Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

10
Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación © 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates Deloitte & Touche Ltda. Carrera 7 No. 74 - 09 Nit. 860.005.813-4 Bogotá Colombia Tel: +57 (1) 426 2000 www.deloitte.com/co Cristhian Fabián Baracaldo Ospina Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de Universidad de La Sabana NIT 860.075.558-1 CONSIDERANDO: 1. De conformidad con los artículos 2 y 10 de la Ley 43 de 1990, la Revisoría Fiscal es una actividad que debe ser ejercida por un Contador Público, para quien la función de certificación es una actividad propia de su profesión y tiene carácter de prueba cuando se expide con fundamento en los libros de contabilidad y en el sistema contable de la Compañía. 2. La Administración de la Universidad de La Sabana es responsable por la correcta preparación de los registros contables, los cuales se deben realizar con fundamento en el marco técnico normativo aplicable en Colombia en materia de información contable y financiera. 3. Con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 se introdujeron modificaciones al Régimen Tributario Especial, entre las cuales se establece que el beneficio neto o excedente que sea reinvertido en la actividad meritoria de la Universidad tendrá el carácter de exento. 4. De conformidad con el artículo 356-3 del Estatuto Tributario, las entidades que en el año inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos brutos superiores a 160.000 UVT deberán enviar a la Administración Tributaria una memoria económica incluyendo una manifestación del representante legal y el revisor fiscal en la cual se acompañe la declaración de renta en que haga constar que durante el año al cual se refiere la declaración han cumplido con todos los requisitos exigidos por la Ley, como reiteración de la solicitud de las exenciones solicitadas en la declaración, con la actualización de la plataforma de transparencia”. 5. Teniendo en cuenta lo anterior, he obtenido de la Administración de la Universidad las manifestaciones y la información que he considerado necesaria y he seguido los procedimientos que he considerado procedentes en aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría de Información Financiera aceptadas en Colombia, los cuales permiten la utilización de técnicas de muestreos CERTIFICO: 1. Que la Universidad de La Sabana, se encuentra legalmente constituida como entidad sin ánimo de lucro, según consta en el certificado de existencia y representación N° RL- 01474-2021 de 25 de marzo de 2021, expedido por el Ministerio de Educación. 2. Que el objeto social de la Universidad de La Sabana está determinado como Educación Superior en sus estatutos.

Transcript of Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Page 1: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación

© 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates

Deloitte & Touche Ltda. Carrera 7 No. 74 - 09 Nit. 860.005.813-4 Bogotá Colombia Tel: +57 (1) 426 2000 www.deloitte.com/co

Cristhian Fabián Baracaldo Ospina

Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de Universidad de La Sabana

NIT 860.075.558-1

CONSIDERANDO:

1. De conformidad con los artículos 2 y 10 de la Ley 43 de 1990, la Revisoría Fiscal es una actividad que debe ser ejercida por un Contador Público, para quien la función de certificación es una actividad propia de su profesión y tiene carácter de prueba cuando se expide con fundamento en los libros de contabilidad y en el sistema contable de la Compañía.

2. La Administración de la Universidad de La Sabana es responsable por la correcta preparación de los registros contables, los cuales se deben realizar con fundamento en el marco técnico normativo aplicable en Colombia en materia de información contable y financiera.

3. Con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 se introdujeron modificaciones al Régimen

Tributario Especial, entre las cuales se establece que el beneficio neto o excedente que sea reinvertido en la actividad meritoria de la Universidad tendrá el carácter de exento.

4. De conformidad con el artículo 356-3 del Estatuto Tributario, las entidades que en el año

inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos brutos superiores a 160.000 UVT deberán enviar a la Administración Tributaria una memoria económica incluyendo una manifestación del representante legal y el revisor fiscal en la cual se acompañe la declaración de renta en que haga constar que durante el año al cual se refiere la declaración han cumplido con todos los requisitos exigidos por la Ley, como reiteración de la solicitud de las exenciones solicitadas en la declaración, con la actualización de la plataforma de transparencia”.

5. Teniendo en cuenta lo anterior, he obtenido de la Administración de la Universidad las

manifestaciones y la información que he considerado necesaria y he seguido los procedimientos que he considerado procedentes en aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría de Información Financiera aceptadas en Colombia, los cuales permiten la utilización de técnicas de muestreos

CERTIFICO:

1. Que la Universidad de La Sabana, se encuentra legalmente constituida como entidad sin ánimo

de lucro, según consta en el certificado de existencia y representación N° RL- 01474-2021 de 25 de marzo de 2021, expedido por el Ministerio de Educación.

2. Que el objeto social de la Universidad de La Sabana está determinado como Educación Superior

en sus estatutos.

Page 2: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación

© 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates

3. Que las actividades desplegadas por la Universidad de La Sabana son actividades meritorias de interés general en tanto benefician al grupo poblacional determinado como comunidad universitaria.

4. Que las actividades desplegadas por la Universidad de La Sabana permiten el acceso a la

comunidad conforme con lo previsto en los estatutos.

5. Que los aportes recibidos por la Universidad de la Sabana y sus excedentes, de conformidad con el extracto del acta extracto de acta No. 092 del 19 de marzo de 2021 del consejo Fundacional y acta N° 643 del 17 de marzo de 2021 será destinado según lo ahí indicado.

6. Que la Universidad de La Sabana cumplió con el deber legal de hacer la memoria económica de

que trata el artículo 356-3 del Estatuto Tributario. De conformidad con las previsiones legales y los resultados del ejercicio 2020, la entidad incluyó en dicha memoria la información sobre el beneficio neto o excedente que se solicitará como exención en la declaración de renta.

7. Que la Universidad de La Sabana no efectuó pagos por concepto de prestación de servicios,

arrendamientos, intereses etc. a fundadores, aportantes, donantes, representantes legales y administradores; así como tampoco, según las manifestaciones de la Administración, a sus cónyuges o compañeros o sus familiares parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o afinidad o único civil o entidades jurídicas donde estas personas posean más de un 30% de la entidad en conjunto u otras entidades donde se tenga control.

8. Que según las manifestaciones de la Administración de la Universidad de la Sabana registró ante la DIAN todos los contratos, tanto onerosos, como gratuitos celebrados con fundadores, aportantes, donantes, representantes legales y administradores, así como del cónyuge/compañero permanente/pariente en 4° grado de consanguinidad de los fundadores, aportantes, donantes, representantes legales y administradores de la Universidad de la Sabana.

9. Que la Universidad de La Sabana efectuó los aportes a seguridad social y parafiscales por los pagos

laborales hechos en favor de (ver Excel Adjunto).

Durante el 2020 el señor VELASQUEZ POSADA OBDULIO fue el rector hasta el día 07 de diciembre de 2020, sin embargo, mediante acta N°637 del 19 de agosto del 2020 del consejo fundacional se nombra como rector y representante legal a RONCANCIO RACHID ROLANDO ANDRE. Lo anterior se constató de conformidad con la Planilla Integral de Liquidación de Aportes No. 47529392 – 48003397 - 47540106 del mes de diciembre de 2020.

10. Que conforme con el presupuesto destinado a la remuneración o retribución efectuada en favor de quienes ejercen cargos directivos y gerenciales, no ha sido superior al 30% del gasto anual de la Universidad, según lo previsto en los registros contables y los estados financieros elaborados de la entidad con corte al 31 de diciembre de 2020.

Page 3: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación

© 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates

11. Que los costos de proyectos, de actividades de venta de bienes y/o servicios de la Universidad de La Sabana se encuentran plenamente identificados en registros contables.

12. Según las manifestaciones de la Administración de la entidad, la parte del beneficio neto o

excedente que la Universidad de la Sabana no reinvirtió en el desarrollo del objeto social tuvo el carácter de ingreso gravable en el año.

13. Que según las manifestaciones de la Administración los ingresos percibidos por concepto de

Contratos de obra pública/interventoría celebrados con el Estado, están siendo reconocidos como gravables a la tarifa general del impuesto sobre la renta.

14. Que, según las Actas del Consejo Fundacional, el beneficio neto o excedente que tuvo el carácter

de exento cumple con la destinación a los programas que desarrollaron el objeto social y la actividad meritoria de la Universidad.

15. Que según lo previsto en el extracto de No. 092 del Consejo Fundacional con fecha del 19 de

marzo de 2021, la Universidad de la Sabana aprobó el proyecto de reinversión del beneficio neto o excedente fiscal del año 2020 en:

• Compra de activos fijos requeridos para la Actividad Meritoria. • Inversión en la Clínica Universidad de la Sabana, en la cual la Universidad de la Sabana

tiene una participación 99,95% y cuyo fin es prestar a los servicios de salud, a la enseñanza y a servir de lugar de prácticas docentes a los programas académicos de la Universidad de La Sabana, especialmente en el área de la salud.

• Compra de terrenos destinados a ampliar las instalaciones de la Universidad con el fin de cumplir con su objeto social y la actividad meritoria.

• Inversión en infraestructura como remodelación de puestos de trabajos, aulas, laboratorios, habilitación de espacios de bienestar y terminación de “AD PORTAS”

• Infraestructura tecnológica para la parte académica y administrativa. • Gastos relacionados con los programas y la actividad meritoria en los cuales se incurrirá

en el año 2021.

16. Que según lo previsto en el extracto de No. 092 del Consejo Fundacional con fecha del 19 de marzo de 2021, la Universidad de la Sabana aprobó ampliar el plazo para reinvertir el valor pendiente del excedente fiscal año 2019, dada la emergencia sanitaria de COVID-19, situación causada por fuerza mayor o causa fortuito, no fue posible realizar en su totalidad los proyectos que la Universidad tenía presupuestados para la reinversión del excedente fiscal 2019. Teniendo en cuenta en el acta N° 90 del 16 de diciembre de 2020 del consejo fundacional, se autorizó ampliar el plazo a (5) años para terminar de reinvertir el excedente fiscal del año 2019 no re invertido a diciembre de 2020. El valor correspondido a ($10.936.796.190)

17. Que según las manifestaciones de la Administración la información relacionada con las donaciones de las cuales es beneficiaria la Universidad de La Sabana, son las reportadas en el Sistema Informático Electrónico del Régimen Tributario Especial – SIE-RTE en la plataforma de la DIAN por la Administración de la Universidad.

Page 4: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación

© 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates

18. Que de conformidad con las manifestaciones de la Administración las donaciones efectuadas a la Universidad de la Sabana de carácter condicionadas se registraron directamente en el patrimonio de la entidad para ser usadas en las actividades meritorias.

19. Que, de acuerdo con las manifestaciones de la Administración de la Universidad de La Sabana, no

está dentro de las causales de exclusión del Régimen Tributario Especial. Para ello, la Administración certificó que los miembros del Consejo Fundacional, sus fundadores, representantes legales o miembros del órgano de dirección: • No han sido declarados responsables penalmente por delitos contra la administración pública,

el orden económico social y contra el patrimonio económico, cuya consumación haya implicado la consumación de la entidad. Lo anterior se certifica en virtud del certificado de antecedentes de cada uno de ellos.

La información se constató mediante la verificación en el sitio web de la Policía Nacional de Colombia relativo al certificado de antecedentes judiciales, emitido en los términos del Decreto 019 de 2012.

• No han sido sancionados con declaración de caducidad de un contrato celebrado con una

entidad pública en hechos que hayan implicado la utilización de la entidad. Ello de conformidad con el certificado de antecedentes de cada uno de ellos.

La información se constató mediante certificación emitida por la Procuraduría General de la Nación para cada tercero

20. Que según las representaciones de la Administración de la Universidad de la Sabana registró ante la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia los recursos de cooperación internacional no reembolsable recibidos de personas extranjeras

21. Que de acuerdo con lo manifestado por la Administración el monto destinado como beneficio neto o excedente establecido en el extracto de acta No. 083 del 18 de marzo de 2020 del Consejo Fundacional será destinado según lo ahí indicado.

22. Los miembros de la Universidad de La Sabana que ocupan cargos gerenciales (1), directivos (2) y

de control (3) son los que se relacionan en los estatutos de la Universidad y en el formato reportado en el Sistema Informático Electrónico del Régimen Tributario Especial – SIE-RTE en la plataforma de la DIAN por la Administración de la Universidad.

23. Que el monto total de los pagos salariales que la Universidad de La Sabana ha efectuado a los

miembros de los cuerpos directivos asciende a $ 16.269.761.827 (cifras expresadas pesos), de acuerdo con la interfaz generada por el módulo de Nómina de la Universidad.

24. Que el fondo social de la Universidad de La Sabana a 31 de diciembre del año 2020 asciende a

$47.341.194.092 (cifras expresadas en pesos), de acuerdo con los estados financieros certificados y dictaminados con corte al 31 de diciembre de 2020.

25. Que las donaciones efectuadas a la Universidad de La Sabana cuentan con identificación del

donante, monto de la donación, destinación de la misma y plazo para el gasto o la inversión de

Page 5: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación

© 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates

aquella, conforme a lo reportado en el Sistema Informático Electrónico del Régimen Tributario Especial – SIE-RTE en la plataforma de la DIAN por la Administración de la Universidad.

26. Que la Universidad de La Sabana cuenta con un informe anual de resultados que provee datos

sobre los ingresos, operaciones con Administradores, evaluación de estados financieros, entre otros aspectos. (Informe de Gestión)

27. Que los estados financieros de la Universidad de La Sabana con corte a 31 de diciembre de 2020

fueron certificados por el representante legal de la misma y dictaminados por el suscrito revisor fiscal el 17 de marzo de 2021.

28. Que la Universidad de La Sabana presentará la declaración de renta del año gravable 2020, el 21

de abril de 2021. 29. Que la Universidad de La Sabana actualizó el Registro Único tributario con la responsabilidad

Régimen Tributario Especial con numero de formulario N° 14730779295 actualizado el 24 de marzo de 2021.

Sin perjuicio de las limitaciones establecidas por las normas legales y contables para el ejercicio de la Revisoría Fiscal, el alcance de mi trabajo en lo que se refiere a esta certificación se limita a certificar aquellos aspectos que son extraídos directamente del sistema contable o de los libros de contabilidad de la Universidad. Esta certificación se expide para dar cumplimiento a lo previsto en el Estatuto Tributario y el Decreto 2150 de 2017.

La presente se expide en Chía a los dieciocho (26) días del mes de marzo de 2021 a solicitud de la Universidad de La Sabana.

CRISTHIAN FABIÁN BARACALDO OSPINA Revisor Fiscal Principal T.P. 268513-T Designado por Deloitte & Touche Ltda.

Page 6: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Id Emp.Tipo

Doc.No. Documento

FECHA DE

EXPEDICIÓN

CÉDULA

Ciudad Expedición

DocApellidos y Nombres completos Nombre puesto/cargo Establecimiento Tipo de Contrato

12523 CE 206095 1/06/1995 BOGOTA D.C. PIOTROWSKI BOGDAN PIOTR DECANO FACULTAD DE FILOSOFIA Y CIENCIAS HUMANAS TERMINO FIJO

805 CC 51623188 7/12/1979 BOGOTA D.C. ARBOLEDA PERDOMO CARMEN ELENA

DIR. DE DEPARTAMENTO Y PROGR.

FACULTAD DE FILOSOFIA Y CIENCIAS HUMANAS TERMINO INDEFINIDO

6210 CE 416868 23/06/2017 BOGOTA D.C. RODRIGUEZ SQUEO GERARDO ALFREDO DIRECTOR DE ADMISIONES DIRECCION DE ADMISIONES TERMINO INDEFINIDO

173577 CE 611494 18/07/2016 BOGOTA D.C. OQUENDO MADRIZ CAROLINA DIRECTOR DE POSTGRADOS INSTITUTO DE LA FAMILIA TERMINO FIJO

9103 CC 5536148 22/09/1959 BUCARAMANGA MENDOZA RAMIREZ ALVARO PROFESOR FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS TERMINO INDEFINIDO

9098 CC 5735607 29/08/1979 SAN ANDRES TARAZONA JAIMES HELBERT JESUS DIRECTOR DE OPERACIONES DIRECCION DE OPERACIONES TERMINO INDEFINIDO

14155 CC 10270123 7/12/1983 MANIZALES LOPEZ CARDONA LUIS FERNANDO DIRECTOR BIBLIOTECA DIRECCION DE BIBLIOTECA TERMINO INDEFINIDO

1514 CC 19187088 21/01/1974 BOGOTA D.C. ROJAS PEREZ MAURICIO VICERRECTOR DE DESARROLLO VICERRECTORIA DE PROYECCION Y DESARROLLO TERMINO INDEFINIDO

13147 CC 19395297 5/10/1978 BOGOTA D.C. PAEZ MONROY JORGE DAVID DIRECTOR DEL INSTITUTO FORUM INSTITUTO FORUM TERMINO INDEFINIDO

13096 CC 19486045 20/10/1980 BOGOTA D.C. VARGAS VARGAS GUILLERMO ALBERTO DIRECTOR FINANCIERO DIRECCION FINANCIERA TERMINO INDEFINIDO

215 CC 20500061 22/06/2000 CAJICA GONZALEZ MARTINEZ OLGA MARCELA DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE COMUNICACION TERMINO INDEFINIDO

12510 CC 20931353 30/07/1979 SIMIJACA ROBAYO CRUZ ELSA CRISTINA DIR. PUBLICACIONES CIENTIFICAS DIRECCION DE PUBLICACIONES CIENTIFICAS TERMINO FIJO

1516 CC 21067840 1/09/1975 BOGOTA D.C. QUINTERO LAVERDE MARIA CLARA DECANA FACULTAD DE ENFERMERIA Y REHABILITACION TERMINO FIJO

9415 CC 52525866 14/07/1997 BOGOTA D.C. CARVAJAL CARRASCAL GLORIA DECANA FACULTAD DE ENFERMERIA Y REHABILITACION TERMINO INDEFINIDO

573 CC 22443052 15/09/1986 BARRANQUILLA GONZALEZ DE PINDRAY IVONNE MARIA DIR. DEPART. LENGUAS EXTRANJ. DEPARTAMENTO LENGUAS Y

CULTURAS EXTRANJERAS TERMINO INDEFINIDO

12559 CC 32729503 30/09/1988 BARRANQUILLA PEREIRA VILLA CATHERINE MARIA DECANAESCUELA INTERNACIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

TERMINO INDEFINIDO

119 CC 35421532 24/02/1997 ZIPAQUIRA RODRIGUEZ MORENO MARIA FERNANDA DIRECTOR DE ALUMNI DIRECCION DE ALUMNI TERMINO INDEFINIDO

1157 CC 35428698 20/05/2003 ZIPAQUIRA MURCIA JIMENEZ ANYERLY DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE PSICOLOGIA TERMINO INDEFINIDO

12301 CC 35455876 13/12/1976 BOGOTA D.C. BOTERO ARBOLEDA LEONOR DIR. GENERAL DE INVESTIGACION DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION TERMINO FIJO

11707 CC 41752292 13/09/1977 BOGOTA D.C. SANCHEZ HERRERA CLARA BEATRIZ DEL PILAR DIR. GENERAL DE INVESTIGACION DIRECCION GENERAL DE

INVESTIGACION TERMINO INDEFINIDO

12051 CC 37938326 9/02/1987 BARRANCABERMEJA ALVAREZ VESGA ADRIANA DIR CORE CURRIC. PERSONA

CULTUCORE CURRICULUM PERSONA Y CULTURA TERMINO INDEFINIDO

12050 CC 37939778 14/08/1987 BARRANCABERMEJA NOREÑA GONZALEZ SONIA ISABEL DIRECTOR DE REGISTRO

ACADEMICODIRECCION DE REGISTRO ACADEMICO TERMINO INDEFINIDO

168064 CC 38889291 24/04/1998 CALI VELASQUEZ RAMIREZ MARIA ISABEL DIRECTOR DE BIENESTAR DIRECCION DE BIENESTAR

UNIVERSITARIO TERMINO INDEFINIDO

11769 CC 39681734 11/06/1980 BOGOTA D.C. TOVAR AÑEZ MARIA BELEN DIRECTOR DE POSTGRADOS FACULTAD DE MEDICINA TERMINO INDEFINIDO

798 CC 39783061 14/12/1987 BOGOTA D.C. RODRIGUEZ BURGOS LILIAN PATRICIA DIRECTOR DE MAESTRIA FACULTAD DE PSICOLOGIA TERMINO INDEFINIDO

1513 CC 41575403 21/01/1974 BOGOTA D.C. CABRA ROJAS ELIZABETH DECANA FACULTAD DE INGENIERIA TERMINO FIJO

1398 CC 45479616 12/11/1986 CARTAGENA DE INDIAS

ROMERO CASTILLO ANA MARGARITA DIR. INSTITUTO DE LA FAMILIA INSTITUTO DE LA FAMILIA TERMINO INDEFINIDO

11277 CC 51687243 14/08/1981 BOGOTA D.C. VANEGAS SARMIENTO LUZ ANGELA DIR. DESARROLLO PROFESORAL DIRECCION DE DOCENCIA Y

DESARROLLO PROFESORAL TERMINO INDEFINIDO

11272 CC 51693191 30/09/1981 BOGOTA D.C. OSPINA GOMEZ LILIANA EUGENIA VICERR DE PROF Y ESTUDIANTES VICERRECTORIA DE PROFESORES Y ESTUDIANTES TERMINO INDEFINIDO

2714 CC 51938496 9/11/1987 BOGOTA D.C. GUZMAN QUINCHE ADRIANA PATRICIA DIR. COMUNICACION INSTITUC. DIRECCION DE COMUNICACION

INSTITUCIONAL TERMINO INDEFINIDO

2292 CC 51963323 3/07/1987 BOGOTA D.C. SEGOVIA CIFUENTES YASBLEY DE MARIA DIR. CENTRO TECNOLOGIAS ACAD. CENTRO DE TECNOLOGIAS PARA

LA ACADEMIA TERMINO INDEFINIDO

1981 CC 52054291 17/12/1990 BOGOTA D.C. CHAVES MUÑOZ LUZ DARY DIR. COMERCIAL Y DE MERCADEO INSTITUTO FORUM TERMINO INDEFINIDO

1517 CC 52148885 18/09/1992 BOGOTA D.C. DUQUE ARISTIZABAL BEATRIZ HELENA

DIR. DE DESARROLLO ESTRATEGICO

DIRECCIÓN DE DESARROLLO ESTRATÉGICO TERMINO INDEFINIDO

1262 CC 52186266 31/10/1994 BOGOTA D.C. SILVA ORTIZ CLAUDIA LILIANA DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE EDUCACION TERMINO INDEFINIDO

802 CC 52227543 15/10/1993 BOGOTA D.C. GONZALEZ BERNAL MARTHA ROCIO DECANA FACULTAD DE PSICOLOGIA TERMINO INDEFINIDO

3027 CC 52334407 30/06/1994 BOGOTA D.C. FLOREZ GUEVARA NANCY LILIANA DIRECTOR DE ESTUDIANTESESCUELA INTERNACIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

TERMINO INDEFINIDO

10469 CC 52385731 18/10/1995 BOGOTA D.C. CRIOLLO CORTES ROSA ELENA DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE ENFERMERIA Y REHABILITACION TERMINO INDEFINIDO

10348 CC 52394505 17/06/1997 BOGOTA D.C. MALDONADO CALDERON MARIA JOSE DIR. DE PRACTICAS Y ALUMNI FACULTAD DE MEDICINA TERMINO INDEFINIDO

10245 CC 52411773 20/06/1994 BOGOTA D.C. OSORIO ARANGO MONICA LILIANA DIRECTOR JURIDICO SECRETARIA GENERAL TERMINO INDEFINIDO

10009 CC 52452625 9/10/1996 BOGOTA D.C. DE VALDENEBRO CAMPO ANGELA MARIA SECRETARIO GENERAL SECRETARIA GENERAL TERMINO INDEFINIDO

9934 CC 52501560 21/03/1997 BOGOTA D.C. PARRA PEREZ DIANA ANGELICA DIRECTOR DE STUDIUM DEPARTAMENTO LENGUAS Y CULTURAS EXTRANJERAS TERMINO INDEFINIDO

171627 CC 52619495 15/04/1991 BOGOTA D.C. LEAL VELASQUEZ CHIARA DEL PILAR DIR. DE CULTURA INSTITUCIONAL VICERRECTORIA DE PROFESORES

Y ESTUDIANTES TERMINO INDEFINIDO

10701 CC 52692299 27/08/1997 BOGOTA D.C. SACIPA GOMEZ ADRIANA DEL PILAR DIR. GENERAL UNISABANA HUB UNISABANA HUB TERMINO INDEFINIDO

806 CC 52694517 13/01/1998 BOGOTA D.C. ORDOÑEZ MARTINEZ ADRIANA MARCELA

DIRECTOR DE DESARROLLO HUMANO

DIRECCION DE DESARROLLO HUMANO TERMINO INDEFINIDO

10686 CC 52694885 23/01/1998 BOGOTA D.C. SERRANO RAMIREZ MARIA CAROLINA DIR. RELACIONES INTERNAC. DIRECCION DE RELACIONES

INTERNACIONALES TERMINO INDEFINIDO

9914 CC 52808631 30/03/1999 BOGOTA D.C. HURTADO MEJIA EDNA LILIANA DIR. CENTRAL DE ESTUDIANTES DIRECCION CENTRAL DE ESTUDIANTES TERMINO INDEFINIDO

2295 CC 71617244 31/07/1980 MEDELLIN VELASQUEZ POSADA OBDULIO RECTOR RECTORIA TERMINO INDEFINIDO

9434 CC 79155566 24/02/1981 BOGOTA D.C. BAYER TAMAYO ENRIQUE PRESIDENTE ASOC. DE AMIGOS ASOCIACION DE AMIGOS TERMINO INDEFINIDO

3028 CC 79182874 11/12/1989 SIBATE CORDOBA MARENTES JUAN FERNANDO DECANO FACULTAD DE DERECHO Y

CIENCIAS POLITICAS TERMINO INDEFINIDO

2104 CC 79279572 15/10/1981 BOGOTA D.C. BARRIOS ALONSO MIGUEL ALFREDO DIR. CONTROL DE RIESGOS INSTIT RECTORIA TERMINO INDEFINIDO

148246 CC 79341904 24/08/1983 BOGOTA D.C. MEZA ARANGO LUIS FERNANDO DIR. ADMINISTRATIVO Y FINANC. ASOCIACION DE AMIGOS TERMINO INDEFINIDO

9309 CC 79488774 20/05/1988 BOGOTA D.C. MARTINEZ DELGADO CARLOS ALBERTO DIR. SISTEMAS Y TECNOLOG. INF. DIRECCION DE SISTEMAS Y

TECNOLOGIAS DE INFORMACION TERMINO INDEFINIDO

6285 CC 79513342 19/06/1987 BOGOTA D.C. RODRIGUEZ GIL JAIRO RICARDO DIR. GENERAL ADMINISTRATIVO DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA TERMINO INDEFINIDO

2862 CC 79538318 18/07/1988 BOGOTA D.C. ROJAS RAMIREZ WILLIAM RUBEN DIR. OPERACIONES DE PROYECTO UNISABANA HUB TERMINO INDEFINIDO

8788 CC 79733958 27/01/1999 BOGOTA D.C. MONTES JIMENEZ CARLOS MARIO DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE INGENIERIA TERMINO INDEFINIDO

5234 CC 79750972 20/06/1997 BOGOTA D.C. ROMERO TAPIA ALVARO ENRIQUE DECANO FACULTAD DE MEDICINA TERMINO INDEFINIDO

808 CC 79795497 24/06/1996 BOGOTA D.C. GONZALEZ BERNAL MANUEL IGNACIO DECANO FACULTAD DE COMUNICACION TERMINO INDEFINIDO

8763 CC 79796176 2/08/1995 BOGOTA D.C. CAMELO VARGAS JUAN CARLOS DIR.PROYEC.SOCIAL. APZJE.PRACT

VICERRECTORIA DE PROCESOS ACADEMICOS TERMINO INDEFINIDO

168159 CC 79855287 26/11/1996 BOGOTA D.C. CORDOBA RAMIREZ HUMBERTO DIRECTOR ADMINISTRATIVO INSTITUTO FORUM TERMINO INDEFINIDO

2572 CC 79944889 29/11/1995 BOGOTA D.C. RONCANCIO RACHID ROLANDO ANDRES

VICE. PROC. ACADEM.PROYECC.SOC

VICERRECTORIA DE PROCESOS ACADEMICOS TERMINO INDEFINIDO

17839 CC 80195499 25/07/2001 BOGOTA D.C. ZULETA ACEVEDO JUAN CARLOS SECRETARIO CONSEJO FUNDACIONAL RECTORIA TERMINO INDEFINIDO

9031 CC 80267734 5/08/1993 BOGOTA D.C. CALDERON SALAZAR WILLIAM DIR. DE UNISABANA MEDIOS FACULTAD DE COMUNICACION TERMINO INDEFINIDO

8726 CC 80504614 9/03/1992 BOGOTA D.C. CARDONA ARDILA JIMMY DIRECTOR DE POSTGRADOS CENTRO DE TECNOLOGIAS PARA LA ACADEMIA TERMINO INDEFINIDO

1047 CC 80546366 29/03/2000 ZIPAQUIRA GARZON RUBIO FERNANDO ANDRES DIR SERVICIOS ALIMENTOS Y BEB ALIMENTOS Y BEBIDAS TERMINO INDEFINIDO

2306 CC 80854158 29/09/2003 BOGOTA D.C. ROBERTO GONZALEZ EDWIN DIR. DE SALUD Y SEGURIDAD IND. DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA TERMINO INDEFINIDO

211 CC 88236566 29/04/1997 CUCUTA BERMUDEZ APONTE JOSE JAVIER DECANO FACULTAD DE EDUCACION TERMINO INDEFINIDO

185455 CC 91542800 25/09/2003 BUCARAMANGA RODRIGUEZ PLATA JULIAN ENRIQUE DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE DERECHO Y

CIENCIAS POLITICAS TERMINO INDEFINIDO

13778 CC 1072651437 16/03/2007 CHIA PANTOJA FIERRO JAIME ANDRES DIRECTOR DE CURRICULO VICERRECTORIA DE PROCESOS ACADEMICOS TERMINO INDEFINIDO

13905 CC 1072654787 10/12/2007 CHIA RODRIGUEZ CASTRO JENNIFER DIRECTOR DE ESTUDIANTES FACULTAD DE MEDICINA TERMINO INDEFINIDO

CRISTHIAN FABIÁN BARACALDO OSPINA

Revisor Fiscal Principal

T.P. 268513-T

Designado por Deloitte & Touche Ltda.

Listado Directivos Regimen Tributario Especial 2020

Page 7: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Bogotá D.C., 26 de marzo de 2021

Señores

Deloitte & Touche Ltda.

Att: Cristhian Fabián Baracaldo Ospina

Revisor Fiscal

Ciudad

En relación con la Reforma Tributaria Estructural promulgada en la Ley 1819 de 2016, que establece

que las entidades sin ánimo de lucro deben cumplir con ciertos requisitos para pertenecer al Régimen

Tributario Especial, que se encuentran reglamentados por el Decreto 2150 de 2017, para el que se

requiere la emisión de varias certificaciones por parte del Revisor Fiscal, dentro de las cuales se

incluyen, entre otras:

I. Certificado para el registro web (Numeral 9 del parágrafo del artículo 1.2.1.5.1.3. del Decreto 2150

de 2017): Certificación donde se evidencie que se han cumplido con todas las disposiciones

establecidas en el Título VI del Libro Primero del E.T. y sus Decretos Reglamentarios, que

corresponde a todos los requisitos referentes al Régimen Tributario Especial.

II. Para ello manifestamos que:

1. Que en atención a lo dispuesto por el artículo 356-1 del Estatuto Tributario la Universidad de

La Sabana no efectuó pagos por concepto de: prestación de servicios, arrendamientos,

intereses, etc. a fundadores, aportantes, donantes, representantes legales y administradores,

sus cónyuges o compañeros o sus familiares parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o

afinidad o único civil o entidades jurídicas donde estas personas posean más de un 30% de la

Universidad en conjunto u otras entidades donde se tenga control.

2. Que en atención a lo dispuesto por el artículo 356-1 del Estatuto Tributario, La Universidad de

la Sabana y conforme con las manifestaciones de la Administración, la entidad registró ante la

DIAN todos los contratos o actos jurídicos objeto de la muestra, tanto onerosos, como gratuitos

celebrados con fundadores, administradores, donantes, representante legal,

cónyuge/compañero permanente/pariente en 4° grado de consanguinidad del quien actúa en

calidad de fundador, administrador, donante, representante legal. Sobre este particular, esta

Revisoría Fiscal a partir de la muestra realizada encontró que los contratos objeto de la misma

si fueron registrados ante la DIAN.

3. Que en atención al parágrafo 1 del artículo 356-1 del Estatuto Tributario, los costos de

proyectos, de actividades de venta de bienes y/o servicios, y los gastos administrativos de la

Universidad de La Sabana se encuentran identificados en los registros contables de la

Universidad.

4. Que la Universidad de La Sabana no efectuó pagos por concepto de prestación de servicios,

arrendamientos, intereses etc. a fundadores, aportantes, donantes, representantes legales y

administradores; así como tampoco, según las manifestaciones de la Administración, a sus

cónyuges o compañeros o sus familiares parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o

Page 8: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

afinidad o único civil o entidades jurídicas donde estas personas posean más de un 30% de la

entidad en conjunto u otras entidades donde se tenga control.

5. Que, según las manifestaciones de la Administración de la entidad, la parte del beneficio neto o

excedente que la Universidad de la Sabana no reinvirtió en el desarrollo del objeto social

tuvo el carácter de ingreso gravable en el año.

6. Que según las manifestaciones de la Administración la información relacionada con las

donaciones de las cuales es beneficiaria la Universidad de La Sabana, son las reportadas en

el Sistema Informático Electrónico del Régimen Tributario Especial – SIE-RTE en la plataforma

de la DIAN por la Administración de la Universidad.

7. Que de conformidad con las manifestaciones de la Administración las donaciones efectuadas a

la Universidad de la Sabana de carácter condicionadas se registraron directamente en el

patrimonio de la entidad para ser usadas en las actividades meritorias.

8. Que, de acuerdo con las manifestaciones de la Administración de la Universidad de La

Sabana, no está dentro de las causales de exclusión del Régimen Tributario Especial. Para ello,

la Administración certificó que los miembros del Consejo Fundacional, sus fundadores,

representantes legales o miembros del órgano de dirección:

• No han sido declarados responsables penalmente por delitos contra la administración

pública, el orden económico social y contra el patrimonio económico, cuya consumación

haya implicado la consumación de la entidad. Lo anterior se certifica en virtud del

certificado de antecedentes de cada uno de ellos.

La información se constató mediante la verificación en el sitio web de la Policía Nacional

de Colombia relativo al certificado de antecedentes judiciales, emitido en los términos

del Decreto 019 de 2012.

• No han sido sancionados con declaración de caducidad de un contrato celebrado con

una entidad pública en hechos que hayan implicado la utilización de la entidad. Ello de

conformidad con el certificado de antecedentes de cada uno de ellos.

La información se constató mediante certificación emitida por la Procuraduría General

de la Nación para cada tercero.

9. Que de acuerdo con lo manifestado por la Administración el monto destinado como beneficio

neto o excedente establecido en el extracto de acta No. 092 del 19 de marzo de 2021 del

consejo Fundacional y acta N° 643 del 17 de marzo de 2021 será destinado según lo ahí

indicado.

Atentamente,

ROLANDO ANDRES RONCANCIO RACHID DOLIDER HERRERA HERNANDEZ

Representante Legal Contador Público

Tarjeta Profesional No. 41501-T

Page 9: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO
Page 10: Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de CONSIDERANDO

Esta comunicación contiene únicamente información general, ni Deloitte Touche Tohmatsu Limited, ni sus firmas miembro o sus entidades relacionadas (colectivamente, la "Red

Deloitte") están, por medio de la presente comunicación, prestando asesoría o servicios profesionales. Previo a la toma de cualquier decisión o ejecución de acciones que puedan

afectar sus finanzas o negocios, usted deberá consultar un asesor profesional cualificado. Ninguna entidad de la Red Deloitte se hace responsable por pérdidas que pueda sufrir

cualquier persona que tome como base el contenido de esta comunicación

© 2018 DCB Holding Ltd and its affiliates

Cristhian Fabián Baracaldo Ospina

Obrando en mi calidad de Revisor Fiscal de

Universidad de La Sabana

NIT 860.075.558-1

CONSIDERANDO:

1. La Administración de la Compañía es responsable por la correcta preparación de los registros contables, los cuales se

deben realizar con fundamento en el marco técnico normativo aplicable en Colombia en materia de información contable y financiera.

2. Que, de conformidad con las previsiones legales y pronunciamientos jurisprudenciales existentes en la materia, la

función de certificación del Revisor fiscal es una actividad propia de la ciencia contable, que tiene carácter de prueba cuando versa sobre actos propios de la profesión de Contador Público, es decir cuando se expide con fundamento en los libros de contabilidad y en el sistema contable. Por lo cual el Revisor Fiscal ha obtenido de la Gerencia de la Universidad de la Sabana la información que ha considerado necesaria para la expedición de esta certificación.

3. Los estados financieros por el año terminado el 31 de diciembre de 2020 fueron auditados por mí, para los cuales

expresé una opinión sin salvedades el 17 de marzo de 2021.

4. He obtenido los soportes contables, documentación soporte y demás información que he considerado necesaria en la evaluación del cumplimiento del artículo 364-5 del Estatuto Tributario por parte de la Universidad de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría de Información Financiera aceptadas en Colombia.

CERTIFICA QUE:

1. De acuerdo con registros contables y documentos soportes suministrados por la Universidad de la Sabana, ha

cumplido con las disposiciones establecidas en el Estatuto Tributario y sus decretos reglamentarios, para permanecer en el Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta y complementarios.

2. La declaración de renta de la Universidad de la Sabana para el año gravable 2019 fue presentada ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, el 04 de mayo del 2020, de acuerdo con el formulario número 1115601458641.

La presente certificación se expide a los 26 días del mes de marzo de 2021, dirigida a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, para propósitos de la actualización anual de la calificación de contribuyentes del Régimen Tributario Especial, de acuerdo con el artículo 364-5 del Estatuto Tributario y del Decreto Único Reglamentario 2160 de 2016.

Deloitte & Touche Ltda.

Carrera 2 No. 11-41 Edificio Torre Grupo Area Oficina 1403

Bocagrande Nit. 860.005.813-4

Cartagena Colombia

Tel: +57 (5) 3669664

Celular: 321-4908898 www.deloitte.com/co