Objetivos auditoría Externa

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 Objetivos auditoría Externa Obtención de elementos de juicio fundamentados en la naturaleza de los hechos examinados Medición de la magnitud de un error ya conocido, detección de errores supuestos o confirmación de la ausencia de errores Propuesta de sugerencias, en tono constructivo, para ayudar a la gerencia Detección de los hechos importantes ocurridos tras el cierre del ejercicio Control de las actividades de investigación y desarrollo OBJETIVO GENERAL  Definir los requerimientos de la SFP para que los auditores externos dictaminen los estados financieros de las entidades paraestatales y órganos desconcentrados.  Establecer las reglas de operación del programa de auditoría de estados financieros a entidades paraestatales en marcha, en proceso de desincorporación y a órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, que anualmente realiza la SFP mediante la participación de firmas de auditores independientes, así como, regular y fortalecer la relación y comunicación entre la Secretaría, los auditores externos, las entidades auditadas y l os órganos internos de control. OBJETIVOS ESPECÍFICOS  Definir el tipo de auditoría externa, así como los informes o dictámenes que deben emitir las firmas de auditores independientes en Dependencias, Entidades Paraestatales y Órganos Desconcentrados, incluyendo aquellos solicitados para satisfacer requerimientos de Organismos Financieros Internacionales, regulando su forma, contenido y plazos, para hacer homogénea su presentación. Establecer los mecanismos de selección a los que serán sometidos los auditores externos para efectos de la designación de los trabajos, así como la determinación del monto máximo de horas. Establecer las bases de coordinación entre los auditores externos y los ó rganos internos de control, para eficiente planeación de las revisiones, el desarrollo del trabajo y la correcta determinación de las observaciones de auditoría, con el objetivo primordial de complementar los trabajos de ambos y evitar duplicidades en las revisiones. Definir los documentos de apoyo que como herramientas para el auditor facilitarán su trabajo (formatos, modelos de dictamen o informes, apéndices, circulares, guías de auditoría, etc.) Delimitar las responsabilidades en el seguimiento de las observaciones, entre las firmas de auditoría externa y los órganos internos de control.

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Objetivos auditoría Externa

• Obtención de elementos de juicio fundamentados en la naturaleza de los hechosexaminados

• Medición de la magnitud de un error ya conocido, detección de errores supuestos o

confirmación de la ausencia de errores

• Propuesta de sugerencias, en tono constructivo, para ayudar a la gerencia

• Detección de los hechos importantes ocurridos tras el cierre del ejercicio

• Control de las actividades de investigación y desarrollo

OBJETIVO GENERAL

 Definir los requerimientos de la SFP para que los auditores externos dictaminen los estadosfinancieros de las entidades paraestatales y órganos desconcentrados. Establecer las reglas de operación del programa de auditoría de estados financieros a entidadesparaestatales en marcha, en proceso de desincorporación y a órganos desconcentrados de laAdministración Pública Federal, que anualmente realiza la SFP mediante la participación de firmasde auditores independientes, así como, regular y fortalecer la relación y comunicación entre laSecretaría, los auditores externos, las entidades auditadas y los órganos internos de control.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Definir el tipo de auditoría externa, así como los informes o dictámenes que deben emitir las firmasde auditores independientes en Dependencias, Entidades Paraestatales y ÓrganosDesconcentrados, incluyendo aquellos solicitados para satisfacer requerimientos de OrganismosFinancieros Internacionales, regulando su forma, contenido y plazos, para hacer homogénea supresentación. Establecer los mecanismos de selección a los que serán sometidos los auditores externos paraefectos de la designación de los trabajos, así como la determinación del monto máximo de horas. 

Establecer las bases de coordinación entre los auditores externos y los órganos internos de control,para eficiente planeación de las revisiones, el desarrollo del trabajo y la correcta determinación de

las observaciones de auditoría, con el objetivo primordial de complementar los trabajos de ambos yevitar duplicidades en las revisiones. Definir los documentos de apoyo que como herramientas para el auditor facilitarán su trabajo(formatos, modelos de dictamen o informes, apéndices, circulares, guías de auditoría, etc.)

Delimitar las responsabilidades en el seguimiento de las observaciones, entre las firmas deauditoría externa y los órganos internos de control.

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Establecer los requisitos que las Dependencias, Entidades Paraestatales y ÓrganosDesconcentrados deben cubrir para contratar trabajos o auditorías adicionales con firmas decontadores públicos.

Precisar los mecanismos de evaluación y control a los que será sometido el servicio de auditoría

externa prestado por firmas de auditores independientes.

MARCO LEGAL DE LOS PROGRAMAS DE AUDITORÍA EXTERNA

 

A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBEN LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE FUNDAMENTANLA INTERVENCIÓN DE LA SFP EN LOS PROGRAMAS DE AUDITORIA EXTERNA.

El artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en sus fraccionesVII y X la realización de auditorías y evaluaciones a las dependencias y entidades de la APF con elobjeto de promover la eficiencia de su gestión, así como designar a los auditores externos de lasentidades, y normar y controlar su desempeño. Para cumplir con este propósito, la Subsecretaríade Control y Auditoría de la Gestión Pública, a través de la Dirección General de AuditoríasExternas, es responsable de ejecutar el programa anual de auditorías externas, el cual tiene comoobjeto dar cumplimiento a los siguientes ordenamientos:

LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO FEDERAL

Artículo 124.- Las entidades a que se refiere las fracciones VI a VIII del artículo 2 de esta Ley(Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y FideicomisosPúblicos) deberán proporcionar a la Secretaría (SHCP) para la formulación de la cuenta pública, lasiguiente información:

I. Anualmente, a más tardar el 31 de marzo:

a. Balance General o estado de situación financiera

b. Balance General o estado de situación financiera comparativoc. Estado de Cambios en la situación financierad. Estado de resultados comparativoe. Estado de detalle del presupuesto de egresosf. Estado analítico de ingresosg. Estado de pasivo tituladoh. Estado del patrimonio de organismos descentralizadosi. Estado de costos de producción

II. Información para integrar el apartado de resultados generalesIII. Información para integrar los estados programáticosIV. Otra información complementaria que solicite la Secretaría

Artículo 126.- La información que para efectos de formulación de la cuenta pública debanproporcionar a la Secretaría (SHCP) las entidades a que se refieren las fracciones VI a VIII

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(Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y FideicomisosPúblicos) del artículo 2 de la Ley, deberá estar debidamente reclasificada, de conformidad con loscatálogos que para tal fin emita la Secretaría.

Asimismo, dicha información deberá estar respaldada por dictamen de contador público.

Artículo 127.- Las entidades señaladas en las fracciones VI a VIII (Organismos Descentralizados,Empresas de Participación Estatal Mayoritaria y Fideicomisos Públicos) del artículo 2 de la Leydeberán proporcionar al contador público designado por la Secretaría de Contraloría y DesarrolloAdministrativo, para realizar la auditoría EXTERNA, la información a dictaminar, el 15 de febrerodel año siguiente al cual se refieran las cifras.

Artículo 134.- Las auditorías al Gasto Público Federal serán un mecanismo coadyuvante paracontrolar y evaluar las operaciones que realicen las entidades comprendidas en el artículo 2 de laLey.

Artículo 135.- Las auditorías al Gasto Público Federal tendrán por objetivo examinar lasoperaciones, cualesquiera que sea su naturaleza, de las entidades de la Administración PúblicaFederal, con el propósito de verificar si los estados financieros presentan razonablemente la

situación financiera, si la utilización de los recursos se ha realizado en forma eficiente, si losobjetivos y metas se lograron de manera eficaz y congruente y si en el desarrollo de las actividadesse ha cumplido con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 136.- Las auditorías al Gasto Público Federal podrán ser de tipo financiero, operacional, deresultado de programas y de legalidad, las cuales deberán ser efectuadas en lo interno por elpersonal facultado de las propias entidades y, en lo externo por la Secretaría de Contraloría yDesarrollo Administrativo y los auditores que ésta última designe.

LEY FEDERAL DE ENTIDADES PARAESTATALES.

El Artículo 58, fracción VI, señala que los Órganos de Gobierno de las Entidades tendrán comoatribución indelegable el aprobar anualmente previo informe de los Comisarios, y dictamen de losAuditores Externos, los Estados Financieros de la Entidad y autorizar la publicación de losmismos.

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ENTIDADES PARAESTATALES.

Artículo 7.- Para la extinción de un organismo descentralizado, la Secretaría de Programación yPresupuesto o la Coordinadora Sectorial, según se determine en la Ley o Decreto respectivo,señalará las bases para el desarrollo del proceso y designará un liquidador quien realizará losiguiente:

II.- Someterá al dictamen del auditor designado por la Secretaría de la Contraloría General de laFederación, los estados financieros inicial y final de liquidación.

Artículo 8.- El proceso de disolución y liquidación de una empresa de participación estatalmayoritaria se sujetará a las disposiciones establecidas en los estatutos de la empresa y lalegislación correspondiente y además a las siguientes reglas:

II.- El liquidador someterá al dictamen del auditor designado por la Secretaría de la ContraloríaGeneral de la Federación, los estados financieros inicial y final de liquidación, y, cuando proceda,los anuales intermedios.

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Artículo 30.- Los comisarios públicos vigilarán y evaluarán la operación de las entidadesparaestatales y tendrán las siguientes atribuciones:

XII.- Rendir anualmente al Órgano de Gobierno o, en su caso, a la Asamblea de Accionistas, uninforme sobre los estados financieros, con base en el dictamen de los auditores externos.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo 32-A.- Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que seencuentran en alguno de los supuestos de las siguientes fracciones, están obligadas a dictaminar,en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado:

IV.- Las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de lasEntidades Paraestatales, así como las que formen parte de la Administración Pública Estatal oMunicipal.

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Artículo 16. Los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual detrescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en lostérminos que se señalen en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN,CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN.

Artículo 161. El dictamen del cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley, deberá ser específico e independiente de cualquier otro respecto del mismo patrón, rendirse por el contador público autorizado y presentarse, a más tardar el 30 de septiembre siguiente al del ejercicio fiscalinmediato anterior.

CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 64.- Están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en lostérminos de este Código, y de las reglas de carácter general que expida la Secretaría, las personasfísicas y morales, que se encuentren en alguno de lo supuestos siguientes y únicamente por cadauno de ellos:

I..

II...

III.- Estar constituido como organismos descentralizados, empresas de participación estatalmayoritaria y fideicomisos públicos conforme a la Ley de la materia.