Ordenanza Municipal 397-MDASA CAP ASA

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 397-MDASA

    Alto Selva Alegre, 30 de diciembre del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin de Concejo de fecha 30 de Diciembre del 2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia,de conformidad al Art. 194 de la Constitucin Poltica del Estado, concordante con el Art. II del Ttulo Preliminar de laLey 27972 Ley Orgnica de Municipalidades.Que, con Informe Legal N 503-2015-SGAL/MDASA, la Sub Gerencia de Asesora Legal, brinda opinin de formafavorable, respecto al proyecto del Cuadro de Asignacin de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de AltoSelva Alegre.Que, con Informe N 968-2015-SGPPCT/MDASA, por el Sub Gerente de Planificacin, Presupuesto y CooperacinTcnica seala que es factible la implementacin de los nuevos instrumentos gestin: Organigrama del ROF y CAP,puesto que las variaciones presupuestarias a implementarse, a consecuencia de la aprobacin de los nuevosInstrumentos de Gestin, no exceden los importes programados en el PIA 2016.Que, conforme al art. 9 numeral 3) de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades seala que el Concejo Municipaldebe Aprobar el rgimen de organizacin interior y funcionamiento del Gobierno Local.

    Que, en el numeral 32) del artculo 9 de la Ley antes citada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobarel Cuadro de Asignacin de Personal y las bases de las pruebas para la seleccin de personal y para los concursos deprovisin de puestos de trabajo.Que, la Directiva 001-2014-SERVIR-GPGSC contiene las "Reglas de aplicacin progresiva para la aprobacin delCuadro de Puestos de las Entidades", verificndose que el proyecto presentado de Cuadro de Asignacin dePersonal, cuenta con los mencionados requisitos y de acuerdo a los formatos N1 Cuadro para Asignacin dePersonal, ANEXO N 2 Resumen Cuantitativo del Cuadro de Asignacin de personal Provisional.Que, el artculo 9 de la Ley Orgnica de Municipalidades, dispone en su numeral 32, que son atribuciones delConcejo Municipal aprobar el Cuadro de Asignacin de Personal.Que, teniendo el informe de factibilidad presupuestal de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto yCooperacin tcnica, as como el informe favorable de la Jefa del rea de Personal, as como el cumplimiento delos requisitos legales establecidos en la Directiva 001-2014-SERVIR-GPGSC.Que, con Ordenanza Municipal N 245/MDASA, en Sesin de Concejo Municipal de fecha 30 de diciembre 2009,aprueban el Cuadro para Asignacin de Personal CAP de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre.

    Que, en el Art. 40 de la Ley 27972 Ley Orgnica de Municipalidades establece que las Ordenanzas son las normas decarcter general de mayor jerarqua en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba laorganizacin internaQue, estando a lo aprobado por MAYORIA en Sesin de Concejo Municipal de fecha 30 de diciembre del 2015,conforme a las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, y al Dictamen Legal N 89-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO NICO: APROBAR la MODIFICACIN DEL CUADRO DE ASIGNACIN DE PERSONALPROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE, ello en consideracin a lo detalladoa travs del Informe N 968-2015-SGPPCT/MDASA de la Sub Gerencia de Planificacin, Presupuesto y CooperacinTcnica.REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c.: Gerencia MunicipalSGALSG y RR.PPSGAF- A. PersonalSGPPCT- 02- EXPOCI

    *LA PRESENTE ORDENANZA Y ANEXOS, SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN LA PGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE:www.munialtoselvaalegre.gob.pe

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 396 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 30 de diciembre del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin de Concejo de fecha 30 de Diciembre del 2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, la Constitucin Poltica del Per, establece en su artculo 194, modificado por la Ley N 28607, que lasMunicipalidades Provinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local con autonoma poltica, econmica yadministrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo establecido en el Articulo II del TtuloPreliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972.Que la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades en su artculo 40, establece que las Ordenanzas son lasnormas de carcter general de mayor jerarqua en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales seaprueban la organizacin interna, la regulacin, administracin y supervisin de los servicios pblicos y las materias enlas que la municipalidad tiene competencia.Que el Decreto Supremo N 043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboracin y aprobacin del Reglamentode Organizacin y Funciones ROF por parte de las entidades de la administracin Pblica y define al ROF de lasiguiente manera: Es un documento tcnico normativo de gestin Institucional que formaliza la estructura orgnicade la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misin, visin y objetivos. Contiene las funcionesgenerales de la Entidad y las funciones especficas de los rganos y unidades orgnicas y establece sus relaciones yresponsabilidades.Que, el Decreto Supremo N 043-2006-PCM contiene los lineamientos para la elaboracin y aprobacin delReglamento de Organizacin y Funciones, respecto al ROF presentado por el Consultor, se observa que contiene:Naturaleza Jurdica; Jurisdiccin; Funciones Generales de la Entidad; Base Legal.Que, mediante Oficio N 071-2015-OCI/MDASA, El Jefe de la Oficina de Control Institucional remite el memorndum deControl Interno en cuya recomendacin N 4 indica que se deber estructurar y/o actualizar tcnicamente el Manual deOrganizacin y Funcionales MOF, as como tambin se revisen, actualicen y aprueben los otros documentos de gestinimportantes de la entidad ROF, CAP, PAP, RIT, MAPRO.Que, con memorndum N 611-2015-GM/MDASA el Gerente Municipal ordena el cumplimiento de lasrecomendaciones del memorndum de Control Interno.Que, con Informe Legal N 503-2015-SGAL/MDASA, la Sub Gerencia de Asesora Legal, emite opinin favorable,respecto al proyecto del Reglamento de Organizacin y Funciones Provisional, a la vez que cumple con los parmetrosestablecidos en el Decreto Supremo N 043-2006-PCM.Que, mediante Oficio N 0012-2015-CR, presentado por los Regidores miembros del Concejo Municipal, presentan

    propuesta del Organigrama Municipal que servir de base en el Nuevo Reglamento de Organizacin y Funciones ymediante la Carta N05-2015-SGPPCT/MDASA, el Sub Gerente de Planificacin, Presupuesto y Cooperacin Tcnica,remite la propuesta del Organigrama Municipal hecha por los integrantes del Concejo Municipal al MG. CPCC. KleytoonCcama Mamani, Especialista en Administracin y Tributacin Municipal.Que, con Informe N 968-2015- SGPPCT/MDASA, el Sub Gerente de Planificacin, Presupuesto y Cooperacin Tcnica,seala que es factible la implementacin de los nuevos instrumentos gestin: Organigrama del ROF y CAP, puesto quelas variaciones presupuestarias a implementarse, a consecuencia de la aprobacin de los nuevos Instrumentos deGestin, no exceden los importes programados en el PIA 2016.Que, conforme al art. 9 numeral 3) de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades seala que el Concejo Municipaldebe Aprobar el rgimen de organizacin interior y funcionamiento del Gobierno Local.Que, estando a lo aprobado por MAYORIA en Sesin de Concejo Municipal de fecha 30 de diciembre del 2015,conforme a las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, y al Dictamen Legal N 89-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;SE ORDENA:

    ARTCULO NICO: APROBAR la MODIFICACIN DE LA ESTRUCTURA ORGNICA Y REGLAMENTO DEORGANIZACIN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE, ello enconsideracin a lo detallado a travs del Informe N 968-2015-SGPPCT/MDASA, de la Sub Gerencia de Planificacin,Presupuesto y Cooperacin Tcnica.

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    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c.: Gerencia MunicipalSGALSG y RR.PP - SGAF - A. Personal - SGPPCT- 02EXP- OCI

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 395 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 23 de diciembre del 2015

    VISTOS:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2015, el

    Proyecto de Ordenanza de Conformacin de la Plataforma Distrital de Defensa Civil de Alto Selva Alegre. El Informe N377-2015-DDC-DINF-SGDUINF/MDASA del Dpto. de Defensa Civil. El Dictamen Legal N 80-2015-SGAL/MDASA, de laSub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley 27972, establece en el Art. II del Ttulo preliminar que los gobiernoslocales gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonoma quela Constitucin Poltica del Per establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico.Que, mediante Ley N 29664 se aprueba la Ley del Sistema Nacional de Gestin de Riesgo de Desastres (SINAGERD)con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligrar o minimizar sus efectos, as como evitar lageneracin de nuevos riesgos, preparacin y atencin ante situaciones de desastres mediante el establecimiento deprincipios, lineamientos de polticas, componentes, procesos e instrumentos de la Gestin del Riesgo de Desastres.Que, la aplicacin de los polticas y acciones permitir mitigar los riesgos de desastres, por tal motivo la implementacin

    de stas deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de la Gestin del Riesgo en la Municipalidad,que permitan la identificacin de las zonas de vulnerabilidad y de riesgos de desastres en el distrito de Alto SelvaAlegre.Que, la prevencin y mitigacin del riesgo de desastres, repercutir no slo en el desarrollo de las actividadeseconmicas de los gobiernos locales, sino tambin fortalecer los procesos de planificacin del territorio y propiciar eluso responsable del territorio, que se traducir en la reduccin de los niveles de vulnerabilidad en materia de vivienda,urbanismo y saneamiento.Que, con hoja de coordinacin N 016-2015-STGRD/MDASA el Secretario Tcnico de la Plataforma Distrital deDefensa Civil de Alto Selva Alegre, solicita la modificacin de la Ordenanza N 325/MDASA, respecto de laconformacin vigente de la Plataforma de Defensa Civil de Alto Selva Alegre.Que, con informe N 377-2015-DDC-DINF-SGDUINF/MDASA el jefe ( e) del Dpto. de Defensa Civil, informa quehabiendo evaluado las sugerencias alcanzadas e el informe N 524-2015-INF/SGDUINF-MDASA, al respectoconsiderando que la Plataforma de Defensa Civil es un espacio permanente de participacin, coordinacin convergenciade esfuerzos e integracin de propuestas y teniendo en cuenta los lineamientos aprobados con R.M. N 180-2013-PCM, que rigen la Organizacin, Constitucin y Funcionamiento de la Plataforma de Defensa Civil, el fortalecimientode capacidades tanto en el INDECI con el CENEPRED y el GRA en la gestin del Riesgo de Desastres, y en base ala Ley N 29964 y su reglamento,, es que se remite la nueva modificacin de la estructura de la Ordenanza N 325-MDASA, para su evaluacin y aprobacin respectiva.Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, sealaque es de atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto losacuerdos.Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 23 de diciembre del2015, en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972 y de conformidad conformeal Informe N 377-2015-DDC-DINF-SGDUINF/MDASA del Dpto. de Defensa Civil y al Dictamen Legal 80-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal,

    SE ORDENA:ARTCULO NICO: APROBAR LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N 325-MDASA, respectode la CONFORMACIN DE LA PLATAFORMA DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL EN EL DISTRITO DE ALTO SELVA

    ALEGRE, la misma que consta de seis (06) artculos y tres (02) Disposiciones Finales.

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    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c. AlcaldaGerencia Municipal - SGAL- SG y RR.PP.- SGDUINF DDC (02) EXP. - OCI - A. Sistemas

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 394 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 23 de diciembre del 2015

    VISTOS:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, conforme el art.194 de la Constitucin Poltica del Per, modificada por la ley de reforma constitucional N28607,establece que las municipalidades provinciales y distritales son rganos de gobierno local con autonoma poltica,econmica y administrativa en los asuntos de su competencia.Que, asimismo, el Art. II del Ttulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, seala que talautonoma radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin alOrdenamiento Jurdico.

    Que, con Informe N 249-2015-SGAT/MDASA de fecha 16 de diciembre del 2015, el Sub Gerente de AdministracinTributaria, seala que de acuerdo con lo informado por el Departamento de serenazgo la Sub Gerencia de ServiciosComunales y Sociales establece que el servicio de serenazgo se brinda en forma progresiva en diferentes sectores delDistrito, para el periodo Fiscal 2015. Por el cual es de opinin que se le otorgue un descuento del 100% a la Tasa deArbitrios por serenazgo a todos los vecinos beneficiarios del Distrito de Alto Selva Alegre, por el periodo del Ao 2015,

    debiendo elevarse a Sesin de Concejo para su aprobacin. Teniendo en consideracin que el Departamento deControl y Recaudacin de la Sub Gerencia de Administracin Tributaria seala textualmente que no existe ningningreso a la fecha por concepto de pago por la Tasa de Serenazgo.Que, conforme a lo prescrito en el artculo 40 de la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, medianteordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentrode los lmites establecidos por Ley.Que, en el art. 195 de la Constitucin Poltica del Estado, las Municipalidades son competentes para: Inciso 6) crear,modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos Municipales. En concordancia con lo previstoen el art.74 de la Constitucin Poltica del Per, que seala que los Gobiernos Regionales y Locales pueden crear,modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccin y con los lmites que seale laLey.Que, asimismo en la Ordenanza Municipal N 369-MDASA de fecha 19 de enero del ao 2015, se Aprueba el RgimenTributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Pblicos y Seguridad Ciudadana delDistrito de Alto Selva Alegre, para el Ejercicio Fiscal 2015.

    Que, considerndose que en el Inciso a) del Art.68 del Texto nico Ordenado de la Ley de Tributacin Municipalaprobado por Decreto Supremo N156-204-EF y la Norma II del TUO del Cdigo Tributario, sealan que los Arbitriosson Tasas que se pagan por la prestacin o mantenimiento de un Servicio Pblico individualizado en el contribuyente. ElArt.69 del Texto nico Ordenado de la Ley se Dispone que la Determinacin de las Tasas por Servicios Pblicos oArbitrios, deber sujetarse a criterios de racionalidad, que considere el costo efectivo del servicio, su mantenimiento. Ascomo el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial.Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, sealaque es de atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejarlas sin efectos losacuerdos.Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 23 de diciembre del2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 249-2015-SGAT/MDASA y al Dictamen Legal 84-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO NICO: EXONERAR el 100% de la Tasa de Arbitrios por el Servicio de Serenazgo a todos losvecinos del Distrito de Alto Selva Alegre, correspondiente al ejercicio fiscal 2015.REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

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    c.c. AlcaldaGerencia MunicipalSG Asesora LegalSecretara General y RR.PP.- SGAT EXP.- AMI OCI - A. Sistemas

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 393 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 23 de diciembre del 2015

    VISTOS:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre del 2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Per, modificada por la Ley N 27680, Ley dereforma constitucional, las Municipalidades gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos desu competencia.Que, asimismo, el Art. II del Ttulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, seala que talautonoma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin alordenamiento jurdico.

    Que, con Informe N 248-2015-SGAT/MADSA, de fecha 16 de Diciembre del 2015, el Sub Gerente de AdministracinTributaria, pone de conocimiento que conforme lo establecido en el Decreto Supremo 135-99-EF Texto nico Ordenadodel Cdigo Tributario modificado por Decreto Legislativo N 953, en su ttulo preliminar en los puntos III Y IV seala queLos Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,derechos y licencias o exonerar de ellos, de su jurisdiccin, con los lmites que seala la ley, asimismo informa que al

    existir gran cantidad de contribuyentes que no pudieron acogerse a beneficios tributarios anteriores y estando y estandopor aprobarse el Nuevo Plan de incentivos para los gobiernos Locales para el ao 2016 que fija el MEF y siendo funcinde esta Gestin Municipal de promover los mecanismos que faciliten a los contribuyentes y/o administrados con elcumplimiento de sus obligaciones tributarias es que dicha Sub Gerencia propone la Ordenanza de Beneficios para elpago de deudas tributarias Administrativas y regularizacin Predial, a favor de los contribuyentes del Distrito deAlto Selva Alegre por un lapso de Cuatro (04) meses desde el 01 de Enero al 30 de Abril del 2016.

    Que, de acuerdo con el art. 9 inc. 8 de la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, seala que: Es de atribucindel Concejo Municipal aprobar, modificar, derogar las Ordenanzas sin dejar sin efecto los Acuerdos.

    Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 23 de diciembre del2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 248-2015-SGAT/MDASA y al Dictamen Legal N 83-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO NICO: APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LOS BENEFICIOS PARA ELPAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRATIVAS Y REGULARIZACIN PREDIAL A FAVOR DE LOSCONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE, por un lapso de 04 meses desde el 01 de Enero al30 de Abril del 2016, la misma que consta de diez (10) artculos y tres (02) Disposiciones Finales y Transitorias.

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    AMIOCI

    Area de Sistemas

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 392-MDASA (PG. 02)

    Que, estando a lo aprobado por MAYORIA en Sesin Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 30 de noviembre del2015, en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972 y de conformidad al InformeN 217-2015/SGAT-GM/MDASA de la Sub Gerencia de Administracin Tributaria y al Informe Legal N 474-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal y con dispensa del trmite de aprobacin del Acta.

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: APROBAR la ESTRUCTURA DE COSTOS DE LAS TASAS DE ARBITRIOSMUNICIPALES DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PBLICA, BARRIDO DE VIAS, PARQUES Y JARDINESPBLICOS Y SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE PARA EL EJERCICIO 2016,la misma que forma parte de la presente Ordenanza.

    ARTCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administracin Tributaria el trmite de Ratificacin de lapresente disposicin ante la Municipalidad Provincial de Arequipa.

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    OCI

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 391 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 18 de noviembre del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 18 de noviembre del 2015, y;

    VISTOS:El Oficio N 005-2015-ATAMASA. El Informe N 1204-2015-DRCT-SGAT/MDAS del Departamento de Recaudacin yControl Tributario. El Informe N 207-2015-SGAT/MDASA de la Sub Gerencia de Administracin Tributaria. ElDictamen Legal N 74-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal, y;CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Per, modificada por la Ley N 27680, Ley dereforma constitucional, las Municipalidades gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntosde su competencia.Que, asimismo, el Art. II del Ttulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, seala que talautonoma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin alordenamiento jurdico.Que, con Oficio N 005-2015-ATAMASA, la Sra. Ayne Ayala Delgado Sec. de Economa, de la Asociacin de Tiendasde Abarrotes Minoristas de Alto Selva Alegre Independencia, solicita se les conceda Ampliacin del beneficio de laOrdenanza Municipal N 381-2015/MDASA, hasta el 31 de Diciembre del presente ao, ya que dicha Ordenanza

    recin fue otorgada a mediados del mes de Agosto.Que, con Informe N 1204-2015-DRCT-SGAT/MADSA, el Jefe (e) Dpto. de Recaudacin y Control Tributario, enatencin al expediente N 17172, presentado por la Sra. Ayne Ayala Delgado para la ampliacin de la OrdenanzaMunicipal N 381-2015/MDASA la cual el su Artculo Primero: APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba laexoneracin del rubro Parques y Jardines, por concepto de Arbitrios Municipales pro Negocio para los aos 2008 al2015, para todos los contribuyentes del distrito. Y gozar del beneficio contemplado en el Art 7; Inciso 2 de laOrdenanza Municipal 373-MDASA, dicho beneficio ser desde el 01 de Junio al 30 de Septiembre del 2015, Opinaque sea procedente la ampliacin desde el 01 de Noviembre hasta el 31 de Diciembre del 2015, ya que lasexoneraciones en materia de dicha contribucin se otorgan en forma general y dentro de los lmites que establece laLey.Que, con Informe N 207-2015-SGAT/MDASA, la Sub Gerencia de Administracin Tributaria, seala que tomando encuenta el Informe Tcnico formulado por la Jefa encargada del Dpto. de Recaudacin y Control Tributario, con lafinalidad de recuperar la evasin Tributaria por Arbitrios por negocio y a manera de motivar al pago de los pequeosempresarios del Distrito que mantienen deuda por Arbitrios Municipales comerciales. Propone al Pleno la Ampliacindel beneficio de la Ordenanza, desde el 01 de Noviembre hasta el 31 de Diciembre del 2015.Que, de acuerdo con el art. 9 inc. 8 de la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, seala que: Es deatribucin del Concejo Municipal aprobar, modificar, derogar las Ordenanzas sin dejar sin efecto los Acuerdos

    Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 18 de noviembredel 2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 207-2015-SGAT/MDASA de la Sub Gerencia deAdministracin Tributaria y al Dictamen Legal N 74-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO NICO: APROBAR la Ampliacin de la Ordenanza Municipal N 381/MDASA, que aprueba laexoneracin del rubro Parques y Jardines, por concepto de Arbitrios Municipales por Negocio para los aos 2008al 2015, para todos los contribuyentes del Distrito. Y gozar del beneficio contemplado en el artculo Sptimo; inciso2 de la Ordenanza Municipal 373-MDASA, dicho beneficio ser desde el 01 de Noviembre al 31 de Diciembredel 2015.

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  • 7/25/2019 Ordenanza Municipal 397-MDASA CAP ASA

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 390 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 04 de noviembre del 2015POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 04 de noviembre del 2015, y;

    VISTOS:El Informe N 456-2015-CAR-DSFL-SGDUINF/MDASA de la Divisin de Saneamiento Fsico Legal. El Informe N 047-2015-DEC-SGAT/MDASA del Departamento de Ejecucin Coactiva. El Informe N 672-2015-DSFL-SGDUINF/MDASA.El Dictamen Legal N 67-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, administrativa y poltica,conforme lo establece el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con el Art. II del TtuloPreliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades y por el que se determina la facultad de las mismas paraejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico.Que, con Informe N 456-2015-CAT-DSFL-SGDUINF/MDASA, el Arq. Gelber Begazo Villegas (e) Catastro, remitepropuesta de modificatoria Ordenanza Municipal N 275/MDASA denominada Rgimen de Aplicacin de Infraccionesy Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas a cada rea Orgnica y alDepartamento de Ejecucin Coactiva para su evaluacin.

    Que, con Informe N 672-2015-DSFL-SGDUINF/MDASA, el Jefe (e) Divisin de Saneamiento Fsico Legal, remitepropuesta del Rgimen de Aplicacin de Infracciones y Sanciones Administrativas y Rgimen de Incentivos,considerndose que el mismo ha sido evaluado tcnicamente por las reas competentes sobre la propuesta de lamodificacin del Rgimen de Aplicacin de Infracciones y Sanciones y el Cuadro de Infracciones siendo las reasintervinientes la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura; Divisin de Saneamiento Fsico Legal,Departamento de Promocin y Desarrollo Urbano, Departamento de Defensa Civil; Sub Gerencia de ServiciosComunales y Sociales; Divisin de Servicios Comunales, Departamento de Limpieza Pblica, Departamento de reasVerdes.Que, en el Art 40 de la Ley Orgnica de Municipalidades, seala en el segundo prrafo que mediante Ordenanza secrea, modifica, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasa y licencias, derechos y contribuciones dentro de los lmitesestablecidos en Ley.Que, asimismo el artculo 46 de la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, las normas municipales son de carcterobligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judicialessobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, siendo que mediante ordenanza se determina elrgimen de sanciones administrativas por la infraccin a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas enfuncin de la gravedad de la falta, as como la imposicin de sanciones no pecuniarias; siendo que las sanciones queaplique la autoridad municipal podrn ser las de multa, suspensin de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso,retenciones de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacin de obras, demolicin,internamiento de vehculos, inmovilizacin de productos y otras.Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, sealaque es atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.Que, estando a lo aprobado porMAYORIA en la Sesin de Concejo de fecha 04 de noviembre del 2015, en uso de lasfacultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades 27972, conformidad al Informe N 672-2015-DSFL-SGDUINF/MDASA con Proyecto de Ordenanza y al Dictamen Legal N 67-2015-SGAL/MDASA;

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: Modificarla Ordenanza N 275-MDASA, que aprueba el Rgimen de Aplicacin deSanciones y Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, complementandoSanciones Administrativas y Rgimen de Incentivos. Los cuales forman parte de la presente Ordenanza, que estaconformado por tres (03) Titulos, cuarentiuno(41) Artculos, ocho (08) Disposiciones complementarias y cinco (05)Disposiciones finales, que forman parte integrante de la presente.

    ARTCULO SEGUNDO: Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y demsreas de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c. Alcalda

    Gerencia MunicipalSGALSG. y RR.PP.SGDUINF DSFL (02) EXP.A. Sistemas

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 389 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 04 de noviembre del 2015

    VISTOS:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 04 de noviembre del

    2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Per, seala que las Municipalidades son rganos degobierno local que gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa, en los asuntos de sucompetencia en concordancia con el Art. 10 del Ttulo Preliminar de la Ley N 27972 Ley Orgnica deMunicipalidades.

    Que, con Oficio N 034-2015-REGIDOR-ASA el Regidor Abog. Julio Bernal Gordillo, presenta el Proyecto deOrdenanza que modifica la Ordenanza Municipal N 305/MDASA denominado Reglamento que establece elRgimen de Derechos por Extraccin de Materiales No Metlicos en los lveos, canteras, cauces de losro y otros a fines en la jurisdiccin del Distrito de Alto Selva Alegre, a fin de que sea revisado y aprobadoen Sesin de Consejo.

    Que, con Informe N 251-2015-DPDU-INF-INF-SGDUINF/MDASA, el Jefe (e) Departamento Promocin deDesarrollo Urbano, hace llegar sus aportes sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal que modifica laOrdenanza Municipal N 305/MDASA de Extraccin de Materiales No Metlicos en los siguientes artculos:Artculo 5, inciso 1, seala sobre el profesional a firmar, siendo que este debe acreditar que se encuentrahabilitado para la visacin de planos y otros, debiendo presentar la constancia de habilitacin actual.

    Que, el Artculo 5, inciso 4, tem a), seala sobre el expediente administrativo a presentar y sus requisitos,debiendo establecer que los requisitos se encuentran establecidos en el Texto nico del ProcedimientoAdministrativo (TUPA) de la entidad. Asimismo, en el tem b) se deber incluir que este deber presentar elinforme de tcnico de Defensa Civil. Adems, se deber suprimir el tem e) repetido, porque este contieneun artculo especifico. Tambin se deber consignar en m3 en el tem e). Artculo 7, sobre el certificado delibre disponibilidad, este documento se deber incluir como requisito para la solicitar la autorizacin de

    extraccin de materiales no metlicos, asimismo, este deber ser emitido por la Sub Gerencia de DesarrolloUrbano e Infraestructura, previo informe tcnico del Departamento de Desarrollo Urbano. Artculo 15 sealasobre el bajo caudal, este deber ser sealado mediante informe tcnico del Departamento de DefensaCivil. Artculo 19 inciso d) se deber suprimir, no guarda correlacin a la ordenanza.

    Artculo 21 seala que () el administrado autorizado a realizar extracciones de materiales de construccinno puede Sub concesionar, por lo que se deber incluir: Queda prohibido que el titular de la autorizacinde extraccin de materiales no metlicos pueda realizar cualquier acto de disposicin frente a los derechosadquiridos tales como: disponer, ceder, enajenar, transferir, sub arrendar y/o concesionar a terceros ().Artculo 25 inciso b) decomisos de los materiales ilegalmente extrados, debiendo decir Incautar losmateriales ilegalmente extrados. Disposiciones Complementarias Tercera, se deber incluir, que laextraccin de materiales en torrenteras, cauces y otros afines. Que, en el Art.69 inciso 9) de la Ley Orgnicade Municipalidades seala que son Rentas de Municipales; Los derechos por la extraccin de materiales de

    construccin ubicados en los lveos y cauces de los ros, y canteras localizadas en su jurisdiccin, conformea Ley. Que, otorga a las municipalidades provinciales y/o distritales la calidad de renta, a la explotacin delos materiales que se extraen en los lveos, cauces de los ros y canteras, es decir corresponde a lasmunicipalidades provinciales y/o distritales conceder no solo el permiso, sino, establecer el valor delderecho de extraccin, recursos que son asumidos como directamente recaudados, distinguindolos de losingresos tributarios previstos en los numerales 1 y 2 del Artculo 69 de la Ley 27972.

    Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica deMunicipalidades, seala que es atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar lasordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.

    Que, estando a lo aprobado por MAYORIA en la Sesin de Concejo de fecha 04 de noviembre del 2015, enuso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades 27972, conformidad al Proyecto deOrdenanza y Reglamento alcanzado por el Regidor Julio Bernal Gordillo y al Dictamen Legal N 71-2015-SGAL/MDASA;

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 389 MDASA (PG. 02)

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: APROBAR la Ordenanza que establece EL REGIMEN DEL DERECHO POREXTRACCIN DE MATERIALES NO METLICOS UBICADOS EN LOS LVEOS Y CAUCES DE LOS ROS YOTROS AFINES EN LA JURISDICCIN DEL DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE, cuyo Reglamento estconformado por cinco (05) Captulos, veintiuno (28) Artculos, cinco (05) Disposiciones complementarias queforman parte integrante de la presente.

    ARTCULO SEGUNDO: INCORPORAR el presente procedimiento al TUPA de la Entidad.

    ARTCULO TERCERO: DEJAR sin efecto la Ordenanza Municipal N 305/MDASA.

    REGISTRESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c. Alcalda

    Gerencia MunicipalSGALSG y RR.PP.SGDUINF DPDU Exp. (02)OCI

    A. Sistemas

    LA PRESENTE ORDENANZA Y SU REGLAMENTO SE ENCUENTRA PUBLICADA EN LA PGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEALTO SELVA ALEGRE:http://munialtoselvaalegre.gob.pe/download/reglamentos-tecnicos/

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 388-MDASA

    Alto Selva Alegre, 04 de noviembre del 2015

    VISTOS:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 04 de noviembre del

    2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Per, seala que las Municipalidades son rganos degobierno local que gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa, en los asuntos de sucompetencia en concordancia con el Art. 10 del Ttulo Preliminar de la Ley N 27972 Ley Orgnica deMunicipalidades.

    Que, mediante Informe N 778-2015-DCDC-DDE-SGSCS/MDASA el Jefe del Dpto. de Comercializacin yDefensa del Consumidor, de la Divisin de Desarrollo Econmico a travs de la Sub Gerencia de ServicioComunal y Social, solicita la ampliacin de la Ordenanza N 345/MDASA, puesto que la vigencia de esteexpira el 24 de octubre del presente y es de suma importancia puesto que ha contribuido a disminuir losndices de alcoholismo, delincuencia y ha velado por la tranquilidad y seguridad del vecindario. Por el lapsode 03 aos.

    Que, conforme lo establece el Art. 9, Inc. 8) de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades, aprobar,modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.Que, la Sub Gerencia de Asesora Legal, opina que el presente se eleve al Pleno del Concejo Municipal ysea esta la ltima instancia que determine la aprobacin de la Ampliacin de la Ordenanza Municipal , quetiene como objetivo SUSPENDER el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de establecimientosdestinados a bares, recreos, salones de baile, discotecas, videos pubs, tragotecas, botilleras, depsito decerveza, coliseo de gallos y similares por el trmino de 03 aos a partir del da siguientes de la aprobacinde la presente ordenanza. Los casos excepcionales y fundamentos que no constituyan peligro o riesgopara la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad pblica, sern discutidos y/oaprobados en Sesin de Concejo. As mismo, se deber desarrollar una intensa campaa de fiscalizacinen los locales existentes que expenden bebidas alcohlicas con autorizacin municipal, a fin de que notrasgredan la normatividad vigente, caso contrario, se proceder a la cancelacin de las correspondienteslicencias, de igual forma se proceder a detectar los locales clandestinos, a efectos de proceder a laclausura inmediata, previa aplicacin de las sanciones correspondientes establecindose en ambos casosla potestad de la Municipalidad para proceder a la denuncia respectiva, ante el rgano jurisdiccionalcompetente. Prohibir a los conductores de establecimientos comerciales cuyo giro sea bodega o abarrotera,venta de bebidas alcohlicas, por copas, botellas y/o preparados para el consumo dentro de su local o en lava pblica, bajo apercibimiento de aplicrseles las sanciones correspondientes, cuya reiteracin devendraen la cancelacin definitiva de su respectiva licencia de funcionamiento. Dejar sin efecto las disposicionesque se opongan a la presente.Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesin de Concejo de fecha 04 de noviembre del2015, en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades 27972 y al Dictamen LegalN 68-2015-SGAL/MDASA;

    SE ORDENA:

    ARTCULO PRIMERO: APROBAR la ampliacin de la vigencia de la Ordenanza Municipal N345/MDASA, que establece SUSPENDER el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento aestablecimientos comerciales destinados a: bares, recreos, salones de baile, discotecas, videos pub,tragotecas, botilleras, depsitos de cerveza, coliseo de gallos y similares, por el trmino de tres (03) aos apartir del da siguiente de la publicacin de la presente Ordenanza.

    ARTCULO SEGUNDO: DESARROLLAR una intensa campaa de fiscalizacin en los locales existentesque expendan bebidas alcohlicas con autorizacin municipal, a fin de que no trasgredan la normatividadvigente, caso contrario se proceder a la cancelacin de las correspondientes licencias, de igualforma se proceder a detectar los locales clandestinos a efectos de proceder a la clausura inmediata previa

  • 7/25/2019 Ordenanza Municipal 397-MDASA CAP ASA

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 388-MDASA (PAG. 02)

    aplicacin de las sanciones correspondientes, establecindose en ambos casos la potestad de laMunicipalidad para proceder a la denuncia respectiva, ante el rgano jurisdiccional competente.

    ARTCULO TERCERO: PROHIBIR a los conductores de establecimientos comerciales cuyo giro

    sea bodega o abarrotes, la venta de bebidas alcohlicas, por copas, botellas y/o preparados parael consumo dentro de su local o en la va pblica, bajo apercibimiento de aplicrseles lassanciones correspondientes, cuya reiteracin devendra en la cancelacin definitiva de surespectiva licencia de funcionamiento.

    ARTCULO CUARTO: DEJAR sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c. AlcaldaGerencia MunicipalSGALSG. y RR.PP.SGSCS DCDC (02) EXP.

    A. Sistemas

    RR.PP.

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 387 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 21 de octubre del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 21 de octubre del 2015, y;

    VISTOS:El Informe N 254-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal. El Informe N 699-2015-DSFL-SGDUINF/MDASA de la Divisin de Saneamiento Fsico Legal. El Dictamen Legal N 65-2015-SGAL/MDASA de la SubGerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, administrativa y poltica,conforme lo establece el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con el Art. II del TtuloPreliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades y por el que se determina la facultad de las mismas paraejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico.

    Que, mediante Ley N 29022 Ley para la Expansin de Infraestructura en Telecomunicaciones, publicada el 20 demayo del 2007, se establece un rgimen especial y temporal en todo el territorio nacional, para la instalacin y

    desarrollo de la infraestructura necesaria para la prestacin de servicios pblicos en telecomunicaciones;Que, a travs de la Ley N 29868, publicada el 29 de mayo del 2012, se Restablece la Vigencia de la Ley para laExpansin de Infraestructura en Telecomunicaciones;Que, mediante Ley N 30228 publicada el 12 de julio del 2014, se modific la Ley N 29022, denominndola Ley para elFortalecimiento de la Expansin de Infraestructura en Telecomunicaciones, cuyo objeto es establecer un rgimenespecial y temporal en todo el territorio nacional, para la instalacin y expansin de los servicios pblicos detelecomunicaciones.Que, con Decreto Supremo N 003-2015-MTC publicado el 18 de abril del 2015, se aprob el Reglamento de la Ley N

    29022 Ley para el Fortalecimiento de la Expansin de Infraestructura en Telecomunicaciones.

    Que, con Informe N 254-2015-SGAL-MDASA de fecha 09 de Octubre del 2015, el Sub Gerente de Asesora Legal,remite el proyecto de Ordenanza Municipal que Reglamenta la Instalacin de Infraestructura en Telecomunicaciones enla Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre.Que, siendo la finalidad permitir la instalacin ordenada de la infraestructura de telecomunicaciones en el Distrito,

    priorizando el uso compartido de dicha infraestructura, dando un uso racional al suelo y mitigando la afectacin delpaisaje urbano, en armona con el derecho de los ciudadanos a gozar de un ambiente saludable, ecolgicamenteequilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.Que, con Informe N 699-2015-DSFL-SGDUINF/MDASA de fecha 16 de Octubre del 2015, el Jefe de la Divisin deSaneamiento Fsico Legal, seala que se ha revisado y valorado el proyecto de Ordenanza Municipal que Reglamentala Instalacin de Infraestructura En Telecomunicaciones en la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre declarndolotcnicamente viable y sea aprobado en Sesin de Concejo.Que, el Artculo 2 Inciso 22 de la Constitucin Poltica del Per, seala que: Los ciudadanos tienen derecho a la paz,tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado aldesarrollo de su vida.Que, de acuerdo al Art 40 de la Ley Orgnica de Municipalidades, seala en el segundo prrafo que medianteOrdenanza se crea, modifica, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasa y licencias, derechos y contribuciones dentro delos lmites establecidos en ley.Que, en el Art. 39 y 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades, los Consejos Municipales ejercen funciones degobierno mediante Ordenanza, Decreto y Acuerdos siendo estos ltimos, decisiones referidas asuntos especficos de

    inters pblico, vecinal o institucional.

    Que, asimismo en lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, seala que esde atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejarlas sin efectos los acuerdos.

    Que, estando a lo aprobado porUNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 21 de octubre del2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 699-2015-DSFL-SGDUINF/MDASA de la Divisin deSaneamiento Fsico legal, al Proyecto de Ordenanza y al Dictamen Legal 65-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia deAsesora Legal, el Concejo Municipal aprob la siguiente;

    ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA LA INSTALACIN DE INFRAESTRUCTURA ENTELECOMUNICACIONES EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE

  • 7/25/2019 Ordenanza Municipal 397-MDASA CAP ASA

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 387 MDASA (PG. 02)

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO.- APROBAR la Ordenanza Municipal que Reglamenta la Instalacin de Infraestructura enTelecomunicaciones en la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, que consta de trece (13) artculos, loscuales forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.

    ARTCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura y a la Div. deSaneamiento Fsico Legal, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c.: AlcaldaGMSGALSG y RR.PP.SGDUINF Div. de Saneamiento Fsico Legal EXP. (02)

    * LA PRESENTE ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA INSTALACIN DE INFRAESTRUCTURA EN TELECOMUNICACIONES, APROBADA POR

    ORDENAZA MUNICIPAL N387 SE ENCUENTRA PUBLICADO EN:http://munialtoselvaalegre.gob.pe/download/reglamentos-tecnicos/

  • 7/25/2019 Ordenanza Municipal 397-MDASA CAP ASA

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 386 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 21 de octubre del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 21 de octubre del 2015, y;

    VISTOS:El Informe N 331-2015-DSEMA/DSSCC/SGSCS/MDASA del Departamento de Salud Ecologa y Medio Ambiente. ElInforme N 1268-2015-DSSCC/SGSCS-MDASA de la Divisin de Servicios Comunales.

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, administrativa y poltica,conforme lo establece el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con el Art. II del TtuloPreliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades y por el que se determina la facultad de las mismas paraejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico.

    Que, con Informe N 331-2015-DSEMA/DSSCC/SGSCS/MDASA de fecha 28 de Setiembre del 2015, el Jefe (e) Dpto.Salud, Ecologa y Medio Ambiente, remite el proyecto de Ordenanza Municipal del Uso Correcto d el Sistema deContenerizacin, con Contenedores Soterrados y Contenedor es Vis ibles, para su evaluacin y aprobacin en

    Sesin de concejo.

    Que, con Informe N 1268-2015-DSSCC/SGSCS /MDASA de fecha 01 de octubre del 2015, el Jefe de la Divisin deServicios Comunales, deriva el Proyecto de Ordenanza con las observaciones levantadas, siendo de opinin suaprobacin , ya que esta ayudara al mantenimiento y buen uso de los contenedores.Que, el art.80 inciso 4.1 de la Ley Orgnica de Municipalidades seala que es funcin exclusiva de las municipalidadesadministrar y reglamentar, directamente o por concesin el servicio de agua potable, alcantarillado y desage, limpiezapblica y tratamiento de residuos slidos, cuando est en capacidad de hacerlo.Que, de acuerdo al Art 40 de la Ley Orgnica de Municipalidades, seala en el segundo prrafo que medianteOrdenanza se crea, modifica, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasa y licencias, derechos y contribuciones dentro delos lmites establecidos en ley.Que, asimismo en lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, seala que esde atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejarlas sin efectos los acuerdos.

    Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 21 de octubre del2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 331-2015-DSEMA-DSSCC/SGSCS/MDASA, al Proyecto deOrdenanza y al Dictamen Legal 61-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:

    ARTICULO UNICO: APROBAR la Ordenanza Municipal que norma EL USO CORRECTO DEL SISTEMA DECONTENERIZACIN, CON CONTENEDORES SOTERRADOS Y CONTENEDORES VISIBLES EN ELDISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE. El mismo que consta de siete(07) ttulos, veinticinco (25) artculos ycuatro (04) disposiciones transitorias complementarias.

    REGSTRESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c.: AlcaldaGerencia MunicipalSGALSG y RR.PP.SGSCS DSEMA (02) Exp.OCI

    A. Sistemas

    *LA PRESENTE NORMA SOBRE EL USO CORRECTO DEL SISTEMA DE CONTENERIZACIN, APROBADA POR ORDENAZA MUNICIPAL N387SE ENCUENTRA PUBLICADO EN:http://munialtoselvaalegre.gob.pe/download/reglamentos-tecnicos/

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 385 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 21 de octubre del 2015

    VISTOS:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 21 de octubre del

    2015, y;

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, administrativay poltica, conforme lo establece el Art. 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con elArt. II del Ttulo Preliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades y por el que se determina lafacultad de las mismas para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin alordenamiento jurdico.

    Que, con Informe N 077-2015-RC-DDS-MDASA de fecha 15 de Octubre del 2015, el, Jefe de la Oficina deRegistro Civil, remite el proyecto de Ordenanza Municipal para que se apruebe la celebracin del IMatrimonio Comunitario 2015 y la exoneracin parcial de los derechos que por concepto de matrimoniocivil han sido fijados por el TUPA de la Municipalidad para que se eleve a Sesin de Concejo,

    considerndose que mencionada actividad est programada por la Oficina de Registro Civil para el da 28de noviembre, en el Saln Social del Complejo Rolando Juregui LazarteQue, a este efecto el Concejo Municipal debe acordar establecer el costo por Derechos de Matrimonio Civilpara los participantes en el I Matrimonio Civil Comunitario ao 2015, organizado por la oficina de RegistroCivil, teniendo como propuesta la suma de S/. 30.00 (Treinta con 00/100 Nuevos Soles).Que, es facultad de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, velar y consolidar la seguridad de loshogares conyugales de la jurisdiccin, formalizando y legalizando las uniones de hecho existentes en unoscasos y entrelazando nuevos vnculos.Que, en tal sentido resulta necesario establecer exoneraciones parciales de los derechos que por conceptode Matrimonio Civil, se encuentran consignados en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Alto SelvaAlegre con la finalidad de coadyuvar a una mayor participacin de parejas celebrantes, determinando a suvez los costos de acuerdo a su realidad econmica por tratarse en su mayora de vecinos de escasosrecursos econmicos.

    Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 9, Inc. 9) de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades,es funcin del Pleno del Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones,arbitrios, tasas y derechos de acuerdo a Ley.

    Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 60 literal a) del D.S. N 156-2004-EF, Texto nicoOrdenando de la Ley de Tributacin Municipal, la creacin y modificacin de tasas y contribuciones, seaprueban mediante ORDENANZA MUNICIPAL, con los lmites dispuestos por la propia Ley Orgnica deMunicipalidades

    Que, el artculo 4 de la Constitucin Poltica del Per, seala que la comunidad y el estado protegenespecialmente al nio, al adolescente, a la madre y al anciano en situacin de abandono; asimismo, seprecisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio; y, reconocen a estos ltimos como institutosnaturales y fundamentales de la sociedad.Que, de acuerdo al Art 40 de la Ley Orgnica de Municipalidades, seala en el segundo prrafo quemediante Ordenanza se crea, modifica, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasa y licencias, derechos ycontribuciones dentro de los lmites establecidos en ley.Que, en el Art. 39 y 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades, los Consejos Municipales ejercenfunciones de gobierno mediante Ordenanza, Decreto y Acuerdos siendo estos ltimos, decisiones referidasasuntos especficos de inters pblico, vecinal o institucional.Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 252 del Cdigo civil, procede la dispensa de lapublicacin de los avisos matrimoniales, si median causas razonables y siempre que se presenten losrequisitos establecidos en el Art. 48 del mismo cuerpo legal.

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 385 MDASA (PG. 02)

    Que, estando a lo aprobado porUNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 21 deoctubre del 2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 77-2015-RC-DDS/MDASA, al Proyectode Ordenanza y al Dictamen Legal 63-2015-SGAL/MDASA de a Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: APROBAR la celebracin del I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2015,organizado por la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, a llevarse acabo el da 28 de noviembre del ao 2015, en el Local Social del Complejo Rolando Juregui Lazarte.

    ARTCULO SEGUNDO: APROBAR la exoneracin parcial de los derechos que por concepto deMatrimonio Civil han sido fijados por el TUPA, establecindose como pago el monto de S/. 30.00 (Treintacon 00/100 Nuevos Soles), para todos aquellos contrayentes participantes del presente evento.

    ARTCULO TERCERO: AUTORIZAR la dispensa de la publicacin del Edicto Matrimonial.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c. AlcaldaGerencia MunicipalSGALSG. y RR.PP. (02)SGSCS RC (02) EXP.OCI

    A. Sistemas

    *LA PRESENTE ORDENANZA SE ENCUENTRA PUBLICADA EN LA PGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE:www.munialtoselvaalegre.gob.pe

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 384 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 09 de Octubre del 2015

    POR CUANTO

    El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 07 de octubre del 2015, y;

    VISTOS:El Informe N 687 y 642-2015-SGAT/MDASA del Departamento de Comercializacin y Defensa del Consumidor. ElInforme N 1171-2015-DDE-SGSCS/MDASA de la Divisin de Desarrollo Econmico. El Informe N 434-2015-SGSCS/MDASA de la Sub Gerencia de Servicio Comunal y Social. El Informe N 201-2015-SGAL/MDASA. El DictamenLegal N 58-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, el art. 194 de la Constitucin Poltica del Per, modificada por la ley de reforma constitucional N28607, estableceque las municipalidades provinciales y distritales son rganos de gobierno local con autonoma poltica, econmica yadministrativa en los asuntos de su competencia.Que, asimismo, el Art. II del Ttulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, seala que talautonoma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al

    ordenamiento jurdico.

    Que, con Informe N 642-2015-DCDC-DDE-SGSCS/MDASA de fecha 07 de Setiembre del 2015, el Jefe (e) Dpto.Comercializacin y Defensa del Consumidor, remite propuesta de modificatoria de la Ordenanza Municipal N 275-MDASA, a fin de poder sancionar mejor a los establecimientos que incurren en faltas, para que sea revisado yaprobado en Sesin de Consejo.Que, con Informe N 201-2015-SGAL/MDASA de fecha 09 de Setiembre del 2015, el Sub Gerente de Asesora Legal,realiza observaciones a la modificacin de Ordenanza denominada Rgimen de Aplicacin de Sanciones y Cuadro deInfracciones de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre.Que, con Informe N 687-2015-DCDC-DDE-SGSCS/MDASA de fecha 22 de Setiembre del 2015, el Jefe (e) Dpto.Comercializacin y Defensa del Consumidor, remite propuesta de modificatoria de la Ordenanza Municipal N 275-MDASA, con el levantamiento de las observaciones realizadas por la Sub Gerencia de Asesora Legal. Proponiendo lamodificacin al cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, en el rubro de Licencias de Funcionamiento con loscdigos 4.001 y 4.002 agregndose la Clausura inmediata transitoria, con una vigencia de 15 das.

    Que, con Informe N 434-2015-SGSCS/MDASA de fecha 22 de Setiembre del 2015, el Sub Gerente de ServicioComunal y Social, hace llegar la propuesta de modificacin de la Ordenanza Municipal N 275-MDASA.Que, en el Art 40 de la Ley Orgnica de Municipalidades, seala en el segundo prrafo que mediante Ordenanza secrea, modifica, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasa y licencias, derechos y contribuciones dentro de los lmitesestablecidos en ley.Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 9, Inc. 8 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades, sealaque es de atribucin del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejarlas sin efectos losacuerdos.Que, asimismo el artculo 46 de la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, las normas municipales son de carcterobligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judicialessobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, siendo que mediante ordenanza se determina elrgimen de sanciones administrativas por la infraccin a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas enfuncin de la gravedad de la falta, as como la imposicin de sanciones no pecuniarias; siendo que las sanciones queaplique la autoridad municipal podrn ser las de multa, suspensin de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso,retenciones de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacin de obras, demolicin,internamiento de vehculos, inmovilizacin de productos y otras;Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 07 de octubre del2015, en uso de las facultades conforme al Dictamen Legal 58-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de AsesoraLegal;

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: MODIFICAR en la Ordenanza Municipal N 275-MDASA que aprueba el Rgimen deAplicacin de Sanciones y Cuadro de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, la sancin a lainobservancia de la regulacin establecida, reemplazando en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, lossiguientes trminos:

    2.005 Por incumplir los horarios de apertura o inicio y cierre o finalizacin o intermedio los establecimientos destinadosa Botilleras, Depsito de Cerveza, Tienda de Abarrotes, Talleres de Mecnica, Cabinas de Internet y otros similares

    Multa por el 20% de la UIT y CLAUSURA INMEDIATA transitoria por 15 das

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 384 MDASA (PG. 02)

    4.001 Por Carecer de Licencia de FuncionamientoMulta por el 20% de la UIT y CLAUSURA INMEDIATA transitoria por 15 das

    4.002 Por Ampliar o variar el giro autorizado en la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento (Por la venta debebidas alcohlicas dentro del establecimiento, para la va pblica y otros similares).

    Multa por el 20% de la UIT y la CLAUSURA INMEDIATA transitoria por 15 das

    6.001 Por instalar elementos de publicidad sin autorizacin (simples, luminosos, con letras Recortadas, toldo,marquesina etc. Para la va pblica y dentro del predio).

    Multa por el 50% de la UIT Desmontaje y decomiso

    15.002 Por no contar con el certificado y/o constancia de Defensa Civil vigenteMulta por el 20% de la UIT y la CLAUSURA INMEDIATA transitoria por 15 das

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c AlcaldaGerencia MunicipalSGALSG y RR.PP.SGSCS DCDC (02) EXP.

    OCI

    *LA PRESENTE ORDENANZA Y TABLA DE INFRACCIONES, SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN LA PGINA WEB DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE: www.munialtoselvaalegre.gob.pe

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    ORDENANZA MUNICIPAL N 383 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 23 de Septiembre del 2015

    POR CUANTO

    El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 23 de septiembre del 2015, y;

    VISTOS:El Informe N 149-2015-SGAT/MDASA de la Sub Gerencia de Administracin Tributaria. El Dictamen Legal N 53-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per en concordancia con el artculo II ydel Ttulo Preliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972 , los gobiernos locales tienen autonomapoltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecin al ordenamiento jurdico,correspondindole al Concejo Municipal la funcin normativa que se ejerce a travs de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo alartculo 200 numeral 4 de la Carta Magna.Que, el Art. 40 de la Ley 27972, Ley Orgnica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4 del Art. 200 de la

    Constitucin Poltica del Estado. Establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de carcter general demayor jerarqua en la estructura normativa municipal,Que, conforme a lo establecido en la norma III y IV del Ttulo Preliminar del Decreto Supremo 135-99-EF- Texto nicoOrdenando del Cdigo Tributario modificado por el Decreto Supremo N 953, los gobiernos locales medianteOrdenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos,dentro de su jurisdiccin, con los lmites que seala la ley.Que, asimismo, el ltimo prrafo del Art. 41 del TUO del Cdigo Tributario aprobado por Decreto Supremo N 135-99EFy modificado por el Art. 9 del Decreto Legislativo N 981, respecto de la condonacin, seala excepcionalmente losgobiernos locales podrn condonar, con carcter general, el inters moratorio y las sanciones, respecto de los tributosque administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonacin tambin podr alcanzar al tributo.Que, el Art. 60 del Decreto Supremo N 156-2004-EF, Texto nico Ordenado de la Ley de Tributacin Municipalestablece que las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentrode los lmites que fija la Ley, disponiendo en el inciso a) la creacin y modificacin de tasas y contribuciones seaprueban por Ordenanza, e inciso b) para la supresin de tasas y contribuciones, las municipalidades no tienen ningn

    lmite legal.Que, la Ordenanza Municipal N 373-MDASA de fecha 15 de abril del 2015, donde establece los Beneficios Tributarios eIncentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes del Distrito de Alto Selva Alegre, por un lapso de 06 meses desde el01 de abril al 30 de setiembre del 2015.Que, con Informe N 149-2015-SGAT/MDASA la Sub Gerencia de Administracin Tributaria propone la ampliacin dela vigencia de la Ordenanza Municipal N 373-MDASA, que establece Beneficios Tributarios e Incentivos Tributarios afavor de los Contribuyentes del Distrito de Alto Selva Alegre, por el lapso de 03 meses del 01 de octubre al 31 dediciembre del 2015.Que, estando a lo aprobado por MAYORIA en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 23 de septiembre del2015, en uso de las facultades conforme al Informe N 149-2015-SGAT/MDASA, Proyecto de Ordenanza y al DictamenLegal 53-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO NICO: APROBAR la ampliacin de la vigencia de la Ordenanza Municipal N 373-MDASA, que

    establece los Beneficios Tributarios e Incentivos Tributarios a favor de los Contribuyentes del Distrito de Alto SelvaAlegre, por el periodo de 03 meses: del 01 de octubre del 2015 al 31 de diciembre del 2015.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    c.c. AlcaldaGerencia Municipal

    SGALSG y RR.PP.SGAT EXP. (02)

    Agencia Municipal -OCIA. Sistemas

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 382 - MDASA

    Alto Selva Alegre, 08 de julio del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 08 de julio del 2015.

    VISTOS:El Informe N 218-2015-DDS-SGSCS/MDASA de la Divisin de Desarrollo Social. El Informe N 346-2015-SGSCS/MDASA de la Sub Gerencia de Servicio Comunal y Social. El Dictamen Legal N 49-2015-SGAL/MDASA de laSub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, poltica yadministrativa y poltica, tal y como se establece en el artculo 194 de la Constitucin Poltica, tal y como seestablece en el artculo 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con el art. II del TtuloPreliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades, en el que se determina la facultad de las mismas paraejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico,Que, el Artculo IV del Ttulo Preliminar de la Ley 27972 Ley Orgnica de Municipalidades establece que los gobiernoslocales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollointegral, sostenible y armnico de su circunscripcin; y el Artculo VI dispone que los gobiernos locales promueven eldesarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones;Que, el artculo 7 de la Carta Magna antes invocada, seala que todos tienen derecho a la proteccin de la salud, delmedio familiar y de la comunidad, as como el deber de contribuir a su promocin y defensa.Que, la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, en el artculo 84, numeral 2,4, prescribe que dentro de lasfunciones especficas exclusivas de las municipalidades distritales se encuentra organizar, administrar y ejecutar losprogramas locales de asistencia, proteccin y apoyo a la poblacin en riesgo, de nios, adolescentes, mujeres, adultosmayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacin en situacin de discriminacin;Que, el artculo 19 de la Ley 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores, establece que el Estado promueveprogramas de intercambio generacional que permitan a los nios, jvenes y adultos adquirir conocimientos, habilidadesy conciencia para hacer frente a las necesidades que devienen de la senectud.Que, la Intervencin Saberes Productivos del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 propone un trabajo

    conjunto y de articulacin con los gobiernos locales para la etapa de implementacin, fortaleciendo as las capacidadesde las autoridades y brindando la asistencia tcnica permanente a cargo de especialistas de Pensin 65.Que, del mismo modo el numeral 8) del artculo 9 de la Ley Orgnica de Municipalidades, ley 27972, establece que sonatribuciones del concejo municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas.Que, mediante Informe N 218-2015-DDS-SGSCS/MDASA, el Jefe de la Divisin de Desarrollo Social, propone elProyecto de Ordenanza Municipal para la Implementacin de Saberes Productivos en el Distrito de Alto Selva Alegre ymediante el Informe N 346-2015-SGSCS/MDASA, la Sub Gerencia de Servicio Comunal y Social solicita la aprobacinde dicha ordenanza.Que, estando a lo aprobado porUNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 08 de julio del 2015,en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972 y de conformidad al Dictamen LegalN 49-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal, el Concejo Municipal aprob la siguiente;

    ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA IMPLEMENTACIN DE LA INTERVENCIN SABERES

    PRODUCTIVOS EN EL DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE PROVINCIA AREQUIPA REGINAREQUIPA

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: OBJETO DE LA NORMA. Implementar la Intervencin Saberes Productivos en la MunicipalidadDistrital de Alto Selva Alegre, con el objetivo de revalorizar la imagen social de esta poblacin a partir delreconocimiento de su rol como portadores y transmisores de conocimientos y prcticas ancestrales los cuales una vezidentificados, registrados y difundidos, se convierten en activos de su comunidad para la generacin de procesos dedesarrollo local y asegurar tanto la trasmisin de la herencia cultural como su apropiacin productiva por parte de lacomunidad.ARTCULO SEGUNDO.- FINALIDADES. Las que se encuentran establecidas en el Artculo 19 de la Ley 28803, Ley dePersonas Adultas Mayores; en el Artculo IV y Artculo VI del Ttulo Preliminar de la Ley 27972 Ley Orgnica deMunicipalidades.ARTCULO TERCERO.- COMPROMISOS. Para la implementacin de Saberes Productivos la Municipalidad Distrital de

    Alto Selva Alegre y el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 asumen los siguientes compromisos:

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 382 MDASA (PG. 02)

    3.1 La Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre se compromete a:(i) Encargar la ejecucin de Saberes Productivos a la Divisin de Desarrollo Social, (ii) Designar equipo a cargo de laejecucin de Saberes Productivos, integrado por personal de la Municipalidad (iii) Asignar espacio fsico para eldesarrollo de actividades con adultos mayores en el marco de Saberes Productivos, (iv) Asignar presupuesto paraactividades de Saberes Productivos, (v) Crear o fortalecer espacios de participacin para adultos mayores en lalocalidad donde se realicen las actividades de Saberes Productivos,(vi) articular con actores locales estratgicos para laejecucin de Saberes Productivos.

    3.2 El Programa Nacional de Asistencia Solidaria PENSION 65, a travs de la Unidad de Proyectos e Intervenciones y laUnidad Territorial de la Regin Arequipa, brindar a la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, asesora y asistenciatcnica en el diseo de la intervencin, en la articulacin con actores estratgicos regionales y locales, y realizar elmonitoreo de la intervencin Saberes Productivos en la localidad.

    3.3 Las partes establecern mecanismos conjuntos de cooperacin y de apoyo para el desarrollo de la intervencin.ARTCULO CUARTO.- UNIDAD RESPONSABLE. Sera responsable de conducir, orientar, supervisar, y monitorear laIntervencin Saberes Productivos, La Sub Gerencia de Servicio Comunal y Social y la Divisin de Desarrollo Social,como rgano de lnea dentro de la estructura orgnica funcional de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, y deacuerdo a su finalidad y funciones establecidas al momento de su creacin, la cual deber contar con un equipo mnimointerdisciplinario a quienes el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 capacitar en la atencin al adultomayor.

    ARTICULO QUINTO.- Se encarga a la Divisin de Desarrollo Social, la realizacin de las acciones administrativas parael cumplimiento de la presente ordenanza.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D Ec.c.: Alcalda

    Gerencia MunicipalSGALSG y RR.PP.SGSCS Div.Desarrollo Social (02) Exp.

    A. SistemasOCI

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 381- MDASA

    Alto Selva Alegre, 24 de junio del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 24 de junio del 2015.

    VISTOS:La Ordenanza Municipal N 373-MDASA. El Informe N 094-2015/SGAT/MDSA de la Sub Gerencia de AdministracinTributaria. El Dictamen Legal N 46-2015/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, poltica yadministrativa y poltica, tal y como se establece en el artculo 194 de la Constitucin Poltica, tal y como seestablece en el artculo 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con el art. II del TtuloPreliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades, en el que se determina la facultad de las mismas paraejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico,correspondindole al Concejo Municipal la funcin normativa que ejerce a travs de Ordenanzas, las cuales tienerango de ley de acuerdo al artculo 200 numeral 4 de la Carta Magna.Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 4) del art. 195 y por el art. 74 de la Constitucin Poltica del Per en

    concordancia con la norma IV del Ttulo Preliminar del Texto nico Ordenado -TUO del Cdigo Tributario y con elartculo 9 numeral 9 de la Ley N 27972 , los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar ysuprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, as como exonera de ello, dentro de sujurisdiccin y con los lmites que seala la Ley, at travs del Concejo Municipal.Que, el artculo 52 del Texto nico Ordenado del Cdigo Tributario aprobado por Decreto Supremo N 135-99-EF,modificado por el Decreto legislativo 981, establece que es competencia de los gobiernos locales, administrarexclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas ltimas, derechos, licencias o arbitrios y porexcepcin los impuestos que la Ley les asigne. Asimismo, el artculo 41 de la misma norma seala queexcepcionalmente los gobiernos locales podrn condonar, con carcter general, el inters moratorio y las sanciones,respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas dicha condonacintambin podr alcanzar al tributo.Que, mediante Informe N 094-2015-SGAT/MDASA, la Sub Gerencia de Administracin Tributaria solicita la aprobacinde la Exoneracin del rubro Parques y Jardines por concepto de Arbitrios Municipales por negocio para los aos 2008al 2015 y gozar del beneficio contemplado en el artculo 7; inc. 2 . De la Ordenanza Municipal N 373-MDASA., que

    otorga beneficios tributarios a las deudas tributarias pendientes, incluido los Arbitrios Municipales por casa-habitacin ycomerciales, a todos aquellos contribuyentes que mantienen deuda pendiente de los aos 2002 al 2015 con un 30% dedescuento y del 50% a los que se encuentran al da en el pago del Impuesto Predial del 2015.Que, de conformidad a las facultades de los gobiernos locales en materia de tributos municipales y en merito a lasmetas de recaudacin establecidas por el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestin y Modernizacin Municipal parael presente ao, la Sub Gerencia de Administracin Tributaria ha propuesto el otorgamiento de beneficios e incentivostributarios para los contribuyentes de la Municipalidad de Alto Selva Alegre que cumplan con la entidad y generarmayores recursos econmicos a favor de la Entidad.Que, del mismo modo el numeral 8) del artculo 9 de la Ley Orgnica de Municipalidades, ley 27972, establece que sonatribuciones del concejo municipal, aprobar, modificar o derogar las OrdenanzasQue, estando a lo aprobado porUNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 24 de junio del 2015,en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972 y de conformidad al Dictamen LegalN 46-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba la exoneracin del rubro Parques yJardines, por concepto de Arbitrios Municipales por Negocio para los aos 2008 al 2015, para todos loscontribuyentes del Distrito. Y gozar del beneficio contemplado en el artculo Sptimo; inciso 2 de la OrdenanzaMunicipal 373-MDASA, dicho beneficio ser desde el 01 de Junio al 30 de Septiembre del 2015.

    REGSTRESE, PUBLQUESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D Ec.c.: Alcalda

    Gerencia MunicipalSGALSG y RR.PP. SGAT-MPA (02) Exp. - A. Sistemas OCI

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 380- MDASA

    Alto Selva Alegre, 24 de junio del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 24 de junio del 2015.

    VISTOS:El Informe N 118-2015-DSEMA/DSSCC/SGSCS/MDSA del Departamento Salud, Ecologa y Medio Ambiente. ElInforme N 556-2015-DSSCC/SGSCS/MDASA de la Divisin de Servicios Comunales. El Informe N 277- 2015-SGSCS/MDA/MDASA de la Sub Gerencia de Servicio Comunal y Social. El Dictamen Legal N 41-2015/MDASA de laSub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son rganos de gobierno local que gozan de autonoma econmica, poltica yadministrativa y poltica, tal y como se establece en el artculo 194 de la Constitucin Poltica, tal y como seestablece en el artculo 194 de la Constitucin Poltica del Estado, en concordancia con el art. II del TtuloPreliminar de la Ley 27972 Orgnica de Municipalidades, en el que se determina la facultad de las mismas paraejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico.Que, por Ley 27596 que regula el rgimen jurdico de canes y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo

    N 006-2002-SA se ha determinado el orden y competencia municipal, resultando necesario emitir la disposicinmunicipal para su adecuado cumplimiento.Que, de igual forma y en este aspecto se ha emitido la Resolucin Ministerial N-1776-2002-SA-DM del 14 denoviembre del ao 2002, que establece una relacin de razas de canes potencialmente peligrosos y laResolucin Ministerial N 884-2003-SA-DM del 24 de julio del ao 2003 que modifica el reglamento de la Ley delRgimen Jurdico de Canes.Que, a travs de Ordenanza Municipal N 118-MDASA se aprueba el Reglamento que norma el Rgimen Jurdicode Canes Peligrosos y su registro, y con Ordenanza Municipal N 346MDASA se realiz la modificacin de laanterior ordenanza dejndola sin efecto.Que, el Art. 80 numeral 4.2 de la Ley 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, establece como funcin de lasmunicipalidades, el cuidado y control de la sanidad ambiental. Asimismo, por Ley 27596, se regula el rgimenjurdico de canes y su reglamento aprobado por D.S. 006-2002 y la Resolucin Ministerial N 841-2003-SA-DM.Que, conforme a lo establecido en el artculo 124 de la Ley N 26842 General de Salud, los rganos desconcentradoso descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su mbito, medidas de prevencin y control de carcter

    general o particular en las materias de su competencia.Que, con Informe N 277-2015-SGSCS/MDASA, la Sub Gerencia de Servicio Comunal y Social, solicita lamodificatoria de la Ordenanza Municipal N 346-MDASA de acuerdo al Informe N 118 y 131-2015-DSEMA/DSSCC/SGSCS/MDAS del Jefe Dpto. Salud Ecologa y Medio Ambiente, referente a la propuesta de lamodificatoria de la Ordenanza sobre el Rgimen de tenencia responsable y Registro de canes.Que, estando a lo aprobado porUNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 24 de junio del 2015,en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972 y de conformidad al Dictamen LegalN 41-2015-SGAL/MDASA de la Sub Gerencia de Asesora Legal;

    SE ORDENA:ARTCULO PRIMERO: APROBAR la Ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal N 346-MDASA, que normaEL REGIMEN JURDICO DE CANES PELIGROSOS Y SU REGISTRO, por la denominacin deREGULARIZACIN DEL RGIMEN DE TENENCIA RESPONSABLE Y REGISTRO DE CANES EN ELDISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE. El mismo que consta de ocho (08) ttulos, veintisis (26) artculos ycinco

    (05) disposiciones transitorias complementarias.REGSTRESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

    CP. SVETLANA HERRERA CAMINO ABOG. OMAR CANDIA AGUILARSECRETARIA GENERAL (e) A L C A L D E

    c.c.: AlcaldaGerencia MunicipalSGALSG y RR.PP.SGSCS DSEMA (02) Exp.

    A. Sistemas - OCI

    LA PRESENTE ORDENANZA Y SU CONTENIDO SE ENCUENTRA PUBLICADA EN LA PGINA WEB DE LA MUNICIPAL IDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA AL EGRE:www.munialtoselvaalegre.gob.pe

  • 7/25/2019 Ordenanza Municipal 397-MDASA CAP ASA

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 379- MDASA

    Alto Selva Alegre, 10 de junio del 2015

    POR CUANTO:El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesin Ordinaria de Concejo de fecha 10 de junio del 2015.

    VISTOS:El Informe N 298-2015-SGSCS/MDA/MDASA. El Informe N 452-2015-SGPPCT/MDASA de la SubGerencia de Planificacin y Presupuesto y Cooperacin Tcnica. El Dictamen Legal N 42-2015/MDASA dela Sub Gerencia de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:Que, la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley 27972, establece en el Art. II del Ttulo Preliminar, que losgobiernos locales gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de sucompetencia. La autonoma que la Constitucin Poltica del Per establece para las municipalidades radicaen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin alordenamiento jurdico.

    Que, con Informe N 321-2015-DLP-DSSCC-SGSCS/MDASA, el Jefe de Limpieza Pblica presenta el Plande Manejo de Residuos Slidos del Distrito de Alto Selva Alegre, que es un procedimiento para elcumplimiento de metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestin y Modernizacin Municipal del ao2015.

    Que, con Informe N 452-2015-SGPPCT/MDASA de la Sub Gerencia de Planificacin, Presupuesto yCooperacin Tcnica, informa que el Plan materia del presente informe, se encuentra dentro de lostrminos establecidos por el Ministerio del Ambiente y teniendo en cuenta los recursos planteados en dichodocumento, atencin de demanda de dicho Plan de gastos ser atendido a travs de la Implementacin deplanes de trabajos individuales, por lo que requiere su aprobacin en el Pleno de Sesin de ConcejoMunicipal.

    Que, el prrafo 3.1 del numeral 3 del artculo 80 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades,dispone como funcin especfica exclusiva de las Municipalidades Distritales en materia de Saneamiento,Salubridad y Salud, la de proveer el Servicio de Limpieza Pblica y aprovechamiento Industrial de losdesperdicios;

    Que, la Ley N 27314 General de Residuos Slidos, asigna, en su artculo 10, el rol de la MunicipalidadesDistritales y las Provinciales, la responsabilidad por la prestacin de los servicios de recoleccin ytransporte de los Residuos Slidos Municipales y de la limpieza de vas, espacios y monumentos pblicosde su jurisdiccin.La Ley N 27314 prescribe, en su artculo 3 que la gestin de los residuos slidos en el pas tiene comofinalidad el manejo integral y sostenible mediante la articulacin, integracin y compatibilizacin de laspolticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestin y manejo de losresiduos slidos, aplicando los lineamientos de poltica establecidas en esa norma, estableciendo en el

    numeral 9 del artculo 4, que entre estos lineamientos se encuentra el de promover la iniciativa yparticipacin activa de la poblacin, la sociedad civil organizada y el sector privado en el manejo de losresiduos slidos;

    Que, el artculo 7 de la Ley N 29419 que regula la actividad de los recicladores, seala que los gobiernoslocales implementan programas de incentivos a la segregacin en la fuente, los cuales pueden incluircompensacin a los contribuyentes a travs de la reduccin del pago de tarifas o la entrega de bienes oservicios a menos costo o de forma gratuita, como parte de programas de certificacin ambiental deempresas o instituciones en general.

    Que, mediante Decreto del Consejo Directivo N 004-2005-CONAM/CD, el Concejo Nacional del Ambiente CONAM, aprob el Plan Nacional de Gestin Integral de Residuos Slidos; mediante Decreto SupremoN 012-2009-MINAM, se aprob la Poltica Nacional del Ambiente en cuyo eje de poltica 2, se

    establecieron los Lineamientos de poltica para la gestin de los residuos slidos a nivel nacional.

    La Constitucin Poltica del Per, en el numeral 22 del artculo 2, no slo garantiza que el hombre sedesarrolle en un ambiente equilibrado, si no tambin enfatiza que ese ambiente debe ser adecuado parael desarrollo de la vida humana, lo que se traduce en la obligacin del Estado, pero tambin de los propios

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    Municipalidad Distritalde Alto Selva Alegre

    ORDENANZA MUNICIPAL N 379- MDASA (PG. 02)

    Particulares, de mantener las condiciones naturales del ambiente, a fin que la vida humana exista encondiciones ambientalmente dignas (STC Exp. N 00004-2010-PI/TC).Que, el Art. 9 numerales 8) Y 9) de la Ley 27972- Ley Orgnica de Municipalidades, el presente debe

    remitirse al Pleno del Concejo Municipal a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.

    Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesin Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 10 dejunio del 2015, en uso de las facultades que confiere la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972 y deconformi