Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la...

683

Transcript of Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la...

Page 1: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades
Page 2: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Ombudsman y acceso a la justicia de los pueblos indígenas: estudios

de caso en Bolivia, Colombia,Guatemala y Nicaragua

Eugenio Mullucundo CadenaMaría Camila Moreno Munera

Otto Vásquez PeraltaRigoberto Mairena Ruiz

Page 3: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

© 2006 Instituto Interamericano de Derechos HumanosReservados todos los derechos

Las ideas expuestas en los trabajos publicados en este libro son de exclusiva respon-sabilidad de los autores y no corresponden necesariamente con las del IIDH o la desus donantes.

Se permite la reproducción total o parcial de los materiales aquí publicados, siemprey cuando no sean alterados, se asignan los créditos correspondientes y se haga llegaruna copia de la publicación o reproducción al editor.

Equipo productor de la publicación:

Amílcar Castañeda C.Coordinador Proyecto Acceso a la Justicia de los Pueblos indígenas, IIDH.

Lorena González VolioOficial del Programa Ombudsman y Derechos Humanos, IIDH.

Eugenio Mullucundo Cadena, María Camila Moreno Munera, Otto Vásquez Peralta y Rigoberto Mairena RuizAutores

Víctor Rodríguez ResciaRevisión cualitativa

Imagen de Portada:Varas de mando que usan las autoridades, policías y curanderos kunas. The Art ofBeing Kuna: layers of meaning among the kuna of Panama. Mari Lyn Salvador.Editor. UCLA Fowler Museum of Cultural History. Los Angeles. 1997 page 141.

Instituto Interamericano de Derechos HumanosApartado Postal 10.081-1000 San José, Costa Rica

Tel: (506) 234-0404 Fax: (506) 234-0955e-mail: uinformació[email protected]

www.iidh.ed.cr

Jacinta EscudosRevisión de Estilo

Magdalena Hidalgo S.Diagramación y Artes Finales

ImpresiónMundo Gráfico S.A.

Unidad de Información y servicio del IIDHAsesoría Editorial

323.7 I59a Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Ombudsman y acceso a la justicia de los pueblos indígenas: estudio de casos en Bolivia, Colombia Guatemala y Nicaragua / Instituto Interamericano de Derechos Humanos. -- San José, C.R.: IIDH, 2006 690 p. 22X14 cm.ISBN 9968-917-50-81. OMBUDSMAN 2. PUEBLOS INDÍGENAS 3. ACCESO A LAJ U S T I C I A 4. BOLIVIA 5. COLOMBIA 6. GUAT E M A L A7. NICARAGUA

Page 4: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Índice

Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7Roberto Cuéllar M.

Bolivia: Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia . .15Eugenio Mullucundo Cadena

Colombia: Estudio sobre la atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .169María Camila Moreno Munera

Guatemala: Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala . . . . . . . . . . . . .295Otto Vásquez Peralta

Nicaragua: Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de Nicaragua . . . . . . .453Rigoberto Mairena Ruiz

5

Page 5: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Presentación

El acceso de los pueblos indígenas a la justicia es todavíaun asunto pendiente de resolver. Este sector acumula, ademásde las dificultades generales de acceso, las que se derivan desu marginalidad económica, política y social, las provenientesde la falta de adecuación de los sistemas legales y jurisdic-cionales a sus características lingüísticas y culturales y a lasdinámicas sociales específicas y diversas, y la tensión noresuelta entre formas propias de atención y resolución de con-flictos y generalidad del régimen jurídico nacional.

Desde el punto de vista de la doctrina de los derechoshumanos, el acceso a la justicia puede ser considerado en símismo como un derecho, garantizado en el ordenamientointernacional y en el orden interno y constituido por un con-junto de otros derechos: debido proceso, defensa oportuna,gratuidad.

Los progresos en el campo de la impartición de justiciaresultan insuficientes para garantizar los derechos de los pue-blos indígenas y el acceso al servicio por parte de éstos. Aúnhay mucho que avanzar acerca de la calidad de las solucionesy de la celeridad con que los asuntos pueden ser resueltos asílos costos económicos que éstos pueden implicar. El abanicode derechos que reclaman los pueblos indígenas es muy am-plio e incluye el reconocimiento de un orden jurídico y judi-cial propio.

7

Page 6: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El establecimiento de la figura del Ombudsman (Defensordel Pueblo, Defensor de los Habitantes, Procuraduría oComisión de Derechos Humanos) en diferentes países de laregión, ha generado un nuevo y vigoroso actor en el marco delos sistemas de justicia estatales y en la justicialidad de losderechos humanos. Estas instituciones han resultado clave enla defensa y promoción de los derechos humanos, así como enla vigilancia de la labor de los gobiernos y la rendición decuentas por parte de éstos. Además han contribuido a fortale-cer los mecanismos de representación y comunicación entre lasociedad civil y los gobernantes, habiendo ganado en casitodos los países una alta cuota de legitimidad en estamediación y un buen nivel de incidencia en el diseño de políti-cas públicas.

Como se demuestra en la presente publicación, la mayoríade las oficinas de Ombudsman tienen atribuciones que puedenfacilitar y contribuir a mejorar el acceso a la justicia de las per-sonas y los pueblos indígenas. Tienen facultades para realizardiagnósticos, investigaciones y recomendaciones sobre com-portamientos administrativos que pudieran ser discrimina-tivos, para aceptar y en algunos casos asumir la representaciónde colectividades que no cuenten con personería legal, atendersituaciones que comprometan derechos, proponer la adopciónde legislaciones, supervisar el cumplimiento de conveniosinternacionales. En países con presencia de población indíge-na se puede apreciar un incremento permanente de la recep-ción de quejas provenientes de personas y comunidades quetienen que ver con derechos de su condición étnica o proble-mas de denegación de justicia.

El desarrollo y consolidación de las instituciones deOmbudsman es un tema prioritario para el IIDH, que tiene unpapel decisivo en los procesos de democratización de los país-es latinoamericanos y se convierte en uno de los más impor-tantes defensores de los derechos humanos a nivel local.

8

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 7: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La construcción de la gobernabilidad democrática, espe-cialmente en países con poblaciones indígenas importantes, noserá posible sin su inclusión y participación activa. Para elIIDH, la condición de estos pueblos es un hecho permanente yestable y su reconocimiento es un punto de partida fundamen-tal para el respeto y promoción de sus derechos. En ese senti-do, ha apoyado desde hace varios años procesos locales yregionales para potenciar la actuación de las oficinas deOmbudsman con diversos actores sociales, en particular lapromoción de los derechos de los pueblos indígenas.

Cabe destacar el trabajo articulado de la Red de Atencióna Pueblos Indígenas surgida en el seno del ConsejoCentroamericano de Procuradores de Derechos Humanos(CCPDH). Otro elemento que ha vigorizado los procesos desensibilización y capacitación sobre el tema es el impulso porel IIDH de la Campaña Educativa en Derechos Indígenas.

El proyecto “Acceso a la Justicia de las personas y pue-blos indígenas” –del cual esta publicación es el primer produc-to– y que abarca diez países de América Latina, se enmarca enla amplia preocupación tanto del IIDH como de las Oficinas deOmbudsman por el acceso a la justicia como una condiciónpara el disfrute y la protección de los derechos humanos de lospueblos y personas indígenas. El objetivo es contribuir almejoramiento del acceso a la justicia mediante el fortalec-imiento de los servicios que pueden ofrecer para este propósi-to las oficinas del Ombudsman.

El proyecto incluyó cuatro estudios de caso sobre las expe-riencias de atención a los derechos de los pueblos indígenaspor las oficinas de O m b u d s m a n en Bolivia, Colombia,Guatemala y Nicaragua, cuyos resultados se presentan en estelibro. También se realizó un estudio documental comparadosobre el marco normativo e institucional del Ombudsman en

9

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas

Page 8: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

diez países (además de los primeros, Ecuador, Perú, Paraguay,México, Panamá y Costa Rica), para tener un perfil regional deatención de los derechos de los pueblos indígenas por estasinstituciones.

Los estudios apuntan a la identificación de buenas prácti-cas, formulación –concertada con los interesados– de estrate-gias institucionales de atención a los pueblos indígenas porparte de las oficinas de Ombudsman, estrategias de capa-citación a funcionarios de las defensorías y dirigentes de orga-nizaciones indígenas para un mejor aprovechamiento de losrecursos de la institución del Ombudsman, tanto en la protec-ción de los derechos colectivos, como en el diseño de políticaspúblicas tendientes a mejorar el acceso a la justicia de lospueblos y comunidades indígenas, y finalmente generar pro-puestas de medidas de acción que solventen los problemas deacceso a la justicia de las personas y los pueblos indígenas encada uno de los países concernidos.

La publicación que a continuación presentamos“Ombudsman y acceso a la justicia de los pueblos indígenas:estudios de caso en Bolivia, Colombia, Guatemala yNicaragua” permite identificar las tendencias en la relaciónde las oficinas de Ombudsman y los derechos de los pueblosindígenas en estos países, señalamos algunas de ellas:

• Existe una tendencia hacia la incorporación progresiva enlos ordenamientos jurídicos de los derechos civiles, políti-cos, económicos, sociales y culturales, amparada por elderecho internacional. Se reconoce también la multietnici-dad y pluriculturalidad de las sociedades de la región y delos derechos individuales y colectivos de los pueblos indí-genas tales como idiomas, colectividad de la tierra, dere-cho consuetudinario o indígena, autogobierno y recursosnaturales, entre otros.

10

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 9: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• La mayoría de las oficinas de Ombudsman desarrollanacciones de protección y promoción de los derechos de lospueblos indígenas, y se registran peticiones atendidas en latotalidad de sus funciones convencionales. Éstos acuden alOmbudsman, porque consideran que es la única entidadaccesible que siendo estatal, puede controlar el actuar delEstado y hacer justiciable sus derechos. La imple-mentación de instancias especiales para la atención de laspeticiones de los pueblos indígenas, constituye un elemen-to esencial para su tratamiento adecuado.

• Las actuaciones del Ombudsman en los Estados analiza-dos, se enmarcan en el mandato amplio que laConstitución y en las leyes para la protección y la defensade los derechos humanos de los ciudadanos. No encuen-tran fundamentación jurídica específica, salvo en Bolivia,de su accionar con relación a los pueblos indígenas. Estola debilita en relación a las actuaciones en otras materiasque le son expresamente encomendadas.

• Casi todas las funciones del Ombudsman fueron usadaspara la atención de las peticiones de los indígenas: inves-tigación, mediación y conciliación y la educación y pro-moción en derechos humanos. La investigación se da porquejas o denuncias de personas o pueblos indígenas ante laviolación de derechos colectivos o individuales, así comode aquellas asumidas de manera de oficio por la institu-ción. Estudios y análisis profundos dan cuenta de la granlabor que desempeñan en este campo. La mediación se haconvertido en una función recurrente de esta instancia antela conflictividad de los países. La educación, junto a lainvestigación, promoción y difusión, constituye una de lasfunciones más relevantes en esta materia.

• Los Ombudsman disponen de facultades para promoverreformas legales, perfeccionar el ordenamiento jurídico

11

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas

Page 10: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

vigente o sugerir ratificaciones o suscripciones de tratadosinternacionales sobre derechos humanos. Asimismo, lasactuaciones de procuración o el impulso de actuacionesjurisdiccionales y/o administrativas como el interponerrecursos y darles seguimiento e interponer acciones deinconstitucionalidad, son actuaciones efectivas para el res-guardo de los derechos fundamentales de los pueblos indí-genas. No obstante el uso de estas facultades ha sido muylimitado.

• En muchas ocasiones los derechos de los pueblos y per-sonas indígenas son vulnerados por la actuación no sólodel Estado, sino de particulares. Tal es el caso de empresasque impulsan proyectos de inversión en territorios indíge-nas que resultan lesivos para sus derechos sobre la tierra ylos recursos naturales, la consulta previa, entre otros. Lasoficinas de Ombudsman no se encuentran facultadas paraintervenir en estos casos, lo que constituye una grave li-mitante en su actuación en favor de los derechos de lospueblos y personas indígenas que debe ser subsanada.

Son muy valiosas las recomendaciones sugeridas por losestudios de caso para superar la serie de vacíos y limitacionesidentificados en las diversas experiencias nacionales ana-lizadas.

Con la certeza en que esta publicación sirva no sólo comoreferencia útil de estudio y valoración del trabajo que realizanlas oficinas de Ombudsman para hacer más justiciable losderechos de los pueblos indígenas, sino también como unareafirmación de nuestro respaldo en su tarea de velar por losderechos humanos de sus pueblos.

Nuestro sincero y especial agradecimiento al BancoInteramericano de Desarrollo (BID) por su apoyo en todas lasfases del proyecto. También nuestra gratitud a la Agencia

12

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 11: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Sueca de Cooperación Internacional para el Desarrollo(ASDI). Vayan los reconocimientos infinitos a los consultoresque realizaron los estudios: Eugenio Mullucundo Cadena(Bolivia), Camila Moreno Munera (Colombia), Otto VásquezPeralta (Guatemala) y Rigoberto Mairena Ruiz (Nicaragua).También nuestra gratitud a las oficinas de Ombudsman, orga-nizaciones indígenas y expertos por el apoyo decidido.

Finalmente queremos agradecer a Amilcar Castañeda, quetuvo a su cargo la coordinación del proyecto. A los colegas delIIDH: Diego Iturralde, Director de la Unidad de Investi-gaciones Aplicadas; Lorena González Volio, Oficial delPrograma O m b u d s m a n y Derechos Humanos y CristinaZeledón, Oficial del Programa de Pueblos Indígenas yAfrodescendientes, por su permanente acompañamientoacadémico al proyecto y para que esta publicación llegue a sufeliz término.

Roberto Cuéllar M.Director Ejecutivo

IIDH

13

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas

Page 12: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Acceso a la justicia de las personasy los pueblos indígenas

y la Defensoría del Pueblo de BoliviaEugenio Mullucundo Cadena*

Índice

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .19

I. Antecedentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23II. Normativa sobre reconocimiento de Derechos y

Acceso a la Justicia de los pueblos indígenas . . . . . . . . . .27III. El Defensor del Pueblo y los Derechos de los

pueblos indígenas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .44

IV. Relación y análisis de experiencias del Defensordel Pueblo en la promoción y defensa de losDerechos de los pueblos indígenas . . . . . . . . . . . . . . . . .59

V. Experiencias exitosas: Relación de casosy lecciones aprendidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .85

15

* Abogado y politólogo. Boliviano. Experto en asuntos étnicos.

Page 13: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

VI. Visiones de actores de organizaciones indígenasy otros, sobre el trabajo de promoción y defensade los Derechos Humanos de los pueblos indígenasque desarrolla el Defensor del Pueblo . . . . . . . . . . . . . .119

VII. Recomendaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .143

Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .149Anexos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .153

Adéndum . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .157

GLOSARIO

APDHB Asamblea Permanente de Derechos Humanosde Bolivia

APG Asamblea del Pueblo GuaraníALT Autoridad Binacional Autónoma del Lago

TiticacaBID Banco Interamericano de DesarrolloCIRABO Central Indígena Regional de la Amazonía de

BoliviaCPE Constitución Política del EstadoCPP Código de Procedimiento PenalCONAMAQ Consejo Nacional de Ayllus y Markas del

QullasuyuCSUTCB Confederación Sindical Única de Trabajadores

Campesinos de BoliviaCSUCB Confederación Sindical Única de Colonizadores

de BoliviaCPESC Central de Pueblos Étnicos de Santa CruzCIDOB Confederación Indígena del Oriente BolivianoCEJIS Centro de Estudios Jurídicos e Investigación

SocialCONSAQ Consejo Nacional de Suyus Aymaras y Que-

chuas

16

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 14: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

COB Central Obrera BolivianaD.S. Decreto SupremoINRA Instituto Nacional de Reforma AgrariaMAS Movimiento Al SocialismoMIP Movimiento Indígena PachacutiMST Movimiento Sin TierraMARCs Mecanismos Alternativos de Resolución de

ConflictosMAIPO Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos

OriginariosMDs Mesas DefensorialesONU Organización de las Naciones UnidasOEA Organización de Estados AmericanosOIT Organización Internacional del TrabajoOTB Organización Territorial de BaseONG Organización No GubernamentalPSCAJ Programa Sociedad Civil y Acceso a la Justicia POAs Programación de Operaciones AnualR.M. Resolución MinisterialR.S. Resolución SupremaSAQ Sistema de Atención de QuejasSAE Subsecretaría de Asuntos ÉtnicosTCO Tierras Comunitarias de OrigenTGN Tesoro General de la NaciónUMDs Unidades Moviles DefensorialesVAIPO Viceministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos

Originarios

17

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 15: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Introducción

El presente documento ha sido elaborado por encargo delInstituto Interamericano de Derechos Humanos, para realizaruna investigación de campo sobre “Acceso a la Justicia de lasPersonas y los Pueblos Indígenas y el Defensor del Pueblo” enla república de Bolivia. Se elaboró un plan de trabajo queincluye actividades de recopilación de información de fuentesprimarias como opiniones de actores de organizaciones indíge-nas, activistas de Derechos Humanos que trabajan con latemática indígena, servidores públicos del Defensor delPueblo y de otras entidades estatales vinculadas con la temáti-ca indígena. Paralelamente, se realizó la recopilación de infor-mación de fuentes secundarias, de informes defensoriales,informes de investigaciones desarrolladas por la institución,estudios de consultorías sobre derechos indígenas y otros estu-dios académicos sobre el tema.

El estudio fue realizado en coordinación con el respon-sable del Programa Campesinado y Pueblos Indígenas delDefensor del Pueblo de Bolivia, quien facilitó la comunicaciónal interior de la institución y hacia las representaciones depar-tamentales y mesas defensoriales, aspecto que permitió larecopilación de información y opiniones sobre la temáticamotivo del estudio de actores de las diferentes instancias delDefensor del Pueblo.

19

Page 16: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La metodología utilizada para la recolección de informa-ción de actores y personas de pueblos indígenas, ha consistidoen talleres de trabajo grupal en función a un cuestionario ela-borado en base a los ejes temáticos estipulados en los términosde referencia de la consultoría, esta modalidad ha permitidouna mayor reflexión e intercambio de puntos de vista de hom-bres y mujeres participantes en relación con el tema, modali-dad que ha sido replicada en Riberalta, Oruro y La Paz, mien-tras que en Santa Cruz y Sucre se ha trabajado con el mismocuestionario pero con grupos de autoridades indígenas másreducidos y con una modalidad de charla dialogada e inter-cambio de opiniones. Finalmente el trabajo con activistas deDerechos Humanos de ONG’s e instituciones públicas y pri-vadas vinculadas con la temática de los Derechos Humanos delos pueblos indígenas, ha sido desarrollada en función al cues-tionario de entrevistas que fueran entregados con anticipacióny luego, en reuniones concertadas, se procede a la comple-mentación de la información, opiniones y sugerencias sobre eltema. Los formularios fueron entregados por las respectivasinstituciones en varios casos llenados.

Con la información disponible se procede a la sistemati-zación, análisis y estructuración del trabajo en función a losobjetivos, ejes temáticos y productos establecidos en los térmi-nos de referencia para la ejecución del trabajo de investi-gación.

La primera parte del documento contiene una breve reseñay conceptualización de lo que en Bolivia es parte del debate enrelación con lo indígena-campesino-originario, sus avances yretrocesos.

En la segunda parte se hace un análisis y recapitulación delos principales instrumentos internacionales sobre DerechosHumanos ratificados por Bolivia, las obligaciones asumidas

20

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 17: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

por el Estado boliviano en materia de Derechos Humanos delos pueblos indígenas, la normativa interna producida enBolivia relativa al reconocimiento y vigencia de los derechosde los pueblos indígenas, oportunidades y debilidades enrelación con el tema.

La tercera parte del trabajo, está referida a la constitucióndel Defensor del Pueblo, el marco normativo, competencias,alcances y limitaciones del mandato del Defensor del Pueblopara la atención a pueblos indígenas y la estructura institu-cional.

Una cuarta parte está referida a las experiencias de traba-jo del Defensor del Pueblo, en relación con la promoción ydefensa de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas enlos 6 primeros años de trabajo, análisis de reglamentos y ma-nuales de organización y funcionamiento, instrumentos, pro-cedimientos, mecanismos de seguimiento al trabajo de la insti-tución, principales derechos indígenas vulnerados y rutas insti-tucionales de atención a las personas de pueblos indígenas.

En la quinta parte se hace un análisis de casos y expe-riencias específicas sobre la función mediadora, educativa y deinvestigación del Defensor del Pueblo, estrategias, mecanis-mos, acciones y resultados de las experiencias, así como susfortalezas y debilidades en relación con los casos objeto deanálisis.

En esta parte se determinan los siguientes casos específi-cos denominados “experiencias exitosas”: En la función medi-adora se seleccionó la “III Marcha por el Territorio y losRecursos Naturales protagonizada por org a n i z a c i o n e scampesinas e indígenas de tierras bajas; en la función edu-cadora se elige la “experiencia piloto de capacitación a líderesde colegios de secundaria en el altiplano paceño”, y en la fun-ción de investigación se seleccionó el caso “dragado para la

21

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 18: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

regulación de aguas del Lago Titicaca”. Luego de la recopi-lación y análisis de la información de cada caso, se procede ala validación de la información por los diferentes actoresinvolucrados en cada caso.

La sexta parte está referida a las visiones, opiniones y cri-terios de personas, autoridades de organizaciones indígenas yoriginarias, activistas de organizaciones no gubernamentales,instituciones públicas y privadas, vinculados con la temáticade los Derechos Humanos de pueblos indígenas y originarios,opiniones y criterios que giran en relación con las funciones ycompetencias del Defensor del Pueblo, referidas a la promo-ción, defensa y atención a los pueblos indígenas, y la recep-ción de sugerencias y recomendaciones sobre probablesestrategias y políticas para el trabajo por parte del Defensor delPueblo hacia las personas de pueblos indígenas y originarios.

Finalmente se hace referencia a algunas recomendacionesen relación con las funciones y competencias del Defensor delPueblo, referidas a la difusión, promoción y defensa de losDerechos Humanos de personas y pueblos indígenas, en con-sideración a opiniones y visiones de actores de institucionespúblicas y privadas, organizaciones e instituciones de lasociedad civil que trabajan con la temática de los DerechosHumanos de los pueblos indígenas.

22

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 19: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

I. ANTECEDENTES

1.1 Configuración de lo indígena y campesino en BoliviaEn el transcurso de la historia de Bolivia, las personas de

pueblos indígenas y de comunidades campesinas han sido bau-tizadas y denominadas de acuerdo a las circunstancias políti-cas, económicas y sociales de cada época1.

23

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

1 En Bolivia cuando se alude a la población indígena se está haciendo referencia enla actualidad a un sector que en el lenguaje de académicos y de activistas de ori-gen étnico utilizan comúnmente denominaciones como “pueblos indígenas” u“originarios” y “comunidades campesinas”, en sustitución de la noción de“indios”, que fueran usadas en forma peyorativa para referirse a los pueblos indí-genas incluso hasta después de la revolución nacional de 1952.El las últimas dos décadas los pueblos de tierras bajas de Bolivia que comprendenlas regiones del Chaco, Oriente y Amazonía, sin mayores contradicciones se hanautoidentificado como “indígenas” y se articularon orgánicamente en torno a laConfederación Indígena del Oriente boliviano (CIDOB), que fue creada en 1982,y constituyó el primer desmarque de la Confederación Sindical Única deTrabajadores Campesinos de Bolivia fundada en 1979 (CSUTCB), quien hastaentonces era el único organismo matriz representante del campesinado e indígenasde todo Bolivia. Con la emergencia de los pueblos indígenas de tierras bajas y elfortalecimiento de la CIDOB, definitivamente se afianza el quebrantamiento loque da lugar a la coexistencia de un movimiento “indígena” de tierras bajas por unlado, y un movimiento “campesino-originario” por otro lado aglutinado en laCSUTCB, que convergen y divergen dependiendo de los contextos sociales ypolíticos en los que transita el país. En 1997 se funda el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONA-MAQ), órgano que aglutina a los ayllus y markas de los departamentos de La Paz,Oruro, Potosí, Cochabamba y Chuquisaca, acontecimiento que constituyó el se-

Page 20: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La relación del Estado con los pueblos indígenas

La mitad de la sociedad boliviana, es decir, aproximada-mente 4.1 millones de personas son monolingües nativas y bi-lingües nativo-español, pertenecen a 37 diferentes pueblosindígenas y originarios. El costo de ser indio en Bolivia sig-nifica para el área rural –con población mayoritariamente deorigen indígena– que las necesidades básicas son insatisfechasen 94% de los hogares y el que mayores dificultades tienenpara acceder a los mecanismos y sistemas de justicia delEstado2.

El 50% de la población indígena y originaria está asenta-da en comunidades y tierras comunitarias de origen, el 3% enáreas de colonización y el 47% en ciudades intermedias ymayores del país (Políticas Indígenas SAE–VAIPO, 1997).

24

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

gundo desmarque de la CSUTCB, haciéndole una especie de paralelismo a la má-xima organización sindical campesina, por cuanto, le disputa la representación dela población rural en la zona andina e interandina del país. El movimiento organi-zado en torno al CONAMAQ es autoidentificado como “originario” en el sentidode reivindicar raíces precoloniales. La CSUTCB que aglutina en su seno a organizaciones de ayllus y markas del occi-dente del país, y de colonizadores (organización de personas desplazadas del inte-rior del país a tierras bajas), por lo general tiende a rechazar el término “indígena”por sus diferencias con la CIDOB y también a lo “originario” en rechazo alCONAMAQ. Por su parte el CONAMAQ también tiende a rechazar el término“campesino” por autoidentificarse como “originario”, pero no tiene mayor conflic-to con el término “indígena”; mientras que la CIDOB, por su parte se autoidenti-fica con lo “indígena” y no tiene problemas con sus bases, por cuanto todos seautoidentifican con ello.En consecuencia, se puede decir que la población rural de Bolivia está constituidapor “originarios”, “indígenas, “campesinos” y a los cientos de miles de “colo-nizadores” provenientes de las tierras altas de los Andes bolivianos, hoy asentadostanto en las urbes como en las áreas rurales de las tierras bajas, de la amazonía, losllanos y los chacos bolivianos. Esta masa de migrantes “qullas” asentados en tier-ra “camba” como lo denomina en el lenguaje de los regionalismos en Bolivia. Porotro lado es imprescindible considerar y tener en cuenta que la población indígenaen Bolivia, además está asentada en áreas urbanas tanto en tierras bajas como entierras altas, las que constituyen importantes porcentajes de la población indígenaen Bolivia.

2 Política Nacional Indígena y Originaria, del Viceministerio de Asuntos Indígenasy Pueblos Indígenas dependiente del Ministerio de Desarrollo Sostenible y MedioAmbiente, 1999.

Page 21: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La relación del Estado boliviano con los pueblos indíge-nas ha sido históricamente de exclusión y marginalidad porquese les han negado sistemáticamente sus derechos y se los haagredido física y socialmente. En efecto, a partir de lo que fueel pasado colonial del país, se han arrastrado en el período dela República un conjunto de tendencias centradas en larelación de exclusión, discriminación y marginación entre elEstado y los pueblos indígenas.

Esto significó para los pueblos andinos la desarticulaciónde sus organizaciones, autoridades, el desconocimiento porparte del Estado de los sistemas propios de administración dejusticia y resolución de conflictos y la imposición de esquemasy sistemas normativos ajenos a los pueblos, lo que ha ocasio-nado una permanente disputa entre uno y otro sistema, en elcaso boliviano muchos pueblos han perdido totalmente sus sis-temas de administración de justicia, sus organizaciones yautoridades, mientras que otros han podido sobrevivir graciasa la capacidad de estos para implementar mecanismos que leshan permitido, convivir y establecer una forma de complemen-tariedad entre uno otro sistema de manera que no se excluya nise elimine entre ellos.

En los últimos años los pueblos indígenas, han renovadosus planteamientos, organizaciones y prácticas de partici-pación en la vida social del país. Estas acciones han podido sercorrespondidas por importantes esfuerzos realizados por orga-nizaciones y sectores de la sociedad boliviana y por el Estado,quien ha dado en los últimos tiempos muestras de una nuevavoluntad política en favor de los indígenas del país. De estemodo, se inicia un período inédito en la historia boliviana deapertura hacia estos pueblos; aunque todavía incipiente, lo quepermite abrigar razonables esperanzas para una plena partici-pación de esta población en el Estado boliviano, como requi-sito básico para encontrar mejores condiciones de equidad,

25

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 22: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

acceso a la justicia y crecimiento económico, bajo la adopciónde principios de desarrollo humano y sostenible.

La historia de los movimientos indígenas y campesinos enBolivia ha sido una permanente lucha contra la usurpación desus tierras y recursos naturales, la explotación, la inequidad, laexclusión social, la discriminación, el desprecio y el olvidosistemático por parte del Estado. La reivindicación indígena hasido un proceso de largos años que ha tenido avances y retro-cesos. Sin embargo, el reconocimiento de sus derechos es unaconquista que no tiene retorno3.

La emergencia en su expresión político electoral delmovimiento indígena y campesino

La emergencia del movimiento indígena campesino en lasúltimas elecciones presidenciales de junio de 2002, ha tenidoun avance y repunte importante que ha sorprendido a propiosy extraños, es así que de los partidos asistémicos como elMovimiento al Socialismo (MAS) y Movimiento IndígenaPachacuti (MIP), consiguieron un total de 41 representantesparlamentarios de un total de 157, entre indígenas y campesi-nos al margen de otros representantes campesinos e indígenasllevados por otros partidos políticos. A pesar de la poca inci-dencia numérica, juegan un rol importante tanto en las laboresde fiscalización y en el de desarrollo normativo, lo que haposibilitado la reforma a la Constitución Política del Estado en2004, la Ley de Referéndum sobre el Gas, la aprobación deljuicio de responsabilidades al ex presidente Gonzalo Sánchezde Lozada y su gabinete, y ahora el análisis y discusión de lanueva Ley de Hidrocarburos.

26

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3 IV Informe anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso Nacional (algunas áreasdestacadas del trabajo), 2001.

Page 23: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

II. NORMATIVA SOBRE EL RECONOCIMIENTODE DERECHOS Y ACCESO A LA JUSTICIADE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

2.1 Ámbito internacionalBolivia, como otros países, es miembro de la Organi-

zación de las Naciones Unidas (ONU), Organización Interna-cional del Trabajo (OIT), Organización de los EstadosAmericanos (OEA) y de otros organismos del sistema univer-sal y regional. Como tal es signatario de importantes instru-mentos que reconocen derechos humanos en favor de lapoblación en general, y sobre personas pertenecientes a lospueblos indígenas. En este sentido, los diferentes gobiernos enrepresentación del Estado boliviano, han sido parte de la adop-ción de importantes instrumentos relativos a los DerechosHumanos de los pueblos indígenas y el acceso a la justicia, loque configura el Derecho Internacional de los DerechosHumanos, expresado en Declaraciones no Vinculantes, y delos Tratados, Convenciones, Protocolos de carácter vinculantey por consiguiente exigible jurídicamente. En esta línea sehace referencia a algunos instrumentos internacionales ratifi-cados por el Estado boliviano, referidos a los Derechos Huma-nos y acceso a la justicia de los pueblos indígenas.

Sistema de la Organización Internacional del TrabajoConvenio 169 de la Organización Internacional delTrabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en PaísesIndependientes4

• Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesa-dos deberán tomarse debidamente en consideraciónsus costumbres o su derecho consuetudinario.

27

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

4 Ratificado por el Estado boliviano mediante Ley No. 1257 del 11 de julio de 1991.

Page 24: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Dichos pueblos deberán tener el derecho de conser-var sus costumbres e instituciones propias, siempreque éstas no sean incompatibles con los derechosfundamentales definidos por el sistema jurídiconacional ni con los Derechos Humanos internacional-mente reconocidos. Siempre que sea necesario,deberán establecerse procedimientos para solucionarlos conflictos que puedan surgir en la aplicación deeste principio (Art. 8).

• En la medida en que ello sea compatible con el sis-tema jurídico nacional y con los Derechos Humanosinternacionalmente reconocidos, deberán respetarselos métodos a los que los pueblos interesados recur-ren tradicionalmente para la represión de los delitoscometidos por sus miembros.

• Las autoridades y los tribunales llamados a pronuncia-rse sobre cuestiones penales deberán tener en cuen-ta las costumbres de dichos pueblos en la materia(Art. 9).

• Cuando se impongan sanciones penales previstas porla legislación general a miembros de dichos pueblos,deberán tenerse en cuenta sus característicaseconómicas, sociales y culturales. Deberá darse lapreferencia a tipos de sanción distintos del encarce-lamiento (Art. 10).

Sistema universal

• Declaración Universal de los Derechos Humanos• Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos5

28

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

5 Ratificado por Estado boliviano mediante DS. No. 18950, el 17 de mayo de 1982,elevado a rango de ley mediante Ley No. 2119 del 31 de agosto de 2000.

Page 25: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Pacto de Derechos Económicos, Sociales yCulturales6

• Convención Internacional sobre la Eliminación deTodas las Formas de Discriminación Racial7

• Declaración Sobre los Principios Fundamentales deJusticia para las Víctimas

• de Delitos y del Abuso de Poder• Principios Básicos sobre la Función de los Abogados

Sistema interamericano

• Declaración Americana de los Derechos y Deberes delHombre8

• Convención Americana sobre Derechos Humanos9

• Convención Interamericana para Prevenir, Sancionary Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Convenciónde Belém Do Pará10

La mayoría de los instrumentos ratificados han cumplidosólo con la formalidad de la ratificación, por cuanto, no hantenido mayor impacto y repercusión en la población nacionaly en la población indígena debido a la poca difusión y promo-ción, mientras que la Declaración Universal de los Derechos

29

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

6 Ratificado por el Estado boliviano mediante DS. No. 18950, el 17 de mayo de1982, elevado a rango de ley, mediante Ley No. 2119 del 31 de agosto de 2000.

7 Ratificada por el Estado boliviano, mediante Ley No. 1978, el 14 de mayo de1999.

8 Aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana Bogotá,Colombia, 1948.

9 Ratificada por el Estado boliviano, mediante Ley No. 1430 del 11 de febrero de1993.

10 Ratificada por el Estado boliviano mediante Ley No. 1599 del 18 de octubre de1994.

Page 26: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Huma-nos y el Convenio 169 de la Organización Internacional delTrabajo, en el caso boliviano, no precisamente por acción delEstado, han tenido un impacto importante debido a la grandifusión que tuvieron en centros de formación formal y alter-nativo, lo que permite que importantes sectores sociales comoorganizaciones sindicales, gremiales, campesinas e indígenas,hagan uso de estos instrumentos para defender y hacerprevalecer sus derechos en épocas de dictadura y en democra-cia. En la actualidad se percibe que estos instrumentos son uti-lizados en los diferentes escenarios de análisis y debate sobrela temática indígena y campesina y constituyen ingredientesde las plataformas de lucha y demandas del sector.

2.2 Ámbito nacional

a) Normativa sobre derechos indígenasReconocimiento de los derechos a favor de los pueblos

indígenas en la legislación boliviana11.

Constitución Política del Estado de 1967, modificada en1994 y 2004

BOLIVIA, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluri -cultural, constituida en República unitaria, adopta para su go-

30

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

11 A partir de la primera Constitución boliviana de 1826 y en las sucesivas hasta1961, se exigía como condiciones y requisitos para ser ciudadano boliviano: (…)saber leer y escribir, tener algún empleo, industria o profesar alguna profesión oarte, tener una propiedad inmueble o una renta anual de doscientos bolivianos. Porlo general los originarios y campesinos no sabían leer ni escribir, tampoco poseíanpropiedad inmueble y menos disponían de la cantidad de la renta anual exigida. LaConstitución de 1961 y las posteriores, estipulan como requisitos para ser ciu-dadano boliviano tener 21 años y estar inscrito en el Registro Cívico, a partir deeste período se incorpora el régimen agrario y campesino en las sucesivasConstituciones.

Page 27: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

bierno la forma democrática representativa y participativa fun -dada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos (Art.1).

(…) Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la ley, losderechos sociales, económicos y culturales de los pueblos indí -genas que habitan en el territorio nacional, especialmente losrelativos a sus tierras comunitarias de origen, garantizando eluso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a suidentidad, valores, lenguas y costumbres e instituciones (Art.171).

En las últimas décadas se han aprobado en Bolivia un con-junto de instrumentos normativos aunque no específicos paralos pueblos indígenas; sin embargo se incorporan acápitesreferidos a este sector de la población donde muchos de estosinstrumentos, por no haber sido consultados ni haber contadocon la participación de los pueblos indígenas, se han constitu-ido en postulados formales que no se aplican por que no se losconoce o por que no responden a las necesidades y realidad delas comunidades indígenas y campesinas. Existen excepcionescomo el artículo 1 y 171 de la Constitución Política del Estado,la Ley de Participación Popular y la Ley de Instituto Nacionalde Reforma Agraria, que han recogido propuestas normativasdel movimiento indígena y campesino y contado con la partic-ipación de los mismos. Estos instrumentos normativos estánteniendo cierto efecto en el área rural, en todo lo relacionadoal reconocimiento de mecanismos alternativos de resoluciónde conflictos, el reconocimiento de personalidades jurídicas aorganizaciones indígenas y campesinas, y en lo referente alproceso de titulación de tierras comunitarias de origen, éstaúltima con una serie de cuestionamientos por parte del movi-miento indígenas y campesino (En anexo No. 1, ver mayordetalle sobre normativa).

31

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 28: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Reformas institucionales

Con la recuperación de la democracia en 1982, Boliviainicia un proceso progresivo y sostenido de reformas en mate-ria judicial, el que cobra mayor fuerza en la década de losnoventa que se inicia con la aprobación de la Ley de organi-zación Judicial, la unificación de la jurisdicción hasta esemomento diseminada, y la aprobación de la Ley del MinisterioPúblico. No obstante, ha sido con la reforma constitucional de1994, que Bolivia inicia la transformación de buena parte de laestructura de su organización judicial mediante los siguientesprincipales cambios: i) creación de nuevas instituciones comoel Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo y elConsejo de la Judicatura y la integración del Tribunal AgrarioNacional que significaron una redistribución de las funcionesadministrativas y judiciales; (…) iv) reconocimiento constitu-cional de la justicia de las poblaciones indígenas en el marcodel compromiso multiculturalista asumido por la Consti-tución12.

b) Normativa sobre acceso a la justicia de las personas ypueblos indígenas

Constitución Política del Estado de 1967, modificada en1994 y 2004

(…) Las autoridades naturales de las comunidades indígenas ycampesinas podrán ejercer funciones de administración y apli-cación de normas propias como solución alternativa de conflic-tos, en conformidad a sus costumbres y procedimientos, siempreque no sean contrarias a esta Constitución y las leyes. La leycompatibilizará estas funciones con las atribuciones de lospoderes del Estado (Art. 171).

32

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

12 “Justicia para todos”. Pág. 9, Consolidación Institucional del Sistema Judicial.Proyecto de Reforma Institucional. Ministerio de Desarrollo Sostenible de 2003.

Page 29: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Código de Procedimiento Penal de 1999

Justicia Comunitaria. Se extinguirá la acción penal cuando eldelito o la falta se cometa dentro de una comunidad indígena ycampesina por uno de sus miembros en contra de otro y susautoridades naturales hayan resuelto el conflicto conforme a suDerecho Consuetudinario Indígena, siempre que dicha resolu-ción no sea contraria a los derechos fundamentales y garantíasde las personas establecida por la Constitución Política delEstado. La Ley compatibilizará la aplicación del derecho con-suetudinario indígena (Art. 28).

Diversidad cultural. Cuando un miembro de un pueblo indíge-na o comunidad indígena o campesina, sea imputado porcomisión de un delito y se lo deba procesar en la jurisdicciónordinaria, se observarán las normas ordinarias de este Códigoy las siguientes reglas:

El fiscal durante la etapa preparatoria y el juez o tribunaldurante el juicio serán asistidos por un perito especializado encuestiones indígenas; el mismo que podrá participar en eldebate; y, antes de dictarse sentencia, el perito elaborará undictamen que permita conocer con mayor profundidad lospatrones de comportamiento referencial del imputado a losefectos de fundamentar, atenuar o extinguir su responsabilidadpenal; este dictamen deberá ser sustentado oralmente en eldebate (Art. 391).

El Código de Procedimiento Penal es uno de los instru-mentos que ha incorporado y desarrollado el tema de la justi-cia comunitaria como mecanismo alternativo de resolución deconflictos en comunidades indígenas y campesinas, contribu-yendo y posibilitando el acceso a la justicia a las personas ypueblos indígenas y originarios, instrumento normativo que seencuentra en proceso de implementación y difusión en el árearural, superando definitivamente aquellos conceptos peyora-

33

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 30: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

tivos utilizados por la legislación nacional anterior parareferirse a los pueblos indígenas13.

La todavía débil independencia judicial

A pesar de los cambios formales, la designación dealgunos de los miembros de los tribunales se ha realizado alamparo de procesos politizados, lo cual ha afectado la consid-eración debida a la idoneidad de las autoridades y la indepen-dencia de la función. La carrera judicial apenas empieza a pro-ducir sus primeros resultados representados en el primer grupode jueces reclutados según criterios meritocráticos y formadospor el Instituto de la Judicatura. La novedad de este proceso noha impactado seriamente en la generación de un relevo genera-cional que permita cuestionar desde dentro de la judicatura latradicional sumisión de algunos jueces al interés partidario yeconómico, situación que parece ser más delicada a nivel delas pequeñas ciudades. Sin duda uno de los comportamientosque más dificulta la independencia judicial, y que en generalimpacta en el escaso nivel de confianza y acceso al sistema, esla extensión preocupante de denuncias por comportamientosno éticos. Según estudios previos, lamentablemente no sonexcepcionales los pagos irregulares para los trámites básicosde un procedimiento judicial, así como la existencia de redes

34

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

13 Antes de 1953 a los pueblos de tierras altas se los denomina “indios”, luego de laReforma Agraria de 1953, se cambia la denominación de indio por la decampesino, ésta misma Ley vigente hasta 1996 se refiere a los pueblos indígenasde tierras bajas (amazonía, oriente y chaco) denominándolos “grupos selvícolas” o“comunidades nativas”. La ley de colonización de 1966, denomina a los pueblosindígenas de tierras bajas “grupos marginales”; por su parte la Ley Forestal de1974, se refiere a los pueblos indígenas de tierras bajas calificando como “grupossalvajes” y “tribus selvícolas”, finalmente el Código Penal boliviano vigente hasta1997, trata de “indio selvático” a los indígenas y los consideraba inimputable, porla incapacidad derivada de su “inadaptación al medio cultural boliviano y de sufalta de instrucción”.

Page 31: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de interés de operadores que desvirtúan la función judicial.Esta crítica dinámica se ha reproducido a pesar de las reformasy es el resultado de la inacción del Consejo de la Judicaturacuya función disciplinaria todavía no refleja mayor impacto enla imagen de la judicatura frente a la sociedad14.

El restringido acceso a la justicia15

Aparte del limitado reconocimiento de la justicia comuni-taria, el acceso a la justicia nunca constituyó un objetivo clarode las reformas judiciales. Las formas de administración dejusticia propia de las comunidades indígenas todavía no hanmerecido el efectivo reconocimiento estatal, en la dimensiónlegítima y comprensiva que en muchas comunidades represen-ta. Los temores injustificados sobre la naturaleza y efectos dela justicia comunitaria, frente al monopolio estatal de laadministración de justicia y la relación entre la justicia formaly la informal, conllevan situaciones que no pueden seguir sien-do ignoradas. Es posible que cerca de un tercio de la poblaciónresuelve sus conflictos al margen del Estado. El acceso gene-ral de la población y especialmente el de los más pobres estálimitado por un amplio y complejo esquema de barreras. Estánentre ellas, la escasa cobertura territorial de los juzgados, laexcesiva judicialización de los conflictos, el ritualismo excesi-vo, la intermediación extensa de los abogados, el uso domi-nante del castellano como lengua y el tratamiento discrimina-torio que afronta la población más vulnerable. El actual sis-tema de defensa pública no llena las expectativas de demanday la calidad del servicio no está entre los más apreciados. A lapar de estos obstáculos, existen factores de orden estructuralque dificultan un mejor relacionamiento entre la población y la

35

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

14 Documento “Justicia para todos”: Op. Cit. Pág.18.15 Documento “Justicia para todos”: Op. Cit. Pág.19.

Page 32: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

administración de justicia. Deben mencionarse entre ellos lapobreza, la ausencia de una cultura de los Derechos Humanosy muy escasa legitimidad de las instituciones estatales, lascuales no se asocian con la defensa de lo público ni de losDerechos Humanos. Los términos e impactos de estosobstáculos deben determinarse con una visión más amplia dela diversidad cultural y social del país.

Hacia una nueva comprensión del acceso a la justicia

Desde el punto de vista de los Derechos Humanos, se pue-de afirmar que el acceso a la justicia consiste en la capacidadde individuos, personas y grupos, colectividades de conocer,exigir y ejercer sus derechos sin distinción por razones, deraza, origen, género, políticas, nación, religión o de otraíndole.

En este entendido, la administración de justicia viene aser “la forma principal en que se traduce la obligación estatalde proveer los canales y sistemas para que toda persona sindistinción pueda resolver sus conflictos jurídicos o esclarecersus pretensiones, el que alguien acuda a la justicia es el ejerci-cio de un derecho, y la obtención del interesado o interesadade hacerlo debido a razones propias del sistema o proyectadapor él, equivale a un problema de acceso, al punto que la ine-xistencia de condiciones favorables para que lo haga, puedenequivaler a una denegación de justicia”16.

Sin embargo, no se puede reducir el derecho del acceso ala justicia sólo al campo legislativo o como la posibilidad deponer en funcionamiento del poder judicial, es decir, única-mente como acceso a tribunales, sino que exige una visión másamplia e integral desde los Derechos Humanos que permita

36

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

16 Sistematización desde las experiencias del Programa Sociedad Civil y Acceso a laJusticia (PSCAJ), 2004

Page 33: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

comprender que el acceso a la justicia consiste en la capacidadde toda persona o grupos de personas de exigir y ejercer susderechos, tener un acceso real y efectivo a los mecanismos deexigibilidad de derechos. Esto nos permite valorar en su realdimensión y comprender la importancia de un Estadodemocrático con una cultura de paz y respeto de los DerechosHumanos.

Desde este punto de vista, nos lleva a redefinir el concep-to de acceso a la justicia y a reconocerlo como un verdaderoderecho humano y no simplemente como la prestación de unservicio, porque ello podría significar mercantilizar el mismoviendo a quienes lo necesitan como un cliente o usuario y nocomo un sujeto de derecho.

Acontecimientos de reflexión y análisis sobre acceso a lajusticia, justicia comunitaria y Derechos Humanos del campe-sinado y pueblos indígenas17.

2.3 Obligaciones del Estado boliviano en materiade Derechos Humanos y acceso a la justicia de personas y pueblos indígenas

El Estado boliviano ha manifestado su consentimiento alratificar o adherirse a diferentes Tratados Internacionales so-bre Derechos Humanos y sobre Derechos Humanos de per-sonas y pueblos indígenas, en ese contexto ha asumido obliga-

37

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

17 Seminario Internacional sobre Administración de Justicia y Pueblos Indígenas,desarrollado en la ciudad de Sucre en 1997. Foro Internacional: ExperienciasLatinoamericanas en Derechos Humanos, Resolución Alternativa de Conflictos yJusticia Comunitaria, desarrollado en la ciudad de Cochabamba del 14 al 16 deabril de 2004, contó con la participación de personalidades de Costa Rica,A rgentina, Perú, Chile, Guatemala y de Bolivia, representantes del PoderEjecutivo, Poder Judicial, el Defensor del Pueblo y del ámbito académico.Seminario sobre Justicia Comunitaria desarrollado en la ciudad de Sucre en 2004.Proyecto de Acceso a la Justicia es incluido al Diálogo Nacional BoliviaProductiva. Seminario Internacional sobre Justicia de Paz, desarrollado en la ciu-dad de Sucre en 2004.

Page 34: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ciones ante la comunidad internacional como las siguientes: i)Respetar los derechos y libertades, reconocidas en el instru-mento sobre Derechos Humanos de la que es parte; ii)Garantizar el libre y pleno goce y ejercicio de los derechosreconocidos en el instrumento sobre Derechos Humanos deque es parte, a todas las personas comprendidas en la jurisdic-ción del país, lo que implica asimismo el deber de los EstadosPartes de organizar todo el aparato gubernamental; iii) la deP re v e n i r, Investigar y Sancionar las violaciones a losDerechos Humanos, y procurar, además, el reestablecimiento,si es posible del derecho conculcado y, en su caso, lareparación de los daños producidos por la violación de losDerechos Humanos; iv) la de Adoptar Medidas versa tam-bién sobre la derogación de las disposiciones incompatiblescon los Tratados y comprende la obligación de no dictar talesmedidas cuando ellos conduzcan a violar esos derechos y li-bertades, pero además deberá adoptar medidas legislativas,jurisdiccionales, administrativas y adecuar la estructura insti-tucional del Estado.

En función a estas responsabilidades es que el Estadoboliviano, a nivel de la legislación interna, ha promovido ydesarrollado importantes avances en reformas institucionales,compatibilización y adecuación de la normativa interna conlos Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y deéstos con la normativa interna.

Como parte de la responsabilidad de los Estados en rela-ción la obligación de la adopción de medidas en materia deacceso a la justicia, se debería considerar entre otras las si-guientes medidas:

a) Existencia de un recurso efectivo que debe garantizar ala población la resolución de sus conflictos penales,civiles, familiares, tenencia de la tierra, recursos naturales,

38

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 35: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

laborales y otros, tal como establece la Corte Internacionalde Derechos Humanos debe ser eficaz, idóneo y pertinentepara la pretensión a que exige quien accede al sistema.

b) Incorporación normativa de garantías judiciales talescomo la presunción de inocencia, de irretroactividad de laley, la igualdad ante la ley, la celeridad, transparencia, ser-vicio de traductores e intérpretes, el reconocimiento deotros sistemas de administración de justicia por pueblos ycomunidades indígenas y campesinas y de otros mecanis-mos alternativos de resolución de conflictos.

c) Promoción de los Derechos Humanos y la manera deejercerlos, por medio y mecanismos apropiados a la rea-lidad socio cultural de comunidades indígenas ycampesinas, para que todas las personas conozcan y asípuedan ejercer sus derechos.

d) Cubrir cargas económicas y servicios que deriven de laasistencia de abogados a las personas que carecen derecursos para asegurar una defensa efectiva en materiapenal y de proporcionar servicios de apoyo a la poblaciónmenos protegidas y excluida.

e) Proveer de jueces y recursos necesarios, para posibilitarel acceso a la justicia de personas de pueblos y comu-nidades indígenas y campesinas de las diferentes regionesdel área rural dispersa en el territorio nacional.

f) Finalmente el acceso a la justicia deberá estar guiado porprincipios de continuidad y permanencia de los servi-cios y mecanismos del sistema judicial, celeridad yoportunidad, gratuidad e igualdad.

Sin duda en la última década del siglo XX, los diferentesGobiernos han demostrado mayor voluntad política, aunquetambién influido por la presión social de la población, lo que

39

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 36: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ha permitido la implementación de políticas de reformas insti-tucionales, ratificación de convenios internacionales sobreDerechos Humanos y la producción de una serie de instrumen-tos normativos dirigidos a compatibilizar los tratados interna-cionales sobre Derechos Humanos con la normativa internadel país, de cara al cumplimiento de las obligaciones asumidassobre el tema y de esta manera proporcionar mayor proteccióny mayor acceso a la justicia de todos los habitantes del país sindistinción de ninguna naturaleza; sin embargo, a pesar de losesfuerzos del gobierno y de la población boliviana, no hantenido los resultados esperados por la población, debido a quesubsisten esquemas y conductas discriminatorias, excluyentes,el flagelo de la corrupción, el cuoteo político en las designa-ciones de autoridades en el ámbito interno; pero en el contex-to externo, lo que influye decididamente son los compromisospara cumplir con el servicio de la deuda externa y el entra-bamiento por el debate nacional entre bandos opuestos respec-to a políticas globalizantes, el usufructo de recursos naturalespor empresas transnacionales y, últimamente, el renacimientode reclamos fronterizos con Chile respecto a la salida al mar,todo lo cual dificulta los postulados de construcción de unacultura de paz y respeto de los Derechos Humanos, pero ade-más ponen en la palestra la discusión de su incidencia respec-to al crecimiento de la brecha entre ricos y pobres, la mar-ginación, la exclusión, social, económica y política e imposi-bilita la vigencia plena de los Derechos Humanos de los pue-blos indígenas y el acceso a la justicia.

2.4 OportunidadesBolivia cuenta con un conjunto de instrumentos interna-

cionales sobre Derechos Humanos y sobre derechos de lospueblos indígenas ratificados, y en proceso progresivo deapropiación y aplicación en los diferentes escenarios tanto delEstado como de la sociedad civil.

40

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 37: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En el ámbito nacional, se cuenta con un marco normativoprogresista y avanzado por el que, por una parte, se institu-cionaliza la Defensoría del Pueblo, el Tribunal Constitucional,el Consejo de la Judicatura, y otras medidas para despolitizarla administración de justicia y hacerla más transparente, y porel otro lado, se ha reconocido importantes derechos a favor depueblos indígenas y originarios, lo que está permitiendo unproceso paulatino de apropiación por parte de los diferentessectores sociales de la población boliviana, debido a los proce-sos de difusión y promoción desarrollados por las mismasorganizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales yactivistas de la sociedad civil y del Estado. Por ello, se puedeafirmar que la temática de los Derechos Humanos no estáausente en la agenda de congresos campesinos e indígenas,ampliados, reuniones y en la fundamentación de demandas deestos sectores sociales.

La actual coyuntura política es favorable, por cuanto setiene un Gobierno sin pertenencia política partidaria, proclivey sensible con la temática de los Derechos Humanos y dere-chos de los pueblos indígenas, lo que facilita y contribuye aldiseño e implementación de una política pública sobreDerechos Humanos y de esa manera impulsar de manera per-manente y sostenida la consolidación en el país de una culturade paz y de respeto de los Derechos Humanos.

Se tiene en puerta la instalación y funcionamiento de laAsamblea Constituyente, instancia que constituye una oportu-nidad inédita en nuestro país, para promover reformas estruc-turales al modelo de Estado vigente, sus instituciones y diseñarun modelo de Estado más equitativo, no excluyente ni discri-minador, y consolidar instancias y mecanismos de promocióny defensa de los Derechos Humanos mucho más efectivas.

41

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 38: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

2.5 LimitacionesLos males de la justicia. (…) En los últimos años, la críti-

ca situación del sistema jurídico/político boliviano se haexpresado en un incremento notorio de la corrupción judicialy administrativa, en los índices de judicialización de los con-flictos, la cultura de confrontación, la ineficiencia administra-tiva pública, la violación de los Derechos Humanos, laimpunidad y, en fin, en la aparición y consolidación de unaserie de factores de inseguridad jurídica18.

A pesar de los avances y progresos que se han tenido en elreconocimiento de los derechos indígenas en la normativainterna e internacional. Se tienen limitaciones (recursos finan-cieros, humanos e instrumentos pedagógicos y metodológicos)para llegar con acciones de promoción y defensa de losDerechos Humanos a las comunidades indígenas y campesinasdel área rural dispersas en las diferentes regiones del país y enbarrios urbanos de las diferentes ciudades, donde se concentracada vez mayor cantidad de personas desplazadas de las dife-rentes regiones del país, con metodologías y recursos humanosadecuados a la realidad cultural de cada pueblo, región ocomunidad.

La no provisión de traductores e intérpretes a las personaspertenecientes a los pueblos indígenas y comunidades campe-sinas que no hablan el mismo idioma que los administradoresde justicia y/u operadores de justicia, constituye otro aspectoque limita acceder a la justicia en igualdad de condiciones conrelación al resto de la población nacional, debido a que nopueden entender ni hacerse entender por los administradoresde justicia. La no institucionalización de traductores e intér-pretes, da lugar a que los jueces con absoluta discrecionalidad

42

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

18 I Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional, 1999.

Page 39: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

determinan la designación o no de un traductor o intérpretepara cada caso específico, lo que no garantiza la imparcialidadde la información.

La no existencia de juzgados ordinarios provistos por elEstado en las zonas rurales de la población indígena: de untotal de 314 municipios a nivel nacional, sólo en 134 existenjuzgados de materia, mientras que 180 no cuentan con juzga-dos ordinarios; de acuerdo con el último censo de 2001, porcada juzgado existen en promedio a nivel nacional de 12.405habitantes19.

En algunos lugares alejados de los centros urbanos, apesar de existir juzgados y jueces, se impone condiciones queson imposibles de ser cumplidas por las personas pertene-cientes a los pueblos indígenas y comunidades campesinas,como la exigencia de patrocinio de abogados, peticiones porescrito, en lugares donde no existen servicio de abogados, etc.

La subsistencia de prácticas discriminatorias en algunasautoridades oficiales, administradores y operadores de justiciaexigen en algunos lugares a las personas pertenecientes acomunidades y pueblos indígenas y comunidades campesinasinvolucradas en procesos legales, vestir acorde a la cultura“civilizada” prohibiendo utilizar la ropa tradicional, exigiendoque hablen en castellano, prohibiéndoles masticar coca delantede la autoridad, o que se presenten con su abogado para seroídos y/o atendidos.

El desconocimiento por parte de algunas autoridadesestatales administradores y/u operadores de justicia, descono-cen el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas alinvalidar los acuerdos y arreglos expresados en actas, docu-mentos y otras formas y procedimientos de resolución de con-

43

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

19 Documento “justicia para todos”: Op. Cit. Pág.12.

Page 40: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

flictos de los pueblos indígenas de acuerdo a su derecho con-suetudinario, arguyendo que la Ley y la autoridad es la únicaprovista por el Estado nacional y que los indígenas no tienenfacultad para administrar justicia. Estas conductas se dan enalgunos casos por desconocimiento y en otros por que semantiene la cultura de que sólo el derecho oficial “civilizado”tiene valor y vigencia.

Otro de los aspectos que aún subsiste en algunos lugares apesar de los esfuerzos de la reformas institucionales en el sis-tema judicial, constituye la influencia de carácter social, famil-iar, político, económico o de grupos de poder; de hecho laspersonas de pueblos indígenas y de comunidades campesinasno tienen estas influencias y porque no cuentan con los recur-sos para dar coimas, les pone en una tremenda desventaja enrelación con las personas que disponen de recursos para incli-nar la justicia a su favor.

El factor económico es determinante, por cuanto, los indí-genas y campesinos en muchos casos no pueden pagar fianzaspara beneficiarse con la libertad, costos de transporte, ni tam-poco pagar los servicios de una defensa oportuna y efectiva,porque la que proporciona el Estado se caracteriza por la ine-ficiencia.

III. INSTITUCION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOSINDÍGENAS

En este capítulo que tiene su continuidad en el siguiente,se pretende establecer el mandato específico del Defensor delPueblo en relación con la prestación de servicios a personas ypueblos indígenas. Asimismo poder establecer el mandatoConstitucional y Legal ha sido incorporado y reflejado en losreglamentos y/o manuales de funcionamiento que ha elabora-

44

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 41: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

do el Defensor del Pueblo, y la correlación de lo normativocon estructura institucional de la institución defensorial para elcumplimiento de su misión en relación con la atención a laspersonas y pueblos indígenas.

3.1 Marco normativo del Defensor del Pueblo

Si bien la Constitución Política del Estado en relación conlas competencias asignadas al Defensor del Pueblo, no haceuna referencia específica a los pueblos indígenas, sin embargo,en virtud al principio de que todas las personas son igualesante la ley, y de la no discriminación por razones de raza,color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacionalo social, posición económica, nacimiento o cualquier otracondición, estas competencias contemplan a las personas delos pueblos indígenas y comunidades campesinas del país aligual que al resto de la población nacional.

Mientras que la Ley No. 1818 del 22 de diciembre de1997, establece la naturaleza, principios, competencias y elfuncionamiento del Defensor del Pueblo, asigna el siguientemandato específico al Defensor del Pueblo en relación con losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarios delpaís: Velar por el respeto de la naturaleza multiétnica y pluri -cultural del Estado boliviano y promover la defensa de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarios delpaís” (inciso 9, Art. 11, Ley 1818).

El mandato que le otorga la Ley 1818 al Defensor delPueblo en relación con la promoción y defensa de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas, a simple vista esbastante amplio cuando se refiere a “velar por el respeto de lanaturaleza multiétnica y pluricultural del Estado boliviano ypromover la de los Derechos Humanos de los pueblos indíge -

45

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 42: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

nas y originarios”. En efecto, la institución tiene ampliasatribuciones para la promoción, difusión, educación, aseso-ramiento y para la ejecución de toda otra acción de prevencióny vigilancia para evitar la vulneración de los DerechosHumanos de las personas y pueblos indígenas. Sin embargo, seve limitada cuando en su labor de defensa (investigaciones ypatrocinio de causas) sólo puede actuar en relación a la admi-nistración pública o cuando los sujetos activos de la vul-neración de los derechos son servidores o autoridades públi-cas.

Los Reglamentos y Manuales de Funcionamiento pro-ducidos por el Defensor del Pueblo, en el marco de lo estipu-lado por la Constitución Política del Estado y la Ley delDefensor del Pueblo, están regulando la organización, fun-cionamiento y reglamentando las atribuciones de sus fun-cionarios y funcionarias en la instancia nacional como en lasdepartamentales y regionales.

El Reglamento Interno de Organización y Funciona-miento del Defensor del Pueblo: Aprobada medianteResolución No. 057/01-02 de fecha 16 de enero de 2002 emi-tida por el Honorable Senado Nacional, en relación con elmandato inherente a la atención a las personas y pueblos indí-genas, establece y asigna entre otras funciones a la Adjuntoríade Promoción y Análisis, la de proponer acciones y ejecutarprogramas que velen por el respeto de la naturaleza multiétni-ca y pluricultural del Estado boliviano y que promuevan ladefensa de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas yoriginarios del país. Por otro lado y en esta misma línea seasigna a la Adjunta de Programas y Actuaciones Especiales, lamisión de identificar, proponer y dirigir programas especiales,diseñar la estrategia de trabajo de dichos Programas y dirigirsu ejecución. Es importante hacer notar que bajo tuición deesta Adjuntoría se encuentra los Programas Especiales de laMujer, Niñez, Adultos Mayores, Personas con Discapacidad,

46

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 43: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Privados de Libertad y el de Derechos Humanos delcampesinado y pueblos indígenas. En cada representacióndepartamental se cuenta con profesionales responsables deProgramas Especiales en general, mientras que en La Paz ySanta Cruz existen profesionales específicos del Programa deDerechos Humanos del campesinado y pueblos indígenas.Como se puede observar, el reglamento instituye algunasinstancias al interior del Defensor del Pueblo para operativizarel mandato relativo a los pueblos indígenas pero que aún notermina de consolidarse.

El Reglamento de Trámite de Quejas, Actuaciones eInvestigaciones de Oficio: Aprobado mediante ResoluciónAdministrativa Defensorial No. DP-A-020/2001, consta de 3capítulos y 35 artículos, en fecha 22 de mayo de 2001,establece el tratamiento y el procedimiento de las quejas einvestigaciones en general, sin hacer ningún tratamientoespecífico en casos de denuncias provenientes de pueblos indí-genas, lo que constituye una limitante por cuanto el proce-dimiento en la mayoría de los casos no corresponde niresponde a las características culturales de los pueblos indíge-nas que los hacen diferentes al resto de la población nacional.

El Manual de Funciones y Procedimientos de lasMesas Defensoriales: Aprobado mediante Resolución Admi-nistrativa Defensorial No. DP-A-055/2001, en sus dos capítu-los y 11 artículos, en fecha 5 de octubre de 2001, estableceentre otras funciones del responsable de la Mesa Defensorial,la de promover el respeto de la naturaleza multiétnica y pluri-cultural de la sociedad boliviana y la defensa de los DerechosHumanos de los pueblos indígenas y originarios del lugar,estas instancias cumplen un rol preponderante en la promocióny defensa de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas,debido a que están ubicadas en regiones estratégicas del paíshabitada mayoritariamente por población campesina e indíge-na.

47

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 44: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3.2 Estructura institucional del Defensor del Pueblo

La estructura del Defensor del Pueblo estipulada en elReglamento de Funcionamiento de 2002 aprobado por elSenado Nacional, contempla la Unidad Nacional deProgramas Especiales la que a su vez incluye en su interiorentre otros al Programa Especial de Derechos Humanos delcampesinado y pueblos indígenas como la única instanciaencargada de implementar estrategias de promoción, difusión,educación y defensa de los Derechos Humanos de los pueblosindígenas, promoviendo investigaciones, participando en ac-tuaciones urgentes y otras actuaciones defensoriales de cara ala promoción y defensa de los Derechos Humanos de personasde pueblos indígenas y originarios.

Es importante mencionar que de acuerdo a la informaciónproporcionada por la Adjunta de Programas y ActuacionesEspeciales, se tendría en perspectiva la institucionalización enla oficina central de una Unidad de Derechos Humanos delcampesinado y pueblos indígenas, la que podría configurarsesi se concretiza en la estructura institucional como se refleja enel cuadro No. 1.

Cuadro No. 1ADJUNTORIA DE PROGRAMAS Y ACTUACIONES ESPECIALES

48

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Unidad Nacional delPrograma Campesinado

y Pueblos Indígenas

Adjuntoría deProgramas y Actuaciones

Especiales

Unidad Nacional deConflictos Sociales yActuaciones Urgentes

Unidad Nacional de

Programas Especiales

Page 45: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cuadro No. 2ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL20

DEFENSOR DEL PUEBLO

49

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

20 Fuente: Manual de Organización y Funciones del Defensor del Pueblo, 2002.

Page 46: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El Reglamento Interno de Organización y Funcionamien-to del Defensor del Pueblo, establece la organización centra-lizada y desconcentrada con los siguientes alcances:

ORGANIZACIÓN CENTRALIZADA

La administración centralizada desarrolla sus funciones enla sede principal del Defensor del Pueblo, ciudad de La Paz. Esde carácter permanente y está conformada por los nivelesdirectivo, ejecutivo, administrativo operativo y las unidades deapoyo que fuesen necesarias.

ORGANIZACIÓN DESCONCENTRADA

El Defensor del Pueblo, en el marco de sus atribuciones,ha establecido representaciones defensoriales, mesas defenso-riales en regiones del Chaco, Amazonía, zona andina e interan-dina y representaciones especiales en El Alto de La Paz yChapare en Cochabamba. Los representantes cumplen tareasdefensoriales a nivel desconcentrado. Sus atribuciones estándeterminadas en el Reglamento Operativo de Representacio-nes Defensoriales.

El Manual de Organización y Funciones del Defensor delPueblo, asigna como funciones principales las de: Establecerprogramas y actuaciones especiales, relacionados con las ini-ciativas defensoriales para la defensa de los DerechosHumanos y ciudadanos para los grupos humanos más vulne-rables. Tiene bajo su dependencia la Unidad Nacional deProgramas Especiales, la Unidad Nacional de ConflictosSociales y Actuaciones Urgentes y tendría, si se concreta, laUnidad Nacional del Programa de Derechos Humanos delcampesinado y pueblos indígenas. Las dos últimas son inicia-tivas de la Adjuntoría, y están en proceso de análisis para suincorporación en la estructura organizativa institucional. Por

50

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 47: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ello no aparecen en el organigrama proporcionado por elDefensor del Pueblo. Se introdujeron en base a la informaciónrecibida como referencia para ilustrar la nueva visión y pers-pectiva de ser promovida por esta Adjuntoría, como una formade responder a la creciente demanda del campesinado y pue-blos indígenas en la temática de los Derechos Humanos y enconsecuencia, con la emergencia y posicionamiento que halogrado el movimiento indígena campesino en el país, despuésde la revuelta de octubre de 2003.

UNIDAD NACIONAL DE PROGRAMAS ESPECIALES

Esta unidad tiene entre otras funciones generales:Establecer lineamientos y normativas sobre los programasespeciales, como política institucional; realizar el seguimientodel proceso de implementación de los programas especiales anivel nacional, regional y local, y supervisar la realización delos programas especiales, como política institucional, en elcumplimiento de las normas establecidas.

Son parte de esta Unidad los siguientes ProgramasEspeciales: Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adoles-centes; Derechos Humanos de la Población con Discapacidad;Derechos Humanos del Adulto Mayor; Derechos Humanos delas Mujeres y Derechos Humanos de las personas privadas deLibertad y Derechos Humanos del campesinado y pueblosindígenas.

PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DELCAMPESINADO Y PUEBLOS INDÍGENAS

Este programa en la actualidad cuenta con una oficina enla ciudad de La Paz con 2 profesionales una abogada y elresponsable del Programa, el sociólogo Arturo Villanueva.Además colabora otro abogado con sede en la ciudad de Santa

51

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 48: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cruz. El responsable de la unidad coordina sus trabajos y rea-liza de manera permanente gestiones defensoriales relativas ainvestigaciones, actuaciones urgentes y la ejecución deacciones de promoción y difusión con las representacionesdepartamentales y regionales. Según la información recopila-da al interior de la institución, las Jefaturas de Unidad corres-ponden a funcionarios de planta, es decir, que perciben sussueldos de recursos provenientes del Tesoro General de laNación. Sin embargo, el actual responsable del Programa deDerechos Humanos del campesinado y pueblos indígenas noestá catalogado como funcionario de planta, sino como consul-tor en línea, por cuanto percibiría su sueldo de recursos prove-nientes de la cooperación internacional, por lo que no le co-rrespondería el cargo, y es un tema aún no definido al interiorde la institución. Los responsables de Unidad son designadospor el titular del Defensor del Pueblo.

El Plan Estratégico Quinquenal (2001-2006), establececomo estrategia del Defensor del Pueblo la atención de losderechos colectivos del campesinado y pueblos indígenas eintervenir con la función mediadora y de investigación de ofi-cio en casos de relevancia e impacto social, que afecten enforma sistemática a los Derechos Humanos de los pueblosindígenas. Por ejemplo, la situación de la tenencia y propiedadde la tierra, el uso manejo y administración de los recursos na-turales, daños al medio ambiente y otros. Estas accionesurgentes directas, dependiendo de la magnitud de los conflic-tos y problemas, pueden significar gestiones, reuniones, entre-vistas, notas, mediación, charlas solicitudes, llamadas telefóni-cas, etc.21

52

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

21 En la actualidad el Lic. Arturo Villanueva se desempeña como ResponsableNacional del Programa.

Page 49: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

UNIDAD NACIONAL DE CONFLICTOS SOCIALES YACTUACIONES URGENTES

Esta unidad funciona como una especie de termómetropara medir el nivel y magnitud de los conflictos sociales de losdiferentes sectores de la población y la posibilidad de que ellopudiera derivar en hechos violentos y vulneratorios de losDerechos Humanos, si bien, está dirigido a cualquier tipo deconflicto social, muchos de ellos son protagonizados por per-sonas del área rural como campesinos y pueblos indígenas yoriginarios, a través de marchas, bloqueos de caminos, huelgasde hambre, crucifixiones, vigilias de cultivos de coca,enfrentamientos por límites político-administrativos, toma deinstituciones públicas, intentos de linchamiento y otros dondeel Defensor, a través de sus mecanismos, tiene que actuar paraprevenir la violación de los Derechos Humanos, posibilitar elacercamiento de las partes en conflicto y buscar el reestable-cimiento de la paz social.

Actuaciones Urgentes

Son acciones defensoriales de oficio o a petición decualquier persona individual o colectiva, implementadas enforma inmediata, oportuna y directa, luego de conocerse unhecho que constituya o pudiera constituir vulneración deDerechos Humanos.

Objetivo: • Cesar la vulneración inmediata de Derechos Huma-

nos de personas individuales o grupos de personas enconflictos con instituciones estatales públicas o priva-das que prestan servicios públicos.

• Lograr atención inmediata y oportuna a personas indi-viduales o colectivas, cuando se establezca vul-neración de sus Derechos Humanos.

53

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 50: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

MESAS DEFENSORIALES (MDS)22.

Las Mesas Defensoriales ubicadas en zonas estratégicasdel territorio nacional, tienen como objetivos: Informar, capa-citar, educar sobre los Derechos Humanos y ciudadanos yfacilitar a la población local y de comunidades más alejadas delos centros urbanos, el acceso a los servicios del Defensor delPueblo. Aunque no es un servicio exclusivo para pueblos indí-genas y comunidades campesinas, el trabajo se realiza enregiones de fuerte presencia de población campesina e indíge-na.

Las Mesas Defensoriales por profesionales involucradosen la temática del movimiento campesino e indígena, tienenatribuciones para promover el respeto de la naturaleza multiét-nica y pluricultural de la sociedad boliviana y la defensa de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarios dellugar, recibir y procesar quejas, investigar violaciones de losDerechos Humanos colectivos e individuales, efectuar actua-ciones urgentes y requerir informes a las instancias perti-nentes. Las representaciones de estas instancias mantienencontacto y coordinación permanente con el responsablenacional del Programa de Derechos Humanos del campesina-do y pueblos indígenas en función al cumplimiento de la mi-sión y acciones del Programa.

UNIDADES MÓVILES DEFENSORIALES (UMDS)23

Las Unidades Móviles Defensoriales, que tiene objetivosy funciones similares a las MDs, aún no han sido implemen-tadas.

54

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

22 Manual de Funcionamiento y Procedimientos de las Mesas Defensoriales delDefensor del Pueblo, 2003.

23 Manual de Funcionamiento y Procedimientos de las Unidades MóvilesDefensoriales del Defensor del Pueblo, 2001.

Page 51: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3.3 Alcances y limitaciones del mandato y funcio-nes de la Defensoría del Pueblo para la atencióna los pueblos indígenas

El Plan Estratégico Quinquenal diseñado para el quinque-nio (2001-2005), fue objeto de ajustes y complementacionesen el encuentro de Cochabamba de junio de 2004, en el queparticiparon servidores públicos del Defensor del Pueblo de laOficina central como de las representaciones departamentalesy regionales, con el propósito de construir un Plan Estratégico,de carácter ejecutivo, que permitiera reorientar los objetivos ylineamientos planteados en 2001 y darle un nuevo horizonte,fijado hasta diciembre del 2006.

Uno de los aspectos considerados fue el hecho de que lasestadísticas de atención al público del Defensor del Pueblo enel año 2003, indican que el 62 % del total de personas queacudieron a la institución lo hicieron por temas que de acuer-do a ley, no eran de su competencia por lo que fueron atendi-dos mediante la repartición de orientación a la ciudadanía.Dicho porcentaje que se mantiene en los años siguientes,podría interpretarse como que no se conocen las competenciasdel Defensor del Pueblo, o que las expectativas de la poblaciónvan más allá de las competencias del mismo. En este contextoel Plan Estratégico (2001-2006) se plantean las siguienteslíneas de acción:

• Replantear las políticas y lineamientos de la producciónde campañas y materiales comunicacionales del Defen-sor del Pueblo.

• Contar con una instancia de análisis de coyuntura, ten-dencias y alerta temprana al interior de la institución.

55

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 52: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Redefinir competencias y funciones de la Adjuntoría dePromoción y Análisis, y de Programas y ActuacionesEspeciales en relación a temas de capacitación.

• Rediseñar el Sistema de Atención de Quejas (SAQ), paraflexibilizar y agilizar la atención al público.

• Continuar el proceso de simplificación de procedimien-tos para la atención de quejas, actuaciones urgentes einvestigaciones de oficio.

• Revisar e implementar el nuevo índice de Vulneración delos Derechos Humanos.

• Sistematizar los resultados del tratamiento de quejas engestión directa, investigación especializada y orientaciónciudadana, focalizando las estrategias de intervención.

• Establecer lineamientos y criterios de intervención delDefensor del Pueblo en conflictos sociales.

Alcances de las competencias del Defensor del Pueblo

En el marco de las disposiciones normativas de nivelConstitucional y Legal, el Defensor del Pueblo tiene compe-tencia para intervenir sobre casos de violación de DerechosHumanos por acción u omisión de servidores públicos oautoridades de la administración pública centralizada ydescentralizada, autónomas, desconcentradas y todo órganodel Estado, cualquiera fuera su naturaleza jurídica; asimismoalcanza a cooperativas e instituciones privadas que prestanservicios públicos.

En este marco, el Defensor del Pueblo cuenta con ampliascompetencias para desarrollar acciones de promoción, difu-sión y educación de los Derechos Humanos del campesinadoy pueblos indígenas, conforme lo previsto en el artículo 11,

56

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 53: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

inciso 9, de la Ley 1818. Además cuenta con un marco legalprogresista y avanzado constituido por instrumentos interna-cionales de los que Bolivia es parte, y con normativa sobreDerechos Humanos en general y específicos del campesinadoy pueblos indígenas.

Sin embargo, las competencias relativas a la defensa yprotección de los Derechos Humanos del campesinado y pue-blos indígenas están limitadas a los casos en que son actoresde la vulneración de los Derechos Humanos, servidores públi-cos o autoridades de la administración pública centralizada,descentralizada, autónoma y de entidades privadas que prestanservicios públicos.

Limitaciones del mandato del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo, no puede intervenir en casos deabusos y atropellos contra población campesina e indígenacomo quema de viviendas, homicidios o amenazas protagoni-zados por grupos de poder como terratenientes, empresariosagroindustriales, ganaderos y empresarios mineros, debido aque tienen el estatus de privados.

La atención de demandas sobre diferentes materias, pro-movidas por personas y pueblos indígenas, está sujeta y condi-cionada a que tengan como sujeto activo de la vulneración delos Derechos Humanos, a servidores públicos o autoridades dela administración pública.

En la atención al público, y particularmente para la aten-ción a la población campesina, indígena y originaria, no se halocalizado personal de planta proveniente de pueblos origina-rios, que no sólo hable el idioma sino que también conozca lavida y cultura de los pueblos originarios, en la atención, recep-ción, registro y orientación ciudadana de denunciantes prove-nientes de pueblos indígenas y originarios, aspecto fundamen-

57

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 54: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

tal para la confianza y estimular mayor libertad en la mani-festación y exposición de sus problemas por parte de peti-cionarios provenientes de pueblos indígenas y originarios.Consideramos de vital importancia que la institución defenso-ra de los Derechos Humanos, conforme al mandato que le con-fiere la Ley de velar por el respeto de la naturaleza multiétni-ca del país y la defensa de los derechos de los pueblos indíge-nas, asuma y adopte medidas para la promoción y protecciónde los derechos específicos, es decir, la distintividad, especifi-cidad y la particularidad de los derechos que pertenecen apueblos y comunidades indígenas, en consideración a su cul-tura, cosmovisiones y modos de vida que los diferencia alresto de la población nacional, como una acción positiva departe del Estado, en el marco de la normativa interna e inter-nacional sobre derechos de los pueblos indígenas y particular-mente en consideración del derecho indígena o consuetudi-nario que practican los pueblos y comunidades indígenas.

El carácter no vinculante de las recomendaciones yrecordatorios del Defensor del Pueblo, deja librada a la sensi-bilidad o no de las autoridades públicas el cumplimiento de lasresoluciones defensoriales.

Iniciativas normativas para ampliar el mandato de laDefensoría del Pueblo para la atención de los PueblosIndígenas

El Defensor del Pueblo, de acuerdo a la informaciónrecopilada de las instancias pertinentes, no ha trabajado sobreiniciativas normativas dirigidas a ampliar su mandato o com-petencias, a pesar de que algunas representaciones regionalesidentifican como limitante en el mandato el hecho de que lainstitución no pueda intervenir en casos de violaciones deDerechos Humanos de pueblos indígenas por parte de grupos

58

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 55: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de poder político o económico. Sin embargo, consideran losmismos servidores públicos del Defensor del Pueblo que nosería recomendable la ampliación del mandato debido a laimposibilidad de satisfacer mayores demandas con los escasosrecursos financieros, humanos y materiales con los que cuen-ta la institución. Si bien se identifican limitaciones en elmandato del Defensor del Pueblo para intervenir en casosdiferentes a los que son actores de vulneración de derechosindígenas, autoridades o servidores públicos, no sería respon-sable promover la ampliación del mandato debido a la imposi-bilidad operativa y limitación de recursos del Defensor delPueblo.

IV. RELACIÓN Y ANÁLISIS DE EXPERIENCIAS DELDEFENSOR DEL PUEBLO EN LA PROMOCIÓNY D E F E N S A DE LOS DERECHOS DE LOSPUEBLOS INDÍGENAS

4.1 Aspectos generalesPara atender la temática de los Derechos Humanos del

campesinado y pueblos indígenas, el Defensor del Pueblo,establece áreas de trabajo y dentro de ellas, se incorporan losprogramas especiales, como los Derechos de las Mujeres, de laNiñez y Adolescencia, de la Población con Discapacidad, delos Personas Adultas Mayores, de las Personas Privadas deLibertad y el Programa de Derechos Humanos del Campe-sinado y Pueblos Indígenas.

La matriz de este programa es similar a los demás progra-mas, es decir, incluye acciones defensoriales, iniciativas, nor-mativas, legislativas y vigilancia social y se ejecuta en coordi-nación con las diferentes unidades e instancias del Defensordel Pueblo a nivel nacional y de oficinas regionales.

59

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 56: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La atención de quejas para individuos y personas del árearural, pertenecientes al sector campesino e indígenas, sigue elmismo procedimiento, con el mismo formato que se aplica alresto de la población nacional.

En consecuencia, cualquiera personas perteneciente apueblos indígenas que recurre a los servicios del Defensor delPueblo, al igual que cualquier otra persona no indígena, seapersona a recepción, manifiesta su denuncia, se le asigna unprofesional para que recepcione la queja y la clasifica deacuerdo al índice de derechos y conductas vulneratoriasdefinida por la institución, finalmente se le comunica queretorne en 7 días, que es el plazo que se tiene para analizar sila queja es admitida o rechazada. Se ha informado que en casode que la persona denunciante hable un idioma distinto alcastellano, se le asigna un funcionario entendido en la materiapara que lo atienda, pero no existe un equipo específico o per-sonal permanente entendido en la materia para la atención apersonas de pueblos indígenas, en consideración a los dere-chos específicos y particulares que les corresponden comocolectividades humanas que además de garantizar sus dere-chos individuales, se debe garantizar privilegiar sus derechoscolectivos como pueblos.

Hasta aquí es un procedimiento y tratamiento independi-ente en el que no interviene la Unidad del Programa deDerechos Humanos del campesinado y pueblos indígenas,salvo que como consecuencia de la queja tenga que realizaralgunas actuaciones urgentes o la realización de investiga-ciones especializadas. Es decir, la Unidad no atiende lasdenuncias o quejas que presentan las personas de pueblos indí-genas en forma directa, sino que se ocupa de las estrategias depromoción, difusión, educación, investigaciones gestionesdefensoriales y/o actuaciones urgentes de oficio o como con-secuencia de denuncias.

60

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 57: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recursos

Los recursos financieros provienen de dos fuentes: TesoroGeneral de la Nación y de la cooperación internacional, losque son ejecutados en función al Plan Estratégico Quinquenaly POAs diseñados por el Defensor del Pueblo, es decir, que noexiste un presupuesto por Programas específicos.

El Defensor del Pueblo, a nivel nacional incluyendo lasrepresentaciones departamentales, especiales y mesas defen-soriales, cuenta con un total de 211 funcionarios, entre ellos,110 corresponde a funcionarios de planta y 101 a consul-tores/as de línea. La Adjuntoría de Programas y ActuacionesEspeciales a nivel de oficina central cuenta con un total de 11funcionarios, de los cuales 4 son funcionarios de planta y 7consultores de línea24.

En el marco del Plan Estratégico reformulado en junio de2004, se plantea una estrategia con enfoque y visión másamplia de la temática de los Derechos Humanos delcampesinado y pueblos indígenas, propuesta que estaría enproceso de análisis, evaluación y consideración al interior dela institución en lo referente a recursos, capacidad operativa,estrategias de trabajo y el cómo se la implementa. Se tendríaprevisto la creación de una Unidad Nacional de DerechosHumanos del campesinado y pueblos indígenas, la que depen-dería de la Adjuntoría de Actuaciones y Programas Especiales,y tendría como misión fundamental el diseño e imple-mentación de estrategias de difusión, promoción, defensa y laejecución de procesos educativos sobre Derechos Humanosdel campesinado y pueblos indígenas a nivel nacional, ydesconcentrado en los departamentos y regiones en forma per-manente.

61

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

24 VI Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional, 2003.

Page 58: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En los equipos departamentales, el responsable de Progra-mas Especiales en la medida de sus posibilidades y de losrecursos disponibles atiende a la población indígenas y cam-pesina al igual que lo hace lo hace con los Programas Especia-les de la Niñez, Mujer, Discapacitados, Adultos Mayores ypersonas privadas de Libertad.

4.2 Principales derechos de las personas y pueblosindígenas violados y conductas vulneratorias

En la base de datos de la oficina central que concentradatos a nivel nacional y en la información recopilada en losinformes del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional, sehan identificado hasta noviembre del 2004 (en el cuadro No.3), un total de 24 casos sobre vulneración de derechos depueblos indígenas clasificados de acuerdo al índice de dere-chos y conductas vulneratorias diseñado y en proceso deimplementación por el Defensor del Pueblo. Luego de revisaruno por uno de los casos en la base de datos y en los informes,se tiene los siguientes resultados: 14 casos concluyeron conproveído de archivo, lo que equivale al 58.33%, es decir, hanconcluido de forma extraordinaria; mientras que 7 casos con-cluyeron con resolución defensorial por las que se hacerecomendaciones y recordatorios a autoridades públicas yequivale al 29.16%. Las resoluciones en su mayoría soncumplidas en forma total, otras en forma parcial y otras no secumplen. No se pueden establecer porcentajes de cumplimien-to de las mismas; 1 caso concluyó con gestión directa deprimera línea, 1 caso concluyó con actuación urgente y 1 estápendiente de resolución. Todos los casos corresponden a que-jas admitidas por el Defensor del Pueblo. No se cuenta con

62

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 59: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

información sobre estadísticas de casos remitidos a orien-tación ciudadana y estado de los mismos (en anexo No. 2, vercuadro de derechos y conductas vulneratorias extraído de labase de datos del Defensor del Pueblo).

Cuadro No. 3Cuadro de derechos y conductas vulneratorias

de acuerdo a resoluciones emitidas por el Defensordel Pueblo, hasta noviembre de 2004

63

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

No.

1

2

3

Organizacióndenunciante

Comunidadoriginaria deChura; La Paz

GermánQuispe de lacomunidadAncocala deOruro

Federación deComunidadesAgroecologí-cas deRurrenaba-que, Beni

Conducta vulneratoria

Negar o impedirel derecho de losindígenas sobresus tierras, recur-sos naturales,biológicos ygenéticos.

Negar o impedirel derecho de losindígenas sobresus tierras, recur-sos naturales,biológicos ygenéticos.

Negar o impedirel derecho de losindígenas sobresus tierras, recur-sos naturales,biológicos ygenéticos.

Tipo de pro-nunciamientopor parte delDefensor del

Pueblo

Proveído dearchivo -conclusiónextraordinaria

Orientación ciudadana

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Resultadoobtenido

Se logró la re-apertura deldiálogo entreautoridadesdel Ministeriode DesarrolloSostenible ydenunciantes

Remisión alINRA paraque averigüesobre sudenuncia

Se recomien-da recurrir alINRA o a lainstanciacompetente.

Page 60: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

64

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

4

5

6

7

8

Asamblea delPuebloGuaraní(APG) SantaCruz

Coordinadorade PueblosÉtnicos deSanta Cruz

SindicatoAgrario de la2da. SecciónUmala La Paz

CentralIndígenaChiquitanaOICH-SantaCruz

OrganizaciónIndígenaChiquitanaOICH deSanta Cruz

Negar o impedirel derecho de losindígenas sobresus tierras, recur-sos naturales,biológicos ygenéticos.

Negar o impedirel derecho de losindígenas sobresus tierras, recur-sos naturales,biológicos ygenéticos.Negar o impedirel derecho de losindígenas sobresus tierras, recur-sos naturales,biológicos ygenéticos.

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Proveído dearchivo- con-clusión extraor-dinaria

Resoluciónpendiente

Proveído dearchivo- con-clusión extraor-dinaria

Resolución yrecomenda-ciones

Resolución yrecomenda-ciones

Autoridadesdel INRAinformansobre el pro-ceso desaneamiento

Autoridadesdenunciadaspresentaninformes dejustificaciónde sus actos

Debido a queno retornaronlos denun-ciantes searchiva elcaso antes dela notificacióncon la admi-sión de laqueja.

Recomenda-ciones al H.ConcejoMunicipal dePuertoSuárez deSanta Cruzpara quecumpla con laConstitución ylas leyes

Recomenda-ciones yrecordatorioal Ministro deDesarrolloSostenible yPrefecto deSanta Cruz,para quecumpla con lanormativavigente.

Page 61: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

65

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

9

10

11

12

Puerto Pérez,Prov. LosAndes de LaPaz

AYLLUANDAMARCAde Potosí

Confederaciónde PueblosIndígenas deBolivia(CIDOB), casode Pando

Central deComunidadesIndígenas deSan Miguel.Santa Cruz

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Actuaciónurgente

ResoluciónDefensorial

Resolución yrecomenda-ciones

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Las autori-dades delMinisterio deDefensa,acuerdan re-visar sus ac-ciones y abrirel diálogo.

Las autori-dades delConsejoMunicipal deYocalla Potosíhacen entre-ga de la per-sonalidadjurídica a laorganizacióndenunciante.

Inicio desumarios deinvestigacióna autoridadespoliciales ymilitaresinvolucradas

Se propiciópor parte delDefensor delPueblo unacuerdo con-ciliatorio entreel Corregidorde San Mi-guel y losdenunciantes

Page 62: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

66

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

13

14

15

16

17

Asamblea delPuebloGuaraní(APG)- Tarija

SubcentralTerritorioIndígenaMultiétnico -Beni

CentralIndígena de laRegiónAmazónica(CIRABO)

Comunidadoriginaria deHuayllani Altade Potosí

CentralIndígena de laRegiónAmazónica(CIRABO)

Impedir que unpueblo indígenaejerza su dere-cho de autodeter-minación, en elmarco permitidopor la Constitu-ción y las leyes.

Negar o entor-pecer una edu-cación acordecon los valorespropios de cadapueblo indígena yen su idioma.

Negligenciamédica

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y los re-cursos naturales,biológicos y ge-néticos de lospueblos indíge-nas.

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y los

Gestión deprimera línea

Proveído dearchivo-con-clusión extraor-dinaria

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Proveído dearchivo-con-clusión extraor-dinaria

ResoluciónDefensorial

Se gestionaante elGobiernoMunicipal deEntre RíosTarija, larevisión de ladistritaciónmunicipalindígena en elItika Guasu

No se pudoestablecer laveracidad dela denuncia

Se instauróproceso inter-no a los médi-cos respons-ables delHospital

Dotación depersonalidadjurídica quereconoce a laorganizaciónoriginaria,superado elmotivo de laqueja.

Se recomien-da al Ministrode AsuntosIndígenas, lareglamenta-ción del Con-venio 169 dela OIT, al

Page 63: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

67

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

18

19

20

Petición indi-vidual deOruro

Comunidad deHuayllani Altade Potosí

Comunidad deVilla Alcarapide Potosí

recursos natu-rales, biológicosy genéticos delos pueblos indí-genas.

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y losrecursos natu-rales, biológicosy genéticos delos pueblos indí-genas.

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y losrecursos natu-rales, biológicosy genéticos delos pueblos indí-genas.

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y los re-cursos naturales,biológicos y ge-néticos de lospueblos indíge-nas.

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Director delINRA instauresumariosadministra-tivos en con-tra de servi-dores de esainstitución y alSuperintendente Agraria aejercer controldel recursotierra.

No se pudeestablecer laveracidad dela denuncia

La Prefecturade Potosíhace entregade la perso-nalidad jurídi-ca a favor dela organi-zación origi-naria denun-ciante

Autoridadesdel PoderEjecutivoinforman queestán aten-diendo lasdemandas

Page 64: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

68

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

21

22

23

DistritoIndígenaCalcha-Potosí

Comité deDefensa delLago Titicacade La Paz

Asamblea delPuebloGuaraní APG-Santa Cruz

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y losrecursos natu-rales, biológicosy genéticos delos pueblos indí-genas.

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y losrecursos natu-rales, biológicosy genéticos delos pueblos indí-genas.

Negar u omitir laaplicación de laley en formaoportuna paraproteger los dere-chos de los indí-genas y losrecursos natu-rales, biológicosy genéticos delos pueblos indí-genas.

Proveído dearchivo- conclusiónextraordinaria

Resolucióndefensorial

Proveído dearchivo-con-clusión extraor-dinaria

No han sidocomprobadoslos hechosdenunciadosen contra dela Prefecturade Potosí.

Se recomien-da a los Mi-nistros deAsuntosIndígenas yPueblosOriginarios,DesarrolloSostenible, deAsuntos Cam-pesinos yAgropecua-rios y deRelacionesExteriores yCulto paraque cumplancon la Consti-tución y lasleyes.

Las autori-dades de laprefectura deSanta Cruzhabrían dadorespuesta alos requeri-mientos deinformes

Page 65: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cuadro No. 4Comparación porcentual de las quejas admitidas

por derecho vulnerado25

AÑO

DERECHOS 2001 %Total 2003 %Total

1. DERECHOS CIVILES 31,5 28,8 %

A la Protección judicial 13,6 7,94 %

A las Garantías procesales

Acceso a la jurisdicción apropiada

A la Integridad personal 6,3 5,42 %

A la Integridad

A la Libertad y seguridad personal 5,9% 6,22%

Libertad personal

Seguridad

A la Propiedad 2,3% 1,74%

Propiedad privada

Libertades civiles 1,2% 0,78%

A la reunión y manifestación

69

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Fuente: Elaborado en base al informe extraído de la base de datos delDefensor del Pueblo y de los informes defensoriales al Congreso Nacional.

24 Comunariosde Ananocade Potosí

Negar la asi-gnación de recur-sos suficientespara promover eldesarrollo propiode los pueblosindígenas.

Proveído dearchivo-conclusiónextraordinaria

Autoridadesde laPrefectura dePotosí secomprometena proveer losalimentos portrabajo.

25 V Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional, 2002 y 2003.

Page 66: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

A la circulación y residencia

Al pensamiento y opinión

A la asociación

A la expresión e información

A la Privacidad 1,1% 0,89%

A la inviolabilidad del domicilio

Aal honor, honra y buena reputación

A la vida 0,8% 0,9%

A la personalidad jurídica 0,2% 0,4%

Al nombre

Derecho de la familia 0,1% 0,43%

2. DERECHOS POLÍTICOS 43,4% 18,02%

A la petición 43,3% 17,7%

A participar en la dirección de los asuntos públicos 0,05% 0,3%

A participar de la función pública 0,05% 0,2%

A participar en la elaboración de las leyes 0,05% 0,02%

A desarrollo

A votar y ser elegido

3. DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 9,7 % 27,87%

Al trabajo 4,3% 5,8 %

Al salario justo 3,4% 4,08 %

A la promoción y escalafón 0,4% 0,15 %

A vacaciones retribuidas 0,3% 1,32 %

Ala limitación de la jornada laboral 0,05% 0,02 %

A la sindicalización 0,04 %

A la huelga 0,2% 0,04 %

70

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 67: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Al acceso a los servicios públicos 0,7 % 0,92 %

De usuario de servicios públicos 0,05 %

A la vivienda 0,5 % 0,03%

4. DERECHOS SOCIALES 8,0 % 9,9 %

A la seguridad social 6,3 % 9,44 %

A la salud y su protección 1,7 % 2,09 %

5. DERECHOS CULTURALES 0,9 % 1,7%

A la educación 0,8 % 2,29 %

A un ambiente sano 0,1 % 0,6 %

Desarrollo a la vida cultural

Dignidad 3,4 % 4,85%

Igualdad 2,8 %

Igualdad y no discriminación 1,5 %

Igual protección ante la ley 1,3%

Derecho de las minorías étnicas, raciales, lingüísticas y culturales 0,06%

Total 100% 100%

Este cuadro resume las quejas admitidas por derechos vul-nerados que corresponden a las gestiones 2001 y 2003 y refle-ja una situación general de derechos y conductas vulneratorias.A simple vista parecería que se tiene muy poca concurrenciade personas pertenecientes a pueblos indígenas llevando que-jas sobre violaciones de derechos específicos de los pueblosindígenas, ya sea colectivos o individuales como el caso de laigualdad y no discriminación, igualdad ante la ley, derechos almedio ambiente, al desarrollo cultural, al debido proceso, etc.Pero es probable que existan quejas presentadas por personasde pueblos indígenas en los diferentes grupos de derechos vul-nerados. Esta situación puede obedecer a que o no conocían

71

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 68: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

las funciones del Defensor del Pueblo por lo que no concurríana la institución, o también a otras causas. Al final del cuadroaparece un porcentaje referido a derechos de las minorías étni-cas, raciales, lingüísticas y culturales; sin embargo, no sedispone de información de la cantidad y de la naturaleza de losderechos vulnerados de personas y pueblos indígenas (enanexo No. 3, ver otros cuadros sobre el tema).

4.3 Rutas institucionales de atención a las personasy pueblos indígenas

El Reglamento de Trámites de Quejas, Actuaciones eInvestigaciones de Oficio, establece el siguiente procedimien-to para la atención de quejas, actuaciones e investigaciones deoficio, tramitadas en oficina central representaciones departa-mentales y regionales. Para el registro de las quejas se haestablecido un formulario único para cualquier caso que sepresente.

72

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 69: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cuadro No. 5

Fuente: Documento proporcionado por la Oficina central del Defensor delPueblo.

73

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 70: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cuadro No. 6

Fuente: Documento proporcionado por la Oficina central del Defensor del

Pueblo.

74

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 71: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Centro de Orientación Ciudadana26

Cuadro No. 7

En el primer año de funcionamiento del Defensor delPueblo, entre el 1 de octubre de 1998 y 31 de marzo de 1999,atendió 2.234 casos en todo el país, de los que 1.364 corres-pondieron al COC, es decir, el 61% de casos han sido deriva-dos a orientación ciudadana, mientras que en 2003 se atiendeun total de 11.691 casos a nivel nacional de los que 7.283 sonderivados a orientación ciudadana lo que equivale al 63%. Elporcentaje durante los últimos cinco años se ha mantenidocomo promedio en un 62%, esta situación se puede explicarpor el poco conocimiento de la población de las competenciasdel Defensor del Pueblo o como se afirma en el informe lainstitución aunque la gente conoce las competencias generalesde la Defensoría, representa una última alternativa en busca de

75

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

26 I Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional, 1999.

Page 72: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

solucionar sus problemas. No se cuenta con información rela-tiva al porcentaje o cantidad de casos que corresponden adenuncias provenientes de personas y pueblos indígenas.

El Centro de Orientación Ciudadana (COC), atiende aque-llas quejas que no corresponden al Defensor del Pueblo enrazón de la materia o por otra causa estipulada por Ley, y tienelos siguientes propósitos:

• Otorgar asesoramiento legal, general y mínimo paraque el ciudadano recurra ante la autoridad llamada porley, con la indicación de los pasos a seguir.

• Derivar el asunto a instancias competentes.

• Derivar el asunto a medios alternativos de resoluciónde conflictos.

• Enviar notas invocatorias de cumplimiento de debereslegales dirigidas a autoridades del sector público, encasos individuales menores y en consulta con las jefa-turas de las unidades técnicas de A d m i n i s t r a c i ó nPública y Servicios Públicos y Derechos Humanos.

Rechazo de quejas: Se produce mediante resoluciónmotivada en el plazo de 7 días computable desde el registro enla oficina del Defensor del Pueblo, por los siguientes casos:

a) Cuando se advierta mala fe, carencia de fundamentosreales o inexistencia de indicios.

b) Cuando se refieran a un asunto pendiente de resoluciónjudicial.

c) Cuando su tramitación implique perjuicio al legítimoderecho de terceras personas.

76

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 73: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

d) Cuando sean interpuestas en contra de personas parti-culares que están fuera del ámbito y competencia delDefensor del Pueblo.

e) Cuando sean planteadas fuera del término.

f) Cuando sean anónimas.

Fortalezas

La voluntad de la Máxima autoridad del Defensor delPueblo y de los profesionales de la institución tanto a nivelcentral como desconcentrado, vinculados con la temática delos Derechos Humanos del campesino y pueblos indígenas,para promover acciones dirigidas a agilizar, simplificar ydinamizar los procedimientos y mecanismos relativos a lostrámites de quejas y orientación ciudadana.

Los esfuerzos y la voluntad de los equipos de las oficinasdepartamentales y regionales del Defensor del Pueblo, paraatender y satisfacer las demandas provenientes de las personasy pueblos indígenas, a pesar de las limitaciones presupues-tarias, de recursos humanos y materiales.

La generación de espacios permanentes de análisis, refle-xión y capacitación al interior de la institución, con la partici-pación del personal de la institución, espacios donde se ana-lizan temas relativos a los Derechos Humanos en general ysobre Derechos Humanos del campesinado y pueblos indíge-nas y sobre la optimización de los servicios de la institución enparticular. Producto de dichas reflexiones se sabe que existeuna corriente vinculada a la nueva administración que cadavez gana mayor consenso para dar mayor prioridad y proveerde mejores servicios a las personas de pueblos indígenas queacuden a la institución.

77

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 74: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Debilidades

En el formulario de registro de quejas se percibe unaorientación más dirigida a peticiones por la vulneración dederechos individuales y no así a los derechos colectivos de lospueblos indígenas.

Ausencia al interior del Defensor del Pueblo de unainstancia especializada en el tema étnico para la atención en larecepción de quejas y orientación ciudadana a las personas depueblos indígenas que recurren a los servicios del Defensor delPueblo de manera que la atención responda especificidades, ala distintividad de los derechos de los pueblos indígenas comocolectividades pertenecientes a culturas, visiones y formas devida distintas al resto de la población nacional.

El alto porcentaje de denuncias provenientes de personasy pueblos indígenas, derivadas a otras instancias, por no co-rresponder a las competencias Constitucionales y Legales delDefensor del Pueblo, de acuerdo a la información extraída delos Informes del Defensor del Pueblo al Parlamento Nacional,auque no se tiene referencia del porcentaje de denuncias pro-venientes de pueblos indígenas.

Ausencia de un índice de derechos y conductas específi-cos para pueblos indígenas de manera que se pueda contar convariables que permitan determinar cantidad y porcentajes dedenuncias y quejas provenientes de pueblos indígenas, que sonderivadas a orientación ciudadana y los casos de quejas admi-tidas y sus resultados.

78

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 75: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.4 Contenidos y alcances de las acciones y pronunciamientos de la Defensoría de Puebloen materia de promoción y protección de losderechos de las personas y pueblos indígenas

En el anterior cuadro No 3, se hace un resumen de los pro-nunciamientos y actuaciones defensoriales en relación con laatención a personas de pueblos indígenas en los últimos cincoaños tanto de la oficina central como de las departamentales yregionales. En ellas se evidencia que un porcentaje superior al50% son resueltas con actuaciones de primera línea, de ma-nera que concluyen en forma extraordinaria, lo que significaun alto porcentaje de satisfacción para las personas recurrentesa los servicios del Defensor del Pueblo, debido a que han cesa-do la vulneración de sus derechos o se han restituido los dere-chos conculcados o de alguna manera se ha llegado a acuerdosentre partes.

El segundo porcentaje elevado en el mismo cuadro, repre-sentan los casos que han concluido con resoluciones defenso-riales recomendatorias o recordatorias a los servidores yautoridades públicas, decisiones que de acuerdo a la informa-ción proporcionada por algunos sujetos involucrados en ellas,algunas son cumplidas en su totalidad, otras en forma parcialy otras que no se cumplen, aunque no se tiene porcentajes decumplimiento y efectividad de las decisiones defensoriales. Acriterio de algunos actores el incumplimiento se debe a que noson vinculantes las resoluciones defensoriales.

Clases de Resoluciones

a) Las Resoluciones Defensoriales deberán ser motivadas yfundamentadas. Adoptarán las formas de recomendacioneso recordatorios de deberes legales.

b) Estructura de las Resoluciones Defensoriales.

79

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 76: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Número correlativo, lugar y fecha donde se pronunciala Resolución.

• Resumen de los antecedentes que dieron lugar a lainvestigación.

• Mención de manera puntual de los resultados de lainvestigación y de la normativa aplicable, en partesdenominadas considerandos. Cuando la queja estáreferida a grupos vulnerables, se hará referencia a lanormativa específica existente.

• Recomendación, recordatorio de deberes legales y/osugerencia que amerite el caso como parte resolutiva.

• Instrucciones de notificación al peticionario/presen-tante, al/a funcionarios/ autoridad a la que se dirige elrecordatorio, la recomendación y/o sugerencia, me-diante copia de ley.

• Instrucción de registro y archivo.

Conclusión extraordinaria

a) Cuando el hecho motivo de la queja, fuera subsanado,atendido adecuadamente, o rectificado antes de ladictación de la Resolución Defensorial.

b) Cuando se produzca el retiro de la queja, por parte delpeticionante/presentante.

c) Cuando las quejas se resuelvan por otras vías, con o sinla intervención del Defensor del Pueblo.

d) Cuando la investigación no haya podido comprobarlos hechos denunciados.

e) Cuando se produzca la muerte del peticionario.f) Cuando el Defensor del Pueblo o el peticionario/pre-

sentante interpone los recursos de Inconstitucionali-dad, Directo de Nulidad, de Amparo y de HabeasHábeas, en un trámite de queja.

80

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 77: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.5 Otras acciones y actuaciones del Defensor delPueblo, en relación con los Derechos Humanosde los pueblos indígenas

Tanto la anterior como la actual administración delDefensor del Pueblo, han recurrido a los medios de comuni-cación social para hacer conocer las funciones y competenciasde la institución, difundir sus estrategias y planes de trabajo,informar sobre avances y dificultades en el trabajo de la insti-tución, así como expresar sus visiones y opinión ante laopinión pública en relación con casos paradigmáticos de vio-laciones sistemáticas y permanentes de los Derechos Humanosde los pueblos indígenas por parte del Estado nacional, susinstituciones y autoridades, asimismo prevenir, reflexionar yalertar sobre potenciales conflictos que pudieran derivar envulneraciones de Derechos Humanos de los pueblos indígenas.En este entendido ofrecemos a continuación algunas mani-festaciones de los medios de comunicación que han servido dedenuncia pública con intervención del Defensor del Pueblo:

Denuncian que aún hay pueblos cautivos27

Cinco de las siete comunidades guaraníes ubicadas en elAlto Parapetí se encuentran cautivas, cercadas porpropiedades privadas, denunció ante la Defensora delPueblo el Capitán Grande de la zona, Marcelino Robles, queel lunes 28 de enero de 2002, participó del acto conmemo-rativo de los 110 años de la masacre de Curuyuqui. El diri-gente le manifestó a la representante de la Defensoría, SoniaSoto, que a los miembros de estos poblados ni siquiera se lespermite salir de su comunidad. “No tienen derecho nisiquiera a asistir a la escuela”, afirmó Robles.

81

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

27 Periódico “El Deber” de Santa Cruz, de 30 de enero de 2002.

Page 78: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Soto señaló que se hará todo lo que la ley le permita, com-prometiéndose a evaluar el caso en el lugar de los hechos.“Colaboraré para liberar a los guaraníes que se encuentrencautivos. Tenemos que ver estas situaciones por la cual lospueblos guaraníes se ven discriminados de las políticas delactual gobierno”.En los actos de recordación de la masacre de Curuyuqui, losdirigentes guaraníes reivindicaron el derecho a su territorio.“Esperábamos que el saneamiento de tierras iba a solucionarlos problemas. Sin embargo, la solución es para los hacen-dados y patrones y no para los pueblos originarios”.Romero de Campero pide tregua, pero el gobierno y loscampesinos siguen distanciados28

La Defensora Ana María Romero salió ayer a la palestra consu bandera blanca, mas el gobierno y los campesinos noescucharon su planteamiento de declarar una tregua en elconflicto que mantiene en vilo al país.Los campesinos iniciaron el bloqueo hace una semana, elque comenzó de a poco en las distintas regiones.La Defensora se apropió de la preocupación de la gente, porlo que pidió una tregua. Mientras tanto se reanudaría el diá-logo entre las partes, hasta encontrar una solución.El dirigente Felipe Quispe desechó cualquier posibilidad dedeclarar una tregua en el bloqueo de caminos que llevanadelante. Además Quispe manifestó que “nosotros, loscampesinos, perdemos toda la vida: ahora que también pier-dan pues ellos”, dijo en referencia al Carnaval de Oruro.Además expresó su desconfianza en la palabra del Defensordel Pueblo, institución a la que sindicó de haberlos abando-nado cuando los campesinos exigían el cumplimiento de losacuerdos alcanzados con las autoridades.

82

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

28 Periódico “La Prensa” de La Paz, de 7 de febrero de 2002.

Page 79: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La Defensora advierte que 13 conflictos agobiarán el200329

El Estado boliviano enfrentará el venidero año 13 conflictospotenciales focos de conflicto por tenencia de la tierra porindígenas, agricultores, el Movimiento Sin Tierra, ganade-ros y hacendados organizados, además de problemas delímites entre ayllus andinos; pugnas que pueden derivar enviolencia a los derechos fundamentales, violencia y hechosde sangre.Tal alerta temprana fue lanzada por la Defensoría del Puebloa través de su responsable del Programa CampesinoIndígena, Arturo Villanueva.Conviene “ser vaca”, no campesino o indígena-origina-rio30

De cederse a las presiones de los ganaderos sobre la canti-dad de hectáreas que se debe dotar por cabeza de ganado,una vaca tendrá más derecho que un campesino a acceder ala tierra, con el agravante de que tal hecho podría quedarestablecido por ley.La Defensora del Pueblo explicó que el aspecto de la “cargaanimal” es uno de los problemas heredados de la anteriorgestión de gobierno. Debe entenderse por “carga animal”una disposición por la que pretende redefinir la relación decantidad de hectáreas de tierra por cabeza de ganado. Segúnla Ley Agraria de 1953, actualmente se asigna cinco hec-táreas por cabeza y hoy los ganaderos piden que se incre-mente a 25 hectáreas por cabeza.“Es decir, que si uno fuera vaca tendrá más derecho a tenermás tierras”, comentó con ironía la Defensora del Pueblo,Ana María Romero de Campero.

83

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

29 Periódico “La Prensa” de La Paz de 20 de diciembre de 2002.30 Periódico “La Prensa” de La Paz de 20 de diciembre de 2002.

Page 80: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Defensor del Pueblo aboga por el Pilcomayo31

La Oficina del Defensor del Pueblo está facultada paraejercer una serie de acciones para frenar los efectos ambien-tales y sociales que afectan a la cuenca del río Pilcomayo. El Defensor del Pueblo critica de “negligente” la actitud delMinisterio de Desarrollo Sostenible al cual acusa de poster-gar de manera injustificada la puesta en vigencia delManifiesto Ambiental para el desarrollo de la actividad mi-nera, “pese a conocer la gravedad de la situación y los efec-tos sobre la población”.

Defensor del Pueblo Interviene en Chuquisaca32

En la provincia Hernando Siles viven cerca de medio millarde familias cautivas, a quienes el Estado boliviano se com-prometió a dotarles de tierras mediante un convenio con laAsamblea del Pueblo Guaraní, pero no ha cumplido y elplazo de ese acuerdo se cumplió ayer.Así lo denuncio la representante regional del Defensor delPueblo en Chuquisaca, Ximena Dávalos, quien este viernesbrindó un informe de las actividades realizadas por esa insti-tución y también adelantó sus proyecciones. Entre otrostemas, dijo que será una prioridad en su trabajo el tema delas familias “cautivas”, conocidas así por la precariasituación y el sometimiento a los que los hacendados lasobligan a vivir.

84

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

31 Periódico “El Diario” de La Paz de 19 de noviembre de 2003.32 Periódico “Los Tiempos de Cochabamba” de 16 de octubre de 2004.

Page 81: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

V. EXPERIENCIAS EXITOSAS: RELACIÓNDE CASOS Y LECCIONES APRENDIDAS

En relación con las experiencias del Defensor del Puebloen su labor de mediación, sus funciones educativas y de inves-tigación de cara a la promoción, difusión y defensa de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarias delpaís, se ha intentado recopilar y organizar la información encada una de las áreas, para luego visualizar las estrategias uti-lizadas, acciones, mecanismos, resultados logrados, asimismoestablecer algunos elementos y aspectos relativos a los avan-ces, logros y limitaciones a través de opiniones y percepcionesde actores involucrados en cada caso.

5.1 Función mediadora del Defensor del Pueblo

El Manual de Organización y Funciones del Defensor delPueblo, asigna entre otras funciones a la Unidad Nacional deProgramas Especiales, la de realizar el seguimiento y moni-toreo de las estrategias de vigilancia social, propuestas norma-tivas, promoción y capacitación de los Derechos Humanosdirigidos a los sectores priorizados.

Una de las principales causas de violación y vulneraciónde los Derechos Humanos es en consideración al proceso deconvulsión social observado en el país ya desde hace algúntiempo, traducido en las recurrentes demandas de diferentessectores y grupos particulares que llevan a enfrentamientoscasi diarios con los poderes públicos.

En este contexto, el Defensor del Pueblo en el PlanEstratégico Quinquenal, establece como política la C o n -certación y Facilitación, es decir, que el Defensor del Puebloen el marco de una cultura deliberativa y por la paz, promue-

85

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 82: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

va la apertura y creación de espacios de diálogo y solución deconflictos de manera concertada, comprenda y asuma la diver-sidad cultural de la nación y sus grandes diferencias, para locual actuará como facilitador cuando las circunstancias así lodemanden. En ese marco, se identifican y analizan situacionespotenciales de conflictos, se proponen e implementan accionesde acercamiento para prevenir violaciones de DerechosHumanos.

Actuaciones UrgentesCuadro No. 8

Fuente: Plan Estratégico del Defensor del Pueblo (2001-2006).

Aunque es bueno mencionar que tanto la Constitucióncomo la Ley del Defensor del Pueblo no especifica ni asignacompetencia mediadora al Defensor del Pueblo, sin embargo,es una de las políticas centrales de la institución y en las queha tenido mayor éxito y le ha dado legitimidad y prestigio antela población.

86

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 83: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Algunos acontecimientos en los que el Defensor del Puebloha participado como mediador, facilitando el del diálogo ypromoviendo acercamientos entre las partes en conflicto

Intervención en el conflicto étnico que enfrentaba a ayllusdel Norte del Departamento de Potosí y del Sur delDepartamento de Oruro, obedeciendo a un pedido de lasautoridades municipales de Challapata, se hacen visitas defen-soriales a diferentes comunidades en conflicto, y participan enuna serie de eventos, en algunos casos como mediadores yfacilitadores y en otros para coadyuvar a la búsqueda de alter-nativas de pacificación de la zona así como gestionar elcumplimiento de las demandas de los pueblos originarios enconflicto ante el Gobierno nacional.

Participación como facilitadores del diálogo y vigilanciadel respeto de los Derechos Humanos en los casos de tomas detierras por el Movimiento Sin Tierra, constituido en su ma-yoría por personas de comunidades campesinas y pueblosindígenas, en los departamentos de La Paz, Santa Cruz, Tarija,Chuquisaca y Cochabamba.

Intervención como facilitadores en los conflictos de tie-rras y enfrentamientos suscitados que involucra a pueblosindígenas en Guarayos, Carmen Rivero y Los Yuquises enSanta Cruz y disputas entre M-ST y la Asamblea del PuebloGuaraní (APG) en Tarija-Yacuiba.

Participación como facilitadores y vigilancia del respetode los Derechos Humanos en los conflictos de límites políticoadministrativo entre organizaciones originarias aymaras-quechuas de las provincias Avaroa y Pagador del departamen-to de Oruro.

Participación en forma permanente y sistemática comofacilitadores y vigilancia del respeto de los DerechosHumanos en los conflictos suscitados entre las fuerzas combi-

87

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 84: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

nadas de la Policía y del Ejército y los productores de la hojade coca tanto en Cochabamba como en los Yungas de La Paz,zonas que se encuentran en permanente tensión como conse-cuencia de la política de erradicación de la hoja de coca imple-mentada por el Gobierno con el apoyo de los EE.UU.

Seguimiento y vigilancia a empresas mineras, petroleras,madereras, proyecto de apertura de caminos, para que cum-plan con la normativa ambiental y evitar daños al medio am-biente y a comunarias y comunarios de pueblos indígenas ycomunidades campesinas: Casos de la mina Inti Raymi enOruro, Don Mario en Santa Cruz, Consur en Potosí,Chuquisaca y Tarija por la contaminación del río Pilcomayo,etc.

Participación buscando acercamiento entre el ConsejoNacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ) yautoridades gubernamentales, a fin de contribuir en la búsque-da de soluciones a las demandas del movimiento indígena.

Intervención como mediador en la huelga de hambre quemantenían comunarios y comunarias aymaras de Oruro exi-giendo al gobierno la realización de auditorías ambientales pa-ra establecer los efectos y daños al medio ambiente por laactividad minera en la región.

El Defensor del Pueblo promueve reuniones con líderespolíticos, sindicales del movimiento indígena y campesinopara conocer sus demandas e intermediar su cumplimientoante el Gobierno nacional y de esa manera contribuir a la paci-ficación del país.

88

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 85: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

EXPERIENCIA SOBRE MEDIACIÓNIII MARCHA POR EL TERRITORIO Y LOS RECURSOS

NATURALES

AntecedentesComo antecedentes a la tercera marcha, se tiene la primera

marcha por el “Territorio y la Dignidad” protagonizada por lospueblos indígenas de tierras bajas en 1990 y la segunda mar-cha por el “Territorio, los Derechos Políticos y el DesarrolloEconómico”, protagonizada por comunarias y comunarios depueblos indígenas y comunidades campesinas de todo el país1996.

Desde la segunda marcha se va gestando la tercera, comoconsecuencia de una serie de demandas incumplidas y por lassistemática violación a los Derechos Humanos del campesina-do y pueblos indígenas vinculados a la tierra-territorio, recur-sos naturales, la exclusión y discriminación social, política,económica, la coartación del derecho a la consulta, vulneran-do instrumentos internacionales y nacionales relativos a losDerechos Humanos de pueblos indígenas y comunidadescampesinas.

Es importante tener en cuenta que los pueblos indígenasde tierras bajas, tienen una gran vocación democrática, de diá-logo de concertación y negociación lo que ha permitido lafirma de innumerables convenios con los Gobiernos despuésde 1996 y antes del 2000, los que en forma sistemática hansido incumplidos.

Como consecuencia de la III Marcha, entre otros acuerdosse firma un convenio de 19 puntos referidos a adecuacionesnormativas sobre la ley de tierras, titulación de TCOs, asig-nación de recursos para el desarrollo de los pueblos y otros,entre organizaciones indígenas, campesinas y de colonizado-

89

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 86: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

res del oriente boliviano y el Gobierno, el 15 de julio del 2000,en la localidad de Montero Santa Cruz. En este caso, elDefensor del Pueblo, junto a la Asamblea Permanente de losDerechos Humanos de Bolivia (APDHB) y la Iglesia Católica,se constituyeron en garantes del cumplimiento del convenio.

Estrategias

La Función mediadora y facilitadora del Defensor delPueblo, en temáticas que vinculan a campesinos y pueblosindígenas, se ejecuta a través del Programa del campesinado ypueblos indígenas, la Unidad Conflictos Sociales yActuaciones Urgentes para posibilitar el diálogo entre actorescampesinos e indígenas y el Gobierno, en los diferentes con-flictos sociales en el área rural y que hacen a la problemáticadel campesinado y pueblos indígenas del país. Para desarrollaresta línea de trabajo, se ha establecido alianzas estratégicascon la Iglesia Católica y la Asamblea Permanente de losDerechos Humanos de Bolivia. Esta estrategia desarrolladapor el Defensor del Pueblo, le ha dado buenos resultados porcuanto le ha permitido prevenir potenciales conflictos,acciones violentas que pudieran haber culminado en viola-ciones de Derechos Humanos y además ha contribuido alreestablecimiento de un clima de paz y respeto a los DerechosHumanos del campesinado y pueblos indígenas.

Acciones

En su condición de garante, el Defensor del Pueblo hadesarrollado una serie de acciones defensoriales como lassiguientes:

1. Asistió y participó en diversas reuniones de segui-miento al cumplimiento del convenio, realizadas conministros y personeros gubernamentales responsables.

90

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 87: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Además, recopiló, sistematizó y actualizo informaciónrelacionada con el avance de los puntos convenidos,elaboró una matriz de seguimiento al cumplimientodel convenio.

2. Facilitó espacios de diálogo entre los sectores deman-dantes y el Gobierno para dar cumplimiento a losacuerdos.

3. Se hizo gestiones defensoriales ante otras instanciasdel Estado (como por ejemplo el Tribunal AgrarioNacional y el INRA) para procurar condiciones yfavorecer trámites que faciliten el cumplimiento de lospuntos convenidos.

4. Brindó atención a los requerimientos y demandas delos sectores en conflicto y asistencia técnica defenso-rial, orientadas a facilitar un mejor proceso de cumpli-mento de los acuerdos.

5. Realizó una investigación de oficio relacionada con laTercera Marcha por el Territorio y los RecursosNaturales, la que concluyó con un informe defensori-al al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo.

6. Se interpuso un recurso legal abstracto o directo deinconstitucionalidad en contra del Decreto SupremoNo. 25532 y 25783 emitido por el Poder Ejecutivo,instrumento violatorio del derecho a la consulta y par-ticipación de los pueblos indígenas, previsto por elconvenio 169 de la OIT, ratificado por el Estado boli-viano.

7. Pero además significa otras actuaciones como verifica-ciones defensoriales, reuniones, llamadas telefónicas,emisión y remisión de comunicaciones, apoyo y asis-tencia a la gente mujeres, niños participantes de lamarcha.

91

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 88: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Mecanismos

Como mecanismo fundamental sobre esta experiencia seha recurrido al diálogo y la concertación, para ello, se handesarrollado reuniones y una serie de gestiones para posibili-tar el acercamiento entre las partes y posibilitar el diálogo,proposición de alternativas para posibilitar acuerdos, vigilar enel lugar la situación de la gente, velar por que los convenios novulneren los Derechos Humanos del campesinado y pueblosindígenas, verificaciones defensoriales, etc.

Como mecanismo de seguimiento el Defensor del Pueblo,ha diseñado y puesto a prueba la siguiente matriz deseguimiento.

Ayuda de Memoria: Seguimiento al Cumplimiento delos Acuerdos Convenio Gobierno-OrganizacionesIndígenas, Campesinas y de Colonizadores delOriente Boliviano

TEMA 1: Modificación del Reglamento de la Ley INRA33

Puntos consensuados Responsables Plazos Estado de avance (ver-sión oficial)

Aprobación el día martes Gabinete minis- 18/07/01 Cumplido se ha 18 de julio, del Proyecto terial e INRA promulgado el de D.S. referido a la D.S. 25848.modificación de la Ley INRA

92

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

33 La experiencia del Defensor del Pueblo de hacer el seguimiento y vigilancia delcumplimiento de compromisos por parte del Gobierno con organizaciones indí-genas y campesinas, ha sido aplicada como matriz para cada uno de los si-guientes temas que son parte de los convenios que se constituyeron en

Page 89: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Notas y comentarios:En las reuniones de diálogo, las organizaciones demandantesdenunciaron que el D.S. 25848, estaba siendo revisado en laComisión Agraria Nacional (CAN)

TEMA 2: Saneamiento y titulación de propiedadescampesinas dentro del la Reserva delChore

Puntos consensuados Responsable Plazo Estado de avance (ver-sión oficial)

4. Se adjunta D.S. 25839 INRA No ha sido Cumplido:que posibilita la conso- establecido existe el D.S.lidación vía saneamiento que permite lay titulación de las propie- titulación, pero dad campesinas dentro de no hay recursos.la Reserva del Chore

93

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

garante de cumplimiento el Defensor del Pueblo, la Iglesia Católica y laAsamblea Permanente de los Derechos Humanos de Bolivia: Creación de unfondo de reactivación Productiva para pequeños productores; abrogación deD.S. de conversión de barracas en concesiones forestales; celeridad y gratuidaden trámites de otorgación de personalidades jurídicas a organizaciones indíge-nas y campesinas; emisión de Resoluciones Ministeriales de desalojo del INRA;suspensión de concesiones mineras; coadministración de parques por parte delos pueblos indígenas; reconocimiento del idioma básico del pueblo Chiquitano;inclusión de planteamientos indígenas y campesinos en la ley de necesidad dereforma a la Constitución Política del Estado; institucionalización del INRA; tit-ulación de procesos agrarios en trámite; ejecución de saneamiento simple de ofi-cio, en los departamentos de Pando, Beni, Santa Cruz, provincia Gran Chaco deTarija e Ixiamas de La Paz; titulación de las TCOs de Monteverde, Lomerío,TIM II y Yuracarés; entrega de informes de necesidades espaciales; revocatoriade Resoluciones Administrativas del INRA; tratamiento congresal de leyes deagua y biodiversidad y flexibilización de normas para desmontes y quemas con-troladas.

Page 90: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Notas y comentarios:El proceso de saneamiento se encuentra en curso, las orga-nizaciones demandantes no hacen ninguna observación.

Esta matriz que fue iniciativa del Defensor del Pueblopara hacer seguimiento al cumplimiento de convenios y acuer-dos, constituye un instrumento importante que permite llevarel control de los avances, plazos y de las responsabilidades decada una de las partes, asimismo hacer los ajustes, observa-ciones pertinentes y en forma oportuna (se utiliza una matrizpara cada tema). Este instrumento inclusive ha sido imitadopor instancias del Poder Ejecutivo.

Resultados de la experiencia de mediación desarrolladapor el Defensor del Pueblo

• Generar un clima propicio, por el que se posibilitó eldiálogo entre las partes en conflicto.

• Pacificación de la zona donde estaban concentrados losprotagonistas de la marcha.

• En el caso que nos ocupa, se evitó el sacrificio de milesde marchistas, mujeres, y niños que habrían tenido quecaminar sujetos a las inclemencias del tiempo para llegara la sede de Gobierno y la prevención de potencialesactos de violencia en el recorrido y la violación de losDerechos Humanos.

• La abrogación por parte del Gobierno, de una serie deinstrumentos normativos (decretos supremos) violatoriosde los derechos del campesinado y pueblos indígenas,vinculados con la propiedad, tenencia de la tierra, con eluso y administración de recursos naturales.

94

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 91: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• La emisión de la Resolución Defensorial (No.RD/LPZ/00024/2001/DH), por la que se recomienda laadopción de una serie de medidas para subsanar la vul-neración del Convenio 169, Constitución Política delEstado, Ley INRA y sus Reglamentos relativos alsaneamiento y titulación de tierras a favor de los pueblosindígenas, uso, manejo y administración de recursos na-turales, atendiendo una queja presentada por la CentralIndígena de la Región Amazónica de Bolivia CIRABO,y que además la queja forma parte de las demandas de IIIMarcha por el Territorio y los Recursos Naturales.

• Modificación del Reglamento de la Ley INRA, por partedel Consejo de Ministros del Poder Ejecutivo.

• Creación de un Fondo de Reactivación Productiva parapequeños productores indígenas y campesinos.

• Aprobación del DS. No. 25839, que posibilita elsaneamiento y titulación de propiedades campesinas eindígenas en la Reservas Naturales.

• Celeridad y gratuidad en trámites de otorgación de per-sonalidades jurídicas a organizaciones indígenas ycampesinas.

• Coadministación de Parques Nacionales por parte depueblos indígenas y comunidades campesinas.

• Reconocimiento del idioma básico del pueblo Chiqui-tano.

• Inclusión de planteamientos indígenas y campesinos enla ley de necesidad de reforma de la Constitución Políticadel Estado.

• Contribución al fortalecimiento de la democracia y cam-bio en la cultura política de los servidores públicos de losPoderes del Estado.

95

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 92: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Comentarios y opiniones en relación la III Marcha por elTerritorio y los Recursos Naturales, por parte represen-tantes de CIDOB, CPESC y de la CIRABO34

En relación con la III Marcha sobre el Territorio y losRecursos Naturales, protagonizada por indígenas, campesinosy colonizadores y que llegó hasta la localidad de Montero,consideran que la iniciativa del Defensor del Pueblo, laAsamblea de Derechos Humanos y la Iglesia Católica, ha sidobuena como experiencia, permitió la firma de un convenio ysuspender la marcha. En relación con los convenios algunos secumplieron, como el caso del saneamiento de las TCOs, peroen su mayoría no se cumplieron. A pesar de ello los entrevis-tados sostuvieron que el Defensor del Pueblo “ha sacado elpecho” por el movimiento indígena en el momento de la mar-cha.

Es importante aclarar que en esta ocasión (julio de 2000),se produce un fraccionamiento de las organizaciones indígenasde tierras bajas, debido a que la CIDOB firma un primer con-venio con el Gobierno en la ciudad de Santa Cruz, con el queno estaban de acuerdo los principales actores de la III Marcha,situación que lleva a que los marchistas continúen hasta lalocalidad de Montero en Santa Cruz, donde firman con elGobierno otro convenio de 19 puntos, del que se constituye engarante el Defensor del Pueblo junto a la Asamblea deDerechos Humanos y la Iglesia Católica.

96

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

34 Las reuniones de validación, en el caso de la III Marcha por el Territorio y losRecursos Naturales como experiencia en la función mediadora del Defensor delPueblo, se desarrollaron con el CIDOB y la CPESC en ocasión de su visita en laciudad de Santa Cruz el 10 de noviembre del 2004. Mientras que la reunión con3 representantes de la CIRABO, se realizó en la ciudad de Sucre, en ocasión dela participación de los indígenas en el Seminario Taller Internacional sobreJusticia de Paz: Experiencias Andinas y Perspectivas en Bolivia, realizado en laCorte Suprema de Justicia, el 18 y 19 de noviembre de 2004.

Page 93: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Mientras que el representante de la Central de PueblosÉtnicos de Santa Cruz (CPESC), considera que ha sido positi-va la participación del Defensor del Pueblo en la III Marcha,el Defensor del Pueblo cumplió un rol importante como medi-ador junto a la Iglesia y la Asamblea Permanente de DerechosHumanos. Aunque los convenios no se cumplieron en un100% se hizo el seguimiento en su momento de las demandas.El saneamiento de las tierras comunitarias de origen es el másconflictivo. Las empresas siguen exigiendo que se respeten suspropiedades al Director Nacional del Instituto Nacional deReforma Agraria que no está cumpliendo con sanear la tierraen los 10 años que ya se cumplen. Confiamos en que elDefensor del Pueblo hará el seguimiento a los convenios fir-mados en el marco de la coordinación que se mantiene actual-mente.

5.2 Función Educativa del Defensor del Pueblo

En relación con la función educativa, el inciso 13 delartículo 11 de la Ley 1818, faculta al Defensor del Pueblo, adiseñar, elaborar, ejecutar y supervisar programas para ladefensa, promoción y divulgación de los Derechos Humanos,así como establecer mecanismos de coordinación con organis-mos gubernamentales y no gubernamentales para estos efec-tos.

El Reglamento Interno de Organización y Funcionamien-to del Defensor del Pueblo, en el artículo 21, inciso 1,establece como atribución de la Adjuntoría de Promoción yAnálisis, la de elaborar y ejecutar programas de promoción,difusión, seguimiento, divulgación y capacitación de DerechosHumanos y ciudadanos, y de normas nacionales e interna-cionales vinculadas con éstos. Asimismo, proponer acciones yejecutar programas que velen por el respeto de la naturaleza

97

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 94: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

multiétnica y pluricultural del Estado boliviano y que promue-van la defensa de los Derechos Humanos de los pueblos indí-genas y originarios del país.

El Manual de Funciones y Procedimientos de las MesasDefensoriales, en el artículo 8, fija como funciones, la deinformar, capacitar y educar a la población en DerechosHumanos en las zonas de influencia, aplicando la metodo-logía, contenidos, políticas y materiales proporcionados por laOficina Central del Defensor del Pueblo.

P rogramas de difusión y educación vinculadas a losDerechos Humanos del campesinado y pueblos indígenas,desarrolladas por el Defensor del Pueblo

Refuerzan lucha contra discriminación35

Campaña. El Defensor del Pueblo pide no hacer diferen-cias por sexo, color, religión o la forma de pensar.

IGUALES, PERO RESPETANDO DIFERENCIAS. Laintolerancia y la discriminación son parte de las violaciones alos Derechos Humanos y se manifiestan en nuestros compor-tamientos diarios que se han vuelto invisibles para nuestrosojos.

Como seres sociales, nuestros comportamientos afectan alconjunto de la sociedad y por ello tenemos que vivir ejercien-do y contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto delos Derechos Humanos. Ninguna persona es más ni menos queotra, todas somos iguales en esencia y tenemos los mismosderechos y obligaciones.

La tolerancia es una de estas obligaciones y consiste enreconocer el derecho del otro a que se lo trate con respeto y sele reconozca su identidad. La tolerancia es el comienzo de un

98

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

35 Periódico “El Deber de Santa Cruz del 18 de mayo de 2002.

Page 95: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

proceso de verdadera democracia, pues sin tolerancia nopodremos reconocer los aportes que los distintos grupossociales, étnicos y culturales brindan todos los días al desarro-llo del país.

Defensor del Pueblo rechaza expresiones racistas36

Inician campaña contra la discriminación racial. Un aficheque muestra los rostros de una mujer originaria del Chaco ta-rijeño, de una chola paceña, de un campesino potosino, de untarijeño de la ciudad, entre otros, intenta reflejar la diversidadcultural boliviana. Se trata de una campaña contra la discri-minación de raza, color y clase social en Tarija, iniciada por laOficina del Defensor del Pueblo como consecuencia delencendido sentimiento “anticolla” que brota en la capital cha-paca.

EXPERIENCIA SOBRE LA FUNCIÓN EDUCATIVA,DESARROLLADA POR EL DEFENSOR DEL PUEBLO

El componente de capacitación y educación de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas en estos primerosaños de funcionamiento del Defensor del Pueblo, ha respondi-do más a demandas puntuales de los pueblos indígenas de lasdiferentes regiones del país, con un perfil bajo en esta temáti-ca. Sin embargo, en lo referente a la promoción y difusión delos Derechos Humanos de los pueblos indígenas y originarios,se ha mantenido en forma permanente durante el tiempo defuncionamiento de la institución defensorial, programas depromoción y difusión de los Derechos Humanos de los pue-blos indígenas y comunidades campesinas a través de dife-rentes medios de comunicación con alcance nacional tanto enel área rural y urbana.

99

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

36 Periódico “Los Tiempos” de Cochabamba del 4 de noviembre de 2003.

Page 96: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Caso: Programa radial bilingüe en aymara-castellano-quechua en la gestión 2003

Antecedentes

El Defensor del Pueblo, frente a la imposibilidad de aten-der a toda la población rural con la promoción, difusión ycapacitación con eventos y contacto directo con las comu-nidades indígenas y originarias, ha previsto como una de susestrategias la transferencia de metodologías apropiadas através de programas masivos de difusión en idiomas indígenasa las organizaciones campesinas e indígenas, para que por ini-ciativa propia ellos asuman esta responsabilidad en sus comu-nidades. Esto permanece como estrategia aunque no ha sidoimplementada.

La institución defensorial por cuarto año consecutivo haimplementado el programa radial educativo aymara quechua através de un total de aproximadamente 300 radio emisoras entodo el país, de las cuales el 50% tienen cobertura en el árearural.

Dando continuidad a la campaña educativa iniciada añosatrás, en la gestión del 2003, el programa ha sido difundido por129 medios masivos de comunicación y difusión en todo elpaís, 86 radios emisoras y 43 canales de televisión con granalcance en el área rural, con el objetivo de que la misión y fun-ciones de la institución y los Derechos Humanos sean conoci-dos por la población rural del altiplano y los valles interandi-nos. Con este mismo propósito se produjo una serie de mate-riales educativos en idiomas indígenas para ser distribuidoscomo material de apoyo a los programas educativos. Resaltanel afiche que sintetiza el mensaje contra la discriminación: “yono me dejo discriminar, tú no te dejes”, los folletos sobre elConvenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo,“la ley es igual para todos” y otros.

100

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 97: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Diez cuñas radiales, de 40 segundo cada una, con el obje-tivo de llegar a la población en sus distintos niveles sociocul-turales y socioeconómicos, con información estimulante y útilsobre Derechos Humanos de los pueblos indígenas y sobre lasfunciones del Defensor del Pueblo. De las diez cuñas, cincoson para público urbano y cinco para público rural.

Estrategias

En la labor de difusión de los Derechos Humanos de lospueblos indígenas el Defensor del Pueblo ha establecido alian-zas estratégicas con instituciones y organizaciones de lasociedad civil para consolidar el proceso institucional y dedifusión sobre los Derechos Humanos y de los pueblos indíge-nas. Las alianzas han sido fortalecidas con un importantenúmero de empresas de comunicación (radio, prensa y tele-visión), de cobertura local y nacional, comprometidas firme-mente en la tarea básica de difundir los principales contenidosde la misión del Defensor del Pueblo. Los aliados colaborancediendo espacios estelares, fijando tarifas altamente preferen-ciales y facilitando canales informativos que posibilitan elacceso de la población en todo el país a los servicios de lainstitución

Como ejemplo se tiene la alianza con la red de emisorasafiliadas a la Escuelas Radiofónicas de Bolivia, ERBOL, sis-tema que desempeña un importante papel social por su ampliacobertura rural y urbana a nivel nacional.

Acciones

1. Establecimiento de acuerdos (convenios) con institu-ciones y organizaciones para la implementación de cam-pañas educativas.

2. Producción de contenidos e instrumentos guiones y cu-ñas radiales para la campañas educativas.

101

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 98: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3. Validación de contenidos, instrumentos y materialeducativo sobre el programa.

4. Adecuación de guiones a los idiomas nativos aymaras yquechuas.

5. Realizar el seguimiento permanente a los programaseducativos.

6. Retroalimentación permanente con los aportes y percep-ciones de las representaciones departamentales y re-gionales del Defensor del Pueblo.

7. Desarrollar el monitoreo, evaluación y ajustes perti-nentes a los programas educativos.

8. Medición de impacto de los programas.

Mecanismos

Entre los mecanismos a los que se ha recurrido paraimplementar el programa de educación bilingüe aymara-castellano-quechua, se puede identificar a las cadenas de radioemisoras y canales de televisión comprometidos con el progra-ma educativo.

Asimismo se han considerado otros mecanismos que porsus características y altos componentes técnico son definidospor las instituciones y organizaciones aliadas al Defensor delPueblo, encargadas de la implementación del programa dedifusión en consideración a la realidad sociocultural de lascomunidades indígenas originarias de las diferentes regionesdel país. Los mecanismos son sujetos en forma permanente ala validación por parte de actores de organizaciones indígenasy originarias del país.

Otro mecanismo lo constituye el programa “Sintonía: ElDefensor del Pueblo te escucha y te responde”, que difunde enaymara-castellano-quechua y otros idiomas indígenas las

102

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 99: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

competencias y funciones del Defensor del Pueblo, difunde losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarias, yestablece con la audiencia un diálogo donde la gente consultay el Defensor responde.

Resultados

• Las funciones y competencias del Defensor del Puebloy los Derechos Humanos del campesinado y pueblosindígenas son difundidos a través de programas bi-lingües dirigido a la población aymara y quechua delpaís.

• Mayor concurrencia de personas de comunidades indí-genas y campesinas a solicitar los servicios del Defensordel Pueblo para hacer prevalecer sus derechos.

• Comunarios y comunarias de base de la región andina einterandina que escuchan los programas educativos pro-movidos por el Defensor del Pueblo, consideran a lainstitución defensorial como la instancia tuteladora desus derechos y donde pueden recurrir para acceder amayor justicia con el apoyo de la institución.

• Experiencias de los programas bilingües son sistemati-zados, evaluados, analizados y considerados para elenriquecimiento de procesos educativos sobre DerechosHumanos del campesinado y pueblos indígenas a dis-eñarse e implementarse en lo futuro.

• 129 medios masivos de difusión difunden las competen-cias del Defensor del Pueblo y Derechos Humanos delos pueblos indígenas en todo el país.

• Comunarios y comunarias de organizaciones indígenasy originarias cuentan con material educativo en lenguasoriginarias.

103

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 100: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Opiniones de actores en relación con la experiencia educa-tiva desarrollada por el Defensor del Pueblo

La información corresponde a percepciones generales deactores tanto de comunarios y comunarias de base comolíderes de organizaciones de originarias aymaras y quechuasde la zona andina e interandina del país, recopiladas en lostalleres desarrollados en Oruro, La Paz y Chuquisaca y conautoridades originarias de Conamaq, Consaq, Jach’a Pacajes,Jach’a Charangas, Jatun Quillakas Azanaques del Sur deOruro y Coamach de Sucre. La opinión generalizada es que losprogramas radiales en aymara y quechua emitidos por lasradioemisoras son escuchados en las diferentes comunidades yson considerados como una medida atinada por el Defensordel Pueblo. Ésta es una de las mejores formas de llegar a lagente indígena y originaria por que es en su idioma lo que hacemás comprensibles y entendibles los temas que desarrollanrelativo a las funciones del Defensor del Pueblo y sobre losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarios. Laexpectativa de la gente es tomar contacto directo con fun-cionarios del Defensor del Pueblo a través de actividades a eje-cutarse en las comunidades del área rural y de esa manera porprofundizar sus conocimiento en relación con los DerechosHumanos del campesino y pueblos indígenas.

5.3 Función Investigadora del Defensor del PuebloLa atribución establecida en el inciso 2 del artículo 11 de

la Ley 1818, faculta al Defensor del Pueblo a investigar ydenunciar, de oficio o como consecuencia de una queja, losactos u omisiones que impliquen violaciones de los DerechosHumanos, de las garantías, derechos individuales y colectivosestablecidos en la Constitución Política del Estado, leyes,tratados y convenios internacionales de los que Bolivia esparte.

104

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 101: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El artículo 7 del Reglamento de Trámites de Quejas,Actuaciones e Investigaciones de Oficio, establecen que elDefensor del Pueblo investigará de oficio, cuando los actos uomisiones de los servidores públicos o concesionarios de ser-vicios públicos impliquen violaciones de Derechos Humanos,garantías y derechos constitucionales, lesionen intereses colec-tivos o derechos particulares que repercutan en el interés ge-neral de los administrados.

El mismo Reglamento en el artículo 17, se refiere a lasinvestigaciones especializadas, las que proceden cuando eltrámite de la queja en primera línea no concluyen extraordina-riamente o cuando el motivo de la queja amerite una investi-gación técnica-legal más exhaustiva para establecer la vul-neración de los Derechos Humanos y ciudadanos denunciados.

A través del Plan Estratégico Quinquenal (2001-2005),reformulado en 2004, el Defensor del Pueblo, se ha propuestolas siguientes líneas en relación con la atención de quejas yacciones de investigación provenientes de quejas o de oficio:

• Readecuar las modalidades de intervención por quejas,actuaciones urgentes e investigaciones de oficio delDefensor del Pueblo.

• Implementar un nuevo Sistema de Atención de Quejas,en 16 oficinas de todo el país.

• Formulación, validación e implementación de metodo-logías de investigaciones de oficio.

• Implementación de procedimientos de investigacionespara Actuaciones Urgentes.

• Desarrollar un programa piloto de atención de quejas enel área rural, basado en criterio de priorización por re-giones.

105

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 102: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La función investigativa del Defensor del Pueblo hadesarrollado una serie de investigaciones diagnósticos de ofi-cio y como consecuencia de peticiones formuladas por lapoblación. Entre éstos se pueden mencionar las siguientes:

Diagnóstico sobre la situación de los Derechos Humanosdel campesinado y pueblos indígenas en Bolivia y en relacióncon la legislación nacional e internacional, desarrollado al ini-cio del trabajo del Defensor del Pueblo.

Investigación de oficio, caso denominado Pananti, dondeperdieron la vida 7 personas y resultaron heridos 18, debido aproblemas de tenencia y propiedad de la tierra y por la negli-gencia e inoperancia de las autoridades responsables de latemática. La investigación concluyó con la ResoluciónDefensorial No. 00011/2002 de 30 de enero de 2002, por loque se recomienda a las autoridades del INRA cumplir con susobligaciones y cumplir con convenios suscritos a la Contra-loría para que practique auditorías financieras y a las autori-dades policiales para que adopten medidas para prevenir otroshechos violentos.

Investigación de oficio y elaboración de informe especialsobre los Derechos a la Propiedad y de la Tenencia de la Tierray el Proceso de Saneamiento en 2003.

Diagnóstico sobre la Situación de los Derechos Humanosen el Trópico de Cochabamba durante el período 1998-2002.

Investigación sobre pueblos indígenas y conflictos de tie-rras, desarrollado por el actual responsable del Programa deDerechos Humanos del campesinado y pueblos indígenas en2002.

106

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 103: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

E X P E R I E N C I ASOBRE LAFUNCIÓN DE INVESTIGACIÓN

Caso: Proyecto Binacional Perú-Bolivia, sobre regulaciónde aguas del Lago Titicaca

Antecedentes

El Defensor del Pueblo asume conocimiento del caso através de la queja No. 0175 de fecha 21 de enero de 2002, porintermedio de la misma representante del Comité de Defensadel Lago Titicaca, denuncian que el proyecto de dragado parala regulación de las aguas del Lago Titicaca, ejecutado por laAutoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca (ALT), estáamenazando el ecosistema del Lago afectando a la comu-nidades aledañas por la desaparición de totorales, llauchas,pastos, alfalfa y cebada que les sirve de forraje, afectandoademás a peces y aves, elementos vitales para la subsistenciade comunarias y comunarios circundantes al citado Lago.

Como efecto de la construcción de un dragado, se insta-larán compuertas en el lugar de la salida de las aguas del LagoTiticaca, ubicado en territorio compartido entre las repúblicasde Perú y Bolivia, para regular las aguas por medio de un con-venio suscrito entre ambos Estados, pero sin la consulta ni laparticipación de los comunarias y comunarios aymaras queviven a las orillas del Lago. Esta obra perjudicaba a losagricultores porque cuando subían las aguas se inundaban loscultivos y perdían la cosecha, pero además se hizo desaparecerla totora, planta de forraje para los animales. La alteración delecosistema por la desaparición de la totora ha hecho que lasaves se estén extinguiendo debido a la pérdida de su hábitat.

Antes de presentar la queja de comunarios y comunariasafectados recurrieron a los Ministerios de Desarrollo Soste-nible, Ministerio de Asuntos Campesinos, Pueblos Indígenas yOriginarios, al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y

107

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 104: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

al Presidente Ejecutivo de Autoridad Binacional Autónoma delLago Titicaca (ALT), pero expresaron que no obtuvieronninguna respuesta a sus demandas, por lo que tuvieron querecurrir al Defensor del Pueblo.

Estrategia de trabajo

El Defensor del Pueblo luego de recibir la queja, establececomo estrategia, el estudio, análisis e investigación sobre elcaso. Para ello se propone requerir información de las autori-dades denunciadas, hacer visitas in loco, convocar a reunionesa autoridades denunciadas y peticionantes, recabar informa-ción de instituciones públicas, privadas, ONG’s, organiza-ciones y personalidades vinculadas o que conocen el tema.

Acciones ejecutadas

Recibida y registrada la queja, el Defensor del Pueblo pro-cedió a su análisis en relación con la procedencia o no, con-forme al artículo 10 del Reglamento de Trámites de Quejas.

Analizada la queja, constatada su recepción dentro delplazo de un año de haber conocido los hechos y estando den-tro de las competencias del Defensor del Pueblo, se admite laqueja comunicando la determinación a los peticionantes en eltranscurso de los 7 días hábiles después de su registro, con-forme a lo previsto por el artículo 11 del Reglamento deTrámite de Quejas, mediante nota de fecha 21 de enero de2002.

El Defensor del Pueblo, debido a la complejidad del casoamerita una investigación técnica-legal más exhaustiva paraestablecer los extremos denunciados; en consecuencia sedetermina hacer una investigación especializada, prevista porel artículo 17 del Reglamento de Quejas; en ese sentido se pro-cede a cursar las comunicaciones a las autoridades de los

108

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 105: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Ministerios de Desarrollo Sostenible y Planificación, AsuntosAgropecuarios, Ganadero y Desarrollo Rural, de AsuntosCampesinos Pueblos Indígenas y Originarios, de RelacionesExteriores y Culto y al Presidente Ejecutivo de la AutoridadBinacional Autónoma del Lago Titicaca (ALT), por la que sehace el requerimiento de información escrita sobre la quejapresentada, información que deberá ser respondida en el plazode diez días hábiles contables a partir de la recepción delrequerimiento.

Análisis y estudio de la documentación presentada por lasautoridades denunciadas, a manera de justificar sus actos pre-sentan abundante documentación, como convenios bina-cionales firmados entre Perú y Bolivia, proyectos de ejecuciónde la obra, fuentes de financiamiento y planes de trabajo.

Verificación Defensorial, prevista en el artículo 21 delReglamento de Quejas. Se procede a hacer una visita in locoal lugar de construcción del embalse y dragado, es decir, de laconstrucción de la obra. Se realizan reuniones con comunariasy comunarios afectados, quienes ratifican la denuncia en sen-tido de que no se los ha consultado para ejecutar la obra, y queel embalse del agua les afecta en su agricultura y cosecha, enel ecosistema y sus actividades de pesca, pero además recibenun trato prepotente de quienes ejecutan la obra. Extremos quehabrían sido constatados por funcionarios del Defensor delPueblo y de otras instituciones que formaban parte de lacomisión, y por consiguiente, constatada la vulneración delderecho a la consulta y participación previsto en el Convenio169 ratificado por Bolivia, la CPE y normas ambientalesvigentes.

Reunión a convocatoria del Defensor del Pueblo de lasautoridades denunciadas y peticionantes para obtener mayoreselementos de juicio sobre el tema.

109

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 106: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Como resultado de la reunión se acordó conformar unacomisión técnica especializada con participación de autori-dades de los Ministerios denunciados y del Comité de Defensadel Lago como denunciantes, para hacer un recorrido por lazona y presentar un informe sobre los efectos ambientales ylegales. Por su parte el Defensor del Pueblo acompañaría a lacomisión en calidad de observador.

Elaboración del informe final de la investigación, el quecontempla una relación de los hechos denunciados y compro-bados, la normativa aplicable, el contraste de los hechosrespecto a la norma aplicable y las recomendaciones, informeprevisto en el artículo 23 del Reglamento de Trámites deQuejas.

Dictación de la Resolución Defensorial No. RD/LPZ/00035/2002/AP, fundamentada por la máxima autoridad del De-fensor del Pueblo, por la que se recomienda a los Ministeriosde Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, cumpla con susobligaciones y convenios suscritos, al Ministerio de AsuntosCampesinos, Pueblos Indígenas y Originarios que coordineacciones con otros Ministerios para proteger los derechos delos afectados denunciantes; al Ministerio de DesarrolloSostenible y Planificación para que realice el estudio y análi-sis sobre los problemas planteados y realice una auditoríaambiental a efecto de establecer los daños ocasionados almedio ambiente y a las personas y comunidades que viven enla región circunlacustre del Lago Titicaca, y finalmente alMinisterio de Relaciones Exteriores y Culto, para queinstruyan a la Autoridad Binacional Autónoma del SistemaHídrico del Lago Titicaca, para que en la región correspon-diente a Bolivia realice las consultas y promueva la partici-pación de los pueblos originarios comprendidos en la cuencadel Lago.

110

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 107: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Remisión y puesta en conocimiento de la ResoluciónDefensorial a las autoridades denunciadas con las recomenda-ciones pertinentes para que asuman las acciones que son decompetencia, a los efectos de reestablecer los derechos concul-cados y reparar los daños ocasionados a las personas afec-tadas.

Seguimiento al cumplimiento de la Resolución Defenso-rial. Con el propósito de hacer efectivo el cumplimiento de lasrecomendaciones defensoriales en forma constante y perma-nente la Adjuntoría de Atención a la Ciudadanía ha cursadocomunicaciones a las autoridades denunciadas recordando susobligaciones y responsabilidad. Además de comunicaciones,se desarrollan reuniones, visitas y otras actuaciones.

En agosto de 2004, los Ministros de Relaciones Exterioresy Culto, Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios,Viceministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Viceministe-rio de Asuntos Campesinos, Ministerio de DesarrolloSostenible y Viceministerio de Medio Ambiente, remitieron uninforme conjunto respondiendo a las recomendaciones quehiciere el Defensor del Pueblo a través de la ResoluciónDefensorial RD/LPZ/00035/2002/AP. Los informes sólo serefieren a actividades realizadas, tales como reuniones, perono sobre medidas de fondo como la auditoría ambiental, in-demnización por daños ocasionados y sobre la consulta y par-ticipación de las personas denunciantes.

En septiembre de 2004, un grupo de Diputados, de acuer-do a sus competencias constitucionales y legales, pidieron através de Minutas de Comunicación al Presidente de laRepública, informes en relación con las medidas adoptadaspor los respectivos Ministerios en relación a las recomenda-ciones del Defensor del Pueblo, relativas a los daños ambien-tales y culturales que estaría ocasionando el dragado del Lago

111

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 108: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Titicaca. En este caso los respectivos Ministerios se dedicarona informar y justificar con la realización algunas actividades ygestiones.

Mecanismos

Los mecanismos utilizados en esta experiencia, están rela-cionados con el procedimiento de gestión de primera línea(gestión directa, solicitud de informes, verificaciones defenso-riales, emisión y remisión de comunicaciones, llamadas tele-fónicas, reuniones, entrevistas, representaciones, etc.), previs-to por el Reglamento de Trámites de Quejas, Actuaciones eInvestigaciones de Oficio.

Una vez que asume la decisión por la naturaleza y carac-terísticas técnicas-legales del caso, pasa a la investigaciónespecializada. Nuevamente se recurre a reuniones entre losactores involucrados, visitas al lugar de los hechos, verifica-ciones defensoriales, solicitud de nuevos informes y comple-mentaciones, entrevistas a personalidades que conocen el temade instituciones públicas y privadas, elementos con los que seelabora el informe final de la investigación y la consiguienteResolución Defensorial.

Finalmente viene la etapa del seguimiento a la ResoluciónDefensorial, la que está demandando una serie de accionescomo la puesta en conocimiento de la Resolución a las autori-dades denunciadas, la emisión y remisión de recordatorios deobligaciones y plazos, reuniones, peticiones de informe, lla-madas telefónicas y poner en conocimiento las recomenda-ciones defensoriales a la autoridades superiores jerárqui-cas.Como instrumento didáctico de seguimiento al cumpli-

112

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 109: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

miento de las Resoluciones Defensoriales, se utiliza la si-guiente matriz de seguimiento37.

Recomendaciones Defensoriales al Ministerio de AsuntosCampesinos, Pueblos Indígenas y Originarios, ResoluciónDefensorial No. Rd/Lpz/00035/2002/Ap

113

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Fuente: información proporcionada por el Defensor del Pueblo.

Recomendación Defensorial

a) Coordinar las accionescon los Ministerios deAgricultura, Ganade-ría y Desarrollo Ruraly de Desarrollo Soste-nible y Planificaciónpara proteger los dere-chos de las comuni-dades afectadas.

b) Cumpla con los acuer-dos adoptados en lareunión de fecha 25.06.02., concretizandoel funcionamiento dela Comisión T é c n i c aEspecializada que de-berá emitir el informede evaluación

Grado de cumpli-miento de la Reso-lución Defensorial

1. En reunión de01.11.03. se com-prometieron coor-dinar una reunióncon el Ministeriode Desarrollo sos-tenible.

Señalan que se está enproceso de consultas ycoordinación conotros Ministerios

Observa-ciones

37 Esta matriz se ha utilizado para cada uno de los siguientes Ministerios denuncia-dos: Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios, Ministerio deDesarrollo Sostenible, Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios yMinistros de Relaciones Exteriores y Culto.

Page 110: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Resultados la experiencia de investigación del caso“Dragado del Lago Titicaca”

• Indemnización por los daños ocasionados por el embalsede las aguas del Lago Titicaca, a las familias afectadas.

• Realización de una auditoria ambiental para establecer losdaños al ecosistema, al medio ambiente y a las personas ycomunidades circundantes al Lago.

• Contratación de la mano de obra a comunarios y comuna-rias de nacionalidad boliviana de comunidades aledañas alLago, para el desarrollo de trabajos en la construcción dela obra.

• Implementación de mecanismos de consulta a comunariosy comunarias y promover la participación de los mismosen todo el proceso de trabajo y la administración delproyecto.

• Promover programas de repoblamiento de aves, peces yplantas nativas propias de la región del Lago, mediantetecnologías apropiadas a la región, en coordinación y conla participación de las personas afectadas.

Opiniones de miembros del Comité de Defensa del LagoTiticaca, en relación con el trabajo que desarrolló elDefensor del Pueblo sobre el caso “Dragado del LagoTiticaca y sus efectos”38

Los representantes del Comité de Defensa del LagoTiticaca, afirman que luego de presentar la queja en enero del2001, fueron bien recibidos por los funcionarios. Incluso lamisma Defensora los habría recibido en audiencia en suDespacho, quien luego de conocer el caso instruyó que se le de

114

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

38 Participación de 4 representantes del Comité de Defensa del Lago Titicaca y unrepresentante del Parlamento Aymara (Reunión desarrollada en La Paz, el 12 denoviembre de 2004).

Page 111: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

especial tratamiento. Toda la gente de la zona tenían muchaesperanza en que se de solución a los problemas ambientales ydaños que se estaban cometiendo en el lugar. Se desarrollaronreuniones con las partes, se hicieron visitas al lugar de la cons-trucción de la represa, se pidieron informes a las autoridades,hasta que se logró conseguir la Resolución Defensorial entiempo récord de 6 meses, lo que habría causado mucha satis-facción en comunarios y comunarias que son parte del asunto,quienes consideraban que al final se haría justicia al cumplirsetodo lo que disponía la Resolución Defensorial.

Asimismo manifiestan que en la etapa del seguimiento alcumplimiento de la Resolución Defensorial, se les habría asig-nado un Abogado, quien asumió con mucha voluntad e interés.Sin embargo, en el interín les comunicaron que el profesionalasignado al caso concluyó el contrato con la institución, demodo que se interrumpió el seguimiento, debido a que sehabría tardado mucho tiempo en designar un nuevo profesio-nal en su reemplazo. Después vinieron las desilusiones paracomunarias y comunarios y para el Comité, debido a queninguna de las autoridades denunciadas ha cumplido con lasrecomendaciones defensoriales. Se dedicaron a justificar queestán asumiendo medidas pero que ninguna sería real y debuena fe, y que más de una vez las autoridades le expresabana los representantes del Comité, que la Resolución delDefensor no es obligatoria de modo que si quieren cumplen,por que no tiene poder coercitivo el Defensor del Pueblo, sinosólo moral; por otro lado los ejecutivos encargados de la eje-cución de lo obra del dragado en el Lago, se dedicaron a com-prar a alguna gente de la comunidades aledañas al Lago, paraponerlos en contra del Comité de Defensa del Lago, elMinisterio de Desarrollo Sostenible se niega a la realización dela auditoría ambiental. Las inspecciones sólo se hicieron en ellugar del dragado, pero no así en toda la zona de influencia delLago donde se estaría ocasionado daños al ecosistema.

115

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 112: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Finalmente expresan que se sigue con el peregrinaje paraexigir el cumplimiento de las recomendaciones de la Resolu-ción Defensorial. Se habría recurrido al Parlamento dondealgunos parlamentarios originarios han pedido a través deMinutas de Comunicación al Poder Ejecutivo que informesobre el cumplimiento de las recomendaciones defensoriales,pero las autoridades justifican que están cumpliendo. Sinembargo, en la práctica no lo hacen de buena fe. A más de 2años desde que se dictó la Resolución Defensorial, los comu-narias y comunarios evalúan la situación y concluyen que nohan conseguido nada y que todo gira en torno al sistema y a losintereses poderosos que pesan sobre los recursos naturales,mientras sigue la marginación, discriminación de los origina-rios y campesinos que no logran conseguir justicia.

Fortalezas, en relación con las funciones de mediación,educación y de investigación que desarrolla el Defensor delPueblo

La estrategia de mediación, facilitación del diálogo y laintervención en conflictos sociales, desarrollada por elDefensor del Pueblo en los 6 años de funcionamiento, le hapermitido no sólo prevenir potenciales conflictos y posiblesviolaciones a los Derechos Humanos de las personas y pue-blos indígenas, sino el posicionamiento como instancia delEstado de promotora y defensora de los Derechos Humanos,ganándose el prestigio y confianza por parte de la población,particularmente de centros urbanos.

La asignación como competencia al Defensor del Pueblo,la de velar por el respeto de la naturaleza multiétnica y pluri-cultural del Estado boliviano y promover la defensa de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas y originarios delpaís.

116

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 113: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El Defensor del Pueblo, como órgano del Estado respon-sable de la promoción, difusión y defensa de los DerechosHumanos, está dentro las tres instituciones con mayor legiti-midad y prestigio ante la población, junto a la Iglesia Católicay los medios de comunicación, por la importante labor desa-rrollada en la mediación en conflictos sociales y la difusión delos Derechos Humanos.

Goza del respeto y confianza de diversos actores de lasociedad civil, particularmente en el área urbana y de organi-zaciones de base del área rural y de comunidades indígenas yoriginarias, asimismo de servidores públicos y autoridades delámbito estatal.

La institucionalidad que finalmente se impuso gracias a lapresión del pueblo, luego de algunas amenazas por el cuoteopolítico y la manipulación de grupos políticos y de interesessectarios en la elección del titular del Defensor del Pueblo enel segundo período constitucional.

El equipo profesional con el que cuenta el Defensor delPueblo, competente, sensible y comprometido con la causa delos Derechos Humanos, y las visiones más amplias de la ac-tual administración, consecuentes con las demandas, emergen-cia y el posicionamiento que ha tenido el movimientocampesino indígena en el país después de los acontecimientosde octubre del 2003.

La capacidad de negociación, gestión y administración derecursos técnicos y financieros, ganándose el apoyo decididode la cooperación internacional, no sólo en el ámbitofinanciero, sino en el apoyo técnico, capacitación e intercam-bio de experiencias y en el establecimiento de alianzasestratégicas para la promoción y defensa de los DerechosHumanos en ámbitos regionales y continental.

117

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 114: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Las investigaciones desarrolladas vinculadas a los Dere-chos Humanos de los pueblos indígenas por el Defensor delPueblo, han constituido el marco de referencia e insumos parala reorientación de políticas por parte de los Poderes del Es-tado y para la estructuración de demandas y estrategias pororganizaciones e instituciones de la sociedad civil. Pero ade-más, estos estudios contribuyen a la misma institución en ladefinición de estrategias y lineamientos sobre el trabajo adesarrollar en las diferentes temáticas.

Debilidades de la acción y gestión defensorial

El sistemático y permanente incumplimiento por parte delos Gobiernos, a compromisos asumidos con diferentes actoressociales, en los que el Defensor del Pueblo interviene comomediador o facilitador del diálogo, incide en la credibilidad yconfianza del Defensor del Pueblo, por cuanto tiene queasumir toda la responsabilidad como ente estatal precauteladorde los derechos humanos, debido a la falta de capacidad deautoridades de instituciones del Estado y la poca voluntad parahonrar los compromisos que asumen con diferentes sectoressociales.

El carácter no vinculante de las Resoluciones Defenso-riales, no garantiza el logro de resultados efectivos y reales porparte del Defensor del Pueblo, diluye importantes esfuerzosdel trabajo desarrollado por la institución y deja un efecto dedesilusión en las personas denunciantes.

Ausencia de estrategias y líneas de acción definidas, parala implementación de procesos educativos sobre DerechosHumanos dirigida al campesinado y pueblos indígenas en elárea rural y en barrios urbanos con fuerte presencia de per-sonas desplazadas de diferentes regiones.

118

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 115: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Insuficientes recursos financieros, humanos y otros, sonsituaciones que inciden en la implementación de acciones depromoción, difusión, educación y atención de las personas ypueblos indígenas, en el área rural y centros urbanos con fuertepresencia de población indígena.

VI. VISIONES DE ACTORES INDÍGENAS Y ACTIVISTASSOBRE EL TRABAJO DE PROMOCIÓN Y DEFENSADE LOS DERECHOS INDÍGENAS QUE DESARROLLA EL DEFENSOR DEL PUEBLO

6.1 Percepciones de líderes de organizacionesindígenas y originarias y otros actores

6.1.1 Actores de organizaciones indígenas y originarias

a) Percepciones en relación con las funciones del Defensor del Pueblo

Comunarias y comunarios de base y líderes de organiza-ciones de los pueblos Araona, Chacobos, Cavineños, EsseEjjas, Pacahuaras y Tacanas, afiliados a la CIRABO, se ex-presan la mayoría en sentido de que no conocen las funcionesy competencias del Defensor del Pueblo, mientras que otraspersonas dicen conocer a la institución y que trabaja en casosde conflictos sociales actuando como mediador y desarrollan-do talleres de capacitación sobre Derechos Humanos. Sine m b a rgo, parece que la representación de Riberalta, nodispone de técnicos suficientes39 (Taller realizado en Ribe-ralta, el 7 de octubre de 2004).

119

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

39 En Riberalta participaron 65 representantes entre hombres y mujeres de 7 pue-blos indígenas afiliados a la CIRABO, con sede en Riberalta-Beni.

Page 116: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Autoridades de organizaciones originarias y represen-tantes de base de comunidades ayllus y markas del Norte dePotosí, Sur de Oruro, se expresan en sentido de que en lascomunidades del área rural no se conocen las funciones delDefensor del Pueblo. Tampoco se habrían tenido eventos dedifusión y promoción de los Derechos Humanos, algunos par-ticipantes, tienen la percepción de que el Defensor del Pueblosólo es para el área urbana y está para defender a la clase altay media40 (Taller realizado en la ciudad de Oruro, el 22 deoctubre de 2004).

Mientras que uno de los cuatro grupos, el de Jach’a Ca-rangas de Oruro, expresa que conoce que existe el Defensordel Pueblo en la ciudad de Oruro, pero que aún no se han vistoactividades en los ayllus y markas en el área rural (Taller rea-lizado en la ciudad de Oruro, el 22 de octubre de 2004).

Autoridades de organizaciones originarias de comu-nidades ayllus y markas afiliadas (CONAMAQ, CONSAQ yJACH’A PACAJES), manifiestan que no conocen al Defensordel Pueblo en las comunidades, aunque saben que existe elDefensor del Pueblo por la publicidad que se hace por radio,televisión y otros medios de comunicación, pero en las comu-nidades ayllus y markas no se hace sentir (Taller realizado enla ciudad de La Paz, el 29 de octubre de 2004).

Los representantes de COAMACH de Chuquisaca,sostienen que muy poco conocen las funciones del Defensordel Pueblo, y que alguna vez participaron de un seminariodonde explicaron los del Defensor del Pueblo sus funciones ysobre Derechos Humanos y pueblos indígenas. Asimismo sos-tienen, que presentaron hace poco una queja a la Defensoría de

120

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

40 En Oruro, se tuvo la participación de 40 representantes entre hombres y mujeresde los pueblos quechuas y aymaras del Norte de Potosí y de Oruro.

Page 117: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Sucre, denunciando la parcialización del INRA de Chuquisacacon los sindicatos campesinos en el proceso de saneamiento ytitulación de Tierras Comunitarias de Origen, denuncia, queestaría en proceso de trámite41 (Reunión realizada en la ciudadde Sucre, el 18 de noviembre de 2004).

b) Percepciones en relación con acciones que desarrolla elDefensor del Pueblo para posibilitar el acceso a la jus-ticia de personas y pueblos indígenas

Líderes de organizaciones de originarias del altiplano dela Paz, manifiestan que alguna vez recurrieron a las Oficinasdel Defensor del Pueblo de La Paz, ponen como ejemplo elcaso de la denuncia contra el señor Felipe Quispe (líder políti-co del Movimiento Indígena Pachacuti MIP) por los abusos yatropellos protagonizados cuando era Diputado en contra delas autoridades originarias de Jach’a Pacajes y de Ayo Ayo.Consideran que se requiere mucho papeleo y hay burocracia yque al final no recibieron ningún tipo de apoyo. Mientras queotras autoridades indígenas sostienen que no existe Defensorpara los aymaras y que sólo existe para los políticos42 (Tallerrealizado en la ciudad de La Paz, el 29 de octubre de 2004).

Por otro lado expresan que en los ayllus y en las markas,cuando existen problemas, se busca la solución de acuerdo alas normas de los usos y costumbres, sin pedir ayuda alDefensor del Pueblo (Taller realizado en la ciudad de La Paz,el 29 de octubre de 2004).

121

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

41 En Sucre participaron 5 representes de COAMACH de Chuquisaca y de QuilaQuila.

42 En La Paz participaron 50 representantes del pueblo aymara entre hombres ymujeres de la región del altiplano, pertenecientes a diferentes organizaciones re-gionales. Confederación Nacional de Naciones Indígenas y Originarias de Bolivia(CONNIOB). Jaime Apaza, presidente nato, quién además fue Apu Mallku deCONAMAQ, gestión 2000-2002.

Page 118: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El Defensor del Pueblo, lamentablemente no puede lograrresultados efectivos de su trabajo debido a que susResoluciones no tienen fuerza obligatoria, de modo que lasautoridades en la mayoría de los casos no cumplen con lasrecomendaciones defensoriales, lo que deja a las personasdenunciantes una sensación de frustración y desilusión(Reunión con representantes del Comité de Defensa del LagoTiticaca, La Paz, 12 de noviembre de 2004).

Asimismo afirman que, cuando hay avasallamiento detierras, sólo para el caray (nombre que da a las personas noindígenas) hay justicia, para los indígenas no hay justicia, nose defiende de la discriminación étnica a la mujer al niño(Reunión realizada en la ciudad de Santa Cruz con el CIBOB,el 10 de noviembre de 2004).

c) Percepciones en relación con temas relativos a la insti-tuciónEl verdadero Defensor del Pueblo Indígena Originario

debería existir por ejemplo en los siguientes niveles;Q u l l a s u y u (nivel nacional) S u y u (nivel departamental),Markas (nivel provincial) y Ayllus (cantones y comunidades),debe ser elegido por los mismos pueblos de acuerdo a sus usosy costumbres y no por los partidos políticos (Taller realizadoen la ciudad de La Paz, el 29 de octubre de 2004).

Parece que se tienen dificultades de comunicación y tam-bién afecta la distancia de las comunidades en relación con laciudad. Por ese motivo seguramente no se tiene comunicacióndirecta con las comunidades en el área rural (Taller realizadoen la ciudad de La Paz, el 29 de octubre de 2004).

“Muy callado está el Defensor del Pueblo, no sale por laprensa, tiene que haber mayor comunicación, promoción, tieneque hacerse sentir, ahora no se hace sentir. Tiene que trabajarcon ambos sexos, con los jóvenes, conocer geográficamente

122

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 119: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

las comunidades indígenas en el área rural por que no soniguales a la ciudad” (Reunión realizada en la ciudad de SantaCruz con el CIBOB, el 10 de noviembre de 2004).

Autoridades indígenas de la CIDOB, manifiestan que par-ticiparon de algunas reuniones con el Defensor del Pueblo,pero parecería que su área de trabajo es urbana, y no rural. Nodefiende a la gente del campo, no se sabe cuáles son sus recur-sos, como trabaja, ni sus funciones, por qué no va a las comu-nidades, a los ríos, a las lagunas. Sólo se ha sentido por mediosde comunicación como la TV y la radio que hablan por losindígenas empatronados (familias indígenas que viven dentrode propiedades privadas); por eso decimos que la fuerza delmovimiento indígena de acuerdo a sus usos y costumbres es elverdadero defensor de los indígenas43 (Reunión realizada en laciudad de Santa Cruz con el CIBOB, el 10 de noviembre de2004).

6.1.2 Activistas de instituciones que trabajan con latemática de Derechos Humanos del campesi-nado y pueblos indígenas44

1. Percepciones en relación con las acciones del Defensordel Pueblo relativa a la promoción y defensa de losDerechos Humanos

Las campañas de difusión y promoción del Defensor delPueblo, a través de la TV llega a algunos lugares de la Amazo-nía donde hay energía eléctrica y por la radio llega a muchosmás lugares del área rural (Reunión con activistas deTIJARAIPA, en La Paz, el 11 de noviembre de 2004).

123

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

43 En Santa Cruz, participaron 4 representantes de la CIDOB y una de la CPESC.44 Organizaciones no gubernamentales e instituciones que trabajan con la temática

de los Derechos Humanos de pueblos indígenas y originarios. TIJARAIPA,CDC, APDHB, CEJIS.

Page 120: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Existe la percepción de que la estructura institucional delDefensor del Pueblo, tiene un perfil de profesionales conmayor inclinación a la comunicación y a la creación de imageninstitucional, y pocos perfiles de educadores y pedagogos parala implementación de procesos de educación, promoción ydifusión de los Derechos Humanos del campesinado y pueblosindígenas (Reunión con activistas de la APDHB, en La Paz, el23 de noviembre de 2004).

2. Percepciones en relación con acciones que desarrollael Defensor del Pueblo para posibilitar el acceso a lajusticia de personas y pueblos indígenas

Existen lugares en el país en pleno siglo XXI, como enSan Ignacio de Moxos en el Departamento del Beni, dondeexisten comunidades indígenas íntegras que viven dentro dehaciendas y propiedades consideradas privadas por personasno indígenas, donde viven bajo una relación de poder y domi-nación colonial, sometidas a todo tipo de discriminación, degénero, clase, etnia y no hay entidad del Estado que ponga unlímite a esta situación. Se los encierra dentro de laspropiedades, se les pone cercos de alambre, se cierra loscaminos y son los grupos de poder quienes definen la forma deorganización, autoridades y la situación de los servicios bási-cos. Para esta población de lugares alejados, los brazos de lajusticia son cortos por lo que no llegan ni alcanza, especial-mente en lo que se refiere a los derechos colectivos de lospueblos indígenas (Reunión con activistas de TIJARAIPA, enLa Paz, el 11 de noviembre de 2004).

Las mujeres son aún más discriminadas y marginadas enforma triple, por ser “mujer, por ser indígena y por ser pobres”.Es asombroso pero en varios lugares entre ellos San Ignacio deMoxos, Puerto Suárez y en el Chaco boliviano, se escuchanexpresiones de personas pertenecientes a los grupos de poder

124

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 121: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

como las siguientes: “Aquí en este lugar ya no existen indíge-nas por que no he visto gente con taparrabos y flechas” o “losindios hagan lo que hagan indios no más son, y tienen queestar donde Dios los puso”, refiriéndose a que la situación enla que se encuentran las personas de pueblos indígenas, es eldestino que Dios les dio (Reunión con activistas de TIJARAI-PA, en La Paz, el 11 de noviembre de 2004).

El hecho de que las decisiones del Defensor del Pueblo nosean vinculantes, diluye toda posibilidad de obtener resultadosefectivos del trabajo de investigaciones y de las recomenda-ciones que hace el Defensor del Pueblo (Reunión con activis-tas de la APDHB, en La Paz, el 23 de noviembre de 2004).

Existen innumerables quejas y reclamos de los pueblosindígenas de tierras bajas y tierras altas de Bolivia, en el sen-tido de que se han presentado denuncias a instancias delDefensor del Pueblo en las diferentes regiones, relativas a laquema de viviendas, de sembradíos, amenazas de muerte,homicidios, persecuciones protagonizadas por mercenarios alservicio de determinados grupos de poder político o económi-co, y que no pueden ser atendidas porque son casos que noestán dentro de las competencias del Defensor del Pueblo(Reunión con activistas de la APDHB, en La Paz, el 23 denoviembre de 2004).

Percepciones en relación con temas relativos a la institu-ción

La institución del Defensor del Pueblo, sin tener podercoercitivo alguno, se ha ganado el reconocimiento y respetotanto de instituciones estatales como de la sociedad civil(Reunión con activistas del CDC, en La Paz, el 11 de noviem-bre de 2004).

125

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 122: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En la actual estructura institucional del Defensor delPueblo, se puede percibir una visión más amplia y de mayorsensibilidad en relación con la temática de derechos indígenas,etnicidad y género, lo que constituye una oportunidad para tra-bajar estas temáticas (Reunión con activistas de TIJARAIPA,en La Paz, el 11 de noviembre de 2004).

En la anterior gestión del Defensor del Pueblo, la mayoríade las consultorías se la encargaba a personalidades muycapaces y con mucho conocimiento de la temática urbanacitadina y el marco de las reformas estructurales, pero conmuy poca sensibilidad en la problemática de etnicidad ygénero (Reunión con activistas de TIJARAIPA, en La Paz, el11 de noviembre del 2004).

El Defensor del Pueblo debe ser Defensor de los DerechosHumanos no mediador ni facilitador, su actuación debe sermás clara, más definida, debe tomar partido y posición a favorde los sectores más pobres, discriminados y excluidos, no unaposición neutral, que diluye sus esfuerzos. La posición ypolítica de mediador es una forma de eludir enfrentamientoscon los poderes públicos y económicos, por ello, no se inmis-cuye mucho en caso de los recursos naturales, tierra, hidrocar-buros con una posición abierta y pública, sin embargo existenpersonas comprometidas al interior del Defensor del Pueblo,que actúan en consecuencia pero no existe una política institu-cional definida en defensa de los derechos de los pueblos indí-genas y campesinos (Reunión con activistas de CEJIS, en laciudad de Santa Cruz, el 10 de noviembre del 2004).

126

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 123: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

6.1.3 Representantes nacionales, departamentales yregionales del Defensor del Pueblo45

1. Percepciones relativas a la promoción y defensa de losDerechos Humanos de los pueblos indígenas

En la región es motivo de análisis sobre el impacto de losprogramas de promoción, difusión y capacitación sobreDerechos Humanos, dirigidos a las comunidades indígenas ycampesinas, debido a que se han desarrollado una serie deacciones de difusión y capacitación en las diferentes comu-nidades del área rural, sin embargo, no se percibe resultados nimucho interés o voluntad de la gente por participar y por hacerprevalecer y ejercer sus derechos (Reunión con el represen-tante de la Mesa Defensorial de Riberalta, el 8 de octubre del2004).

Entre los aciertos importantes que ha tenido el Defensordel Pueblo, han sido las investigaciones que ha desarrollado deoficio y a petición de parte, por la vulneración de derechos delcampesinado y pueblos indígenas, relativos a la tenencia ypropiedad de la tierra, el uso, manejo y administración derecursos naturales, a la consulta y participación, etc. Comoresultados de las mismas, se han emitido las ResolucionesDefensoriales correspondientes, cuyas recomendaciones hanpermitido la cesación de la vulneración de los derechos, en sucaso la compensación, la reparación y en otros la adopción depolíticas y medidas por parte de las autoridades competentes

127

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

45 Defensor del Pueblo: Adjunta de Promoción y Análisis. Adjunta de Programasy Actuaciones Especiales. Adjunta de Atención a la Ciudadanía. Responsabledel Programa Campesinado y Pueblos Indígenas. Coordinación de GestiónInstitucional. Unidad de Capacitación. Asesoría de Asuntos Constitucionales.Asesoría de Derechos Humanos. Representación Departamental de Tarija.Representación Departamental de Santa Cruz. Representación Departamentalde Chuquisaca. Representación de la Mesa Defensorial de Riberalta.

Page 124: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

para subsanar y prevenir violaciones a los derechos delcampesinado y pueblos indígenas (Reunión con el represen-tante del Programa de Derechos Humanos del campesinado ypueblos indígenas del Defensor del Pueblo, el 15 de octubredel 2004).

El Defensor del Pueblo ha venido atendiendo demandasde comunidades campesinas e indígenas en las diferentesregiones del país, con una serie de acciones de difusión, capa-citación, con el apoyo de material educativo, seminarios,talleres, programas radiales y televisivos y atención de quejas.Sin embargo, se tiene limitaciones para llegar a todas lascomunidades dispersas en el territorio nacional, por lo que alinterior de la institución se está haciendo un análisis y evalua-ción de estrategias sostenibles de promoción, capacitación yeducación sobre Derechos Humanos del campesinado y pue-blos indígenas, de manera que se tenga en cuenta el cómo seva hacer para el ingreso al área rural, con qué mirada, quémetodologías e instrumentos se trabajará, el tema de la capaci-dad operativa de la institución, los recursos tanto financieroscomo humanos y logísticos (Reunión con la Adjunta dePromoción y Análisis, ciudad de La Paz, el 8 de noviembre del2004).

2. Percepciones en relación con acciones para posibilitarel acceso a la justicia de personas y pueblos indígenas

La representación de Santa Cruz, ha respondido a lasdemandas y denuncias presentadas por la población indígena,demandas que están más vinculadas con vulneración del dere-cho a la consulta y participación como por ejemplo en los pro-cesos de saneamiento y titulación de Tierras Comunitarias deOrigen, sobre los recursos naturales renovables y no reno-

128

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 125: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

vables, el derecho a la identidad de los pueblos indígenas,como por ejemplo la negación por parte de los GobiernosMunicipales a reconocer personalidad jurídica a las organiza-ciones indígenas. Asimismo se participó con el procedimientode actuaciones urgentes en la vigilancia de los DerechosHumanos en bloqueos, marchas y otros acontecimientos dondeestaban involucrados los pueblos indígenas (Reunión con larepresentante departamental de Santa Cruz, el 10 de noviem-bre del 2004).

El tema del acceso a la justicia de los pueblos Guaraníesdel chaco boliviano, es grave, debido a que no tienen quien losdefiendan, no existe Defensa Pública, no tienen recursos parapagar abogados, es decir, están abandonados. A pesar de laslimitaciones operativas, de recursos, esta oficina ha ingresadoa la zona, conjuntamente con otras autoridades del Estado,para verificar la situación sobre los Derechos Humanos delpueblo Guaraní, y poder responder a ellas, en la medida denuestras posibilidades (Reunión con la representante departa-mental de Santa Cruz, el 10 de noviembre del 2004).

La oficina del Defensor del Pueblo en Sucre, ha recibidodos quejas, una de los ayllus de Quila Quila en contra de lossindicatos agrarios del mismo lugar, y otra de los ayllus dePoroma, en contra del Instituto Nacional de Reforma Agraria,por la parcialización con los sindicatos agrarios en el procesode saneamiento de tierras. Asimismo se participó, en algunoscasos como mediadores y en otros como observadores dediferentes conflictos por la tenencia de la tierra, de límites te-rritoriales, disputas por la tierra entre sindicatos, ayllus yhacendados (Reunión con la representante departamental deChuquisaca, el 18 de noviembre del 2004).

129

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 126: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

c) Percepciones en relación con temas relativos a la institución

Se puede percibir como una limitante, en relación con lascompetencias del Defensor del Pueblo, el hecho de que lainstitución, no puede intervenir directamente en caso de vul-neración de los derechos de población indígena, por parte dealgunos grupos de poder, como empresarios de las beneficia-doras de castaña, empresarios madereros y ganaderos, debidoa que son considerados como empresarios privados (Reunióncon el representante de la Mesa Defensorial de Riberalta, el 8de octubre del 2004).

En la actual administración del Defensor del Pueblo, setiene una visión más amplia sobre la problemática de losDerechos Humanos del campesinado y pueblos indígenas, porello, se ha priorizado como una estrategia del Programa de laAdjuntoría de Actuaciones y Programas Especiales, la temáti-ca de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas. En estamisma línea, se tiene previsto instituir una Unidad Nacionaldel Programa de Derechos Humanos del Campesinado yPueblos Indígenas (Reunión con la Adjunta de Actuaciones yProgramas Especiales, en la ciudad de La Paz, el 1º denoviembre del 2004).

d) Comentarios del consultor

En relación con las opiniones recurrentes de represen-tantes de organizaciones indígenas y originarias, relativas aldesconocimiento de las funciones del Defensor del Pueblo y lapoca presencia con acciones en el área rural y barrios urbanoscon fuerte presencia de población indígena, habría que consi-derar algunos aspectos como: el sistema de rotación de lasautoridades, es decir, el cambio por lo general en cada año,

130

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 127: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

determina que la autoridad nueva que asume el cargo es comoque empezaría de nuevo, porque desconoce lo que ha ocurridoen anteriores gestiones por dificultades en la comunicacióncon la autoridad cesante. Por otro lado, y debido a la movili-dad social que se genera en las comunidades campesinas eindígenas, la participación en eventos de capacitación y otroscasi siempre son nuevas personas participantes de manera quetambién casi siempre es una primera experiencia para la gente,lo que normalmente lleva a que se expresen en sentido de queno conocen o no saben.

Es importante tener en cuenta que las opiniones críticas enrelación al trabajo que desarrolla el Defensor del Pueblo, departe de representantes de organizaciones indígenas y origina-rias, vienen generalmente de líderes y autoridades de organi-zaciones nacionales y regionales con cierto contenido decarácter político, y no así de organizaciones de base del árearural quienes en forma permanente están demandando los ser-vicios y coordinando actividades con el Defensor del Puebloen las diferentes representaciones.

En los pueblos indígenas, originarios como en otras orga-nizaciones campesinas y gremiales, existen corrientes yvisiones de líderes, autoridades y activistas que cuestionan einterpelan al Estado y sus instituciones, por consiguiente noreconocen ni aceptan autoridad ni institución alguna, en elesquema del Estado nacional.

En estos primeros años, es evidente que el Defensor delPueblo, ha tenido un trabajo importante con crecimiento en lasciudades; mientras que el trabajo de difusión y capacitación enel área rural, ha respondido más a demandas de personas y deorganizaciones campesinas e indígenas, asimismo ha jugadoun rol preponderante en la mediación y facilitación del diálo-go y la participación con actuaciones urgentes en diferentes

131

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 128: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

conflictos sociales protagonizados por la población campesinae indígena, destacándose por las investigaciones tanto de ofi-cio como a petición de parte, desarrolladas en diferentestemáticas relativas a los Derechos Humanos del campesinadoy pueblos indígenas.

Mientras que los servicios que proporciona el Defensordel Pueblo para coadyuvar al acceso de la justicia de las per-sonas y pueblos indígenas, y que desde mi percepción sonprincipalmente reflejados en la atención de quejas o denunciasy el servicio de asesoramiento y orientación ciudadana,podrían ser fortalecidos con las provisión de personal especia-lizado en la temática, para dar asesoramiento, patrocinar lasquejas, registro de quejas, codificación de derechos y conduc-tas específicas de los pueblos indígenas y de instituir instru-mentos y mecanismos especializados y consecuentes con lasparticularidades y especificidad que caracteriza a los derechosde los pueblos indígenas como una acción positiva, que posi-bilite mayor efectividad en la tutela, promoción y protecciónde los derechos colectivos e individuales de los pueblos indí-genas, comprendidos en el ordenamiento interno e interna-cional y particularmente en consideración al derecho consue-tudinario de los pueblos indígenas.

La ausencia del Estado en los municipios y comunidadesdel área rural, como la insuficiencia de juzgados ordinarios, esdecir, la inexistencia del sistema judicial estatal para atender lademanda de la población indígena y campesina en la mayorparte del aérea rural, constituye una barrera e impedimentopara el acceso a la justicia estatal por parte de personas depueblos indígenas y comunidades campesinas. Esta realidadnos lleva preguntarnos, ¿como se satisface esta demanda dejusticia ordinaria en ausencia del Estado? Una de respuestas delas personas con las que se dialogó, sostiene que la demanda

132

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 129: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

insatisfecha es cubierta a través de la justicia indígena, el dere-cho consuetudinario aplicado por las autoridades indígenas ycampesinas de acuerdos a sus usos y costumbres, y que muypocas personas optan por recurrir a la justicia ordinaria, peroque tienen que trasladarse recorriendo largas distancias, ero-gando recursos económicos y su tiempo y que casi nunca con-siguen resultados satisfactorios.

6.2 Propuestas de estrategias y acciones para for-talecer la acción de la Defensoría del Pueblo46

a) En el ámbito de la función educativa del Defensor delPueblo

Que se definan estrategias y acciones de promoción ydifusión de los Derechos Humanos, como por ejemplo difun-dir por la Radio San Miguel, debido a que es la más escucha-da en las comunidades de la región de Riberalta, pero ademástener una relación estrecha y de coordinación entre el Defensordel Pueblo y las organizaciones indígenas, originarias tanto enlos niveles regionales y nacional.

El Defensor del Pueblo debería asistir y participar de losTantachawis de los pueblos originarios (asambleas, reuniones,congresos de los pueblos originarios), en las ferias que se tieneen los ayllus y markas, para hacer conocer sus funciones ydifundir los derechos de los pueblos indígenas, sobre las leyesque se están aprobando en el Congreso y hacer cumplir elConvenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

El Defensor del Pueblo debe desarrollar cursos de forma-ción dirigidos a jóvenes y líderes indígenas para que a su vez

133

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

46 Las propuestas son formuladas en consideración y recogiendo las opiniones ycriterios de los diferentes actores consultados en el transcurso del trabajo deinvestigación.

Page 130: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

capaciten y puedan llegar hasta las últimas comunidades indí-genas de los diferentes pueblos. Para que la gente entiendadeben hacerlo en su idioma y de acuerdo a su cultura, peroademás en los pueblos indígenas de tierras bajas se deberíanombrar Defensores del Pueblo Indígenas a los líderes capa-citados, otorgando credenciales para que asuman defensa delos derechos indígenas en los diferentes pueblos y comu-nidades indígenas.

El Defensor del Pueblo, para lograr mayor impacto en elárea rural, debería diseñar estrategias de trabajo específicasparticularmente para las mujeres indígenas en el área rural,diferentes a las que se aplican en el área urbana, por cuanto larealidad en el área rural es diferente, es otra vida, otrospatrones culturales. Deben ser en su idioma. Para ello seríaimportante que se haga un estudio, investigación o diagnósti-co del estado de situación de los Derechos Humanos, los dere-chos colectivos con énfasis en el tema de género, lo que podríacontribuir a delinear estrategias de trabajo con mujeres.

Existen importantes campañas contra la discriminaciónpero no se han medido los impactos y resultados. Por ello seríaimportante que el Defensor del Pueblo redefina sus estrategias,porque la discriminación, por raza, origen y género a losdesplazados de diferentes regiones, es parte de la vida coti-diana, particularmente en Santa Cruz y Tarija, a pesar del tra-bajo que desarrolla en esta línea el Defensor del Pueblo.

Sería importante que el Defensor del Pueblo haga conve-nios de coordinación, que participe de las asambleas para queexpliquen qué es el Defensor del Pueblo y qué hace para lospueblos indígenas, que participe e intervenga cuando hay con-flictos, amenazas por los empresarios. “Nos meten presos enlas cárceles y no tenemos justicia” sostienen los representantesindígenas.

134

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 131: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

b) En el ámbito institucional, de atención de quejas y orientación ciudadana

Se propone que el Defensor del Pueblo debe de estar enforma constante en los ayllus con la pacificación y protegien-do los derechos y libertades de los pueblos indígenas y origi-narios. El personal debe conocer la cultura del ayllu, causas,problemas y luego trabajar para hacer respetar los derechos delos pueblos indígenas y originarios. Debe coordinar con lasautoridades y bases de los pueblos originarios, debe mejorarsus sistemas de acceso en los ayllus y sectores con poblaciónindígena.

El Defensor del Pueblo debería ser más accesible en sutrato con las personas campesinas o indígenas que recurren asus oficinas y sería importante que la población aymara yquechua sea atendida en su idioma originario para mejorar surelación con la institución. Para ello, es importante que éstacuente al interior con equipos específicos de profesionalesaymaras, quechuas y de otros pueblos indígenas originarios,para la atención a los pueblos indígenas quienes deberán cono-cer la realidad de los pueblos originarios y sus formas de vida.De esta manera se trabajaría en forma equitativa tanto en elárea rural como urbana.

El Defensor del Pueblo debería trabajar para hacer másvisible el tema indígena, como en la Ley de Hidrocarburos,Asamblea Constituyente, el tema tierra y organizativo. Setiene la sensación de que la institución no trabaja con ladinámica de los acontecimientos, de la coyuntura, como que seva quedando atrás y está trabajando con un perfil muy bajo.

135

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 132: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

c) En el ámbito del acceso a la justicia

El Defensor del Pueblo debería atender todo tipo de pro-blemas que se tienen en las comunidades indígenas y origina-rias, como es el caso de los abusos de los terratenientes queacumulan tierras, los ganaderos, empresarios mineros y de lospolíticos. Deben ser los asesores y acompañar en los proble-mas para así defender los derechos de los indígenas en proble-mas diarios que se viven en los diferentes lugares del país.

Para que la justicia llegue verdaderamente a los indígenasy originarios del país, se debería promover que en losJuzgados de las provincias y regiones con predominancia depoblación indígena y originaria se promocione a profesionalesindígenas que entiendan la cultura y realidad de los pueblosindígenas. Asimismo se debería promover la instalación deJuzgados en lugares alejados con población indígena y origi-naria.

En regiones alejadas de las ciudades y del eje central noexisten servicios de apoyo social o jurídico para las mujeres,por lo que no tienen quien las defienda en caso de violación desus derechos. El Defensor del Pueblo debería implementaroficinas en la diferentes regiones del área rural, especialmenteen aquellos lugares donde no hay presencia de ONG’s, institu-ciones estatales ni de la sociedad civil.

Teniendo en cuenta que la justicia comunitaria es parte dela vida y de la cultura de la comunidades indígenas y originar-ias, es la que está más cerca, es más accesible, goza de legi-timidad y se practica en forma cotidiana, el Defensor delPueblo debería buscar y promover su verdadero reconocimien-to por el Estado, ya que en muchos casos algunos jueces, fis-cales, policías, corregidores y subprefectos desconocen losacuerdos o arreglos a los que llegan las partes y autoridadesindígenas en el tratamiento de sus conflictos.

136

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 133: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El Defensor del Pueblo debería fomentar y promover enlas comunidades indígenas y originarias para que sus autori-dades indígenas practiquen y den mayor valor a la justiciacomunitaria. Esto debido a que en algunos lugares sólo las per-sonas mayores practican y los jóvenes ya no practican, lo quelleva el peligro de que desaparezca con el tiempo y más si setiene en cuenta que la mayoría de los problemas y conflictosen las comunidades indígenas y originarias son resueltos por lajusticia propia, de acuerdo a los usos y costumbres de cadapueblo o comunidad.

d) En el ámbito de las competencias del Defensordel Pueblo

El Defensor del Pueblo debería considerar la posibilidadde proponer la ampliación de sus competencias para interveniren caso de la vulneración de Derechos Humanos de los pue-blos indígenas por parte de los grupos con poder económico opolítico. Asimismo para promover la incorporación en la insti-tución de una instancia encargada de promover la transversalde derechos indígenas y constituirse en el eje articuladorresponsable de sensibilizar los recursos humanos de la institu-ción sobre el tema, implementar estrategias sobre procesoseducativos de los derechos humanos de los pueblos indígenasen el área rural y urbana del país, de manera que se preste laatención a los pueblos indígenas en consideración a su reco-nocimiento como pueblos con culturas, derechos e identidadpropia, lo que hace que sean distintos y diferentes del resto dela población nacional.

137

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 134: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

f) Comentarios del consultor

Ámbito institucional

La débil institucionalidad del Estado boliviano, la falta depolíticas públicas para atender los derechos económicos ysociales de los diferentes sectores y la incapacidad de institu-ciones y autoridades para resolver los conflictos planteadospor actores regionales, cívicos, sindicales, vecinales, indígenasy campesinos, ha repercutido en gran medida en el trabajo delDefensor del Pueblo, por cuanto, al ser considerado como unainstancia estatal protectora de los Derechos Humanos, dedicagran parte de su tiempo en canalizar demandas entre actoressociales y el Estado, promover y facilitar el diálogo entrepartes en conflicto, desarrollar acciones de prevención de vio-laciones de los derechos humanos por parte de autoridades yservidores públicos del Estado. Esta labor de un ente estatal esparticularmente especial por cuanto desarrolla una rol prepon-derante para evitar que las autoridades y servidores públicoscometan violaciones a los Derechos Humanos, quienes desdeun punto de vista técnico, doctrinal y filosófico, están propen-sos a cometer violaciones por cuanto está establecido, comocorriente dominante, que el Estado es el único que puede vio-lar los Derechos Humanos. Esta labor la valoramos y compar-timos aunque no siendo una competencia específica delDefensor del Pueblo, y a pesar de la inversión de mucho tiem-po y recursos, contribuye en gran medida a la construcción deespacios de diálogo, fortalecimiento del sistema democrático,promover valores como la tolerancia, la construcción y conso-lidación de una cultura de paz y de respeto de los derechoshumanos, a sabiendas de que es difícil construir y buscar lapaz cuando no hay justicia social, equidad y solidaridad en ladistribución de recursos, donde aún se mantienen estructuras yesquemas excluyentes y discriminatorios, que generan cadavez mayor desigualdad, hambre y pobreza en la población.

138

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 135: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Uno de los derechos colectivos fundamentales de lospueblos indígenas constituye el uso, manejo, aprovechamien-to y administración de sus recursos naturales, recursos queestán siendo objeto de usurpación permanente y motivo de losmayores conflictos entre pueblos indígenas y los intereses par-ticulares de empresas, intereses transnacionales que trastocandichos recursos y que entran en conflicto con derechos de lospueblos indígenas, quienes han sido y son los verdaderosdueños y protectores de los mismos. Frente a la indiferencia eincapacidad del Estado, sus instituciones y autoridades parahacer cumplir la normativa vigente y velar por el uso yaprovechamiento racional y sostenible de los recursos natu-rales, es que el Defensor del Pueblo ha desarrollado iniciativasdirigidas a la construcción de espacios de coordinación entreorganizaciones indígenas, organizaciones no gubernamentalesy otras, desde donde se han diseñado y se están implementan-do estrategias a través de acuerdos y alianzas para la defensade los recursos naturales, articulando acciones como la cana-lización de demandas entre el Estado y organizaciones indíge-nas e instituciones de la sociedad civil y entre organismosregionales e internacionales.

Ámbito de acceso a la justicia

El tema del acceso a la justicia de las personas y pueblosindígenas, planteado para el trabajo de campo, ha sido aborda-do y entendido como la posibilidad que tienen las personas ypueblos indígenas de resolver problemas y conflictos de cual-quier naturaleza, en forma efectiva, oportuna y en el marco delrespeto de los derechos fundamentales que tiene toda persona,ya sea recurriendo a los sistemas del derecho indígena o dere-chos consuetudinario propio de los pueblos indígenas y comu-nidades campesinas, o en su caso a los sistemas oficiales queproporciona es Estado. Ello en el entendido de que las per-

139

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 136: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

sonas y pueblos indígenas, además de los derechos específi-cos, particulares reconocidos en su condición de pueblo indí-gena, también tienen el derecho de gozar y disfrutas de losdemás derechos que tiene el resto de la población nacional. Eneste entendido, el Defensor del Pueblo tiene el desafío decoadyuvar para que las personas y pueblos indígenas puedanacceder a la justicia ya sea a través del sistema de adminis-tración de justicia indígena, o del estatal, en ambos casos vi-gilando el respeto de los derechos fundamentales, fortalecien-do mecanismos de reconocimiento y respeto del derecho con-suetudinario indígena y la coordinación entre ambos sistemaspara el respeto mutuo.

Es importante considerar y hago eco de los comentariosdel Defensor del Pueblo al estudio de campo, que cuando sehabla de acceso a la justicia de las personas y pueblos indíge-nas, no sólo debemos considerar la posibilidad de acceder a lossistemas oficiales de justicia del Estado o a la justicia comuni-taria o indígenas, sino además el acceso a una justicia social,es decir, a la realización de los derechos económicos, socialesy culturales, lo que en nuestro país equivale a tener acceso auna buena educación, servicios de salud, oportunidades labo-rales, al uso, manejo, aprovechamiento y administración de losrecursos naturales y acceso al recurso tierra en forma sufi-ciente de modo que les permita desarrollarse como pueblos,con historia, identidad, cultura, bases fundamentales del prin-cipio de integralidad e interdependencia de los derechoshumanos.

El presente estudio relativo al acceso de la justicia de laspersonas y pueblos indígenas desde los servicios que presta elDefensor del Pueblo en función al mandato legal de velar porla naturaleza multiétnica y pluricultural del país y de promoverla defensa de los Derechos Humanos de los pueblos indígenasy originarios, ha intentado configurarse en función a la infor-

140

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 137: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

mación recopilada de la institución defensorial y otras fuentesy nutrirse con percepciones de actores vinculados con latemática de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas yde funcionarios de la misma institución.

En esa perspectiva y desde una mirada de fuera de la insti-tución, se podría concebir que la forma más directa de coadyu-var al acceso de la justicia a las personas y pueblos indígenaspor parte del Defensor del Pueblo, está en el servicio de aten-ción de quejas y denuncias que llegan a la institución, en lamedida que las demandas son atendidas satisfactoriamente, esdecir, que satisfagan a las personas de pueblos indígenas querecurren a los servicios. Se podría decir que se está con-tribuyendo a acercar la justicia a este sector de la poblacióncomo lo vienen haciendo los abogados de las oficinas deRiberalta y de Santa Cruz (encargado de la temática indígena)por cierto muy comprometidos y que conocen la temática,quienes no se limitan a aplicar en forma mecánica la ley y suscompetencias, sino que van más allá con gestiones en busca deresponder a la confianza depositada por los demandantes, loque pasa también por actitudes y compromisos de carácter per-sonal.

Al margen de los ejemplos de Riberalta y Santa Cruz, enla oficina central y de Sucre no se ha constatado equipos y per-sonal con experticia en la temática indígena y DerechosHumanos, es decir, para la atención directa de quejas, denun-cias y la orientación ciudadana a personas y pueblos indígenasen consideración a los derechos indígenas específicos recono-cidos también a grupos específicos por su cultura y cosmo-visión propia que tienen los pueblos, si bien, en la Paz está elresponsable de Programa y la profesional que trabaja comoparte del equipo, no son quienes atienden quejas ni proporcio-nan la orientación ciudadana en forma directa a la gente prove-nientes de los pueblos indígenas.

141

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 138: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En consecuencia sería importante fortalecer estos servi-cios para procurar coadyuvar realmente a acercar la justicia alos pueblos indígenas.

Ámbito de la promoción y difusión de los derechoshumanos de los pueblos indígenas

Las acciones de promoción, difusión y educación enDerechos Humanos de los pueblos indígenas que se hanvenido desarrollando con un perfil bajo por la Defensoría delPueblo, deberían merecer un mayor impulso y priorización enlo que se refiere a la implementación de procesos educativospor los que se proporcione los instrumentos y herramientas alas personas de pueblos indígenas para que por sí mismas, opor medio de sus organizaciones, asuman defensa y haganprevalecer sus derechos ante las instancias pertinentes, en elentendido que el Defensor del Pueblo, por razones operativasy de recursos, no tiene posibilidad de atender en forma directala diversidad de demandas del sector rural y de zonas urbanascon fuerte presencia indígena.

En los temas relativos a la promoción, difusión, capa-citación y formación en Derechos Humanos a personas depueblos indígenas, se pueden buscar mecanismos y alternati-vas para iniciar procesos y avanzar progresivamente en ello,como los que ya está implementando la institución a través dealianzas estratégicas con instituciones no gubernamentales,Iglesias y otras instituciones de la sociedad civil, quienestienen mayores posibilidades de llegar a las diferentes comu-nidades para la difusión, promoción y educación en DerechosHumanos.

Ámbito de apertura de nuevas oficinas

En relación con las demandas de instalación de oficinas enlas diferentes regiones del país, para atender a los pueblos

142

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 139: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

indígenas desprotegidos, eventualmente se podría hacer unaevaluación, análisis y priorización de lugares donde no existela prestación de servicios legales, sociales (caso de la zona decomunidades cautivas y la región de Moxos del Beni), a favorde pueblos indígenas, por parte de instituciones no guberna-mentales, de la sociedad civil y por otras entidades del Estado.

VII. RECOMENDACIONES

En el ámbito institucional

Luego de haber transcurrido los primeros 6 años de vida ytrabajo del Defensor del Pueblo, sería importante considerar laposibilidad de hacer un nuevo relanzamiento del trabajo de lainstitución, previo un trabajo de consulta a los pueblos indíge-nas y otros sectores de la población, tanto en el área urbanacomo rural, y en consideración a las experiencias en el tiempotranscurrido del trabajo de la institución. Ello, al igual que sehizo al inicio de funciones, podría contribuir en la priorizaciónde las líneas de trabajo, es decir, si se sigue con los actualeslineamientos y prioridades, o por el contrario hay que redefinirestrategias y establecer nuevas prioridades.

En consideración y atención al posicionamiento y emer-gencia del movimiento campesino indígena en el contextoactual que vive el país, considerar la posibilidad a medianoplazo de la creación de una Adjuntoría de Pueblos Indígenas,instancia que tendrá a su cargo promover la transversal de losderechos humanos de los pueblos indígenas en la entidaddefensora de los Derechos Humanos y de esta manera, incor-porar y priorizar la promoción, protección y defensa de losderechos particulares, específicos de los pueblos indígenas enconsideración a su cultura, cosmovisión y modos de vida dis-tintos, es decir, a la distintividad de los pueblos indígenas enrelación con el resto de la población nacional, como una

143

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 140: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

acción positiva por parte del Estado a un sector de la poblaciónboliviana históricamente marginado y excluido económica,política y socialmente.

Posibilitar la implementación de mecanismos de consultaa los pueblos indígenas que permitan recoger sus demandas,inquietudes y preocupaciones en relación con sus derechoshumanos, de manera que sean considerados en la elaboraciónde la Estrategia de trabajo del Defensor del Pueblo, Planes deOperaciones Anual POA, lo que podría contribuir con el traba-jo de la institución y la implementación de un proceso progre-sivo de coordinación e involucramiento por parte de las orga-nizaciones indígenas.

En el ámbito de la promoción, difusión y educación enDerechos Humanos

Sería importante establecer y aplicar indicadores deimpacto de las campañas contra la discriminación, para medirimpactos y resultados, lo que contribuiría a determinar si secontinúa con la misma estrategia o por el contrario es nece-sario redefinir la misma.

Las estrategias de promoción, capacitación y educación enDerechos Humanos dirigidas a los pueblos indígenas y comu-nidades campesinas, deberían considerar la formación delíderes indígenas campesinos en las diferentes regiones delpaís, a través de procesos educativos con perspectiva degénero. Para ello, se podría explorar la posibilidad de estable-cer alianzas estratégicas entre ONG’s, municipios, Iglesias yotros actores, quienes podrían responsabilizarse de la sosteni-bilidad de los recursos humanos, y el Defensor del Pueblo, dela formación, seguimiento y dotación de material educativo,ello, considerando la importante experiencia y confianza de lainstitución. En este tema sería importante considerar las expe-riencias de los Defensores del Pueblo de Ecuador y Colombia.

144

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 141: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Entre las estrategias de difusión y capacitación, en opiniónde actores de pueblos originarios de la zona andina, sedeberían reforzar los mecanismos de participación enTantachawis de los pueblos originarios (asambleas, reuniones,congresos de los pueblos originarios), ferias culturales y deintercambio en ayllus y markas, considerando estos espaciospara desarrollar eventos como seminarios, talleres, encuentros,reuniones en coordinación con las organizaciones indígenas ycampesinas.

En el ámbito de la atención de quejas y el diseño sobreconductas vulneratorias

Considerar la pertinencia de un diseño especial de registrode quejas más ágil y simplificado para pueblos indígenas yoriginarios o en su defecto, incorporar en el formulario de re-gistro de quejas existente, una orientación para el registro dedenuncias por vulneración de derechos colectivos de los pue-blos indígenas, de manera que promueva el respeto a la especi-ficidad, distintividad y particularidad de los derechos humanosde los pueblos indígenas que son la característica y fundamen-to de su existencia.

En consideración a esa particularidad y distintividad quecaracteriza a los pueblos indígenas, considerar la posibilidadde establecer índices de derechos y conductas vulneratorias delos Derechos Humanos de pueblos indígenas, tomando encuenta los derechos reconocidos en instrumentos a nivel inter-no y en el ámbito internacional. Ello será factible en la medi-da que la institución considere importante como informaciónque pudiere contribuir a la formulación de políticas y defini-ción de estrategias para la atención a los pueblos indígenasdesde la institución defensorial en función a su condición depueblos con derechos específicos.

145

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 142: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En el ámbito del acceso a la justicia

Promover ante el Poder Judicial la institucionalización delos servicios de traductores e intérpretes y peritos culturalescampesinos e indígenas, considerando la interculturalidad delas diferentes regiones del país, de manera que el PoderJudicial asuma su responsabilidad de conformidad a lo esta-blecido por el artículo 116 de la Constitución Política delEstado y el Código de Procedimiento Penal vigente.

Definición en la estructura organizativa interna delDefensor del Pueblo, la instancia responsable de la temática delos Derechos Humanos del Campesinado y Pueblos Indígenas.Eventualmente considerar la posibilidad de la incorporaciónde profesionales indígenas de manera que refleje la intercul-turalidad del país, que no sólo hable el idioma sino que conoz-ca la vida y cultura de los pueblos indígenas y originarios,especialmente en las instancias de atención de quejas y orien-tación ciudadana, tanto a nivel central como en las representa-ciones departamentales y regionales. Aspecto fundamentalpara estimular confianza y mayor libertad en la manifestacióny exposición de sus problemas por parte de denunciantesprovenientes de pueblos indígenas y originarios. Ello consti-tuiría un espacio desde el que se promueva la transversa-lización de los derechos indígenas, sensibiliza a los recursoshumanos de la institución y es la responsable de monitorear laimplementación de las políticas y programas relativos a la pro-moción y protección de los derechos humanos de los pueblosindígenas desde la institución del Defensor del Pueblo.

Considerar como alternativa la implementación de servi-cios de procuradurías de defensa y patrocinio de los derechosde los pueblos indígenas en zonas y regiones estratégicas,como en la zona de comunidades cautivas, zona de mayor con-flicto y tensión por la tenencia y propiedad de la tierra y recur-

146

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 143: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

sos naturales, pero también en las mismas oficinas y repre-sentaciones para la atención de los casos remitidos a orien-tación ciudadana, por no corresponder a las competencias delDefensor del Pueblo, lo que de alguna manera permitiría quela gente al recibir la atención a sus demandas, no salga o tengauna sensación de frustración, desilusión y sabor a poco cuan-do se la deriva simplemente a otras instancias. Lo que es con-cordante con la misión de Alto Comisionado del Congresopara la defensa y protección de los derechos individuales ycolectivos tutelados por la Constitución y las Leyes, previstoen el artículo 1, y en la atribución 9 del artículo 11, de la Ley1818, respectivamente.

Promover el fortalecimiento de la justicia comunitaria enel entendido de que en las comunidades indígenas y origina-rias, las autoridades originarias resuelven la mayoría de susconflictos a través de mecanismos alternativos de acuerdo asus usos y costumbres diferentes a los estatales. Estos meca-nismos alternativos que son legitimados por los pueblos indí-genas, por considerarlos parte de la vida y de la cultura de lospueblos, están más cerca en la comunidades, son más accesi-bles, imparciales, ágiles y son practicados en forma cotidianaen las comunidades indígenas y originarias, por lo que consti-tuyen una forma real y efectiva de acceder a la justicia de per-sonas y pueblos indígenas.

En la misma línea de la justicia comunitaria, promover lanormativa legal por la que se posibilite el reconocimiento de lajusticia comunitaria como parte del sistema judicial del paíscon igual jerarquía en relación con el estatal, las instancias decoordinación y de control mutuo del respeto de los DerechosHumanos entre ambos sistemas. Ello debido a que en la actua-lidad algunos jueces, fiscales, policías, corregidores, subpre-fectos y otras autoridades judiciales y administrativas delEstado, consideran a la justicia comunitaria como un sistema

147

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 144: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

subordinado al oficial, clandestino. Por ello, en forma sis-temática y permanente desconocen los acuerdos o arreglos alos que llegan las partes y autoridades indígenas y originariasen el tratamiento de sus conflictos.

Promover la revalorización y la práctica de la justiciacomunitaria en las comunidades indígenas y originarias paraque sus autoridades indígenas practiquen y revaloricen la jus-ticia comunitaria, ello, en consideración a que en algunoslugares sólo las personas mayores la conocen y practican,mientras que las nuevas generaciones la practican cada vezmenos.

En el ámbito de la ampliación de competencias del Defensor del Pueblo

Eventualmente considerar la posibilidad de plantear pro-puestas normativas para la ampliación de competencias delDefensor del Pueblo, de manera que le posibilite la interven-ción directa en casos de conductas vulneratorias por parte degrupos de poder político y económico como beneficiadoras decastaña, mineros, petroleros, ganaderos, agroindustriales,hacendados, etc., que definen la forma de organización indíge-na, cambian autoridades, definen servicios básicos de edu-cación, salud y otros, a quienes por tener el estatus de priva-dos, el Defensor no puede intervenir directamente sino a travésde instancias del Estado. Este vacío dificulta la satisfacción dedemandas indígenas, y estaría generando cierto clima y sen-sación de frustración e impotencia de la gente cuando esderivada a otras instancias por el Defensor del Pueblo.

148

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 145: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Bibliografía

Albo, Xavier y Víctor Quispe, Quiénes son Indígenas en losGobiernos Municipales, Ed. Plural, La Paz, Bolivia,2004.

Albo, Xavier, Pueblos Indios en Política, Ed. Cipca, La Paz,Bolivia, 2002.

_____ Por una Bolivia diferente: Aportes para un proyectohistórico popular, Ed. Cipca, La Paz, Bolivia, 1991.

_____ “Estado y Comunidades Frente a Frente”, RevistaCuarto Intermedio No. 9, Ed. Cipca, La Paz, Bolivia,1988.

Calla, Ricardo, La caída de Sánchez de Lozada, la cuestiónindígena y la historia reciente de Bolivia: Algunosapuntes y temas para el debate, Ed. Plural, La Paz,Bolivia, 2003.

_____ CSUTCB: Debate sobre documentos políticos yAsamblea de Nacionalidades, Ed. Cedla, La Paz,Bolivia, 1989.

_____ El reto de la diversidad: Pueblos Indígenas y Reformadel Estado en América Latina, 1999.

Baire, Gregor, Pueblos Indígenas y Derechos Constitucio-nales en América Latina, 2da. edición en formato CD,Ed. CDI (México) y Abya Ayala (Ecuador), 2004.

Defensor del Pueblo, I, II, III, IV, V y VI Informes Anuales delDefensor del Pueblo al Congreso Na-cional, Ed.Defensor del Pueblo, 1998-2003.

_____ Manual de Organización y Funciones del Defensor delPueblo, inédito, 2003.

149

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 146: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

_____ Plan Estratégico Quinquenal del Defensor delPueblo, inédito, 2001-2006.

_____ Reglamento Interno de Organización y Funciona-miento del Defensor del Pueblo, inédito, 2002.

_____ Reglamento de Trámites de Quejas, Actuaciones eInvestigaciones de Oficio, inédito, 2001.

_____ Y todo comenzó de nuevo: Memorias de Octubre, Ed.Artes Gráficas “Latina”, La Paz, Bolivia, 2004.

_____ Informe especial: Los derechos a la propiedad, latenencia de la tierra y el proceso de saneamiento, Ed.Presencia. La Paz, Bolivia, 2004.

Desarrollo con Identidad, Política Nacional Indígena y Origi-naria: Viceministerio de Asuntos Indígenas y PueblosO r i g i n a r i o s , Ed. Offset Boliviana Ltda., La Paz,Bolivia, 1998.

Foro Internacional, Experiencias Latinoamericanas enD e rechos Humanos, Resolución Alternativa deConflictos y Justicia Comunitaria, inédito, 2004.

García, Lineras Álvaro, Marxa Nadia Chávez, Patricia CostasMonje, Movimientos Sociales en Bolivia, historia,identidad, proyectos y perspectivas de: COB,CSUTCB, CIDOB, CSCB, FNMCB-BS, COCA TRO-PICO, COFECAY, MAST, FEJUVE-EL ALTO, CONA -MAQ, CPESC Y COORDINADORA DEL AGUA Y DELA VIDA, Ed. PLURAL, La Paz, Bolivia, 2004.

Instituto de la Judicatura, Seminario sobre Justicia Comuni-taria, Ed. “Tupac- Katari”, Sucre, Bolivia, 2004.

Longlois, Denis, Diagnóstico Institucional del Defensor delPueblo de Bolivia: Enero de 2002, febrero y junio de2003 y marzo de 2004, inédito.

150

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 147: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Ministerio de Desarrollo Sostenible, “Justicia Para Todos”.Consolidación Institucional del Sistema Judicial.Proyecto de Reforma Institucional del Ministerio deDesarrollo Sostenible, inédito, 2003.

Mullucundo, Eugenio, La Participación Indígena y la Norma-tiva Positiva y Tradicional. El caso Uru Chipaya,Amareti y Guaraní del Isoso (Tesis de Maestría enCiencia Política), Ed. Artes Gráficos, La Paz, Bolivia,2000.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Justicia Comuni-taria: estudios de caso y propuesta normativa, tomo10. Ed. Sierpe Publicaciones, 1998.

_____ Código de Procedimiento Penal, Ed. INDEAA, LaPaz, Bolivia, 1999.

_____ Convenio 169 de la Organización Internacional delTrabajo, ratificado por Bolivia el 11 de julio de 1991,Ed. Gaceta Oficial de Bolivia. La Paz, Bolivia, 1991.

Programa Sociedad Civil y Acceso a la Justicia (PSCAJ), Sis-tematización: desde las experiencias del PSCAJ, (noespecifica editorial), 2004.

Villanueva, Arturo, Pueblos Indígenas y Conflictos de Tierras,Ed. Plural, La Paz, Bolivia, 2003.

Viceministerio de Justicia, Memoria del Programa SociedadCivil y Acceso a la Justicia, La Paz, Bolivia, (noespecifica editorial), 2003.

MEDIOS DE PRENSA ESCRITA

Periódico El Deber de Santa Cruz: 30/01/02 y 18/05/02.Periódico Los Tiempos de Cochabamba: 31/01/02, 02/09/02,

04/11/03, 02/05/04 y 16/10/04Periódico La Prensa de La Paz: 20/12/02.

151

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 148: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Periódico El Diario de La Paz: 18/04/03 y 19/11/03Periódico La Razón de La Paz: 10/01/04.Periódico La Patria de Oruro: 23/01/04.

GACETA OFICIAL DE BOLIVIA

1994 Ley No. 1565 de Reforma Educativa.Ley No. 1062 de Abolición de prisión o apremio cor-poral por obligaciones patrimoniales. Ley No. 1551 de Participación Popular.Ley No. 1615 de la Constitución Política del Estado. Ley No. 1674 contra la Violencia en la Familia oDomestica

1996 Ley No. 1715 del Servicio Nacional de ReformaAgraria.

1997 Ley No. 1984 del Código Electoral. Ley No. 1983 de Partidos Políticos. Ley No. 2028 de Municipalidades

2001 Ley No. 2235 del Diálogo. 2002 Ley del Seguro Universal Materno Infantil. 2004 Ley No. 2650 de Reforma de la Constitución Política

del Estado.

152

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 149: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ANEXO 1

Cuadro de derechos y conductas vulneratorias de derechos Peticionarios por Grupos Vulnerables

Fuente: I Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional,1999).

153

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 150: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Derechos más vulnerados en función al total deResoluciones Defensoriales emitidas en 2003

Derechos Vulnerados PorcentajesVida 3.5Integridad personal 2.9Petición 2.17Salud 3.5Educación 0.7Remuneración 6.5Vacaciones pagadas 12.3Trabajo 10.8Igualdad 2.9Circulación 2.9Asociación 0.7Libertad Personal 1.4Dignidad 2.9Debido Proceso 13.7Seguridad Social 27.5Seguridad 2.17Vida Privada 0.7Propiedad 1.4Otros 0,7Total 100

Fuente: VI Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional,2003.

154

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 151: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cantidad de casos por Derechos Vulnerados por Área

Cód. Derechos Vulnerados Adminis Derechos Servicios tración Humanos Públicos

1.1 Igualdad ante la Ley 10 31 11.2 Dignidad 12 63 31.3 Libertad 8 562.1 Derecho a la Vida 1 212.10 Derecho a la Formulación de Peti-

ciones Individuales y Colectivas 139 38 102.11 Derecho a la Propiedad Privada 51 14 42.12 Derecho a la Remuneración Justa 32 12 12.13 Derecho a la Seguridad Social 90 52.2 Derecho a la Salud 3 14 12.3 Derecho a la Seguridad 14 90 12.4 Derecho a la Libertad de Expresión 7 8 12.5 Derecho a la Libertad de Asociación 3 12.6 Derecho a la Libertad de Trabajo,

Comercio e Industria 75 16 12.7 Derecho a la Educación 3 22.8 Derecho a la Enseñanza 22.9 Derecho a Ingresar, Permanecer,

Transitar y Salir del Territorio Nacional 3

2.10 Carácter Igualitario y General de los Impuestos y Cargas Públicas 6 1 1

2.14 Nulidad de los actos de los que Usurpen Funciones que no les Competen o que Ejerce 3

2.15 No Obligatoriedad de hacer lo que la CPE y las Leyes no mandan o a Privarse de lo que no Prohíben. 1 2 2

2.16 Vigencia de la Ley para lo Venidero y Carácter Retroactivo Excepcional 1

2.17 Sometimiento de los Infractores de la CPE a la Jurisdicción Ordinaria 4 14 1

155

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 152: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

2.18 Respeto de Derechos y Garantías no Enunciados y Nacidos de la Soberanía del Pueblo 77 56 9

3.2 Garantías para el Debido Proceso 23 120 13.3 Recurso Constitucional de Amparo

y Habeas Corpus 1 23.5 Inviolabilidad de Domicilio 9 13.6 Uso de la Propiedad Privada 21 9 13.7 Improcedencia de Confiscación 33.9 No Obligatoriedad de Pago

de Impuestos no Establecidos de Conformidad a Ley 1

(I Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso Nacional, 1999).

156

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 153: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ADÉNDUM

COMENTARIO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE BOLIVIA AL INFORME DE ESTUDIO DE CASO

En el marco de los objetivos propuestos por el IIDH demaximizar el desempeño de las oficinas del Defensor delPueblo y las valiosas sugerencias planteadas por el consultor,Dr. Eugenio Mullucundo, se considera necesario incluir a mo-do de comentario central determinados planteamientos defondo que en nuestro concepto son necesarios considerar.

La experiencia lograda hasta el presente nos permite verque el tema de la exclusión de los pueblos indígenas entrañaviolencias múltiples y la necesidad de contar con solucionesefectivas nos obliga a la búsqueda de soluciones de largoalcance, suficientemente maduradas y ajustadas a las particu-laridades de cada país.

Con esta respetuosa aclaración se ha juzgado prudentecomplementar la investigación, a partir de tres ejes de análisis:

• Lo indígena como concepto. • Lo indígena en relación al Estado y el acceso a la justi-

cia.• Los derechos indígenas y la disputa por los recursos

naturales.

Lo Indígena como Concepto

La investigación parte señalando que en Bolivia, siguien-do el “lenguaje académico”, se usa la distinción de “pueblosindígenas” y “originarios” para referirse a poblaciones nativasde tierras bajas y altas que, entre la década del 80 y el 90, seautoadscriben como tales. Destaca las fisuras surgidas en laCentral Sindical Única de Trabajadores Campesinos de

157

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 154: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Bolivia (CSUTCB) a partir de quienes se asumen comocampesinos y rescatan el peso de las organizaciones sindicalesformadas al calor de los que fue la reforma agraria del 53,frente al Consejo Nacional de Markas y Ayllus del Qollasuyo(CONAMAQ) que anteponen lo originario frente a lo campe-sino.

A tiempo de rememorar el episodio histórico de la colo-nización, hace hincapié en el importante asentamiento de losindígenas de tierras altas en “los llanos” y como producto deese recorrido secuencial concluye señalando que, indígena estoda esa población rural constituida por etnias de tierras altas,bajas y colonizadores, como indígena es gran parte de lapoblación asentada en áreas urbanas.

Nos hemos querido detener en este planteamiento porconsiderar que es este el hilo conductor que utiliza el investi-gador para valorar el desempeño del Defensor del Pueblo através de sus diversas unidades. Sus observaciones, a lo largodel documento, refieren ese enfoque global con el que inicia sutrabajo y, en esa mirada, extraña que las labores del Defensordel Pueblo no hayan hecho mayor incidencia sobre el tema;aunque admite que “es probable que en los diferentes gruposde derechos vulnerados hayan concurrido personas de pueblosindígenas o de comunidades campesinas, (casos) que no haningresado como (vulneración) al derecho de los pueblos indí-genas, sino (clasificados) en función al índice de derechos yconductas vulneratorias diseñadas por el Defensor delPueblo”.

Esta observación obliga a remitirnos a la Ley del Defensordel Pueblo47 en el comprendido de que constituye su marco

158

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

47 L. 1818 de 17/dic/98.

Page 155: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

institucional de funcionamiento, cuyo Art. 11 num. 9) previenecomo imperativo de acción: el “velar por el respeto de la na-turaleza multiétnica y pluricultural del Estado boliviano y pro-mover la defensa de los derechos humanos de los pueblos indí-genas y originarios del país”.

Producto de este ejercicio se concluye que la disposiciónmencionada, siguiendo el razonamiento del investigador, harecogido el “lenguaje académico” para definir formas de inter-vención frente a un sujeto perfectamente identificado: “pue-blos indígenas y originarios”, con una ubicación geográficasituada en el área rural y un punto de acercamiento centradofundamentalmente –aunque no de modo exclusivo– en lasdemandas de acceso a la tierra.

La Ley del Defensor del Pueblo, contemporánea a normasimportantes como la Constitución Política del Estado de 1994,el Convenio 169 de la OIT de 1991, la Ley Servicio Nacionalde Reforma Agraria de 1996, la Ley Forestal de 1996, la Leyde Participación Popular de 1994, por citar algunas, recogió elenfoque contenido en dichas normas por el peso especifico quelas demandas de tierras tuvieron ese momento.

Se observa de ello que en la mente de quienes legislaronno estuvo presente el indígena urbano y que su atención fuerecuperada en el Defensor del Pueblo a partir de otros enfo-ques centrados en actuaciones urgentes o población vulnerablede los Programas Especiales.

El planteamiento del Dr. Mullucundo, importante por cier-to, tiene la virtud de tomar en cuenta más allá de cataloga-ciones legales y académicas, la globalidad de una poblaciónque a lo largo de la historia ha ido recibiendo denominacionesdiversas y vale como rescate, frente a propuestas que, a títulode reivindicar lo indígena, invocan un marco histórico incom-pleto o mutilado.

159

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 156: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Su importancia también es manifiesta a partir de losnuevos datos estadísticos que muestran a una Bolivia másurbana y menos rural; advirtiendo con ello la necesidad derepensar globalmente políticas rurales y reflexionar sobre unadecuado enfoque de políticas urbanas.

La propuesta confronta, sin embargo, dificultades deorden operativo relacionadas con la autoadscripción; particu-larmente en el área urbana donde la misma aparece poco diá-fana pues, no constituyen elementos definitorios para esecometido ni los rasgos fenotípicos, ni el lugar de nacimiento,ni el uso de una lengua, ni las prácticas religiosas. La auto-adscripción –siempre dinámica– no constituye una decisiónfácil, ni permanente.

La realidad, siempre más rica, aparece más flexible yhuidiza que los conceptos legales y las definiciones académi-cas; proceso, por otra parte explicable, si se piensa que muchosde los términos que se utilizan, además de definiciones jurídi-cas entrañan apelativos raciales.

Esto explica el hecho de que el Defensor del Pueblo hayaenfocado sus labores en función de los pueblos indígenas yoriginarios del área rural y grupos vulnerables en el áreaurbana.

Con la salvedad anotada, la sugerencia del investigadormerece ser tomada en cuenta no sólo en función de la necesi-dad de repensar conceptualizaciones48 sino para analizar latemática indígena en el ámbito urbano, ajustar políticas públi-cas para el área rural, y establecer los parámetros más aconse-jables en función de elaboración de políticas públicas.

160

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

48 “Las identidades se van modificando con plasticidad de acuerdo a las relacionesde fuerzas que operan en la sociedad”. Pierre Jacob, 1982 en: Prólogo de RafaelArchondo al libro de Elizabeth Peredo Beltrán “Recoveras de los Andes: la iden-tidad de la chola del mercado: una aproximación psicosocial”, ILDISTahipampu. La Paz, 1992, XII.

Page 157: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El enfoque acertado de ellas permitirá lograr que lasexpresiones pluriculturalidad e interculturalidad sean mejortrabajadas y comprendidas dentro del conjunto del cuerposocial; sin descartar la conveniencia de pensar en una reformalegal que amplíe las atribuciones del Defensor del Pueblo aresguardo de la rigidez jurídica que pueda surgir de la fisca-lización publica.

La Asamblea Constituyente que, según anuncios oficiales,comenzará a funcionar a mediados del próximo año consti-tuirá, con certeza, otro escenario donde se dilucidará el temaen función de la vulnerabilidad de grupos rurales emigrados alas ciudades y las facilidades de adaptabilidad que se brindana estas culturas para enfrentar los nuevos retos que el mediosocial exige; sin destruir su esencia, evitando respuestastardías y catastróficas.

Lo Indígena en relación con el Estado

Bolivia, desde la fundación de la república confronta ca-racterísticas que marcan su desenvolvimiento interno, con lapresencia de una oligarquía que impone políticas de exclusión,aprovecha recursos naturales en su beneficio, vive con unamirada anclada en ideales exógenos y sobrevive, en lo exter-no, con un permanente condicionamiento de su economía adecisiones de poder foráneas.

Al hablar de Bolivia, estamos hablando entonces de unpaís económicamente dependiente, permanente exportador demateria prima, soberanía limitada, gobernado por pequeñosgrupos de poder y una población indígena carente de acceso auna amplia gama de derechos humanos o, como el investi-gador señala, sin acceso a la justicia.

Esta situación, empero, se ha visto agravada en los últi-mos años por la adopción de medidas económicas de carácter

161

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 158: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

estructural que pide seguridad jurídica para las inversionesextranjeras sin reparar en la inseguridad jurídica de lapoblación y el desconocimiento de derechos fundamentalescon todo lo que ello implica en la larga estela de desempleo,falta de atención a la salud, educación, inseguridad y desesper-anza.

Estamos hablando entonces de un país que si bien, a par-tir de los 90, ha nutrido su legislación con importantes avanceslegales en favor de los pueblos indígenas y ha fortalecido sumarco institucional con el reconocimiento del Tr i b u n a lConstitucional, Consejo de la Judicatura y el propio Defensordel Pueblo, ha incurrido simultáneamente en la abrogaciónfáctica de otras normas cuya conquista ha costado la muerte deindígenas, campesinos y mestizos de generaciones pasadas, tales el caso de la Ley General de Trabajo y la Ley de SeguridadSocial.

Puede decirse en este sentido que en el país no se ha logra-do una acumulación de reivindicaciones y derechos, sino quese han perdido conquistas sociales concretas, sin alcanzar,hasta ahora, la consolidación plena de nuevos derechos.

Se agrega a ello otro elemento que no puede ser obviado:el del debilitamiento del Estado. Esta notoria reducción delpoder público ha hecho, por un lado, que gran parte de las fa-cultades de decisión gubernamental se encuentren fuera delEstado mismo y que, por otro, la teoría que propugna que laviolación de los derechos humanos se comete sólo desde elpoder público, quede debilitada.

Como producto de esta enajenación de poder, el ciu-dadano (indígena, campesino, mestizo, originario) se muestrahoy más desprotegido, quedando “en tela de juicio el principiouniversalista (que sustenta) el núcleo duro de la ciudadanía”49.

162

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

49 Ton Salman.

Page 159: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El hecho preocupa en alto grado ya que, más allá de unacrítica a la falta de cultura de servicio, ética de comportamien-to, de los servidores públicos o ausencia de un sentido deresponsabilidad por el bien común, es evidente que “los fac-tores mencionados constituyen un reto para ir más allá deplanteamientos que suponen que todo se reduce a un problemade aplicación e implementación de la ley.

Es menester recordar que junto al marco legal progresistade las últimas reformas legales se han dictado otras, que nocondicen precisamente con una estructura que haga viables ysustentables a las primeras.

De hecho el país ha sufrido quiebres preocupantes: unquiebre jurídico que atenta contra la primacía de laConstitución y los postulados contenidos en ella coartando lacapacidad fiscalizadora del legislativo50, falta de independen-cia del Poder Judicial a través del cuoteo político y debilita-miento del propio Poder Ejecutivo que no consolida instanciasde fiscalización efectivas.

Este avasallamiento del poder Ejecutivo ha hecho quedesaparezca el equilibrio de Poderes del Estado y ante la inefi-cacia de las medidas económicas adoptadas, el país enfrenteuna quiebra económica que ha dejado en letra muerta el Art.132 de la C.P.E. que prescribe que el régimen económicopropenderá al fortalecimiento de la independencia nacional yal desarrollo del país mediante la defensa y aprovechamientode los recursos naturales y humanos en resguardo de la seguri-dad del Estado y en procura del bienestar del pueblo boliviano.

163

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

50 Contrariamente a lo establecido en el Art. 59 inc. 7 C.P.E. que reconoce comoatribuciones del Poder Legislativo el autorizar la enajenación de bienesnacionales, departamentales, municipales, universitarios y de todos los que seande dominio público, a través de ley de la republica se suscriben 78 contratos decapitalización que enajenan los recursos hidrocarburíferos del país.

Page 160: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Por ello, más allá de los avances legislativos, las reivindi-caciones expresadas los años 2000, 2003 y 2005, están deman-dando una mayor presencia estatal, mejor distribución delpoder, un nuevo contrato social, recuperación de los recursosnaturales y el establecimiento de un orden económico másjusto.

Las demandas de protección de los derechos humanos engeneral y los derechos de los pueblos indígenas en particular,han sobrepasado el marco de lo exclusivamente pensado enfunción de planteamientos aislados para situarnos ante unarealidad que reclama un cambio estructural profundo, conmiras a evitar las amenazas de un fraccionamiento territorial.

Por lo expuesto, además de la conveniencia de precisar laconfiguración de lo indígena rural-urbano, es necesario incluircomo elemento adicional de reflexión el tema del debilita-miento estatal; en el comprendido de que la vulneración de losderechos indígenas provienen de influyentes núcleos de poderfrente a los cuales el Estado no tiene autonomía de decisión.

Los Derechos Indígenas y la Disputa por los RecursosNaturales

Las marchas de los pueblos indígenas por tierra y territo-rio que marcan la década de los 90, sacuden al país por la pres-encia de grupos humanos cuya existencia era referencialmentemencionada en la Ley de Reforma Agraria como “tribus selví-colas”51 o “chunchos” que era el lenguaje usual utilizado enlos Andes para hablar de la existencia de “la otra gente” de losllanos.

Su presencia significó la visibilización de una poblacióncon derechos humanos que no eran respetados y sus demandas

164

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

51 Art. 129 D. L. 3464 de 2/8/53.

Page 161: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

implicaron un sacudimiento para la estructura jurídica,económica y social del país cuya repercusión derivó en actosde protesta traducidos en marchas y prolongadas discusionesque concluyeron, finalmente, en la promulgación de la Ley1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria con miras areconocérseles tierras comunitarias de origen y mejorar suscondiciones de vida; a través del uso y aprovechamiento derecursos naturales renovables.

Esta ley constituyó un logro muy importante pues quienesparticiparon en la discusión fueron, además del gobierno y losindígenas, las personas que iban a verse afectadas con dichasdisposiciones52. La promulgación de la Ley 1715 implicó queiba a revisarse la caótica, dolosa e irracional distribución detierras existente hasta ese momento y, junto con ellas, elaprovechamiento ilegal y abusivo de recursos humanos y na-turales, así como, el quebrantamiento de redes de poder local.

La ejecución de este proceso tuvo un buen inicio. Hubo unacuerdo social y las demandas de los pueblos indígenas fueronrespondidas con una “ley consensuada” que tenía al frente unaentidad ejecutora solvente e institucionalizada, reglamentadoun marco institucional donde la Comisión Agraria Nacional(CAN) expresión plena de todos los sectores interesados en laproblemática tenía el deber de debatir y proponer políticasagrarias y un Tribunal Agrario Nacional (TAN) como órganoimparcial de administración de justicia.

En el recuento del 52 aniversario de la Ley de ReformaAgraria realizando hace unos días tenemos un escenario total-mente distinto, por cuanto hoy existe una precaria institu-cionalidad de la entidad ejecutora, una Comisión AgrariaNacional que no funciona, un Tribunal Agrario Nacional seria-

165

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

52 Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO).

Page 162: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

mente cuestionado por su parcialidad y la vulneración delmarco legal por normas de inferior jerarquía, hechos que enconjunto, traducen medidas de contrarreforma agraria.

Estas vulneraciones, en un estado de derecho, vacían decontenido el concepto de democracia y originan que leyes difí-cilmente conseguidas, sucumban lentamente logrando que, demanera distinta a lo que ocurre con el sistema de los grandescódigos, sus disposiciones vayan perdiendo coherencia alpunto de transformarlas en “verdaderos cuerpos errantes”.

Los cambios experimentados en tiempo tan breve resultanexplicables en la medida en que, el tema tierra, implica no sóloun problema agrario, pues sus efectos son mucho más profun-dos y multiplicadores ya que lo que se encuentra en entredichono son meras parcelas, sino un conjunto de recursos naturalesapetecidos por propios y extraños (bosques, biodiversidad,recursos mineros, hidrocarburos).

Esto explica el sacudimiento social de los últimos años, lacrisis por la que el país atraviesa y la dificultad de obtener elrespeto de los derechos humanos a través de logros concretosque perduren.

Las palabras del presidente del Tribunal Agrario Nacional,citadas por el Dr. Mullucundo, nunca han resultado más ade-cuadas en el sentido de que “el país que hoy vivimos no es elmismo de hace unos años, ni siquiera el de hace unos meses”pues el alentador proceso reivindicativo de los pueblos indíge-nas corre el riesgo de una involución en la medida de que unEstado fortalecido en lo externo y democratizado en lo inter-no, no recomponga el diálogo con el conjunto de fuerzassociales a través de soluciones consensuadas y permanentesque respeten los derechos humanos de los excluidos.

La confrontación recientemente vivida no ha estado exen-ta de matices, directa o indirectamente, alusivos al tema étni-

166

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 163: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

co. La “Bolivia productiva” versus la “Bolivia conflictiva”estigmatizó los reclamos de los indígenas de tierras altas, la“nación camba” frente a las naciones originarias, ha derivadoen serios regionalismos; situaciones que dificultan el accionardel Defensor del Pueblo; entidad que –junto a otras institu-ciones del país– se halla en riesgo de ver afectada su propiainstitucionalidad.

Se ha considerado oportuno incluir este marco global conel ánimo de complementar, como ya se tiene dicho, las su-gerencias hechas por el Dr. Mullucundo las que, por instruc-ción de la máxima autoridad ejecutiva, serán analizadas en elmarco de la nueva estrategia que la institución se apresta adelinear.

Para concluir, nos permitimos formular algunas recomen-daciones a fin de que, eventos tan importantes como el pre-sente, tomen conciencia de las dificultades que confronta elEstado boliviano y de los esfuerzos que debe desplegar elDefensor del Pueblo para coadyuvar en la conservación de lapaz social y la cohesión nacional como peldaño inicial quepermita el diálogo y evite la violencia.

Esa cohesión nacional pasa sin duda por la defensa de launidad en la diversidad y el fortalecimiento creciente de unainterculturalidad que demuestre que los pueblos que habitanen el país tienen mayores coincidencias que alientan la necesi-dad de construir un país más justo, solidario y menos exclu-yente.

167

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y la Defensoría del Pueblo de Bolivia

Page 164: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del

Pueblo de ColombiaMaría Camila Moreno Munera*

Índice

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .171

I. El escenario de la Cuestión Indígena y el Desarrollo Legal para el Acceso a la Justiciade los Pueblos Indígenas en Colombia . . . . . . . . . . .175

II. El Marco Legal de la Defensoría del Puebloy su función frente a los Derechos de losPueblos Indígenas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .196

III. Acciones especializadas de la Defensoría delPueblo para la atención a las personas y pueblosindígenas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .201

IV. Buenas prácticas y lecciones aprendidas . . . . . . . . .245

169

* Antropóloga. Colombiana. Ex-funcionaria de la Defensoría del Pueblo deColombia en materia de desplazamiento interno.

Page 165: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

V. La visión indígenassobre la Defensoría del Pueblo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .267

VI. Recomendacioanes para el fortalecimiento de laacción defensorial en defensa de los Derechosde los Pueblos Indígenass . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .279

Anexos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .290

170

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 166: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Introducción1

El Instituto Interamericano de Derechos Humanos deCosta Rica, IIDH, viene ejecutando un proyecto de investi-gación y capacitación sobre Acceso a la Justicia de lasPersonas y Pueblos Indígenas, que incluye entre otros compo-nentes, estudios de campo en cuatro países de la región, entreellos Colombia, con el fin de describir y analizar las experien-cias de las Defensorías del Pueblo en materia de promoción ydefensa de los derechos de las personas y pueblos indígenas.

Los derechos que reclaman los pueblos indígenas abarcanuna amplia gama (derechos políticos y civiles, derechoseconómicos, sociales y culturales y derechos colectivos) queincluyen el privilegio de un orden jurídico y judicial propio,como parte de su derecho a la autonomía y al gobierno propio.De este conjunto de reivindicaciones, sólo algunas pueden serencausadas en el orden jurisdiccional. La mayoría de ellas nologran configurarse como derechos justiciables y quedan cir-cunscritas al orden contencioso-administrativo, a la recla-mación directa y a la negociación política.

El papel de la Defensoría del Pueblo, como entidad delEstado cuyo mandato es impulsar la efectiva realización de losderechos humanos, es de gran trascendencia para ampliar el

171

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

1 El presente estudio fue elaborado por la antropóloga María Camila MorenoMúnera. Asistente de investigación: Ana María Rodríguez.

Page 167: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

acceso a la justicia de los indígenas, mediante mecanismos queaseguren el acceso a la justicia nacional, el reconocimiento yaplicación de la justicia propia y el fomento a la resoluciónalternativa de conflictos. En la medida en que muchos de losreclamos son dirigidos, en primera instancia, a la Defensoríadel Pueblo, esta institución está llamada a fortalecer susestrategias y acciones con el fin de ejercer oportuna y eficaz-mente sus funciones de educación, investigación y mediación,a favor de la protección de los derechos de los pueblos indíge-nas en general y de su acceso a la justicia en particular.

El estudio que se presenta a continuación tiene como obje-tivo promover los mecanismos de atención de los derechos delos pueblos indígenas por parte de la Defensoría del Pueblo deColombia. Como objetivos específicos fueron definidos lossiguientes:

1. Elaborar un estado de avance de la normativa sobre acce-so a la justicia de las personas y pueblos indígenas en elpaís.

2. Identificar y documentar las bases normativas y las prác-ticas institucionales de atención a los pueblos indígenaspor parte de la Defensoría del Pueblo de Colombia.

3. Determinar los vacíos que existen en los mecanismosinternos de tramitación de quejas en la Defensoría delPueblo de Colombia, referentes al tratamiento de losderechos de los pueblos indígenas.

4. Establecer la opinión y las expectativas que tienen lasprincipales organizaciones indígenas sobre el aprovecha-miento de los mecanismos de la Defensoría del Pueblo,para mejorar el acceso a la justicia por parte de las per-sonas y los pueblos indígenas del país.

172

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 168: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

5. Generar propuestas dirigidas a maximizar el papel ymejorar el desempeño de la Defensoría del Pueblo, enrelación con la atención a las personas y pueblos indíge-nas.

6. Potenciar la incorporación y utilización del sistema dejusticia indígena/derecho consuetudinario para mejorarel acceso a la justicia por parte de las personas y lospueblos indígenas.

En el desarrollo del estudio, cuya duración fue de tresmeses a partir del 1 de octubre de 2004, se realizó una ampliarevisión de fuentes secundarias e investigaciones sobre lacuestión indígena en Colombia y se revisaron documentos einformes de las diferentes dependencias de la Defensoría delPueblo, en particular de la Defensoría Delegada paraIndígenas y Minorías Étnicas; se llevaron a cabo entrevistascon el Defensor Delegado y con los miembros de su equipo detrabajo, así como con funcionarios de dependencias como laDirección Nacional de Promoción y Divulgación de DerechosHumanos, la Coordinación Nacional de Atención alDesplazamiento Forzado y a los Defensores Regionales ySeccionales de Tolima, Chocó y Amazonas; se realizaronigualmente entrevistas a funcionarios del ProgramaPresidencial de Derechos Humanos, de la Oficina del AltoComisionado de Naciones Unidas para los Refugiados enColombia y a uno de los Representantes a la Cámara elegidopor circunscripción especial indígena. En cuanto a las organi-zaciones indígenas, durante el estudio se realizaron entrevistasa líderes de la Organización Nacional Indígena de Colombia,ONIC, de la Organización de Pueblos Indígenas de laAmazonía Colombiana, OPIAC, de la Organización RegionalEmbera Wuanan, OREWA, y de las organizaciones de laAmazonía colombiana con quienes se realizó un taller enLeticia, en el marco de su encuentro zonal.

173

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 169: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El documento que se presenta a continuación contienecinco capítulos a lo largo de los cuales se describen y analizanlos procesos y procedimientos de la Defensoría del Pueblo deColombia para la atención a las personas y pueblos indígenasy se presentan las consideraciones y apreciaciones de líderes ymiembros de algunas organizaciones indígenas nacionales yregionales acerca del impacto y efectividad de esta atención.

En el primer capítulo se presenta una revisión del desarro-llo legal y jurisprudencial en materia del acceso a la justicia delos pueblos indígenas y de la jurisdicción especial indígena.El recuento histórico de la incorporación de estos derechos enlas constituciones políticas y en la legislación nacional mues-tra el tortuoso camino que han tenido que recorrer estos pue-blos para que el Estado reconozca y respete sus particulari-dades culturales. En este marco, surge entonces el tema delacceso a la justicia de los pueblos indígenas como uno de losejes centrales del derecho a la autonomía y al gobierno propioen Colombia.

El segundo capítulo presenta el marco jurídico, constitu-cional y legal, que define el mandato de la Defensoría delPueblo de promoción y protección de los derechos humanos ysus funciones específicas frente a los derechos de los pueblosindígenas.

En el tercer capítulo se describen y analizan los procesos,estrategias y procedimientos de la atención especializada a laspersonas y pueblos indígenas. Esta descripción incluye lasacciones desarrolladas por las diferentes dependenciasnacionales de la Defensoría y hace un especial énfasis en ladescripción del trabajo que adelanta la Delegada para losIndígenas y las Minorías Étnicas. El recorrido por las diversasactividades de la Defensoría permitió identificar algunas prác-ticas particularmente exitosas o emblemáticas, por las lec-ciones aprendidas que dejaron, que son presentadas en el cua-tro capítulo.

174

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 170: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En el quinto capítulo se presenta la sistematización de lasentrevistas y conversaciones con líderes y miembros de algu-nas organizaciones regionales y nacionales, a partir de lascuales es posible establecer el conocimiento y la percepción dela población indígena sobre el mandato y acciones de laDefensoría del Pueblo en general y de sus acciones en materiade derechos y acceso a la justicia de los pueblos indígenas, enparticular.

Finalmente, en el sexto y último capítulo se presentan lasrecomendaciones generales derivadas de los análisis expuestosa lo largo del documento.

1. EL ESCENARIO DE LA CUESTIÓN INDÍGENA YEL DESARROLLO LEGAL PARA EL ACCESO ALA JUSTICIA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS ENCOLOMBIA

La Constitución Política de 1991 inaugura una nuevaetapa en la historia de Colombia y es, sin duda, uno de los másimportantes acontecimientos del siglo XX. Esta Constitución,a diferencia de la de 1886 (vigente hasta 1991), ha penetradoen la conciencia de los colombianos y colombianas y se haconvertido en un instrumento vivo de defensa de los derechosde todos y todas en el país.

La Asamblea Nacional Constituyente, de manera dialógi-ca y concertada, sentó las bases de una nueva sociedadincluyente y respetuosa de los derechos humanos. Uno de losretos más trascendentales que la Constitución de 1991 le haplanteado al país es la construcción de una sociedad pluralista,en donde las diferencias étnicas, culturales, de edad y degénero sean reconocidas y respetadas. En este sentido, los

175

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 171: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

artículos 1, 7 y 10 de Los principios Fundamentales reconocentaxativamente el carácter pluriétnico y multicultural de laNación colombiana2.

“Al consagrarse la diversidad étnica y cultural como prin-cipio y como derecho fundamental, la Carta Política determinócomo prioridad la de hacer efectivos el reconocimiento y pro-tección de grupos humanos que, como los pueblos indígenas,las comunidades negras, raizales y gitana o pueblo rom tienenuna cosmovisión diferente a la que posee la sociedad mayori-taria, expresada en sus particularidades culturales, sus usos,costumbres y tradiciones”3.

El principio de la diversidad étnica se ha constituido en eleje central de los derechos de los diferentes grupos étnicos enColombia y ha tenido un amplio desarrollo normativo en losúltimos 10 años. En este sentido, la Corte Constitucional4 haproferido cincuenta y tres (53) sentencias5, de 1992 al 2003, en

176

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2 Artículo1: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma deRepública unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales,democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidadhumana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en laprevalencia del interés general.Artículo 7: El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de laNación colombiana.Artículo 10: El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialec-tos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanzaque se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bi-lingüe.Constitución Política de Colombia, 1991. Presidencia de la República, Bogotá.

3 “La Diversidad Étnica en Colombia. Alcances y desarrollo”, ProcuraduríaGeneral de la Nación y Canadian Internacional Development Agency. 2004,Bogotá. Pág. 13.

4 En Colombia la Corte Constitucional es el órgano supremo de control constitu-cional.

5 La Constitución de 1991 en el artículo 86 consagra que: Toda persona tendráacción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, median-te un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en sunombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales,

Page 172: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

las cuales ha sentado una muy importante jurisprudencia queha servido como parámetro interpretativo de las responsabili-dades del Estado colombiano en la promoción y protección delos derechos de los grupos étnicos en general y de los pueblosindígenas en particular. Al respecto cabe mencionar laSentencia T.380 de septiembre 13 de 1993 (MagistradoPonente Eduardo Cifuentes Muñoz) en la que en uno de susapartes establece lo siguiente:

8. La comunidad indígena ha dejado de ser solamente una real-idad fáctica y legal para pasar a ser “sujeto” de derechos fun-damentales. En su caso, los intereses dignos de tutela constitu-cional y amparables bajo la forma de derechos fundamentales,no se reducen a los predicables de sus miembros individual-mente considerados, sino que también logran radicarse en lacomunidad misma que como tal aparece dotada de singulari-dad propia, la que justamente es el presupuesto delreconocimiento expreso que la Constitución hace a la “diversi-dad étnica y cultu-ral de la nación colombiana”. La protecciónque la Carta extiende a la anotada diversidad se deriva de laaceptación de formas diferentes de vida social cuyas mani-festaciones y permanente reproducción cultural son imputablesa estas comunidades como sujetos colectivos autónomos y nocomo simples agregados de sus miembros que, precisamente,se realizan a través del grupo y asimilan como suya la unidad

177

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o laomisión de cualquier autoridad pública. La protección consistirá en una ordenpara que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de ha-cerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante eljuez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional parasu eventual revisión”. Es decir que todas las acciones de tutela son remitidas a laCorte Constitucional quien, a partir de la revisión de algunas de ellas, se pronun-cia para determinar si en el caso objeto de revisión se violaron los derechos fun-damentales e imparte las órdenes respectivas para restablecer y proteger los dere-chos fundamentales vulnerados. La Corte Constitucional también se pronunciasobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de normas o proyectos de leya través de sentencias de constitucionalidad.

Page 173: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de sentido que surge de las distintas vivencias comunitarias. Ladefensa de la diversidad no puede quedar librada a una actitudpaternalista o reducirse a ser mediada por conducto de losmiembros de la comunidad, cuando ésta como tal puede versedirectamente menoscabada en su esfera de intereses vitales y,debe, por ello, asumir con vigor su propia reivindicación yexhibir como detrimentos suyos perjuicios o amenazas quetengan la virtualidad de extinguirla. En este orden de ideas, nopuede en verdad hablarse de protección a la diversidad étnicay cultural y de su reconocimiento, si no se otorga, en el planoconstitucional, personería sustantiva a las diferentes comu-nidades indígenas que es lo único que les confiere estatus paragozar de los derechos fundamentales y exigir, por sí mismas,su protección cada vez que ellos les sean conculcados6.

En Colombia habitan en la actualidad aproximadamenteochocientos mil indígenas (cerca del 2% de la poblacióncolombiana), pertenecientes a 90 pueblos distintos7. Los pue-blos indígenas del país presentan características culturales, te-rritoriales, sociales, políticas, económicas y espirituales muyvariadas. Cada pueblo comporta una historia y unas formas decontacto y relación con la sociedad nacional, con mayores omenores grados de articulación a las economías locales yregionales y de interlocución con los entes estatales y guber-namentales, locales regionales y nacionales. La heterogenei-dad cultural se manifiesta igualmente en las formas de gobier-no, grados de organización existentes y distribución territorial.Los pueblos indígenas de Colombia habitan en la costa Caribe,la región del Pacífico, en la Amazonía y Orinoquía y en laregión Andina. Tienen presencia en más de 200 municipios del

178

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

6. Sentencia T. 380 del 13 de septiembre de 1993. Corte Constitucional deColombia. En página Web.

7. Datos tomados de “Los pueblos indígenas de Colombia en el umbral del nuevomilenio” Raúl Arango, Enrique Sánchez. Departamento Nacional de Planeación,República de Colombia, 2004. Bogotá.

Page 174: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

país y en sus territorios se concentra el 60% de las riquezas dela biodiversidad y de los recursos energéticos8 (Ver MapaAnexo).

Estas condiciones han impuesto el desarrollo de un proce-so de reactualización de las relaciones Estado nacional-pue-blos indígenas, hacia la definición participativa de formas deinterlocución intercultural y pluralista, con fundamento ennuevos paradigmas relativos a la realización de los derechosreconocidos en su beneficio, así como un adecuado ejerciciode las responsabilidades y deberes que el Estado, el GobiernoNacional y los demás sectores de la Nación tienen con lospueblos indígenas, por la significación e implicaciones de larealidad política, económica, social y territorial que comportanel principio de respeto por la diferencia9.

La principal aspiración de los pueblos indígenas ha sidohistóricamente la autonomía cultural, territorial y de gobierno.“Sin embargo, el camino de los pueblos indígenas de concre-ción de esta aspiración ha tomado senderos diversos, talescomo el ejercicio de la autonomía de gobierno de las autori-dades tradicionales y los cabildos de los pueblos indígenas; eldesarrollo activo de la autonomía jurídica en territorios indíge-nas o en casos que afectan decididamente al pueblo indígena;la construcción de procesos de autodeterminación sobre sufuturo, sus modelos y planes de vida y desarrollo propio y suarticulación a lo regional y nacional, entre otros”10.

179

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

8 “Derechos de los Pueblos Indígenas de Colombia. Pluralismo Jurídico yAutonomía. Tomo I”, Compiladores Miguel Vásquez Luna, Gladis JimenoSantoyo, Hernán Darío Correa. Ministerio del Interior, 1998, Bogotá, Págs. xxixy xxx.

9 Ibidem.10 ob.cit. Pág. xxxiii.

Page 175: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1.1 Antecedentes históricos del acceso a la justiciade los pueblos y personas indígenas

El desarrollo legal en materia de acceso a la justicia de laspersonas indígenas ha coincidido con el proceso histórico dereconocimiento por parte del Estado de las diferencias étnicasy culturales de la Nación y, especialmente, ha sido producto delas luchas de los pueblos indígenas por el respeto a su cultura,autonomía y territorios. Hay que recordar que después de laindependencia de España, “el Libertador Simón Bolívar dictóel decreto del 20 de mayo de 1820, por el cual se devolvierona los naturales los resguardos con el fin de corregir los abusoscometidos en contra de los pueblos de los naturales y con-siderando que esa parte de la población de la república merecíala más paternal atención del gobierno por haber sido las másvejada, oprimida y degradada durante el despotismo espa-ñol”11.

En 1887, con vigencia de la Constitución de 1886, seexpidió la Ley 153 en la que se planteaba que: “los bárbarosque hayan sido condenados a pena corporal y durante la con-dena hayan sido catequizados y bautizados podrán pedir reba-ja de pena y el gobierno está autorizado para concederla tanamplia como la juzgue conveniente en cada caso particular sinotra regla que su prudente arbitrio”.

Posteriormente, la Ley 89 de 1890, por la cual se señalabala manera como debían ser gobernados los salvajes que vayanreduciéndose a la vida civilizada, estipulaba que el Gobierno,

180

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

11 Luz Stella Mosquera Meneses. Conflicto entre la jurisdicción especial indígenay la jurisdicción ordinaria. En “Del olvido surgimos para traer nuevas esperan-z a s ” . La Jurisdicción Especial Indígena. Dirección General de A s u n t o sIndígenas del Ministerio del Interior. Ministerio de Justicia y del Derecho yConsejo Regional Indígena del Cauca. 1997, Bogotá.

Page 176: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de acuerdo con la autoridad eclesiástica, determinaría la ma-nera como estas incipientes sociedades debían ser gobernadasy, en el tratamiento penal y correccional consagraba la diferen-ciación entre indígenas salvajes, semisalvajes y reducidos a lavida civil.

Por su parte la Ley 72 de 1892, en su artículo 2, señalabaque “el gobierno reglamentará de acuerdo con la autoridadeclesiástica, todo lo conducente a la buena marcha de lasmisiones y podrá delegar a los misioneros facultades extraor-dinarias para ejercer autoridad civil, penal o judicial sobre loscatecúmenos, respecto de los cuales se suspende la acción delas leyes nacionales hasta que, saliendo del estado salvaje, ajuicio del poder ejecutivo, están en capacidad de ser goberna-dos por ellas”.

Ya en el siglo XX, en el proyecto de Código Penal de1927, se pensó en asimilar a los indígenas no reducidos a lavida civil como menores de edad. El artículo 26 proyectaba:“Los indígenas que aún no han sido reducidos a la vida civi-lizada se asimilan cuando delincan a los menores de edad quedeben ser juzgados con arreglo a penas y procedimientos espe-ciales para ellos”. En el Código Penal de 1936, en el artículo4 se consagró el Principio de Igualdad Formal ante la ley, conaplicación de ley penal a todos los habitantes del territorionacional, con lo cual dejaba sin vigencia a las leyes 89 de 1890y 72 de 1892. El siguiente cuadro resume este desarrollo legal:

181

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 177: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

182

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Año

1820

1887

1890

1892

Ley o Decreto

Decreto del 20de mayo

Ley 153

Ley 89

Ley 72

Contenido

Por el cual se devolvieron a los naturaleslos resguardos con el fin de corregir losabusos cometidos en contra de los pueblosde los naturales y considerando que esaparte de la población de la repúblicamerecía la más paternal atención del go-bierno por haber sido las más vejada,oprimida y degradada durante el despo-tismo español.

Los bárbaros que hayan sido condenados apena corporal y durante la condena hayansido catequizados y bautizados, podránpedir rebaja de pena y el gobierno estáautorizado para concederla tan ampliacomo la juzgue conveniente en cada casoparticular sin otra regla que su prudentearbitrio.

El Gobierno, de acuerdo con la autoridadeclesiástica, determinaría la manera comoestas incipientes sociedades debían sergobernadas y en tratamiento penal y co-rreccional consagraba la diferenciaciónentre indígenas salvajes, semisalvajes yreducidos a la vida civil.

El gobierno reglamentará de acuerdo conla autoridad eclesiástica, todo lo condu-cente a la buena marcha de las misiones ypodrá delegar a los misioneros facultadesextraordinarias para ejercer autoridadcivil, penal o judicial sobre los catecú-menos, respecto de los cuales se suspendela acción de las leyes nacionales hastaque, saliendo del estado salvaje, ajuiciodel poder ejecutivo, están en capacidad deser gobernados por ellas.

Page 178: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En la década de los setentas, la aplicación de las leyesnacionales era para los indígenas absolutamente rigurosa, for-mal, injusta y discriminatoria. Era común encontrar en lasdiferentes cárceles del país indígenas detenidos por homicidioy otros delitos, con condenas hasta por 30 años: más de cienpaeces detenidos en la cárcel de San Isidro en Popayán, 50emberás en la cárcel de Quibdó, entre otros casos. Estos indí-genas no contaban con asistencia jurídica y frecuentemente leseran aplicadas las condenas máximas, en demostración de lasupuesta eficacia de la justicia. Debido a la presión de las orga-nizaciones indígenas, así como de diferentes sectores compro-metidos con la causa indígena, se logró que en estos procesosjudiciales se incorporara la figura del “peritazgo antropológi -co”, como un primer instrumento de conocimiento, acer-camiento y comprensión de otras lógicas jurídicas.

Del peritazgo antropológico se pasó, en la legislaciónpenal, a la figura de la “inimputabilidad” de las personas indí-genas, cuyo antecedente ya observábamos en el proyecto deCódigo Penal de 1927 y que fue incorporada al Código Penalde 1980 (Decreto 100 del 28 de enero de 1980).

El concepto de inimputable, según esta normativa, serefiere a “quien el momento de ejecutar el hecho legalmente

183

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

1927

1936

Decreto del Código Penal

Código Penal

Los indígenas que aún no han sido reduci-dos a la vida civilizada se asimilan cuan-do delincan a los menores de edad quedeben ser juzgados con arreglo a penas yprocedimientos especiales para ellos.

Principio de Igualdad Formal ante la ley,con aplicación de ley penal a todos lohabitantes del territorio nacional, con locual dejaba sin vigencia a las leyes 89 de1890 y 72 de 1892.

Page 179: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

descrito, no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud ode determinarse de acuerdo con esa comprensión, porinmadurez sicológica o trastorno mental”12. Con respecto a losindígenas, el artículo 96 establece que “cuando se tratare deindígena inimputable por inmadurez psicológica, la medidaconsistirá en la reintegración a su medio ambiente natural”.

El nuevo Código Penal13, al tratar la inimputabilidad,define que tendrá esta calidad quien al momento de ejecutar laconducta típica y antijurídica no tuviese la capacidad de com-prender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa com-prensión, entre otras, por diversidad sociocultural o estadossimilares14. Al estudiar la constitucionalidad de diferentesaspectos tratados por el nuevo Código Penal, la CorteConstitucional ha señalado:

Así las cosas, si conforme a la Carta, todas las culturas soniguales, parece inconstitucional que la ley defina como inim-putable a quien incurre en un error cultural en la valoración deun comportamiento, y no comprende ni entiende su ilicitud,pues esa calificación tiene inevitablemente una connotacióndespectiva en contra de las culturas minoritarias. En efecto, lainimputabilidad significa aquí que quien no comparte los va-lores dominantes de la sociedad y del ordenamiento penalnacional es entonces equiparado a un inmaduro psicológico, osu diversidad cultural es asimilada a un trastorno mental, delcual la persona debe ser curada. Por ello esta corporación yahabía indicado que la calificación de las minorías culturalescomo inimputables vulneraba el carácter multiétnico y pluri-cultural de la sociedad colombiana.

184

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

12 Artículo 31, Decreto 100 de 1980.13 Ley 599 de 2000.14 Artículo 33, Ley 599 de 2000.

Page 180: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

… Los miembros de comunidades indígenas, como sujetoséticos, son y se ven como distintos y esa diferencia generamodos de reflexionar diversos que no pueden ser equiparadoscon una inferioridad síquica o, en otros términos, con inmadu-rez sicológica o trastorno mental, factores que utiliza elCódigo Penal para caracterizar a los inimputables. De acoger-se una interpretación en tal sentido, se desconocería la capaci-dad de autodeterminación de los pueblos indígenas conformea sus valores, además de enfatizar una cierta connotación pe-yorativa.

… No quiere decir lo anterior, que el indígena que es juzgadoa la luz del derecho penal, deba ser tratado siempre comoalguien que conocía y comprendía la ilicitud de un acto. Por elcontrario, de lo que se trata, es de cambiar la perspectiva deanálisis, ya no fundada en un concepto de inmadurez sicológ-ica, sino en la diferencia de racionalidad y cosmovisión quetienen los pueblos indígenas. El juez, en cada caso, debe hacerun estudio sobre la situación particular del indígena, observan-do su nivel de conciencia étnica y el grado de influencia de losvalores occidentales hegemónicos, para tratar de establecer siconforme a sus parámetros culturales, sabía que estaba come-tiendo un acto ilícito. De determinarse la falta de comprensióndel contenido y alcance social de su conducta, el juez deberáconcluir que ésta es producto de una diferencia valorativa y node una inferioridad en las capacidades intelecto-volitivas15.

Con base en la argumentación presentada, la CorteConstitucional concluye que el numeral 4 del artículo 69 yartículo 73 de la Ley 599 de 2000 o Código Penal son inexe-quibles pues se traducen en una penalización de la diversidadcultural.

185

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

15 Sentencia C.370 de 2002. Magistrado Ponente Eduardo Montealegre Lynnett.

Page 181: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1.2 La jurisdicción especial indígena

El Estado colombiano ha ratificado diferentes instrumen-tos internacionales, relativos al reconocimiento y protecciónde los derechos de los grupos étnicos, adoptados tanto por elSistema Universal como por el Sistema Interamericano deDerechos Humanos, incorporándolos al ordenamiento internomediante diferentes leyes expedidas por el Congreso de laRepública16. Es el caso del Convenio 169 de la OIT de 1989sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes,aprobado por el Estado Colombiano mediante la Ley 21 del 4de marzo de 1991. En términos generales el Convenio con-sagra una serie de derechos individuales y colectivos de lospueblos indígenas y tribales entre los cuales se destacan:

• Derecho a que se reconozcan y protejan sus valores, suscostumbres y tradiciones, sus instituciones y sus prácticassociales, políticas, jurídicas, culturales, espirituales y reli-giosas.

• Derecho a la consulta previa y a la adopción de medidaslegislativas o administrativas que los afecten directamen-te.

• Derecho a decidir sus prioridades en el proceso de desa-rrollo económico, social y cultural, y a participar en la for-mulación y aplicación de los planes y programas de desa-rrollo, nacionales o regionales, que los afecten.

186

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

16. En virtud de lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Constitución Política de1991, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado que reconocenlos derechos humanos hacen parte del llamado bloque de constitucionalidad yprevalecen frente a otras disposiciones legales, aún en los estados de excepción.

Page 182: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Derecho a tener propiedad y posesión de las tierras queocupan tradicionalmente y a utilizar, administrar y conser-var los recursos naturales existentes en aquellas.

• Derecho a que se tengan en cuenta las característicaseconómicas, sociales y culturales de su respectivo pueblocuando se impongan sanciones penales previstas en la le-gislación general.

• Derecho a la igualdad en el acceso al empleo y en todo lorelacionado con la contratación y las condiciones de traba-jo.

• Derecho a la igualdad en el acceso a la educación en todoslos niveles y a una formación profesional acorde con lasnecesidades y particularidades del respectivo pueblo.

Consecuente con la consagración del Estado colombianocomo garante del reconocimiento y protección de la diversidadétnica y cultural de la Nación, la Constitución Políticareconoce las facultades jurisdiccionales que, de tiempo atrás,se ejercían al interior de los pueblos indígenas. Estas facul-tades jurisdiccionales consisten en que las autoridades indíge-nas pueden administrar o aplicar justicia al interior de lascomunidades, aplicando para ello normas, procedimientos ysanciones que forman parte de la cultura de cada pueblo, deconformidad con sus usos y costumbres, y limitados única-mente por la misma Constitución y las leyes. En este sentido,el artículo 246 de la Constitución Política establece: “Lasautoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funcionesjurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformi-dad con sus propias normas y procedimientos, siempre que nosean contrarios a la Constitución y leyes de la república. La leyestablecerá las formas de coordinación de esta jurisdicciónespecial con el sistema judicial nacional”.

187

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 183: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Por otro lado, la Ley 270 de 1996 “Estatutaria de la admi-nistración de justicia” establece la función pública de admi-nistrar justicia, con el propósito de hacer efectivos los dere-chos, obligaciones, garantías y libertades consagradas en laConstitución Política. Esta ley define la forma como se integrala rama judicial y consagra la jurisdicción de los pueblos indí-genas así:

La rama judicial del poder público está constituida por:

1. Los órganos que integran las distintas jurisdicciones:

a) De la jurisdicción ordinaria:1. Corte Suprema de Justicia2. Tribunales superiores de distrito judicial3. Juzgados civiles, laborales, penales, agrarios,

de familia, ejecución de penas y los demásespecializados y promiscuos que se creen con-forme a la ley;

b) De la jurisdicción de lo contencioso administrativo:1. Consejo de Estado2. Tribunales administrativos3. Juzgados administrativos.

c) De la jurisdicción constitucional: Corte Constitucional

d) De la jurisdicción de la paz: Jueces de paze) De la jurisdicción de las comunidades indígenas:

Autoridades de los territorios indígenas (Negrilla fuera de texto).

Las autoridades indígenas, quienes se encuentran constitu-cionalmente investidas de potestad jurisdiccional, ejercen susfunciones únicamente dentro de su territorio, conforme a suspropias normas y procedimientos, las cuales no podrán ser

188

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 184: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

contrarias a la Constitución y la ley. A este respecto la CorteConstitucional ha señalado:

La atribución constitucional de ejercer funciones jurisdic-cionales dentro de su ámbito territorial, reconocida a las autori-dades indígenas, de conformidad con sus propias normas yprocedimientos, está supeditada a la condición de que éstos yaquellas no sean contrarios a la Constitución y a la ley. Lasdiferencias conceptuales y los conflictos valorativos quepueden presentarse en la aplicación práctica de órdenes jurídi-cos diversos, deben ser superados respetando mínimamente lassiguientes reglas de interpretación:

1. A mayor conservación de sus usos y costumbres, mayorautonomía.

2. Los derechos fundamentales constitucionales constituyenel mínimo obligatorio de convivencia para todos los parti-culares.

3. Las normas legales imperativas (de orden público) de larepública priman sobre los usos y costumbres de las comu-nidades indígenas, siempre y cuando protejan directamenteun valor constitucional superior al principio de diversidadétnica y cultural.

4. Los usos y costumbres de una comunidad indígena primansobre las normas legales dispositivas17.

Bajo el marco ético del Estado Social de Derecho, la juris-dicción supone la participación responsable de todos losagentes interactuantes de la sociedad, ya sea por que el Estadocede esta facultad o por su necesaria participación dentro de ladinámica implícita en la administración de justicia.

189

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

17 Corte Constitucional. Sentencia T.254 de mayo de 1994. Magistrado Ponente Dr.Eduardo Cifuentes Muñoz.

Page 185: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En la jurisdicción indígena concurren estas dos manifesta-ciones, ya que por un lado se constituye en una potestadderivada del reconocimiento constitucional de la autonomía delos pueblos indígenas y, por el otro, como oportunidad dereafirmación histórica en el contexto de su necesaria partici-pación en la construcción de un proyecto multicultural denación. Es importante resaltar que si bien la afirmación cons-titucional de la diversidad étnica y cultural de la Nacióncolombiana ha reconocido el estatus de sistema jurídico espe-cial al entramado de usos y costumbres consuetudinarios delos pueblos indígenas para resolver los conflictos de las comu-nidades al interior de sus territorios, el acceso a la justicia,entendido como derecho de todo ciudadano y ciudadana,implica también para las personas y pueblos indígenas lasgarantías de oportunidad, eficacia, debido proceso, entre otros,por parte de las demás jurisdicciones, cuando ellas se apliquen.

A juicio de la Corte Constitucional, la jurisdicción indíge-na se debe aplicar con base en los siguientes criterios:

• Cuando el delito cometido es entre personas indígenas

• Cuando el delito se ha cometido en territorio indígena

• Siempre y cuando exista en el territorio una autoridadindígena legítimamente reconocida por su pueblo

En los casos en los que estos criterios no se aplican acabalidad y cuando se presenta una superposición de jurisdic-ciones, se debe apelar a la articulación y coordinación entre lajurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria. En este senti-do, cuando el delito se comete entre una persona indígena yuna que no lo es en territorio indígena, el fiscal deberá analizarel nivel de aculturación de la persona indígena, mediante pe-

190

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 186: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ritazgo antropológico. Asimismo deberá concertar con laautoridad indígena, con el fin de establecer si la jurisdicciónindígena está en capacidad de ejecutar la pena, es decir sicuenta con los medios para hacerlo. Si el grado de aculturaciónes alto, deberá analizar la posibilidad de transferir el proceso ala jurisdicción ordinaria. En todo caso, las dos jurisdiccionesdeberán concertar las medidas a tomar. Si las respectivasautoridades judiciales no llegan a acuerdo, se debe apelar a lainstancia superior –Consejo Superior de la Judicatura– paraque aclare el conflicto de competencias.

Si el caso se presenta por fuera del territorio indígena, elfiscal debe tener en cuenta el grado de compenetración delindígena con su identidad cultural y, como en la situación ante-rior, las dos jurisdicciones deben concertar las medidas atomar.

Si bien estos procedimientos existen y deben ser conoci-dos por las autoridades judiciales, en la práctica los fiscales losomiten por desconocimiento o en aras de una supuesta agili-dad en la administración de justicia, violando los preceptosconstitucionales y el derecho a la autonomía de los pueblosindígenas.

Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia ha definido quelos delitos de rebelión –frecuentes en un escenario de conflic-to armado interno como el colombiano–, narcotráfico y loshomicidios agravados son de competencia exclusiva de lajurisdicción ordinaria. Según esta alta Corte, no existen lascondiciones necesarias en los territorios indígenas para queestos delitos sean “castigados ejemplarmente” por parte de lajurisdicción indígena.

En Colombia, todos los actores armados infringen sis-temáticamente el Derecho Internacional Humanitario y espe-

191

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 187: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

cialmente el principio fundamental de distinción entre comba-tientes y población civil, a la cual terminan involucrando porrazones logísticas, para obtener información y para apoyo enalimentación. Esta situación ha golpeado de manera despro-porcionada a los pueblos indígenas, quienes por su ubicaciónen regiones estratégicas para los intereses de los actores arma-dos en la confrontación, son sometidos a las presiones de losdiferentes bandos.

Por otro lado, en el actual contexto de profunda pola-rización y de estigmatización al movimiento social, expre-siones de resistencia civil de pueblos indígenas en medio delconflicto armado resultan altamente sospechosas para unGobierno que interpreta la neutralidad como oposición a lainstitucionalidad. Esta situación implica para pueblos indíge-nas como los paeces, los arhuacos, los pijaos, los guambianosentre otros, ser frecuentemente tildados de colaboradores deuno u otro bando y ser víctimas de ataques y amenazas, frentea lo cual el Estado ha demostrado su incapacidad de proteger-los. Las judicializaciones, resultado de capturas masivas queforman parte de las estrategias de lucha contra el terrorismo yel narcotráfico, violan los derechos al debido proceso y a lalibertad. En estos casos las garantías de acceso a la justicia yde aplicación de la jurisdicción especial indígena se reducen,bajo el discutible principio de que la seguridad nacional y lalucha contra el crimen organizado se anteponen a cualquierotra consideración.

1.3 Régimen penitenciario y carcelarioEn el Derecho penal colombiano se contempla la sanción

de privación de la libertad con ocasión de la comisión de undelito. Su cumplimiento está en cabeza del Sistema NacionalPenitenciario y Carcelario. La Ley 65 de 1993, mediante la

192

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 188: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

cual se expide el Código Penitenciario y Carcelario, reconocela necesidad de otorgar un tratamiento penitenciario y carce-lario especial a los miembros de las comunidades indígenas,en virtud del principio de diversidad étnica y cultural. En elartículo 29 señala:

Reclusión en casos especiales: Cuando el hecho punible hayasido cometido por personal del Instituto Nacional Penitenciarioy carcelario, funcionarios y empleados de la justicia penal,cuerpo de Policía Judicial y del Ministerio Público, servidorespúblicos de lección popular, por funcionarios que gocen defuero legal o constitucional, ancianos o indígenas (negrillafuera de texto), la detención preventiva se llevará a cabo enestablecimientos especiales o en instalaciones proporcionadaspor el Estado.

(…) La autoridad judicial competente o el Director General delInstituto Nacional Penitenciario y Carcelario, según el caso,podrá disponer la reclusión en lugares especiales, tanto para ladetención preventiva como para la condena, en atención a lagravedad de la imputación, condiciones de seguridad, persona-lidad del individuo, sus antecedentes y conducta.

Al respecto la Corte Constitucional, en la Sentencia T.239de 2002, manifestó que: “Es claro que la reclusión de indíge-nas en establecimientos penitenciarios corrientes, implicaríauna amenaza contra dichos valores, que gozan de recono-cimiento constitucional; de ahí que se justifique su reclusiónen establecimientos especiales”.

Poco a poco la jurisdicción ordinaria, los jueces y fiscales,incorporan a sus prácticas jurídicas el reconocimiento a losprincipios de autonomía y Gobierno propio, dando traslado alas autoridades indígenas los casos de competencia de dichajurisdicción. Sin embargo, aún hay un largo camino por recor-

193

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 189: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

rer, que implica una política pública, con acciones y recursos,para el impulso y fortalecimiento de la justicia propia, con elfin de crear las condiciones y facilitar su aplicación en todoslos territorios indígenas. En este sentido, la reglamentación delartículo 246 de la Constitución Política es una necesidad prio-ritaria. En la medida en que no existe una base legal clara, losoperadores de justicia pueden seguir argumentando que lajurisdicción indígena es hasta ahora sólo un enunciado. Variosproyectos de ley han sido presentados al Congreso de laRepública, pero sólo en una oportunidad uno de ellos ha tenidoponencia favorable. En las demás oportunidades, los proyectosde ley que reglamentan la jurisdicción indígena no hanrecibido ningún respaldo. Se espera que en el marco delproyecto que vienen adelantando el Consejo Superior de laJudicatura y la ONIC, con recursos del BID y el apoyo delIIDH, se pueda avanzar en la concertación de un proyecto deley definitivo que pueda ser presentado al Congreso con elrespaldo político necesario.

Por otro lado, los importantes avances en la materia porparte de algunos pueblos indígenas, como los paeces, losguambianos, los pijaos, entre otros, deben ser reconocidos ypositivamente valorados por un sistema de justicia nacionalque busca alternativas viables para superar problemas estruc-turales como la impunidad y la congestión de los despachosjudiciales.

Frente a este panorama, el papel de la Defensoría delPueblo, como garante de la protección y realización de losderechos humanos por parte del Estado, resulta fundamentalpara exigir la adopción de medidas gubernamentales y esta-tales que garanticen el cumplimiento de su deber de protecciónde los derechos de los pueblos indígenas, incluidos la autono-mía, el gobierno propio y la jurisdicción especial, e impulsar

194

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 190: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

al interior de los mismos pueblos indígenas la aplicación de lajusticia propia.

Con esos fines, se debe también tomar en consideración elseguimiento que sobre el tema de los pueblos indígenas corres-ponde hacer a la Dirección Nacional de Etnias, adscrita alMinisterio del Interior y Justicia. Como entidad especializada,la Dirección de Etnias es la rectora de las políticas públicas yplanes sobre el tema indígena y poblaciones Afrodescen-dientes en Colombia. Por ello es oportuno que la Defensoríadel Pueblo conozca la agenda institucional de la Dirección deEtnias y apoye aquellas iniciativas legales, administrativas ode cualquier naturaleza que favorezcan los derechos de lospueblos indígenas. Una de las maneras de coadyuvar con estetipo de acciones es, por ejemplo, que la Defensoría del Puebloejerza acciones de veeduría.

En relación con este tema, dos han sido las intervencionesconcretas de la Defensoría respecto a la intención del Estadode realizar una exploración petrolera en territorio U´wa: 1. Lainterposición de una acción de tutela a favor del pueblo U´wa,que fue declarada a lugar por la Corte Constitucional, al con-siderar que el Estado no había cumplido con los estándares deuna consulta previa en los términos del Convenio 169 de laOIT y de los lineamientos desarrollados por la misma jurispru-dencia constitucional18; 2. Acompañamiento de veeduría en elproceso de una nueva consulta previa al pueblo U´wa, coordi-nada por la Dirección Nacional de Etnias.

195

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

18 El Tribunal Constitucional conoció y resolvió una acción de tutela y revisión delproceso de otorgamiento de licencia para la sísmica en territorio U´wa en la cual,mediante sentencia No. SU-039/97, ese Alto Tribunal determinó vicios en el pro-ceso de consulta y violación de derechos de ese pueblo.

Page 191: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

2. EL MARCO LEGAL DE LA DEFENSORÍA DELPUEBLO Y SU FUNCIÓN FRENTE A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

2.1 El mandato general de la Defensoría del Pueblo

La Constitución Política de 1991 crea para Colombia lasfiguras de la Defensoría del Pueblo y del Defensor del Pueblo,como parte del Ministerio Público y bajo la suprema direccióndel Procurador General de la Nación19. El Defensor delPueblo tiene como mandato velar por la promoción, el ejerci-cio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cualdebe ejercer las siguientes funciones:

• Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional ya los colombianos en el exterior en el ejercicio y defensade sus derechos ante las autoridades competentes o enti-dades de carácter privado.

• Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticaspara su enseñanza.

• Invocar el derecho de Hábeas Corpus e interponer lasacciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asiste alos interesados.

• Organizar y dirigir la defensoría pública en los términosque señale la ley.

• Interponer acciones populares en asuntos relacionadoscon su competencia.

• Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a sucompetencia.

• Rendir informes al Congreso de la República sobre elcumplimiento de sus funciones.

• Las demás que determine la ley.

196

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

19 Artículos 281y 282 de la Constitución Política de Colombia.

Page 192: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La misión del Defensor del Pueblo está relacionada demanera muy estrecha con el cumplimiento de uno de los finesesenciales que el artículo 2 de la Carta Política le señala alEstado colombiano: el de garantizar la efectividad de los dere-chos consagrados en la Constitución. Para el cumplimiento deesa misión el Defensor ejerce un control que se funda en lascompetencias inherentes a una magistratura de influencia ymediación. El Defensor del Pueblo puede ejercer su control deoficio o por petición de parte. Además, está facultado paraaplicarlo a toda violación o amenaza de violación de los dere-chos humanos. Estas violaciones o amenazas son acciones uomisiones imputables a agentes del Estado, que tienen comoresultado el menoscabo de cualquiera de los bienes jurídicosfundamentales de la persona.

La Ley 24 del 15 de diciembre de 1992 precisa las fun-ciones del Defensor del Pueblo y añade a las anteriormentemencionadas, además de las que corresponden a la organi-zación y administración de la Defensoría del Pueblo, las si-guientes:

• Hacer las recomendaciones y observaciones a las autori-dades y a los particulares en caso de amenaza o violacióna los derechos humanos, y para velar por su promoción yejercicio. El Defensor del Pueblo podrá hacer públicastales recomendaciones e informar al Congreso sobre larespuesta recibida.

• Realizar diagnósticos de alcance general sobre situacioneseconómicas, sociales, culturales, jurídicas y políticas enlas cuales se puedan encontrar las personas frente alEstado.

• Ser mediador de las peticiones colectivas formuladas pororganizaciones cívicas o populares frente a la administra-ción pública cuando aquellas lo demanden.

197

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 193: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Velar por los derechos de las minorías étnicas y los con-sumidores.

La ley prevé la delegación de estas funciones asignadas alDefensor del Pueblo en las Defensorías Delegadas, lasDirecciones Nacionales y las Defensorías Regionales.

En términos generales estas funciones pueden resumirseen tres: i) la educación, ii) la investigación y iii) la atención ymediación. En el año 2001, la Defensoría del Pueblo inició unproceso de planeación estratégica con el fin de evaluar lasestrategias y acciones hasta entonces implementadas yredefinir los objetivos para dar respuesta a la situación dedegradación de los derechos humanos, en el marco del conflic-to armado interno. Como resultado de este proceso, sedefinieron cuatro macroprocesos misionales que articulan lasacciones de atención y mediación, educación, investigación ycomunicación e información de la Defensoría del Pueblo.Estos macroprocesos son:

1. M a c ro p roceso Misional de A t e n c i ó n , que cobija lasacciones de la Dirección de Atención y Trámite de Quejas,la Dirección de Defensoría Pública, la Dirección deRecursos y Acciones Judiciales, el Sistema de AlertaTemprana y la atención especializada a minorías étnicas,desplazados, población carcelaria y penitenciaria, niños,niñas, mujeres y juventud.

2. Macroproceso Misional de Promoción de la ParticipaciónDemocrática para el Empoderamiento Ciudadano, quearticula las diferentes estrategias y acciones de promo-ción, divulgación, capacitación y formación, dirigidos a laciudadanía en general y a los grupos vulnerables en par-ticular.

3. Macroproceso Misional de Investigación para la Acción,que coordina las acciones de investigación y producciónde conocimiento experto de la Defensoría del Pueblo.

198

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 194: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4. Macroproceso Misional de Magistratura Moral, que coor-dina todo lo relacionado con los pronunciamientos delDefensor del Pueblo, las audiencias, las resoluciones einformes defensoriales para generar y desarrollar y unadoctrina defensorial.

Adicionalmente, se definieron cuatro macroprocesos deapoyo: i) Macroproceso de Apoyo Soporte Administrativo, ii)Macroproceso de Apoyo Estrategia de Información, iii)Macroproceso de Apoyo Capacitación para la Acción y laInvestigación y iv) Macroproceso de Apoyo de Comuni-caciones.

Es importante resaltar la mención explícita que la Ley 24hace acerca de la función de velar por los derechos de lasminorías étnicas, la cual corresponde claramente a la preocu-pación del legislador por incorporar los principios constitu-cionales de respeto a la diversidad étnica y cultural del país.

2.2 El mandato para la defensa de los derechos de los pueblos indígenas

La ley 24 otorga al Defensor del Pueblo la potestad decrear las Defensorías Delegadas según los temas de su compe-tencia. Mediante la Resolución 1602 del 7 de julio de 1995, elDefensor del Pueblo establece el “Manual de funciones y re-quisitos mínimos por cargo de la planta de personal de laDefensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones”. En estaresolución se crean las Defensorías Delegadas, entre ellas laDefensoría Delegada para Indígenas y las Minorías Étnicas, alas cuales se les asignan las siguientes funciones específicas,entre otras:

• Prestar asesoría al Despacho del Defensor del Pueblo,respecto de las materias y derechos cuyo estudio y defen-sa les corresponde.

199

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 195: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Asesorar al Defensor del Pueblo en la presentación depropuestas legislativas relacionadas con las materias yderechos cuyo estudio y defensa les corresponde.

• Mantener oportunamente informado al Defensor delPueblo sobre el curso de las propuestas legislativas rela-cionadas con las materias o derechos cuyo estudio y defen-sa les corresponde.

• Evaluar permanentemente la situación de los derechoshumanos en Colombia en relación con la materia de suespecialidad y sugerir al Defensor del Pueblo la formu-lación de observaciones, recomendaciones o denuncias decarácter general.

• Establecer comunicación permanente y compartir infor-mación con las organizaciones gubernamentales y nogubernamentales de protección y defensa de derechoshumanos, en su área respectiva.

• Dirigir, coordinar y controlar las actividades propias de ladependencia a su cargo.

• Apoyar y asesorar a las demás dependencias de laInstitución en las materias propias de su especialidad.

• Proponer las medidas que estime procedentes para lamejor gestión de los asuntos de la Defensoría del Puebloque sean de competencia de la dependencia a su cargo.

Desde que fue creada la Delegada para Indígenas yMinorías Étnicas, en 1993, estas funciones se han ido concre-tando en diferentes actividades. Cada delegado, tres hasta lafecha, ha definido prioridades y énfasis según las necesidadesy problemáticas del momento. Sus experiencias y conocimien-tos sobre el tema han, sin duda, determinado el accionar de laDelegada.

200

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 196: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La Defensoría Delegada para Indígenas y Minorías Étni-cas empezó con un equipo de cuatro personas, asignadas me-diante la Resolución 005 de febrero 1 de 1993 (el DefensorDelegado, un abogado asesor, un profesional universitario yun secretario), que a todas luces resultaba insuficiente paraatender todas las peticiones y problemáticas de los pueblosindígenas, las comunidades afrocolombianas, los raizales y losrom. Con el fin de fortalecer la acción defensorial en materiade promoción y defensa de los derechos de estos grupos, elgrupo de la Delegada se amplió a cinco asesores y una secre-taria, quienes conjuntamente con el Defensor Delegado atien-den actualmente lo atinente al tema que les compete.

3. ACCIONES ESPECIALIZADAS DE LADEFENSORÍA DEL PUEBLO PARA LAATENCIÓN A LAS PERSONAS Y PUEBLOSINDÍGENAS

Como ya se mencionaba, desde su creación la Defensoríadel Pueblo definió, como uno de sus temas prioritarios, la pro-moción y defensa de los derechos de los pueblos indígenas ylas minorías étnicas. Si bien, para ello se conformó una Defen-soría Delegada especial para el tema, las diferentes dependen-cias operativas (Direcciones) y temáticas (Defensorías Dele-gadas y Oficinas Especializadas), de una u otra manera, tam-bién atienden el tema, desde su especialidad y énfasis.

Con el fin de presentar las diferentes acciones y activi-dades que desarrolla la Defensoría del Pueblo para la atencióna personas y pueblos indígenas, hemos agrupado las depen-dencias y sus funciones según las siguientes tres categorías20:Debido Proceso, Acciones Jurisdiccionales o Administrativasy Acciones Especializadas. Las dos primeras se refieren prin-

201

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

20 Categorías tomadas del Mapa de Progreso en Derechos Humanos del IIDH.

Page 197: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

cipalmente a las acciones de atención realizadas por lasDirecciones Nacionales y otras instancias operativas, las cua-les corresponden principalmente al Macroproceso Misional deAtención, y la tercera a aquellas realizadas directamente por laDefensoría Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas, en elmarco de los Macroprocesos Misionales de A t e n c i ó n ,Investigación para la Acción, Promoción de la Parti-cipaciónDemocrática para el Empoderamiento Ciudadano y Magistra-tura Moral.

3.1 Debido ProcesoDesde su creación, la Defensoría del Pueblo ha venido

atendiendo un número creciente de quejas y solicitudes de per-sonas y pueblos indígenas. El reconocimiento a la labor insti-tucional de promoción y protección de los derechos humanos,por parte de las organizaciones y autoridades indígenas, hagenerado una demanda constante a los servicios que presta laDefensoría, la cual ha impulsado a la entidad a definir proce-sos y procedimientos ajustados a este tipo de requerimientos.

En términos prácticos, ajustar los procesos y procedimien-tos institucionales a las diferentes demandas ha significadoincorporar el enfoque étnico, de género y edad a los formatos,mecanismos de procesamiento de información, gestiones, etc.que la Defensoría emplea tanto en el ámbito nacional como enlas oficinas regionales, con el fin de garantizar el debido pro-ceso en la atención y trámite de peticiones y quejas. A conti-nuación se describen y analizan estos procesos, procedimien-tos e instancias.

3.1.1 La Unidad de Asesoría y Consulta y la Unidadde Recepción y Análisis

La Defensoría del Pueblo cuenta con la Unidad deAsesoría y Consulta, encargada en el nivel nacional de recibir

202

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 198: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

las peticiones o solicitudes personales de todos los ciudadanosy ciudadanas colombianos, para brindarles asesoría y resolverpor gestión directa sus inquietudes y quejas de violaciones dederechos humanos. Su cede central es en Bogotá y se conocecomo el Centro de Atención Ciudadana (en adelante CAC).Está conformado por seis profesionales y veinte defensorespúblicos de apoyo para las áreas temáticas de derecho civil,familia, laboral, administrativo y penal21, y cuatro funciona-rios de soporte administrativo.

Por otra parte, la Unidad de Recepción y Análisis (en ade-lante URA) es la encargada de realizar el primer análisis yadmisión o rechazo de todas las peticiones o casos que sereciban en forma escrita o telefónica en la sede nacional de laDefensoría, para posteriormente remitirlas a las unidades degestión respectivas. El grupo de trabajo en Bogotá se encuen-tra conformado por cuatro abogados, un funcionario adminis-trativo y una secretaria.

En el tema particular de personas y pueblos indígenas, lasUnidades CAC y URA están encargadas de brindar la atenciónpertinente en primera instancia. La ruta interna que sigue lainformación es la siguiente:

• Solicitudes personales: La persona indígena se acerca alCAC en Bogotá y es atendido personalmente por un abo-gado que lo asesora y realiza la gestión directa perti-nente22. Asimismo, se abre un expediente del caso y se

203

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

21 Instructivo General del Sistema de Atención Integral-Defensoría del Pueblo.2003.

22 Un ejemplo de este tipo de gestiones es: un indígena desplazado se acerca a infor-mar que su hijo se encuentra en grave estado de salud y el hospital se niega aprestarle el servicio, alegando que el menor no tiene la carta de salud, requisitopara poder ser atendido. El abogado responsable procede a realizar la llamadatelefónica pertinente al hospital para solicitar la pronta atención al menor cuyoderecho a la salud está siendo violado.

Page 199: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ingresa la información en el sistema de informaciónVisión, administrado por la Dirección de Atención yTrámite de Quejas, por tipo de petición, conducta vulnera-toria y gestión realizada.

En el caso que la solicitud requiera una gestión de mayorcomplejidad, el CAC remite el expediente a la URA. LaUnidad realiza los análisis requeridos para iniciar eltrámite correspondiente del caso. Una vez realizado esteanálisis, si se determina que la situación amerita gestionesespecializadas, el equipo de trabajo asigna el caso a unabogado de planta de la Defensoría Regional Bogotá,quien será el encargado de llevar a cabo las gestiones nece-sarias para resolver la situación del peticionario o dartraslado del caso a la Dirección Nacional de Atención yTrámite de Quejas.

Durante el proceso mencionado, los funcionarios a quienesse les han asignado los casos informan permanentemente alos solicitantes el estado del trámite de la petición. Laprimera respuesta se le dará al solicitante una semanadespués de presentada la solicitud.

• Solicitudes telefónicas o por escrito: La persona indígenase comunica telefónicamente o envía una petición porescrito a la Defensoría del Pueblo, la cual es inmediata-mente atendida por la URA. La petición es analizada y sedecide su admisión o rechazo. A partir de este punto, sesigue el mismo procedimiento de las solicitudes perso-nales23.

Generalmente, cuando los casos de violaciones de dere-chos humanos de personas o pueblos indígenas, que llegan a lasede nacional de la Defensoría, ocurren en las otras regiones

204

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

23 Ver ANEXO 2: Flujograma de la Información.

Page 200: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

del país, son remitidos a la Defensoría Delegada de Indígenasy Minorías Étnicas para que efectúe el trámite especializado.

Si bien la Defensoría del Pueblo cuenta con un manual deprocedimientos (Instructivo General del Sistema de Atención)en el cual se detallan los pasos y acciones que deben adelantarlos funcionarios que atienden las peticiones ciudadanas, in-cluidas las de las personas y pueblos indígenas, la informaciónno es sistematizada por grupo vulnerable. Es decir, que el sis-tema de información de la Defensoría del Pueblo no incluye lavariable “población solicitante” o “grupo étnico” y por lo tantoes difícil determinar el número de peticiones presentadas, através de la URA, el CAC o la Dirección Nacional de Atencióny Trámite de Quejas, por personas y pueblos indígenas.

En el Informe al Congreso de 2003, se presenta la infor-mación consolidada existente de los derechos presuntamentevulnerados o amenazados durante ese año. Según la base dedatos Visión, que registra esta modalidad de atención dentrodel Sistema de Información de la Defensoría del Pueblo, la fre-cuencia de registro de la presunta vulneración a la autonomíade las minorías étnicas –única referencia precisa a los derechosde los grupos étnicos en el Sistema de Información–24 en las

205

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

24 Los derechos incluidos en la base de datos de Visión son: Infracciones al DIH,derecho a la salud, a la adecuada prestación de los servicios públicos domici-liarios, a la integridad personal, de petición, a la vida, a la seguridad social, a ladefensa, al debido proceso y a las garantías judiciales, de los desplazados, al tra-bajo y a las libertades de escoger oficio o profesión, a la educación y a la cul-tura, a la igualdad, a un ambiente sano, a la libertad personal, a la propiedad, ano ser sometido a desvariación forzada, a la intimidad, a la familia, infraccionesa la legislación de menores de edad, a la moralidad administrativa, a la honra yel buen nombre, a la libertad de circulación y residencia, a la paz, a la protec-ción del espacio público y patrimonio público, a la participación política y ciu-dadana, de acceso a la administración de justicia, al asilo, a la sindicalización ya la huelga, al libre desarrollo de la personalidad, a la asociación, de los consu-midores, de restitución, indemnización y rehabilitación a las víctimas de viola-ciones flagrantes a los derechos y libertades, al reconocimiento de la personali-

Page 201: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

quejas recibidas fue de 10 (0.08% del total de las quejasrecibidas durante el 2003). En el cuadro que se presentan acontinuación, se observan la comparación de las cifras corres-pondientes a este derecho, para los años 2001, 2002 y 2003:

Fuente: Informe al Congreso 2003. Defensoría del Pueblo.

3.1.2 Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas

De acuerdo con la función principal de la DirecciónNacional de Atención y Trámite de Quejas de la Defensoría delPueblo, todas las peticiones presentadas por los ciudadanosserán tramitadas integral, permanente, ágil, oportuna, expertay pedagógicamente. Los servicios de atención incluyen i)Asesoría, mediante la cual se instruye al peticionario sobre elcontenido y alcance de sus derechos; lo orienta respecto a lasentidades de carácter público o privado a las que debe acudir,el trámite por seguir y la respuesta que debe garantizar lamaterialización de sus derechos; ii) Quejas, que se refieren alas manifestaciones de disconformidad, reclamaciones o re-

206

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

dad jurídica, a la libertad de pensamiento y expresión, a la libertad religiosa, ala libertad de conciencia, a la recreación, al deporte y al aprovechamiento deltiempo libre, a la libertad de reunión y de manifestación, a la nacionalidad y a lalibertad de comunicación.

Derecho pre-suntamentevulnerado oamenazado

A la autono-mía de las mi-norías étnicas

Frecuencia de registro de la presunta vunera-ción en las quejas

2001 2002 2003

5 10 10

% de participación

2001 2002 2003

0.03 0.05 0.08

% de crecimiento

0.03

Page 202: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

nuencias sobre amenazadas o vulneraciones de los derechoshumanos e infracciones al DIH; iii) Solicitudes de mediación,atendidas en los casos de amenaza o vulneración de los dere-chos humanos o de infracciones al DIH; iv) Mediación enderechos humanos, en las ocasiones en que se precisa la inter-vención de la Defensoría para iniciar procesos de diálogo entrepartes en disputa, para reconsiderar posiciones, consideraralternativas y llegar a un acuerdo mutuo; v) Mediación decarácter humanitario, en situaciones que pongan en peligro lavida o la salud de las personas, en situaciones de toma de insta-laciones públicas o privadas, motines en los centros de reclu-sión, mediaciones ante los actores armados por situaciones desecuestro o desaparición forzada de personas protegidas, blo-queos económicos, amenazas y otras infracciones al DIH.

Con el fin de proporcionar una atención verdaderamenteeficaz, al momento de recibir la petición de una persona indí-gena la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejastiene en cuenta los siguientes aspectos, definidos por elInstructivo General del Sistema de Atención:

• Para determinar la pertenencia de una persona a unapoblación indígena concreta, se debe atender fundamen-talmente a la conciencia de su identidad indígena o tribal.

• Se debe establecer si las condiciones sociales, económi-cas, culturales y políticas, o parte de ellas, distinguen aesta población de otros sectores de la colectividadnacional y si están regidos parcial o totalmente por suspropias costumbres o por una legislación especial.

• En los casos en que la persona solicite intérprete o queéste se requiera por ley, se debe verificar su presencia asícomo su desempeño.

207

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 203: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Salvo en los casos que revistan trascendencia nacional ointernacional, el trámite se debe hacer por gestión directapara garantizar la vigencia de los derechos de la men-cionada población.

Asimismo, el Instructivo General del Sistema de Atenciónde la Defensoría del Pueblo establece el proceso interno quesigue la información una vez ha sido recepcionada. En primerlugar, la petición o queja es recibida por la Unidad Operativade Recepción la cual adelanta el procedimiento establecido enel título anterior. Una vez la URA determina que la informa-ción es competencia de la Dirección de Atención y Trámite deQuejas, ésta es remitida allí con el expediente correspondiente.Posteriormente, la información es entregada a un funcionario,de acuerdo al tema y a la región de su competencia.

Los criterios que la Defensoría del Pueblo ha definido paraadmitir una petición son25:

• Competencia general: solo serán admitidas las peticionesen las que, de los hechos, se evidencie la amenaza o vulne-ración de los derechos humanos o infracciones al DerechoInternacional Humanitario.

• Competencia funcional: las peticiones son atendidas porlas Defensorías Regionales y Seccionales a menos quepueda ser riesgoso para la vida e integridad de los fun-cionarios locales por lo cual serán tramitadas a nivelnacional.

Posterior a la admisión de la petición, el funcionario ingre-sa la información al Sistema Visión de la Defensoría delPueblo y realiza los trámites necesarios ante las autoridadesnacionales o regionales correspondientes. Las cartas y oficios

208

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

25 Instructivo General del Sistema de Atención Integral, Defensoría del Pueblo2003.

Page 204: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

deben ser en todos los casos aprobados y firmados por elDirector Nacional de Atención y Trámite de Quejas. Una vezenviada la información a las instituciones competentes, laDirección realiza el monitoreo para establecer el estado decumplimiento y efectividad de la solución o atención prestadaa la petición.

Agotada la gestión defensorial en cada caso específico, seda por terminado el trámite y se archiva el expediente corres-pondiente. Generalmente, las peticiones interpuestas por losciudadanos son respondidas favorablemente durante el trámiterealizado por la Dirección Nacional de Atención y Trámite deQuejas.

En el marco de este estudio, se solicitó a la DirecciónNacional de Atención y Trámite de Quejas información acercadel número de quejas presentadas por personas indígenas en el2003 y el 2004. La respuesta fue la siguiente: de las 341 que-jas recibidas durante el año 2003, 37 corresponden a peti-ciones de personas y pueblos indígenas. En los 10 primerosmeses del año 2004, se han tramitado 84 quejas de personas ypueblos indígenas, de 371 recibidas en total26. Esta informa-ción no está desagregada por derecho vulnerado o conductavulneratoria. Según esta información, las quejas de personasindígenas habrían aumentado entre el 2003 y el 2004 de man-era significativa. Sin embargo, no es posible determinar si esteincremento corresponde a un mayor ingreso de la informaciónen el sistema de Visión, con respecto al año anterior, o efecti-vamente a un incremento de las violaciones de derechoshumanos de las personas y pueblos indígenas en el país, muyposible en el contexto de degradación del conflicto armadointerno.

209

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

26 Oficio No. 3010-03258 del 26 de octubre de 2004. Respuesta de la DirecciónNacional de Atención y Trámite de Quejas a la Delegada de Indígenas. Defenso-ría del Pueblo.

Page 205: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Llama la atención de este estudio que esta información nocorresponde a la información consolidada presentada en elInforme al Congreso del 2003. Esta diferencia de datos puedeexplicarse por la forma como el Sistema de Información captala información. En el Informe al Congreso se presenta elnúmero de quejas por derecho presuntamente vulnerado y nopor sujeto del derecho. Sin embargo, al parecer, la informaciónpor sujetos o grupos vulnerables si reposa en la Dirección,como se pudo comprobar en el oficio recibido, pero no ha sidoincorporada aún a los consolidados generales.

Las limitaciones del Sistema de Información de laDefensoría no permiten realizar un análisis riguroso de lainformación de la entidad. Además de no ser posible cruzaractualmente las variables de derechos vulnerados y gruposétnicos afectados, no existe tampoco información sistematiza-da sobre los trámites realizados para cada una de las peticioneso quejas presentadas por personas y pueblos indígenas, nisobre el seguimiento efectuado a las gestiones realizadas encada uno de los casos. Si bien esta información reposa en losarchivos de la entidad, no se encuentra sistematizada en sutotalidad.

Vale la pena mencionar que el Sistema de Información dela Defensoría del Pueblo está en proceso de ajuste y fortale-cimiento. Esta decisión institucional responde a la preocu-pación generalizada por la falta de información sistematizadaque le permita a la entidad adelantar diagnósticos cuantitativosmás acertados y proyectar sus acciones con base en ellos. Eneste proceso de ajuste es necesario que se revisen las variablese indicadores, a fin de garantizar la incorporación de la pers-pectiva étnica en la captura y análisis de la información.

210

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 206: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3.1.3 Dirección Nacional de Defensoría Pública

De acuerdo con el Artículo 21 de la Ley 24 de 1992, el ser-vicio de Defensoría Pública se prestará en favor de las per-sonas respecto de quienes se acredite que se encuentran enimposibilidad económica para asumir su representación judi-cial o extrajudicial y con el fin de garantizar el pleno e igualacceso a la justicia o a las decisiones de cualquier autoridadpública. El servicio de Defensoría Pública se prestará a solici-tud del imputado, sindicado o condenado, del MinisterioPúblico, del funcionario judicial o por iniciativa del Defensordel Pueblo cuando lo estime necesario y la intervención sehará desde la investigación previa.

En materia civil, el Defensor del Pueblo actuará en repre-sentación de la parte a quien se otorgue amparo de pobrezasegún las disposiciones del Código de Procedimiento Civil,debiendo recaer la designación preferentemente en un aboga-do que forme parte de las listas de defensores públicos queelaborará la Dirección de Defensoría Pública y remitirá a losdespachos judiciales, conforme a reglamentación que expediráel Defensor del Pueblo.

Está estipulado en el Instructivo General del Sistema deAtención que el fin último de la Defensoría Pública es facili-tar el acceso a la administración de justicia, en condiciones deigualdad y en los términos del debido proceso, con respeto delos derechos y garantías sustanciales y procesales. Por lo ante-rior, la Defensoría Pública tiene la obligación legal de proveerun abogado a las personas indígenas que así lo soliciten y aquienes demuestren su incapacidad económica para obteneresta representación. Con el fin de prestar una atención adecua-da la Dirección se rige por los siguientes principios:

211

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 207: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Igualdad: frente a los demás sujetos procesales.

• Derecho de defensa: la defensa será integral, ininterrum-pida, técnica y competente.

• Oportunidad: se prestará en el momento propicio y nece-sario.

• Gratuidad: no causa ninguna erogación económica a susbeneficiarios.

• Calidad: se prestará con calidad y se buscará que sea efec-tivo.

• Responsabilidad: los funcionarios que presten este servi-cio están sujetos a las responsabilidades y sanciones quesu condición de servidores públicos les impone.

Adicionalmente, la Dirección está obligada a atender laspeticiones de las personas y pueblos indígenas teniendo encuenta lo siguiente:

• Para determinar la pertenencia de una persona a unapoblación indígena concreta, se atenderá fundamental-mente a la conciencia de su identidad indígena o tribal.

• Se deberá establecer si las condiciones sociales, económi-cas, culturales y políticas, o parte de ellas, distinguen aesta población de otros sectores de la colectividadnacional y si están regidos parcial o totalmente por suspropias costumbres o por una legislación especial.

• En los casos en que la persona solicite intérprete o queéste se requiera por ley, se verificará su presencia asícomo su desempeño.

Salvo en los casos que revistan trascendencia nacional ointernacional, el trámite se hará por gestión directa para garan-tizar la vigencia de los derechos de la mencionada población.

212

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 208: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cuando la Dirección de Defensoría Pública recibe unasolicitud, ante cualquier Defensoría Regional y seccional odirectamente ante la Dirección Nacional de DefensoríaPública, el procedimiento a seguir es el siguiente:

Primer Paso: La persona indígena, su beneficiario ocualquier persona sin distinción alguna debe diligenciar laFicha Socioeconómica Nacional27 proveída por la Instituciónen la que se solicita la información básica de la persona impli-cada y se consigna su situación socioeconómica y la imposi-bilidad del peticionario para proveerse su propio abogadodefensor.

Segundo Paso: Dentro de los tres días siguientes a larecepción de las fichas socioeconómicas, el operador de laDefensoría Pública deberá constatar telefónicamente la infor-mación proveída por el peticionario. Una vez la Direcciónestablece que la petición cumple con los criterios establecidos,se asigna el proceso a un defensor público para que éste iniciela representación pertinente.

Tercer Paso: Asignado el caso, el abogado procederá arealizar las acciones pertinentes, como verificar el respeto delos derechos humanos del usuario, realizar permanente lecturadel expediente, entrevistarse continuamente con el usuariopara informarle de manera comprensible su situación jurídicay asesorarlo técnicamente para el ejercicio judicial y extraju-dicial de sus derechos e informar a la Defensoría del Pueblo enforma periódica y continua sobre sus actuaciones defensori-ales y el estado del proceso.

Cuarto Paso: Luego de realizar un análisis integral de lagestión defensorial desarrollada y de las acciones judiciales oextrajudiciales realizadas por las autoridades competentes para

213

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

27 La Ficha incluye las variables de pertenencia étnica e idioma.

Page 209: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

establecer si la gestión defensorial se ha agotado, el defensorpúblico procede a sistematizar el caso y posteriormente aarchivarlo.

Los motivos por los cuales se terminan los procesos estánreferidos en el Instructivo General del Sistema de Atención dela siguiente manera:

• Petición de asesoría absuelta: cuando la solicitud deasesoría ha sido atendida.

• Revocatoria del poder: cuando el beneficiario manifiestapor escrito su voluntad de no seguir con el abogado asig-nado por la Defensoría del Pueblo.

• Modificación de las condiciones económicas o socialesdel beneficiario.

• Incumplimiento de las obligaciones por parte del usuario,que son las responsabilidades adquiridas por éste al mo-mento de comprometerse con el defensor público.

• Terminación del proceso judicial

• Terminación del trámite extrajudicial

La Ficha Socioeconómica Nacional es aplicada a todas laspersonas que soliciten el servicio de defensoría pública, con elfin de determinar, como ya se mencionó, su imposibilidadeconómica. Esta ficha incluye algunos pocos elementos referi-dos a personas pertenecientes a grupos étnicos. Incluye la pre-gunta sobre si la persona pertenece a un grupo étnico y a cual.Al final de la ficha, en el aparte en donde se determina laimposibilidad social, se incluye la variable etnia, conjunta-mente con variables como religión, edad, idioma, sexo ypolítica. Si bien se debe resaltar la incorporación del enfoqueétnico en este instrumento, no parece suficiente la informaciónacerca de las particularidades culturales de la persona indíge-

214

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 210: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

na que solicita el servicio de defensoría pública, en la perspec-tiva de garantizar la coordinación necesaria entre la jurisdic-ción ordinaria y la jurisdicción especial indígena, a fin de pro-teger el principio constitucional de la diversidad étnica y cul-tural.

No obstante, cuando la solicitud del servicio deDefensoría Pública es presentada por una persona indígena osu representante ante alguna Defensoría Regional, esta secomunica inmediatamente con la Defensoría Delegada paraIndígenas y Minorías Étnicas, con el fin de recibir la asesoríanecesaria. En todos los casos esta Defensoría Delegada solici-ta a los funcionarios regionales otorgar prioridad y agilidad enla asignación del defensor público. Actualmente, los departa-mentos de Cauca, Tolima, Risaralda y Nariño –departamentoscon un importante porcentaje de población indígena–28 cuen-tan con defensores públicos encargados especialmente de aten-der estos casos y con conocimiento de la legislación indígena.Sin embargo, en la mayoría de los departamentos conpoblación indígena no se encuentran defensores públicos espe-cializados en el tema29. En estos casos los Defensores Regio-nales y Seccionales solicitan la asesoría de Bogotá.

Esta situación puede explicarse por la falta de recursospara ampliar la planta de defensores públicos en el país. En lamayoría de los departamentos, cada defensor público debeatender, en promedio, alrededor de 15 casos. En los dos últi-mos años, se han incrementado las solicitudes del servicio de

215

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

28 Según el Departamento Nacional de Estadística DANE y con base en las proyec-ciones de población para el año 2001, en el Cauca la población indígena es de190.069, en Nariño 156.046, en Tolima 25.722 y en Risaralda 9.745.

29 Departamentos como La Guajira, Caldas, Chocó, Putumayo, Córdoba, Vaupés oVichada que forman parte de los diez departamentos con mayor población indí-gena –según el DANE– no cuentan con defensores públicos especializados en eltema indígena.

Page 211: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

defensoría pública, debido al aumento de personas judicia-lizadas en razón de la aplicación de las capturas masivas comoparte de las estrategias de la política de Seguridad Democráti-ca del actual Gobierno. Este aumento de la demanda y laimposibilidad de ampliar el número de defensores públicos enel país hacen que no puedan especializarse y concentrarseexclusivamente en los casos de personas indígenas sindicadas.Por otro lado, no es común encontrar en las regiones abogadosque posean conocimientos en legislación indígena, ni expe-riencia de trabajo con comunidades indígenas. Esto restringeentonces la posibilidad de contar con defensores públicos idó-neos para atender la especialidad de estos casos. En los depar-tamentos de la Amazonía, por ejemplo, debido a los requisitosexigidos a los abogados para ejercer como defensores públi-cos, ha sido muy difícil la contratación de defensores públicosde la misma región y son escasas las solicitudes de abogadosdel interior del país para trabajar como defensores públicos enla región de la Amazonía. Estas razones explican la pre-cariedad del servicio de defensoría pública en estos departa-mentos.

Ahora bien, no siempre las personas y pueblos indígenasacuden a la Defensoría del Pueblo para solicitar el servicio dedefensoría pública. Muchas de las organizaciones indígenasregionales cuentan con sus abogados asesores quienes seencargan de representar a las personas involucradas en proce-sos judiciales. En el caso de la Organización Regional EmberaWaunan, OREWA, uno de sus expresidentes manifestaba que,hasta donde él tenía conocimiento, nunca la organizaciónhabía requerido este servicio, pues siempre sus abogadosasesores se habían encargado de defender a los indígenassindicados de algún delito.

En virtud del Acto Legislativo No. 03 del 19 de diciembrede 2002, que estableció las bases constitucionales para lareforma del sistema penal, se ordenó la creación de una

216

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 212: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Comisión para la redacción de los textos legales necesariospara la implantación de este sistema. La Dirección Nacional deDefensoría Pública lideró el proyecto de redacción del textorelacionado con el Sistema Nacional de Defensoría Pública,presentado al Congreso de la República el 20 de julio de 2003.Este proyecto de ley tiene como fin fortalecer la defensa públi-ca como formula de legitimación del sistema judicial y salva-guardar el derecho a una defensa técnica, real y efectiva,acorde con las necesidades de la sociedad colombiana y queresponda a las obligaciones internacionales que el Estadocolombiano ha asumido.

En el marco de la aprobación de este proyecto de ley y delinicio de la primera fase del Sistema Acusatorio, el Congresode la República aprobó una importante adición presupuestal(unos seis millones de dólares) para la Defensoría del Pueblo,con el fin de aumentar los defensores públicos en las regionesdel Proyecto Piloto del Sistema Acusatorio (Bogotá y EjeCafetero). Con estos recursos, la Defensoría podría considerarla posibilidad de incluir en la ampliación de la nómina dedefensores públicos, la contratación de abogados especializa-dos en legislación indígena.

Durante los años 2003 y 2004, la Dirección Nacional deDefensoría Pública ha llevado 154 procesos en el programapenal ordinario en los departamentos de Nariño y Tolima.Según la Directora de esta dependencia “el servicio de laDefensoría Pública para la población indígena, se presta prin-cipalmente para asesorar las comunidades en los asuntos de sujurisdicción”30, sin embargo los datos concernientes a estasasesorías no se encuentran sistematizados ni se realiza el mo-nitoreo pertinente a los procesos.

217

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

30 Oficio No. 3020-420 de octubre de 2004. Respuesta de la Dirección Nacional deDefensoría Pública a la Delegada de Indígenas. Defensoría del Pueblo.

Page 213: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3.2 Acciones Jurisdiccionales o Administrativas

Dirección de Recursos y Acciones Judiciales

La Dirección de Recursos y Acciones Judiciales se encar-ga, según el artículo 24 de la Ley 387/92, de ejercer el litigiodefensorial que, según el Instructivo General del Sistema deAtención, es “el ejercicio de los mecanismos e instrumentosconstitucionales y legales en procura de la solución de todosaquellos conflictos y reivindicaciones sociales que amenaceno vulneren los derechos humanos, susceptibles de ser resueltosa través de un proceso judicial, previo el agotamiento de todaslas formas de gestión defensorial”.

Las modalidades en que se ejerce el litigio defensorial son:i) la instauración directa y la coadyuvancia de acciones yrecursos judiciales, ii) la impugnación de los fallos judiciales,iii) la intervención en procesos de nulidad y de inconstitu-cionalidad, iv) la insistencia en la revisión de fallos de tutela,v) la participación en audiencias o diligencias judiciales, vi) elseguimiento al cumplimiento de los fallos judiciales y vii) lapromoción del incidente de desacato.

Adicionalmente, la Dirección tiene bajo su coordinacióndirecta la interposición de la Acción de Tutela, del Derecho deHábeas Corpus, de las Acciones Populares y de la AcciónPública de Inconstitucionalidad, en los términos establecidosen la ley cuando sean procedentes y bajo la dirección delDefensor del Pueblo.

Las peticiones pueden ser presentadas por todos los ciu-dadanos y ciudadanas ante la Defensoría del Pueblo, ya sea através de las Defensorías Regionales o Seccionales, la Unidadde Asesoría y Consulta, ante los defensores públicos o ante lospersoneros municipales31. En cualquiera de los casos el trá-

218

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

31 Agentes del Ministerio Público en los municipios.

Page 214: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

mite dado a la información es el mismo, independientementede quien sea la persona beneficiaria. Esto por supuesto incluyea las personas y pueblos indígenas.

El proceso de atención a este tipo de peticiones es similaral que se realiza en las otras Direcciones, es decir que sesiguen los pasos de: recepción, análisis, gestión defensorial yterminación.

En primera instancia las peticiones son recepcionadas demanera verbal o escrita por las unidades anteriormente referi-das y posteriormente se remiten a la Dirección de Acciones yRecursos, cuando es competencia de ésta. Una vez allí, laspeticiones son analizadas para su distribución de acuerdo consu naturaleza (acciones populares, acciones de tutela, etc.). Sise determina que la petición no cumple con los requisitosexigidos, se procede a archivarla previo aviso al beneficiario.Si por el contrario se acepta la petición, ésta se sistematizaráen el sistema electrónico Visión, se registrará en el libro deregistro de la Dirección o de las Defensorías Regionales ySeccionales y se abrirá un expediente. Posteriormente, se pro-cederá a transferirla al profesional especializado competente.Esta distribución está a cargo del Director de Acciones yRecursos o de los Defensores Regionales o Seccionales.

Una vez la petición llega a manos del profesional especia-lizado, se inicia el trámite pertinente. Durante todo el proceso,el funcionario deberá mantener una comunicación frecuentecon el beneficiario para informarle sobre el estado del trámitede la petición. Igualmente, la Dirección o la Regional oSeccional realizará el seguimiento puntual al estado de los pro-cesos, para poder realizar los pronunciamientos o recomenda-ciones que sean necesarios.

Cuando finalizan los procesos y se han agotado todas lasinstancias de gestión defensorial, los beneficiarios serán con-tactados para informarles el resultado de la gestión.

219

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 215: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La Dirección Nacional de Acciones y Recursos Judicialesatendió, durante el año 2003, 10.825 peticiones: 7.993acciones de tutela, 22 hábeas corpus, 94 acciones de nulidad,316 acciones de cumplimiento, 2.342 acciones populares, 53acciones de grupo y 5 acciones de inconstitucionalidad. De laspeticiones de acciones de tutela, según la información del2003 reportada al Congreso, sólo en una se invocaba la vul-neración a amenaza a los derechos de las minorías étnicas (sinespecificar el grupo víctima de la vulneración o amenaza).

La Dirección no cuenta con una información sistematiza-da y discriminada por procesos concernientes a personas ypueblos indígenas lo que dificulta el análisis de la efectividaden la atención a este tipo de peticiones32.

3.3 Acciones especializadas realizadas por laDefensoría Delegada para Indígenas yMinorías Étnicas

3.3.1 La estructura de la DelegadaLa Defensoría Delegada de Indígenas y Minorías Étnicas

cuenta con siete (7) funcionarios organizados de la siguientemanera: un Defensor Delegado, indígena perteneciente alpueblo Inga, cinco abogados asesores y una secretaria. Si bienes cierto que el Defensor Delegado es el responsable de launidad y conoce todos los temas, sus asesores se encuentrandistribuidos por temas específicos y regiones del país en dondehay presencia de personas y grupos indígenas. Su sede esBogotá y, según la disponibilidad de recursos, viajan a lasregiones que tienen asignadas para realizar las actividadespropias de la Delegada.

220

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

32 Oficio No. 3030-234 de octubre de 2004. Respuesta Dirección Nacional deRecursos y Acciones Judiciales a la Delegada de Indígenas. Defensoría delPueblo.

Page 216: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Cada uno de los asesores tiene a su cargo el monitoreo yseguimiento de la situación particular de cada uno de losdepartamentos, así como la proyección de gestiones para lasposibles soluciones de las situaciones identificadas.

- Asesor Nº 1- Amazonía (departamentos Putumayo,Vaupés, Vichada, Caquetá y Nariño)

- Asesor Nº 2- Costa Atlántica (departamentos de laGuajira, César, Magdalena, Sucre, Córdoba, Atlántico,Bolívar), San Andrés y Providencia, Risaralda y Quindío.

- Asesor Nº 3- Llanos Orientales (Arauca, Meta,)Cundinamarca, Valle del Cauca y Eje Cafetero.

- Asesor Nº 4- Chocó, Antioquia, Huila, Tolima, Cauca,Santander y Norte de Santander.

El Asesor Nº 5 no cuenta con ninguna zona en particular.Presta apoyo a los demás funcionarios.

Los temas focalizados por la Delegada de Indígenas yMinorías Étnicas son:

• Salud • Planes de vida• Seguimiento de la jurisprudencia constitucional sobre per-

sonas o pueblos indígenas para la extracción de las subre-glas de las sentencias proferidas por la Corte Consti-tucional

• Etnoeducación• Derecho al territorio• Seguimiento al desplazamiento forzado de personas y

pueblos indígenas• Seguimiento a las Medidas Cautelares y Provisionales

decretadas por la Comisión y la Corte de Derechos Huma-nos, respectivamente.

221

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 217: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Al igual que las regiones, los temas también están dis-tribuidos entre los asesores, quienes son los encargados derealizar las actividades de seguimiento a los casos y de la pro-ducción de informes periódicos sobre el avance de la gestióndefensorial en los diferentes temas focalizados. No todos lostemas son trabajados en todas las regiones. Según las particu-laridades de cada una de ellas se hace mayor énfasis en uno uotro.

3.3.2 Atención por parte de la Defensoría Delegadade Indígenas y Minorías Étnicas

De acuerdo con lo establecido en el Instructivo Generaldel Sistema de Atención Integral de la Defensoría del Pueblo,la Delegada de Indígenas y Minorías Étnicas tiene como guíade trabajo un “esquema de atención especializada para gruposétnicos” que tiene como fin establecer un conjunto de activi-dades para hacer seguimiento a la situación de derechoshumanos de estos grupos poblacionales. Las líneas de acciónde la Delegada son:

• La mediación en los conflictos: Los conflictos pueden pre-sentarse entre grupos étnicos, entre grupos étnicos y elEstado o entre las etnias y otros actores. Según el instruc-tivo, la mediación defensorial se orienta según los si-guientes criterios:

o El mediador actuará con objetividad, transparencia eimparcialidad.

o El mediador deberá tener pleno conocimiento de laproblemática.

o Se garantizará que las partes y el mediador compren-dan todo lo que se dice en los procesos de mediación(si es necesario se contará con intérpretes).

o Los resultados de los procesos de mediación seránsocializados con las partes.

222

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 218: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• El seguimiento de los acuerdos celebrados entre los gru -pos étnicos y el Estado: La importancia de esta línea deacción radica en el seguimiento puntual de los acuerdosde cuyos resultados se deriven la garantía y el ejercicio delos derechos humanos, colectivos e integrales de los gru-pos étnicos. Por lo tanto, el seguimiento debe ser sis-temático y propender por el cumplimiento de los términosacordados. De no cumplirse, la Defensoría del Pueblodeberá hacer los requerimientos, observaciones y reco-mendaciones pertinentes a las instituciones responsables.

• La presencia en regiones con situaciones críticas en dere -chos humanos: Según el Instructivo, se considera zonacrítica, aquella donde se presenta una alta vulnerabilidadde los derechos humanos de los grupos étnicos o unagrave crisis humanitaria que los afecta directamente, biensea como consecuencia del conflicto armado interno, o dedesastres naturales, crisis de inseguridad alimentaria, fac-tores socioeconómicos, o de conflictos internos. Las visi-tas realizadas por el Defensor Delegado o sus asesorestienen que cumplir con criterios tales como: i) coordinarlas actividades con las Defensorías Regionales ySeccionales, ii) no tener una duración mayor a los cincodías, iii) respetar la autonomía y el derecho a la partici-pación democrática de los grupos étnicos y iv) propenderpor que las visitas sean periódicas y no coyunturales.

• La participación en reuniones interinstitucionales:Existen dos tipos de reuniones interinstitucionales, lasconvocadas por la Defensoría Delegada y las convocadaspor otras instituciones. Estas reuniones tienen como obje-tivo buscar alternativas para solucionar situaciones querepresenten amenazas o vulneraciones de los derechoshumanos de las personas o pueblos indígenas, así comotambién la construcción de estrategias políticas de Estadopara superar dichas situaciones.

223

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 219: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• La asesoría por parte de la Defensoría Delegada deIndígenas y Grupos Étnicos: Tiene como fin asesorar a laspersonas o pueblos indígenas que lo soliciten en los dife-rentes temas concernientes a la protección de los derechoshumanos, así como también a las distintas dependenciasde la Defensoría del Pueblo.

Durante el año 2003, según datos oficiales de laDefensoría Delegada de Indígenas y Minorías Étnicas33, elnúmero de solicitudes tramitadas fue el siguiente:

Atención y Trámite de Quejas por parte de la DefensoríaDelegada para Indígenas y Minorías Étnicas

Tipo de Solicitud # de SolicitudesCoadyuvancia a cumplimiento de derechos étnicos 131Solicitudes de información 4Coadyuvancia a investigaciones (asesinatos,amenazas, detenciones ilegales, desapariciones) 49

Comunicados o alertas de situaciones relaciona-das con vulneración de derechos a causa del conflicto armado 47Coadyuvancia para la atención a desplazados 33

Total Solicitudes 264

Fuente: Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de Colombia, 2003.

224

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

33 Undécimo informe del Defensor del Pueblo al Congreso de Colombia. Enero-Diciembre de 2003.

Page 220: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El alto número de trámites y gestiones que debe hacer elDelegado y sus asesores ocupa aproximadamente el 60% deltiempo diario. Esto implica una reducción de tiempo para otrasactividades como el seguimiento de las políticas de atención yprevención de violaciones de derechos humanos de los pue-blos indígenas, el monitoreo constante de los proyectos ejecu-tados por la Delegada y la producción de documentos deinvestigación en temas específicos, entre otros.

La gestión defensorial preventiva y de defensa paraminorías étnicas de la Delegada, durante el 2003, puederesumirse en el siguiente cuadro:

225

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 221: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Según el Defensor Delegado para Indígenas y MinoríasÉtnicas, en términos generales, los principales derechos vul-nerados a los que se refieren las quejas presentadas a laDefensoría del Pueblo por personas y pueblos indígenas son:

• Derecho al Territorio, en especial por el tema de losmegaproyectos en territorios indígenas y por la violaciónal derecho a la consulta previa.

• Derecho a la Autonomía, por el desconocimiento e irre-speto a las autoridades propias

• Derecho a la Cultura, por la violación al derecho a unaeducación propia, por las fallas en la implementación delderecho a la salud, de acuerdo a la normatividad vigente.

• Derecho al Desarrollo Propio, por los problemas presen-tados con las transferencias de recursos a los resguardosindígenas y por la no inclusión de los planes de vida delos pueblos indígenas en los planes de desarrollo muni-cipales y departamentales.

• Derechos Políticos y Civiles, por los desplazamientosforzados de personas y comunidades, amenazas,asesinatos selectivos, desapariciones forzadas, masacres,entre otras violaciones a los derechos humanos e infrac-ciones al Derecho Internacional Humanitario.

226

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 222: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Sin embargo, las peticiones y quejas no son sistematizadasy por lo tanto no es posible establecer el número de quejas opeticiones por derecho vulnerado.

3.3.3 Procedimientos para el trámite de peticiones yquejas en la Defensoría Delegada de Indígenasy Minorías Étnicas

La Delegada cuenta con un esquema de trámite de las peti-ciones recibidas establecido en el “Manual de procesos y pro-cedimientos” elaborado por la Oficina de Planeación de laDefensoría del Pueblo.

En primer lugar, al recibir una petición o queja, se deberegistrar la información básica en la base de datos de laDelegada o en los libros de registro. Este primer paso puedeser realizado por cualquiera de los funcionarios de la Unidad.Posteriormente, la información es remitida al Delegado paraque éste analice la petición de asesoría y determine, segúntema, región asignada y especialidad requerida, a cual de losasesores le corresponde realizar el trámite siguiente. El asesorresponsable deberá realizar la documentación y verificacióndel caso, para la proyección de la respuesta o solución que serápresentada al Delegado. Una vez se han culminado los ante-riores procedimientos, el Defensor Delegado realiza el trámitecorrespondiente a la petición y remite el caso, si lo consideranecesario, a la Dirección Nacional de Atención y Trámite deQuejas, a la Dirección Nacional de Defensoría Pública o laDirección Nacional de Acciones y Recursos Judiciales.

Si bien es cierto, la función principal de la Delegada deIndígenas y Minorías Étnicas no es tramitar quejas –esto lecorresponde a la Dirección Nacional de Atención y Trámite deQuejas y a las Defensorías Regionales–, esta se ha convertidoen una actividad cotidiana, debido a la gran cantidad de peti-

227

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 223: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ciones presentadas por personas y pueblos indígenas a laDefensoría del Pueblo. Para evitar que los trámites correspon-dientes se vean inmersos en circuitos burocráticos que reducenla agilidad y la eficacia de la atención brindada por laInstitución, la Delegada realiza las acciones directas a fin deagilizar la atención.

Es importante mencionar, que muchas de las quejas y peti-ciones de personas y pueblos indígenas son presentadas direc-tamente a la Delegada, aún cuando se trata de situacionesregionales. Esto se debe, en buena medida, a que no existe entodos los departamentos interlocución entre las organizacionesregionales indígenas y las Defensorías Regionales. La falta deconfianza en la capacidad de estas instancias para resolver otramitar satisfactoriamente las peticiones de las personas ypueblos indígenas e incluso, en algunos casos, en la imparcia-lidad de las gestiones de la Defensoría en las regiones, impli-ca que las peticiones sean enviadas directamente a Bogotá.

Por otro lado, también se debe mencionar que lasDefensorías Regionales no cuentan con los suficientes ele-mentos de asesoría técnica y de apoyo logístico, por parte delnivel central de la entidad, para atender eficazmente a las per-sonas y pueblos indígenas. La falta de recursos económicos yhumanos impide que la Delegada pueda acompañar periódica-mente en terreno las gestiones de las Defensorías Regionales.En algunos casos, como en el del Tolima, la Delegada hizopresencia en el departamento a partir de mediados del 2003, enel marco de la ejecución de un proyecto de cooperación conCanadá. Antes de esta fecha, la Delegada no hizo presencia enesta región ni a través del Delegado ni de sus asesores.

228

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 224: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3.3.4 Función Investigativa de la Defensoría Delegada de Indígenas y Minorías Étnicas

El Defensor del Pueblo y sus delegados cumplen la laborde proteger los derechos humanos empleando medios muy dis-tintos a los que usan otras autoridades también encargadas deproteger esos derechos como, por ejemplo, la Policía o laProcuraduría. Los propósitos de la magistratura de opinión queejerce el Defensor son garantistas, pedagógicos y críticos. Songarantistas en cuanto buscan de manera primordial la protec-ción integral de los derechos humanos. Son pedagógicosporque pretenden recomendar medidas y acciones necesariaspara corregir errores, abusos u omisiones de los agentesestatales. Son críticos porque se dirigen a valorar éticamentelas acciones de esas autoridades.

La función investigativa, en el marco del MacroprocesoMisional de Investigación para la Acción, tiene como fin laproducción de documentos de conocimiento experto en diver-sos temas concernientes a la protección de los derechoshumanos de los ciudadanos de Colombia. En el caso de laspersonas y los pueblos indígenas, la Delegada de Indígenas yMinorías Étnicas tiene la responsabilidad de elaborar informesy resoluciones defensoriales.

Las resoluciones e informes defensoriales son documentospúblicos expedidos por el Defensor del Pueblo que reflejan yexpresan la doctrina defensorial. La expedición de resolu-ciones defensoriales concreta el ejercicio de algunas compe-tencias que la Constitución atribuye a este organismo. Lamateria de tales resoluciones está referida a una específicasituación de violación o amenaza de violación de un derechohumano por parte de una autoridad pública o un particular. Enla parte dispositiva de este tipo de actos se enuncia de manera

229

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 225: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

propositiva un conjunto de recomendaciones o exhortacionesy, en general, se precisan las medidas que deben adoptarsepara poner término a la lesión de los derechos o para reac-cionar ante su amenaza. En la parte considerativa, se exponenlos hechos y los argumentos jurídicos y de conveniencia quesirven de soporte a la actuación defensorial.

Se ha querido reservar como materia de las resolucionesdefensoriales nacionales o regionales, el tratamiento de losasuntos de mayor trascendencia. La resolución defensorial eneste caso, se convierte en un medio de denuncia de las viola-ciones o abusos que menoscaban los derechos humanos de lapoblación. En lo que respecta a la propia Defensoría delPueblo, la resolución defensorial le permite articular yfocalizar esfuerzos en un supuesto que ella misma identificacomo violatorio de los derechos humanos. Las autoridades,por lo demás, adquieren conciencia de que sus actos u omi-siones no están en consonancia con los principios y derechosconstitucionales. La resolución defensorial envía al fun-cionario un poderoso mensaje: su comportamiento es objetode la mirada pública. Si es violatorio de derechos debe dejar deserlo. Si los amenaza, deberá abstenerse en lo sucesivo de ha-cerlo.

Si bien la resolución defensorial pretende tener un profun-do carácter persuasivo y pedagógico, su fundamento descansaen las condiciones imperiosas de exigibilidad, inherentes a losderechos humanos que en ella se denuncian como violados oamenazados.

En los casos en que las situaciones denunciadas por elDefensor del Pueblo no son acatadas y la problemática nomejora sustancialmente, la Defensoría inicia una nueva inves-tigación o recurre a otras instancias como las audiencias defen-soriales para recalcar la importancia del tema.

230

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 226: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Las actividades involucradas en este Macroproceso se di-viden en dos secciones: i) investigación en el tema de derechoshumanos de grupos étnicos, en la cual se producen informes yresoluciones defensoriales, e ii) investigación en políticaspúblicas para los pueblos indígenas, en la cual se producendocumentos en los temas de salud, educación, territorio, con-sulta previa, jurisdicción indígena y desplazamiento forzado.

Desde el año 1999, la Defensoría Delegada para Indígenasy Minorías Étnicas ha elaborado 3 resoluciones defensorialesnacionales, 1 resolución regional y 4 informes defensoriales,en los siguientes temas:

• Resoluciones defensoriales

o No. 24 de octubre de 2003: Situación de derechoshumanos de los pueblos indígenas de la Sierra Nevadade Santa Marta y Serranía del Perijá.

o No. 13 de junio de 2001: Violación de derechoshumanos de la comunidad indígena Embera Katío delAlto Sinú. En coordinación con la DefensoríaDelegada para Derechos Colectivos y MedioAmbiente.

o No. 9 de mayo de 2001: Situación de orden público enla región del río Naya. En coordinación con laDirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas.

• Resolución regional

o No.10 de diciembre de 2003: Etnoeducación enAmazonas.

• Informes defensoriales

o Septiembre de 2003: Informes sobre la situación de losindígenas de Riosucio, Caldas.

231

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 227: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

o Noviembre de 2003: Informe de la comisión de obser-vación de la crisis humanitaria en la Sierra Nevada deSanta Marta. En coordinación con el SecretariadoNacional de Pastoral Social de la ConferenciaEpiscopal de Colombia.

o Abril de 2003: Situación de derechos humanos de lascomunidades del Norte del Cauca.

o Febrero de 2001: Fumigaciones y proyectos de desa-rrollo alternativo en el departamento de Putumayo. Encoordinación con la Defensoría Delegada paraDerechos Colectivos y del Medio Ambiente.

La Delegada realiza un seguimiento periódico al cumpli-miento, por parte de las entidades, de las Resoluciones, con elobjetivo de hacer las observaciones o requerimientos específi-cos adicionales que sean necesarios para garantizar la dismi-nución o eliminación de las violaciones de derechos humanosde los pueblos indígenas.

En la mayoría de los casos, las comunidades, para lascuales el Defensor del Pueblo ha expedido resoluciones defen-soriales, son beneficiarias de medidas cautelares o provisio-nales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.Estas comunidades son: comunidad indígena Embera Katíodel Alto Sinú, pueblo indígena Kankuamo de la Sierra Nevadade Santa Marta, comunidad indígena Embera Chamí y puebloindígena Pijao.

En el marco de estas medidas, la Delegada realizaseguimiento puntual al cumplimiento de las mismas, asistien-do a las reuniones convocadas por los grupos de trabajo, rea-lizando visitas a terreno de verificación y acompañamiento yproduciendo los respectivos informes. Este tipo de actividades

232

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 228: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

constituyen valiosos insumos de información para la elabo-ración de los informes defensoriales o para los pronunciamien-tos del Defensor del Pueblo.

3.3.5 Función educativa de la Defensoría Delegadapara Indígenas y Minorías Étnicas

La función educativa de la Defensoría del Pueblo, en elmarco del Macroproceso Misional de Participación Demo-crática para el Empoderamiento Ciudadano, tiene como obje-tivo capacitar y educar a los ciudadanos colombianos en todoslos temas concernientes a los derechos humanos y a la manerade hacerlos efectivos. La unidad encargada de la coordinacióndel proyecto marco de educación en la Defensoría del Puebloes la Dirección Nacional de Promoción y Divulgación deDerechos Humanos. Sin embargo las diferentes delegadas yoficinas tienen la facultad de implementar jornadas de capa-citación en los temas especializados.

La Delegada de Indígenas y Minorías Étnicas realiza lamayoría de sus actividades de educación en el marco de losproyectos financiados por la cooperación internacional. Elobjetivo de la función educativa es lograr un empoderamientoen doble vía, es decir que se capacite al sujeto de derechos asícomo también a quienes deben implementar y hacer cumpliresos derechos34.

Se precisan a continuación algunos de los proyectos ejecu-tados por la Delegada:

233

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

34 Información suministrada por el Defensor Delegado de Indígenas y MinoríasÉtnicas, Gabriel Muyuy Jacanamejoy, en entrevista realizada el día 5 de octubrede 2004.

Page 229: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

• Proyecto Proamazonía (2002-Agosto 2004): El objetivodel proyecto fue fortalecer la gestión del Estado Social deDerecho en la región de la Amazonía colombiana, a travésde la apropiación de los derechos reconocidos en laConstitución Política de Colombia a todos los ciudadanoscolombianos, por parte de las personas y pueblos indíge-nas de la zona. Para lograr lo anterior, se elaboró un sub-proyecto denominado “Talleres Regionales y Nacionalpara la Elaboración Concertada de una Guía Metodoló-gica de Planes de Vida” en el que participaron 212 dele-gados de las organizaciones indígenas de los departamen-tos de Guainía, Vichada, Guaviare, Vaupés y Amazonas.

• Programa de capacitación en Derecho y LegislaciónÉtnica para la Fuerza Pública (2003-2004): El objetivogeneral del programa fue la capacitación, en coordinacióncon el Ministerio de Defensa, a los miembros de la FuerzaPública en derecho y legislación étnica, con el fin de pro-piciar el respeto de los derechos fundamentales de estosgrupos étnicos. Las jornadas de educación se llevaron acabo en los departamentos de Magdalena, Córdoba yNariño y tuvieron una duración de tres días, durante loscuales se impartieron 4 módulos diferentes. Cada una deestas jornadas contó con la participación de aproximada-mente 40 personas pertenecientes a los diferentes Batallo-nes, Brigadas y demás instituciones de la Fuerza Públicaen cada una de las regiones seleccionadas.

• Proyecto para la promoción, prevención y capacitaciónen derechos humanos, derecho internacional humani -tario, derechos indígenas y ruta jurídica indígena (2004-2005): El objetivo principal del proyecto es fortalecer laautonomía de los pueblos indígenas a través de capacita-ciones en derechos colectivos y de la construcción concer-

234

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 230: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

tada de la ruta jurídica de desvinculación de niños indíge-nas de los grupos armados ilegales. Durante los primerosocho meses de ejecución, se realizaron 6 talleres. En lostalleres fueron escogidos, por los mismos participantes,30 “gestores comunitarios” quienes están encargados derealizar dos talleres en sus regiones. El proyecto, quefinalizará su primera fase en febrero de 2005, se cerrarácon la publicación de la Ruta Jurídica Indígena concerta-da, para la atención a los niños y niñas desvinculados delconflicto armado.

• Acompañamiento para fortalecer la autonomía y el ejer -cicio de los derechos humanos colectivos e integrales dela población indígena de los departamentos de Tolima,Arauca, Casanare, Caquetá y Putumayo (Noviembre2003-Noviembre 2004): El objetivo principal del proyec-to, financiado por la Embajada de Canadá en Colombia,es adoptar un plan de atención integral concertado con lasautoridades indígenas. Este plan de atención está encami-nado a reducir la incidencia del desplazamiento forzadopor la violencia en los pueblos indígenas de los cincodepartamentos focalizados. Los resultados se obtienenmediante la estrategia de visitas periódicas (4 visitas acada región) a las zonas para recoger información defuentes primarias acerca de la situación de derechoshumanos de estas comunidades. Luego de realizadas lasvisitas, los asesores de la Delegada llevan la informacióna las mesas de trabajo conformadas por los funcionariosde las Administraciones locales y regionales, con el fin dedar a conocer la situación de las personas y pueblos indí-genas, así como también para buscar soluciones conjuntaspara la resolución de sus problemas. El proyecto terminócon una Audiencia Defensorial, el 11 de noviembre delaño 2004, en la cual se presentó un Informe General que

235

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 231: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

sintetiza los resultados obtenidos en cada uno de losdepartamentos y los compromisos de mediano y largoplazo que las autoridades locales y regionales adquirieroncon los pueblos indígenas.

• Fortalecimiento de los derechos de los pueblos indígenasde la Sierra Nevada de Santa Marta, Serranía del Perijáy Comunidades Afrocolombianas de Buenaventura. Elproyecto tiene como objetivo principal el apoyo de losprocesos de acceso a las justicia indígena (en el caso deindígenas de la jurisdicción propia y en el de los afro-colombianos del control social interno) y acceso a la jus-ticia ordinaria. Asimismo, tiene como fin el fortalecimien-to organizativo comunitario y el apoyo para la construc-ción de los planes de vida de las comunidades indígenas.Con esta iniciativa se busca impulsar un proceso de for-talecimiento de los pueblos indígenas de la Sierra Nevadade Santa Marta y de la Serranía del Perijá y las comu-nidades afrocolombianas del municipio de Buenaventura,que permita el desarrollo de un modelo de trabajo conjun-to entre los indígenas, los afrocolombianos y la Defen-soría del Pueblo. La estrategia de ejecución del proyectoconsiste principalmente en hacer acompañamiento a losprocesos organizativos de resistencia en medio del con-flicto armado interno. Este acompañamiento incluirá jor-nadas de capacitación y sensibilización sobre los derechoshumanos de las personas y pueblos indígenas y afro-colombianos de las regiones focalizadas. El proyecto aúnno ha iniciado su primera fase de ejecución.

3.3.6 La doctrina defensorial en materia de derechosde los pueblos indígenas

De acuerdo con el Informe del Defensor del Pueblo alCongreso de la República de 2002, la doctrina defensorial es

236

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 232: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

“el resultado de un proceso de análisis sociojurídico que per-mite calificar a partir de la investigación de unos hechos laefectividad de un derecho o la conducta de un agente estatal, ypotenciar la realización de ese derecho. De acuerdo con elDefensor del Pueblo, la doctrina es una “subregla”, es decir, lamayor especificidad posible en cuanto a la realización de underecho determinado; la modulación de una normatividadabstracta respecto a una situación particular”35.

Si bien no existe un documento oficial en donde se men-cione explícitamente la doctrina defensorial sobre los derechosde los pueblos indígenas, los informes y resoluciones con-tienen elementos conceptuales y analíticos que forman partede la doctrina defensorial en el tema. A continuación se pre-sentan los pronunciamientos encontrados en las resoluciones einformes anteriormente citados:

237

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

35 Décimo Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de Colombia. Enero-diciembre 2002. Investigación para la acción y Magistratura Moral. Numeral 2.2Estructura de la Magistratura Moral-Doctrina Defensorial.

Page 233: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

238

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 234: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3.4 Otras instancias de la Defensoría del Pueblo

Además de las dependencias anteriormente mencionadas,existen otras oficinas, relativamente nuevas (creadas en el año2001), que han jugado un importante rol en la defensa y pro-moción de los derechos de las minorías étnicas en general y delos pueblos indígenas en particular. Estas son la DefensoríaDelegada para la Prevención de Violaciones Masivas deDerechos Humanos que tiene a su cargo el Sistema de AlertasTempranas, SAT y la Coordinación Nacional de Atención alDesplazamiento Forzado. Estas oficinas fueron creadas comorespuesta a la intensificación y degradación del conflictoarmado interno y sus graves efectos sobre la población civil.

3.4.1 El Sistema de Alerta Temprana, SAT

El SAT hace monitoreo, acopia, verifica y analiza infor-mación que permita valorar las amenazas y vulnerabilidadesque afectan los derechos fundamentales de las comunidades.Además, emite documentos e informes de riesgo sobrefactibles violaciones de derechos humanos, con el de que lasautoridades competentes coordinen sus acciones y brindenatención integral y oportuna para excluir o proteger a lapoblación civil afectada.

Entre enero y diciembre del 2003, el SAT emitió 84informes de riesgo y 73 notas de seguimiento para advertirante el Comité Interinstitucional de Alertas Te m p r a n a s ,CIAT36, la factible ocurrencia de violaciones masivas de dere-

239

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

36 El Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas es una instancia gubernamen-tal creada por el actual Gobierno para dar respuesta interinstitucional a las situa-ciones de riesgo para la población civil, derivadas del conflicto armado interno.Está conformado por el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior y de laJusticia, el Programa Presidencial de Derechos Humanos y la Red de SolidaridadSocial.

Page 235: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

chos humanos en contra de la población civil. Estos informesy notas de seguimiento corresponden a situaciones presentadasen 343 municipios de 31 departamentos. El SAT ha advertidoel riesgo básicamente atendiendo a la gravedad de laafectación factible y la maduración de las condiciones quepropician o determinan la materialización de la amenaza. Eneste sentido, en el 63.1% de los informes emitidos el riesgo fuecalificado como de nivel alto y en el 36.9% de nivel medio.

Según el Informe al Congreso del 2003, de acuerdo con lasestadísticas sobre población, proyectadas al 2003 por elDepartamento Administrativo Nacional de Estadística–DANE–, el SAT solicitó medidas y acciones de prevención yprotección para 1.446.77837 personas, aproximadamente. El77% de la población sobre la cual se advirtieron situaciones deriesgo se concentra en los departamentos de Nariño,Putumayo, Antioquía, Cauca, Santander, Tolima y Chocó, lamayoría de ellos con importante población indígena.

Efectivamente, según las estadísticas del SAT, el 42% dela población civil en situación de riesgo pertenece a gruposétnicos, 29.5% indígena y 12.5% afrocolombianos. Esta situa-ción de vulnerabilidad de los pueblos indígenas y de las comu-nidades afrodescendientes aparece asociada, en muchos ca-sos38, al uso y tenencia de la tierra, a estrategias de control delos grupos armados ilegales, a la importancia geoestratégica desus territorios o significación como enclaves económicos.

Las decisiones del CIAT frente a las situaciones de riesgoalertadas por la Defensoría del Pueblo, por lo general, tienenque ver con respuestas de tipo militar. La integralidad de lasacciones que se espera para garantizar la seguridad y protec-

240

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

37 Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de Colombia, 2003.38 No existen estadísticas precisas al respecto.

Page 236: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ción de comunidades en regiones en donde el Estado ha sidohistóricamente ausente no existe. Las respuestas militares noestán acompañadas por acciones de tipo económico y social,aún cuando este ha sido un reclamo permanente de laDefensoría del Pueblo. La ausencia de una política pública deprevención de violaciones masivas de derechos humanos serefleja en la precaria coordinación interinstitucional para aten-der las situaciones de riesgo. A finales del Gobierno pasado, enel 2002, la Defensoría del Pueblo presentó a consideración delGobierno nacional un proyecto de decreto presidencial quedefinía los componentes, estrategias y acciones de una políti-ca pública de prevención de violaciones masivas de derechoshumanos. Este proyecto fue bien recibido por el anteriorGobierno pero no llegó a sanción presidencial. A pesar de in-sistir, la Defensoría no ha logrado que el actual Gobierno tomeen consideración la propuesta.

3.4.2 La Coordinación Nacional de Atención alDesplazamiento Forzado

En los últimos años, la Defensoría del Pueblo ha avanza-do en un proceso de fortalecimiento institucional, con el fin deimpulsar la acción del Estado hacia la efectiva realización delos derechos humanos de las víctimas del desplazamientoforzado, el cumplimiento del Derecho InternacionalHumanitario y la protección y la atención integral de las per-sonas desplazadas o en riesgo de serlo.

En los últimos años el desplazamiento forzado se ha idoextendiendo por todos los departamentos del país, a excepciónde San Andrés y Providencia. Las regiones altamente afec-tadas por la problemática del desplazamiento forzado internocorresponden principalmente al andén Pacífico, el MagdalenaMedio, el Oriente Antioqueño, la Sierra Nevada de SantaMarta y Putumayo y otros departamentos del sur del país. La

241

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 237: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

mayoría de municipios están afectados como receptores oexpulsores de población desplazada. Según el Sistema deInformación RUT del Secretariado Nacional de PastoralSocial, de los 1.098 municipios que existen en Colombia, 770registran dinámicas del desplazamiento, es decir el 70% de losmunicipios. En el 2002, el Chocó, cuya población es princi-palmente indígena y afrocolombiana, fue el primer departa-mento expulsor de población con una taza de 4.498 desplaza-dos por cada 100.000 habitantes, según CODHES39.

Para el estimativo de la Red de Solidaridad Social40, elnúmero de personas desplazadas desde 1995 hasta abril del2003 es de 1.086.038. Entre tanto, CODHES indica que elnúmero acumulado de personas desplazadas, de 1985 y hastael año 2003, supera los 2.900.000.

La presencia de los actores armados al margen de la ley enlos territorios indígenas ha significado para estos pueblos ycomunidades el asesinato de líderes y autoridades, el involu-crarse en el conflicto armado a través de amenazas y presionespara suministrar alimento, el reclutamiento forzado dejóvenes, el desconocimiento de sus propias formas de organi-zación y gobierno, las órdenes de desalojo de sus territorios,entre otros. Dichas acciones conllevan a la vulneración de losderechos humanos individuales y colectivos de estas comu-nidades. Los derechos al territorio, a la autonomía y la identi-dad étnica y cultural, considerados como derechos fundamen-tales son violados por los actores armados poniendo en riesgosu integridad étnica y su supervivencia como pueblos y comu-nidades.

242

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

39 CODHES (Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento) es unaorganización no gubernamental que desde 1984 realiza un monitoreo sistemáti-co a la situación del desplazamiento forzado en Colombia. www.codhes.org.co

40 Entidad adscrita a la Presidencia de la República que atiende a la poblacióndesplazada.

Page 238: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El derecho fundamental al territorio se ve vulnerado porcuanto el desplazamiento implica la salida abrupta de las par-cialidades, resguardos y territorios colectivos con los cualesmantienen una especial relación que se fundamenta en supropia cosmovisión y que cimienta a su vez el desarrollo desus culturas. En relación con los derechos a la autonomía y ala integridad étnica y cultural, o a la posibilidad de subsisten-cia como grupos étnicos diversos, el desplazamiento forzadopor el conflicto armado conlleva al desarraigo y a la asimi-lación obligada de prácticas culturales ajenas, violando elderecho a adoptar de manera libre sus propias decisiones en loque atañe a su futuro como individuos y como comunidad.

En respuesta a esta situación, la Defensoría del Pueblo haincluido dentro de sus acciones la atención prioritaria a las per-sonas y comunidades desplazadas. Estas acciones son rea-lizadas por la Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas y laCoordinación Nacional de Atención al DesplazamientoForzado.

La Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas viene rea-lizando un trabajo de coadyuvancia, acompañamiento yseguimiento a casos de comunidades indígenas en situación dedesplazamiento. Igualmente, ha elaborado resoluciones defen-soriales que evidencian la situación de derechos humanos deestas comunidades y en las cuales se demandan acciones deatención integral y efectiva por parte de las autoridades guber-namentales pertinentes. Durante el año 2003, se evaluaron losprincipios y disposiciones normativas contenidas en los instru-mentos internacionales de derechos humanos y leyes espe-ciales reconocidas a los pueblos indígenas en cuanto al despla-zamiento forzado. Como resultado de este ejercicio, se elaboróun documento marco para la atención diferenciada a las comu-nidades indígenas en situación de desplazamiento que fue pre-

243

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 239: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

sentado al Gobierno nacional, en cabeza de la Red de Solida-ridad Social. A la fecha, aún no existe una directriz guberna-mental especial para la atención de personas y comunidadesindígenas desplazadas quienes siguen siendo atendidos medi-ante los procedimientos regulares.

En cuanto a la Coordinación Nacional de Atención alDesplazamiento Forzado, además de las múltiples acciones depromoción, investigación y mediación a favor de las personasen situación de desplazamiento forzado, desde el 2002 estaoficina dirige y ejecuta el proyecto de “defensores comunita-rios” que tiene como objetivo la presencia permanente de laDefensoría en zonas de alto riesgo de desplazamiento forzadoy otras violaciones masivas de derechos humanos. El proyec-to de defensores comunitarios se ejecuta en 17 zonas del paísfuertemente afectadas por el conflicto armado interno, de lascuales 1041 corresponden a zonas con amplios territorios indí-genas. Allí los defensores comunitarios, quienes ejercen lasfunciones y acciones propias de la Institución, concertan conlas autoridades indígenas los temas a trabajar y las actividadesa desarrollar. A través de este proyecto, la Defensoría buscacontribuir a fortalecer el Estado Social de Derecho en zonas endonde ha estado ausente y a generar condiciones de protecciónpara las comunidades afectadas por el conflicto armado y deprevención del desplazamiento forzado.

244

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

41 Estas son: La cuenca del Cacarica, el Bajo Atrato, el Medio Atrato y el Baudó enel Chocó, la costa pacífica vallecaucana en el Valle del Cauca, la costa pacíficanariñense en Nariño, el Macizo Colombiano en el Cauca, el Alto Sinú enCórdoba, la Sierra Nevada de Santa Marta en el Magdalena y la Sierra Nevadade Santa Marta en el César.

Page 240: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4. BUENAS PRÁCTICAS Y LECCIONES APRENDIDAS

La Defensoría del Pueblo ha acumulado, desde 1992, unamuy importante experiencia de acompañamiento a procesossociales y de interlocución con el Estado colombiano, con elpropósito de contribuir al fortalecimiento del Estado Social yDemocrático de Derecho y de la sociedad civil, como garantesdel respeto, protección y realización de los derechos humanosen Colombia.

Estas experiencias, variadas y multifacéticas, se desarro-llan en contextos regionales complejos, marcados por la inten-sificación del conflicto armado y el deterioro de las condi-ciones de vida de las comunidades. Cada experiencia de inci-dencia en políticas públicas o de interlocución con las autori-dades, con su particularidad, recoge una serie de leccionesaprendidas, a partir de las cuales es posible identificar las for-talezas de la Defensoría del Pueblo en el ámbito de la promo-ción y protección de los derechos de las personas y pueblosindígenas y los desafíos que tiene que asumir para garantizarla eficacia de sus estrategias.

A partir de las conversaciones con el Defensor Delegadopara Indígenas y Minorías Étnicas y su equipo de trabajo y dela revisión de informes y documentos de la Delegada, heescogido una experiencia por Macroproceso o función misio-nal que, a mi juicio, por sus características y por los resultadosalcanzados, puede considerarse como parte de las “buenasprácticas” en la atención a las personas y pueblos indígenas yde la cual es posible extraer aprendizajes para el quehacerinstitucional.

A continuación se presentan la descripción de las expe-riencias seleccionadas y un breve balance de los resultados:

245

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 241: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.1 Macroproceso Misional de ParticipaciónDemocrática para el EmpoderamientoCiudadano (Función Educativa)

Proyecto “Promoción, prevención y capacitación en dere-chos humanos, derecho internacional humanitario, dere-chos indígenas y ruta jurídica indígena”

El proyecto “Promoción, prevención y capacitación enderechos humanos, derecho internacional humanitario, dere-chos indígenas y ruta jurídica indígena” es desarrollado por laDelegada de Indígenas y Minorías Étnicas y la Delegada deNiñez, Juventud y Mujer de la Defensoría del Pueblo, en coor-dinación con la Asociación Latinoamericana para losDerechos Humanos, ALDHU, financiado por la agencia decooperación norteamericana USAID y administrado por laOrganización Internacional para las Migraciones, OIM. Elproyecto tiene una duración de doce meses a partir de febrerode 2004.

El objetivo principal del proyecto es fortalecer laautonomía de los pueblos indígenas a través de la capacitaciónen los derechos colectivos, derechos humanos y DerechoInternacional Humanitario. Asimismo se pretende la construc-ción conjunta de la ruta jurídica de desvinculación de niños yniñas indígenas del conflicto armado interno, con el fin de pre-venir la vinculación y el reclutamiento de los menores de edaden los grupos armados ilegales y, en el caso de las desvincula-ciones, garantizar la debida atención y reintegro de estos niñosa la vida civil.

246

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 242: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.1.1 Contexto en el que se ejecuta el proyecto

El escalamiento del conflicto armado interno afecta demanera significativa a la población civil colombiana. Uno delos grupos poblacionales más vulnerables es el de los pueblosindígenas, debido principalmente a su localización geográficaen lugares estratégicos para los actores armados quienes dia-riamente se enfrentan por su control. Adicionalmente, los pue-blos indígenas habitan regiones donde generalmente la presen-cia de las instituciones del Estado colombiano es incipiente oinexistente, por lo que el acceso a los derechos económicos,sociales y culturales es en extremo precario para la poblaciónrural y principalmente para las comunidades indígenas.

Las difíciles condiciones de vida, la cercana influencia dela cultura occidental en las comunidades indígenas, ya sea porlos campesinos colonos o por los actores armados, y el poco onulo reconocimiento de estas comunidades por parte de lasautoridades locales o regionales, aumentan en mayor grado lavulnerabilidad de la población indígena colombiana. Eldesplazamiento forzado de poblaciones indígenas, así como lavinculación “voluntaria”42 o reclutamiento forzado de niños yniñas a los grupos armados ilegales, representan una rupturaprofunda en el tejido social de estas comunidades, por que nosólo implican un desarraigo físico si no también un desarraigoespiritual, ya que el territorio representa el factor principalpara la existencia de los pueblos indígenas.

Constantemente se hace evidente el desconocimiento delos derechos a la autonomía y al territorio por parte de las mis-mas comunidades indígenas y de las autoridades estatales. La

247

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

42 Se ponen comillas por que el término voluntario es relativo. Se debe tener encuenta que este tipo de vinculaciones generalmente se deben a situaciones socia-les complejas como el maltrato infantil o las condiciones de pobreza y miseriaque se presentan en los resguardos y comunidades indígenas en el país.

Page 243: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Defensoría del Pueblo ha identificado esta situación y ha con-siderado necesario implementar un proceso de formación enestos derechos, dirigido a las comunidades indígenas y a losfuncionarios de las entidades municipales y departamentalescon competencia en el tema.

4.1.2 Actividades y Metodología

La metodología implementada se basa en cuatro ejes cen-trales: i) sensibilización y divulgación; ii) formación y multi-plicación; iii) construcción de una red de promotores indíge-nas; y iv) material pedagógico especializado.

La Defensoría del Pueblo coordina las siguientes activi-dades:

• Definir y consolidar el procedimiento jurídico y de aten-ción requerido en los casos de niños y niñas indígenasdesvinculados de los grupos armados ilegales.

• Formar treinta (30) líderes indígenas (gestores comunita-rios) avalados por las organizaciones indígenas regiona-les, en derechos humanos, Derecho Internacional Huma-nitario, derechos de los pueblos indígenas, derechos de losniños y niñas en riesgo por el conflicto armado interno.

• Realizar una campaña de sensibilización y divulgación dela Ruta Jurídica, a través de instrumentos como cartillas yafiches diseñados para tal fin.

• Implementar la experiencia de capacitación en DDHH,DIH y derechos colectivos a través de la cartilla “Un mun-do de derechos para el pueblo Yaraoni” a nivel nacional.

• Sensibilizar a los líderes indígenas, pertenecientes a diver-sas organizaciones indígenas del país, en la necesidad deemprender acciones de promoción y divulgación de los

248

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 244: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

DDHH, DIH, los derechos colectivos indígenas y losderechos de la población infantil indígena afectada por elconflicto armado.

• Sensibilizar autoridades y dirigentes indígenas frente a losriesgos que implican el reclutamiento de niños y niñasdentro de la estructura social y central de los pueblos indí-genas y trabajar colectivamente la Ruta Jurídica.

• Multiplicar la capacitación y sensibilización mediantetalleres locales realizados por 30 gestores indígenas capa-citados.

• Consolidar las memorias del proceso tanto de formacióncomo de reflexión en torno a la problemática y el segui-miento de la Ruta Jurídica Indígena.

• Cierre del proyecto mediante reunión nacional final yredacción del informe final de ejecución.

Paralelamente a estas actividades se tiene previsto la pu-blicación de materiales como una cartilla de “Ruta Jurídica”,un afiche de la “Ruta Jurídica” y la reedición de la cartilla “Unmundo de derechos para el pueblo Yaraoni”. Adicionalmente,durante el primer semestre de ejecución del proyecto, laDefensoría del Pueblo identificó la necesidad de proveer unmaterial de audio y video con el fin de facilitar la apropiaciónde los conceptos por parte de comunidades de tradición oral.Este material será distribuido a las personas y pueblos indíge-nas del país, como también a los funcionarios públicos quetienen competencia en el tema.

La metodología implementada ha otorgado prioridad a laconcertación del enfoque y de las actividades con los represen-tantes de las organizaciones. Los espacios de trabajo son alta-mente participativos y flexibles para promover y motivar eldiálogo intercultural necesario para la construcción de concep-

249

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 245: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

tos comunes. Esta flexibilidad ha permitido que el equipo detrabajo y el pedagogo del proyecto modifiquen los espaciosregionales y los adecuen de acuerdo con las necesidades par-ticulares de cada zona.

Los materiales pedagógicos están escritos en un lenguajesimple y son cortos, de manera que puedan ser entendidosfácilmente. Una de las cartillas ya fue producida concertada-mente e implementada por la Defensoría del Pueblo para tra-bajar con comunidades indígenas en el Amazonas colombiano.

4.1.3 Desarrollo y resultados parciales del proyecto

El proyecto inició en febrero del año 2004 con un tallernacional en el cual participaron aproximadamente 100 repre-sentantes de las diferentes organizaciones indígenas regionalesy nacionales, y 30 representantes de entidades estatalesresponsables de los temas tratados. El objetivo del taller erasocializar las estrategias y actividades del proyecto. Igual-mente se dio a conocer la propuesta para la construcción colec-tiva de la Ruta Jurídica de desvinculación de niños y niñas delconflicto armado interno.

En el taller los representantes de las organizaciones indí-genas presentaron sus recomendaciones sobre la metodologíaa aplicar en las diferentes regiones y acordaron la conforma-ción de un Comité Asesor integrado por un funcionario deALDHU, un funcionario de la Delegada de Indígenas, un fun-cionario de la Delegada de Niñez, un representante de laONIC, uno de la OPIAC, uno de la AICO y uno del CTC. Estecomité es el encargado de hacer el seguimiento a los talleresregionales y de participar activamente en las reuniones perti-nentes para la ejecución del proyecto. Posteriormente sefocalizaron las cinco ciudades donde se llevarían a cabo lostalleres macroregionales, estas fueron: Medellín, Villavicen-cio, Cali, Santa Marta y Bogotá.

250

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 246: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En cada una de estas jornadas, de tres días de duración, setrabajaron los temas de derechos humanos tratados en el tallernacional y se presentó un borrador de la Ruta Jurídica con elobjetivo de que ésta fuera modificada por los asistentes altaller. Adicionalmente de cada taller macroregional fueronelegidos seis representantes, denominados “gestores comuni -tarios”, para un total de 30 indígenas replicadores de la capa-citación. Cada uno de estos gestores comunitarios tiene uncontrato con la ALDHU por seis meses, durante los cuales dic-tará dos talleres a las comunidades indígenas de su región, enlos mismos temas anteriormente descritos, y realizará losinformes de actividades y resultados respectivos.

Hasta el momento se ha realizado el 42% de los 60 talleresregionales programados y hasta la fecha se han capacitado1.103 indígenas, 214 representantes de organizaciones, 144funcionarios públicos y 13 personas pertenecientes a organiza-ciones no gubernamentales.

El proyecto finalizará en febrero del 2005 con un tallernacional al que asistirán todas las organizaciones indígenasque han participado a lo largo de este proceso de construccióncolectiva. En el taller final se presentarán los resultados de lascapacitaciones y se presentará la nueva Ruta Jurídica construi-da concertadamente. Actualmente, la Defensoría del Pueblo seencuentra gestionando recursos para implementar la segundafase del proyecto que tendrá como fin la socialización de laRuta Jurídica con los funcionarios de las entidades estataleslocales y regionales, así como con los miembros de la FuerzaPública.

4.1.4 Balance de la experiencia

El proyecto “Promoción, prevención y capacitación enderechos humanos, derecho internacional humanitario, dere-

251

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 247: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

chos indígenas y ruta jurídica indígena” es una muy impor-tante experiencia para la Defensoría del Pueblo en materia deformación en derechos humanos de los pueblos indígenas y depromoción del acceso a la justicia.

La protección de la infancia indígena resulta ser un temanovedoso en Colombia, ya que si bien es cierto existen progra-mas de desvinculación de menores de los grupos armados ile-gales, ejecutados por el Instituto Colombiano de BienestarFamiliar, ICBF, no hay ningún programa estatal específicopara la atención especializada de los niños y niñas indígenasque se encuentran en esta situación. Resulta inclusive másinteresante el hecho que ésta no sea una propuesta estatal si noque se ha construido con una gran participación de las per-sonas y pueblos indígenas de todas las regiones del país.

La consulta y la construcción de consenso desde el iniciodel proyecto entre los ejecutores de éste y los pueblos indíge-nas que han participado en el proceso han permitido que elproyecto sea exitoso en cuanto a la apropiación de los concep-tos y los temas por parte de los participantes. La permanenteconstrucción colectiva del proyecto y el hecho de que los “ta-lleristas” sean indígenas que hablan la misma lengua y com-parten la misma cosmovisión de sus comunidades han sido, entérminos metodológicos, aciertos y aportes significativos a laconstrucción de modelos pedagógicos para la formación enderechos humanos de pueblos indígenas.

Igualmente, la implementación del proyecto ha tenido encuenta las diferencias regionales que influyen drásticamenteen los contextos en donde se encuentran las distintas comu-nidades indígenas. Esto implicó que los talleres regionalesfueran modificados sobre la marcha, con el fin de acoplarse alas necesidades particulares de cada zona. Esto permitió unaparticipación activa de todos los asistentes a los eventos.

252

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 248: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El material pedagógico utilizado está diseñado para comu-nidades mayoritariamente iletradas, por su histórica tradiciónoral. En este sentido, se ha priorizado la utilización de he-rramientas de audio y video durante las jornadas educativas.Este tipo de estrategias resultan muy positivas para despertarel interés de los beneficiarios acerca de los temas presentadosy garantizan una participación activa en las sesiones de traba-jo.

Con el fin de garantizar la sostenibilidad del proceso, esfundamental que la Defensoría del Pueblo realice unseguimiento sistemático a la labor de los gestores comunita-rios, con el fin de establecer si el impacto de las actividadesrealizadas resulta eficaz para la concientización de las per-sonas y los pueblos indígenas sobre las consecuencias negati-vas que tiene la vinculación de sus niños y niñas a los gruposarmados ilegales.

Igualmente, resulta fundamental que los resultados delproyecto no sólo se midan por el número de personas indíge-nas capacitadas. Para la evaluación del cumplimiento de losobjetivos, se deben formular indicadores de gestión de corto ymediano plazo que contemplen por ejemplo, el número y tipode iniciativas comunitarias que incluyan actividades espe-ciales para la educación de los niños y las niñas, o para la pre-vención del maltrato infantil dentro de las familias.

A través del proyecto de “Promoción, prevención y capa-citación en derechos humanos, derecho internacional humani-tario, derechos indígenas y ruta jurídica indígena”, la Defen-soría del Pueblo, conjuntamente con sus aliados estratégicos,está ejerciendo de manera efectiva la función de educar en losmecanismos nacionales de acceso y exigibilidad de la justicia.

253

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 249: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.2 Macroproceso Misional de Investigación para laAcción (Función investigativa)

Resolución Defensorial sobre la situación de derechoshumanos de las comunidades indígenas de la Sierra Nevada deSanta Marta

La experiencia seleccionada se refiere a la situación dederechos humanos de los pueblos indígenas que habitan laSierra Nevada de Santa Marta, al norte del país. La Defensoríadel Pueblo ha documentado la situación a partir de varias vi-sitas al terreno y sesiones de trabajo con las autoridadesestatales y las comunidades indígenas de la zona. Es un casoemblemático en Colombia por las dimensiones exageradas deviolencia que se han presentado y por el reconocimiento queesta problemática ha adquirido con el tiempo por parte delGobierno colombiano, las ONG nacionales e internacionales ylas agencias del Sistema de Naciones Unidas en Colombia.

4.2.1 Contexto de la región de la Sierra Nevada de Santa Marta

La Sierra Nevada de Santa Marta es un complejo mon-tañoso, con una extensión de 17.000 km2, que abarca tresdepartamentos: César, Guajira y Magdalena. Ha sido califica-da como patrimonio mundial por la UNESCO por sus carac-terísticas únicas de flora y fauna, por su riqueza de fuenteshidrográficas y por su diversidad cultural.

La población indígena de la Sierra Nevada asciende a43.00043 personas que pertenecen a cuatro pueblos, localiza-

254

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

43 Informe Final Proyecto de Acompañamiento Permanente de la Defensoría delPueblo a Comunidades en Riesgo de Desplazamiento Forzado, Agosto 2004.Defensoría del Pueblo-Coordinación Nacional de Atención al DesplazamientoForzado.

Page 250: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

dos de la siguiente manera: pueblo indígena Kankuamo enC é s a r, pueblo indígena A rh u a c o en César y Magdalena,pueblo indígena Wiwa en César, Magdalena y Guajira y puebloindígena Kogui en Magdalena y César. Estos pueblos se ca-racterizan por mantener culturas milenarias y diversas, y for-mas lingüísticas propias. Igualmente, presentan especifici-dades en los usos y costumbres, en su forma de vestir, en losproce-dimientos utilizados para cultivar la tierra, en su dietaalimenticia y en su relación con el ambiente y recursos natu-rales.

Los pueblos Arhuaco, Wiwa, Kogui y Kankuamo se orga-nizado, en los últimos años, alrededor del Consejo Territorialde Cabildos, aunque cada pueblo cuenta con su organizaciónpropia. Los Arhuacos se congregan alrededor de la Confede-ración Indígena Tayrona (CIT), los Kogui, en la OrganizaciónGonawindua Tayrona (OGT), los Wiwa, en la OrganizaciónYugumaiun Bunkuanurwa Tayrona (OWYBT) y los Kankua-mo, en la Organización Indígena del Pueblo Kankuamo (OIK).

La existencia de estos pueblos se ha visto alterada, a par-tir de la década de los 50, por la llegada de grupos de colonosprovenientes de otras regiones del país, desplazados por la vio-lencia. Esta situación causó y sigue provocando conflictosentre pueblos indígenas y colonos, en particular por el uso ytenencia de la tierra, que se agravaron con la aparición yexpansión de los cultivos de uso ilícito. A mediados de la déca-da de los 70, hubo un gran auge de plantaciones de marihuanaque, a partir de la década de los 90, fueron reemplazadas enforma progresiva por cultivos de coca. Paralelamente, se ini-ció el ingreso de grupos armados ilegales (guerrilla y posteri-ormente paramilitares) en estos territorios.

Con el ingreso de la guerrilla, a finales de los años 70, secomenzaron a presentar agresiones directas contra las comu-nidades, las cuales se agravaron con la llegada, en los ochen-

255

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 251: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ta, de los grupos paramilitares, creando un deterioro progresi-vo y cada vez más grave del orden público que ha golpeadosignificativamente la vigencia de los derechos humanos de lospueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.

4.2.2 Situación de los pueblos indígenas de la Sierra Nevada

En los cuatro últimos años, el conflicto armado en laSierra Nevada de Santa Marta se ha convertido en la principalcausa de vulneración de los derechos humanos de los pueblosque habitan esta región. Las violaciones de las que han sidoobjeto han afectado derechos civiles y políticos, económicos,sociales y culturales. Lo más grave para estos pueblos es elefecto de estos hechos en la realización de sus derechos colec-tivos, debido a la importancia que revisten para su perviven-cia.

Los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Martahan denunciado en comunicados públicos la grave situación dederechos humanos por efecto del conflicto armado que desdehace varios años soporta esa zona del país. La Sierra Nevadade Santa Marta se ha convertido en un territorio estratégicopara los actores armados, debido a su posición geoestratégicaque incluye corredores de movilización para el tráfico dearmas y narcóticos hacia dentro y fuera del país. Los gruposguerrilleros (FARC y ELN) y paramilitares (AUC) disputan elcontrol de estos territorios. Esta disputa territorial se material-iza, por lo general, en confrontaciones armadas, intimidacióny estigmatización de la población civil, desplazamientos forza-dos, masacres, desapariciones y asesinatos selectivos44.

256

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

44 Ibídem.

Page 252: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Según la Defensoría del Pueblo, durante los últimos tresaños han sido asesinados por los grupos armados ilegalesaproximadamente 120 indígenas pertenecientes a los cuatropueblos de la Sierra Nevada de Santa Marta, pero especial-mente al pueblo Kankuamo. Adicionalmente las cifras dedesplazamiento de familias indígenas reportan unas 300, sinembargo podrían ser más, debido a las dinámicas de desplaza-mientos temporales, invisibles para las autoridades guberna-mentales, dentro de los resguardos indígenas. Estos desplaza-mientos consisten en que las familias se trasladan a casas defamiliares o amigos indígenas o se esconden en la selva mien-tras ocurren las confrontaciones armadas. Una vez estas cesan,las personas vuelven a sus lugares de origen45.

4.2.3 Actividades realizadas y documentos producidos

Las múltiples vulneraciones individuales y masivas dederechos humanos ocurridas en la Sierra Nevada de SantaMarta fueron conocidas por la Defensoría del Pueblo desde elaño 2000. A partir de este momento, se empezaron a elaborarinformes y a implementar acciones para la prevención de éstoshechos y la atención a las víctimas.

En julio del 2006 se realizó una primera MisiónHumanitaria a la Sierra Nevada de Santa Marta, en coordi-nación con agencias internacionales, ONG’s de derechoshumanos y algunas entidades gubernamentales, con el fin devalorar la situación actual de los pueblos indígenas, elaborar ypresentar un informe de la Misión a los organismos del Estadopara las acciones pertinentes, visibilizar en el ámbito nacional

257

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

45 Ibídem.

Page 253: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

e internacional la situación de los pueblos indígenas y confor-mar un grupo de seguimiento a la situación de derechoshumanos, con las organizaciones partícipes de la misión.

La misión humanitaria elaboró un primer informe en elque se incluyen recomendaciones dirigidas a las autoridadesgubernamentales, para garantizar la protección y seguridad delos pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.

Posteriormente en junio del 2001, se realizó una visita a laMisión del año 2000, con el propósito de hacer el seguimien-to a los acuerdos y recomendaciones establecidas en el infor-me de la primera Misión. Igualmente, se realizaron visitas alos territorios indígenas de los diferentes pueblos, con el fin derecolectar información sobre la situación de derechoshumanos de las comunidades. El resultado de esta visita deseguimiento fue un nuevo informe en el que se describen lasactividades realizadas en terreno y se relatan los resultados delas reuniones.

En junio del 2002, la Defensoría del Pueblo presenta un“Informe Defensorial sobre la situación de derechos humanosde los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta yde la Serranía del Perijá (Arhuacos, Kogui, Wiwa, Kankuamoy Yukpa)”46. Este informe es redactado por la Delegada deIndígenas, con base en la información recogida en las visitasanteriores y las denuncias de violaciones de derechos humanosrecibidas por la Defensoría.

El Informe Defensorial cuenta con la siguiente informa-ción: i) diagnóstico de la situación de derechos humanos; ii)vulneración a los derechos colectivos de los pueblos indíge-

258

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

46 El informe se encuentra en la página Web de la Defensoría del Pueblo:www.defensoria.org.co

Page 254: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

nas; iii) vulneración a los derechos económicos, sociales y cul-turales; iv) instrumentos nacionales e internacionales para laguarda y protección de los derechos de los pueblos indígenas;v) presentación y evaluación de la acción estatal en aspectosinstitucionales y de política pública; vi) acción de las autori-dades indígenas y acción de la Defensoría, y vii) recomenda-ciones a las entidades gubernamentales y estatales pertinentes,a las organizaciones indígenas y a la Defensoría del Pueblo.

A raíz del constante aumento de denuncias y quejas sobreviolaciones de derechos humanos en la Sierra Nevada, elDefensor del Pueblo expidió la Resolución Defensorial No.2447, en septiembre de 2002. La Resolución fue presentada enuna Audiencia Defensorial en la ciudad de Valledupar, enoctubre del mismo año. En esa oportunidad el Defensor delPueblo denunció enfáticamente los hechos atroces cometidospor los actores armados ilegales contra los pueblos indígenasde la región, instó a las autoridades competentes a seguir susrecomendaciones y recordó la labor investigativa realizada porla Defensoría en el tema.

Un año después de la expedición de dicha Resolución, laDefensoría Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas rea-lizó un informe de seguimiento. En el documento se evidenciaque las entidades responsables no implementaron las medidassuficientes para atender la situación de crisis humanitaria en laSierra Nevada y que se presenta un aumento desmesurado dehechos de violaciones de derechos humanos en contra de lospueblos indígenas de la zona, particularmente en contra elpueblo Kankuamo.

El escalamiento continuo de la situación de violencia en laSierra Nevada de Santa Marta durante los años 2001, 2002 y

259

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

47 La resolución se encuentra en la página Web de la Defensoría del Pueblo:www.defensoria.org.co

Page 255: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

2003, así como el incumplimiento de la ResoluciónDefensorial No. 024, llevó a que se conformara una Comisiónde Observación integrada por el Secretariado Nacional dePastoral Social de la Conferencia Episcopal de Colombia, laDefensoría del Pueblo y, en calidad de observadora, la Oficinadel Alto Comisionado de Naciones Unidas para los DerechosHumanos en Colombia. Esta Comisión se llevó a cabo ennoviembre del año 2003 y consistió en visitas a diferentesmunicipios y comunidades indígenas de la zona.

El informe contiene cuatro secciones: i) un contexto quedescribe las generalidades y la problemática de la Sierra; ii)una revisión del seguimiento de las actividades del Estado enel marco de la Resolución No. 024; iii) los resultados de laobservación en terreno; y iv) las conclusiones y recomenda-ciones dirigidas a las autoridades gubernamentales y esta-tales48.

4.2.4 Balance de la experiencia

La Defensoría del Pueblo ha realizado cinco (5) documen-tos de descripción, análisis y recomendaciones sobre lasituación de derechos humanos de los pueblos indígenas de laSierra Nevada de Santa Marta. A través de estos informes, laDefensoría ha logrado visibilizar ante la opinión pública lasituación de los pueblos indígenas de la Sierra Nevada deSanta Marta y posicionar la problemática de derechoshumanos y Derecho Internacional Humanitario de esta regiónen la agenda gubernamental y del Sistema de Naciones Unidasen Colombia.

260

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

48 Informe de la Comisión de Observación de la crisis humanitaria en la SierraNevada de Santa Marta, Noviembre 2003. Secretariado Nacional de PastoralSocial Conferencia Episcopal de Colombia, Defensoría del Pueblo, Delegada deIndígenas y Minorías Étnicas.

Page 256: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Como resultado de esta labor de visibilización y media-ción, el Gobierno nacional, a través del Programa Presidencialde Derechos Humanos y DIH abrió, recientemente, una ofici-na en Valledupar para atender la problemática de la SierraNevada de Santa Marta. Asimismo, la resolución defensorialpara la Sierra Nevada de Santa Marta se ha convertido en unreferente obligado de consulta para muchas investigaciones deotras entidades y organizaciones y en punto de partida para laformulación de diagnósticos y recomendaciones.

El seguimiento sistemático a una situación, como la des-crita, le permite a la Defensoría profundizar en el conocimien-to de una problemática y presentar recomendaciones acertadaspara su solución.

Sin embargo resulta preocupante que a pesar de los llama-dos reiterados de la Defensoría del Pueblo a las entidadesresponsables y a los actores armados ilegales, la situación deviolencia en contra de estos pueblos y sus territorios no ha pre-sentado mejoras significativas. Por el contrario, en el año 2003la Comisión Interamericana de Derechos Humanos decretóMedidas Cautelares para la protección de la vida e integridadde los indígenas Kankuamos y, debido al escalamiento dehechos violentos en contra de esta comunidad durante el 2004,la Corte Interamericana decretó, en julio de este año, MedidasProvisionales para este mismo pueblo. Tanto la Comisión co-mo la Corte Interamericana de Derechos Humanos retomaronen los documentos dirigidos al Gobierno colombiano el diag-nóstico y algunas de las recomendaciones de la ResoluciónDefensorial No. 24.

La reiterada desatención de las autoridades a las recomen-daciones presentadas por la Defensoría exige de ésta accionesde mayor contundencia para lograr el cumplimiento efectivode la responsabilidad de proteger los derechos fundamentalesde los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.

261

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 257: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Si la persuasión y los recursos gubernativos no producen losresultados esperados, la entidad debe considerar la interposi-ción de acciones judiciales para prevenir la vulneración de losderechos o para que los derechos vulnerados sean reparados.

4.3 Macroproceso Misional de Atención (FunciónMediadora)

En cuanto a la función mediadora, referida a los diferentescomponentes y estrategias de atención al ciudadano, son variaslas experiencias significativas con personas y pueblos indíge-nas. En la medida que esta función ocupa un buen porcentajedel tiempo de trabajo de la Delegada para Indígenas yMinorías Étnicas, es difícil establecer las gestiones más impor-tantes o de mayor impacto. Sin embargo, con el fin de identi-ficar algunas lecciones aprendidas determinantes para el for-talecimiento de la protección de los derechos de los pueblosindígenas y de su acceso a la justicia, presentaré algunos casosespecialmente ilustrativos:

4.3.1 Descripción de los casos

Consulta a la Defensoría del Pueblo sobre si la existenciade la jurisdicción indígena implicaba que las autoridadesindígenas también fueran autoridades ambientales dentrode su ámbito territorial49

La Defensoría afirmó en su concepto que cuando elConstituyente reconoció la jurisdicción especial indígena pre-tendió admitir las formas propias de administración de justiciade las comunidades indígenas, las cuales integró al esquema

262

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

49 Caso retomado del Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de Colombia,2001.

Page 258: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ordinario de administración de justicia del país. Agregó que elcontenido de la jurisdicción indígena no se reducía al ámbitopenal, eso es, al establecimiento y sanción de delitos, sino queabarcaba también otros aspectos, tales como el civil y defamilia, aun cuando técnicamente no se establecieran estasdiferenciaciones dentro de las mismas comunidades indígenas.

La Defensoría afirmó que las autoridades indígenas sí ac-túan como autoridades ambientales, pero que ello no sededucía del reconocimiento constitucional de la jurisdicciónindígena sino del artículo 330 de la Constitución. Esta normaasigna funciones administrativas a los consejos de las comu-nidades indígenas en sus territorios, facultades dentro de lasque se encuentra la de velar por la preservación de los recur-sos naturales. La Defensoría precisó que aunque algunos con-sideran que el artículo 330 no tendrá vigencia hasta que seexpida la ley que conforme y reglamente las entidades territo-riales indígenas, las facultades consignadas en ese artículoconstitucional pueden ser desarrolladas directamente por losconsejos indígenas sin necesidad de esperar a que se dicte unaley reglamentaria. La Defensoría llegó a esta conclusión a par-tir del reconocimiento constitucional de la autonomía de lospueblos indígenas y del hecho de que las facultadesconsignadas en el artículo 330 han sido ejercidas de maneratradicional por las autoridades indígenas. Finalmente, la insti-tución aclaró que las autoridades indígenas deben hacer uso desus facultades en materia ambiental dentro del marco normati-vo que ofrecen la Constitución y las leyes.

Caso de indígena Uwá en Arauca

La persona en cuestión después de asesinar a su esposa yherir a su cuñada en la comunidad donde habitaban, se entregóa la Fiscalía. Confesado el crimen, el sindicado fue condenado

263

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 259: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

a 29 años de prisión por parte del juez penal. En esta decisiónel juez no consideró la identidad étnica del sindicado ni apelóa la jurisdicción especial indígena para resolver el caso. Anteesta situación, la persona en cuestión decide apelar ante laDefensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Naciónpara que su caso fuera trasladado a la jurisdicción especialindígena.

En una acción conjunta la Defensoría y la Procuraduríapresentaron esta petición ante el Tribunal de Cúcuta quienaceptó los argumentos presentados y anuló todo lo actuado porel juez de primera instancia. Sin embargo, el juez por su parteapeló ante el Consejo Superior de la Judicatura, argumentandoque ese crimen no debía ser juzgado por la jurisdicción indíge-na y que una pena razonable y ejemplarizante no podría sero t o rgada por la misma comunidad indígena. El ConsejoSuperior de la Judicatura no halló méritos para revocar ladecisión del Tribunal de Cúcuta y ratificó la sentencia de estainstancia y determinó que este indígena uwá debía ser entrega-do a las autoridades de su comunidad.

Al momento de hacerse efectiva la orden del ConsejoSuperior de la Judicatura, el indígena se negó a ser llevado asu comunidad, argumentando que su vida corría peligro porsupuestas amenazas de la guerrilla. Por su parte la autoridadindígena tampoco quería recibirlo pues en la comunidad no secontaba con los medios para impartir el castigo merecido. Anteestas declaraciones, la Defensoría del Pueblo se pronuncióinstando a la autoridad indígena debía garantizar la vida yseguridad de esta persona dentro del territorio, en la medida enque se estaba ejerciendo la autonomía y la jurisdicción indíge-na.

Finalmente, gracias a la mediación de la Defensoría Sec-cional de Arauca y la Delegada para Indígenas y MinoríasÉtnicas, la autoridad indígena y en Instituto Nacional Peniten-

264

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 260: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ciario y Carcelario, INPEC, llegaron al acuerdo de que esteindígena quedaría bajo la custodia del director de la cárcel delArauca.

Elección de autoridades indígenas del Resguardo Ticuna-Cocama-Yagua de Puerto Nariño, Trapecio Amazónico50

En coordinación con la Defensoría Seccional delAmazonas, la Delegada para Indígenas y Minorías Étnicasatendió las acciones de mediación con las partes en conflicto,con ocasión de la elección del Curaca Mayor del Resguardo dePuerto Nariño que es compartido por varios pueblos indígenas.

La mencionada elección fue motivo de conflicto e impug-nación por el incumplimiento del reglamento interno delResguardo Ticuna, Cocama y Yagua. Este hecho se materia-lizó en la ausencia de consenso entre los 21 cabildos menoresde la jurisdicción del municipio de Puerto Nariño, y la no con-vocatoria de la asamblea integrada por 210 miembros, 10 porcada cabido menor, con facultades para realizar la elecciónconforme con los procedimientos internos.

La acción defensorial aproximó a las partes para promoverun acuerdo para realizar una nueva elección, atendiendo a losconductos regulares establecidos por las autoridades indíge-nas, según la máxima asamblea, y cumpliendo los derechosgarantizados a los pueblos indígenas y sus autoridades en laConstitución, las leyes y la normativa internacional.

Salud de pueblos indígenas del Vaupés51

La Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas, previapetición de los pueblos indígenas del Vaupés y de la Defen-

265

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

50 Este relato fue retomado del Informe del Defensor del Pueblo al Congreso deColombia, 2003.

51 Ibidem.

Page 261: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

soría Seccional, realizó actividades de estudio, análisis, ase-soría, orientación, acompañamiento y mediación para neu-tralizar el conflicto suscitado entre la Administradora delRégimen Subsidiado52 “ARS Salud Total” y las organizacio-nes indígenas del departamento, por fallas en la prestación deservicios a cargo de la ARS.

La evaluación de las autoridades indígenas frente a la efi-ciencia y calidad de los servicios prestados por dicha admi-nistradora de salud arrojó una alta inconformidad que seforma-lizó en la decisión mayoritaria de los pueblos indígenasdel Vaupés de desafiliarse masivamente de la ARS y requeriral Departamento de Salud del Vaupés asumir por cuenta de laentidad territorial la prestación de dichos servicios. Paraexplorar la viabilidad de esta demanda se consultó al Minis-terio de Protección Social al respecto, pero el concepto fuenegativo.

En este punto del conflicto, la Delegada realizó un acom-pañamiento a las comunidades en la zona y recomendó iniciarun proceso de diálogo para buscar una salida provisional quegarantizara la prestación de los servicios, en tanto se definía demanera concertada la forma adecuada de resolver la pro-blemática.

Estos casos demuestran la variedad de situaciones que sonpresentadas a la Defensoría del Pueblo para que intervenga enla búsqueda de soluciones, en facilitar espacios de interlocu-ción y negociación entre las autoridades indígenas y las instan-cias gubernamentales y estatales y en demandar de las institu-ciones gubernamentales acciones concretas para la realizaciónde los derechos de los pueblos indígenas.

266

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

52 Administradora de salud contratada por la entidad territorial para prestar servi-cios de atención en salud a la población indígena del departamento).

Page 262: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.3.2 Balance General

En estos, como en muchos otros casos, la solicitud demediación está precedida por el reconocimiento del mandatode defensa y protección de los derechos humanos de laDefensoría del Pueblo, por parte de las autoridades y organi-zaciones indígenas.

En concertación con los representantes de organizacionesindígenas y de la sociedad civil y las autoridades locales/nacionales y por intermedio de sus oficinas regionales y susDelegadas, la Defensoría se ha propuesto identificar de ma-nera cada vez más sistemática los problemas locales de dere-chos humanos que se presentan en los distintos territorios delpaís. Con esto busca lograr una respuesta estructural y sosteni-da a las causas de dichos problemas.

También ha venido realizando una evaluación de las par-ticularidades y necesidades de los pueblos indígenas con el finde encontrar cada vez más, tanto a nivel nacional como exter-no, recursos y canales para coordinar una acción colectivaentre las autoridades y los pueblos indígenas.

5. LA VISIÓN INDÍGENA SOBRE LA DEFENSORÍADEL PUEBLO

Como ya se mencionó, durante el estudio se realizaronentrevistas y reuniones con líderes y miembros de organiza-ciones indígenas nacionales (ONIC y OPIAC) y regionales delos departamentos de Chocó (OREWA) y Amazonas (AZCAI-TA y ACITAM), y con uno de los congresistas indígenas, TaitaLorenzo Almendra, perteneciente al pueblo Guambiano.Inicialmente estaba prevista una reunión con miembros de laConfederación Indígena Tayrona, CIT de la Sierra Nevada deSanta Marta, pero debido a la realización de una asamblea

267

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 263: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

interna del pueblo arhuaco y al trabajo tradicional que debenrealizar los líderes en esta época del año, no fue posible acor-dar una fecha para dicha reunión.

En las conversaciones con los líderes y miembros de orga-nizaciones indígenas nacionales y regionales, expresaron quepara sus pueblos el acceso a la justicia está estrechamente li-gado con el territorio, el fortalecimiento de sus autoridades yel respeto de su jurisdicción propia. En términos generalesidentifican como principales problemas al acceso a la justicialos siguientes:

• Desconocimiento de la diversidad étnica y cultural y delderecho a la jurisdicción especial de los pueblos indígenaspor parte de las autoridades del Estado. Este desconoci-miento limita e impide, en muchos casos, el ejercicio deeste derecho autonómico.

• Desconocimiento de sus propias leyes y formas deresolver los conflictos al interior de sus comunidades porparte de las autoridades del Estado.

• Desconocimiento de sus autoridades. Las imposicioneshechas a las comunidades indígenas por parte de los acto-res armados en conflicto, impide ejercer la jurisdicciónespecial.

Esta situación se traduce en la frecuente violación de dere-chos de las personas y pueblos indígenas y en la falta deacciones efectivas de protección, atención y reparación. Laspolíticas públicas y los mecanismos gubernamentales paraatender los requerimientos de los pueblos indígenas son, atodas luces, débiles e insuficientes. El reconocimiento consti-tucional de la diversidad étnica y cultural de la Nación colom-biana y de los derechos de los pueblos indígenas no ha signifi-

268

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 264: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

cado la voluntad política de todos los estamentos gubernamen-tales y estatales, nacionales y regionales, para cumplir a caba-lidad con el mandato constitucional y las leyes.

Al desconocimiento de los derechos de los pueblos indíge-nas y a la vulnerabilidad a la que están sometidos por la faltade una adecuada atención por parte del Estado, se suman losgraves efectos del conflicto armado interno por el queatraviesa el país desde hace varias décadas y de la crisishumanitaria de los últimos años.

Por tratarse de pueblos y comunidades cuya identidad seconstituye y soporta en su espacial relación con su territorio ysu sentido de pertenencia a sus comunidades, éstos se hanresistido sistemáticamente al desalojo de sus territorios y aldesplazamiento forzado por cualquiera de los actores armados.A pesar de estar inmersos en situaciones y regiones de alta vul-nerabilidad frente al conflicto armado, estos pueblos y comu-nidades sostienen que no existe razón alguna que los obligue aabandonar sus territorios y dispersar sus comunidades, lo cualrepresenta para ellos la enfermedad y la muerte de sus cul-turas. Sin embargo es claro que la situación que debenenfrentar las comunidades que se resisten al desplazamientoforzado implica, en la mayoría de los casos, el desabaste-cimiento de alimentos y elementos básicos, problemas para lalibre movilización, dificultades para el acceso a los serviciosde salud, así como para el funcionamiento de escuelas yproyectos comunitarios. Estas situaciones impactan de maneranegativa y en dimensiones alarmantes las condiciones de vidade dichas comunidades y pueblos.

Frente a esta situación, los líderes entrevistados y losmiembros de las organizaciones, con quienes se conversó,reconocen el importante rol de la Defensoría del Pueblo en ladefensa de los derechos de los pueblos indígenas del país, pero

269

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 265: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

manifiestan inquietudes respecto a algunos aspectos de sulabor. A continuación se presentan las apreciaciones y opi-niones con relación a la defensa de los derechos humanos delas personas y pueblos indígenas, el trabajo en las regiones yel derecho al acceso a la justicia:

5.1 La defensa de los DDHH

Según los líderes y miembros de las organizaciones indí-genas entrevistadas, la Defensoría del Pueblo ha garantizado lavisibilización oportuna de las situaciones de riesgo y violaciónde derechos humanos. Sin embargo, también expresan que envarias ocasiones, ha estado ausente cuando debe pronunciarse,en casos puntuales, frente a hechos concretos de protección ala vida. Según algunos líderes, en algunas situaciones espe-cialmente conflictivas, en aras de mantener buenas relacionescon el Gobierno nacional, la Defensoría ha adquirido un perfilbajo que no parecería reflejar una posición decidida de respal-do efectivo a las víctimas de las violaciones de derechoshumanos y de las infracciones al Derecho InternacionalHumanitario. En este sentido, expresan que la posición de laDefensoría debe ser siempre y sin excepciones independiente,clara y sin ambigüedades.

Si bien reconocen claramente que existe una intencionali-dad a favor de los derechos de los pueblos indígenas en losfuncionarios de la entidad, el hecho de ser una entidad estatalimplica limitaciones a la hora de pronunciarse y de actuar. Encircunstancias en las cuales se requiere, por parte de laDefensoría, enfáticas manifestaciones de denuncia y de exi-gencia hacia las autoridades gubernamentales, la tensión, entreser una entidad de control y seguimiento y de defensa de losderechos humanos y hacer parte al mismo tiempo del aparatoestatal, es decir del “establecimiento”, parece hacerse evi-dente.

270

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 266: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Para los indígenas entrevistados, la posición institucionalde la Defensoría del Pueblo no debe depender de la posiciónde quien esté al frente, es decir del Defensor del Pueblo, sinoque debe ceñirse estrictamente a su mandato constitucional.

Si bien reconocen las gestiones exitosas de la entidad enmateria de derechos humanos y DIH, expresan que se debeavanzar mucho más, especialmente en cuanto a los derechoscolectivos para garantizar su reconocimiento y realización porparte de las diferentes autoridades. La Defensoría debe fortale-cer sus mecanismos de seguimiento al cumplimiento delEstado en esta materia.

Por otro lado, reconocen que las resoluciones defenso-riales son válidas por los planteamientos y recomendacionesque en ellas se hacen. Sin embargo, preocupa a las organiza-ciones indígenas que éstas no implican acciones vinculantes,por lo que en muchas ocasiones sólo llegan a ser simplesdeclaraciones. Con el fin de superar esta limitación, laDefensoría podría acudir, de manera más decidida, a accionesjudiciales (acciones de tutela, acciones populares, demandas,acciones de inconstitucionalidad, etc.) para defender los dere-chos de los pueblos indígenas. De esta manera se verían for-talecidos mecanismos como las resoluciones defensoriales.

En cuanto a las capacidades y recursos de la Defensoríapara el trabajo en el tema indígena, los líderes de las organiza-ciones nacionales expresan que la Defensoría debe definir cri-terios claros para escoger a los funcionarios que trabajan en eltema indígena. Plantean que en muchas regiones se encuentrancon funcionarios que, aparentemente, asumen el tema indíge-na sin una real convicción. Observan que existe una distanciaentre el nivel nacional de la Defensoría y algunas de sus ofi-cinas regionales, en cuanto al conocimiento de los derechos delos pueblos indígenas y el compromiso con el que atienden sus

271

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 267: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

peticiones y quejas. En este sentido, expresan que la coordi-nación entre el nivel nacional y las oficinas regionales pareceser insuficiente.

Para las organizaciones con quienes se conversó, en lasregiones la Defensoría debe brindar mayor asesoría y acom-pañamiento a las organizaciones indígenas, con el fin de for-talecerlas en la exigencia de sus derechos. La interlocución nopuede ser sólo coyuntural, para resolver situaciones urgentes.La Defensoría así como las organizaciones deben fortalecer sualianza, ya que esta resulta estratégica para presionar, de ma-nera conjunta y con base en información rigurosa, a las autori-dades regionales a fin de que cumplan con su deber de aten-ción a los pueblos indígenas.

5.2 El trabajo en las regiones

En el caso de la presencia de la Defensoría en los territo-rios indígenas del Chocó, según los líderes de la OREWAentrevistados, ésta se produce de manera más recurrente,después de la masacre de Bojayá (2 de mayo de 2002). Antesde esta fecha, la Defensoría no había mostrado un particularinterés por el tema indígena en el Chocó. Con la llegada de losdefensores comunitarios al Medio y Bajo Atrato, a mediadosde 2002, la Defensoría asume un rol más protagónico en laprotección de los derechos de los pueblos indígenas y en alacompañamiento permanente a las comunidades, especial-mente en las zonas de mayor riesgo por el conflicto armado.

Aún cuando hay una mayor presencia de la Defensoría enlos territorios indígenas, la visibilización de la problemáticaindígena del Chocó no es sistemática. A juicio de la OREWA,ésta sigue siendo puntual, reactiva y no lo suficientementeestratégica. A pesar de que hoy por hoy observan un mejor tra-

272

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 268: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

bajo de la Defensoría y de que esta se pronuncie acerca de lasviolaciones de derechos humanos e infracciones al DIH encontra de las personas y pueblos indígenas, sus actuacionesresponden principalmente a las emergencias.

Con el fin de superar esta debilidad, se requiere un mayoresfuerzo de levantamiento periódico de información y de do-cumentación de casos, con el fin de garantizar un seguimientoefectivo a la situación de derechos humanos de los pueblosindígenas del Chocó y una mayor incidencia en las decisionesgubernamentales para la atención y solución de los problemasque aquejan a las diferentes comunidades.

Por otro lado, preocupa a los líderes indígenas del Chocócon quienes se conversó, que no se haya logrado aún una coor-dinación sistemática entre la Defensoría y la OREWA .Reconocen que la entidad responde cuando se le convoca, perono han encontrado una actitud proactiva por parte de los fun-cionarios regionales para concertar una agenda estratégica detrabajo que aborde los temas estructurales del territorio y laautonomía. Hoy por hoy con la crisis interna de la OREWA,este reto se sigue postergando.

La OREWA percibe que los funcionarios de la DefensoríaRegional no tienen los suficientes conocimientos sobre legis-lación indígena y jurisdicción especial. Esta situación no sejustifica en un departamento en el cual la mayoría de lapoblación es indígena y afrocolombiana, y limita las actua-ciones defensoriales y su contribución a los procesos organiza-tivos étnico-territoriales.

En cuanto al acceso a servicios como la defensoría públi-ca, en la medida en que la OREWA siempre ha contado con susabogados asesores, no ha requerido acudir a la Defensoría delPueblo.

273

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 269: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En el proceso de discusión interna y de aplicación de lajurisdicción indígena, la OREWA tiene una experiencia de va-rios años. Hoy por hoy, cuenta con un Reglamento de JusticiaIndígena que ha servido como herramienta de fortalecimientode las autoridades indígenas para i) ejercer control al interiorde los territorios indígenas, ii) prevenir conflictos internos yiii) evitar que los actores armados ilegales interfieran en elcontrol social de las comunidades, impartan justicia y recluten.En cada Cabildo Mayor existe un Consejo de Justicia Zonalcuyas funciones son adelantar las investigaciones en los casosde delito y conflicto interno, procesar la información obteniday entregar los resultados de su análisis a la autoridad local paraque esta tome la respectiva decisión. Cuando se trata de unproblema muy grave, el caso es remitido al Consejo de JusticiaCentral (Regional) que hace parte del Consejo de Autoridadesde la OREWA. Este Consejo Central establece la coordinaciónnecesaria con la justicia ordinaria, a través de la Fiscalía. Enlos casos de rebelión, la OREWA adelanta sus propias investi-gaciones para confrontar la información con la de la Fiscalía.

La OREWA viene participando en el proyecto de RutaJurídica Indígena de la Defensoría del Pueblo. Este proceso hacontribuido a fortalecer el Reglamento de Justicia Indígena enla medida en que les ha ayudado a profundizar en los meca-nismos y procedimientos para el ejercicio de la jurisdicciónespecial indígena.

En el caso de los departamentos de la Amazonía colom-biana, las organizaciones indígenas entrevistadas manifiestanque perciben que los actores armados imponen restricciones altrabajo de la Defensoría del Pueblo en esta región. Limitan eltrabajo de los funcionarios a las capitales de los departamen-tos. En muchas ocasiones, por temor, los funcionarios de laDefensoría no se desplazan a los territorios más apartados de

274

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 270: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

la región para visitar a las comunidades indígenas. Igualmente,las grandes distancias y los elevados costos de transporte li-mitan su presencia en estos territorios. En la mayoría de ellasno conocen a la Defensoría. En este sentido, las organiza-ciones plantean que en la Amazonía es poco lo que laDefensoría ha hecho por los pueblos indígenas.

Consideran que esta situación se debe a que los funciona-rios de las oficinas regionales no tienen suficiente apoyo delnivel central de la Defensoría. No cuentan, por ejemplo, conrecursos (transporte y viáticos) para movilizarse y realizaracciones relevantes para la región de acompañamiento yseguimiento a la situación de las comunidades indígenas.

En el caso del departamento del Tolima53, el trabajo de laDefensoría y en especial del defensor público para indígenasse ha concentrado principalmente en los municipios de mayorpoblación indígena: Coyaima, Natagiama, San A n t o n i o ,Ortega, Chaparral y El Guamo. Estos municipios correspon-den además a la zona de trabajo del Consejo RegionalIndígena del Tolima, CRIT. El Tolima está integrado por 47municipios. En 12 de ellos habitan los pueblos indígenas Pijaoy Paéz.

Además del CRIT existen en el departamento del Tolimacuatro organizaciones indígenas más: AICO (AutoridadesIndígenas de Colombia, capítulo Tolima), FICAT (Federaciónindígena de cabildos del Tolima), ARIT (Asociación RegionalIndígena del Tolima) y ACIT (Asociación de cabildos indíge-nas del Tolima). El CRIT es la organización que más ha traba-jado el tema de la jurisdicción especial indígena. Están adelan-tando un proceso muy interesante frente a la jurisdicción ordi-

275

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

53 Esta información fue suministrada por el Defensor Regional del Tolima.

Page 271: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

naria, con el fin de que no sólo los casos en materia penal seanasumidos por la jurisdicción indígena sino también los casoslaborales y civiles. Esto daría la posibilidad que la jurisdicciónespecial indígena resolviera casos de sucesiones e incluso deacciones de tutela. Este es un camino largo por recorrer conlos jueces porque si bien ya asumen que los temas penalesdeben ir a la jurisdicción indígena, no ocurre lo mismo en otrotipo de casos.

De igual manera, el CRIT viene impulsando y apoyando lacreación de un Tribunal Superior Indígena, conformado porgobernadores y cabildantes del CRIT. Este Tribunal, que yaempieza a funcionar, es una segunda instancia en la justiciaindígena. Cuando no opera la autoridad del Cabildo, elTribunal interviene. Es un buen mecanismo contra laimpunidad que a veces se presenta entre las autoridades indí-genas.

La Defensoría prácticamente no ha intervenido en estosprocesos. El defensor público para indígenas, a título personaly debido a su cercanía de mucho tiempo atrás con las organi-zaciones indígenas, viene apoyando al CRIT en este tema. Encuanto al trabajo de la Defensoría Regional, a partir de agostode 2003, en el marco del proyecto de la Delegada de Indígenascon recursos de Canadá, se empezaron a realizar visitas pe-riódicas a los municipios y resguardos para hacer atención ytrámite de quejas, seguimiento a la situación de las comu-nidades y pueblos indígenas, reuniones con las autoridadesindígenas y capacitaciones en las escuelas de derechoshumanos del CRIT. A partir de estas visitas se elaboró un diag-nóstico de la situación de los pueblos indígenas del Tolima quefue presentado en una reciente audiencia defensorial enBogotá.

En las gestiones relacionadas con el tema indígena, laDefensoría en el Tolima mantiene una interlocución perma-

276

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 272: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

nente con diferentes autoridades regionales y nacionales, co-mo la Gobernación del Tolima, a través de la Oficina de Asun-tos Indígenas, y la Red de Solidaridad Social. Por otro lado,varios líderes indígenas han participado en el Diplomado deDerechos Humanos de la Defensoría del Pueblo.

Según el Defensor del Tolima, el CRIT valora bien el tra-bajo de la Defensoría. Sin embargo, para las demás organiza-ciones con las que no se ha establecido mayor relación, laDefensoría es invisible.

5.3 El trabajo sobre jurisdicción especial indígena

Para las organizaciones nacionales y regionales entrevis-tadas, en el tema de la jurisdicción especial indígena laactuación de la Defensoría del Pueblo no ha sido especial-mente fuerte. Es posible que en muchos casos, las mismasorganizaciones y autoridades indígenas no hayan solicitado laintervención de la entidad. En algunos casos de homicidio y asolicitud de las organizaciones, la Defensoría ha servido comoveedora en procesos judiciales contra personas indígenas. Ensituaciones excepcionales, se ha solicitado su intervenciónpara garantizar que la autoridad tradicional no cometa abusosen los castigos que establece, en virtud de la pena estipulada.

Para las personas entrevistadas, la Defensoría podría jugarun papel importante en la búsqueda de una mayor coordi-nación entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especialindígena, con el fin de que las decisiones de la justicia indíge-na sean respetadas y validadas por la justicia ordinaria. En estesentido, la Defensoría debe capacitar, incidir y exigir para quela justicia ordinaria reconozca los derechos de los pueblosindígenas.

A juicio del congresista indígena entrevistado, la Defen-soría del Pueblo debe tratar de hacer cumplir normas que ya

277

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 273: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

existen con relación a los pueblos indígenas, como las normasque protegen a los indígenas cuando son apresados. En el temade las capturas masivas, la Defensoría del Pueblo debe actuarpara que a los indígenas capturados se les defina rápidamentesu situación jurídica. Un ejemplo de este tipo de casos ocurrióen Ipiales (Nariño). El Gobernador del Cabido y unas 30 per-sonas del pueblo pasto fueron retenidas y sindicadas de rebe-lión cuando salieron a la vía Panamericana a reclamar susderechos. En esa oportunidad, se solicitó a la DefensoríaRegional Nariño su intervención para que fueran liberados. Lagestión fue efectiva y la Fiscalía definió rápidamente loscasos. Estas personas fueron dejadas en libertad.

Para las organizaciones indígenas, un tema importante aresaltar es que los pueblos indígenas no siempre cuentan conlos medios para aplicar las sanciones impuestas por la jurisdic-ción especial indígena. El sistema de justicia, en cumplimien-to de los principios constitucionales, debe facilitar las condi-ciones para hacer efectiva la aplicación de la jurisdicción espe-cial por parte de todos los pueblos indígenas. La Defensoríapuede jugar un rol determinante en coadyuvar las peticiones deapoyo al Estado y la cooperación internacional, en materia derecursos para la implantación de la jurisdicción especial indí-gena.

De igual manera, puede contribuir con capacitacionessobre legislación indígena al fortalecimiento de las autori-dades propias en el ejercicio de su autonomía. Estas capacita-ciones, sin embargo, también deben estar dirigidas a los admi-nistradores de la justicia ordinaria, a fin de promover la coor-dinación permanente entre las dos jurisdicciones.

Finalmente, un tema que preocupa, especialmente a lasorganizaciones indígenas nacionales, es el de la consulta pre-via. No observan una suficiente interacción y coordinación

278

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 274: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

entre el Ministerio Público (Procuraduría y Defensoría) y lasorganizaciones indígenas. En algunos casos, la ONIC y laDefensoría han hecho, de manera conjunta, el acompañamien-to a los pueblos indígenas en procesos de consulta previa. Sinembargo este no es aún un procedimiento sistemático. Losfuncionarios de las oficinas regionales de la Defensoría nocuentan con la suficiente preparación para asumir con experti-cia este acompañamiento y la Delegada de Indígenas no tienela capacidad para acompañar y asesorar de manera sistemáticatodos los procesos que se están llevando a cabo en el país.

6. RECOMENDACIONES PARA EL F O R TA L E C I M I E N-TO DE LA ACCIÓN DEFENSORIAL EN DEFENSADE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOSINDÍGENAS

A lo largo del presente estudio, ha sido posible identificarlas fortalezas de la acción de la Defensoría del Pueblo en laatención a las peticiones y quejas de las personas y pueblos in-dígenas. El tema indígena ocupa efectivamente un lugar prio-ritario en la agenda institucional y es objeto de numerosos pro-nunciamientos por parte del Defensor del Pueblo. Es de re-saltar el enfoque de integralidad de lo derechos con que traba-ja la Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas. En efecto,para esta Delegada los derechos de los pueblos indígenas soninterdependientes y no es posible abordarlos de manera aisla-da. Es el caso de la jurisdicción indígena que no puede serentendido separado del derecho a la autonomía y la cultura. Sila cultura es débil, el ejercicio de la justicia propia lo será tam-bién.

Asimismo, los procedimientos e instrumentos utilizadospor la entidad han sido, de una u otra manera, adecuados parala atención diferencial a estos grupos, incorporando criterios y

279

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 275: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

herramientas que tengan en cuenta las particularidades cultu-rales de los pueblos y personas indígenas que solicitan actua-ciones por parte de la Defensoría.

Este ha sido un proceso continuo que ha encontrado comoprincipal obstáculo la falta de recursos humanos y financieros.En efecto, frente a la creciente demanda de atención, laDefensoría no cuenta con los recursos necesarios para ampliarla cobertura de actividades de capacitación, de acom-pañamiento, de asesoría y defensa pública a todos los pueblosindígenas del país. Si bien se realizan esfuerzos permanentespor lograr incidir en las políticas públicas gubernamentalespara la atención de las necesidades de estos pueblos, laDefensoría requiere estrategias de persuasión más eficaces yacudir a acciones vinculantes, como las acciones judiciales,para lograr mayor impacto y eficiencia en su acción.

Con el fin de aportar al fortalecimiento de la Defensoríadel Pueblo en la atención integral a las personas y pueblosindígenas, como mecanismo para la ampliación de su acceso ala justicia, se presentan a continuación algunas recomenda-ciones para enfrentar los desafíos de esta trascendental labor:

1. Los Sistemas de Información: La información, cualificaday sistematizada, es la base de toda gestión que busque lasuperación de un problema. La elaboración de diagnósti-cos, la documentación de casos, la información estadísticason fuentes esenciales para la planeación de estrategias yactividades. Con base en ellas, la Defensoría debe elabo-rar sus informes y resoluciones; visibilizar ante las autori-dades gubernamentales y la opinión pública la problemáti-ca de derechos humanos del país en general y de los gru-pos vulnerables en particular; presentar recomendacionespara facilitar y mejorar la protección y realización de losderechos humanos; y actuar a favor de estos grupos cuan-

280

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 276: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

do sus derechos humanos sean vulnerados o estén ame-nazados de serlo. En este sentido, la Defensoría debeseguir adelantando los esfuerzos necesarios para mejorar yfortalecer los sistemas de información con los que cuentaactualmente. Es necesario, como se ha dicho a lo largo deeste estudio, que los sistemas de información de laDefensoría incluyan variables e indicadores que den cuen-ta de la especificidad de los pueblos indígenas. No es sufi-ciente con establecer si el peticionario pertenece o no a ungrupo étnico. Se debe incluir información acerca de supueblo y comunidad de origen, el tipo preciso de vul-neración o amenaza a los derechos individuales y colec-tivos, incluyendo derechos como la autonomía, el territo-rio, el gobierno propio, la cultura –tal y como han sidodefinidos en el Manual de Conductas Vulneratorias de laDefensoría del Pueblo recientemente publicado– y las ges-tiones realizadas y sus resultados.

Con el fin de realizar un seguimiento riguroso a lasituación de derechos humanos de los pueblos indígenas,los sistemas de información de la entidad deben permitirel cruce de variables como conductas vulneratorias, dere-chos vulnerados, responsables y víctimas (pueblo y comu-nidad) y deben ser actualizados periódicamente con lainformación recolectada por las Defensoría Regionales ySeccionales de todo el país.

La defensoría pública: Una de las acciones defensorialesque toca directamente con el acceso a la justicia de las per-sonas y pueblos indígenas es la defensa pública. La des-cripción de los procesos y procedimientos de la DirecciónNacional de Defensoría Pública muestra los avances enmateria de incorporación de la atención diferencial a indí-genas. Sin embargo, también es claro que frente a la mag-nitud de la demanda, la respuesta sigue siendo débil. Para

281

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 277: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

la eficaz prestación del servicio de defensoría pública enlos departamentos con población indígena se requiere lacontratación de defensores públicos con conocimientos enlegislación indígena y, en el mejor de los casos, con expe-riencia de trabajo en temas relacionados con la jurisdic-ción indígena. Defensorías de los departamentos de César,Magdalena, Córdoba, Chocó y los de la Amazonía, entreotros, deben contar con funcionarios capacitados en juris-dicción especial indígena que puedan establecer un diálo-go permanente con la administración de justicia a fin deimpulsar la coordinación entre las dos jurisdicciones.

Para la Delegada es fundamental que los defensores públi-cos asignados al tema indígena sean contratados de tiem-po completo, con el fin de que apoyen a las DefensoríasRegionales y Seccionales permanentemente en proyectoscomo la investigación aplicada para la recuperación de lamemoria colectiva indígena sobre los usos y costumbresde administración de justicia. La Delegada presentó enuna oportunidad esta propuesta a la Dirección Nacional deDefensoría Pública. Sería muy importante que el temafuera retomado nuevamente.

Por otro lado, desde la Defensa Pública se puede generarla iniciativa hacia el Poder Judicial y el Ministerio Públicopara implementar procesos conjuntos de sensibilización ycapacitación sobre la aplicación y alcances de la jurisdic-ción especial indígena con un enfoque integral. El papel dela Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas es trascen-dental en estos procesos, pues es la llamada a elaborarmateriales de divulgación y capacitación sobre jurisdic-ción especial indígena, dirigidos no sólo a administradoresde justicia, sino también a los mismos funcionarios de laDefensoría y a las autoridades y organizaciones indígenas.

282

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 278: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Esta tarea debe formar parte de la agenda estratégica de laDelegada, así como de la Dirección Nacional de Defen-soría Pública. Para lograr estos propósitos la Defensoríano debe cesar en su esfuerzo de gestión de recursos tantodel presupuesto nacional como de la cooperación interna-cional.

2. Los informes y resoluciones defensoriales: Estos han sidoun instrumento clave para la visibilización de situacionesde violación o amenaza a los derechos humanos de lospueblos indígenas. En ellos se describen y analizan losfactores de riesgo, las conductas vulneratorias, los efectossobre las personas y pueblos indígenas y la acción delEstado. Asimismo, se presentan las recomendaciones per-tinentes para salvaguardar o reparar los derechos ame-nazados o vulnerados con el fin de de que las autoridadescompetentes actúen. Sin embargo, a pesar de los insis-tentes llamados y denuncias, la situación de derechoshumanos de los pueblos indígenas sigue deteriorándose,por lo que exige de la Defensoría acciones de mayor con-tundencia, como las acciones judiciales.

Frente al incumplimiento de la ley, las acciones de cumpli-miento constituyen el recurso para lograr que las autori-dades cumplan con sus responsabilidades. Ante la vio-lación sistemática de un derecho fundamental, si a travésde la gestión no es posible garantizar su protección, laDefensoría está facultada para interponer acciones detutela. Estas acciones judiciales utilizadas una vez ago-tadas las vías gubernativas se convierten en poderososinstrumentos para hacer más efectivas y creíbles las reso-luciones Defensoriales.

3. La producción de conocimiento experto: La base de lospronunciamientos del Defensor del Pueblo, es de decir de

283

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 279: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

su Magistratura Moral, debe ser el conocimiento expertoque la entidad adquiere sobre los diferentes temas rela-cionados con los derechos humanos. La decisión institu-cional de incluir en la planeación estratégica unMacroproceso Misional de Investigación para la Accióndebe traducirse operativamente en investigaciones apli-cadas que aporten un valor agregado a la informaciónexistente en el país sobre derechos humanos. Sin embargo,es claro que la Defensoría del Pueblo no es una entidadacadémica dedicada exclusivamente a la investigación. Sulabor es combinar la acción defensorial con la profun-dización de los temas.

En el tema indígena, es necesario el impulso a la investi-gación sobre temas como la jurisdicción indígena, con elfin de que a partir de ella, la Delegada defina las áreas yprioridades de su intervención. Uno de los estudios posi-bles y de hecho necesarios para el país es la elaboración,concertada con las organizaciones indígenas, de un inven-tario y análisis de las diferentes experiencias de aplicacióny ejercicio de la jurisdicción indígena. Para ello, laDefensoría puede establecer alianzas con Universidades yorganizaciones no gubernamentales.

4. La iniciativa legislativa: Como ya se mencionaba, una delas funciones del Defensor del Pueblo es presentar proyec-tos de ley para la defensa y promoción de los derechoshumanos al Congreso de la República. Frente a la aparentefalta de interés del poder legislativo en la reglamentacióndel artículo 246 de la Constitución Nacional, la Defensoríadel Pueblo, en cabeza del Defensor, podría adelantar unafuerte campaña de sensibilización y persuasión alCongreso, con el fin de crear un ambiente favorable parala presentación del proyecto de ley sobre jurisdicción indí-gena. Igualmente, la Delegada puede contribuir al debate

284

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 280: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

entre las organizaciones indígenas aportando una propues-ta de articulado y facilitando, a través de reuniones ytalleres, la construcción de consenso alrededor del tema,en alianza con la ONIC y el proyecto financiado por elBID.

5. La educación en derechos humanos en pueblos indígenas:Como ya se ha mencionado, la Delegada para Indígenas yMinorías Étnicas ha acumulado una importante experien-cia de educación en derechos humanos a pueblos indíge-nas. Proyectos como el de Ruta Jurídica y Pro-Amazonía,entre otros, le han permitido desarrollar modelospedagógicos que responden a las particularidades cultu-rales de estos pueblos. Asimismo, las experiencias decapacitación a funcionarios públicos y, en especial, amiembros de la Fuerza Pública, han demostrado que esposible sensibilizar a sectores estatales que históricamentehan estado alejados de la realidad de los pueblos indígenasy los han discriminado. Pero en la mayoría de los casos,estas importantes acciones de capacitación hacen parte deproyectos financiados con recursos de la cooperacióninternacional y no han sido suficientemente instituciona-lizados y no han logrado articularse programáticamente ala entidad.

La Dirección Nacional de Promoción y Divulgación deDerechos Humanos es, misionalmente hablando, la depen-dencia encargada de coordinar y direccionar las accionesde capacitación de la Defensoría. Cuenta con funcionariosespecializados en pedagogía de derechos humanos y conmateriales didácticos dirigidos a diversos públicos. Sinembargo, esta Dirección no ha avanzado en el diseño deestrategias y modelos pedagógicos para la capacitación enderechos humanos a pueblos indígenas y derechos de losgrupos étnicos. La experiencia de la Delegada para Indíge-

285

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 281: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

nas y Minorías Étnicas, adquirida principalmente en elmarco de los proyectos de cooperación internacional, noha sido trasladada a la Dirección ni incorporada a los pro-gramas de capacitación y formación en derechos humanosde las Defensoría en todo el país. Con el fin de superar estadebilidad, es necesaria una mayor coordinación de laDelegada para Indígenas y Minorías Étnicas con laDirección Nacional de Promoción y Divulgación que per-mita fortalecer la función de educación en derechoshumanos a pueblos indígenas con los avances pedagógi-cos, la experiencia de trabajo con comunidades indígenasy los temas de la Delegada y la experiencia en formacióny capacitación en derechos humanos y el recurso humanode la Dirección. Esta coordinación y articulación permi-tiría avanzar en la producción de materiales didácticos quefaciliten a los funcionarios en las regiones las labores decapacitación a pueblos y comunidades indígenas.

De igual manera, para garantizar el éxito de estos proce-sos, la Defensoría debe establecer alianzas con las organi-zaciones indígenas para la construcción y validación deestos modelos pedagógicos y de los materiales que se pro-duzcan, a fin de aunar esfuerzos y experiencias.

6. Las agendas estratégicas: Las organizaciones indígenasreconocen el importante papel desempeñado por laDefensoría en la defensa de la vida e integridad de lascomunidades y pueblos indígenas afectados por el conflic-to armado interno. En muchas ocasiones la oportuna inter-vención de la Defensoría ha logrado salvar vidas. Si bienla coyuntura de degradación del conflicto armado y de cri-sis humanitaria exige que la Defensoría centre buena partede su atención en la atención a estas situaciones, los temasmás estructurales y estratégicos como la protección de losderechos colectivos al territorio, a los recursos naturales, a

286

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 282: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

la autonomía, al gobierno y al desarrollo propios debenocupar un lugar central en la agenda institucional. Estostemas no pueden ser preocupación exclusiva del DefensorDelegado y de su equipo. Las Defensorías Regionales ySeccionales deben concertar, con el apoyo y asesoría de laDelegada, agendas y programas de trabajo con las organi-zaciones indígenas regionales que incluyan estos temasestratégicos.

Es necesario visibilizar ante el Gobierno y la opiniónpública lo que está sucediendo con la jurisdicción especialindígena, la consulta previa en territorios indígenas, losavances en la titulación, ampliación y demarcación de res-guardos indígenas, la explotación de recursos naturales, laconstrucción de obras de infraestructura y la implantaciónde proyecto agroindustriales en territorios indígenas, lareglamentación de leyes sobre minería en territorios indí-genas, entre otros. Estos temas deben ser objeto de infor-mes y resoluciones defensoriales y del monitoreo sistemá-tico por parte de la Delegada.

7. La transversalización del tema en la Defensoría: Como yase mencionaba en capítulos anteriores, desde su creaciónla Defensoría del Pueblo incluyó como tema prioritario detrabajo la defensa y promoción de los derechos humanosde los pueblos indígenas y las minorías étnicas. Sin embar-go este ha sido tema que ha se centrado en la Delegada.En términos generales, es posible decir que éste no ha sidoun tema que haya sido apropiado por el conjunto de lainstitución. Un ejemplo de ello es que buena parte de lostrámites y gestiones de las quejas y peticiones de indíge-nas se concentran en la Delegada, pues se supone que esallí en donde se encuentran las personas “expertas en eltema”. En la mayoría de los departamentos con importantepoblación indígena, los Defensores Regionales no tienen

287

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 283: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

conocimientos ni experiencia en el tema. En algunoscasos, la responsabilidad de la atención a los pueblos indí-genas es delegada por el Defensor Regional a un fun-cionario de su equipo, quien por interés personal la asume.En la mayoría de los casos, los Defensores acuden direc-tamente a la Delegada para solicitar asesoría o para quesea allí en donde se asuma el caso o petición.

Esta situación implica para la Delegada una sobrecarga detrabajo y para la Defensoría una débil institucionalizaciónde los procesos y procedimientos para la atención a laspersonas y pueblos indígenas. Con el fin de superar estasituación, se requiere la implementación de una estrategiainterna de sensibilización y capacitación permanentedirigida a todos (as) los funcionarios (as), que puede sercoordinada entre la Delegada y el Macroproceso de Apoyode Capacitación. Además del programa permanente decapacitación y actualización en legislación indígena, quedeberá incluir un módulo especial de jurisdicción especialindígena, la Defensoría debe producir materiales de con-sulta y capacitación propios para que sirvan de apoyo a lasDefensorías Regionales y Seccionales. Entre estos mate-riales es muy importante incluir uno que contenga la doc-trina defensorial en la materia y que permita la unificaciónde criterios al interior de la entidad. De esta manera, sepuede lograr descentralizar y transversalizar el enfoquediferencial en la atención a las personas y pueblos indíge-nas.

8. El fortalecimiento de la Delegada para Indígenas yMinorías Étnicas: Con el fin de garantizar mayor impactoy eficacia en las actuaciones defensoriales para la defensay promoción de los derechos humanos de los pueblos indí-genas es necesario dotar a la Delegada para Indígenas yMinorías Étnicas de mayores recursos. Frente al número

288

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 284: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de peticiones y quejas y a la magnitud de los problemasque aquejan a los pueblos indígenas un equipo de seis pro-fesionales es a todas luces insuficiente, más aún cuandoestos funcionarios no cuentan con los recursos necesariospara visitar las diferentes zonas con el fin de hacerseguimiento a la situación de derechos humanos de lascomunidades y asesorar a las Defensorías Regionales. Sibien una estrategia para superar esta situación es la gestiónde recursos de cooperación internacional, es necesarioponderar cuidadosamente los efectos a largo plazo dedepender exclusivamente de estos recursos. En la medidaen que la formulación de los proyectos de cooperacióninternacional no incluyan estrategias de sostenibilidad yarticulación misional, se puede correr el riesgo de creardemandas y generar procesos que, al finalizar estosproyectos, no podrán ser sostenidos por la entidad. En estesentido el fortalecimiento de la Defensoría en general y dela Delegada en particular no puede depender exclusiva-mente de los recursos externos. La entidad debe adoptarmedidas estructurales que garanticen la sostenibilidad einstitucionalización permanente de los procesos y proyec-tos. Una de estas medidas puede ser la real transversa-lización del tema en la Defensoría. De esta manera, nosólo el equipo de trabajo de la Delegada asumiría lasresponsabilidades de la atención a las personas y pueblosindígenas, sino que la entidad en su conjunto, a través delas diferentes dependencias según sus funciones y bajo lacoordinación temática de la Delegada, garantizarían unamayor cobertura e impacto en dicha atención.

289

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 285: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

AnexosAnexo 1

290

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1 La Diversidad Étnica en Colombia: Alcances y Desarrollo. Procuraduría General de la Nación,Bogotá, 2004.

Page 286: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

291

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Page 287: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

292

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 288: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

293

Atención a las personas y pueblos indígenas en la Defensoría del Pueblo de Colombia

Anexo 2

Page 289: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Acceso a la Justicia de las personasy los pueblos indígenas y Procuraduría

de los Derechos Humanos de GuatemalaOtto Vásquez Peralta*

índice

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .299

I. El contexto de la Situación Indígena y el Desarrollo Legal para el Acceso a la Justicia en Guatemala . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .303

II. El marco Institucional de la Procuraduríade los Derechos Humanos y los DerechosHumanos en el Campo Indígena . . . . . . . . . . . . . . . .334

III. Relación y Análisis de la Experiencia dela Procuraduría de Derechos Humanosen el Campmo Indígena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .379

295

* Abogado. Guatemalteco. Asesor jurídico y político de organizaciones indígenas.

Page 290: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

IV. La Visión de los Indígenas sobre la Procuraduríade Derechos Humanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .409

V. Experiencias exitosas de la Procuraduría de Derechos Humanos en la Defensa de los Derechosde las Personas y Pueblos Indígenas . . . . . . . . . . . . .419

VI. Recomendaciones para maximizar el aprovechamiento de la Procuraduría deDerechos Humanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .436

Recomendación Final . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 447

Fuentes Consultadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .448

ABREVIATURAS UTILIZADAS EN EL INFORME

COMG Consejo de Organizaciones Mayas de Guatema-la.

CPR Constitución Política de la República. DIGEBI Dirección General de Educación Bilingüe Inter-

cultural.DPI Defensoría de los Pueblos Indígenas de la Procu-

raduría de los Derechos Humanos. ENCOVI Encuesta Nacional de Condiciones de Vida, rea-

lizada por el INE.ENIGFAM Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos Familia-

res, realizada por el INE. INE Instituto Nacional de Estadística.

296

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 291: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

IDHUSAC Instituto de Derechos Humanos de la Universi-dad de San Carlos de Guatemala.

MIDPI Mesa Intersectorial de Diálogo sobre PueblosIndígenas, promovida por la Organización deEstados Americanos y el Sistema de NacionesUnidas en los años 2002 y 2003.

MINUGUA Misión de Naciones Unidas para laVerificación del Proceso de Paz en Guatemala.Funcionó en Guatemala desde 1994 al año2004.

OACNUDH Oficina del Alto Comisionado de las NacionesUnidas para los Derechos Humanos.

OEA Organización de Estados Americanos. OIT Organización Internacional del Trabajo. ONU Organización de Naciones Unidas. PDH Procuraduría de los Derechos Humanos. PNUD Programa de Naciones Unidas para el Desarro-

llo. SNU Sistema de Naciones Unidas en Guatemala,

conformado por todas las agencias de NacionesUnidas ubicadas en territorio guatemalteco.

URNG Unidad Revolucionaria Nacional Guatemal-teca.

USAC Universidad de San Carlos de Guatemala.

297

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 292: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

298

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 293: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Introducción

El acceso a la justicia en Guatemala se ha convertido enuno de los temas estructurales que definen la debilidad o for-taleza de la democracia y el Estado de Derecho que se buscaconstruir. Los análisis que se han venido realizando, especial-mente a partir de los Acuerdos de Paz, reflejan una situacióncrítica del sistema de justicia, difícil de superar, de no contarcon una decidida voluntad política de transformar dicha reali-dad. Las personas y los pueblos indígenas son los más margi-nados y excluidos de la posibilidad de obtener justicia prontay cumplida, especialmente por el uso generalizado de unidioma diferente y la aplicación de un sistema jurídicodesconocido y extraño a las concepciones y normativas tradi-cionales de las comunidades indígenas.

Este es el marco general en que la Procuraduría deDerechos Humanos desarrolla su mandato y las funciones quele otorgan el sistema jurídico estatal. La entidad abarca latutela de los derechos específicos de las personas y los pue-blos indígenas a través de la unidad especializada que sedenomina Defensoría de los Pueblos Indígenas. Este esquemainstitucional no es suficiente frente a los grandes obstáculosadministrativos y las persistentes limitaciones jurídicas paraque los indígenas accedan, con equidad y con respeto a suidentidad étnica, a las fuentes de la justicia y la protección delos derechos humanos establecidos por el Estado. Sin embar-

299

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 294: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

go la larga historia de segregación y opresión ha empezado aceder frente a la resistencia y avance por distintas vías delmovimiento indígena guatemalteco. En tal sentido, laProcuraduría de Derechos Humanos y la Defensoría de losPueblos Indígenas, son verdaderas conquistas y bastiones queapuntalan un amanecer de dignidad, justicia y desarrollo paralos pueblos indígenas.

La realización del Estudio de Campo en Guatemala, den-tro del proyecto “Acceso a la Justicia de las Personas y losPueblos Indígenas y la Procuraduría de los Derechos Huma-nos” planteó varios retos, debido a la complejidad y crisis delsistema de justicia, como al alto grado de vulnerabilidad yracismo contra los pueblos indígenas. Este ambiente per-manece enrarecido por una maraña jurídica, que en algunoscasos reconoce y en otros sólo enuncia los derechos indígenas,pero sin darle viabilidad institucional y procedimental paraobligar a funcionarios y empleados públicos, así como a losciudadanos no indígenas, a actuar en coherencia con la misma.

El eje principal en cuyo derredor giran los resultados delEstudio, es el acceso a la justicia de las personas y los pueblosindígenas, enfocado desde la perspectiva de la atención ydefensa de sus derechos específicos en el marco institucionalde la Procuraduría de los Derechos Humanos. A partir de esto,se hilvanan los aspectos jurídicos, los elementos históricos y laproblemática sociocultural de los pueblos indígenas. El análi-sis de casos constituye un complemento práctico en donde enforma sintetizada y muy concreta se refleja la aplicación delengranaje jurídico e institucional en materia de derechoshumanos del país, además muestran la calidad de la actuacióndefensorial en los derechos específicos, como los indígenas.Pero también se refleja hasta dónde funciona la democraciadentro del Estado de Derecho, que se supone, son los pilaresfundamentales sobre los que se sostiene la sociedad guatemal-teca.

300

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 295: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Los resultados del estudio se exponen en seis capítuloscon sus respectivos apartados específicos. El Capítulo Iempieza con una breve revisión histórica de cómo los pueblosindígenas han sido privados de sus derechos como humanos,en lo individual y en lo colectivo; un segundo apartado analizala situación actual de los derechos de los pueblos indígenas yluego, hace referencia a la situación jurídica y las condiciones,en términos generales del acceso a la justicia.

En el Capítulo II se aborda la institucionalidad de laProcuraduría de los Derechos Humanos, incluyendo la reseñahistórica, su marco jurídico, tanto con respecto a los derechoshumanos en general como a los derechos de los pueblos indí-genas; se analiza su mandato constitucional, su legislaciónespecífica y los instrumentos internacionales aplicables; seestudia su estructura institucional, su metodología y proce-dimientos, la naturaleza de sus resoluciones, sus competenciasy limitaciones, así como los obstáculos y las oportunidades deldesenvolvimiento institucional.

En el Capítulo III se incluyen una serie de aspectos rela-tivos a la experiencia de la Procuraduría de DerechosHumanos y la temática indígena. Esta experiencia se analiza apartir del desempeño institucional y la experiencia de laDefensoría de los Pueblos Indígenas. Esta dependencia de laPDH se analiza a partir de conocer su mandato jurídico, eldevenir de su actuación, su metodología y procedimientos, suscompetencias y limitaciones, sus obstáculos y oportunidades,pero además, a partir del estudio de casos paradigmáticos quese han llevado adelante y que han implicado poner todo elesfuerzo en su resolución.

En el Capítulo IV, se recoge la visión que de la Procura-duría de Derechos Humanos en general y de la Defensoría delos Pueblos Indígenas en particular, tienen los funcionariosindígenas de otras entidades gubernamentales y de entidades

301

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 296: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

no gubernamentales, así como de profesionales y líderes indí-genas inmersos en la defensa y tutela de los derechos específi-cos de los pueblos y las personas indígenas.

En el Capítulo V se hace un recuento analítico de algunoscasos exitosos y de experiencias que podrían constituirse enmodelos a seguir en la defensa de los derechos indígenas; enestas experiencias han jugado un papel importante la PDH y laDefensoría de los Pueblos Indígenas. Se obtienen conclusionesy lecciones aprendidas que enriquecen el conocimiento y lasexperiencias para el abordaje en el futuro de casos similares.

En el Capítulo VI se exponen una serie de recomenda-ciones obtenidas como resultado del proceso de investigación;estas recomendaciones tienen la finalidad de maximizar lasoportunidades de aprovechamiento de la Procuraduría deDerechos Humanos en la atención y defensa de los derechosde las personas y los pueblos indígenas.

En el desarrollo del proceso de investigación cabedestacar el desinteresado apoyo del Defensor de los PueblosIndígenas, Lic. Martín Sacalxot, así como miembros de suequipo.

302

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 297: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

I. El Contexto de la Situación Indígena y el Desarrollo Legal para el Acceso a la Justicia en Guatemala

1.1 Elementos Históricos

La realidad que se vive en Guatemala con respecto a losderechos de los pueblos indígenas, como ya es conocida, tieneuna dimensión histórica sin precedentes en el mundo. Es de talmagnitud la afectación material y espiritual que sobre lospueblos originarios del país ha sobrevenido, que los pueblosmayas han adoptado el término “holocausto” a los trágicos he-chos que les ha tocado vivir durante determinados períodos dela historia nacional. No hay acuerdo sobre cuáles son los mástrágicos, pero se citan como los más evidentes la invasión delterritorio por parte de los europeos (1524), la reforma liberal(1871), la contrarrevolución (1954) y el conflicto armadointerno (1960-1996).

La premisa fundamental de este proceso es la negación dela existencia de los pueblos originarios desde el punto de vistade su dignidad y sus derechos; existían como botín de guerra,como fuerza de trabajo, como objetos de apropiación, comoentes de generación de riqueza, es decir como objetos de unproceso de dominación y de extracción de riqueza, pero nocomo seres humanos. Las decisiones económicas, políticas,

303

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 298: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

jurídicas, religiosas y militares se tomaron sobre la base dedesvalorizar, ignorar o destruir moral y socialmente a los con-glomerados sociales que existían antes de la invasión. Es asícomo se fueron construyendo ideologías para justificar ladominación y explotación, se les llegó a considerar seres taninferiores que era posible justificar cualquier acción delez-nable. Estas ideologías han adoptado distintos nombres ymodalidades: segregacionismo, asimilacionismo, integra-cionismo, etc., pero todas están basadas en la discriminación yel racismo.

Estas ideologías han estado presentes en todos losmomentos históricos del país, pero con mayor fuerza en aque-llos que los mayas llaman “holocaustos”. Los mecanismos enque se han expresado han sido la desestructuración política,social y territorial; los repartimientos y encomiendas, la con-centración en territorios específicos, el despojo de sus tierras,el trabajo forzado, el control y la represión, la tierra arrasada yel genocidio, concepto este último que abarca muchos o todoslos aspectos enumerados, porque es la máxima expresión delracismo.

Este marco de acontecimientos que ha caracterizado alEstado guatemalteco, es el que sirvió de base para despertarcon mayor fuerza la lucha activa y digna de los pueblos mayasen los años sesenta y setenta. Recogiendo el legado históricode los levantamientos y sublevaciones, un buen porcentaje delmovimiento indígena y las comunidades mayas hizo suyo o sevio envuelta en el proceso revolucionario que se gestó y pro-movió durante 36 años en el país. Se lograron ciertos nivelesde alianza y comprensión entre indígenas y ladinos inmersosen el proceso; este es un antecedente válido para pensar en lasociedad pluricultural que al finalizar dicho conflicto se acuñóen los Acuerdos de Paz.

304

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 299: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La respuesta del Estado a la rebeldía y a la valentía dedichos pueblos por eliminar el yugo que los oprime y los dis-crimina desde la conquista, fue igualmente brutal y despropor-cionada como lo fue durante los citados “holocaustos”.

Toda la institucionalidad del Estado cerró las posibili-dades de acceso a sus estructuras por parte de los pueblos indí-genas, se combatió desmesuradamente toda iniciativa dereconstruir el tejido social, especialmente de comunidades yorganizaciones indígenas, se ensayaron la mayoría de formasde represión experimentadas durante la historia del Estado deGuatemala y de otras partes del mundo y se justificó nueva-mente dicha represión, apelando a las viejas ideologías deinferioridad y segregación de quienes fueron excluidos delcontrol del Estado y del territorio a partir de la invasión euro-pea.

Es en este marco histórico en que se deben estudiar,analizar y comprender las lógicas e interpretar la legislación yel actuar institucional, con relación a los derechos de los pue-blos indígenas en general y en particular, con respecto al acce-so a la justicia.

En Guatemala tres acontecimientos le dan un marco dife-rente a la situación de los pueblos indígenas en la actualidad.El primero, es la promulgación de la Constitución Política dela República en 1985; el segundo, la aprobación y ratificaciónde tratados y convenios internacionales; y el último, es lasuscripción de los Acuerdos de Paz. Este marco político yjurídico determinan los avances y los aspectos que le dan unanaturaleza particular a los pueblos indígenas y les abrencaminos para continuar transformando un sistema obsoletoque los ha tenido al margen o los ha oprimido durante más de500 años.

305

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 300: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1.2 El Marco Contextual de los Pueblos Indígenas

1.2.1 Situación demográfica

Diversos estudios y varios censos nacionales hacen refe-rencia en cifras del porcentaje de población indígena en elpaís, los pueblos indígenas existentes y su ubicación en el te-rritorio nacional. Quizá los documentos y datos más relevantespara caracterizar y cuantificar a la población indígena son losrealizados por el Instituto Nacional de Estadística, el Sistemade Naciones Unidas (PNUD, MINUGUA, OACNUDH) y elRelator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanosy las Libertades Fundamentales de los Indígenas; pero además,existen algunos estudios realizados por profesionales y líderesmayas como Demetrio Cojtí, la Comisión de Oficialización deIdiomas, la Academia de Lenguas Mayas y los educadores delPrograma de Educación Bilingüe Intercultural.

El censo de 1994 (INE) y la ENCOVI 2000 (INE), esti-man que la población indígena es el 43% de la población;mientras que otros estudios (CELADE 1994) estimaron que esel 60%. El Relator Especial expresa que el Gobierno reconoceese porcentaje de 60% y agrega que no hay cifras exactas.MINUGUA en su Informe de Verificación 2001, también hacereferencia a una encuesta realizada por el INE, la ENIGFAM1998-1999, que proporciona una cifra del 43.6%, peroreconoce que otras fuentes sostienen que es del 60%.

En el año 2002 se publicó un mapa que recoge la informa-ción sobre “Pueblos Indígenas y Ecosistemas Naturales enCentro América y el Sur de México”1; en este mapa, además

306

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1 National Geographic y Center for the Support of Native Lands. PueblosIndígenas y Ecosistemas Naturales en Centroamérica y el Sur de México. Mapapublicado como separata de la Revista. Impreso en Noviembre 2002,

Page 301: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de ubicar geográficamente a cada uno de los pueblos, se lesrelacionó con la situación de los recursos naturales y su admi-nistración.

Para el caso de Guatemala se elaboró un mapa que recogelos porcentajes de población y su ubicación territorial toman-do en cuenta los criterios siguientes:

• la autodefinición de los habitantes como indígenas;• el idioma;• el dominio sobre los recursos naturales: tierra, agua y

bosques; y• un paisaje cultural que da identidad a un pueblo distin-

tivo.Bajo estos criterios se considera que los porcentajes de

población indígena en Guatemala se sitúan con base en losdatos que se describen a continuación2:

307

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

2 Ibíd. Pág. 147.

Page 302: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Para el Relator Especial sobre la Situación de los Dere-chos Humanos y las Libertades Fundamentales (RelatorEspecial en adelante), “actualmente los indígenas representanmás de la mitad de la población total de Guatemala, o sea 6millones de habitantes” (Informe 2003:11); Leopoldo Tzian(1995) concluye que existen 6,478,948 indígenas; mientrasque el INE con base en el Censo de 1994 reporta 3,476,684.

En todo caso, todos los censos y encuestas tienen comobase principal o elemento de referencia la apariencia física y eldominio de un idioma para determinar la identidad; no se hatomado suficientemente en cuenta la autoidentificación, lasformas de organización, tradiciones, costumbres y las formasde administración de sus tierras. Demetrio Cojtí (1995) con-sidera que “estos censos no arrojan datos confiables debido aque su objetivo no es reflejar la realidad demográfica de lasnacionalidades indígenas, sino proceder de tal manera que susresultados se adapten a las expectativas de la clase dirigenteladina: ocultar y minimizar la existencia del pueblo maya”.Aunque también reconoce que censos subsiguientes han mejo-rado el diseño de las boletas y los procedimientos de encuesta,sin que ello signifique un cambio definitivo.

La composición multiétnica y pluricultural del país seexpresa en la existencia de 23 pueblos indígenas (21 de ascen-dencia maya, más los pueblos Xinka y Garífuna) y el pueblono indígena que históricamente se le ha denominado “ladino”,conformado por mestizos y descendientes de europeos. Esteenfoque se dio a conocer por el movimiento indígena surgido

308

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 303: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

alrededor del proceso de paz. Sin embargo en recientes publi-caciones de la Defensoría de Pueblos Indígenas (2004) y deCOMG (2005), se menciona el término “ladino” y se le aso-cia con “las colonias extranjeras radicadas en Guatemala” apartir de la definición del concepto de etnia.

En un estudio realizado por la Comisión de Oficializaciónde los Idiomas Indígenas de Guatemala publicado en 1999,tomando como base los datos de los Censos Poblacionales1981 y 1994 (INE), así como, datos publicados en 1996 por laDIGEBI, expone la siguiente información de los pueblos indí-genas3:

309

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

3 Comisión de Oficialización de los Idiomas Indígenas de Guatemala. Oficiali-zación de los Idiomas Indígenas de Guatemala, propuesta de modalidad (resu-men). Guatemala: Proyecto Q’anil B, 1999. Págs. 36, 37, 38, 39 y 40.

Idiomas y No. de HablantesK’iché 647,624

Q’eqchi’ 473,749

Mam 346, 548

Kaqchikel 343,038

Departamentos

TotonicapánSololáQuetzaltenangoEl QuichéSuchitepequezRetalhuleuSan MarcosChimaltenangoAlta VerapazEl PeténEl QuichéIzabalBeliceHuehuetenangoRetalhuleuQuetzaltenangoSan MarcosSacatepequezChimaltenangoEscuintla

Municipios

8712211911111142320211133114161

Page 304: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Sololá 11Suchitepequez 4Baja Verapaz 1Guatemala 7

Pokomchí 94,714 Alta Verapaz 5Baja Verapaz 1El Quiché 1

Ixil 47,902 El Quiché 3Chuj 50,000 Huehuetenango 3Tz’utujil 50,080 Sololá 6

Suchitepequez 2Q’anjob’al 75,155 Huehuetenango 4Achi 15,617 Baja Verapaz 5Mopán 8,500 El Petén 1

Belice 1Chortí 27,097 Chiquimula 4

Zacapa 1Akateko 40,991 Huehuetenango 5Jakalteko 39,635 Huehuetenango 6

Huehuetenango 2Awakateko 18,572 Huehuetenango 1Pokoman 46,515 Jalapa 3

Escuintla 1Guatemala 2

Sipakapense 4,409 San Marcos 1Uspanteko 12,402 El Quiché 1Sakapulteko 3,033 El Quiché 1Itza’ 650 El Petén 5Xinka 107 Santa Rosa 6

Jutiapa 1Garífuna 2,477 Izabal 5

310

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 305: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

311

La DIGEBI recientemente publicó un conjunto de datossobre los pueblos indígenas guatemaltecos, tomando comobase el XI Censo Nacional de Población (2002); en dicha pu-blicación se relata que “el 41% de la población guatemaltecaes indígena. Las comunidades lingüísticas mayoritarias,k’iche’, q’eqchi’, kaqchikel y mam, constituyen el 81% de lapoblación indígena”. Además, en dicha publicación se agregalo siguiente: “Estudios recientes (Rubio, 2004) evidencian queexisten una clara tendencia hacia la disminución de losidiomas vernáculos como lengua materna. Factores como ellugar de residencia (urbano o rural), la edad, el nivel educati-vo y su interacción, inciden en dicho fenómeno”4.

A continuación se presenta un cuadro que describe la can-tidad de población en números absolutos y sus porcentajes,elaborado por la DIGEBI con base en el citado XI CensoNacional5:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

LadinoK’icheQ’eqchiKaqchikelMamQ’anjob’alPocomchi’AchiIxilTz’utujil

6,750,1701,270,953852,012832,968617,171159,030114,423105,99295,31578,498

60.07%11.31%7.58%7.41%5.49%1.42%1.02%0.94%0.85%0.70%

4 DIGEBI/MINEDUC. Marco Estratégico. Guatemala: (s.e.), 2005. Pág. 3. 5 Ibíd. Pág. 3.

Porcentaje

Población Guatemalteca por grupo étnico

Grupo étnico Población

Page 306: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

312

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

ChujJakaltecoCh’orti’

PoqomamAkateco

XincaAwakateco

SipakapenseSakapulteko

UspantekoGarífunaMopan

TektitekoItzá

Otro

64,43847,02446,833

42,00939,370

16,21411,068

10,6529,763

7,4945,0402,891

2,0771,983

53,808

0.57%0.42%0.42%

0.37%0.35%

0.14%0.10%

0.09%0.09%

0.07%0.04%0.03%

0.02%0.02%

0.48%

Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE), XI Censo Nacional dePoblación 2002

La Defensoría de Pueblos Indígenas, basándose en datosdel INE y de publicaciones de prensa, asume como informa-ción válida que el país posee 11,237,196 habitantes, de loscuales, los indígenas son 6,538,000; distribuidos así: mayas73%, garífunas 3% y xinkas 01%. Los indígenas, en suma,representan el 61% de la población total del país. Este por-centaje coincide con los que hemos analizado anteriormente6.

6 Martín Sacalxot y Alfredo Cupil López. Breve Catálogo de Derechos Colectivosy Específicos de los Pueblos Indígenas de Guatemala Tutelados Legítima yLegalmente. Guía para el Auxiliar, el Oficial y el Personal de la PDH.Guatemala: PDH, DPI, 2004. Pág. 16.

Page 307: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1.2.2 Situación socioeconómica y política

Varios estudios de autores nacionales y de organismosinternacionales, especialmente los referidos al desarrollo y lapobreza expresan que Guatemala es un país predominante-mente rural y agrícola, el mayor porcentaje de su territorio esde vocación forestal y su economía depende en primer lugar dela agroexportación (café, banano, azúcar y productos no tradi-cionales), y luego de otras actividades como la industriamaquiladora, el turismo y más recientemente, de las remesasfamiliares y de la “economía perversa” (narcotráfico y lavadode dinero).

La estructura de la tenencia de la tierra está determinadapor la dualidad latifundio-minifundio, en donde la pequeñapropiedad surte de mano de obra a la actividad agroexportado-ra.

Las formas de propiedad de la tierra básicamente son decuatro tipos: privada que es la determinante, municipal, estataly comunal. Las tierras comunales se han convertido en un ver-dadero “reducto de sobrevivencia”7 de las comunidades indí-genas. Son retazos del territorio original que dominaban lospueblos indígenas antes de la llegada de los españoles o lesfueron asignados al constituirse los denominados “pueblos deindios”. Estos pequeños territorios no solamente son espaciosfísicos sino espacios de reproducción y supervivencia de lacultura y la cohesión social, especialmente porque la cosmo-visión indígena gira alrededor de li ch’och8 (la madre y el

313

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

7 Palma Murga, Gustavo. La Ti e rra Comunal en Guatemala: Reducto deSobrevivencia y Resistencia Indígena ante el Sistema Colonial Español. En:Derecho Indígena. Sistema Jurídico de los Pueblos Originarios de América.Guatemala: CECMA, 1994. Pág. 57.

8 Georg Grünberg. Op.Cit. Págs.12 y 71.

Page 308: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

padre tierra, centro de la existencia), el espacio espiritual endonde se establece una continuidad entre los ancestros, la na-turaleza y el ajaw (dios).

Guatemala permanentemente se debate en una crisisestructural determinada por altos índices de pobreza, la cual sedemuestra a través de indicadores tales como el analfabetismo,desigual acceso y tenencia de la tierra, desnutrición, mortali-dad materna e infantil, bajos ingresos, desempleo, escaso acce-so a la salud y otros servicios públicos.

Diversos estudios han demostrado que la pobreza enGuatemala es rural y es indígena. El 61% de la población totalhabita en el área rural y el 60% de la población rural ocupadase dedica a la agricultura. Mientras que el 80.31% de lapoblación rural es indígena. Algunos datos comparativosseñalan que 4 de cada 5 pobres vive en el área rural y 3 de cada5 pobres es de origen indígena.

El índice de desarrollo humano en el año 2002 era de0.728 para el área urbana y de 0.583 para el área rural.Mientras que para los indígenas era el 0.567 y para los no indí-genas el 0.6989. La mayor pobreza y desigualdad se ubica enlos Departamentos de mayor población indígena como elnorte, el occidente y la región indígena del oriente.

Con relación a los derechos humanos, su vulnerabilidadse origina de una persistente inseguridad ciudadana y unapolítica de agresión por parte del Estado contra las formas deorganización, resistencia y lucha de comunidades indígenas ycampesinas por la tierra, la oposición a la minería y el Tratadode Libre Comercio con Estados Unidos.

314

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

9 PNUD. Guatemala: Una Agenda para el Desarrollo Humano. Informe deDesarrollo Humano 2003. Pág. 227.

Page 309: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Los reportes de prensa dan cuenta de persistentes agre-siones ha activistas y defensores de derechos humanos, espe-cialmente indígenas. Una reciente publicación del DiarioPrensa Libre (18-04-2005) relata esta difícil realidad de lasiguiente manera: “durante 2005, los defensores de derechoshumanos han sufrido 44 ataques. La mayoría de ellos son re-gistrados como violencia común, aunque las evidenciasdemuestren otro móvil”. “La alcaldesa indígena de Sololá,Dominga Vásquez, su esposo Alfonso Guárquez y el directorde Fundamaya, Carlos Guárquez, han sufrido acoso constantedesde los disturbios del 11 de enero en contra de la minería”.“Aura Lolita Chávez y Juana Bacá, representantes de mujeresde Quiché, han sido permanentemente acosadas desde que dospersonas, relacionadas con el alcalde de Nebaj, Vi rg i l i oBernal, asaltaron en julio del 2004 a varias mujeres para robar-les el dinero de las organizaciones de desarrollo del munici-pio”.

Esta situación ya había sido analizada y expuesta por elRelator Especial en su Informe a la Comisión de DerechosHumanos de la ONU en el 2003, al respecto en aquella ocasiónconcluía de la siguiente manera: “en opinión del RelatorEspecial, el clima de temor creado por la aparente impunidadde la que gozan los culpables de la violencia contra los líderesindígenas, la falta de confianza en el Gobierno y las autori-dades públicas para implementar plenamente y con equidadlas políticas destinadas a mejorar la situación de los pueblosindígenas, y la extrema y debilitante pobreza que sufre la ma-yoría de las comunidades indígenas, constituyen los factoresque conforman esa falta de voluntad política de la quehablaron miembros del Gobierno, así como representantes delas ONG y de la cooperación internacional” (Informe 2003:36).

315

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 310: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La situación contra los pueblos indígenas, como ya se hadicho tiene orígenes en la invasión a su territorio y siguedependiendo de la discriminación y el racismo, que para elRelator Especial, se manifiestan en varios tipos como los si-guientes: legal, interpersonal, institucional y estructural, por lotanto tienen expresiones económicas, sociales, políticas,jurídicas y culturales. El respeto a los derechos humanos y elacceso a la justicia deberían ser expresión de un cambio sus-tancial de este entorno, sin embargo, su negación reafirma latesis de que los cambios han sido lentos y a veces impercepti-bles, así lo manifiesta el Relator Especial al afirmar que “apesar de la multiplicación de comisiones, comités o defen-sorías diversas, el progreso ha sido lento en el desmante-lamiento de la discriminación étnica y racial en el nivel insti-tucional” (Informe 2003: 15).

Las estructuras de la impunidad siguen vigentes como esel caso de los grupos de poder paralelos constituidos por mi-litares de baja, ex-patrulleros civiles y miembros de las cúpu-las económicas y políticas del país.

En tanto, el cumplimiento de los Acuerdos de Paz seencuentra prácticamente estancado. El Acuerdo menoscumplido es el de Identidad y Derechos de los PueblosIndígenas; en el año 2002 MINUGUA reportaba que esteAcuerdo se había cumplido en un 4%, se había cumplido par-cialmente en un 39% y estaba incumplido un 57%. En la prác-tica sólo se ha cumplido con aspectos operativos, pero losaspectos de fondo siguen sin cumplirse, los cuales en nuestraopinión constituyen el 96%, pues cualquier cuestión se cumpleo no se cumple, el denominado “cumplimiento parcial”, noexiste.

316

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 311: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1.3 La Situación Jurídica para el Acceso a la Justiciade las Personas y Pueblos Indígenas

El contenido del concepto “acceso a la justicia”, como seentiende en este análisis, se refiere a la posibilidad y a la opor-tunidad de que las personas indígenas y los pueblos sean aten-didos con respeto, dignidad y equidad cuando ocurre un actoviolatorio a sus derechos individuales y colectivos, ademásque los responsables de dichos actos sean juzgados y sanciona-dos de conformidad con las leyes. Este acceso se refiere a pro-cesos e institucionalidad administrativa y judicial. En tal sen-tido, resulta trascendental revisar los contenidos que en estamateria están regulados en el país.

La Constitución Política de la República promulgada en1985, establece una serie de aspectos relativos a los derechoshumanos en general y establece principios que garantizan eldebido proceso y el derecho de defensa (Artículos del 5º al32). Con respecto al acceso a la justicia regula lo relativo al“libre acceso a tribunales y dependencias del Estado”, “dere-cho de petición”, y “sanciones a funcionarios y empleadospúblicos”. En toda esta normativa no se hace referenciaespecífica a las personas y los pueblos indígenas, ya que partedel principio de libertad e igualdad ante la ley. Es hasta en losArtículos 58 y el 66 en donde se hace mención delreconocimiento, respeto y promoción de la identidad y dere-chos de los “grupos étnicos” y al “derecho de las personas y delas comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus va-lores, sus lenguas y sus costumbres”.

En ese sentido, en el siguiente cuadro se exponen variosderechos identificados y tipificados en el sistema jurídiconacional. Se cita el derecho genérico, el específico y su funda-mento legal.

317

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 312: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

318

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 313: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En el contexto de cada uno de estos derechos específicosse dan constantemente una serie de situaciones que los vulne-ran. Surge entonces el papel de la Defensoría de PueblosIndígenas de la PDH para investigar, asesorar, dar seguimien-to, encontrar y señalar a los culpables.

La interpretación correcta y apegada a la realidad del paísque debería de hacerse a esta normativa, es la que debe partirde concebir al Estado y la nación guatemaltecos como multi-étnicos y pluriculturales, por lo que se debe respetar los dere-chos específicos de las personas y los pueblos indígenas paraque verdaderamente sean tratados con igualdad y justicia. Sinembargo, en la aplicación errónea de la ley constitucional, sedan una serie de contradicciones que terminan con negar aque-llos derechos. Es el caso de la negativa a aplicar el derechoindígena y a reconocer la jurisdicción de las autoridades indí-genas. Esta situación se da a partir de aplicar una norma tam-bién constitucional que dice: “Artículo 203. Independencia delOrganismo Judicial y potestad de juzgar. La justicia se impartede conformidad con la Constitución y las leyes de laRepública. Corresponde a los tribunales de justicia la potestadde juzgar y promover la ejecución de lo juzgado. Los otrosorganismos del Estado deberán prestar a los tribunales el auxi-lio que requieran para el cumplimiento de sus resoluciones.Los magistrados y jueces son independientes en el ejercicio desus funciones y únicamente están sujetos a la Constitución dela República y a las leyes (…) La función jurisdiccional seejerce, con exclusividad absoluta, por la Corte Suprema deJusticia y por los demás tribunales que la ley establezca”...(Cursivas del autor).

Asimismo, la falta de acceso a servicios públicos y laatención discriminatoria en las instituciones del Estado confi-guran una realidad marcada por la exclusión de los indígenasno sólo de las funciones del Estado, sino también de la tutela

319

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 314: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de sus derechos específicos. Está situación se agrava cuando elEstado se niega a poner en vigencia la ley o el estatuto quesobre pueblos indígenas debe emitirse, según la disposiciónconstitucional respectiva (Artículo 70). Esta ley es estratégicadebido a que establecería normas concretas que no daríanlugar a interpretaciones erróneas o distorsionadas de las leyesque tutelan los derechos específicos.

Por otra parte, la Constitución de la República estableceun sistema de garantías constitucionales creando dos órganosde control para el respeto a las leyes y a los derechos humanos,se trata de la Corte de Constitucionalidad y del Procurador delos Derechos Humanos. Estos órganos expresan la máximaaspiración de la sociedad guatemalteca: construir un verdaderoEstado de Derecho y un sistema democrático en dondeprevalezca el pleno respeto a los derechos humanos, dentro delos cuales deben encontrarse los derechos específicos de lospueblos indígenas.

Con base en la Carta Magna, se han emitido dos leyesmuy importantes: la Ley de Amparo, Exhibición Personal y deConstitucionalidad y la Ley de La Comisión de DerechosHumanos del Congreso de la República y del Procurador delos Derechos Humanos. Estas dos leyes no tienen un apartadoespecífico que se refiera a los pueblos indígenas, sino que con-tienen una normativa general.

Luego, con la aprobación y ratificación mediante elDecreto 9-96, del Convenio 169 de la OIT sobre PueblosIndígenas y Tribales, el sistema jurídico nacional incorporauna nueva ley que adquiere estatus constitucional y cuyo con-tenido se refiere exclusivamente a los derechos específicos delos indígenas.

320

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 315: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En materia de legislación ordinaria, es decir, de legis-lación de segundo grado para materias específicas, en la actu-alidad encontramos una serie de disposiciones legislativas quehacen referencia a pueblos indígenas en particular:

a) El Código Penal regula el delito de discriminación, incor-porado al mismo mediante la reforma del Artículo 202 Bis,con base en el Decreto 57-2002. Esta reforma a la LeyPenal si bien no llena las expectativas de los pueblos indí-genas con respecto a la prevención y al castigo de los abu-sos en contra de su dignidad, por lo menos abre la posibi-lidad de procesar por hechos discriminatorios a cualquierpersona o funcionario que incurra en esta práctica. Así sedemostró en el reciente juicio en donde Rigoberta Menchúlogró una sentencia histórica, con base en la cual, sus agre-sores fueron encontrados culpables y sentenciados a penasde prisión.

b) El Código Procesal Penal, reformado en 1997 mediante elDecreto 79-97, a través del cual se crearon los juzgados depaz comunitarios en nueve municipios con población pre-dominantemente indígena; están integrados por personasde reconocida honorabilidad y arraigo, propuestas por lascomunidades. Estos juzgados resuelven no con base estric-tamente en la ley, sino con base en los usos y costumbres,la equidad y los principios generales del derecho. Sinembargo, estos juzgados no pueden y no deben sustituir alsistema de justicia con base al derecho indígena, así loconsidera el Relator Especial cuando afirma: “Pero estosjuzgados de paz comunitarios no pueden ser consideradoscomo entes que reemplacen a los sistemas propios deautoridad tradicional indígena y probablemente podríanser considerados como ámbitos alternativos al sistema ofi-cial, pero nunca como justicia maya” (Informe 2003: 21).

321

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 316: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El sistema de justicia penal en Guatemala hasta la déca-da de 1970 se desarrolló vía el denominado “procedimientode enjuiciamiento penal”; luego se emitió el Decreto No. 52-73, el cual fue abrogado en 1992 por el actual Decreto No.51-92 y sus reformas. Antes de este último Decreto, el sis-tema de justicia penal era inquisitivo, escrito y desarrolladopor el Juez de Primera Instancia. Mientras que en la actuali-dad, el sistema es acusatorio, oral y desarrollado por dosórganos: el Ministerio Público encargado de la persecuciónpenal y los juzgados de primera instancia y tribunales de sen-tencia.

El Decreto No. 51-92, ha sufrido varias reformas, entre ellasla ya citada, que incorpora la competencia y procedimientosa seguir por parte de los Juzgados de Paz Comunitarios.

En el año 2002 y tomando como base los Acuerdos de Paz, seformuló un Anteproyecto de Código Procesal General, quetiene por finalidad unificar todos los procesos jurisdic-cionales, para que cada uno sea mucho más ágil, moderno yflexible. Sin embargo, todavía no existe la posibilidad de quedicho proyecto se convierta en ley.

También se ha incorporado al sistema de justicia el prin-cipio de que las personas deben ser juzgadas en su propioidioma y de la necesidad de la participación de intérpretes.Este principio se fortaleció con la emisión de la Ley deIdiomas Nacionales, Decreto 19-2003, en la cual se obliga alEstado a “facilitar el acceso a los servicios de salud, edu-cación, justicia, seguridad, como sectores prioritarios, para loscuales la población deberá ser informada y atendida en elidioma propio de cada comunidad lingüística, sin menoscabo

322

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 317: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de la incorporación gradual de los demás servicios, a los tér-minos de esta disposición”10.

Además de la legislación analizada, el Estado ha emitidoun conjunto de leyes en donde se les otorga especial atencióna los pueblos indígenas y se obliga que en las políticas institu-cionales y en los órganos que los dirigen se incorpore la par-ticipación de personas indígenas, es el caso de las siguientes:

323

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

10 Desde la firma de los Acuerdos de Paz se han intentado distintas formas deadministrar justicia bajo los procedimientos alternativos. Dentro de las iniciati-vas mencionadas existen dos Centros de Administración de Justicia CAJ, se haninstalado algunos centros de mediación y algunas mesas de resolución de con-

Ley No. Decretoy Fecha de

Emisión

DecretoLegislativo 12-91aprobado el 01 deenero de 1991

DecretoLegislativo 90-97,aprobado el 02 deoctubre de 1997

DecretoLegislativo 42-2001, aprobado el27 de septiembrede 2001.

DecretoLegislativo 11-2002 aprobado el12 de marzo del20-02 y sanciona-do el 11 de abrildel 2002

Nombre de la LeyReglamento o dispo-sición administrativaLey de EducaciónNacional

Código de Salud

Ley de DesarrolloSocial

Ley de los Consejosde DesarrolloUrbano y Rural

Síntesis del Contenido

Regula el sistema educa-tivo nacional, los con-tenidos y las metodolo-gías aplicables. Recono-ce el derecho a la diversi-dad cultural.Establece el régimen desalud, incluye normas re-ferentes a la medicinatradicional y al respeto dela cultura en el tratamien-to de las enfermedades.Establece los lineamien-tos para promover el de-sarrollo social en el país,con especial atención alos pueblos indígenas yotros grupos de pobla-ción considerados de ma-yor vulnerabilidad social. Regula el sistema nacio-nal de Consejos de Desa-rrollo Urbano y Rural.Obliga a que en cada unode estos consejos existala adecuada representa-ción de las comunidadesy organizaciones indíge-nas que correspondan.

Page 318: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

324

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

flictos, especialmente los relativos a la tierra, como es el caso de las Mesas deAlta Verapaz y Quetzaltenango. Con las reformas constitucionales se intentóestablecer una normativa para armonizar el Derecho Consuetudinario Indígenacon el Sistema de Justicia Estatal, este esfuerzo quedó truncado con la noaprobación de dichas reformas. En el año 2005, la Defensoría Maya, ha empeza-do un proceso en coordinación con la Corte Suprema de Justicia, para que vía laReforma de la Ley del Organismo Judicial, se reconozca la jurisdicción de lasautoridades indígenas y se armonice el Derecho Indígena con el Sistema Estatal.

Ley No. Decreto yFecha de Emisión

Decreto Legislativo12-2002Sancionado el 9 demayo del 2002.

Decreto Legislativo14-2002 aprobado el11 de abril del 2002 ysancionado el 10 demayo del 200

Nombre de la Ley

Código Municipal

Ley General de Des-centralización

Síntesis delContenido

Regula el régimen delos municipios, esta-bleciendo que: “elmunicipio es la uni-dad básica de laorganización territori-al del Estado y espa-cio inmediato de par-ticipación ciudadanaen los asuntos públi-cos. Se caracterizaprimordialmente porsus relaciones per-manentes de vecin-dad, multietnicidad,pluriculturalidad ymultilingüismo, orga-nizado para realizar elbien común de todoslos habitantes”.Otorga personalidadjurídica a las comu-nidades indígenas yreconoce la existen-cia del derecho con-suetudinario.

Norma el proceso dedescentralización ad-ministrativa del Esta-do, tomando en con-sideración la natu-raleza pluricultural dela Nación.

Page 319: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Este engranaje jurídico otorga a los pueblos indígenas laposibilidad de obtener espacios de participación y tutela delEstado para el ejercicio de sus derechos, sin embargo, la dis-

325

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Acuerdo Gubernativo390-2002 emitido el 08de Octubre de 2002,publicado y vigentedesde el 09 de octubrede 2002

Acuerdo Gubernativo726-95, emitido el 21de diciembre de 1995

Circular del DespachoMinisterial para autori-dades educativas, per-sonal docente y admi-nistrativo en toda la re-pública girado el 9 deabril de 1999

Reglamento de laComisión Presiden-cial Contra la Discri-minación y el Racis-mo contra los Pue-blos Indígenas enGuatemala, Presi-dencia de la Repú-blica

Creación de la De-fensoría de la MujerIndígena

Fondo de DesarrolloIndígena.

Ley de la Academiade Lenguas Mayasde Guatemala

Reglamento de laDirección General deEducación BilingüeIntercultural, DIGEBI,Presidente de laRepública

Reconocimiento Ofi-cial del Derecho delos Alumnos a Asistira Clases con Tr a j eIndígena, Minis-teriode Educación

Se crea una comisiónpara desarrollar políti-cas de prevención ycombate al racismo yla discriminación.

Por medio de estereglamento se crea laentidad para aseso-rar, orientar y defen-der los derechos de lamujer indígena.

Se crea un fondo pa-ra promover el desa-rrollo de las comuni-dades indígenas.

Esta ley regula el fun-cionamiento y crea laestructura administra-tiva de la Academiade Lenguas Mayas deGuatemala.

Regula la estructuraadministrativa y losaspectos relativos ala educación bilingüeintercultural en todo elpaís.

Ordena el respeto ala vestimenta indíge-na de los alumnos,por lo que se pre-viene cualquier actodiscriminatorio pordicha circunstancia.

Page 320: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

criminación estructural e institucional y la histórica desigual-dad traen como consecuencia el escaso cumplimiento de estanormativa. En materia de acceso a la justicia y siguiendo lasconclusiones del Informe de Verificación 2001 de MI-NUGUA, podemos coincidir en que:

a) La discriminación que afecta a los pueblos indígenas enGuatemala en relación con la prestación de servicios dejusticia tiene dos dimensiones: las dificultades de acceso ala justicia estatal y la falta de reconocimiento de sus pro-pios sistemas normativos.

b) Los obstáculos que dificultan o impiden el acceso de lospueblos indígenas a la justicia estatal son básicamente cul-turales, constatándose, en primer lugar, la barrera lingüís-tica. Uno de los problemas principales es que los ope-radores de justicia en su mayoría, no admiten o no le danla suficiente valoración al peritaje cultural.

c) También existe discriminación en la interpretación legal.d) Los costos procesales y la ubicación de los despachos

judiciales constituyen otra fuente de discriminación.e) El Instituto de la Defensa Pública Penal sólo cuenta con

tres intérpretes ubicados en Nebaj, Santa Eulalia y Cobán.f) El compromiso del Gobierno de impulsar servicios de

asesoría jurídica gratuita para personas de bajos recursoseconómicos, se encuentra aún pendiente de ejecución.

g) Estudios sobre derecho consuetudinario realizados pordiferentes centros académicos de investigación, revelanque la mayoría de los pueblos indígenas en Guatemala aúnconservan y ejercen sus propias formas normativas deconvivencia interna, situación que no es respetada por elEstado.

Todos estos problemas evidencian el poco avance en elcumplimiento de los Acuerdos de Paz y de la Legislaciónvigente.

326

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 321: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Por otra parte, tomando en consideración las conclusionesdel Relator Especial de Pueblos Indígenas, existe una serie deproblemas de acceso a la justicia, pese a algunas medidas quese han tomado, en ese sentido se concluye en lo siguiente:

a) Persisten situaciones y problemas que dificultan el accesoa la justicia por parte de los indígenas. Los juzgados seencuentran con frecuencia distantes de sus comunidades,de tal manera que acudir a ellos resulta difícil y costoso.Los operadores de justicia no han modificado sus criteriosy comportamientos, que en general son percibidos y seña-ldos como contrarios a los intereses de los indígenas, car-gados de prejuicios, frecuentemente autoritarios, quedesembocan en malos tratos e irrespeto y que no son exen-tos de corrupción.

b) Llama la atención el hecho de que una gran parte de lassituaciones referidas al Relator Especial, que han sidopuestas en conocimiento de las autoridades jurisdic-cionales, el Ministerio Público o la Policía Nacional Civil,son procesadas en la jurisdicción penal como delitos, conlas consecuencias procesales y sociales que esto implica.

c) Una limitación reiteradamente señalada durante la vistadel Relator Especial se refiere al uso de las lenguas indí-genas en procesos judiciales y otros procedimientos cola-terales. No está permitido litigar en idioma indígena, aúncuando las partes sean hablantes del mismo. No se dacumplimiento a las disposiciones que mandan contar conun intérprete debidamente calificado y en la práctica no secapacitan ni contratan suficientes intérpretes.

d) Los dirigentes de las organizaciones entrevistadas atribu-yen especial importancia al reconocimiento y respeto deun sistema jurídico propio de los pueblos indígenas, queforma parte de la cosmovisión maya y está arraigado en la

327

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 322: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

cultura de las comunidades11. Este sistema no es clara-mente reconocido ni respaldado en la legislación y en lasinstituciones, los jueces y magistrados no lo conocen ni loaplican y el ejercicio de esta función jurisdiccional porparte de las autoridades tradicionales indígenas es fre-cuentemente penalizado como suplantación de autoridad odesacato.

e) Uno de los fenómenos más preocupantes de los últimosaños en materia de justicia es la persistencia de los lin-chamientos y la violencia tumultuaria que, al decir de laMINUGUA, constituyen un riesgo para la gobernabilidaden las regiones donde se presentan en mayor medida.

f) Es preciso mencionar también la persistente incidencia decasos no aclarados de desapariciones forzadas, torturas,ejecuciones extrajudiciales de miembros de organizacio-nes y comunidades indígenas, amenazas y hostigamientode investigadores, activistas y defensores de los derechoshumanos.

g) La situación antes descrita se ve agravada por la falta deapoyo para la investigación, el estudio y la sistematizaciónde la costumbre jurídica indígena; por la ausencia de estetema en los estudios superiores y por la precariedad(jurídica y económica) en la que realizan su trabajo lasorganizaciones indígenas que prestan, servicios de abo-gacía y defensa legal para los pueblos y comunidadesindígenas12.

328

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

11 Sistematización propia, a partir de las conclusiones de los talleres con lídereskaqchiqueles, poqomames, kiches, keqchíes, chorti y xinkas, realizados entre el01 al 08 de abril 2005.

12 Rodolfo Stavenhagen. Informe del Relator Especial sobre la Situación de losD e rechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas.Guatemala: Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, 2003.Págs. 20, 21, 22, 23, 24 y 25.

Page 323: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Los diferentes aspectos examinados y la documentaciónrevisada, nos permiten concluir en que en Guatemala, existenserias limitantes para el ejercicio de los derechos de los pue-blos indígenas y para el acceso a la justicia por parte de losmismos, producto de un sistema político y jurídico que losexcluye, no reconoce sus normativas propias y deliberada-mente es ineficaz para prevenir y sancionar actos de discrimi-nación y racismo.

1.3.1 Otras Consideraciones sobre las Leyes Nacio-nales que Protegen Derechos Indígenas

Esta legislación la debemos dividir para su estudio, en dosgrupos: la que propiamente tienen una naturaleza tutelar dederechos indígenas y las que regulan una materia general, peroque incluyen aspectos relativos a los pueblos indígenas.

En el primer grupo, se hayan únicamente las leyes si-guientes: el Decreto Legislativo 9-96 que ratifica el Convenio169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales; el Decreto Legislativo19-2003, Ley de Idiomas Nacionales; el Decreto Legislativo65-90, Ley de la Academia de Lenguas Mayas; y el DecretoLegislativo 83-96, Ley del Pueblo Garífuna. Asimismo se hanemitido algunos reglamentos administrativos, que los indíge-nas han tomado con fuerza de ley, pero jurídicamente son nor-mas que ordenan institucionalmente algunos fines y algunasactividades, es el caso de los reglamentos siguientes: de laDirección de Educación Bilingüe Intercultural; de la ComisiónPresidencial contra la Discriminación y el Racismo contra losPueblos Indígenas de Guatemala; el del Ministerio de Culturay Deportes; el que ordena respetar el derechos a que los alum-nos y alumnas asistan a clases con traje indígena; el del Fondode Desarrollo Indígena y el de la Defensoría de la MujerIndígena.

329

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 324: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

En el segundo grupo, está el conjunto de leyes que yahemos citado en otros apartados, pero que por su importanciapara la lucha de los pueblos indígenas es necesario citaralgunos aspectos incluidos en las mismas.

La ley penal sustantiva (Código Penal) crea el delito dediscriminación y la ley procesal crea los juzgados de pazcomunitarios, donde participan líderes indígenas.

El Código Municipal, caracteriza al municipio primor-dialmente por sus relaciones permanentes de multietnicidad,pluriculturalidad y multilingüismo, reconoce como parte delordenamiento jurídico municipal, al “derecho consuetudinariodel lugar” y otorga el “derecho al reconocimiento de su per-sonalidad jurídica” a las comunidades indígenas, “con respetode su organización y administración interna que se rige de con-formidad con sus normas, valores y procedimientos propios,con sus respectivas autoridades tradicionales reconocidas yrespetadas por el Estado, de acuerdo a disposiciones constitu-cionales y legales”.

Contiene además, una norma que ordena respetar yreconocer “las formas propias de relación u organización delas comunidades de los pueblos indígenas entre sí, de acuerdoa criterios y normas tradicionales o a la dinámica que las mis-mas comunidades generan”.

Esta normativa, después del Convenio 169, es la que másse acerca a otorgar ciertos niveles de autonomía o libre deter-minación a las comunidades indígenas en Guatemala(Artículos 2, 8, 20 y 21).

La Ley de Descentralización que enuncia que el procesode descentralización debe otorgar poder de decisión “a lascomunidades organizadas legalmente, con participación de lasmunicipalidades”. Y además, establece como principio “elrespeto a la realidad multiétnica, pluricultural y multilingüe...”del país.

330

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 325: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La Ley de Desarrollo Social, que reconoce “la multicul-turalidad de la nación guatemalteca” y ordena “dar especialatención a los grupos de personas que por su situación de vul-nerabilidad la necesitan”, reafirma este principio al incluir alos indígenas entre “los sectores de especial atención”(Artículos 4,8 y 16).

La Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural quetambién reconoce el carácter pluricultural de la nación y con-templa incluir en todas las estructuras de dichos consejos(Nacional, Regional, Departamental, Municipal y Comunita-rio) a representantes de los pueblos indígenas.

Finalmente, es necesario hacer algunas reflexiones conrespecto a los vacíos legales que existen en relación a lospueblos indígenas. En este tema, debemos partir por la legis-lación que el Estado no ha emitido, se trata de la Ley que elartículo 70 constitucional impone como imperativo para crearun marco regulatorio general sobre los pueblos indígenas. Elargumento oficial es que puede llegarse a la ruptura de launidad territorial y que no tiene por qué haber un estatus espe-cial para los indígenas, si ya se establece el principio de igual-dad. La realidad es que son los mismos argumentos que seesgrimieron en contra de las fallidas “reformas constitu-cionales” en 1999, cuyo motivo de fondo es el autoritarismo,la discriminación y el racismo.

Por otra parte, la legislación vigente antes de los Acuerdosde Paz, no ha sido reformada como lo ordenan dichos compro-misos políticos. Cuerpos normativos tan importantes como elCódigo Civil, el Código de Trabajo, el Código Procesal Civily Mercantil, no expresan la multiculturalidad del país.Además, se han emitido recientemente otras leyes como la dePropiedad Industrial y la de Derechos de Autor, que no recono-cen los derechos intelectuales, de creación y descubrimientopor parte de los pueblos indígenas sobre medicina tradicional,

331

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 326: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

semillas nativas, procedimientos técnicos, etc., lo que ha sidoaprovechado por “inventores” y empresas transnacionales parapatentar esas creaciones y conocimientos.

Otro aspecto importante de señalar es que, a pesar de quela Constitución Política y algunas leyes “incorporan” al sis-tema jurídico estatal el Derecho Indígena, esa relación no tieneuna normativa que delimite los dos ámbitos jurídicos y facilitela aplicación, lo que trae como consecuencia su marginación,interpretación tergiversada o aplicación errónea. Existe unesfuerzo muy reciente entre la entidad indígena DefensoríaMaya y la Corte Suprema de Justicia, en dirección de reformarla Ley del Organismo Judicial, para reconocer y facilitar lacoordinación entre ambos sistemas jurídicos, sin embargo,consideramos que no es el mejor camino, sino más bien,debería promulgarse una ley específica.

1.3.2 Tratados y Convenios Internacionales enMateria de Derechos Humanos y de DerechosIndígenas Ratificados por Guatemala

El artículo 46 de la Constitución Política de Guatemala,abre las puertas del orden jurídico nacional a los avances queen materia de derechos humanos se vayan alcanzando en elmundo, al contemplar lo siguiente: “se establece el principiogeneral de que en materia de derechos humanos, los tratados yconvenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienenpreeminencia sobre el derecho interno”. Es decir, que junto ala Constitución Política, prevalecen ante cualquier ley ordina-ria interna y sientan principios para su interpretación y apli-cación.

En este marco normativo cuya fuente es el Derecho Inter-nacional, también consideramos necesario distinguir dos gru-

332

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 327: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

pos de instrumentos jurídicos: los que regulan derechoshumanos en general y los que se refieren a derechos específi-cos de los pueblos indígenas.

Esta división se hace con fines pedagógicos, ya que entretodos los instrumentos existe complementariedad, integralidady una estrecha relación.

En el primer grupo se hayan instrumentos como los si-guientes: Declaración Universal de Derechos Humanos, PactoInternacional de Derechos Civiles y Políticos, PactoInternacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,la Convención sobre Derechos del Niño, la ConvenciónInteramericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar laViolencia contra la Mujer, y la Convención Americana sobreDerechos Humanos.

En el segundo grupo, encontramos los instrumentos si-guientes: Convención Internacional sobre la Eliminación deTodas las Formas de Discriminación Racial; ConvenciónRelativa a la Lucha Contra las Discriminaciones en la Esferade la Enseñanza; Convenio No. 169 de la OIT, sobre PueblosIndígenas y Tribales en Países Independientes.

Es importante, además, hacer referencia de que el Estadode Guatemala y algunos organizaciones de los pueblos indíge-nas, participan en la discusión en la ONU, del “Proyecto deDeclaración Universal de los Derechos de los PueblosIndígenas”, y en la OEA, “El Proyecto de DeclaraciónAmericana Sobre Derechos de los Pueblos Indígenas”. Estemarco jurídico de origen internacional constituye uno de losámbitos normativos en donde la Procuraduría de los DerechosHumanos debe enmarcar sus funciones y atribuciones, asícomo su actuación frente al Estado, los ciudadanos y los pue-blos indígenas.

333

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 328: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

II. El Marco Institucional de la Procuraduríade los Derechos Humanos y losDerechos de los Pueblos Indígenas

2.1 Reseña Histórica de la Procuraduría de los Derechos Humanos

Si se quisiera encontrar antecedentes remotos de la figuradel Ombudsman en Mesoamérica y Guatemala quizá habríaque partir de los esfuerzos de Fray Bartolomé de las Casas,que siendo funcionario de la Iglesia Católica y por ende, tam-bién del Estado, desarrolló intensas luchas en favor de los indí-genas casi desde la misma invasión europea.

Un antecedente más cercano es la creación por parte delGobierno de la figura del “Fiscal Protector de los Indios”13,durante el Régimen Conservador (1838-1871). La función deeste personaje era defender a los indígenas de los cafetaleros,de los jefes políticos y de la policía, principalmente conrelación al trabajo forzado, pago de salarios y despojo de sustierras. Evidentemente, no tenía ni las condiciones ni el apoyoinstitucional suficiente, los abusos se siguieron dando.

Con el proceso de “apertura democrática” gestado enGuatemala luego de trágicos períodos de gobiernos militaresdictatoriales, salvo Jacobo Arbenz Guzmán, entre 1984-1986se dan ciertas condiciones para proponer que en la nuevaConstitución Política, se plasmaran de una manera amplia losderechos humanos universalmente reconocidos hasta esaépoca y los mecanismos jurídicos e institucionales para

334

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

13 J.C. Cambranes. Café y Campesinos. Los orígenes de la economía de plantaciónmoderna en Guatemala, 1853-1987. 2ª ed. Madrid, España: Ed. Catriel SL.,1996. Págs. 74 y 75.

Page 329: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

defenderlos. Así es como surgen algunas iniciativas que seconvirtieron en valiosos antecedentes para plasmar la norma-tiva de una institución verdaderamente novedosa en Guate-mala: la Procuraduría de los Derechos Humanos.

A medida que los países del mundo adoptaron sistemasdemocráticos de gobierno se ha reconocido su existencia,incorporándose a su ordenamiento jurídico; en España porejemplo, se reconoció su existencia, incorporándose a suConstitución en el año de 1978 bajo el término de Defensor delPueblo; esta normativa es la que inspiró a los constitucionalis-tas guatemaltecos a incluir una institución similar en laConstitución de 1985, en el marco de una transición política.

Una de las razones por las que se incorporó esta figuraeran las constantes violaciones a los derechos humanoscometidas en el contexto del conflicto armado; y otra, eran laspresiones internacionales.

Por la importancia que para la creación de la Procuraduríade los Derechos Humanos reviste el contexto histórico, esimportante hacer referencia a los gobiernos inmediatamenteinteriores a la promulgación de la Constitución Política de1985.

En 1978 como producto de un fraude electoral, asume elgobierno del General Romeo Lucas García (1978-1982),situación política que creó las condiciones para profundizar larepresión y la violación a los derechos humanos. Líderes estu-diantiles, magisteriales, campesinos, indígenas y de otros sec-tores fueron asesinados, desaparecidos, perseguidos y exilia-dos. En esta etapa el conflicto armado llegó a su punto másalto involucrando en forma directa o indirecta a las comu-nidades indígenas debido a diferentes causas, entre las que seencuentran el racismo, la pobreza, la desigualdad y laexclusión, así lo documenta la CEH en sus conclusiones cuan-

335

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 330: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

do establece que “las relaciones entre el Estado y los pueblosindígenas de Guatemala, especialmente el pueblo maya, se handado en condiciones de racismo, desigualdad y exclusión, yque estas condiciones constituyeron una de las causas históri-cas del enfrentamiento armado”14.

La represión contra las comunidades indígenas no se hizoesperar. Ante el desgaste y el aislamiento internacional delGobierno de Lucas García, la cúpula del Ejercito Nacionaldecidió derrocar a dicho gobierno con dos objetivos: evitar elmayor desgaste político que hubiese significado la toma deposesión del candidato ganador General Ángel A n í b a lGuevara a quien se le acusaba haberse adjudicado fraudulen-tamente el resultado de las elecciones realizadas en esa época;y el segundo objetivo, era profundizar la política de contrain-surgencia, buscando eliminar la base social del movimientorevolucionario a través de los métodos de tierra arrasada ymasacres. Este proceso fue encabezado por el General EfraínRíos Montt quien institucionaliza las patrullas de autodefensacivil y aplica ampliamente los métodos represivos menciona-dos. Es en esta etapa cuando se profundiza la represión en con-tra de las comunidades indígenas: “(Se produjo) la agresiónmasiva e indiscriminada a las comunidades (indígenas), conindependencia de su real involucramiento en la guerrilla, asícomo con indiferencia a su condición de población civil, nocombatiente. Con las masacres, las operaciones de tierraarrasada, el secuestro y ejecución de autoridades, líderesmayas y guías espirituales, no sólo se buscaba quebrar lasbases sociales de la guerrilla, sino desestructurar ante todo losvalores culturales que aseguraban la cohesión y la accióncolectiva de las comunidades”15.

336

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

14 Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH). Guatemala: Memoria delSilencio. Guatemala: 1999.

15 Rodolfo Stavenhagen. Ob.cit. Pág. 10.

Page 331: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Según la CEH, las fuerzas del Estado y los grupos para-militares afines son los responsables del 93% de las viola-ciones a los derechos humanos, incluyendo el 92% de las eje-cuciones arbitrarias y el 91% de las desapariciones forzadas.

El Gobierno de Ríos Montt a su vez fue derrocado por elGeneral Oscar Mejía Vítores, quien fue puesto por el ejércitoy sectores de poder con la idea de un retorno paulatino y con-trolado al sistema institucional democrático. Es así como entre1984 y 1986 se desarrolla el proceso que se denomina “aper-tura democrática”, durante el cual se convoca a una AsambleaNacional Constituyente y se redacta una nueva ConstituciónPolítica, en la que recoge varios elementos de las tendenciasprevalecientes en materia de derechos humanos y avanza en elreconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas.

En las jornadas constitucionales organizadas en mayo de1984 por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, elLicenciado Edgar Alfredo Balsells Tojo, presentó una ponen-cia que denominó “Hacia una Efectiva Protección de losDerechos Humanos en Guatemala”, en la cual se propuso lacreación de la figura del Procurador de los DerechosHumanos, capaz de evitar las constantes violaciones a lasgarantías ciudadanas, enderezar los remedios legales que enforma de recursos o procesos restablezcan en su caso, losDerechos Humanos vulnerados”16.

La Universidad de San Carlos de Guatemala, preocupadapor atender su mandato de participar en la búsqueda de solu-ciones a los problemas nacionales, solicitó la colaboración delos Doctores Jorge Mario García Laguardia y EdmundoVásquez Martínez para la elaboración de los lineamientos de

337

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

16 Sergio Fernando Morales Alvarado. Cambio en el Ejercicio del Poder Políticoen Guatemala. PDH, Guatemala, 1987. Pág. 92.

Page 332: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

una Nueva Constitución; en esa oportunidad los citados profe-sionales destacan la figura del Defensor del Ciudadano e indi-can al respecto: “creemos que en la Nueva Constitucióndebería fortalecerse el sistema de Garantías Constitucionalesincorporando la institución del Defensor del Ciudadano, com-plementaria de los sistemas y procedimientos de control jurídi-co del poder público y en especial de la administración comoun mecanismo sencillo”17.

La figura del Procurador de los Derechos Humanos nacea la vida institucional, teniendo definidas sus funciones yatribuciones por la misma Constitución Política de laRepública, que en resumen plantea la defensa y promoción delos derechos humanos (tomando como derechos humanostodos los reconocidos por la Constitución y tratados o conve-nios signados por el Estado Guatemalteco).

El Pleno del Congreso de la República de Guatemala ensesión del 13 de agosto de 1987, emite el decreto 47-87 y sedeclara electo al Primer Procurador de los Derechos Humanos,Licenciado Gonzalo Menéndez de la Riva. Da inicio así el pro-ceso institucional de lucha por el respeto de los derechoshumanos en Guatemala, en dirección a la democratización delpaís, el impulso de la cultura de derechos humanos y la plenavigencia del Estado de Derecho.

Es necesario señalar que todo avance en el campo de losderechos humanos en Guatemala en esa etapa históricamentedeterminada, constituye un aporte para el desarrollo social yhumano del país, el cual desde hace muchos años, ha vividobajo la sombra de una larga noche de violencia y desigualdadque no podía prolongarse.

338

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

17 Otto José Paz Kroell. La Naturaleza de las Resoluciones de la Procuraduría delos Derechos Humanos. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidadde San Carlos de Guatemala. Guatemala, 2004. Pág. 19.

Page 333: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Desde su creación la Procuraduría de los DerechosHumanos ha sido presidida por 5 magistrados de conciencia:Gonzalo Menéndez De la Riva, Ramiro De León Carpio, JorgeMario García Laguardia, Julio Eduardo Arango Escobar ySergio Fernando Morales Alvarado.

2 . 2 Situación del Marco Jurídico

El marco jurídico de la PDH tiene tres ámbitos, el que serefiere a la regulación de la institucionalidad, el que establecey protege derechos humanos en general y el que crea y protegederechos indígenas.

En tal sentido su normativa esta determinada igualmentepor tres grupos de leyes:

1. Con respecto a su institucionalidad:

• Constitución Política de la República (Artículos 273,274 y 275).

• Ley de la Comisión de Derechos Humanos delCongreso de la República y del Procurador de losDerechos Humanos (Decreto 32-87, reformado por elDecreto 32-87, ambos del Congreso de la República).

• Reglamento de Organización y Funcionamiento de laProcuraduría de los Derechos Humanos (Acuerdo No.SG 15-98).

2. Con respecto a la materia de los Derechos Humanos:

• Constitución Política de la República (Artículos del 3ºal 117, principalmente).

• Ley de Amparo, Exhibición Personal y deConstitucionalidad.

• Declaraciones, Convenciones, Convenios y Tratadosaprobados y ratificados por el Estado de Guatemala.

339

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 334: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

3. Con respecto a los Derechos Indígenas:

• Constitución Política de la República (Artículos del66 al 70; y 57, 58, 60 y 61).

• Declaraciones, Convenciones, Convenios y Pactosque incluyen derechos específicos de los pueblosindígenas.

• Leyes Nacionales, que protegen derechos indígenas.

Este sistema normativo delimita la competencia y las fun-ciones del Procurador de los Derechos Humanos y otorga fa-cultades a los ciudadanos para requerir protección, asesoría,acompañamiento y apoyo ante una eventual agresión otrasgresión a sus derechos.

2.2.1 Mandato Constitucional

El origen normativo, la competencia y el alcance de laactuación del Procurador emana de la Constitución Política dela República que le otorga un mandato para actuar en repre-sentación del Estado y supervisar a la administración pública,observando que su funcionamiento respete los derechos de losciudadanos, tanto los que les corresponden en tanto sereshumanos, como los que además les identifica como sereshumanos diferentes al resto de la población; es el caso de losderechos específicos.

El Procurador tiene una delegación del Estado con sufi-ciente legitimidad y autoridad moral, pues su mandato es con-cedido por el órgano de mayor representación en una demo-cracia occidental como lo es el Congreso de la República, elcual por definición y naturaleza jurídica tiene la repre-sentación del pueblo.

El Artículo 274 constitucional define y establece los dosprincipios primarios de la institución, enunciando que: “el

340

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 335: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Procurador de los Derechos Humanos es un Comisionado delCongreso de la República para la defensa de los derechoshumanos que la Constitución garantiza” y luego agrega: “ten-drá facultades de supervisar la administración...”.

La Constitución establece una serie de derechos humanosseparándolos en tres grupos: derechos individuales, derechossociales y derechos de los pueblos indígenas. Aunque estosúltimos no los identifique con éste término.

Pero además, establece sendos principios que amplían elespacio jurídico para el ejercicio integral de los derechoshumanos (Artículos 44 y 118), nos referimos a los siguientes:

1) “los derechos y garantías que otorga la Constitución noexcluyen otros que, aunque no figura expresamente enella, son inherentes a la persona humana”;

2) “el interés social prevalece sobre el interés particular”;3) “el sistema económico-social se basa en principios de jus-

ticia social”.

Todos estos aspectos deben considerarse cuando se tratade comprender los alcances del mandato general delProcurador de los Derechos Humanos en Guatemala, de locontrario podría tenerse una idea restrictiva del mismo.

La Carta Magna también le señala atribuciones específi-cas al Procurador, con la finalidad de que tenga un marcojurídico y administrativo de referencia, es así como le asignalas siguientes atribuciones:

a) Promover el buen funcionamiento y la agilización de lagestión administrativa gubernamental, en materia deDerechos Humanos;

b) Investigar y denunciar comportamientos administrativoslesivos a los intereses de las personas;

341

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 336: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

c) Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadaspor cualquier persona, sobre violaciones a los DerechosHumanos;

d) Recomendar privada o públicamente a los funcionarios lamodificación de un comportamiento administrativo obje-tado;

e) Emitir censura pública por actos o comportamientos encontra de los derechos constitucionales;

f) Promover acciones o recursos, judiciales o administra-tivos, en los casos en que sea procedente; y

g) Las otras funciones y atribuciones que le asigne la ley.

La Ley Fundamental regula aspectos más operativoscomo la temporalidad del cargo del funcionario (cinco años),la obligación de rendir un informe anual al Congreso de laRepública; le otorga facultades especiales para verificar que segaranticen los derechos fundamentales cuya vigencia nohubiere sido expresamente restringida durante un régimen deexcepción. Regula además el principio de que “para el cumpli-miento de sus funciones todos los días y horas son hábiles”.

Quizá la principal restricción a la actuación delProcurador es que sus pronunciamientos, acuerdos y resolu-ciones no tienen la fuerza jurídica suficiente para ser vincu-lante a los funcionarios y empleados que incurren en conduc-tas violatorias de los derechos fundamentales; más bien, seemiten sanciones de carácter moral, por eso se le denomina“Magistrado de Conciencia”.

2.2.2La Ley de la Comisión de Derechos Humanosdel Congreso de la República y del Procuradorde los Derechos Humanos

Los artículos 273 y 275 literal g) de la ConstituciónPolítica ordenan emitir una ley y regular las atribuciones de la

342

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 337: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Comisión de Derechos Humanos del Congreso y ampliar lasfunciones y atribuciones del Procurador, además de las que seregulan en la Ley Fundamental.

En tal sentido se promulga el Decreto 54-86, con fecha 1de Octubre de 1986, reformado por el Decreto 32-87 de fecha16 de Junio de 1987.

La ley está conformada por 6 capítulos y 40 artículos; quecontienen los aspectos siguientes: Capítulo I, naturaleza e inte-gración de la Comisión de Derechos Humanos; Capítulo II,atribuciones de la Comisión; Capítulo III, atribuciones delProcurador; Capítulo IV, competencia del Procurador;Capítulo V, procedimiento a seguir ante la oficina delProcurador; Capítulo VI, disposiciones finales y transitorias.

La ley le señala a la institución, entre otras, las siguientesatribuciones:

a) Establecer y mantener comunicación con las diferentesorganizaciones intergubernamentales, gubernamentales yno gubernamentales, nacionales o extranjeras, encargadasde la defensa y promoción de los Derechos Humanos;

b) Recibir, analizar e investigar toda denuncia de violación delos Derechos Humanos, que presenten en forma oral oescrita cualquier grupo, persona individual o jurídica;

c) Iniciar de oficio las investigaciones que considere nece-sarias en los casos que tenga conocimiento sobre viola-ciones de los Derechos Humanos;

d) Investigar en cualquier local o instalación sobre indiciosracionales que constituyan violación sobre cualquiera delos Derechos Humanos, previa orden de juez competente.La inspección no requiere la notificación previa a los fun-cionarios o encargados de quien, directa o indirectamente,dependen los locales o instalaciones;

343

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 338: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

e) Exigir de particulares, funcionarios y empleados públicosde cualquier jerarquía al presentarse a los locales o insta-laciones referidos en la literal anterior, la exhibicióninmediata de toda clase de libros, documentos, expe-dientes, archivos, incluso los almacenados en computado-ra, para lo cual se acompañará de los técnicos necesarios;queda a salvo, lo preceptuado por los artículos 24 y 30 dela Constitución Política de la República de Guatemala;

f) Emitir resolución de censura pública en contra de losresponsables materiales y/o intelectuales de la violaciónde los Derechos Humanos, cuando el resultado de lainvestigación arribe a esa conclusión;

g) Organizar la Procuraduría de los Derechos Humanos ynombrar, amonestar y remover al personal de la misma, deconformidad con el reglamento respectivo.

Cabe destacar como otras atribuciones específicas impor-tantes, las que se refieren a recibir, analizar e investigar lasdenuncias; iniciar de oficio las investigaciones; investigar encualquier local o instalación; exigir la presencia de funciona-rios y empleados públicos de cualquier jerarquía; éstas sonpotestades que fortalecen el mandato del Procurador y facili-tan su labor en pro del respeto a los derechos humanos y elfuncionamiento de un verdadero Estado de Derecho,democrático y pluricultural.

2.3 Estructura Institucional

2.3.1 Valoraciones sobre los Principios y Criteriosde Atención a la Población

La Procuraduría de Derechos Humanos se organiza paraatender a toda la población que requiere de asesoría, orien-tación, defensa y apoyo para la promoción, educación, respeto

344

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 339: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

y defensa de los derechos humanos. En tal sentido todas lasdependencias y oficinas de la sede central y oficinas departa-mentales tienen como parte de su trabajo la obligación debasarse en los principios más elementales de respeto a la dig-nidad de los seres humanos; en esa virtud los derechos de lospueblos indígenas son parte de los ejes transversales en el fun-cionamiento de la entidad y la responsabilidad de cada uno delos funcionarios.

Aparte de ello, se tiene como criterios de atención: la to-lerancia, la igualdad, la solidaridad, el respeto mutuo, la aten-ción inmediata y sin formalismos. “Los auxiliares, oficiales ypersonal de la Procuraduría de los Derechos Humanos, son laspersonas que en nombre de la Institución están más cerca de lapoblación en general, y en particular de los sectores más vul-nerables, y en riesgo constante de que sus derechos indivi-duales, colectivos y específicos les sean mancillados, por esoson los agentes de solidaridad e inmediatos a quienes acudenlos agraviados en su vida, dignidad y derechos”. En tal senti-do, el personal de la PDH debe tener presente un conjunto deprincipios éticos en el desempeño de sus funciones18.

En el conjunto de criterios y principios sobre los que sebasa la actuación de los funcionarios y todo el personal de laPDH tienen muy en cuenta las relaciones de interculturalidady pluriculturalidad en el país. Se busca construir una nacióndiferente en donde el respeto a los derechos humanos gene-rales y específicos, así como la convivencia pacífica y armóni-ca sean la norma privilegiada.

345

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

18 Martín Sacalxot y Alfredo Cupil López. Ob. cit Pág. 52.

Page 340: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

2.3.2 La Planificación Estratégica

La PDH analiza, revisa y reestructura su plan estratégicode manera quinquenal, es decir cada período en que se elige unnuevo Procurador de los Derechos Humanos. Es indiscutibleque cada funcionario le imprime una característica muy parti-cular al funcionamiento de la institución dentro de su marcojurídico. Es por esa razón que cada cinco años se cuenta conun marco estratégico para llevar adelante la función que lecompete, así se refleja en los planes de los últimos dos procu-radores19.

Sin embargo la Ley establece la necesidad de que elProcurador elabore planes anuales de trabajo a partir de dosdisposiciones principales, las cuales están contenidas en losArtículos 14 y 15, que literalmente dicen:

Artículo 14. Otras Atribuciones:

d) Divulgar en el mes de enero de cada año por los medios decomunicación social, el informe anual y los informesextraordinarios a que se refiere esta ley;

h) Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la Procura-duría y remitirlo a la Comisión de Derechos Humanos delCongreso de la República, para que sea incluido en el pre-supuesto general de ingresos y egresos del Estado.

Artículo 15. Informe:

El Procurador deberá presentar al Congreso de la Repú-blica durante la segunda quincena del mes de enero de cada

346

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

19 Plan Estratégico 1998-2002 del Dr. Julio Arango Escobar y Plan Marco deTrabajo 2002-2007 del Dr. Sergio Fernando Morales Alvarado.

Page 341: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

año, por conducto de la Comisión respectiva, informe circuns-tanciado de sus actividades y de la situación de los DerechosHumanos, durante el año anterior.

Por su parte el Reglamento de Organización yFuncionamiento regula lo concerniente a los planes anuales detrabajo al establecer en su artículo 5º (Otras atribuciones delProcurador de los Derechos Humanos), lo siguiente: “ademásde las establecidas en la Ley de la Comisión de los DerechosHumanos del Congreso de la República y del Procurador delos Derechos Humanos, corresponde al Procurador:

a) Dictar los lineamientos de políticas, estrategias y accionesa seguir para el logro de los objetivos de la Procuraduría”.

f) Aprobar el plan anual de trabajo y el presupuesto de lainstitución.

En conclusión, la PDH cuenta con planes estratégicosquinquenales y planes anuales de trabajo, según los criterios ylas estrategias de trabajo de cada uno de los procuradores queocupan el más alto cargo de la institución

347

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 342: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

348

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2.3.3 Descripción de la Estructura OrganizativaOrganigrama General

Continúa en la página siguiente

Page 343: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

349

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 344: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

350

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

La Procuraduría de Derechos Humanos tiene una estruc-tura general integrada así:

a) Procurador de los Derechos Humanos.

b) Departamento de Procuraduría de los Derechos Humanos.

c) Departamento de Promoción y Educación.

d) Departamento Administrativo.

e) Departamento Financiero.

El Procurador integra lo que se denomina “DirecciónSuperior” de la entidad, la cual se organiza así:

a) Procuradores Adjuntos.

b) Secretaría General.

c) Auditoria Interna.

d) Asesoría Técnica.

e) Unidad de Relaciones Públicas y Prensa.

f) Oficina de Relaciones Internacionales.

g) Oficina de Atención a las Defensorías.

h) Defensorías de Derechos Específicos.

i) Oficina de Atención a las Auxiliaturas.

j) Auxiliaturas Departamentales del Procurador de los Dere-chos Humanos.

Page 345: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

351

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Organigrama de la Dirección Superior

Page 346: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

352

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2.3.3.1 Auxiliaturas del Procurador de los DerechosHumanos

Auxiliaturas:

Para el cumplimiento de su mandato constitucional entoda la República, el Procurador de los Derechos Humanoscuenta con el Departamento de Procuración y las auxiliaturasregionales, departamentales, municipales, y móviles, queatienden todas las denuncias planteadas en su área geográfica.

Auxiliaturas Departamentales:

Alta Verapaz, Baja Verapaz, Chimaltenango, Chiquimula.Escuintla, Huehuetenango, Izabal, Jalapa, Jutiapa, Petén,Progreso, Quetzaltenango, Retalhuleu, Sacatepequez, SanMarcos, Santa Rosa, Quiché, Sololá, Suchitepéquez, Totoni-capán y Zacapa

Auxiliaturas regionales:

Quetzaltenango / Coatepeque y Quiché / Ixcán

Auxiliaturas municipales:

Petén / Poptún y Quiché / Santa María Nebaj

Auxiliaturas móviles:

Huehuetenango / Barillas, Huehuetenango / Nentón,Santa Rosa / Chiquimulilla

2.3.2 Defensoría EspecíficasLa Oficina de Atención a las Defensorías Específicas apo-

ya y coordina a dichas defensorías en sus actividades, espe-cialmente en los campos de procuración y promoción.

Page 347: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

353

Organigrama de Defensorías Específicas

El Artículo 21 del Reglamento de Organización y Funcio-namiento, establece que las Defensorías Específicas “sonunidades que tutelan derechos específicos de la población ensituación de riesgo y vulnerabilidad, que por diversas situa-ciones de carácter social, económico, político e histórico ad-quieren especial atención en sus derechos como ciudadanosdel Estado”.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 348: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Por su parte el Artículo 23, crea las siguientes Defensoríasde Derechos Específicos:

a) Niñez y Juventud.b) Mujer.c) Tercera Edad y Discapacitados.d) Debido Proceso.e) Del Recluso.f) Desarraigados y Migrantes.g) De los Pueblos Indígenas.h) Consumidor.i) Otras que se creen en el futuro.

2.4 Metodología y Procedimientos

La experiencia de 18 años de la Procuraduría de losDerechos Humanos y el fortalecimiento de los instrumentosjurídicos que protegen los derechos fundamentales de las per-sonas ha sido aprovechada para perfeccionar cada día más lametodología y el procedimiento para la atención de casos y laadecuada protección a las víctimas. Se ha logrado avanzar enesquemas sencillos y en la prontitud de atender casos en quelas personas están en situación de indefensión y vulnerabili-dad.

Es posible distinguir entre principios generales y especí-ficos de la metodología que se utiliza para la atención decasos. En tal sentido, se han establecido, los siguientes:

a) Cualquier persona individual puede presentar denuncia osolicitar investigación sobre violaciones a los derechoshumanos.

b) Cualquier agrupación o comunidad puede presentardenuncia o solicitar investigación sobre violaciones a losderechos humanos.

354

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 349: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

c) Todas las denuncias o solicitudes de investigaciónpueden ser recibidas sin formalidad y no tienen costoalguno.

d) Las denuncias pueden presentarse de manera verbal, porescrito o por teléfono ante el Procurador, ProcuradoresAdjuntos o los Auxiliares Departamentales.

e) Solamente en casos excepcionales podrán presentardenuncia los menores de edad, cuando no puedan com-parecer debidamente representados por sus padres,tutores o quien ejerza sobre ellos la patria potestad.

f) La Procuraduría podrá iniciar de oficio, la investigaciónsobre violaciones a derechos humanos aunque nadie pre-sente denuncia.

g) Cuando el hecho denunciado no puede ser conocido porel Procurador, por cuestiones de competencia, se trasladaal órgano competente para brindarle un control adminis-trativo.

h) En todos los casos relacionados con pueblos indígenas secontará con la asesoría de la Defensoría Indígena.

i) Todo el enfoque del tratamiento de los casos es victi-mológico.

La actuación de la institución se inicia con la denuncia, lacual es calificada y clasificada para efectos de la conformacióndel expediente respectivo. El siguiente paso a seguir entonceses abrir el expediente y empezar a desarrollar el proceso quecorresponda. Para el efecto los expedientes se clasifican de lasiguiente manera:

A. De investigación:

• Oficio

• Ordinario

355

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 350: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

356

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

B. De acciones específicas:

• Prevención

• Orientación

• Observación

• Mediación

• Acciones de Conciliación

• Intervenciones inmediatas

• Seguimiento (para el caso de las auxiliaturas)

Los procedimientos de tramitación de casos en laProcuraduría de Derechos Humanos se clasifican con base enla unidad o dependencia en que se desarrollen, aunque esimportante advertir que existen etapas procedimentales queson comunes o en otras palabras, existe una estructura centralpara dichos procedimientos, lo que significa que varían sólo enalgunos pasos. Para efectos de mejor comprensión lospodemos clasificar en tres clases: procedimiento para la aten-ción de denuncias en la sede central; procedimiento para laatención de denuncias en las auxiliaturas departamentales yprocedimientos para la atención de denuncias en lasDefensorías Específicas.

La emisión del Acuerdo SG-15-98 del Procurador de losDerechos Humanos, Reglamento de Organización yFuncionamiento, dotó al Procurador de una nueva estructuraorgánica y de procedimiento para garantizar el cumplimientode sus atribuciones, por lo que en el Titulo III, Capítulo VII delreferido Reglamento, se encuentra considerado “que toda per-sona individual, agrupada o jurídica, puede presentar solicitudde investigación o denuncia incluyendo los menores de edad”.

Page 351: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

357

Las denuncias se reciben sin sujeción o formalidad deninguna naturaleza y sin costo, las cuales pueden presentarseen forma verbal, por escrito a través de carta o telegrama,memorial o cualquier otro medio; ya sea que sean dirigidas alProcurador de los Derechos Humanos, los adjuntos o auxi-liares departamentales. Estos escritos no requieren de auxiliode abogado. El procurador inicia investigaciones de oficiocuando tiene conocimiento sobre violaciones a los derechoshumanos por cualquier medio, sin que exista denuncia directade terceras personas.

Las denuncias pueden realizarse también por vía telefóni-ca y pueden ser admitidas en casos en que se encuentre eninminente peligro la vida, la seguridad o la libertad de la per-sona. En el caso de denuncias en forma anónima se deberá ca-lificar su naturaleza tratando de establecer su autenticidad parael trámite correspondiente.

El Departamento de Procuración por medio de su área derecepción y calificación de denuncias, las analiza y establecesi constituye o no competencia del Procurador de los DerechosHumanos; cuando las denuncias o solicitudes de investigaciónno constituyen competencia del Procurador se orienta alinteresado sobre el trámite a seguir y la autoridad o dependen-cia a donde deba dirigirse. En caso de delito, falta o acción uomisión podrá de inmediato hacer la denuncia o solicitud antetribunal de cualquier fuero u órgano administrativo correspon-diente por medio de la resolución respectiva.

Si las denuncias son competencia del Procurador, inme-diatamente el Departamento de Procuración inicia el expe-diente respectivo, se dicta la resolución inicial de trámite pormedio de la cual se ordenan la realización de las diligenciasnecesarias para la investigación del hecho denunciado.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 352: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

358

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

La Ley de la materia establece en el Artículo 28 que losinformes circunstanciados se solicitan a los implicados y a lasautoridades correspondientes, quienes tienen que rendirinforme dentro de un plazo de cinco días para que den lasexplicaciones del caso, haciendo constar que si no lo hacen, setendrán por ciertas las afirmaciones del solicitante; el silenciodel funcionario requerido produce una especie de “confesiónficta”. Con el informe o sin él mismo, el Procurador de losDerechos Humanos emite la resolución que corresponda, “laque es inapelable, toda vez que no modifica ni deja sin efectosla resolución administrativa”.

La omisión de los requerimientos de informes circunstan-ciados a las autoridades ha ocasionado la acción de Amparo alas Resoluciones del Procurador, las cuales en muchas oportu-nidades han sido declaradas con lugar por la Corte Suprema deJusticia.

Para el esclarecimiento de los hechos, se utilizan losmedios de investigación y observación posibles dentro delmarco legal, con el objeto de llegar a la verdad. El Depar-tamento de Procuración lleva a cabo otras acciones destinadasa realizar la investigación de los hechos denunciados talescomo constituirse en la institución, dependencia o cualquierlocal que corresponda para constatar los hechos denunciados,entrevistar a denunciantes o testigos, solicitar la exhibición delibros, expedientes, archivos y otros documentos y registrospara su análisis y demás acciones que considere necesarias.Las autoridades administrativas no pueden presentar quejaante el Procurador de los Derechos Humanos.

La tramitación de las denuncias sometidas a consi-deración del Ombudsman guatemalteco no debe considerarsecomo réplicas de los procesos de orden jurisdiccional, no estánsujetas a formalidades procesales y no requieren de auxilio deabogado.

Page 353: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

359

La investigación se inicia conforme el artículo 27 de lareferida Ley, que indica “inmediatamente que se reciba lasolicitud, el Procurador de los Derechos Humanos ordenará laapertura del expediente y la realización de las acciones queconsidere necesarias”. Al analizar la Ley del Procurador,vemos que la misma le permite utilizar otros mecanismos parahacer valer la autoridad ante cualquier persona individual,agrupada o jurídica, de la siguiente forma:

• Puede ordenar inmediata cesación de la violación y larestitución de los Derechos Humanos conculcados.

• Según la gravedad de la violación promoverá el proce-dimiento disciplinario, la destitución del funcionario oempleado respectivo y cualquier otro procedimiento puni-tivo.

• Si la investigación establece que existe un delito o falta,formulará de inmediato la denuncia o querella ante elórgano jurisdiccional correspondiente.

• La misma ley ordena presentar un informe anual en el cualel Procurador de Derechos Humanos puede exponer públi-camente el incumplimiento de las medidas adoptadascomo resultado de la investigación.

2.5 Naturaleza y Efectos de sus Resoluciones

Los valores jurídicos tienden a mantener la armonía entrela sociedad, se proponen la realización de un orden cierto,seguro, pacífico y justo para la convivencia y la cooperaciónhumana; son coercitivos y éticos, pero diferentes a losmorales.

Los valores morales son voluntarios, su esfera esta dentrodel individuo, no son coercitivos y pueden clasificar de lasiguiente forma:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 354: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

360

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

a) Los estrictamente morales; los cuales se fundan en lamoral propiamente dicha y se refieren al cumplimiento omisión del hombre en el mundo.

b) Los de la justicia; que sirven de guía al derecho. c) Los del decoro; relativos al aspecto externo de las rela-

ciones interhumanas que son los que fundan las reglas deltrato social (decencia, cortesía, buenas maneras, etiqueta,etc.).

Dentro de este marco de ideas, la Escuela Axiológicarefiere que el origen y fundamento de los derechos humanosno puede ser jurídico; antes de ser ley del hombre, asegura quetoda norma moral o jurídica presupone una serie de valoresacerca de los fines de la vida individual, social y política, locual justifica la fundamentación ética o axiológica de los dere-chos humanos.

Las resoluciones de los Ombudsman tienen ciertas carac-terísticas que fundamentan su accionar, consideradas en el pre-sente Estudio y que son las siguientes:

• No debe considerarse como réplicas de los procesos deorden jurisdiccional

La función Jurisdiccional la ejerce con exclusividad abso-luta la Corte Suprema de Justicia y demás tribunales que la leyestablece, a quienes les corresponde la potestad de juzgar ypromover la ejecución de lo juzgado. La función Jurisdiccio-nal es específica de los Jueces.

• No están sujetas a formalidades especiales

Su fin es establecer las responsabilidades morales de fun-cionarios y/o autoridades de dependencias administrativas quehan incurrido en violaciones a los Derechos Humanos y/o enprocedimientos lesivos a los intereses de los particulares; los

Page 355: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

361

procedimientos deben de ser expeditos y ágiles. El Regla-mento de Organización y Funcionamiento de la Procuraduríade los Derechos Humanos establece en los capítulos VII yVIII, los procedimientos necesarios para la práctica de lainvestigación de la denuncia presentada a la institución y losefectos que conlleva. Dentro del procedimiento se utilizantodos los medios de investigación regulados en el marco legalen general y la Ley de la materia, la cual en el Artículo 25,establece la obligación del funcionario o empleado público deinformar al Procurador de los Derechos Humanos acerca de sugestión administrativa o comportamiento cuando se considerelesivo a los derechos humanos.

• No tiene carácter jurídico vinculante

Las resoluciones del Procurador de los DerechosHumanos carecen de poder vinculatorio porque no son deíndole administrativa ni jurisdiccional, consecuentemente susdecisiones no obligan y por lo mismo no producen agravio.

Al respecto, la Corte de Constitucionalidad al examinaren Apelación la sentencia dictada por la Corte Suprema deJusticia, dentro de los amparos acumulados promovidos porRafael Fernando Mendizábal de la Riva, Fiscal Especial delMinisterio Público, dentro de sus consideraciones manifestó losiguiente: “A) No hay agravio cuando la autoridad impugnadaha actuado en ejercicio de sus atribuciones y de acuerdo a laley rectora del acto, no siendo dable vía el amparo, la revisióndel fondo de lo resuelto; B) Una recomendación delProcurador de los Derechos Humanos tendiente a la modifi-cación de un comportamiento administrativo, por su carácterexhortativo y no vinculante, no es revisable medianteamparo”20.

20 Otto José Paz Kroell. Ob.cit. Pág. 36.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 356: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

362

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• Su fuerza deriva de su autoridad moral

Según doctrina, el Procurador de los Derechos Humanos,tiene un poder disuasivo, es un magistrado de opinión, de per-suasión o de influencia y sus resoluciones son de materiaexhortativa; las resoluciones pueden ser un recordatorio, unaadmonición, una propuesta o sugerencia.

• No están sujetas a recursos judiciales

Como se indicó anteriormente, las resoluciones delProcurador de los Derechos Humanos no tienen carácterjurídico vinculante, razón por la cual en el artículo 107 delReglamento de Organización y Funcionamiento se señala:“que las resoluciones finales emitidas por el Procurador de losDerechos Humanos de conformidad con la Ley, no admitenrecurso alguno” (Artículo 107). Por lo tanto, no son impug-nables, ya que únicamente surten efectos de opinión y sanciónmoral con relación a la queja planteada; no tienen fuerza decosa juzgada, equiparable a una sentencia de un juez o un tri-bunal; a diferencia de las impugnaciones en el orden judicialque se plantean con el propósito de subsanar los errorescometidos al momento de dictar resoluciones y se llevan acabo por medio de diversos recursos, que son los medios queconcede la ley a la parte que se considera lesionada paraimpugnar las resoluciones y/o sentencias.

La esencia de las resoluciones es que el Procurador de losDerechos Humanos ejerza una acción correctiva o preventivadentro de los procedimientos administrativos empleados porfuncionarios y empleados públicos o bien para desestimar quela queja se pueda presumir como violación a los derechoshumanos.

El Doctor Jorge Mario García Laguardia ex-Procuradorde los Derechos Humanos de Guatemala sostiene que: “el

Page 357: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

363

Procurador es un magistrado de conciencia, de persuasión y deinfluencia, cuyas resoluciones como apuntó nuestra Corte deConstitucionalidad, solo tienen la autoridad que le otorga elprestigió de su emisor y la sabiduría y moderación de sus deci-siones”21.

La Ley de la Comisión de los Derechos Humanos delCongreso de la República y del Procurador de los DerechosHumanos, indica en los Artículos 13 incisos d) y e), y el 14,que esta facultad del Ombudsman la puede realizar medianterecomendaciones, censuras y resoluciones, que son medidasque el Procurador adopta como resultado de la investigaciónllevada acabo

Las recomendaciones son privadas o públicas y son dirigi-das a los funcionarios para que se modifique el comportamien-to objetado; se refiere a un comportamiento inadecuado que noconfigura precisamente una actitud ilícita, aunque se puedellegar a ella, el sujeto activo es el funcionario ya que no secomporta debidamente frente a los administrados, afectán-doles en su dignidad

La recomendación privada se caracteriza en el llamadoque hace el Procurador de los Derechos Humanos al despachodel funcionario, para que en lo sucesivo modifique su compor-tamiento, mientras que la recomendación pública se realiza através de los medios de comunicación social.

Mediante las resoluciones, el Procurador establece laresponsabilidad de cualquier persona individual o jurídica,pública o privada; las censuras son de carácter público y sonemitidas cuando se constatan actos o comportamientos en con-tra de los Derechos Constitucionales, o que sin serlo, se deter-mina que contradicen dichos derechos.

21 Ibíd. Pág. 38.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 358: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

364

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Las resoluciones son el medio por el cual se concluye lainvestigación, están compuestas de tres partes:

1) La descripción cronológica de la investigación;2) Las consideraciones que fundamentan la resolución;3) El cierre, que contiene un elemento de análisis con-

cluyente más un elemento de ejecución. El primero, quedescribe las conclusiones a las que llegó el Procuradordespués de agotada la investigación, y el elemento de eje-cución, que está formado por las medidas a adoptar comoresultado de la investigación.

El Consejo Centroamericano de Procuradores de Dere-chos Humanos al celebrar su novena reunión en la Ciudad deGuatemala resolvió que “los documentos resolutivos de losmagistrados de conciencia de los países participantes no tienencarácter vinculante, son sólo de tipo moral, por ser deconocimiento de causa y su objetivo es observar y vigilar eltrabajo de las autoridades de los gobiernos, personas jurídicas,particulares y señalarles las deficiencias que dañen los dere-chos humanos de la población”22.

Al respecto el ex-Procurador Doctor Julio EduardoArango Escobar, manifestó que:

Las resoluciones del Procurador de los Derechos Humanosno son recurribles mediante la vía de amparo, en vista de queson resoluciones de conciencia, originadas en una investi-gación no jurisdiccional. Además, no son resoluciones deautoridad porque el Procurador no puede ejecutarlas, no cau-san agravio y su contenido es moral, nace y muere en elmomento que se notifica al funcionario. Es necesario quecuando no exista interés de por medio, los abogados estudienque la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de

22 Ibíd. Pág. 39.

Page 359: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

365

Constitucionalidad, cuando dice que no hay ámbito que nosea susceptible de Amparo, se refiere a los ámbitos de natu-raleza jurídica, donde hay materia jurídica y no a los hechosde conciencia o de persuasión. Como resultado, el proce-dimiento también corre la suerte de lo principal y por lo tanto,tampoco es materia jurídica23.

2.5.1 Naturaleza moral o de conciencia de lasResoluciones del Procurador de los DerechosHumanos

Las resoluciones del Procurador de los DerechosHumanos son actos de conciencia, producto del razonamientológico, ético y moral, que resuelve denuncias planteadas porlos ciudadanos. Tales pronunciamientos no son más que ma-nifestaciones formales de opinión por medio de las cuales sepuede exhortar al funcionario a enmendar determinadas actua-ciones, cuando a criterio del Procurador, se ha concretado unaviolación a los derechos humanos del ciudadano; debe emitirsus resoluciones conforme a la observancia de una actitud queno esté dentro de un marco institucional correcto o que estéviolando un derecho inherente a la persona.

Las resoluciones señalan un comportamiento inadecua-do del funcionario o empleado público y la sanción delProcurador de los Derechos Humanos significa una reflexiónpara que el funcionario rectifique sus procedimientos y acti-tudes ante el hecho señalado; el funcionario que acata una re-solución fortalece la labor del Ombudsman y hace que sea efi-caz.

23 Ibíd. Pág. 40.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 360: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

366

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Con base a este análisis, se puede concluir en que los pro-nunciamientos del Procurador son de naturaleza cuasi-san-cionadora, no son represivos sino persuasivos o correctivos, sufunción no persigue en forma inmediata un castigo para el fun-cionario infractor, sino la defensa de los derechos fundamen-tales del ciudadano y que éste se vea protegido de los actos yprocedimientos. En relación con este tema, existen diversospronunciamientos de los Ombudsman Centroamericanos y deMéxico, quienes al celebrar su novena reunión en la Ciudad deGuatemala coincidieron en manifestar que el Ombudsman esun colaborador de la administración pública, en beneficio delciudadano y del respeto de los Derechos Humanos.

El Doctor Julio Eduardo Arango Escobar en la citadanovena reunión del Consejo Centroamericanos de Procu-radores de Derechos Humanos, realizado en la Ciudad deGuatemala el 24 y 25 de febrero de 1999, manifestó que: “conel pasar de los años los defensores del pueblo han luchado porhumanizar la vida política y construir un Estado de Derecho.Los Ombudsman se han convertido en la esperanza de los vul-nerables, los ofendidos, de los perseguidos y de los humilla-dos, para ellos cobra relevancia la frase que dice: Mientras hayVida, hay Esperanza”24.

Por su parte la Doctora Mireille Rocatti Velásquez, de laComisión Nacional de Derechos Humanos de México, mani-festó en su intervención en dicha reunión lo siguiente:

En Latinoamérica las instituciones que trabajan en pro de losderechos humanos, enfrentan grandes retos; por un lado lasincipientes estructuras orgánicas y administrativas con quecuentan, así como los escasos recursos que le son asignados,con lo cual se limita la capacidad de una respuesta oportuna alas múltiples demandas de la sociedad, pues cada vez son más

24 Ibíd. Pág.41.

Page 361: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

367

insistentes por un mayor respeto a los derechos humanos; lareticencia de las autoridades renuentes para aceptar la interven-ción legal de las instituciones, principalmente las defensoríasdel pueblo. Indicó que los gobiernos de Latinoamérica, carecende voluntad política para aceptar su participación, en la promo-ción y defensa de los derechos humanos, así como aplicar lassanciones correspondientes e instrumentos y medidas preventi-vas a fin de evitar la repetición de los actos que afectan y vul-neran lo más elementales derechos de la persona25.

2.5.2 El contenido de las Resoluciones del Procu-rador de los Derechos Humanos en la Leyrespectiva

Al analizar el Artículo 29 de la Ley de la Comisión de losDerechos Humanos del Congreso de la República y delProcurador de los Derechos Humanos, se desprenden variosaspectos.

Dentro del término de ocho días contados a partir de lafecha en que se presentó la solicitud de investigación o denun-cia de violación, el Procurador dictará resolución haciendoconstar cualquiera de las siguientes situaciones:

a) “Que no existen razones suficientes para presumir la vio-lación de los derechos humanos, en cuyo caso ordenará elarchivo del expediente”.

Procede, cuando luego de haber cumplido con los proce-dimientos de la investigación, no se constató la supuestaviolación denunciada; dentro de los mecanismos de inves-tigación se obtuvo respuesta del informe solicitado al fun-cionario, en el caso de que el mismo no atienda las soli-citudes del Procurador, la Ley le faculta para hacer valer

25 Ibíd. Pág. 42.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 362: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

368

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

su autoridad por medio de preceptos constitucionales ylegales para exigir tal información.

En ese caso, elaborará la resolución final, ordenando elarchivo del expediente. Dicha resolución debe notificarseal interesado y a las autoridades, funcionarios o dependen-cias administrativas que corresponda como lo indica elreglamento de la materia.

b) “Que existen razones suficientes para presumir la vio-lación de los derechos humanos, señalando un plazo queno exceda de 30 días para continuar y finalizar su investi-gación o las acciones correctivas o preventivas que estimeconvenientes”.

Esto se da cuando la investigación circunstanciada da ele-mentos de juicio suficientes para presumir la violación; elcontenido de este precepto requiere que para llegar a ladeclaratoria de violación de un derecho humano, se hayaestablecido una prueba suficiente para emitir una resolu-ción condenatoria.

Respecto del plazo de 30 días que señala la Ley, elReglamento de Organización en su Artículo 104, estableceque “si dentro del término señalado por la Ley con base enla investigación realizada se comprueba la violación delos derechos humanos, el Procurador emitirá la resoluciónfinal respectiva, en donde conste esta situación y seestablezcan las responsabilidades y se dé cumplimiento alo establecido en el artículo 30 de la Ley, remitiéndose elexpediente al Área de Seguimiento”.

Dicha resolución se notifica a los interesados, funciona-rios, autoridades y dependencias administrativas corres-

Page 363: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

369

pondientes. Lo que significa que si dentro de ese términose ha llegado a obtener suficientes elementos, se emite laresolución final denominada “Condenatoria”, en la cual elProcurador hace constar la comprobación de la violación.

c) “Que ha comprobado la violación de los derechoshumanos y por lo tanto procederá de conformidad con loestipulado por la Ley”.

En tal caso, la Ley faculta al Procurador a ordenar lainmediata cesación de la violación y la restitución de losderechos humanos conculcados; según la gravedad de laviolación promoverá el procedimiento disciplinario,inclusive la destitución del funcionario o empleadorespectivo y cualquier otro procedimiento punitivo. Si dela investigación se establece que existe la comisión dedelito o falta, formulará de inmediato la denuncia oquerella ante el órgano jurisdiccional competente. En casode que la violación de los derechos humanos provenga deun particular, éste quedará sujeto a las sanciones que parael efecto correspondan (Artículo 30).

Debe señalarse que es común que el Procurador de losDerechos Humanos al realizar la investigación y comprobar laviolación, proceda a recomendar a los funcionarios la modifi-cación del comportamiento objetado con relación al derechoconculcado; no es que el Procurador intervenga en ordenar lainmediata cesación de la violación y la restitución de los dere-chos violados, acción en la que se ve limitado en virtud de quela Constitución Política de la República le asigna facultadesespecíficas relacionadas con la función de supervisión de laAdministración Pública, así como proteger al ciudadano de losabusos de la misma, pero no lo faculta para revocar los actoso resoluciones de los órganos del Estado, ya que de lo con-trario, se convertiría en una norma de carácter coactivo.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 364: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

370

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2.6 Competencias y Limitaciones

En el desarrollo del análisis ha venido quedando bastanteclara, cuál es la competencia jurídica y administrativa delProcurador de los Derechos Humanos. En tal sentido y paraefectos de una mejor comprensión, podemos clasificar la com-petencia de la manera siguiente:

a) Competencia formal, de intervención o procedimental:

• El Procurador y los Adjuntos tienen competencia paraintervenir en casos de reclamo o queja sobre viola-ciones de Derechos Humanos.

b) Competencia material o de fondo:

• El Procurador protegerá los derechos individuales,sociales, cívicos y políticos, comprendidos en elTítulo II de la Constitución Política de la República,de manera fundamental la vida, la libertad, la justi-cia, la paz, la dignidad y la igualdad de la personahumana, así como los definidos en tratados o con-venciones internacionales aceptados y ratificadospor Guatemala.

• Para poder ejercer su autoridad, el Procurador y losAdjuntos podrán prevenir y solicitar a quien corres-ponda, la suspensión y hasta la destitución de losservidores públicos o funcionarios que con suactuación material, decisiones, acuerdos, resolu-ciones o providencias, menoscabare, denegare,obstaculizare o de cualquier forma lesionare el dis-frute o ejercicio de los derechos, libertades o garan-tías a que se refiere el artículo que precede sin per-juicio de iniciar las acciones legales pertinentes.

Page 365: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

371

• El Procurador podrá iniciar proceso en contra decualquier persona, funcionario, empleado público,instituciones públicas o privadas, que violen o aten-ten contra los derechos humanos.

c) Competencia para obtener apoyo interinstitucional:

• El Procurador para el desempeño de sus funciones,podrá solicitar el auxilio y colaboración de los fun-cionarios, autoridades o instituciones quienes estánobligados a brindarlos en forma pronta y efectiva ylos tribunales deberán darle prioridad a estas diligen-cias.

• Toda persona, servidor público o funcionario estáobligado a informar acerca de su gestión administra-tiva o comportamiento cuando se considere lesivo alos Derechos Humanos a requerimiento delProcurador, sus adjuntos o auxiliares departamen-tales. De no hacerlo así, el Procurador se valdrá de lospreceptos constitucionales y legales para exigir talinformación.

d) Competencia territorial:

• Todo el territorio nacional, incluyendo los espaciosterritoriales soberanos del país, reconocidos por elDerecho Internacional

La competencia material del Procurador incluye porsupuesto tanto los derechos humanos en general como losderechos específicos de los pueblos indígenas, que dentro dela Institución son atendidos por la Defensoría de los PueblosIndígenas.

De la investigación y los análisis realizados se desprendeque la institución del Procurador de los Derechos Humanos,por la naturaleza de su competencia y por los problemas

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 366: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

estructurales que afronta el Estado de Guatemala, tiene diver-sas limitantes de distinto origen y características que enmuchos casos, no le permiten intervenir de una manera másefectiva para el desarrollo de su mandato. Estas limitantes laspodemos clasificar de la siguiente manera:

a) Políticas: dentro de estas, encontramos limitantes desde elmismo nombramiento hasta su actuación. El Procuradores propuesto dentro de una terna conformada por laComisión de Derechos Humanos del Congreso y luego, eselecto por el pleno de representantes de dicha AsambleaLegislativa. Esto significa que depende de los acuerdos yarreglos entre partidos políticos representados y de la inci-dencia que tenga el gobierno de turno si tiene mayoría derepresentantes o en esa mayoría aunque no pertenezca alpartido gobernante. Con respecto a su actuación ya comofuncionario, tiene serias limitantes para actuar, según seala tendencia política de la mayoría que lo eligió.

Por otra parte, los gobiernos de turno siempre tienden atratar de cooptar o por lo menos mediatizar la actuacióndel Procurador en función de sus intereses; de no lograr-lo, existe una constante instigación, que en épocas másviolentas llega hasta a la agresión física en contra de fun-cionarios y empleados de la Institución.

b) Institucionales: la Institución del Procurador desde sucreación ha tenido serias limitantes para ampliar su cober-tura y presencia en el territorio nacional. Siempre se tieneque hacer cabildeo o dedicarle un esfuerzo extra a la con-secución de un monto presupuestario que le permita, porlo menos, mantener los servicios que ha venido prestando,es muy difícil pensar en su ampliación o fortalecimientovía el aumento presupuestario.

372

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 367: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

373

Por otro lado, es importante indicar que cada cinco años,con la llegada de un nuevo funcionario, la Instituciónsustituye a un alto porcentaje de funcionarios y emplea-dos, lo que en algunas ocasiones ha ocasionado suspenderla actuación o entorpecer el seguimiento en casos muycomplejos de violaciones a los derechos humanos.Además, la contratación de personal con base al clien-telismo, nepotismo y recompensas por apoyos políticosno deja de darse en esta Institución, a pesar de ser una delas pocas con un considerable grado de confianza en lapoblación y una trayectoria de transparencia muy acep-table. Seguramente, que estos problemas limitan la posi-bilidad de contar con el mayor número de personal alta-mente calificado, no solo académica sino moralmente.

c) Jurídicas: esta clase de limitantes se refieren básicamenteal alcance y fuerza legal de sus resoluciones, la opinión,pronunciamiento o decisión del Procurador por sí mismosno constituye prueba o principio de prueba o título ejecu-tivo para obligar a cumplir su contenido. Normalmente, esuna sanción moral que se emite a través de una recomen-dación o una censura pública por los actos o compor-tamientos de los funcionarios y autoridades en general. Laúnica forma en que el Procurador puede tratar de que secambie una actitud, cese la violación de un derecho o serestituyan los derechos humanos conculcados, es a travésde promover acciones o recursos, judiciales o administra-tivos. Es tal la fuerza moral que tiene la Institución, queen muchos casos, han tenido efecto las resoluciones queemite, sin embargo, la limitante jurídica persiste.

Para comprender de mejor manera las limitaciones legalesa que se enfrenta el Procurador de los Derechos Humanos, esnecesario hacer referencia a las atribuciones que le fija la ley

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 368: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

374

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

(Decretos Legislativos Nos. 54-86 y 32-87), la cual en suArtículo 13 regula que son atribuciones esenciales delProcurador:

a) Promover el buen funcionamiento y la agilización de lagestión administrativa gubernamental, en materia de dere-chos humanos;

b) Investigar y denunciar comportamientos administrativoslesivos a los intereses de las personas;

c) Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadaspor cualquier persona, sobre violaciones a los derechoshumanos;

d) Recomendar privada o públicamente a los funcionarios, lamodificación de un comportamiento administrativo obje-tado;

e) Emitir censura pública por actos o comportamientos encontra de los derechos constitucionales;

f) Promover acciones o recursos, judiciales o administra-tivos, en los casos en que sea procedente; y

g) Las otras funciones y atribuciones que le asigne esta ley.

La atribución de la literal a) reduce la actuación delProcurador a la promoción del buen funcionamiento y laagilización de la gestión de las instituciones, no le da la posi-bilidad de ordenar un cambio de actitud y de hacer eficientesy eficaces dichas instituciones.

Con respecto a la atribución establecida en los literales b)y c), la potestad se reduce a investigar y denunciar, lo que enla práctica tiene limitaciones por la falta de recursos parainvestigación y por que la denuncia no tiene la suficientefuerza legal para iniciar un proceso judicial o administrativa.

Las limitantes legales más relevantes se hallan en los li-terales d) y e), las cuales circunscriben la actuación delProcurador a dos acciones específicas: “recomendar privada o

Page 369: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

375

públicamente” y “emitir censura pública”, estas resolucionessolo tienen carácter moral porque son emitidas con base en unadecisión de conciencia. El acatamiento de las recomenda-ciones y censuras queda a discreción de la autoridad o del fun-cionario implicado.

Si analizamos detenidamente la competencia delProcurador, existe como cierta incongruencia con la escasafuerza legal que tienen sus resoluciones, pues mientras sucompetencia es amplia y profunda, la fuerza jurídica parahacer cumplir sus resoluciones tiene restricciones de fondo,situación que en muchas ocasiones el Magistrado deConciencia ha tratado de superar promoviendo juicios o inter-poniendo recursos ante el sistema de justicia y la instituciona-lidad del país.

2.7 Obstáculos y Oportunidades

En el contexto del sistema económico, social, político,cultural, institucional y jurídico del país, que se desarrollaarrastrando una crisis estructural y enfrentando persistente-mente crisis coyunturales, según los acontecimientos ymomentos históricos, tanto nacionales como internacionales,es razonable pensar que una entidad de una naturaleza huma-nista y de una importancia estratégica para los ciudadanos ypara los pueblos indígenas, constantemente se encuentre conobstáculos para desarrollar su accionar y cumplir con sumandato.

Estos obstáculos tienen también una variedad de orígenesy distintos niveles de importancia e incidencia, sin embargo,en muchas ocasiones se han convertido en verdaderos va-lladares que han puesto en peligro la estabilidad de la institu-ción del Procurador de los Derechos Humanos.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 370: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

376

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

A manera de inventario y tratando de hacer una recopi-lación con perspectiva histórica, podemos considerar comoobstáculos los siguientes:

• El bloqueo político, institucional y económico promovidopor los gobiernos de turno, cuando sus intereses se ponenen tela de juicio;

• La falta de un presupuesto adecuado y oportuno paracumplir con su mandato;

• La presión e incluso agresión de las élites de poder políti-co, empresarial y militar; estos sectores pueden estar iden-tificados claramente o actúan como poderes paralelosdentro del Estado y la sociedad;

• La anomia institucional y falta de apoyo para hacercumplir con las resoluciones; y

• Las limitantes ya analizadas que cuando se potencializanse convierten en obstáculos para el efectivo fun-cionamiento de la institución.

Todos estos obstáculos y problemas que surgen en eldesarrollo del mandato del Procurador de los Derechos Huma-nos plantean diversidad de retos y desafíos, de tal manera quecon ciertas dosis de voluntad, convicción, humanismo y apegoa la ley es posible sacar adelante la institución para beneficiode los guatemaltecos.

El esfuerzo de superar obstáculos, la creatividad y el com-promiso con los derechos humanos, hace que se busquen y sevisualicen oportunidades para el fortalecimiento de la institu-ción y el avance en el respeto y reconocimiento, tanto de dere-chos generales como los específicos de los pueblos indígenas.

La investigación realizada, permitió establecer que laInstitución tiene una serie de oportunidades para el desarrolloy fortalecimiento, algunas ya han sido tenidas en cuenta yotras seguramente que están en procesos de descubrirse y depotencializarse.

Page 371: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

377

Entre las oportunidades descubiertas podemos citar lassiguientes:

a) La existencia de los Acuerdos de Paz como compromisospolíticos del Estado, que aunque han venido siendovilipendiados por gobiernos o élites de poder, constituyenuna plataforma básica para ampliar el espectro del con-tenido y de la cantidad de los derechos humanos que sedeben proteger, especialmente en lo que se refiere a losderechos indígenas.

b) El amplio mandato y el conjunto de los derechoshumanos, que le otorga el marco jurídico nacional, a pesarde que al mismo tiempo le reduce fuerza jurídica a sus re-soluciones.

c) La posibilidad de la aprobación de nuevos instrumentosjurídicos internacionales en materia de derechos humanosde los pueblos indígenas y de otros derechos específicos.

d) La asignación de nuevas atribuciones, surgidas a partir delInforme de la Comisión de Esclarecimiento Histórico ydel retiro de MINUGUA, que le traspasaron algunosaspectos que atendía dicho organismo internacional.

e) La posibilidad de la creación de la Comisión deInvestigación de los Cuerpos Ilegales y Aparatos Clandes-tinos de Seguridad, CICIACS, con la cual la Procuraduríacoordinaría actividades y participaría en el proceso.

f) La posibilidad de que se apruebe el instrumento jurídicoque le de aprobación a la instalación y funcionamiento enGuatemala de la Oficina del Alto Comisionado de lasNaciones Unidas para los Derechos Humanos; entidadque vendrá a fortalecer y ampliar la atención de los dere-chos humanos en el país.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 372: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

378

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

g) Los procesos de depuración y búsqueda de transparenciade los organismos militares y de seguridad, a pesar de lasdificultades y la lentitud con que avanzan.

h) La existencia de normas constitucionales que le otorganun amplio mandato a la entidad, circunstancia que le daestabilidad institucional y seguridad jurídica para conti-nuar con su trabajo.

i) La permanente formación profesional y promoción enmateria de derechos humanos, propiciada por las universi-dades a través de sus facultades y oficinas especificas,como el Instituto de Derechos Humanos de la USAC,IDHUSAC.

j) La permanencia de organizaciones no gubernamentales dederechos humanos que promocionan, coordinan y coadyu-van con la entidad en distintos aspectos relacionados conlos derechos fundamentales.

La PDH tiene entonces una serie de oportunidades con lasque podría avanzar superando obstáculos y limitaciones, con-tribuyendo así a la construcción de la democracia y el Estadode Derecho pluricultural basado en el irrestricto respeto a losderechos humanos.

Page 373: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

379

III. Relación y Análisis de la Experiencia dela Procuraduría de Derechos Humanosen el Campo Indígena

3.1 La Defensoría de los Pueblos Indígenas

3.1.1 Antecedentes

La Defensoría de los Pueblos Indígenas (DPI) fue creadapor el Procurador de los Derechos Humanos mediante elAcuerdo No. SG-15-98 de fecha 15 de julio de 1998, forman-do parte del conjunto de defensorías especificas. En ese acuer-do se le denomina “Defensoría Indígena”, sin embargo, en eldevenir de su actuación y por sugerencia de líderes indígenas,se llegó a designarla con el nombre actual.

Al principio, la Defensoría era una oficina atendida por unúnico funcionario designado por el Procurador. Conforme lanecesidad de su trabajo se fue haciendo cada vez más evidente,se tuvo que establecer una estructura más amplia no sólo en lasede central, sino también en las Auxiliaturas Departamen-tales. De ser un simple encargado de la oficina, el funcionariodesignado pasó a denominarse “Defensor de los PueblosIndígenas”.

El único Defensor que ha existido hasta la fecha es elLicenciado Martín Sacalxot, persona que ha desplegado innu-merables esfuerzos porque la entidad se fortalezca cada díamás.

3.1.2 Naturaleza de la EntidadLa DPI es una defensoría específica que tiene un carácter

de unidad administrativa dentro de la estructura institucional

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 374: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de la Procuraduría de los Derechos Humanos. Se rige por lamisma normativa que regula el actuar y que le da competenciaa dicha Procuraduría, pero aplicando la legislación nacional ylos instrumentos jurídicos internacionales en lo que conciernea los derechos específicos de los pueblos indígenas.

Para una mejor comprensión de la naturaleza, atribu-ciones y políticas de trabajo, citamos algunos aspectos quesobre la misma entidad ha publicado el Defensor de losPueblos Indígenas:

• Definición: es una unidad permanente de la Procuraduríade los Derechos Humanos de Guatemala, surge por laparticular vulnerabilidad e indefensión de los pueblosindígenas y la constante violación a sus derechos colec-tivos y específicos, lo que implica desigualdad, tratoinhumano, injusticia y racismo.

• Misión: definir las políticas y estrategias generales de laProcuraduría para erradicar la violación de los derechoshumanos, derechos colectivos y específicos de los pue-blos indígenas.

• Visión: conjuga mecanismos para armonizar el sistemapropio y la legislación nacional para construir una vidadigna, libre y en igualdad de condiciones, tanto en la vidaindividual como colectiva. Promueve y acciona eficaz-mente en la defensa, promoción y vigilancia de los dere-chos colectivos y específicos, respetando los valores yprincipios de la cultura de los pueblos indígenas.

• Principios de su Filosofía de Trabajo: Respeto, Armonía,Equilibrio, Complementariedad y Consulta.

• Principios de su Política de Trabajo: Estudio y análisispermanente, Atención específica, A n t i f o r m a l i s m o ,Comunicación, Respeto a la Cultura y Visión de Campo.

380

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 375: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

381

• Objetivos Generales:

- Lograr la defensa integral de los derechos humanostomando en cuenta la multiculturalidad y carac-terísticas socioeconómicas y políticas;

- Defender y promocionar el respeto a los derechoscolectivos y específicos de los pueblos indígenas;

- Incorporar de manera permanente el elemento étni-co nacional a la Procuraduría de los DerechosHumanos.

• Objetivos Específicos:

- Orientar y asistir a los miembros de los pueblosindígenas afectados en sus derechos;

- Generar capacidad en las Auxiliaturas Departamen-tales para una atención eficaz en los casos de vio-lación de derechos colectivos y específicos de lospueblos indígenas;

- Contar con personal indígena para la procuración ydefensa de los derechos indígenas;

- Instrumentalizar para la defensa específica de losderechos de los pueblos indígenas, los pactos yconvenios internacionales, entre ellos, el Convenio169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en PaísesIndependientes, de la Organización Internacionaldel Trabajo, OIT;

- Fortalecer el conocimiento del personal de laProcuraduría de los Derechos Humanos sobre losderechos colectivos y específicos de los pueblosindígenas;

- Vigilar permanentemente el respeto de los derechoscolectivos y específicos de los pueblos indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 376: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

382

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3.1.3 Funciones

1. Diseñar las políticas específicas para la defensa y promo-ción de los derechos colectivos y específicos de los pue-blos indígenas, en el marco de la visión y misión de lainstitución.

2. Coordinar con los diferentes departamentos de laProcuraduría, todo lo deferente a la incorporación de lasituación étnica del país en la ejecución de proyectos yprogramas.

3. Supervisar y monitorear la ejecución de los planesespecíficos del área.

4. Coordinar con instancias de defensa indígena, el trabajode promoción y defensa de los derechos colectivos de lospueblos indígenas.

5. Definir las políticas y estrategias generales de la Procura-duría en materia indígena.

6. Diagnosticar periódicamente el estado de la coyuntura enmateria de los derechos de los pueblos indígenas.

7. Preparar insumos en materia de educación y promociónen los derechos indígenas, dirigidos a la población en ge-neral, sobre el respeto de los derechos colectivos yespecíficos de los pueblos indígenas.

8. Realizar actividades cuyos objetivos sean la sensibi-lización de funcionarios públicos y población en general,sobre el respeto de los derechos colectivos y específicosde los pueblos indígenas.

9. Coordinar con el Departamento de Procuración yunidades respectivas, la apertura de expedientes de casosrelacionados con derechos colectivos y específicos de lospueblos indígenas.

Page 377: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

383

10. Velar por el curso de las denuncias y los expedientes pre-sentados relacionados con derechos colectivos y especí-ficos de los pueblos indígenas.

3.1.4 Cobertura Geográfica Guatemala cuenta con 65% de población indígena, 25

idiomas en total; 22 idiomas de origen maya, más el idiomaXinka, el Garífuna y el Español. A través de la Defensoría dePueblos Indígenas, DPI, se atienden 16 comunidades lingüís-ticas.

El área de cobertura de trabajo de la Defensoría dePueblos Indígenas son los departamentos siguientes: AltaVerapaz, Huehuetenango, San Marcos, Sololá, Guatemala,Quetzaltenango, Retalhuleu, Chimaltenango y El Quiché.Tiene potencialmente la posibilidad de atender el 48.2% de lapoblación indígena. En conjunto, el área de cobertura tiene el27.9% de analfabetismo. Con excepción de Guatemala, en elresto de departamentos los indicadores sociales presentan unaprofunda precariedad y con un nivel bajo de inversión pública(Fuentes: DPI 2005 e INE 2002).

Listado de Defensores Indígenas en las A u x i l i a t u r a sDepartamentales de la Procuraduría de los Derechos Huma-nos: San Marcos: Oscar Méndez; Quetzaltenango: Eddy CupilRosal; Huehuetenango: Saturnino Figueroa; Quiché: PedroGallego; Sololá: Manuel Reanda; Chimaltenango: FloridalmaCumes; Alta Verapaz: Cleotilde Cu.

Listado de personal de la sede central en la Ciudad deGuatemala: Martín Sacalxot, Narciso Cojtí, Odilia Chavajay,Jenny Alonzo e Ingrid Quic (Fuentes: DPI y Martín Sacalxot).

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 378: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

384

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3.1.5 Estructura Organizativa

La Defensoría de los Pueblos Indígenas esta conformadapor los siguientes cargos: Defensor, Secretaria, Auxiliar deDefensoría y Auxiliar Administrativo. Este equipo tiene susede de trabajo en las oficinas centrales de la institución.Mientras que en siete Auxiliaturas Departamentales de la PDHse han designado Defensores Auxiliares (Departamentos de:San Marcos, Quetzaltenango, Huehuetenango, Sololá, Chi-maltenango, Alta Verapaz y El Quiché).

El Defensor de los Pueblos Indígenas tiene como autori-dad inmediata superior al Procurador de los DerechosHumanos, coordina actividades y envía información a:P r o c u r a d o r, Oficina de Coordinación de Defensorías,Departamento de Educación, Departamento de Procuración yAuxiliaturas Departamentales.

Page 379: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

385

Organigrama Funcional de la DPI

3.1.6 Recursos de la Entidad

Con relación a los recursos humanos, la Defensoría dePueblos Indígenas cuenta con un equipo de cuatro personas enla sede central y siete Defensores Indígenas en igual númerode auxiliaturas departamentales de la PDH. En total se cuentacon un equipo de 11 personas, dentro de las que se cuenta elDefensor de Pueblos Indígenas a nivel nacional.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 380: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

386

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Según el Manual de Organización y Procedimientos, elcargo de Defensor de los Pueblos Indígenas tiene las siguien-tes características y perfiles:

a) Inmediato Superior: Procurador de los DerechosHumanos.

b) Personal a Cargo: secretaria, auxiliar de defensoría y au-xiliar administrativo.

c) Naturaleza del Puesto: profesional.d) Escolaridad: universitaria.e) Titulo: profesional en ciencias sociales.f) Experiencia: conocimiento en trabajos comunitarios,

conocimiento de los Acuerdos de Paz y LegislaciónIndigenista, poseer conocimientos sobre los derechoscolectivos y específicos de los pueblos indígenas.

g) Habilidades:

- Hablar un idioma indígena.- Planificar, coordinar y orientar.- Supervisar.- Evaluar.- Manejo de personal.- Buenas relaciones humanas.- Manejo de equipo de cómputo.

h) Coordinación con:

- Procurador.- Departamento de Procuración.- Departamento de Educación.- Auxiliaturas Departamentales.- Oficina de coordinación de las defensorías.- Defensorías.

i) Comunicación Directa con:- Procurador de los Derechos Humanos.- Oficina de coordinación de defensorías.

Page 381: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

387

j) Autoridad para:- Coordinar, organizar, convocar, supervisar, evaluar

y representar al - Procurador en las actividades de defensa y promo-

ción de los derechos de los pueblos indígenas.k) Envía Información a:

- Procurador.- Oficina de Coordinación de Defensorías.- Defensorías Específicas.- Departamento de Educación.- Departamento de Procuración.- Auxiliaturas Departamentales.

Para los cargos de Auxiliar de Defensoría y losDefensores Indígenas en cada una de las auxiliaturas departa-mentales, el perfil académico es similar, especialmente, conrespecto a la experiencia y las habilidades, se requiere elmismo perfil descrito anteriormente.

Con respecto a los recursos financieros, la DPI ha venidoincrementando su presupuesto en la medida en que sus fun-ciones y coberturas se han ido ampliando; en el cuadro si-guiente se puede apreciar la evolución presupuestaria de laentidad:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 382: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

388

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Es importante tomar en consideración de que los montosasignados a la DPI no son exclusivamente invertidos en ella,sino que algunos gastos del funcionamiento de la instituciónen general son cargados a su presupuesto. La ejecución delpresupuesto se realiza por el Departamento Financiero centralde la institución. Por otro lado, según consideraciones delDefensor de Pueblos Indígenas, la DPI necesita un presu-puesto mínimo y exclusivo de Q 3,000,000.00 anuales.

Con relación a recursos físicos o de infraestructura, laentidad funciona dentro del conjunto de oficinas de laProcuraduría en general, tanto en las oficinas centrales en laCiudad Capital, como en las oficinas de las AuxiliaturasDepartamentales. Cuenta con equipo electrónico básico ymobiliario de oficina adecuado. No cuenta con vehículos yoficinas independientes del funcionamiento administrativogeneral de la institución del Procurador.

1.2 Metodología y Procedimientos de Intervención

Con base en la revisión y análisis de la Ley, el Regla-mento de Organización y Funcionamiento, los manuales y laspublicaciones de la Institución del Procurador y de laDefensoría, así como, basados en la entrevista realizada alDefensor Lic. Martín Sacalxot, es posible establecer los ele-mentos básicos que configuran la metodología y el proce-dimiento de atención de casos relativos a los derechos de lospueblos indígenas.

Se utilizan dos procedimientos, el que se denomina insti-tucional o externo que se realiza en la sede central o en lasAuxiliaturas Departamentales de la PDH; y el que se denomi-na interno, que se desarrolla al interior de la Defensoría de losPueblos Indígenas.

Page 383: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

389

Para llevar adelante los trámites rigen los mismos princi-pios que están establecidos en la metodología y procedimien-tos generales, sin embargo, en la Defensoría se aplican algunosprincipios específicos vinculados propiamente a los derechosindígenas.

3.2.1 Descripción Progresiva de los Procedimientos

1. Procedimiento Externo:

Las etapas o pasos a seguir, son los siguientes:

1. Se recibe la denuncia (verbal o escrita) o se actúa deoficio.

2. Se levanta acta, (en caso necesario interviene la De-fensoría de los Pueblos Indígenas).

3. Se emite la primera resolución (de inicio del trámite).

4. Se inicia la investigación, (en caso necesario se pideopinión a la Defensoría o la realización de algunasdiligencias).

5. Se elabora proyecto de resolución, (en caso necesariose pide apoyo y opinión de la Defensoría).

6. El Procurador de los Derechos Humanos firma la re-solución, (El Procurador si considera necesario previoa la firma, pide nueva opinión de la Defensoría, solosobre los términos de la resolución).

2. Procedimiento Interno:

Las etapas o pasos a seguir, son los siguientes:

1. Se recibe al afectado o denunciante.

2. Se registra el caso en un fólder de atención, el cual seinicia con un formulario de registro.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 384: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

390

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3. Se determina la naturaleza y jurisdicción, es decir, eltipo de hecho y si corresponde a una AuxiliaturaDepartamental o a la sede central.

4. Se elabora un oficio o se levanta el acta si así fuera elcaso.

5. Se elabora estudio de opinión.

6. Se remite el caso a la jurisdicción que corresponde.

7. Se le da seguimiento y se toman las acciones perti-nentes, (mediación, orientación, acompañamiento).

8. Resuelto el caso, se evalúa si procede el archivo delmismo, (depende de las circunstancias y el derechovulnerado).

Page 385: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

391

Flujograma para la atención en la PDH, de casosviolatorios a los Derechos Indígenas

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 386: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

392

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Esquema resumido de los procedimientos Externoe Interno en materia de Derechos Indígenas

RESPONSABLE PASO No. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Área de Recepcióny Calificación deDenuncias.

Defensoría de losPueblos Indíge-nas y Área deDerechos Espe-cíficos del Depto.de Procuración.

Procurador de losDerechos Huma-nos.

1

2

3

a) Recibe la denuncia y la clasifica.b) Si es competencia de la Procu-

raduría, la traslada al área delDepto. de Procuración correspon-diente.

c) Si la denuncia no compete a laProcuraduría, se registra la de-nuncia y se envía al afectado a lainstitución correspondiente.

d) Cuando la denuncia corresponde auna Defensoría Específica, se re-mite al afectado para que se reali-cen las funciones de orientación,mediación, prevención y vigilancia,observando los manuales específi-cos o apoyados directamente porla Defensoría Indígena.

e) Se designa al Área de DerechosEspecíficos del Departamento deProcuración.

a) Verifica si la denuncia correspon-de a la violación de un derechocolectivo y/o específico.

b) Se establece quién es el causantede la violación.

c) Analiza la denuncia y realiza lafunción de orientación, preven-ción, mediación, conciliación,acompañamiento y/o seguimiento.

d) Realiza investigación encaminadapor el Área de Procuración y apo-yada por la Defensoría.

e) Se informa al Sr. Procurador.

a) Recibe informe.b) Revisa informe.c) Emite resolución o declaratoria.

Page 387: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

393

3.2.2 Puntos Críticos en el Avance de los Casos

Siguiendo el flujograma y el esquema descrito anterior-mente, es importante señalar que a pesar de lo indicado por laLey, el Reglamento y el Manual, todos ya identificados, en latramitación de casos existen puntos críticos que a veces resul-tan muy difíciles de superar. Quizá resulte de relevancia ubicardichos puntos con la intención de que se tengan en cuenta yque en el futuro o en modelos de otros países se puedan supe-rar.

Los puntos críticos más evidentes son:

a) La calificación del caso:

• En esta etapa existen dos momentos en donde latramitación del caso se puede estancar o incluso dete-ner o desviar hacia otros procedimientos dentro de lainstitución o fuera de ella. El primero, es cuando sedetermina si es un caso competencia de la PDH o no;y el segundo, cuando se determina qué tipo de derechoespecífico es el que se esta violando y por lo tanto quédefensoría debe atender.

• Puede suceder que un caso amerite tratamiento en lainstitución del Procurador, pero por una calificaciónerrónea se envía a otra institución, o también puedesuceder que se califique mal el derecho específico vio-lado y se envíe a otra defensoría y no a la que corres-ponde. Esto último podría suceder con respecto a losderechos indígenas, pues en la mayoría de casos deviolaciones a los derechos humanos las víctimas tam-bién mayoritariamente son indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 388: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

394

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

b) La oportunidad o pertinencia para realizar las funciones deorientación, prevención, mediación, conciliación, acom-pañamiento y/o seguimiento:

Esta etapa esta muy vinculada a la etapa de calificacióndel caso, pues depende como se haya tipificado, así serán loselementos con que cuente el funcionario para orientar, mediar,conciliar o darle seguimiento al caso.

Esta etapa se convierte en punto crítico, porque tambiéndepende de la capacidad, sensibilidad y perfil del funcionarioque lo realiza. En tal sentido, se podría aplicar estos principiosa un caso en donde por las circunstancias de los hechos y losderechos violados, no es admisible o recomendable realizaralguna acción de mediación y conciliación, por ejemplo. Enotros casos, se podría orientar equivocadamente a la víctima, atal punto que cuando se llegue a rectificar quizá sea demasia-do tarde para reparar el daño sufrido.

c) El tiempo para la tramitación del caso:

La falta de personal, la poca infraestructura y en generallos pocos recursos con que cuenta la Defensoría de PueblosIndígenas y la Procuraduría, así como una selección de perso-nal poco apegada a los manuales y perfiles aprobados, puedentraer como consecuencia que la tramitación de un caso demoreun tiempo considerable, lo que trae como efecto, la imposibi-lidad de restablecer el derecho violado o el escaso impacto delresarcimiento a la victima.

Con base en los casos analizados y en la observación delos procedimientos que se llevan adelante, el promedio entiempo para atender un caso (es decir hasta llevarlo a resolu-ción final, oscila de entre tres meses y un año), tiempo quepuede resultar adecuado o demasiado largo, si tomamos encuenta la naturaleza del caso y el impacto que este tiene.

Page 389: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

395

3.2.3 Tratamiento de los Casos no Admitidos

Como se pudo observar en el cuadro anterior, puedenexistir casos en que la Procuraduría no tenga competencia paradarle tramitación a los mismos, lo que deviene en una resolu-ción en donde se realizan recomendaciones para que dichocaso sea atendido.

Al respecto la DPI ha publicado algunos aspectos quedescriben el procedimiento a seguir, el cual en su partedescriptiva se expresa la siguiente manera:

Nombre del Procedimiento:

Tratamiento de denuncias de violación de DerechosHumanos Colectivos o Específicos de los Pueblos Indígenas,que no son competencia del Procurador de los DerechosHumanos.

Objetivo:

Atender a personas indígenas de manera individual o engrupo cuyos derechos colectivos o específicos son violadospor cualquier persona, individual, agrupada o jurídica, dondeno interviene funcionario o empleado alguno del sector públi-co.

Se entiende como de no competencia, los hechos de vio-lación de un derecho colectivo y/o específico de los pueblosindígenas tutelado por la ley nacional o internacional, cuandono resulte involucrado algún funcionario o empleado públicoen el ejercicio de sus funciones.

Para estos casos, cualquier persona afectada o el que hayaobservado o sepa de la comisión de un hecho, puede tambiénpresentar la denuncia por vía telefónica, por escrito o de ma-nera personal plantearla ante la Institución.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 390: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

396

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Resolución:

Durante el trámite, el Departamento de Procuración regis-tra la denuncia y se envía al afectado a la institución corres-pondiente, previo a que se haya escuchado a la DefensoríaIndígena. El Procurador de los Derechos Humanos recibe elinforme lo analiza y hace las recomendaciones que considerepertinentes26.

3.3 La Experiencia de la Procuraduría de DerechosHumanos en la Defensa de los Derechos de lasPersonas y los Pueblos Indígenas

La Procuraduría de los Derechos Humanos adquiere ydesarrolla su experiencia en la tutela de los derechos indígenasa través de la defensoría especifica, creada en 1998 e institu-cionalizada en el 2004.

Durante sus casi siete años de existencia, esta Defensoríaha ampliado y desplegado su trabajo en buena parte del país,ha aumentado su personal y definido claramente su competen-cia y ámbito de acción dentro de la Institucionalidad delProcurador.

Con base en el Informe Anual 2004, el Procurador, con laparticipación de la Defensoría de los Pueblos Indígenas, sepuede establecer la magnitud del trabajo realizado durante eseaño; la información aportada es la siguiente: “en la procu-ración y defensa de los derechos indígenas, la Defensoría tuvoparticipación en 775 casos; sobre la vulnerabilidad del disfrutea plenos derechos y libertades de las personas de ascendenciaindígena, 414 casos; el derecho a no ser discriminado por

26 Martín Sacalxot y Alfredo López. Ob. Cit, Pág. 49.

Page 391: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

397

motivo de raza u origen étnico, 80 casos; a decidir su desarro-llo, 36 casos; así como, el derecho de propiedad y posesión delas tierras comunales y privadas, 36 casos; el derecho a insti-tuciones propias, 28 casos, y el derecho de protección del pa-trimonio ancestral y natural, 25 casos. Se observan patronesestructurales, la sola condición de indígena basta para no dis-frutar en igualdad de los derechos fundamentales; hechos dediversa índole que en el cuadro de referencia de casos se hanconsiderado violatorios del derecho a plenos derechos y liber-tades fundamentales” (Informe Anual 2004: 690).

Cabe destacar que en el año 2004 aumentó el número decasos y actividades en que tuvo participación la Defensoría delos Pueblos Indígenas; dentro de las actividades más impor-tantes realizadas están las siguientes:

• Desarrolló conjunta y separadamente diversos eventos decapacitación, charlas, conferencias y pláticas, en loscuales alcanzó a atender 3,032 personas, quienes reci-bieron valiosa información sobre derechos de los pueblosindígenas, racismo interculturalidad, multiculturalidad,desarrollo de los pueblos indígenas, entre otros.

• Realizó cuatro investigaciones, la primera se refiere aldocumento denominado Breve Catálogo de DerechosColectivos y Específicos de los Pueblos Indígenas deGuatemala Tutelados Legal y Legítimamente, del cual sepublicaron un mil ejemplares, que resume temas legales yseleccionados por apartados que facilitan su aplicación.El segundo es una compilación de resoluciones que sedenomina Resoluciones del Procurador de los DerechosHumanos, en Protección y Defensa de los PueblosIndígenas. Se publicaron tres mil ejemplares; este materi-al recoge catorce resoluciones del Procurador, selec-cionadas y ubicadas en cinco apartados: racismo, espiri-tualidad y pueblos indígenas, uso de la vestimenta indíge-na, organización social y participación política.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 392: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

398

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

El tercer documento, sin publicar aún, El Papel de losIntérpretes en los Centros de Administración de Justicia deAlta Verapaz, es un estudio sobre los principales factores queinciden en la función de los intérpretes. El cuarto se denominóManual de Procuración de los Derechos Humanos de losPueblos Indígenas, versión preliminar, de los cuales se publi-caron cien ejemplares; el material busca apoyar los procesosde defensa de los derechos humanos, proporcionando informa-ción jurídica y técnica para los defensores, auxiliares y ofi-ciales (Informe Anual 2004: 693).

Page 393: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

399

Fuente: elaboración propia con base en los informes anuales 2002, 2003 y2004 del Procurador de los Derechos Humanos

La cobertura de casos ha venido en aumento, no tantoporque los casos estén aumentando, sino porque poco a pocolos indígenas se atreven a denunciarlos y a exigir respeto a suidentidad y derechos. Por otra parte, se ha ampliado la divul-gación del trabajo que se viene realizando, lo que permite quelas víctimas se acerquen en busca de apoyo.

Por ejemplo, si analizamos los casos atendidos por laDefensoría de los Pueblos Indígenas en el año 2002 la canti-dad llega a 71; de la cantidad presentada fueron tramitados 89y se solicitó la apertura de expedientes en 16 casos. Si com-paramos estos datos con los del año 2004, la diferencia esdesproporcionada.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 394: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

400

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

La presencia de la Defensoría en ocho departamentos, “hasido fundamental para intervenir en los distintos procesos ydinámicas de los pueblos indígenas, asesorar la atención de lasdenuncias intervenir en mediaciones haciendo uso del idiomaindígena, fortalecer la promoción y capacitación en temasindígenas” (Informe Anual 2004: 694).

Para el Defensor de los Pueblos Indígenas, Lic. MartínSacalxot y el análisis realizado por Jenny Azucena Alonzo27,los logros de la institución desde su creación hasta la fecha sepueden clasificar en dos grupos: logros internos y logros exter-nos. Entre los internos cita los siguientes:

• Institucionalización de la Defensoría;• Ampliación de la cobertura de atención de casos;• Cambio de actitud del personal de la PDH frente a los

temas indígenas;• Documentación con 940 textos a 27 auxiliaturas departa-

mentales.Mientras que como logros externos, dicho funcionario

incluye los siguientes:

• La Defensoría es un referente institucional del Procuradorde los Derechos Humanos para la atención de los pueblosindígenas;

• La participación activa en la coordinación institucionalconformada por 11 oficinas del Estado que dan atenciónespecífica a los pueblos indígenas;

• Incidencia en la formulación de las ultimas leyes que sehan puesto en vigencia como la del delito de discrimi-nación y la de idiomas nacionales;

27 Algunas anotaciones sobre los resultados de la consultoría –caso Guatemala–presentado en el curso taller del IIDH, San José Costa Rica, 16-20 de agosto de2005.

Page 395: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

401

• Incidencia en la adopción de políticas públicas y en lacreación de entidades como el Consejo de A s e s o r e sIndígenas de la Presidencia de la Republica, la reforma ala ley penal para la tipificación del delito de discrimi-nación, apoyo al Tribunal de Conciencia Contra elRacismo y la Comisión Presidencial contra el Racismo yla Discriminación;

• Apoyo para la estabilización y el desarrollo institucionalde la Academia de Lenguas Mayas y el Fondo de Desarro-llo Indígena Guatemalteco;

• Apoyo a la reivindicaciones y reconocimiento de la comu-nidad maya chalchiteka;

• Orientación y seguimiento permanente de los casos deviolación de los derechos de los pueblos indígenas.

Para el año 2005 la entidad se proyecta no sólo ampliar sucobertura territorial, sino ampliar y profundizar su competen-cia y funciones; en el Informe Anual 2004, el Procuradorexpresa que se tiene en marcha las siguientes “Proyeccionespara el 2005”:

1. Se pretende extender la atención a otros siete departamen-tos donde predomina la población indígena, que hasta hoyno han sido cubiertos.

2. Verificar el cumplimiento del Acuerdo MinisterialNúmero 930, del Ministerio de Educación, de manera quese respete el uso de la vestimenta indígena en los centroseducativos.

3. Crear mesas o coordinadoras de trabajo contra la discri-minación racial, con participación de los actores sociales.

4. Aprovechar los espacios en los medios de comunicaciónpara concienciar y denunciar hechos estructurales queafectan a los pueblos indígenas y que pueden ser atendidosmediante diferentes políticas gubernamentales.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 396: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

402

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

5. Establecer una política de verificación de los Acuerdos dePaz, especialmente el Acuerdo sobre Identidad y Derechosde los Pueblos Indígenas.

6. Atender las demandas de los pueblos indígenas, acom-pañar la atención de la denuncia y llevar a cabo capacita-ciones diversas sobre temas relacionados con los pueblosindígenas.

7. Encaminar procesos para la enseñanza de idiomas indíge-nas al personal en servicio de las auxiliaturas departamen-tales.

8. Incidir en la formulación de proyectos de leyes que denatención a las demandas de los pueblos indígenas deGuatemala.

3.3.1 Competencias y Limitaciones con Relación ala Promoción y Protección de los Derechos delos Pueblos Indígenas

La Defensoría de los Pueblos Indígenas tiene claramentedefinidas su competencia en el Reglamento de Organización yFuncionamiento (Acuerdo No. SG-15-98) y en el Manual deOrganización y Procedimientos. Sin embargo con apego a lasleyes nacionales vigentes y los instrumentos internacionales,ha ampliado cada vez más el ámbito de su actuación como haquedado plasmado en documentos como el Manual deProcuración de los Derechos Humanos de los PueblosIndígenas y el Breve Catálogo de Derechos Colectivos yEspecíficos de los Pueblos Indígenas.

En términos generales y con base en la Ley, en elReglamento de Organización y Funcionamiento y en elManual correspondiente, la entidad tiene como competencia,las siguientes actividades:

Page 397: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

403

a) Asesoría: al personal de la Institución y a los usuarios;

b) Educación: al personal de la Institución y a los ciudadanosindígenas;

c) Incidencia: hacia la estructura del Estado, junto con laUnidad de Políticas Públicas;

d) Procuración: se desarrolla una especie de procuraciónalterna al tramite ordinario de los expedientes;

e) Defensa y Orientación: Es una actividad que se realizajunto con el usuario o víctima, a través de la asesoría y elacompañamiento.

Estas funciones conforman y sintetizan lo expuesto en losapartados anteriores. Sin embargo, es importante incluir elconjunto de derechos colectivos genéricos y derechos especí-ficos de los pueblos indígenas, que la Defensoría consideraque deben ser tutelados legítima y legalmente.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 398: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

404

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En el contexto de cada uno de estos derechos específicosse dan constantemente una serie de situaciones que los vulne-ran. Surge entonces, el papel de la Defensoría para investigar,asesorar, dar seguimiento, encontrar y señalar a los culpables.Es por esa razón, que el anterior listado de derechos, funda-mentan la competencia de la entidad.

Sin embargo, la actuación y el cumplimiento del mandatode la Defensoría de los Pueblos Indígenas, tiene serias limita-ciones que dificultan una mejor atención y un mayor impactoen el tutelaje de los derechos específicos de la población indí-gena.

Estas limitaciones las podemos enumerar así:

a) La Defensoría no tiene la dirección de todo el procesoinvestigativo y la formación de los expedientes, solo lecompete dar asesoría, incidir y orientar.

b) El Procurador de los Derechos Humanos, puede resolversin la opinión del Defensor de los Pueblos Indígenas, yaque la opinión de éste, no es vinculante;

Page 399: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

c) A pesar de que la entidad tiene un amplio mandato, notiene la autoridad suficiente para obligar a que se cumplacon lo resuelto;

d) El Defensor de los Pueblos Indígenas no puede resolverpor sí mismo, e incluso, no puede emitir opinión, si no esrequerido por la autoridad superior;

e) La apertura de un expediente y el seguimiento que se le de,no depende de las decisiones del Defensor;

f) Existen varias limitantes institucionales como las siguien-tes: falta de vehículos para la movilización urgente delpersonal; el personal es muy limitado; el pago del perso-nal depende en un 86% de los fondos que aporta la coo-peración internacional.

Estas limitantes indudablemente que inciden en la efec-tividad y la adecuada atención de los distintos casos de vio-lación a los derechos indígenas.

3.3.2 Obstáculos y Oportunidades que se hanencontrado en el Desarrollo de Acciones yTrabajo en la Promoción de los Derechos delos Pueblos Indígenas

Los obstáculos que tiene la Defensoría de los PueblosIndígenas para desarrollar su trabajo y alcanzar sus objetivosse pueden clasificar desde los siguientes puntos de vista:estructurales, políticos, jurídicos e institucionales.

a) Obstáculos estructurales: este tipo de obstáculos estándeterminados por la conformación histórica de la sociedady el Estado guatemaltecos. Todas las estructuras del paíshan sido diseñadas para excluir el pleno ejercicio de los

405

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 400: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

406

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

derechos de los indígenas como personas y como pueblos.Este tipo de obstáculo se expresa en la situación depobreza, analfabetismo y en general la situación de mar-ginación en que sobreviven las comunidades indígenas;sin embargo, es importante agregar que la expresión per-manente de esta situación es el racismo y la discrimi-nación muy enraizadas en las estructuras del país. En talsentido, superar estos obstáculos implica también tomaren cuenta una estrategia a mediano y largo plazo, en lacual la institución del Procurador es tan sólo un elementomás de un conjunto de esfuerzos.

b) Obstáculos políticos: en términos generales, este tipo deproblemas son los mismos que enfrenta la institución engeneral, sin embargo, en el caso del trabajo de laDefensoría, estos se potencializan cuando se trata del ejer-cicio de derechos políticos por parte de los indígenas. Estasituación encuentra ejemplos claros en los casos vincula-dos al Comité Cívico Xel’ju y a la participación políticadel Lic. Rigoberto Quemé Chay. La Defensoría se ve limi-tada a actuar por el temor que despiertan las amenazas yagresiones de carácter político. Además, las secuelasdejadas por la violencia institucional generada durante elconflicto armado interno, dentro de ellas, los daños psi-cológicos y la impunidad, provocan la inacción de las víc-timas y por lo tanto, la escasa posibilidad de actuar de laDefensoría.

c) Obstáculos jurídicos: es evidente que la Defensoría de losPueblos Indígenas tiene alcances jurídicos limitados paraintervenir y para pronunciarse sobre los casos que conoce.Básicamente, como ya vimos, su competencia pararesolver se reduce a emitir opinión o asesorar al Procura-dor o a otros funcionarios para la atención de los casos.Esta situación fue expresada por los mismos usuarios a

Page 401: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

407

partir de que desearían que el Defensor actuara con mayorcapacidad e incidencia para apoyarles en la resolución delos problemas que afrontan.

d) Obstáculos institucionales: este tipo de obstáculos tienenque ver con el espacio de actuación y la importancia quese le da al Defensor de los Pueblos Indígenas en el marcoinstitucional de la Procuraduría de los Derechos Humanos.En algunos casos, el Estudio determinó que haydesconocimiento en varias dependencias, del trabajo quese realiza en la Defensoría y en otras, se le restó importan-cia al esfuerzo que se realiza. Además, esta unidad indíge-na tiene algunas dificultades financieras para proyectarsea la población y cubrir la mayor cantidad de casos. Dentrode este grupo de obstáculos resalta por su importancia, lafalta de presupuesto y el escaso número de personas asig-nadas para desarrollar el trabajo; por ejemplo, del grupo depersonas que actualmente se desempeñan en la DPI, sóloel defensor y una secretaria son pagados con el pre-supuesto del Estado, las demás tendrán que retirarse cuan-do finalice un pequeño proyecto que está financiando a laentidad.

Varios de los obstáculos señalados han disminuido elimpacto en el accionar de la Defensoría, esencialmente por elesfuerzo y compromiso del Defensor y de sus colaboradores.En todo caso, la percepción que se obtuvo es la de una entidaden proceso de fortalecimiento y de proyección, como se refle-ja en “las proyecciones 2005” expuestas por el Magistrado deConciencia en su Informe Anual 2004.

Con respecto a las oportunidades, se pudo constatar, tantoen la investigación documental como en el trabajo de campo,que existen varias y valiosas posibilidades de desarrollo de laentidad. Se pueden citar como oportunidades las siguientes:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 402: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

408

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• La confianza que los indígenas mantienen en laProcuraduría y en la Defensoría para la atención yseguimiento de los casos en que sus derechos son vulne-rados.

• La creciente demanda de atención de casos, que le per-mite, en medio de situaciones difíciles, estar en contactoy servir de apoyo a las víctimas de un sistema que excluyey agrede a los indígenas.

• El apoyo manifiesto de las personas y organizacionesindígenas para el desempeño de su labor.

• La ratificación de varios instrumentos internacionales y ladiscusión de nuevos que vendrían a ampliar y profundizarla normativa que garantiza los derechos de los pueblosindígenas.

• La mayor conciencia y compromiso de los operadores dejusticia para respetar los derechos específicos y aplicar lanormativa a favor de las personas y los pueblos indígenas.Existen algunos casos muy significativos en donde se veque ha ido cambiando la mentalidad y la actitud en estamateria.

• La existencia y validez del Acuerdo sobre Identidad yDerechos de los Pueblos Indígenas que estableció unimportante punto de referencia para medir el avance en elrespeto y reconocimiento de tales derechos.

• La definición y determinación con toda claridad de cuálesson los derechos específicos de las personas y pueblosindígenas que deben ser tutelados y además, cuáles sonlas instituciones responsables de hacerlo.

• La existencia de otras entidades estatales que protegenderechos de los pueblos indígenas, tal es el caso de laDefensoría de la Mujer Indígena, la Comisión Presiden-

Page 403: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

409

cial Contra la Discriminación y el Racismo, la Academiade Lenguas Mayas, El Fondo de Desarrollo Indígena y lasunidades que sobre pueblos indígenas se han creado enministerios y otras instituciones, tal es el caso de los mi-nisterios de Trabajo y el de Ambiente, así como las depen-dencias creadas en la universidad estatal.

• La voluntad y el compromiso de un grupo de indígenas,dirigidos por el Defensor, en llevar adelante todo un pro-ceso de consolidación de la defensa de los derechos indí-genas.

Se considera que estas oportunidades encuentran uncamino para ser viables y convertirse en realidades, a partir deconsiderar los aspectos tan importantes que el Procuradorplantea en “las proyecciones 2005”, las cuales tienen esa eti-queta pero en realidad son proyecciones que van más allá deeste año, son más bien visiones de futuro.

IV. La Visión de los Indígenas sobre la Procuraduría de Derechos Humanos

4.1 La Opinión de las Entidades No Gubernamen-tales que Defienden Derechos Indígenas

Se realizaron reuniones con representantes de diversasorganizaciones indígenas entre las que destacan organiza-ciones kakchiqueles, pokomames, ch’orti, kichés y xinkas,quienes en actividades tipo taller y en entrevistas individualesexpresaron sus opiniones con respecto al trabajo de laProcuraduría de los Derechos Humanos. Luego de analizar ytabular toda la información recopilada fue posible sintetizaruna serie de opiniones cuyos aspectos principales son los si-guientes:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 404: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

410

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• Existe un alto grado de conocimiento sobre las funcionesgenerales de la Procuraduría, pero poco conocimiento dela existencia de la Defensoría de los Pueblos Indígenas.Sin embargo, fue interesante conocer que hubo personasque no conocen de la Institución o que la considerancomo una de tantas dependencias del Gobierno.

• Una percepción que es preocupante y que varios entrevis-tados lo manifestaron así, es la afirmación de que “losderechos humanos defienden más a los ladrones que a losderechos de los indígenas” o que “los derechos humanosno apoyan a los indígenas”28.

• Otra circunstancia no menos preocupante es la percepciónde que los funcionarios de la Procuraduría solo “están ensu oficina” “dan poca atención” o que “se encierran ensu perímetro”29.

• La mayoría de organizaciones coinciden en que hace faltainformación y capacitación en derechos humanos30.

• Un elemento valioso que se aportó en las entrevistas es elhecho de que consideran que la Procuraduría es una enti-dad importante para la defensa de los derechos indígenasy que por lo tanto, ven como necesario que se amplíe sucobertura creando oficinas por región indígena y a nivelde municipios31.En todo caso, predomina cierto interés y confianza en el

trabajo de esta institución frente a otras, igualmente estatales,con las que prefieren no tener ningún tipo de relación.

28 Taller de análisis y consulta realizado en Chimaltenango el 2 de abril de 2005.29 Ibíd.30 Taller de análisis y consulta realizado en Chiquimulilla, Santa Rosa el 3 de abril

de 2005; entrevistas realizadas el 6 de abril en la Comunidad Indígena de Palíny el 8 de abril en la Comunidad Indígena de Mocohan.

31 Taller de análisis y consulta realizado en Chiquimulilla, Santa Rosa el 3 de abrilde 2005

Page 405: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

411

Queda claro que la inseguridad ciudadana, la violenciainstitucional y los problemas estructurales del país, dificultanpoder atender los derechos humanos; estas situaciones hangenerado desesperanza y una visión tergiversada con respectoal papel del Procurador de los Derechos Humanos. Además,las limitaciones y los obstáculos de la institución se ven refle-jadas en las dificultades que se le presentan para atender,asesorar y dar seguimiento a los casos que llegan a su cono-cimiento.

Por su importancia y amplio contenido, citamos literal-mente el resumen sistematizado y aprobado en consenso porlos delegados presentes durante el taller realizado en la CiudadCapital el 5 de abril de 2005:

De la Procuraduría de los Derechos Humanos, la pobla-ción de manera general y algunas organizaciones socialesconocen poco de las actividades, las funciones y el mismo per-sonal de dicha Institución.

Las personas y organizaciones consultadas manifestaronque no conocen las actividades que realizan los activistas ymenos las funciones de éstos. La PDH según las sugerenciasrecibidas deberían tener un programa de difusión en las distin-tas comunidades, sobre todo cuáles son los derechos y obliga-ciones de las personas, además divulgar, desarrollar tallerescomunitarios sobre los derechos de los pueblos indígenas.

En varios momentos se dan casos de discriminación a laspersonas individuales y colectivas por los Alcaldes Munici-pales, el Gobernador y diputados, en algunos casos se han pre-sentado las denuncias a las oficinas de la PDH, sin embargo,no se le da la importancia debida; y lo más triste del asunto esque la población considera que quizá es normal que no le pon-gan atención y como que se va adaptando a los maltratos a quees sometida cotidianamente en cualquier lugar: en las comu-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 406: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

412

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

nidades, en los mercados, en los centros de atención médica,en las escuelas públicas o privadas, etc.

En algunos casos, la PDH ha sacado algunos afiches peroque sólo se ven en algunos lugares en los centros urbanos, enel área rural no se cuenta con información de lo que son “losDerechos Humanos” y menos, los Derechos de los PueblosIndígenas.

En las comunidades se practican y se ejercen los derechosculturales, como por ejemplo, el ejercicio de hablar su idioma,de usar su traje, de practicar ceremonias espirituales, deresolver problemas con la ayuda de los ancianos y personashonorables de la comunidad, etc., pero nunca llegan las per-sonas de la Procuraduría de los Derechos Humanos a moti-varnos y valorizar lo que se esta haciendo en las comunidades.

Quizá es un descuido de las partes (población y PDH) deno buscar una coordinación con las organizaciones comuni-tarias y las comunidades con la Institución. No obstante laPDH debería de comunicarse de manera constante con loslíderes comunitarios y buscar delegaciones comunitarias paraque haya una comunicación y enlace entre comunidades y laInstitución.

Existen algunas organizaciones que defienden los dere-chos indígenas, pero aún tienen poca cobertura y en muchasocasiones son boicoteadas por instituciones del Estado.Debería haber una coordinación estrecha entre estas organiza-ciones indígenas y los representantes de la Procuraduría de losDerechos Humanos.

Los trabajadores que integran la Procuraduría de los Dere-chos Humanos deberían ser personas de la región y mejor sison indígenas y que hablen el idioma de la región, que tenganbuena actitud con los indígenas y que conozcan el derecho

Page 407: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

413

consuetudinario de los pueblos indígenas, de lo contrario lascosas seguirán lo mismo.

Es necesario que la Procuraduría de los DerechosHumanos descentralice las funciones y actividades y que lapoblación tenga participación activa en el quehacer de laInstitución32.

A manera de especificar con mayor detalle las opinionesde varias organizaciones indígenas que existen en el país, seelaboró un cuadro que trata de recoger las opiniones másimportantes vertidas por directivos o miembros de las organi-zaciones que se enumeran. Las opiniones fueron brindadas enpláticas, conversatorios, entrevistas orales y escritas o en elmarco de talleres y reuniones realizadas.

32 Participaron delegados de COMUNDICH, COPAI, FUNDAMAYA, COMG yDEMA.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 408: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

414

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 409: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

415

Fuente: entrevistas con algunos líderes de las organizaciones identificadas

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 410: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4.2 La Opinión de Otras Entidades Gubernamen-tales que Defienden los Derechos de losPueblos Indígenas

Como producto de las reuniones y entrevistas con fun-cionarias y funcionarios de otras entidades gubernamentalesrelacionadas con la temática, las visiones más relevantesexpresadas fueron las siguientes:

• Que dada la capacidad instalada de la Procuraduría, suslimitaciones y problemas, el trabajo que realiza es muybueno, por lo que vale la pena promover su apoyo.

• Que la institución ha ido mejorando en su trabajo y quesus resultados han sido muy importantes para la protec-ción de los derechos humanos.

• No obstante lo dicho en los párrafos anteriores, los fun-cionarios manifestaron que la Procuraduría debe ser másactiva y desarrollar procesos de coordinación con lasdemás entidades relacionadas, especialmente en el temade los derechos indígenas.

• También se manifestó la necesidad de una efectiva coordi-nación entre entidades, no sólo para proteger de mejormanera los derechos humanos en general e indígenas enparticular, sino para obtener un mayor respaldo institu-cional y recursos financieros del Estado.

En el siguiente cuadro se especifican algunos detalles deopiniones verbales y escritas aportadas por personas entrevis-tadas y participantes en los talleres de análisis y consulta.Estas personas forman parte de organizaciones gubernamen-tales que atienden derechos de las personas y pueblos indíge-nas desde distintos enfoques.

416

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 411: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

417

Fuente: entrevistas con algunos directivos y funcionarios de las entidades identificadas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 412: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

418

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En los elementos expuestos se percibe el grado dereconocimiento que se le da a la institución del Procurador,pero una actitud positiva y propositiva hacia la necesidad demejorar la atención que se brinda y la obtención de mejoresresultados.

4.3 La Opinión de Líderes Indígenas

Durante el proceso de estudio se tuvo la oportunidad deentrevistar a líderes indígenas de manera individual. Las per-cepciones de estos líderes van en la línea de las oportunidadesque ofrece una entidad como la Procuraduría, para apoyar yacompañar en casos de graves violaciones a los derechoshumanos. Por ejemplo, se destacó el apoyo de la Procuraduríaen casos como el desalojo de campesinos en la Finca NuevaLinda, casos como las ofensas a Rigoberta Menchú, el asesina-to de un líder indígena en Sololá y el otro en Naranjales,Colotenango.

Los líderes indígenas, la mayoría de importancia nacional,manifestaron tener bastante conocimiento sobre las funcionesy el trabajo de la Procuraduría y de la existencia de laDefensoría de los Pueblos Indígenas. Sin embargo, manifies-tan que hace falta una mayor difusión del trabajo de esta últi-ma, así como, capacitación y orientación en la temática de losderechos específicos de los pueblos indígenas33.

Coinciden en que la Institución tiene dificultades para lle-gar a las comunidades y para atender una mayor cantidad decasos34.

33 Sistematización con base en opiniones de Rosalina Tuyuc, Demetrio López,Ramiro López y Yolanda Hernández.

34 Sistematización con base en opiniones de Enrique Muchuch, Marg a r i t oGonzález y Felipe de la Cruz.

Page 413: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

419

Saben que existen innumerables comunidades y líderescomunitarios que desconocen el trabajo que realiza y quequienes han tenido la oportunidad de conocerlo, consideranque el alcance de su actuación no contribuye de la manera quequisieran en la solución de sus problemas35.

Sin embargo, se reconoce que las limitaciones y obstácu-los de la Procuraduría tienen un carácter estructural, históricoy político muy fuertes por lo que no se puede esperar que enpoco tiempo o con el tratamiento de algunos casos, la entidadresuelva los problemas de las comunidades36.

V. Experiencias Exitosas de Procuraduríade Derechos Humanos en la Defensa delos Derechos de las Personas y PueblosIndígenas

5.1 Análisis de Casos Exitosos y Modelos conPosibilidad de ser Imitados

En el proceso de investigación se analizaron y discutieronvarios casos en que intervino la Institución del Procurador y laDefensoría de Pueblos Indígenas, se tomó como base para elEstudio la recopilación de casos publicada en marzo de 2004y una recopilación de casos publicada por COMG, en el marcodel Tercer Informe Alternativo sobre la aplicación del

35 Sistematización con base en opiniones de Gregorio Co, Gaspar Malchic,Alejandro Atz y Lorenzo Reyes.

36 Sistematización con base en opiniones de José Apolinario Estrada y RamiroLópez.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 414: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

420

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Convenio 169 en Guatemala. En el examen de los casos tam-bién se tomó en cuenta el relato de experiencias expuestas porel Defensor de los Pueblos Indígenas, así como la visión quelos representantes de organizaciones expusieron durante lostalleres de consulta.

Los casos seleccionados se ubican dentro del cumpli-miento de cuatro de las funciones de la Procuraduría: la aseso-ra, la investigativa, la educativa y la mediadora. Sin embargo,prácticamente en todos los casos confluyen, si no todas, lamayoría de estas funciones que le competen a la Institución.

Los casos analizados corresponden a una clasificaciónestablecida por la Defensoría, determinada por los siguientestemas: racismo, espiritualidad y pueblos indígenas, uso de lavestimenta indígena, organización social y participaciónpolítica.

Los casos analizados se consideran exitosos y paradig-máticos en el cumplimiento de las funciones institucionales yen la defensa y protección de los derechos indígenas. El éxitoreside en la restitución de los derechos vulnerados, el cese delas conductas violatorias, la suspensión de los actos y elacatamiento de las sanciones morales del Procurador. Ademásse considera como un elemento de éxito, la participación eimportancia que se le da en el tratamiento y la investigación delos casos, a la opinión del Defensor de los Pueblos Indígenas.

Page 415: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Caso No. 1Identificación: Caso Velázquez García y Sra. FelipePérez Expediente No. 09-96/DI.

a) Relación de hechos:

El 18 de abril de 1996 en el Juzgado de Paz de San Ilde-fonso Ixtahuacán, el señor Héctor Aníbal López Gómez,Secretario de ese Juzgado en funciones de Juez por ausenciadel titular, sin ningún fundamento legal ordena el encarce-lamiento de las señoras indígenas Juana Velásquez García yMaría Felipe Pérez. Ellas habían explicado que acudían alJuzgado en representación del señor Miguel Velásquez Pérezabuelo de la primera y suegro de la segunda, quien por ser de105 años de edad y estar enfermo, no había podido respondera una citación recibida del Juzgado. Rechazando lo anterior, ysin mediar más, el Secretario ordenó al Oficial del Juzgado, elseñor Florencio Romeo Mendoza Rodríguez encarcelar a lasdos señoras, lo que se hizo profiriendo ambos palabras como“indias creídas”, “indias lamidas”. Como la señora Juana lle-vaba cargada a su menor hija Lucía Ramírez Velásquez demenos de dos años, la menor también fue encarcelada. Laseñora Fabiana Rodríguez García, prima y nieta de la señoraJuana Velásquez García y María Felipe Pérez se dirige al señorLópez Gómez preguntándole por qué razón y con qué funda-mento había ordenado encarcelar a su abuela y su prima, yhabiéndose presentado ahí el Oficial Mendoza Rodríguez, esteúltimo se dirigió a la señora Rodríguez García en términosmarcadamente discriminatorios, entre ellos “india lamida”,“india creída” y personalmente ofensivos con palabras obsce-nas. Estas palabras y expresiones se repitieron durante todo elincidente.

421

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 416: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Luego el Juez accidental, presionado por vecinos que seempezaron a juntar en el juzgado y alrededor del mismo,decidió ordenar la excarcelación de las señoras VelásquezGarcía y Felipe Pérez, comentando que se había citado alseñor Miguel Velásquez y no a esta “pinche india viejita”.

El Oficial del Juzgado hace cumplir las órdenes delSecretario y como la señora Juana Velásquez García no salíarápidamente de la cárcel, interviene personalmente pero al li-berarla hace uso excesivo de la fuerza empujándola y halán-dola fuertemente, ocasionando que se golpee la cabeza y estole causa lesiones que la dejan inconsciente.

El Oficial Mendoza Rodríguez se ausenta del lugar. ElSecretario López García se dedica a atender a otras personasmanifestando total indiferencia y desdén por la señora indíge-na que yace en el suelo inconsciente.

El Secretario no se ocupa de obtener asistencia médicapara la señora ni medio de transporte o ayuda para llevarla aun centro asistencial.

Finalmente, más de dos horas después, la lesionada es lle-vada en un vehículo de MINUGUA al hospital público deHuehuetenango, donde varias horas más tarde recupera la con-ciencia.

b) Diligencias practicadas:

La Institución por medio de la Auxiliatura Departamentalde Huehuetenango, abrió expediente y desarrolló un amplioproceso de investigación y documentación del caso, realizan-do más de catorce actividades. En el expediente conformadose llegó a determinar la responsabilidad de los funcionariosjudiciales y la veracidad de la mayoría de los hechos. Se con-sidera que en este caso, se cumplió con la función investigati-

422

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 417: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

423

va a partir de que se desplegó un amplio proceso de búsquedade la verdad real y de determinación de la culpabilidad de losimplicados.

c) Resolución sobre el caso:

El Procurador de los Derechos Humanos, haciendo acopiode la Constitución Política de la República y de los instrumen-tos internacionales en materia de derechos humanos y de dere-chos indígenas, así como trayendo a cuenta el espíritu de losAcuerdos de Paz, resolvió de la siguiente manera:

I. Que hubo violación de los derechos humanos de lasvíctimas.

II. Que se violaron los siguientes derechos: a) libertad yseguridad personal; y b) igualdad en dignidad y dere-chos.

III. Señala como responsable de las violaciones a losderechos humanos al Secretario en funciones de Juezy al Oficial del Juzgado de Paz de San IldefonsoIxtahuacán.

IV. Recomienda a la Supervisión General de Tribunalesactivar más sus labores de control y supervisión delpersonal de los Juzgados de Paz.

V. Ordena que por existir circunstancias que lo ameritan,que se certifique lo conducente al Ministerio Públicoy la Supervisión General de Tribunales para lo quehubiere lugar.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 418: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

424

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Caso No. 2Identificación: Caso Tarro Dorado zona 13Expediente: REF.EXP.ORD.GUA. 137-2002/DE

a) Relación de Hechos:

Manifiesta la denunciante que el cinco de junio del dosmil dos, siendo las veintidós horas en compañía de las señorasUrsula Roldán Andrade, Lily del Carmen Gramajo Arroyo,Ingrid Surama Urízar López e Iris Fabiola García Reyes, luegode una presentación a miembros de la comunidad interna-cional acreditados en Guatemala, decidieron tomar algo en unrestaurante optando por El Tarro Dorado que está ubicado enla Avenida de las Américas, Zona 13 de esta Ciudad, al pre-tender ingresar, el portero le dijo a las señoras pasen adelante,luego se dirigió a la Licda. Irma Alicia Velásquez Nimatuj y leindicó que no podía ingresar por vestir traje típico, y que porórdenes superiores no ingresaban mujeres vestidas de esamanera al establecimiento.

b) Diligencias Practicadas:

La Institución del Procurador abrió expediente y solicitóla opinión del Defensor de los Pueblos Indígenas. Se desarro-lló un proceso de investigación, a pesar de que la personaagraviada únicamente presentó la denuncia y ya no se pudovolver a entrevistar. Se solicitó la intervención del ProcuradorGeneral de la Nación para que también investigara el hechodenunciado. Con la investigación de las dos instituciones y laopinión del Defensor, el Procurador emitió resolución.

Page 419: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

425

c) Resolución del Caso:

El Procurador de los Derechos Humanos, en cumplimien-to del mandato constitucional emitió resolución declarando:

I. Violación del Derecho Humano a la Dignidad eIdentidad de los Pueblos Indígenas, de la LicenciadaIrma Alicia Velásquez Nimatuj.

II. Señala como responsable a los propietarios del restau-rante Sport’s Dos Mil Uno del Tarro Dorado, por per-mitir que este tipo de situaciones se susciten en susestablecimientos comerciales ya que atentan contra ladignidad de los guatemaltecos.

III. RECOMIENDA: A) Al Congreso de la República deGuatemala, promover todas aquellas iniciativas de leyque persiguen sancionar la discriminación, exclusióny racismo en cualquiera de sus manifestaciones, lasque a su vez promuevan el Derecho de Igualdad comoprincipio fundamental para la protección de los dere-chos y libertades del individuo. B) A los propietariosdel restaurante Sport’s Dos Mil Uno del Tarro Dorado,instruir al personal que labora en sus establecimientoscomerciales, en cuanto a que toda persona debe sertratada por igual, ya que a nadie se le debe vedar elingreso a tales establecimientos, salvo cuando hayaalteración del orden público y la paz social. C) AlProcurador General de la Nación, adopte las medidaspertinentes para garantizar a todos los integrantes delos pueblos indígenas, el acceso adecuado y justo atodos los servicios que se presten tanto públicos comoprivados, promover campañas dirigidas a la poblaciónsobre igualdad de derechos de los pueblos guatemal-tecos y apoyar en todo lo necesario a quienes creanque los mismos están siendo trasgredidos, con acom-pañamiento y acciones concretas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 420: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

426

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

I V. Désele seguimiento a efecto de establecer si secumplió con la recomendación.

La importancia de este caso radica en que se logró corre-gir un acto de discriminación y abrió la posibilidad de queotros casos fueran denunciados, como los que reporta elProcurador en el Informe Anual 2004, donde las víctimas sonVíctor Vicente Lem en Quetzaltenango y Maria Tu y u cVelásquez en la Ciudad de Guatemala, quienes sufrieron lamisma discriminación. En tal sentido, la labor de investigaciónde la Institución fue exitosa, no solo porque pudo llevar ade-lante una verificación de hechos, que en otras oportunidades escasi imposible, sino porque además obtuvo el apoyo de otraentidad estatal como lo es la Procuraduría General de laNación, entidad que normalmente no había intervenido en estetipo de hechos como representante del Estado guatemalteco.

Análisis de experiencias en función educativa:

Caso No. 3, Caso EspecialPrograma Educativo37

La Procuraduría cuenta con una estrategia educativa, lacual esta plasmada en el Plan Marco Institucional 2002-2007.Esta estrategia es desarrollada por el Departamento deEducación y Promoción y consiste en: “alcanzar la partici-pación ciudadana con capacidad para la materialización de sudesarrollo, a través del proceso educativo, mediante la inser-ción misma en la articulación social e institucional de manerademocrática, equitativa y justa”.

37 Informe Anual Circunstanciado 2004 PDH. Págs. 742, 743, 744, 745, 746 y 747.

Page 421: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

427

Las acciones educativas se desarrollan en tres ámbitos, loscuales se analizan a continuación:

1. Coordinación, formación, seguimiento, acompaña-miento, monitoreo y evaluación de las organizacionessociales

Objetivos:

a. Promover la organización social por medio de la mo-vilización de actores sociales individuales e institu-cionales, que han participado en procesos formativosde la PDH para la incidencia social en beneficio deldesarrollo integral de las comunidades.

b. Fortalecer las acciones de educación en derechoshumanos con los integrantes de las diferentes instan-cias organizativas para la incidencia social y la solu-ción de sus problemas.

c. Facilitar la coordinación interinstitucional para laacción educativa en derechos humanos.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 422: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

428

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2. Procesos formativos en derechos humanos

Constituyen acciones de educación en derechos humanos,sostenidas en tiempo y espacio, se dirigen a grupos estratégi-cos de incidencia política y/o social, se desarrollan en formapresencial, con metodología interactiva, de acuerdo con eltiempo, en horas efectivas de duración, pueden ser:Diplomado en Derechos Humanos y Cultura de Paz, Escuelasde Derechos Humanos y Cultura de Paz, Cursos de Educaciónen Derechos Humanos.

• Objetivos:

a) Formar grupos estratégicos en derechos humanos ycultura de paz, que aseguran la promoción y edu-cación en derechos humanos en el ámbito nacional yla participación en organizaciones sociales que inci-den en el desarrollo integral de la comunidad.

b) Formar padres y madres de familia para la defensa yprotección de los derechos humanos, con especialénfasis en los derechos de la niñez y la juventud parala buena formación ciudadana y la transformaciónsocial.

c) Fortalecer acciones de diferentes sectores de lapoblación, para la defensa y promoción de los dere-chos humanos en las comunidades, como estrategiapara la participación ciudadana y el ejerciciodemocrático.

d) Contribuir a la formación de diferentes grupos de lapoblación, identificados con las acciones de promo-ción y defensa de los derechos humanos o en condi-ciones para prevenir potenciales violaciones de losmismos.

Page 423: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

429

• Resultados:

3. Educación alternativa en derechos humano

• Objetivo:

El objetivo del programa es propiciar la difusión de losderechos humanos, por todos los medios posibles, para poderllegar en una forma amena a toda la población y propiciar lamotivación, participación y movilización social, los sujetosdel proyecto los constituyen los diferentes sectores de lapoblación guatemalteca.

13 Diplomados enDerechos Humanos yCultura de Paz

119 Escuelas deDerechos Humanos yCultura de Paz

35 Escuelas de Solidari-dad para Padres contrala Violencia

78 Escuelas de Dere-chos Humanos y Culturade Paz, dirigidas a dife-rentes sectores institu-cionales y de la sociedadcivil.

151 Cursos de DerechosHumanos y Cultura dePaz

TOTAL

Hombres

9909

225

1793

91864

6027

109,818

Mujeres

9332

194

2541

92224

4373

108,664

Total

19241

419

4334

184088

10400

218,482

RESULTADOS BENEFICIARIOS

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 424: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

430

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• Resultados:

Como resultados se puede citar un conjunto de activi-dades realizadas cuyo impacto cualitativo es difícil precisar.Sin embargo con relación a la cantidad de actividades rea-lizadas es posible enunciar los siguientes datos:

- Se movilizó un número aproximado de 99,673 personas endiferentes actividades educativas.

- Se realizaron foros, ferias, veladas culturales, caminatas,presentación de obras teatrales, video foros, murales y pro-gramas radiales y televisivos.

- Con relación a los murales, se realizaron tres murales, unoen Chichicastenango, otro en el Quiché y otro en ElTablón, Sololá.

- Con respecto a los programas radiales y televisivos, setransmitieron 81 programas radiales, un programa televisi-vo y 38 spots radiofónicos.

En conclusión, toda esta labor educativa tiene como resul-tado el fortalecimiento de la cultura del respeto a los derechoshumanos y la paz, el cual no se podría medir en forma inme-diata pero sus efectos se van profundizando en el tiempo.

Caso No. 4Identificación: Caso Alcaldía Indígena de SacapulasExpediente: REF. EXP.ORD. 007-00/DESP.

a) Relación de hechos:

El caso se inicia con base en la denuncia presentada el 6de septiembre de 2000 por Margarito Gómez, en contra delAlcalde Municipal de Sacapulas, El Quiché. Indicó el denun-ciante que el Alcalde Municipal, profesor Pedro Pu Tojin, el 25

Page 425: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

de junio del año 2000, solicitó la entrega y desalojo del lugarque ocupa la Alcaldía Indígena dentro del edificio municipal.Ante tal petición los miembros de la Alcaldía Indígenadebieron consultar con los cuatro cantones que representan:San Pedro, San Sebastián, San Francisco y Santo Tomás. Sinembargo, no se les dio tiempo y el día 26 de junio de ese año,el Alcalde Municipal cerró la sede y en su lugar instaló elmismo día una biblioteca. En el interior de la sede quedaronlos enseres y las insignias de las autoridades indígenas, mesasy siete varas, símbolos de la autoridad. De todas estas actua-ciones los miembros de la Alcaldía Indígena no fueron notifi-cados. De esa cuenta acudieron a diversas instituciones pararesolver su situación, es así como solicitaron la intervencióndel Procurador de los Derechos Humanos, pues consideranque tienen derecho a no ser ofendidos, discriminados y a resis-tirse al desalojo.

b) Diligencias practicadas:

La institución realizó una labor de investigación ymediación, a través de la Defensoría de Pueblos Indígenas. Seescuchó a las autoridades municipales y a los miembros de laAlcaldía Indígena. Se verificaron los hechos, se pidió informea otras autoridades implicadas como el Fondo de InversiónSocial y se expuso la necesidad de encontrar soluciones alproblema con base al diálogo.

c) Resolución del caso:

El Procurador de los Derechos Humanos, no obstante lalabor de mediación desplegada a través de la Defensoría de losPueblos Indígenas, por imperativo legal resolvió de la siguien-te manera:

431

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 426: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

432

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

I. Que señala violado el derecho humano a la libre aso-ciación, a la libertad, a la intimidad, a la dignidad y lascostumbres tradicionales indígenas.

II. Se señala como responsable de tal violación alAlcalde Municipal y su Concejo.

III. Recomienda al Alcalde y al Concejo Municipal: a)respetar la organización tradicional indígena, asícomo las costumbres y tradiciones indígenas; b) resti-tuir el derecho conculcado y evitar que en futuro sevulneren estos derechos.

La labor mediadora del Procurador de los DerechosHumanos, se realizó con la intervención de la Defensoría delos Pueblos Indígenas. Se considera en este caso que se dio lamediación a partir de que tanto la Alcaldía Indígena como laAlcaldía Municipal está integrada por personas indígenas,líderes de las comunidades de su municipio. En tal sentido, eltrabajo realizado busca que ambas entidades logren acuerdos yestablezcan normas de convivencia y tolerancia.

4. Experiencia exitosa de creación de una unidad móvilde atención a pueblos indígenas

En el marco de un proyecto de cooperación con fondosdel Ministerio de Relaciones Exteriores de Finlandia, laProcuraduría ha implementado un proyecto para la creación deuna unidad móvil de atención a pueblos indígenas en elDepartamento de Huehuetenango. Como proyecto piloto se halogrado crear un metodología de atención a las personas ypueblos indígenas de los sectores más alejados de Huehuete-nango, que involucra todas las competencias de la Procura-duría, incluyendo divulgación y promoción de derechos depueblos indígenas, capacitación y tramitación de denuncias demanera descentralizada.

Page 427: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

433

Este es un primer esfuerzo por llevar una política de“puertas abiertas”, lo cual ha sido positivo para replicar laexperiencia con otras unidades móviles que se tiene pendienteinstrumentar con fondos de otros donantes. Incluso, el Minis-terio de Relaciones Exteriores de Finlandia estudia la posibi-lidad de apoyar otras iniciativas similares en Honduras y Nica-ragua, para que la población de la Mosquitia cuente tambiéncon unidades móviles de derechos humanos.

Como aspecto relevante, el proyecto conlleva la sosteni-bilidad mediante el compromiso de la Procuraduría de asumirlos salarios de los funcionarios una vez que el apoyo interna-cional finalice38.

5 . 2 Lecciones Aprendidas en el Proceso

Es evidente que la experiencia de la Procuraduría (18años) y de la Defensoría de los Pueblos Indígenas (7 años), hadejado valiosas lecciones, las cuales se reflejan en la estrate-gia, la metodología, los procedimientos y el contenido de lasresoluciones sobre los casos atendidos.

Quizá en el presente Estudio no haya espacio suficientepara incluir las lecciones aprendidas durante la existencia de laInstitución, sin embargo, consideramos oportuno extraeralgunos aprendizajes obtenidos a partir del abordaje de loscasos descritos y analizados.

En tal sentido, con base en las entrevistas, la revisión do-cumental, la revisión legislativa y el análisis de los casos indi-cados, consideramos que son lecciones aprendidas para laInstitución del Procurador y la Defensoría Específica, conrespecto a la protección de los derechos indígenas, las si-guientes:

38 Información facilitada por Víctor Rodríguez, consultor del Ministerio deRelaciones Exteriores de Finlandia.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 428: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

a) Los sujetos violadores de los derechos indígenas o agre-sores de la dignidad indígena pueden provenir del Estado,de los particulares, de personas indígenas y no indígenas.Esto significa que el problema de la discriminación y elracismo está inmerso estructuralmente en el país, por loque cualquier persona que detente cierto grado de poder(económico, político, social), está en condiciones de vul-nerar derechos de las personas y los pueblos indígenas.

b) Todavía existen problemas para que la Institución delProcurador obtenga el apoyo necesario de otras institu-ciones estatales para cumplir con su mandato. ElMinisterio Público, la Policía Nacional Civil, LosTribunales de Justicia y las dependencias administrativas,no reaccionan ni activan en apoyo a la Procuraduría con laprontitud y esmero requerido.

c) No obstante el razonamiento anterior, el respeto y la cre-dibilidad que tiene la Procuraduría, ha facilitado que cadavez más se vaya gestando conciencia de la necesidad decolaborar en el tratamiento de los casos, por parte de lasinstituciones y dependencias del Estado.

d) La cantidad de casos atendidos y la colaboración e interésprestados por parte de las víctimas y de personas que lesapoyan por parte de la Procuraduría, demuestra claramenteque la Institución mantiene credibilidad y confianza en lapoblación indígena, la cual continúa en un proceso ascen-dente.

e) Es muy claro que para lograr casos exitosos, es decir, larestitución del derecho conculcado o la cesación de la vio-lación o la amenaza de violación, la Institución delProcurador todavía enfrenta obstáculos y limitaciones paraavanzar en el cumplimiento de su mandato. Esta situación,

434

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 429: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

435

sólo es posible revertirla estableciendo estrategias a distin-tos niveles y con distintos plazos, que permitan ampliar yfortalecer dicho mandato y obtener los apoyos necesariospara su trabajo.

f) Los casos atendidos y la manera como se han atendidodesmienten la mala percepción que varias organizacionesy líderes indígenas tienen con respecto al papel y las fun-ciones de la Procuraduría. Esta percepción es precisamentela que los poderes públicos interesados, los paralelos y lasmafias, desean que se propague para debilitar la institu-cionalidad de los derechos humanos en el país.

g) El impacto en la sociedad y en el mismo Estado, que hatenido el solo hecho de denunciar la discriminación y elracismo y una serie de hechos violatorios a varios derechosindígenas, ha sido incuantificable en el sentido positivo.En otras palabras, ahora en el país después de conocersecomo se resolvieron los casos de Rigoberto Queme Chay,Irma Alicia Velásquez, Maria Tuyuc Velásquez, RigobertaMenchú Tum, para citar casos de personajes más públicos,aquellos que ideológicamente rechazan a los indígenas,tendrán que ser más tolerantes y respetuosos de la dignidadde las personas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 430: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

436

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

VI. Recomendaciones para Maximizar elAprovechamiento de la Procuraduría de Derechos Humanos en la Atención y Defensa de los Derechos de lasPersonas y Pueblos Indígenas enGuatemala

6.1 Recomendaciones para la Procuraduría deDerechos Humanos

Durante todo el proceso de investigación se fueron sis-tematizando una serie de sugerencias, consejos y recomenda-ciones para que la Institución pueda fortalecerse y ampliar sucobertura. Las principales recomendaciones van dirigidas a lossiguientes temas: comunicación social, atención pronta y opor-tuna, ampliación de su cobertura, fortalecimiento de la con-fianza, fortalecimiento institucional, ampliación del mandato yla idoneidad de su personal.

En el ámbito de la comunicación social se sugiere quehaya una divulgación permanente en las comunidades y en losidiomas indígenas sobre el papel, el mandato y el trabajo de laInstitución. En una de las entrevistas se manifestó que losmiembros de la Procuraduría deben comunicar qué accionesrealizan, se utilizó la frase siguiente: “Que digan qué hacen ypara quienes trabajan”39.

Con respecto a la atención pronta y oportuna, serecomienda que haya más personal y con mejor disposición deservicio del mismo.

39 Líder indígena Eliseo Can, de Patzicia. Entrevista realizada el 2 de abril del2005.

Page 431: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

437

Sobre la ampliación de su cobertura se recomienda que seinstalen oficinas por microregiones, municipios y comu-nidades de ser posible, con la finalidad de prevenir más viola-ciones a los derechos indígenas. Se sugiere que se atiendanmás casos de violaciones a los derechos indígenas, debido aque la mayoría no se denuncian y quedan en absolutaimpunidad.

En el ámbito del fortalecimiento de la confianza en laInstitución, se considera necesario que haya una atenciónamable, atenta y muy abierta hacia los indígenas. Se sugierenaspectos como40:

- “organizar delegados comunales”,- “que se den a conocer”, - “que tengan visitas a las comunidades”,- “que hablen con los indígenas” y - “tratar la manera de ya no defender a los ladrones que

tanto daño han hecho al país”.

La variedad de opiniones es amplia, y en las mismas otravez aparece la impresión equivocada con respecto a los delin-cuentes, la cual se ha determinado que es en muchos casos,inducida por sectores interesados en destruir la imagen de laProcuraduría. Por otra parte, también hay más opiniones quepueden resultar valiosas para ser tomadas en cuenta por laInstitución, como es el caso de la siguiente: “Que salgan de suoficina y que se vayan a las comunidades y que caminen unpoco”41. Esta frase está relacionada con la manera como losfuncionarios de la PDH, MINUGUA y otros, llegan a lascomunidades.

40 Aspectos sugeridos durante el taller de análisis y consulta realizado el 2 de abrildel 2003 en Chimaltenango.

41 Opinión de un líder indígena de Sololá, vertida de manera escrita el 2 de abrildel 2005

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 432: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

438

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Con relación al fortalecimiento institucional existeninteresantes sugerencias que a continuación citamos literal-mente: “descentralizar las funciones”, “conformar un conse -jo de representantes de los pueblos indígenas”, “capacitar demejor manera al personal”42.

Se recomienda además, que las puertas de la Institucióndeben estar abiertas en forma permanente, para que las per-sonas puedan acudir a ella a cualquier hora, pero también supersonal debe estar dispuesto a recibir sugerencias y apoyosolidario de las organizaciones.

En el tema de la idoneidad del personal, se obtuvo opi-niones en dirección a que los procedimientos de contratacióndeben ser en base a perfiles técnicos y calidades éticas ymorales de alguna manera ya demostradas43. Se considera quehay personal que no cumple con sus funciones y que noatiende adecuadamente a los usuarios. Sobre esta situación,algunos funcionarios de la Institución reconocen que es impor-tante la calidad del personal que se contrata y consideran que,en un alto porcentaje el personal es el idóneo, sin embargo,hay algunas excepciones44.

Finalmente, con respecto a la ampliación del mandato45,se obtuvieron opiniones en el sentido de que debe plantearseuna reforma a la Ley, especialmente con la finalidad de que lasresoluciones del Procurador tengan mayor fuerza jurídica yque sus expedientes, puedan convertirse en pruebas o princi-

42 Recomendaciones formuladas en consenso durante el taller de análisis y consul-ta realizado el 3 de abril del 2005 en Chiquimulilla.

43 Ibíd.44 Entrevistas con funcionarios y empleados de la PDH, que pidieron expresa-

mente omitir sus nombres.45 Se realizó entrevistas con los asesores jurídicos actuales del Procurador.

Además, se contó con la opinión del Lic. Martín Sacalxot.

Page 433: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

439

pio de prueba para juicios en contra de los violadores a losderechos humanos. Además, se considera que se debe asignarun porcentaje mínimo y determinado por ley del presupuestonacional, para atender las necesidades de la Procuraduría yevitar que cada año se tenga que hacer cabildeo y negociaciónpolítica para conseguir recursos financieros adecuados.

Con relación a la ampliación del mandato del Procuradorde los Derechos Humanos, se realizaron una serie de consultascon funcionarios y asesores jurídicos de la institución, asícomo en la Comisión de Derechos Humanos del Congreso dela República. El resultado obtenido fue que no se ha planteadopor parte del Procurador ninguna iniciativa de ley para am-pliar su mandato. Se verificó que el Procurador ha participadoen otro tipo de iniciativas, ya sea opinando o haciendorecomendaciones, pero las mismas no se refieren a ampliar ofortalecer su mandato.

Por otra parte, las consultas realizadas y los planteamien-tos de la misma Defensoría de los Pueblos Indígenas, así comolos comentarios y recomendaciones surgidas en el marco delcurso/taller organizado por el IIDH, aportaron recomenda-ciones como las siguientes:

a) En relación a las recomendaciones para la Procuraduría delos Derechos Humanos, sugiero que se incluya lo si-guiente:

• Es necesario que la Institución del Procurador de losDerechos Humanos, incluya en su presupuesto ordi-nario los gastos de funcionamiento de la Defensoría dePueblos Indígenas.

• Que en el área de recepción y en todos los departamen-tos y secciones en donde se tenga contacto con losusuarios de la institución se contrate personal mayahablante.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 434: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

440

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• Que en los departamentos y unidades como Incidenciaen Políticas Públicas, área de Derechos Específicos,departamento de Educación y Promoción, Estudios yAnálisis, se incluya a personas indígenas que conoz-can de los Derechos Colectivos y Específicos de lospueblos.

• Que se incluya en el programa de trabajo de cadaunidad, la temática indígena, no sólo dirigida a losindígenas, sino también a la población en general.

• La Defensoría de Pueblos Indígenas ha desarrolladotalleres y conversatorios con el personal de las áreasmencionadas anteriormente, esto no es suficiente, serequiere de un programa sistemático y permanente decapacitación.

• Es importante incorporar progresivamente personalindígena en las auxiliaturas departamentales dondeexiste mayor presencia de población indígena.

A continuación se presentan varios cuadros que resumenun conjunto de recomendaciones que se aportaron durante eltrabajo de campo. Las recomendaciones se presentan a nivelde algunas organizaciones y a nivel personal cuando los entre-vistados o participantes de reuniones o talleres accedieron aque se les identificara.

La redacción de las recomendaciones, en lo posible,respeta el texto original aportado en forma escrita por el entre-vistado o la forma expresiva oral, cuando se respondió a pre-guntas de esa manera. Las acotaciones entre paréntesis, son delautor.

Page 435: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

441

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 436: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

442

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 437: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

443

6.2 Recomendaciones para las Personas y los Pueblos Indígenas

Los hallazgos del Estudio, los análisis, las conclusiones ylos juicios de valor del autor conforman un todo sistemáticoque nos permite formular, con respecto a las personas y pue-blos indígenas, las siguientes recomendaciones:

• Preocuparse por investigar y conocer las leyes, institu-ciones y personas relacionadas con la protección y ladefensa de los derechos de las personas y los pueblos indí-genas.

• Nunca quedarse sin denunciar un hecho que se consideraviolatorio o atentatorio de la dignidad, y los derechos quecomo persona y como indígena, le asiste a todo ciudadano,especialmente los miembros de los pueblos indígenas.

• Acercarse en forma permanente e insistente a laInstitución del Procurador de los Derechos Humanos pararequerir información, apoyo y capacitación, pero además,para ofrecer solidaridad y colaboración en aquellos aspec-tos que se considere oportunos y pertinentes.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 438: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

444

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• No prestar atención a personas y sectores interesados envulnerar o desgastar la imagen de la institucionalidad delos derechos humanos, pues en muchos casos, aquellostienen motivaciones impropias o contrarias a los más ele-mentales derechos de los seres humanos. Es importanteaclarar en este punto que la visión negativa que se formaen torno a la Institución del Procurador proviene tambiéndesde las personas no indígenas, en muchos casos conmucha mayor fuerza e incidencia.

• No obstante el razonamiento anterior, es importante quelos indígenas estén atentos al trabajo de la Institución, a lacalidad de los funcionarios y a su actuación frente a losusuarios, con el afán de criticar y señalar aquellas cosasque se hagan mal, pero también, de exaltar aquellas que sehagan bien.

• Para que la institucionalidad de los derechos humanos engeneral y de los derechos de los pueblos indígenas en par-ticular, desarrollen plenamente su mandato y puedan con-tribuir sustancialmente a un cambio estructural de lasituación de los pueblos indígenas en Guatemala, es abso-lutamente necesario que los mismos pueblos indígenasestén concientes, unidos y organizados alrededor de susgrandes demandas colectivas en sintonía con la construc-ción de un Estado democrático y pluricultural.

• Es importante que las personas y los pueblos indígenastengan conciencia de que la reivindicación y la defensa desus derechos específicos, sólo son una parte del procesopolítico para que los pueblos originarios conquisten sulibre determinación y la autonomía para administrar yresolver sus propios asuntos, en el marco de la soberanía yunidad territorial del país.

Page 439: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

445

6.3 Recomendaciones para Personas y Organiza-ciones no Indígenas

La historia del país, como se ha demostrado, indica que ladiscriminación, el racismo y la pobreza de los pueblos indíge-nas están vinculados con la invasión de su territorio y ladestrucción de sus sistemas económico-social, político, jurídi-co y cultural. Estos acontecimientos son la fuente de la pro-blemática estructural de la actualidad.

Es por esa razón, que los pueblos indígenas de cierta ma-nera comprenden el origen de las actitudes, comportamientosy acciones de las personas y organizaciones no indígenas, conrespecto al ejercicio de sus derechos. Sin embargo, esto no sig-nifica que se siga repitiendo ese círculo perverso de intoleran-cia y discriminación hacia las personas diferentes como es elcaso de los indígenas.

Con los avances democráticos logrados, la facilidad de lascomunicaciones, la ampliación y profundización de los instru-mentos internacionales y de la legislación nacional, así comoel avance que el humanismo y la tolerancia han tenido en elmundo, es totalmente inaceptable que se siga mancillando ladignidad de la mayoría de la población, como es el caso de lapoblación indígena guatemalteca.

En tal sentido, se recomienda a las personas y organiza-ciones no indígenas, además de tomar conciencia de que, elavance en el respeto a los derechos indígenas es una realidadinexorable, deben sujetarse a las leyes y a las resoluciones yactuaciones de entidades como la Procuraduría de losDerechos Humanos, así como de los estándares interna-cionales derivados de tratados internacionales y organismosespecializados de protección.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 440: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Esta entidad es uno de los puntales estratégicos para trans-formar la situación del país y para avanzar en su procesodemocrático y pacificador. El país será diferente y todosviviremos en condiciones de dignidad, cuando hayamos cam-biado de actitud y hayamos contribuido al fortalecimiento delas instituciones democráticas, como la Procuraduría de losDerechos Humanos.

Además, es importante agregar las siguientes recomenda-ciones específicas:

a) Hacer suyas las propuestas formuladas por los líderes indí-genas y las mismas organizaciones, las cuales se recogenen el presente Informe.

b) No dejarse sorprender por sectores interesados en desgas-tar política e institucionalmente a la Institución del Procu-rador, con relación a tergiversar sus funciones y su misión.

c) Organizar un frente común por la defensa de los derechoshumanos en general y los derechos indígenas en particular,con la finalidad de que tanto el Estado como los sectoresde poder real, retrocedan en su actitud y terminen respe-tando tales derechos. Pero además, para construir desdeuna visión humanista y pluralista, ese nuevo Estado y sis-tema económico-social y político que se necesita.

d) Incidir en las instancias estatales para transformarlas yhacerlas funcionales para todos y todas, en un contextopluricultural y de igualdad en dignidad y derechos.

e) Es importante que las personas y organizaciones no indí-genas conozcan, comprendan y acepten científica e ideo-lógicamente la identidad de los derechos colectivos yespecíficos de los pueblos indígenas. En todo caso, la acti-tud no debe ser la de cuestionar o atacar la existencia de

446

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 441: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

447

tales derechos, sino, la de valorarlos como parte del con-junto de derechos que todo ser humano debe tener segúnsu identidad étnica y su situación concreta en la sociedad.

RECOMENDACIÓN FINAL

Del estudio realizado, las opiniones y comentariosrecibidos se desprende una conclusión que consideramos esfundamental: la necesidad de que dentro de la Institución delProcurador de los Derechos Humanos, la Defensoría de losPueblos Indígenas sea fortalecida desde los ámbitos pre-supuestario, ampliación de cobertura, descentralización inter-na, atención lo más cercana posible de las comunidades y unaparticipación activa en los programas de formación y capa-citación en derechos humanos. Esto va estrechamente rela-cionado con el fortalecimiento de los derechos colectivos yespecíficos de las personas y los pueblos indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 442: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

448

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Bibliografía

a. Derechos Humanos, Pueblos Indígenas y Acce-so a la Justicia:

Badilla, Ana Elena; Dulitzky, Ariel E.; González Vo l i o ,Lorena; Olea, Helena y Torres, Isabel. El SistemaInteramericano de Protección de los Derechos Huma-nos y los Derechos de las Poblaciones Migrantes, lasMujeres, los Pueblos Indígenas y los Niños, Niñas yAdolescentes. Imprenta y Litografía Segura Herma-nos S.A. San José, C.R. 2004. pp. 372.

IIDH. Acceso a la Justicia y Equidad, Estudio en siete paísesde América Latina. Editorama S.A. San José, C.R.2000. pp. 491.

Martínez Peláez, Severo. Racismo y Análisis Histórico en laDefinición del Indio Guatemalteco. Facultad de Cien-cias Económicas, USAC. Guatemala, 1985. pp. 35.

Paz Kroell, Otto José. La Naturaleza de las Resoluciones de laProcuraduría de los Derechos Humanos. Facultad deCiencias Jurídicas y Sociales, Universidad de SanCarlos de Guatemala. Guatemala, 2004.

Procurador de los Derechos Humanos, MINUGUA. DerechosHumanos, Nociones Fundamentales y Métodos parasu Vigilancia, Misión de Verificación de las NacionesUnidas en Guatemala. Guatemala, 2004. Tomo I. pp.187; Tomo II. pp. 289.

Vásquez Smerilli, Gabriela Judith y Maria Cleofás TuyucVelásquez. Independencia y Carrera Judicial en Gua-temala, Ideas y Documentos para la Democratizacióndel Sistema de Justicia. IECP, INECIP. Guatemala,2000. pp. 465.

Page 443: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

449

b. Derechos Indígenas y Acceso a la Justicia

Cojtí Cuxil, Demetrio. Políticas para la Reivindicación de losMayas de Hoy: (Fundamento de los Derechos Espe-cíficos del Pueblo Maya). Editorial CHOLSAMAJ.Guatemala, 1994. pp. 86.

COMG. Qach’ojib’al. Aplicación del Convenio 169 en Guate-mala, Sistematización de Casos Paradigmáticos a Fa-vor y en Contra de los Derechos Indígenas. Guatema-la, 2004. pp. 168.

COMG. Segundo Informe Alternativo: Vigencia del Convenio169 de la OIT, Desde la Perspectiva Maya y de losTr a b a j a d o res Guatemaltecos. Editorial CHOL-SAMAJ. Guatemala, 2000. pp. 71.

Comisión de Fortalecimiento de la Justicia. Una Nueva Justi-cia para la Paz, Informe Final de la Comisión deFortalecimiento de la Justicia. Guatemala, 1998. pp.218.

Curruchiche Gómez, Miguel Ángel. Discriminación del Pue-blo Maya en el Ordenamiento Jurídico de Guatemala.Editorial CHOLSAMAJ. Guatemala, 1994. pp.126.

INECIP, IECP, Defensoría Maya. Administración de Justicia yPueblos Indígenas. Ponencias y Resoluciones delCongreso Internacional Guatemala 2000. EditorialSuperviprensa. Guatemala, 2001. pp. 303.

MINUGUA. Informe de Verificación. Los Pueblos Indígenasde Guatemala: la Superación de la Discriminación enel Marco de los Acuerdos de Paz. Guatemala, 20001.pp. 36.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 444: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

450

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Naciones Unidas. Oficina del Alto Comisionado para losDerechos Humanos. Informe del Relator Especialsobre la Situación de los Derechos Humanos y lasLibertades Fundamentales de los Indígenas. Guate-mala, 2003. pp. 43.

OEA, SNU. Hacia un Cumplimiento Renovado del AcuerdoSobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.Guatemala, 2003. pp. 100.

Ordóñez Cifuentes, José Emilio Rolando. Justicia y PueblosIndígenas, Crítica Desde la Antropología Jurídica.Magna Terra Editores. Guatemala, 2000. pp. 165.

c. Documentos, Pronunciamientos y Resolucionesde la Procuraduría de Derechos Humanos

Sacalxot, Martín y Cupil López, Alfredo. Breve Catálogo deDerechos Colectivos y Específicos de los PueblosIndígenas de Guatemala Tutelados Legítima y Legal-mente. Guatemala, 2004. pp. 60.

Morales Alvarado, Sergio Fernando. Cambio en el Ejerciciodel Poder Político en Guatemala. PDH, Guatemala1987.

_____ Informe Anual Circunstanciado 2002. Procurador delos Derechos Humanos. Guatemala, 2003. pp. 792.

_____ Resumen Ejecutivo. Informe Anual Circunstanciado2004. Procurador de los Derechos Humanos. Guate-mala, 2005. pp. 810.

_____ Informe Anual Circunstanciado 2004. Procurador delos Derechos Humanos. Guatemala, 2005. pp. 121.

Page 445: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

_____ Resumen Ejecutivo. Informe Anual Circunstanciado2002. Procurador de los Derechos Humanos. Guate-mala, 2003. pp. 76.

_____ Resoluciones del Procurador de los Dere c h o sHumanos, en Protección y Defensa de los PueblosIndígenas. PRODECA, OACDH. Guatemala, 2004.pp. 110.

Procurador de los Derechos Humanos, Defensoría de PueblosIndígenas. Manual de Procuración de los DerechosHumanos de los Pueblos Indígenas. Guatemala, 2004.pp. 46.

Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala. LogrosP royecciones de la Procuraduría de Dere c h o sHumanos. Guatemala, 1999. pp. 16.

451

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala

Page 446: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

453

Acceso a la justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría

para la Defensa de los DerechosHumanos de Nicaragua

Rigoberto Mairena Ruiz*

Índice

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 455

I. El Escenario de la Cuestión Indígena en Nicaragua . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 459

II. Desarrollo Legal para el Acceso de los Indígenasa la Justicia Nicaragüense . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .494

III. Los indígenas y la Administración de Justiciaen Nicaragua . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 514

* Abogado. Nicaragüense. Asesor jurídico y político de organizaciones indígenasdel Pacífico, Norte y Centro de Nicaragua.

Page 447: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

454

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

IV. Marco Institucional de la Procuraduría parala Defensa de los Derechos Humanos y los Derechos de los Pueblos Indígenas . . . . . . . . . . . . .546

V. La Labor de la PDDH y los Derechos de lasPersonas y Pueblos Indígenas . . . . . . . . . . . . . . . . .587

VI. Principales Derechos Indígenas vulnerados yatendidos por la PDDH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .601

VII. Relación y Análisis de la Experiencia de laProcuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos con las Personas y Pueblos Indígenas . . .628

VIII. La visión indígena sobre la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos . . . . . . . . . . .667

IX. Conclusiones y Recomendaciones . . . . . . . . . . . . . .673

Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .686

Page 448: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

455

Introducción

El acceso a la Justicia es un medio por el cual los pueblosy personas indígenas pueden hacer valer sus derechos funda-mentales y constituye a la vez un derecho en sí mismo.

Los derechos territoriales, de propiedad, medio ambiente,organizativos, laborales, integridad física y otros derechosindividuales se hacen efectivos a través de los órganos juris-diccionales a los cuales los pueblos y personas indígenashistóricamente han estado casi imposibilitados de acceder paralograr un efectivo cumplimiento. Aquella concepción deadministración de justicia excluyente del Derecho Propio (cos-tumbre), o el sistema diseñado para la sociedad organizadabajo modelos impuestos por la colonización y aquellos mode-los de desarrollo que desconocen la existencia y particulari-dades de las naciones originarias, son la principal dificultadpara que estos derechos fundamentales sean tratados y seapliquen de manera efectiva a través de los órganos judiciales.

En una sociedad dependiente, con bajo índice de desarro-llo, alto porcentaje de atraso social y sobre todo con una largatrayectoria de confrontación que mantiene todavía polarizadaa su población y a los principales actores sociales, el acceso ala justicia constituye un problema de derechos humanos demucha trascendencia.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 449: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

La sociedad nicaragüense, consciente de la necesidadhistórica de superar esta situación, ha decidido enrumbar susdestinos por el cauce de un sistema democrático que posibilitela convivencia y la justicia social, siendo el Estado Social deDerecho el modelo político por el cual se ha orientado el pro-ceso de transformaciones político-sociales emprendido desdehace más de dos décadas.

El proceso de creación del Estado Social de Derecho haimplicado la creación de nuevas instituciones públicas quegaranticen el establecimiento del sistema democrático dentrodel cual se viabilicen las trasformaciones sociales y el mejo-ramiento de la situación de los derechos humanos en particu-lar.

En ese contexto, en las Reformas Constitucionales rea-lizadas en 1995, del 2000 y por medio de leyes especiales, sehan creado importantes instituciones de control con carácterautónomo, como la Contraloría General de la República, laSuperintendencia de Bancos, la Superintendencia de Pen-siones y la Fiscalía General de la República, destacando entreellas la Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos (PDDH).

Esta última fue concebida en las Reformas Constitu-cionales de 1995, creada mediante Ley Especial en 1996 ynombrados sus titulares en junio de 1996.

En sus casi cinco años de existencia, la Procuraduría parala Defensa de los Derechos Humanos ha transitado por elcamino más difícil, pero ha logrado establecerse como institu-ción y comenzar a actuar en el cumplimiento de sus trascen-dentales misiones.

Siendo el Ombudsman nicaragüense concebido desde sucreación como un órgano de promoción y tutela de los dere-

456

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 450: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

chos humanos y habiendo sido dotado por la ley de una instan-cia especial para atender a los pueblos indígenas y las comu-nidades étnicas del país, resulta muy provechoso para todoslos ciudadanos indígenas y para sus organizaciones sociales, elfortalecimiento de esta institución y el aprovechamiento de susatribuciones para incidir de manera efectiva en el mejoramien-to de la situación indígena y particularmente en el tema delacceso a la justicia.

El Instituto Interamericano de Derechos Humanos, con elpropósito de contribuir a mejorar el acceso a la justicia para lospueblos y personas indígenas, mediante el aprovechamiento dela institución del Ombudsman, ha realizado el presente estudiode campo en Nicaragua, en el que se aborda la situación ac-tual del acceso a la justicia para los pueblos y personas indíge-nas y de la Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos.

El estudio se realizó entre los meses de octubre y noviem-bre del 2004, mediante un plan de trabajo con una metodologíaparticipativa, que incluyó la realización de talleres en lasregiones Pacífico Norte, Centro y Sur, en la Región Autónomadel Atlántico Norte en el Triángulo Minero y reuniones de gru-pos focales en Bilwi y Bluefields en el Atlántico Sur, entrevis-tas dirigidas a funcionarios de la Procuraduría para la Defensade los Derechos Humanos y otras entidades del Estado, entreellas la Asamblea Nacional y la Corte Suprema de Justicia,Consejos Regionales Autónomos, Autoridades Municipalesasí como a representantes de ONG’s que trabajan en el tema delos Derechos Humanos y a líderes indígenas.

Se realizó además una encuesta con líderes indígenas debase para conocer su percepción sobre la PDDH, sus propues-tas y recomendaciones para mejorar el trabajo de la instituciónen relación con los pueblos indígenas. La investigación docu-

457

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 451: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

mental incluyó recopilación de la legislación existente rela-cionada con los derechos indígenas, los tratados interna-cionales de derechos humanos ratificados por Nicaragua yDecretos Administrativos. La legislación referida a la PDDH,sus informes anuales ante la Asamblea Nacional, las normati-vas internas de funcionamiento y archivos de los casos atendi-dos sobre denuncias presentadas por indígenas. Se recopilaronalgunos estudios relacionados al tema realizados por la CorteSuprema de Justicia en las Regiones Autónomas del AtlánticoNorte y Sur, así como estudios realizados por lasUniversidades Regionales y otros estudios especializados rea-lizados por agencias de cooperación y organismos interna-cionales.

Es válido señalar que en la realización de este trabajo se haenfrentado como dificultad la problemática institucional exis-tente en la PDDH, surgida a partir de la salida del Procuradory Sub-Procurador al terminar su período en el mes de mayo del2004, lo que afectó la eficacia de las coordinaciones y larecolecta de información.

458

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 452: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

459

I. El escenario de la cuestión indígena enNicaragua

1.1 Referencias preliminares

La historia de Nicaragua se ha caracterizado por luchasviolentas que en todas las épocas se han librado para provocarcambios, cambios a las situaciones de explotación e injusticiaque se han vivido desde la llegada de los españoles en 1523hasta nuestros días, período en el cual se destacan los siguien-tes hechos1:

1492 Cristóbal Colón llega accidentalmente las costas de Américacreyendo que habían encontrado las Indias cuya ruta buscaban paraestablecer relaciones comerciales seguras. Por ignorancia llamarona nuestro continente “las Indias” y a nuestros ancestros “indios”.

1502 Cristóbal Colón llega a las Costas del Caribe de Nicaragua.Desde el Cabo Gracias a Dios recorre todo el litoral internándose alterritorio por el río Escondido y por el río Grande de Matagalpa.

1523 Comienza el período de conquista con la llegada de GilGonzález, quien quedó maravillado de las bellezas de estas tierras,lo que despertó la codicia de los jefes de la conquista.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

1 La cronología histórica ha sido tomada del documento titulado DerechosHumanos y Sociedad, elaborado por Rigoberto Mairena Ruiz. Editado comoManual de Capacitación en Derechos Humanos por el Movimiento ComunalNicaragüense. Managua, 2001.

Page 453: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

460

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1 5 2 4 Llega Pedrarias Dávila, quien es nombrado el primerGobernador de Nicaragua y quien por codicia mató a sus aliados.Luego comenzó el exterminio de nuestros antepasados. Este proce-so de exterminio iniciado por Pedrarias Dávila contempló el some-timiento de los indígenas esclavizándolos, robando sus tesoros, sustierras, sus riquezas naturales, profanando sus cementerios sagra-dos, destruyendo sus estructuras sociales y políticas y su sistema devida, arrasando su cultura, les prohibieron hablar su idioma, prac-ticar sus costumbres y su religión, y además los obligaron a asimi-lar el idioma, la religión, la cultura, el sistema político español y losobligaron a producir para los conquistadores.

1633 Llegan los ingleses y se posesionaron en la Costa Atlántica.Su sistema de dominación fue muy distinto al de los españoles,respetaron la cultura, el idioma, las costumbres y las tierras de losnativos, pero siempre saquearon sus riquezas naturales y los impul-saron a guerrear contra los otros pueblos indígenas del centro delpaís para disputarles el dominio a los españoles.

1687 Se instala el Reino de la Mosquitia, se proclama como sobe-rano al Rey Mosco Jeremy I, quien es reconocido por Inglaterracon el fin de usarlo como intermediario para legitimar su dominiosobre la Costa Caribe y convertirlo en socio en su campaña contralos españoles.

1811-1812 Se producen los alzamientos indígenas de Xalteva,Sutiaba, Monimbó y Rivas, demandando independencia y quemotivaron los movimientos independentistas que posteriormenteencabezó el ilustre indígena Fray Tomás Ruiz en diciembre de 1813en Guatemala, propugnando por una independencia real2.

1822 Sublevaciones populares en Granada encabezadas por elindio Cleto Ordóñez y en León encabezadas por el líder indígena

2 Véase Raíces Indígenas de la Lucha anticolonialista en Nicaragua, JaimeWheelock Román, Editorial Nueva Nicaragua, Managua, 1981, y la obraIdentidad y Derecho, Los Títulos Reales del Pueblo de Sutiaba de Mario Rizo,capítulo 1.4. IHNCA-UCA, Managua, 1999.

Page 454: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

461

de Sutiaba Ramón Pacheco, hasta destituir a las autoridades colo-nialistas que seguían gobernando el país después de la independen-cia, para formar el primer Gobierno Nacional en 1824.

1841 Se declara la Liberación de Corn Island, como resultado de lasublevación de los esclavos.

1856 Invasión filibustera encabezada por William Walker, quiensometió a liberales y conservadores y después de destruir las ciu-dades de Granada y Rivas, se proclamó Presidente de Nicaragua.Para expulsarlo fue necesario que se derramara mucha sangre denicaragüenses y hasta centroamericanos.

1860 Se firma el Tratado Zeledón Wike por el cual Inglaterrareconoce la soberanía de Nicaragua sobre la Costa Caribe, con lacondición de que se respete la autoridad del Jefe Mosco.

30 de marzo de 1881 Inicia el alzamiento de los indios deMatagalpa contra el Gobierno Nacional, como reacción a las políti-cas de trabajo forzado y al despojo de las tierras. En losenfrentamientos del 10 de agosto murieron más de 500 indios, li-derados por Lorenzo Pérez.

1893 Triunfa la Revolución Liberal encabezada por José SantosZelaya que destronó a los conservadores que habían gobernado elpaís por casi treinta años.

1894 El 11 de febrero el Gobierno Liberal, a través de RigobertoCabezas, ocupa militarmente Bluefields, desconoce a las autori-dades representadas por el Rey Mosco Robert Henry Clarence y aldía siguiente proclama la anexión.

17 de abril de 1905 Se firma el Tratado Harrison Altamirano por elcual Inglaterra ratifica su reconocimiento a la soberanía deNicaragua sobre la Costa Caribe pero a cambio, Nicaragua debegarantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones: 1-Legalizar las tierras indígenas, 2-Respetar la cultura, el idioma ylas costumbres indígenas y 3-Asegurar protección al Rey Miskitu,Robert Henry Clarence.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 455: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

462

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1912 Intervención del Ejército Norteamericano contra los patriotasencabezados por el General Benjamín Zeledón, quienes fueronmasacrados en la fortaleza del Coyotepe en Masaya, el 4 de octubrede 1912.

1925 Estalla la Guerra Constitucionalista entre liberales y conser-vadores para colocar en el poder a Juan Bautista Sacasa, la quemotivó la intervención del Ejército Norteamericano en 1926, con-tra la cual se alzó el General Augusto César Sandino hasta expul-sarlos en 1932 después de 7 años de guerra que costó la pérdida demás de 50,000 vidas a los nicaragüenses.

19 de julio de 1979 Triunfa la Revolución Sandinista en contra dela dictadura de Anastasio Somoza, después de 18 años de lucha enla cual se perdieron más de 50,000 vidas.

1982 Se inicia la guerra contra la Revolución Sandinista, la quecon el apoyo del Gobierno de Estados Unidos se mantuvo hasta1989, dejando otra cantidad mayor de muertes y víctimas, de lasque todavía no hay datos exactos y una destrucción material pormás de 17,000 millones de Dólares, cantidad por la cual la CorteInternacional de Justicia condenó al Gobierno Norteamericano in-demnizar a Nicaragua.

1987 Se reconoce la Autonomía de la Costa Atlántica en laConstitución Política y se promulga la Ley 28 Ley de Autonomía,cambio histórico que se produce en medio de la guerra y aún en suetapa más intensa.

1990 Se produce el primer cambio de gobierno real y Pacífico enla historia de Nicaragua, producto de un acuerdo nacional, adopta-do como condición para ponerle fin a la guerra, del que resultan laselecciones generales del 25 de febrero de 1990.

31 de agosto 2001 La Corte Interamericana de Derechos Humanosdicta trascendental Sentencia a favor de la Comunidad Indígena deAwas Tigni, en juicio promovido contra el Estado de Nicaragua,por el otorgamiento de concesión sobre recursos naturales ubicadosen el territorio indígena sin consultarle ni darle participación algu-

Page 456: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

463

na. La sentencia declara que la posesión ancestral debe ser recono-cida por el Estado como acto de dominio y ordena la demarcaciónde los territorios indígenas, así como la titulación de sus territoriosy asegurar mediante leyes particulares la protección efectiva de losrecursos naturales indígenas.

22 de enero 2003 Se aprueba la Ley 445, Ley de Régimen dePropiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étni-cas de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica de Nicaraguay de los ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz.

9 de julio 2 0 0 3 La Asamblea Nacional aprueba el DecretoLegislativo 3584, Reglamento de la Ley de Autonomía de lasRegiones de la Costa Atlántica de Nicaragua, luego de quince añosde negativa del Poder Ejecutivo a reglamentar la ley.

26 de agosto 2004 La Corte Suprema de Justicia dicta Sentencia101, por la cual declara inaplicable por ser contrario a la Consti-tución el Decreto 491 del 11 de marzo de 1952, con el cual losGobiernos Municipales sometían a las Comunidades Indígenas.

La historia de confrontación y de violencia que ha vividoNicaragua hasta 1990, ha dejado como herencia, una ciu-dadanía afectada por la desconfianza en el futuro, actitudesviolentas para emprender la solución de los problemas que leafectan y pasividad ante la vida política y social.

En los grupos gobernantes, ha fomentado una visióndeformada de su misión, lo que se expresa entre otros aspectosen una visión distorsionada del Poder. Una mentalidad depen-diente, que se manifiesta en la posición de que si no hay inver-sión extranjera el país no progresa. Una mentalidad pesimistapues no se impulsa un Proyecto de Desarrollo a largo plazopara la nación, que unifique a la sociedad en la construcción desu futuro, por que no se cree posible.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 457: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Se ha hecho común en los gobernantes una actitud distantede la institucionalidad democrática para Gobernar: Esto seexpresa en que las decisiones se toman sin consultar a los go-bernados y muchas veces no coinciden con sus intereses. Deigual forma se ha desarrollado un menosprecio al ciudadano,al tratarlo como objeto electoral al que le promete mucho,aunque se sepa que no se le va a poder cumplir. Ya en el poderse decide por el ciudadano, sin consultarlo y sin darle partici-pación en la gestión pública, no se administran adecuadamentelos impuestos que pagan los ciudadanos, los que se inviertenen prioridades diversas según el enfoque de los gobernantes yse dejan en último plano las demandas y necesidades de la ciu-dadanía.

El país necesita desarrollar valores entre los actores prin-cipales, y así poder contar con una cultura de paz generadorade optimismo, con gobernantes servidores, independientes,optimistas, emprendedores, pacifistas, democráticos y queaprecien a la ciudadanía. Y una sociedad estable, en paz yunida. Se requiere cambiar el sistema de convivencia social,sustituyendo el método de confrontación por el método cons-tructivista de unidad para resolver los problemas.

Después de 1990, en Nicaragua se inicia una nueva etapahistórica, determinada por la ausencia del fantasma de la gue-rra, se abre la posibilidad de comenzar a trabajar por unir a lasociedad y establecer nuevos métodos de convivencia social,superando el método de la confrontación, por el método de lacolaboración, para enfrentar la solución de los grandes proble-mas estructurales de nuestra sociedad.

Todavía no se logra el entendimiento y concertación entrelas fuerzas políticas que dirigen a la ciudadanía, para lograr laestabilidad que el país necesita y comenzar a trabajar enarmonía por la transformación de esta realidad heredada, la

464

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 458: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

465

que solamente podrá superarse con el esfuerzo conciente deuna sociedad unida.

La clave para lograr esa convivencia social es alcanzar unarelación armónica entre la sociedad política y la sociedad civil,y para lograr esto la base fundamental es que todos de manerasincera, actúen y decidan por el bien de todos. El método parahacer viable esa actuación es que las decisiones y acuerdosadoptados por consenso, sean cumplidos y que todos cumplancon la ley en el marco de un Estado de Derecho.

Éstas son algunas reflexiones preliminares que se consi-deran importantes de tomar en consideración para el presenteestudio sobre la situación de los derechos humanos enNicaragua, que pretende valorar el acceso a la Justicia para laspersonas y pueblos indígenas en Nicaragua y el de una institu-ción clave en este asunto, como es la Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos.

Criterios a tomar en cuenta para el tratamiento de la situación indígena en Nicaragua

Al tratar la situación indígena en Nicaragua se debe espe-cificar las particularidades de las regiones del país, ya queexisten dos realidades, la del Atlántico y la del Pacífico. Sediferencian por su historia, por su tradición, por su ubicacióngeográfica, por el desarrollo social y por su situación jurídica,lo cual obliga a tratarlos respetando sus especificidades3.

Las razones de estas dos realidades hay que buscarlas enla historia. Desde sus orígenes los pueblos indígenas tienen sus

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

3 En un Diagnóstico realizado por la Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos sobre la Situación de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas enel año 2001, asumiendo estas dos realidades, se recomendó una ProcuraduríaEspecial de doble cabeza. Véase reverso de la Pág. 99 ob. cit.

Page 459: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

466

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

diferencias. Los del Atlántico provienen del sur, descendientesdel tronco Macro Chibcha, los Miskitos, Sumo Mayangnas yRamas, y del Norte los del Pacífico, Nahuas, Chorotegas,Cacaoperas y Xiu.

Con el proceso de conquista iniciado en 1522, comienzaa gestarse en Nicaragua esta doble realidad en lo político yjurídico, con la llegada de los colonizadores españolesencabezados por Gil Gonzáles de Ávila y dos años después porFrancisco Hernández de Córdoba, quien fundó las ciudades deLeón y Granada en el Pacífico, mientras en el Atlántico, losingleses hicieron presencia en el año 1633 a través de losprotestantes puritanos quienes organizaron con los indígenasdel Cabo Gracias a Dios, en el extremo norte de la Costa, elintercambio de manufacturas europeas por materias primas.Luego se establecieron sobre las márgenes del río Coco, sem-brando caña de azúcar, cacao, algodón, y comenzaron aexplotar la madera4. Posteriormente Guillermo Pitt, natural dela Isla Bermuda perteneciente a Gran Bretaña5 hizo presenciaen nombre de la Corona Inglesa.

El proceso de colonización desarrollado por los inglesesfue muy diferente al de los españoles en el Pacífico. Losespañoles vinieron con un proceso integracionista dirigido adesconocer la costumbre, la realidad, la identidad cultural denuestros pueblos y a imponerles la cultura española, en elAtlántico por otras realidades también históricas, se permitióque los pueblos indígenas de esas regiones mantuvieran suidentidad y su cultura y así lograron conservar su idioma, suscostumbres, sus instituciones sociales y la posesión de sus te-rritorios.

4 Savery, Wesley Ernan, “Una Crónica Social Orquestada”, Revista Wani,Septiembre 1986, Pág.41.

5 Romero Vargas Germán, Historia de la Costa Atlántica, CIDCA, 1996.

Page 460: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

467

Del proceso de conquista desarrollado por ambas poten-cias, pesan los efectos aún en pleno siglo XXI, constituyendouna de las causas principales de las diferencias que aún no per-miten un entendimiento efectivo en la Nicaragua de hoy. En elPacífico se observó un proceso de desconocimiento total a losderechos indígenas y en el Atlántico los ingleses promovieron(por intereses estratégicos) una especie de política de alianzapara enfrentar el poder colonial español en el Pacífico. Enalguna medida eso fue una suerte para los indígenas delAtlántico que les permitió conservar, todos los elementos de suidentidad y a la vez la posesión de sus territorios, lo que quedóoficializado en instrumentos jurídicos que la República tuvoque adoptar para poder extender su soberanía en el Atlántico.

En el Pacífico, después de una tenaz y sostenida resisten-cia, las comunidades indígenas lograron concertar, con lasautoridades coloniales, el reconocimiento a sus territorios.Surgieron entonces desde el siglo diecisiete lo que los indíge-nas llaman, los títulos reales. Este reconocimiento de lasautoridades españolas sobre los territorios que tenían en po-sesión y que conservaron los indígenas de esa época se mate-rializó legalmente a través del otorgamiento de los Títulos dePropiedad.

La política desarrollada por la Corona Española en la colo-nia temprana, desde 1542 expresada en las Leyes Nuevas oLeyes de Indias por medio de las cuales se crean las reduc-ciones de indios para facilitar su proceso de conquista, permi-tieron en alguna medida la aceptación de esa realidad, elreconocimiento de esos bloques poblacionales y también elreconocimiento a sus territorios.

Así la Recopilación de Leyes de Indias de 1680, Ley 14del libro IV, Título XII, establecía que: “a los indios se lesdejen con sobra todas las que les pertenecieren, así en particu-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 461: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

468

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

lar como en Comunidades, y las aguas, y riegos; y las tierrasen que hubieren hecho acequias y otro cualquier beneficio quepor industria personal suya se hayan fertilizado, se reserven enprimer lugar y por ningún caso se les pueda vender ni enaje-nar”.

Es así que el primero de noviembre de 15916 se promulgóuna cédula real en la cual se establece la composición de títu-los de tierras y en ella se orienta que comiencen a legalizarbajo la ley española las tierras que conservan los indios en esaépoca. Ese es el origen de los títulos reales de la propiedadindígena del Pacífico, Centro y Norte, que constituyen el ele-mento sobre el cual se ha mantenido la persistencia de la iden-tidad indígena en estas regiones. La mayoría de esos títulosreales fueron emitidos en el siglo dieciocho pero hay títuloscomo el de Telpaneca, que data de 1622.

1.2 Conceptos Pueblo y Comunidad Indígena, segúnla legislación nicaragüense

Para el abordaje de la situación indígena, es importantereferir estos conceptos que en el liderazgo indígena, todavíason motivo de polémica, por ello sin pretender agotarlo eltema, se expone el enfoque que desde la realidad jurídica deNicaragua se esta desarrollando.

1. Pueblo Indígena

En Nicaragua por primera vez se incorpora este conceptoen una disposición legal con la recién aprobada Ley 445 LeyEspecial que Regula el Régimen de Propiedad Comunal de losPueblos y Comunidades Indígenas de las Regiones Autónomas

6 Título Real del Pueblo Indígena de Mozonte.

Page 462: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

469

de la Costa Atlántica y de los Ríos Coco, Bocay, Indio yMaíz7, la que en el Art. 3 define: “Pueblo Indígena: Es lacolectividad humana que mantiene una continuidad históricacon las sociedades anteriores a las colonias, cuyas condicionessociales, culturales y económicas las distingue de otros sec-tores de la sociedad nacional y que están regidos total o par-cialmente por sus propias costumbres y tradiciones”.

No obstante la definición anterior establecida legalmente,el debate continúa, pues en el Reglamento de la Ley deAutonomía de la Costa Atlántica8, se hace una definición másrestringida y creando alguna confusión, al definir: “PuebloIndígena: Es el conjunto de comunidades indígenas quemantienen una continuidad histórica con las sociedadesanteriores a la colonia y que comparten y están determi-nados a preservar, desarrollar y transmitir a las genera-ciones sus territorios tradicionales, sus propios valores cul-turales, organizaciones sociales y sistemas legales”9. Segúnesta definición, las comunidades de indios Mayangnas que seencuentran en el mismo territorio con los Miskitus en Bocay,Bonanza y Prinzapolka podrían ser consideradas como unmismo pueblo.

El concepto asumido por la Ley 445 está más en corres-pondencia con la definición que hace el Convenio 169, sobreel cual hay (al menos en el ámbito internacional) mayor con-senso entre el liderazgo indígena.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

7 Publicada en La Gaceta Diario Oficial, Número 16 del 23 de enero del año2003.

8 Decreto 3584 Publicado en La Gaceta, Diario oficial No. 186 del 02 de Octubredel 2003.

9 La parte en negrilla coincide con el texto de la definición propuesta por el rela-tor especial de la ONU José Martínez Cobo.

Page 463: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

470

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2. Comunidad Indígena

El término “Comunidad Indígena” es utilizado inicial-mente por nuestra legislación para enunciar jurídicamente unasituación existente, como es el ejercicio del Derecho dePropiedad Común por una agrupación de descendientesIndígenas sobre un territorio determinado. La primera disposi-ción legal en la que aparece este término es la Ley del 17 demayo de 1877, pero la primera que aporta una definición alrespecto es la ley del 16 de febrero de 1906, que en su Art. 2establece para los efectos de la Ley: “Se entiende existir dehecho una Comunidad Indígena, en las localidades donde lapoblación de esa casta sea poseedora de terrenos que no cons-tituyan parte integrante de los terrenos municipales”.

El Decreto Ejecutivo No. 120 del 6 de agosto de 1918,lleva la definición a un contexto social, al definir que laComunidad Indígena se compone de todos los vecinos delpueblo, descendientes de los estantes y habitantes de la ciudadantigua de su origen.

En la Ley de Municipios (Art. 67) se reconoce a lasComunidades Indígenas que existen legalmente y a las queexisten de hecho, entendiéndose a las primeras como las quetienen Estatutos propios aprobados por el Gobierno y a lassegundas como las que no tienen Estatuto propio y por ellodeben regirse por el Decreto 120 del 6 de agosto de 1918.Además el artículo no discrimina si son propietarias de tierraso no y obliga a que se les reconozca, que se le respete a susautoridades y se les tome en cuenta en todos los asuntos queafecten directa e indirectamente a su población y territorio.

Esta disposición tiene mucha trascendencia para elreconocimiento de los derechos indígenas, sobre todo en el Pa-cífico, Centro y Norte donde la política estatal ha estado orien-tada al desconocimiento de su existencia y al exterminio de lasComunidades Indígenas por la vía jurídica.

Page 464: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

471

En la región del Pacífico, la Comunidad Indígena deSutiaba sufrió el 27 de diciembre de 1902, el despojo de laadministración de sus tierras mediante Decreto Legislativoque redujo al antiguo Partido y Municipio de Sutiaba, incor-porándolo como Barrio de la ciudad de León; a la ComunidadIndígena San Jorge, le fue cancelada su Personalidad Jurídicapor Decreto Legislativo Número 27 del 20 de abril de 1918,manteniendo su existencia de hecho hasta el presente. En laregión Central, la Comunidad de Boaco, fue víctima de laacción concertada del Gobierno Municipal y el Ejecutivo paraimpedir el ejercicio del derecho de propiedad sobre sus tierrasen la década de los 3010, la Comunidad Indígena de Matagalpafue despojada también por acción concertada entre elGobierno Municipal y el Ejecutivo a fines del siglo XIX de16,641 manzanas de tierra que constituían los ejidos indíge-nas11 y en la región Norte, el Gobierno Municipal desde 1975mantiene en su poder los títulos de propiedad de la ComunidadIndígena de Telpaneca. Lo mismo ocurre con la Comunidad deNindirí en el Departamento de Masaya12.

En la referida Ley 445 Ley Especial de Regulación delRégimen de Propiedad Comunal ya citada, en el mismo Art. 3se hace una definición completa al incorporar el conceptoeconómico-social al sociológico y antropológico13: “Comu-nidades Indígenas: es el conjunto de familias de ascendenciaamerindia establecido en un espacio territorial, que compartensentimientos de identificación vinculado al pasado aborigen desu pueblo indígena y que mantienen una identidad y valores

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

10 Véase Jeffrey Gould, El mito de la Nicaragua Mestiza, Instituto de Historia deNicaragua y Centroamérica, UCA, Managua, 1997.

11 Téllez, Dora María, Muera la Gobierna, Managua, 1999, Pág.133.12 Apuntes del autor.13 Publicada en la Gaceta Diario Oficial, Número 16 del 23 de enero del año 2003.

Page 465: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

propios de una cultura tradicional así como formas de tenden-cias y uso comunal de tierras y de una organización socialpropia”.

El Reglamento de la Ley de Autonomía, coincidente conla Ley 445, asume esta misma definición, pero agrega unnuevo concepto relacionado al tema como es el de ComunidadÉtnica, la que define así: “Comunidad Étnica: Es el conjuntode familias de ascendencia amerindia y/o africana que com-parten una misma conciencia étnica fácilmente identificablepor su cultura, valores y tradiciones de convivencia armónicacon la naturaleza, vinculados a sus raíces culturales y formasde tendencias y uso comunal de la tierra”.

Este nuevo concepto viene a crear confusión, pues con-trasta con el concepto Comunidades de la Costa Atlántica, queel mismo reglamento define como entidades jurídicas, socialesy políticas, constituida por miskitos, mayangnas o sumus,ramas, creoles, garífunas y mestizos que habitan en laRegiones Autónomas, con jurisdicción para administrar susasuntos bajo sus propias formas de organización, conforme asus tradiciones y culturas, reconocidas en la ConstituciónPolítica y la Ley 28. Queda incluida en la definición los mes-tizos y ellos no tienen tradición de convivencia armónica conla naturaleza, ni tierras comunales ni formas de uso comunal.Tampoco tienen una organización social propia. De igualforma contrasta con el espíritu de la Ley de Autonomía que eshacer justicia histórica con los pueblos y comunidades indíge-nas de la Costa Atlántica que por siglos han luchado por elreconocimiento de sus derechos y el ejercicio del poder dentrode su territorio.

Por lo polémico del tema, debemos limitarnos, para efec-tos estrictamente legales a entender a la Comunidad Indígenacomo una persona jurídica, reconocida por las leyes como la

472

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 466: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

473

entidad que representa legalmente a una población y enalgunos casos a un Pueblo Indígena para el ejercicio de susderechos14.

De lo anterior se concluye que Pueblo Indígena yComunidad Indígena son dos expresiones de un mismo fenó-meno social. La primera en sentido general Sociológico eHistórico y la segunda en sentido particular y jurídico, en laque el primero incluye a la segunda.

1.3 Status jurídico de las Comunidades Indígenas durante la colonia

Los conceptos antes enunciados han surgido del avance enel proceso de reclamación de los derechos históricos de lospueblos indígenas, que ha recobrado fuerza en Nicaragua apartir de la última década del milenio anterior, después de casiun siglo de letargo.

Durante la época colonial, los indígenas del Pacífico queenfrentaron lo más cruento de la campaña de conquista y quelograron sobrevivir, tuvieron que pagar muy caro el recono-cimiento de sus derechos.

Por tanta ignominia y escarnio pasaron los indios frente alconquistador, que el primer asunto a resolver para ser tratadocomo persona, era su naturaleza. Así, el debate fue si el indioera animal o humano, lo que después de tanta sangre y tinta

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

14 Las Comunidades Indígenas de Matagalpa y Sutiaba son personas jurídicas querepresentan legalmente al Pueblo Cacaopera y Okano respectivamente; el restode Comunidades Indígenas se acomodan a la definición del Decreto Ejecutivode 1918. La definición que hace la Ley 445 se ajusta a la situación de lasComunidades Indígenas de la Costa Caribe y los territorios del TriánguloMinero en donde subsisten formas de uso comunal de la tierra, en el Pacífico,Centro y Norte las tierras comunales están asignadas en parcelas y quizá lamayoría en poder de personas ajenas a la Comunidad.

Page 467: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

474

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

derramada como dice Mario Rizo, resultó que si sonreíantenían alma y entonces podían ser considerados humanos15.

Superado el debate inicial, se definió la naturaleza jurídi-ca del indio por Cédula Real del 20 de junio de 1500, en la cualse ordena que se les tenga como vasallos libres, es decir teóri-camente en la misma situación que a los españoles. Noobstante, tal calificación fue sólo un acto de coqueteo de laCorona con las autoridades eclesiásticas a fin de que aportaranclérigos para apoyar la labor de conquista y colonización cris-tianizando a los indios para facilitar su sometimiento.

Vino después la Encomienda, basada en el criterio de quelos indios aunque vasallos libres no podían trabajar voluntaria-mente, ni para contratar y previo a todo había que organizar-los, asegurarles su manutención y evangelizarlos para quepudieran convertirse en personas reales. La Encomienda sedefinió por Cédula Real del 20 de diciembre de 1503, como elmedio por el cual los indios se asignaban a un conquistador aquien se le debía pagar tributo y prestar servicios personales, acambio de protección y evangelización. Los tributos debíanpagarse al Rey a través de sus recaudadores cuando el puebloera encomendado a la Corona, a la iglesia cuando eran asigna-dos a conventos y a particulares cuando el pueblo indio estabaencomendado en forma individual.

En 1542, con la promulgación de las nuevas leyes, secrean las reducciones de indios, con el fin de evitar la fuga delos conquistados y para organizar el sistema colonial. En 1549se establecieron procedimientos para que los indios escogie-ran a sus autoridades tales como gobernadores, alcaldes, al-guaciles, jueces, regidores, escribanos incluyendo a los caci-

15 Los datos sobre los cuales se basan los comentarios señalados en este apartado,se encuentran en la ya citada obra del doctor Mario Rizo.

Page 468: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ques y principales, para que éstos a su modo y según sus cos-tumbres, administraran sus asuntos y ejercieran los ministeriosde sus pueblos y repartimientos. En la Recopilación de Leyesde Indias de 1680, se recoge la disposición que desde media-dos del siglo XVI establecía: “Que en las reducciones hayaalcaldes y regidores indios, ordenamos que en cada pueblo yreducción haya un Alcalde indio de la misma reducción, y sipasare de ochenta casas, dos alcaldes y dos regidores tambiénde indios y aunque el pueblo sea muy grande no haya más dedos Alcaldes y cuatro Regidores, y si fuere de menos decuarenta casas, no más de un Alcalde y un Regidor, los cualeshan de elegir por un año, como se practica en los pueblos deespañoles e indios en presencia de los curas”.

Los pueblos indios y las reducciones creadas por losespañoles que son las mismas entidades que hoy conocemosen el Pacífico, Centro y Norte como Comunidades Indígenas,eran instituciones de Derecho Público, con funciones deautoridad pública atribuidas por el régimen jurídico de laépoca y que ello permitió que aún bajo el yugo colonial, losindios pudieran mantener su forma de ejercer autoridad pesea que tenían que combinarlas con las instituciones impuestaspor el nuevo sistema.

Las actuales entidades, conocidas como ComunidadesIndígenas, son personas jurídicas de naturaleza pública, cuyaexistencia se remonta a los tiempos coloniales por medio de lainstitución de las Reducciones creadas por las ya citadas leyesindias de 1542. Su reconocimiento legal como PersonaJurídica se ratificó por medio de Cédula Real del Rey Felipe IIdel primero de noviembre de 1591 por la cual se dispone quese legalicen las tierras a las poblaciones de indios en canti-dades suficientes para habitación, labranza, ganadería ysementeras o sea los sembradíos.

475

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 469: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

476

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En el caso de las Comunidades Indígenas, su reconoci-miento legal como Persona Jurídica nos llega hasta hoy, porvirtud de la contratación legal con la Corona Española, cuan-do el Rey de España contrató con ellas la compraventa de sustierras y les otorgó los Títulos Reales para el Común de Indioses decir para los integrantes de la casta indígena.

1.4 Las Comunidades Indígenas en la actualidad

Con la situación creada a partir de la década de los ochen-ta en que se inicia una nueva etapa en la historia de los pue-blos indígenas, se abre la posibilidad de preparar un liderazgojoven, que relacionado con otros movimientos sociales y conacceso a la capacitación técnica ha permitido que se comiencea superar desde adentro el letargo en que durante casi un siglohan permanecido (salvo raras excepciones) los indígenasnicaragüenses. Se viene desarrollando un concepto nuevo deComunidad Indígena, o al menos nuevo en la época moderna,porque en el fondo lo que se está haciendo es retomar el carác-ter que tuvieron las Comunidades Indígenas durante el sigloXVIII, en que asumían la función de una entidad pública, concarácter corporativo.

A partir de la experiencia que van alcanzando las estruc-turas de autoridad, en la gestión por el desarrollo social indí-gena, el concepto que se viene construyendo lleva intrínsecodos aspectos que determinan la particularidad de este tipo deentidad jurídica. En la región Central del país, lasComunidades Indígenas están desarrollando el doble caráctercon que fueron concebidas durante la época colonial y que sehabía perdido en la época republicana, esto es el carácter deorganización social y el carácter corporativo. La ComunidadIndígena es una organización social que representa legalmentea los miembros de la casta indígena y es una empresa socialque administra el patrimonio común de los indígenas.

Page 470: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

477

La Organización Social La Comunidad Indígena como organización social, se

compone de todos los integrantes descendientes de la castaindígena, es decir de los descendientes amerindios, siendo sumisión principal gestionar por el mejoramiento de las condi-ciones de vida y la realización de las reivindicaciones históri-cas del grupo social.

Como organización social, los ciudadanos indígenastienen derecho a tener su propia forma de organización socialy a la libertad de organización, consignados en los artículos 5,párrafo tercero y 49 de la Constitución, del Código Civil LibroI Capítulo XIII, Ley de Participación Ciudadana, etc.

En los territorios del pueblo Mayagna se han venido cons-truyendo modelos de organización que, sin descuidar las for-mas tradicionales, han desarrollado estructuras organizativasreglamentadas a través de Estatutos que permiten darle mayordinamismo a la gestión de sus problemas y hacer más efectivala participación en la toma de decisiones. Así han surgidodiferentes organizaciones de base, que representan a las comu-nidades aglutinadas territorialmente, las que fueron creadas ensu momento al amparo de la Ley 147, Ley General de Perso-nas Jurídicas sin fines de lucro, pero que se han constituido apartir de la misma experiencia tradicional de organización. Enparte, adoptar este modelo de organización formal obedeció alos requerimientos de las agencias de cooperación que lle-garon al territorio Mayagna con motivo de la protección de lasReservas de Biosfera y Recursos Naturales en toda el área quecomprende la Reserva de Bosawas16. En este modelo de orga-nización existe las autoridades tradicionales del Consejo deAncianos, el Wihta, la Junta Directiva encabezada por unPresidente y la Asamblea General que consiste en una reuniónde todos los comuneros.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

16 Entrevistas a líderes Mayagnas e información recabada en el Taller de Consulta,realizado los días 12 y 13 de noviembre 2004 en el Municipio de Rosita.

Page 471: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

478

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Las Comunidades que tienen este estatuto comoAsociaciones Territoriales, en la RAAN y que aglutinan ma-yoritariamente a indígenas Mayangnas o Sumos, son: Asocia-ción de Pueblos Sumo y Miskitu de Jinotega (ADEPSUMISU-JIN) en los Municipios de Wiwilí, Cuá y San José de Bocay,Asociación Indígena del Sector Tungki (MATUNBAK), consede en el Municipio de Bonanza RAAN, Asociación para elDesarrollo Comunal de Sikilta (SIMSKUL) con sede en elMunicipio de Siuna, Alianza del Triángulo Minero yPrinzapolka conocida como Alianza M y P con sede en Siuna,todas ellas surgidas en los últimos cinco años; a la par existela Organización de la Nación Mayagna, (SUKAWALA) consede en el Municipio de Rosita. Esta organización fue conce-bida desde su fundación con la misión de aglutinar a todo elpueblo Sumo Mayagna y el 14 de noviembre cumplió treintaaños de fundación. Por ella han pasado y en ella se han forja-do los principales líderes del pueblo Mayangna.

En los territorios miskitus ha prevalecido la forma tradi-cional de organización, donde existe el Consejo de Ancianos,el Whita y el Síndico, agregándole en la última década losPolicías Comunales y un Coordinador Comunal. El Síndicoasume la representación legal de la Comunidad para adminis-trar el patrimonio comunal, siendo el homólogo del Presidentede las Juntas Directivas en las regiones del Pacífico. La elec-ción del síndico, pese a que la Ley de Autonomía les confierederechos especiales, todavía la eligen en abril y organizada porlas Alcaldías Municipales, de conformidad con el decreto 491del 11 de marzo de 1952, el que la Corte Suprema ya hadeclarado inconstitucional17.

17 Salgado Zelaya, Róger Antonio, Legislación y Derechos Humanos de losPueblos y Comunidades Étnicas en Nicaragua, Págs. 179-180.

Page 472: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

479

Los miembros de los Consejos de Ancianos de lasComunidades son designados por el Consejo de Ancianos delpueblo miskitu que tiene su sede en Bilwi18, a partir de algunosrequisitos como son tener 60 años de edad, no tenerantecedentes penales y ser de reconocida honestidad.

Hay que indicar que con la entrada en vigencia de la Ley445, se están realizando las elecciones con mayor autonomía,lo que se hace en Asamblea Comunal y luego es presentada elActa de la Asamblea ante el Secretario del Consejo Regionalpara que la inscriba en un Libro de Actas de EleccionesComunales que se lleva para que luego extienda laCertificación a los electos por el término de un año19. EstaCertificación se la entregan al Consejo de Ancianos que seelige anualmente, algo que altera el carácter de autoridad tradi-cional, pues dicha autoridad por ser tradicional no necesita unreconocimiento oficial, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley deMunicipios en su Art. 68. Esta apertura es un buen principioen la línea correcta afirmada por la Corte Interamericana deDerechos Humanos en el Caso Yatama contra Nicaragua, encuya sentencia se resalta la obligación internacional de garan-tizar el acceso y la participación efectiva de los derechospolíticos de las personas y pueblos indígenas en el marco desus organizaciones tradicionales y, con ello, la obligación deadecuar la legislación electoral para que haya una plena y efec-tiva participación desde su contexto particular. En tal sentidose señaló:

11. El Estado debe reformar la regulación de los requisitos dis-puestos en la Ley Electoral No. 331 del 2000, declarados vio-latorios de la Convención Americana sobre Derechos Huma-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

18 Ídem.19 En la reunión de Consulta realizada en Bluefields el día 18 de noviembre, se

pudo constatar que en la RAAS ya se están aplicando las disposiciones de la Ley445.

Page 473: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

480

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

nos y adoptar, en un plazo razonable, las medidas necesariaspara que los miembros de las comunidades indígenas y étnicaspuedan participar en los procesos electorales en forma efectivay tomando en cuenta sus tradiciones, usos y costumbres, en lostérminos del párrafo 259 de la presente Sentencia [Los requi-sitos que se establezcan deben permitir y fomentar que losmiembros de esas comunidades cuenten con una repre-sentación adecuada que les permita intervenir en los procesosde decisión sobre las cuestiones nacionales, que conciernen ala sociedad en su conjunto, y los asuntos particulares queatañen a dichas comunidades, por lo que dichos requisitos nodeberán constituir obstáculos a dicha participación política]20.

En cuanto a la estructura de autoridad comunal, llama laatención el hecho de que no existe una forma única de autori-dad, de suerte tal que cada Comunidad tiene la autonomía paradeterminar la forma en que van a estructurar su GobiernoComunal. En un pequeño muestreo que se hizo en la RAAS,con tres Comunidades, todas se diferencian entre sí. En elTumarín Indígena existe una Junta Directiva Comunal integra-da por un Coordinador que asume a la vez como Secretario yque se encarga de la gestión de proyectos comunales, unTesorero que controla y resguarda los ingresos de la Comu-nidad, un Fiscal que supervisa la actuación de las autoridades,el Síndico que representa legalmente a la Comunidad y unVice Síndico. Luego está la Directiva del Consejo de Ancianosque tiene una estructura semejante al de cualquier junta direc-tiva de Asociación, con Presidente, Vicepresidente, Secretario,Tesorero, Fiscal y Vocal. En Makantakita, la autoridad comu-nal la integran: El Presidente del Consejo de Ancianos, unVicepresidente, Secretario, Tesorero, Fiscal, Primer Vocal,

20. Corte IDH. Caso Yatama vs. Nicaragua. Sentencia de 23 de junio de 2005.

Page 474: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

481

Segundo Vocal y Síndico y en Betania es la misma estructura,pero con el Síndico por separado21.

En las regiones del Pacífico, Centro y Norte, que fuerondominadas por la corona española, la organización social serige por las leyes republicanas y en su inicio se reguló por lasleyes de indias. Desde inicios del siglo pasado se aprobaronlos Estatutos de las Comunidades por el Ejecutivo para regu-lar las Comunidades Indígenas que durante la colonia seconocía como El Común de Indios, con lo cual, según el Art.5 de la Ley del 3 de junio de 1914, adquirieron PersonalidadJurídica, lo que significa que adquieren capacidad de go-bernarse por si mismas. No obstante, después de la referida leyse han dictado disposiciones ejecutivas con carácter reglamen-tario, que han reducido a la mínima expresión la capacidadjurídica, desconociendo la personalidad que la ley les confierey que actualmente garantiza la Constitución en los artículos 5y 49 que se explican en los segmentos posteriores.

En estas regiones se han aprobado Estatutos por parte delEjecutivo a las siguientes Comunidades: Matagalpa,Muy Muy,Jinotega, Sébaco y Boaco en la región central,Masaya,Veracruz, Urbayte Las Pilas en Ometepe, Sutiaba y ElViejo en el Pacífico y Mozonte en la región Norte. LasComunidades que no tienen estatuto propio, se rigen por elDecreto Ejecutivo del 6 de agosto de 1918.

En los últimos años,algunas Comunidades han optado porelaborar sus propios Estatutos, entre ellas Nindirí en el Depar-tamento de Masaya región Pacífica y Telpaneca en elDepartamento de Madriz, región Norte; además han realizadoreformas a sus Estatutos las Comunidades de Jinotega, Muy

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

21 Certificaciones de las Autoridades Comunales de las Comunidades de Betania,Tumarín y Makantakita, extendidas por el Consejo Regional de la RAAS.

Page 475: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

482

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Muy, Sébaco y Mozonte, pero han tenido graves problemaspor que el Gobierno no tiene definido cómo atender el asuntoy ante tal situación, las que se han acercado al Ejecutivo paradarle formalidad legal han sido muy perjudicadas por la ausen-cia de una política de atención en este ámbito.

En la Región central y en parte de la Región Norte, estáalcanzando forma el concepto enunciado socioeconómico delas Comunidades Indígenas, así se está comenzando a impul-sar el carácter de organización social que aglutina a los inte-grantes de la casta indígena y el carácter de empresa social queadministra y autogestiona el desarrollo social a partir de imple-mentar un sistema de administración que permita aprovecharde manera más efectiva los recursos e invertirlos en beneficiode los comuneros.

La Comunidad como empresa indígena

Se refiere al concepto Comunidad desde el punto de vistaeconómico y está relacionado a la propiedad comunal, queexiste como una Comunidad de Bienes perteneciente a todoslos indígenas y que la Junta Directiva debe administrar demanera eficiente en beneficio de todos los copropietarios.

En sentido lato, común, se le dice a las cosas que a todospertenecen. El diccionario Larousse define la Comunidad sim-plemente como el estado de lo que es común. Es preciso ubicarel concepto jurídico de Comunidad referido a los bienes. ElCódigo Civil en el Art. 612 define lo siguiente: “Son comuneslas cosas naturales o artificiales no apropiadas individual-mente, de las cuales únicamente es permitido aprovecharse,conforme a reglamentos administrativos, a los individuoscomprendidos en cierta circunscripción administrativa o queforman parte de la determinada corporación pública”.

Page 476: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

483

La doctrina jurídica nos proporciona el siguiente concep-to: Comunidad de Bienes es la atribución a varios sujetos deuno o más derechos con relación a un mismo bien. Es todarelación o conjunto de relaciones en que aparecen como suje-tos varias personas al mismo tiempo.

Tres elementos distintivos de la Comunidad de bienes son:

a) Pluralidad de sujetos.b) Una misma cosa o derecho.c) Titularidad igual para todos.

La Empresa se rige por las disposiciones especiales queregulan la propiedad indígena y las demás disposicionesjurídicas referidas a la administración del patrimonio común yel uso de las tierras y los recursos naturales.

En las Regiones Autónomas, la Empresa Indígena, pese alas garantías constitucionales y las Leyes de Autonomía, suReglamento y a la Ley 445, no ha podido ser, debido a quetodavía no se logra ejercer de manera efectiva, el derecho depropiedad comunal y a la falta de demarcación y delimitaciónde los territorios indígenas, todo ello sumado a las invasionesde tierra desde las regiones Pacífico, Centro y Norte. Por elhecho de que no se ha ejercido el derecho de propiedad demanera efectiva y no se ha permitido a las Comunidadesusufructuar los productos de sus territorios, que es el elemen-to vital de la empresa indígena, no se puede valorar tal expe-riencia en estas regiones.

En las regiones autónomas, donde existe un poco de acce-so al producto de los recursos naturales, es en las Diez Comu-nidades y Karatá, ha partir de los ingresos por arriendo de te-rrenos y el aprovechamiento de bosques el que se invierte

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 477: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

484

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

entre los comuneros para sufragar algunas necesidades parti-culares22.

En el Pacífico, casi todas las Comunidades Indígenastienen sus títulos de Propiedad, entre ellas Matagalpa, MuyMuy, Jinotega, Sébaco y Boaco, en la región Central, Masaya,Nindirí, Veracruz, Urbayte Las Pilas en Ometepe, Nancimí,Nagualapa, Sutiaba y El Viejo en el Pacífico, Mozonte;Telpaneca, Cusmapa, San Lucas, San Antonio, Santa Bárbaray Totogalpa, en la región Norte. De estas Comunidades sólolas cuatro primeras, ejercen el derecho de propiedad en formaplena, Sutiaba y Mozonte ejercen algún control del territoriopero les falta hacer valer su titularidad ante los Registros de laPropiedad.

Hay varias Comunidades que han iniciado el camino deconstituir la Empresa Indígena, Mozonte y Telpaneca en laRegión Norte, Jinotega, Muy Muy y Sébaco en la RegiónCentral. La institucionalización de la Empresa Indígena permi-tirá asegurar una efectiva administración del patrimonio indí-gena para autogestionar el desarrollo social. En este procesoestán las Comunidades de Sébaco, Jinotega, Muy Muy,Matagalpa y Mozonte, pero la que ha logrado establecer el sis-tema con mayor resultado es la comunidad indígena deSébaco, la que recauda en concepto de canon más de1,000,000.00 de Córdobas al año, aproximadamente 61,000.00Dólares23.

22 Véase el estudio de Miguel González, Edward Jackson y Yuri Zapata, titulado“Análisis de la Economía y los Sistemas Políticos en la Costa Caribe”, publica-do en la Revista Wani Número 31, Diciembre 2002.

23 Adelante se presenta una información más amplia sobre la experiencia de laComunidad Indígena de Sébaco.

Page 478: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

485

La experiencia desarrollada en el Centro y Norte, especial-mente en las Comunidades de Sébaco, Matagalpa, Muy Muy,Jinotega y Mozonte, indica que es posible promover el desa-rrollo social desde las mismas localidades indígenas paramejorar el nivel de vida de los habitantes. Tal es el reto quehan asumido las autoridades de estos pueblos. Hasta la fechael proceso avanza en unos más que en otros, pero en generaldemostrando que es posible cambiar el estado de cosas y mejo-rar su situación por sí mismos, ante el abandono de parte delEstado. Las lecciones proporcionadas por estos pueblos estáninéditas, pues nadie se ha interesado por divulgarlas.

Una experiencia importante de autogestión indígena es lade Mozonte, donde pese a que todavía no se ejerce plenamenteel derecho de propiedad, ha logrado impulsar un ProyectoSocio-Económico en beneficio de los indígenas comuneros apartir de sus propios recursos y el apoyo de algunas agenciasde cooperación. Entre los proyectos importantes que ha desa-rrollado están una fábrica de cal, una de carbón, la venta deresina de pino, promoción de técnicas de producción, conser-vación de suelos y agua. También han avanzado en ejercercontrol sobre el territorio indígena y ya tienen un sistemaadministrativo bien organizado que le da a la EmpresaIndígena la base institucional que necesita para desarrollarse.Además cuentan con un sistema organizativo que asegura unared de promotores y activistas en todas las comarcas del terri-torio, con los cuales han desarrollado una buena experienciade capacitación. Paradójicamente, de quien se esperaría mayorapoyo a esta experiencia, como es el Gobierno Municipal esquien ha opuesto los mayores obstáculos tratando de interveniren la organización indígena y negándole reconocimiento parala gestión. En el pasado han tenido experiencias dramáticascon el gobierno municipal y la Procuraduría General de la Re-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 479: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

486

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

pública,los que hace unos cinco años se tomaron la Comu-nidad para imponer directivos de su agrado político24.

En el caso de Sébaco, el Estatuto de la Comunidadestablece las normas básicas en que debe funcionar la admi-nistración. Existe además un Reglamento de Uso de las TierrasIndígenas y se está elaborando un Plan de Arbitrios para regu-lar todo lo relacionado a la recaudación. Este último instru-mento existe en las Comunidades de Muy Muy y Jinotegaaunque ya no se aplican por ser obsoletos, el de la primera datade 1924 y el de la segunda de 194525.

La Empresa Indígena en Sébaco produce actualmenteingresos mayores a un millón de córdobas anuales, pese a lainestabilidad generada desde el Gobierno Municipal desdehace diez años. En los últimos dos años ha contado con elapoyo del Ministerio de Gobernación, que ha promovido yrespaldado a otra Junta Directiva paralela a la electa por lamayoría de los indígenas, lo que según estimaciones realizadasles ha producido pérdidas de más de medio millón de córdobasanuales. El informe de gestión, presentado por la actual JuntaDirectiva entre enero y diciembre 2004, reporta ingresos por lacantidad de 1,134,943.57 córdobas, equivalente aproximada-mente a 61,000 dólares. Con estos ingresos mantienen unaclínica para atender a la población indígena, apoyan con becasy ayudan a 250 estudiantes de primaria, secundaria y universi-dad, costean los gastos funerales a los indígenas fallecidos,impulsan proyectos de vivienda, promueven el deporte y lacultura, apoyan el Museo de Arte Precolombino recién creadocon apoyo de Francia y brindan ayuda económica a personasindígenas más necesitados.

24 Taller de Consulta realizado el día once de noviembre 2004 con los represen-tantes indígenas de la Región Norte. Apuntes del autor.

25 Acuerdo Presidencial 140, publicado en la Gaceta Diario Oficial, del 25 de juniode 1924 y Acuerdo 404 publicado en la Gaceta del 19 de noviembre de 1945.

Page 480: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

487

Los municipalistas acusan a las Comunidades Indígenasde ser factor de atraso en los Municipios porque no con-tribuyen con el erario municipal debido a las exoneraciones deque gozan. Pero en el caso de Sébaco, en que la ComunidadIndígena ha emprendido un Proyecto de Desarrollo Social afavor de la población indígena y que ha desarrollado institu-cionalmente la empresa, demostrando que los indígenas soncapaces de generar desarrollo, en vez de obtener apoyo delGobierno Municipal y del Gobierno Central, éstos hansaboteado el desarrollo del proyecto social26.

Promover el rescate y proyección del patrimonio arqueo-lógico y cultural del pueblo indígena de Sébaco es uno de losobjetivos de la Empresa y de la Organización indígena,definido en sus Estatutos. El Proyecto de rescate cultural yproyección de Arte Rupestre, junto con el Museo Precolom-bino, es un esfuerzo de la Comunidad Indígena y de una orga-nización local integrada, a su vez por indígenas, con lo que seinicia una nueva etapa en la historia cultural moderna deSébaco.

Es muy importante indicar que las trabas que el sistemalegal impone para fortalecer la organización social y la empre-sa indígena son muchas y están arraigadas en todas las instan-cias del Estado y la Sociedad Civil, desde obligar a lasComunidades a inscribirse como Asociaciones Civiles –entanto que las leyes antiguas no regulan las reformas estatu-tarias–, hasta la represión contra las Comunidades que han

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

26 Entrevista al poeta Orlando Dávila Lazo, historiador del Pueblo Indígena deSébaco, actual miembro de la Junta Directiva y Responsable de CulturaIndígena. Denuncia que en un estudio realizado por el Instituto Nicaragüense deFomento Municipal, INIFOM, en el año 97, se consideraba que lasComunidades Indígenas son un factor de atraso por que están exoneradas deimpuestos lo que disminuía los ingresos de los Municipios y no producía ningúnbeneficio a los indios.

Page 481: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

optado por desarrollar una gestión autónoma implementandosus formas de organización social, como ha sucedido contra laComunidad Indígena de Sébaco. Tanto el Gobierno Municipalcomo el Gobierno Central han hecho lo posible para sabotearsu proyecto de desarrollo social el que, pese a todo, constituyeun modelo de gestión que demuestra que los indios no sonlimosneros y que pueden autogestionar su propio desarrollo,demostrando así que no son un factor de atraso como han indi-cado algunos municipalistas.

1.5 La personalidad jurídica de las comunidades indígenas

En las regiones del Pacífico, Centro y Norte, durante laépoca republicana, se emitieron leyes especiales de corte colo-nialista, orientadas a disminuir sus facultades para asegurar laculminación del proceso de despojo iniciado en la colonia,pero que ahora, perdido su idioma, su religiosidad, disminuidasu organización social y su identidad a través de todo un pro-ceso sistematizado de alienación, se encuentran en mayor esta-do de vulnerabilidad. Estas disposiciones indigenistas e inte-gracionistas con las cuales el sistema se acerca al indio paradecir que lo reconoce, no ha sido más que un mecanismo per-feccionado para asegurar el despojo de lo único que lo ha man-tenido nucleado, que le ha asegurado su pervivencia y por locual ha resistido al nuevo sistema de exterminio: sus tierras.

Para reconocer legalmente la existencia de las Comuni-dades Indígenas y su funcionamiento, se han emitido leyes queregulan la personalidad jurídica de estas entidades y son lassiguientes: La ley del 16 de febrero de 1906, Artículo 2, elDecreto Ejecutivo Número 120 del 6 de agosto de 1918,Artículo 1, la Ley de Municipios Ley 261, Art. 67, la Ley 445Art.3, todas citadas en el apartado 1.1 de este estudio.

488

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 482: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Muy importante es destacar la disposición contenida en elArt. 23 de la Ley 445, sobre la Personalidad Jurídica de lasComunidades Indígenas: De conformidad con el artículo 5 dela Constitución Política, el Estado reconoce la personalidadJurídica de las Comunidades Indígenas y Étnicas sin más trá-mites y el derecho Constitucional de éstas, para darse suspropias formas de gobierno interno. Esta disposición haceaplicable la garantía constitucional establecida en el Art. 5,párrafo tercero de la Constitución.

La ley 261, Ley de Municipios Vigente establece el reco-nocimiento de las Comunidades Indígenas legalmente consti-tuidas o que exista de hecho, define la obligación de losGobiernos Municipales de promover espacios de participacióna los indígenas en la gestión municipal. “Art. 3: El gobiernoMunicipal garantiza la democracia participativa y goza deplena autonomía, la que consiste en: 4) El ejercicio de las com-petencias municipales señaladas en las leyes, con el fin de sa-tisfacer las necesidades de la población y en general encualquier materia que incida en el desarrollo socio-económicode su circunscripción, tomando en cuenta, si fuese el caso, losintereses de las comunidades indígenas que habiten en ella”.El Artículo 67 de la misma establece disposiciones muytrascendentales en relación al espacio de participación en lagestión municipal. “Los Municipios reconocerán la existenciade las Comunidades Indígenas ubicadas en sus territorioslegalmente constituidas o en existencia de hecho, según lasdisposiciones de las leyes de 1914 y 1918 y otras, sean propie-tarias de terrenos comunales o no. Así mismo respetarán a susautoridades formales y tradicionales, a quienes deberántomar en cuenta en los planes de desarrollo municipal y en lasdecisiones que afecten directa o indirectamente a su poblacióny su territorio.

489

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 483: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

490

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Comunidades Indígenas legalmente constituidas: Sonaquellas que cuentan con un Estatuto aprobado por elGobierno Nacional al tenor del Artículo 5 de la ley del 3 dejunio 1914.

Estas Comunidades Indígenas adquirieron su Personeríacon la aprobación de sus Estatutos de conformidad con loestablecido en el Art. 5 de la Ley del 3 de junio de 1914 y paraestas Comunidades no es aplicable el Artículo 69 de la Ley deMunicipios, por cuanto tienen capacidad jurídica propia.

Comunidades Indígenas con existencia de hecho: Sonaquellas que NO cuentan con un Estatuto propio aprobado porel Gobierno y que por ello deben asumir como Estatuto elestablecido en el Decreto Ejecutivo Número 120 del 6 de agos-to de 1918. Para éstas si se aplica el Art. 69 de la Ley deMunicipios, aunque en lo referente al aseguramiento yreconocimiento es contrario al Art. 5, párrafo tercero. No obs-tante, debido a que la Corte Suprema no se ha pronunciadosobre tal aspecto, se sigue aplicando.

Con estas disposiciones constitucionales quedan supe-radas las disposiciones de la Ley de 1914 y su ReglamentoDecreto 120 del 6 de agosto de 1918 con relación al aspectoorganizativo de las Comunidades Indígenas, que fueron pro-mulgadas cuando en Nicaragua todavía no se reconocía elDerecho a la Libertad de Asociación. Este fue reconocido enla Declaración Universal de Derechos Humanos adoptado porla Asamblea General de Naciones Unidas el 10 de diciembrede 1948 y que nuestra Constitución reconoce en su Artículo46.

1.6 Donde están los Indígenas de Nicaragua

El historiador Patrick Werner, en un estudio realizadosobre la tasación indígena en la época colonial para el año

Page 484: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

491

154827, sostiene que en la época prehispánica existían enNicaragua las siguientes grupo étnicos: De origen mexicano(C h o rotegas, Nicaraos y M a r i b i o s), C h o n t a l e s (es decirhablantes de lenguas desconocidas para los españoles)Chibchas, Lencas, Tacachos y aun Mayas. El autor indica laexistencia de 136 pueblos al tiempo del contacto con losespañoles, de los cuales 56 eran Chorotegas, 17 Maribios, 11Nahuas, 5 Chontales, 1 Ulua y 43 no identificados étnica-mente. Los datos cuantitativos de dichas poblaciones se deta-llan en el cuadro siguiente:

Grupos Población Porcentaje

Chorotegas 300,000 43%

Maribios 150,000 22%

Nahuas 70,000 10%

Chontales 23,000 3%

Desconocidos 150,000 22%

El historiador norteamericano Jeffrey Gould, quien realizóun estudio bastante amplio y profundo sobre la situación indí-gena en Nicaragua, el que publicó bajo el título El Mito de laNicaragua Mestiza, calcula que para 1920 la población indíge-na en Nicaragua, era el 24% del total de habitantes.

Actualmente la población indígena en Nicaragua se calcu-la en aproximadamente el 10% de la población del país, esti-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

27 Citado por Robert M. Karman, en su ensayo “Historia Prehispánica de losChorotegas en Nicaragua”, Revista de Historia del IHN-UCA, Managua,Número 14. Mayo 2002.

Page 485: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

492

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

mada en cinco millones de habitantes28. No obstante, estosestimados se refieren a los núcleos poblacionales histórica-mente identificados como indígenas, por lo que se puede afir-mar que dicho porcentaje es mayor.

La ubicación geográfica de la población indígena, históri-camente se ha establecido en el Atlántico y los núcleos pobla-cionales ubicados en el Pacífico, Centro y Norte29, pero actual-mente su ubicación se ha ampliado en un vasto territorio quedurante la colonia se conoció como la frontera, por ser laregión montañosa alta y lluviosa que ponía (por lo difícil)límite a las incursiones de las fuerzas españolas y las de sumosy miskitos que impulsados por los ingleses penetraban desdeel Atlántico. Ahora este territorio se le conoce como la fronteraagrícola y sigue siendo en territorio en disputa aunque ahorapor razones socio-ambientales.

Por su ubicación geográfica y su situación social, elDoctor Mario Rizo hace una clasificación en los siguientes tér-minos: Pueblos indígenas bajo un sistema autonómico en elCaribe, Pueblos indígenas bajo un sistema de leyes indi-genistas integracionistas obsoletas, Pueblos Indígenas mar-ginales y pueblos de tradición indígena migrantes de la fron-tera agrícola. Debemos agregar que la ley 445 incorpora a lospueblos que el Doctor Rizo califica como marginales, se sim-plifica en lo legal el asunto. A pesar de ello, el criterio geográ-fico y social de la clasificación sigue siendo válido.

28 No existe un dato definitivo sobre la cantidad de población indígena, ya que lasreferencias más próximas datan de 1995 y existen núcleos de población indíge-na que no se han incorporado al proceso de organización así como un importantesegmento que se ha venido conformando de las migraciones que como deser-ciones individuales van saliendo de las Comunidades del Centro hacia la zonade frontera agrícola.

29 Ob. Cit . 110-113.

Page 486: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

493

Según los datos aportados por un equipo multidiscipli-nario que se encargó de elaborar un mapa de las ComunidadesIndígenas, el dato demográfico aportado indica que enNicaragua hay un total de 448,850 indígenas. Este dato que ala opinión de los mismos indígenas es conservador, aporta lasbases para visualizar las poblaciones indígenas en Nicaragua ycomenzar a ubicar su problemática como una prioridad eincorporarla en la estrategia de reducción de la pobreza que elEstado de Nicaragua ha definido y en la cual no está incluidade manera clara este sector.

El mapa fue elaborado por la Universidad RegionalAutónoma de la Costa Caribe de Nicaragua (URACCAN) enconjunto con la organización internacional que trabaja entemas indígenas denominada Tierras Nativas y los ConsejosRegionales Indígenas de Nicaragua. En el mismo se presentala ubicación geográfica de las principales poblaciones indíge-nas de Nicaragua y los siguientes datos poblacionales.

Los Pueblos Indígenas reconocidos y sus Comunidades,así como las Comunidades Étnicas, que refleja el resultado dedicho estudio se expresan en el cuadro siguiente:

Distribución de pueblos indígenas y comunidades étnicasen Nicaragua

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 487: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

494

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Esta información no está completa, pues hacen falta lasComunidades de Boaco en la región Central, Totogalpa en laregión Norte, algunas comunidades Mayangnas ubicadas enlos altos del río Coco y todas las poblaciones indígenas queproducto de la migración forzada por el proceso de despojo desus tierras, han salido de uno en uno hacia lo que hoy conoce-mos como frontera agrícola, en donde permanecen desorgani-zados y diseminados.

II. Desarrollo legal para el acceso de los indígenas a la justicia nicaragüense

Todos los aspectos analizados en el capítulo anterior,constituyen la base material o las premisas sobre las cualesdebe organizarse la labor de los diferentes actores sociales ypolíticos, a fin de diseñar las estrategias de intervención.

La creación del Estado Social de Derecho, iniciado con laConstitución de 1987 y establecido con las ReformasConstitucionales de 1995, constituyen para los pueblos indíge-nas una oferta importante del Estado sobre la cual hay quetomarle la palabra y abrirse paso mediante propuestas consen-suadas y respaldadas por la fuerza colectiva del medio millónde ciudadanos que aglutina. Se ha iniciado la etapa delestablecimiento de un nuevo orden jurídico que hará viable unplan de nación, siendo ésta la oportunidad histórica para losindígenas de Nicaragua.

2.1 Tratamiento constitucional de la situación indígena

Después de la independencia, con la promulgación de lasConstituciones Conservadoras orientadas a mantener el status

Page 488: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

quo y los privilegios de las clases oligarcas herederas de latradición europea, se les negó a los indios sus derechos ciu-dadanos y con ello todos sus demás derechos individuales, yano se diga los derechos colectivos que como pueblos habíanmantenido durante la Colonia sobre sus Municipios en los queellos mismos ejercían autoridad.

La Constitución Política de 1826 en su Art. 14 establecía:“Son ciudadanos todos los nicaragüenses naturales que seancasados, o mayores de dieciocho años, y que tengan unapropiedad o que ejerzan algún oficio o profesión de que sub-sistan, calificado todo en los términos que designa la ley”.

La Constitución de 1838 excluye a los indios de los dere-chos políticos fundamentales, cuando en su Art. 23 estableceque sólo los ciudadanos en ejercicio pueden obtener y ejerceroficios públicos y sufragar en las elecciones.

En la Constitución de 1838, se estableció una disposiciónorientada a los derechos indígenas, aunque no hay informaciónsobre su aplicación. En el Art.191 se dispuso que para el go-bierno interior de los pueblos, habrá municipalidades com-puestas de Alcaldes, Regidores y de Procuradores del Común.Se presume que esto sería algo semejante a lo que en la Leydel 13 de marzo de 1919 se llamó el Síndico, cuya función erarepresentar a los comuneros en los asuntos legales de las tie-rras tituladas.

La disposición antes citada es la única excepción a la reglaque se observa en el constitucionalismo nicaragüense quedurante todo el período republicano ha ignorado la existenciade los pueblos indígenas y la protección de sus derechos, ase-gurando solamente el poder de quienes le han sometido.

Es la Constitución de 1987 la que rompe con esta tradi-ción, al establecer el reconocimiento de los derechos indígenas

495

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 489: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

496

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

y abrir con ello una nueva etapa en la historia de los pueblosindígenas nicaragüenses. Con toda razón el Doctor Mario Rizoafirma que el régimen colonial legisló la diferencia en el sis-tema de castas, permitiendo la protección del indio. En cam-bio, la República los excluyó en función de asegurar unaforma de mayor escarnio para las culturas indígenas.

La Constitución Política actual, a tono con el constitu-cionalismo moderno y el derecho internacional, contiene todoun conjunto de disposiciones que aseguran la protección casiintegral de los derechos indígenas y la ubican entre las máshumanistas de las constituciones modernas.

La excepción es el Art. 102, que se refiere a los recursosnaturales considerándolos como patrimonio nacional y le otor-ga facultades al Estado para otorgar las concesiones para suuso racional. No obstante el Art. 89 reconoce a las Comu-nidades Indígenas la facultad de usar y gozar de las aguas ybosques existentes en las tierras comunales.

Actualmente el Parlamento Nacional está ejecutandonuevas reformas a la Constitución, las que ya fueron apro-badas en primera legislatura para ser ratificadas el próximoaño. Uno de los artículos que se pretende reformar es el Art.138, Numeral 4, referido al nombramiento de los Ministros. Lareforma contempla que la Asamblea Nacional debe ratificar elnombramiento de los Ministros de Estado, Vice Ministros,Directores de Entes Autónomos y el Presidente; así mismo elParlamento se reserva la facultad de solicitar informes sobre sugestión y ante la negativa de su comparecencia podrá inter-pelarlos en caso negativo y si como consecuencia de tal inter-pelación, la Asamblea encuentra necesidad de destituir al fun-cionario, podrá acordar su solicitud al Presidente de la Repú-blica, quien en un plazo de tres días deberá destituirlo.

Page 490: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

497

La Reforma ha provocado un enfrentamiento políticoentre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, del cual no se perfi-la un cambio en la decisión parlamentaria. El argumento delEjecutivo es que con esta disposición se está quebrantando elorden constitucional y especialmente la parte dogmática de laConstitución que establece el sistema Presidencialista, el queestá siendo transformado por el Parlamento que no tiene fa-cultades de Constituyente y que por lo tanto, para realizar talestransformaciones, debe convocarse a un Referéndum a lapoblación.

Independientemente del procedimiento que se apliquepara hacer valer esta Reforma, aunque la población mismacuestiona el procedimiento, se ve con buen ojo el hecho de quese establezca un control más efectivo sobre la burocracia yaque los ciudadanos comunes y corrientes, y en particular losindígenas no tienen acceso a tratar sus asuntos con un Ministroy muchos abusos cometidos han quedado en la impunidad. Deahí que si el ciudadano tiene mejor acceso al legislador y éstetiene facultad de fiscalizar el desempeño de los funcionarios,se facilitaría por su medio el acceso a la justicia.

2.2 Tratados Internacionales relacionados con losDerechos Indígenas ratificados por Nicaragua

Actualmente la mayoría de los principales instrumentosinternacionales referidos a los derechos humanos han sido ra-tificados por el Estado Nicaragüense. La mayoría de ellosfueron suscritos y ratificados después del triunfo de la Revo-lución y en la década de los ochenta durante el GobiernoSandinista, entre ellos el Convenio 169 que fue suscrito en

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 491: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

498

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1989, pero que por falta de voluntad política del ejecutivo noha sido ratificado por la Asamblea Nacional30.

A continuación se presenta una lista de los tratados y con-venios internacionales ratificados por el Estado y que tienenplena vigencia en Nicaragua:

30 En entrevista realizada al Diputados Leonel Pantin, informó que la iniciativa deLey para la Ratificación del Convenio 169 fue presentada al Parlamento. Antesde iniciarse el proceso de formación de la ley, fue retirado por el Ejecutivo enel año 1999.

Page 492: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

499

2.3 La legislación ordinaria y los Derechos Indígenas

Desde el punto de vista legal, los antecedentes másinmediatos vinculados directamente a la realidad actual de losindígenas de Nicaragua, se establecen en el Tratado HarrisonAltamirano, que estableció disposiciones jurídicas específica-mente orientadas a la protección de los derechos indígenas dela Costa Caribe y en la Ley del 17 de mayo de 1877 que insti-tuyó el primer golpe y amenaza abierta a la existencia depropiedades indígenas y delineó lo que sería la política detratamiento estatal orientada al despojo de las tierras para elPacífico, Centro y Norte. Esta Ley no tuvo aplicación enrelación a la venta de las tierras indias, ya que en 1880 y 1881se dio la Rebelión de los Indios de Matagalpa contra elGobierno Conservador y obligó a cambiar la política de trata-miento a los indios, pues habían demostrado que pese a ladesventaja con que se enfrentaron y la resistencia tenaz y lacapacidad de enfrentar todas las embestidas de la oligarquía,constituían una fuerza política que la clase dominante no debíamenospreciar31. Ello fue corroborado posteriormente en las

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

31 En el libro Muera la Gobierna, de Dora María Téllez, publicado por URAC-CAN en 1999, se hace un minucioso estudio de todas las estrategias y accionesde la clase dominante después de la Guerra Nacional de 1856 para someter ydesaparecer a las Comunidades Indígenas de Matagalpa y Jinotega.

Page 493: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

500

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

revueltas conservadoras contra el régimen de Zelaya, quienesbuscaron en los indios de los departamentos de Matagalpa,Jinotega y Boaco, a sus aliados para enfrentar al régimen yasegurarse la base social campesina que les permitiera resistir.

Esta alianza de los indios con los conservadores diofirmeza al movimiento indígena para resistir al despojo de lastierras indígenas legalizado con la ley del 16 de febrero de1906, e hizo posible la posterior aprobación de una ley queprotegiera la propiedad indígena.

En el Pacífico, Centro y Norte se aseguró el derecho depropiedad a través de dos leyes importantes para elreconocimiento de sus derechos: La ley del 3 de junio de 1914,que prohibió la venta de tierras indígenas y estableció el sis-tema de organización de las Comunidades Indígenas, y la Leydel 20 de junio de 193532 que estableció el carácter inalie-nable, inembargable e imprescriptible de la propiedad indíge-na. Se debe aclarar que aunque estas leyes fueron reivindi-cadas por los indígenas del Pacífico, eran también válidas parael Atlántico.

En 1987, a través de la Ley de Autonomía, los indígenasdel Atlántico lograron el reconocimiento directo del Estado ala autonomía que ya había sido definida desde 1860 a travésdel Tratado de Managua del 28 de enero de 1860, especifica-da en el Tratado Harrison Altamirano de 1905 y ratificada porel Laudo Arbitral del Emperador de Austria.

1987 marca un hito en la historia indígena de Nicaraguapues se aprobó la Ley 28 del Estatuto de Autonomía, recono-cida como una de las mejores de América Latina.

32 Publicada en la Gaceta Diario Oficial, Número 142 del 28 de junio de 1935, estaley regula el régimen de propiedad de los Municipios y de las ComunidadesIndígenas.

Page 494: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

501

Pese a este logro, debe dejarse claro que en el siglo XX losindígenas de Nicaragua no lograron definir legalmente lasituación de sus derechos frente al Estado, ya que las pocas le-yes que se adoptaron, principalmente las de inicio de siglo,son, con la excepción de la Ley 28, leyes integracionistas orien-t a d a s a asegurar el sometimiento político, económico y socialde los indios33.

Con estos antecedentes, los indígenas de Nicaragua arri-baron al siglo XXI en el que están logrando afianzar elreconocimiento pleno de sus derechos. Estos primeros añosdel siglo han sido de trascendencia histórica en este proceso,con la aprobación en el 2003 de la Ley 445, Ley de Régimende Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comu-nidades Étnicas de las Regiones Autónomas de la CostaAtlántica y de los Ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz34 y elReglamento al Estatuto de Autonomía Decreto de la AsambleaNacional Número 358435, ya que después de dieciséis años deaprobada no había sido reglamentada por el Ejecutivo.

El Reglamento de la Ley de Autonomía, define de maneraestructural el sistema autonómico como Régimen de Auto-nomía: Es el sistema o forma de gobierno, jurídico, político,administrativo, económico y financieramente descentralizadodentro de la unidad del Estado nicaragüense, establece lasatribuciones propias de las Regiones Autónomas de la CostaAtlántica de Nicaragua, de sus órganos de administración, los

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

33 La ley somete a las Comunidades Indígenas a la autoridad de los Alcaldes, lesimpide autogestionar sus rentas ya que el canon a cobrar debe ser autorizado porel Ejecutivo y los somete socialmente porque el Censo de Indios debe seraprobado por los Alcaldes y Jefes Políticos, impidiéndoles el derecho a la iden-tidad.

34 Publicada en la Gaceta Diario Oficial, Número 16 del 23 de febrero del 2003.35 Publicado en la Gaceta Diario Oficial, Número 186 del 2 de octubre del año

2004.

Page 495: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

502

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

derechos y deberes que corresponden a sus habitantes para elejercicio efectivo de los derechos históricos de los pueblosindígenas y comunidades étnicas de la Costa Atlántica deNicaragua, consignadas en la Constitución Política de la Repú-blica de Nicaragua, la Ley 28 y demás leyes de la República.

La autonomía regional orgánica significa AutonomíaJurídica: En tanto las competencias y facultades se derivan dela Constitución Política y la Ley 28. Autonomía Política: Esla facultad de elegir a sus propias autoridades mediante el votouniversal, igual, directo, libre y secreto. Autonomía Norma-tiva: Es la potestad de regular materias de su competenciamediante resoluciones y ordenanza de obligatorio cumpli-miento en su jurisdicción. Autonomía Económica-Financiera: Es la facultad de administrar su patrimonio, losrecursos financieros que lo son suministrados por el Estado ylos que obtengan por otras fuentes nacionales e interna-cionales, para el desarrollo de los planes, programas y proyec-tos económicos regionales. Autonomía Organizativa: Es elderecho de vivir y desarrollarse bajo las formas propias deorganización social que corresponden a sus tradiciones históri-cas y culturales. Autonomía Cultural: Es el derecho de lasRegiones Autóno-mas de preservar y promover su culturamultiétnica. Autonomía Administrativa: Es la capacidad decrear su propio aparato administrativo a fin de cumplir con lasatribuciones que le son propias y de establecer sus propiaspolíticas y normas respecto a los asuntos que le competen.

Avances muy importantes se están produciendo en Nicara-gua en cuanto al acceso a la justicia. Existe un procesosostenido desde el año 2003 con la aprobación de dos leyes detrascendental importancia como son las ya referidas ley 445,Ley de Régimen de Propiedad Comunal y el Decreto Legisla-tivo 3584 Reglamento a la Ley de Autonomía.

Page 496: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

503

Se han aprobado una serie de leyes ordinarias referidas aotros temas en las que se han dejado ratificados algunos dere-chos de los pueblos indígenas. Entre ellas están: la Ley 452,Ley de Solvencia Municipal, en la que se ratifican las exonera-ciones tributarias municipales para las tierras indígenas, la Ley453 en la que se ratifica la exoneración tributaria sobre elImpuesto a la Renta para las Comunidades Indígenas, la Ley462, Ley Forestal, que ratifica los derechos indígenas sobre losrecursos forestales y el mecanismo para hacerlos efectivos, laLey de Participación Ciudadana que ratifica el Derecho a laConsulta al aprobarse leyes o decretos que afecten al sector yla Ley 387, Ley Especial de Minas, que incorpora a los repre-sentantes indígenas de los Consejos Regionales Autónomos ya los Síndicos del Triángulo Minero en la Comisión Nacionalde Minería.

Iniciativas de Ley que contienen disposiciones relacio-nadas con los derechos indígenas

Hay una serie de iniciativas de Ley, que representan opor-tunidades y a la vez pueden constituir amenazas para los indí-genas, si no son capaces de incidir de manera efectiva en laclase política, a fin de asegurar que no sean desconocidos susderechos o reducidos los logros que en materia legal hanalcanzado. Estas iniciativas de ley, tocan diferentes temas deinterés que se relacionan directamente con los derechos indí-genas y urge la presencia del liderazgo indígena, cabildeandoe incidiendo en el Parlamento y las demás instancias delEstado, así como abriendo campo y tomando posiciones en losespacios de participación, para salvaguardar los intereses deestos pueblos. Entre estas iniciativas se destacan:

1- La Ley General del Registro Público.2- El Código de la Familia.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 497: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

504

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3- Ley de Patrimonio Familiar.4- Creación del Departamento de Zelaya Central. 5- Creación del Departamento del Triángulo Minero. 6- Reformas a la Ley 260 Ley Orgánica del Poder Judicial.7- Ley de igualdad de oportunidades.8- Ley de Aguas.9- Ley de Carrera Judicial.10- Ley General de Educación.11- Ley que prohíbe el cobro por diligencias judiciales.12- Ley que sustituye la prisión preventiva por arresto domi-

ciliar.13- Ley de Buzos.14- Ley del Código Penal. 15- Ley de Concesión del Canal Interoceánico. 16- Ley Tributaria Municipal.17- Ley de Rehabilitación de la Procuraduría Laboral y de

Seguridad Social.18- Ley de Regulación de los Salarios de los Funcionarios

Públicos.19- Ley de Medicina Tradicional.20- Ley General de Pueblos Indígenas36.

Compromisos pendientes en el ámbito Legislativo

Las debilidades del sistema legislativo no garantizan niprotegen los derechos indígenas, sobre todo en esta etapa enque los intereses partidaristas y hasta personales de los caudi-llos políticos han generado hasta conflictos institucionales. Enel pasado reciente, hasta 1987, la legislación fue el frente debatalla que facilitó la violación de los derechos indígenas y

36 Sobre esta iniciativa se hace un análisis especial en un subtítulo posterior.

Page 498: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

505

dificultó la gestión del liderazgo indígena para la promociónde sus intereses en el contexto legal.

Esta situación representa la primera traba a ser superadapara enfrentar las tres dificultades señaladas anteriormente yenrumbar de manera efectiva la gestión para el tratamiento ysolución de la problemática de los pueblos indígenas deNicaragua.

Lo anterior constituye aspectos a considerar en el estudiode la situación indígena en Nicaragua y sobre los cuales sedebe profundizar tanto en su análisis como las alternativas quedeben promoverse para superar tal situación.

En un estudio realizado sobre Legislación y DerechosIndígenas en las regiones del Pacífico, Centro y Norte deNicaragua, se identificaron los siguientes aspectos en los cua-les se considera que hay vacíos jurídicos37.

1- El reconocimiento al sistema de organización social autóc-tona indígena.

2- Protección al patrimonio arqueológico, histórico, lingüís-tico, artístico y cultural de los pueblos indígenas.

3- Protección al sistema de propiedad y a los recursos natu-rales de los pueblos y comunidades indígenas.

4- Reconocimiento y protección a la práctica de salud ances-tral y protección de los conocimientos y tecnologías indí-genas.

5- Protección a la familia indígena.6- Ratificación de los instrumentos de derecho internacional

a favor de los pueblos indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

37 Mairena Ruiz Rigoberto, Legislación y Derechos Indígenas en Nicaragua.2001, reproducido por el Instituto Jurídico Social.

Page 499: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

506

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

7- Participación de los pueblos indígenas en las instancias yespacios de poder y participación política creados por elEstado.

8- Reglamentación de la naturaleza multiétnica y multicul-tural de la nación nicaragüense, establecida en laConstitución, la que debe incluir el reconocimiento oficialdel sistema de administración de justicia indígena.

En marzo del 2003, en un encuentro realizado entre el li-derazgo indígena del Pacífico, Centro y Norte con losDiputados de la Comisión de Asuntos Étnicos, se acordóimpulsar una agenda legislativa en función de llenar esosvacíos jurídicos. De ahí surgieron los compromisos de pro-mover la Ratificación del Convenio 169 de la OIT, impulsaruna nueva ley para los indígenas del Pacífico, Centro y Nortey una Ley de Medicina Tradicional, además de los compro-misos que ya se tenían con los pueblos indígenas del Atlántico,como eran la Ley de Demarcación Territorial para lasComunidades de la Costa Atlántica y la Reglamentación de laLey de Autonomía38.

Los indígenas identifican que después de haber concerta-do y comprometido los legisladores a superar las limitacionesque en el orden legislativo dificultan el abordaje y la interven-ción para mejorar la situación indígena, hay avances importan-tísimos que comienzan a transformar el status quo imperanteen contra de los indígenas por casi dos siglos de sometimien-to neocolonialista de la época republicana, cuyo mérito reco-nocen a la Comisión de Asuntos Étnicos y ComunidadesIndígenas de la Asamblea Nacional, encabezada por un legis-lador indígena de la Costa Atlántica, el Licenciado Leonel

38 Nota de Prensa del 21 de marzo 2003, de la Oficina de Divulgación de laAsamblea Nacional.

Page 500: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

507

Pantin, y una legisladora indígena del Pacífico, la LicenciadaIrma Dávila, hija del Pueblo Indígena de Sébaco39.

Se reconoce el esfuerzo por promover la Ley General dePueblos Indígenas y la Ley de Medicina Tradicional, así comohaber aclarado que sucedió con el proceso de ratificación delConvenio 169 en la Asamblea Nacional.

La destrucción del patrimonio arqueológico, cultural ehistórico de los pueblos indígenas de Nicaragua, es a menudoafectado por los proyectos de infraestructura. No existen nor-mas de protección contra estos hechos ni de sanción a losactores.

Los funcionarios del Instituto Nicaragüense de Cultura sedeclaran impotentes ante la actividad destructiva y el saqueodel patrimonio arqueológico40. Se espera que estos actospuedan ser regulados por la nueva ley indígena.

Pese a que la Constitución en su Art. 128, ordena al Estadoproteger este patrimonio, no hay ley que proteja, regule y san-cione estos actos y los daños al patrimonio arqueológico y cul-tural. El Proyecto de Ley Indígena reconoce el derecho areivindicar este tipo de patrimonio y contempla la partici-pación de las autoridades indígenas en la protección y admi-nistración del mismo.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

39 Memoria del Taller de Consulta realizado con los líderes indígenas el Pacífico,Centro y Norte de Nicaragua, en el Pueblo Indígena de Sébaco el día 20 denoviembre 2004.

40 Declaraciones del Arqueólogo Ramiro García funcionario del InstitutoNicaragüense de Cultura, en el Diario La Prensa del 20 de febrero del año 2005,informa de la destrucción de piezas precolombinas encontradas en un lugardonde se construye una Zona Franca ubicada en Tipitapa. Las piezas encon-tradas datan de 1300 a 1500 años del período Ometepe. En la misma nota infor-ma que destrucciones similares se han realizado en Matagalpa, Estelí, Managuay Carazo.

Page 501: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

508

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Otra deuda pendiente del Legislativo con los indígenas delPacífico, Centro y Norte, es la ratificación del Convenio 169.Hay que destacar la falta de voluntad política del Ejecutivopara impulsar su ratificación y también la falta de beligeranciadel liderazgo indígena para demandar su ratificación41.

Es necesario diseñar y concertar una estrategia de acciónque haga factible la ratificación y posterior aprobación delConvenio 169. En el II Foro Nacional Post-Durban “AccionesAfirmativas en la lucha contra el Racismo”, se discutió sobrela Discriminación Racial y formas conexas de intolerancia. Enlas acciones propuestas se contempla como una de sus priori-dades la gestión por la aprobación del Convenio 169, pero lamisma propuesta de acciones no identifica cuál debe ser laestrategia y el Plan de Acciones para lograr la ratificación42.

2.4 Comentarios a la Iniciativa de Ley General dePueblos Indígenas

Los indígenas del Pacífico, Centro y Norte lograron que seintrodujera la iniciativa de una Nueva Ley Indígena para estasregiones, ya que la legislación que se aplica data de inicios delsiglo pasado y está desfasada en relación a los derechosreconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacio-nales de Derechos Humanos.

Se asumió con entusiasmo la decisión de los Diputados dela Comisión de Asuntos Étnicos de la Asamblea Nacional deimpulsar el proceso de formación de la Ley. No obstante, pese

41 El Ejecutivo presentó la iniciativa de Ratificación del Convenio 169 ante laAsamblea Nacional y después la retiró para que no fuese ratificado, según infor-mó el Presidente de la Comisión de Asuntos Étnicos y Comunidades Indígenas.

42 Memoria del II Foro Nacional Post Durban “Acciones Afirmativas en la luchacontra el Racismo“, realizado en Managua del 18 al 20 de octubre 2004.

Page 502: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

509

a que se presentó una propuesta inicial, ha causado seria preo-cupación el hecho de que se introdujeron disposiciones queratifican el sometimiento de las autoridades indígenas a losMunicipios y se ha distorsionado la propuesta incluyendo re-gulaciones para las regiones autónomas, cuando la propuestade ley era exclusivamente para el Atlántico43.

A continuación se presentan algunas de las observacionesy propuestas al Proyecto de Ley que se hicieron en el TallerNacional y otras que han sido expuestas en reuniones focales:

1. La Ley debe regular exclusivamente a los pueblos indí-genas del Pacífico, Centro y Norte. No debe incluir disposi-ciones hacia el Atlántico, ya que el ordenamiento jurídico querige a dichas regiones es especial y no se aplica a la realidadde estas regiones, como tampoco se deben trasportar las dis-posiciones que pueden ser válidas para el Pacífico.

La Exposición de Motivos de la Iniciativa de ley, equivo-cadamente señala que la Ley 445, Ley del Régimen dePropiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y ComunidadesÉtnicas de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica deNicaragua y de los Ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz, no abor-da el tema, aunque sí lo hace en el Capítulo II de las autori-dades comunales y territoriales con representación legal (Arts.4-10), por lo que el Capítulo III del Anteproyecto no tienerazón de ser. Además, de la forma en que está el Anteproyecto,lo que plantea resultaría inconstitucional. Ya que la elecciónde los líderes comunales como miembros de una Junta Direc-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

43 En eso se resumen las preocupaciones propuestas por los líderes indígenas en elTaller Nacional realizado en el Pueblo Indígena de Sébaco el 19 de noviembredel 2004, cuando con presencia de la Vice Presidenta de la Comisión de AsuntosÉtnicos y el Asesor Jurídico de la Comisión, se discutió el Proyecto de Ley.

Page 503: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

510

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

tiva, Consejo de Ancianos, Síndicos, Jueces Comunales oWihtas, así como la de cualquier otro líder tradicional de lascomunidades indígenas y étnicas de la Costa Caribe deNicaragua, no obedece a alguna norma del derecho escrito,legislado o codificado, sino a su propio derecho consuetudi-nario, conformado por los usos y costumbres tradicionalesreconocidas en los Arts. 5, 89 y 180 de la Constitución Políticade Nicaragua, como un derecho fundamental de estos pueblos.

En las comunidades indígenas de la Costa Caribe deNicaragua los miembros mayores de edad de la comunidad seconstituyen en asamblea, y por consenso nombran y destituyensus autoridades comunales, las que en su mayoría no son elegi-das por períodos preestablecidos, sino que de forma indefini-da, dependiendo de las circunstancias y necesidades de lacomunidad. En general, las comunidades no levantan actassino que el compromiso mutuo del elegido y de los electores,constituye la validez y la seguridad del respeto a la elecciónrealizada, por lo que el Anteproyecto, tal y como está plantea-do en este aspecto es inconstitucional, y no debería ser aproba-do por la Asamblea Nacional, por ser violatorio al derecho delos pueblos indígenas a elegir sus autoridades tradicionales,conforme a sus costumbres y tradiciones; sin la intromisión deninguna autoridad externa a la Comunidad como en este casoseria el “Coordinador de Gobierno”. La Ley debe contenerentre sus objetivos fomentar el desarrollo sostenible en lospueblos y comunidades indígenas y sus disposiciones debenorientarse a fomentar el desarrollo sobre la base de reconocera los pueblos indígenas el derecho a proteger su patrimonioecológico y el rescate de sus recursos naturales.

Consideramos que el Anteproyecto debería elaborar mássobre normativas e institucionalización de las autoridadescomunales desde la perspectiva y la cosmovisión indígena,para las Comunidades Indígenas del Pacifico, Centro y Norte,

Page 504: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

511

y eliminar el capitulo III sobre los Pueblos Indígenas de lasRegiones Autónomas44.

2. La ley debe poner fin a las relaciones de subordi-nación colonialista que se les han impuesto a los Pueblos y Co-munidades Indígenas hacia las municipalidades, ya que ello esla causa del atraso social. Por el conflicto de intereseseconómicos, las municipalidades buscan cómo someter a losindígenas imponiendo autoridades afines a sus intereses, comoel tema de los impuestos municipales y el canon de arriendoque siempre ha existido entre ambas instituciones. No puedenlas municipalidades ser Juez y parte en el asunto45. Por ello,debe asegurar el pleno ejercicio de sus derechos políticos atener su propia forma de organización social y administrar susasuntos locales a como lo establece el artículo 5, párrafo ter-cero de la Constitución Política46.

3. El sistema de elecciones de autoridades indígenas, nodebe seguir regulado por las municipalidades, sino que debeser regulado por las autoridades electorales, de conformidadcon lo establecido en el artículo 4 de Ley del 3 de junio de1914 y de conformidad con las disposiciones del Art. 5 y 49 dela Constitución. En consecuencia, se debe eliminar cualquierdisposición orientada a otorgarle facultades a las municipali-dades sobre las organizaciones indígenas ya que tales atribu-ciones son inconstitucionales47.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

44 Estas consideraciones fueron expuestas por la Dra. María Luisa Acosta, AsesoraJurídica de las Comunidades Indígenas de la Costa Atlántica.

45 Este tema ha sido la causa principal de conflicto en las Comunidades Indígenasde la Región Central y la Región Norte que es donde se ejerce el derecho depropiedad por parte de las autoridades indígenas.

46 Esta es una de las principales conclusiones del Pre Congreso Indígena deNicaragua, realizado en Matagalpa del 9 al 11 de octubre del año 2001.

47 La inconstitucionalidad del Decreto del 11 de marzo de 1952 fue declarada porla Corte Suprema mediante Sentencia 101 y la misma declara que de conformi-dad con el Art. 5, párrafo tercero de la Constitución, los Gobiernos Municipales

Page 505: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

512

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Llama la atención el Art.11 del Anteproyecto cuandoestablece: “Sólo podrán votar personas mayores de 18 añosque sepan leer y escribir”. Consideramos que tales restric-ciones para los votantes infringen la norma constitucional queestablecen los 16 años, sin restricción alguna, para ejercer elderecho al sufragio en Nicaragua consignado en los artículos47 y 48 de la Constitución Política de Nicaragua. Lo que haceque el Anteproyecto entre en contradicción con la Constitu-ción48. Éste es una muestra de algunas disposiciones que elproyecto recoge de la Ley de 1918 que por supuesto está des-fasada con el orden jurídico actual.

4. La Ley debe asegurar la libertad de los pueblos indíge-nas de establecer su propio sistema de organización y nomenoscabar el carácter de entidad cuasi municipal que se lesreconoció desde inicios del siglo pasado49. Con disposicionescomo las de 1952, se les ha causado sólo daños y perjuicios alos pueblos indígenas. Ello constituye la principal causa delatraso social en que se encuentran y son el mayor obstáculo aldesarrollo50.

5. En correspondencia con lo anterior, la ley debe darlefuerza a los Estatutos de las Comunidades Indígenas como el

no tienen facultades para convocar, organizar ni realizar elecciones de autori-dades indígenas y que por el contrario deben respetar a sus autoridades y tomar-las en cuenta en la gestión municipal.

48 Comentario de la Dra. María Luisa Acosta.49 Este carácter lo establece la Ley del 3 de junio de 1914 al definir en su artículo

3 que las Juntas Directivas tienen un carácter concejil y en el artículo 4 que parala elección se deben aplicar las disposiciones de la Ley de Elección deAutoridades Municipales. La Corte Suprema de Justicia también ha declarado elcarácter de entidades públicas y cuasi municipales de las ComunidadesIndígenas, mediante Consulta evacuadas el 11 de diciembre de 1972 y el 15 denoviembre de 1974.

50 Esta consideración es reiterativa en las demandas que las ComunidadesIndígenas han tramitado contra las autoridades municipales de Sébaco, Jinotegay Muy Muy, así como en los foros realizados sobre el tema.

Page 506: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

513

instrumento jurídico que regule su funcionamiento interno y elproceso electoral de sus autoridades es parte de ello. En estesentido, es recomendable que los Estatutos y sus Reformassean publicados directamente en la Gaceta sin la sanción pre-via de las autoridades de Gobierno, pues al reconocerles laPersonalidad Jurídica de los Comu-nidades Indígenas, éstas seregulan por sus Estatutos y éste a su vez es el instrumentojurídico que regula el ejercicio de su propia forma deOrganización Social y sus asuntos locales reconocidos en elartículo 5 de la Constitución. De esta forma además se superael vacío jurídico existente en relación a este tema, ya que elEjecutivo ha declarado que no tiene facultades para aprobar lasReformas de Estatutos ni la aprobación de nuevos estatutos alas Comunidades Indígenas51.

Es imprescindible para la legitimidad de la Ley, que serealice una consulta previa conforme al artículo 6 delConvenio 169 de la OIT, mediante procedimiento democráticoque asegure información suficiente sobre el tema a los Pueblosy Comunidades Indígenas del Pacífico, Centro y Norte, a finde que puedan emitir una opinión conciente sobre los con-tenidos del Proyecto de Ley.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

51 Cuando la Comunidad Indígena de Sébaco acudió a la Presidencia de laRepública para que le aprobaran la Reforma de sus Estatutos, la remitieron alMinisterio de Gobernación. En dicha institución se le sometió al procedimien-to de la Ley 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro y poste-riormente el Director de Asociaciones del Ministerio de Gobernación emitióuna Resolución en la cual se declara incompetente para regular el asunto ymandó a cancelar la publicación de los Estatutos de la Comunidad Indígena deSébaco. Dicho acuerdo fue publicado en la Gaceta Diario Oficial del 2 dediciembre del 2004.

Page 507: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

III. Los indígenas y la administración de Justicia en Nicaragua

La Administración de Justicia en Nicaragua, durante laúltima década ha sido muy cuestionada, debido a la imple-mentación de las políticas neoliberales que han incidido en elencarecimiento de la Justicia para los sectores de menos ingre-so y por las influencias partidarias que se imponen al PoderJudicial desde la nominación de sus titulares52.

Se ha invertido bastante en el acondicionamiento de loslocales judiciales y la construcción de las casas de justicia enlos Municipios, pero ello por sí no facilita el acceso de lospobres a la justicia. Entre esta mayoría de pobres están losindígenas, quienes además de la desventaja económica, sonvíctimas del desconocimiento de sus derechos especiales porparte de las autoridades judiciales, lo cual es señalado por losdirigentes indígenas como una de las principales limitacionespara mejorar su acceso a la justicia53.

Los pueblos indígenas en la última década, a través delimpulso de acciones judiciales específicas y de acciones políti-cas, están impactando en el Poder Judicial, del que han logra-do algunas resoluciones importantes para el reconocimiento desus derechos y en algunos casos, incidir para la corrección deabusos por parte de funcionarios judiciales54.

52 En la Semana de la Independencia y la Confianza en Justicia, que impulsaronlas Universidades de Nicaragua que tienen facultad de Derecho. Estos fueronlos ejes centrales de los cuestionamientos al Poder Judicial.

53 Pese a existir una amplia legislación en materia de Derechos Indígenas enNicaragua en las Escuelas de Derecho no se enseña esta materia y los profesion-ales surgidos entre quienes están los judiciales, salen de la Universidaddesconociendo totalmente los derechos de los ciudadanos indígenas.

54 La Comunidad Indígena de Jinotega ha mantenido una activa resistencia por ladefensa de sus derechos patrimoniales frente al Estado y sectores económica-

Page 508: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

515

El acceso a la justicia para los indígenas, es un derechoque comienza a ser demandado de manera política, por ser unode los más vulnerados y menos visibilizado por los órganos dederechos humanos.

La designación de jueces extraños a la cultura indígena enla Costa Caribe, la negación del acceso a la justicia porrazones formalistas, la retardación de justicia, la desigualdadfrente a quienes tienen recursos económicos y el mal trato a losindígenas, son motivos de quejas y denuncias por parte de losindígenas ante el Poder Judicial.

Entre los 6 casos de denuncias indígenas documentados enla Procuraduría, 2 corresponden a cuestionamientos al derechode acceso a la justicia. En los informes de las DelegacionesTerritoriales del 2004, en la RAAN, de 26 casos recepciona-dos, 13 denuncias están dirigidas a órganos vinculados a laAdministración de Justicia, de ellos 7 a la Policía Nacional, 5a los órganos judiciales y 1 al Ministerio Público. En la RAAS,de 96 casos reportados, la mayoría están relacionados al acce-so a la justicia, 21 están referidos al derecho a la protecciónjudicial, 54 por Abuso de Autoridad y 16 por derechos labo-rales55.

La Comunidad Indígena de Jinotega ha mantenido unaactiva resistencia por la defensa de sus derechos patrimonialesfrente al Estado y sectores económicamente poderosos, que se

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

mente poderosos, que se niegan a reconocer sus derechos y hasta se les ha nega-do el derecho a la justicia. Con acciones de protesta para hacer valer su sistemade administración y el control de su territorio y recursos naturales, han llegadohasta la Corte Suprema y sus protestas contribuyeron a que en el año 2003, laCorte Suprema cambiará a todos los Jueces de Distrito del Departamento deJinotega.

55 Datos extraídos de expedientes de denuncias tramitadas por la Dirección deDefensa y el informe de las Delegaciones Territoriales de las RegionesAutónomas.

Page 509: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

516

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

niegan a reconocer sus derechos y hasta se les ha negado elderecho a la justicia. Con acciones de protesta para hacer valersu sistema de administración y el control de su territorio yrecursos naturales, han llegado hasta la Corte Suprema y susprotestas contribuyeron a que en el año 2003, la CorteSuprema cambiara a todos los Jueces de Distrito delDepartamento de Jinotega.

No obstante, debe advertirse que los pequeños logros encuanto al acceso a la justicia tienen un impacto efímero en elsistema, ya que en términos generales el derecho indígena esdesconocido, en el mejor de los casos, o ignorado por laAdministración de Justicia y ello no permite calar en las men-talidades sesgadas de muchos operadores judiciales, hacia loindígena. Muy importante de destacar en éste ámbito, es elhecho de que la Corte Suprema de Justicia, como los judicialesde primera y segunda instancia, por lo general, han evitadopronunciarse sobre las violaciones a los tratados interna-cionales vigentes en Nicaragua, que tutelan los derechos indí-genas, restándole importancia a dichos instrumentos que deigual forma no son del manejo de los administradores de jus-ticia, pese a que forman parte del derecho interno56.

3.1 La Administración de Justicia indígena en las regiones del Pacífico, Centro y Norte

En la concepción de Justicia que tienen los pueblos indí-gena basada en su cosmovisión, ésta no se limita a arreglar

56 En las diferentes demandas interpuestas por los indígenas, como el Caso deAwas Tingni, la Comunidad Rama Kay, la Comunidad Indígena de Jinotega y laComunidad Indígena de Sébaco, se invocaron instrumentos internacionalescomo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, elPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americanade Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación detodas las Formas de Discriminación Racial y el Convenio 169 de la OIT, yninguna de las resoluciones emitidas hace referencia a los tratados invocados.

Page 510: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

517

conflictos. Se concibe la Administración de Justicia como losmedios para mantener la paz y la armonía en la Comunidad.De ahí que administrar justicia indígena no sea como en laconcepción romana un asunto exclusivo de los jueces.

La justicia era impartida, desde la época precolombina porlas máximas autoridades del pueblo y la misma abarcaba todoasunto que afectara la paz y la armonía. Inclusive en el perío-do colonial se mantuvo la administración de justicia comopotestad de los Caciques los que aunque para el sistema deorganización impuesto no eran la máxima autoridad, para losindios sí lo eran y se les respetó la facultad de impartir justi-cia57.

La Administración de justicia en la época pre-colonial

Los Nicaraos del Istmo de Rivas El Gobierno Indígena:

La forma de Gobierno de los hablantes del Nahuatl, –lla-mados Nicaragua a la llegada de los españoles por el nombrede su Cacique, Nicarao–, era parecida al sistema republicanoque actualmente tenemos en Nicaragua. El gobernante era elcacique llamado Teyte o Calachuni y el Consejo de Ancianos,llamado Monéxico. El Cacique convocaba al Monéxico paratomar las decisiones más importantes, lo que hacían porvotación. El sistema funcionaba democráticamente, mediante

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

57 Mario Rizo, analiza que pese a la disminución de su autoridad, en el contextodel establecimiento del sistema Municipal, a la par de la creación de los cargospúblicos propios de la estructura europea tales como Gobernadores, Alcaldes yRegidores, subsistió la figura del Cacique a quien pese a la disminución de suautoridad, se le respetó la función jurisdiccional. Véase Pueblos Indígenas deNicaragua y su naturaleza jurídica, en Revista de historia del Instituto deHistoria de Nicaragua Número 14 mayo 2002, Pág. 98.

Page 511: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

518

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

la elección periódica de los miembros del Monéxico, quienestaba por encima del Cacique58.

Concepto de la propiedad colectiva

En el cacicazgo de los nicaraos de Rivas, la tierra era deldominio exclusivo del Estado Político Indígena. Se concedíapor la autoridad solamente el uso y goce, ya sea gratuitamenteo mediante el pago de un tributo como canon de arrendamien-to a favor del cacique o del cacicazgo. Mientras el aborigencultivaba la tierra y la hacía producir, tenía el privilegio deconservarla indefinidamente para él y sus descendientes; perojamás podía hacerla suya propia.

No existió, pues, entre los nicaraos o nicaraguas deRivas, la enajenación de predios rústicos ni urbanos, porque sudominio era exclusivamente del cacicazgo. El cultivador porsí mismo o por medio de empleados pagados por él o susesclavos gozaba del uso y goce de las tierras, transmitiendotan solo su tenencia en los casos indicados.

Prueba inequívoca del sistema indicado, es el hechoestablecido en la información del padre Bobadilla, cuando alinterrogar a los caciques y ancianos sobre si el indio que seausentaba de la tierra o estado podía vender su propiedad ohacienda a otra persona, le contestaron de manera uniforme losiguiente: “Puédelo hacer (el ausentarse), más no puedevender su hacienda; pero puede dejarla a sus parientes”.

58 Marenco M. Jaime, Rivas Precolombino, Rivas, Nicaragua, 1995. Aunque elautor no cita la fuente, es coincidente con la descripción que hace Julián N.Guerrero en su Monografía de Rivas, quien cita entre sus fuentes al padreBobadilla, quien entrevistó a los Caciques y Ancianos del Cacicazgo de losNicarao.

Page 512: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

519

Los mapas de las tierras59

El cacicazgo de los nicaraos, por medio de los funciona-rios de la tributación, marcaba en mapas, a manera de catastroy usando variedad de colorantes, las parcelas de tierras asig-nadas a cada familia para su cultivo y dentro de áreas espe-ciales para las diversas categorías sociales que integraban cadacomunidad.

Estas parcelas tenían extensiones proporcionales al nú-mero de miembros de cada familia. Sufrían modificaciones ensu extensión cuando aumentaba o disminuía la obligación delos varones cabezas de familia o las contribuciones o tributosque se fijaban por el uso y goce de las tierras cultivables.

Tan justa como original modalidad en la administración ymanejo oficial de las tierras laborables, según los cultivosimpidió aún para el Estado Aborigen la posibilidad de vender-las a los particulares, siendo transmisible su posesión en vir-tud de herencia por causa de muerte o ausencia del poseedorde la tierra, del común indígena o del territorio del cacicazgo.

Otro tanto ocurría con los lotes de condición urbana, parala construcción de las viviendas familiares. Aumentaban o dis-minuían según el número de miembros de cada familia o cuan-do por razones de orden económico se solicitaba su aumento odisminución.

La administración de justicia

La administración judicial indígena en los Nicaraos quehabitaban el istmo de Rivas en la época precolombina, estabaa cargo de jueces y magistrados designados por el cacique. Los

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

59 Información tomada de Julián N. Guerrero. Monografía de Rivas, 1969.

Page 513: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

520

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Jueces de Comercio eran de nombramiento exclusivo delMonéxico61.

Jueces y Magistrados resolvían las causas relativas aldominio y tenencia, uso o goce de las tierras, cuando afectabanel derecho del Estado o de los particulares.

Los mapas o catastros levantados oficialmente, comodiríamos ahora, servían fundamentalmente para dirimir lascuestiones tocantes a las propiedades urbanas y rurales, puesen ellos se dibujaban por signos y colores, lo que a cada quiense había asignado para su vivienda o cultivos.

Se aplicaba el resarcimiento económico, como soluciónpara sancionar los delitos cometidos. Si un individuo mataba aotro, podía convenir con la familia del difunto, una retribucióny así quedaban en paz2.

Para el robo, se aplicaba como castigo al hechor, la re-tribución de lo robado a satisfacción del ofendido; si no podíaretribuir debía servir como esclavo de la víctima y al cumplirla condena, lo dejaban libre sin cabello para identificarlo comoladrón63.

En lo civil, para saldar las deudas, el acreedor podía tomarlo prestado sin ningún problema. Si no debía trabajar para elacreedor hasta satisfacerle lo debido.

Los mismos funcionarios juzgaban las causas derivadas dela comisión de delitos, cuando el ofendido no se había hechojusticia por su propia mano, para lo cual había absoluta per-misión de la autoridad.

60 Se le llamaba Monéxico a la Asamblea de Representantes del Pueblo que seconoce como Consejo de Ancianos. El cargo del Cacique se ejercía de maneravitalicia.

61 Marenco M., Jaime, Rivas Precolombino, Editorial Imprenta Omega, 1995,Pág.22.

62 Ídem.

Page 514: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

521

Las cuestiones meramente mercantiles, ocurrentes en lostianguis o Mercados, por falta en los términos de los contratosde trueque, inexactitud de pesas, medidas o calidades etc.estaban a cargo de los Jueces del Comercio, de elección pri-vativa del Monéxico63.

El cacique era el Tribunal de última instancia o recurso, yase tratara de asuntos civiles, de lo criminal o de comercio y sufallo no tenía más consecuencias, que el cumplimiento de loque él decidiera sobre cada caso sometido por apelación, a suconocimiento.

En el cacicazgo de Matagalpa

El cacicazgo de Matagalpa se extendía por el Sur, hasta lastierras de Sébaco, cuyo asiento primitivo estuvo erigido a in-mediaciones del río viejo; por el Norte, con los cacicazgos deJinotega y de Olomega. Por el occidente hasta la región delcacicazgo de Estelí; y por el oriente, hasta los llanos de Olamacuya extensión compartía con el cacicazgo de Boaco.

El Gobierno lo ejercía el Cacique asesorado por elConsejo de Ancianos con funciones semejantes a las de nues-tros Congresos Nacionales de hoy, aun cuando para tomardecisiones era imprescindible para su ejecución y cumplim-iento obligatorio, el voto del Cacique64.

Las funciones de Jefe o Cacique eran amplias, pero suje-tas a una naturaleza ejecutiva. El cargo era hereditario por lalínea masculina, pues en el sistema político de los chorotegas,la mujer estaba privada de todo derecho ciudadano.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

63 Monografía de Rivas escrita por Julián N. Guerrero y Lolita Soriano deGuerrero. Pág. 26-41.

64 Monografía de Matagalpa escrita por Julián N. Guerrero y Lolita Soriano deGuerrero, Managua, 1966.

Page 515: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

522

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En jerarquía era segunda autoridad ejecutiva, el Capitánde la Guerra o jefe de los ejércitos y las armas. Su cargo era deelección por el Consejo de Ancianos, por tiempo señalado.

Los miembros del Consejo de Ancianos desempeñabanfunciones de Ministros de Estado, a la manera de los de nues-tro régimen político, en los ramos de administración pública,economía, justicia, comercio, guerra, etc. Eran electos popu-larmente para el cargo de Concejeros, pero las asambleas esta-ban presididas por el Cacique.

Con la colonia, estas figuras de autoridad fueron sustitui-das por los llamados Alcaldes de Vara y sus regidores, todossubordinados al Corregidor español.

Durante la Colonia, la Administración del PatrimonioComunal se regulaba por medio de una instancia llamada Cajade Comunidad, que consistía en un Tributo que pagaban losindios a la Comunidad, el cual era guardado en un cofre en lacasa del Corregidor. El cofre tenía tres llaves diferentes, unadel Corregidor, una del Cura del pueblo y la tercera delAlcalde indio o Alcalde de Vara. En este cofre se guardabanlos libros de cargo y data, y el dinero de comunes o propios65.El Alcalde rendía cuentas al Corregidor y este al Gobernador.

Además del tributo de los indios, otro ingreso de la CajaComunal era la venta de maíz de las milpas comunales quecosechaban de manera comunitaria y destinaban una parte deella al fondo de la Caja Comunal. Estas Cajas Comunalesfueron una institución implementada por el sistema colonial entodo el país, para asegurar los ahorros necesarios que permi-tieran a los indios mantener la disponibilidad de fondos para elpago de los tributos a la corona española.

65 Stuart Howay, Douglas, Conferencia sobre historia de Matagalpa, ImpresosOmega, Matagalpa, febrero 2002. Pág. 32.

Page 516: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

523

El cacicazgo de Jinotega

El cacicazgo de Jinotega, por lo expuesto en relación consus aborígenes en el capítulo anterior, debió comprender terri-torialmente en los últimos siglos que precedieron a la con-quista española, toda la región sur-oeste del actual departa-mento abarcado probablemente por el área que hoy encierralos ríos Pantasma y Tuma por el oriente el Río Yalí, por eloccidente el Río Coco, por el Norte, desde su confluencia conel río Yalí hasta su confluencia con el río Pantasma, y el ríoViejo por el sur.

El gobierno del cacicazgo de Jinotega fue ejercido por uncacique, cuya autoridad pasaba a sus hijos por la rama de losvarones, pues en el sistema político de los aborígenes deNicaragua la mujer estaba privada de derechos propiamentepolíticos.

El cacique gobernaba con un Concejo de Ancianos o JefesPrincipales, pero con autoridad decisiva en las resolucionesadoptadas. Había un Jefe Supremo de las Armas, electo por elConcejo, para la defensa del territorio y dirección de las gue-rras declarada contra los enemigos de sus dominios.

Los miembros del Concejo de Ancianos dividían, porregla general, las funciones del gobierno, como los Ministrosde Estado en las repúblicas y gobiernos modernos, para laadministración de justicia civil y penal; dirección del comer-cio, distribución de la tierra, las relaciones con los otros caci-cazgos, etc.

En la actualidad subsisten estas autoridades, en la regiónCentral y en el Norte, pero el sistema no les reconoce sus deci-siones y ello les limita el ejercicio de sus funciones, por lo que

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 517: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

524

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

han sido las Juntas Directivas las que concentran la mayorautoridad66.

Normas de derecho indígena aplicadas por las Comuni-dades del Pacífico, Centro y Norte

En el Centro, Norte y Pacífico, las autoridades comuni-tarias aplican el derecho indígena y aseguran la convivenciasocial dentro del territorio indígena, a través del ejercicio deatribuciones tales como:

1. Igual que en la época pre-colonial, la propiedad de la tie-rra es comunal, es decir es propiedad colectiva.

2. La regulación en el uso de la tierra, mediante contratos deUsufructo a los miembros de la Casta Indígena y deArriendo a los que no son indígenas.

3. La recaudación del canon por el uso de las tierras indíge-nas.

4. El control y vigilancia de los recursos naturales, a los quesólo se puede utilizar con autorización y bajo ciertas li-mitaciones establecidas.

5. La protección de los recursos naturales a través de regula-ciones como la prohibición de cortar árboles sin auto-rización, no contaminar las fuentes de agua, no cortarárboles cerca de las fuentes de agua, evitar al máximo lasquemas y tomar medidas preventivas, la obligación desembrar árboles, etc.

6. Control de los caminos de uso tradicional de la poblaciónrural que habita dentro del territorio indígena.

66 Las Comunidades Indígenas de Jinotega, Sébaco y Muy Muy han enfrentado alas municipalidades por no respetar las decisiones de los Consejos de Ancianos.Por esta causa se tramitan dos recursos de Amparo en la Corte Suprema deJusticia y en el de Sébaco se logró la Sentencia 101 en la que ratifica el deberde los municipios de respetar a estas autoridades.

Page 518: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

525

7. El control del territorio a través de vigilantes territorialesque mantienen ubicado los mojones y linderos y cuidan delo que sucede en el territorio.

8. Existe un órgano de control de los ingresos y uso de losmismos, como es el fiscal de la Comunidad que en algunoscasos es electo y en otros es nombrado por el Consejo deAncianos.

9. La solución de los conflictos surgidos por el uso de la tie-rra entre comuneros y entre éstos y los arrendatarios, sondilucidados por las Juntas Directivas, teniendo en caso deinconformidad el derecho de acudir al Consejo deAncianos como máxima instancia.

10. Las autoridades comunales asumen (en unas Comunidadesmás que en otras) la problemática de orden social que loscomuneros tienen, a través de gestiones ante organismosde cooperación o la inversión de los ingresos recaudados.

11. Las discordias surgidas entre los comuneros o entre éstosy la Junta Directiva, son dirimidas en última instancia porel Consejo de Ancianos.

Para fortalecer el ejercicio de estos derechos, lasComunidades Indígenas del Centro y algunas del Norte(Mozonte y Telpaneca), han realizado reformas a sus Estatutosinternos, pero el Gobierno de Nicaragua se ha negado areconocerlos, lo cual ha generado anarquía en algunasComunidades como es el caso de Sébaco y Muy Muy, consti-tuyendo un aporte más del Estado en la negativa del acceso ala justicia reclamada por los indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 519: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

526

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3 . 2 El Modelo de Administración de justicia en las Regiones Autónomas

Prácticas actuales de administración de justicia en algunospueblos de la Costa Caribe

De la Costa Caribe no hay información escrita de los his-toriadores sobre este tema en la época precolonial, pero tene-mos el privilegio de disponer de la fuente de informacióndirecta debido a que estos pueblos han conservado su tradicióny costumbre, siendo la administración de justicia tradicionaluna de sus fortalezas en cuanto a la preservación de la identi-dad se refiere.

El Wihta es el funcionario encargado de administrar justi-cia en primera instancia, el que está facultado para conocer loscasos, realizar las indagaciones, la mediación entre las partesy emitir las resoluciones. Los casos que no logra resolver sonremitidos a las autoridades comunales para que, en colectivo,se tome la decisión final.

Los delitos que el Wihta conoce son todos aquellosdenominados delitos menores y casos de propiedad. Cuando setrata de delitos muy graves como el asesinato lo remite a laautoridad de Justicia Ordinaria67.

El principio de administrar justicia en función de mante-ner la armonía en la Comunidad es también válido para lasautoridades Miskitas, Mayangnas y Ramas.

La riqueza informativa existente de las fuentes primariasen los pueblos de la Costa Caribe, permite exponer con mayoramplitud el tema de cómo se administra justicia en las Comu-

67 Según se estableció en un Estudio realizado por los Tribunales de Apelacionesen el Norte y en el Sur, durante el año 2001, a cargo de las magistrados RhinaMayorga y Clarisa Ibarra.

Page 520: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

527

nidades Indígenas. Para este propósito se ha tomado comobase de información un estudio realizado por el Instituto deEstudios Autonómicos (IEPA)68 y de otros dos estudios rea-lizados por el Tribunal de Apelaciones de la RAAN y laRAAS.

La administración de la justicia en la comunidad está coor-dinada por el juez comunal o Wihta pero se involucran en elproceso los líderes de la comunidad, según sea el caso que seva a revisar.

Entre las normas de mayor relevancia se han identificadolas siguientes:

Obras publicas, multa, castigos físicos, tala mana6 9,reparación del daño, curación exigida, matrimonio obligado,amonestaciones, pana napa70, sanción moral, destierro, aislara la persona o familia, compromisos de ayuda permanente,compromisos de ayuda temporal, compromisos familiares,decomisar drogas.

En la comunidad existen muchas formas de aplicación dejusticia entre ellas: reparación del daño, matrimonio obligado,amonestaciones, pana pana latwan briaaia laka, curaciónexigida, sanción moral, destierro de la comunidad, aislar a lapersona o familia, acumulación de créditos, compromiso deayuda permanente, compromiso de ayuda temporal, compro-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

68 El Estudio del IEPA fue realizado por Eda Morena y Arely Barbeito en las diezcomunidades del Municipio de Puerto Cabezas y lo recomendamos a quiéndesee profundizar en la temática. El estudio de la RAAN lo realizaron lasMagistrados Rhina Mayorga y Clarisa Ibarra, el de la RAAS lo realizó unequipo integrado por la Doctora Suyen Bolaños, quien era Secretaria delTribunal de Apelaciones.

69 Traducción literal: valor de la sangre, pero desde el punto de vista occidental esla indemnización que se le da a una persona que ha sido afectada producto dele-siones o muerte.

70 Conocido en el mundo occidental como la ley del Talión.

Page 521: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

528

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

misos familiares, decomisar droga, decomisar propiedades,obras públicas, multa, castigos físicos, talamana.

“...la administración de la justicia consuetudinaria seaplica de una manera coordinada entre las autoridades comoel Consejo de Ancianos, el Síndico y el Juez de la comunidad.Los problemas de litigio de tierra, arrendamiento, concesiónpara explotar madera, lo realiza el síndico. En los casos derobo, violaciones, asesinato, asalto a mano armada y otrosdelitos de esta naturaleza, es responsabilidad del juez de lacomunidad darle su solución en coordinación con la PolicíaNacional”71.

Los actos que se consideran sancionables se clasifican así:Los hechos más comunes son los recurrentes y que suceden encasi todas las comunidades. Ejemplo, robos de gallina, cerdos,en plantaciones, pleitos.

Los hechos leves son los casos más sencillos para resolverdesde la óptica comunitaria y que atiende directamente elwihta comunitario sin necesidad de recurrir hasta la policíanacional. Por ejemplo, son considerados leves, cuando se dancasos de robos pequeños como robos de frutas, gallinas, uten-silios de cocina.

Los hechos graves son cuando se mata gente, traen drogas,muertes por hechicería, violaciones. En la mayoría de loscasos estos son transferidos al sistema judicial.

En la comunidad existen muchas prácticas de adminis-tración de la justicia, en diversidad de usos y aplicación. Entreellas se pueden mencionar las siguientes: reparación del daño,matrimonio obligado, amonestaciones, pana napa, curaciónexigida, sanción moral, destierro, aislar a la persona o familia,

71 Citado en el Estudio, como “Entrevista a la Comunidad de Sisin”. Realizada porFlorencio Fúnes y Dixie Lee. 19 de mayo del 2002.

Page 522: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

529

acumulación de créditos, compromiso de ayuda permanente,compromiso de ayuda temporal, compromisos familiares,decomisar droga, obras públicas, multa, castigos físicos y talamana, por lo que no existe una sola norma para administrar lajusticia en la comunidad, ya que erróneamente se ha pensadoque en las comunidades miskitas solo existe el tala mana,obras públicas (pablic y/o paplit) y multa, las más populareshacia el exterior (comunidad), que quizás son las que tienenmayor tradición dentro del ámbito cultural Miskitu, pero no lasúnicas.

La Mediación

La mediación constituye por su naturaleza el trámite judi-cial privilegiado, dentro del sistema de administración de jus-ticia, pues es el que asegura de mejor manera el propósito dela Administración de Justicia, como es mantener la armonía yel equilibrio entra la Comunidad.

En la mediación, lo más importante es que la persona queofende reconozca su falta y que la víctima tenga disposiciónpara un entendimiento y ello posibilite llegar a un acuerdo.

El mediador es generalmente el Juez Comunal, pero segúnel estudio realizado por el IEPA en las Diez Comunidades, seseñala que también puede mediar otra autoridad como el pas-tor, un anciano, la partera, el curandero, esto en dependenciadel tipo de situación en que se encuentran las partes. En lamayoría de los casos, son mediados por la tercera persona quepuede ser el pastor o miembro del consejo de ancianos de lacomunidad. La mediación en las comunidades estudiadas lorealizan antes de llegar al juez de la comunidad, los afectadoslo hacen directamente y llegan a un acuerdo72.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

72 En términos miskitus se le dice “kupia kumi” al hecho de entenderse mutua-mente.

Page 523: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

530

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Funciones de los wihta

Se enumeran una diversidad de situaciones que ejecutanlos wihta en sus comunidades. Según las fuentes de esta inves-tigación pudimos identificar las siguientes:

• Velar por las necesidades de la comunidad• Administrar y aplicar justicia• Estar al frente de todo tipo de problemas de la comunidad• Apoyar en lo que respecta la salud• Apoyo a las personas con menos recursos y desprotegidos

en la comunidad• Velar por los ingresos y egresos de la comunidad que sean

racionalmente utilizados• Atender casos de emergencia• Atender visitas a la comunidad• Coordinar construcción o edificación de infraestructura

básica de la comunidad (puentes, casas comunales, escue-las, puestos de salud, etc.)

• Llevar el informe de la comunidad• Negociaciones con empresarios y/o personas particulares

u otros actores.• Gestión de recursos para beneficio de la comunidad ante

instancias del Estado (incluye a los gobiernos regionalesy municipales) y otras entidades.

Como se visualiza, el trabajo que desempeñan los wihta nose circunscribe meramente a regular normas propias y sus san-ciones en la comunidad, sino que trasciende la gestión sobreasuntos propios de beneficio para la comunidad. Tambiénasume otras acciones de gestión pública en la misma comu-nidad.

Page 524: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

531

Requisitos para ser juez

• Leer y escribir como mínimo• Disciplina intachable, buena conducta ciudadana• Tiene que vivir y ser de la comunidad• Vivir permanentemente en la comunidad y tener familia• No tener antecedentes penales• Edad mínima para optar al cargo es de 22-30 años• Dominar al menos dos idiomas, el idioma nativo

(Miskitu) más el español, que sirve para negociar yestablecer relaciones institucionales.

• Que no este expuesto a conflicto individuales y fami-liares.

Estos son requisitos mínimos que se aspira de un wihta,aunque ello cambia de una comunidad a otra. La edad y elgrado académico son elementos muy flexibles, ya que en lapráctica hay casos que evidencian que los jueces comunitariosson personas con mucho liderazgo. En caso de jóvenes quesólo saben leer y escribir, según la experiencia de algunascomunidades consultadas.

Procedimientos de la administración de justicia comuni-taria

1. Van a poner queja al juez (perjudicados)2. El juez cita a ambos (acusado y acusador) a una hora

específica3. Se escucha la versión de ambas partes4. El juez analiza quién es el responsable o si no envía al

policía comunal a investigar.5. Se busca testigo si el caso no está aun claro6. El testigo expone lo que vio7. Se aconseja a las partes para lograr acuerdos, en este

mismo momento

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 525: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

8. El juez después de haber escuchado a las partes e investi-gado, pone la sanción al culpable pero depende de lo quesolicita la persona afectada y los acuerdos a los que hanllegado

Como parte de los procedimientos también se ocupa unashoras para aplicar justicia, según las normas de la comunidad.Algunos casos se remiten al juzgado local, policía nacionalcomo parte del proceso.

Tiempo de duración del juicio en la comunidad

1. Los casos graves son atendidos el mismo día que secomete el hecho y son sancionados según la gravedad delcaso. Estos juicios tienen una duración de dos a tres horassegún la gravedad, en muchos casos se remiten al juezlocal.

2. En casos leves se programan resolver según la costumbreen cada comunidad, puede ser el fin de semana o cualquierdía destinado por el juez comunal en acuerdo con losimplicados en determinado hecho.

Los hechos que remiten al juez local

“El juez o Wihta se limita a la comunidad, cuando ven queno está en su competencia, ahí no mas hace el traspaso al juezlocal...”

Hechos graves-reincidentes (3-4 veces), lesiones graves,homicidios, abigeatos, robos cuyos valores sean cuantiosos,ofensas a jueces comunales (en estos casos ni lo discuten), gol-pear a embarazadas, violación. Los hechos consideradosgraves en la comunidad generalmente se remiten al juez unavez que el wihta ha considerado llevarlos a ese nivel. En casosgraves, si el juez es familiar del hechor, también se remiten ala justicia del Estado.

532

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 526: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

533

Actualmente se trabaja en diseñar el Modelo deAdministración de Justicia para las Regiones AutónomasNorte y Sur, un esfuerzo consistente entre las autoridades judi-ciales orientadas por la Corte Suprema de Justicia y las enti-dades académicas de la Región (Universidad de las RegionesAutónomas de la Costa Caribe de Nicaragua, URACCAN, laBluefields Indian & Caribbean, BICU, y el Instituto deEstudios de la Autonomía, IEPA), así como las Organizacionesde Derechos Humanos de la Costa Caribe. En este esfuerzohay un aporte importante de Organismos Internacionales comola OEA, ASDI, BID y otras agencias de Cooperación.

Se han realizado importantes estudios al respecto por partede los dos Tribunales de Apelaciones en el Norte y en el Sur,el IEPA y las Universidades, con los cuales se están elaboran-do propuestas de cómo debe organizarse el Sistema deAdministración de Justicia en las Regiones Autónomas.

3.3 Acciones afirmativas para armonizar la adminis-tración de justicia occidental con la adminis-tración de justicia indígena

Red de Facilitadores Judiciales Rurales

Es meritorio destacar que para implementar las disposi-ciones anteriores, la Corte Suprema de Justicia con el apoyo dela Organización de Estados Americanos, está realizando unPrograma de Facilitadores Rurales en diferentes regiones delpaís, con la particularidad de que en la Costa Atlántica estáincorporando el apoyo a los Wihta, a partir del reconocimien-to de su labor como Administradores de Justicia para armo-nizarla con la labor de los Jueces Locales. Esta experienciaque está iniciando con treinta Jueces Comunales en losMunicipios de Puerto Cabezas y Waspán, está aportando bue-nas lecciones y muchas luces sobre lo que podría incorporar el

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 527: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

534

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Modelo de Administración de Justicia para las RegionesAutónomas, cuyo proyecto ha iniciado con importantes estu-dios que están realizando tanto las autoridades judiciales de lasregiones autónomas como las Universidades regionales.

Una importante experiencia que constituye un punto dearranque en el esfuerzo por acercar la Administración deJusticia oficial con la Administración de Justicia Indígena, seobtuvo mediante un encuentro realizado con FacilitadoresJudiciales y los Whita en Bilwi el 24 de noviembre, en el cualfueron expuestos los puntos de vista de las autoridades de jus-ticia indígena y se presentaron importantes estudios realizadospor el Licenciado César Paiz del IEPA y la Doctora ClarisaIbarra del Tribunal de Apelaciones de la RAAN, a los cualesnos referimos en otros apartados de este trabajo.

La Organización de Estados Americanos en Nicaragua,está desarrollando el Programa de Apoyo a los FacilitadoresJudiciales Rurales de la Corte Suprema de Justicia, a fin decontribuir a ampliar la cobertura del sistema judicial con-tribuyendo que llegue a los lugares más recónditos del territo-rio nacional y en el caso específico de las RegionesAutónomas, a incorporar de manera activa y efectiva a lasautoridades que tradicionalmente han impartido la justicia enlas Comunidades Indígenas como son los Wihta. Este Tallerforma parte del proceso de acercamiento entre los dos sistemasde Administración de Justicia existentes en la RAAN y seenmarca dentro del Proyecto de Acceso a la Administración deJusticia en las zonas rurales, que promueve la OEA en conjun-to con la Corte Suprema de Justicia y con el apoyo de laAgencia Sueca para el Desarrollo Internacional (ASDI)73.

73 Exposición del señor Pedro Vuskovic, Oficial de la Organización de EstadosAmericanos en Nicaragua.

Page 528: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

535

El Programa de Facilitadores Judiciales apoya a 600Facilitadores Judiciales Rurales en los Departamentos de laRegión Central, Norte del país y específicamente en la RAANapoya a treinta Jueces Comunales o Wihtas de las Comu-nidades de Kalaya, Sahsa, Nazareth, Yulu, Sukatpin, Sisin,Bismuna, Prinza Wala, Wauhta, Laya Siksa, Awastara, SandyBay, Sangnil Laya, Tuara y Lapán en el Municipio de PuestoCabezas y Cabo Gracias a Dios, Koom, Francia Sirpe, SanJerónimo, Livin Creeck, Esperanza, Andrés Tara, San Carlos,Sixa Yari, Wiwinack, San Alberto, Esperanza, Kuiwiwtingni,La Custá y Asang en el Municipio de Waspán74.

Este esfuerzo institucional por ampliar el acceso a la justi-cia para las zonas rurales, beneficia a los pueblos indígenas entanto es ahí donde se encuentran la mayoría, si bien es ciertoque en la Región Central también hay indígenas integradoscomo Facilitadores Judiciales Rurales. Hace falta una coordi-nación de las instancias promotoras del proyecto y las autori-dades indígenas a fin de aprovechar mejor el esfuerzo y aten-der las demandas de acceso a la justicia por parte de los indí-genas.

Centros de Atención, Mediación, Información y Orientación, CAMINOS

Otro Proyecto novedoso y muy importante para acercar yarmonizar la administración de justicia indígena con la occi-dental, es el impulso de los Centros de Atención, Mediación,Información y Orientación identificado con la abreviatura deCAMINOS, que recoge un principio fundamental de la justi-cia ancestral indígena como es la conciliación para restablecer

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

74 Entrevista a la Lic. Edelma Gómez, Directora del Programa FacilitadoresJudiciales Rurales de la OEA.

Page 529: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

536

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

la paz y la armonía como el objetivo final de administrar jus-ticia. Este principio ya ha sido incorporado por la legislaciónmoderna en Nicaragua y así lo vemos en el Código de la Niñezy la Adolescencia, en la Ley de la Propiedad ReformadaUrbana y Agraria Ley 278, en la actual Ley Orgánica del PoderJudicial Ley 260 y en el reciente Código Procesal Penal, CPP.

A inicios del mes de diciembre se inauguraron losprimeros dos Centros de Atención, Mediación, Información yOrientación en la Comunidad Miskita de Aúlla Pihni en Bilwiy en la Comunidad de Kururia en Waspán. El proyecto es eje-cutado por la Corte Suprema de Justicia con el apoyo delBanco Interamericano de Desarrollo, BID.

Adiciones al Reglamento de Facilitadores JudicialesRurales

El Código Procesal Penal (CPP), Ley 406 en vigenciadesde enero del año 200375, establece en su Art. 57 que lamediación podrá realizarse entre las partes ante un FacilitadorJudicial Rural y que la Corte Suprema de Justicia organizará elfuncionamiento de los facilitadores judiciales. En correspon-dencia con esta disposición la Corte Suprema emitió elReglamento de los Facilitadores Judiciales Rurales76 otorgán-doles facultades para realizar mediación y resolver conflictospor métodos alternativos. A este Reglamento se le está adicio-nando un capítulo referido a los facilitadores judiciales en laCosta Atlántica conteniendo disposiciones destinadas a laobservancia y respeto a la Administración de Justicia Comuni-

75 Publicado en la Gaceta Diario Oficial, Número 243 y 244 del 21 de diciembredel 2001.

76 Acuerdo 234 adoptado por la Corte Suprema de Justicia el 25 de noviembre delaño 2002.

Page 530: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

537

taria y para fortalecer la labor y la eficacia de las resolucionesde los Wihta o Jueces Comunales77.

Esta iniciativa de Reforma al Reglamento, profundizandoun poco en la incorporación de los Jueces Comunales, puededar lugar de manera inicial al reconocimiento efectivo de lajurisdicción de dichas autoridades en su territorio comunal yconcretar un primer paso en la armonización del DerechoIndígena con el Derecho Oficial del Estado.

Estudios realizados por la Corte Suprema de Justicia en laRAAN y la RAAS

La Corte Suprema de Justicia a través de los Tribunales deApelaciones de las Circunscripciones Norte y Sur, ha realiza-do dos importantes estudios para identificar las prácticas deadministración de justicia que existe en las ComunidadesIndígena y poder definir mecanismos y procedimientos orien-tados a la armonización del Derecho Oficial con el DerechoIndígena78. Estos estudios han aportado importantes recomen-daciones a las autoridades judiciales y el proceso de consultatodavía continúa. Actualmente se está experimentando con losproyectos de Facilitadores Judiciales y de los Centros deAtención Mediación e Información y Orientación (CAMI-NOS).

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

77 La propuesta es resultado de un Estudio Realizado por las Magistradas delTribunal de Apelaciones de la Circunscripción Atlántico Norte, Rhina MayorgaParedes y Clarisa Ibarra Rivera, sobre la Administración de Justicia Comunitariaen la Región Autónoma del Atlántico Norte y según opinión del MagistradoMarvin Aguilar designado por la CSJ para atender la RAAN, actualmente se estáconsultando la propuesta y será aprobada una vez que concluya el procesotomando en cuenta a los indígenas de las regiones Norte y Central.

78 El estudio de la RAAS fue realizado por un equipo integrado por AngieMartínez, Berna Dixon, Donna Hammond, Dolene Miller y Suyen Bolaños,quien se desempeña como Secretaria del Tribunal de Apelaciones de la RAAS.En la RAAN, ese estudio fue realizado por las Magistradas Rhina Mayorga yClarisa Ibarra.

Page 531: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

538

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Las recomendaciones de ambos estudios se resumen en losiguiente:

A. El estudio de la RAAS:- Armonizar la administración de justicia ordinaria con

la administración de justicia indígena, asumiendo unarelación de complementariedad y no de exclusiónentre ambas.

- Delimitar el tipo de delitos que pueden ser competen-cia de las autoridades comunales y las de las autori-dades oficiales del Estado.

- Establecer un Código que norme el DerechoConsuetudinario y que se divulgue para que no hayaproblemas en la aplicación de las competencias de lasautoridades estatales y comunales.

- Elaborar un Proyecto de Ley sobre la Administraciónde Justicia en las Regiones Autónomas.

- Que las autoridades judiciales en las RegionesAutónomas sean nombradas en base al conocimientode las tradiciones, costumbres e idiomas de lasComunidades.

B. El estudio de la RAAN:- Reconocer la existencia y vigencia de prácticas, nor-

mas e instituciones propias de los pueblos indígenas ylas comunidades étnicas.

- Reconocer la pluralidad jurídica existente en el país, afin de asegurar la coexistencia armónica entre la justi-cia estatal y el derecho indígena.

- Reconocer legalmente el derecho consuetudinario queincorpore el sistema de sanciones y los procedimien-tos orales practicados, así como el aseguramiento dela cohesión social, identidad y reproducción culturalde los pueblos indígenas.

- Resolver el conflicto de leyes referidos a las elec-ciones de autoridades indígenas.

Page 532: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

539

Aunque todavía no hay un resultado concreto en la pro-mulgación de una normativa que regule de manera especial lacoordinación entre la administración de justicia ordinaria y laadministración de justicia indígena, se puede afirmar que exis-ten muy buenas perspectivas de que el acceso a la justicia paralos pueblos indígenas mejore, el futuro es muy prometedor yaque tanto los legisladores como el Poder Judicial estánmostrando buena voluntad con acciones concretas. Toca a losindígenas y en particular a sus representantes, aprovechar almáximo las oportunidades que actualmente se presentan parasuperar estas limitaciones que han enfrentado en el tratamien-to de la problemática de los derechos humanos durante siglos.

Defensores Públicos y fiscales

La Ley 260, introdujo la figura del Defensor Público, paraasegurar la defensa de las personas procesadas por delitos yfaltas, que no tengan cómo pagar un abogado defensor parti-cular. Esta disposición de la ley favorece a las personas indí-genas que en su mayoría no pueden pagar un abogado para quelos defienda. Sin embargo por limitaciones económicas laCorte Suprema, solamente tiene nombrado DefensoresPúblicos en las cabeceras Departamentales y Regionales, loque no permite todavía que este beneficio de la ley, llegue a losterritorios indígenas y favorezca a las personas indígenas.

La Ley del Ministerio Público establece la figura delFiscal como el representante del Ministerio Público a quien sele ha encargado cumplir la función del Estado de proteger laintegridad física y moral de las personas y, consecuentemente,impulsar las acciones judiciales en nombre del Estado contralos responsables de delitos, asegurando la representación de lavíctima para el resarcimiento de los daños y el castigo al delin-cuente. Estos funcionarios todavía no han sido nombrados enlos territorios indígenas ni en las cabeceras regionales.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 533: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

540

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En ambos casos, amerita la coordinación de la Procura-duría Especial de Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas,con las instancias pertinentes, a fin de potenciar mejor estasoportunidades para mejorar el acceso a la justicia de las per-sonas y pueblos indígenas.

3.4 Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justiciareferida a derechos indígenas

La Corte Suprema de Justicia en materia de DerechosIndígenas, establece jurisprudencia a través de algunas consul-tas y últimamente en algunas sentencias logradas después devarios años de lucha y gestión judicial, en las que se aclaran yresuelven aspectos fundamentales, cuyos reclamos han sidotramitados ante los órganos jurisdiccionales.

1. Consulta evacuada el 11 de diciembre de 1972

La Corte Suprema considera que las ComunidadesIndígenas son entidades cuasi municipales y sus actuacionesestán revestidas del carácter de públicas. Los documentos queen el ejercicio de sus atribuciones emitan, gozan de los atribu-tos de documentos públicos similares a los de la Adminis-tración Pública.

2. Consulta evacuada el 15 de noviembre de 1974

La Corte Suprema considera que la Certificación de losContratos de Arriendo emitidos por el Secretario de las Comu-nidades Indígena son título suficiente de arriendo y puede serinscrito en el Registro Público y no necesita Escritura Pública.

3. Sentencia Número 12, del 27 de febrero de 1997, por laque la Corte Suprema de Justicia acoge un Recurso de Amparocontra el MARENA por haber otorgado una Concesión

Page 534: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

541

Forestal sobre 62,000 hectáreas de bosque a la Empresa Soldel Caribe S.A., SOLCARSA, en las cercanías del CerroWacambay, sin la previa autorización del Consejo RegionalAutónomo de la RAAN. La Corte Suprema considera que todaconcesión sobre recursos naturales en las Regiones Autóno-mas debe ser aprobada por el Consejo Regional y que la auto-rización debe ser aprobada por el Consejo en pleno y no por laJunta Directiva o el Coordinador del Consejo como se habíaprocedido.

4. Sentencia 123 del 13 de junio del 2000

En esta Sentencia se admite un Recurso de Amparo inter-puesto por la Comunidad Indígena de Rama Cay en contra delDelegado Regional del Instituto Nicaragüense de ReformaAgraria, a quien se denuncia por haber ordenado y promovidola invasión de tierras de la Comunidad a un grupo de personasdesmovilizados de la Resistencia Nicaragüense que entrabanarmados, saqueaban y pretendían apoderarse de un área de 500manzanas, cuyo único propósito era vender las tierras a te-rratenientes adinerados de Nueva Guinea.

La Corte acogió el Recurso pese a que el recurrente noacreditó su representación legal, considerando que por tratarsede actos realizados en la vía de hecho, es decir sin mediar pro-cedimiento administrativo alguno y por ser notoria la incom-petencia del funcionario recurrido en el asunto denunciado.

La Corte fundamenta su resolución en los Arts.5, 89, y 180de la Constitución que protegen los derechos indígenas y en elArt. 36 de la Ley de Autonomía que asegura el carácterinalienable, inembargable e imprescriptible de las tierrascomunales.

Esta Sentencia debe servir de referencia a las autoridadesjudiciales de las Regiones Autónomas que todavía continúan

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 535: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

autorizando títulos supletorios a personas no indígenas sobrelas tierras comunales, argumentando que los indígenas no acu-den al llamado que por los diarios nacionales (que no circulanen las comunidades) hacen para que se oponga el que tengainterés, dichos edictos se hacen además en idioma extraño paramuchos de los comuneros.

5. Sentencia Número 101, del 26 de agosto del 2004, laCorte Suprema acoge positivamente un Recurso de Amparointerpuesto por la Comunidad Indígena de Sébaco en contradel Gobierno Municipal de dicho Municipio, por haber convo-cado y realizado elecciones sin tomar en cuenta a las autori-dades indígenas y aplicando el Decreto del 11 de marzo de1952. La Corte Suprema declaró inaplicable por inconstitu-cional el referido decreto, al considerar que al otorgarle facul-tades a los Gobiernos Municipales para convocar y organizarelecciones de Juntas Directivas de las Comunidades Indígenasse contradice el Art. 5 párrafo tercero de la Constitución quereconoce a los Pueblos Indígenas el derecho de tener suspropias formas de organización social y administrar sus asun-tos locales. De igual forma la Corte ratifica la validez de losEstatutos de las Comunidades Indígenas para regular su fun-cionamiento interno y ratifica la obligación de los GobiernosMunicipales de tomar en cuenta a las Comunidades Indígenasexistentes en sus territorios en los Planes y Programas deDesarrollo Municipal.

Con esta Sentencia la Corte Suprema de Justicia, reivindi-ca los derechos históricos de los pueblos indígenas a liberarsede las cadenas colonialistas que todavía se le aplicaban através del Decreto 491 del 11 de marzo de 1952 y cuyo espírituha querido recoger el Art. 69 de la Ley de Municipios, dejan-do claramente establecido que los Gobiernos Municipales notienen facultades para inmiscuirse en los asuntos internos y de

542

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 536: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

las Comunidades Indígenas y en particular en la designaciónde sus autoridades.

Con esta Sentencia se rompe el sometimiento político quedesde las Municipalidades se ejercía contra los ciudadanosindígenas tratándolos en condición de discapacitados para elejercicio de sus derechos y se reconoce el derecho a la autode-terminación que el Art. 5 párrafo tercero de la Constituciónestablece y la libertad de organización que garantiza el Art. 49de la Carta Magna, además de los Tratados Internacionales deDerechos Humanos y sobre todo que constituyen principiosfundamentales del sistema democrático y del Estado Social deDerecho establecido en Nicaragua.

3.5 Jurisprudencia de la Corte Interamericana deDerechos Humanos referida al Derecho dePropiedad Indígena

Caso Comunidad Mayangna AwasTingni vs. Nicaragua

La comunidad recurrió reiteradamente ante las distintasinstancias judiciales del país para que se garantizaran sus dere-chos territoriales, pero no obtuvo ningún resultado. Ante laamenaza de la concesión a la empresa maderera SOLCARSA,la comunidad presentó en 1995 un primer recurso de amparopor vía de hecho ante el Tribunal de Apelaciones, en eseentonces en Matagalpa, que fue desestimado irregularmente.El recurso de amparo presentado por vía de hecho ante laCorte Suprema de Justicia demoró un año, cinco meses y seisdías, cuando el plazo establecido en la Ley de Amparo es de45 días.

La Comunidad Mayangna de Awas Tingni, luego de ago-tar el trámite ante la Comisión Interamericana de DerechosHumanos, recurrió ante la Corte Interamericana, la que admi-

543

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 537: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

tió la denuncia y concluyó dictando una sentencia favorablepara la Comunidad de Awas Tingni en sentencia del 31 deagosto de 2001.

En su fallo, la Corte Interamericana concluyó que elEstado de Nicaragua violó el derecho de la comunidad a laprotección judicial efectiva, tal como se reconoce en el artícu-lo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La jurisprudencia sentada por la Corte establece la afirma-ción del deber del Estado de Nicaragua de demarcar y titularlas tierras comunales indígenas, enraizada en su propio dere-cho consuetudinario, valores, usos y costumbres.

El fallo de la Corte aclara que los pueblos indígenas tienenderecho a sus tierras tradicionales. Esos derechos forman partede los derechos humanos reconocidos por el derecho interna-cional y el Estado debe hacer valer el goce de estos derechosa pesar de cualquier limitación del sistema jurídico interno.

La Corte define que el derecho a la propiedad tiene un sen-tido autónomo en el derecho internacional sobre derechoshumanos, que no se limita necesariamente a los derechosestipulados en los regímenes jurídicos nacionales.

La Corte sostuvo, basada en las anteriores afirmaciones,que los derechos de propiedad de los pueblos indígenas se fun-damentan en su propio derecho consuetudinario y prácticastradicionales, de tal manera que la posesión debería bastar paraque las comunidades indígenas que carezcan de título realsobre la propiedad de la tierra, obtengan el reconocimiento ofi-cial de dicha propiedad y sobre esta base, ordena al Estado deNicaragua emitir las disposiciones legales necesarias a fin deasegurar la protección efectiva de los derechos de propiedadde los pueblos indígenas.

544

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 538: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

545

El impacto de esta Sentencia en Nicaragua ha contribuidosignificativamente a mejorar la legislación, pese a que elGobierno no ha cumplido a satisfacción de los indígenas, loreferente a las indemnizaciones acordadas, ni la demarcaciónde las tierras, es importante destacar que la aprobación de laLey 445 y la reglamentación de la Ley 28, fue agilizada gra-cias a lo ordenado en dicha Sentencia.

El caso YATAMA vs. Estado de Nicaragua:

El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanoscondenó a Nicaragua por violar los derechos de los candidatosy candidatas de la organización indígena YATAMA, porexcluirlos de las elecciones municipales del año 2000.

La Corte señala que el Estado de Nicaragua violó el dere-cho a las garantías judiciales, el derecho a la protección judi-cial, los derechos políticos y el derecho a la igualdad ante laley consagrada en la Convención Americana sobre Derechosen prejuicios de los candidatos propuestos por YATAMA paraparticipar en las elecciones.

Antecedentes de la Comisión Interamericana de DerechosHumanos

El informe de la situación del pueblo miskito

Pocos asuntos han suscitado tanto interés para la ComisiónInteramericana de Derechos Humanos (CIDH) como la “Si-tuación de los derechos humanos de un sector de la poblaciónnicaragüense de origen miskito”.

Este complejo asunto ha figurado como uno de los temasprincipales en la agenda de varios períodos de sesiones de laCIDH. En dos ocasiones, sus representantes recorrieron exten-sas regiones de la zona Atlántica de Nicaragua, en la que habi-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 539: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

546

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

ta buena parte de los miskitos, investigando los hechos allíacaecidos. Igualmente, esos representantes se entrevistaroncon refugiados nicaragüenses de origen miskito en Mocorón yotros campamentos del Departamento Gracias a Dios, deHonduras. Durante esas visitas y también como parte de lasactividades realizadas en su sede en Washington, la Comisióninterrogó a decenas de testigos y llegaron a centenares los do-cumentos que tuvo que examinar.

En un primer momento, la controversia iniciada a fines de1981 y comienzos de 1982 se limitó a los actos de violenciaque ocurrieron en la zona del Río Coco, al traslado forzoso deun sector de las comunidades indígenas desde sus aldeas enesa zona hacia el interior del Departamento de Zelaya deNicaragua y a la huida a Honduras de otro sector de los anti-guos habitantes ribereños al Río Coco. Esta controversia, sinembargo, encerraba conflictos latentes de larga data y, en losmeses subsiguientes, fue dando origen a nuevas cuestiones quedemandaron la atención de la CIDH.

Uno de los principales aportes del informe es que, al mar-gen de los hechos del conflicto, se sistematizan, definen y ca-racterizan los principales derechos inherentes a los pueblosindígenas desde la óptica de distintos tratados de derechoshumanos, adelantándose el ejercicio a definiciones posteriorescuando se aprobó el Convenio 169 de la OIT en 1989.

IV. El Marco normativo de la Procuraduríapara la Defensa de los DerechosHumanos y los Derechos de lospueblos indígenas

El Estado nicaragüense, a partir de las Reformas Constitu-cionales de 1995, definió su sistema político como un Estado

Page 540: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

547

Social de Derecho. Ello implicó la creación de institucionespara ampliar los espacios democráticos de participación y paraejercer un mayor control sobre la Administración Pública.Entre estas nuevas instituciones se crearon la ContraloríaGeneral de la República, la Superintendencia de Bancos eInstituciones Financieras y la Procuraduría para la Defensa delos Derechos Humanos.

4.1 Marco Jurídico de la Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos

El marco jurídico sobre el cual se ubica la Procuraduríapara la Defensa de los Derechos Humanos, lo constituyen unaserie de instrumentos entre los que destacan los siguientes:

1. Constitución Política de Nicaragua79.2. Tratados Internacionales ratificados por Nicaragua.3. Leyes referidas a la Procuraduría para la Defensa de los

Derechos Humanos.4. Normativas internas de la Procuraduría para la Defensa de

los Derechos Humanos.5. Leyes referidas a los Derechos Indígenas.

La Constitución Política de Nicaragua y la Procuraduríapara la Defensa de los Derechos Humanos

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, es una institución de reciente creación. Sunacimiento se sustenta en la Ley 192 Ley de Reforma Parciala la Constitución Política de la República de Nicaraguaaprobada por la Asamblea Nacional el uno de febrero de 1995

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

79 Publicada en El Nuevo Diario, martes 4 de julio de 1995.

Page 541: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

548

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

en la que se reforman varios artículos constitucionales, entreellos el Art. 138, referido a las atribuciones de la AsambleaNacional, en el cual se agregó la facultad de elegir alProcurador y Sub-Procurador para la defensa de los DerechosHumanos. Dicho artículo reformado en su parte conducentedice:

Art. 138 Cn. Inciso 9)… Son atribuciones de la AsambleaNacional… Elegir al Procurador y Sub-Procurador para laDefensa de los Derechos Humanos, de listas propuestas porlos Diputados en consulta con las asociaciones civiles perti-nentes: debiendo alcanzar en su elección al menos el votofavorable del sesenta por ciento de los Diputados. ElProcurador y Sub-Procurador para la Defensa de los DerechosHumanos gozan de inmunidad. Los candidatos propuestospara los cargos mencionados en los numerales 7) y 8) y el pre-sente, no deberán tener vínculos de parentesco entre sí, ni conel Presidente de la República, ni con los Diputados propo-nentes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundode afinidad. Además no deberán ser miembros de las JuntasDirectivas Nacionales, Departamentales y Municipales dePartidos Políticos y si lo fueren, deberán cesar en sus fun-ciones partidarias al ser electos. La Asamblea Nacional, através de comisiones especiales podrá convocar audienciascon los candidatos. Los candidatos deberán estar debidamentecalificados para el cargo y su postulación deberá acompañarsede la documentación que se les solicitare.

La Constitución establece la siguiente clasificación de losderechos humanos:

DERECHOS INDIVIDUALES• Derechos individuales, seguridad y personalidad jurídica

(Art. 25). • A la vida privada e inviolabilidad de su domicilio (Art.

26).

Page 542: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

549

• El domicilio sólo puede ser allanado por orden del Juez(Art. 26).

• Libertad de Religión (Art. 29).• Libertad de expresión del pensamiento (Art. 30).• Circular libremente en el país (Art. 31).• No ser detenido sin orden judicial (Art. 33).• Ser informado de las causas de su detención (Art. 33).• Ser puesto a la orden del Juez después de las 48 horas de

su detención (Art. 33).• Presumir su inocencia mientras no se demuestre lo con-

trario (Art. 33).• A ser defendido tenga o no tenga dinero (Art. 34, 165).• Comunicarse libre y privadamente con su defensor (Art.

34 ).• No ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su

familia (Art. 34).• Los menores de edad no pueden ser detenidos ni procesa-

dos, sólo mediante un procedimiento regulado por una leyespecial (Art. 35).

• Que se respete su integridad física y moral (Art. 36).

DERECHOS SOCIALES

• Atención a los discapacitados, a las víctimas de guerra ysus familiares (Art. 56, 62).

• Educación Primaria y Secundaria gratuita en los centrosdel Estado (Art. 58, 121).

• Derecho a la salud por igual y a participar en la defensa dela misma (Art. 59).

• Habitar en un ambiente saludable (Art. 60).• Estar protegido contra el hambre. El Estado debe pro-

mover programas que aseguren una adecuada disponibili-dad de alimentos y una distribución igualitaria de los mis-mos (Art. 63).

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 543: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

550

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

• A una vivienda digna y el Estado debe promover su rea-lización ( Art. 64).

• Derecho al deporte y recreación (Art. 65).• A manifestar las creencias religiosas (Art. 69).• La niñez goza de protección especial (Art. 71).• Responsabilidad compartida entre el hombre y la mujer en

el hogar (Art. 73).• Todos los hijos tiene iguales derechos (Art. 75).• Todos los menores están protegidos por el Estado (Art.

76).• Protección a los ancianos (Art. 77).• Derecho a la propiedad (Art. 64).

DERECHOS LABORALES• Derecho al trabajo (Art. 58, 80).• Participación en forma organizada en la gestión de las

empresas (Art. 81).• Derecho al igual salario por igual trabajo (Art. 81).• Derecho a la huelga (Art. 83).• Protección a los menores contra cualquier clase de

explotación, económica y social (Art. 84).• Derecho a la capacitación técnica y profesional (Art. 85).• A ejercer libremente su oficio o profesión (Art. 86).• A organizarse en sindicato (Art. 87).• A celebrar contratos de trabajo individual o colectiva-

mente (Art. 88).• La mujer embarazada no puede ser rechazada ni despedi-

da (Art. 74).• El salario mínimo y las prestaciones sociales no se pueden

embargar, solo para alimentar a sus hijos (Art. 82).• A una jornada laboral de ocho horas, descanso semanal,

vacaciones, pago de días feriados y aguinaldos o sea lasprestaciones sociales (Art. 82).

• A estabilidad laboral (Art. 82)

Page 544: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

551

DERECHOS POLÍTICOS

• Libertad de organización para defender sus intereses (Art.49).

• Participar en los asuntos públicos y la gestión Estatal (Art.50).

• Hacer peticiones, denunciar anomalías de los funcionariospúblicos y recibir respuestas (Art. 52).

• Derecho de elegir y ser elegido (Art. 51).• A reunirse pacíficamente sin necesidad de permiso (Art.

53).• Movilización política de conformidad a leyes (Art. 54).• A organizarse en partidos políticos para aspirar al poder

(Art. 55).• Participar en el ejercicio del poder local (Art. 51).• Protección contra el abuso de los funcionarios públicos

(Art. 131, 164, 182).• A ser escuchado y atendidos por los funcionarios para la

solución de sus problemas (Art. 131).

DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y C O M U N I D A D E SINDÍGENAS

Los principales Derechos de los Pueblos y ComunidadesIndígenas recogidos en la Constitución son:

1. Mantener y desarrollar su identidad y cultura, lenguas,religiones y costumbres (Art. 5, párrafo tercero y 89 y180).

2. Mantener su propio sistema de organización social (Art. 5párrafo tercero y 89).

3. Administrar sus asuntos locales (Art. 5 párrafo tercero y89).

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 545: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

552

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

4. Mantener la forma comunal de propiedad de sus tierras(Art. 5 párrafo tercero. 89).

5. El derecho de propiedad abarca los recursos naturalesexistentes en su territorio (Art. 180).

6. Conservar sus propios idiomas e incorporarlos al sistemade enseñanza pública (Art. 121).

7. Autonomía de la Costa Atlántica de Nicaragua (Art. 181).8. Ser tomados en cuenta en los planes y programas de

Desarrollo Municipal (Art.177). 9. Mantener su régimen especial de propiedad de sus tierras

(Art. 107).10. Administrar los recursos naturales existentes en su territo-

rio (Art. 5 párrafo tercero y 180).11. Reconocimiento a la identidad multiétnica (Art. 8).12. Reconocimiento oficial, de los idiomas de la Costa

Atlántica (Art. 11).13. Ser tratado con igualdad y no ser discriminado (Art. 27).14. Usar su idioma y ser asistido por un intérprete en los

juicios (Art. 33, inciso 2 y 34, inciso 6).15. Constituir organizaciones, según sus propios intereses

(Art. 49).

Gran parte de estos derechos, fueron reconocidos en lasReformas Constitucionales de febrero de 1995, en la cual seincorporó el párrafo tercero al artículo 5 que amplió elreconocimiento de los derechos fundamentales a los indígenasde todo el país y las disposiciones del artículo 107, referidasa la Reforma Agraria definiendo que ésta debía beneficiar a lasComunidades Indígenas y reconociendo a nivel constitucionalel régimen de propiedad establecido en las leyes indígenas,dándole de esta forma garantía suprema a las disposiciones dela Ley del 3 de junio de 1914 y del 20 de junio de 1935.

Page 546: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

553

Estas Reformas Constitucionales, se lograron por el es-fuerzo insistente y tesonero de tres pioneros de la Autonomía,que ocupaban escaños de Diputados en el Parlamento: por laRAAN, la doctora Mirna Cunningham por la RAAS el licen-ciado Ray Hooker Taylor, por el Pacífico el parlamentario doc-tor Orlando Rizo. En la Constitución anterior de 1987, apare-cen como firmantes, además de estos representantes, las li-deresas costeñas Minerva Wilson Thatum y Hazel Lau Blancoy una mujer indígena de Sutiaba, Juana Santos Roque Berbis.

Haciendo uso de sus derechos constitucionales, los indíge-nas Mayangna, han creado diferente tipo de organizacionespara promover la realización de sus intereses.

Tratados Internacionales relacionados con los DerechosIndígenas ratificados por Nicaragua

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos tiene dentro de sus atribuciones, fiscalizar elcumplimiento de los Tratados Internacionales de DerechosHumanos, ratificados por Nicaragua, al tenor de lo preceptua-do en el artículo 18 numeral 9 y 14 de la Ley 212.

Actualmente la mayoría de los principales instrumentosinternacionales referidos a los derechos humanos han sido ra-tificados por el Estado Nicaragüense. La mayoría de ellosfueron suscritos y ratificados después del triunfo de laRevolución y en la década de los ochenta durante el GobiernoSandinista, entre ellos el Convenio 169 que fue suscrito en1989 pero que por falta de voluntad política de los gobiernosposteriores no se ha ratificado. La lista de los tratados ratifica-dos ya se presentó en el capítulo II, apartado 2.2.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 547: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

554

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Leyes referidas a la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos

Ley 201 Ley de Promoción de los Derechos Humanos y dela Enseñanza de la Constitución Política

Esta Ley fue aprobada el diecinueve de septiembre de1995, establece que la Constitución Política y los DerechosHumanos son materia de enseñanza obligatoria en educaciónpreescolar, primaria, educación media y Técnico Vocacional.

La Ley incorpora además los textos de los TratadosInternacionales de Derechos Humanos ratificados porNicaragua como la base fundamental de dicha enseñanza.

Ley 212 Ley de la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos

Aprobada el 13 de diciembre de 1995 y publicada en laGaceta Diario Oficial Número 7 del diez de enero de 1996.Esta es la Ley creadora de la PDDH de Nicaragua, la cual re-gula todo lo relacionado a su organización y funcionamientoinstitucional, no obstante existen otras disposiciones legales,constitucionales y Tratados Internacionales que están directa-mente vinculados a la labor de esta institución.

Ley 471 Ley de Reformas a la Ley de la Procuraduría parala Defensa de los Derechos Humanos80

La Ley 47181, reforma los Arts. 18, incisos 11 y 17 y Art.23 de la Ley.

80 Publicada en la Gaceta Diario Oficial, Número 191 del 9 de octubre del año2003.

81 Reformado por la Ley 471 del 9 de septiembre 2003, publicada en la GacetaDiario Oficial, número 191 del 9 de octubre de 2003.

Page 548: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Por disposición de esta ley, se crea una Sub-ProcuraduríaEspecial de Cárceles, para velar por los privados de libertad,define la permanencia de los Procuradores Especiales hasta laToma de Posesión del nuevo Procurador y les faculta paraconocer en materia o ámbito asignado por el Procurador entodo el territorio nacional. Establece además que las funcionesdel Sub-Procurador pueden ser definidas en la NormativaInterna de las Institución.

4.2 Sinopsis de la Ley de la Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos

1. La Procuraduría es una institución autónoma

Crease la Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos como organismo independiente, con personalidadjurídica propia y autonomía funcional y administrativa (Art.1).

El Procurador y el Sub-Procurador para la Defensa de losDerechos Humanos, en su actividad, son independientes, noestarán supeditados a ninguna autoridad y actuarán sometidosúnicamente a la Constitución y a las leyes (Art. 2).

2. Naturaleza y carácter

El procurador es un Comisionado de la A s a m b l e aNacional electo por ésta para la promoción, defensa y tutela delas garantías constitucionales de los ciudadanos y sus derechoshumanos, a cuyo efecto podrá vigilar y controlar la actividadde la administración pública, dando cuenta a la AsambleaNacional. Ejercerá las funciones que le encomienden laConstitución Política y la presente ley (Art. 3).

555

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 549: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

556

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3. Objetivos fundamentales de la institución

La Procuraduría debe contribuir, con las InstitucionesEstatales y la sociedad civil, a garantizar dentro de un Estadode Derecho, la seguridad de las personas y los derechoshumanos incorporados en el Art. 46 de la ConstituciónPolítica.

El fin fundamental de la procuraduría será coadyuvar paralograr una sociedad más libre y más justa, que posibilite eldesarrollo de mejores valores morales y políticos, por lo quedeberá auspiciar la educación, la defensa, promoción y divul-gación de los derechos humanos en su sentido más amplio;para ello debe promover la participación de todos los sectoressociales (Art. 4).

El Procurador debe promover, defender y tutelar losDerechos comprendidos en el Titulo IV de la ConstituciónPolítica de la República, velando por su cumplimiento de partede los órganos de la administración pública; para tales efectospodrá supervisar sus actuaciones, a fin de que no se vulnerenlos derechos humanos por acciones u omisiones, informandopúblicamente (Art. 5).

4. Ámbito de Competencia

Ámbito Material: Para los efectos del artículo anterior seconsideran como derechos tutelados los comprendidos en elTitulo IV de la Constitución de los consignados en losArtículos 46 y 71 del mismo cuerpo de ley y en otros instru-mentos internacionales de derechos humanos que en el futurosean ratificados por el Estado Nicaragüense (Art. 6).

Las atribuciones se extienden a los actos y resoluciones decualquier funcionario o persona que preste servicios en laadministración pública, sin excepciones de ninguna naturaleza(Art. 20).

Page 550: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

557

Ámbito Territorial: El Procurador para el ejercicio de susfunciones y atribuciones tendrá competencia en todo el territo-rio nacional, sin detrimento de lo establecido en el artículo 28de la Constitución Política. Su sede central estará ubicada enla ciudad de Managua, pudiendo establecer sedes permanenteso provisionales en cualquier parte se la República (Art. 7).

El Procurador en todo caso, de oficio o a instancia departe, supervisará por sí mismo la actividad de la adminis-tración pública del estado, la administración municipal de lasregiones autónomas y las universidades en el ámbito de com-petencias definido por la Constitución política y la Ley.

A efectos de lo previsto en el párrafo anterior, los órganosde las Regiones Autónomas y las Universidades, coordinaránsus funciones con las del Procurador y este podrá solicitar sucooperación (Art. 37).

5. Nombramiento del Titular

El Procurador y el Sub-Procurador serán electos por laAsamblea Nacional de listas propuestas por los Diputados. Enconsulta con las asociaciones civiles pertinentes, los can-didatos propuestos serán electos con el voto favorable delsesenta por ciento de los Diputados de la Asamblea Nacional(Art. 8).

El procurador y el Sub procurador, serán elegidos por laAsamblea Nacional para un período de cinco años. Tomaránposesión de sus cargos el día de su elección ante la JuntaDirectiva de la Asamblea Nacional, previa promesa de ley(Art. 9).

6. Requisitos de los Titulares (Art. 10)

El Procurador, Sub-Procurador y los ProcuradoresEspeciales deben reunir las siguientes calidades:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 551: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1. Ser nacional de Nicaragua y no haber renunciado a lanacionalidad Nicaragüense, salvo que le hubiere recu-perado cinco años antes de su elección.

2. Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticosy ser de reconocida solvencia moral y profesional, noposeer antecedentes penales ni haber estado involu-crado en acciones violatorias a los DerechosHumanos.

3. Haber cumplido veinticinco años de edad y no sermayor de sesenta y cinco, el día de su elección.

4. Tener reconocida trayectoria y vocación en la defensay promoción de los Derechos Humanos y ampliosconocimientos en la materia.

5. No podrán ser electos Procurador y Sub-Procuradorlos que tengan vínculos de parentesco entre sí, con elPresidente de la República y con los Diputados propo-nentes en el cuarto grado de consanguinidad o segun-do de afinidad (Art.17).

7. Prerrogativas del Procurador y Sub-Procurador

El Procurador y Sub-Procurador para la Defensa de losDerechos Humanos gozan de inmunidad (Art. 138 Inc. 9Cn.).

El Procurador y el Sub-Procurador serán inamoviblesdurante el período para el cual fueron electos y gozarán de lasmismas prerrogativas de los Magistrados de la Corte Supremade Justicia (Art. 15).

8. De la suspensión, cesación y sustitución de los titulares(Art. 11)

El Procurador y el Sub procurador cesarán por algunas delas siguientes causas:

558

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 552: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

559

1. Por renuncia.2. Por expiración del plazo de su nombramiento.3. Por muerte o por incapacidad sobrevenida.4. Por actuar con notoria negligencia en el cumplimien-

to de las obligaciones y deberes del cargo.5. Por haber sido condenado, mediante sentencia firme.

En caso de proceso penal, la Asamblea Nacional declararála suspensión en el ejercicio del cargo del procurador o el Subprocurador, hasta tanto no se dicte sentencia firme (Art. 12).

El Procurador y el Sub-Procurador cesarán en sus cargoscuando la Asamblea Nacional lo declare incurso en algunas delas causales establecidas en la ley No. 190 “Ley sobre destitu-ción del Contralor General de la República, Magistrados de laCorte Suprema de Justicia y del Consejo Supremo Electoral”,con arreglo al procedimiento establecido en dicha ley (Art.13).

9. Condición necesaria para cesar en el cargo

La vacante en el cargo se declarará por la Junta Directivade la Asamblea Nacional en los casos de renuncia, expiracióndel período y muerte. En los demás casos se decidirá por elsesenta por ciento de los Diputados, mediante debate y previaaudiencia del procurador o Sub procurador.

Vacante el cargo, se iniciará el procedimiento para el nom-bramiento del nuevo Procurador o Sub procurador en un plazono mayor de treinta días (Art. 11).

10. Casos en que el Sub-Procurador Sustituye al Procu-rador

En los casos de muerte, cese o incapacidad temporal odefinitiva del procurador y en tanto no proceda la Asamblea

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 553: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

560

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Nacional a una nueva elección, desempeñará sus funcionesinternamente el Sub-Procurador.

El Sub-Procurador sustituirá al Procurador en casos deausencia temporal (Art. 14).

El Sub-procurador cumplirá las funciones que le indiqueel Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y lasque se determinen en las normativas internas de las institu-ciones (Art. 23)82.

11. Incompatibilidad con otros cargos políticos, partida-rios, militares y religiosos

Los cargos del Procurador, Sub-Procurador yProcuradores especiales son incompatibles (Art. 16):

1. Con el ejercicio de otro cargo público de eleccióndirecta o indirecta. Esta prohibición no comprende elejercicio de la medicina y la enseñanza.

2. Con el desempeño de funciones en directivasnacionales, departamentales o municipales de partidospolíticos y el ejercicio de actividades de propagandapolítica. La participación notoria dentro de un partidopolítico, si lo fueren, deberán cesar en sus funcionespartidarias al ser electos.

3. Con la condición de militar o policía en servicio acti-vo o, no siéndolo, si lo fueren, deberán cesar en susfunciones al ser electo.

4. Con la calidad de ministro de cualquier culto religioso.Si lo fueren, deberán cesar en sus funciones al ser elec-tos.

82 Reformado por la Ley 471, Up Supra.

Page 554: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

561

12. Las atribuciones del procurador (Art. 18)

Son atribuciones del Procurador:

Función Educadora:1. Promover en la ciudadanía el estudio y la educación de la

Constitución Política y los Derechos Humanos.2. Orientar e instruir a las personas en el territorio nacional

sobre el ejercicio y defensas de sus derechos y obliga-ciones, libertades y garantías ante los agentes de la admi-nistración pública.

3. Promover el respeto a los Derechos Humanos y desarro-llar programas participativos de promoción y educaciónpara toda la sociedad.

4. Solicitar la suspensión y la destitución de las autoridades,funcionarios y empleados públicos que con su actuaciónlesiones o pongan en peligro los derechos humanos, sinperjuicio de iniciar las acciones de responsabilidad civil openal.

Función de Fiscalización:

Fiscalizar el apego de la administración pública y sus fun-cionarios en el respeto de los derechos humanos (Art. 18,Inc. 4).

Practicar inspecciones en los locales de la administraciónpública que sean de su interés y requerir de los funciona-rios información sin que pueda oponérsele reserva alguna(Art. 18, Inc. 8).

Conocer los informes que el estado envía al comité dederechos humanos de la Organización de las NacionesUnidas y la Organización de Estados Americanos (Art. 18,Inc. 9).

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 555: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

562

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Vigilar a través del Procurador Especial de Cárceles lasituación de las personas privadas de libertad en la PolicíaNacional y en el Sistema Penitenciario Nacional (Art. 18,Inc. 11)83.

Función Mediadora:

5. Procurar la conciliación entre las personas cuyos dere-chos han sido violados o puestos en peligro con los pre-suntos responsable de la administración pública.

Iniciativa de Ley

Proponer reformas ante los órganos administrativos, ten-dientes a promover la tutela de los derechos humanos y arecomendar la rectificación de acciones ilegales o arbitrarias(Art. 18, Inc. 12).

Proponer la suscripción y ratificación de tratados y conve-nios sobre Derechos Humanos (Art. 18, Inc. 14).

Si como consecuencia de sus investigaciones llegase alconvencimiento de que el cumplimiento riguroso de la normapuede provocar situaciones injustas o perjudiciales para losadministrados, podrá sugerir a la Asamblea Nacional o a laAdministración Pública la modificación de la misma (Art.45).

Función Informativa:

Rendir informe anual a la Asamblea Nacional e informeespecial cuando así lo crea necesario el Procurador o laAsamblea Nacional (Art. 18, Inc. 13).

83 Reformado por Ley 471, Up Supra.

Page 556: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

563

A rt. 46.- El Procurador presentará a la A s a m b l e aNacional, el día diez de diciembre de cada año, un informeordinario anual.

Asimismo, presentará a ésta informes especiales cuando lagravedad del caso, a su criterio lo amerite, o por solicitud de laAsamblea Nacional.

Art. 47.- El informe ordinario anual deberá hacerse demanera circunstanciada de conformidad con sus fines y obje-tivos y con base en sus atribuciones y en los resultados de susinvestigaciones.

También deberá informar a la Asamblea Nacional de laliquidación del Presupuesto Anual de la Procuraduría.

Los informes extraordinarios contendrán los puntos quesean de interés, según criterio del Procurador o de la AsambleaNacional.

Promoción de Derechos Humanos6) Estimular la labor que en pro de los derechos humanos

efectúan los organismos gubernamentales y no guberna-mentales, así como los medios de comunicación social.Art. 19.- El Procurador está facultado para promover que

los miembros del ejército de Nicaragua y la Policía Nacionalcoadyuven al respeto de los derechos humanos.

Nombramiento de Procuradores EspecialesNombrar al Procurador de la Niñez y la Adolescencia, a la

Procuraduría de la Mujer, Procurador de los pueblos indígenasy comunidades étnicas, Procurador de Cárceles en Nicaraguay otros procuradores especiales que estime pertinente, imple-mentando métodos participativos para la postulación de can-didatos (Art. 18, Inc. 17)84.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

84 Reformado por Ley 471, Up Supra.

Page 557: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

564

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Función Investigativa:

Investigar actuaciones de la administración pública de ofi-cio o por denuncia, para esclarecer los actos u omisiones quevulneren los derechos humanos y remitir a los que resultarenpresuntos culpables al organismo correspondiente para sudebida sanción (Art. 18, Inc. 5).

Proponer y tramitar denuncias de parte de la población deviolaciones a sus derechos humanos (Art. 18, Inc.18).

Establecer conclusiones y hacer recomendaciones en lasinvestigaciones que realice, emitiendo censura pública ante losresponsables de actos contrarios y a los derechos humanos.(Art. 18, Inc. 7).

Función Defensorial:

El Procurador podrá interponer Recursos de Inconstitu-cionalidad, Amparo y Exhibición Personal, de acuerdo con lodispuesto en la Constitución Política en los casos que con-sidere necesario o imperativo (Art. 21).

Queda facultado el Procurador para la Defensa de losDerechos Humanos para interponer Recursos de Amparo deacuerdo a lo establecido en el párrafo anterior.

El Procurador debe atender denuncias contra las autori-dades judiciales por retardación de justicia (Art. 28).

13. Protección de las atribuciones del Procurador:

Las atribuciones del Procurador no se suspenden ni seinterrumpen en caso de que se declare la suspensión deDerechos y Garantías.

En los Estados de Excepción supervisará la garantía de losderechos cuya vigencia no hubiese sido expresamenterestringido (Art. 22).

Page 558: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

565

14- Competencias del Sub-Procurador y Procuradores Especiales:

El Sub-Procurador cumplirá las funciones que le indiqueel Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y lasque se determinen en las normativas internas de la Institución.

Los Procuradores Especiales de la Niñez y Adolescencia,de la Mujer, de los Pueblos Indígenas y de las ComunidadesÉtnicas, Procurador de Cárceles y demás procuradores espe-ciales que sean nombrados tendrán competencia para conoceren todo el territorio nacional, sobre casos referidos a la mate-ria o ámbito asignado por el Procurador a quien estarán direc-tamente subordinados85.

Los Procuradores Especiales cesarán automáticamente desus cargos al momento de tomar posesión un nuevoProcurador para la Defensa de los Derechos Humanos elegidopor la Asamblea Nacional (Art. 23).

15- Iniciación y contenido de la investigación

Principios que rigen la labor del Procurador:En el ejercicio de sus funciones el Procurador o sus dele-

gados se regirán por los principios de moralidad, gratitud,celeridad, inmediación, sencillez, brevedad y discrecionalidad(Art. 24).

Todos los días son hábiles:

Para el Procurador y sus delegados todos los días y horasson hábiles en el desempeño de sus funciones (Art. 25).

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

85 Este artículo también fue reformado por la Ley 471 antes citada en lo referenteal Procurador Especial de Cárceles.

Page 559: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

566

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Modo de iniciar los procesos:

Las investigaciones de la Procuraduría pueden iniciarse deoficio o a instancia de parte (Art. 26).

Acción popular ante la Procuraduría:

Toda persona puede interponer, ante la sede central, sedespermanentes o provisionales, denuncias sobre presuntas viola-ciones a los derechos humanos sin exclusiones de ninguna na-turaleza, ya sea de nacionalidad, residencia, sexo, minoría deedad, raza, creencia religiosa, credo político, incapacidad le-gal, internamiento en régimen penitenciario o policial ycualquier otra sujeción o dependencia de una administración opoder público (Art. 27).

Protección de la Identidad del Denunciante:

En caso le sea solicitado y lo valorase conveniente, elProcurador podrá mantener en secreto la fuente de la cual deri-va su información (Art. 27).

16. Limitación a la acción de la Procuraduría:

No se atenderán denuncias sobre hechos que estén pen-dientes de resolución judicial, salvo que se fundamenten enretardación de justicia.

En caso se decida no dar trámite a la denuncia por noprestar mérito esto se dispondrá mediante resolución fundaday se informará al interesado, explicándole las razones eindicándole las vías que pueda ejercer sin perjuicio de que élrealice la que considere más conveniente (Art. 28).

Page 560: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

17. Tramitación de la denuncia:

Recibida una denuncia y resuelto investigarla, deberádisponerse la investigación inmediata, contando para ello conocho días a partir de la fecha en que se interpuso la misma. Alvencer dicho término y según las características del caso, elProcurador dictará una resolución inicial conforme lo dis-puesto en Art. 38 de la ley y podrá disponer de la ampliacióndel término de la investigación de acuerdo a los establecido enel Art. 40 de la ley. Así mismo para agilizar la tarea investiga-tiva del Procurador el funcionario o autoridad requerida pre-sentará su informe en un plazo que no debe de exceder a lassetenta y dos horas (Art. 29).

Toda denuncia se presentará por el interesado, con indica-ciones de su nombre, apellidos y domicilio, explicando elhecho denunciado.

La denuncia podrá hacerse en papel común, por telegrama,fax, carta y aun verbalmente, levantándose en este último caso,el acta correspondiente.

Todas las actuaciones de la Procuraduría serán gratuitaspara el interesado y no será necesaria la asistencia legal, sinperjuicio del derecho que tiene el interesado a ser asistido porAbogado. De toda queja se acusará recibido (Art. 30).

Toda correspondencia dirigida a Procurador remitidadesde cualquier centro de detención, de trabajo, de estudio, depenitenciaría y de unidad militar no podrá ser objeto de cen-sura de ningún tipo (Art. 31).

Tampoco podrá se objeto de escucha o interferencia lasconversaciones que se produzcan entre el Procurador y susdelegados o cualquier otra persona de las enumeradas en elpárrafo anterior. La violación a estos preceptos constituyeresponsabilidad penal y administrativa, según el caso.

567

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 561: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

568

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Los funcionarios, empleados públicos y las personas engeneral deberán acudir ante el Procurador cuando sean citadaspor el. En el caso de los militares y de los policías, las cita-ciones se harán a través de las autoridades jerárquicas corres-pondientes (Art. 32).

18. Inspección y acceso a documentación:

El Procurador tendrá la facultad de inspeccionar cualquierinstalación o dependencia de la administración pública, igual-mente tendrá acceso a cualquier documentación, expediente oinformación de la misma (Art. 33).

El Procurador podrá solicitar a los poderes públicos todoslos documentos que considere necesario para el desarrollo desu función, incluidos aquellos clasificados con el carácter desecretos teniendo en consideración lo dispuesto en el Art. 538y siguientes del Código Penal.

Las investigaciones que realice y el expediente que levan-te el Procurador y el dependiente del mismo, así como lostrámites procedimentales, se verificarán dentro de la más abso-luta reserva, tanto con respecto a los particulares como a lasdependencias y demás organismos públicos, sin perjuicio delas confederaciones que el Procurador considere oportunoincluir en sus informes a la Asamblea Nacional.

Cuando entienda que un documento declarado secreto yno remitido por la administración pudiera afectar de formadecisiva la buena marcha de su investigación, lo pondrá enconocimiento de la Comisión de Derechos Humanos y la pazde la Asamblea Nacional.

Todos los órganos, sus titulares y funcionarios de los po-deres públicos, están en la obligación de prestar con carácterpreferente y urgente la debida colaboración al procurador para

Page 562: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

569

la Defensa de los Derechos Humanos o al funcionario que eldelegue para tal fin (Art. 34).

En los casos de que las autoridades, funcionarios yempleados públicos a los que se solicitarán información ocolaboración se negaren a ello incurrirán en el delito deDesacato y en responsabilidades administrativas, según elcaso. El procurador hará referencia en su informe anual de loscasos en que los funcionarios se hayan negado a colaborar ydando cuenta al Procurador General de Justicia de laRepública para el ejercicio de las acciones legales correspon-dientes (Art. 35).

Los órganos del Ejército de Nicaragua y de la PolicíaNacional están obligados a colaborar de manera preferente conel procurador en sus investigaciones y en general a brindarletodas las facilidades para el desempeño de sus funciones (Art.36).

19. De las resoluciones y contenido de las resoluciones:

Art. 38 El Procurador, una vez realizada la investigacióninicial, emitirá una resolución en cualquiera de los siguientestérminos:

1. Archivar la que resulte sin fundamento o insuficientepara presumir la violación de los derechos humanos.

2. Indicar que se presume la violación de derechoshumanos, profundizándose en las investigaciones.

3. Declarar que se comprobó la violación de derechoshumanos.

Art. 39 En los casos en que se archive un expediente, ésteserá reabierto cuando haya nuevos elementos que permitanpresumir la violación de los derechos humanos.

Art. 40 En los casos en que se presuma la violación dederechos humanos se continuarán las investigaciones, estable-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 563: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

ciéndose un plazo no mayor de 30 días para concluirlas, mien-tras tanto se promoverán las acciones correctivas necesarias.

Art. 41 En los casos de una violación comprobada se pre-cederá de la siguiente manera: Iniciar o promover las accionesde responsabilidad y los recursos correspondientes pararestablecer, defender y titular los derechos violados o en peli-gros de serlos.

1) Si la violación no es de orden penal podrá hacerle unrecordatorio de sus deberes, enviando copia de ella alsuperior jerárquico. Si el caso lo amerita iniciará losprocedimientos administrativos-disciplinarios corres-pondientes, para ello enviará informe al funcionarioresponsable y superior jerárquico, a quienes llamaráante él y les presentará los elementos probatorios enque funda su conclusión, posteriormente emitirá unaresolución exclusivamente sobre la actuación del fun-cionario responsable de la violación, recomendandolo que estime a bien, ya sea una llamada de atenciónprivada o pública, remoción en el cargo o su destitu-ción.

2) Ante la comisión de un delito se trasladará al caso a laProcuraduría General de Justicia o ante la autoridadque le corresponda para que se ejerzan las accioneslegales correspondientes.

Art. 42 En los casos que el funcionario público se negaredos veces consecutivas a darle seguimiento a las recomenda-ciones que hiciere el Procurador para la restitución de los dere-chos violados, será objeto de las sanciones establecidas en elartículo 35 de la presente ley, sin perjuicio del derecho de losdiputados a pedir su interpelación ante la Asamblea Nacionalconforme lo dispuesto en el Art. 138, numeral 4 de laConstitución Política.

570

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 564: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

20. Notificación y comunicación:

Art. 43 Las resoluciones del Procurador deberán ser noti-ficadas a las partes interesadas. El Procurador informará alinteresado del resultado de sus investigaciones y gestiones, asícomo de la respuesta que hubiese dado la administración ofuncionarios implicados, salvo en el caso de que éstas, por sunaturaleza, fuesen consideradas de carácter reservado o decla-radas secretas.

Art. 44 El Procurador no podrá anular los actos y resolu-ciones de la administración pública.

Por ello no puede inhibirse la Procuraduría al haber untrámite judicial que declare la nulidad.

Art. 45 El Procurador, aún no siendo competente paramodificar o anular los actos o resoluciones de la adminis-tración pública, podrá sin embargo, sugerir la modificación delos criterios para remediar sus efectos inmediatos y futuros.

Si como consecuencia de sus investigaciones llegase alconvencimiento de que el cumplimiento riguroso de la normapuede provocar situaciones injustas o perjudiciales para losadministrados, podrá sugerir a la Asamblea Nacional o a laAdministración Pública la modificación de la misma.

21. Régimen Financiero:

El Presupuesto de la PDDH lo asegura el Estado dentrodel Presupuesto General de la República.

La Procuraduría, puede además recibir herencias, dona-ciones y cualquier contribución ya sea de personas naturales ojurídicas, nacionales o extranjeras, sin comprometer o condi-cionar su independencia y funcionamiento, todo para elcumplimiento de sus objetivos (Art. 49).

571

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 565: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

572

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Normativas internas de la Procuraduría para la Defensade los Derechos Humanos

Existen diferentes instrumentos normativos internos, queregulan el funcionamiento institucional de la Procuraduríapara la Defensa de los Derechos Humanos, entre estos estánlos siguientes86:

1. Política de Recursos Humanos.2. Política Financiera y de Gestión de Recursos Eco-

nómicos.3. Normativa de Planificación Institucional.4. Normativa que oficializa el Organigrama de la Procu-

raduría. 5. Normativa de Uso y Administración de Recursos

Informáticos.6. Reglamento Interno de Trabajo.7. Normas de Control Interno Básico de la Procuraduría.8. Manual del Usuario y Procedimientos Administra-

tivos.

La Normativa Interna y el Manual de Funciones se expo-nen en los apartados siguientes, ya que es la aplicación de sucontenido. La primera referida a la estructura institucional y elsegundo a los procedimientos de actuación interna para latramitación de las denuncias.

4.3 Estructura institucional de la Procuraduría

Objetivos, visión y misión de la PDDH

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos comenzó a operar en el mes de junio de 1999 al sernombrado el Procurador por parte de la Asamblea Nacional.

86 Informe Anual 2003, rendido por el Procurador ante la Asamblea Nacional, Pág.147.

Page 566: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

573

Entre sus objetivos principales se definieron los siguien-tes: 1-Coadyuvar para lograr una sociedad más libre y másjusta, que posibilite el desarrollo de mejores valores morales ypolíticos. 2- Promover la educación y divulgación de los dere-chos humanos en su sentido más amplio, con la participaciónde todos los sectores sociales. 3- Tutelar y defender los dere-chos constitucionales de todos los ciudadanos y ciudadanas, y4- Vigilar y controlar la actividad de la Administración Públicapara que no se vulneren derechos por acciones y omisiones87.

Misión

La misión trazada para la institución fue: Proteger losderechos humanos de todas las personas que vivan en el terri-torio nacional, frente a las arbitrariedades o abusos de cual-quier órgano de la administración pública o cualquier personanatural o jurídica.

Contribuir, con las instituciones estatales y la sociedadcivil, a garantizar dentro de un estado de derecho, la seguridadde las personas y los derechos humanos incorporados en elArtículo 46 de la Constitución Política y, además, que "El finfundamental de la Procuraduría será coadyuvar para lograruna sociedad más libre y más justa, que posibilite el desarro-llo de mejores valores morales y políticos, por lo que deberáauspiciar la educación, defensa, promoción y divulgación delos derechos humanos en su sentido más amplio: para ellodebe promover la participación de todos los sectores socia-les".

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

87 Mensaje del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, DoctorBenjamín Pérez Fonseca , en el IV Congreso de la Federación Iberoamericanade Ombudsman, realizado en Tegucigalpa, Honduras, entre el 27 y 29 de sep-tiembre de 1999.

Page 567: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

574

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

La PDDH identifica el contenido del artículo 4 de la Ley212, con la misión que le confió la Asamblea Nacional. Estamisión aparece enriquecida y precisa al fijarle el deber deemplear como vías o mecanismos, la educación, defensa, pro-moción y divulgación de los derechos humanos, como tareassustantivas de su desempeño profesional y técnico, que seexpresa también en su estructura y ejes de trabajo, como seobservará posteriormente.

Visión

La visión de la PDDH ha venido configurándose en eltranscurso de su desarrollo institucional. Así vemos que en elaño 2000, se define lo siguiente: La PDDH se visualiza comoun organismo estatal que exhibe su transparencia, genera ygoza de confianza, credibilidad y respeto entre las y los habi-tantes del país, la sociedad civil y los entes de la comunidadinternacional gracias a su apego a la ley y a la justicia, a suplena autonomía de acción y a su eficacia obtenida mediantela aplicación de métodos científicos y técnicos de trabajo, conenfoque de calidad y excelencia en la tutela, promoción ydefensa de los Derechos Humanos, con perspectiva de género,generacional y multicultural88.

Por eso la PDDH se percibe como el organismo estatalque, en materia de derechos humanos, demuestra un compor-tamiento ejemplar en todos los actos de su desempeño y quepor ello, genera y goza de confianza, credibilidad y respetoentre las y los habitantes del país, la sociedad civil, entes yfuncionarios gubernamentales y de la comunidad interna-cional, gracias a su apego a la Ley y a la Justicia, a su actua-ción apartidaria y autónoma y la eficacia obtenida como resul-

88 Informe Anual, rendido ante la Asamblea Nacional para el año 2000, página 6.

Page 568: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

575

tado de su labor, en el ejercicio de su plena autonomía deacción, con la que logra, con enfoque de calidad y excelencia,la tutela, promoción y defensa de los derechos humanos, conperspectivas de género, generacional y multicultural89.

De conformidad con lo anterior se definió una visióninstitucional, orientada a lograr:

1. Una Procuraduría que desarrolle su trabajo atendiendo asu naturaleza de organismo independiente y de no suje-ción a ninguna autoridad, que pueda actuar con criteriopropio, identidad y voluntad institucional, con clara inde-pendencia de los partidos políticos y de los poderes delEstado.

2. Una Procuraduría para todas y todos sin discriminacionesde ningún tipo.

3. Una Procuraduría que fiscaliza el desempeño de laAdministración Pública, el respeto a las leyes y a losTratados Internacionales de Derechos Humanos.

4. Una Procuraduría que desempeña su labor con mucha ini-ciativa y creatividad. Que no espera pasivamente aldenunciante, sino que va, que investiga, que se sumergeen las vivencias del pueblo para protegerle y para desen-trañar las arbitrariedades que comete el Estado.

5. Una Procuraduría que nos e ahogue en lo casuístico, sinoque es preactiva y propositiva, que analiza las grandestendencias de la sociedad y propone medidas alternativas,salidas integrales que beneficien, protejan y procuren eldesarrollo humano de los habitantes. Una Procuraduríaque propone reconciliación, refundación, reconstrucción,rehabilitación de la comunidad, la familia, la ética, losvalores, el medio ambiente, las leyes y las institucionesdel país.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

89 Ibíd.

Page 569: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

576

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

6. Una Procuraduría que masifique el conocimiento de losderechos humanos de las y los nicaragüenses.

7. Una Procuraduría que defienda los derechos humanos degrupos específicos, de colectividades concretas, lasmujeres, las niñas y niños trabajadores, los indígenas, losportadores del SIDA, las mujeres en prostitución, etc.

8. Una Procuraduría que trabaje con visión de equipo y consentido de integralidad. Una institución que genere pro-cesos participativos y colectivos en donde todas y todoslos funcionarios contribuyan a la formulación y definiciónde los planes y contenidos de trabajo.

9. Una Procuraduría que no tolere la corrupción, la pobreza,la contaminación ambiental, la inseguridad ciudadana, laarbitrariedad, los abusos de poder, la ingobernabilidad, lailegalidad y la discriminación. Por eso se compromete contodos los débiles, los abandonados, los marginados, lasexcluidas, los maltratados, los olvidados, los condenados,las violadas, para hacer de este mundo un lugar más ha-bitable, sostenible, racional y sobre todas las cosas, másjusto y humano.

Organigrama de la PDDH

El Organigrama institucional de la Procuraduría, estádefinido en la Normativa interna antes relacionada, en la quese definen los niveles de la estructura.

La Normativa establece la posibilidad de desconcentraralgunas funciones y facultades del Procurador en el Sub-Procurador, en las Procuradurías Especiales y en las Direc-ciones Sustantivas, incluyendo a las Delegaciones Territo-riales, en correspondencia con el Art. 23 de la ley, en la prác-tica esta delegación de funciones nunca se dio y ello cons-tituye uno de los factores identificados como limitaciones a lacapacidad de acción de la Procuraduría.

Page 570: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

577

La Normativa Interna, define la Estructura Institucional, acomo se expone a continuación:

La estructura organizativa de la PDDH ha vivido dos fasesfundamentales. En la primera, la organización estuvo centradaen la figura del Procurador apoyada por el Sub-Procurador, laProcuradora y los Procuradores y Especiales, se agregan tresdirecciones que, completan el organigrama. Estas direccionesson: Defensa, Promoción y Administración. En los primerosmeses del año 2002, se nombraron a las personas encargadasde las delegaciones territoriales en Las Minas, Puerto Cabezasy Bluefields.

En el año 2003, la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos comenzó un proceso de transformaciónpolítica y técnico-administrativa, de fortalecimiento institu-cional que ha generado una nueva concepción del organismo,lo que ha motivado el diseño y funcionamiento de una nuevaestructura, que por ahora y algunos meses más, impone unperíodo de transición mientras es objeto de la necesaria vali-dación por parte de los dirigentes y personal técnico de laInstitución.

Se compone de tres niveles básicos, el primero se deno-mina de Dirección Estratégica. A este primer nivel le corres-ponde: asegurar y vigilar el cumplimiento de la misión, visión,principios y perspectivas que orientan el trabajo o funciones dela PDDH; diseñar los lineamientos generales del quehacer dela institución; rectorear los mismos y darles el debidoseguimiento. Constituye un equipo técnico asesor sobre el di-seño y ejecución de los planes estratégicos, gerenciales y ope-rativos para contribuir de esa manera al mejoramiento de lacalidad de vida de los y las habitantes del país, en función dela conquista y respeto de sus derechos humanos.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 571: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

El segundo nivel corresponde al denominado Tecnometo-dológico y de apoyo. En él se ubica la Dirección dePlanificación, encargada de: ofrecer metodologías, técnicas yherramientas a las direcciones sustantivas en los aspectos deinvestigación, formulación, planificación, seguimiento y eva-luación con enfoque o perspectiva de género, generacional ymulticultural, contribuir con la Dirección Estratégica a darleseguimiento a la ejecución de los planes gerencial y estratégi-co a través del SPSE (Sistema de Planificación, Seguimiento yEvaluación) computarizado y elaborar informes técnicos parala toma de decisiones de esta dirección.

Una segunda dirección es la Administrativa Financiera, lacual se encarga de: elaborar el presupuesto y la estrategiafinanciera, respetando y haciendo respetar las obligaciones yrequerimientos estipulados por el Ministerio de Hacienda yCrédito Público, así como de otros organismos vinculados a laadministración pública (CGR, INSS, INATEC, DGI, etc.) y decompromisos emanados por la Cooperación Externa; diseñar yejecutar la política de recursos humanos, asesorada por laUCRESEP y otros organismos similares, cuando fuere nece-sario, para contribuir a los esfuerzos de transparencia, orde-namiento y modernización del Estado para la eficacia y la efi-ciencia institucional asegurar el cumplimiento de los planes yelaborar informes a la Dirección Estratégica para la toma dedecisiones.

El tercer nivel es el sustantivo, que se integra con lasinstancias siguientes:

La Dirección de Defensa que es la encargada de diseñar yformular la propuesta de la política pública de defensa de dere-chos humanos de la institución para ser aprobada por elProcurador(a) asesorado por la Dirección Estratégica; por de-legación del Procurador, ejecutar y dar seguimiento hasta su

578

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 572: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

579

cumplimiento a los mandatos establecidos en el Art. 18 de laLey 212 incisos 4,5,6,7,8,9,10,11,12, y 13 así como lo expre-sado en los Arts. 19, 20 y 21; emitir propuestas de resolucionesen los casos asumidos, recibir denuncias e investigar casos depresunta violación de derechos humanos por parte del Estadoy darles seguimiento hasta su cumplimiento.

Las Delegaciones Territoriales, que son instancias de laProcuraduría a quienes se encarga efectuar las acciones dedefensa y de promoción de los derechos humanos, ejercer lasfunciones asignadas por el Procurador(a) para ejecutar laspolíticas aprobadas.

La Dirección de Promoción, que es la encargada de di-señar la propuesta de la Política Pública de Promoción,Educación y Capacitación en Derechos Humanos de las y loshabitantes de Nicaragua; ejecutar y dar seguimiento a estapolítica una vez aprobada; ejecutar y dar seguimiento, por de-legación del Procurador(a), al contenido del Art. 18, incisos 1al 3 y Art. 19 de la Ley 212; fiscalizar a las instancias indi-cadas en la Ley 201, Ley de Promoción de los DerechosHumanos y de la Enseñanza de la Constitución Política.

Las tres instancias sustantivas mencionadas: Defensa,Promoción y Delegaciones Territoriales contribuyen, además,a ejecutar las líneas de acción que conducen al cumplimientode la visión, misión, principios, enfoques, perspectivas yplanes.

Cabe la observación siguiente: Entre los niveles de la Di-rección Estratégica y el Tecnometodológico aparecen tresmodalidades especiales que asumen funciones de asesoría enlos ámbitos de auditoría y comunicación social para la institu-ción y, de manera específica, para la Dirección Estratégica.

Estas instancias están bajo la responsabilidad del Pro-curador como representante legal y máxima autoridad institu-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 573: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

580

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

cional, para asegurar que la PDDH cumpla las funciones, ta-reas y actividades señaladas.

El organigrama que se presenta a continuación es elvigente hasta diciembre 2004, pero con la asunción del nuevoProcurador ha variado en algunas estructuras. Se nombrarándos Procuradores Especiales, el de Cárceles y uno para las per-sonas con capacidades especiales o discapacitados90, desa-parecerá la Oficina de Investigación propositiva, se nombra unDirector de Relaciones Internacionales y CooperaciónExterna, y el funcionamiento de la Dirección de Defensa, seencuentra en revisión para darle una estructura más dinámicay que responda más a nuestras las necesidades de institución yde la población91.

90 Anunciado públicamente por el actual Procurador Omar Cabezas Lacayo.91 Información proporcionada por el Lic. Javier Quinto, designado como enlace

entre la Procuraduría y el Consultor para el levantado de la información del pre-sente estudio.

Page 574: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

581

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 575: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

582

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

4.4 Ruta Institucional de la denuncia de laspersonas y pueblos Indígenas ante la PDDH

El procedimiento que siguen las denuncias presentadasante la Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, en resumen es el siguiente92:

Primera fase: Recepción y admisibilidad

1. Presentación de la denuncia.2. Calificación de la competencia por parte del la Oficina de

Denuncia.3. Requerimientos de información al denunciado por parte

de la Oficina de Investigación.Investigación Preliminar, por 8 días (Art. 29).

4. Pronunciamiento preliminar, resolución inicial, que puedeser (Art. 38):a) Rechazando la denuncia por falta de fundamentos.b) Declarando que se comprobó la violación.c) Presumiendo la existencia de la violación y ordenan-

do la investigación se amplíe por 30 días más.

Segunda fase: Investigación

Profundización de la investigación, por período de 30 días.

En este período se realizan todas las diligencias de campoy oficina necesarias para formarse un criterio y dilucidar sobrela existencia o no de la violación del derecho.

92 Información facilitada por el Lic. Javier Quinto, funcionario de la PDDH, des-ignado como enlace entre el Consultor del presente estudio y la institución delOmbudsman de Nicaragua.

Page 576: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

583

Tercera fase: De resolución

Transcurre entre la conclusión de la investigación laemisión del dictamen declarativo sobre la existencia de lainfracción y las recomendaciones correspondientes.

Si la resolución es declaratoria de la violación, puede emi-tir las recomendaciones para corregir en la instancia adminis-trativa la actuación y si existe la comisión de un delito remitir-lo al Ministerio Público para iniciar las acciones penales co-rrespondientes.

Esta fase termina con la notificación de la resolución alfuncionario denunciado y en su caso al superior jerárquicopara el cumplimiento de las recomendaciones.

Cuarta fase: Seguimiento. Art. 41

Declarada la violación el Procurador debe:1. Iniciar o promover las acciones de responsabilidad y los

recursos correspondientes para restablecer, defender ytutelar los derechos violados o en peligro de serlos.

2. Si la violación no es de orden penal podrá hacerle unaadvertencia al funcionario en una primera ocasión, en casosucesivo podrá hacerle un recordatorio de sus deberes,enviando copia de ella al superior jerárquico.

3. Si el caso lo amerita iniciará los procedimientos adminis-trativos-disciplinarios correspondientes, para ello enviaráinforme al funcionario responsable y superior jerárquico,a quienes llamará ante él y les presentará los elementosprobatorios en que funda su conclusión, posteriormenteemitirá una resolución exclusivamente sobre la actuacióndel funcionario responsable de la violación, recomendan-do lo que estime a bien, ya sea una llamada de atenciónprivada o pública, remoción en el cargo o su destitución.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 577: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

584

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

4. Ante la comisión de un delito se trasladará el caso alMinisterio Público, para que se ejerzan las accioneslegales correspondientes.

ACTA DE CIERREEn ésta se hará alusión a los aspectos que han sido cumpli-

dos por parte de la Administración Pública, así como de lospuntos específicos de las Recomendaciones, las que fueroncumplidas de forma íntegra y las que fuesen acatadas de man-era parcial. De la misma forma, en aquellas que no seanacatadas del todo, deberá evaluarse si fue de manera justifica-da o bien si la Administración Pública actuó de manera injus-tificada, por lo que deberán realizarse las recomendacionespertinentes a la Dirección de Defensa en cuanto a las accionescon las que se debe continuar, sea esta Denuncia Pública,Remisión a la Procuraduría General de Justicia, o bien la inter-pelación ante la Asamblea Nacional, decisión que no serácompetencia de la Unidad de Seguimiento.

NOTIFICACIÓN A LAS PARTESEn todo caso, una vez que se ha resuelto dictar el Acta de

Cierre, esta debe ser notificada tanto al denunciante como a laautoridad denunciada, cumpliendo así con el Debido Proceso.No obstante lo anterior, es importante poner en conocimientoal o la denunciante, de los avances obtenidos en el cumpli-miento de las Recomendaciones por parte de la Adminis-tración Pública.

INFORMES Es necesario realizar bimensualmente un informe que sea

presentado al o la Directora de Defensa con copia al Jefe delDepartamento de Investigación, para que ésta informe al SeñorP r o c u r a d o r, acerca del estado de los casos asignados a

Page 578: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

585

seguimiento, el cual deberá contener entre otras cosas, númerode recomendaciones cumplidas, gestiones que se han realiza-do para su cumplimiento, consideraciones y copias de lasActas de Cierre, debiendo llevar, de ser posible, un controldiario del mismo permitiendo que sea solicitado en cualquiermomento.

Luego de cierto tiempo, según sea la cantidad de casos quese encuentren cerrados, se presentará un nuevo informe conte-niendo la cantidad de expedientes cerrados, incluyendonúmero de los expedientes, nombres de las víctimas y dere-chos violados, el cual será presentado al o la Directora deDefensa con Copia al jefe de Investigación, con el fin de queésta informe al Procurador.

Esta fase tiene por finalidad darle seguimiento a aquellosasuntos que concluyen con la emisión de una resolución deresponsabilidad con recomendaciones o sugerencias que sedirigen al órgano o funcionario denunciado, con la finalidad deque se establezcan responsabilidades, que se rectifiquen actua-ciones o se tomen nuevas medidas.

Si bien es cierto que el mandato de la Procuraduría es bas-tante amplio, la efectividad del mismo está limitado por lascondiciones de desarrollo del Estado de Derecho en Nicaraguay por la práctica política de las fuerzas gobernantes. De ahíque sea meritorio para la institución, articular su labor con losdemás sectores de la sociedad a fin de sensibilizar a la Admi-nistración Pública sobre su obligación de acatar sus resolu-ciones.

Las normativas internas definen el funcionamiento de lasdiferentes instancias, sin embargo éstas no han sido formal-mente aprobadas ni publicadas para su plena vigencia, estafase debe ser completada93.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

93 Entrevista al Procurador Especial y a funcionarios de la ProcuraduríaConcepción Andino y Javier Quinto.

Page 579: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

586

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

FLUJOGRAMA DE TURA DEL CASO EN LA PDDH

Page 580: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

V. La labor de la PDDH y los derechos delas personas y pueblos indígenas

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, con su muy limitado presupuesto y abocada a unextenso universo de trabajo, marcado por sus competencias enun territorio grande y sobre todo de difícil acceso, frente a unacreciente demanda de atención de la población, carente demedios de transporte y de equipos de trabajo; sumado a ello,la enorme barrera de tener que afrontar sus atribuciones frentea una estructura estatal dirigida con carencias y con elevadosniveles de falta de credibilidad y limitada participación ciu-dadana, con importantes antecedentes de incumplimiento derespeto en sus derechos elementales, acude a esta institución adesahogarse y gestionar que se haga respetar su derecho;tiene ante sí una titánica misión que quizá no tenga compara-ción entre sus pares de Centroamérica.

Existe una relación inversamente proporcional entre elpresupuesto asignado a la Procuraduría y la demanda de aten-ción de la ciudadanía. El presupuesto de la Procuraduría havariado de mayor a menor, mientras la demanda de trabajo yatención al público lo hace en sentido contrario.

Es en este contexto, que toca valorar la labor realizada porel Ombudsman de Nicaragua y en particular por la Procu-raduría Especial de Derechos Indígenas, en relación con elacceso a la justicia para los pueblos y personas indígenas, conel propósito de identificar las experiencias positivas y negati-vas, teniendo como premisa general el hecho de tratarse de unainstitución nueva y de un campo de trabajo, inédito o descono-cido para las instituciones de derechos humanos y los profe-sionales del derecho de Nicaragua, como son los derechosindígenas.

587

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 581: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

588

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

A continuación se analizará labor de defensa y promocióndesarrollada por la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos, en las áreas de Defensa y Promoción,identificando las actividades relacionadas a los pueblos indí-genas y comunidades étnicas.

5.1 Sistematización de la atención brindada en elárea de defensa

El área de defensa ha experimentado un crecimiento cons-tante y la tendencia es igual tanto para los casos de competen-cia como los de orientación. Entre el año 2000 y 2003, lademanda creció en un 131% en términos generales y en un268% en los casos de competencia, es decir que casi se ha tri-plicado. Esto indica que la exigencia del trabajo formal ha cre-cido desmesuradamente, pues los casos de competenciarequieren de oficializar un expediente y tramitar la investi-gación hasta concluir con la sentencia y darle seguimiento a sucumplimiento.

Sin embargo, la Dirección de Procuración no ha crecido enla misma proporción en cuanto a personal calificado paratramitar las denuncias se refiere, lo que implica un importantegrado de incapacidad para hacer frente a la demanda de aten-ción. Esta incapacidad va aumentando proporcionalmente enla medida en que aumenta la demanda y el personal no cre-ce94. Lo anterior se demuestra en el siguiente cuadro estadísti-co.

94 Entrevista a Lic. Flor Elena Ruiz, Directora de Defensa de la PDDH, realizadael 20 de octubre 2004.

Page 582: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

589

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

95 No se dice en el informe cuántas denuncias se tramitaron por el método de laconciliación, sólo se menciona que se realizaron 160 visitas para casos de con-ciliación, y en el cuadro de la página 68 del informe donde debía estar este dato,aparece el número de denuncias presentadas en las Regiones Autónomas.

96 Los datos corresponden a número de personas afectadas por institución.97 Sin datos.

95

96

97

Page 583: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

590

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En el cuadro anterior, se aprecia que el Poder Judicial, esla instancia del Estado más denunciada como infractor de losderechos humanos con un 27%, seguido de cerca por la PolicíaNacional con un 16%. Ambas instancias desempeñan el rolfundamental en lo que a acceso a la justicia se refiere, por loque debe prestarse atención al hecho de que entre ambassuman el 43% de las denuncias. Ello es un indicativo de quelos nicaragüenses enfrentan serios problemas en este campo.

Es importante poner atención al lugar que ocupan losGobiernos Municipales entre los entes denunciados comoinfractores, con un 13%. En el caso particular de los pueblosindígenas, gran parte de sus reclamos y denuncias están dirigi-das contra éstas instancias del Estado y están motivadas porchoque de intereses económicos referido principalmente a ladisputa por la recaudación y a intereses políticos de quienesdirigen los Gobiernos de los Municipios con presencia indíge-na, por lo que conducir los Gobiernos Indígenas permiteincidir de manera efectiva en un importante segmento de todala población municipal.

Page 584: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

591

Todos los derechos vulnerados que se describen en elcuadro anterior, están directamente relacionados con la admi-nistración de justicia, la que no está referida exclusivamente alPoder Judicial, ya que hay varias instancias autónomas y otrasdel Poder Ejecutivo vinculadas al tema, como son elMinisterio Público, la Procuraduría de Justicia y la PolicíaNacional.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

98 Se valoran solamente estos derechos por que son los que se consideran masrelacionados al tema acceso a la justicia por estar directamente vinculados a laAdministración de justicia.

98

Page 585: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

592

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Pese al déficit presupuestario frente a la creciente deman-da de atención de la población, lo que disminuye constante-mente la capacidad de resolución de la Procuraduría, se apre-cia una buena productividad en el trabajo del área de defensaque se mantiene con un record arriba del 70%, como se apre-cia en el siguiente cuadro.

99 La sistematización se limita a estos derechos porque es lo que refleja el informede la PDDH.

99

Page 586: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

593

La calidad del trabajo de la Procuraduría, se debe medirpor el esfuerzo empeñado en la tutela de los derechoshumanos. Ello indica que cada denuncia que se presenta cons-tituye un reto para la institución en cuanto a poder asegurar laprotección del derecho que se está vulnerando. El resultado nosiempre es favorable al denunciante y en ello inciden variosfactores, desde el haber acudido por un hecho que se ajusta ala competencia de la Procuraduría, hasta el esfuerzo pordemostrar la violación del derecho denunciado. Por parte de lainstitución, corresponde asegurar una investigación de calidaden cuanto permita desentrañar el fondo de los hechos paraencontrar la infracción al derecho humano, que no siempre semanifiesta claramente, hasta la adecuación correcta del hechocon el derecho protegido y el tipo de infracción.

Hay casos en los que no se logra ver la violación, por quedesde el momento en que se asume el caso se ubica una pers-pectiva diferente a la persecución del acto violatorio. Porsupuesto que la limitación presupuestaria afecta la calidad dela investigación, en tanto que hay diligencias que no se puedenrealizar por limitaciones materiales o de recursos humanosinclusive.

Pese a todo ello, la protección del derecho, a partir de unadeclaración que emita el juicio de la institución tutelar y quemás allá de su cumplimiento, vaya alertando a los infractoresde los derechos humanos, es de entrada un aporte a mejorar lasituación. En este sentido, la calidad de las resoluciones de laProcuraduría, deben medirse por el tipo de recomendacionesque emitan, en tanto sean acertadas para mejorar el tratamien-to de los derechos cuya tutela se ha pedido. Aunque ése no esel propósito de este estudio, sí es importante ubicar que lasdeclaraciones sobre la existencia de las violaciones denun-ciadas que se refleja en términos cuantitativos, es de por sí unparámetro a considerar para medir la calidad del trabajo rea-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 587: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

594

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

lizado. En el siguiente cuadro se expone que más de la mitadde las denuncias presentadas fueron resueltas confirmando laexistencia del acto violatorio y que por tanto más de la mitadde los ciudadanos que acudieron pidiendo la tutela de sus dere-chos la recibieron.

A continuación, se valora la efectividad de esas resolu-ciones de carácter tutelar, para asegurar que efectivamente elciudadano sea en lo sucesivo protegido en sus derechos y queel acto infractor sea censurado. Esta circunstancia no dependede la Procuraduría, sin embargo, de su labor consecutiva alacto declarativo, depende el avance en la tutela y en algunamedida el resarcimiento de los derechos vulnerados.Realmente, debe considerarse que en el fondo, es el conjuntode factores políticos, sociales e históricos, los que determinanel mejoramiento de la situación de los derechos humanos y porello la institución no puede permanecer ajena a esta realidad.No obstante lo anterior, desde su nacimiento hasta la actuali-dad, se ha experimentado un avance en el grado de cumpli-

Page 588: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

595

miento de las resoluciones mejorando de un 24% en el año2000 a un 41% en el 2003, es decir la efectividad de la labortutelar va creciendo, y ello, aunque todavía no llega a los nive-les aceptables, debe valorarse como positiva. El cuadro si-guiente, ilustra esta percepción.

5.2 Sistematización de las actividades realizadas enel área de Promoción

La labor de la Procuraduría para la defensa de losDerechos Humanos, en lo que ha promoción de los derechosse refiere, ha estado centrada en la enseñanza de la constitu-ción política y los derechos humanos, como eje central de lalabor realizada por la Dirección de Promoción. Sumado a estaprioridad y ocupando el primer lugar se ubican los derechos dela niñez y la adolescencia, producto del amplio trabajo realiza-do por la Procuraduría Especial para la Niñez y Adolescencia,que ha copado los informes anuales de la Procuraduría. En

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 589: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

596

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

segundo lugar se ubica la labor de promoción de los derechosde la mujer y en tercer lugar, pero a una distancia considerable,está la Procuraduría Especial para Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas.

A continuación se presentan varios gráficos y cuadros desistematización de actividades de la Procuraduría, que ilustranla afirmaciones anteriores y que son el resultado de una valo-ración comparativa de la labor de promoción realizada entrelos años 2000 al 2003 la que está basada en los informes ofi-ciales presentados por el Procurador de Derechos Humanosante la Asamblea Nacional.

Indicaciones:

Fuente: Informes anuales de la PDDH 2000:52-53 y 63-66, 2001: 29-32,2002: 31-33 y 36, 2003: 50-57 y 62-63.

Gráfico 1

Page 590: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

597

Proyección: Incluye actividades a través de las cuales la insti-tución se proyecta y se vincula con la población uotras entidades para desarrollar temas específicos.

Incidencia: Incluye actividades orientadas a generar opiniónen los actores y en los espacios de toma de decisiones.

Promoción: Incluye actividades de promoción de los derechoshumanos como capacitación, diseño de políticas públi-cas, elaboración de propuestas etc.

Publicidad: Incluye la elaboración, edición distribución depublicidad y materiales educativos.

El siguiente cuadro, detalla las actividades de promociónrealizadas por la Procuraduría Especial de Pueblos Indígenas yComunidades étnicas, según los informes anuales de laPDDH.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 591: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

598

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 592: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

599

De las 3 Procuradurías Especiales aparece que la menosactiva es la Procuraduría de Pueblos Indígenas y ComunidadesÉtnicas, tal como se indicó en el Cuadro antepuesto. El prome-dio de actividades realizadas para la Niñez y Adolescencia fuede 63%, para la Mujer fue de 28% y para la ProcuraduríaIndígena fue 9 %. El que la Procuraduría Indígena aparezcacomo la más pasiva, se corresponde con el último lugar queocupa en beneficios de la Cooperación. Esta situación se refle-ja en el gráfico 5.3.2.que se presenta más adelante.

No obstante, al hacer una relación entre la cooperaciónexterna y la realización de actividades de promoción, seencuentra que no existe una relación directamente propor-cional entre el volumen de cooperación y el de las actividades.En algunos casos existen relaciones inversamente propor-cionales. Por ejemplo, la Procuraduría Especial de PueblosIndígenas y Comunidades étnicas, recibió el 13% del montototal asignado a las tres Procuradurías Especiales. Sin embar-go, las actividades realizadas llegan hasta un 9%, en cambio laProcuraduría de la Mujer recibió el 22% y realizó el 29% delas actividades.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 593: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

600

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Gráfico 2

Page 594: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

601

VI. Principales derechos indígenas vulnerados y atendidos por la PDDH

La situación de los derechos de los pueblos indígenas deNicaragua y el tratamiento de los mismos, es un campo deacción inexplorado para los órganos defensores de derechoshumanos. No existe ninguna organización especializada en eltema de los derechos humanos indígenas. A nivel nacional, lasprincipales experiencias están en la Costa Caribe con el Centrode Derechos Humanos Ciudadanos y Autonómicos de la CostaAtlántica (CEDEHCA), Centro por la Justicia y DerechosHumanos de la Costa Atlántica de Nicaragua (CEJUDHCAN)y Centro de Asesoría Legal para Pueblos Indígenas (CALPI),y otras organizaciones locales que trabajan en la misma direc-ción pero con menor definición de entes de derechos humanospropiamente dicho.

En las Regiones del Pacífico Centro y Norte, se creó en elaño 1999 una organización llamada Asociación para laDefensa y Promoción de los Derechos Humanos de Nicaragua(APRODIN), la que entre sus fines y objetivos contempla lapromoción y defensa de los derechos humanos, pero ésta tieneen su línea de trabajo un perfil más general y no ha asumido elcampo específico de los derechos humanos.

En este estado, la situación de los derechos humanos delos pueblos indígenas y comunidades étnicas, queda desaten-dida en términos generales y no existe, por lo tanto, una expe-riencia de país. Las pocas que existen se limitan a áreas especí-ficas. Lo anterior tiene repercusión en el trabajo que realiza laProcuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, laque por esta carencia no ha podido contar con una entidad alia-da que colabore en este ámbito o que al menos le sirva de con-traparte a la Procuraduría Especial en el tratamiento de losderechos indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 595: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

602

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

6.1 El derecho a mantener su identidad y cultura

Este derecho es vulnerado en todas las regiones, de ma-nera oficial y extraoficial, por el Estado y hasta por laSociedad Civil100.

Para los pueblos del Pacífico, Centro y Norte, desde lanegación de su existencia, tanto en las cifras demográficas ofi-ciales que no contabilizan a estas poblaciones indígenas, comoen la remisión al Atlántico cuando se refieren a los pueblosindígenas, así como en la promulgación de decretos oficialesen los que ignoran a los indígenas de estas regiones y en laapropiación del Estado de objetos arqueológicos que perte-necen a los pueblos indígenas.

Algunos ejemplos de la anterior afirmación son los si-guientes hechos:

1. El Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos(INEC), en su informe de Estimados Poblacionales para1992, habla de 96% de mestizos y 4% entre indígenas yafro descendientes ubicados en el Atlántico101.

2. En el informe rendido por el Estado de Nicaragua en 1995al Comité para la Eliminación de la DiscriminaciónRacial, encargado de vigilar la aplicación de la Conven-ción Internacional sobre la Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación Racial, al responder las inquie-tudes del Comité sobre que en el informe no se hacía re-ferencia a los indígenas de las regiones del Pacífico,Centro y Norte, respondió “Que habían algunas pobla-

100 En el Diagnóstico sobre la Situación de los Pueblos Indígenas y ComunidadesÉtnicas, este aparece como uno de los derechos fundamentales que se reclamavulnerado tanto en el Atlántico como en el Pacífico.

101 Citado por Oscar René Vargas, Nicaragua entre el Laberinto y la Esperanza,pagina 21.

Page 596: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

603

ciones en el Pacífico, que iban desde 14,000 a 28,000,pero que en general dichas poblaciones indígenas sehabían asimilado a las comunidades locales, con lo cualhabían perdido su cultura y sus costumbres tradi-cionales”102.

3. En el Decreto 14-98 Reglamento de la Ley de laPropiedad, para reglamentar la disposición del artículo103 de la Ley 278 referido a que todos los beneficiarioscon títulos de Reforma Agraria sobre tierras indígenas,deben pagar a éstas un canon por el uso de la tierra y queel Ejecutivo debe reglamentar dicho canon, el PresidenteArnoldo Alemán estableció en el artículo 3 del Regla-mento, “que dicho canon se va a definir hasta que se rea-lice la demarcación de las tierras indígenas“. Ésta es unadisposición para el Atlántico, puesto que en el Pacífico,Centro y Norte, las Comunidades Indígenas ya tienendemarcado y titulado sus territorios, pero con dicha dis-posición se les impide cobrar el canon a las personas quetienen títulos agrarios sobre sus tierras. A esto hay queagregar la gran cantidad de títulos agrarios que elGobierno sigue emitiendo sobre las tierras indígenas103.

4. En el año 1999 se descubrió en una comunidad conocidacomo Muy Muy, El Viejo, del Municipio de Matiguás,Departamento de Matagalpa, un sitio con una gran canti-dad de piezas y objetos arqueológicos que tenían unaantigüedad mayor a 1500 años, al enterarse del hallazgo,los representantes de la Comunidad Indígenas de MuyMuy con mucho entusiasmo se hicieron presente al lugarpara reconocer las obras de sus antepasados, pero en el

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

102 Observaciones Finales del Comité para la Eliminación de la DiscriminaciónRacial, 47º Período de Sesiones.

103 Publicado en la Gaceta No. 30, del 13 febrero 1998.

Page 597: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

604

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

lugar que ya estaba tomado por la Policía, ni siquiera seles permitió acercarse a ver de que se trataba, pues ya todoestaba intervenido por la Dirección de PatrimonioCultural del Ministerio de Cultura104.

En la Costa Caribe, pese al reconocimiento oficial de laidentidad y cultura en la Constitución y las Leyes autonómi-cas, Ley 445 y Ley de Lenguas de la Costa Atlántica, se siguedesconociendo la cultura e implementando diferentes meca-nismos para ir disminuyendo, menguando la cultura y la ex-presión cultural y de identidad de estos pueblos. Algunosejemplos de ello son los siguientes:1. El 80 % de las autoridades judiciales en la Costa Atlántica

son gente del Pacífico y no es necesario nombrar gente delAtlántico, por que los indígenas entienden bien elespañol105.

2. A los indígenas que son procesados se les niega el derechode hablar en su idioma y no se les traduce al idioma mater-no las declaraciones o actuaciones judiciales para que lasentienda bien de acuerdo a su idioma. Este derecho seniega aún cuando los litigantes defensores lo solicitan106.

3. Estigmatizaciones que se hacen con personas a quien porel sólo hecho de provenir del Atlántico se les trata comosospechosos de trafico de drogas107.

104 Entrevista al señor Eulogio Suazo Gómez, ex Presidente de la ComunidadIndígena de Muy Muy, Matagalpa, 22 de noviembre 2004.

105 Entrevista al Dr. Rodolfo Martínez, Presidente Tribunal de Apelaciones de laRAAS, realizada en Bluefields, el 17 de noviembre 2004.

106 Declaración de la Dra. Hazel Lau, Abogada Litigante de la Costa Atlántica yAsesora de Comunidades Indígenas Miskitas, en el IV Simposio de la Autono-mía, realizado en Managua entre el 8 y 10 de septiembre 2004.

107 Resolución Final del Número 356-2001 de la Procuraduría para la Defensa delos Derechos Humanos, en el caso de Karla Bush, a quien en el Aeropuerto deManagua, después de registrarle todo su equipaje, por el hecho de no portar sucédula de identidad y provenir del Atlántico, la sometieron a abusos deshon-estos para indagar si traía droga.

Page 598: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

605

6.2 El derecho a tener su propia forma de organización social

Este derecho es violentado por las autoridades munici-pales que intervienen en los asuntos internos de las Comuni-dades Indígenas para imponer autoridades afines a sus intere-ses o para generar desorden y evitar que las Comunidadesadministren su patrimonio y recauden el canon que por el usode la tierra deben pagar los no indígenas.

Este derecho está sustentado en diferentes disposicionesconstitucionales, Art. 5 párrafo tercero, 25, 27 y 49, así comoen los diferentes Tratados de Derechos Humanos que protegenlas libertades políticas y sancionan la discriminación racial,como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,la Convención Americana de Derechos Humanos, la Decla-ración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacionalde Derechos Económicos Sociales y Culturales, la Convenciónsobre la Eliminación de Todas las Formas de DiscriminaciónRacial, todos ratificados por el Estado de Nicaragua y elConvenio 169 suscrito por Nicaragua.

Sobre este tema y los diferentes casos denunciados, hayamplia información en el capítulo I, apartado 7.5 de este estu-dio. Entre las Comunidades Indígenas que al menos en los últi-mos 10 años han sufrido violaciones a este derecho están:Matagalpa, Sébaco, Jinotega, Muy Muy, Mozonte, Cusmapa,Nagualapa y Urbayte Las Pilas.

Cuando iniciaron estos actos, en 1994 con Matagalpa, noexistían órganos tutelares de derechos humanos a los cualespudieran acudir a quejarse los indígenas y para llevarlo a laautoridad judicial, los indígenas no estaban preparados paraello. Fue hasta 1998 que se comenzó a utilizar la vía judicialcon la Comunidad Indígena de Sébaco, la cual no prosperó por

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 599: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

606

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

que no se había agotado la vía administrativa108. Luego siguióJinotega en el año 2000, cuya demanda no prosperó por quecuando llegó el Recurso de Amparo ya el acto estaba consuma-do y Tribunal de la Circunscripción Norte se negó a suspenderel acto. Hasta la fecha este Recurso no se ha dictado sentenciaen la Corte Suprema109.

En el año 2000, al iniciar operaciones, la Procuraduríapara la Defensa de los Derechos Humanos, se presentaron dosDenuncias de este tipo, una procedente de Sébaco y otra deJinotega. En ambos casos la Resolución fue negativa, argu-mentando en que se habían iniciado acciones judiciales que leimpedían pronunciarse al respecto110, aunque los represen-tantes indígenas de Sébaco niegan que hayan usado la vía judi-cial contra esos hechos y los de Jinotega dijeron que recur-rieron de Amparo para no quedar en indefensión por que se lesvencía el término para recurrir que es de treinta días despuésdel acto y tanto los de Sébaco como los de Jinotega, Luego enel año 2003, se presentó otra denuncia por parte de laComunidad Indígena de Sébaco, y siempre la Resolución fuenegativa, en esta ocasión el argumento utilizado fue que hayun conflicto de leyes y por ello se abstenía de pronunciarse111.

Sin embargo la Corte Suprema de Justicia emitió senten-cia en otro Recurso de Amparo interpuesto por la misma

108 Así lo consideró la Corte Suprema en la Sentencia emitida, por que no se esperóla resolución administrativa de un Recurso de Revisión interpuesto contra elConcejo Municipal y dejó impune los abusos cometidos contra la ComunidadIndígena.

109 Expediente 108-2000, el que desde julio del 2000 está para Sentencia, quedan-do impunes los actos denunciados y sin resarcimiento los daños causados a laComunidad Indígena por la intromisión de las autoridades municipales en losasuntos internos de la Comunidad.

110 Resoluciones finales del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanosa los Expedientes 106-2000 y 111-2000.

111 Resolución Final al Expediente 110-2003.

Page 600: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

607

Comunidad Indígena de Sébaco, admitiendo el recurso yaclarando que no hay conflicto de leyes, por que ante las leyesque establecen disposiciones discriminatorias otorgándole fa-cultades a los Gobiernos Municipales sobre las ComunidadesIndígenas, se le impone la Constitución Política que garantizalos derechos humanos de los indígenas a tener su propia formade organización social112.

Otros casos de denuncias que se presentaron al ProcuradorEspecial de Pueblos Indígenas pero que no se abrió expe-diente, fue de Mozonte, Nagualapa y Ometepe. De los que seinformó, no hubo resolución de ningún tipo.

En términos generales, el problema radica en que laProcuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos no haubicado estos hechos como problema de derechos humanos.Así se le ha dado otro enfoque. Se han implementado otros cri-terios de actuación113, no se han aplicado los principios dederechos humanos establecidos en las disposiciones constitu-ción, ni las disposiciones de los Tratados Internacionales deDerechos Humanos ratificados por Nicaragua.

En el caso 110-2003, la investigación se enderezó contrael Ministerio de Gobernación cuando la entidad denunciadaera el Gobierno Municipal de Sébaco. En Nagualapa, se llegóa mediar, cuando la denuncia no era contra otros indígenassino contra el acto del Gobierno Municipal de desconocer a lasautoridades de la organización indígena. En Jinotega y Sébacono se aplicaron los principios Pro Homine y Pro Libertatis,

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

112 Sentencia 101 del 23 de agosto 2004.113 En carta enviada por el Procurador al Ministerio de Gobernación sobre el caso

110-203, consta el criterio jurídico del Procurador, aduciendo que el Estatuto dela Comunidad Indígena contrariaba el decreto ejecutivo del 11 de marzo de1952, que contiene disposiciones discriminatorias violatorias de derechoshumanos que después fue declarado sin vigencia por la Corte Suprema deJusticia mediante la ya citada Sentencia 101.

Page 601: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

608

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

que orientan hacer prevalecer la acción tutelar inclusive cuan-do existen dudas de carácter jurídico a fin de proteger a la per-sona y su libertad.

6.3 El derecho de propiedad indígena, un derechovulnerado que permanece invisibilizado

El tema de la propiedad es el que sobresale entre los dere-chos sociales vulnerados, ocupando el 56% de las denunciascomo se presentó en el cuadro 4 visto en el apartado 5.1 ante-rior referido al área de defensa. Es importante destacar, quepor ser materia de derecho civil, la mayor parte de conflictosde este tipo se tramitan en los Juzgados y no llegan a laProcuraduría o si llegan no se tramitan por no ser competen-cia de la institución, en términos generales. Debe considerarsepues, que este dato está referido exclusivamente a aquelloscasos en que se ha producido una violación de parte de losfuncionarios públicos (que podrá ser por acción u omisión), ygeneralmente llegan a la Procuraduría los casos en que losconflictos se han intensificado y generalmente cuando estánrelacionados con la comisión de actos delictivos que no sonmateria del derecho civil, especialmente cuando hay personasdetenidas114.

Como se ha señalado en páginas anteriores, la carencia deinformación sobre la labor desarrollada por la Procuraduría,en la atención a las personas y los pueblos indígenas y especí-ficamente sobre el derecho colectivo más importante paraellos, como es la propiedad comunal, dificultan sustentarcuantitativamente las valoraciones sobre el tema que resultaimprescindible de analizar en el presente estudio. Ante la li-

114 En el Departamento de Matagalpa, de 6 casos que se conocieron tramitados enla Procuraduría, 2 están referidos a la propiedad.

Page 602: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

609

mitación de la fuente informativa institucional, se recurrió aotras fuentes documentales procedentes de entidades que tra-bajan en derechos humanos y que han sido de mucha utilidadpara suplir en parte este vacío, así una de nuestras fuentessupletorias, fueron los informes del Centro Nicaragüense deDerechos Humanos, CENIDH, del cual analizamos losinformes anuales correspondientes al período 2000-2004,coincidente con el período de informes que hemos analizadode la PDDH115.

En los informes del Centro Nicaragüense de DerechosHumanos, destaca el conflicto por la propiedad y dentro deellos se señala el involucramiento de funcionarios públicos enactos de corrupción vinculados con el tema de la propiedad.Por lo que hace al tema de Reforma Agraria específicamente,se valora como actos de corrupción y además una violación alos derechos humanos muchos desalojos de campesinos bene-ficiarios que son desalojados por antiguos dueños de laspropiedades, muchos de los cuales ya han sido indemnizadosy el Estado que tiene la obligación de defenderlos y de prote-ger la propiedad cooperativa no lo hace116.

Las denuncias interpuestas por los pueblos indígenas no sereflejan en la calificación que se hace, como casos de pro-piedad, pero la base de conflicto agrario en el campo y espe-cialmente en los territorios indígenas es la disputa por la pro-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

115 En el Diagnóstico sobre la Situación de los Pueblos Indígenas y ComunidadesÉtnicas, el problema de la propiedad aparece ubicado en primer orden. Véasepáginas 27 a 32.

116 En el informe anual del año 2003 páginas 91-92, el Centro Nicaragüense deDerechos Humanos, CENIDH, señala que en concepto de indemnizaciones porpropiedades afectadas para fines de Reforma Agraria por parte del Estado se hanpagado 975.6 Millones de Dólares, y en el mismo informe cita entre otros, elcaso del señor Juan Erasmo Centeno Blandón, quien entregó en pago por crédi-tos vencidos al Banco una propiedad ubicada en el Municipio de Muy Muy,luego el Estado la adquirió del Banco y la asignó a unos desmovilizados de laresistencia y actualmente la está reclamando alegando que fue confiscado.

Page 603: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

610

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

piedad de la tierra. El CENIDH es reiterativo en sus informessobre dicha problemática, indicando que el proceso de contra-reforma agraria que se ha impulsado en el campo desde 1990,ha llevado a desarticular el movimiento cooperativo que seredujo a un 13.8% con el Gobierno de Violeta Chamorro, a un2.7% con el Gobierno de Arnoldo Alemán y a la par de ello seha revertido la tenencia de la tierra que ha vuelto a manos delos grandes capitalistas. Así se indica que de 3, 715,543 man-zanas de tierra que fueron distribuidas por Reforma Agraria a112,000 familias campesinas, el 79% han sido afectadas por elproceso de contrarreforma agraria impulsado desde el Gobier-no a partir de 1990. Datos del año 2000 indican que de 510Cooperativas que existían en 1990 poseyendo 1 millón115,000 manzanas de tierra, una década después sólo queda-ban 250 Cooperativas formalmente existentes por que sus re-gistros no habían sido cancelados en el Ministerio del Trabajo,pero la tenencia de la tierra ya se había reducido a casi el 10%quedándoles 122,000 manzanas y todavía en conflicto117. Alcierre de este informe no se encontraron datos sobre la situa-ción actual, pero es evidente que la cosa está peor. Se han con-tinuado otorgando títulos de Reforma Agraria, pero paradóji-camente como dice el CENIDH, para hacer contra reformaagraria. Hasta enero del 2002 se habían titulado 5 millones,293 mil 335 manzanas a través de 93,716 títulos agrarios, loque de ninguna manera se debe interpretar como que se estáhaciendo Reforma Agraria, pues según datos estadísticos pu-blicados por el Instituto Nicaragüense de Estadísticas yCensos en la Encuesta Nacional de Medición del Nivel deVida, se señala que el 90.7% de la propiedad en Nicaragua,está en manos de particulares. Esto indica el enorme problemade la propiedad indígena.

117 Informe del CENIDH, año 2000, páginas 62-65.

Page 604: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

611

Es importante ahondar un poco en la situación de lapropiedad. El proceso de contrarreforma agraria afecta direc-tamente a las Comunidades Indígena en tanto son beneficiariasde Reforma Agraria, según se definió en las leyes de 1981,artículo 30, su Reforma de 1986 artículo 31, la Ley dePropiedad Agraria de 1990 artículo 1, la Ley de Estabilidad dela Propiedad de 1995 artículo 37 y la actual Ley de laPropiedad Urbana y Agraria de 1997 artículo 103.

En el marco del proceso histórico, se evidencia que en elcontexto de la Revolución hubo avances importantes parasuperar la contradicción histórica entre el derecho indígena yel derecho agrario. Desde 1981, en que se promulgó la primeraLey de Reforma Agraria revolucionaria, se estableció en elArt. 30, lo siguiente: “El Estado podrá disponer de la cantidadde tierras necesarias para que las Comunidades Miskitas,Sumos y Ramas, puedan trabajarlas individual o colectiva-mente y para que se beneficien de sus recursos naturales conel objetivo de que sus pobladores puedan mejorar su nivel devida y contribuir al desarrollo social y económico de la naciónnicaragüense”118. Debe reconocerse además, que tal disposi-ción fue producto del grado de avance en las luchas indígenasy su participación en los procesos políticos, pues esta disposi-ción que tiene mucha trascendencia histórica para el derechomoderno fue el resultado de las demandas que durante casi unsiglo venían planteando los líderes costeños al Gobierno Cen-tral desde el famoso manifiesto del Senador Horacio Hodgsonexpuesto al Parlamento Nicaragüense en 1935, hasta lademanda que MISURASATA antiguamente conocida comoALPROMISU, le hizo al Gobierno en 1980119, en la cual uno

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

118 Publicada en la Gaceta Diario Oficial, Número 188 del 21 de agosto de 1981.119 Elementos Generales sobre el Problema Indígena en Nicaragua, estudio realiza-

do por el Centro de Investigaciones y Estudios de Reforma Agraria, página 92,mimeografiado en septiembre de 1980.

Page 605: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

612

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

de sus cuatro planteamientos era precisamente el reconoci-miento y titulación de las tierras que ancestralmente habíanposeído las Comunidades Indígenas y que los gobiernos ante-riores desde la reincorporación de la Mosquitia por elGobierno Liberal de Zelaya hasta el de Somoza, les habíandespojado para entregarla a los terratenientes. La propuestadecía textualmente: “La Reforma Agraria debe permitir que elindígena sea propietario legítimo de sus tierras, sin discrimi-nación alguna, ni parcelación de las mismas. Para esto,reconocer los títulos reales y suplementarios que nuestrascomunidades poseen y legislen con sentido práctico loslugares en que estamos tradicionalmente asentados”.

Actualmente estos postulados tienen rango constitucional,por lo que la contradicción señalada ha sido superada alestablecerse en el ordenamiento jurídico la armonía entre elderecho agrario y el derecho indígena. Así el Art.107 dispone:“La Reforma Agraria eliminará cualquier forma de explota-ción a los campesinos, a las comunidades indígenas del paísy promoverá las formas de propiedad compa-tible con losobjetivos económicos y sociales de la nación, establecidos enla Constitución. El régimen de propiedad de las tierras de lascomunidades indígenas se regulara de acuerdo a la ley de lamateria”.

Lo anterior implica que todo el proceso de contrarrefor-ma agraria, denunciado reiteradamente en los informes quesobre la Situación de los Derechos Humanos en Nicaragua queha publicado el CENIDH, afecta directamente los derechos delos pueblos indígenas y debe señalarse como un problema dederechos humanos de los indígenas.

Dadas las limitaciones de información casuística en laProcuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, sobreel derecho de propiedad indígena, y que además los informes

Page 606: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

613

de las Delegaciones Territoriales de la Costa Caribe no infor-man al respecto, se tuvo que extraer la información de las pu-blicaciones anuales del Centro Nicaragüense de DerechosHumanos correspondiente a los años 2000 a 2003, período quecoincide con el que analiza la actividad de promoción y defen-sa realizada por la Procuraduría.

Pese a ser ignorados, en los mismos informes, se hace evi-dente la afectación a los pueblos indígenas. A continuación secitan algunos ejemplos:

1. En el informe 2000120, se citan como conflictos agrarios11 conflictos agrarios, que conoció el CENIDH. Sin em-bargo, dicho órgano defensor de derechos humanos desco-noce o al menos no lo refleja en el informe, que 8 de ellosestán relacionados con tierras sobre las cuales tienen dere-cho de propiedad las Comunidades Indígenas. Tales casosson los siguientes:

1.1. Conflicto del señor Carlos Lorente con el Presidentede la República Arnoldo Alemán, quien según señalael informe, para despojarle de las tierras dispuso a laProcuraduría de la República para que cancelara elTítulo Agrario que le habían otorgado en los años 80.Estas tierras están dentro del Título de Propiedad quedesde 1872 tiene la Comunidad Indígena de Salinasde Nagualapa. Por esta situación, el MovimientoIndígena de Nicaragua entró en conflicto con elAlcalde de Tola en el año 1992.

1.2. El conflicto entre el señor Bayardo Argüello y laComunidad de El Gigante, quien impide el paso de lacomunidad a las playas y les chantajea para que levendan las tierras a precio irrisorio. Estas tierras y

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

120 Páginas 63 a la 65 del informe.

Page 607: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

playas, también pertenecen a la Comunidad Indígenade Salinas de Nagualapa.

1.3. Conflicto entre el señor Walter Calderón, líder de laResistencia Nicaragüense quien ocupó importantescargos relacionados con la propiedad en el gobiernode Arnoldo Alemán y al que señalan de ser uno de losprincipales responsables del negocio con la tierra queutilizando a desmovilizados de la Resistencia hanhecho varios funcionarios de gobierno. Señalan comoejemplo de ello que este señor adquirió T í t u l oAgrario a nombre de desmovilizados de la Resisten-cia sobre una propiedad de 1500 manzanas ubicadasen el Municipio de Terrabona, las que luego le vendióal Presidente del Consejo Supremo Electoral, aúnsobre la prohibición que establece la Ley de laPropiedad de no venderla antes de 5 años. Las tierrasde la Comunidad Indígena de Matagalpa, abarcan elMunicipio de Terrabona.

1.4. Caso de la Cooperativa San Matías ubicada en laComarca de Cumaica, Municipio de Esquipulas,Departamento de Matagalpa, a quien pese a tenerTítulo Agrario, el Comisionado Evenor Gutiérrez,Jefe de la Policía del Departamento, a petición dequien dice ser el antiguo dueño, llegó a desalojar sinninguna orden judicial. Esta propiedad está dentrodel territorio titulado a favor de la ComunidadIndígena de Matagalpa.

1.5. Conflicto entre miembros de la ex-ResistenciaNicaragüense y dirigentes de dicha organización,sobre una propiedad conocida como Varsovia ubica-da en la Comarca Buena Vista, Municipio de SanRamón, Departamento de Matagalpa, la que reci-

614

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 608: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

bieron en asignación de Reforma Agraria. Ahora losdirigentes se las están quitando, reduciéndoles de 21manzanas asignada originalmente a menos de 10manzanas por familia, amenazándolos además conquitarles todas si no apoyan las protestas y tranquesque realizan. Esta propiedad también pertenece a laComunidad Indígena de Matagalpa.

1.6. Caso de la Hacienda La Estrella ubicada en laComarca El Matazano, Municipio de Matagalpa. Estapropiedad era del señor Ignacio Aráuz, ex-Diputadoen los tiempos de Somoza, quien según dice el infor-me, fue indemnizado en varias ocasiones y luego fueentregada a los trabajadores mediante Contrato deArriendo con opción a compra. El 29 de agosto delaño 2000, la Policía Nacional excediéndose de susfunciones desalojó violentamente a los trabajadores,para entregarla al antiguo dueño. Esta propiedad tam-bién pertenece a la Comunidad Indígena de Matagal-pa, según lo establece su Título Real.

1.7. Caso de la Comunidad Agua Amarilla, ubicada en elMunicipio de La Dalia, con una extensión de 2060manzanas que fue asignada por Título de ReformaAgraria a desmovilizados de la Resistencia Nicara-güense y del Ejército Nacional, así como a algunoscolonos que habitaban antiguamente la propiedad. Seinforma de un conflicto promovido por los desmovi-lizados de la Resistencia Nicaragüense, quienes conel apoyo de funcionarios de la OTR, pretendenquitarles la propiedad al resto para después venderla.Esta propiedad está dentro del Título Real de laComunidad Indígena de Matagalpa.

615

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 609: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

616

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1.8. Conflicto en la Comarca de Uluse, Municipio deMatiguás, quien también perteneció en los tiemposde Somoza al Diputado Ignacio Aráuz, la que está enposesión de indígenas que fueron trabajadores de laHacienda y habitaban antiguamente la propiedad.Ahora los sucesores del señor Aráuz, tambiéndespués de haber sido indemnizados y con el apoyomuy diligente de la Policía Nacional de Matagalpa,jefeada por el Comisionado Evenor Gutiérrez, hanquerido desalojar. Se indica que el señor Julio Aráuz,hijo del ex-dueño hirió de muerte a la señora AngelaGuido quien estaba embarazada. Esta propiedad estádentro del título Real de la Comunidad Indígena deMuy Muy, y que fue usurpada a la ComunidadIndígena en 1907, cuando el Gobierno de José SantosZelaya se la adjudicó mediante Título de ReformaAgraria pese a que se constató que estaba poseída porlos indígenas de dicha comunidad quienes la trabaja-ban en Común121.

2. En el informe se citan 5 conflictos de propiedad122, 2 enMatagalpa, 1 en Chontales y 2 en Estelí. Los dos de Mata-galpa están relacionados con indígenas, uno urbano refe-rente a una toma de tierras en la ciudad por parte de traba-jadores del café, que debido al cierre de las fincas por partede los patrones, tuvieron que emigrar a la ciudad. No seindagó cuantos de ellos eran indígenas, pero se sabe que lagran mayoría de las haciendas cafetaleras de este departa-mento están ubicadas en tierras indígenas.

129 Toda esta información sobre la situación de las propiedades indígenas, ha sidoextraída de un Estudio realizado en 1999 por el autor de este trabajo, el que fuetitulado La Propiedad Comunitaria en Nicaragua.

130 Informe de Derechos Humanos del CENIDH, año 2001, página 72 a 76.

Page 610: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

617

El otro caso de Matagalpa es la familia Rivera Benavides,desmovilizados de la Resistencia Nicaragüense, quienesrecibieron una propiedad ubicada en el Municipio deMatiguás, mediante título de Reforma Agraria que luegoles desconocieron. Después la Oficina de Titulación Ruralse la adjudicó a la señora Vilma Rojas, que no es sujeto deReforma Agraria y ella los acusó criminalmente. Fueronencarcelados pero el Tribunal los declaró inocentes. Elinforme no señala que esas tierras pertenecen a laComunidad Indígena de Muy Muy y que los 12 miembrosde la familia encarcelados, salieron gracias a que laComunidad Indígena les había otorgado título basado en laasignación de Reforma Agraria que les había hecho elGobierno.

3. En el informe del año 2002, el CENIDH cita cuatro casos,uno en la Comunidad de Mérida, Municipio de AltaGracia, Isla de Ometepe en el Departamento de Rivas y losotros en los departamentos de Jinotega, Matagalpa yBoaco, un caso de corrupción con tierras mediante la asig-nación a desmovilizados de la Resistencia Nicaragüensecomo los ya señalados anteriormente.

3.1. De los dos casos señalados, el primero pertenece a laComunidad Indígena de Urbayte Las Pilas, segúnTítulo Real adquirido desde 1883 y de igual forma laspersonas afectadas por el desalojo también sonmiembros de la casta indígena de dicha Comunidad.

El informe indica que el Estado les otorgó un Título deReforma Agraria a desmovilizados de la Resistencia Nicara-güense, quienes inmediatamente, sin siquiera haber tomadoposesión, se la vendieron al señor Frank Mena, quien demandópara que le entregaran la propiedad a las 12 familias indígenasque estaban en posesión continua desde hace más de 30 años.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 611: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

618

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En el referido juicio, tramitado en el Juzgado Civil delDistrito de Rivas, se les negó a los indígenas litigar bajo elbeneficio de pobreza a fin de eximirse de algunos gastos queimplica el juicio y además se le dio trámite, basado en unTítulo Nulo, en tanto que había sido transmitido por lossupuestos beneficiarios de Reforma Agraria, sin ser origina-rios del lugar, sin ser trabajadores del campo, sin estar en po-sesión de la tierra y por demás, que la tierra estaba en posesiónde otros campesinos a quienes la Ley Agraria protege. Sinembargo, nada los detuvo y el caso terminó en un sangrientodesalojo que dejó cuatro comunitarios baleados y varios gol-peados, que fue repudiado por toda la población y las autori-dades de la Isla de Ometepe especialmente por los Alcaldes delos dos Municipios Altagracia y Moyogalpa, lo cual creó unescándalo nacional, que culminó con la destitución de las dosjuezas involucradas en el asunto123.

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, tramitó de oficio la denuncia sobre este hecho, quetomó de las publicaciones en los diarios La Prensa y El NuevoDiario del 25 y 26 de febrero 2002, y resolvió declarando laviolación a los derechos humanos de los comunitarios porparte de los oficiales de la Policía Nacional y las Juezas, orde-nando además que las autoridades superiores de la Policía y elPoder Judicial adopten las medidas administrativas sin per-juicio de la apertura de procesos judiciales. Para el caso de lasJuezas, recomienda que las medidas que se adopten no seanmenores a su destitución124.

123 Este incidente está recogido para la historia de Ometepe, por el historiador local,el maestro Manuel Hamilton Silva Monge en su libro Ometepe en el Siglo XX,páginas 73 y 74.

124 Informe Anual PDDH, año 2002, páginas 102-103.

Page 612: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

619

Esta propiedad, fue primero usurpada a los indígenas porSomoza, y después del 79 recuperaron la posesión, sin embar-go nuevamente fueron desalojados y la justicia les negó elacceso para defenderse. Este es un caso muy ilustrador de lasituación de los indígenas del Pacífico, Centro y Norte,quienes aparte de sufrir todos los vejámenes ya relatados, soninvisibilizados por el órgano mismo que los ha defendido.

En el informe del 2003, el CENIDH, hace referencia a laspropiedades indígenas, pero evidentemente en la misma líneade manifestar su desconocimiento sobre el tema. El informemenciona como problema la invasión de tierras a la Reserva dela Biosfera de Bosawas, invadida por 105 familias integradaspor aproximadamente unas 600 personas, las que talaron unas10,000 manzanas de bosque, afectando todo el hábitat. Indicaque estas familias proceden de las regiones Central y Norte delpaís y que muchos llegan allá estafados por traficantes de tie-rras, que viven de este negocio y vuelve a señalar a los desmo-vilizados de la Resistencia Nicaragüense.

El informe menciona los daños que esta invasión le estáprovocando a los recursos naturales de la reserva, pero paranada menciona el daño que le provoca a los pueblos Sumo-Mayagna y Miskitu, que habitan en la Reserva, mucho menosel daño que el Estado les ha provocado al declarar la Reservasin previa consulta a estos pueblos indígenas, desconociendosus títulos de propiedad sobre toda el área, muchos de loscuales eran títulos de Reforma Agraria otorgados en la décadade los 80 por el gobierno, en cumplimiento al Art. 30 de laLey Agraria de 1981, cumpliendo le demanda indígena queantes se ha señalado.

El otro caso a que hace referencia el informe es a las prác-ticas anómalas que se están dando para asegurar los negociosque se están haciendo con la propiedad, la cual podría involu-crar a abogados, jueces, funcionarios del Gobierno, desmovi-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 613: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

lizados de la ex-Resistencia Nicaragüense y en la cual tambiénimplican a representantes de las Comunidades Indígenas. Aeste respecto es válido y muy valiente de parte del CENIDH,denunciar esta red y sobre todo ubicarlo como un problema dederechos humanos. Lo que pasa es que no logra ver el derechode los indígenas dentro de esta amalgama de derechos recla-mados que son al final los más vulnerados.

El CENIDH señala que el problema se agudiza en elDepartamento de Matagalpa, por las Comunidades Indígenasde Matagalpa, Sébaco y Muy Muy, que han otorgado múltiplestítulos sobre las mismas propiedades y trata de identificarcomo causa la existencia de varias directivas en una mismaComunidad l, problema que además califica como muy difícilde resolver. Realmente la causa del problema no es la existen-cia de varias directivas, pues este es un efecto, no la causa delproblema. La causa estriba precisamente en el abuso de losderechos de propiedad de las Comunidades Indígenas quecometen algunos funcionarios de la Administración Pública ylos terratenientes, que no siendo indígenas, ocupan tierrasindígenas y para evitarse problemas influyen en los círculos depoder, para que las Comunidades ejerzan su derecho depropiedad y establezca las regulaciones al uso de sus tierra, lasque están establecidas en las leyes indígenas. La existencia delas dos Juntas Directivas en estas Comunidades es producto deese conflicto y de terceros que comercian con las tierras indí-genas y que para asegurar sus negocios y sus intereses obsta-culizan por todos los medios el proceso de fortalecimientoinstitucional que se ha emprendido en estas Comunidades,para poner el orden y lograr que el producto de la tierra, esdecir el canon por el uso de la misma beneficie a la poblaciónindígena.

No es casual que este problema de las 2 Juntas Directivasse haya promovido en las Comunidades que más han avanza-

620

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 614: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

do en el ejercicio del derecho de propiedad, y tales maniobrasvayan simultáneas al avance que en este campo van alcanzan-do las Comunidades. Así ha sucedido en Sébaco desde el año1998, en Jinotega en el año 2000, en Muy Muy en el año 2001,en Matagalpa –donde está sucediendo actualmente–, enMozonte y en Ometepe, entre otras. Todos los casos de anar-quía institucional, ha sido promovida desde afuera, porsupuesto utilizando a algunos indígenas que se presten aljuego, pero el fin, es no permitir que la institución se fortalez-ca para hacer valer sus derechos sobre la propiedad.

Sobre el tema de la Propiedad Indígena es válido tenerpresente las garantías constitucionales establecidas en el Art.107, antes citado y el carácter de imprescriptibilidad que leconfieren la Ley 28 y su Reglamento así como la Ley 445,pero antes de eso, es muy importante considerar que el carác-ter imprescriptible de la Propiedad Indígena, que desde iniciosdel siglo pasado estaba asegurado en la Ley del 3 de junio de1914 en su Artículo 7 inciso “a” y la ley del 20 de junio de1935 en su artículo 1 y 3. Este recordatorio cobra vigencia apropósito del proceso que se está generando con el pretexto deaplicar la Ley 445, con el cual se le está imponiendo a muchascomunidades indígenas, someterse a un proceso de titulaciónque debe aplicarse única y exclusivamente a las que no tienenningún tipo de título de propiedad anterior a la ley 445.

Durante el proceso de consulta relacionado a este estudio,se pudo conocer la existencia de Títulos Agrarios sobre el áreaque fue declarada Reserva. Entre estos títulos están los de lasComunidades de Mukuswas, Españolina, Arenaloso, SantaMaría, Wihilwas, Kalmatah, Fruta de Pan, Betania, Francia,Wasakin, Musawás y Sikilta125.

621

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

125 Memoria de Taller de Consulta realizado con el Pueblo Mayangna los días 12 y13 de noviembre, 2004, en el poblado de Rosita, en el Triángulo Minero, RegiónAutónoma del Atlántico Norte.

Page 615: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

622

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Todas estas comunidades, a decir verdad y en estrictoderecho, no requieren de nuevos títulos pues los suyos fueronotorgados durante la década de los 80, cuya validez se hareconocido por todas las leyes relacionados a la Propiedad. Porello se está aplicando erróneamente la Ley 445 al pretenderdesconocer estos títulos y someter a estas comunidades a unnuevo proceso de titulación, pues dicha ley no puede descono-cer la validez de los títulos anteriores y aparte de que no es éseel propósito de la ley, aunque así fuera, ésta no puede tenerefecto retroactivo y no puede desconocer derechos adquiridosal amparo de una ley anterior con plena vigencia al momentode otorgarse tales derechos.

Los legisladores y especialmente los promotores de la Ley,no tuvieron el cuidado de asegurar estos derechos en la Ley445 y por el contrario, introdujeron disposiciones orientadas alegalizar posesiones de terceros dentro de las áreas que históri-camente han ocupado las Comunidades Indígenas, cuando loindicado hubiese sido legislar para que el tercero que estésobre dichos territorios sea por el título que fuere, se legaliceante la Comunidad Indígena y le pague un canon por uso desus tierras.

En estricto derecho, las Comunidades que tienen sus títu-los de Reforma Agraria, no requieren de realizar una demar-cación a como se ha definido en la Ley 445, pues ella es váli-da y aplicable para las que no tienen título, como condiciónprevia para que se le otorgue. Pero la que ya lo tiene es dueñaen dominio y posesión y no necesita el padrinazgo ni muchomenos el permiso del Estado para deslindar su propiedad, ellolo puede hacer si lo necesita, mediante un simple trámite deDeslinde y Amojonamiento ante el Juez Civil, de conformidadcon el Capítulo V, del Título XXII, Libro Segundo, es decir delos artículos 1452 al 1475 del Código de Procedimiento Civil.

Page 616: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

623

Como se ha dicho antes, donde se han suscitado conflictoscon las municipalidades, inicialmente se han producido con-flictos por la propiedad con personas adineradas que ante losreclamos indígenas buscan cómo intervenir la organización ypara ello utilizan a los Gobiernos Municipales, así ha sucedi-do con Sébaco, Muy Muy, Jinotega, Mozonte, Cusmapa,Urbayte, y en la Costa Caribe donde el asunto de la demar-cación de la propiedad indígena es un problema de primerorden en términos generales y en términos particulares, es fac-tor que afecta políticamente a la institucionalidad indígena.Un ejemplo apropiado de esto es el Síndico de Tumarín señorTimoteo García, que por reclamar el despale contra lapropiedad comunal fue encarcelado y hasta “destituido de sucargo por la Juez de la Cruz de Río Grande”.

He aquí, la importancia del derecho de propiedad para lospueblos indígenas.

6.4 El derecho a un medio ambiente saludableEste derecho fundamental de los pueblos indígenas, es

quizá el más reclamado de manera individual y colectiva y elsistema en sí, permanece indiferente a las quejas y mientrastodos aducen estar preocupados por la situación, la destrucciónde los recursos naturales continúa indetenible disminuyendo lacalidad ambiental y amenazando aterradoramente el futuro.

En avance de la agricultura y la ganadería, es directamenteproporcional al daño a los recursos naturales en detrimento desu existencia. Así desde la década de los sesenta al 2000, en elPacífico han disminuido las áreas de recursos naturales en un80%, en la región central en un 60% y en la región delAtlántico en un 30%126.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

126 Biodiversidad en Nicaragua, un Estudio de País. Ministerio del Ambiente y losRecursos Naturales. Managua, 2000.

Page 617: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

624

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Pese a que el Gobierno desde los años 80 inició una etapade conservación de los recursos naturales, oficializando laintervención del Estado en la protección de los recursos natu-rales, el impacto ha sido muy poco, debido a que estas medi-das de orden legal no van acompañadas de inversión económi-ca para asegurar una protección real de dichos recursos. Así lasmismas áreas que han sido declaradas protegidas, muchas delas cuales están en territorios indígenas, han seguido siendoobjeto de depredación y están seriamente amenazadas, razónpor la cual, requieren de una decidida acción del Estado paraconservar lo que todavía queda de ellas.

Entre las áreas protegidas que se consideran amenazadas yrequieren una urgente atención del Estado, se destacan lassiguientes:

Ecosistemas que requieren atención prioritaria en investi-gación: Macizo del Kilambé, Macizo de Peñas Blancas (Pue-blo Indígena de Matagalpa), Cerros Babú y Yoluca, (todos enla región Centro Norte), Parque Nacional Soslaya, Cerro ColaBlanca, Cerro Bolivia, Cerro Piú, Cerro Umbra, (Ubicados enla RAAN).

Ecosistemas que requieren atención prioritaria en investi-gación: Cerros Cola Blanca-Bolivia, Zona de Apoyo, Chaco-cente y San Juan del Sur, (ubicados en el Pacífico Oriental ySur), Sabana de Pinos Bolivia, Wawa, Ríos Licus.

Ecosistemas que requieren atención prioritaria en Manejo:Reserva Natural Miraflor en Estelí, Reserva Natural El Arenal(Pueblo Indígena de Matagalpa), Reserva Natural MacizoKilambé en Jinotega, Reserva Natural Peñas Blancas, ReservaNatural Cerro Veracruz en Siuna, Reserva Natural Cola Blan-ca, Pico Mogotón (Pueblo Indígena de Mozonte) en NuevaSegovia, Islas del Maíz y Reserva Natural Wawashán, ReservaNatural Cerro Silva y Reserva Natural Indio Maíz en laRAAS.

Page 618: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

625

Ecosistemas que requieren atención prioritaria en uso:Salto La Estanzuela en Estelí, Cuchillas Boscosas, Sierra deManagua, Agricultura cerca del Kilambé Jinotega, PeñasBlancas Matagalpa, Cerro El Chonco y Casitas en León, zonadeforestada en Mulukukú, Lisawé y Siuna en la RAAN, Zonadeforestada de El Naranjo, Waslala, Siuna en la zona de amor-tiguamiento de Bosawas (RAAN), Nueva Guinea, La Fonseca,Atlanta en la RAAS y Zona desertificada en Teustepe, Boaco.

Todas estas áreas han sido clasificadas de esta forma en elreferido estudio y el mismo estudio, partiendo del reconoci-miento de la labor de los pueblos indígenas en la conservaciónde los recursos naturales, recomienda que se tenga que atendercon prioridad los siguientes temas:

1. Conocimiento escaso de la historia antigua de Nicaraguade tiempos prehispánicos.

2. Tendencia hacia la extinción de las etnias y pueblos indí-genas.

3. Situación socioeconómica marginal de las poblacionesindígenas.

4. Reemplazo de prácticas indígenas de uso sostenible de latierra.

5. Precariedad de la tenencia de la tierra en poblaciones indí-genas.

6. Identidad nacional desvinculada de las raíces indígenas.

En la labor de depredación de los recursos naturales, esevidente que no hay una acción decidida y consistente delEstado y ello lleva a que muchos funcionarios sean cuestiona-dos, vinculándolos como cooperantes o cómplices de lasmafias madereras, constantemente se señala a institucionescomo INAFOR, MARENA, MAGFOR y las Alcaldías. Sinembargo la Procuraduría para la defensa de los Derechos

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 619: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

626

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Humanos ni la Procuraduría Especial de Pueblos Indígenas, sehan involucrado en la atención a esta problemática127.

6.5 El derecho a la participación política en los pro-cesos electorales

Este derecho, históricamente conculcado a los pueblosindígenas desde la colonización española y acentuado durantela época republicana, comienza a ser reivindicado por los indí-genas nicaragüenses.

En el Pacífico, Centro y Norte se ha reivindicado a partirde las demandas de respeto a las formas de organización socialde los pueblos indígenas, protestando por la intromisión delEstado en los asuntos internos y las formas de sometimientoimplementadas desde las municipalidades.

En las Regiones Autónomas, estas reivindicaciones hanevolucionado a la demanda de participación directa en el ejer-cicio del Poder Político, a través de una auténtica participaciónindígena en las contiendas electorales. Así los indígenas miski -tu han consolidado su propia forma de organización políticadenominada, Yapta Tasba Masraka Nanih Asla Ta k a n k a ,(YATAMA).

En las elecciones municipales de 2000, el ConsejoSupremo Electoral, negó el derecho de YATAMA a inscribir asus candidatos, negándole a los indígenas miskitu, la posibili-dad de acceder al ejercicio del poder político, lo que fue moti-vo de denuncia ante la PDDH, en el mismo año y pese a la evi-dencia de las violaciones que se estaban cometiendo, el

127 En los informes anuales no aparece ninguna acción a este respecto, solamenteen el 2001 se reporta haber atendido 5 denuncias de este tipo, pero no se infor-ma de los resultados.

Page 620: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Ombudsman no emitió una resolución al respecto. Fue hasta elaño 2005 en que la PDDH se pronunció declarando la vio-lación a los derechos políticos y recomendando al Estado laadopción de medidas orientadas a corregir las anomalíascometidas.

Ante la ineficacia del sistema jurídico nacional, queestablece que en materia electoral, las resoluciones del Conse-jo Supremo Electoral no admiten recurso alguno, YATAMAacudió ante la Comisión Interamericana de DerechosHumanos y luego a la Corte, logrando una sentencia que cam-bia la historia de sometimiento de los pueblos indígenas y abrela posibilidad de acceder directamente a las instancias deponer político, reconociendo de manera especial, el derecho delos indígenas de participar a través de sus propias organiza-ciones en las contiendas políticas.

YATAMA se ha puesto a la vanguardia del movimientoindígena nacional y ya rompió brecha en este campo, lo queimplica el inicio de una trasformación al status quo enNicaragua. La sentencia dictada por la Corte Interamericana afavor de YATAMA, está siendo aprovechada inclusive porotras fuerzas políticas que reclaman espacios de participaciónen las contiendas electorales.

627

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 621: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

628

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

VII. Relación y análisis de la experiencia de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos con las personas y pueblos indígenas

En el capítulo anterior se analizó, en términos generales laexperiencia de la Procuraduría para la Defensa de los Dere-chos Humanos, ahora se trata de analizar la experiencia parti-cular de la Procuraduría Especial de Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas.

7.1 La Procuraduría Especial para PueblosIndígenas y Comunidades Étnicas

En el año 2000 se planteó la creación de la ProcuraduríaEspecial para Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, bajola perspectiva de convertirla en una instancia de atención a losDerechos Humanos de dichos grupos. Para ello “se impulsarány desarrollarán programas de promoción, defensa, y tutela delos derechos humanos reconocidos en la Constitución Políticay demás leyes de la República, de los Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas, y crear un modelo de comunicación conla sociedad (todos los sectores sociales) que permita conocerlas acciones o misiones de los órganos de administraciónpública que vulneren los derechos humanos de los pueblosindígenas y comunidades étnicas”128.

La Procuraduría Especial para pueblos indígenas fue con-cebida inicialmente para atender a los pueblos indígenas de laCosta Atlántica, lo que indica que no había claridad sobre ladefinición de las competencias ni del ámbito de trabajo que

128 Informe Anual de la PDDH, correspondiente al año 2000, página 12.

Page 622: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

629

tendría que enfrentar la institución. Hasta el año 2000 en quese decidió su creación, se pensaba sólo en el Atlántico, así seexpresa en el informe de ese año. El estudio se denominó“Diagnóstico de la Situación de los Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas e Instalación de la ProcuraduríaEspecial”. Los objetivos definidos para el estudio son: lograrla identificación de los problemas más sentidos por la pobla-ción; captar su percepción y expectativas sobre la PDDH;disponer de información suficiente y objetiva que permitieraconducir de manera técnica el proceso de nombramiento de lasautoridades de la PDDH en la Costa Caribe y obtener informa-ción para planificar y ejecutar el trabajo de la ProcuraduríaEspecial de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas129.

Más adelante, en el referido informe el Procurador expre-sa: “El diagnóstico, como producto final, está en manos de laPDDH. Sus resultados fueron publicados el 17 de noviembre,ocasión en que el Dr. Benjamín Pérez Fonseca, Procurador,nombró como su delegado especial para la Costa Caribe, alRvdo. Norman Bent, persona originaria de la comunidad deTasbapauni, que goza del aprecio y respeto generalizado de loscosteños”130.

De tal suerte, se nombró al Procurador Especial dePueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, después de realiza-do el Diagnóstico sobre la Situación de los Pueblos Indígenasde Nicaragua, el que aportó una amplia y valiosa informaciónsobre el estado de los indígenas en Nicaragua y los plantea-mientos que ellos hicieron al Procurador. No obstante fueronobviadas las recomendaciones del estudio, que recomendó

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

129 Diagnóstico de la Situación de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas eInstalación de la Procuraduría Especial, Pág. 5.

130 Informe Anual PDDH, presentado a la Asamblea Nacional correspondiente alaño 2000, página 22.

Page 623: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

630

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

entre otras cosas, nombrar un Procurador Especial para cadaregión. Aunque no se dio explicación del por qué no seatendieron las recomendaciones del Diagnóstico, las razonesaducidas fueron limitaciones económicas. Pero es evidenteque la decisión política prioritaria era nombrar al Procuradorexclusivamente para la Costa Caribe, a como se expresó en elinforme a la Asamblea Nacional131.

Para los Pueblos Indígenas participantes en el proceso deconsulta y diagnóstico, fue de mucha trascendencia la creaciónde una instancia especial para atender sus problemas rela-cionados a los Derechos Humanos, y creó mucha expectativala nueva institución. El diagnóstico se realizó mediante unaamplia consulta con los representantes indígenas, por lo quesus conclusiones y recomendaciones deben tenerse como guíapara valorar el trabajo de la Procuraduría hacia los pueblosindígenas, en tanto que recogen sus puntos de vista y sus pro-puestas.

El enfoque inicial no parece ser una equivocación del titu-lar de la institución, sino una expresión de la voluntad políticade atender prioritariamente a la Costa Caribe, quedando almargen el Pacífico, Centro y Norte. Esto es coherente con lafalta de atención reclamada por estas regiones, mientras que ala Costa le asignaron tres Delegaciones Territoriales, una enBluefields para atender la Región Autónoma del Atlántico Sur,otra en Bilwi para atender el Atlántico Norte, especialmente ellitoral y la otra en Siuna, para atender el Triángulo Minero yPrinzapolka.

A juzgar por los indígenas del Pacífico, Centro y Norte,quienes expresan descontento con la Procuraduría por que de-satendió todas las sugerencias y recomendaciones que hicieron

131 Diagnóstico de la situación de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas einstalación de la Procuraduría Especial. Managua, abril 2001, Pág. 100 y 101.

Page 624: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

631

durante la Consulta, la institución está alineada a la concep-ción que desde el Estado se ha promovido contra los indígenasdel Pacífico, lo cual es negar su existencia132. Manifiestan quedespués de la Consulta, en la que se les crearon muchas expec-tativas, hicieron sus propuestas sobre el funcionamiento de laProcuraduría Especial de Pueblos Indígenas y que no sólo seles ha ignorado, sino que esta institución les ha dado la espal-da cuando han acudido para que les defienda sus derechos133.

Con lo antes expuesto, lo que queda establecido es quedesde su inicio, la Procuraduría Especial nació tropezando yen su desarrollo institucional, todavía no ha configurado unaestructura funcional básica que le de capacidad técnica para eldesempeño de sus funciones. El Procurador Especial no tieneEquipo de Trabajo, ni siquiera un Asesor especial, que le auxi-lie en el tratamiento de las denuncias o de la problemática indí-gena134.

7.2 Labor de las Delegaciones Territoriales en lasRegiones Autónomas

Ubicar la información de la labor realizada en defensa delas personas indígenas, ha sido una tarea bastante difícil. LaDirección de Procuración de los Derechos Humanos, no refle-ja en sus informes una diferenciación entre sectores, para iden-tificar a las personas indígenas que han sido atendidas. La

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

132 Opinión expresada en Documento Conclusivo de Taller de Consulta realizadopor el Lic. Javier Rodríguez, Consultor del IIDH, para el Proyecto de Red deDefensoría Indígena Centroamericana, realizado el 2 de octubre de 2002 enMatagalpa.

133 En la misma reunión de octubre 2002, se leyó un documento en el que le recla-maban al Procurador por la falta de atención a las denuncias interpuestas por lasComunidades Indígenas de Sébaco y Matagalpa.

134 Entrevista con el Procurador Especial, realizada el 28 de octubre 2004.

Page 625: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

632

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

niñez y adolescencia así como la mujer, sí constituyen varia-bles constantes identificadas en cada informe desde el año2000.

En los primeros informes correspondientes a los años2001 y 2002, se presentan algunos datos correspondientes alos derechos indígenas pero en 2003 y 2004, ya no se diferen-cian. Actualmente se valora en la Procuraduría que los datosindígenas son los que provienen de las tres delegaciones terri-toriales de la Costa Caribe, más sin embargo ello tampocoubica la información, dado que en dichos territorios más del50% de los habitantes no son indígenas.

Por las razones anteriormente expuestas, se ha realizadouna sistematización ubicando el enfoque territorial para for-mar una idea aproximada, que valga la aclaración. Tampocopuede tomarse como una referencia cuantitativa pues sólo seha hecho con criterio geográfico, cuantificando los territoriosdonde hay indígenas, pero no se han considerado siquiera lospuntos porcentuales de éstos entre la población para formarseuna idea mas clara de la situación. Por ello, repetimos, sonapenas aproximaciones, no se pueden tomar como indicativos.

Por la carencia de información específica, no podemosidentificar en qué proporción afecta la situación reflejada enlos cuadros anteriores a las personas y pueblos indígenas. Porello hemos incorporado una segmentación territorial de estosderechos, seleccionando los Departamentos y Regiones conpoblación indígena. Pretendemos con ello acercarnos un pocoa la visión de la situación indígena, aunque de manera especu-lativa por carecer de datos precisos. En el cuadro siguiente sepresenta esta segmentación.

Page 626: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

633

Cuadro 10

Denuncias por territorio con presencia indígena

Una aproximación a la proporción indígena que daríalugar a inferir en las aproximaciones son: en el Departamentode León aproximadamente el 10% de la población es indígena,en Matagalpa el 25%, en Jinotega el 10%, en la RAAN el 43%y en la RAAS el 15%. Lo que nos daría pie para inferir que endichos Departamentos de 793 casos, aproximadamente el 20%de los afectados son indígenas.

En el año 2003 hay un aumento grande en relación al2002, ello se debe a la instalación de las DelegacionesTerritoriales en la Costa Caribe, que incrementó en más de 500el número de personas atendidas. En referencia a la identifi-cación de las personas indígenas atendidas, es recurrente enlos diferentes reportes anuales la dispersión de los datos einclusive algunas incoherencias, lo que no permitió hacer unasistematización. Así tenemos lo siguiente:

Año 2003

En el informe anual del 2003, se reportan 528, aunque lasumatoria de casos reporta 543 denuncias, procedentes de la

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 627: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

634

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

costa Atlántica, para un total de 685 personas135. No especifi-ca el informe a qué derechos se refieren estas denuncias, nicuántas de ellas fueron presentadas por indígenas, ya quesegún los datos actuales en la RAAN sólo el 43.4% es indíge-na y en la RAAS el 14.5%136. Por tanto no pudimos conocerdatos sobre defensa. Sólo alcanza a hacer una diferenciaciónpor Delegación.

Se recibieron un total de 110 denuncias en la delegaciónde la Región Autónoma del Atlántico Norte, Puerto Cabezas,219 en el Triángulo Minero y 199 en la delegación Bluefieldsde la Región Autónoma del Atlántico Sur, para un total gene-ral de 528 denuncias.

Luego los informes enviados por las DelegacionesTerritoriales y que se presentan en el informe, no constituyenrealmente un informe de gestión de la Procuraduría en la CostaCaribe, sino más bien es una caracterización de la situaciónsocioeconómica de las regiones.

Año 2004

En este año hay alguna información que permite ubicar unpoco la situación presentada.

La Delegación Territorial de Bilwi, reporta en el año 2004,la recepción de 45 casos, de los cuales 25 son Miskitus, 9Creoles, 2 Mayangnas, 9 mestizos. La única persona queatien-de actualmente es Ivy Lou López Escobar, quien fungecomo Secretaria de la Delegación y trabaja sola, ya que elcargo de Delegado fue suspendido por razones económicas al

135 Informe Anual 2003, página 68.136 Datos del Diagnóstico sobre la Situación de los Pueblos Indígenas y Comu-

nidades Étnicas e Instalación de la Procuraduría Especial, realizado por laPDDH en el año 2000, pág. 81.

Page 628: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

635

no contar con Presupuesto la Procuraduría para mantener adicha funcionaria. Las limitaciones que enfrenta la Delegaciónson las siguientes: Falta de condiciones técnicas para realizarsu trabajo en la oficina, equipos telefónicos, medios de trans-porte para la atención a las comunidades, etc. Los casos querecepciona se abordan mediante la intervención informal, esdecir rea-lizando algunas gestiones para encontrar soluciones.En la mayoría de los casos se promueve la mediación. Loscasos más complicados son remitidos a Managua, pero de aquímuy pocas veces sale una resolución. Señala que la PDDHestá perdiendo credibilidad entre la población por la expecta-tiva creada al abrir la oficina y la suspensión de la Delegada loque ha dejado sin capacidad de acción a la institución137.

Entre los logros alcanzados están los siguientes: 1. Contar con una Oficina de la Procuraduría Especial de

Pueblos Indígenas en Bilwi.2. La realización de coordinación institucional de la PDDH

con otras instituciones. 3. La incorporación de la Delegación de la PDDH en la

Comisión de Justicia Regional en la RAAN y la ComisiónMunicipal de la Niñez y Adolescencia en Bilwi.

4. Formar Comité de Padres de Familia en las Comunidades.5. Buena coordinación con el Médico Forense para la valo-

ración y dictamen médico legal.6. Se realizó el Foro Regional sobre la Explotación Sexual y

Comercial.

Entre las dificultades están las siguientes:1. No se contó con presupuesto durante el 2004.2. Falta del Delegado en la RAAN.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

137 Entrevista con Ivy Lou López Escobar, realizada en Bilwi, el 15 de noviembre2004.

Page 629: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

636

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3. Falta de medios de transporte y comunicación.4. Pérdida de credibilidad de parte de la población.

Señala que las denuncias de competencia, que son 26casos, fueron remitidos a la sede central en Managua, pero nose ha resuelto ninguno138.

7.3 Sistematización de denuncias de indígenasatendidas por el área de defensa

La principal dificultad para la realización de la sistemati-zación de los casos atendidos en defensa de los derechos indí-genas, fue la ausencia de una base de datos sobre la actividaden el área de defensa y específicamente referida a latramitación de casos de defensa por competencia, para lo cualhabía que indagar en los archivos documentales, lo que sin unareferencia previa, hacía imposible la definición de la cantidadde casos atendidos. Fue la información proporcionada por losdirigentes indígenas en los talleres de consulta y entrevistaspersonales, la que permitió micro localizar los casos. La otravía que permitió detectar otros casos, fueron los informesanuales, en los que se publican las resoluciones que se consi-deran relevantes, los que dicho sea de paso no fueron identifi-cados como indígenas. Estos casos fueron seleccionados alconocerse que las personas afectadas son pertenecientes apueblos indígenas

Así se pudo configurar el cuadro que a continuación sepresenta, en el cual hay que destacar que algunos casos, fuerontramitados de oficio por la Procuraduría. A continuación delcuadro se presentan algunas consideraciones valorativas sobrelos casos.

138 Informe de la Delegación Territorial de Bilwi, remitido el 21 de enero 2005.

Page 630: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

637

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 631: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

638

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 632: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

639

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 633: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

640

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Análisis sobre el caso 111-2000

Según lo expuesto por los denunciantes, la PDDH pudohaberse pronunciado en el término de ocho días, pues rolan enel expediente documentos públicos que fueron presentados.En la visita realizada constató los hechos denunciados, comoera la intervención del Gobierno Municipal de Jinotega en losasuntos internos de la organización indígena. Aducen que elRecurso de Amparo lo presentaron porque el término pararecurrir se les estaba venciendo y ya habían agotado la víaadministrativa, por lo que estaban quedando en indefensión.Además señalan que la Procuraduría en este podía sumarse alRecurso de Amparo interpuesto de conformidad con el Art. 21de la Ley 212140.

Análisis sobre el caso 62-2000

Este es un caso emblemático sobre la problemática de unimportante sector de trabajadores de la Costa Caribe deNicaragua, que aglutina principalmente a personas indígenasdel pueblo Miskitu y Mayagna. Con esta Resolución se iniciael abordaje jurídico de una problemática muy sentida en lasRegiones Autónomas, que envuelve a unos 6000 trabajadoresde los que han muerto unos 300 por accidente laboral, provo-cado por la falta de condiciones de seguridad ocupacional.

Análisis del caso 103-2003

Este caso es continuación de la problemática denunciadaen el año 2000 por los pueblos indígenas de Jinotega ySébaco, en aquellos casos la PDDH, se abstuvo de pronun-ciarse aduciendo que habían tramites judiciales que le impe-

140 Entrevista realizada el 23 de noviembre 2004, a Don Federico López Granados,Presidente de la Comunidad Indígena de Jinotega, durante la época de la denun-cia.

Page 634: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

641

dían actuar y ahora se aduce que hay un conflicto de leyes, locual es una apreciación a priori del problema, pues la institu-ción del Ombudsman no puede limitar su actuación y desaten-derla. Debe llegar al fondo de la investigación para dilucidar laexistencia o no de la violación denunciada.

Los denunciantes en ambos casos, exponen su descontentoy resentimiento con este tipo de resoluciones que en los trescasos es recurrente y cuestionan como falta de interés por partedel Ombusman, el no atender las denuncias y no pronunciar-se141.

En una carta enviada al Procurador de Derechos Humanosel 21 de julio del año 2001, los representantes de las Comu-nidades Indígenas de Matagalpa, Muy Muy, Sébaco, Jinotega,Sutiaba, Nagualapa, Mozonte, Telpaneca, Cusmapa y San Juande Oriente, le manifiestan que se sienten desilusionados con laProcuraduría de Derechos Humanos por la débil y casi nulaactuación para atender las denuncias presentadas contra losAlcaldes de Sébaco y Jinotega.

En este caso es válido reconocer que el proceso de inves-tigación realizado por la Procuraduría, se desvió del objetivodenunciado ya que la denuncia fue interpuesta contra elGobierno Municipal de Sébaco y no se hicieron requerimien-tos ni las diligencias investigativas suficientes para dilucidar elasunto. Por el contrario, la investigación fue dirigida contra elMinisterio de Gobernación y en una de las comunicacionesdirigidas a la Directora de Asociaciones, se le reclama porhaber aprobado la Reforma de Estatutos, que a juicio de laProcuraduría, contradicen las leyes indígenas.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

141 En un documento del Consejo Regional Indígena de la Región Central, mani-fiestan que parte de las violaciones a los derechos indígenas es la falta deactuación de la PDDH en la defensa de los derechos desatendiendo las denun-cias presentadas.

Page 635: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

642

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Los representantes de Sébaco expusieron que la actuaciónde la Procuraduría en este caso, más bien contribuyó a profun-dizar la violación a sus derechos, pues por el reclamo hechopor dicha institución al Ministerio de Gobernación, el Directorde Asociaciones canceló la Reforma de Estatutos, lo cual lesha causado incalculables pérdidas económicas y sociales alpueblo indígena de Sébaco142.

Respecto a la interpretación jurídica que hizo laProcuraduría sobre lo que considera un conflicto de leyes, laCorte Suprema de Justicia, mediante Sentencia Número 101del 26 de agosto del año 2004, aclaró que no existe conflictode leyes, sino que hay disposiciones jurídicas antiguas queregulan a las Comunidades Indígenas y que no se ajustan alordenamiento jurídico actual, por lo que las que se oponen a laConstitución no tienen vigencia de conformidad con el princi-pio de supremacía constitucional, establecido en el Art. 182 dela Constitución. En esta Sentencia, la Corte Suprema declaraque el Decreto del 11 de marzo de 1952, en el cual se basó laProcuraduría para reclamar al Ministerio de Gobernación porla aprobación de las Reformas de Estatutos de la ComunidadIndígena de Sébaco, ya no tiene vigencia por contrariar losartículos 5 y 49 constitucional.

7.4 Acciones de Promoción de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas

Las debilidades financieras de la institución, han imposi-bilitado que su actuación tenga impacto en mejorar la situaciónde los derechos humanos de los pueblos indígenas. Existen

142 Documento titulado “Opinión de los Pueblos Indígenas de la Región Central deNicaragua”, sobre el Informe del Gobierno en relación al Cumplimiento de laConvención sobre la Eliminación de todas las Formas de DiscriminaciónRacial.

Page 636: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

643

esfuerzos muy importantes de la Procuraduría Especialencaminados a mejorar el entorno jurídico, político e institu-cional para el tratamiento de la situación de los PueblosIndígenas.

En el Capítulo V, apartado 5.3, referido a la sistemati-zación de las actividades realizadas por el área de promoción,realizadas por la PDDH, se presentaron datos estadísticossobre la activad de Promoción en el cual se expuso que detodas las actividades que en este orden, el 9% las realizó laProcuraduría Especial de Pueblos Indígenas. Asimismo se des-glosa, concluyendo que del total de actividades realizadas,correspondieron a la Procuraduría Especial los siguientesdatos:

Actividades de proyección: 12%Actividades de Incidencia: 5%Actividades de Promoción: 11%Actividades de Publicidad: 3% Como puede verse, desde la Procuraduría Especial para

Pueblos Indígenas, se ha hecho muy poca actividad de inci-dencia hacia la promoción de los derechos indígenas y casinada en lo que a publicidad de tales derechos se refiere. Siendoademás poca la participación en las demás actividades de pro-moción. Esto coincide con la opinión de los líderes indígenasque fueron encuestados, cuyas opiniones se presentan en elapartado 8.3 del siguiente capítulo.

Se realizaron algunas actividades importantes, las quefueron anunciadas en los cuadros del Capítulo V, apartado 5.3,entre las cuales se pueden destacar las siguientes143:

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

143 Entrevista al Rvdo. Norman Bent Rolan, Procurador Especial de pueblosIndígenas y Comunidades étnicas, realizada en fechas 22 de octubre,23 denoviembre y 12 de diciembre 2004.

Page 637: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

644

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

1. Diagnóstico sobre la Situación de los Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas de Nicaragua, realizado previo a lainstalación de la Procuraduría Especial de PueblosIndígenas y Comunidades Étnicas, en el año 2000144.

2. Coordinaciones con las Universidades de las RegionesAutónomas para promover el conocimiento de losDerechos Humanos de los Pueblos Indígenas.

3. Constitución post Durban, de la Comisión Nacional con-tra el Racismo y la Xenofobia y otras formas conexas dediscriminación, la cual ha transitado un proceso de con-sulta para la elaboración de Plan Nacional de AccionesAfirmativas contra el Racismo, la Xenofobia y otras for-mas Conexas de Discriminación, proceso que ha culmina-do con la realización del II Foro Nacional Post-Durban·

4. Incidencia con la Comisión de Asuntos étnicos de laAsamblea Nacional para apoyar la aprobación de la Ley445, Ley de Régimen de Propiedad Comunal y elReglamento de la Ley de Autonomía.

5. Coordinación con la Comisión de Asuntos Étnicos de laAsamblea Nacional para la elaboración del Proyecto deley general para los Pueblos Indígenas del Pacífico,Centro y Norte.

6. Incidencia para el impulso del Programa de FacilitadoresRurales en las Regiones Autónomas incorporando a lasautoridades comunitarias, con la Corte Suprema de justi-cia y la Organización de Estados Americanos.

7. Mantener como puntos de referencia pese a las limita-ciones presupuestarias, las tres Delegaciones Territorialesde las Regiones Autónomas.

144 Entrevista a la Lic. Flor Elena Ruiz, Directora del Área de Defensa de la PDDH,realizada el 22 de octubre 2004.

Page 638: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

645

8. Gestión de Proyectos para la Promoción de los DerechosHumanos con los Pueblos Indígenas, el que no ha inicia-do su ejecución por la ausencia del Representante Legalde la Procuraduría.

9. Incidencia en el legislativo para la aprobación de La Leyde Pesca.

Estas son acciones que aportan resultados cualitativos enla labor de promoción y procuración de los DerechosHumanos y ayudan a mejorar el reconocimiento y aceptaciónefectiva de los pueblos indígenas como sujetos de derechocolectivo, tal como lo establecen los Convenios Internacio-nales.

7.5 Experiencias destacadas de la PDDH relaciona-das a pueblos indígenas y comunidades étnicas

En este apartado se analizará un caso emblemático en in-vestigación y otro en defensa de los derechos indígenas.

1. En investigación:

Diagnóstico de la Situación de los Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas e Instalación de la ProcuraduríaEspecial

En el campo de la investigación, la Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos realizó un estudio muyimportante sobre la Situación de los Pueblos Indígenas y Co-munidades Étnicas en el año 2000, previo a la instalación de laProcuraduría Especial para Pueblos Indígenas y ComunidadesÉtnicas.

El propósito del estudio fue la identificación de la pro-blemática indígena en las Regiones Autónomas y en el Pací-

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 639: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

646

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

fico, Centro y Norte, sustentar las acciones de planificación yorientar el inicio de operaciones de la estructura encargada deatender a las poblaciones indígenas del Caribe, Pacífico,Centro y Norte145.

El estudio como esfuerzo por desentrañar la problemáticaindígena fue gestionado y dirigido por el entonces Sub-Procurador Lic. Julián Corrales. No obstante cuatro añosdespués de realizado el Diagnóstico y de funcionamiento de laProcuraduría Especial, es meritorio valorar el cumplimiento delas recomendaciones.

Las recomendaciones aportadas por el estudio, son de granimportancia para avanzar en el tratamiento de la problemáticaindígena en Nicaragua, por lo cual es meritorio que la institu-ción realice una evaluación de cómo se han cumplido dichasrecomendaciones.

Desde la perspectiva de los objetivos del estudio realiza-do, se hace a continuación una valoración del cumplimiento delas recomendaciones del Diagnóstico realizado en al año 2000:

1. Que la Procuraduría Especial elabore un Plan de Tra-bajo incluyendo las demandas particulares de los pue-blos indígenas del Pacífico, Centro, Norte y la CostaCaribe.Esta recomendación implica diferenciar el tratamiento a

sus demandas de acuerdo a las particularidades que distinguena ambas regiones, en base a ello se propuso nombrar unProcurador Especial para el Atlántico y otro para el Pacífico,Centro y Norte146.

145 Diagnóstico de la situación de los Pueblos Indígenas y Comunidades étnicas eInstalación de la Procuraduría Especial, página 5.

146 Ob. Cit., página 100 y 101.

Page 640: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

647

Esta recomendación no se asumió y las valoraciones sobreesta situación se expresan en el apartado 7.1. de este capítulo.

Para la designación de la Procuraduría Especial, la pro-puesta fue crear una Procuraduría de doble cabeza, es decirque se nombrara un Procurador Especial para las regionesautónomas y otro para el Pacífico, Centro y Norte147. Sinembargo, esta recomendación no se acató y ello ha sido perju-dicial para el trabajo con los pueblos indígenas de estasregiones algunas de los cuales se consideran abandonados yhasta discriminados por la PDDH.

En general, la población de las regiones del Pacífico,Centro y Norte, dijeron que no se sienten satisfechos con laatención brindada por la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos148.

2. Gestionar ante el Gobierno de Nicaragua la incorpo -ración de los instrumentos jurídicos internacionales enmateria de derechos humanos.

No se logró conocer de alguna gestión de parte de laPDDH para impulsar la gestión de la Ratificación delConvenio 169 de la OIT, que es el Convenio Internacional másimportante para el aseguramiento de los derechos humanos delos pueblos indígenas y cuya ratificación le vienen reclaman-do al Estado desde hace casi una década149.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

147 Ob.cit., páginas 52 -53, 58-59 y 100-101. 148 En la encuesta que se realizó con líderes indígenas de las Regiones Autónomas

y del Pacífico, Centro y Norte, el 78% de los consultados manifiestan no estarsatisfechos.

149 La Vice Presidenta de la Comisión de Asuntos Étnicos de la Asamblea Nacional,expresó que su partido lo tenía como punto de agenda parlamentaria para el año 2004, pero que como el Ejecutivo lo retiró de la Asamblea se veían imposibili-tados de continuar el proceso de ratificación y que en este sentido había que pre-sionar desde otras instancias, como la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos, pero que no había coordinación al respecto. En términossimilares se expresó el Asesor Jurídico de la Comisión.

Page 641: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

648

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

En referencia a la Convención Internacional sobre laEliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial,ratificada por Nicaragua el 13 de diciembre de 1977, requierede una Declaración Especial del Estado de Nicaragua para quesea aplicable el Artículo 14 para que las personas naturales ojurídicas puedan a título individual, hacer efectivo el derechoa presentar quejar ante el Comité para la Eliminación de laDiscriminación Racial que es el órgano encargado de vigilar laaplicación de la Convención por parte de los Estados vincula-dos. La falta de esta Declaración por parte de Nicaragua, no lepermite a los Pueblos Indígenas presentar quejas por la vio-lación a sus derechos de parte del estado ante dicha instanciade Derecho Internacional y ello los mantiene en condición dealta vulnerabilidad frente al Estado.

Es importante identificar dentro de esta recomendaciónel cumplimiento de los Tratados y por ello se debe hacer notar,que el Estado de Nicaragua desde 1995 no rinde informe sobreel cumplimiento de la Convención, algo que debe hacer añocon año. Igual sucede con los demás instrumentos como son elPacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales yCulturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polí-ticos.

3. La Procuraduría Especial debe impulsar junto con lospueblos indígenas y comunidades étnicas, un proceso deconsulta y revisión de los decretos de 1914, 1918, 1935 y1952 y su reforma de 1968, para llevar a cabo sus refor -mas por ser obsoletas y oponerse a la Constitución.

Este proceso de consulta no se ha desarrollado y por lomismo, la Procuraduría ha estado ausente del debate que en laAsamblea Nacional se ha llevado sobre la iniciativa de LeyGeneral de Pueblos Indígenas del Pacífico, Centro y Norte.

Page 642: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

649

Estas recomendaciones fueron retomadas inclusive en dosResoluciones de casos referidos a la Libertad de Organización,que fueron resueltos en el año 2000, sobre denuncias de lasComunidades Indígenas de Sébaco y Jinotega150.

Sin embargo, las recomendaciones del Diagnóstico asícomo de las Resoluciones antes citadas, no se asumieron y porello la Procuraduría, cuatro años después, todavía no tiene uncriterio sobre este asunto. Ello ha disminuido su capacidad deResolución, pues en la última Resolución adoptada el 15 dejunio del año 2003 retrocede al considerar que existe un con-flicto de leyes y que ello le impide actuar, a diferencia del año2000 en que resolvió por lo menos a nivel de presunción, laexistencia de las violaciones denunciadas por el mismo asun-to151.

4. Elaboración de una Ley de Comunidades Indígenas delPacífico, Centro y Norte de Nicaragua, que asegure laprotección de las tierras indígenas, el respeto y recono-cimiento a su cultura, formas de vida, organización einstitución tradicional y la protección al patrimonioarqueológico, histórico y cultural.Esta recomendación no se asumió, como se desprende de

la falta de realización del Estudio, no pudo elaborarse ningunapropuesta al respecto. Sin embargo, como se ha dicho antes,aún en el debate por la iniciativa de ley que la Comisión Étni-ca de la Asamblea está impulsando, la Procuraduría ha estadoausente.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

150 Expedientes 106-2000 y 111-2000, resoluciones del 20 de junio y del 4 de juniorespectivamente.

151 Expediente 110-2003, esolución del 15 de junio 2003.

Page 643: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

650

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

5. Para las Comunidades de la Costa Caribe, gestionar lareglamentación de la ley 28.

Esta tarea se cumplió, la ley está reglamentada. Se debereconocer en este sentido, que independientemente del rol quehaya jugado la Procuraduría en el proceso de aprobación delReglamento, hay varias resoluciones referidas a la protecciónde los derechos autonómicos de los pueblos indígenas de laCosta Atlántica, que han ayudado a asentar la autonomía en lasinstancias del Estado. Ello crea un entorno jurídico favorable,que significa un aporte importante hacia la sensibilización delos parlamentarios que aprobaron la Ley.

6.- Que el Procurador Especial reconozca a las autoridadestradicionales de las Comunidades Indígenas del Pací-fico, Centro y Norte y del Atlántico, para articular enconjunto estrategias de coordinación y ejecución depropuestas. En especial, gestionar medidas legislativas yadministrativas encaminadas al mantenimiento de lainstitución tradicional indígena, respetando su identi -dad, derechos, libertad de administrar sus propios asun -tos, respondiendo a la necesidad de gobernabilidad.

Este es el asunto medular de diferencias entre laProcuraduría y los pueblos indígenas, en torno al cual gira lasituación conflictiva que se ha vivido en el Pacífico, Centro yNorte y en estas regiones, como ya se ha dicho en otros capí-tulos, hay serios reclamos hacia la institución.

Debe anotarse en este sentido, que la falta de unidad oarmonía entre la dirigencia indígena en el Pacífico, Centro yNorte, ha sido una grave dificultad para que el Procurador deDerechos Indígenas, que ha hecho varios intentos, pueda arti-cular los esfuerzos institucionales con los de las organiza-

Page 644: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

651

ciones indígenas. Por ello es que lo recomendable es tratar conlos representantes de cada pueblo, por que a ese nivel no tienemucho peso las diferencias entre los dirigentes regionales.

7. Realizar un estudio minucioso del registro de propiedad,para identificar las que están a nombre de terceros e ini -ciar las acciones legales para restituir los derechos delas Comunidades o asegurar el pago del canon por eluso de las mismas.Este estudio no se ha iniciado, entre las investigaciones

propositivas que realizó la institución, ninguna está vinculadaa derechos colectivos de los pueblos indígenas. Por tanto estasigue siendo una necesidad muy importante para los pueblosindígenas por cuanto la propiedad es el epicentro de los con-flictos con el mundo no indígena.

8. Que el Procurador Especial gestione ante la Procura-duría General de la República las acciones legales nece -sarias para atacar la superposición de títulos sobre lostítulos reales de las Comunidades Indígenas y que encaso de las cancelaciones registrales se trasformen loscontratos de los titulares en Contratos de Arriendo. No se ha avanzado en este aspecto, y es válido enfatizar

que en este tipo de acciones, necesariamente todo esfuerzo quese haga debe ir articulado con los representantes indígenas. Yase apuntó anteriormente el origen de esta dificultad.

9. Impulsar la demarcación de las tierras de las Comuni-dades Indígenas de las regiones autónomas en coordi -nación con las autoridades comunales y designar a laComisión de Demarcación en consenso con las Comu-nidades.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 645: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

652

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Este proceso está avanzando y de alguna forma lasDelegaciones Territoriales de la Costa Caribe contribuyen aeste esfuerzo, ya que forman parte de las Comisiones deJusticia, constituidas para promover el avance de los procesosde aplicación de las leyes autonómicas y la formulación delModelo de Administración de Justicia en dichas regiones152.

10. El Procurador Especial debe gestionar ante el ConsejoSupremo Electoral, para coordinar la culminación delproceso de cedulación ciudadana y velar por que no seviole el derecho a la identidad indígena.

Esta tarea aún no está vigente, hay muchos indígenas sincédula y los mecanismos para su tramitación, reposición y rec-tificación, son muy burocráticos.

11. En la labor de promoción de los derechos humanos,impulsar campañas de divulgación de educación enderechos humanos y la enseñanza de la constitución.La divulgación, como se ha señalado, ha sido muy pobre.

El 5% de las actividades de la PDDH. Es necesario darle prio-ridad a esta tarea.

12. Realizar talleres de capacitación sobre derechoshumanos en coordinación con los representantes de lasregiones Pacífico y Atlántico, las autoridades tradi -cionales y organizaciones de la sociedad civil.Solamente en la RAAN se ha realizado talleres de este

tipo153.

152 Los informes de la RAAN indican la participación en estas instancias.153 Informe Anual 2002.

Page 646: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

653

13. Que el Procurador Especial, gestione el mejoramientode las vías de comunicación hacia los pueblos indígenasy los servicios básicos a las comunidades.

Esta recomendación realmente trasciende de la capacidadde los funcionarios de la PDDH.

14. Que el Procurador realice revisión de los sistemas pe-nitenciarios, juzgados y policías en las regiones paraprevenir abusos y la retardación de justicia.

Hay algunas resoluciones para las Regiones Autónomas,sobre todo en la RAAS, en las que se ha tratado la situación delos privados de libertad. Se ha recomendado a los funcionarioscorrespondientes corregir esta situación.

15. Realizar inspecciones a los puestos de trabajo donde sehan violado los derechos de los trabajadores indígenas.

Para la Costa Caribe, se ha impulsado esta acción, sobretodo con los trabajadores del buceo que en su mayoría sonMiskitos. Hay una Resolución que aborda esta problemáticadeclarando la violación de los derechos de estos trabajadorespor parte del MITRAB, institución reguladora que ha omitidosu obligación de tutelar los derechos de este sector154.

16. Para evitar la retardación de justicia en las regionesautónomas, realizar revisiones periódicas y dar segui-miento a la actuación de los judiciales y policías, encoordinación con las Comisiones de Justicia, medianteun plan de trabajo de de revisión y seguimiento a la solu -ción del problema.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

154 Expediente 62-2000.

Page 647: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

654

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Hay algunas resoluciones que abordan el tema de laRetardación de Justicia y aunque en la mayoría de los casos elpronunciamiento ha sido que no hay violación. El solo hechode indagar sobre el asunto, contribuye a que se atienda la pro-blemática por parte de las autoridades judiciales. Hay un casoen que se incluye la declaración de retardación de justicia,declarando que la Sala Constitucional ha violado el derecho auna Justicia Pronta, en el caso de la actuación del Presidentedel Consejo Supremo Electoral que se negó a reconocer laselecciones de Junta Directiva del Consejo Regional efectuadasen el año 2000155.

17. El Procurador Especial debe impulsar en coordinacióncon las autoridades públicas correspondientes y autori -dades indígenas, para mejorar la seguridad ciudadana yreducir la actividad delictiva.En cuanto a la coordinación entre dichas autoridades, no

se conocieron experiencias, pero se encontró una resolucióninteresante al respecto en el informe del año 2001, referida alas Comunidades de Monkey Point y Rama Cay, en la RAAS,en la que ambas comunidades fueron víctimas de la negligen-cia de la Policía Nacional que no cumple su deber de acudircuando hay actividad delictiva, dejando desprotegida a lapoblación indígena156.

18. Que el Procurador Especial en coordinación con lasautoridades del Ministerio de Educación, para el impul -so de una política educativa.

19. Impulsar en conjunto con las instituciones correspon-dientes un plan de seguridad ciudadana en las comu -

155 Expediente 242-2002.156 Informe Anual 2001 PDDH, pagina 64.

Page 648: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

655

nidades de las regiones autónomas, especialmente en lalabor de prevención del delito.Está relacionada con la recomendación anterior y la valo-

ración es igual.

20. Distribución más equitativa de los beneficios que repor -ta la explotación de los recursos naturales y un controlmás estricto que garantice la sostenibilidad y la conser -vación del medio ambiente. Este es un aspecto importante en el que muy poco se ha

hecho, como se valoró en el apartado 6.4.

21. Que el Procurador gestione para el aseguramiento delos servicios básicos a los indígenas de la Costa Caribe.

Sobre esta situación hay que destacar que efectivamente,casi en todos los informes anuales presentados ante laAsamblea Nacional, se ha incluido una amplia informaciónsobre esta situación, pero como se apuntaba en la recomen-dación número 13, esta situación va más allá de la capacidady la competencia de la Procuraduría.

22. Que el Procurador Especial gestione créditos en benefi -cio de los indígenas y priorizarlo en los sistemas banca-rios.

Esta recomendación está vinculada al aseguramiento delas condiciones jurídicas de la propiedad indígena, sobre locual ya se valoró anteriormente y de igual forma, su asegu-ramiento está fuera de las competencias de la PDDH.

Como se apuntó al inicio de este apartado, esta investi-gación propositiva realizada, sigue siendo muy importante aconsiderar en el diseño de la planificación estratégica de lainstitución y por ello, su realización debe destacarse como unabuena experiencia en éste ámbito.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 649: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

656

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

La experiencia que deja para la institución por lo que sedesprende del poco cumplimiento de sus recomendaciones, esque el gasto que se hace en este tipo de estudios, se compensacon el mejoramiento de los resultados de la institución, si estosson aplicados. Por ello éste, como los demás estudios realiza-dos por el Departamento de Investigación Propositiva, debenser utilizados como herramientas de trabajo para la institución,no deben verse como una actividad que concluyó con archivarel informe final, por el contrario, debe verse como el comien-zo de la actividad.

2. En defensa

Caso de elección de la Junta Directiva del ConsejoRegional de la RAAN

El caso que se analiza a continuación, se tramitó en el año2000 y ha sido de mucha trascendencia en el marco de ladefensa de los derechos indígenas, por cuanto aborda los dere-chos fundamentales de los pueblos indígenas de la CostaCaribe, como es el derecho a elegir a sus autoridades con plenaautonomía.

Es muy importante destacar que en este caso, la actuaciónde la Procuraduría se inició de oficio, ante el conocimiento porun medio de comunicación que se estaba cometiendo una vio-lación a un derecho humano, con lo cual se crea un precedenteimportante sobre la actuación del Ombudsman de maneraoportuna e inmediata para asegurar la tutela del derecho.

En la resolución, se declaró la violación del Art. 6 de laLey de Autonomía y como resultado la autoridad denunciada,corrigió su actuación y reconoció a las autoridades electas.Además se hicieron recomendaciones orientadas a ajustar laspolíticas de reconocimiento de autoridades electas a la Ley deAutonomía por parte del Consejo Supremo Electoral.

Page 650: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

657

A continuación se presenta el texto de la resolución:

1) RESOLUCION FINAL EXPEDIENTE 242-2002: PRO-CURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERE-CHOS HUMANOS. Managua, dos de Agosto, del añodos mil dos. Las cuatro con veinticinco minutos de latarde. Se tiene a la vista para resolver, el expediente ini-ciado el día seis de Mayo del corriente año, sobre denun-cia tomada de Oficio del Periódico El Nuevo Diario deldía cinco de Mayo del año dos mil dos, Artículo titulado“Roberto Rivas crea caos en la RAAN”. Sobre supuestaviolación a los derechos humanos de los pobladores deesta Localidad por parte del Presidente del ConsejoSupremo Electoral.

a) RELACIÓN DE LOS HECHOS: Que el día seis deMayo del año dos mil dos, a las cuatro de la tarde,esta Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos de conformidad con lo establecido en elartículo 26 de la Ley 212, decidió conocer de oficiosobre hechos vertidos en el artículo periodístico titu-lado “ROBERTO RIVAS CREA CAOS EN LARAAN”, publicado el día cinco de Mayo del corrienteaño, en el periódico El Nuevo Diario. De acuerdo conlo referido en dicho artículo aún cuando la CostaAtlántica goza de su propia Ley de Autonomía, crea-da desde el año 1987, el Presidente del ConsejoSupremo Electoral violentó el artículo 26 de la Ley28, Estatuto de la Autonomía de las Regiones de laCosta Atlántica de Nicaragua, donde se establece laforma de escoger a los miembros de la JuntaDirectiva, Coordinador del Gobierno Regional y lasComisiones que conforman el Parlamento Costeño,ya que en su calidad de presidente del ConsejoSupremo Electoral, mantuvo una actitud partidaria al

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 651: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

658

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

no aceptar la elección del Concejal Juan Saballos,como nuevo presidente de la Junta Directiva, la quefue realizada por el Consejo Regional, actuación queha creado un ambiente de inestabilidad en la región.

b) DILIGENCIAS PRACTICADAS:

De conformidad con lo informado por dicho rotativo,el problema se ocasiona al pretender el licenciadoRoberto Rivas, en su calidad de Presidente delConsejo Supremo Electoral, desconocer lo estableci-do en la Ley 28, y pretender ajustar las elecciones aprocedimientos totalmente inexistentes y/o que estánen contravención con la Ley, violentando de esa ma-nera los derechos políticos de la Población de laRegión Atlántica de Nicaragua. Cabe señalar que lasociedad Civil de la RAAN hizo llegar hasta estaProcuraduría un documento elaborado por ellos mis-mos titulado “La Sociedad Civil de la RAAN alerta ypreocupada por irresponsabilidad e irrespeto delConsejo Supremo Electoral” en el cual se expresaque se encuentran preocupados por el rumbo quetomó el proceso de instalación de las nuevasAutoridades Regionales, por la imposición de un pro-cedimiento de elecciones de la Junta Directiva delConsejo Regional Autónomo por parte del Presidentedel Consejo Supremo Electoral, lo cual consideran esuna situación de ilegalidad al pretender subordinar alEstatuto de Autonomía a una norma interna, es decirobligar el uso de un reglamento interno de fun-cionamiento del Consejo Regional Autónomo salien-te, que ni siquiera ha sido publicado en la Gaceta porparte del Presidente del Consejo Supremo Electoral.No se tomó en consideración que la definición delprocedimiento electoral es competencia soberana de

Page 652: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

659

las autoridades regionales juramentadas. Consideranpreocupante que el Consejo Supremo Electoralasuma funciones de interpretación del Estatuto deAutonomía, cuando el Art. 40 del mismo establececlaramente que el Presidente del Consejo SupremoElectoral solamente tomará la promesa de Ley a losmiembros declarados electos, les dará posesión de sucargo y presidirá la elección de su Junta Directiva. Laactitud del Presidente del Consejo Supremo Electoraly sus otros miembros, reafirman el profundo y conti-nuo irrespeto y racismo hacia los pobladores de laregión y sus autoridades. Actitud que han manifesta-do a lo largo de todos los procesos de elecciones en laRegión y que demuestra la incapacidad del ConsejoSupremo Electoral de cumplir con sus funciones yresponsabilidades, por cuanto la sociedad civil de laRAAN responsabiliza al Consejo Supremo Electoraly específicamente a su presidente, de cualquier explo-sión social que pueda suscitarse en la región por suactitud intransigente e irrespetuosa con la mayoría delConsejo Regional Autónomo. Así también expresanque los miembros del Consejo Regional Autónomo,asumieron con responsabilidad y prudencia continuareligiendo a sus autoridades, impidiendo con ello lacreación de un vació de autoridad, a la que era empu-jada la Región por el C.S.E., asumiendo la conduc-ción de la Región establecida en el Art. 16, que tex-tualmente señala que “El Consejo Regional y elCoordinador Regional serán, en sus respectivas esfe-ras, las autoridades superiores de la Región Autó-noma Correspondiente”.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 653: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

660

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

c) RESOLUCIÓN:

Del análisis de la denuncia, investigaciones rea-lizadas, consideraciones descritas, leyes y tratadosinternacionales citados y tomando como fundamentoel artículo 38, Inc. 3) de la Ley 212, “Ley de laProcuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos”, el suscrito PROCURADOR al resolver,DECLARA: Que existe violación de los derechoshumanos, referida a la Autonomía, a una pronta justi-cia, Derechos Sociales y Derecho al DesarrolloHumano Sostenible de los habitantes de las RegionesAutónomas del Atlántico Norte y Sur, ocasionadaprincipalmente por la actuación del Licenciado Ro-berto Rivas, Magistrado Presidente del ConsejoSupremo Electoral, así mismo por la actuación negli-gente de los señores Magistrados de la SalaConstitucional de la Corte Suprema de Justicia, por loque fundamentado en las atribuciones establecidas enlos artículos 18 al 23 y lo referido en el artículo 41 dela Ley 212 se establecen las siguientes recomenda-ciones: 1) Que tanto los señores funcionarios de laCorte Suprema de Justicia como del Consejo Supre-mo Electoral en futuras situaciones donde estén enriesgo de ser violados derechos fundamentales de unacolectividad y esté en sus manos resolver de formapronta y positivamente la situación de conflicto,depongan sus intereses políticos, en beneficio de lapoblación nicaragüense, ya que de acuerdo a princi-pios jurídicos, una justicia tardía, no es justicia. 2)Que los señores Magistrados del Consejo SupremoElectoral, acaten de inmediato el mandato que me-diante sentencia del día treinta y uno de Julio del añodos mil dos, emitiera la Sala Constitucional de la

Page 654: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Corte Suprema de Justicia, con respecto al Recursode Amparo interpuesto por el Magistrado EmmetLang, en contra del señor Roberto Rivas Reyes,Magistrado Presidente del Consejo SupremoElectoral y los Magistrado Mauricio MontealegreZepeda, Jorge Incer Barquero y Silvio A m é r i c oCalderón Guerrero. 3) Que en el futuro, los Magis-trados del Consejo Supremo Electoral, como de laCorte Suprema de Justicia respeten la ConstituciónPolítica de la República, los tratados y conveniosinternacionales de Derechos Humanos ratificados pornuestro país. 4) Que el señor Presidente de la Repú-blica, Ingeniero Enrique Bolaños, en su carácter desuperior jerárquico del Ingeniero Eduardo Montea-legre, Ministro de Hacienda y Crédito Público, proce-da a hacerle un llamado de atención por escrito, porno cumplir con lo establecido con las Leyes de laRepública, pues esta institución procedió a requerirleinformación y muy por el contrario de cumplir con laobligatoria colaboración que el Art. 33 de la Ley 212establece, hizo caso omiso a dicha solicitud. Conside-rando oportuno que a la vez se le prevenga que antereiterado incumplimiento al referido artículo, estaprocuraduría podría aplicar el Art. 35 de su mismaLey creadora. 5) Que en un término no mayor dequince días a partir de la fecha de la presente resolu-ción, el Presidente del Consejo Supremo Electoral, elPresidente de la Sala Constitucional de la CorteSuprema de Justicia y el Presidente de la República,informen a esta Procuraduría sobre el cumplimientode la recomendación antes señaladas. Notifíquese lapresente Resolución a las partes. BENJAMÍN PÉ-REZ FONSECA. PROCURADOR”.

661

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 655: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

662

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

3. En Promoción

Plan de Acción Nacional de Lucha contra el Racismo

En el campo de la promoción de los derechos indígenas, sedestaca el esfuerzo realizado por la Procuraduría Especial dePueblos Indígenas y Comunidades étnicas, en la promoción deacciones afirmativas en la lucha contra la discriminación.

Hay todo un proceso que inició con el Primer ForoNacional contra el racismo, la xenofobia y formas conexas deintolerancia, realizado en Bluefields en el año 2001. Se ha con-tinuado con la conformación de la Comisión Nacional PostDurban, contra la Discriminación y con el II Foro Nacional deAcciones Afirmativas en la lucha contra el racismo.

En el Primer Foro, realizado en Bluefields, se elaboró unPronunciamiento sobre la situación discriminación racial deque son víctimas los Pueblos Indígenas y Comunidades Étni-cas y se estableció las bases para trabajar una estrategia deacciones en ese campo.

Posteriormente se constituyó la Comisión Nacional PostDurban en el mes de mayo del 2002, con el propósito de con-certar un Plan de Acción que contribuya a la conformación deuna sociedad más equitativa, inclusiva y multiétnica157.

La Comisión Nacional, que incluye a representantes deorganizaciones indígenas del Atlántico y del Pacífico y enti-dades de la sociedad civil vinculadas al tema, ha trabajado enfunción de concertar el Plan de Acción Nacional. Se llegó aelaborar la Propuesta del Plan la que está a nivel de iniciativa,ya que las dificultades económicas para el funcionamiento dela Comisión no han permitido concluir el proceso de elabo-ración del Plan.

157 Primer borrador del Plan de Acción Nacional de Lucha contra el Racismo, laDiscriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia, página 5.

Page 656: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

663

En este contexto, un paso muy importante fue la rea-lización del Segundo Foro Nacional Post Durban, como unresultado del esfuerzo de la Comisión y de la ProcuraduríaEspecial de Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas.

El II Foro se realizó en Managua los días 18, 19 y 20 deoctubre 2004 y en el mismo se analizaron temas muy impor-tantes, como la Convención Internacional sobre la Eliminaciónde Todas las Formas de Discriminación Racial, discusiones detipo conceptual sobre el tema y se analizó la problemática quese vive en el país sobre la discriminación.

El Foro dejó como resultado fundamental, la reafirmacióndel compromiso en continuar el esfuerzo concertado para lapromoción de acciones afirmativas contra el racismo y la dis-criminación y marca un paso muy importante en el involu-cramiento de actores que no se han involucrado en el trabajo,sobre todo de representaciones indígenas de las diferentesregiones del país.

El objetivo general del foro fue generar el debate a nivelnacional entre integrantes del Gobierno Central y Represen-tantes de diferentes expresiones étnicas de Nicaragua acercade las posibles manifestaciones de racismo y discriminaciónen Nicaragua en el marco de los sectores de salud, educacióny acceso a la Justicia.

Los objetivos específicos propuestos fueron los siguientes:

1. Presentación de la Comisión Nacional Post-Durban y elPlan de Acción Nacional de Lucha contra el Racismo, ladiscriminación racial y formas conexas de intolerancia,elaborado por la Comisión Nacional Post-Durban enManagua, mayo del 2002.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 657: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

664

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2. Analizar la existencia de fenómenos de Racismo yDiscriminación en Nicaragua en los sectores de Salud,Educación, acceso a la Justicia y sus posibles efectos en eldesarrollo del país y las Regiones Autónomas.

3. Crear un eje de discusión y consenso alrededor del Plan deAcción Nacional de Lucha contra el Racismo, laDiscriminación Racial y formas conexas de intolerancia.

4. Recoger insumos para mejorar y actualizar el Plan deAcción Nacional de Lucha contra el Racismo, laDiscriminación racial y formas conexas de intolerancia.

Los resultados más importantes del foro están en laapropiación por parte de los asistentes indígenas, sobre lanecesidad de involucrarse más efectivamente en el proceso ylos aportes que surgieron para enriquecer el Plan Nacional deLucha Contra el Racismo.

Esta experiencia es aleccionadora, porque se ha demostra-do que se puede asegurar la sostenibilidad de los proyectos sise tiene voluntad y una actitud positiva. Es importante que estamisma actitud se irradie hacia los demás aspectos en los cualesse ha señalado discontinuidad.

7.6 Principales dificultades de la institución para atender a los pueblos y comunidades indígenas

La limitada situación presupuestaria de la Institución, noha permitido establecer delegaciones en las regiones delPacífico, Centro y Norte, donde la población indígena puedarecurrir con un mejor acceso para denunciar cuando sus dere-chos sean vulnerados, lo cual permitiría visibilizar la violaciónde derechos humanos en estos pueblos indígenas.

Una dificultad externa para el impulso más efectivo de lalabor de promoción y defensa de los derechos indígenas, es la

Page 658: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

665

debilidad organizativa de las organizaciones indígenas, lo cualdificulta las coordinaciones para el impulso de las actividadesen pro de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas.

Se advierte como una dificultad la falta de personal califi-cado o con experiencia en la temática de los derechos indíge-nas dentro de la Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, lo que los indígenas señalan como la principal li-mitación en el tratamiento y gestión de las denuncias presen-tadas158.

La poca participación de personal indígena en laProcuraduría, incide en que se aprecie como una entidad aleja-da de los pueblos indígenas. Pese a la existencia de laProcuraduría Especial, la poca vinculación que se ha estable-cido con las poblaciones indígenas permite que todavía se con-sidere una entidad extraña, a decir de algunos líderes consul-tados159.

La salida del Procurador antes de recibir el cargo el nuevoProcurador

El Procurador anterior salió de la institución en el mes demayo al concluir el período para el que fue electo, bajo la con-sideración que habiendo concluido su período no tenía queseguir ocupando un cargo que ya no le correspondía y así leorientó al Sub-Procurador que también debía salir de la insti-tución160.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

158 Esta consideración es corroborada por el mismo Procurador Especial paraPueblos Indígenas y Comunidades Étnicas en las entrevistas realizadas.

159 Moisés Palacios Alaniz, Cacique de la Comunidad Indígena de Sébaco;Dionisio Patrón, Presidente de la Organización Nacional Mayagna Sukawala;Fermín Chavarría, Coordinador del Movimiento Indígena de la RegiónAutónoma del Atlántico Sur; Matilde Ramos Rivas, Coordinador de la RegiónCentro Norte.

160 Entrevista al Sub-Procurador, Lic. Julián Corrales, realizada el 24 de octubre2004.

Page 659: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

666

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

La salida del Procurador produjo las siguientes situa-ciones:1. Dejó acéfala la institución, produciéndose un vacío de

autoridad y con ello la imposibilidad de que las demásentidades pudieran concertar ninguna actividad querequiera para su realización de la representación legal dela institución.

2. Por la ausencia del Procurador que es el facultado por laLey para firmar los convenios de cooperación, se afectóel desarrollo de los pocos esfuerzos institucionales a favorde los pueblos indígenas, uno de los cuales es el proyectode fortalecimiento institucional, que contempla el soste-nimiento de las Delegaciones de las Regiones Autónomasy la instalación de las Delegaciones Territoriales en elPacífico, Centro y Norte161.

3. Las personas cuyos derechos han sido vulnerados y cuyasdenuncias no habían sido resueltas, han sufrido de retar-dación de justicia, por no existir quien autorice las resolu-ciones. Este derecho fue vulnerado durante 6 meses, pre-cisamente por la institución tutelar.

4. Sin entrar a analizar si la decisión del Procurador de dejarsu cargo sin que se hubiera designado su sustituto seajurídica o políticamente correcta, importa tomar nota deeste tipo de situaciones para que no se repitan en el futuroy que la Asamblea Legislativa asuma a tiempo la desig-nación de los jerarcas de la Procuraduría de DerechosHumanos.

161 En su intervención ante los líderes indígenas en el Taller Nacional realizado enel Pueblo Indígena de Sébaco el 19 de noviembre 2004, el Procurador Especialpara Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, ante inquietudes expuestas porlos líderes indígenas, explicó que la ausencia del Procurador desde el mes dejunio 2004, había paralizado la continuación de la ejecución del Proyecto deFortalecimiento Institucional de la PDDH que incluye las DelegacionesTerritoriales en los Pueblos Indígenas.

Page 660: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

667

VIII. La visión indígena sobre laProcuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos

En materia de Derechos Humanos de las personas y pue-blos indígenas, aún no se logra un avance adecuado, aunquedestacan acciones, pero todavía insuficientes. Pese a la preo-cupación de las autoridades por mejorar la comunicación conla población a través de la publicación de materiales gráficos,volantes y la divulgación en los medios escritos sobre laProcuraduría, los mecanismos para acceder a ella y la divul-gación de los derechos humanos de la población. Los líderesindígenas en las reuniones realizadas, en las entrevistas per-sonales y en las encuestas, manifiestan descontento y cuandomenos escepticismo con relación a la Procuraduría. La razónla identifican ellos mismos en la falta de beligerancia y derespuesta a las denuncias y problemática planteada por partede la institución. Tales opiniones fueron expresadas en laencuesta que se realizó con 145 dirigentes indígenas de basecuya sistematización se presenta más adelante.

La mayoría de los líderes indígenas consultados valorancon mucha importancia a la institución y la ubican como unapieza fundamental para la promoción y tutela de los DerechosHumanos. Sin embargo, reclaman mayor participación en lagestión de la procuraduría, mejor atención a sus denuncias,mayor apoyo a su gestión y en especial a sus organizacionespara mejorar la labor de promoción de los derechos. Sobretodo proponen una alianza estratégica para impulsar ambastareas en beneficio de los ciudadanos y pueblos indígenas.

En la entrevista que de forma dirigida se realizó comoparte de las actividades del estudio de campo con 145 líderesindígenas de todas las regiones del país, se obtuvieron lossiguientes resultados de opinión.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

Page 661: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

1. ¿Cómo se concibe a la Procuraduría para la Defensade los Derechos Humanos?

54% respondieron que se trata de una institución autóno-ma, 21% opinaron que es una dependencia del gobierno, 18%no opinaron y 7% opinó que se trata de un organismo nogubernamental.

La mayoría de los líderes entienden que la Procuraduría esun ente descentralizado del Estado para proteger sus derechos,frente al mismo. Esto implica que existe una expectativagrande en cuanto a lo que desde esta instancia se pueda hacerpor la problemática indígena. No obstante, el hecho de tenerconciencia de la naturaleza de la institución, los impulsa a exi-gir de ella mayor esfuerzo en la tutela de sus derechos.

2. ¿Ha presentado o conoce a alguien que haya presenta-do alguna denuncia ante la Procuraduría?

62% dijo que sí, 37% dijo que no y 1% no opinó.

A nivel del liderazgo hay un conocimiento favorable sobreel uso de la Procuraduría para denunciar las violaciones a losderechos humanos de los ciudadanos indígenas, lo cual nosindica que están en condiciones de opinar sobre el desempeñoinstitucional, como se manifiesta en los temas de consulta quesiguen.

3. ¿Le han atendido satisfactoriamente la denuncia pre-sentada en la PPDH?

78% dijo no, 21% dijo sí y 1% no opinó.

Esta mayoría que se expresa insatisfecha por la atenciónrecibida de la Procuraduría, aduce diferentes consideraciones:Que presentan denuncias y no se resuelven, que las instanciasde resolución están centralizadas en Managua y que las que

668

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 662: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

669

existen en las Regiones Autónomas sólo decepcionan, que noexiste un equipo de trabajo para atender de manera especial laproblemática indígena ni aún en las regiones autónomas, quegeneralmente la Procuraduría se abstiene de emitir pronuncia-mientos contra el Estado y que no se conocen los derechosindígenas en las instancias de la Procuraduría162. En generalconcluyen en que se sienten indefensos frente al Estado ya quela política de la Institución ha sido muy pasiva frente a los abu-sos denunciados.

4. ¿Cómo valora la atención de la PPDH?

59% dijo que es muy poca, 24% dijo que es poca, 13%dijo no saber y 4% dijo que es mucha.

Esta opinión es coincidente con la anterior, entre los queconsideran la atención recibida como poca y muy poca, sumanun 83%, aunque en este apartado sólo se valora el nivel decobertura de la Procuraduría. El personal de la Procuraduría,asume que realmente la cobertura que ellos pueden dar es anivel de la Capital y sólo desde las oficinas, ya que las limita-ciones presupuestarias no permiten atender en los Depar-tamentos. Las tres delegaciones que existen en las RegionesAutónomas (Bilwi, Siuna y Bluefields) se crearon y han fun-cionado con financiamiento externo. De igual forma en elestudio, se constató que estas delegaciones adolecen de lascondiciones mínimas para atender a la población y menos aúnpara atender a los indígenas que generalmente habitan encomunidades alejadas de las sedes.

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

162 Estas consideraciones las emitieron en los talleres de consulta y grupos focalesrealizados en el Estudio con líderes de la Región Norte, Centro, TriánguloMinero, Puerto Cabezas y Bluefields.

Page 663: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

670

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

5. ¿Cuáles son las prioridades que debe atender la PPDH?

89% dijo que la discriminación hacia los pueblos y ciu-dadanos indígenas, 76% dijo que la corrupción de los fun-cionarios públicos, 67% dijo que la desigualdad y la retar-dación de justicia, 60% respondió que el abuso de autoridad delos funcionarios y 45% dijo que los derechos sociales de losciudadanos.

Para esta interrogante se presentaron diez alternativas, enlas cuales se orientó a los consultados escoger las cinco queconsideraran más importantes para los ciudadanos indígenas.Entre los temas propuestos, aparte de los que aparecen men-cionados en el gráfico se incluyeron: Reformas legales, dere-chos de los trabajadores, derechos de los privados de libertad,maltrato a la niñez y discriminación de la mujer. Los temasseleccionados constituyen los ejes centrales de la preocu-pación del liderazgo indígena. El tema de la propiedad y losrecursos naturales que son un punto central de controversiacon el Estado, no se incluyeron específicamente considerandoque las causas que se le atribuyen al problema se relacionancon la discriminación, corrupción y el abuso de autoridad delos funcionarios públicos, variables que se valoran en la con-sulta para obtener una opinión más precisa. Es válido destacarque estos temas constituyen las causas principales de lasdenuncias tramitadas en la Procuraduría163.

6. Qué sugiere para mejorar la actuación de la Procu-raduría

En este tema se consultaron un conjunto de variables, talescomo: El presupuesto, el personal, cobertura territorial, ges-

163 Véase el apartado sobre la sistematización de casos atendidos en laProcuraduría.

Page 664: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

671

tionar cooperación y la incidencia partidaria. Las opinionessobre cada variable se presentan a continuación:

Aumentar el presupuesto

78% dijo sí, 4% dijo no, 18% no opinó.

El porcentaje que considera necesario aumentar el pre-supuesto, coincide con el que se siente insatisfecho de la aten-ción brindada por la institución, lo cual revela que si bien escierto que hay inconformidad por la atención recibida, haytambién conciencia sobre las causas de tal deficiencia. Estaopinión fue reforzada en los talleres de consulta incluyendo eltaller nacional, en el que se concluyó sobre la necesidad deunir esfuerzos para apoyar a la institución164.

Cambiar personal

48% dijo sí, 39% no opinó y 13% dijo no.

La opinión en este aspecto no es muy clara, esto tiene quever con la poca relación existente entre los líderes indígenas yel personal de la procuraduría. La mayor parte de los que noopinaron o los que opinaron que no, aducían que no teníanmayor criterio para juzgar al personal de la institución.

Ampliar su presencia en los territorios

89% dijo sí, 7% no opinó y 4% dijo no.

Como puede verse, ésta es la demanda principal que setiene hacia la institución. No obstante, la demanda va más alláde la presencia física. Se propuso dotar de equipos de trabajoy medios a las Delegaciones Territoriales y lo más importante,

Acceso a la Justicia de las personas y los pueblos indígenas y Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos de Nicaragua

164 Memoria del Taller Nacional realizado en Sébaco el día 19 de noviembre 2004.

Page 665: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

672

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

mejorar la calidad de las mismas en el sentido de que tenganfacultades para emitir resoluciones sobre los casos presentadosen vista de que si se limitan a recepcionar las denuncias comolo hacen en la actualidad, no se resuelven. En correspondenciacon este planteamiento se propuso que se establezca unRecurso de Apelación ante el Procurador General, sobre lasresoluciones que emitan las Delegaciones Territoriales, comose hace en las demás instituciones del Estado165.

Gestionar apoyo de organismos de cooperación

81% dijo sí, 19% no opinó.

En este aspecto, las organizaciones indígenas plantearonque se puede realizar una alianza con la Procuraduría Especialde Derechos Indígenas, a fin de gestionar recursos con lasagencias de cooperación, para el acondicionamiento de lasDelegaciones Territoriales y la ejecución de acciones conjun-tas como la creación de redes de Promotores en las Comu-nidades y la Capacitación.

Despartidarizar su composición

85% dijo sí, 8% no opinó, 7% dijo no.

La opinión expresada está dirigida a la designación de losprincipales funcionarios, en el sentido de que no debe prevale-cer el criterio de su pertenencia a un determinado partido sinosu destacada participación en la labor de defensa y promociónde los Derechos Humanos.

165 Memorias de los Talleres de Consulta y Reuniones con Grupos Focales rea-lizadas en la Región Norte, Centro, Triángulo Minero, Bilwi, Bluefields y laReunión Nacional.

Page 666: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

IX. Conclusiones y Recomendaciones

Conclusiones

1. En Nicaragua existen grandes limitaciones para comenzara tratar con efectividad la problemática indígena. Entreestos obstáculos están:a) Falta de una política del Estado hacia los pueblos indí-

genas.b) Inexistencia de una institución especial del Estado para

atender la problemática de los pueblos indígenas.c) La debilidad organizativa de los pueblos indígenas a

nivel nacional para poder concertar con el Estado demanera efectiva el tratamiento de la problemática.

d) Una legislación desfasada, tanto en relación con elordenamiento constitucional como al orden jurídicointernacional por la falta de vigencia en Nicaragua delos principales instrumentos internacionales que prote-gen y garantizan los derechos de los pueblos indíge-nas.

2. El sistema político y social en Nicaragua sigue funcionan-do sobre la base del desconocimiento de la existencia delos pueblos indígenas del Pacífico, Centro y Norte y porconsiguiente, el desconocimiento de sus derechos particu-lares elementales.

3. Existe una tendencia a legislar para reconocer derechos,pero ello contrasta con una voluntad política manifiesta deno cumplir las leyes. Por ello las demandas indígenas nodeben apagarse a la luz de la publicación de leyes, sino quedeben contemplar las acciones que aseguren su cumpli-miento.

673

Conclusiones

Page 667: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

4. La debilidad institucional de las organizaciones indígenastradicionales es la primera limitación a superar para iniciarun efectivo tratamiento de la problemática.

5. Las políticas públicas así como la cooperación externa,debe ubicar las particularidades de las regiones delAtlántico, con las del Pacífico, Centro y Norte, y ordenaracciones diferenciadas para cada realidad.

6. Las instituciones públicas y de la sociedad civil, que serelacionan con el trabajo por los derechos humanos, debenincluir en sus políticas la variable multicultural e identi-ficar a las y los ciudadanos indígenas en sus indicadores deresultado.

7. Hay muy poca conciencia y sensibilidad en los sectorespolíticos y de la sociedad civil, sobre el problema de la dis-criminación racial y sus múltiples formas de expresión.

8. En la administración pública en general, y especialmenteen la Administración de Justicia, no existe la conducta dela aplicación de los tratados internacionales de derechoshumanos y no se incluyen en la sustentación de las deci-siones jurídicas ni se definen medidas políticas para suaplicación y cumplimiento. Esto abona a que el Estado deNicaragua, no esté bien visto ante las instancias interna-cionales encargadas de vigilar el cumplimiento de dichosinstrumentos.

9. Las organizaciones indígenas no han logrado consensuaruna agenda de trabajo propia y su labor se desarrolla sobrela base de la agenda de otros sectores, como el Estado y losorganismos de cooperación.

10. Las comunidades indígenas, tanto en el Atlántico como enel Pacífico, están sufriendo la incidencia de intereses pri-vados de inversión, así como también de grupos de per-

674

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 668: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recomendaciones

sonas que se dedican al negociar con las tierras indígenasy sus recursos naturales.

11. La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanoses una institución muy nueva y todavía se encuentra en laetapa de establecimiento estructural. En este contexto debevalorarse que los esfuerzos realizados y los logros alcanza-dos en la solución de casos y en la promoción de los dere-chos, es un producto adicional. Este contexto determina lafuncionalidad de la Procuraduría Especial para PueblosIndígenas y Comunidades Étnicas.

12. La Procuraduría Especial para Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas, se encuentra todavía en proceso deestablecimiento. El nombramiento del Procurador Especialno es suficiente para que pueda desarrollar sus atribu-ciones, requiere de su espacio propio de trabajo, su equipode personas capacitadas en la temática y en número sufi-ciente para atender las demandas de los pueblos indígenasy comunidades étnicas. Es necesario destinar esfuerzosparticulares de la institución al fortalecimiento de laProcuraduría Especial. La situación de alta vulnerabilidadque viven los indígenas y los múltiples compromisos inter-nacionales incumplidos por el Estado de Nicaragua, justi-fican este esfuerzo.

Recomendaciones

Las recomendaciones y propuestas que se expresan a con-tinuación, surgen a partir de los temas consultados con loslíderes indígenas, así como de las conclusiones de foros,encuentros temáticos, estudios académicos, iniciativas y pro-puestas y la experiencia que se ha logrado obtener en eltratamiento de la problemática indígena por parte del autor.

675

Page 669: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

676

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Siguen vigentes las conclusiones adoptadas en el año2001, referente al tratamiento de la problemática indígena enNicaragua, en el que se identificaron cuatro grandes limita-ciones que dificultan la intervención efectiva en el abordaje deesta realidad. Tales limitaciones son: 1.-La falta de una políti-ca del Estado a favor de los indígenas. 2.-La falta de una insti-tución del Estado que atienda la problemática indígena. 3.-Una legislación desfasada con relación a la ConstituciónPolítica vigente y al Derecho Internacional. Y 4.- Debilidad delas organizaciones indígenas que les dificulta realizar unagestión efectiva en función de promover y defender sus dere-chos166. Estas limitaciones están siendo superadas, especial-mente la tercera. En este aspecto se plantea un escenario máspositivo para los pueblos indígenas del país, no obstante que laúltima, que es además la primera que debe ser superada, se haprofundizado en los últimos dos años.

Se espera que la nueva Ley Indígena que actualmente sedictamina en la Asamblea Nacional, ponga fin a las practicascolonialistas antes denunciadas y se le permita a los indígenasorganizarse con plena libertad y establecer su propia forma deorganización social que les reconoce la Constitución y quetanto el Gobierno Central como algunos Gobiernos Munici-pales, se han empecinado en impedir.

Se considera que el racismo está institucionalizado enNicaragua y se explica por la ausencia total de sentimientos deresponsabilidad de otros sectores con el fenómeno, así comopor los privilegios que están bien estructurados entre los gru-pos dominantes y se amplían. Hay una interrelación entre lasdiversas formas de discriminación por raza, condición social,

166 Estudio realizado por Rigoberto Mairena Ruiz, Legislación y DerechosIndígenas en Nicaragua, por encargo del Instituto Jurídico Social, IUS,Managua, Nicaragua, 2001.

Page 670: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recomendaciones

677

género, edad y ubicación geográfica. De ahí que las accionesa impulsar deben tener un enfoque integral para que puedantener impacto en la situación actual167.

P ropuestas de acciones para mejorar la labor de laProcuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos deNicaragua

1. Reformas institucionales

Aprobar el Reglamento Interno de la Institución e incluirdentro de dicha normativa entre otros aspectos los si-guientes:

1. Otorgar facultad resolutiva a las Delegaciones territo-riales e introducir el Recurso de Apelación.

2. Definir facultades de los Procuradores Especiales,otorgarles capacidad resolutiva y capacidad de gestiónde recursos, en concordancia con las necesidadesvitales que demandan los Pueblos Indígenas.

3. Ampliar el personal de defensoría, con personal idó-neo que conozca el Derecho Indígena.

4. Delimitar bien las funciones y la relación entre losProcuradores Especiales y los Directores de Área.

5. Establecer en la Dirección de Defensa una OficinaEspecial, para tramitar las denuncias de los pueblos ypersonas indígenas, que además asesore a la Procura-duría Especial en el tema. Se debe fortalecer institu-cionalmente a la Procuraduría Especial.

6. Nombrar Procurador Especial para las RegionesAutónomas y otro para el Pacífico, Centro y Norte.

167 Memoria del II Foro Nacional Post-Durban, Acciones Afirmativas en la Luchacontra el Racismo, realizado en Managua los días 18, 19 y 20 de octubre 2004.

Page 671: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

678

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

2. Alianza PDDH-Pueblos Indígenas

Conformación de una Red de Promotores de DerechoIndígena.

Coordinación para la gestión de Proyectos de Promocióny Defensa de los Derechos Humanos en Coordinación conlas Organizaciones Indígenas.

Que la Procuraduría Especial de Derechos Indígenasapoye la gestión de recursos por parte de las organiza-ciones indígenas.

Que la PDDH apoye las demandas indígenas por la ela-boración de una política a favor de los Pueblos Indígenasy Comunidades Étnicas, la designación de una instituciónque atienda la problemática indígena y la aprobación delas reformas legales necesarias para proteger los derechosfundamentales de los pueblos indígenas.

3. Acciones de Promoción de los Derechos Humanos

a) Coordinación de la Procuraduría con las institucioneseducativas correspondientes, para la enseñanza de laasignatura Cultura e Identidad Nacional, el tema de losDerechos Humanos y el Derecho Indígena en las ca-rreras de Derecho.

b) Mayor coordinación con la Comisión de Asuntos Étni-cos de la Asamblea Nacional. Elaboración de Proyec-tos de Ley y gestión legislativa e incidencia en lagestión de la Administración pública.

c) Mayor coordinación con los Consejos RegionalesAutónomos. Para la defensa del sistema autonómico,definición de Políticas de Promoción de los DerechosHumanos de los Pueblos Indígena y acciones conjun-tas en este campo.

Page 672: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recomendaciones

679

d) Mayor coordinación con el Poder Judicial para definirel Modelo de Administración de Justicia para lasRegiones Autónomas.

e) Mayor incidencia en la labor de la Administración deJusticia referida al tratamiento que se le da a losPueblos Indígenas, incidiendo en que los nom-bramientos de jueces en territorios indígenas tengancomo requisitos hablar los idiomas de dichos pueblosy conocer del Derecho Indígena.

f) La Procuraduría debe prestar especial atención a laprotección de las organizaciones indígenas ya que deello depende su capacidad de gestión en la Promocióny Defensa de los Derechos Humanos.

g) Mayor involucramiento de la Procuraduría Especialpara Pueblos Indígenas en los procesos y acciones quese realizan en atención a temas de relevancia para losPueblos Indígenas, tales como la DemarcaciónTerritorial, la elaboración de Proyectos de Ley oReformas de Reglamentos, la elaboración del Modelode Administración de Justicia para las RegionesAutónomas, el abuso de autoridad de los funcionariosy los servicios públicos, entre otros, que fueron indica-dos como los ejes principales de las preocupacionesdel liderazgo indígena.

h) Fortalecer la relación de la PDDH con los organismosque trabajan en la promoción y defensa de los dere-chos humanos a nivel nacional e internacional.

i) Especial atención merece la coordinación entre laProcuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos y las Universidades de la Costa Caribe, laque debe profundizarse para aprovechar de maneramás efectiva el potencial que en labor de promociónrepresentan BICU y URACCAN.

Page 673: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

680

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

4. Recomendaciones a la Asamblea Nacional

• Despartidarización en el nombramiento de los Procu-radores, estableciendo su nombramiento por concursoentre personas reconocidas por su labor comprometi-da con los derechos humanos, de ternas propuestaspor las organizaciones de la sociedad civil y especial-mente las relacionadas al tema de derechos humanos.

• Aprobar previa consulta e incorporación de losaportes de consenso de los representantes indígenas,la Ley General Indígena para el Pacífico, Centro yNorte.

• Se ha reiterado en todos las actividades de consultarealizadas en el contexto del presente estudio, laurgente necesidad de que la Asamblea Nacional rati-fique el Convenio 169 para lo cual se recomiendacoordinar con la PDDH.

5. Recomendación para el liderazgo y representantesindígenas y de Comunidades Étnicas

Los líderes y representantes indígenas a todos los niveles,deben reflexionar profunda y sinceramente sobre laresponsabilidad que tienen en la promoción y defensa delos derechos humanos de los pueblos indígenas y comu-nidades étnicas y por ello deben asumir con beligeranciael fortalecimiento de sus respectivas organizaciones enprimer lugar, ya que ellas son los instrumentos vitalespara emprender de manera efectiva el tratamiento de laproblemática indígena.

En su gestión, se hace necesario que dichas organiza-ciones le otorguen énfasis a la labor promocional y defen-sorial de los derechos humanos frente al Estado, ya que

Page 674: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recomendaciones

681

hasta el momento se denota que las prioridades de dichasorganizaciones sobre todo las de carácter nacional yregional están orientadas a la gestión de proyectos actuan-do con un perfil de ONG.

Las organizaciones de base indígena tales como lasComunidades Indígenas del Pacífico, Centro y Norte y lasde las regiones del Caribe, resienten el abandono de loslíderes nacionales sobre los ingentes problemas de viola-ciones a sus derechos humanos que aquejan a sus comu-nitarios, mientras los líderes de más arriba se quedan limi-tados a la gestión de proyectos y no le acompañan en lalucha por la defensa de sus derechos violentados. De igualforma se quejan de la poca transparencia en el manejo derecursos adquiridos de la cooperación y por ello deman-dan que las organizaciones nacionales que se arrogan larepresentación de los pueblos indígenas, se ajusten a lasestructuras de base y se organicen sobre la base de la inte-gración de los representantes de base, electos legítima-mente por las Comunidades, llámese Juntas Directivas,Síndicos, Consejos de Ancianos.

La Procuraduría como institución, con todas las limita-ciones presupuestarias e institucionales que enfrenta parala labor de promoción y defensa de los derechos humanosde los pueblos indígenas y comunidades étnicas, requieretener entre sus principales aliados y colaboradores a lasorganizaciones indígenas y por el momento tiene comolimitaciones el hecho de que hay varias organizacionesque se arrogan la representación de sus bases y ello difi-culta la coordinación y gestión hacia la labor promocionaly defensorial.

Page 675: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

682

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

6. Trabajar la propuesta de una Ley para establecer elModelo de Administración de Justicia para lasRegiones Autónomas de Nicaragua, que sea el resultadodel proceso de estudio, consulta y concertación que se estápromoviendo a partir de acciones específicas, como la for-mación de Comisiones de Justicia y Paz, el Programa deFacilitadores Judiciales, los Centros de A t e n c i ó n ,Mediación Información y Orientación, CAMINOS, y estu-dios interdisciplinarios que promueven las Universidadesregionales, la Corte Suprema Organizaciones de DerechosHumanos etc., todas las cuales están orientadas a armo-nizar el derecho estatal con el derecho indígena.

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos puede ser la promotora de esta iniciativa con losConsejos Regionales Autónomos, que de conformidad conel Art. 40 del Reglamento a la Ley de Autonomía y Art. 62de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establecen con-certar con la Corte Suprema de Justicia para la definicióndel régimen de regulaciones especiales de la adminis-tración de justicia en las regiones autónomas y la regu-lación mediante una ley especial.

7. Crear una instancia para asegurar asistencia jurídicareferida a asesoría y defensa legal de los derechos indí-genas

No existen profesionales preparados en el tema deDerecho Indígena, dado que el sistema educativo y en par-ticular el currículo de las facultades de derecho en lasdiferentes universidades no contemplan la enseñanza deéste.

Hay algunos abogados que por estar vinculados al quéhacer de las Comunidades Indígenas están desarrollandoexperiencia sobre el tema, sin embargo estos esfuerzos y

Page 676: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recomendaciones

683

experiencias están dispersas. Por ello es necesario articu-lar una instancia que se especialice en la atención a lospueblos indígenas y comunidades étnicas, sobre todo en elPacífico que es donde mas se carece de asesoría.

8. Realizar las acciones correspondientes contra los fun-cionarios que desacatan las recomendaciones de laPDDH

La Procuraduría para la Defensa de los DerechosHumanos, debe procurar el cumplimiento de sus resolu-ciones, de lo contrario, la tolerancia al incumplimientohará perder eficacia a sus resoluciones y como consecuen-cia la población afectada seguirá expuesta a una tendenciacreciente del estado de vulnerabilidad en que se encuentra.En este sentido, se recomienda que se haga uso de laComisión de Derechos Humanos de la Asamblea Nacionalpara la interpelación de los funcionarios que infractores yse gestione con el Ministerio Público, las acciones crimi-nales por desacato contra dichos funcionarios.

9. Incorporar la variable étnica en la base de datos de laPDDH

La Procuraduría ha definido como ejes transversales de sulabor, el enfoque de género, generacional y multicultural.Sin embargo, todavía la multiculturalidad no se refleja enla base de datos de la institución. Por ello se recomiendaque se incorpore la variable étnica en la base de datos ytodo el sistema de información de la labor de la PDDH,para poder observar cómo se aplica la multiculturalidad.

10. Vigilar la aplicación de los Convenios y Tratados Inter-nacionales de Derechos Humanos, por parte del Estadoy asumir la responsabilidad de informar de manera alter-nativa a los Comité de Vigilancia de dichos instrumentos,

Page 677: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

sobre el grado de cumplimiento por parte de Nicaragua alas obligaciones contenidas en los mismos.

11. Promover ante la Asamblea Nacional la ratificación delConvenio 169 de la OIT

El artículo 18, inciso 14 de la Ley 212, le otorga esa fa-cultad y debe usarse para suplir el vacío, por la negligen-cia del Poder Ejecutivo en este ámbito.

Igual recomendación se hace sobre la Declaración delEstado de Nicaragua, para asumir la aplicación delArtículo 14 de la Convención Internacional sobre laDiscriminación Racial.

12. Asumir la defensa del Medio Ambiente como un temade Derechos Humanos

Se recomienda que por la trascendencia que tiene el temapara los pueblos indígenas, la Procuraduría de prioridad alas denuncias referidas a este derecho y que impulse encoordinación con las instancias de la sociedad civil vincu-ladas al tema, la promoción de este derecho.

En particular se recomienda fiscalizar el cumplimiento delas obligaciones de los funcionarios de las institucionesresponsables de proteger los recursos naturales y el medioambiente, instando oficiosamente las denuncias.

13. Incorporar a la Oficina de Investigación Propositiva, eltema de los derechos indígenas

Realizar estudios sobre la problemática indígena, queestán pendientes de realizar y otros que sean pertinentes ala formulación de políticas del Estado hacia los pueblosindígenas.

684

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 678: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Recomendaciones

685

14. Que la Procuraduría fiscalice y apoye la Consultasobre el Proyecto de Ley General de Pueblos Indígenasdel Pacífico, Centro y Norte

Actualmente la Comisión de Asuntos Étnicos y Comuni-dades Indígenas de la Asamblea Nacional, tiene a su cargola elaboración del Dictamen sobre el Proyecto de LeyGeneral de Pueblos Indígenas del Pacífico, Centro yNorte, que le fue enviado por Secretaría, luego de seradmitida por el Plenario.

En esta etapa del proceso de formación de la ley, tienecabida el elemento esencial de la democracia participativa,como es la consulta ciudadana para asegurar que lapoblación afectada por dicha ley, pueda conocerla y expre-sar sus criterios y opiniones sobre el contenido de la ini-ciativa de ley y a la vez hacer sus aportes para incorporar-los al contenido de la misma.

Esta oportunidad es la primera que los pueblos indígenasdel Pacífico, Centro y Norte, experimentan en toda su his-toria. La ley anterior fue aprobada en 1914 y aunque en suformulación se incorporaron los criterios de los pueblosindígenas de Boaco y Matagalpa, quienes todavía para laépoca mantenían una activa participación política, lamisma se encuentra desfasada y debe ser actualizada conrespecto al orden constitucional nacional y al orden jurídi-co internacional.

La Ley 475 Ley de Participación ciudadana establece elderecho de los ciudadanos indígenas a ser consultados demanera amplia, transparente para participar de manerademocrática y conciente en la elaboración de la nueva leyindígena.

Page 679: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

686

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Este derecho debe ser fiscalizado y apoyado por laProcuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, afin de asegurar que cumpla los parámetros antes men-cionados y asegure la incorporación de disposiciones queprotejan el derecho de los pueblos indígenas y eliminentodas las disposiciones discriminatorias que todavía exis-ten en las disposiciones legales y administrativas que seaplican.

15. Establecer coordinación con el Ministerio Público y laCorte Suprema de Justicia, a fin de asegurar la desig-nación de Fiscales del Ministerio Público en los territoriosIndígenas, para el impulso de las acusaciones en los deli-tos de orden público cometidos en contra de personas indí-genas y la designación de Defensores Públicos, para ladefensa de las personas indígenas acusadas de cometerdelitos. En ambos casos debe considerarse la designaciónde funcionarios que conozcan los idiomas de los pueblosindígenas y si es en las regiones del Pacífico, Centro yNorte, que conozcan la situación de estos pueblos.

BibliografíaCentro de Investigaciones y Estudios de Reforma Agraria,

CIERA, Historia Agraria de las Segovias Occiden-tales, Ministerio de Desarrollo y Reforma Agraria,Primera Edición. Managua, 1984.

Chavarría, D. Fermín. Agenda Mínima para la Defensa delDerecho de los Pueblos y Comunidades Indígenas deNicaragua, Movimiento de la Región Autónoma delAtlántico Sur, Sin Fecha de Publicación.

D a r y, F. Claudia. Hamilton, Manuel. Monge, Silvia. E lD e recho Internacional Humanitario y el Ord e nJurídico Maya, FLACSO Editorial 15.

Page 680: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Bibliografía

687

Dávila Lazo, Orlando, Sébaco, Pueblo Indígena. PrimeraEdición. Imprenta Minerva. Matagalpa, 2000.

______ Chagüitillo Indígena. Primera Edición. Imprenta Mi-nerva, Matagalpa, 2001.

Escobar Fornos, Iván. Defensa de los Derechos Humanos.Primera Edición, Editorial Hispamer, Managua, 2001.

Fundación Wangki Luhpia, La Voz de los Hijos del Wangki, sinfecha de publicación.

Mairena Ruiz, Rigoberto. Derechos Humanos y Sociedad.Manual de Capacitación en Derechos Humanos,Movimiento Comunal Nicaragüense, Managua, 2001.

______ La Propiedad Comunitaria en Nicaragua, Memoriasde la Segunda Jornada Indígena Centroamericana,Primera Edición, San Salvador, 1999.

______ Legislación y Derechos Indígenas en Nicaragua,Instituto Jurídico Social, Managua, 2001.

Marenco, M. Jaime. Rivas Precolombino, Primera Edición,Impresiones Omega, Rivas, septiembre 1995.

Martínez, Manuel, Lira Lucía, M a y a g n a s Hijos del Sol,Ediciones de Cultura URACCAN, Managua, Julio1999.

Mayorga Paredes, Rhina. Jueces Comunales vs. Jueces deDerecho. Proyecto Fortalecimiento de la Adminis-tración de Justicia en Nicaragua, Unión Europea-Corte Suprema de Justicia, Bilwi, RAAN, julio 2000.

Monge Silva, Manuel Hamilton. Ometepe en el Siglo XX,Primera Edición, Diseño Gráfico Digital, Managua.

Rivera, Virgilio. Williamson, Denis. Rizo, Mario. Autonomía ySociedad en la RAAN, CIDCA-UCA, Managua, 1997.

Rizo Mario, Identidad y Derecho: Los Títulos Reales delPueblo de Sutiaba, IHNCA-UCA, diciembre 1999.

Salgado Zelaya, Róger A. Legislación y Derechos Humanos yPueblos Indígenas y Comunidades Étnicas en Nicara-gua. RAAN-ASDI-RAAS, Octubre, 2003.

Page 681: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Stuart, Howay Douglas. Indios, Mestizos Y Blancos. EditorialUniversitaria, UNAN, Matagalpa, 1993.

Téllez, Dora María. Muera La Gobierna, URACCAN, Mana-gua, 1999.

Valle Pastora, Alfonso. Consultas en Materia Civil, Tomo I,1960-1972, 1973-1981 Primera Edición, EditorialEdiciones Internacionales, Managua, 2002.

Wheelock Román Jaime, Raíces Indígenas de la Lucha Anti-colonialista en Nicaragua, Editorial Nueva Nicara-gua, Managua, 1981.

Revistas:Revista de Historia, Comunidades y Pueblos Indígenas de Ni-

caragua # 14, IHN-UCA mayo 2002.WANI, CIDCA-UCA, Managua:

No. 22, octubre/diciembre 1997.No. 25, octubre/diciembre, 2000.No. 3, XX Aniversario, octubre/diciembre, 2002.No. 30, julio /septiembre, 2002.

No. 31, octubre/noviembre, 2002.No. 32, enero/marzo, 2002.No. 33, abril/junio 2003.No. 34, julio/septiembre, 2003.No. 35, octubre/diciembre, 2003.No. 15, marzo, 2004.

Informes y Memorias:Biodiversidad en Nicaragua, MARENA-PANIF, Managua,

2000.Condiciones Laborales de los Buzos Miskitos en la Costa

Atlántica de Nicaragua, OIT, San José, Costa Rica.Derecho Consuetudinario de las Comunidades Indígenas y

Etnias de las Comunidades y Municipio de Rama Cay,Laguna de Perlas y Kukra Hill, Corte Suprema de

688

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

Page 682: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades

Bibliografía

Justicia Tribunal de Apelaciones, Bluefields, RAAS,Nicaragua, Junio 2002.

Diagnóstico de la Situación de los Pueblos Indígenas yComunidades Étnicas e Instalación de la ProcuraduríaEspecial, PPDH, Managua, abril 2001.

El Sistema Interamericano de Protección de los DerechosHumanos y los Derechos de las PoblacionesMigrantes, las Mujeres, los Pueblos Indígenas, losNiños y Niñas y Adolescentes, Asamblea General,2004-2006.

Informe Anual de la Procuraduría para la Defensa de losDerechos Humanos, PPDH, Managua, 2000 al 2004.

Informe Anual del Centro Nicaragüense de DerechosHumanos, CENIDH, 2000 al 2004.

Informe de Investigaciones No. 11, Ministerio de DesarrolloAgropecuario, CIERA, septiembre 1980.

Informe Final sobre la Administración de Justicia en unContexto Multiétnico e Intercultural, Bilwi, Munici-pio de Puerto Cabezas, RAAN (sin fecha).

Taller Indígena Centroamericano, Áreas Protegidas y MedioAmbiente, Panamá, Junio 1999.

Memoria del Seminario Centroamericano sobre DerechoTerritoriales y Legalización de Territorios Indígenas,URACCAN, Managua, 30 abril-5 de mayo de 1998.

689

Page 683: Ombudsman - Página Principal · PDF fileLos progresos en el campo de la impartición de ... investigaciones y recomendaciones sobre com- ... dad y pluriculturalidad de las sociedades