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REPRESENTACION FAO EN COLOMBIA Fax: 210 30 64-PBX: 346 5101, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia E.M A IL: [email protected] Página 1 de 21 Licitación No. 034/ 2013 Fecha: 01 de noviembre de 2013 INVITACIÓN A LICITAR / LICITACIÓN EN PLIEGO CERRADO DE LA FAO FECHA LÍMITE: 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 HORA: 10:00 AM La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) es una Organización intergubernamental con más de 180 países miembros. Desde sus inicios, la FAO ha trabajado para aliviar la pobreza y el hambre promoviendo el desarrollo agrícola, mejorando la nutrición y buscando la seguridad alimentaria – definida como el acceso de todas las personas, en todo momento, a los alimentos necesarios para llevar una vida activa y sana. Para lograr estas metas, FAO coopera con miles de socios alrededor del mundo, desde grupos de agricultores hasta comerciantes, desde organizaciones no gubernamentales hasta otras Agencias del Sistema de Naciones Unidas, desde bancos para el desarrollo hasta empresas agroindustriales (Puede encontrar información más detallada y extensa sobre FAO a través de Internet en la siguiente página web: http://www.fao.org ). A través del presente, FAO le invita a presentar una propuesta sellada en pesos colombianos para la realización de los siguientes productos: Descripción Especificaciones Técnicas Lugar de Entrega Plazo de entrega Preproducción Producción y Postproducción de un (1) video y cinco (5) video clips que muestren el objeto y los alcances de dicho convenio y cada uno de sus componentes. Ver apéndice 1 Bogotá 15 de diciembre/13 CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN A LICITAR Descripción Fecha Lanzamiento licitación pública 01/11/2013 Respuesta a preguntas de los proponentes Hasta el 05/11/2013 Publicación de respuestas en la página web de la FAO www.fao.org.co link vacantes y licitaciones 07/11/2013 Cierre de la licitación 12/11/2013 Evaluación de propuestas A partir del 13/11/2013 Al preparar su oferta, usted debe tener en cuenta el estatuto internacional y las actividades de la FAO y presentar sus mejores condiciones comerciales. Además, debe saber que la FAO goza de determinados privilegios e inmunidades, entre ellos la exoneración del pago del impuesto al valor agregado (IVA), los derechos de aduanas y las restricciones de importación. Su oferta ha de basarse en todos los requisitos incluidos en la presente invitación a licitar, entre ellos: APÉNDICE 1 – Especificaciones técnicas y condiciones de conformidad APÉNDICE 2 – Condiciones generales Aplicables a los Contratos de Compra en la FAO

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REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia

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Licitación No. 034/ 2013 Fecha: 01 de noviembre de 2013

INVITACIÓN A LICITAR / LICITACIÓN EN PLIEGO CERRADO DE LA FAO

FECHA LÍMITE: 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 HORA: 10:00 AM La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) es una Organización intergubernamental con más de 180 países miembros. Desde sus inicios, la FAO ha trabajado para aliviar la pobreza y el hambre promoviendo el desarrollo agrícola, mejorando la nutrición y buscando la seguridad alimentaria – definida como el acceso de todas las personas, en todo momento, a los alimentos necesarios para llevar una vida activa y sana. Para lograr estas metas, FAO coopera con miles de socios alrededor del mundo, desde grupos de agricultores hasta comerciantes, desde organizaciones no gubernamentales hasta otras Agencias del Sistema de Naciones Unidas, desde bancos para el desarrollo hasta empresas agroindustriales (Puede encontrar información más detallada y extensa sobre FAO a través de Internet en la siguiente página web: http://www.fao.org ). A través del presente, FAO le invita a presentar una propuesta sellada en pesos colombianos para la realización de los siguientes productos:

Descripción Especificaciones

Técnicas Lugar de Entrega Plazo de entrega

Preproducción Producción y Postproducción de un (1) video y cinco (5) video clips que

muestren el objeto y los alcances de dicho convenio y cada uno de sus componentes.

Ver apéndice 1 Bogotá 15 de

diciembre/13

CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN A LICITAR

Descripción Fecha

Lanzamiento licitación pública 01/11/2013

Respuesta a preguntas de los proponentes Hasta el 05/11/2013

Publicación de respuestas en la página web de la FAO www.fao.org.co link vacantes y licitaciones

07/11/2013

Cierre de la licitación 12/11/2013

Evaluación de propuestas A partir del 13/11/2013

Al preparar su oferta, usted debe tener en cuenta el estatuto internacional y las actividades de la FAO y presentar sus mejores condiciones comerciales. Además, debe saber que la FAO goza de determinados privilegios e inmunidades, entre ellos la exoneración del pago del impuesto al valor agregado (IVA), los derechos de aduanas y las restricciones de importación. Su oferta ha de basarse en todos los requisitos incluidos en la presente invitación a licitar, entre ellos:

APÉNDICE 1 – Especificaciones técnicas y condiciones de conformidad APÉNDICE 2 – Condiciones generales Aplicables a los Contratos de Compra en la FAO

REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia

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Y debe incluir los requisitos generales de licitación y los requisitos y condiciones especiales de licitación que se especifican a continuación: REQUISITOS GENERALES DE LICITACIÓN

1. Nombre completo, números de fax y teléfono de su empresa y de las personas de contacto. 2. Indique si la FAO tiene derecho a un descuento especial. 3. Aceptación de las “Condiciones generales aplicables a los contratos de compra en la FAO”,

incluidas las condiciones de pago. (Ver apéndice 2). (Las condiciones de pago locales de la Representación de la FAO en que son pagaderas mediante cheque o transferencia bancaria dentro de un plazo de 15 días a partir de la recepción de su factura, y una declaración del consignatario o los consignatarios en que se reconozca la recepción de los bienes/servicios).

4. Sírvase tomar nota de que la FAO efectuará el pago a la cuenta bancaria indicada por el proveedor seleccionado en su factura, a condición de que el proveedor sea el titular de la cuenta bancaria y que dicha cuenta esté establecida en el país de residencia del proveedor. Toda solicitud de pago a una cuenta bancaria diferente a la del proveedor o a un banco que no estuviere situado en el país de residencia del proveedor ha de especificarse en la oferta con los motivos que expliquen este cambio con respecto a las condiciones de pago habituales.

5. Aceptación de los requisitos de licitación de la FAO, incluidas las especificaciones técnicas. Si su oferta no es conforme con ninguno de estos requisitos, dicha falta de conformidad debe indicarse claramente en su oferta. Si en su oferta no se hace mención a este respecto, se supondrá que todos los requisitos incluidos en la presente invitación a licitar han sido aceptados.

6. El precio unitario y el subtotal deben ser sin impuestos, sin embargo en el precio total se debe detallar si aplica algún impuesto y el valor por este concepto.

7. La oferta debe presentarse en precios CIP, es decir transporte y seguro pagado hasta la ciudad de Bogotá; en la Calle 72 Nº 7-82. Oficina 702. (Incoterms 2000).

8. El tiempo de entrega. Debe indicar la disponibilidad de tiempo. 9. Validez: las ofertas deben permanecer válidas con los precios firmes y fijados hasta los 60 días

después de la fecha límite para la presentación de ofertas. 10. País de Origen.

REQUISITOS Y CONDICIONES ESPECIALES

1. Inspección: En el caso de una orden, un organismo supervisor o un funcionario designado por FAO, se encargará a expensas de la FAO, de inspeccionar la calidad, cantidad, de conformidad con las especificaciones técnicas.

2. Sanciones: A discreción de la FAO, se pueden aplicar las siguientes sanciones a toda orden: a. Calidad inferior: la FAO, a su absoluta discreción, se reserva el derecho de rechazar

cualquier entrega que no se ajuste a las especificaciones técnicas o de aceptar dicha entrega y aplicar la sanción correspondiente que la FAO determine;

b. Entrega tardía: En el caso de entrega tardía, se aplicará una sanción del 2,5% del valor de los bienes por semana de retraso. La sanción por entrega tardía aplicada no superará el 10% del valor total de la orden;

3. Aunque los resultados de la licitación no se harán públicos, a los proveedores que no resultasen elegidos se les notificará en su debido momento.

4. La Organización puede decidir adjudicar parcialmente o declarar desierta la licitación en el caso de que considerase que los resultados de esta licitación así lo impusieren.

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5. Las ofertas debe llevar el número y el sello en todas sus páginas para facilitar la verificación de su comprensión, así como el nombre del licitador.

REQUERIMIENTOS DE LA OFERTA

1. Elaboración de una propuesta económica con la descripción de los costos de forma de independiente por cada ítem con valor unitario y total

2. Que apliquen los criterios de ley de acuerdo a los distintos regímenes tributarios. 3. Que se presente en papel membrete de la empresa. 4. Llevar la fecha de cotización. 5. Indicar la forma de pago, fecha posible de la entrega después de definido el pedido, discriminar el

IVA, tiempo de la vigencia de los precios de la cotización y los datos de la empresa. 6. Datos completos de la empresa.

7. Presentación de la oferta: Su oferta debe ser presentada en sobre sellado marcado de la siguiente

manera:

CONFIDENCIAL ¡No abrir por el Registro!

OFERTA SELLADA / LICITACIÓN 034 - PRODUCCIÓN DE VIDEOS PROYECTO UTF/COL/046/COL

Para entregar a

Representación FAO en Colombia

FECHA LIMITE: 12 DE NOVIEMBRE DE 2013 HORA: 10:00 AM

NOMBRE DE LA EMPRESA:_______________________

A más tardar en la UNICA fecha y la hora límites a:

Representación FAO en Colombia Calle 72 No. 7 – 82 Oficina 702. Edificio Acciones & Valores

BOGOTA - COLOMBIA

(¡Se rechazarán las ofertas presentadas por otros medios!)

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Todo pedido de aclaración respecto de los requisitos incluidos en la presente invitación a licitar, salvo sobre las cuestiones relacionada con la fijación de precios, debe dirigirse al abajo firmante y presentarse por correo electrónico a nombre de [email protected] ASUNTO: LICITACIÓN 034 - PRODUCCIÓN DE VIDEOS PROYECTO UTF/COL/046/COL inmediatamente después de la recepción de la presente invitación a licitar, y sin sobrepasar el 05 de Noviembre de 2013 a las 08:00 pm. En el caso de que su empresa no presentara una oferta, la FAO le agradecería que lo notifique mediante una breve explicación. En este caso, se le pide encarecidamente que rellene la “Notificación de no presentación de oferta” que e adjunta a la presente invitación, y enviarla por fax al número indicado en la “Notificación de no presentación de oferta” Le saluda Rafael Zavala Gómez del Campo Representante FAO en Colombia

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NOTIFICACIÓN DE NO PRESENTACIÓN DE OFERTA Sírvase rellenar la siguiente nota y devolverla a: Representación de la FAO en Colombia Dirección: Calle 72 # 7 – 82 Oficina 702. Edificio Acciones & Valores Para entregar a: Servicio de Compras Fax : 2103064 De:

(Nombre de la empresa)

No hemos presentado una oferta en respuesta a su invitación porque: _______ Los requisitos no se ajustan a nuestras actividades habituales _______ No hubo tiempo suficiente para preparar una oferta _______ Insuficiencia actual de recursos para emprender más trabajos _______ Otros (sírvase indicar brevemente los motivos)

Firma y fecha

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Apéndice 1 TERMINOS DE REFERENCIA

ANTECEDENTES En 2012, el Ministerio de Salud y Protección Social con el fin superior de apoyar la Gestión de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional -SAN- para su implementación efectiva y sostenible, como quiera que ejerce la función de Secretaría Técnica de la CISAN, suscribió el Convenio de Cooperación Técnica 389/2012 con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura – FAO –, con el propósito de Apoyar técnicamente al Ministerio de Salud y Protección Social en los procesos de implementación del Observatorio de Seguridad Alimentaria y Nutricional, inocuidad de alimentos, investigación y movilización social en seguridad alimentaria y nutricional y de esta manera contribuir con el cumplimiento a lo establecido en el CONPES 113 de 2008 y en el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 “Prosperidad para Todos”, en aspectos relacionados con la SAN, que son de su competencia. En este sentido, su desarrollo se orientó hacia diversas esferas de la política. Frente a la implementación del Observatorio de Seguridad Alimentaria y Nutricional, para avanzar en el cumplimiento de la meta del PND de “Observatorio constituido y funcionando en 2012” se establecieron dos líneas de acción para la institucionalización y la operación de la primera fase de construcción del mismo, las cuales estuvieron enmarcadas en el desarrollo del plan de acompañamiento para su constitución, la integración de bases de datos para la implementación del componente estadístico, el sistema de información del OSAN construido en su primera fase, la elaboración del documento de análisis integral de situación en SAN y el de alertas tempranas que oriente su construcción en fases posteriores. En torno al ámbito de la inocuidad, se propuso el desarrollo de tres líneas orientadas a sentar las bases para el Fortalecimiento del Sistema de Gestión de Inocuidad de Alimentos. Este incluyó la realización de un curso E-Learning y un Taller Nacional de Análisis de Riesgos, así como la construcción del plan de acción para el fortalecimiento del sistema a partir de la Evaluación de la Capacidad del Sistema de Inocuidad de Alimentos, desarrollada por los consultores a través de la metodología FAO y la realización del Taller Nacional, donde se definieron las acciones necesarias para el fortalecimiento del sistema, por medio del trabajo de grupos y una amplia discusión y consenso de los participantes pertenecientes a diferentes entidades del sistema MSF del país. Con las acciones definidas se formuló y validó el Plan de Acción Nacional para el Fortalecimiento del Sistema de Gestión de Inocuidad de Alimentos, en sus cinco componentes básicos: i) Gestión; ii) Legislación; iii) Inspección; iv) Laboratorios; y v) Información, Educación y Comunicación. El Plan de Acción se concibió bajo el principio de análisis de riesgos y un enfoque integral que abarca toda la cadena agroalimentaria desde la “granja – o el mar – hasta la mesa”, con el objetivo principal de reducir el impacto de las ETAs en el ámbito de la salud, desde la perspectiva integral de la seguridad alimentaria y nutricional, incluyendo una primera aproximación al análisis de carga de enfermedad por ETA. El otro aspecto abordado fue la realización de una investigación para la identificación de un alimento fortificado complementario, (ACF) los cuales, son utilizados en diferentes partes del mundo con el fin de de mejorar la situación nutricional y/o la reducción de la pobreza, pues a pesar de que la mayoría de los niños pequeños pueden consumir alimentos familiares, dichos alimentos no siempre satisfacen los requisitos de micronutrientes necesarios para que el niño crezca y se desarrolle adecuadamente.

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En relación con la implementación de acciones para la promoción del consumo de frutas y verduras, en el marco del convenio se desarrollaron 3 estrategias previstas, el VIII Congreso Mundial de promoción al consumo de F&V, el concurso de puntos de distribución y, la formulación y validación de los lineamientos técnicos para la promoción del consumo de F&V, las cuales permitieron consolidar escenarios técnicos y de divulgación frente a un tema que ha tomado relevancia en los últimos tiempos, gracias a la evidencia científica que muestra cómo las enfermedades cardiovasculares, la diabetes, varios tipos de cánceres y la obesidad son algunas de las enfermedades que podrían prevenirse con un consumo adecuado de frutas y hortalizas-verduras, sumado a la práctica de actividad física regular, a la no exposición al humo de tabaco y a la reducción significativa del consumo de alcohol. El desarrollo de esta línea de trabajo permitió afianzar relaciones con los ministerios de Agricultura y de Industria y Comercio, que se articularon a las diversas estrategias desarrolladas en el marco del proyecto; situaciones que garantizaron procesos de mayor impacto. Finalmente, se coadyuvó en la elaboración del “Perfil Nacional de Consumo de Frutas y Verduras”, cuyo fin fue evidenciar la situación de consumo de frutas y verduras (F&V) en Colombia, mediante la realización de un estudio de carácter descriptivo a partir de fuentes secundarias y de representatividad departamental, como una herramienta para los procesos de Inspección, Vigilancia y Control de F&V, dado que se identificaron en primer lugar las F&V producidas en el país y localiza su producción; y de otro lado identifica cuáles son las F&V más consumidas a nivel nacional y a nivel departamental, que es uno de los criterios para priorizar aquellas F&V susceptibles de control de la inocuidad. Este escenario de cooperación y asistencia técnica ha permitido sentar las bases de un proceso colaborativo entre las partes para contribuir en el desarrollo de la política de seguridad alimentaria y nutricional desde una perspectiva amplia, donde el sector salud, desde el ámbito de la Salud Pública hace valiosos aportes. JUSTIFICACIÓN La solución a la problemática de multiplicidad de actores, desarticulación y abordaje parcial del problema de SAN fue la implementación de tres instrumentos que conjuntamente contribuyan en la generación de una mirada integral, la definición de líneas conjuntas de trabajo, así como un mecanismo de coordinación y planificación de la misma. En ese contexto el país cuenta hoy con la CISAN, como instancia articuladora de la política de SAN, un Plan Nacional de SAN como instrumento para la armonización y concertación de las acciones y el Observatorio de Seguridad Alimentaria como elemento constitutivo de la estrategia de seguimiento y evaluación de la Política de SAN, y como instrumento que articule e integre la información sobre Seguridad Alimentaria y Nutricional proveniente del orden nacional y regional. Hoy se cuenta con el Plan Nacional de SAN, ya aprobado por las entidades en la sesión de la CISAN del pasado 17 de diciembre de 2012. El reto es su desarrollo, que es responsabilidad de cada una de las entidades involucradas, con el liderazgo de la CISAN y el establecimiento de un instrumento que permita el monitoreo y seguimiento a la gestión del plan, así como a sus resultados, en términos de impacto sobre la realidad que se quiere transformar. En relación con el OSAN, en el marco del Convenio FAO – Minsalud, se retomó el proceso de institucionalización del OSAN con la definición del convenio marco interinstitucional para la constitución del Observatorio como una Asociación entre entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, constituido bajo las leyes colombianas con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio

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propio. Asimismo, se realizó la gestión para la integración de los sistemas de información relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional, así como la definición y documentación de la matriz de indicadores priorizada, el sistema de información estratégico del OSAN operando en la Internet en el Portal Web del OSAN, todos estos productos concertados con los miembros de la CISAN. Por otro lado, la globalización del comercio, la liberación arancelaria por parte de la Organización Mundial del Comercio y las exigencias cada vez más fuertes de las organizaciones de consumidores, han obligado a los países a reforzar los sistemas de control de alimentos y a adoptar estrategias basadas en el riesgo, para superar obstáculos como la fragmentación de la legislación, desarticulación intersectorial, interinstitucional e intrasectorial, la falta de recursos humanos y económicos, las deficiencias en la vigilancia sanitaria, insuficiencias en el seguimiento y cumplimiento de normas y la falta de una visión integrada de la inocuidad en la cadena alimentaria. La creciente industrialización y comercialización de alimentos, la rápida urbanización asociada con una preparación más frecuente de alimentos/consumo fuera del hogar, nuevas tecnologías de producción y la aparición de patógenos nuevos o resistentes a los antibióticos, así como, las deficientes prácticas de higiene en la manipulación, almacenamiento y conservación de alimentos a lo largo de la cadena alimentaria, plantean enormes desafíos para las autoridades sanitarias y exigen implementar sistemas eficaces de gestión de inocuidad de alimentos bajo el enfoque del análisis de riesgos, para controlar y reducir los riesgos alimentarios y prevenir las Enfermedades Transmitidas por Alimentos ETAs, que constituyen actualmente uno de los problemas más importantes de salud pública a nivel mundial. En este orden, el Sistema de control requiere que toda su institucionalidad sea capaz de demostrar a través de acciones desarrolladas con el enfoque “de la granja o el mar a la mesa” la reducción del riesgo a lo largo de la cadena alimentaria para lograr la mínima incertidumbre en aspectos de sanidad e inocuidad, mediante un planteamiento preventivo, de estructura integrada y sistemática, con la capacidad suficiente para ofrecer la seguridad que los consumidores y el comercio requiere. Se requiere de un sistema de control que genere credibilidad y confianza en los consumidores nacionales y en los mercados internacionales. En el anterior contexto, es necesario adelantar acciones que conduzcan al fortalecimiento del actual sistema de inocuidad, en cada uno de sus cinco componentes: i) gestión; ii) legislación; iii) inspección; iv) laboratorios; v) información, educación y comunicación, a través de la asistencia técnica de organismos internacionales que cuentan con la experiencia necesaria y comprobada en estas materias, así como para el desarrollo del modelo de IVC de alimentos contemplado en la Resolución 1229 de 2013. Finalmente, La movilización social para la promoción del consumo de frutas y verduras inocuas en el país, hace parte de las estrategias prioritarias entorno a la reducción de la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles, dado que la baja ingesta de estos alimentos es uno de los factores de riesgo asociados a su aparición y tiene la mayor posibilidad de modificación. Un incremento en la ingesta de este grupo de alimentos, puede no sólo aportar en el mantenimiento de una buena salud, sino en el fortalecimiento de las condiciones de seguridad alimentaria y nutricional individual, familiar y nacional, permitiendo además la articulación y dinamización de otros sectores como el productivo y el comercial.

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En tal sentido, el MSPS en cooperación con FAO, han avanzado en el diseño de propuestas y estrategias que han sido pioneras en la región, en torno a la promoción del consumo de frutas y verduras, que deben ponerse en marcha en el corto plazo. De esta forma se garantiza la continuidad del proceso, pues el país ha dado muestras significativas de interés a éste respecto, dinamizando el proceso y participando activamente en escenarios como el “VIII Congreso Mundial de Promoción al Consumo de Frutas y Hortalizas”, que contó con una nutrida asistencia de diversos actores; en consecuencia, es importante también, dar continuidad a la formulación y validación de los “Lineamientos técnicos para la promoción del consumo de frutas y verduras”, que evidencian la importancia del tema en varios escenarios y sectores del país; y que pueden constituir, en un futuro cercano, acciones que permitan a Colombia posicionarse activamente en procesos de cooperación Sur- Sur en esta materia. PERSONAS QUE SE PUEDEN PRESENTAR Podrán presentar propuestas personas jurídicas, que cumplan con los siguientes requisitos: Personas Jurídicas: Deben demostrar por lo menos cinco (3) años de antigüedad desde su creación y acreditar experiencia específica en pre-producción, producción y post-producción de videos. NOTA: No se aceptarán Consorcios ni Uniones Temporales. Los oferentes deberán estar legalmente constituidos y contar con capacidad demostrada en el ámbito jurídico, técnico y económico para el desarrollo del objeto del contrato y deberán contar con el personal administrativo y técnico, cumpliendo con las exigencias establecidas en cuanto a número y los requisitos de formación y experiencia. OBJETO DE LA LICITACIÓN Dado que el convenio 507 entre FAO y el Ministerio de Salud y Protección Social es una iniciativa de envergadura nacional, que pretende llegar a 6 departamentos de nuestro país, se requiere de un esfuerzo grande y ambicioso para la promoción y divulgación del mismo. PRODUCTOS En esa medida se requiere contratar una Empresa para la Preproducción Producción y Postproducción de un (1) video y cinco (5) video clips que muestren el objeto y los alcances de dicho convenio y cada uno de sus componentes. Los videos deben explicar claramente cada uno de los componentes de convenio que son a saber:

1. Gestión de la Política de la SAN 2. Movilización social para la promoción del consumo de frutas y verduras 3. Fortalecimiento del sistema gestión inocuidad de alimentos 4. Observatorio de Seguridad Alimentaria y Nutricional

La producción deberá realizarse mayormente en Bogotá, pero se contempla la grabación por máximo 4 días en Ibagué y Cali, La productora tendrá que incluir los gastos de tiquetes y viajes.

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La productora deberá entregar los siguientes productos:

1. Un video de 5 minutos que muestre el objeto y los alcances del convenio 507 2013 MSPS – FAO.

2. Cuatro Videoclips de un minuto cada uno, en el que se promocione y explique cada uno de los componentes del proyecto, para usar en redes sociales, promociones y eventos de dichos componentes.

3. Un videoclip tipo comercial de 30 segundos que resuma el primer video y sirva para promocionar el convenio en los canales de televisión mediante el Código Cívico.

ESPECIFICACIONES TECNICAS:

a. Plazo de ejecución del Contrato:

El plazo de ejecución del presente contrato será hasta el 15 de Diciembre de 2013, conforme al cronograma, plazo que se contará a partir de la suscripción del acta de inicio.

b. Obligaciones de La Empresa de producción

Entregar un video de 5 minutos que muestre el objeto y los alcances del convenio 507 2013 MSPS – FAO.

La empresa será responsable de todo el proceso de preproducción, producción y post producción del paquete de videos aquí solicitados.

Entregar cuatro videoclips de un minuto cada uno, en el que se promocione y explique cada uno de los componentes del proyecto, para usar en redes sociales, promociones y eventos de dichos componentes.

Entregar un videoclip tipo comercial de 30 seg que resuma el primer video y sirva para promocionar el convenio en diferentes escenarios.

Entrega de 3 copias del video y de los videoclips en Dvd y Full HD 1920*1080.

La productora deberá contemplar en la licitación los gastos de viaje a Ibagué y Cali.

Video clips que se puedan usar en otros canales de comunicación.

Adelantar todas las gestiones necesarias ante entidades públicas, privadas y personas naturales para lograr la debida y correcta ejecución del objeto de este acuerdo como su alcance.

Cumplir con el objeto del contrato en la forma, tiempo y lineamientos pactados, de conformidad con el proyecto presentado por la empresa de Registro Fotográfico y productos audiovisuales para su difusión en televisión, cine, internet, medios portátiles y medios digitales.

Trabajar bajo la supervisión y con la asesoría del área de comunicaciones del Convenio.

Reportar por anticipado cualquier novedad respecto de la ejecución del contrato.

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Entregar al Supervisor del contrato toda la información y documentación relacionada con la ejecución del acuerdo, así como todos los informes y demás documentos que estime aquél necesario.

Garantizar los créditos y la promoción de la imagen del Ministerio de Salud y Protección Social y la FAO.

Las demás requeridas, para la correcta ejecución del contrato.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

1. Se evaluarán las ofertas desde el punto de vista técnico-metodológico, formal y económico dando lugar al rechazo de las que no se ajusten a los requerimientos y especificaciones sustanciales

descritas en la presente licitación.

2. La FAO, se reserva el derecho de determinar a su exclusivo juicio y en forma definitiva si el oferente

posee la capacidad técnica y financiera para realizar el suministro y prestación de productos y servicios requeridos en la presente licitación.

3. La FAO, se reserva el derecho de realizar por su cuenta las averiguaciones pertinentes a fin de

constatar la veracidad de la información presentada en la oferta, así como las consultas necesarias al/los oferente/s.

4. La ausencia de información referida al cumplimiento de un requerimiento podrá ser considerada como “no cumple dicho requerimiento”, no dando lugar a reclamación alguna por parte del oferente.

5. Se realizará la evaluación técnica y económica teniendo en cuenta los siguientes factores y

ponderación: Evaluación Económica 40% Evaluación técnica y metodológica 60%

Por tanto, el puntaje de cada oferta estará dado por la suma de T + P, donde:

T = Puntaje Técnico-Metodológico

P = Puntaje Económico

En caso de que el resultado de T y/o P tenga decimales, se aplica el siguiente criterio: si el valor del

primer decimal es 5 (cinco) o más, aumenta el valor del último número en 1 (uno).

La propuesta seleccionada será la que obtenga el puntaje mayor en la suma T+P y cumpla sustancialmente con lo requerido.

6. Para la Evaluación Económica, con el objetivo de determinar el valor económico de cada oferta, se considerará a efectos comparativos el valor establecido por la producción de los productos a

desarrollar, impuestos incluidos, correspondiendo 40 puntos a la oferta más económica y en forma proporcional al resto, un puntaje según el valor de su oferta con respecto a la más económica.

7. Para la Evaluación Técnica-Metodológica, se exponen a continuación los criterios con los que se evaluarán las ofertas:

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Criterio Puntaje máximo

establecido

Experiencia de la empresa en pre-producción, producción y post-producción

de videos con un objetivo social. 15

Curriculum del equipo de trabajo 15

Calidad de los equipos y capacidad técnica de la empresa 15

Muestras de trabajos efectuados anteriormente 15

Forma de Pago

De acuerdo a los numerales tres (3) y cuatro (4) de los Requisitos Generales de la Licitación. A la entrega y recibido a satisfacción de todos los insumos del Apéndice 1 con previa verificación y visto bueno del Oficial y/o técnico a Cargo. Garantías El proveedor deberá obtener las siguientes pólizas.

Póliza de Calidad: por un valor equivalente al 30% del valor total del contrato, por un Periodo de 2 (dos) meses partir de la entrada en vigencia del mismo.

Póliza de Cumplimiento: por un valor equivalente al 30% del valor total del contrato, por un periodo de 2 (dos) meses a partir de la entrada en vigencia del mismo.

Anexar a la propuesta

1. Fotocopias de Cámara y comercio vigente. 2. Fotocopia de la cédula del representante legal. 3. Fotocopia del NIT. 4. Fotocopia del RUT.

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Apéndice 2

Anexo II - TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES APLICABLES A CONTRATOS DE ADQUISICIONES DE LA FAO (emitido el 4 de julio 2006) 1. DEFINICIONES: “Contrato” significa esta orden de compra o contrato, y cualquier cambio o enmienda al mismo, incluyendo todos los documentos, pruebas y adjuntos mencionados en los mismos. “FAO” significa la Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas. “Contratista significa la parte con la cual la FAO está contratando la provisión de bienes o servicios. “Bienes” incluye sin limitaciones a equipos, repuestos, insumos, plantas o animales vivos, semilla, materias primas, componentes, productos intermedios, o productos, tal como están especificados en el Contrato. “Servicios” significa el tiempo y esfuerzo del Contratista como está mencionado en este Contrato, según sea requerido. 2. GENERAL: 2.1 Impuestos y derechos aduaneros: La Sección 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas establece, entre otros, que las Naciones Unidas de las cuales FAO es parte integrante, están exentas de todo impuesto directo, excepto cargos por servicios de utilidad pública, y está exenta de derechos aduaneros y cargos de naturaleza similar con respecto a artículos importados o exportados para su uso oficial. En caso de que la autoridad tributaria se niegue a reconocer la exención de la FAO de tales impuestos, el Contratista deberá inmediatamente consultar con la FAO para determinar un procedimiento mutuamente aceptable para liquidar el monto involucrado. Por consiguiente, el Contratista autoriza a la FAO a deducir de la factura del Contratista cualquier monto que represente tales impuestos, derechos o cargo, a menos que el Contratista hubiera consultado con la FAO antes del pago en cuestión y la FAO hubiera, en cada caso, autorizado específicamente al Contratista pagar tales impuestos, derechos o cargos bajo reclamo. En ese caso, el Contratista deberá proporcionar a la FAO evidencia escrita de que el pago de tales impuestos, derechos o cargos se ha realizado con la debida autorización. 2.2 Términos de entrega y aseguramiento: a) Terminas de Entrega: El Contratista deberá entregar los bienes en conformidad con los términos especificados en la Orden de Compra. El tiempo de entrega tal como se especifica en la Orden de Compra es un término esencial de la Orden de Compra. Cuando sea que se use un INCOTERM [Internacional Comercial Term] (cláusula de Comercio Internacional) en este Contrato, este deberá ser interpretado de conformidad con la última versión de los INCOTERMS adoptada por la Cámara Internacional de Comercio. b) Aseguramiento: A menos que esté especificado de otra manera en la orden, la FAO normalmente dispondrá todo el aseguramiento de los bienes. Sin considerar lo dicho anteriormente, la FAO se reserva el derecho de solicitar al Contratista proporcionar la cobertura apropiada de seguros. 2.3 Licencias de Exportación o autorizaciones gubernamentales: Si se requiere licencia(s) de exportación u otra autorización(es) gubernamental para los Bienes, es la obligación del Contratista obtener tales licencias o autorizaciones oportunamente. El Contratista deberá notificar inmediatamente a la FAO si encuentra dificultades en obtener una licencia de exportación requerida o una autorización gubernamental. La emisión demorada o negativa de cualquiera de tales licencias o autorizaciones para todos los Bienes o parte de ellos deberá ser considerada como un incumplimiento [default] del Contratista y se aplicarán las disposiciones del Articulo 18 de este Contrato. 2.4 Aceptación de los términos del Contrato: Este Contrato podrá ser aceptado solamente mediante la firma del Contratista y la devolución de una copia de acuse de recibo del mismo, por inicio del desempeño de manera oportuna o por entrega oportuna de los Bienes en conformidad con los términos de este Contrato, según lo especificado en el mismo. La aceptación de este Contrato efectivizará un contrato entre la FAO y el Contratista bajo el cual los deberes y obligaciones de las partes deberán estar regidas únicamente por los términos y condiciones de este Contrato, incluyendo estos Términos y Condiciones

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Generales. Ninguna disposición propuesta por el Contratista en cualquier momento obligará a la FAO a menos que sea acordada por escrito por un oficial de la FAO debidamente autorizado. 2.5 Cláusula derogatoria: Cada uno de estos Términos y Condiciones deberá aplicarse a menos que sean enmendados o sustituidos por cualquier otro documento o disposición que forme parte de este Contrato. 2.6 Cumplimiento con la ley: El Contratista deberá cumplir con todas las leyes, ordenanzas, reglas y regulaciones que tengan que ver con el desempeño de sus obligaciones bajo los términos y condiciones de este Contrato. 3. SITUACIÓN LEGAL: Para los propósitos de este Contrato, el Contratista deberá tener el status de un Contratista independiente y deberá asumir completa responsabilidad, en particular por los actos u omisiones, de su personal u otros representantes. El Contratista, sus empleados u otros representantes y subcontratistas autorizados no serán considerados bajo ningún aspecto como empleados o agentes de la FAO. El Contratista, sus agentes u otros representantes, y subcontratistas autorizados, deberán cumplir con toda la legislación nacional aplicable en sus relaciones con terceras partes, incluyendo sus empleados, o cualquier otra ley nacional aplicable a estos por motivo de su oficio, negocio o actividad. El Contratista deberá corregir rápidamente cualquier violación a las mismas y deberá mantener informada a la FAO de cualquier conflicto o problema emergente en relación con autoridades nacionales. 4. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES: Nada de lo contenido o relacionado con este Contrato deberá considerarse como una exención expresa o implicada de los privilegios e inmunidades de la FAO, ni tampoco como la otorgación de ningún privilegio o inmunidad al Contratista o sus empleados. 5. INDEMNIZACIÓN: El Contratista debela indemnizar, mantener a salvo y sin daño, a su propio costo, a la FAO, su personal y cualquiera de sus estados miembros u organizaciones miembros (“Miembros”) u otros beneficiarios finales de y en contra de todas los juicios, demandas, y obligaciones de cualquier naturaleza emergentes de actos u omisiones del Contratista o sus empleados o subcontratistas autorizados en el desempeño de cualquiera de los términos y condiciones de este Contrato. Esta disposición se extenderá a demandas y obligaciones de tipo compensatorio a trabajadores, y aquellas emergentes del uso de inventos patentados o con derechos de autor en conformidad con las disposiciones del Artículo 6 abajo. 6. INDEMNIZACIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL: El contratista deberá defender a su propio costo, cualquier juicio o proceso levantado en contra de la FAO, sus Miembros u otros beneficiarios finales, en cuanto estuviera basado en un reclamo de que los Bienes otorgados bajo este Contrato, o el uso normal de los mismos, constituyen una infracción de cualquier patente, derecho de autor, marca comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual. La FAO deberá notificar rápidamente de tal suceso al Contratista y darle autoridad, información y apoyo (a costo del Contratista) como se requiera para la defensa adecuada de tal juicio o proceso. El Contratista deberá pagar todos los daños y costos ocasionados por los mismos en contra de la FAO, sus Miembros u otros beneficiarios finales. En caso de que tales Bienes, o cualquier parte de ellos, estén impuestos, el Contratista deberá a su propio costo y opción, ya sea adquirir para la FAO, sus Miembros u otros beneficiarios finales, el derecho de continuar usando los Bienes; o, con la aprobación de la FAO, modificar los Bienes de modo que se hagan no infractores; o remover tales Bienes y reponer el precio de la orden y los costos de transporte e instalación de los mismos y cualquier otro daño sufrido por la FAO, sus Miembros o beneficiarios finales. 7. TAREA, SUBCONTRATACIÓN: El Contratista tendrá la única y completa responsabilidad por el desempeño de sus obligaciones bajo este Contrato. El Contratista no podrá delegar, transferir, prometer, subcontratar, o disponer de otra manera este Contrato o cualquier parte de el; o cualquiera de los derechos u obligaciones del Contratista bajo este contrato sin el consentimiento previo escrito de la FAO. Cualquier asignación del Contratista que no esté autorizada por la FAO será nula y la FAO se reserva el derecho en tal caso y sin perjuicio de otros derechos o resoluciones, de cancelar el Contrato sin obligación efectiva en cuanto el Contratista haya recibido la notificación de terminación. La aprobación de la FAO de un

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concesionario o subcontratista no exonerará al Contratista de ninguna de sus obligaciones bajo este Contrato. El Contratista acuerda que la FAO puede, a su discreción, asignar, transferir, prometer, subcontratar o realizar otra disposición de este Contrato o partes de el; o de cualquiera de los derechos y obligaciones de la FAO bajo este Contrato, mediante comunicación escrita dentro de un periodo razonable de tiempo ya sea antes o a continuación de tal arreglo de asignación, transferencia, promesa o subcontrato. Los términos de cualquier convenio de subcontrato en conformidad con este Artículo 7 deberán estar sujetos y en conformidad con las disposiciones de este Contrato. 8. CAMBIO DE CONTROL, INSOLVENCIA, QUIEBRA: El Contratista deberá informar inmediatamente de cualquier cambio en su estado legal o en su control a la FAO. En caso de que el Contratista se vuelva insolvente o quiebre, o el control o estado legal del Contratista cambien por cualquier razón. FAO puede terminar el Contrato sin perjuicio de cualquier otro derecho y resoluciones, dando al Contratista aviso escrito de la terminación. 9. FUENTE DE INSTRUCCIONES: El Contratista no deberá buscar ni aceptar instrucciones de ninguna autoridad fuera de la FAO en conexión con el desempeño de este Contrato. El Contratista deberá abstenerse de cualquier acción que afecte adversamente a la FAO y deberá cumplir con sus cometidos con la más completa observancia de los intereses de la FAO. 10. LEGISLACIÓN APLICABLE: No obstante cualquier disposición específica incluida, este Contrato y cualquier disputa emergente del mismo deberán ser regidas por principios legales generales, con exclusión de cualquier sistema legal nacional. 11. NO BENEFICIOS PARA FUNCIONARIOS: El Contratista garantiza que ningún funcionario, miembro del personal o ninguno de ese tipo tendrá intereses, o habrá recibido o se le habrá ofrecido ningún beneficio directo o indirecto de ningún tipo, o ningún regalo, pago u otro en conexión con o emergente de este Contrato o su otorgación. En particular, el Contratista garantiza que ningún funcionario, miembro del personal o representante de la FAO o ningún miembro de la familia de tal persona tenga o tendrá ningún interés financiero directo o indirecto en los negocios del Contratista. Para los propósitos de este articulo, la simple posesión de acciones en compañía registrada públicamente no será considerada como interés financiero, siempre que tales acciones no le confieran poder para controlar, o de otro modo influir significativamente en el manejo de los negocios del Contratista. Si el Contratista no cumpliera con esta obligación, la FAO tendrá el derecho de terminar este Contrato en cualquier momento, en conformidad con las disposiciones del Artículo 22. 12. USO DE NOMBRE, EMBLEMA O SELLO OFICIAL DE LA FAO: El Contratista no deberá usar, de ninguna manera, el nombre, la abreviación del nombre, emblema o sello oficial de la FAO para cualquier propósito. A menos que sea autorizado por la FAO por escrito, el Contratista no deberá publicitar o hacer público el hecho de que está proporcionando o ha proporcionado bienes o servicios a la FAO. 13. NATURALEZA CONFIDENCIAL DE LOS DOCUMENTOS: Todos los diseños, dibujos, especificaciones, informes, datos, programas de computación, y otra información técnica o patentada recolectada o desarrollada por el Contratista o proporcionada o revelada al Contratista por la FAO bajo este Contrato son de propiedad de la FAO y deberán ser tratados como confidencial y resguardados por el Contratista. A menos que lo contrario sea autorizado por escrito por la FAO, el Contratista deberá usar tal información solamente en el desempeño de este Contrato, el Contratista deberá devolver tal información a la FAO. A menos que lo contrario sea autorizado por escrito por la FAO, el Contratista no podrá comunicar en ningún momento a ninguna otra persona, gobierno o autoridad externa a la FAO, cualquier información de su conocimiento en razón de su asociación con la FAO, la misma que no haya sido hecha pública. El Contratista no deberá en ningún momento usar tal información para ventaja propia. Estas obligaciones no caducan al completarse el Contrato o a la terminación del mismo.

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14. CAMBIOS: La FAO podrá en cualquier momento mediante instrucciones escritas, realizar cambios

dentro del marco general del Contrato y el Contratista estará obligado a ejecutar esos cambios de manera oportuna. Si cualquiera de tales cambios causa un incremento o decremento en el precio o tiempo requeridos para el desempeño de este Contrato, se hará un ajuste equitativo en la orden de precio o el cronograma de entrega, o en ambos, y en consecuencia, el Contrato será enmendado, terminado, o se lo volverá a emitir. Cualquier reclamo del Contratista por ajuste bajo este párrafo debe ser validado dentro de treinta (30) días desde la fecha de recepción por el Contratista de la notificación de cambio; previendo, sin embargo, que la FAO podrá, a su discreción, recibir y actuar sobre cualquier reclamo validado en cualquier momento previo al pago final bajo este Contrato. El no aceptar cualquier ajuste deberá ser una disputa sujeta a las disposiciones del Articulo 21 (“RESOLUCIÓN DE DISPUTAS”) de este Contrato. Sin embargo, nada en este párrafo deberá eximir al Contratista de su obligación de proseguir con el desempeño del Contrato modificado. Ninguna modificación o cambio en los terminas del Contrato deberá ser válida o Exigible en contra de la FAO a menos que sea por escrito y firmada por el mismo Oficial de la FAO que firmó este Contrato, el Jefe del Servicio de Adquisiciones de la FAO, o su superior. 15. INSPECCIÓN Y ACEPTACIÓN: 15.1 La FAO se reserva el derecho a inspeccionar y probar todos los Bienes ordenados bajo este Contrato en cualquier momento y lugar. El Contratista, sin cargo adicional, deberá proporcionar todas las facilidades para la inspección y todo el apoyo necesario para asegurar que las inspecciones se realicen de tal manera que no perjudiquen indebidamente la entrega. 15.2 La aceptación de los Bienes por la FAO no significará que el Contratista ha cumplido sus obligaciones especificadas en el Contrato. 15.3 Rechazo: La FAO podrá rechazar cualquiera de los Bienes provistos bajo este Contrato que no cumplan con los requisitos contractuales o aplicar una sanción por los Bienes que no cumplan totalmente con los requisitos contractuales de acuerdo con los artículos 18 y 19. Se hará el rechazo de los Bienes tan pronto como sea posible luego de la entrega de los Bienes a su destino final. Ni la inspección realizada por representantes de la FAO ni la omisión de la FAO de inspeccionar y aceptar o rechazar los Bienes, exonerará al Contratista de responsabilidad por tales Bienes que no estén en conformidad con los requisitos del Contrato, incluyendo garantías, o impondrán obligaciones a la FAO por este motivo. El Contratista deberá proporcionar y mantener un sistema de inspección, calidad y proceso de control aceptable para la FAO que cubra los Bienes bajo cobertura. Los registros de todo trabajo de inspección del Contratista deberán mantenerse completos y disponibles para la FAO durante el desempeño de este Contrato y por veinticuatro (24) meses luego de su cumplimiento, si no se especifica lo contrario en este Contrato. Se presentará a requerimiento de la FAO copias de todas las certificaciones materiales y resultados de los tests. 16. SERVICIO POST VENTA: Para los Bienes ordenados, el Contratista deberá proporcionar o mantener una organización de servicio constituida razonablemente para atender requerimientos de asistencia técnica en mantenimiento, servicio de reparación, y rehabilitación de los Bienes de la FAO o sus Miembros o beneficiarios finales. Si la FAO ha solicitado la presencia de un agente local de servicios y esto ha sido confirmado por el Contratista, su presencia en el país se hace una condición de este Contrato. El Contratista debe informar a la FAO de cualquier cambio en su estructura local de servicios previo a la entrega de los Bienes. 17. IDONEIDAD DE LOS BIENES INCLUYENDO EL EMPAQUE: El Contratista garantiza que los Bienes, incluyendo su empaque, cumplen con las especificaciones incluyendo cualquier estándar aplicable contemplado en el Contrato o, si no se proporcionan estándares aplicables, los más recientes estándares autorizados emitidos por la institución pertinente en el país de origen de los Bienes. Además el Contratista

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Página 17 de 21 garantiza que los Bienes son apropiados para los propósitos para los cuales tales Bienes se utilizan normalmente y para propósitos dados a conocer expresamente al Contratista por la FAO, son de manufactura regular y están libres de defectos en diseño, elaboración y materiales. El Contratista también garantiza que los Bienes están contenidos, empaquetados y marcados con seguridad en conformidad con estándares comerciales normales de empaque para exportación para este tipo de bienes y de una manera tal que se protejan los Bienes mientras estén en almacenaje o en tránsito hasta su destino final. Todas las tales garantías para los Bienes quedaran en efecto por un periodo de un año (1) o por el periodo mayor que el Contratista proporcione para tales bienes o un periodo mayor acordado en este Contrato luego de que los Bienes hayan sido puestos en uso (el “Periodo de Garantía”). Si, durante el Periodo de Garantía, los Bienes o alguna parte de ellos adquirida bajo este Contrato, son encontrados defectuosos, en disconformidad con las especificaciones, o dañados, como resultado de un empaque malo o inadecuado o de otro modo en violación de las garantías de idoneidad provistas por este Articulo 17, el Contratista deberá a su propio costo bajo notificación escrita de la FAO, prontamente corregir o reparar los Bienes de tal defecto, no conformidad o violación o de otra manera reemplazar tales Bienes a la discreción de la FAO. En caso de que el Contratista no repare o reemplace los Bienes defectuosos o en disconformidad dentro de un tiempo razonable, la FAO podrá reemplazar o reparar los Bienes y cargar o debitar al Contratista por todos los costos conectados con ello o, si tal reemplazo o reparación no es factible, ejercitar sus derechos bajo el Articulo 18 y/o Articulo 19 de este Contrato. 18. CORRECTIVOS PARA EL INCUMPLIMIENTO: En caso de falla del Contratista de desempeñarse bajo los términos y condiciones de este Contrato, incluyendo, pero no limitado a incumplimiento en la entrega de todos o parte de los Bienes en las fechas estipuladas, o completar los Servicios requeridos dentro de las fechas estipuladas, la FAO podrá imponer la liquidación de daños en conformidad con el Articulo 19 o, luego de dar al Contratista aviso escrito para cumplir y sin perjuicio a ningún otro derecho o correctivo, ejercitar uno o más de los siguientes derechos: (1) adquirir todos o parte de los Bienes de otras fuentes, en cuyo caso la FAO podrá hacer responsable al Contratista de cualquier costo y daños ocasionados como consecuencia; (2) rehusar aceptar entrega de todos o parte de los Bienes y reducir el precio del Contrato conforme con esto; (3) solicitar al Contratista el envío mediante transporte expreso a costo del Contratista, para cumplir con el cronograma de entrega; o (4) terminar este Contrato sin obligaciones para la FAO. Nada en este Articulo 18, incluyendo pero no limitado a la aceptación de Bienes o Servicios sin conformidad con los términos de este Contrato o entregados o completados con demora, deberá ser considerado como exención de los derechos de la FAO de considerar al Contratista responsable de cualquier pérdida y/o daño resultante de cualquier incumplimiento o violación, o como una modificación de las obligaciones del Contratista bajo este Contrato. 19. DAÑOS LIQUIDADOS POR DEMORA, BIENES EN DISCONFORMIDAD, INSUFICIENCIAS: El Contratista reconoce que este Contrato se refiere a entrega de Bienes donde “el tiempo es esencial” y que la falla en entregar los Bienes en las fechas programadas o en conformidad con las cantidades y/o calidad especificados en este Contrato podría causar daño irreparable a la FAO. En consecuencia, con sujeción al Articulo 20 (“FUERZA MAYOR”), si el Contratista no cumple con la entrega de cualquiera o todos los Bienes o Servicios dentro del periodo de tiempo especificado en el Contrato o en la cantidad o calidad especificados en este Contrato, la FAO podrá a su discreción, rechazar los bienes en su totalidad o en parte y deducir, liquidar daños del precio total de los bienes no rechazados como se establece a continuación: (1) para entrega demorada, una suma equivalente a 2,5% por semana del precio total del Contrato por cada semana de demora hasta la entrega real, hasta una deducción máxima de 10% del precio total; (2) para Bienes en disconformidad o insuficiencias con las cantidades ordenadas, un porcentaje determinado como

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Página 18 de 21 equitativo por la FAO hasta una deducción máxima del 10% del precio total de aquellas cantidades entregadas. Los daños liquidados reclamados por la FAO se consideraran como aceptados por el Contratista si no se refutan por escrito dentro de los 30 días de recibo de pago de la FAO. Este correctivo no perjudica ningún derecho o correctivo que la FAO tenga disponible, incluyendo terminación, por el incumplimiento o violación de cualquier término o condición del Contrato por parte del Contratista. 20. FUERZA MAYOR: El Contratista deberá notificar por escrito a la FAO tan pronto como sea posible luego de la ocurrencia de cualquier suceso que constituya Fuerza Mayor (como de define aquí) dando todas las particularidades por las cuales el Contratista se declara inhábil, total o parcialmente, de desempeñar sus obligaciones y cumplir con sus responsabilidades bajo este Contrato. El Contratista también deberá notificar a la FAO de cualquier otro cambio en condiciones o la ocurrencia de cualquier evento que interfiera o amenace con interferir con su desempeño bajo este Contrato. Al recibo del aviso requerido por este Artículo, la FAO tomará la acción, que a su discreción considere apropiada o necesaria en las circunstancias, incluyendo el otorgar al Contratista una razonable extensión de tiempo para cumplir con sus obligaciones bajo este Contrato o la terminación bajo el Artículo 22. Si la FAO determina que el Contratista se ha inhabilitado, total o parcialmente, por motivos de Fuerza Mayor de desempeñar sus obligaciones o cumplir con cualquiera de sus responsabilidades bajo este Contrato, la FAO tendrá el derecho de suspender o terminar este Contrato sin obligaciones para la FAO y con efecto inmediato al recibo por el Contratista del aviso de suspensión o terminación. Ninguna de las partes deberá ser tomada como responsable por incumplir en el desempeño de cualquiera de sus obligaciones bajo este Contrato si tal falla es resultado de un acontecimiento de Fuerza Mayor. “Fuerza Mayor,” como se usa en este Articulo 20 deberá significar actos de Dios, guerra (declarada o no), invasión, revolución, insurrección u otros actos de naturaleza o fuerza similar. Un incumplimiento o demora de un proveedor o subcontratista autorizado del Contratista, entre otras, no deberá constituir un acontecimiento de Fuerza Mayor. No obstante cualquier cosa en contrario de este Contrato, el Contratista reconoce que el Trabajo y Servicios pueden ocasionalmente ser realizados bajo condiciones duras u hostiles, incluyendo conmoción civil. En consecuencia, las demoras o incumplimiento causados por acontecimientos emergentes de, o en conexión con, tales condiciones difíciles no deberán, por sí mismas, constituir Fuerza Mayor bajo este Contrato. 21. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: Cualquier disputa entre las partes con relación a la interpretación y ejecución del Contrato será resuelta, o si no es resuelta por negociación entre las partes o mediante otro modo de resolución acordado, a pedido de cualquiera de las partes, ser sometida a un conciliador. Si las partes no llegaran a un acuerdo a nombre de un conciliador único, cada parte deberá nombrar un conciliador. Se deberá llevar a cabo la conciliación en conformidad con las Reglas de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Derecho de Comercio Internacional, actualmente en vigencia. Cualquier disputa entre las partes relativa a la interpretación y ejecución del Contrato, que no sea resuelta luego de la conciliación será, a pedido de cualquiera de las partes, resuelta por arbitraje en conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Derecho de Comercio Internacional actualmente en vigencia. Los procesos de conciliación o arbitraje deberán ser conducidos en el idioma en el cual está redactado el contrato, siempre que este sea de alguna manera uno de los cinco idiomas oficiales de la Organización (árabe, chino, inglés, francés y español). En los casos en los cuales el idioma del Contrato no es un idioma oficial de la Organización, los procesos de conciliación y arbitraje deberán conducirse en inglés.

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Página 19 de 21 Las partes pueden solicitar conciliación durante la ejecución del Contrato o dentro de un periodo que no exceda los doce meses luego de la expiración o terminación del Contrato, la cual en cualquier caso deberá incluir algún Periodo de Garantía como se define en el Artículo 17. Las partes pueden solicitar arbitraje hasta noventa días después de la terminación de los procedimientos de conciliación. Las decisiones del tribunal de arbitraje serán definitivas y vinculantes para las partes. El tribunal de arbitraje no tendrá autoridad para conceder daños punitivos y, a menos que sea expresamente previsto en este Contrato, a otorgar intereses. 22. TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA: La FAO podrá, a su discreción, terminar este Contrato, total o parcialmente, por cualquier razón bajo aviso escrito al Contratista sin otra obligación que las establecidas aquí. Al recibo del aviso de terminación, que será considerado como la fecha efectiva de terminación, el Contratista deberá tomar medidas inmediatas para limitar el incurrir en cualquier costo adicional, llevar el Trabajo y los Servicios a su terminación de manera pronta y ordenada, reducir gastos al mínimo y no deberá asumir ningún compromiso futuro desde la fecha de recibo del aviso de terminación. En caso de Terminación por Conveniencia, no se deberá ningún pago de la FAO al Contratista excepto lo previsto a continuación: (i) por trabajo y servicios realizados satisfactoriamente o en proceso antes de la terminación y cualquier gasto de materiales relacionado; (ii) por gastos razonables necesarios para la terminación pronta y ordenada del trabajo, y (iii) por el costo del trabajo necesario que la FAO pueda requerir del Contratista para completarlo. En ningún caso la FAO estará obligada a pagar al Contratista cualquier monto en exceso del precio total indicado en el Contrato por los Bienes y Servicios ni este Articulo 22 será considerado aplicable en casos en que la FAO termine el Contrato por otros motivos que la conveniencia. Los costos atribuibles a la terminación en conformidad con esta disposición, deberán ser computados y justificados en conformidad con prácticas contables estándar. 23. BONO DE DESEMPEÑO Y GARANTÍA BANCARIA: Si se requiere específicamente un Bono de Desempeño o una Garantía Bancaria bajo los términos del Contrato, entonces tal Bono o Garantía, en el monto especificado en este contrato, deberá ser emitida por el Contratista a través de un banco primario de elección del Contratista a Banca IntesaBCI, 226 Vía del Corso, Roma, Italia. El Bono o Garantía será emitido en formas ya sea proporcionadas por o aceptables para la FAO. El incumplimiento en entregar un bono o garantía aceptables dentro de dos semanas desde la fecha de recepción de este Contrato por parte del Contratista, a menos que se especifique lo contrario en el Contrato, habilitará a la FAO a terminar este Contrato en conformidad con el Articulo 18 (“CORRECTIVOS PARA EL INCUMPLIMIENTO”) de este Contrato. 24. COLABORACIÓN CON CIERTOS PAÍSES: La FAO se reserva el derecho de comunicar por escrito al Contratista, los países de los cuales no deberán adquirirse Bienes o Servicios directa o indirectamente para propósitos de entrega, distribución, instalación, o uso bajo este Contrato. Estas comunicaciones deberán ser consideradas una condición de este Contrato y ser incorporadas por el Contratista en cualquier contrato con subcontratistas autorizados. 25. AVISOS Y COMUNICACIONES: Todos los avisos y otras comunicaciones vinculantes deberán estar en idioma inglés, o en el idioma del Contrato, y deberán ser consideradas como validas si fueron enviadas por correo registrado, por fax, por correo electrónico con aviso de recepción o por cable a la otra parte a la dirección y números de cada una de las partes indicados en el Contrato. 26. DOCUMENTOS DE ENTREGA: Inmediatamente, al embarque de Bienes, el Contratista deberá enviar lo siguiente al consignatario: (a) un Conocimiento de Embarque o Guía Aérea; (b) dos copias de la Factura Comercial; (c) una copia de la Factura Consular o Legalizada, si es requerida por este Contrato; (d) un Certificado de Origen; (e) una copia de la Lista de Empaque; (f) Certificado Original de Seguro, si se ha pedido al Contratista proporcionar seguro.

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Página 20 de 21 El flete será prepagado por el Contratista. Los cargos de flete deberán mostrarse por separado en la factura. Los documentos de soporte, ej., facturas originales de cargos por flete, deberán ser proporcionados con la factura. 27. PAGO Y DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO: El pago por la FAO de las facturas presentadas no implica aceptación de los Bienes, o ningún trabajo o Servicios relacionados, bajo este Contrato. A menos que se especifique lo contrario en este Contrato, las siguientes disposiciones aplicarán en lo concerniente al pago y documentos de respaldo. La FAO hará pagos al Contratista ya sea mediante cheque o a través de canales bancarios generalmente dentro de treinta días del recibo de los siguientes documentos y de cualquier otro documento/informe que pueda estar especificado en el Contrato, a ser enviados directamente al Jefe del Servicio de Adquisiciones, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Roma, Italia. (a) Las copias restantes del Conocimiento de Embarque o Guía Aérea negociables & no negociables; (b) Copia de la Factura Comercial; (c) Dos copias de la Factura Consular o Legalizadas, si es requerida por este Contrato; (d) Dos copias del Certificado de Origen; (e) Dos copias de la Lista de Empaque; (f) Una copia del Certificado de Seguro, si se ha solicitado al Contratista proporcionar seguro. Se deberán enviar simultáneamente dos Facturas Originales a: Grupo de Cuentas por Pagar, AFFR, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, Viale delle Terme di Caracalla, 00100 Roma, Italia. En caso de Instalación, se aplicaran los siguientes términos de pago: la FAO pagara y/o reembolsara al Contratista, al recibo por la Sede de la FAO de los documentos especificados arriba, un monto total que no exceda el 90% del Precio FOB del equipo, mas costos totales de flete. El saldo de 10% y el Precio del servicio técnico serán pagados por la FAO a la instalación satisfactoria de los bienes y su aceptación por la FAO pero en ningún caso no antes del final del periodo de garantía. La FAO hará el pago a la cuenta bancaria indicada por el Contratista en su factura, siempre que la cuenta bancaria esté en nombre del Contratista y ubicada en su país de residencia. Cualquier solicitud de pago a una cuenta bancaria diferente a aquella del Contratista o a un banco diferente al ubicado en el país de residencia del Contratista, debe ser especificada y justificada por el Contratista a tiempo de hacer su oferta. La FAO podrá retener el pago, total o parcialmente, sin obligación y sin perjuicio a cualquier otro derecho o resolución bajo este Contrato si el Contratista no proporciona los documentos requeridos por este Articulo 27 o como se explica de otra manera en este Contrato o en caso de que el Contratista incumpla su desempeño o sus obligaciones bajo este Contrato, incluyendo sin limitación las garantías de idoneidad establecidas en el Articulo 17. 28. CLÁUSULA LABORAL: El Contratista deberá: (a) respetar la prohibición de emplear niños menores de 14 años o la edad mínima de empleo permitida por la ley o la edad al final del ciclo obligatorio de educación en el área en cuestión, la que fuera la mayor; (b) respetar la prohibición de trabajo forzado u obligado en todas sus formas; (c) respetar el derecho libremente ejercido por los trabajadores, sin distinción, para organizarse, avanzar y defender sus intereses así como la protección de aquellos trabajadores que ejercen su derecho a organizarse; (d) asegurar la igualdad de oportunidades y tratamiento con respecto a empleo y ocupación; (e) asegurar condiciones de seguridad, sanidad y bienestar justas y razonables. El Contratista garantiza que ni la compañía del Contratista, ni ninguno de sus afiliados ni subsidiarias controladas por esta compañía, están comprometidas en la venta o manufactura de minas antipersonales o de componentes primariamente utilizados para la manufactura de minas antipersonales. Cualquier violación de estas obligaciones y garantías habilitarán a la FAO para terminar la orden de compra inmediatamente previo aviso al Contratista, sin ninguna obligación por costos de terminación u otra obligación de cualquier tipo para la FAO.

REPRESENTACION FAO EN COLOMBIAFax: 210 30 64-PBX: 346 51 01, Calle 72 No. 7-82, EDIFICIO ACCIONES & VALORES, Oficina 702 - Bogotá D.C., Colombia

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Página 21 de 21 DISPOSICIONES ESPECIALES APLICABLES A SERVICIOS A. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR SUS EMPLEADOS: Para los propósitos de este Contrato, el Contratista deberá proporcionar todo el personal necesario y deberá ser completamente responsable de sus empleos, permisos de trabajo, pagos y administración en estricta conformidad con todas las leyes y regulaciones pertinentes, incluyendo cualquier acuerdo laboral colectivo aplicable. El Contratista deberá ser responsable de la competencia profesional y técnica de sus empleados y seleccionará, para trabajar bajo ese Contrato, individuos confiables quienes se desempeñarán con efectividad en la implementación del Contrato, respetaran las costumbres locales y se someterán a un alto estándar de moral y conducta ética. Los empleados del Contratista que trabajen en establecimientos de la FAO acataran las reglas, políticas y procedimientos de la FAO con respecto a conducta y seguridad. Todas estas garantías para los Servicios permanecerán en efecto por un periodo de un (1) año o por tal otro periodo acordado en este Contrato después de que los Servicios se hayan concluido. B. COMPENSACIÓN Y OTROS SEGUROS PARA LOS TRABAJADORES: El Contratista y sus subcontratistas autorizados deberán adquirir y mantener todas las compensaciones, obligaciones del empleador, seguros con obligación global integral (daños físicos) y obligación global automovilística (daños físicos y daños a la propiedad), y tomar cualquier medida necesaria para asegurar el cumplimiento con las leyes laborales del país del Contratista. El Contratista también deberá proporcionar cualquier otro seguro que la FAO pueda requerir, en el alcance y montos especificados en este Contrato. Si alguno de los seguros requeridos de parte del Contratista son cancelados o su duración reducida, se pide que el Contratista y la compañía de seguros del Contratista den diez días de notificación previa a la FAO. A demanda de la FAO, el Contratista deberá hacer que su asegurador proporcione una copia de un “Certificado de Seguro” que evidencie el cumplimiento de parte del Contratista con los requisitos de aseguramiento de este Contrato. En caso de que el Contratista incumpla el mantener tal seguro, la FAO puede adquirir tal seguro, pagar tales primas como sea necesario y deducir el monto pagado por la FAO de cualquier monto que se deba o que pueda ser debido al Contratista o recuperar el mismo mediante una deuda del Contratista. C. TITULO DE PROPIEDAD DEL EQUIPO: El título de propiedad de cualquier equipo o insumos que puedan ser proporcionados por la FAO permanece con la FAO y cualquiera de estos equipos deberá ser devuelto a la FAO a la conclusión de este Contrato o cuando ya no lo necesite el Contratista. Tal equipo al ser devuelto a la FAO deberá estar en las mismas condiciones en las que se entrego al Contratista, salvo uso y desgaste normal. D. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS PROPIETARIOS: La FAO deberá tener el derecho a toda la propiedad intelectual y otros derechos propietarios incluyendo pero no limitados a patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a documentos y otros materiales que se preparen en el curso de la ejecución de este Contrato. A solicitud de la FAO, el Contratista deberá tomar todos los pasos necesarios, ejecutar todos los documentos necesarios, y en general asistir en asegurar tales derechos de propiedad y transferirlos a la FAO en cumplimiento con los requisitos de la legislación aplicable.