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1 Escuela 916 “Santa Luisa de Marillac” Pedro Aguirre Cerda 6340 Huechuraba _____________________________/ Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar

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Escuela 916 “Santa Luisa de Marillac”

Pedro Aguirre Cerda 6340

Huechuraba

_____________________________/

Reglamento

de Evaluación

y Promoción

Escolar

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

ESCUELA 916”SANTA LUISA DE MARILLAC

ANTECEDENTES: Decreto 146/88

Decreto 511/97

INTRODUCCIÓN

La Escuela 916 “ Santa Luisa de Marillac” estima preciso y adecuado

manejarse por su propio Reglamento de Evaluación que sostiene la

intencionalidad educativa de los principios y objetivos del Proyecto

Educativo.

Este instrumento instaura un conjunto de normas de evaluación de

carácter interno, derivadas del Proyecto Educativo y las Normativas

establecidas por el Ministerio de Educación que aprueba las

disposiciones sobre Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de los

alumnos(as).

Este Reglamento, permite asegurar la gradualidad de los aprendizajes

de acuerdo a las características de los educandos, en base a

disposiciones vigentes que determinan los logros y establecen las

condiciones de promoción. De esta forma, se da cumplimiento a la

Constitución Política de la República, Artículo19 numeral 10, que

establece el derecho a la Educación.

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El presente reglamento consta de 7 Párrafos desarrollados en 38

Artículos.

PÁRRAFO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

PÁRRAFO II DE LA EVALUACIÓN

PÁRRAFO III DE LA CALIFICACIÓN

PÁRRAFO IV DE LA PROMOCIÓN (con respecto a la asistencia y rendimiento)

PÁRRAFO V REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS (para resolver situaciones

especiales)

PÁRRAFO VI DE LOS OBJETIVOS TRANSVERSALES

PÁRRAFO VII DE LOS CERTIFICADOS(anuales de estudios y actas de

calificaciones y promoción escolar)

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PÁRRAFO I:

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

ART.1°

La Directora de la Escuela N°916 “Santa Luisa de Marillac”, Institución

Cooperadora de la Función Educacional del Estado, tomando en cuenta la opinión

del Equipo de Gestión y el Consejo de Profesores del Establecimiento, ha

determinado las siguientes disposiciones administrativas para el año Escolar 2009

ART.2°

Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán en la Unidad Educativa a

los Cursos de Primero a Cuarto (NB1-NB2), de Quinto (NB3), Sexto (NB4),Séptimo

(NB5), Octavo(NB6) de Enseñanza Básica.

ART.3º

Se hará difusión del presente reglamento a toda la Comunidad Educativa:

docentes, alumnos, padres y apoderados, a través de análisis del mismo en

reuniones de profesores(as), consejos de curso y reuniones de apoderados, al

inicio del año escolar.

ART.4º:

Anualmente, según las necesidades de la Escuela, se hará la revisión y

actualización de este reglamento con consenso del Consejo de Profesores.

ART.5°

En la Evaluación y Promoción de los alumnos(as) se considerarán todos los

Sectores, sub-sectores y/o Actividades de Aprendizaje de los respectivos

Programas de Estudio vigentes (Propios y/o del Mineduc; según corresponda).

ART.6°

Durante el Proceso de Enseñanza Aprendizaje, deberán realizarse actividades de

Reforzamiento permanente, con el fin de atender las dificultades que presentan los

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alumnos(as). Por tal motivo el Profesor(a) deberá evaluar formativamente y

retroalimentar permanentemente, permitiendo superar deficiencias durante el

proceso de enseñanza-aprendizaje.

-Se aplicarán estrategias metodológicas diferenciadas y adaptadas a los diferentes

ritmos y estilos de aprendizaje.

ART.7°

El año Lectivo comprenderá 38 semanas de clases al año, de acuerdo al

Calendario Escolar Regional (respetando las 1.520 hrs. para Enseñanza Básica).

Los alumnos(as) serán evaluados en períodos Trimestrales.

Trimestres Comienza Finaliza

Primer lunes 02 de marzo martes 02 de junio

Segundo martes 02 de junio miércoles 02 de septiembre

Tercer miércoles 02 de septiembre viernes 11 de diciembre

ART.8°

Los alumnos(as) deberán cursar todos los Sectores y/o Sub-sectores de

Aprendizaje del Plan de Estudio respectivo, no habrá eximiciones en Lenguaje y

Comunicación y en Educación Matemática y se tratará que normalmente no haya

eximiciones en otros Sub-sectores de Aprendizaje; salvo cuando exista una

petición por escrito del Apoderado y/o Profesor(a), del sub-sector involucrado,

Jefe(a), Diferencial y Psicólogo(a).

-Junto con la presentación de la certificación del profesional, acreditando que el

alumno(a) presenta necesidades educativas especiales, problemas de salud

u otro motivo debidamente fundamentado. La resolución en cada caso; será

determinada por el Equipo de Gestión del Plantel Educativo y avisado al

Departamento Provincial de Educación.

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-Todo alumno(a) eximido(a), debe ser incluido en un Registro Interno de

eximiciones.

ART.9°: El alumno(a) que falte por 15 (quince) días a clases en forma continua y

sin aviso, será causal para dar retiro de este alumno(a) del establecimiento.

ART.10°: El alumno(a) nuevo(a) sin periodo de escolaridad a la fecha, será hasta

el 1° de abril y la Dirección con previo conocimiento de la situación, puede

autorizar la matricula en una fecha posterior, que no sea más allá del 30 de mayo.

ART.11°: El Equipo de Gestión del establecimiento Educacional, con el Profesor(a)

o Profesores(as) respectivos, deberán resolver las situaciones especiales de

Evaluación y Promoción de los alumnos(as) de NB1 a NB6 de Enseñanza Básica y

cuando lo estime conveniente, asesorado por el Consejo de Profesores(as), dentro

del periodo escolar correspondiente. Al igual que se resolverá los casos de

alumnos(as) que por motivos particulares requieran ingresar tardíamente a clases,

ausentarse por un periodo determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u

otro semejante.

PÁRRAFO II:

DE LAS FORMAS DE EVALUACIÓN

La evaluación será una instancia para aprender, por lo cual entregará

información que permita tomar decisiones pertinentes, corregir desviaciones de los

objetivos y cambiar prácticas pedagógicas cuando sea oportuno. Estará inserta en

el proceso y no será sólo terminal.

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ART.12°

Durante el proceso de aprendizaje, los profesores deberán realizar actividades de

reforzamiento y ejercitación permanente con el fin de atender las dificultades que

presenten los alumnos. También se deberán desarrollar actividades para atender a

los más aventajados que les permitan profundizar o ampliar los objetivos en las

unidades que se están desarrollando, para ello se podrá recurrir a actividades

complementarias de los libros de texto, guías de estudio, etc.

Las clases de apoyo pedagógico son obligatorias y pueden llevar calificación

acumulativa.

ART.13°

Existirán cuatro modalidades de Evaluación: Diagnóstica, Formativa,

Sumativa, Diferenciada

Evaluación Diagnóstica

Deberá determinar la presencia o ausencia de conductas logradas, por la

iniciación de una nueva etapa del Proceso Enseñanza Aprendizaje. Se efectuará

una por sub-sector, durante los primeros quince días de clases del año Lectivo y

se dejará constancia con L(logrado), N/L(no logrado); en los libros de clases y

en hoja de registro que deberá ser entregada a UTP, antes de finalizar el

mes de marzo con la finalidad de tener el panorama diagnóstico del curso en cada

sub-sector de aprendizaje y a la vez, el panorama de toda la escuela.

Esta evaluación presenta las siguientes características:

a.- debe ser evidenciada, sólo con concepto.

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b.- antes de aplicar la evaluación, se destinará una semana de Reforzamiento

c.- ante un alto porcentaje de NO LOGRADO, considerando como tal un 25%,

se deberá reforzar aquello que no se logro, en un periodo de 5 días hábiles; luego

se volverá a evaluar y se registrará el resultado FINAL.

Lo anterior permitirá tomar decisiones en:

a.- La Planificación de proceso Enseñanza-Aprendizaje

b.- El Diseño de Estrategias Metodológicas y Alternativas

c.- El Plan de Estrategias Evaluativos

d.- Actividades Remediales y/o Complementarias

Evaluación Formativa

Su finalidad es ; obtener información para evaluar el logro de los objetivos

de aprendizajes programados, su nivel de consecución para retroalimentar

o reforzar aquellas áreas deficitarias o de escasos logros, detener el proceso

de los contenidos buscando estrategias para el buen resultado del aprendizaje;

“propósito del quehacer educativo”.

se pueden aplicar las siguientes disposiciones:

a.-Detectar aspectos específicos en que no hay logros de aprendizaje, para

modificar la metodología de aprendizaje y buscar las remediales complementarias

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b.-No se califica; se registra su aplicación en el rubro actividades.

c.-Se aplica en la sala de clases u otros espacios educativos en los cuales se

trabajan los OFV y los OFT.

d.-Son objeto de evaluación formativa: conocimientos, capacidades, destrezas

y habilidades, valores y actitudes.

e.-Se pueden utilizar como procedimientos de evaluación formativa: pruebas,

registros de observaciones, trabajos de desempeño, etc, utilizando listas de

cotejo y/o escalas de apreciación. Puede ser individualizada, colectiva, escrita, oral

etc.

Evaluación Sumativa

Tendrá lugar en el trimestre y deberá determinar el grado de logro de los

objetivos de aprendizaje esperados parciales o terminales del proceso de

aprendizaje, es decir el logro de conocimientos, que se han alcanzado por el

desarrollo de habilidades, aptitudes o destrezas, con lo cuál pueden vincular lo

nuevo con lo ya conocido; estructurado así el conocimiento junto con la actitud y

compromiso que manifiesta frente al proceso de aprender. Mediante esta

evaluación se mide y juzga el aprendizaje, con el fin de CERTIFICARLO

1.- Ante un 30% de reprobación en una prueba sumativa, se procederá de la

siguiente manera:

a.- En NB1 y NB2, la evaluación quedará como formativa; se reforzará y se

aplicará evaluación sumativa

b.- De NB3 a NB6, será registrada y sobre el 30% de reprobación; el profesor(a)

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debe buscar la estrategia mejor, para reforzar y volver a evaluar.

c.-Al aplicar este tipo de evaluación certificativa, se puede utilizar una variada

gama de instrumentos, sin embargo se sugiere utilizar la prueba escrita.

2.- Para tener un alto porcentaje de logros en la evaluación certificativa, el

profesor(a) antes la aplicación de ella, debe trabajar con guías de estudio,

interrogar clase a clase, trabajos grupales con auto-evaluación o aquella

estrategia que determine como la más conveniente.

3.-Existen diversos Tipos de evaluación:

a.-Evaluación Externa.

Está referida a aquella evaluación que realiza una entidad externa a la unidad

educativa. En este caso debemos someternos a: Pruebas de SIMCE, Compromisos

de Gestión , MIDEUC ,etc.

b.- Evaluación Interna.

Es la realizada por las personas participantes del proceso enseñanza y aprendizaje

Se distinguen tres tipos: Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación

El propósito de cada una de ella es:

Autoevaluación:

Corresponde a la percepción que tiene el alumno acerca de sus propios

aprendizajes y logros que va obteniendo en la adquisición de saberes,

capacidades, habilidades, valores /actitudes.

- Aquí el evaluador y el evaluado son la misma persona y puede ser individual

y/o grupal. Se proponen instancias evaluativos, donde los alumnos junto al

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profesor/a, clarifican sus criterios y niveles de aprendizaje

Para dicho fin se disponen de las siguientes consideraciones:

- Será progresiva a partir de Quinto año básico. No pudiendo exceder de una

calificación al trimestre.

Las técnicas e instrumentos más comunes de autoevaluación son: las Pautas de

Evaluación con uso de Escala de Apreciación numérica y conceptual, Listas de

Cotejo o Comprobación

Coevaluación:

En esta modalidad se comparten los roles del evaluador y evaluado, es decir, una

persona o grupo puede evaluar el desempeño de otra persona o grupo, pero

recíprocamente quien fue evaluado actúa como evaluador.

Para dicho fin se disponen las siguientes consideraciones:

-Será progresiva a partir del Quinto año básico.

-Su desarrollo se realiza entre pares, puede ser al interior de cada grupo, entre

diferentes grupos, entre dos alumnos o entre profesor alumno.

-Se deben establecer y clarificar a nivel grupal, o el grupo con el

profesor, los criterios de evaluación en forma previa.

Heteroevaluacion:

Esta modalidad distingue al evaluador como un agente externo que observa y

evalúa el aprendizaje de otro que actúa como evaluado, es decir, se trata

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de la modalidad tradicional de evaluación en que el profesor(a) evalúa

a los alumnos. El término deriva de lo distintos instrumentos utilizados por el

docente, en la gran variedad de técnicas que puede emplear.

Para dicho fin se disponen las siguientes consideraciones:

-Está referida a los objetivos (capacidades-destrezas) y contenidos desarrollados

en el proceso de enseñanza aprendizaje

En cada instrumento deben ser establecidos y clarificados los criterios de

evaluación (puntajes, escalas, indicadores , variables, evidencia de logros,

coherencia, consistencia entre una y otra cosa), contenidos en el instrumento

planificado

Según el estándar de comparación encontramos dos tipos:

Evaluación Normativa: es aquella en la cual se dispone de algún grupo o

puntaje previamente establecido, comparándose los resultados obtenidos por un

alumno en relación a su grupo curso.

Evaluación Criterial: consiste en establecer previamente un estándar de

medición en base a criterios preestablecidos y se juzga el aprendizaje del alumno

en relación a la obtención de sus propios logros de acuerdo a estándares

establecidos (indicadores de logro)

Evaluación Diferenciada

Es pertinente y adecuada para aquellos alumnos que en forma

temporal o permanente presenten impedimentos que le dificulten trabajar los

subsectores del Plan de Estudios. Vale decir:

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- Alumnos con lentitud para aprender

- Alumnos con dificultades de retención

- Alumnos con déficit sensoriales

- Estudiantes con trastornos específicos del aprendizaje

- Alumnos con ritmos de aprendizaje sobre el promedio del curso

Se aplicará a aquellos alumnos(as) que mediante un informe o sugerencia de un

especialista, ya sea el profesor(a) de Educación Diferencial, Orientador(a),

Psicólogo(a) o de algún profesional de un Centro de Diagnóstico que determine

las dificultades de aprendizaje. En este caso el profesor(a) Jefe(a) y de Diferencial

deberán determinar las medidas pertinentes de común acuerdo con el Equipo de

Gestión.

¿Cómo se aplicará la Evaluación Diferenciada?

Se deberá aplicar, utilizando diversas Estrategias de Evaluación, según la

dificultad y de acuerdo al ritmo de aprendizaje de los alumnos(as). Algunas de

ellas son: Lista de Cotejo/Entrevista/Observación Directa/Trabajos en Grupos/

Evaluación Oral/Evaluación Escrita, según sea la necesidad.

Se sugiere:

a) Extender el tiempo destinado al aprendizaje de los alumnos

b) Seleccionar objetivos de aprendizaje de acuerdo a las dificultades que presenta

el alumno en cuestión.

c) Utilizar una variedad de estrategias metodológicas y recursos de aprendizaje.

d) Los instrumentos de evaluación deberán ser adecuados para evaluar las

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capacidades intelectuales y contenidos curriculares, de fácil manejo para ser

utilizados en situaciones de autoevaluación y coevaluación.

Deben entregar información concreta sobre lo que se pretende evaluar, utilizar

diferentes códigos “verbal y no verbal”, escritos, gráficos, numéricos,

audiovisuales, etc

e) Los instrumentos deberán ser aplicados en forma individual o en grupos

pequeños, debiendo proporcionar el tiempo adecuado para que el estudiante

desarrolle el procedimiento evaluativo.

f) Reforzar las instrucciones y permitir el uso de material de apoyo si fuese

necesario

g) El profesor(a) de cada sector o subsector deberá atender las dificultades

individuales y/o grupales que presenten los alumnos, la evaluación de estos

procesos tendrá un propósito formativo y/o sumativo, considerando que

constituyen una actividad de ayuda tanto para el profesor como para el alumno

para el logro de los aprendizaje propuestos.

ART.14°

La utilidad del proceso de evaluación será:

a) Para el Profesor:

-Saber cuáles objetivos fueron cumplidos, a través del proceso pedagógico

proyectado

-Analizar las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de los

objetivos propuestos

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-Adoptar una decisión en relación a las causas que produjeron el logro parcial de

los objetivos propuestos

-Aprender de la experiencia y no incurrir en el futuro en los mismos errores.

-Obtener evidencias que le permitan decidir qué aspectos de los métodos, de los

procedimientos utilizados, del programa, de los materiales de enseñanza o de

cualquier otra variable involucrada, deben ser mejorados.

-Establecer una base de datos y de materiales que hayan probado su

validez.

-Generar una actitud de autoevaluación permanente que permita el mejoramiento

constante de su práctica pedagógica.

b)Para el(la) alumno(a):

-Conocer sus fortalezas y debilidades en el aprendizaje de determinados

aspectos durante el proceso, y qué debe hacer para superarlos.

-Tener una estimación de su propio progreso, ya sea durante el proceso, como al

término de éste

-Obtener una retroalimentación permanente a su trabajo, que le permita optimizar

sus logros

-Generar una actitud de autoevaluación que permita favorecer sus aprendizajes, en

forma permanente

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PÁRRAFO III:

DE LAS CALIFICACIONES

ART.15°: Las evaluaciones podrán tener carácter individual (de cada alumno con

respecto al mínimo establecido por el Profesor ) o normativa (en relación con los

logros del curso). Se evaluarán capacidades, destrezas, habilidades, contenidos,

métodos, procedimientos, valores y actitudes. Pero no se calificarán actitudes ni

valores.

ART.16°: Las notas obtenidas por los alumnos no podrán ser modificadas o

anuladas por el Profesor, cualquier situación especial referida a evaluación debe

ser estudiada por UTP. Ante cualquier duda o reclamo se sigue el conducto regular

(Profesor de Asignatura, Profesor Jefe y Unidad Técnica).

ART.17°: Se podrá calificar la revisión de cuadernos, tareas, carpetas y otros

trabajos de menor complejidad con nota acumulativa o porcentaje que se traducirá

en calificación parcial.

ART.18°: Los alumnos deberán ser informados previamente sobre la fecha, los

contenidos y el tipo de instrumento de evaluación que se utilizará.

Una vez acordada la fecha no habrá postergación. Será registrada por el Profesor

de asignatura en el calendario del curso en Libro de Clases.

Ante situaciones de excepción resolverá Unidad Técnica.

ART.19°: Los alumnos(as) deberán ser calificados en todos los sectores de

aprendizaje del Plan de Estudios correspondiente, utilizando una escala numérica

del 2.0 (dos) al 7.0 (siete). Estas calificaciones solamente se referirán al

rendimiento escolar.

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Respecto a las calificaciones hay que considerar:

1.-La calificación mínima de aprobación será 4,0 (cuatro).

2.-La calificación obtenida por los alumno(as) en el subsector de Aprendizaje de

Religión y Sacramental, será en concepto y no incidirá en su promoción

3.-Durante el año Lectivo, los alumnos(as) tendrán las siguientes calificaciones

PARCIALES: Corresponderán a las calificaciones coeficiente 1(uno), que el

alumno(a) obtenga durante el Trimestre en los respectivos sub-sectores de

aprendizaje.

TRIMESTRALES: Corresponderán en cada subsector de aprendizaje, al

promedio aritmético ponderado de las calificaciones parciales asignadas durante el

trimestre

FINALES: Corresponderán en cada subsector de aprendizaje, al promedio de

calificaciones trimestrales

PROMEDIO DE CALIFICACIONES FINALES O PROMEDIO GENERAL:

Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas por

los alumnos(as) en cada subsector de aprendizaje.

4.-En todos los cursos; de Primero a Octavo de Enseñanza Básica, el profesor(a)

colocará en el Trimestre, como mínimo el número siguiente de calificaciones;

según la cantidad de horas

a) Con dos horas semanales de clases, tres notas coeficiente uno(1), que

corresponderá a las siguientes evaluaciones con sus respectivos porcentajes

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Nota 1 Revisión de cuaderno 10%

Nota 2 Trabajo de investigación con exposición del tema 30%

Nota 3 Evaluación CERTIFICATIVA trimestral 60%

b) Con cuatro horas semanales de clases, cuatro notas coeficiente uno(1)

Nota 1 Revisión de cuaderno 10%

Nota 2 Trabajo de investigación con exposición del tema 20%

Nota 3 Tareas 10%

Nota 4 Evaluación CERTIFICATIVA trimestral 60%

c) Con seis y más horas semanales de clases, cinco notas coeficiente uno(1)

Nota 1 Revisión de cuaderno 5%

Nota 2 Trabajo de investigación con exposición del tema 20%

Nota 3 Tareas 10%

Nota 4 autoevaluación promediada con coevaluación(a

partir de Quinto año básico)

5%

Nota 5 Evaluación CERTIFICATIVA trimestral 60%

5.-Los talleres serán evaluados con tres notas Parciales coeficiente uno(1) y su

promedio corresponderá al subsector de aprendizaje con el que tenga más

afinidad, su porcentaje será de un 5%

6.-En todo trabajo de investigación, además de los aspectos propios del subsector,

el profesor deberá considerar los siguientes criterios:

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a) establecer previamente objetivos claros y precisos

b) presentar a los alumnos la pauta de evaluación

c) proporcionar bibliografía suficiente y adecuada

d) exigir elaboración personal del alumno y no aceptar transcripciones, fotocopias

del contenido de textos o copias textuales de páginas de Internet, con las

direcciones o bibliografía consultada.

e) para calificarlos se sugiere agregar la defensa oral del tema. Cada criterio es

parte de la Pauta de Evaluación:

¿El trabajo cumple con los objetivos dados?

¿El trabajo presenta un mínimo de tres fuentes bibliográficas diferentes?

¿En el trabajo se observa elaboración personal?

¿ El alumno es capaz de hacer una defensa oral del tema?.

7.-En el caso de que los alumnos se presenten sin el material de trabajo

correspondiente a las asignaturas técnico-artísticas o falten a clases. Les

corresponderá a los profesores del área, citar a los alumnos y exigir su asistencia a

través de Inspectoría, además de los materiales a utilizar.

8.-Se procederá de la siguiente forma con el alumno(a) que falte a pruebas:

a) Al que falte a pruebas calendarizadas y dicha inasistencia ha sido

justificada con anterioridad o con la presencia de un certificado médico; el

profesor(a) jefe(a), le confeccionará un calendario especial de pruebas al

reintegrarse a clases

b) Al que falte sin aviso a una prueba calendarizada, se le tomará dicha

evaluación al reintegrarse a clases, ésta se aplicará fuera del aula, para evitar

interrupciones en el normal desarrollo de la clase.

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9.- El alumno que sea sorprendido copiando en prueba o adultere maliciosamente

la evaluación, será sometido a una prueba o interrogación en el momento que el

profesor de la asignatura lo determine.

10.- Los alumnos que deban concurrir a eventos u otra actividad, para representar

a la escuela, deberán informar al inspector(a), quien tramitará en Unidad Técnica

la postergación de la evaluación, presentando la lista firmada y timbrada. Se debe

salvaguardar el cumplimiento del proceso escolar y favorecer la participación de los

alumnos(as)

ART.20°:

a) Al término de cada Trimestre, se promediarán todas las calificaciones parciales

obtenidas por los alumnos(as), con un decimal sin aproximación

b) Al término del año lectivo se promediarán las notas trimestrales, con un

decimal, con aproximación.

c) Al término de cada trimestre, se realizará una evaluación CERTIFICATIVA en

todos los niveles y subsectores de aprendizaje

d) Las evaluaciones certificativas trimestrales serán escritas.

e) Al término del año Lectivo, se promediarán todas las calificaciones finales de

cada subsector de aprendizaje , con un decimal con aproximación, obteniendo

así, el Promedio de Calificaciones Finales o Promedio General.

PÁRRAFO IV:

DE LA PROMOCIÓN

RESPECTO A LA ASISTENCIA Y RENDIMIENTO

ART.21°: Serán promovidos todos los alumnos(as) de 1° a 8° año de Enseñanza

Básica, que hayan asistido a lo menos el 85% de las clases establecidas en el

Calendario Escolar Anual, no obstante el Equipo de Gestión del Establecimiento y el

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Profesor(a) Jefe(a) podrán autorizar la promoción de alumnos(as) con porcentajes

menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente

justificadas

ART.22°: Para la promoción de los alumnos(as) de 1° a 8° año de Enseñanza

Básica, se considerarán conjuntamente , el logro de los objetivos y

contenidos mínimos de los diferentes sub-sectores de aprendizaje y la

asistencia a clases

a) Serán promovidos los alumno(as) que hubieren aprobado todos los sub-

sectores de aprendizaje de sus respectivos Planes de Estudios

b) Serán promovidos los alumno(as) de NB1 a NB6 de Enseñanza Básica que no

hubieren aprobado un sub-sectores de aprendizaje, siempre que su nivel de

logro corresponda a un promedio de 4,5(cuatro, cinco) o superior, incluido el

no aprobado

c) Igualmente, serán promovidos los alumnos(as) de 1° a 8° año básico, que no

hubieren aprobado dos sub-sectores de aprendizaje(siempre que no coincidan

los sub-sectores de Lenguaje y Comunicación y Educación Matemáticas) y su

nivel general de logro corresponda a un promedio de 5,0(cinco, cero) o

superior, incluidos los no aprobados

ART.23°: El alumno está obligado a asistir a la totalidad de las clases

establecidas en horario normal y en horario extraordinario cuando se requiera.

Las inasistencias superiores al 15% fundadas en razones de salud y otras debida y

oportunamente justificadas, deberán ser respaldadas con documentación

presentada en Inspectoría

ART.24°: Ante un promedio anual inferior a 4,0(cuatro ,cero) en los sectores de

Lenguaje y Comunicación y Educación Matemáticas en 1° y 3° básico, no

importando el promedio general del alumno(a) el consejo de profesores

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apoyándose en el Decreto exento 107 del Reglamento de Evaluación 511, puede

decidir la repitencia, fundamentando el no logro de los Objetivos mínimos por el

alumno(a) en los sub-sectores de aprendizaje, anteriormente mencionados.

ART.25°: Ante un 3,9(tres,nueve), que sea causal de repitencia, se deberá

ponderar a 4,0(cuatro, cero)

ART.26°: La situación final de promoción de los alumnos(as), deberá quedar

resuelta, a más tardar, al término del año Lectivo correspondiente.

PÁRRAFO V:

REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER SITUACIONES

ESPECIALES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DURANTE EL AÑO ESCOLAR

ART.27°

1.- Ingreso tardío al Establecimiento:

1.1.- De establecimientos con régimen trimestral:

a) Si su ingreso se produce luego de avanzado el primer trimestre, el alumno

deberá traer notas parciales como requisito de ingreso a este establecimiento

educacional.

b) Si su ingreso se produce a fines del primer trimestre deberá traer sus

promedios calculados para ser consignados en el libro de clases.

1.2.- De establecimientos con régimen semestral:

a) Si el alumno proviene de un establecimiento con régimen semestral, deberá

traer registradas en su informe parcial a lo menos cuatro (4) notas para calcular

el promedio del primer trimestre.

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b) Si un alumno proviene de un establecimiento de régimen semestral y su ingreso

se produce a la primera semana de agosto, se sacará un promedio con las notas

requeridas como mínimas para la obtención del promedio trimestral establecidas

en el presente reglamento y las excedentes se consignarán como parciales del

segundo trimestre.

ART.28°:

Cualquier situación de exención o aplicación de Evaluación Diferenciada, ésta será

analizada y resuelta por la Unidad Técnica Pedagógica.

ART.29°:

Los alumnos que repitan curso y agreguen observaciones negativas relacionadas

con el desinterés por el estudio (inasistencias no justificadas, incumplimiento de

compromisos, problemas de aprendizajes(no tratados o tratados sin avances

observables), tratamientos médicos no realizados o dejados sin terminar,

problemas conductuales u otros que perjudiquen a sus compañeros, previo

informe del Consejo de Profesores, perderá su derecho a la matrícula del período

lectivo siguiente; por lo tanto su apoderado deberá matricularlo en otra escuela.

ART.30°

Si un alumno repite consecutivamente dos veces el mismo curso o, en forma

alternada, dos cursos, aunque uno de ellos haya sido en otro colegio. Se sugerirá

al apoderado(a), buscar otras alternativas de establecimientos. Las razones están

fundamentadas en factores que tienen que ver con no haber alcanzado la

nivelación con el resto de sus compañeros.

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ART.31º

Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente

Reglamento de Evaluación deberán ser resueltas como situaciones especiales de

evaluación y promoción entre el Equipo de Gestión y el Consejo de Profesores

dentro del período escolar correspondiente, tales como ingreso tardío ,

participación en actividades culturales y deportivas en el ámbito comunal, nacional,

finalización anticipada del año escolar por enfermedad, viaje al extranjero u otras.

PÁRRAFO VI:

DE LOS OBJETIVOS TRANSVERSALES

ART.32°: Los alumnos serán evaluados en el logro de los valores y actitudes

señaladas en el PEI y los OFT, se usarán como instrumentos de evaluación la

observación, cuestionarios, pauta de cotejos, trabajos, entrevistas y los resultados

se expresarán en conceptos, en la hoja personal del alumno del Libro de Clases. Se

podrá aplicar la coevaluación y la autoevaluación.

ART.33°: La evaluación de los objetivos transversales estará orientada

prioritariamente a desarrollar y afianzar valores y actitudes y se insertarán en las

estrategias metodológicas.

ART.34°: La evaluación será informada semestralmente a través del Informe de

Desarrollo Personal elaborado por el Profesor Jefe y comunicado a los apoderados

ART.35°: En el Sector de Orientación las evaluaciones no se expresarán como

calificación.

ART.36°: En el Subsector de Religión los alumnos serán calificados con la escala

numérica de 2 a 7, Sin embargo el promedio final de dichas calificaciones se

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traducirá en conceptos y no incidirá en la promoción, rigiéndose por el Dto. N°

924/83.

PÁRRAFO VII

DE LOS CERTIFICADOS ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS DE

CALIFICACIONES Y PROMOCIÓN ESCOLAR

ART.37°: El Establecimiento Educacional, al término del Año Escolar, extenderá a

sus alumnos(as) un Certificado Anual de Estudios, que indique los sectores y sub-

sectores de aprendizaje, con las calificaciones y situación final correspondiente.

( El certificado de estudios, no podrá ser retenido por ningún motivo)

ART.38°: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar,

consignarán en cada curso, las Calificaciones Finales de cada Subsector de

Aprendizaje; la situación Final de los alumnos(as) y Cédula Nacional de

Identificación de cada uno de ellos.

Las Actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser

presentadas a la Secretaria Regional Ministerial de Educación Santiago Norte.

Este Reglamento podrá ser modificado en cada año escolar.

Fraternalmente.

___________________________________

Aceptado por toda la Unidad Educativa

de la Escuela 916 “Santa Luisa de Marillac”

Santiago,.........de.....................de...............

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