de Aguascalientes quien ejer-cerá como Secretario Técnico, un representante de la Coordinación General del Observatorio Ciudadano de Transparencia y Gestión Municipal, dos represen-tantes de los Organismos Intermedios por invitación expresa del Presidente Municipal ó el Secretario de Integración Social, los Presidentes de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana, y el Coordinador de la Unidad Territorial.

ARTÍCULO 31.- A las sesiones podrán asistir los diferentes representantes de las Dependencias Municipales, los cuales actuaran como miembros honorarios con derecho a voz.

CAPITULO IXDe las Atribuciones de los Consejos Micro

Regionales

ARTÍCULO 32.- Cada uno de los Consejos Micro Regionales, deberán:

I. Asistir a todas las reuniones convocadas por la Secretaría de Integración Social;

II. Promover actividades orientadas a motivar la participación activa y conjunta de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana y de la ciudadanía en general en su respectiva Unidad Regional Municipal;

III. Promover acciones que fomenten el desarrollo integral del individuo, la familia y la sociedad;

IV. Informar al Consejo Regional de Desarrollo de los acuerdos tomados en el seno de cada Consejo Micro Regional;

V. Formar comisiones de trabajo que considere necesarias para atender de manera eficaz y consen-suada la demanda ciudadana;

VI. Las Micro Regiones serán coordinadas por un Coordinador de Unidad Territorial designado por la Secretaría de Integración Social, y un represen-tante de cada Dependencia Municipal para que éstos actúen como gestores, los cuales harán llegar las peticiones a las respectivas dependencias.

CAPITULO X De la integración de las Micro Regiones

ARTICULO 33.- Las nueve Unidades Regionales Urbanas Municipales a su vez se dividirán en Micro

Regiones, las cuales se integrarán de la siguiente manera:I. Unidad Regional Centro:

a. Zona Centro, Condominio Hornedo.b. Colonia Morelos, Colonia Gremial, Colonia

Primavera, Barrio de la Estación, Barrio de la Purísima, Colonia La Fe, Colonia Industrial.

c. Fraccionamiento para Burócratas, Villas del Acueducto, Colonia Las Flores, Rinconada Cristo Negro, Residencial Colosio, Frac-cionamiento los Fresnos, Fraccionamiento Triana, Condominio Virreyes, Jardines de Triana, Infonavit San Fernando, Colonia El Llanito, Fraccionamiento Residencial El En-cino, Condominio Triana, Barrio El Encino, Colonia Obraje, Barrio La Salud, Fovissste Ojo de Agua primera sección, Colonia Ojo de Agua, Condominio Rinconada del Ceda-zo, Condominio La Luna, Condominio San Miguel, Fraccionamiento Jardines de Triana, Condominio Joyas del Sur, Colonia Laurel y Condominio Rinconada de la Asunción.

d. Condominio Soledad Larreategui, Condo-minio Rinconada de Guadalupe, Colonia Buenos Aires, Colonia San Pablo, Colonia del Carmen, Barrio de Guadalupe, Colonia Alta-vista, Colonia Miravalle, Colonia San Marcos, Fraccionamiento Modelo, Barrio San Marcos, Condominio Libertad, Condominio Guadalupe Posada, Panteón de la Cruz, Panteón de los Ángeles, Tianguis San Juanito.

II. Unidad Regional Circunvalación:a. Fraccionamiento Fuentes de la Asunción,

Fraccionamiento Jardines de la Cuz, Condo-minio Los Cedros, Fraccionamiento Bulevar, Fraccionamiento Lindavista, Caminero, Fraccionamiento Jardines de Aguascalientes, Jardines de las Fuentes, Fraccionamiento Antonio Garza Elizondo, Fraccionamiento Jardines de la Asunción, Centro Comercial Plaza Fiesta.

b. Fraccionamiento Prados del Sur, Fracciona-miento Bulevares primera sección, Fraccio-namiento Jardines del Sur, Fraccionamiento Villa Jardín I y II, Agricultura, Fraccionamiento Las Américas, Fraccionamiento El Dorado primera y segunda sección, Fraccionamiento Versalles primera sección.

c. Fraccionamiento del Valle primera sección, Fraccionamiento Las Torres, Zona Federal, Unidad Habitacional Vivienda Popular, Frac-cionamiento Circunvalación Poniente, Frac-cionamiento la Fuente, Fraccionamiento San-ta Elena, Fraccionamiento Jardines de Santa Elena segunda sección, Fraccionamiento Montebello, Fraccionamiento Valle Dorado, Fraccionamiento Pirules, Centro Comercial El Dorado, Centro Comercial Expo-Plaza.

d. Guadalupe, Fraccionamiento La Fundición, Fraccionamiento San Cayetano, Fraccio-

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namiento Colinas de San Ignacio, Fraccio-namiento Los Sauces, Fraccionamiento Las Arboledas, Fraccionamiento Villas de la Universidad, Fraccionamiento Las Bri-sas, Heliodoro García, Fraccionamiento La Concordia, Colonia Olivares Santana, Uni-dad Habitacional José Guadalupe Posada, Fraccionamiento Gómez, Del Valle Río San Pedro, Fraccionamiento San Marcos, Fraccio-namiento del Valle segunda sección, Fraccio-namiento Residencial Los Pirules, Moderno, Fraccionamiento Panorama, Condominio Diamante, Dominiu, Fraccionamiento Ramón Romo Franco, Residencial Guadalupe, Co-legio Marista, Centro Comercial Plaza San Marcos, Fraccionamiento Anexo los Sauces Sur, Fraccionamiento Línea de Fuego.

e. Fraccionamiento Colinas del Rio, Fracciona-miento Colinas del Poniente, Parque Funeral Jardines Eternos, Colonia Curtidores, Coto del Río.

III. Unidad Regional Ferrocarril:a. Costco, Embotelladora las Trojes, Deportivo

Futurama, Centro Comercial Galerías, Valle del Mezquital, Industrial La Perla, Centro Comercial Altaria, Los Ángeles, Residencial las Plazas, Fraccionamiento Las Cavas, Fraccionamiento Arrollo del Molino, Centro Comercial Agropecuario, Centro Comercial Distribuidor de Básicos, Fraccionamiento San José de Pozo Bravo, Condominio Cartagena 1947, Fraccionamiento Montebello Della Stanza, Condominio La Enramada, Colonia Talamantes Ponce, Arroyo de la Hacienda, Condominio Jardines de Monte Bello, Hotel Las Trojes.

b. Antigua estación de PEMEX, Fraccionamiento La Rinconada, Fraccionamiento Nueva Rinco-nada, Fraccionamiento El Roble, Fracciona-miento Industrial, Fraccionamiento Los Arcos, Fraccionamiento Las Hadas, Condominio Bugambilias, Fraccionamiento El Plateado, Fraccionamiento Circunvalación Norte, Frac-cionamiento El Sol, Fraccionamiento Villas de San Francisco, Fraccionamiento Consti-tución, Fraccionamiento Soberana Conven-ción Revolucionaria, Fraccionamiento Villas de la Convención, Conjunto Los Naranjos, Fraccionamiento Libertad, Fraccionamiento Pozo Bravo Sur, Fraccionamiento Villa Tere-sa, El Rosedal, Fraccionamiento El Maguey, Colonia Progreso, Fraccionamiento Parras, Fraccionamiento Bosques del Prado Oriente, Fraccionamiento Trojes del Cobano, Fraccio-namiento El Cóbano, Fraccionamiento Villas del Cóbano, Fraccionamiento Alianza Ferro-carrilera, Colonia Macías Arellano, Colonia Francisco Guel Jiménez, Fraccionamiento Hacienda El Cóbano, Fraccionamiento Loma del Cóbano, Fraccionamiento C.T.M., Infona-vit Las Viñas, Fraccionamiento S.T.E.M.A., Unidad Habitacional Licenciado Benito

Juárez, Santa Anita cuarta sección, Fraccio-namiento C.N.O.P. Oriente, Fraccionamiento Villa Bonita, Fraccionamiento Nazario Ortiz Garza, Fraccionamiento Colinas de Oriente, Unidad Habitacional XIV Zona Militar, Frac-cionamiento Independencia, Fraccionamiento La Estrella, Fraccionamiento Rinconada de Pozo Bravo, Fraccionamiento Pozo Bravo, Fraccionamiento Las Viñas, Parque Santa Anita, Escuela Normal Superior.

c. Deportivo Ferrocarrilero, Instituto Tecnológico de Aguascalientes, Instituto de Educación de Aguascalientes, Instituto del Deporte del Estado de Aguascalientes, Centro Comercial Plaza Aguascalientes, Unidad Habitacional Vivienda Militar, Fraccionamiento Héroes de Aguascalientes, Unidad Habitacional IV Centenario, Fraccionamiento Gámez, Frac-cionamiento Santa Anita, Fraccionamiento Rinconada de la Alameda, Fraccionamiento Luis Gómez Zepeda, Colonia Ferronales, Colonia del Trabajo, Condominio Bosques de la Alameda, Fraccionamiento Alameda, Frac-cionamiento Lomas de Santa Anita, Colonia Héroes, Condominio La Hacienda, Condomi-nio La Mancha, Colonia San Luis, Fracciona-miento Jesús Terán Peredo, Fraccionamiento Jardines de la Convención primera y segunda sección, Condominio S.T.E.M.A., Condominio Primo Verdad I.N.E.G.I., Fraccionamiento Jardines de la Cruz, Unidad Habitacional Infonavit Los Volcanes, Fraccionamiento Jesús Gómez Portugal, Centro Comercial El Cerrito, Fraccionamiento Bona Gens, Fovissste Ojocaliente, Villas de Ojocalien-te, Fraccionamiento Fovissste Ojocaliente, Fraccionamiento Ojocaliente Las Torres, Ex-Hacienda Ojocaliente, Condominio Misión La Alameda, Ejido Ojocaliente, Fraccionamiento La Huerta, Unidad Habitacional Lázaro Cár-denas, Tres Centurias, Condominio Nueva Alameda Residencial, Centro Escolar Triana, Ejido Ojocaliente, Escuela Normal del Estado, Parque El Cedazo, Parque La Pona, Unidad Deportiva IV Centenario.

d. Fraccionamiento Rancho San Francisco de los Arteaga, Fraccionamiento Villa Sur, Frac-cionamiento Laureles del Sur, S.E.N.S.A.T.A., Infonavit Ojo de Agua, Fraccionamiento México, Fraccionamiento Pirámides, Fraccio-namiento Jardines del Sol, Colonia La Cruz, Fraccionamiento Vistas del Sol, Fracciona-miento Misión de Santa Fe, Fraccionamiento Jardines de Casa Blanca, Fraccionamiento Casa Blanca, Fraccionamiento Misión de Santa Lucía, Fraccionamiento Lomas del Sur, Fraccionamiento Lomas del Mirador y Fraccionamiento Lomas de Vista Bella.

IV. Unidad Regional Línea Verde :a. Cumbres III, Fraccionamiento Las Cumbres,

Fraccionamiento Lomas de la Asunción, Frac-cionamiento Villas de Nuestra Señora de la

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Asunción sector Estación, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Alameda, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector San Marcos, Fraccionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Encino, Frac-cionamiento Villas de Nuestra Señora de la Asunción sector Guadalupe, Fraccionamiento Pintores Mexicanos, Fraccionamiento Cerro Alto, Pensadores Mexicanos, Condominio Rinconada del Puertecito, Fraccionamiento Villas del Rio II, Fraccionamiento Santa Mar-garita, Fraccionamiento Luis Ortega Douglas, Colonia José Refugio Esparza Reyes, Ejido Cumbres, Fraccionamiento Santa Margarita, Parque Ecológico México.

b. Fraccionamiento Rodolfo Landeros Gallegos, Fraccionamiento Municipio Libre, Infonavit Fidel Velázquez, Condominio Ojocaliente II I.N.E.G.I., Fraccionamiento Ojocaliente III, Fraccionamiento Ojocaliente I.

c. Infonavit Morelos, Fraccionamiento Jardi-nes de Casa Nueva, Condominio Villas de Morelos, Condominio Valle del Cedazo, Fraccionamiento Morelos I, Fraccionamiento Balcones de Ojocaliente, Fraccionamiento El Cedazo, Fraccionamiento Solidaridad II, Ejido Salto de Ojocaliente, Fraccionamiento Solidaridad I, Fraccionamiento Cima del Cha-pulín, Fraccionamiento Lomas del Chapulín, Fraccionamiento Bajío de las Palmas, José Guadalupe Peralta Gámez, Fraccionamiento Morelos, Condominio Villa Taurina, Condomi-nio la Terraza, Condominio del Río.

d. Lomas de la Mandarina, Fraccionamiento Cielo Claro, Fraccionamiento Tierra Buena, Fraccionamiento Agua Clara, Fraccionamien-to Solidaridad IV, Fraccionamiento Emiliano Zapata, Fraccionamiento Villalta, Fracciona-miento Lomas Altas, Fraccionamiento Reen-cuentro, Fraccionamiento Lomas del Ajedrez, Fraccionamiento Fundadores, Condominio Rinconada San Antonio I, Condominio Mu-jeres Divinas, Fraccionamiento Solidaridad III, Fraccionamiento Mujeres Ilustres, Frac-cionamiento Periodistas, Fraccionamiento Morelos II, Fraccionamiento Centenario de la Revolución.

V. Unidad Regional Oriente:a. El Puertecito, Fraccionamiento Cumbres II,

Fraccionamiento Claustros de Loma Dora-da, Fraccionamiento Villa de Loma Dorada, Condominio Natura, Fraccionamiento Natura, Fraccionamiento Villas del Río I, Fraccio-namiento La Florida I, Fraccionamiento La Florida II, Condominio Villas de Don Antonio, Asentamiento Irregular Cumbres III, Condo-minio Naturaleza.

b. Fraccionamiento Villerías, Fraccionamiento Haciendas de Aguascalientes, Colonia El Riego, Fraccionamiento Vista de las Cumbres,

Fraccionamiento Vistas de Oriente, Fracciona-miento Villas de las Fuentes, Fraccionamiento Mirador de Santa Elena, Fraccionamiento Mirador de las Culturas II, Fraccionamiento Villas de la Loma, Fraccionamiento Los Peri-cos, Fraccionamiento Mirador de las Culturas, Fraccionamiento Real de Haciendas, Fraccio-namiento Colinas de San Patricio, Fraccio-namiento Balcones de Oriente, Comunidad El Rocío, Colonia José Guadalupe Posada, Condominio Los Laureles, Fraccionamiento Los Laureles, Fraccionamiento Paseos del Sol, Fraccionamiento Licenciado Benito Palo-mino Dena, El Guadalupano, Fraccionamiento Lomas de Oriente, Fraccionamiento Lomas de Vista Bella, Fraccionamiento Villa Nova, Fraccionamiento Real del Sol, Norias de Ojo-caliente, Fraccionamiento Villas de las Norias, El Conejal, Condominio La Hojarasca.

c. Fraccionamiento Villas de las Palmas III, Fraccionamiento San Jorge, Fraccionamiento Villa de las Palmas, Fraccionamiento Lomas del Gachupín, Norias de Paso Hondo, El Ho-telito, Fraccionamiento La Lomita, Lomas de San Jorge, Ojo de Agua de Palmitas II, Paseo de los Cactus, Residencial Asturias, Fraccio-namiento San Ángel, Condominio Tepame, Valle de los Cactus, Fraccionamiento Valle del Bicentenario.

VI. Unidad Regional Insurgentes:a. Isla San Marcos, Canteras de Santa Imelda,

Rinconada Santa Mónica, Los Barandales San José, Fraccionamiento Loma Boni-ta, Fraccionamiento Villas de la Cantera, Fraccionamiento Canteras de San Javier, Fraccionamiento Canteras de San José, Condominio Los Eucaliptos, Colonia San Francisco del Arenal, Fraccionamiento San Francisco del Arenal, Fraccionamiento Casa Solida, Condominio Paseos de Santa Mónica, Fraccionamiento La Casita, Fraccionamiento Santa Imelda, Fraccionamiento Rinconada de San José, Fraccionamiento Capital City.

b. Centro Comercial Chedraui, Fraccionamiento Hermanos Carreón, Barranca de Guadalupe, Fraccionamiento España, Infonavit Los Piru-les, Colonia Nueva España, Fraccionamiento Educación Álamos, Fraccionamiento Licen-ciado José López Portillo, Fraccionamiento Torres de San Francisco, Fraccionamiento Rinconada del Sur, Fraccionamiento La Estancia, Fraccionamiento Villas de Santa Rosa, Centro Comercial Villasuncion, Colonia San Pedro, Unidad Habitacional Potreros del Oeste, Fraccionamiento Trojes del Sur, Frac-cionamiento Prados de Villasuncion, Infonavit Pilar Blanco, Colonia Martínez Domínguez, Fraccionamiento Villas del Oeste, Fraccio-namiento Vista del Sur, Fraccionamiento Villas del Pilar, Fraccionamiento Villas de San Antonio, Fraccionamiento Vicente Guerrero, Fraccionamiento Bulevares II, Fraccionamien-

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to Versalles II, Fraccionamiento Insurgentes, Colonia Vicente Guerrero, Condominio San Francisco, Fraccionamiento Casasólida, Frac-cionamiento la Casita, Colonia San Francisco del Arenal, Fraccionamiento San Francisco del Arenal, Condominio San Gerardo, Pan-teón San Francisco, .

VII. Unidad Regional Poniente:a. Colegio Esperanza, Granja Duarte, Con-

dominio la Perla, Condominio Jardines del Lago, Condominio Canteras de San Agustín, Fraccionamiento Vergel, Colonia La Perla, Comunidad San Ignacio III, Fraccionamiento Jardines Eternos II, Colonia La Soledad, Comunidad San Ignacio, Fraccionamiento Puesta del Sol, Fraccionamiento La Rioja, Condómino los Eucaliptos, Fraccionamiento Misión de Juan Pablo II, Colonia Francisco Villa, Fraccionamiento Misión de San Jeróni-mo, San Ignacio II, Condominio Rancho Santa Elena, Los Negritos, Loma de los Negritos, Viñedo San Felipe, El Cariñán, La Primave-ra, Santa Cruz de la Presa, Residencial San Ignacio, Colonia La Soledad, Condominio Paseos del Río, Condominio Rinconada de San Ignacio, Condominio Trojes de San Agus-tín, Fraccionamiento Valle de San Ignacio, Fraccionamiento Parque Industrial Tecnopolo Pocitos II.

b. Bella Vista, Fraccionamiento Vistas del Mediterráneo, Condómino San Nicolás, Fraccionamiento Ex-Hacienda La Cantera, Fraccionamiento José Vasconcelos Calderón, Fraccionamiento Licenciado Manuel Gómez Morín, Fraccionamiento Rancho Santa Mó-nica, Condominio Providencia, Condominio Fuentes del Lago, Condominio Nuestra Se-ñora de Lourdes, Fraccionamiento Veteranos de la Revolución, Fraccionamiento El Quelite, Fraccionamiento Olinda, San Martín de la Cantera, El Lucero de la Cruz, Condominio Porta Canteras, Universidad del Valle de México, Universidad Tecnológica de Aguas-calientes.

VIII. Unidad Regional Norte:a. Universidad Autónoma de Aguascalientes,

U.G.A.S.A., Colegio Cristóbal Colón, Granja Estrella, Condominio Rinconada de los Ála-mos, Privada Benjamín Méndez, La Joya, Fraccionamiento Valle de Santa Teresa, Fraccionamiento Jardines de la Concepción, Fraccionamiento Bosques del Prado Norte, Condominio Rinconada Los Bosques, Frac-cionamiento Los Bosques, Fraccionamiento Jardines de la Concepción, Condominio Re-sidencial Pulgas Pandas, Fraccionamiento Lomas del Campestre, Fraccionamiento Villas de San Nicolás, Fraccionamiento Trojes de Oriente, Condominio Puerto Las Hadas, Con-dominio Residencial San Pedro, Fracciona-miento Valle del Campestre, Fraccionamiento Campestre, Fraccionamiento Los Vergeles,

Fraccionamiento Club Campestre, Conjunto Residencial San Miguel, Condominio Villas del Vergel, Colonia San José del Arenal, Fraccionamiento Palmas del Pedregal, Frac-cionamiento Bosques del Prado Sur, Condo-minio Pulgas Pandas Sur, Condominio Punta Campestre, Colonia Primo Verdad, Fracciona-miento Cerrada del Campanario, Condominio Fundición, Fraccionamiento Palma Real, Condominio Puerta Navarra, Fraccionamiento Granjas Campestre, Trojes de Oriente, Frac-cionamiento Villa de las Trojes, Fracciona-miento Trojes de Oriente, Fraccionamiento Villas de Montenegro, Condómino Puerto Las Hadas, Fraccionamiento Valle de las Trojes, Fraccionamientos Villas del Campestre, Con-dominio Privilege, Colonia Fátima, Condomi-nio Desarrollo Ecológico Club Campestre, Condómino La Plazuela, Condominio Santa María, Condómino Rincón Andaluz, Condó-mino Contadero, Condómino La Querencia, Condominio San Xavier, Fraccionamiento Valle de San Ignacio, Fraccionamiento Coto Residencial San Ignacio, Condominio Rinco-nada San Ignacio, Condominio Residencial Hacienda San Ignacio, Hacienda San Ignacio, Hacienda Nueva, Fraccionamiento Bosques del Prado, Condominio Cerrada San Miguel, Condominio La Punta, Fraccionamiento Las Quintas, Condominio Marsella, Condominio Residencial del Real, Condominio Residencial Haciendas de San Ignacio, Condominio Río Viejo,

b. Mamposteo, Lomas de San José de los Poci-tos, Barrio de Santiago, Fraccionamiento Ce-rrada del Valle, Fraccionamiento Cerrada de la Misión, Cerrada El Molino, Fraccionamiento Valle del Campanario, Fraccionamiento Valle Real, Calicantos III, Condómino Misión de Santiago I, Condominio Misión de Santiago II, Fraccionamiento Trojes del Sol, Condominio las Trojes, Condominio Terzetto, Condominio Trojes de Cristal, Condominio La Paloma, Condominio Jardines del Campestre, Condo-minio Rancho San Antonio, Fraccionamiento La Herradura, Fraccionamiento Cerrada La Mezquitera, Fraccionamiento Misión del Campanario, Fraccionamiento Las Misiones, Condómino Los Jarales, Fraccionamiento Los Calicantos, Ejido Los Pocitos, Fraccio-namiento Tecnopolo Pocitos, Condómino Portón de Santa Clara, Condominio Santiago de Compostela, Barrio de Santiago Norte y Condominio Risco.

c. Condómino Santa Fe, Fraccionamiento la Troje, Colonia Trojes de Alonso, Villas de San Alonso.

XI. Unidad Regional Industrial:a. Fraccionamiento San Javier, Fraccionamien-

to San Sebastián, Universidad Bonaterra, I.N.E.G.I., Parque Rodolfo Landeros Ga-llegos, Condómino Rinconada del Parque,

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Fraccionamiento Residencial del Parque, Fraccionamiento Ciudad Industrial, Frac-cionamientos Rústicos Calpulli, Condómino Villas de Bonaterra, Centro Comercial Central de Abastos, Fraccionamiento Jardines del Parque y Fraccionamiento Jardines de las Bugambilias, Condominio Residencial del Parque, Teatro Aguascalientes.

b. NISSAN, Fraccionamiento Altec, Fracciona-miento Parque Industrial Siglo XXI, Fracciona-miento Vista Alegre, Los Arellano, Fracciona-miento Lomas de Arellano, Fraccionamiento Lomas de Nueva York, Fraccionamiento Paseos de San Antonio, Fraccionamiento Hacienda San Antonio.

A su vez la Unidad Regional Rural se dividirá de la siguiente manera:

a. Unidad Territorial Villa Licenciado Jesús Terán “Calvillito” pertenecen las siguientes comuni-dades: El Duraznillo, Los Cuervos ó Los Ojos de Agua, La Chiripa, Matamoros, Soledad de Abajo, Los Durón, Las Jaboneras, Rancho El Carmen ó Gallinas Güeras, Los Hoyos ó Puer-ta de los Hoyos, Soledad de Arriba, Bajío Los Vázquez, Cañada Grande de Cotorina, Villa Lic. Jesús Terán ó Calvillito, Las Animas, La Ahuja ó La Aguja, El Cardón, La Congoja, El Fresno ó Las Norias de San Bartolo, El Guar-da, El Jagüey, Laguna Verde, El Mirador, El Mirasol, El Mitote, La Petaquilla ó El Milagro, El Potrero Nuevo, Sal Sí Puedes, San Bartolo, San Miguelito de Abajo, El Tacón, Tanque de Guadalupe, El Tepetate, El Tropezón, Vista Alegre I ó Bella Vista, Los Hernández, El Ranchito ó El Mocho, Bella Vista ó El Coro-nel, Los Cables, La Cachucha ó El Salero, El Capirote, El Caracol ó La Mesa, El 14, El Copetillo, El Crucero, La Estancia, Gómez Palacio, Los Lirios, La Mesa, El Molino, Los Órganos, Rancho El Paraíso, Rancho El Pirul ó El Pirulito, El Pozo, Potrero Grande, Rancho 2 Arbolitos, El Refugio II, Rancho Sin Nombre, La Rinconada ó La Escondida, San José del Cono, La Santa Cruz, Santa Elena, El Sale-ro, El Gato, El Yerbaniz, Azarco, La Cañada de las Habas, Lomas del Guarda, Mesa del Tepetate, Los Salazar, La Lagunita, Cañada del Duraznillo, Cañada Grande, El Capirote, El Ocal ó El Capirote, La Chiripa, El Cono, El Copetillo, El Copetillo Chico ó La Miseria, La Cruz, Los Durón I, La Escuadra, La Fortuna, Los Laureles, El Maistrujenio, El Mirador, Ojos de Agua la Estancia, El Plan de Lagos, Ran-cho de Guadalupe ó Las Jaboneras, Rancho El Duraznillo, La Rinconada ó La Escondida, Rancho La Cruz, Rancho Nuevo 1880, Ran-cho Porvenir, Rancho Santa Teresa, El Salero, San Miguelito, Las Trojes ó Las Jaboneras, Cañada del Tabaco, Loma del Mezquite, Maíz Prieto, San Juanito ó Los López, El Copetillo Chico, Localidades Sin Nombre, La Morada, El Ocal, Rancho Los Córdova, El Refugio, La Cabaña Roja, El Maguey y Los Valdez.

b. Unidad Territorial General José María Mo-relos y Pavón “Cañada Honda” pertenecen las siguientes comunidades: San José de la Ordeña, Ejido San Antonio de los Pedroza, Santa María de Gallardo, Jaltomate, Gene-ral José María Morelos y Pavón ó Cañada Honda, Estación Cañada Honda, Comité, Congregación San Antonio Primero de los Pedroza, San Nicolás de Arriba, El Chiflido, La Coyotera, El Becerro, El Refugio, El Jardín, Puerta de los Viejitos, Rancho El Venado y San Nicolás de Arriba.

c. Unidad Regional Salto de los Salado pertene-cen las siguientes comunidades: El Niágara ó Rancho El Niágara, El Ocote, Granja San Antonio, San José de la Esperanza, Centro de Arriba ó El Taray, La Huerta ó La Cruz, Cuauhtémoc ó Las Palomas, San Pedro Cieneguilla, San Rafael I, El Tanque de los Jiménez, Cieneguilla ó La Lumbrera, Piedras Chinas, Presa de Guadalupe, El Salto de los Salado, Los Arbolitos ó Rancho de los Arboli-tos, Cabecita 3 Marías ó Rancho Nuevo, Los Caños, La Ademe, San José del Monte ó Las Petacas, Ex-Hacienda de Agostaderito, Ran-cho Legendario, Norias de Cedazo ó Cedazo Norias de Montoro, El Rubio, Asociación Local Ganadera de Aguascalientes ó C. del Niágara, Cieneguilla ó La Hacienda, Las Bugambilias, Castillo Fontenac, La Chiripa, Granja Los Lirios, Las Marías ó Las 3 Marías, Rancho San Carlos, San Gerónimo, Las Víboras, Granjas Fátima, El 14, Rancho La Chiripa, El Arquito, Quinta Santa Isabel, Rancho Aurora, Rancho San José del Monte, Granja Chela, Rancho Nuevo, Rancho Topogigio, San Isidro de los Esparza, San Isidro ó La Estación, San Cristóbal, San Nicolás de Enmedio, El Sabino ó San Román, El Sauz Amarillo, La Tijera, Ampliación del Conejal, La Sociedad, Granjas El Conejal, Granja Los Jacalitos, Rancho Las Jarillas, Granja Don Mónico, Rancho El Chi-flido, Los Placeres, El Futuro, Los Girasoles, Granja San Nicolás, El Paraíso, San Antonio, San Antonio y Los 3 Cuartos.

d. Unidad Regional Peñuelas “El Cienegal” pertenecen las siguientes comunidades: San Antonio de Peñuelas, El Cedazo ò Cedazo de San Antonio, Cotorina de Abajo, Dolores, La Soledad, El Turicate, El Mirador, Peñuelas ó El Cienegal, El Refugio de Peñuelas, Bajío de Montoro, Buenavista de Peñuelas, Viñedos Cuauhtémoc ó Churubusco, La Esperanza, Interpec San Marcos, Marisol, Cotorina ó Coyotes, Montoro ó Mesa del Salto, Aca-pulco, Hacienda Los Pavorreales, Cotorina de Altamira, San Carlos, La Florida, Granja Maricela, El Huizachal, Mesa del Salto ó Fracción de Montoro, La Providencia, Rancho La Manga, La Primavera, Rancho El Mitawa, Rancho San Jacinto, San Isidro ó Granja Santa Anita, San Miguel, Santa Elena ó Tres Pelonas, Santa Inés, Santa Teresa, Tanque

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de la Cruz, Las Trojes, Villa Su, Ex-Hacienda de Peñuelas, Coyotillos, El Esfuerzo, Llanos de San Antonio, Las Granjas ó Santa Elena, Los Jazmines, Localidades Sin Nombre, La Rinconada, Rancho La Loma, Rancho San Martín, Bellavista, Colonia Salto de Montoro, Ejido Peñuelas, Granja El Huizache, Rancho La Primavera, San José, Granja Marisela y Rancho La Gaviota.

CAPITULO XIDe los Comités de Integración Social

y Convivencia Ciudadana

ARTÍCULO 34.- El Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana es un instrumento primario de organización pública y social en la estructura del Sistema de Participación Ciudadana Municipal que representa a la cuadra, la manzana, el barrio, la colonia, el fraccionamiento y la comunidad, y tiene una relación cercana y directa con la autoridad y la ciudadanía con el objeto de involucrar la participación voluntaria, ordenada y responsable del ciudadano en la toma de decisiones gubernamentales.

ARTÍCULO 35.- El Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana permanecerá en su cargo tres años y se integrará por un conjunto de vecinos de la colonia, fraccionamiento o comunidad electos de-mocráticamente, por mayoría simple de los asistentes en asamblea pública convocada por la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes, en la que deberá mediar la instalación con la firma de aceptación libre, responsable y voluntaria de los ciudadanos electos y de los vecinos que los eligen.

Los miembros podrán ser removidos por la asam-blea, previa convocatoria hecha por la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes, a solicitud de la mayoría simple del conjunto de vecinos de la colonia, fraccionamiento o comunidad presentes en la misma.

ARTÍCULO 36.- Es facultad de la Secretaría de Integración Social remover a los Comisionados de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana, en caso de ausencia de participación en acciones y programas establecidos por Presidencia Municipal y sus Dependencias en cada una de sus Unidades Territoriales.

ARTÍCULO 37.- La elección del Comité de Inte-gración Social y Convivencia Ciudadana se hará me-diante convocatoria pública, de ser necesario hasta en tres ocasiones e irá dirigida a las personas ma-yores de 18 años. En dicha convocatoria, se indicará la hora, el día, el lugar y el asunto a tratar, procurando que asista el mayor número de vecinos.

ARTÍCULO 38.- Los Comités de Integración So-cial y Convivencia Ciudadana tendrán una estructura básica de 12 personas para los cargos de:

I. Presidente;II. Comisionado de Desarrollo Social;III. Comisionado de Servicios Públicos;IV. Comisionado de Obras Públicas y Desarrollo

Urbano;

V. Comisionado de Seguridad y Convivencia Ciudadana;

VI. Comisionado de Deportes;VII. Comisionado de Educación y Cultura;VIII. Comisionado de Asuntos de la MujerIX. Comisionado de Ecología; X. Comisionado de Agua Potable;XI. Comisionado de Atención a Adultos Mayores; yXII. Comisionado de Desarrollo Juvenil.Asimismo, participarán los jefes de manzana y se

tendrá la posibilidad, a consideración de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana, de crear nuevas comisiones.

En relación con los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana en las Zonas Rurales se incorporará como Secretario Técnico al Comisario Municipal.

ARTÍCULO 39.- La Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes dará segui-miento a las actividades del Comité por medio de un Coordinador de Unidad Territorial que elaborará un expediente por cada Comité a fin de contar con información estadística sobre su desempeño y labor en beneficio del desarrollo comunitario.

ARTÍCULO 40.- Las funciones de cada una de las comisiones serán definidas por la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes, con los lineamientos operativos correspondientes.

ARTÍCULO 41.- Las reuniones de los Comités serán ordinarias y extraordinarias y se celebrarán periódicamente en el lugar, día y hora que éstos eli-jan. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos mediante votación económica o secreta.

ARTÍCULO 42.- La Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes y los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana man-tendrán permanente coordinación en proyectos y acti-vidades a emprender, con excepción de aquellos que, por su naturaleza, sean de estricta responsabilidad de las Delegaciones y/o Dependencias Municipales, Estatales o Federales.

CAPITULO XIIDe las Atribuciones del Comité de Integración

Social y Convivencia Ciudadana

ARTÍCULO 43.- Como órgano básico en la estructura del Sistema de Participación Ciudadana Municipal, el Comité de Integración Social y Convi-vencia Ciudadana deberá:

I. Analizar los problemas locales, priorizar las necesidades y proponerlas al Consejo Micro Re-gional;

II. Remover, por causa justificada y a considera-ción de la Secretaría de Integración Social del Munici-pio de Aguascalientes, a cualquiera de sus miembros, con excepción del cargo de Presidente, el cual será mediante asamblea convocada para tal fin;

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III. Elaborar conjuntamente con su Coordinador de Unidad Territorial, Programas de Desarrollo a fin de incorporarlos a la planeación y programación de inversión pública municipal;

IV. Definir y nombrar comisiones de trabajo a fin de gestionar y atender las necesidades más sentidas de los vecinos;

V. Definir los mecanismos de corresponsabilidad y ratificar los convenios de concertación para ejecu-ción de obras y acciones;

VI. Llevar a cabo las acciones y proyectos apo-yados por el Fondo para la Infraestructura Social Municipal cuando así se requiera;

VII. Participar como coadyuvante en la ejecución de obras por cooperación;

VIII. Participar conjuntamente con las dependen-cias de la Administración Pública Municipal en progra-mas que éstas emprendan de beneficio público;

IX. Realizar la vigilancia, control y seguimiento de las obras, acciones y proyectos aprobados y ejecutados por el municipio;

X. Gestionar ante los representantes de las Dependencias Municipales en cada una de la Micro Regiones sobre las necesidades más sentidas de las colonias.

CAPITULO XIIIDe los miembros del Comité Integración Social

y Convivencia Ciudadana

ARTÍCULO 44.- Los miembros de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana cuentan con los derechos y obligaciones siguientes:

I. Elegir y ser electo para las comisiones y activi-dades que acuerde el Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana;

II. Como ciudadano honorario, cumplir con las tareas encomendadas por el Comité, con las fun-ciones de su comisión y presentar propuestas de desarrollo;

III. Gestionar según su cargo y ante la instancia correspondiente las solicitudes que reciba de parte de la ciudadanía;

IV. Participar con voz y voto en las decisiones que tome el Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana;

V. Presentar informe verbal o escrito trimestral-mente al pleno del Comité a que pertenece;

VI. Permanecer en su cargo por un período de tres años;

VII. Terminado el plazo mencionado sólo podrá seguir en funciones si es ratificado en el Comité;

VIII. Respetar los requisitos de elegibilidad plasmados en el Manual Operativo del Sistema de Participación Ciudadana Municipal.

CAPITULO XIVDe los Comités de Control y Vigilancia, Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana

y de las obras por cooperación

ARTÍCULO 45.- La Autoridad Municipal re-conocerá la representatividad de los Comités de Control y Vigilancia que se constituyan para lograr el mejoramiento de su fraccionamiento, colonia o comunidad mediante la promoción de obras de beneficio social.

ARTICULO 46.- La estructura de los Comités de Control y Vigilancia será:

I. Presidente;

II. Secretario;

III. Vocal de Control y Vigilancia;

IV. Comisionado de Obra Pública y Desarrollo Urbano del Comité de Integración Social y Convi-vencia Ciudadana; y

V. Comisionado de Agua Potable del Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana.

ARTÍCULO 47.- La Autoridad Municipal se co-ordinará con los Comités de Control y Vigilancia y con los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana para recabar las solicitudes de obras por cooperación. Los beneficiados pagarán una parte del costo de la obra y la otra parte será cubierta por el Municipio o, en su caso, por otras entidades de gobierno.

ARTÍCULO 48.- La Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes convocará a los beneficiarios para presentar el expediente técnico del proyecto.

ARTÍCULO 49.- Previo a la ejecución de las obras, se realizarán estudios y proyecciones técni-cas. Una vez terminados, se citará a los integrantes de los Comités de Control y Vigilancia y Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana, así como a todos los propietarios de predios que resulten beneficiados con la obra a una reunión en la que se le informará ampliamente sobre los diversos aspectos de las obras o servicios, así como de los contratos previstos para la construcción o dotación de los mismos.

ARTÍCULO 50.- Para el desarrollo de la reunión a que se refiere el artículo anterior, se citará por lo menos con dos días hábiles de anticipación, el ci-tatorio contendrá el día, el lugar y la hora así como el asunto a tratar. Los propietarios o beneficiarios, podrán exponer su punto de vista sobre la obra o servicio, repercusiones de su costo, precios unitarios, bases para calcular la cuota de cooperación que a cada uno le corresponda cubrir, así como todo aquello que consideren necesario.

ARTÍCULO 51.- La Autoridad Municipal acredita-rá a un Concertador de la Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes que tendrá la facultad de presidir la reunión.

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ARTÍCULO 52.- La Asamblea para la Concer-tación de esta obra se celebrara cuando exista un quórum de la mitad mas uno de los beneficiarios directos de la misma.

ARTÍCULO 53.- La Convocatoria para la Asam-blea se realizará hasta en tres ocasiones señalando en esta la fecha, hora y lugar a celebrarse, en caso de que el quórum requerido en el articulo anterior no se cumpla la obra se realizara mediante concertación directa.

ARTÍCULO 54.- En lo que se refiere a obras por cooperación, la concertación podrá ser en Asamblea General o por concertación directa. Los propietarios beneficiarios tendrán derecho a voz y voto, mientras que los beneficiarios no propietarios, así como los Comisionados de Obra Pública y Desarrollo Urbano y Agua Potable del Comité de Integración Social y Con-vivencia Ciudadana, solo tendrán derecho a voz.

ARTÍCULO 55.- Cada propietario beneficiario representará un voto, aún cuando fuere propietario de varios inmuebles dentro de la zona. Los interesados podrán concurrir personalmente o bien por medio de apoderado.

ARTÍCULO 56.- La ejecución de los proyectos de obras o servicios, su precio, contratación, derrama de su costo, precios unitarios, bases para calcular las cuotas de cooperación que a cada propietario le corresponde cubrir y el plazo para su pago, se tendrán por aprobados, cuando el quórum requerido externara su consentimiento.

ARTÍCULO 57.- Las obras o servicios por coope-ración podrán ser ejecutadas por el Ayuntamiento o por terceros contratados en los mismos términos se-ñalados en el Código Municipal para obra pública.

Cuando el Ayuntamiento o un tercero ejecuten las obras, los beneficiarios iniciarán la aportación de sus cuotas a la terminación de las mismas obras, lo que se hará constar en un acta de entrega recep-ción debidamente circunstanciada, verificando que las obras cumplan con la calidad estipulada en el presupuesto respectivo.

Asimismo, los beneficiarios y los Comités de Control y Vigilancia supervisarán la ejecución correc-ta de los proyectos conjuntamente con los vocales de contraloría social y los ciudadanos que formen parte de los comités de obra.

CAPITULO XVDe los representantes de los Comités de

Integración Social y Convivencia Ciudadana ante el Consejo Regional de Desarrollo

ARTÍCULO 58.- Corresponde a los represen-tantes de los Comités de Integración y Convivencia Ciudadana, ante el Consejo Regional de Desarrollo, contribuir en el desarrollo de su comunidad, colonia o fraccionamiento, bajo los siguientes lineamientos:

I. Fungir como representante de su Comité ante el Consejo Regional de Desarrollo;

II. Asistir a todas las reuniones que, por conducto de la Secretaría de Integración Social del Municipio

de Aguascalientes, convoque el Consejo Regional de Desarrollo;

III. Hacer llegar al seno del Consejo Regional de Desarrollo los acuerdos que el Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana tome sobre las de-mandas y prioridades de obras y servicios públicos recibidas de parte de la ciudadanía;

IV. Acatar los lineamientos y acuerdos a que llegue el Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana a que pertenece;

V. Notificar a su respectivo Comité de los acuerdos que haya tomado el Consejo Regional de Desarrollo;

VI. Participar conjuntamente con su Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana en todas las actividades que, por acuerdo del Consejo Regional de Desarrollo, se lleven a cabo en su Unidad Regional Municipal.

CAPITULO XVIDe las Dependencias y Delegaciones

Municipales

ARTÍCULO 59.- Las Dependencias y Dele-gaciones Municipales se consideran instancias de primer nivel como parte del Sistema de Participación Ciudadana Municipal.

ARTÍCULO 60.- Las Dependencias y Delega-ciones Municipales como parte del Sistema de Par-ticipación Ciudadana Municipal, realizarán acciones que deberán estar orientadas y coadyuvar para el adecuado funcionamiento de dicho Sistema.

ARTÍCULO 61.- Las Dependencias y Delegacio-nes Municipales como parte del Sistema de Partici-pación Ciudadana Municipal deberán:

I. Asegurar adecuada atención a la ciudadanía y eficiente respuesta en sus demandas;

II. Gestionar los recursos necesarios para satis-facer las necesidades ciudadanas;

III. Mantener permanente coordinación e interco-municación sobre los programas a ejecutar.

ARTÍCULO 62.- Para la ejecución de programas sociales deberán tomar en cuenta a los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana, además de apoyar y propiciar el buen funcionamiento de los programas de desarrollo comunitario que éstos implementen.

ARTÍCULO 63.- Las Dependencias Municipales deberán asistir a las reuniones o recorridos comu-nitarios a que fueran requeridos por los Comités de Integración y Convivencia Ciudadana y deberán tener representación en todas las reuniones de los Consejos Regionales de Desarrollo.

ARTÍCULO 64.- Corresponde a las Delegaciones Municipales propiciar el espacio físico, así como el mobiliario y material necesario para las reuniones de los Consejos Regionales de Desarrollo.

ARTÍCULO 65.- Corresponde a estas instan-cias dar prioridad en la atención a las demandas

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promovidas por los Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana y a las de la ciudadanía en general, cuando no exista Comité de Integración Social y Convivencia Ciudadana en su comunidad, colonia o fraccionamiento.

ARTÍCULO 66.- Las Dependencias y Delega-ciones Municipales deberán coadyuvar en la pro-moción del desarrollo integral y en el fomento de la participación ciudadana con los recursos materiales y humanos que sea posible.

ARTICULO 67.- La Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes por medio de su Secretario ó Directores respectivamente podrá co-ordinarse con las Diferentes Secretarías y Dependen-cias Municipales para la creación, implementación o modificación de los Programas Municipales en pro de la Ciudadanía en General, en los cuales tengan competencia estas dependencias.

CAPITULO XVIIDe los Organismos Intermedios

ARTÍCULO 68.- Se consideran Organismos Intermedios a todas las organizaciones de la socie-dad civil, gremiales e Instituciones Educativas con domicilio en el Municipio de Aguascalientes.

ARTÍCULO 69.- Los Organismos Intermedios legalmente constituidos, podrán acreditar, a invitación expresa del Presidente Municipal de Aguascalientes, a sus representantes ante los Consejos Micro Regio-nal y Regional de Desarrollo.

Los representantes de los Organismos Interme-dios ante el Consejo de Regional de Desarrollo no excederán en su número a cinco personas por con-sejo, en el que tendrán derecho a voz y voto y; ante el Consejo de Desarrollo Municipal, en el que sólo tendrán derecho a voz. Los que participen en los Co-mités de Integración Social y Convivencia Ciudadana lo harán como un ciudadano más con los derechos y obligaciones que la normatividad establece.

ARTÍCULO 70.- Los Organismos Intermedios existentes en el Municipio, participarán en las se-siones de los Consejos de Desarrollo Municipal, Regional y Micro Regional cuando la temática a tratar lo amerite y/o sobre proyectos específicos.

ARTÍCULO 71.- La Secretaría de Integración Social del Municipio de Aguascalientes y las Institu-ciones Educativas de nivel medio superior y superior podrán promover convenios de colaboración por me-dio de sus autoridades para que éstas se encuentren coordinadas entre sí.

ARTÍCULO 72.- Las Instituciones Educativas podrán participar en el Sistema de Participación Ciudadana por medio de las diferentes carreras que estén inscritas a éstas, según la especialidad con la que cuenten los alumnos y actuarán como Prestadores de Servicio Comunitario de las nueve

Unidades Regionales distribuidas en el Municipio de Aguascalientes.

CAPITULO XVIIIProhibiciones y sanciones

ARTÍCULO 73.- Conforme el artículo 8º del Reglamento interno del Sistema de Participación Ciudadana Municipal, el carácter de los órganos del Sistema es apartidista por lo tanto deberán sujetarse a las disposiciones siguientes:

I. No estarán afiliados a ningún partido político.II. No realizará actividades proselitistas en favor

de algún partido político o candidato.III. No condicionará con fines partidistas los

apoyos asistenciales municipales.IV. No condicionará la participación de la per-

sona en los órganos del sistema por su filiación partidista.

ARTÍCULO 74.- Las violaciones a los preceptos del presente ordenamiento municipal por parte de los Comités de Integración Social y Convivencia Ciuda-dana y sus miembros se ajustarán a las sanciones establecidas en el Manual Operativo del Sistema de Participación Ciudadana municipal, enmarcadas en las “Normas Complementarias” de los Lineamientos para la Formación de Comités de Integración Social y Convivencia Ciudadana

Lo anterior para el conocimiento de la ciuda-danía.

Dado en el salón de Cabildo por el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Aguascalientes en la Sesión Extraordinaria celebrada el día dieciséis de mayo del año dos mil once.

Lic. Lorena Martínez Rodríguez, Presidente Municipal; Regidores: Elsa Lucía Armendáriz Silva, José Gilberto Gutiérrez Gutiérrez, Pedro Rafael Delgado Carrillo, Yuri Antonio Trinidad Montoya, Ma. Elena Tiscareño González, Alejandro Regalado Díaz, María Emilia del Pilar Hernández Lozano, Raquel Soto Orozco, Vicente Pérez Almanza, Patricia García García, Luis Enrique Popoca Pérez, Guillermo Ulises Ruiz Esparza de Alba, Elías Ramírez Falcón, José Alberto Vera López. Síndico de Hacienda, Ma. Ga-briela Puebla Preciado; Síndico Procurador, Ikuacla-netzi Cardona Luiz; Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Mtro. J Luis Fernando Muñoz López.- Rúbricas.

Por lo que tiene el honor de comunicarlo, para su conocimiento y efectos legales conducentes. En tal ver, promulga y ordena se dé publicidad para su debido cumplimiento. 18 de mayo del 2011.- Lic. Lorena Martínez Rodríguez, Presidente Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.

De conformidad con el artículo 107 fracción XI del Código Municipal de Aguascalientes, Mtro. J Luis Fernando Muñoz López, El Secretario del H. Ayunta-miento y Director General de Gobierno.- Rúbrica.

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I N D I C E :

GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVO

H. CONGRESO DEL ESTADO.- LXI. Legislatura:Decreto Número 77.- Se reforma el párrafo segundo del Artículo Primero del decreto Nº 464 expedido por la LX Legislatura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2Decreto Número 78.- Punto de Acuerdo. Solicita al titular del Poder Ejecutivo del Estado, por conducto del Jefe de Gabinete, proporcione información sobre las concesiones del transporte público. . . . . . . . . . . 2

PODER EJECUTIVO

OFICINA DEL C. GOBERNADORAcuerdo que adscribe la Oficina de Atención a Migrantes en el Extranjero y sus Familiares a la Secre-taría de Gobierno. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADOConvenio de Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control Sanitario de Productos del Tabaco. Anexo I.- Criterios de Atención para la Participación de las Entidades Federativas en Materia de Control Sanitario de Productos del Tabaco; Anexo 2.- Criterios de Atención para la Participación de las Entidades Federativas en Materia de Trámites Relacionados con el Control Sanitario de Productosdel Tabaco . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESModificación al Reglamento del Sistema de Participación Ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CALVILLOReforma al Código Municipal de Calvillo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31

A V I S O SJudiciales y generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32

‘‘Para su observancia, las leyes y decretos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.- Cuando en la Ley o decreto se fije la fecha en que debe empezar a regir, su publicación se hará por lo menos tres días antes de aquélla’’. (Artículo 35 Constitución Local).

Este Periódico se publica todos los Lunes.- Precio por suscripción anual $ 600.00; número suelto $ 30.00; atrasado $ 35.00.- Publicaciones de avisos o edictos de requerimientos, notificaciones de embargo de las Oficinas Rentísticas del Estado y Municipios, edictos de remate y publicaciones judiciales de esta índole, por cada palabra $ 2.00.- En los avisos, cada cifra se tomará como una palabra.- Suplementos Extraordinarios, por plana $ 500.00.- Publicaciones de balances o estados financieros $ 700.00 plana.- Las suscripciones y pagos se harán por adelantado en la Secretaría de Finanzas.

Impreso en los Talleres Gráficos del Estado de Aguascalientes.

C O N D I C I O N E S :

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