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CEIP Pablo Picasso AVD. DERECHOS HUMANOS S/N | LAREDO (CANTABRIA) Normas de Organización y Funcionamiento APROBADAS EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL 30 DE ENERO DE 2017

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CEIP Pablo Picasso AVD. DERECHOS HUMANOS S/N | LAREDO (CANTABRIA)

Normas de Organización y Funcionamiento APROBADAS EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL 30 DE ENERO DE 2017

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 2

INTRODUCCIÓN

Las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro de Educación Infantil y Primaria

Pablo Picasso, forma parte de su Proyecto Educativo. Este documento pretende armonizar y facilitar

las relaciones que se establecen entre los distintos miembros de los diferentes sectores de la

Comunidad Educativa. Del mismo modo, constituyen el conjunto de medidas, a través de su

cumplimiento, así como el desarrollo del Plan de Convivencia, la mejor manera de organización

interna.

Los distintos miembros de la Comunidad Educativa se comprometen y velan porque se

cumplan las normas que en este documento se establecen, procurando que primen los principios de

respeto, comprensión, colaboración y ayuda mutua entre todos los que formamos esta Comunidad.

El fin último de este Reglamento será el de conseguir una ESCUELA PÚBLICA de calidad, plural

y democrática. Procurando una especial atención a corregir cualquier tipo de conducta machista

dentro de la convivencia en el Centro.

Este documento estará sometido a revisión periódica, dependiendo de las necesidades del

Centro, normativas y legislación oficial que se vayan aprobando y de las características específicas del

propio Centro Escolar.

Este documento está basado en la siguiente normativa:

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.

• Ley Orgánica 8/2013, 9 de diciembre de Mejora de la Calidad Educativa.

• Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre de Educación de Cantabria.

• Decreto 25/2010, de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas

Infantiles, de los Colegios de Educación Primaria y de los Colegios de Educación Infantil y Primaria

en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 14 de abril), modificado

por el Decreto 80/2014, de 26 de diciembre, y por el Decreto 16/2016, de 30 de marzo.

• Orden EDU/65/2010, de 12 de agosto, que aprueba las instrucciones que regulan la organización

y funcionamiento de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios

de educación infantil y primaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC del 23), modificada

por la Orden EDU/23/2011, de 29 de marzo (BOC de 7 de abril), por la Orden ECD/115/2012, de 7

de diciembre, (BOC del 14) y por la Orden ECD/66/2016, de 14 de junio.

• Decreto 53/2009, de 25 de julio que regula la convivencia escolar y los derechos y deberes de la

comunidad educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

• Orden ECD/37/2013, de 27 de marzo que aprueba el Plan Regional de Prevención del Absentismo

y el Abandono Escolar en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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1. ESTRUCTURA DE FUNCIONAMIENTO

En nuestro centro contamos con los siguientes órganos de centro:

1.1 ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO

Este órgano de gobierno estará compuesto por:

1.1.1 DIRECTOR

Será seleccionado por una comisión con participación de la Comunidad Educativa y/o

nombrado por la Inspección Educativa.

Son competencias del director:

a) Colaborar con los órganos de la Consejería de Educación en todo lo relativo al logro de los objetivos

del centro, así como formar parte de los órganos consultivos.

b) Velar por el cumplimiento de las funciones de todo el personal adscrito al centro, así como realizar

la propuesta, cuando corresponda, de la incoación de expedientes disciplinarios.

c) Mantener las relaciones administrativas con la Consejería de Educación y proporcionar la

información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.

d) Gestionar los medios materiales del centro y supervisar el correcto funcionamiento de los servicios

complementarios.

e) Ejecutar, en el ámbito de sus competencias, los acuerdos de los diferentes órganos de centro.

f) Asegurar la debida atención educativa al alumnado en caso de ausencia del profesorado en

colaboración con el jefe de estudios.

g) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y

procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias,

garantizando el derecho de reunión de profesores, padres, madres o representantes legales,

alumnos y personal de administración y servicios.

h) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones del entorno y facilitar la

adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.

i) Elevar el titular de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa la memoria final de

curso.

j) Facilitar la información sobre la organización y funcionamiento del centro a los distintos sectores

de la comunidad educativa con representación en el Consejo Escolar, guardando la debida

confidencialidad.

k) Velar en el centro por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales para

garantizar la seguridad y salud de todos los trabajadores y ejercer la dirección de los equipos de

emergencia propios de su centro, con la participación del equipo directivo.

l) Coordinar sus actuaciones con el resto de los miembros del equipo directivo, quieres, en cualquier

caso, desempeñarán sus funciones específicas conforme a las instrucciones del director.

m) Aquellas otras funciones que le sean asignadas por la normativa vigente.

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1.1.2 JEFE DE ESTUDIOS

Será propuesto su nombramiento por el Director previa comunicación al Claustro de

Profesores y al Consejo Escolar.

Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del director, la jefatura de todo el personal adscrito al centro en todo lo

relativo al régimen académico y a otros aspectos educativos, así como velar por el cumplimiento

del horario del profesorado.

b) Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación, y complementarias y

extraescolares de profesores y alumnos en relación con el Proyecto educativo y la Programación

general anual, y velar por su ejecución.

d) Elaborar, con la colaboración del resto del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y

profesores, de acuerdo con los criterios pedagógicos aprobados por el Claustro de profesores y con

el horario general incluido en la Programación general anual.

e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo, de los equipos docentes y de la Unidad de orientación

o de los miembros del Equipo de Orientación educativa y psicopedagógica que intervengan en el

centro.

f) Velar por que la evaluación de los procesos de aprendizaje se ajuste a los criterios de evaluación

establecidos en la propuesta pedagógica de Educación infantil y el Proyecto curricular de Educación

primaria.

g) Establecer el procedimiento de control y seguimiento de las faltas de asistencia del alumnado,

coordinando las actuaciones para la prevención y corrección del absentismo escolar dentro del

centro, y con otros organismos externos al mismo.

h) Coordinar y dirigir la acción de los tutores, conforme al plan de acción tutorial, presidiendo las

reuniones periódicas que, a tal efecto, se determinen.

i) Coordinar, planificar y organizar las actividades de formación del profesorado propuestas y

realizadas por el centro.

j) Organizar los actos académicos.

k) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, especialmente en lo

que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.

l) Velar por la coherencia y la adecuación, en su caso, de los materiales curriculares y recursos

didácticos que se utilicen en el centro.

m) Proponer la distribución del alumnado en los grupos, de las aulas y de otros espacios destinados a

la docencia.

n) Coordinar una adecuada transición del alumnado entre los distintos ciclos y etapas.

o) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no

lectivas.

p) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del ámbito de su

competencia.

q) Cualquiera otra que le sea asignada por la normativa vigente.

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1.1.3 SECRETARIO

Será propuesto su nombramiento por el Director previa comunicación al Claustro de

Profesores y al Consejo Escolar.

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director.

b) Actuar como secretario del Claustro de profesores y del Consejo escolar del centro, levantar acta

de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

c) Custodiar los libros, documentos y archivos del centro.

d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados, con el visto bueno del

director.

e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado, con la colaboración de los

coordinadores de ciclo.

f) Custodiar y disponer la utilización del material didáctico con la colaboración del profesorado

responsable del mismo.

g) Ejercer, por delegación del director, la jefatura del personal de administración y servicios del centro,

y velar por el cumplimiento del horario de dicho personal.

h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.

i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director,

realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

j) Velar por el mantenimiento del material y recursos del centro en todos sus aspectos, de acuerdo

con las indicaciones del director.

k) Velar por el cumplimiento de la gestión administrativa tanto del proceso de preinscripción y

matrícula del alumnado en el centro, como de otras convocatorias que así lo requieran.

l) Difundir la información y convocatorias que afecten al centro y a los diferentes sectores de la

comunidad educativa.

m) Cualquier otra función que le encomiende el director dentro del ámbito de sus competencias.

n) Cualquiera otra que le sea asignada por la normativa vigente.

1.2 ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO

1.2.1 CONSEJO ESCOLAR

Es el órgano de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa. En nuestro

centro al ser un colegio con menos de dieciocho unidades y más de nueve está compuesto por los

siguientes miembros:

- El director del centro, que será su presidente.

- El jefe de los estudios.

- Cuatro maestros/ as elegidos/ as por el Claustro.

- Cuatro representamos de los padres y madres elegidos democráticamente.

- Un concejal o representante del Ayuntamiento.

- El secretario, que actuará con voz y sin voto será el secretario del consejo.

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- Dos representantes de los alumnos elegidos por los cursos 5º y 6º. Serán candidatos

quienes así lo estimen en el curso de 6º. Participarán en aquellos Consejos en los que se traten temas

que le pueda interesar y nunca en aquellos en los que se traten temas delicados de alumnos concretos

Tendrán voz, pero no voto.

Los miembros del Consejo Escolar serán convocados por el Director para reunirse con una

semana de antelación, siempre que sea posible. Habrá, al menos, una reunión por trimestre.

Son competencias del Consejo Escolar:

a) Evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión, así como las normas de organización y

funcionamiento del centro.

b) Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de

profesores, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la Ley establece. Ser informado

del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo

de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento

del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la Ley y disposiciones que

la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.

Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del

alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de

padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre

hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal,

familiar y social.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar e informar la

obtención de recursos complementarios.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y

los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente,

sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos

otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Dadas las características del centro aquellos aspectos relacionados con los asuntos

económicos, así como los relacionados con la convivencia en el mismo, serán tratados y seguidos

directamente por la totalidad de miembros del Consejo Escolar.

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No obstante, cuando se estime oportuno, se creará una comisión específica de convivencia en

la que estarán presentes el Director, el Jefe de Estudios, un padre y un maestro. Esta comisión tratará

los casos concretos que se produzcan respecto a la alteración de la convivencia en el centro.

1.2.2 CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el

gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso,

decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

El Claustro de profesores se reunirá, convocados por el Director, al menos una vez al

mes. La convocatoria se realizará, siempre que sea posible, con una semana de antelación.

La asistencia a las sesiones de Claustro es obligatoria para todos sus miembros. Cuando

por permiso o licencia algún miembro no pueda asistir no podrá delegar su voto.

Todos los miembros del Claustro están obligados a participar en las votaciones que se

realicen. Nadie se puede abstener.

La duración de las reuniones no excederá la hora y media. El Director, en el caso de que

una reunión por los temas que en ella se traten esté excediendo de ese tiempo, propondrá otra

fecha para continuar con ella.

Son competencias del Claustro de Profesores:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los

proyectos del centro y de la programación general anual

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos

y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los

alumnos y alumnas.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y

en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del

director/a en los términos establecidos por la Ley.

f) Conocer las candidaturas a la Dirección y los proyectos de dirección presentados por los

candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar

y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar porque

éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios tanto de los alumnos

como de los profesores.

l) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación previa propuesta de la

Comisión de Coordinación Pedagógica.

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m) Aprobar la propuesta de criterios de asignación de tutorías.

n) Recibir información trimestral de la gestión económica del centro.

o) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.

p) Recibir información, tanto del orden del día de las reuniones del Consejo escolar, como de

los aspectos fundamentales del desarrollo de sus sesiones y de los acuerdos adoptados en

las mismas.

q) Elaborar propuestas e informes para el Consejo escolar, a iniciativa propia o a petición de

éste, sobre asuntos que sean de su competencia.

r) Aprobar los aspectos educativos de los planes, programas y proyectos en el centro, así como

participar activamente en su desarrollo.

s) Proponer al director, en su caso, a los profesores coordinadores de los planes, programas y

proyectos que se desarrollen en el centro.

t) Aquellas otras que le sean asignadas por la normativa vigente.

1.3 ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

1.3.1 TUTORÍAS

La acción tutorial y orientadora de los alumnos forma parte de la función docente.

Cada grupo de alumnos tendrá un profesor tutor que imparte docencia al grupo y, que

siempre que sea posible, estará con ese grupo durante todo el ciclo.

Cuando las características del grupo u otras circunstancias así lo aconsejen, se podrán

establecer medidas de apoyo a la función tutorial.

Los tutores serán asignados por el director, a propuesta del jefe de estudios, teniendo

en cuenta los criterios:

• Mayor antigüedad en el centro

• Mayor antigüedad en el cuerpo

• Continuidad en el nivel

Los tutores de un mismo ciclo se reunirán de acuerdo con la planificación realizado por

el jefe de estudios para garantizar un adecuado funcionamiento de la acción tutorial.

Los tutores celebrarán al menos una reunión general al principio de curso con el

conjunto de padres de su tutoría y otra a lo largo del curso en el momento que considere

adecuado.

El tutor de dos años y aquellos tutores que tengan alumnos nuevos en su tutoría

realizarán a principio de curso, y a ser posible, antes de que se incorporen dichos alumnos al

aula, una reunión individual con las familias de éstos.

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Son funciones de los profesores tutores:

a) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y las actividades de orientación, bajo la

coordinación del jefe de estudios con la colaboración de los demás miembros del equipo

docente y del profesor especialista en orientación educativa que corresponda al centro.

b) Presidir y levantar actas de las sesiones de evaluación, así como custodiar dichas actas.

c) Promover la coherencia en el proceso educativo de cada alumno, contribuyendo a su

adecuado desarrollo cognitivo, emocional y social.

d) Coordinar el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos de su grupo.

e) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las

actividades del centro.

f) Orientar y asesorar a las familias y a los alumnos sobre las posibilidades educativas de éstos.

g) Ejercer, en su caso, tutorías compartidas por más de un profesor, tutorías individualizadas

complementarias u otras medidas de apoyo a la función tutorial.

h) Controlar las faltas de asistencia, dejando constancia de ellas en la plataforma Yedra, y

puntualidad de los alumnos de su grupo y comunicar éstas y otras incidencias a sus padres,

madres o representantes legales, así como a la jefatura de estudios.

i) Cumplimentar la documentación académica individual y del grupo, colaborar con el secre-

tario del centro en la elaboración de los documentos oficiales de evaluación, y comunicar los

resultados de la evaluación a los padres, madres o representantes legales.

j) Colaborar con la Unidad de orientación educativa y, en su caso, con el Equipo de orientación

educativa y psicopedagógica, en los términos que establezca la jefatura de estudios.

k) Encauzar las necesidades de los alumnos y colaborar en la resolución de los problemas que

se planteen.

l) Informar a los padres, madres o representantes legales, profesores y alumnos de su grupo

de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes, del proceso de

enseñanza y aprendizaje, y del progreso educativo de los alumnos.

m) Facilitar la colaboración entre los profesores y los padres, madres o representantes legales

de los alumnos.

n) Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los

períodos de recreo.

ñ) Coordinar el desarrollo de los programas de refuerzo de los alumnos de su tutoría.

o) Dar publicidad a los criterios generales de evaluación y promoción del alumnado.

p) Aquellas otras funciones que le sean asignadas por la normativa vigente.

1.3.2 EQUIPO DE CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL

Cuando hablemos a lo largo de este apartado del equipo de ciclo de Educación Infantil

haremos referencia a todos los niveles que se imparten en el centro incluyendo aquí el aula de

2 años y su personal.

El grupo de maestros que forman el ciclo de Educación infantil se reunirá cada quince

días para su coordinación y elaboración de propuestas. Además, lo harán al menos una vez por

trimestre con el resto de maestros especialistas que imparten clase en este ciclo. Estas últimas

reuniones serán marcadas al principio de curso por el Jefe de Estudios del centro, pudiéndose

modificar, si se ve necesario, con el acuerdo de todas las personas implicadas.

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Son competencia del ciclo de Educación Infantil:

a) Formular propuestas a la Comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración o

modificación de la Propuesta pedagógica de Educación infantil y del Proyecto curricular de

Educación primaria.

b) Trasladar a la jefatura de estudios las propuestas de actividades de formación permanente

del profesorado.

c) Colaborar con el secretario en la elaboración y actualización del inventario, así como

proponerle la adquisición de material y de equipamiento para el ciclo.

d) Elaborar propuestas sobre planes, programas y proyectos para desarrollar en el centro.

e) Elaborar los informes que le sean encomendados.

f) Asegurar la coherencia en la planificación y desarrollo del currículo, especialmente en lo

referido a la metodología didáctica, de acuerdo con lo establecido en el Proyecto educativo

del centro.

g) Organizar y realizar las actividades complementarias y, en su caso, las extraescolares.

h) Coordinarse con los equipos de ciclo de la misma o distinta etapa educativa, con el fin de

facilitar una adecuada transición entre los diferentes ciclos y etapas.

i) Aquellas otras funciones que le sean asignadas por la normativa vigente.

El coordinador del ciclo de Educación Infantil será nombrado por el director de entre

las personas definitivas del ciclo o, en su defecto, de aquellas que lleven tiempo trabajando

en el colegio, oído el resto de equipo de ciclo. Su mandato será por un curso, ampliable a dos,

siempre que sea posible.

Entre las competencias del coordinador están:

a) Asegurar que la elaboración de las programaciones se realice conforme a lo establecido en

la propuesta pedagógica de Educación Infantil, garantizando la coordinación en su aplicación.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del ciclo, en colaboración con el resto de miembros

del ciclo y de la jefatura de estudios.

c) Convocar, organizar y presidir las reuniones del equipo de ciclo y levantar acta de las mismas.

d) Asegurar la coordinación entre todos los cursos del ciclo.

e) Trasladar a la Comisión De coordinación Pedagógica las propuestas realizadas por el equipo

de ciclo con las aportaciones de todos sus miembros.

f) Realizar la memoria de ciclo con las aportaciones de los recursos didácticos.

g) Coordinar el desarrollo de las actividades complementarias y extraescolares que figuren en

la Programación general anual para ser desarrolladas en el ciclo.

h) Informar personalmente sobre los criterios generales de evaluación del alumnado.

i) Coordinar el proceso de enseñanza y aprendizaje en el correspondiente ciclo de acuerdo con

la Propuesta pedagógica de Educación Infantil.

j) Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en su ámbito de competencia.

k) Aquellas otras que le sean asignadas por la normativa vigente.

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1.3.3 EQUIPO DOCENTE Y DE NIVELES DE PRIMARIA

El equipo docente estará compuesto por todos los maestros que imparten docencia a

un determinado grupo de alumnos, pudiendo contar en las reuniones con la presencia,

colaboración y asesoramiento del orientador del EOEP asignado a nuestro centro.

Este equipo se reunirá previa convocatoria del jefe de estudios a iniciativa propia o a

propuesta del tutor del grupo.

Cada tutor será el encargado de tomar nota de todos los acuerdos tratados en las

reuniones de Equipo docente.

Son funciones del Equipo Docente:

a) Coordinar el proceso de enseñanza y aprendizaje, y las programaciones destinadas al mismo

grupo de alumnos.

b) Desarrollar las actuaciones que se contemplan en el Plan de acción tutorial para los equipos

docentes.

c) Elaborar la información que se vaya a transmitir a los padres, madres o representantes

legales sobre los criterios de evaluación y promoción.

d) Participar en el desarrollo del Plan de convivencia y en la correcta aplicación de las normas

de convivencia del centro.

e) Evaluar y realizar el seguimiento global de los alumnos del grupo en los términos establecidos

en la normativa vigente sobre evaluación, estableciendo las medidas necesarias para mejorar

su aprendizaje.

f) Adoptar criterios metodológicos comunes, de acuerdo con las orientaciones que, a tal efecto,

se establezcan en la Propuesta pedagógica de Educación infantil y en el Proyecto curricular

de Educación primaria.

g) Participar en la evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente, y realizar

propuestas de mejora.

h) Intercambiar información con las familias y asesorarlas sobre el proceso educativo de sus

hijos.

i) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a

los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos del grupo.

j) Cualquier otra que se establezca en las Normas de organización y funcionamiento, así como

las que le sean asignadas por la normativa vigente.

Los niveles en Educación Primaria con vistas a la organización de material, establecimiento

de reuniones y otros temas similares se organizan de la siguiente manera:

• Un nivel estaría compuesto por 1º y 2º de Educación Primaria

• Otro nivel estaría compuesto por 3º, 4º, 5º y 6º

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1.3.4 COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Dadas las características de nuestro centro la mayor parte de las funciones de la

comisión de coordinación permanente serán asumidas por el Claustro.

Sólo en aquellas ocasiones que se estime oportuno se convocará a los miembros de la

Comisión de Coordinación Pedagógica, integrada por el director, jefe de estudios, coordinadores

de ciclo de Infantil y Primaria y el orientador de la Unidad de orientación educativa asignado al

centro.

Entre las funciones de esta comisión están:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de la Propuesta pedagógica

de Educación infantil y del Proyecto curricular y del resto de planes, programas y proyectos

del centro de carácter pedagógico, y garantizar la coherencia entre todos ellos.

b) Establecer las directrices para la elaboración y revisión de las programaciones comprobando

su cumplimiento.

c) Establecer directrices para la elaboración del plan de acción tutorial y de la orientación

educativa y de todos los planes, programas y proyectos de carácter pedagógico del centro,

así como realizar su seguimiento y evaluación, y elaborar las correspondientes propuestas de

mejora.

d) Proponer modelos de organización de los apoyos y medidas para los alumnos que hayan

promocionado de ciclo sin haber alcanzado todos los objetivos de las áreas y criterios de

organización de los planes específicos de refuerzo o recuperación de competencias básicas

para los alumnos que permanezcan un año más en el mismo ciclo o curso.

e) Proponer al equipo directivo la distribución de los recursos del centro.

f) Proponer criterios para la asignación de tutorías.

g) Proponer criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.

h) Proponer criterios para la elaboración del programa de actividades complementarias y

extraescolares.

i) Proponer al Claustro de profesores, para su aprobación, la Propuesta pedagógica de Edu-

cación infantil y el Proyecto curricular de Educación primaria, velar por el cumplimiento de

los mismos, así como evaluar el resultado de su desarrollo.

j) Proponer al Claustro de profesores la planificación general de las sesiones de evaluación.

k) Proponer al Claustro de profesores el plan para evaluar la Propuesta pedagógica de

Educación infantil y el Proyecto curricular de Educación primaria, otros aspectos educativos

del Proyecto educativo y de la Programación general anual, la evolución del aprendizaje y el

proceso de enseñanza.

l) Fomentar la evaluación de todas las actividades, planes, programas y proyectos del centro, e

impulsar y proponer actuaciones de autoevaluación y mejora.

m) Aquellas otras que le sean asignadas por la normativa vigente.

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2. COMUNIDAD EDUCATIVA

La comunidad educativa del centro está compuesta por todas aquellas personas que de

una u otra manera forman parte de proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos.

2.1 ALUMNADO

Los alumnos son los protagonistas indiscutibles de proceso de enseñanza aprendizaje.

Los alumnos tienen derecho a:

✓ Recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

✓ Estar protegidos contra toda agresión física o moral.

✓ Sea respetada su intimidad, identidad, integridad y dignidad personal.

✓ Recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas.

✓ Que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con

objetividad.

✓ Ser informados, ellos y sus familias, sobre la evolución de su proceso de aprendizaje, así

como acerca de las decisiones que se adopten como resultado del mismo, pudiendo

reclamar contra estas decisiones y sobre las clasificaciones que se tomen en las

evaluaciones finales de curso, nivel o etapa.

✓ Recibir orientación educativa para conseguir el máximo desarrollo personal, social y

profesional.

✓ Que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e

higiene.

✓ Que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales e

ideológicas.

✓ Participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de acuerdo con lo dispuesto en

el proyecto educativo y en este reglamento.

✓ Asociarse creando organizaciones según la normativa vigente.

✓ La libertad de expresión y a manifestar sus discrepancias respecto a las decisiones

educativas que les afecten.

✓ Utilizar las instalaciones del centro previa solicitud de permiso al Director.

Los alumnos tienen el deber de:

o Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.

o Asistir a clase con puntualidad.

o Participar de forma activa en las actividades propuestas en la Programación general

anual del centro.

o Participar y colaborar en la consecución de un adecuado clima de estudio y convivencia

en el centro.

o Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.

o Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas morales e ideológicas de

los miembros de la comunidad educativa.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 14

o No discriminar a sus compañeros por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia

personal o social.

o Respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

o Respetar y cumplirlas normas de organización, funcionamiento y convivencia del centro.

o Respetar el Proyecto educativo.

o Cuidar y utilizar correctamente los materiales y las instalaciones del centro.

CONDUCTAS QUE AFECTAN A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Conductas que afectan a las normas de convivencia del centro.

1. Las conductas que afectan a las normas de convivencia, tipificadas como faltas en el Decreto

53/2010, se clasifican en:

a) Conductas contrarias a la convivencia.

b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

2. En el caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, el

director del centro educativo tiene la obligación de poner los hechos en conocimiento de los

cuerpos de seguridad correspondientes o del Ministerio fiscal.

Criterios generales para la aplicación de las medidas disciplinarias.

La aplicación de las medidas disciplinarias estará presidida

por los siguientes criterios:

a) La edad del alumno y su escolarización en el correspondiente curso y nivel, así como sus

circunstancias personales, familiares y sociales. A tal fin, podrán solicitar cuantos informes

consideren pertinentes para acreditar dichas situaciones y/o circunstancias.

b) El carácter educativo y recuperador de las medidas disciplinarias, que deberán garantizar el

respeto a los derechos de los miembros de la comunidad educativa y procurarán la mejora de

las relaciones entre todos ellos.

c) Ningún alumno podrá ser privado del ejercicio de su

derecho a la educación ni a la escolaridad.

d) Ningún alumno podrá ser privado del derecho a la evaluación continua como consecuencia

de la aplicación de medidas disciplinarias.

e) No podrán imponerse medidas contrarias a la integridad física, psíquica o moral, ni a la

dignidad personal del alumno.

Gradación, coherencia y proporcionalidad de las medidas disciplinarias.

1. Las medidas disciplinarias deberán ser proporcionales a la gravedad y reiteración de la

conducta del alumno.

2. A efectos de la gradación de las medidas disciplinarias se considerarán circunstancias

atenuantes:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.

b) La reparación espontánea del daño producido.

c) No haber incurrido con anterioridad en incumplimiento de normas de convivencia durante

el curso académico.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 15

d) La ausencia de intencionalidad.

e) La petición de excusas en caso de injuria, ofensa y alteración del desarrollo de las

actividades del centro.

f) El ofrecimiento para realizar actuaciones compensadoras del daño causado.

g) Cuando no se pueda llegar a un acuerdo de mediación porque la persona perjudicada no

acepte la mediación, los pactos de conciliación o el compromiso de reparación ofrecido, o

cuando dicho compromiso no se pueda llevar a cabo por causas ajenas a la voluntad del

alumno.

3. A efectos de la gradación de las medidas disciplinarias se considerarán circunstancias

agravantes:

a) La premeditación.

b) La reiteración.

c) El daño, agresión, injuria u ofensa a los alumnos de menor edad o recién incorporados al

centro, o a los que se encuentren en situación de indefensión, desigualdad o inferioridad, o

presenten cualquier tipo de discapacidad.

d) Cualquier conducta que esté asociada a comportamientos discriminatorios por razón de

nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o por cualquier otra circunstancia personal o social.

e) Actos realizados de forma colectiva que vayan en contra de los derechos de otros miembros

de la comunidad educativa.

f) La publicidad manifiesta y/o jactancia de conductas que afecten a las normas de convivencia

en el centro.

g) Cuando la conducta contraria a la convivencia afecte a un profesor o algún miembro del

personal no docente del centro.

Ámbito de aplicación de las medidas disciplinarias.

Se podrán aplicar medidas disciplinarias a los alumnos del centro cuando se produzca el

incumplimiento de normas de convivencia dentro del recinto escolar, en las actividades

complementarias y extraescolares, en el uso de los servicios complementarios y aquellas

actuaciones que, aunque se realicen fuera del recinto escolar, estén motivadas o se relacionen

directamente con la vida escolar y afecten a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Conductas contrarias a la convivencia.

1. Consideramos conductas contrarias a la convivencia las que, no teniendo la consideración

de gravemente perjudiciales para la convivencia, pero alteran la organización y

funcionamiento del centro, como las de los siguientes supuestos:

a) Las faltas injustificadas de puntualidad.

b) Las faltas injustificadas de asistencia.

c) Los actos que alteren el normal desarrollo de las actividades del centro, especialmente de

las actividades del aula.

d) La negativa sistemática y reiterada a llevar el material necesario para el desarrollo del

proceso de enseñanza y aprendizaje.

e) Causar intencionadamente daños leves en las instalaciones, recursos materiales o

documentos del centro, o en las pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa.

f) El uso de cualquier objeto o sustancia no permitidos.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 16

g) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del

deber de estudiar de sus compañeros, o el ejercicio de la actividad docente.

h) La incitación a cometer una falta contraria a las normas de convivencia.

i) Los actos de incorrección o desconsideración al profesorado o a otros miembros de la

comunidad educativa.

j) La grabación, manipulación, publicidad y difusión no autorizada de imágenes de miembros

de la comunidad educativa, cuando ello resulte contrario a su derecho a la intimidad y no

constituya la conducta gravemente perjudicial para la convivencia.

k) Cualquier otra conducta que altere el normal desarrollo de la actividad escolar, que no

constituya conducta gravemente perjudicial para la convivencia o que, una vez

valoradas las circunstancias atenuantes, no merezca tal calificación.

Medidas disciplinarias.

Las conductas contrarias a la convivencia podrán ser corregidas con:

a) Amonestación oral.

b) Apercibimiento por escrito.

c) Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o ante el director.

d) Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.

e) Realización de tareas educativas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades

del centro y/o dirigidas a reparar el daño causado en las instalaciones, material del centro o

pertenencias de otros miembros dela comunidad educativa.

f) Retirada durante un período máximo de un mes de los objetos o sustancias no permitidos,

entregándose posteriormente a los padres del alumno sancionado.

g) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del

centro durante un período máximo de un mes.

h) Salida del grupo del alumno durante un plazo máximo de una semana.

i) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres

días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá permanecer en el

centro y realizar las actividades formativas que se determinen para garantizar la continuidad

de su proceso educativo.

j) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un plazo máximo de tres días lectivos.

Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar las actividades

formativas que se determinen para garantizar la continuidad de su proceso educativo.

Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia:

a) La agresión física, el acoso, las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la

comunidad educativa.

b) Las injurias y ofensas a cualquier miembro de la comunidad educativa.

c) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa.

d) El uso, la posesión o el comercio de cualquier tipo de objetos o sustancias perjudiciales para

la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, o la incitación a

los mismos.

e) La grabación, manipulación, publicidad y difusión a través de cualquier medio o soporte de

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 17

agresiones o conductas inapropiadas relacionadas con la intimidad de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

f) Causar intencionadamente daños graves en las instalaciones, recursos materiales o

documentos del centro, o en las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa, así

como la sustracción de los mismos.

g) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción

de documentos y material académico.

h) El acceso indebido o sin autorización a documentos, ficheros y servidores del centro.

i) El incumplimiento de las medidas disciplinarias impuestas, salvo que se deba a causas

justificadas.

j) La incitación para cometer una falta que afecte gravemente a la convivencia en el centro.

k) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a la convivencia del

centro.

Medidas disciplinarias.

1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia podrán ser corregidas con:

a) Realización de tareas educativas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y

desarrollo de las actividades del centro y/o, dirigidas a reparar el daño causado en las

instalaciones, recursos materiales o documentos de los centros educativos o de miembros de

la comunidad educativa.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares y/o complementarias

del centro por un período máximo de tres meses.

c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a

tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el

alumno deberá permanecer en el centro y realizar las actividades formativas que se

determinen para garantizar la continuidad del proceso educativo.

d) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días

lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá

realizar las actividades formativas que se determinen para garantizar la continuidad de su

proceso educativo.

e) Cambio de centro educativo.

2. El director podrá levantar la suspensión prevista en el apartado anterior, letra d)(de pág. 16)

antes de que finalice el cumplimiento de la medida, previa constatación de que se ha

producido un cambio positivo en la actitud del alumno.

3. En el caso de la conducta a la que se refiere apartado d), se procederá a la retirada

inmediata de dichos objetos o sustancias, sin perjuicio de la imposición de las medidas

disciplinarias que se recogen en el presente documento.

4. Frente a las medidas disciplinarias a las que se refiere este apartado, impuestas por razón de

conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, los padres o representantes legales

de los alumnos podrán presentar, en el plazo de dos días hábiles a partir de la notificación,

una solicitud dirigida al presidente del Consejo escolar para que, en el plazo de tres días

hábiles, dicho Consejo revise la decisión adoptada y, proponga, en su caso, las medidas

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 18

oportunas. Transcurrido el plazo sin que haya pronunciamiento expreso por parte del Consejo

escolar, se entenderá como no procedente la revisión.

6. La revisión a la que se refiere el apartado se recoge en el Decreto 53/2009, de 25 de junio, que regula la convivencia escolar y los derechos y deberes de la comunidad educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2.2 FAMILIAS

Las familias de los alumnos tienen derecho a:

o Que sus hijos e hijas reciban una educación conforme a los fines establecidos en la

Constitución y en la diferente normativa de educación.

o Colaborar en las actividades que se realicen en el centro.

o Colaborar en la propuesta de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia

escolar.

o Ser informados sobre la evolución académica de sus hijos e hijas.

o Elegir a sus representantes y participar en los órganos colegiados en los que esté

reglamentada su presencia.

o Realizar propuestas para llevar a cabo actividades complementarias.

o Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por

el centro en los términos que acuerde el Consejo Escolar.

o Conocer el presente documento y otros documentos del centro.

Sus deberes son:

o Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo de sus hijos, en

colaboración con el equipo docente.

o Preocuparse de que sus hijos e hijas cumplan las normas del Centro.

o Acudir a las citas con el profesorado cuando sean citados.

o Seguir la evaluación académica de sus hijos.

o Tratar a los profesionales que trabajan en el centro con el debido respeto.

o Hacer que sus hijos lleguen al colegio con el tiempo necesario para empezar las clases

con puntualidad.

o Colaborar en el desarrollo de actividades que se lleven a cabo y que hayan sido decididas

por el conjunto de los padres y madres en reuniones de curso o reuniones generales.

AMPA

La asociación de padres y madres del colegio tiene como objetivo participar en la gestión

y organización de actividades y contribuir, con su apoyo, a mejorar el colegio y el proceso de

enseñanza aprendizaje de los niños.

Podrán formar parte de dicha asociación cualquier familia del centro que así lo desee,

debiendo abonar a principio de curso la cuota que determine dicha asociación.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 19

El AMPA del centro podrá:

a) Elevar al Consejo Escolar, a través de su representante al Consejo Escolar, propuestas para

la elaboración o modificación del Proyecto educativo, de las Normas de organización y

funcionamiento, así como de la Programación General Anual.

b) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos del funcionamiento del centro que

consideren oportuno.

c) Informar de su actividad a todos los sectores de la comunidad educativa.

d) Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo y sobre el

orden del día de dicho Consejo antes de su realización, a través de sus representantes, con

el objeto de poder elaborar propuestas.

e) Formular propuestas para la realización de actividades extraescolares no incluidas en la

Propuesta pedagógica de Educación infantil y en las programaciones didácticas de Educación

Primaria.

g) Conocer los resultados académicos globales y la valoración que de los mismos realice el

Consejo escolar.

h) Recibir un ejemplar del Proyecto educativo, de las Normas de organización y funcionamiento

del centro y de sus modificaciones.

i) Recibir información sobre los libros de texto y materiales didácticos adoptados por el centro.

j) Fomentar la colaboración entre los padres, madres o representantes legales de los alumnos,

los profesores del centro y otros sectores de la comunidad educativa para el buen funcio-

namiento del mismo.

k) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca la normativa vigente.

l) Reunirse con la Junta de delegados, a petición de ésta, si la hubiera.

La Asociación de madres y padres tienen un espacio, compartido con otras actividades

(Equipo de Orientación), dentro del centro donde puede desarrollar las actividades que le son

propias tanto en horario lectivo como fuera de él.

TRATAMIENTO DE LOS PROBLEMAS DE ALUMNADO CON PADRES SEPARADOS

En ningún momento el personal del centro tomará parte ni adoptará ningún

posicionamiento en las relaciones privadas de los padres y el alumnado, referentes a sus

derechos y deberes para con ello, y deberá cumplir siempre las resoluciones y requerimientos

judiciales relativos a las citadas relaciones.

No obstante, si el personal del centro detecta alguna desavenencia (situaciones de

desacuerdos constantes y reiterados de los padres) se comunicará a la Dirección del centro para

valorar dicha situación y comunicarlo, si se considera necesario a otros servicios que velen por

los intereses personales y educativos de los menores.

Desde Dirección se comunicará a principio de curso a los tutores y demás profesorado

del centro las situaciones de alumnado con padres separados, para que tomen las medidas

oportunas de comunicación con el progenitor/a que tiene otorgada la guardia y custodia, así

como quien no disponiendo de ella haya solicitado información relativa al proceso educativo de

su hijo.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 20

Todo profesorado del centro velará por el derecho a la intimidad del menor en relación

a la separación o divorcio de sus padres, custodiando cualquier documento o velando porque

cualquier información solo tenga un uso educativo en beneficio del menor.

A) Entrega de documentación

Los progenitores deberán entregar en la secretaría del centro toda la información referente

a la patria potestad, a la custodia y al régimen de visitas. Si la familia oculta información al centro

al respecto, éste se exime de toda responsabilidad.

Si los tutores tienen el conocimiento de un proceso de separación o divorcio de una familia

deben comunicárselo a la Dirección del centro para que ésta solicite toda la documentación

necesaria (sentencia o el auto que atribuya la patria potestad o guardia y custodia) y custodie

dicha documentación.

Se solicitará al tutor custodio el compromiso de comunicar al centro cualquier alteración de

las medidas adoptadas que pudieran producirse.

B) Recogida de los menores

El menor será recogido por el padre o madre no custodio como indique la sentencia. Así

mismo, este progenitor en ejercicio de su patria potestad puede autorizar por escrito, a otra

persona para recoger al alumno en su nombre en el día concedido de visita o custodia del menor.

En los casos de separaciones conflictivas se solicitará a los progenitores un escrito en el que

dejen constar que otras personas pueden recoger al menor si no son ellos.

Además, en estos casos si el progenitor que este día no tiene la custodia pretende recoger

al menor a la salida del colegio, o bien sacarlo de clase con la excusa de una consulta médica se

hará caso a lo que dicta la sentencia y sin autorización concreta del que tiene la custodia no se

entregará al alumno.

Ante cualquier eventualidad que pueda producirse durante la jornada escolar (accidente,

enfermedad, …) el centro se pondrá en contacto con el progenitor que dispone de la custodia.

En el caso de no establecer comunicación la Dirección del centro valorará la situación y actuará

(situaciones conflictivas, deber de socorro y atención que el menor pueda requerir).

Si uno de los dos progenitores está privado de la patria potestad por decisión judicial, no

podrá recoger al alumno en el centro docente.

C) Información sobre la evaluación del alumnado

Los documentos oficiales vinculados con los resultados escolares (boletines de notas) se

comunicarán al progenitor que tiene la guardia y custodia del menor.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 21

Si el fallo de la sentencia contuviera una declaración expresa sobre el derecho a la

información, el centro se atendrá estrictamente a lo en ella dispuesto.

El progenitor que no tenga asignada la guardia y custodia legal de su hijo y que desee recibir

información sobre el proceso de evaluación del menor, deberá solicitarlo por escrito en la

secretaría del centro.

D) Asistencia a las entrevistas y reuniones de padres de alumnos

Entrevistas individuales

Será responsabilidad de los tutores la comunicación de las reuniones de aula, la realización

de entrevistas individuales, la información de actividades y la adopción de medidas educativas,

así como de otros temas vinculados con el proceso educativo de niño.

Para tratar aspectos ordinarios (información sobre el rendimiento escolar, comportamiento,

información sobre aspectos en los que debe incidirse en casa, medidas de refuerzo, relación con

el resto de alumnado) las entrevistas se realizarán con el progenitor que tenga la custodia, pues

son aspectos que deben llevar un control diario de quien convive habitualmente con el niño,

salvo que por mutuo acuerdo decidan asistir ambos progenitores. Si el progenitor que no tiene

la custodia solicita entrevista ésta se llevará a cabo ofreciendo la información sobre el avance

educativo del niño en los mismos términos que el tutor custodio.

Si se trata de aspectos más preocupantes, como problemas de adaptación, necesidades

educativas específicas, bulling, detección de enfermedades, … es conveniente informar a ambos

progenitores, posibilitando la asistencia a las entrevistas o reuniones con los tutores o el Equipo

de orientación.

Reuniones generales de las familias

El tutor convocará al progenitor con el que conviva el alumno sin perjuicio de que por mutuo

acuerdo decidan asistir ambos progenitores. La comunicación de las reuniones generales de

familias será por los canales habituales.

En el caso de que el progenitor que no tenga la custodia, pero si la patria potestad, solicite

la asistencia, se comunicará dicha circunstancia al progenitor custodio. Si por parte de este

último hubiera negativa motivada y de conflicto, se otorgará primacía a dicha decisión,

comunicando entonces al progenitor no custodio la no conveniencia de su asistencia, pero

informándole por escrito o través de una entrevista personal los aspectos tratados en la reunión,

con base a su derecho a la información. Esta situación debe ser comunicada a la Dirección del

centro.

E) Matriculación de los alumnos

Corresponde a ambos progenitores la elección de colegio (si ambos tienen la patria potestad

o salvo que la sentencia judicial dictamine otra cosa).

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 22

Si los progenitores no se pusiesen de acuerdo en el centro de escolarización del niño será el

Juez el que decida. Pero hasta que se obtenga la decisión judicial y en la primera escolarización

se hará caso a la solicitud del que tiene la custodia, indicando, en este caso, al progenitor no

custodio que debe solicitar al juez un pronunciamiento sobre esta cuestión.

No podrá producirse cambio de centro escolar si no hay acuerdo de ambos progenitores o

si no hay pronunciamiento judicial al respecto.

En estos casos es conveniente comunicar a la Inspección la situación.

F) Solicitud de informes al centro

Si los padres o sus representantes legales solicitan informes que ya existen en el expediente

del alumno, como informes psicopedagógicos o valoraciones escritas del Equipo de Orientación,

tienen derecho a acceder y obtener copias de los mismos, por figurar en un expediente

administrativo, siempre previa solicitud en la secretaría del centro.

Si lo que se solicitan son informes para aportarlos durante el proceso judicial, únicamente

se entregará la información si responde a datos objetivos o registros del centro, como

calificaciones escolares, faltas de puntualidad, de asistencia, o si se tiene constancia de quién

recoge al menor, … Cuando por el contrario se solicita una valoración que implica al Equipo de

orientación o a los tutores sobre aspectos relativos a cómo se encuentra el menor, su estado de

ánimo, si viene bien vestido o aseado, si se adapta a sus compañeros, si se han observado

cambios en la conducta, … se entregará únicamente por requerimiento del Juzgado de familia

una vez solicitado como prueba parcial o documental. No se entregará ningún documento sin

conocimiento de la Dirección del centro.

Ante cualquier duda o situaciones conflictivas por proceso de separación es conveniente

consultar a la Dirección para acordar un proceso de actuación.

2.3 PROFESORADO

El profesorado del centro, uno de los agentes fundamentales del proceso de enseñanza

aprendizaje tendrá entre sus derechos:

* La libertad de enseñanza, dentro del respeto a la Constitución, a las Leyes y al Proyecto

Educativo de Centro.

* Ser tratados con respeto.

* Desarrollar sus enseñanzas en un ambiente adecuado.

* Intervenir en el control y gestión del centro.

* Elegir libremente a sus representantes en el Consejo Escolar.

* Formular ante los órganos de gobierno del centro sus quejas, sugerencias o propuestas

concretas.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 23

* Utilizar los medios instrumentales, materiales e instalaciones del centro con fines

docentes y con arreglo a las normas que se fijen para su uso.

* Proponer la modificación del presente reglamento.

Entre los deberes del profesorado están:

* Mantener una conducta respetuosa con los restantes miembros de la comunidad

educativa.

* Asistir a los actos y reuniones que se convoquen reglamentariamente, justificando en

su caso, con anticipación, la imposibilidad de asistir a los mismos.

* Asistir puntual y regularmente a las actividades docentes.

* Prestar a los órganos pedagógicos y de gobierno del centro, cuando le sean solicitados,

las informaciones precisas sobre el desarrollo de las propias actividades docentes y

sobre cualquier otro extremo de su competencia.

* Participar en las actividades complementarias programadas en el centro.

* Todos los derivados de las funciones del profesorado.

CRITERIOS PARA ORGANIZAR LAS SUSTITUCIONES

En las sustituciones se intentará, siempre que las circunstancias lo permitan, que pase

el menor número de profesores por la clase del maestro a sustituir.

Cuando un maestro tenga que ausentarse, y lo sepa con antelación, deberá dejar trabajo

preparado para los alumnos de su grupo/clase o de la especialidad que imparte.

Las horas dedicadas a Coordinación de Ciclo, Biblioteca y TICs serán tenidas en cuenta a

la hora de suplir cualquier sustitución.

ORGANIZACIÓN DE APOYOS Y REFUERZOS

En Educación Infantil, siempre que sea posible, todos los apoyos se realizarán dentro del

aula. Se aprovechan dichos apoyos para realizar entre otras las siguientes actuaciones: Lógico-

matemáticas. Lectoescritura, Preparación de diferentes Actividades Complementarias.

En Educación Primaria se procurará que cada profesor apoye siempre a los mismos

grupos y, a ser posible, que se realicen apoyos dentro del mismo ciclo.

2.4 OTRO PERSONAL NO DOCENTE

Nuestro centro cuenta como personal no docente:

• Técnico para el aula de 2 años

• Auxiliar de Educación Infantil

• Conserje

• Monitoras de autobús

• Monitoras de comedor

• Personal de Limpieza

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 24

• Acompañante del PROA

• Auxiliar administrativo (a tiempo parcial durante los meses de

septiembre, octubre, mayo y junio)

La jefatura del personal no docente estará ejercida, por delegación del Director, por el

secretario, que velarán por el cumplimiento de sus obligaciones, dentro de su competencia.

Las funciones de cada uno de ellos serán las correspondientes a su categoría profesional

de acuerdo con sus convenios laborales y, además, deberán cumplir las normas generales que

aparecen en el presente Reglamento.

Además, entre sus derechos estarán:

• Ser tratados con el debido respeto.

• Formular ante la dirección y ante el Consejo Escolar sus quejas, sugerencias o

propuestas concretas.

Entre sus deberes estarán:

• Mantener una conducta respetuosa con los restantes miembros de la

comunidad educativa.

• Mantener una actitud de discreción y confidencialidad de los asuntos

relacionados con los alumnos del centro.

3. ASPECTOS ORGANIZATIVOS DEL CENTRO

La colaboración de todos y la buena disposición en el cumplimiento de las normas que a

continuación se presentan, será fundamental para una buena organización y una buena convivencia.

3.1 ENTRADAS Y SALIDAS

Con carácter general, para todos los alumnos del Centro, serán entregados al progenitor con el

que convivan y que ejerce la guardia y custodia, sin perjuicio de que éste pueda autorizar por escrito,

(bien al otro progenitor, en el caso de separación o divorcio) o a una tercera persona para que lo recoja

en su nombre.

Las entradas y salidas al centro escolar se realizarán por la puerta pequeña situada en la Avd.

Derechos Humanos, y sólo en ocasiones excepcionales y por razones justificadas, se realizarán por la

puerta anexa al aparcamiento del centro.

• La puerta de acceso se abrirá 15 minutos antes de la de la hora de entrada y se cerrará

una vez las filas de alumnos hayan subido a sus clases. Después de este momento no podrá permanecer

ningún familiar en el patio, salvo que la realización de una determinada actividad lo requísese.

• La puerta se cerrará 10 minutos después de la salida de los alumnos de clase, una vez

que éstos hayan marchado en los autobuses escolares y el grueso de los alumnos haya abandonado el

patio con sus familias.

• Durante la jornada escolar la puerta de acceso al recinto permanecerá cerrada

asegurando así la seguridad de todos.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 25

• Para poder acceder al centro fuera de las horas de entrada y salida hay que utilizar el

timbre situado a la derecha de la puerta y esperar a que el personal del centro abra.

• Los alumnos que lleguen al centro con retraso subirán al aula, siempre que sea posible,

solos, lo que fomentará su autonomía.

• Los alumnos no podrán estar en los patios traseros ni en el parquecito de infantil antes

de la entrada ni después de la salida.

• Las entradas y salidas de infantil al edificio se realizarán por la puerta de la rampa y las

de primaria por la cristalera.

• Las entradas y salidas se realizarán de forma ordenada: Primaria: En la entrada por la

mañana subirán primero los de 1º y después los de 2º y así sucesivamente, después del recreo subirán

primero los de 6º, después los de 5º y así sucesivamente. Infantil: 3 y 2 años por la puerta de la

izquierda y 5 y 4 por la puerta de la derecha (en ese orden).

• Por las escaleras, los niños de Primaria subirán y bajarán pegados a la barandilla interior

y los de Infantil por la barandilla pequeña de la pared.

• Si algún familiar necesita subir a Secretaría o a Dirección, esperará a que suban las filas

de los niños.

• Si a la hora de la entrada algún familiar necesita comunicar algo al tutor del su hijo lo

hará, siempre que sea posible, por escrito.

• Los alumnos irán directamente a su clase cuando entren, no podrán ir al baño cuando

suben, si lo necesitan irán desde su clase y pidiendo permiso al maestro correspondiente.

• Los maestros de 1er ciclo acompañarán a los alumnos hasta el autobús.

• Las monitoras del autobús recogerán a los alumnos de 3 años en la clase. Los alumnos

de 4 y 5 bajarán a la planta baja y allí serán recogidos por las monitoras o bien acompañados por el

maestro hasta el autobús, una vez entregados el resto de niños.

• Si a la salida algún alumno pierde el autobús deberá avisar a su maestro. No pudiéndose

ir del colegio con ninguna otra familia al menos que se lo comunique al tutor y éste a la familia.

• Los alumnos que a la hora de la salida por decisión familiar puedan irse solos a casa

deberán dar a la tutora por escrito una autorización.

3.2 MATERIALES

En el centro se trabaja con un material común para todos los alumnos. Consideramos que

los materiales comunes, además de ahorro de espacio, consumo y dinero favorecen una serie de

cualidades educativas como el hecho de compartir, el cuidado, el orden, la responsabilidad, ...,

fundamentales en el desarrollo de nuestros alumnos.

Desde 3º de primaria y hasta 6º de primaria existe un banco de libros que se va renovando

cuando los tutores y los especialistas consideran necesario (no antes de 4 años como marca la

normativa vigente).

Contamos, además, con un servicio de préstamo de la biblioteca para los alumnos que será

regulado desde cada tutoría.

En relación con los materiales se establecen las siguientes normas:

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 26

• Las familias abonarán una cantidad de dinero establecida en Claustro para la compra de estos

materiales comunes.

• No se pedirá a lo largo del curso a las familias la compra de ningún otro material, ni que

abonen más dinero para la compra de más materiales, exceptuando y, siempre que sea

necesario, el que se establezca para la realización de los disfraces del Carnaval Escolar.

• El tutor y los especialistas serán los encargados de la compra de estos materiales.

• Los maestros harán una gestión responsable del dinero abonado por las familias, llevando una

pequeña contabilidad que justifique los gastos realizados. Se guardarán los tickets de compra,

al menos hasta final de curso.

• Si algún especialista necesita algún material para realizar con los alumnos una determinada

actividad se pondrá de acuerdo con el tutor para su compra.

• En caso de pérdida de algún libro del banco de libros, será repuesto por el alumno y si no es

posible su reposición se abonará al centro la cantidad de 25 € o, en libros trimestrales 10 €.

• En caso de que la familia de un alumno, una vez dadas las facilidades pertinentes para hacerlo,

no abone la cantidad de dinero marcada para el mantenimiento del banco de libros, el curso

siguiente no podrá disfrutar de los materiales ni de los libros comunes, debiendo hacerse

cargo ellos mismo de su compra.

• Si un alumno se va antes de comenzar el 2º trimestre se le devolverá la mitad de la cantidad

marcada como cuantía del curso tanto en infantil como en el primer ciclo de primaria

(exceptuando 2º y 3er ciclo por la organización del banco de libros).

• Si un alumno se incorpora pasado el 1er trimestre se le pedirá la mitad de la cantidad marcada

como cuantía del curso, (excepto en el 2º y 3er ciclo que deberá abonar la totalidad).

• En el caso de que algún alumno pierda un libro o una revista prestado de la biblioteca queda

establecido la siguiente cuantía para la reposición de los mismos, siempre y cuando sea

imposible su reposición:

Cuentos de infantil: 10 €

Libros de Primaria: 15 €

Revistas: 5 €

3.3 CLASE

• Cada clase establecerá a principio de curso unas normas particulares que deben ser

conocidas y respetadas por todos.

• Los especialistas establecerán unas normas específicas para su asignatura que también

deben ser conocidas y respetadas por todos.

3.4 BIBLIOTECA

Cada tutor con su grupo realizará el préstamo y la devolución de libros un día a la

semana señalado en un calendario que quedará expuesto en la sala de profesores.

Los libros se colocarán en la balda correspondiente una vez devueltos correctamente. Si

no hubiera tiempo para una colocación correcta, éstos se depositarán en la balda asignada con

el nombre de “para guardar” y la responsable de biblioteca se encargará de colocarlos.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 27

Los préstamos se realizarán de octubre a mayo.

Los libros con desplegables no se prestarán de ninguna manera, sólo se leerán en la

biblioteca o en el aula con el profesor.

La pérdida de un cuento, libro o revista prestado, se repondrá por parte del alumno tal

y como se indica en el apartado de materiales de este reglamento orgánico.

Entre las funciones del responsable de la biblioteca están:

• Catalogar libros de nueva adquisición.

• Dar de baja libros estropeados o perdidos y reutilizar su número para otro volumen.

• Asegurarse que en junio están todos los libros devueltos y, si no fuera así, notificar por

escrito a las familias.

• Hacer carnets a los nuevos alumnos y dar de baja a los alumnos de 6º promocionar de

curso e incrementar validez al resto del alumnado.

• Revisar los carnets del profesorado y dar de baja o alta, según corresponda.

• Fomentar el uso de la biblioteca por parte del alumnado y actividades para que la

interioricen como un espacio de aprendizaje y diversión.

3.5 RECREOS

Aspectos generales

• El horario de recreo de Infantil será de 11:15 a 11:45 h. y el de primaria de 11:45 a 12:15 h.

• Durante el periodo de recreo los alumnos estarán en las zonas destinadas para ello.

• Si algún alumno se queda en algún aula u otro espacio del edificio lo hará siempre

acompañado de un maestro responsable.

• Se intentará que los alumnos vayan al baño antes de salir al recreo, pero si no, éstos deberán

pedir permiso para hacerlo desde el patio.

• Se tendrá especial cuidado con el buen uso de las papeleras.

• Se respetará el mobiliario del patio (porterías, vallas de separación, papeleras, juegos del

parque, ...)

• En los días de lluvia:

✓ Los alumnos de infantil se organizarán entre el patio cubierto y el gimnasio (en

horario de recreo de primaria).

✓ Los alumnos de 1º y 2º estarán en el patio cubierto.

✓ Los alumnos de 3º, 4º, 5º y 6º estarán en la pista cubierta.

✓ No se utilizarán balones ni pelotas

✓ No se utilizará la pista grande.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 28

Primaria

• El patio delantero del colegio se reserva para juegos que no impliquen el uso de balones y

pelotas.

• A fútbol se juega únicamente en la pista grande.

• Sólo se podrá utilizar la pista grande en horario de recreo o en horario de E.F.

• Se puede jugar en las pistas solamente cuando, por turno, corresponde.

• Los alumnos no deben colgarse de las porterías, ni de las canastas.

• Cuando el balón salga fuera del colegio hay que pedir permiso a los maestros encargados de

cuidar el recreo para ir a buscarlo.

• Cualquier problema que surja en la interpretación de las normas de uso de patio por parte de

los alumnos será solucionado por los maestros que estén en ese momento.

• El reparto de uso de las pistas será el siguiente:

Este reparto puede ser cambiado si se ponen de acuerdo las partes implicadas. Si así

fuera se deberá comunicar a la Jefatura de Estudios.

Infantil

• El patio de recreo de los alumnos de infantil será únicamente el delantero. No pudiendo

traspasar éstos la raya amarilla de la cuesta de entrada ni la puerta exterior del gimnasio.

• El parquecito de columpios será utilizado por los alumnos de 2 años y, siempre que no

estén ellos, podrá ser utilizado también por los alumnos de 3 años, pero deberán tener

una vigilancia específica.

• Los juguetes de patio serán sacados y recogidos en los contenedores por los maestros.

Los niños deberán guardar en ellos los juguetes que utilicen.

• Los niños sacarán las sillitas y las pelotas al principio del recreo, no podrán entrar a por

ellas una vez estén fuera

• Los días en los que el patio esté muy mojado y con charcos no se podrán sacar juguetes.

• Si algún balón es lanzado al exterior del patio debe ser recogido por los maestros que

vigilen recreo.

• Los niños que necesiten ir al baño durante el recreo irán al de la planta baja y lo harán

pidiendo permiso a los maestros que vigilen recreo y entrando por la puerta de entrada de

infantil, no por la puerta del patio cubierto.

lunes martes Miércoles Jueves viernes

GRANDE 6º 5º 4º 3º 1º y 2º

CUBIERTA 3º 1º Y 2º 5º 6º 4º

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 29

3.6 CAMBIOS DE CLASE

• Los cambios de clase se realizarán con el debido orden y en silencio, sin molestar al resto

de compañeros que están trabajando.

• En los días de talleres, en los cuáles se divide la clase en grupos, cada grupo va al taller

que le corresponde con el maestro de ese taller, procurando hacerlo en orden y con

tranquilidad.

• Los talleres de Primaria se terminan quince minutos antes de la hora de salida para que

los alumnos puedan recoger sus cosas de clase y estén preparados cuando sea la hora.

• El tutor de 3 años acompaña hasta la clase a los especialistas de las plantas altas siempre

que no se desdoble el grupo.

3.7 CELEBRACIÓN DE CUMPLEAÑOS

• Los tutores no repartirán invitaciones de cumpleaños, ni individuales ni colectivas.

• Los cumpleaños en las clases se celebrarán según determine el tutor del grupo, pero en

ningún caso se llevarán al aula ni tartas, ni bolsas de chucherías, ni ningún otro tipo de

regalo individual.

3.8 USO DE DISPOSITIVOS MÓVILES Y OTROS APARATOS TIPO CONSOLAS

• Los alumnos no podrán traer al centro ningún tipo de dispositivos móviles ni consolas o

similares.

• En el caso de que, por alguna razón especial, un alumno tenga que traer un móvil a clase

se lo hará saber al tutor a primera hora, y será éste quién controle su uso en el centro.

• En el caso de que un alumno traiga un móvil al centro sin avisar al tutor ni obtener su

permiso para su utilización, dicho aparato, debidamente apagado, será custodiado en la

dirección del centro, llamando a la familia para su recogida inmediata.

3.9 REPARTO DE CIRCULARES

• Se repartirán circulares únicamente que pertenezcan al centro, al AMPA, al

Ayuntamiento, a la Consejería de Educación o al Gobierno de Cantabria.

• Las circulares serán repartidas por los tutores o el especialista que le corresponda.

• Una copia de las circulares generales que se envían se debe guardar en la Dirección del

centro.

• Existen dos tablones (uno en Infantil y otro enfrente de la puerta de entrada donde se

cuelga información general de interés)

• Los carteles informativos de mayor tamaño se deben colocar en las cristaleras de la

entrada a vista de todos.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 30

4 HORARIO GENERAL De octubre a mayo el horario general del centro será de 9 a 14 h., y el horario de

comedor será de 14 a 16:30 h.

• INFANTIL

• EDUCACIÓN PRIMARIA

SESIONES SESIONES

1ª SESIÓN LECTIVA : 55’ 9:00 H. – 9: 55 H.

2ª SESIÓN LECTIVA : 55’ 9: 55 H. – 10:50 H. 3ª SESIÓN LECTIVA : 55’ 10 : 50 H. – 11: 45 H.

RECREO: 30’ 11 : 45 H. – 12 : 15 H. 4ª SESIÓN LECTIVA : 55’ 12 : 15 H. – 13 : 10 H.

5ª SESIÓN LECTIVA : 50’ 13 : 10 H. – 14 : 00 H.

En junio y en septiembre el horario vendrá marcado por las instrucciones de la

Consejería de Educación de principio y fin de curso.

En el caso de que durante estos periodos se reduzca la jornada a tres horas y media no

habrá cambio en el horario de las asignaturas, se darán únicamente las tres primeras sesiones

durando éstas, una hora cada una.

El horario del profesorado en el centro será de 30 horas semanales.

SESIONES HORAS

1ª SESIÓN 9:00 H. - 9:55 H.

2ª SESIÓN 9:55 H. - 10:50 H.

3ª SESIÓN 10:50 H. - 11:15 H.

RECREO 11:15 H. - 11:45 H. 4ª SESIÓN 11:45 H. - 12:15 H.

5ª SESIÓN 12:15 H. - 13:10 H.

6ª SESION 13:10 H. - 14 H.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 31

HORARIO DE OBLIGADA PERMANENCIA DEL PROFESORADO

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES 14:00-15:00 Exclusiva/

Reunión coordinadores

Exclusiva Exclusiva

15:30-16:30 Ciclos/ Claustro/ Evaluación.

Coordinador de incidencias (hasta las 17h)

Coordinador de incidencias (hasta las 17h)

Coordinador de incidencias (hasta las 17h)

16:30-17:30 Atención a Familias

Aunque el horario establecido para la atención a las familias es los lunes de 16:30 h. a 17:30

h., éstas también podrán ser atendidas en distinto horario si se estima oportuno y se acuerda

previamente.

Por razones de organización también pueden cambiarse de día u hora los claustros y

reuniones de ciclo siendo debidamente informados del cambio todos los miembros de los mismos.

A principio de curso se establecerá un calendario de coordinación de incidencias que será

entregado a todo el profesorado. En el caso de que alguno de los días que le toca la coordinación

de incidencias algún maestro no pueda realizar esa coordinación podrá ponerse de acuerdo con

otro compañero y cambiarla.

5 ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES Deberán formar parte de la Programación General Anual, por lo que estarán aprobadas por el

Consejo Escolar. Cuando no se encuentren en la P.G.A., el profesorado se reunirá con la Jefatura de

Estudios con objeto de plantear la viabilidad de la misma, con la suficiente antelación.

Cada ciclo programará, de acuerdo con el Proyecto Curricular sus actividades complementarias

a comienzo de curso, que estarán relacionadas con los contenidos curriculares trabajados en los

distintos ciclos.

Los ciclos se coordinarán para que a lo largo de la escolarización estas actividades

complementarias faciliten a los alumnos el conocimiento de su barrio, su ciudad y su Comunidad

Autónoma.

En la programación de las salidas deberá conocerse previamente el profesorado que va a

acompañar al alumnado.

Dependiendo de las características de las actividades y de los alumnos se procurará que además

del profesor tutor acompañen otros profesores o personas de la comunidad educativa con el fin de

garantizar el adecuado desarrollo de las mismas.

Serán acompañantes preferentemente los tutores o tutoras y el profesorado que imparta clase

al grupo.

Se tendrá especialmente en cuenta la atención al alumnado que presente necesidades

educativas especiales, con objeto de establecer las medidas de adaptación pertinentes.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 32

Se intentará que en las salidas y actividades que se programen participe el mayor número de

alumnos posible.

Los alumnos que no asistan a la actividad tienen el derecho de asistir a clase; teniendo presente,

que aquellas salidas que no tengan coste económico adicional para las familias, serán de carácter

obligatorio.

Aquellos alumnos que no hagan la salida serán ubicados en otros grupos del mismo ciclo, dejando

el tutor trabajo para los mismos, recibiendo atención educativa de acuerdo con las posibilidades

organizativas del centro.

Para todas las salidas al entorno cercano las familias firmarán a principio de curso una

autorización general sin la cual no podrán salir del centro, para el resto de salidas se necesitará una

autorización específica.

El profesorado que acompañe a los grupos en las salidas será responsable de recoger, supervisar

y archivar, por un tiempo prudencial, las autorizaciones escritas para la misma, debiendo notificar al

equipo directivo, con antelación suficiente, tanto la relación de alumnos que efectuarán la salida

como la de quienes permanezcan en el centro.

Si se diera el caso de que el profesor responsable estimase que la salida de un alumno con el

grupo pudiera suponer algún problema para el alumno en sí o para el desarrollo de la actividad, lo

pondrá en conocimiento del equipo directivo. Se estudiaría conjuntamente y se comunicaría la

decisión a los padres.

No podrán participar en estas actividades los alumnos con faltas reiteradas de conducta en otras

actividades similares, o por acumulación de faltas contrarias a las normas de convivencia o haber

realizado una conducta gravemente perjudicial para la convivencia

Todas las actividades que se celebren en horario lectivo se considerarán como ampliación y

complemento del proceso educativo. Tendrán carácter obligatorio para el alumnado, excepto las que

supongan un incremento económico o de horario, en cuyo caso serán voluntarias

En la realización de dichas actividades se procurará fomentar valores como la convivencia, la

cooperación, el respeto a las diferentes culturas y costumbres dentro del marco constitucional, así

como el respeto a los animales y plantas.

6 SERVICIOS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS

El Comedor Escolar es un servicio complementario y voluntario para los alumnos con una

finalidad educativa y social.

Dicho servicio funcionará de acuerdo con la normativa que regula su funcionamiento

general. Además, estará sujeto a las normas establecidas en este documento, así como a las

medidas recogidas en el Plan de Convivencia del centro y al decreto 53/2009 de 25 de junio, que

regula la convivencia escolar y los derechos y deberes de la comunidad educativa en la

Comunidad Autónoma de Cantabria.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 33

El incumplimiento de dichas normas puede ser causa de baja en estos servicios.

Las personas encargadas del dicho servicio tendrán la función de educadores y como tal

deben ser respetados por los alumnos usuarios.

Estas personas deberán comunicar al equipo directivo cualquier incidencia relevante

ocurrida en éste servicio.

El servicio de comedor del centro tiene 70 plazas, que serán ocupadas preferiblemente por

alumnos fijos. Si el número de alumnos que solicitan este servicio sobrepasara estas plazas el

Consejo Escolar podría aprobar la existencia de dos turnos. Se admitirán alumnos eventuales,

siempre que sea posible, en casos excepcionales. También podrá haber alumnos fijos discontinuos

si hay vacantes y así lo aprueba el Consejo Escolar.

El pago del servicio de Comedor por parte de los alumnos fijos se realizará mediante

domiciliación bancaria. Los recibos serán cargados en las cuentas correspondientes al comienzo de

cada mes.

Para que los recibos de comedor tengan la misma cuantía todos los meses desde la secretaria

del centro se hace un recuento de los días lectivos del curso y se divide por el número de meses.

Los alumnos que usen el Comedor eventualmente se lo comunicarán al Director o Secretaria

del Centro el día anterior, pagando la minuta en ese momento.

El Director en primera instancia y el Consejo Escolar, en su caso, tomarán las medidas

oportunas para conseguir el buen uso del Comedor Escolar por parte de los alumnos.

Los alumnos deberán tener un comportamiento adecuado y colaborar en aquellas tareas que

se les asignen por parte de la Dirección del Centro o los encargados del comedor.

Normas de funcionamiento del servicio del comedor:

1. Los alumnos irán directamente al comedor una vez terminen las clases (14h.) A los alumnos de

tres años acude una monitora del comedor a buscarlos a la clase. Los alumnos que tengan

actividades extraescolares en el horario del mediodía acudirán a ellas acompañados por su monitor

de extraescolares.

2. Una vez acabada la hora de la comida y en cuando las monitoras lo indiquen los alumnos

saldrán al patio delantero a jugar con los diferentes materiales que se les ofrece.

3. Si, a causa del mal tiempo, no se puede permanecer en el patio, las monitoras determinarán

el lugar (comedor o patio cubierto) donde los alumnos estarán hasta que las familias de los mismos

vengan a recogerlos.

4. No podrá establecerse comunicación con personas del exterior del recinto.

5. Los alumnos que no participen en el servicio de comedor no podrán permanecer en el patio

sin la supervisión específica de un adulto responsable.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 34

6. Para evitar confusiones todos los alumnos deberán traer la ropa de abrigo marcada con su

nombre y con cinta para colgarla.

7. Será obligatorio para los alumnos lavarse las manos antes de la comida.

8. El comedor escolar tiene, además de un carácter social, un carácter educativo, por lo que se

velará para que todos los alumnos coman todo tipo de alimentos, a no ser que motivos religiosos o

médicos debidamente justificados lo impidan. En ningún caso se atenderá a sus gustos o

preferencias como razón para negarse a comer. Este tema será supervisado por los monitores

encargados, quienes comunicarán a los responsables del comedor, a las familias y a la dirección del

centro cualquier incidencia que ocurra en este aspecto.

9. A la semana de negarse a comer se avisará desde el Equipo Directivo a las familias. Si la

conducta persiste el alumno podría perder el derecho al uso del comedor escolar.

10. Se procurará que los alumnos manejen adecuadamente los cubiertos y coman sin ayuda,

excepto si padecen algún tipo de problema que se lo impida, en cuyo caso serán ayudados por la

monitora correspondiente.

11. Los alumnos se sentarán en el lugar que tengan asignado dentro del comedor

12. Durante la comida permanecerán correctamente sentados, siendo respetuosos, evitando

molestar a los compañeros y procurando no levantar la voz al hablar con el fin de evitar un ruido

excesivo.

13. Sólo se levantarán de la mesa con la autorización de la monitora y evitando en cualquier caso

correr por el comedor.

14. Se procurará no dejar en las mesas restos de comida, servilletas o agua vertida.

15. Se evitará igualmente arrojar al suelo comida o cualquier otro objeto.

Normas de funcionamiento del servicio del Transporte Escolar:

✓ Las normas de convivencia durante su uso serán las mismas que durante la jornada lectiva.

✓ Las monitoras del autobús serán las responsables de los alumnos durante el trayecto,

hasta que los alumnos entren con sus filas a clase y una vez recogidos de las clases

(Infantil) hasta la subida al autobús.

✓ Los alumnos que usen el transporte escolar deberán tener un comportamiento adecuado

en el autobús.

✓ Los alumnos respetarán a los monitores/as del autobús y aceptarán sus indicaciones para

el buen funcionamiento del servicio.

✓ Un comportamiento inadecuado en el transporte escolar impedirá el uso del servicio.

✓ Los alumnos deberán coger el autobús en la parada que les corresponde.

✓ Sólo podrán usar el autobús quienes tienen ese derecho en función de la situación de su

domicilio.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CEIP PABLO PICASSO - LAREDO Página 35

7 UTILIZACIÓN DE ESPACIOS FUERA DEL HORARIO LECTIVO Cualquier Entidad o Asociación sin ánimo de lucro puede solicitar el uso de las

instalaciones siguiendo el procedimiento siguiente:

Solicitud al Servicio Municipal de Educación del Ayuntamiento indicando en el mismo el

nombre de una persona responsable que es quien se compromete al correcto uso de las

mismas, así como a la reparación en caso de deterioro.

Confirmación por parte de la Dirección del centro el uso de las instalaciones, de acuerdo

con la disponibilidad de las mismas.

En ningún caso habrá alumnos en las dependencias del centro si no participan en alguna

actividad o no están acompañados de sus padres o responsables legales.

8 MODIFICACIÓN Y APROBACIÓN

Considerando la necesidad de modificar las anteriores Normas de Organización y

Funcionamiento, debido a la realidad cambiante, y que los documentos deben adaptarse

al Centro Escolar, se ha procedido a elaborar por parte del Equipo Directivo del Centro,

otro nuevo más actualizado. El presente texto ha sido informado, estudiado y valorado

positivamente por los profesores en el claustro celebrado del presente y finalmente fue

aprobado por el Consejo Escolar del Centro en su reunión del día. .

.