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NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA AGOSTO 2015

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NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA

AGOSTO 2015

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ÍNDICE DE CONTENIDOS:

• Seguridad Privada en general.

• Empresas.

• Sucesos.

• Opiniones.

• Elecciones.

__________________________

SEGURIDAD PRIVADA

EN GENERAL

EL GOBIERNO NO QUIERE

QUE CUALQUIERA VIGILE

LAS INFRAESTRUCTURAS

CRÍTICAS

Tras el incremento de la amenaza

antiterrorista, el Ministerio del

Interior se plantea implantar

filtros que impidan a vigilantes

poco formados, mal pagados o

que no cumplan determinados

requisitos estar al frente de unas

instalaciones cuyo buen

funcionamiento preserva la

estabilidad del país.

La forma de introducir estos filtros

se llevaría a cabo en el reglamento

de la Ley de Seguridad Privada,

normativa aprobada en marzo de

2014 y aún pendiente de

desarrollar. El texto podría incluir

una serie de criterios objetivos

que algunas empresas no

cumplirían, pero que ayudarían a

mantener una alta calidad del

servicio a modo de examen que

deja fuera a los aspirantes no

preparados.

Las direcciones generales de la

Policía y la Guardia Civil ven con

buenos ojos la iniciativa -

promovida por dos asociaciones

empresariales-, ya que son

conscientes de que entre las más

de 1.500 compañías que operan

en el sector en España hay de

todo. Saben que existen firmas

solventes, muchas, pero también

que se trata de un sector en el que

abunda el intrusismo y donde los

bajos precios con los que muchas

sociedades ganan las

licitaciones son la razón de que

haya profesionales poco

cualificados y que doblan turnos

protegiendo las infraestructuras

más sensibles del Estado. No en

vano gran parte de los más

de 75.000 vigilantes que hay en

activo en el país no puede

presumir precisamente de tener

buenas condiciones laborales.

Vigilante de seguridad privada en

el Metro de Madrid. (EFE)

La implantación de estos filtros

antiempresas pirata, entienden,

dejaría fuera a sociedades poco

solventes, con empleados

descontentos, con procedimientos

judiciales abiertos o con

problemas con la Seguridad Social,

lo que podría generar un conflicto

entre la administración y parte del

sector. Sin embargo, desde la

Policía y la Guardia Civil

consideran que se trata de una

medida necesaria, puesto que las

infraestructuras críticas

son objetivo de la amenaza

yihadista, cada vez más severa

para Europa en general y España

en particular, y de ser atacadas se

generaría un serio problema para

el conjunto de los ciudadanos.

Buena muestra de esta mayor

intimidación yihadista es

el incremento progresivo de la

alerta antiterrorista llevado a cabo

por los gobiernos del continente

durante los últimos años.

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Actualmente, España mantiene

un nivel 4, lo que supone

el segundo grado de alarma más

extremo, un riesgo alto de que el

país sea objeto de un atentado

por parte de los radicales

islamistas.

Este nivel supone esencialmente

que los servicios de inteligencia y

las fuerzas de seguridad del

Estado deben reforzar la

protección de las denominadas

infraestructuras críticas. Entre

estos centros que garantizan el

normal funcionamiento de España

se encuentran las centrales

eléctricas, hidrológicas, petroleras

y nucleares -que suministran la

energía a los hogares y las

empresas- o los principales

núcleos de transporte aéreo,

terrestre y marítimo (aeropuertos,

estaciones centrales de ferrocarril,

etc.).

Agentes de la Guardia Civil

trasladan los efectos personales

de once detenidos en una

operación de los Mossos

d'Esquadra contra una supuesta

célula yihadista. (EFE)

Aunque España no es el principal

foco de atención de los yihadistas

en Europa, el Gobierno elevó por

prudencia el nivel de alerta con el

fin de activar todas las medidas de

protección necesarias para cubrir

la posibilidad de que el país

ascendiera en la lista de objetivos

de los terroristas. No en vano,

España ya sufrió el 11M y los

yihadistas de Al Qaeda o del ISIS

siguen manteniendo sus

reivindicaciones sobre Al

Andalus a pesar de que no

cuentan con personal que domine

el idioma en su aparato de

propaganda, lo que limita la

posibilidad de actuar en nuestro

territorio.

El reglamento de la Ley de

Seguridad Privada ya cuenta

con un borrador aprobado por las

direcciones generales de la Policía

y de la Guardia Civil que incluye

399 artículos e integra el anterior

texto del mismo rango así

como todas las órdenes

ministeriales que existen sobre el

asunto. Las fuentes consultadas,

sin embargo, no concretan si este

borrador, que ahora será revisado

por los servicios jurídicos del

Ministerio del Interior, incluye ya

la propuesta de las asociaciones

empresariales. Tras el examen de

los expertos legales, el texto

pasará al trámite de audiencia -

donde estas agrupaciones, los

sindicatos y cualquier afectado

podrá incluir alegaciones-, antes

de llegar al Congreso y al Senado.

Todos estos pasos que aún

quedan por andar en este camino

hacen pensar que la medida

difícilmente será aprobada en esta

legislatura.

El ministro del Interior junto a 140

nuevos policías en Cataluña. (EFE)

La iniciativa de reforzar las

exigencias a las empresas de

seguridad se encardina en el

nuevo espíritu de la Ley de

Seguridad Privada, que entiende

que las compañías privadas tienen

una función complementaria a la

labor que realizan la Policía y la

Guardia Civil. Ahora, por lo tanto,

los vigilantes -por concretar en su

figura la labor de las empresas- ya

no solo están subordinados a las

fuerzas de seguridad públicas,

como hasta el momento, sino que

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también les ayudan en su labor de

protección ciudadana.

Este carácter complementario que

subyace de la norma conlleva que

hay funciones de la seguridad

pública que pueden realizar

empresas privadas, siempre que

cumplan con las garantías

suficientes, y da margen al

Gobierno para ampliar

la privatización de servicios que

hasta el momento corrían a cargo

de las fuerzas públicas en

exclusiva. Este carácter

complementario, por otro lado,

reconoce legalmente algo que ya

se estaba realizando en la práctica

en escenarios como el Metro, un

espacio público en el que la

seguridad es responsabilidad de

una empresa privada.

La complementariedad, por otro

lado, ha estado en el origen de la

polémica que suscitó inicialmente

la norma, que fue recogida por la

opinión pública como una licencia

legal para privatizar la seguridad

pública y que, de hecho, obligó al

Gobierno a matizar algunos

puntos conflictivos.

http://www.elconfidencial.com/es

pana/2015-08-02/interior-

reforzara-por-ley-la-seguridad-en-

las-infraestructuras-criticas-por-el-

yihadismo_950284/

UN IMPUTADO EN ÁVILA

POR EJERCER DE VIGILANTE

DE SEGURIDAD SIN ESTAR

HABILITADO

El Código Penal lo recoge esta

acción como Delito de Intrusismo,

y la Ley de Seguridad Privada

impone fuertes sanciones de

30.000 a 600.000 euros a

empresas que contratan y

particulares que ejercen esa labor.

La Comandancia de la Guardia

Civil de Ávila ha imputado a una

persona por ejercer labores de

Vigilancia de Seguridad sin estar

habilitado.

A finales de mes de julio, se

detecta por parte de la Guardia

Civil la instalación de cartel alusivo

a la prestación de seguridad en un

recinto en construcción. Esta clase

de conductas, realizada

habitualmente por determinados

colectivos, colocan carteles en

zonas visibles, haciendo alusión al

tipo “OBRA CON VIGILANTE

PATRIARCA XXX CONTROL 24

HORAS”.

Teniendo conocimiento que esta

clase de actuaciones pueden

conllevar una serie de supuestos

Delitos de Coacciones, Amenazas,

Usurpación de Funciones Públicas

o Intrusismo, y desde luego

infringir la Ley 5/2014, de 04-04-

2014 de Seguridad Privada, se

procede por parte de la Unidad de

Policía Judicial de la Comandancia

a realizar una

investigación, comprobándose en

días sucesivos que la persona

detenida realizaba en dicho

establecimiento de forma muy

ocasional funciones de vigilancia

dentro y fuera de la obra.

Habitualmente las empresas

constructoras, para evitar

situaciones de otro tipo, y al tener

maquinaria y efectos de valor en

la obra, se ven presionadas a

contratar esta clase de servicios

como “Vigilante de Seguridad”, a

sabiendas de su ilegalidad.

Es importante recordar que para

realizar esta clase de actividades

se debe cumplir unos requisitos y

obtener previamente la

correspondiente habilitación del

Ministerio del Interior con unos

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condicionantes, entre los que se

encuentran, uniformidad,

identificación, cursos específicos

oficial, y examen de habilitación.

la supervisión y control de esta

clase de actividades vienen

recogidas en la Ley 5/2014, de 04-

04-2014 de Seguridad Privada,

cuya competencia de control se

realiza por parte del Cuerpo

Nacional de Policía en Vigilantes

de Seguridad, y por parte de la

Guardia Civil a la especialidad de

Guardas Rurales.

Desde la Guardia Civil se

recuerda a los empresarios que

estas actividades ilegales pueden

ser cometidas también por éstos,

marcando la referida Ley una serie

de conductas que pueden ser

sancionadas y que pueden oscilar

de 30.000 a 600.000 euros, como

el art. 57.1.b “La contratación o

utilización, en servicios de

seguridad privada de personas

que carezcan de la habilitación o

acreditación correspondiente”

entre otros, por lo que se

recomienda que cuando tengan

conocimiento de esta clase de

actividad e intrusismo, lo pongan

en conocimiento de las

autoridades citadas.

http://www.tribunaavila.com/noti

cias/un-imputado-en-avila-por-

ejercer-de-vigilante-de-seguiridad-

sin-estar-habilitado/1438935006

SANIDAD ADJUDICA POR 30

MILLONES DE EUROS LA

VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE

SUS EDIFICIOS

La Conselleria de Sanidad

Universal y Salud Pública adjudicó

ayer por 29.968.428 euros el

servicio de vigilancia y seguridad

en los centros dependientes de

este departamento autonómico,

así como el mantenimiento

integral de los sistemas de alarma

y protección de esos edificios.

Ese importe adjudicatario, que

incluye también el IVA, supone un

ahorro de 3.353.171 euros

respecto al precio de licitación de

este contrato, que fue adjudicado

en dieciocho lotes a un total de

cuatro empresas.

La tramitación de esta

adjudicación fue ordinaria y el

procedimiento abierto con

regulación no armonizada, según

la resolución que publicó ayer el

Diari Oficial de la Comunitat

Valenciana (DOCV) y que está

firmada por el director general de

Recursos Humanos y Económicos

de la Conselleria de Sanidad, Justo

Herrera Gómez el pasado 27 de

julio.

Las empresas adjudicatarias han

sido ISS Soluciones de Seguridad

SL (para seis de los dieciocho lotes

por un importe de 13.715.425

euros), Clece Seguridad SA (siete

lotes por 12.024.792 euros), Eulen

Seguridad SA (un lote por 932.150

euros) y EME Compañía de

Seguridad, Ingeniería y

Mantenimiento SL (cuatro lotes

por 3.296.061 euros).

La adjudicación del contrato se

realizó el pasado 4 de junio, se

formalizó el día 30 del mismo mes

y es efectiva desde el 1 de julio.

http://www.lasprovincias.es/politi

ca/201508/12/sanidad-adjudica-

millones-euros-20150812001324-

v.html

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EMPRESAS ENTREVISTA ÁNGEL

CÓRDOBA, PRESIDENTE DE

APROSER

ÁNGEL CÓRDOBA, PRESIDENTE DE

APROSER

“De no haber hecho nada tras la

sentencia de la Audiencia Nacional

se habría producido un absoluto

bloqueo en el próximo convenio”

30/07/2015

Tan sólo cinco meses después de

la entrada en vigor del actual

Convenio Colectivo de la

Seguridad Privada, patronal y

sindicatos han tenido que volver a

sentarse para negociar de nuevo.

El motivo ha sido la sentencia que

emitió el 30 de abril la Sala de lo

Social de la Audiencia Nacional, en

la que daba la razón a los

sindicatos en su denuncia sobre el

salario de los trabajadores durante

las vacaciones.

El fallo deroga el artículo del

convenio relativo a ese periodo

(45.2) y obliga a las empresas a

“incluir en la retribución de las

vacaciones, además de los

conceptos incluidos en la Tabla de

Retribuciones del Anexo, los

demás complementos de puesto

de trabajo contenidos en el art.

66.2 del convenio”. Ángel

Córdoba, presidente de APROSER,

alaba la capacidad de la mesa

negociadora para alcanzar un

acuerdo que se extiende hasta

finales del año 2016 y sostiene

que, de otra manera, el perjuicio

para el sector hubiera sido

tremendo.

- El 17 de julio se ha firmado un

nuevo convenio colectivo para el

sector de la seguridad privada, sin

que haya vencido aún el anterior.

¿Cuáles son los antecedentes y

motivos para el adelanto?

En los últimos años, la negociación

colectiva en el sector de la

seguridad privada ha estado

mediatizada por factores externos

que poco o nada tienen que ver

con la voluntad de los legítimos

interlocutores. Tenemos ejemplos

como la reforma laboral,

absolutamente nefasta para

sectores intensivos en mano de

obra, dos decretos ley que han

incrementado nuestros costes en

un 4,4 por ciento en menos de 18

meses y, recientemente, la

sentencia del 30 de abril de este

mismo año por la que un tribunal

anula un artículo de nuestro

convenio e instruye sobre la forma

en que debe ser redactado, en una

clara extralimitación de sus

cometidos.

En ninguno de estos ejemplos, ni

la representación social ni la

empresarial han tenido capacidad

alguna de respuesta.

Han tenido unos que limitarse a

actuar de oficio cumpliendo con

su cometido y todos a sufrir las

consecuencias posteriores en las

mesas de negociación.

De no haber hecho nada con esta

última situación sobrevenida (me

refiero a la sentencia de la

Audiencia Nacional), se habría

producido un absoluto bloqueo en

la negociación del próximo

convenio colectivo, porque todo

parecía indicar que en las fechas

previstas para su inicio estaríamos

inmersos en un largo proceso

judicial donde, ganara quien

ganara al final, todos saldríamos

perdiendo.

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Esto en cuanto a lo que me

pregunta sobre antecedentes. Y

para entender qué origina esta

última desafortunada situación le

hago un rápido resumen coloquial

para que sea más breve y fácil de

entender: un comercial del sector

gasístico en Reino Unido, cuya

compensación mensual viene

dada por una parte fija y otra

variable, dependiendo de la

ventas a los clientes, efectúa una

reclamación ante el Employment

Tribunal inglés (equivalente a

nuestro Juzgado de lo Social) en la

que solicita que durante el mes

que disfrute de sus vacaciones se

le abone, además del salario fijo

mensual, la parte estimada

correspondiente a las comisiones

por ventas que hubiera podido

realizar de no haberse ido de

vacaciones.

El Tribunal de Justicia de la Unión

Europea (a quien consulta el

órgano jurisdiccional inglés)

estima que de no serle abonada

de alguna forma las comisiones,

esa disminución en las

percepciones que experimentará

posteriormente al mes de

vacaciones en la siguiente nómina

mensual puede disuadirle de

ejercer su derecho a disfrutar de

esas vacaciones, por lo que se

estaría contraviniendo el espíritu

de la Directiva europea relativa a

la ordenación del tiempo de

trabajo.

Dicho esto, correspondía a cada

país determinar si en cada

situación concreta la aplicación de

este dictamen consigue, o no

necesariamente, el objetivo

perseguido por la Directiva, que

básicamente consiste en que el no

cobro de un determinado importe

habitual sea tan disuasorio como

para renunciar al derecho de

disfrute de las vacaciones

reglamentarias. Pues bien, el juez

español ha estimado que sí es

disuasorio.

- ¿Qué opina APROSER sobre la

decisión adoptada por la

Audiencia Nacional?

Pues que hay sectores en nuestro

país, entre los que no está la

seguridad privada, a los que le

podría ser perfectamente de

aplicación. Pero sin entrar en el

fondo del asunto, es una situación

que entra en el juego de las

ventajas y los inconvenientes de

nuestra permanencia en la Unión

Europea y sus procesos de

armonización legislativa

comunitaria. En cualquier caso,

esta aceptación de la sentencia

nos legitima moralmente para

exigir la aplicación de otras

iniciativas europeas,

especialmente en el campo de la

contratación pública responsable.

Pero no es menos cierto que, para

próximas situaciones análogas y

partiendo de esta reciente

experiencia, lo más conveniente

pudiera ser medir las actuaciones,

y prevenir y, en su caso, paliar las

consecuencias con mayor

anticipación.

- ¿Cómo impacta la sentencia en la

aplicación del convenio colectivo

vigente, que habían suscrito hace

escasos meses?

Desafortunadamente, el caso es

que impacta justo en un momento

en el que habíamos logrado pactar

un convenio colectivo para 2015

con un gran esfuerzo para ambas

partes. Ya habíamos acordado y

abordado un incremento salarial,

lo que permitía a las empresas,

por fin tras muchos años, asumir

un coste cierto en sus previsiones

presupuestarias, estrategias de

gastos e ingresos, políticas de

inversiones…

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Gracias a lo anterior, se podría

planificar debidamente el ejercicio

económico sin tener de nuevo

imprevistos que no pudieran

respaldar las ya muy castigadas

cuentas de resultados (hemos de

tener en cuenta que desde el

inicio real de la crisis en este

sector, en 2009, se ha registrado

una caída acumulada en la

facturación del -24,8 por ciento).

En resumen y parafraseando a

Nicolás Guillén, lo que estaba a

punto de suceder era que “casi al

final de un largo y agónico camino

por el desierto, muriéramos de

sed sólo a un metro de la fuente”.

- ¿Por qué valoran tan

positivamente el anterior

convenio colectivo firmado con la

representación social, el de 2015,

que ahora finalizan

anticipadamente?

Básicamente porque logramos

suscribir un acuerdo que variaba

en positivo y más racionalmente la

dinámica de los últimos procesos

de negociación. Y lo hicimos con

incuestionables ventajas para

todos.

Para la representación social y los

trabajadores, se retornaba a la

senda de los incrementos

salariales, aun con el esfuerzo que

supone para las empresas de este

sector, donde los gastos de

personal suponen más del 85 por

ciento de los gastos de

explotación (situación no

coincidente en la mayoría del

resto de sectores), y en un ciclo

económico que para la seguridad

privada seguía y sigue dando su

peor cara.

Para el sector en general se

reforzó la utilidad del

Observatorio Sectorial de la

Seguridad Privada, donde la

defensa de la necesidad de un

convenio sectorial regulador es

uno de sus objetivos principales, y

que junto con la denuncia de las

malas prácticas en la contratación

(fundamentalmente en el ámbito

de las relaciones con la

Administración, dada la escasa o

nula importancia que le da a la

calidad del servicio en un sentido

amplio) son dos de las principales

apuestas para la dignificación de

un sector tan necesario y

complementario para la seguridad

pública.

- ¿Qué escenario se vislumbraba

en el supuesto de no haber

logrado el reciente acuerdo? ¿Por

qué ha sido preferible una

solución negociada?

Pues, para empezar, nos

estaríamos sentando en las

reuniones del Observatorio

Sectorial con un convenio

colectivo impugnado por una de

las partes, recurrida la

impugnación por la otra, a punto

de ceder todo el protagonismo a

nuestras asesorías jurídicas, y a

punto de dedicar los próximos

años a hacer jurisprudencia y

deshacer sector.

Otro escenario obvio son los

importantes costes

administrativos y jurídicos, tanto

para la patronal como para los

sindicatos (derivados de las miles

de demandas individuales que se

prolongarían en su resolución

hasta bien entrado el 2018), un

importantísimo coste social y

añadido desgaste empresarial, un

desfavorable impacto de la

imagen sectorial frente a

autoridades judiciales y laborales,

congelación salarial durante un

largo periodo y una imposible

negociación colectiva futura hasta

resolución judicial (que además

sería prácticamente inabordable

económicamente en ese

momento en cualquier caso).

"Debemos preguntarnos si

nuestras empresas están en el

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sector de paso o para quedarse, y

si están para hacer sector o hacer

caja"

Y, por supuesto, dedicar buena

parte de nuestro tiempo a realizar

labores que nada tienen que ver

con prestar un buen servicio al

cliente y que estarían

continuamente distrayendo

nuestra atención y la suya; porque

no se podría evitar que en algún

momento se le llegara a trasladar

las consecuencias de esa situación

de conflictividad en el sector.

En cuanto a por qué es preferible

una solución negociada, “llovía

sobre mojado”: este sector ha

vivido un tema similar que

comenzó en 2005, ha generado

miles de demandas, toneladas de

papel en cientos de metros

cuadrados de archivo, miles de

horas de trabajo dedicadas, y

todavía hay procedimientos que

tardarán más de dos años en

solventarse, esto es, más de 15

años y ningún beneficio claro para

ninguna de las partes.

Es muy español el comentario “lo

mejor es no hacer nada, hay cosas

que se solucionan solas, y además

suele salir más barato y sin

esfuerzo alguno”. Pero a veces se

confunde lo mejor con lo más

fácil. Lo que sí suele ser cierto es

que lo barato acaba saliendo caro.

Es por ello que entendimos que el

planteamiento marcado en la

negociación cerrada el pasado

mes de octubre de 2014, que tan

buenos resultados nos estaba

proporcionando a todos, debería

valernos para la actual, partiendo

de la renuncia empresarial a

seguir litigando y evitando de esta

forma un nuevo proceso de

judicialización muy similar al

anteriormente referenciado.

- ¿Cuáles son las principales

ventajas que conlleva el nuevo

acuerdo suscrito?

Algunas ventajas se las detallé

anteriormente cuando me pidió

que le describiera un escenario de

desacuerdo, basta con eliminar

una a una todas las desventajas

que hubiera supuesto.

Adicionalmente, las

eminentemente intangibles (pero

fácilmente cuantificables de

querer hacerlo) que también le he

ido referenciando a lo largo de la

entrevista.

En términos más tangibles puedo

decirle que con el acuerdo

recientemente alcanzado se sigue

garantizando el cumplimiento del

convenio para 2015 en su

componente salarial, esto es, el

incremento ya experimentado en

las tablas salariales. Por otra

parte, son los interlocutores

legitimados por la negociación

colectiva los que redactan (y no un

juez) el artículo derogado por la

Audiencia Nacional referido a la

forma de remuneración de los

periodos vacacionales. En tercer

lugar, se abortan los procesos

judiciales masivos al asumir las

empresas el coste derivado de la

sentencia, coste que se incorpora

en 2016 junto con un incremento

adicional ya negociado para ese

mismo periodo. Y, tema para nada

baladí, concluye todo el proceso

con una importante antelación,

con las indudables ventajas de

todo tipo que ello conlleva, entre

ellas poder diseñar

adecuadamente los presupuestos

de gastos e inversiones y la

planificación táctica para el

próximo ejercicio.

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A la vez, disponemos ahora de un

periodo suficiente para abordar,

cara a la próxima negociación de

2017, otras materias que, siendo

muy importantes, nunca han

podido ser tratadas además como

urgentes, dado que la discusión de

los aspectos económicos siempre

ha consumido todo el tiempo

disponible.

Necesitamos ese tiempo para

reformular el redactado del texto

del convenio, que ha ido

quedando algo obsoleto y

deslavazado, para reflexionar

sobre alguna rúbrica de coste,

como la antigüedad, o sobre el

tratamiento de algunas

situaciones laborales, como la

incapacidad temporal, así como

otras materias más estructurales y

propias de un sector tan intensivo,

todavía, en mano de obra.

Y no menos importante, desde el

mismo momento de la muy

próxima entrada en vigor de este

nuevo convenio colectivo, la

reconsideración inmediata de

algunas de las situaciones de

precariedad laboral que ya está

afectando a miles de trabajadores

sin la cobertura de las condiciones

laborales que asegura un convenio

colectivo sectorial.

- ¿Y desde la perspectiva de

APROSER?

Cuando las empresas asociadas a

APROSER toman decisiones,

tienen que correlacionarlas con

una multiplicidad de temas

sectoriales pendientes de solución

y alinearlas dentro de una

estrategia global, por lo que su

pregunta sería materialmente

inabordable en todos sus matices

en esta entrevista.

Pero en cualquier caso, cuando

hablamos de tomar decisiones que

tienen que ver con realizar nuevas

apuestas por el sector, tenemos

presente que previamente

debemos responder a algunas

preguntas básicas, y que cada

respuesta depende de las otras. La

primera es si nuestras empresas

están en este sector de paso o

para quedarse. La segunda, si se

está para hacer sector y generar

resultados adecuados y estables o

simplemente para hacer caja. Y la

tercera, y ya ajustada a este tema

en concreto referido al nuevo

convenio colectivo, si la apuesta

que realizan hoy la medimos

principalmente en términos de

gasto o de inversión.

En esta ocasión nos ha

correspondido a APROSER asumir,

todavía en mayor medida, el

liderazgo patronal que determina

el reconocimiento, por parte de

todos los interlocutores presentes

en la mesa de negociación del 80

por ciento de representatividad. Y

hemos respondido claramente a

las tres preguntas de forma

práctica con la firma del acuerdo.

http://www.seguritecnia.es/seguri

dad-privada/asociaciones/de-no-

haber-hecho-nada-tras-la-

sentencia-de-la-audiencia-

nacional-se-habria-producido-un-

absoluto-bloqueo-en-el-proximo-

convenio

LICITAN POR 236.000 EUROS

ANUALES LA SEGURIDAD Y

VIGILANCIA DE VARIOS

CENTROS CULTURALES DE

OURENSE

Incluirá la cobertura del

Arqueolóxico y el Archivo

Histórico, el Etnolóxico de

Ribadavia y la Bibilioteca

Redacción | Ourense 12.08.2015 |

02:30

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El Museo Arqueológico, abierto en

el Día de los Museos. // Iñaki

Osorio

El Museo Arqueolóxico Provincial,

infravalorado por el Gobierno en

el proyecto de Presupuestos

Generales de 2016, tal y como se

ha quejado el alcalde de Ourense,

es uno de los recintos que sí

contempla la Xunta, junto a otros

edificios culturales de la provincia,

en el concurso que ha salido a

licitación para cubrir el servicio de

vigilancia y seguridad en lo que

resta de 2015 y durante el año

2016.

El contrato, con un importe de

licitación de 236.000 euros para el

próximo ejercicio y de unos 14.000

para cerrar este año tras la

adjudicación, incluirá la cobertura

del Museo Arqueolóxico Provincial

y el Arquivo Histórico Provincial,

ambos ubicados en el antiguo

Pazo Episcopal de Ourense, así

como del Museo Etnolóxico de

Ribadavia y la Biblioteca Pública

de Ourense.

El anuncio de la licitación, por el

procedimiento abierto y con

pluralidad de criterios, con la

contratación documentalmente

simplificada, fue publicado ayer en

el Diario Oficial de Galicia (DOG).

La tramitación del expediente

corre a cargo de la Consellería de

Cultura, Educación y Ordenación

Universitaria. Según el anuncio,

rubricado por el secretario xeral

técnico de la consellería, Jesús

Oitabén, el plazo máximo de

ejecución es por un periodo de 12

meses, con la posibilidad de

prórroga por otro año adicional.

El importe total del presupuesto

base de licitación es de 250.113,05

euros, incluyendo las partidas para

retribuir el servicio de vigilancia y

seguridad durante lo que reste de

2015 y 2016. Según la proporción

económica, el contrato no entrará

en vigor hasta diciembre de este

año. Las empresas interesadas

tienen 15 días naturales desde hoy

para presentar sus ofertas y

aspirar al contrato. El criterio de

adjudicación será el de la oferta

más ventajosa, teniendo en

cuenta los criterios del pliego de

cláusulas administrativas. La

apertura de sobres será

comunicada con tres días de

antelación.

http://www.farodevigo.es/portada-

ourense/2015/08/12/licitan-236000-

euros-anuales-

seguridad/1294555.html

EL CORTE INGLÉS,

SANCIONADO POR VIGILAR

EL EXTERIOR DE DOS

CENTROS DE LPGC SIN

PERMISO DE LOS

TRANSEÚNTES

Protección de Datos ha multado a

la empresa con 40.001 euros por

mantener colocadas en la ciudad

capitalina una serie de cámaras

orientadas al exterior

Uno de los centros de El Corte

Inglés situado en la zona de Mesa

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Page 13: NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA AGOSTO 2015 · nuevos policías en Cataluña. (EFE) ... La Conselleria de Sanidad ... Convenio Colectivo de la Seguridad Privada, patronal y

y López de Las Palmas de Gran

Canaria.

La Agencia Española de Protección

de Datos (AEPD) ha multado a El

Corte Inglés con 40.001 euros por

mantener colocadas en dos de sus

centros de Las Palmas de Gran

Canaria una serie de cámaras

orientadas al exterior, con las que

no solo graba lo que sucede en el

interior de sus instalaciones, sino

también lo que ocurre en sus

alrededores.

No es la primera vez que la

empresa es sancionada por una

irregularidad similar, ya que,

según señala una información

de InfoLibre, fue multada a pagar

en 2011 unos 60.100 euros por

unos hechos semejantes ocurridos

en su centro de Málaga.

El digital indica que los hechos

acaecidos en la capital grancanaria

se remontan a octubre de 2014,

cuando un particular denunció

que la entidad recogía imágenes

de vídeo del exterior, una práctica

que es ilegal. La investigación

iniciada por la AEPD concluyó que

esto ocurría con cinco de las 18

cámaras de los edificios, que no

solo captaban a transeúntes y

vehículos, sino también lo que

sucedía en los comercios

cercanos.

La resolución del procedimiento

sancionador, que se resolvió el

pasado 18 de marzo, desestima las

alegaciones de la empresa y

recuerda que “la instalación de

videocámaras en lugares públicos,

así como la seguridad pública, es

competencia exclusiva de las

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".

Según InfoLibre, El Corte Inglés

argumenta que cumple "con el

deber de informar mediante la

instalación de los

correspondientes carteles en las

entradas a los establecimientos, lo

cual es una forma indirecta de

obtener el consentimiento de los

peatones ya que todos ven el

cartel y si no quisieran prestar su

consentimiento, podrían

manifestarlo en ese momento", y

asegura que ha limitado "a 7 días,

no 30 como permite la norma, el

plazo por el cual se conservan las

imágenes, lo cual demuestra que

no tiene ningún interés en tratar

las imágenes" o "utilizarlas para

ninguna finalidad oscura".

La entidad ha presentado un

recurso ante la Audiencia Nacional

para evitar la sanción, que es una

de las menores previstas por la

ley, teniendo en cuenta que las

multas por este tipo de

irregularidades pueden alcanzar

hasta los 300.000 euros.

http://www.eldiario.es/canariasah

ora/tribunales/Corte-Ingles-

sancionado-exterior-

LPGC_0_418558269.html

AENA DESCONOCE EL

NÚMERO DE VIGILANTES

QUE LAS SUBCONTRATAS DE

SEGURIDAD TIENEN EN LOS

AEROPUERTOS

Aeropuertos · E. P.

Andalucía Información / Agencias

El gestor aeroportuario Aena

reconoce desconocer el número

de vigilantes que

las empresas privadas tienen en

los aeropuertos para prestar el

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servicio de seguridad, así como las

variaciones en dichas plantillas.

Así lo reconoce el Gobierno en

respuesta a los diputados

socialistas Elvira Ramón, José

Martínez Olmos y Manuel Pezzi

que, por escrito, reclamaron

información sobre el servicio de

seguridad en el aeropuerto

Federico García Lorca Granada-

Jaén.

En su respuesta, que recoge

Europa Press, el Ejecutivo explica

que Aena tiene contratada a

una empresa "especializada y

homologada por el Ministerio del

Interior" para encargarse de la

seguridad del aeropuerto andaluz,

y que se limita a "realizar una

estimación de las horas de servicio

necesarias", que se calculan en

función de la demanda de tráfico

de pasajeros prevista.

"Aena es ajena a las relaciones

laborales de la empresa

contratada para la prestación del

servicio de seguridad y, por tanto,

también a la gestión y

organización de los medios

humanos de dicha empresa, que

es la que determina el número de

vigilantes con los que debe contar

para prestar el servicio solicitado y

la que, en función de su criterio,

los asigna en las distintas

funciones a desempeñar en el

aeropuerto", insiste el Gobierno.

MEDIA DOCENA DE VIGILANTES.

En cualquier caso, el aeropuerto

de Granada-Jaén debe contar,

según su plan de emergencias, con

la posible intervención de hasta

seis o siete vigilantes de

seguridad, si bien "como en

número de trabajadores depende

de la demanda de tráfico aéreo,

las funciones designadas pueden

ser prestadas en colaboración con

los Cuerpos de Seguridad del

Estado presentes" en las

instalaciones.

Por todo ello, el Ejecutivo insiste

en que el gestor aeroportuario no

tiene por qué conocer las

variaciones que se produzcan en

las plantillas de las empresas

adjudicatarias del servicio de

seguridad.

http://andaluciainformacion.es/an

dalucia/525572/aena-desconoce-

el-numero-de-vigilantes-que-las-

subcontratas-de-seguridad-tienen-

en-los-aeropuertos/

SUCESOS PIERDE LA CONDICIÓN DE

ESCOLTA TRAS LA CONDENA

POR VIOLENCIA DE GÉNERO

Los tribunales consideran que es

indispensable carecer de

antecedentes.

LÓPEZ PENIDE Pontevedra / La

Voz, 08 de agosto de 2015.

Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Nacional ha avalado

la decisión del Ministerio del

Interior de cancelar la habilitación

profesional de un pontevedrés

como escolta y vigilante de

seguridad privada. Y todo a raíz de

una condena a cuarenta días de

trabajo en beneficio de la

comunidad y dieciséis meses de

privación del derecho a la tenencia

y porte de armas por un delito de

amenazas que las fuentes oficiales

consultadas encuadraron en la

violencia de género.

Los tribunales dan la razón,

asimismo, al Abogado del Estado

cuando afirma que al afectado «no

se le priva de su derecho al

trabajo, sino que simplemente se

le inhabilita para el ejercicio de

una profesión». En este sentido,

matizan que para ejercer como

escolta se precisan una serie de

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requisitos, «en concreto, carecer

de antecedentes penales».

Remarcan que tal requisito «debe

cumplirse tanto para obtener la

habilitación para ejercer funciones

de seguridad privada, como para

mantenerla». De este modo,

insisten en que el pontevedrés

«ha incurrido en uno de los

supuestos que le privan de seguir

desempeñando sus funciones

como vigilante de seguridad y

escolta por la concurrencia de una

circunstancia sobrevenida, como

es la de tener antecedentes

penales».

En este punto, se refiere que la

propia legislación que regula la

seguridad privada alude a la

necesidad de carecer, en todo

momento, de antecedentes

penales. Es más, se le exige a la

Administración que, en el

momento que se tenga

conocimiento «fehaciente» de la

existencia de tales antecedentes,

abra el correspondiente

procedimiento que concluya con

la perdida de la condición de

escolta de la persona en cuestión.

Esta última, por su parte, había

alegado contra la decisión de

Interior apelando a que la

Constitución Española «establece

el derecho al trabajo como

derecho fundamental», así como

que, incluso, a «las personas

condenadas se les respeta y

protege el derecho al trabajo».

Asimismo, manifestó no

comprender cómo perder un

requisito cumplido en su

momento podía conllevar la

cancelación de su habilitación.

Es un argumento «improcedente»

para la Audiencia Nacional y que,

igualmente, fue rebatido por el

Abogado del Estado: «Nada tiene

que ver el derecho al trabajo, ni la

obligación de atender a la

subsistencia de los hijos, con el

cumplimiento de los requisitos

legalmente establecidos para

ejercer una determinada

profesión (máxime cuando se

trata de una de las características

de la aquí debatida)».

Añadió que la resolución

administrativa no le impide

acceder a un puesto de trabajo,

sino «ejercer una profesión, que,

por obvios motivos, está reglada»,

al tiempo que incide en que el

pontevedrés fue condenado por el

Juzgado de Instrucción número

tres de Pontevedra por un delito

doloso.

En cualquier caso, el fallo de la

Audiencia Nacional no es firme y

el afectado puede interponer un

recurso de casación ante el

Tribunal Supremo.

http://www.lavozdegalicia.es/noti

cia/pontevedra/pontevedra/2015/

08/08/pierde-condicion-escolta-

tras-condena-violencia-

genero/0003_201508P8C4991.ht

m

DETENIDO POR GRABAR A

MUJERES POR DEBAJO DE LA

FALDA CON EL MÓVIL

El sistema de videovigilancia

delató al sospechoso. / Sur

El vigilante de un centro comercial

lo siguió a través de las cámaras

de seguridad y, cuando confirmó

sus sospechas, lo retuvo hasta que

llegó la policía

JUAN CANO | MÁLAGA

La Policía Nacional ha detenido a

un joven de 24 años acusado de

grabar las partes íntimas de

mujeres con su teléfono móvil en

el interior del centro comercial

Rosaleda. Los agentes le atribuyen

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dos denuncias, aunque sospechan

que, por el modus operandi

empleado, podría estar detrás de

otros tres casos, según

confirmaron a este periódico

fuentes próximas a la

investigación.

Los hechos sucedieron el pasado

lunes, cuando el vigilante del

centro comercial detectó, a través

de las cámaras, que había un

joven que se comportaba de una

forma extraña. Al empleado de

seguridad le llamó la atención que

el individuo se acercaba

demasiado a una mujer, por lo

que utilizó el sistema de

videovigilancia para seguirlo.

El trabajador observó que el

sujeto manipulaba

constantemente su teléfono móvil

y se lo colocaba en la oreja como

si estuviera hablando, aunque al

ver que no movía los labios le

pareció que estaba fingiendo.

Según relataron las fuentes, el

vigilante se percató de que se

aproximaba a otras mujeres que

estaban haciendo compras en el

centro comercial.

La policía sospecha que el

arrestado podría haber actuado

hasta en cinco ocasiones

En un primer momento, el

empleado de seguridad pensó que

se trataba de un carterista y

estuvo durante un rato

siguiéndolo a través de las

cámaras. Fue entonces cuando se

dio cuenta de que se aproximaba

por la espalda a una de las

mujeres y, al parecer, colocaba el

móvil por debajo de su falda para,

supuestamente, filmar sus partes

íntimas con la cámara del

teléfono. La víctima ni siquiera se

había percatado de la maniobra,

pese a que había sido grabada en

dos ocasiones ese día. Se enteró

cuando se lo dijo el vigilante.

A la vista de lo ocurrido, el

empleado de seguridad decidió

intervenir. Esperó a que el

sospechoso saliera por la línea de

caja y lo interceptó. Al parecer, y

siempre según las fuentes

consultadas, cuando el vigilante lo

retuvo, el sujeto manifestó de

forma espontánea: «No sé por qué

lo hago, lo quiero para Internet».

El trabajador telefoneó

inmediatamente a la sala del 091

de la Policía Nacional, que envió

varias patrullas al lugar. Tras

identificar a la víctima, una mujer

de 40 años, los agentes detuvieron

al joven por un presunto delito

contra la intimidad. Fue conducido

a la comisaría del distrito Norte,

donde se instruyeron las

diligencias del caso.

Registro en su domicilio

Los investigadores decidieron

seguir tirando del hilo y realizaron

un registro en su domicilio, donde

se intervino material informático

que aún está pendiente de ser

analizado. Al mismo tiempo, se

dedicaron a revisar las últimas

denuncias presentadas por si

había alguna de similares

características. Así fue como

descubrieron el segundo de los

casos que se le imputan. El 24 de

julio, una mujer se presentó en las

dependencias de la Comisaría

Provincial de Málaga para

denunciar un incidente que le

había ocurrido precisamente en el

centro comercial Rosaleda.

«No sé por qué lo hago, lo quiero

para Internet», dijo de forma

espontánea al ser interceptado.

Según relató la segunda víctima a

los agentes, cuando se encontraba

en los baños del establecimiento,

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observó que un individuo

introducía un móvil por debajo de

la puerta. La mujer se percató de

que estaba enfocando con la

cámara hacia sus partes íntimas y

comenzó a gritar. Al saberse

descubierto, el sujeto echó a

correr.

Los investigadores están

convencidos, por el modus

operandi empleado y la

descripción de los hechos, que

podría tratarse del joven

sorprendido por el vigilante de

seguridad, de ahí que también se

le haya imputado esta denuncia,

según confirmaron las fuentes.

Los agentes que llevan el caso

apuntan en su informe que tienen

sospechas de que podría haber

actuado en otras tres ocasiones,

pero no han recabado pruebas

que permitan relacionarlo

directamente con estos casos. Las

pesquisas, no obstante, continúan

abiertas.

http://www.diariosur.es/malaga-

capital/201508/07/detenido-

grabar-mujeres-debajo-

20150807230713.html

ELECCIONES Celebradas Elecciones SIndic ales

en la Empresa TRABLISA (CEMS)

de Sevilla, se obtinen los

siguientes resultados:

CSI-F 3 Delegados

CC.OO. 1 Delegados

UGT 1 Delegados

OPINIÓN MESAS, DIÁLOGO E

INVITADOS

FECHA: 27 de julio de 2015

Os adjuntamos un artículo de un

compañero de Salamanca

publicado en la Gaceta de

Salamanca el pasado jueves, y que

nos ha parecido muy interesante

Dialogo social. Dos palabras que la

mayoría compartimos ya que

implican la búsqueda negociada

de acuerdos entre empresas y

trabajadores que permitan

avances en lo económico y en el

empleo.

El problema radica en la utilización

partidaria del término a raíz de la

creación de las llamadas mesas del

dialogo social, en las que

únicamente participan las

organizaciones empresariales y

sindicales más representativas y

los equipos de gobierno de las

distintas administraciones publicas

pero no para mediar entre los

responsables de las empresas y de

los trabajadores, si no en busca de

la llamada “paz social” a cambio

de fomentar políticas activas de

empleo que en muchos casos han

consistido en utilizar decenas de

millones de los contribuyentes sin

que veamos resultados o en

subvencionar la creación y el

mantenimiento de empresas que

una vez recibida la “inversión”

desaparecen o necesitan más

ayudas para no cerrar.

Podrá decirse que este análisis es

interesado ya que proviene de una

organización que está fuera de las

mesas de dialogo social por no ser

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representativa. Analicemos

entonces de donde proviene la

representatividad sindical,

condición que les habilita, entre

otras, para ostentar

representación institucional ante

las administraciones publicas la

negociación colectiva, promover

elecciones, obtener cesiones del

uso de inmuebles patrimoniales

públicos, o cualquier otra función

que se establezca como la gestión

de actividades para el fomento del

empleo y la formación de los

trabajadores, funciones que

también realizan las

organizaciones empresariales. La

LOLS establece la consideración de

más representativos a los

sindicatos que superen el 10% de

representantes a nivel nacional, y

el 15% en caso de las

comunidades autónomas. Unos

porcentajes asequibles y quienes

no llegamos a estos porcentajes es

lógico que no seamos

representativos, pero la trampa no

está aquí sino en la distribución de

los representantes a elegir.

Veremos algunos casos y que cada

uno saque sus conclusiones.

“si de verdad quisieran regenerar

la vida democrática, lucharían por

cambiar la legislación que permite

que unos s4ean la voz de todos”

El número de unidades electorales

que han celebrado elecciones

sindicales los últimos cuatro años

en nuestra provincia es de 640 con

43.000 trabajadores. El sistema de

asignación de representantes

permite que 1405 trabajadores de

unidades con entre 6 y 10

trabajadores hayan elegido a 183

representantes, mientras que

15.957 unidades con más de 1.000

trabajadores solo a 196, los 18.619

trabajadores de unidades entre 6

y 250 trabajadores eligen a 1.235

representantes; los 24.436 de

unidades de más de 250

trabajadores a 484. Los 5.263

trabajadores estatutarios de sacyl

tienen derecho a 31

representant3es mientras que los

4.670 de las empresas de entre 50

y 100 trabajadores eligen a 317

representantes, ¿Dónde está la

equidad y la representatividad?

Me dirán que cada empresa es

distinta y que son necesarios sus

propios representantes pero luego

todo se negocia a nivel de

convenio general, no a través de

esos representantes. Y solo

pueden llegar a todas esas

pequeñas empresas donde se

eligen la mayoría de los

representantes quienes cuentan

con los medios materiales

necesarios, muchos de ellos

derivados de su presencia

institucional.

Para el conjunto de los 43.000

trabajadores citados, está claro

que CCOO y UGT cuentan con un

70% de representación que el

tercero es CSIF se queda en un

7,3%. Pero si nos fijamos en los

24.436 de las empresas de más de

250 trabajadores la

representación de estos no llega al

48%. ¿Y que ocurre con los 16.000

trabajadores de unidades de más

de 1000 trabajadores?, pues que

la representatividad conjunta de

CCOO y UGT es del 29% frente al

71% del resto de sindicatos. Por

cierto, en esta franja el sindicato

más representativo en Salamanca

es CSIF.

Por otro lado, en una provincia de

predominante carácter turístico,

comercial de prestación de

servicios públicos como salamanca

y donde la inmensa mayoría de los

trabajadores desarrollan su labor

en uno de estos ámbitos,

¿representa confaes a los

empresarios autónomos, a los

empresarios de hostelería a todos

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los empresarios del comercio , a la

administración central a la

Autonómica o a la Local?.

Durante las últimas semanas los

partidos de la regeneración, la

limpieza y la democracia han

estado pidiendo que se traslade a

nuestra ciudad este modelo que el

alcalde no ha tardado en hacer

suyo. Y ahora tras excluirnos a los

demás, la oposición rasga las

vestiduras porque también a

quien les quiera dejar fuera.

Si los grupos políticos en verdad se

preocupasen por el empleo, y no

en hacer política y figurar, pedirían

la presencia en la mesa en

igualdad de condiciones de todos

aquellos (autónomos y otras

organizaciones empresariales y

sindicales) que podemos aportar

ideas desde nuestra experiencia,

de verdad si quisieran regenerar la

vida democrática, lucharían por

cambiar la Legislación que permite

que unos sean la voz de todos.

José Manuel de León / Presidente

de CSIF Salamanca

Y…, a colación de que decimos

esto, pues aparte de todo que ya

se ha expuesto de la

representación, queremos hacer

referencia en nuestra última

“negociación”, de un nuevo

convenio sin antes terminar el que

había por el afán de arreglar el

desastre que les originaria a las

empresas la sentencia de la

Audiencia Nacional, y que en su

acta final firmada por los tres

sindicatos que dicen más

representativos firmaron decía lo

siguiente:

ACTA FINAL

En Madrid, siendo las 13:00 horas

del día 17 de julio de 2015, se

reúnen los representantes de las

asociaciones empresariales

APROSER, Y UAS, así como los

representantes de las

organizaciones sindicales FES-UGT,

Comisiones Obreras de

Construcción y Servicios y FTSP-

USO, miembros de la Comisión

Negociadora del Convenio

Colectivo de Empresas de

Seguridad.

Las partes anteriormente

señaladas, representan en todo

momento a la mayoría absoluta de

ambas representaciones

empresarial y sindical, a nivel

estatal.

En cumplimiento de los acuerdos

alcanzados, reflejados en las

distintas actas suscritas a lo largo

de las negociaciones habidas, los

componentes de la Comisión

Negociadora firmantes alcanzan

los siguientes:”

Pues si, representan en todo

momento a la mayoría absoluta,

pero no nos representan a

sindicatos como el nuestro CSIF

con casi 300 delegados y más de

5.000 afiliados en todo el

territorio nacional no nos

consideramos representados en

esa mayoría absoluta reflejada en

el acta que han firmado. Creemos

que somos un colectivo lo

suficientemente importante como

para no estar de acuerdo con lo

que se refleja en el acta final. Y

todo lo bien que lo están

vendiendo, para nosotros no lo es

de ninguna de las maneras.

Área de Seguridad Privada CSIF

INDIGNACIÓ+N POR EL

NUEVO CONVENIO 2016

(Juego de poltronas)

I. INTRODUCCIÓN

II. ANTECEDENTES JURÍDICOS Y

REFLEXIÓN

III. DESMONTANDO LAS

EXPLICACIONES DE UGT, CC.OO. y

USO

III. POSTURA DEL SINDICATO CSIF

I. INTRODUCCIÓN

Érase una vez, tres sindicatos muy

antiguos de cuyo nombre no

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quiero acordarme, con estructuras

grandísimas, incluso más grandes

de las que tienen la mayoría de

empresas. Éstos decidieron unirse

a los dictados de la patronal para

consolidar sus privilegios de casta

en la mayoría de las empresas del

sector de la seguridad privada,

dejando a un lado a sus afiliados y

en general a todos los

trabajadores de la seguridad

privada. Una tarde de julio de este

año fueron convocados de

urgencia por la patronal para que

firmarán casi sin leer un nuevo

Convenio Colectivo que permitiese

a las empresas retorcer una

Sentencia de la Audiencia Nacional

que les condenaba a retribuir a los

vigilantes la totalidad de pluses

también en el mes de vacaciones.

No es la primera vez que los

llamaban para que firmaran

acuerdos contrarios a los intereses

de los trabajadores y siempre lo

habían hecho sin problema y

seguían obteniendo el mismo

número de votos elección tras

elección, hasta el punto que ya tan

crecidos, esta vez se permitirían el

lujo de enviar a negociar (alguno

de ellos) a personas sin ninguna

relación con la seguridad privada.

Eso es exactamente lo ocurrido en

este mes de julio. En dos semanas

nuevo Convenio y peores

condiciones económicas para

todos. Llevamos muchos

Convenios arrastrando pérdida de

poder adquisitivo, congelaciones

salariales y subidas insultantes del

0,5% a cambio de dejar de

abonarnos pluses y de no contar el

día de asuntos propios como

tiempo trabajado.

Ya casi no había nada que temer,

no nos podían quitar mucho más,

puesto que ya nos habían dejado

en cueros y medio muertos,

entonces…………¿Cabía esperar

algo malo de esta precipitada

llamada a filas a los sindicatos por

parte de la patronal……….. SI?.

Pero ni en los peores sueños

esperábamos algo tan nefasto

como las condiciones recogidas en

el nuevo convenio que tendrá

vigencia hasta el 31 de diciembre

de 2016 y en el que estos

sindicatos de casta y la patronal

consiguen burlarse, no sólo de los

trabajadores, sino incluso de la

propia Audiencia Nacional.

Por qué algunos sindicalistas

“firmantes” no saben ni que es la

seguridad privada? Porqué si basta

con decir SI A TODO, mejor que lo

haga alguien que no tiene ni idea

de seguridad, no vaya a ser que si

ha realizado algún servicio, o

simplemente tenga la T.I.P. se

niegue a firmar la ignominia a la

que se ha llegado.

Por qué tanta prisa? Esto es lógico,

puesto que ahora la patronal del

sector de la seguridad privada

acaba de recibir como un mazazo

una Sentencia de la Audiencia

Nacional que le obliga a pagar los

pluses variables también en

vacaciones y tras echar cuentas de

lo que nos adeudan a todos los

vigilantes, se han apresurado a

llamar a sus “sindicatos de

cabecera” para ver cómo dar por

el saco otra vez a los vigilantes y

que sean nuestras espaldas las

que carguen con el peso

económico de una Sentencia que

LOS VIGILANTES HABÍAMOS

GANADO.

UGT, CC.OO y USO se aprestaron

al rescate de las empresas y en

tres días “de negociaciones” ya

habían acordado un Nuevo

Convenio de Seguridad con vigor

hasta el 31 de diciembre de 2016,

en el que se distribuyen las

cantidades que nos adeudan

según Sentencia de una forma en

la cual acabamos siendo

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perjudicados , de nuevo, en

nuestros bolsillos.

Estos sindicatos lo saben y han

accedido a ello en tiempo record,

volviendo a ser cómplices de una

estafa, enmascarada tras la firma

de un Convenio Bastardo que nos

avergüenza como vigilantes y nos

apena por lo bajo que llegan a

caer determinadas personas

firmantes, en su intento de hacer

méritos para, en un futuro no muy

lejano, pasar a engordar las listas

de sindicalistas que se pasan a

puestos directivos en las empresas

de seguridad, y esto claro, hay que

ganárselo a pulso firmando

Convenios como este. Más mérito

para ellos si incluso ningunean

Sentencias de la propia Audiencia

Nacional en favor de los

trabajadores.

Tan escandaloso ha sido esta vez,

(no por el fondo, ya que siempre

aceptan lo que la patronal les

manda, sino por las formas) el

despropósito ha llegado a tal

punto, que todos los miembros de

Comité de empresa, Delegados de

Personal y Delegados Sindicales

afiliados o adscritos a Comisiones

Obreras de Cantabria han enviado

un escrito a su Secretaría General

utilizando las siguientes duras

afirmaciones que transcribimos y

nos hacemos eco de ellas, por si

alguno de los que lleguéis a leer

estas líneas os sentís reflejados en

estas consideraciones, y os decidís

a hacer algo parecido en el resto

de zonas y en el resto de

sindicatos firmantes:

Comienzan diciendo estos

miembros de CC.OO: “Que tras el

fracaso de gestión hace ahora un

año en la decisión de firmar un

lamentable convenio, que en su

momento fue sujeto a crítica

general por parte de casi todos los

responsables territoriales de

seguridad privada, en esta ocasión

de nuevo se ha actuado desde la

Secretaría de Negociación

Colectiva con oscurantismo y

negociando un convenio a

espaldas del Grupo de Seguridad

Privada Estatal”.

Siguen manifestando su crítica a

CC.OO. manifestando lo siguiente:

“ Calificamos a su vez de

indecente que Comisiones

Obreras haya podido mercadear

una Sentencia de la Audiencia

Nacional, repercutiendo en el

Preacuerdo (ya acuerdo firmado)

con APROSER, UGT y USO los

costes que conlleva dicha

Sentencia para las empresas de

seguridad, de nuevo, en los

bolsillos de los vigilantes de

seguridad del país, creando

inseguridad jurídica para futuras

demandas y una imagen

lamentable de poca ética sindical”.

Finalizan su escrito con las

siguientes palabras: “Así pues,

compañeros, os reiteramos por la

presente nuestra repulsa de la

firma por parte de Comisiones

Obreras de Construcción y

Servicios de este lamentable

Convenio hasta el 31 de diciembre

de 2016 y nuestra intención de no

volver a participar más de ningún

pseudogrupo de trabajo estatal

mientras estén al cargo del mismo

las personas citadas al inicio del

presente escrito, órgano no

obstante ausente de contenido y

capacidad consultiva o de

decisión, más que para utilizarlo

tomando decisiones sin tener en

cuenta los intereses de los

trabajadores de la seguridad

privada”.

Si cundiera el ejemplo ¡que poco

les quedaría en su poltrona a los

altos cargos de estos sindicatos,

aspirantes a empresarios en

cuanto les dan la oportunidad!

Desde CSIF estamos muy

contentos de que en

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determinadas Comunidades

Autónomas ya no sean tan sólo los

militantes de base los que

protesten por los apaños de sus

representantes de UGT, CC.OO y

USO, sino que sean los propios

miembros del Comité y Delegados

de Personal los que DESPIERTEN y

se den cuenta de que los

negociadores de estos Convenios

a la medida de la Patronal, tanto

de UGT, como de CC.OO y de USO

“NO REPRESENTAN MÁS QUE A

SUS PROPIOS INTERESES”.

II.A- ANTECEDENTES JURÍDICOS

La Audiencia Nacional adopta la

jurisprudencia establecida por el

tribunal de Justicia de la Unión

Europea reconociendo que “la

paga de vacaciones del trabajador

debe incluir la retribución

variable”.

Lo fundamenta en la obligación de

las legislaciones nacionales de

adoptar las Directivas

Comunitarias, en este caso

concreto el artículo 7.1 de la

Directiva 2003-1998-CE, en la

interpretación dada por la

doctrina comunitaria:

STJCE de 16 de marzo de 2006

(Robinson-Steele): “mientras

duran las vacaciones anuales,

debe mantenerse la retribución y,

en otras palabras, que el

trabajador debe percibir la

retribución ordinaria por dicho

período de descanso”.

STJCE de 20 de enero de 2009

(Schultz-Hoff): “el objetivo de

retribuir las vacaciones es colocar

al trabajador, durante las citadas

vacaciones en una situación que,

desde el punto de vista salarial,

sea comparable a los períodos de

trabajo”.

STJUE de 15 de septiembre de

2011 (Williams y otros): “ninguna

disposición o práctica nacional

puede excluir las comisiones de las

vacaciones, lo cual ha de

entenderse a cualquier otra

retribución variable que se

devengue durante la jornada

ordinaria”.

STJUE de 22 de mayo de 2014 (C-

539/12 de 22 de mayo): Establece

de modo rotundo que “cualquier

disposición o práctica nacional que

excluya las comisiones de la

retribución de las vacaciones se

opone al artículo 7.1 de la

Directiva 2003-1998-CE”.

Tras la sentencia del Tribunal de

Justicia de la Unión Europea de 22

de mayo de 2014, la Audiencia

Nacional Española hace una

extensión interpretativa de la

misma y dicta sentencia de fecha

17 de septiembre de 2014 por la

que declara que “las empresas

también estarán obligadas a pagar

pluses y variables durante

vacaciones con independencia de

lo que los convenios o pactos

pudieran prever”.

La Audiencia viene a reproducir lo

establecido en el Convenio 132 de

la OIT y en la Directiva 2003/1998

de la Comunidad Europea. Así las

cosas y siguiendo lo estipulado en

esta sentencia “toda persona que

tome vacaciones percibirá por lo

menos su remuneración normal o

media incluyendo variables y todo

tipo de pluses”.

Otro punto muy importante que

recoge la citada Sentencia de la

Audiencia Nacional en su

fundamentación jurídica es que

“un Convenio Colectivo,

subsumible necesariamente entre

las disposiciones y prácticas

nacionales, a tenor de lo dispuesto

en el artículo 3.1.b) del Estatuto

de los Trabajadores, no puede

vulnerar lo dispuesto en el artículo

7.1 de la Directiva 2003/88/CE, y

debe incluir en la retribución

vacacional las retribuciones

variables devengadas durante la

jornada ordinaria”. Para la

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Audiencia Nacional, el precepto

comunitario interpretado por el

TJCE y recogido en su sentencia C-

539/12 de 22 de mayo, debe

primar frente a las legislaciones o

prácticas nacionales que lo

contradigan.

Con esta sentencia se deja de lado

el criterio que hasta el momento

seguía la doctrina y la

jurisprudencia del Tribunal

Supremo de acuerdo al cual se

permitía que las empresas

excluyeran por convenio colectivo

o mediante acuerdo individual

aquellos conceptos retributivos

que no se tomarán para el cálculo

de la retribución percibida durante

el periodo de disfrute de

vacaciones.

Por fin, la Audiencia Nacional

anula el artículo 45.2 de nuestro

Convenio, el que regula lo que

debemos percibir durante nuestro

periodo de vacaciones y obliga a

las empresas "a incluir en la

retribución de las vacaciones,

además de los conceptos incluidos

en la Tabla de retribuciones del

anexo, los demás complementos

de puesto de trabajo contenidos

en el art. 66.2 del convenio".

Pluses: Nocturno, Festivo,

Radioscopia, Jefe de Equipo, etc.,

El espíritu de la sentencia está

claro: las empresas deberían

abonarnos un mes más de pluses

de los que se nos estaban

abonando (12 meses en lugar de

11) Pero UGT, CC.OO y USO

pervierten el fondo de la sentencia

y realizan el apaño torticero de

dividir la cantidad total

correspondiente a esos 11 meses

en 12.

Así la cantidad que nos van a

pagar es la misma pero dividida en

12 meses en vez de en 11.La

patronal se burla de la Audiencia

a través de los sindicatos que lo

permiten.

No encontramos una razón legal,

ni ética que fundamente esta

actuación del banco sindical en la

mesa negociadora. El tiempo nos

dirá que tal les ha ido a los

firmantes y si se jubilarán en su

sindicato o en alguna empresa de

seguridad que les deba favores.

Este ha sido gordo!!!

II.B- REFLEXIÓN

Se había conseguido que la

Audiencia Nacional cambiase el

criterio mantenido hasta ahora,

dado la razón a los Vigilantes de

Seguridad frente al gigante

empresarial, que iba a tener que

rascarse el bolsillo y pagar a todos

los Vigilantes lo nos fue hurtado

en la firma de anteriores

Convenios.

Esto que parece estar claro,

cristalino, se vuelve negro,

negrísimo cuando la patronal

llama a consultas a sus sindicatos

UGT, CC.OO. y USO y suponemos

que les expone con sus palabras:

“que la parte empresarial no se va

a hacer cargo de estos costes, a

ver como lo arreglamos, y

rapidito, que algunos sindicatillos

que no son de nuestra cuerda

están moviéndose rápido para

empezar a presentar demandas

colectivas, y nos van a joder los

excelentes resultados económicos

que estamos obteniendo.”.

Extractamos de forma textual la

Nota de Prensa colgada

públicamente en la web

corporativa de una de las

Compañías más importantes del

sector, (cuyos resultados sin ser

extrapolables a todas las

empresas, sí que demuestran que

la tan utilizada crisis ya no sirve

como excusa para continuar con

todos los recortes que nos han ido

haciendo tragar estos últimos

años) y que refleja la buena salud

económica de nuestra patronal:

NOTA DE PRENSA

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Madrid, 30 de abril de 2015. –

Prosegur, una de las empresas de

referencia del sector de la

seguridad privada en el mundo, ha

registrado, durante el primer

trimestre de 2015, un beneficio

neto consolidado de 47 millones

de euros, lo que supone un

incremento del 18,4 por ciento

con respecto al mismo periodo del

año anterior.

El EBIT -resultado operativo antes

de intereses e impuestos-, que

asciende a 83 millones de euros,

registra un crecimiento cercano al

7 por ciento. En relación con la

facturación de la Compañía

durante este periodo, Prosegur ha

alcanzado unos ingresos de 968

millones de euros, un incremento

superior al 9 por ciento con

respecto a 2014.

Por zonas geográficas, las ventas

en Europa y Asia-Pacífico han

aumentado un 1,5 por ciento con

respecto al mismo periodo del

pasado año hasta registrar unos

ingresos de 382 millones de euros,

en línea con la economía de esta

región. En concreto, en el

mercado de Asia-Pacífico,

Prosegur ha continuado

fortaleciendo su actividad con un

crecimiento superior al 17 por

ciento.

Por otro lado, en Iberoamérica, la

facturación en los tres primeros

meses del año ha alcanzado los

586 millones de euros, lo que

supone una mejora de más de un

15 por ciento. Por su parte, el área

que comprende Argentina,

Paraguay y Uruguay ha

aumentado sus ventas en un 48

por ciento y Chile, con un

incremento de más del 14 por

ciento, es otro de los mercados

que mejor se ha comportado.

Crecimiento en las tres líneas de

negocio

Para ello, la Compañía cuenta

actualmente con tres líneas de

negocio; Soluciones Integrales de

Seguridad (SIS), que combina los

servicios de Vigilancia y

Tecnología, Logística de Valores y

Gestión de Efectivo y Alarmas.

Así, durante este año, Prosegur ha

obtenido en el negocio de SIS una

facturación de 480 millones de

euros, un 7,2 por ciento más que

en el periodo anterior. Por

regiones, en Europa y Asia-

Pacífico, los ingresos de esta

actividad se mantienen en línea

con el primer trimestre del año

pasado hasta los 228 millones de

euros. En Iberoamérica, la

Compañía ha facturado 251

millones de euros, un 14,5 por

ciento más.

Con respecto al área de Logística

de Valores y Gestión de Efectivo,

Prosegur ha alcanzado unas

ventas de 437 millones de euros,

lo que representa un incremento

de un 11 por ciento con respecto

al primer trimestre de 2014. En

Europa y Asia-Pacífico, los ingresos

han aumentado un 3 por ciento,

hasta los 127 millones de euros,

especialmente debido al negocio

en Alemania y Australia, países en

los que Prosegur es un operador

referente en este sector de

actividad. En Iberoamérica, la

facturación se sitúa en 310

millones de euros, lo que supone

un 14,6 por ciento más.

En cuanto al negocio de Alarmas,

al que Prosegur está dando un

fuerte impulso, la Compañía ha

obtenido unos ingresos de 52

millones de euros, un 17,4 por

ciento más que en el mismo

periodo del pasado ejercicio. En

Europa, Prosegur, ha facturado 26

millones de euros, casi un 7 por

ciento más, mientras que en

Iberoamérica, las ventas alcanzan

los 25 millones de euros, lo que

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representa cerca de un 31 por

ciento de incremento con

respecto a 2014.

FELICIDADES TRIDENTE Y

APROSER, OS VA FENOMENAL

JUNTITOS!

QUE CANTIDADES

ASTRONÓMICAS DE BENEFICIO!

HABRA PARA TODOS

NO?........................ O LOS

VIGILANTES SOMOS DE OTRO

SECTOR.

¿No somos los vigilantes los que

permitimos todo ese beneficio con

nuestros sueldos de hambre,

nuestras noches en vela, nuestros

largos períodos de tiempo sin ver

a nuestras familias ni atender a

nuestros hijos como se merecen?

¿Os pensáis que somos tontos o

qué?.

VERGÜENZA UGT, VERGÜENZA

CC.OO. Y VERGÜENZA USO por

sentarse a la mesa de negociación

y firmar un Convenio en que se

nos hurtan nuestros derechos y

volvemos a perder poder

adquisitivo.

¿COMO SE PUEDE CAER TAN

BAJO?, Y LO MÁS SANGRANTE

¿COMO SE PUEDE TENER EL

CUAJO DE INTENTAR VENDER EL

NUEVO CONVENIO COMO UN

LOGRO SINDICAL, SI LO HAN

FIRMADO CUANDO, DONDE Y EN

TODOS LOS TÉRMINOS QUE HA

QUERIDO LA PATRONAL?

III. DESMONTANDO LAS

EXPLICACIONES DE UGT, CC.OO. y

USO

APROSER de la mano de UGT,

CC.OO y USO ha urdido en tiempo

record un nuevo Convenio

Colectivo de Seguridad Privada

cuya vigencia iría del 1 de julio de

2015 al 31 de diciembre de 2016.

Algunos de los aspectos

fundamentales de este nuevo

convenio y que nos venden como

un triunfo sindical (ya son capaces

de todo) son:

– Aumento de un 0,7% en las

tablas salariales desde 1 de enero

de 2016.

Vaya “aumento”, vamos a ser la

envidia de Europa. Hace muy poco

tiempo UGT y CC.OO se ponían

medallas ante nosotros al acordar

junto a las patronales CEOE y

CEPYME una subida salarial del 1%

para 2015 y del 1,5% para 2016.

Bravo Negociadores!!!! Vuestros

afiliados y votantes estarán muy

orgullosos.

– Incremento en la tabla salarial,

desde el 1 de julio de 2016 del

importe equivalente a los pluses

de transporte y vestuario que

fueron eliminados de las pagas

extraordinarias, como

consecuencia de la renegociación

del Convenio en el año 2013 (en el

caso del vigilante de seguridad

representó 282€, lo que significa

que en 2016 se recuperarían 141€

y en años sucesivos ya se

percibiría el importe completo)

abonándose en cada mensualidad

(lo que en la práctica significa

23,5€ mensuales)

Al menos reconocen que en la

“renegociación del Convenio

2013” nos vendieron de nuevo,

aceptando que la patronal nos

hurtara los pluses de transporte y

vestuario de las pagas extras. CON

SU FIRMA Y A CAMBIO DE NADA.

Ahora no vamos a recuperar la

totalidad de lo que se nos adeuda,

sino una parte y repartida en

migajas, lo que es un insulto.

Con los Beneficios que están

teniendo las empresas, aunque los

sindicatos de casta nos digan una

y otra vez: “pobres empresas que

crisis tan brutal están sufriendo,

los vigilantes tenemos que

apretarnos el cinturón”. ¡Qué

cojonazos!

Llevamos tan apretado el cinturón

con vuestros Convenios a la carta

de las empresas que algún

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vigilante ya está endeudado de

por vida, no ha podido pagar los

estudios de sus hijos o ha tenido

que malvender su casa para que

no se la quedara el banco.

TODO POR VUESTRA CULPA, YA

NO PODEMOS MÁS!!! VENDIDOS

!!!!

– Modificación del artículo 45,

asumiendo el contenido de la

sentencia de la Audiencia Nacional

sobre los pluses en vacaciones y

retirada del recurso planteado

ante el Tribunal Supremo contra

dicha Sentencia.

Asumiendo el contenido y el coste

que representa la Sentencia

quién? NOSOTROS OTRA VEZ

JODER!!. Si lo fuesen a asumir las

empresas no os hubieran llamado

tan rápido para que firmaseis el

Convenio de la vergüenza.

– Modificación del valor de los

pluses del artículo 69, de tal forma

que se reparta el importe fijado

inicialmente en el Convenio para

11 meses en 12.

Lo dicho anteriormente. Por

ejemplo:

Tomemos hipotéticamente el plus

de puesto de trabajo 100€/mes x

11 meses = 1.100€

La Sentencia obliga a pagar los

pluses también en vacaciones, es

decir sumar 100€ más.

Esto daría en TOTAL 1.100 + 100

(del mes de vacaciones) = 1.200€

QUE HAN FIRMADO UGT, CC.OO. y

USO para que no nos paguen los

pluses de ese mes?:

Pues dividir esos 1.100€ en 12

mensualidades = 91,6€/mes

ENTONCES DONDE ESTÁN LOS

100€ QUE NOS RECONOCE LA

AUDIENCIA?. Han dado la vuelta a

la Sentencia, sin cumplir el espíritu

de la misma.

Pensad que además del plus de

puesto de trabajo a cada

trabajador le pueden

corresponder cobrar unos pluses u

otros, pero puede darse el caso de

que a algún compañero le estén

dejando de pagar gracias al

tridente, hasta 500 euros.

– Introducción de una disposición

transitoria para el cálculo de los

pluses a abonar en las vacaciones

disfrutadas del 1 de julio de 2015

al 30 de junio de 2016, al confluir

dos regulaciones diferentes.

No harían falta disposiciones

transitorias si las empresas

acataran la Sentencia y nos

devolvieran lo que es nuestro y

nos han dejado de pagar. No en

migajas repartidas en varios

ejercicios para salvar sus cuentas,

sino inmediatamente.

Como no paramos de repetir

desde CSIF las Sentencias están

para cumplirlas.

Además, como hemos visto

anteriormente, con los beneficios

que están obteniendo es

enfermizo no devolvernos lo que

para ellos casi sería una limosna.

Pero como UGT, CC.OO y USO se

lo permiten y además se lo ponen

ponen en bandeja, pues ni

limosna.

– Incorporación de una cláusula de

garantía en términos que

penalicen a cualquier empresa

que proceda a elaborar un

convenio colectivo propio, o

utilizar cualquier mecanismo de

inaplicación del Convenio

Colectivo Sectorial, con el ánimo

de no hacer frente a estos

incrementos.

Esta cláusula es para reírse de

nosotros otra vez. La patronal

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llama a sus sindicatos cuando

quiere, prorroga y recorta

vigencias de Convenios a voluntad,

bajo la amenaza de despidos y

más recortes (no para los

sindicalistas firmantes

suponemos), quita pluses, deja de

contar como tiempo trabajado el

día de asuntos propios, y ahora

estos sindicatos firman como

triunfo sindical una “cláusula de

garantía”, DE GARANTÍA DE QUÉ!!

SI NO SABEIS HACER CUMPLIR NI

LAS SENTENCIAS DE LA AUDIENCIA

NACIONAL.

POSTURA DEL SINDICATO

INDEPENDIENTE CSI-F

En primer lugar, El “presunto

aumento de un 0,7% en las tablas

salariales desde el 1 de enero de

2016” es claramente insuficiente.

La excusa de la crisis y la política

del miedo basada en recortes y

ERES ya no caben. Las empresas

están obteniendo en estos últimos

ejercicios unos enormes

beneficios, al menos las firmantes

(junto a sus sindicatos) de este

último simulacro de Convenio

Colectivo, hablamos de APROSER.

En segundo lugar, la retirada del

recurso frente a la Sentencia de la

Audiencia Nacional planteado

ante el Tribunal Supremo por la

patronal, no es un logro sindical,

es de pura lógica.

Ese recurso sólo quería retrasar el

momento del pago, puesto que la

Sentencia de la Audiencia fundada

en doctrina comunitaria no iba a

ser enmendada por el Supremo,

que también está sujeto a hacer

cumplir las Directivas

Comunitarias.

La patronal ha podido pensar:

“mantener el problema de la

deuda pendiente con mis

empleados me penaliza en bolsa y

frente a mis accionistas. Además

en un futuro tendré que devolver

más cantidad, pues la cantidad

debida va aumentando. Llamaré a

mis amigos de UGT/CCOO/USO”.

Chicos que os parece si difiero el

pago en varios ejercicios fiscales y

además empiezo a pagarles los

pluses desde julio de 2016?

(Parece fácil decirlo pero hay que

echarle huevos sólo para atreverte

a plantear ese despropósito, claro

que si pensamos en que

monigotes tenían delante, es

posible que ahora están pensando

que nos podían haber jodido más

y el tridente hubiese tragado

igual).

Pero INSISTIMOS, en una

negociación, tu das, yo doy, tu

cedes, yo cedo, pero NO HA

HABIDO NEGOCIACIÓN. Si alguien

ha sacado algo de este teatrillo no

han sido los vigilantes de

seguridad, han sido las empresas,

pero… alguien más habrá obtenido

algo a cambio?…….. el tiempo lo

dirá.

En tercer lugar: No vamos a

recuperar el total de todos los

pluses variables ni complementos

que desde 2013 nos quitarán el

tridente y la patronal, firmando

una revisión del Convenio con el

engaño de “pobrecitas las

empresas que mal les va, nos van

a tener que despedir”.

Además, Porqué tenemos que

esperar a julio de 2016 para

recuperar las cantidades

correspondientes a los pluses de

transporte y vestuario? Que tenía

de malo el 1 de enero de 2016. No

les venía bien a las empresas?

Pues podían haber pensado estos

negociadores de UGT, CC.OO. y

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USO que a nosotros los vigilantes

sí. Pero eso ya hubiese sido

“rechistar”.

En cuarto lugar: “La modificación

del valor de los pluses del artículo

69, de tal forma que se reparta el

importe fijado inicialmente en el

Convenio para 11 meses en 12 es

un insulto, como ya hemos

explicado.”

En lugar de pagarnos los pluses en

el mes de vacaciones como les

exige la Audiencia, nos dividen los

pluses de once meses en doce, y

así, ¡ya cobras también en

vacaciones!. Que vergüenza!!

En quinto lugar: la incorporación

de una “cláusula de garantía” para

las empresas que no cumplan el

Convenio. No merece ni

comentario. Se llevan pasando por

el forro esas cláusulas desde que

UGT, CC.OO y USO están en la

mesa negociadora.

Esa cláusula se lleva incorporando

hace tiempo en todos los

Convenios y ahora como estos

sindicatos NO HAN CONSEGUIDO

NADA Y HAN TRAGADO CON

TODO, pues nos venden la

introducción de esta cláusula

como algo novedoso. Que genios!!

Porque no se han atrevido ni

siquiera a plantear lo que la

mayoría de los trabajadores llevan

demandando mucho tiempo:

Recuperar el poder adquisitivo

perdido durante años, que grosso

modo ronda entre el 35 y el 40%

de nuestro salario.

Hacer constar que las Sentencias

en contra de las empresas no

pueden repercutirse sobre los

vigilantes de seguridad. Si ahora

reclamamos alguna otra cosa,

¿qué debemos pensar? Que si

ganamos, las empresas llamarán al

tridente y arreglado? Vaya futuro

nos espera con los

pseudosindicatos empresariales.

Cada día nos exigen más

especialización y nos dan más

atribuciones y responsabilidades,

que tal introducir algún plus

especial para esas

“especialidades” que nos obligan a

acreditar mediante cursos o

experiencia? O era pecado?

Pero claro, estos son temas que se

pueden plantear en una mesa de

negociación de verdad, con

negociadores que defiendan sus

posturas y a sus representados, en

lugar del espantajo escenificado

por “APROSER, UGT, CC.OO y

USO” que no tiene ninguno de los

principios básicos que debe tener

una negociación. “

Para firmar este Convenio sin

discutir ni una coma, no tenían ni

que haberse desplazado a Madrid,

a gastar el dinero de los afiliados,

o de las subvenciones. Me

olvidaba de las subvenciones, que

estos sindicatos a diferencia de

CSIF que no tiene, el tridente se lo

lleva crudo.

Firmantes todos, esperamos que

desayunarais, comierais y cenarais

muy bien, que los asientos del AVE

os los sacaran con ventanilla y que

disfrutarais los servicios que las

empresas pusieran a vuestra

disposición. PORQUE IR SOLO A

JODER, a los vigilantes, claro, es

tontería.

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