Notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°198-PE-ESSALUD-2015

3
"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalec¡m¡ento de la Educación" CARTA N"3IO .SG.ESSALUD.2O15 Lima, Señor JULIO ALEJANDRO MENDOZA GARCIA Decano Colegio de Profesores del Perú Jr. Rufino Torrico N' 889 Of. 301 Lima Presente.- Asunto Notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N" 1 98-PE-ESSALUD-201 5. De mi consideración: Me es grato dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y a la vez remitirle adjunto una copia fedateada de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 198-PE-ESSALUD- 2015 de 'fecha 12 de marzo de 2015 mediante cual se resuelve invocar a los profesionales que laboran en el Seguro Social de Salud - ESSALUD para que cumplan con las disposiciones de su Colegio Profesional. Hago propicia la oportunidad para expresarle las muestras de mi mayor consideración y estima personal. Atentamente, Ár'r¡i s iisip,l¡Áñ;i üÁN,qñ §EüRÉ1P,RlA GEN§RAL {e) E§SALUD iii,i, - ': ffiHssatud Av, l)§m¡rN§* 6uete He 1zo lesíis ¡1ari.3 ' Limü -T. " 6{}{la I 76q 7nfifl www.essalud.gob.SG §*Euridad §oeiai para Nodos

description

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - Seguro Social de Salud ESSALUD, envía al Lic. Julio A. Mendoza García - Decano Nacional del CPPe,una notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°198-PE-ESSALUD- 2015 de fecha 12 de marzo de 2015 mediante la cual se resuelve invocar a los profesionales que laboran en el Seguro Social de Salud - ESSALUD para que cumplan con las disposiciones de su Colegio Profesional.

Transcript of Notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°198-PE-ESSALUD-2015

Page 1: Notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°198-PE-ESSALUD-2015

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalec¡m¡ento de la Educación"

CARTA N"3IO .SG.ESSALUD.2O15

Lima,

SeñorJULIO ALEJANDRO MENDOZA GARCIADecanoColegio de Profesores del PerúJr. Rufino Torrico N' 889 Of. 301LimaPresente.-

Asunto Notificación de la Resolución de Presidencia EjecutivaN" 1 98-PE-ESSALUD-201 5.

De mi consideración:

Me es grato dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y a la vez remitirle adjuntouna copia fedateada de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 198-PE-ESSALUD-2015 de 'fecha 12 de marzo de 2015 mediante lá cual se resuelve invocar a losprofesionales que laboran en el Seguro Social de Salud - ESSALUD para que cumplancon las disposiciones de su Colegio Profesional.

Hago propicia la oportunidad para expresarle las muestras de mi mayor consideracióny estima personal.

Atentamente,

Ár'r¡i s iisip,l¡Áñ;i r¡ üÁN,qñ§EüRÉ1P,RlA GEN§RAL {e)

E§SALUD

iii,i, - ':

ffiHssatudAv, l)§m¡rN§* 6uete He 1zolesíis ¡1ari.3 ' Limü-T.

" 6§ 6{}{la I 76q 7nfiflwww.essalud.gob.SG

§*Euridad §oeiai para Nodos

Page 2: Notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°198-PE-ESSALUD-2015

*#rrsatudSeguridad Social para todos

ResolucróN DE pREStDENctA EJEcunvA N. t98

Lima, 12 de marzo de 2Ol5

VISTOS:

.PE-ESSALUD.2OI5

La Carta N" 2478-GCPS-ESSALUD-2015 de la Gerencia Central de Prestaciones desalud, y las cartas Nros. 323 y 504-OCAJ-ESSALUD-2015 y et lnforme N. 004-GAA-OCAJ-ESSALUD-2015 de la ex oficina centrat de Asesoría Juridica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2del articulo 1" de la Ley N.27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad darcobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del ótorgamiento deprestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, -prestaciones

económicas, y prestaciones sociales que correspondan al Régimen Contri'butivo de laseguridad social en salud, asícomo otros seguros de riesgos humanos;

Que, el artículo 20" de la Constitución Política del Perú establece que los colegiosprofesionales son instituciones autónomas con personalidad de derecho público. LJteyseñala los casos en que la colegiación es obligatoria;

Que, conforme a lo señalo por el Dr. Enrique Bernales Ballesteros en su obra, "LaConstituciÓn de 1993 - Anátisis Comparativo'l paginas 245-246, cuando la Constitücióndispone que los colegios profesionales son instituciones con personalidad de DerechoPÚblico, quiere decir que los mismos tienen un reconocimiento oficial del Estado y que, portanto, no se limitan a ser asociaciones de naturaleza privada conformadoá por losmieinb¡'os que se asocian. Es justamente Ia personalidad de Derecho público la quepermite a los colegios tener funciones públicas oficiales, como la iniciativa en la formación

las leyes;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINALSeguro Sociai Ce Salud

Que, señala asimismo que, el requisito establecído en el segundo párrafo del artículo 76"del CÓdigo Civil concordado con la naturaleza jurídica de eétos cólegios -según el textoconstitucional- obliga a que sean efectivamente creados por ley;

Que, el artículo 76' del Código Civil establece que la existencia, capacidad, régimen,derechos, obligaciones y fines de la persona jurÍdica, se determinrn poi las disposñionesdel presente Código o de las leyes respectivas; agregando el citádo artícuio que, lapersona jurídica de derecho público interno se rige porla ley de su creación;

Que, en este orden normativo, las disposiciones internas de los Colegios profesionales delPerÚ son ..de cumplimiento para los profesionales miembros áe dichos Colegios;correspondiendo a los Colegios Profesionales la observancia de dichas disposiciones;

Que, resulta procedente invocar á los profesionales que laboran en el Seguro Social deSalud - ES_SALUD para que cumplan con las disposiciones de sus Colegios-profesionales,correspondiendo al propio Colegio Profesional supervisar el cumplimiento de lasdisposiciones que emitei

_

Que, el literal b) del artícu.lo 8' de !a Ley No 27056,establece que el presidente Ejecutivoes competente para organizar, dirigir y supervisar elfuncionamiento de la lnstitución;

Con las visaciones de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud y la Gerencia Centralde Asesoría Jurídica;

ffiá.WÑd§/

D ÓO-Jorcl ' 2t.+

{¿-------r----.- - -.

YDELTRUDES.6OMFZ JARAFEBAfARIO SUPLFNTÉ

RESOL. NO 1I 3T.GG.ESSAI.UO-2O1 4

Page 3: Notificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°198-PE-ESSALUD-2015

ffirssatudSeguridad Social para todos

ResoluclóN DE pRESIDENc¡A EJEculvA N' r9B

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas;

SE RESUELVE:

-PE-ESSALUD.2OI5

1. INVOCAR a los profesionales que laboran en el Seguro Social de Salud - ESSALUDpara que cumplan con las disposiciones de sus Colegios Profesionales.

2. ENGARGAR a la Secretaría General la remisién de la presente Resolución a losColegios Profesionales correspondientes, para los fines que se señalan en su parteconsiderativa.

3. ENGARGAR a la Gerencia Central de Prestaciones de Salud la difusión de lodispuesto en la presente Resolución.

REGíSTRESE Y COMUNíOUCSE

ffiiiñdnüii iíÁ¡iiéii lti' Éiffi ró§

FRE§IDENTE EJECUTIVOE§§ALI.JD

'.gff,1['¿?'"Brh""§lf, j§*

JARA

G*"ffiu¡¡dcñrú0, tgi. 20t5

RECIBIDOHora: .

*

r 2 MAR 2015

ü