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Nota Interna Ref.: 2018/38 Fecha: 14 de noviembre de 2019 A: De: Área Servicios Administrativos CYII ASUNTO: RECTIFICACIÓN DE ERRORES DEL INFORME DE VALORACIÓN DE OFERTAS PUBLICADO, EXPEDIENTE N.º 2018/38, DEL CONTRATO DE “RENOVACIÓN DE LA RED WIFI EN LOS TEATROS DEL CANAL”. En relación al asunto de referencia, se procede a informar lo siguiente: Con fecha 8 de noviembre de 2019 se publicó el informe de valoración de ofertas del Contrato “RENOVACIÓN DE LA RED WIFI EN LOS TEATROS DEL CANAL”, número 2018/38. Tras la constatación de un error en el cálculo de las ofertas anormalmente bajas en relación con el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se procede a subsanar el citado informe mediante la presente publicación, en los siguientes términos: El procedimiento 2018/38 es un procedimiento abierto simplificado con pluralidad de criterios que prevé la adjudicación del contrato a la oferta que, en su conjunto, presente la mejor oferta mediante la aplicación de los criterios establecidos en el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. La empresa I.C.A. INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES AVANZADAS S.L y la empresa TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U. no han sido tomadas en consideración en el procedimiento de licitación referido, debido al incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, de conformidad con el apartado 6 del Anexo I del PCAP. Por tal motivo y, según lo establecido en el apartado 8.1 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el cálculo de las ofertas anormalmente bajas debía realizarse conforme a la concurrencia de dos licitadores admitidos en el procedimiento y no conforme a la concurrencia de cuatro licitadores presentados al mismo. Asimismo, en virtud de lo anterior, las ofertas se considerarán anormalmente bajas cuando, concurriendo dos licitadores o más, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. En consecuencia, se procede a remitir el informe suscrito por el Área de Servicios Administrativos en fecha 25 de septiembre de 2019, publicado en el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid en fecha 8 de noviembre de 2019, rectificado:

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Nota Interna

Ref.: 2018/38 Fecha: 14 de noviembre de 2019 A: De: Área Servicios Administrativos CYII

ASUNTO: RECTIFICACIÓN DE ERRORES DEL INFORME DE VALORACIÓN DE OFERTAS PUBLICADO, EXPEDIENTE N.º 2018/38, DEL CONTRATO DE “RENOVACIÓN DE LA RED WIFI EN LOS TEATROS DEL CANAL”.

En relación al asunto de referencia, se procede a informar lo siguiente:

Con fecha 8 de noviembre de 2019 se publicó el informe de valoración de ofertas del Contrato “RENOVACIÓN DE LA RED WIFI EN LOS TEATROS DEL CANAL”, número 2018/38. Tras la constatación de un error en el cálculo de las ofertas anormalmente bajas en relación con el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se procede a subsanar el citado informe mediante la presente publicación, en los siguientes términos:

El procedimiento 2018/38 es un procedimiento abierto simplificado con pluralidad de criterios que prevé la adjudicación del contrato a la oferta que, en su conjunto, presente la mejor oferta mediante la aplicación de los criterios establecidos en el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

La empresa I.C.A. INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES AVANZADAS S.L y la empresa TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U. no han sido tomadas en consideración en el procedimiento de licitación referido, debido al incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, de conformidad con el apartado 6 del Anexo I del PCAP.

Por tal motivo y, según lo establecido en el apartado 8.1 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el cálculo de las ofertas anormalmente bajas debía realizarse conforme a la concurrencia de dos licitadores admitidos en el procedimiento y no conforme a la concurrencia de cuatro licitadores presentados al mismo. Asimismo, en virtud de lo anterior, las ofertas se considerarán anormalmente bajas cuando, concurriendo dos licitadores o más, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.

En consecuencia, se procede a remitir el informe suscrito por el Área de Servicios Administrativos en fecha 25 de septiembre de 2019, publicado en el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid en fecha 8 de noviembre de 2019, rectificado:

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Asunto: Valoración de las ofertas presentadas al Contrato n.º 2018/38 de “RENOVACIÓN DE LA RED WIFI EN LOS TEATROS DEL CANAL”.

El procedimiento 2018/38 es un procedimiento abierto simplificado con pluralidad de criterios que prevé la adjudicación del contrato a la oferta que, en su conjunto, presente la mejor oferta mediante la aplicación de los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas, establecidos en el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Tras la apertura de ofertas del día 18 de septiembre de 2019, las propuestas económicas de los respectivos ofertantes fueron las siguientes:

Propuesta económica

N.º Proponente Importe Total Euros,

excluido el IVA

1 UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U. 50.982,34 €

2 BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U.

44.832,91€

3 I.C.A. INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES AVANZADAS S.L.

54.280,72€

4 TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y

COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U. 53.274,57€

Asimismo, las ofertas presentadas por los licitadores en el procedimiento de licitación han sido valoradas conforme a los siguientes términos:

1. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS CON RELACIÓN A LOS CRITERIOS EXIGIDOS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES Y EN EL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES.

De conformidad con el apartado 6 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, los licitadores debían presentar sus ofertas según las siguientes especificaciones técnicas:

“6.- Formato de las especificaciones técnicas:

Los licitadores deberán incluir en el sobre nº1 de sus ofertas sus especificaciones técnicas de conformidad con el siguiente formato:

- El formato de la oferta técnica se presentará en dispositivo CD en pdf, en formato que permita búsquedas para las respuestas al pliego. Los folletos: se admite pdf sin capacidad de búsquedas.

- El contenido y organización de las ofertas se ajustará a los apartados descriptivos detallados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

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- El formato de la oferta técnica contendrá al menos la siguiente información:

1. Muy breve descripción de la entidad licitadora.

2. Breve descripción de la ejecución de los trabajos descritos en el pliego, así como los aspectos de organización y logística necesaria para poder realizarlos.

3. Plan de ejecución de proyecto:

a. Definición de proyecto, gestión documental, replanteos, viabilidades, estudio del terreno, riesgos etc.

b. Cronogramas y plan de trabajo

c. Medios técnicos y humanos

d. Plan de seguimiento y certificación del proyecto

e. Discrepancias técnicas al pliego

4. Planes de Gestión de Incidencias.

5. Disponibilidad de los recursos humanos.

6. Medios materiales y repuestos: disponibilidad y garantías.

7. Materiales, accesorios y medios técnicos: relación de primeras marcas que se emplearán en la ejecución del servicio.

8. Plan de gestión de personal.

9. Plan de medidas preventivas, seguridad y salud.

10. Plan medioambiental.

Se incluirá la parte del Contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, en los términos indicados en la cláusula 24.

Los licitadores no deberán incluir en sus especificaciones técnicas ninguna documentación relativa al precio ni a los criterios técnicos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.

La oferta que no cumpla las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas no será tomada en consideración en el presente procedimiento de licitación”.

Tras el análisis de las especificaciones técnicas contenidas en las ofertas presentadas por las empresas en el procedimiento referido, se ha comprobado que las siguientes empresas no cumplen con los requisitos mínimos requeridos para el Firewall, de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante PPT), tal y como se detalla a continuación:

En el Anexo I del PPT referido, se establece las siguientes unidades mínimas:

“FIREWALL.

Requisitos mínimos que cumplir por el firewall.

Rendimiento

Capacidad del cortafuegos (UDP 1518 B) 3,5 Gbps

Capacidad de IPS (UDP 1518 B) 2,4 Gbps

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Capacidad IPS (1 Mo HTTP) 800 Mbps

Capacidad antivirus 300 Mbps

Conectividad de Red

Núm. máx. de sesiones simultáneas 300 000

Núm. de nuevas sesiones por seg 18 000

VPN

Capacidad IPSec (AES128 – SHA1) 600 Mbps

Núm. máx. de túneles VPN IPSec 100

Núm. de clientes VPN SSL simultáneos 20

Conectividad

Interfaces 10/100/1000 8”

La empresa I.C.A. INFORMATICA Y COMUNICACIONES AVANZADAS, S.L., en el formato de especificaciones técnicas presentado, no cumple con el requisito mínimo exigido, ya que las unidades ofertadas por el licitador son las siguientes:

“FortiGate® 80E Series

FortiGate 80E, 80E-POE, 81E and 81E-POE:

(…)

Maximum Number of FortiTokens: 500

Maximum Number of Registered FortiClients: 200

Asimismo, La empresa TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U. en el formato de especificaciones técnicas presentado, no cumple con el requisito mínimo exigido, ya que las unidades ofertadas por el licitador son las siguientes:

“7.2.1 Firewalls: Fortinet - FortiGate® 100F Series

(…)

Rendimiento del sistema:

o Firewall Throughput (paquetes de 1518 / 512 / 64 byte UDP) 20 / 18 / 10 Gbps

o Latencia (paquetes de 64 byte UDP ) 5 μs

o Firewall Throughput (Paquetes por segundo) 15 Mpps

o Sesiones simultáneas (TCP) 1.5 Million

o Nuevas sesiones/segundo (TCP) 56,000

o Políticas de Firewall 10,000

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o IPsec VPN Throughput (512 byte) 11.5 Gbps

o Gateway-to-Gateway IPsec VPN Tunnels 2,500

o Client-to-Gateway IPsec VPN Tunnels 16,000”.

En virtud de lo anterior y según lo establecido en el apartado 6 del Anexo I del PCAP referido, no son tomadas en consideración en el presente procedimiento de licitación debido al incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el PPT, la oferta presentada por las siguientes empresas:

➢ I.C.A. INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES AVANZADAS S.L

➢ TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U.

2. ANÁLISIS DE LAS POSIBLES OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS

En consecuencia de lo expuesto en el punto anterior, las ofertas se considerarán anormalmente bajas cuando, concurriendo dos licitadores, la oferta que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta presentada, según lo establecido en el apartado 8.1 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

El valor estimado del contrato es 60.500,00 euros, que reducido en 20 unidades porcentuales asciende a 40.785,57 euros.

Por consiguiente, ninguna de las ofertas admitidas en el procedimiento de licitación se considera anormalmente baja.

3. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

De acuerdo con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I del PCAP, los criterios que han de servir de base para la adjudicación del Contrato son los siguientes:

A) Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas 100 puntos

A) 1. Valoración económica………………70 puntos

A) 2. Criterios técnicos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas 30 puntos:

A) 2.1. Ampliación del número de AP’s. 9 puntos

Se valorará la inclusión en la oferta de otros AP’s, de las mismas características técnicas incluidas en la solución técnica ofrecida, que podrán ser instalados en espacios diferentes a los indicados en el pliego técnico, pero dentro de los edificios indicados, o para disponer de un número de ellos como repuesto.

A) 2.2. Ampliación del plazo de garantía 9 puntos

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Se valorará la ampliación del periodo de garantía mínimo indicado en el pliego para cada uno de los conceptos:

Ampliación de la garantía sobre la instalación de cableado estructurado y demás componentes, siendo la garantía mínima indicada en el pliego de 24 meses.

Ampliación de la garantía mínima de 24 meses sobre los equipos electrónicos (electrónica de red, AP’s).

2.3 A) Ampliación del número de usuarios garantizados 12 puntos

Se valorará la ampliación del número de usuarios garantizados con conexión simultánea utilizando la WIFI instalada en cada una de las zonas:

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta -1.

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 0. 30 puntos.

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 1. 8 puntos.

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 2. 17 puntos.

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 3. 6 puntos.

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 4. 13 puntos.

Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 5. 20 puntos.

3.1. VALORACIÓN ECONÓMICA

En el análisis económico prima en orden decreciente el precio más bajo teniendo este la valoración máxima, es decir, 70 puntos y se establece la siguiente fórmula:

Vi = 70 * Pmin / Pi

Donde:

Vi = Valoración correspondiente a la oferta i

Pi = Precio propuesto por la empresa i, en €.

Pmin = Precio mínimo ofertado, en €

Teniendo en cuenta las ofertas presentadas en el procedimiento de referencia, aplicando la fórmula mencionada, se obtiene:

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A) 1. Valoración económica

N.º Proponente

Importe ofertado

Total Euros,

excluido el IVA

Vi (Puntos)

1 BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U.

44.832,91€ 70 puntos

2 UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U.

50.982,34 61.56 puntos

3.2. VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS TÉCNICOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS

Para la valoración de los criterios técnicos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas, la Mesa de Contratación comprobó que la oferta presentada por el licitador BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U. se encontraba realizada mediante el establecimiento de un rango genérico comprendido entre un número de unidades mínimas y un número de unidades máximas, no quedando debidamente reflejadas las unidades concretas ofertadas, por lo que La Mesa acordó, mediante el Acta suscrito por la misma, en fecha 20 de septiembre de 2019, valorar con 0 puntos los criterios técnicos cuantificables del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, presentados mediante el rango genérico anteriormente referido. Habida cuenta de lo anterior, se hace constar que el presente informe de valoración ha sido realizado conforme al acuerdo adoptado por La Mesa, procediendo a valorar los criterios ofertados por la empresa BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U. con relación a las unidades propuestas por la misma.

Las fórmulas para la valoración de los criterios técnicos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas indicados en el apartado 8 A) 2 son las siguientes:

A) 3.2.1. Ampliación del número de AP’s. 9 puntos.

Para su cálculo se empleará la siguiente fórmula:

Vi= 9·Ai/Amax

Donde:

Vi= resultado de la puntuación de la oferta

Ai= número de Ap’s adicionales ofertado por la empresa

Amax= Número de AP’s adicionales de la máxima oferta presentada.

Aplicando estos criterios al valor ofertado por las empresas, se obtiene la siguiente valoración:

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A) 2.1. Ampliación número de AP’s

N.º Proponente Unidades ofertadas

Vi (Puntos)

1 BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U.

58 8.16

2 UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U.

60 8.44

B) 3.2.2. Ampliación del plazo de garantía. Hasta 9 puntos.

1. Ampliación de la garantía sobre la instalación de cableado estructurado y demás componentes, siendo la garantía mínima indicada en el pliego de 24 meses. Hasta 4,5 puntos. La fórmula de valoración aplicable es la siguiente:

Vi= 4,5·Ai/Amax

Donde:

Vi= resultado de la puntuación de la oferta

Ai= número de Ap’s adicionales ofertado por la empresa

Amax= Número de AP’s adicionales de la máxima oferta presentada.

2. Ampliación de la garantía mínima de 24 meses sobre los equipos electrónicos (electrónica de red, AP’s). Hasta 4,5 puntos.

La fórmula de valoración aplicable es la siguiente:

Vi= 4,5·Ai/Amax

Donde:

Vi= resultado de la puntuación de la oferta

Ai= número de Ap’s adicionales ofertado por la empresa

Amax= Número de AP’s adicionales de la máxima oferta presentada.

A) 2.2. Ampliación plazo de garantía

N.º Proponente Unidades ofertadas

2.2.1

Unidades ofertadas

2.2.2 Vi (Puntos)

1 BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U.

36

36 5.04

2 UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U.

300 36 9

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C) 3.2.3. Ampliación del número de usuarios garantizados 12 puntos

Se valorará la ampliación del número de usuarios garantizados con conexión simultánea utilizando la WIFI instalada en cada una de las zonas: • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta -1. 26 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Cafetería 40 usuarios, 13 puntos o Recepción sala roja y sala vip 20 usuarios, 13 puntos • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 0. 30 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Cantina 40 usuarios, 6 puntos o Oficinas 20 usuarios, 6 puntos o Sala Roja 20 usuarios, 6 puntos o Sala Verde 20 usuarios, 6 puntos o Camerinos 20 usuarios, 6 puntos • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 1. 8 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Aulas danzas 20 usuarios, 2 punto o Oficinas 20 usuarios, 3 puntos oCamerinos 40 usuarios, 3 puntos • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 2. 17 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Aulas danzas parte superior 10 usuarios, 5 puntos o Biblioteca y sala de prensa 40 usuarios, 7 puntos o Camerinos 40 usuarios, 5 puntos • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 3. 6 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Aulas danzas y despacho 40 usuarios, 6 puntos • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 4. 13 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Aulas danzas 40 usuarios, 4 puntos o Despacho 60 usuarios, 5 puntos

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o Comité 5 usuarios, 4 puntos • Ampliación del número de usuarios garantizados sobre el mínimo en cada estancia en la wifi instalada en Planta 5. 20 puntos. Los usuarios mínimos en cada estancia y el reparto de puntuaciones es: o Aulas danzas 40 usuarios, 4 puntos o Camerinos 20 usuarios, 4 puntos o Sala negra 40 usuarios, 4 puntos o Oficina 20 usuarios, 4 puntos o Despacho acristalado zona inferior 5 usuarios, 4 puntos

La fórmula de valoración aplicable es la siguiente:

Vi= 12·Q/Pmax

Donde:

Vi= resultado de la puntuación de la oferta

Q= cantidad de usuarios ofertados

Pmax= Puntuación máxima (120)

La máxima puntuación, 120, corresponderá al mayor número de usuarios de ampliación ofertado, 0 puntos a la proposición que no oferte ampliación del número de usuarios simultáneos y al resto de ofertas la puntuación que proporcionalmente corresponda aplicando una regla de tres simple directa sobre los usuarios de ampliación ofertados. El resultado obtenido se dividirá entre 10 para llegar al número de puntos de este apartado.

Aplicando estos criterios al valor ofertado por las empresas, se obtiene la siguiente valoración:

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PLANTA -1

CAFETERIA RECEPCIÓN SALA

EMPRESA OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS

BT 80-150 0 80-150 0

UNITRONICS 510 6,63 510 13

PLANTA 0

CANTINA OFICINAS SALA ROJA SALA VERDE CAMERINOS

EMPRESA OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS

BT 80-150 0 240-450 0 160-300 0 80-150 0 320-600 0

UNITRONICS 510 3,06 1530 6 1020 6 510 6 2550 6

PLANTA 1

AULA DANZAS OFICINA CAMERINOS

EMPRESA OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS

BT 160-300 0 160-300 0 560-1050 0

UNITRONICS 510 2 510 3 3750 3

PLANTA 2

AULA DANZAS BIBLIOTECA CAMERINOS

EMPRESA OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS

BT 160-300 0 400-600 0 560-1,5 0

UNITRONICS 1020 5 2040 7 3570 5

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PLANTA 3

AULA DANZAS

EMPRESA OFERTA PUNTOS

BT 240-450 0

UNITRONICS 1530 6

PLANTA 4

AULA DANZAS DESPACHO COMITÉ

EMPRESA OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS

BT 80-150 0 560-1,5 0 160-300 0

UNITRONICS 510 2,04 3570 5 1530 4

PLANTA 5

AULA DANZAS CAMERINOS SALA NEGRA OFICINA D. ACRISTALADO

EMPRESA OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS OFERTA PUNTOS

BT 160-300 0 240-450 0 160-300 0 80-150 0 80-150 0

UNITRONICS 510 2,04 1530 4 1020 4 510 0,41 510 4

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N.º Proponente Puntuación total

1 BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U.

0

2 UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U.

27.76

4. PUNTUACIÓN TOTAL DE LAS OFERTAS

Los puntos obtenidos por el ofertante se corresponden con la suma de los puntos obtenidos en la valoración económica más los puntos obtenidos en la valoración de los criterios técnicos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. El resultado de la puntuación se muestra a continuación.

5. VALORACIÓN TOTAL DE LAS OFERTAS

Por consiguiente, el licitador que obtiene la máxima puntuación es UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U., con un total de 89.32 puntos.

A la vista de lo expuesto, de conformidad con los requisitos establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, por los motivos que se enuncian en el presente informe, se procede a indicar lo siguiente:

➢ El valor de los criterios ofertados mediante un rango genérico de unidades mínimas y máximas por la empresa BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U. ha sido calificado con 0 puntos.

➢ La empresa I.C.A. INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES AVANZADAS S.L y la empresa TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U. no cumplen con los requisitos mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

➢ La empresa UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U. no ha presentado la siguiente documentación:

N.º Orden

Proponente A)1.

VALORACIÓN ECONÓMICA

A)2. CRITERIO TÉCNICO

CUANTIFICABLE MEDIANTE FÓRMULA

TOTAL

1 UNITRONICS SERVICIOS AVANZADOS S.L.U.

61.56 27.76 89.32

2 BT ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SERVICIOS GLOBALES DE TELECOMUNICACIONES, S.A.U.

70 13.20 83.20

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- Anexo V requerido en la cláusula 10, apartado 4, del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

- Original o copia compulsada de la Certificación ISO 27001, requerido en el apartado 5.1.3 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

- Currículum Vitae del personal, requerido en el apartado 5.2.4. del Anexo I

del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Ángel Illera Gil Jefe del Área de Servicios Administrativos