Obligacion tributaria

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OBLIGACION TRIBUTARIA DEFINICION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA Vínculo jurídico en virtud del cual el estado, denominado sujeto activo exige un deudor, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria excepcionalmente en especie. NACIMIENTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA La obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación. La obligación tributaria está conformada por una serie de elementos, los cuáles son: 1. Sujeto activo: se identifica como el ente público acreedor del tributo; es quien tiene la potestad para crear normas jurídicas, además de la obligación de velar por el cobro de los distintos impuestos. 2. Sujeto pasivo: es el deudor (persona natural o jurídica) de la obligación tributaria, ya sea por deuda propia o por deuda ajena. El sujeto pasivo se clasifica en: a) Contribuyentes: es aquella persona que causa el impuesto, pero no lo paga b) Responsables: persona que a pesar de no generar directamente el impuesto, es quien debe responder al Fisco. 3. Los sustitutos: se refiere al único obligado frente al Fisco por las obligaciones y deberes que se originen por el acaecimiento del presupuesto de hecho. 4. Los deudores solidarios o codeudores: son personas extrañas a la relación jurídica tributaria entre el ente público y el contribuyente, debidamente facultado para retener o percibir el importe correspondiente. 5. Hecho imponible: conjunto de actos de naturaleza económica prevista en la norma legal, cuya configuración da origen a la obligación tributaria.

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OBLIGACION TRIBUTARIA

DEFINICION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

Vínculo jurídico en virtud del cual el estado, denominado sujeto activo exige un deudor, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria excepcionalmente en especie.

NACIMIENTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

La obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación.

La obligación tributaria está conformada por una serie de elementos, los cuáles son:

1. Sujeto activo: se identifica como el ente público acreedor del tributo; es quien tiene la potestad para crear normas jurídicas, además de la obligación de velar por el cobro de los distintos impuestos.

2. Sujeto pasivo: es el deudor (persona natural o jurídica) de la obligación tributaria, ya sea por deuda propia o por deuda ajena. El sujeto pasivo se clasifica en:a) Contribuyentes: es aquella persona que causa el impuesto, pero no lo paga b) Responsables: persona que a pesar de no generar directamente el impuesto, es quien debe responder al Fisco.

3. Los sustitutos: se refiere al único obligado frente al Fisco por las obligaciones y deberes que se originen por el acaecimiento del presupuesto de hecho.

4. Los deudores solidarios o codeudores: son personas extrañas a la relación jurídica tributaria entre el ente público y el contribuyente, debidamente facultado para retener o percibir el importe correspondiente.

5. Hecho imponible: conjunto de actos de naturaleza económica prevista en la norma legal, cuya configuración da origen a la obligación tributaria.